No ORDENANZA QUE DELIMITA Y ESTRUCTURA LAS PARROQUIAS URBANAS DEL CANTÓN LOJA LÍMITES DEL CANTÓN LOJA

No. 17-2013 ORDENANZA QUE DELIMITA Y ESTRUCTURA LAS PARROQUIAS URBANAS DEL CANTÓN LOJA LÍMITES DEL CANTÓN LOJA La delimitación de las parroquias urban

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No. 17-2013 ORDENANZA QUE DELIMITA Y ESTRUCTURA LAS PARROQUIAS URBANAS DEL CANTÓN LOJA LÍMITES DEL CANTÓN LOJA La delimitación de las parroquias urbanas de la ciudad de Loja, perteneciente al cantón y provincia del mismo nombre, a simple vista carece de equilibrio territorial, desequilibrio que se acentúa cuando nos adentramos en el convivir diario y analizamos la concentración de su desarrollo en un solo lugar determinado, en desmedro de otros, sin contar con varios polos como es lo adecuado, más allá de las diversas propuestas de crear nuevos polos, que han quedado en meros enunciados. La falta de planificación con perspectiva a largo plazo, ha sido uno de los grandes problemas que nos han legado las administraciones municipales pasadas, pues históricamente se ha evidenciado que, la mayoría de los regímenes cantonales anteriores se han dedicado a realizar obras a corto y mediano plazo, que en el mayor de los casos no han superado sus propios períodos. Por lo dicho se vuelve imperativo replanificar la ciudad, debiendo su crecimiento estar acorde a las perspectivas contemporáneas con miras a lo que se vendrá en un futuro, considerando a mediano y a largo plazo en base a la planificación nacional, los límites de las parroquias y barrios que conforman como elemento básico la urbe de la cabecera cantonal, para cuyo efecto se requiere de la presente ordenanza, cuyo planteamiento se determina a continuación. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Las ciudades se han convertido en los centros poblados en los que se desarrollan las actividades: comerciales, de consumo, de servicio, educativas y en general, todos los aspectos inherentes al crecimiento de la colectividad en su conjunto. Siendo los Gobiernos Autónomos Descentralizados, especialmente los Municipios, las entidades llamadas a planificar el crecimiento armónico del cantón en su total dimensión; y, particularmente, a organizar el crecimiento de la ciudad, esta última, conformada por parroquias urbanas, conforme a la subdivisión geográfica del Estado, la que a su vez está integrada por barrios, urbanizaciones, ciudadelas, barriadas, sectores, etc. Del simple análisis, que podemos hacer de Loja urbana, se evidencia un desequilibrio en la conformación de las cuatro parroquias, de tal manera que, es 1

evidente que la variación de la extensión territorial entre una y otra parroquia, fluctúa inentendiblemente entre más de cuatro y cerca de ocho veces de diferencia, en algunos casos. Tornándose en inadmisible el hecho que, en la parroquia de menor extensión de la ciudad de Loja, como es la denominada El Sagrario, se encuentre concentrado casi el total del ámbito burocrático, comercial, y financiero; así como, divisamos un altísimo porcentaje de entidades educativas entre públicas y privadas. La concentración identificada a breves rasgos en líneas anteriores, conlleva a caotizar la movilidad dentro de la zona céntrica de la ciudad, tornándose en un caos principalmente en las horas picos. De la revisión de los últimos datos históricos, se determina que en el año de 1997 se amplió el límite urbano sin considerar aspectos legales que determinan la obligatoriedad del Estado-Municipio, primordialmente como es el de propiciar a las áreas urbanas el aprovisionamiento de los servicios básicos. Por lo que, el análisis vertiginoso expresado, nos obliga imperiosamente a formular en ideas generales, algunas de las posibles pautas que fundamentalmente nos conduzcan a dinamizar un debate que busque fraguar el Loja del Futuro. Por lo expuesto, en uso de las facultades constitucionales y legales, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Loja, a través de:

EL ILUSTRE CONCEJO CANTONAL DE LOJA CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, establece que, el Estado se organiza territorialmente en regiones, provincias, cantones y parroquias rurales; otorgándoles a los gobiernos locales las facultades políticas, administrativas y financieras, de manera autónoma y descentralizada; Que, a más de la organización territorial mencionada, la Carta Magna, reconoce: las comunidades, comunas, recintos, barrios y parroquias urbanas; sin mencionar las divisiones distritales para el manejo de los Municipios, excepto a los registrados como metropolitanos; Que, la Ley Suprema, dispone que los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, cuentan con facultades legislativas en el ámbito de sus competencias y jurisdicción territorial; siendo obligatoria la planificación que garantice el ordenamiento territorial adecuado; Que, es deber de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, adoptar políticas integrales y participativas de ordenamiento territorial que permitan regular el crecimiento urbano, con la participación armónica de la ciudadanía, planificando 2

