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Sistema monetario argentino. Dinero. Banco Central Argentina. Convertibilidad monetaria

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La Moneda. Historia: Valor de intercambio: El intercambio es la base principal de la vida económica. Intercambio donde participan dos partes que quieren beneficiarse. La transferencia de bienes y servicios de uno a cambio de los bienes y servicios del otro. Cada una de las partes coloca un valor diferente en cuanto al valor respectivo. La especialización del hombre permite que cada uno desarrolle su mejor habilidad y permite que cada región desarrolle sus recursos naturales que serán utilizados para el intercambio. Este primer intercambio es denominado intercambio directo o truque. Pero ninguna civilización moderna puede ser pensada bajo este principio. Ante los procesos de ensayos y fracasos el hombre descubrió el intercambio indirecto, proceso por el cual uno vende un producto a cambio de otro bien que a su vez es vendido a cambio de otro bien que necesita. Dentro de los bienes había algunos que eran más vendibles, estos fueron denominados medio de intercambio. Al ser mas demandados fueron más comerciales para el mercado. Estos bienes que actúan como medio de intercambio son llamados moneda o dinero. Los primeros fueron: Azúcar en las Indias, Tabaco en Virginia Colonial, Sal en Abisinia, Ganado en la antigua Grecia. El mercado libre encontró que el oro y la plata fueron las mercaderías más eficientes para servir de moneda. El precio de las mercaderías queda determinado por la acción recíproca entre la oferta y la demanda. Uno de los beneficios de la moneda es que todos los bienes y servicios se venden por dinero y luego ese dinero se utiliza para adquirir otros bienes y servicios. Todas las relaciones de intercambio se realizan en dinero. Funciones de la moneda: Funciona como medio de intercambio, como unidad de computo o medida de valores o para atesorarla. Función principal es servir de medio de intercambio. Unidad monetaria: La mayoría de los bienes tangibles se intercambian en términos de peso, toneladas, libras, onzas, granos, etc. Dólares, francos, marcos son nombres asignados a unidades de peso de la plata y el oro. Forma: La forma no determina diferencia alguna, todo el hierro es oro ya se encuentre en barras, trozos o incorporados en máquinas. Acuñación: las primeras monedas fueron acuñadas por emisores privados y orfebres, no por el gobierno. Cuando el gobierno comenzó a acuñación, las monedas reales ostentaban ya la garantía anterior de banqueros privados, en los que el público confiaba mucho más que en el gobierno.

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Suministro de la moneda: Los bienes de consumo son utilizados por los consumidores, y los bienes de capital y los recursos naturales se usan en el proceso productivo de bienes de consumo. En cambio el dinero cumple la función de actuar como medio de intercambio que facilita el movimiento de bienes y servicios entre las personas. El precio de la moneda esta establecido por la ley de oferta y demanda. Falsificación: La dificultad en su falsificación que impide la circulación de un medio de pago que no se encuentra debidamente controlado. Sistemas Monetarios: El conjunto de disposiciones legales y reglamentaria que dicta un Estado y que rigen la circulación de monedas dentro de su territorio se conoce con el nombre de sistema monetario. En dichas disposiciones se especifican los caracteres de la moneda en circulación (materiales, empleados, peso, fino, valor, etc.). Es importante destacar que cuando en un país se utiliza una sola moneda metálica tipo su sistema monetario denominado "monometalista"; en cambio, cuando se utilizan dos monedas metálicas tipo el sistema monetario recibe el nombre de "bimetalista". Si el Estado adopta el sistema monometalista, este elige un determinado metal (generalmente oro), estableciendo la proporción de es metal fino que contendrá la unidad monetaria. En cambio si adopta el sistema bimetalista, una vez elegido los metales a utilizar (generalmente oro o plata), establece una relación fije entre ambos metales patrones y la proporción de ambos que estará contenida en la unidad monetaria. Clases de moneda: • La moneda metálica de oro o de plata. • La moneda fiduciaria, (llamada también simbólica o representativa) que es aquella cuyo valor nominal es superior al intrínseco. • La moneda fraccionaria o subsidiaria, de valor reducido en metales no preciosos y con valor liberatorio para sumas limitadas. • A la moneda metálica la sustituye la moneda papel representativa. • La moneda de curso legal, que es aquella moneda cuya aceptación es irrecusable y obligatoria y que apareja poder cancelatorio o liberatorio. • La moneda de curso forzoso, que es el papel moneda con concurso legal, que además no puede canjearse por moneda metálica. • La moneda escritural o bancaria. El sistema monetario argentino: Nuestro sistema monetario comienza con la sanción de la Ley General de Monedas que llevan N° 1130 y fue sancionada el 5 de Noviembre de 1881 durante la presidencia del General Julio A. Roca. En dicha oportunidad se unifican todas las monedas existentes en el país y se establece como unidad monetaria el peso oro y el peso de plata. (en la actualidad ninguna de esas monedas se encuentra en circulación). Importancia de la estabilidad del valor de la moneda: Las funciones que desempeñan la moneda en la actividad económica de cualquier país obligan al mantenimiento constante de la relación básica: MONEDA EXISTENTE = BIENES Y/O SERVICIOS OFRECIDOS Al tratarse, la moneda, de una medida de los valores correspondientes al seguro término de la ecuación, al 2

disminuir éstos a de disminuir también el valor de la moneda existente. Y, viceversa, el incremento de bienes y/o servicios ofrecidos determinara un incremento de la existencia monetaria. En consecuencia si los bienes y/o servicios ofrecidos aumentan, se incrementara el valor de la moneda existente y habrá que entregar una menor cantidad de ésta para adquirir aquellos, dicho en otros términos el precio de los bienes y/o servicios disminuirá. (precio = valor de una cosa expresada en dinero). Para mantener el valor de la moneda debe existir una igual cantidad de bienes y servicios ofrecidos, a efectos de asegurar el mantenimiento de los precios. La estabilidad del valor de la moneda permite mantener los precios al mismo nivel. El fenómeno que se conoce vulgarmente con el nombre de inflación es el efecto combinado de varias causas de mayor complejidad, las cuales llevan a la disminución en el valor de su moneda. Obligaciones del estado en relación con el valor de la moneda. El Estado es la única autoridad que garantiza el valor de la moneda que él emite. Pero la economía moderna ha impuesto al Estado dos obligaciones diferenciadas respecto de la determinación del valor de la moneda y que son: • Intrínseca, o sea la garantía que brinda el Estado contra su adulteración mediante la asunción del monopolio de emisión. • Extrínseca , o sea el mantenimiento de su valor representativo. La primera de dichas obligaciones se encuentra perfectamente reglamentada a través de un conjunto de leyes y normas reglamentarias que constituyen el sistema monetario argentino, y en las cuales se fijan las características que deben contener el signo monetario y las formas que pueden adoptar. En cuanto a la segunda de las obligaciones, implica el desarrollo de una política económica que contemple la importancia de la estabilidad del valor de la moneda en las transacciones comerciales y a las cuales nos hemos referido en el punto anterior. Sistema Bancario. Banco Central de La República Argentina: Misiones y funciones: El Banco Central de la República Argentina es una entidad autárquica del Estado Nacional, cuya misión primaria y fundamental es preservar el valor de la moneda. Otras funciones: • Vigilar el buen funcionamiento del mercado financiero y aplicar la Ley de Entidades Financieras y demás normas que, en su consecuencia, se dicten; • Actuar como Agente Financiero del Estado Nacional, y depositario y agente del país ante las instituciones monetarias, bancarias y financieras internacionales a las cuales la Nación haya adherido; • Concentrar y administrar sus reservas de oro, divisas y otros activos externos; • Propender al desarrollo y fortalecimiento del mercado de capitales; • Ejecutar la política cambiaria en un todo de acuerdo con la legislación que sancione el Honorable Congreso 3

Está gobernado por un Directorio compuesto por presidente, vicepresidente y ocho directores, quienes deberán tener probada idoneidad en materia monetaria, bancaria o legal vinculada al área financiera. Los miembros del directorio son designados por el Poder Ejecutivo Nacional con acuerdo del Senado de la Nación. Sus mandatos tienen una duración de seis años, renovándose por mitades cada tres años, y los cargos de presidente y vicepresidente se renuevan conjuntamente. Los miembros del Directorio pueden ser designados nuevamente en forma indefinida. Directorio Presidente: Roque MACCARONE Vicepresidente 2do. Marcos Rafael SAUL Directores: Hugo Nicolás Luis BRUZONE Amelia Isabel MARTINEZ CHRISTENSEN Guillermo Leonardo LESNIEWIER Felipe Rodolfo MUROLO Augusto César MAGLIANO Aldo Rubén PIGNANELLI Roberto Antonio REYNA Está facultado para emitir billetes y monedas, como otorgar redescuentos y adelantos en cuenta a las entidades financieras por razones de iliquidez transitoria bajo estrictos límites. Prohibiciones: Le está prohibido extender préstamos al gobierno, empresas o individuos, tomar participaciones societarias en empresas comerciales, pagar intereses por depósitos y otorgar garantías a cualquier empresa o individuo. Ley de Entidades Financieras. Ley Nº 21.526. Artículo lº − Quedan comprendidos en esta ley y en sus normas reglamentarias las personas o entidades privadas o públicas −oficiales o mixtas− de la Nación, de las provincias o municipalidades que realicen intermediación habitual entre la oferta y la demanda de recursos financieros. Artículo 2º − Quedan expresamente comprendidas en las disposiciones de esta ley las siguientes clases de entidades: a) Bancos comerciales; b) Banco de inversión;

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c) Bancos hipotecarios; d) Compañías financieras; e) Sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda u otros inmuebles; f) Cajas de crédito La enumeración que precede no es excluyente de otras clases de entidades que por realizar actividades previstas en el artículo 1º se encuentren comprendidas en esta ley. Ley de convertibilidad Ley Nº 23.928 Artículo 1° − Declárase la convertibilidad del austral con el dólar de los Estados Unidos de América a partir del 1 de abril de 1991, a una relación de diez mil australes (A 10.000) por cada dólar, para la venta, en las condiciones establecidas por la presente ley. DECRETO 2128/91. Moneda. Cambio de denominación y valor de billetes y monedas de curso legal desde el 1/1/92 Artículo 1° − A partir del 1º de enero de 1992 tendrán curso legal los billetes y monedas que emitirá el Banco Central de la República Argentina, que circularán con la denominación de pesos y con el símbolo $, denominándose centavo a la centésima parte del peso. Artículo 2° − Establécese la paridad de un peso ($1) equivalente a diez mil australes (A 10.000). Artículo 3° − El peso será convertible con el dólar de los Estados Unidos de América, a una relación de un peso ($1) por cada dólar, para la venta en las condiciones establecidas por la ley 23.928. Las competencias en materia bancaria y monetaria: El inciso 6° del articulo 75 percibe que corresponde al congreso establecer y reglamentar un banco nacional en la capital y sus sucursales en las provincias, con facultad de emitir billetes, por su parte, asigna al congreso el hacer sellar monedas, fijar su valor y el de las extranjeras. Las provincias no pueden establecer bancos con facultad de emisión de billetes sin autorización del congreso y además tampoco pueden "acuñar" moneda (art. n° 126). Línea peso − Billetes y Monedas La línea monetaria vigente es la LINEA PESO CONVERTIBLE (Decreto del Poder Ejecutivo Nro. 2128 del 10 de octubre de 1991 y el Artículo 12 de la Ley de Convertibilidad Nro. 23928 del 27 de marzo de 1991). Todas las líneas anteriores se encuentran desmonetizadas y no se canjean. La relación entre la actual línea y su predecesora, la línea Austral, fue de 1 peso = 10000 Australes. Los billetes poseen un tamaño uniforme de 155 mm. de ancho y 65 mm. de alto. El papel utilizado es 100 % 5

de fibra de algodón, con un peso de 83 gramos por metro cuadrado, exento de fluorescencia a la luz ultravioleta, con encolantes sintéticos que le otorgan mayor resistencia mecánica y al medio húmedo. La impresión se realiza en tres etapas sucesivas, empleando diferentes sistemas de impresión complementaria: offset, calcografía y tipografía. Como es habitual en países con economía estable, pasados cinco años desde su lanzamiento, se resolvió efectuar algunos cambios en la línea, los que comprenden mejoras en los grabados e incorporación de más elementos de seguridad. Los billetes con los nuevos diseños, contemplan diseños mejorados, papel de un gramaje superior (90 gramos por metro cuadrado) para otorgarle mayor promedio de vida útil, marca de agua de molde cilíndrico localizada, que reproduce el retrato del diseño orientado en el mismo sentido. Relación: Monedas 1 centavo 5 centavos 10 centavos 25 centavos 50 centavos 1 peso

Billetes diseño I 1 peso 2 pesos 5 pesos 10 pesos 20 pesos 50 pesos 100 pesos

Billetes diseño II 2 pesos 5 pesos 10 pesos 20 pesos 50 pesos 100 pesos

Casa de la Moneda Casa de Moneda fue creada por la Ley Nº733 del 29 de Septiembre de 1875 y se transformó en Sociedad de Estado por ley Nº21.622 del 19 de Agosto de 1977. Su actividad es la fabricación de dinero circulante, especies valoradas, instrumentos de control y recaudación de documentos especiales que requiera el Estado Nacional. Conforme a lo dispuesto por la ley Nº1130 comenzó a acuñar moneda metálica en 1881. En 1884 se incorporó la fabricación de medallas. Entre 1889 y 1893 la Casa acuñó monedas en Uruguay y Paraguay. En 1899 se imprimió la primera línea de billetes, de acuerdo a lo dispuesto por la ley del 20 de septiembre de 1897 (Caja de Conversión). En 1911 le fue encomendada por la entonces Dirección General de Correos y Telégrafos la impresión de sellos postales. El 27 de diciembre de 1944 se inauguró el actual edificio de 40.913 m ubicado en la Avenida Antártida Argentina 2085. En la actualidad, Casa de Moneda, extendió su oferta y realización de bienes y servicios a empresas privadas, nacionales e internacionales, como así también a gobiernos de otros países.

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El Nuevo desafío es modernizar Casa de Moneda, darle participación al capital privado y ofrecer nuevos productos en el mercado interno y en el externo, aprovechando al máximo la experiencia acumulada. Presidente: Sra. María Luisa Gonzales Estevarena. Vicepresidente Dr. Ernesto Domingo De Mattia Director: Dr. Atilio José Germán Balestra. No es posible concebir una organización tan compleja como una Empresa del Gobierno Nacional sin hacer referencia a quienes son sus miembros primarios, los trabajadores, el personal, nuestra gente. Gente caracterizada por su capacidad, su creatividad, su compañerismo y por si hiciera falta destacarlo, su honestidad. Estamos convencidos que las cualidades personales de cada integrante de nuestra organización se multiplican en el momento de ofrecer los servicios de una empresa competitiva, compuesta por los elementos básicos que permiten su crecimiento: Inteligencia, Tiempo de Reacción, Fuerza, Conocimiento, Identidad y Cultura. La competitividad que también tiene su sesgo en la calidad de vida del personal se manifiesta cotidianamente en diferentes acciones: la guardería materno infantil, el servicio médico, la promoción y ejecución de las medidas de preservación de higiene y seguridad industrial, vale decir en la administración de los recursos humanos de la empresa su búsqueda, su selección, su capacitación y su motivación 1

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