estratégicamente su desarrollo con visión de largo plazo, considerando las particularidades de cada sector; Que, las competencias exclusivas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, dentro del nuevo marco jurídico constitucional, nos obligan imperativamente a planificar el desarrollo del cantón; y, que entre las funciones primordiales está la de promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial del cantón, para garantizar la realización del buen vivir; Que, es atribución del Concejo Cantonal de Loja, crear parroquias urbanas, cambiar sus nombres y determinar sus linderos, tomando en cuenta la configuración territorial, identidad, historia, necesidades urbanísticas y administrativas, así como ponderar la aplicación del principio de equidad; Que, es necesario contar con parroquias en las que predomine un equilibrio territorial en cuanto a la subdivisión del entorno urbano, que permita configurar la elaboración del presupuesto participativo, ajustando los planes de desarrollo de cada circunscripción, orientados a garantizar la equidad a lo interior del territorio urbano; así como la prioridad de los gastos que se establezcan desde las unidades básicas de participación, recogidas por las asambleas locales, permitiendo definir prioridades anuales de inversión; Que, es obligación de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales, zonificar la infraestructura para mejorar la prestación de los servicios públicos proporcionados a la comunidad, a fin de evitar desplazamientos innecesarios para acceder a ellos; Que, al reconocerse a las parroquias urbanas como unidades básicas de participación ciudadana, es imprescindible que el ejercicio democrático de representación sea ejecutado dentro de un equilibrio demográfico, lo que permitirá un desarrollo armónico y sustentado de todo el contexto urbano de la ciudad; y, En su uso de las facultades constitucionales y legales: EXPIDE: La siguiente: ORDENANZA QUE DELIMITA Y ESTRUCTURA LAS PARROQUIAS URBANAS DEL CANTON LOJA CAPÍTULO I. Generalidades. Artículo 1.- Ámbito.- La presente ordenanza, fija los límites de las Parroquias Urbanas del cantón Loja, determinando las áreas urbanas, permitiendo diseñar estratégicamente su crecimiento armónico, acorde a los principios del buen vivir de la población. 3

Se podrán considerar además las siguientes áreas: consolidada, de amortiguamiento, en proceso de ocupación, de expansión urbana, de reserva urbana y no urbanizada. Artículo 2.- Objeto.- La delimitación y estructuración de las parroquias urbanas tiene como objeto fundamental, reconocer a cada circunscripción territorial como unidades básicas de desarrollo y de participación social, promoviendo un desarrollo sustentable capaz de superar los desequilibrios y disminuir las desigualdades producidas en los barrios a lo largo de la historia, ejerciendo un gobierno municipal más cercano a la colectividad, con mayor participación ciudadana, buscando consensos en la toma de decisiones y mayor control de las políticas públicas municipales, mejorando la calidad de los servicios básicos y ampliando la cobertura en los lugares donde se evidencian las mayores necesidades básicas insatisfechas. Artículo 3.- Conceptos.- Para la aplicación de la presente ordenanza, se tendrán en consideración, los siguientes conceptos: Cantón.- Es la circunscripción territorial que se encuentra plenamente establecida y delimitada mediante ley. Está conformada por parroquias urbanas y rurales. El gobierno lo ejerce a través de sus tres funciones: La Ejecutiva, encargada de la administración; la Legislativa, facultada para dictar normas y fiscalizar las labores del ejecutivo; y, la de Participación Ciudadana y Control Social, que forma parte de las decisiones municipales, en el área de planificación, ejecución, fiscalización, a través de la representación de sus delegados debidamente designados. Parroquia Urbana.- Es la circunscripción territorial que forma parte de la cabecera cantonal, está conformada por barrios, urbanizaciones, ciudadelas, barriadas y sectores en general. Ejercen a través de sus representantes participación en la toma de decisiones del GAD Municipal de Loja. Parroquia Rural.- Es la circunscripción territorial que forma parte del Cantón, creada y debidamente delimitada a través de ordenanza. Está administrada por el Gobierno Autónomo Descentralizado, con autonomía administrativa y financiera. Barrio.- Es el espacio territorial dentro de las parroquias, legalmente reconocido a un conglomerado humano, cuyos límites se encuentran debidamente establecidos, con identidad propia y sentido de pertenencia, originado por el devenir histórico. Ejercen a través de sus representantes participación en la toma de decisiones del GAD Municipal de Loja. Barriada.- Es la agrupación de ciudadanos que forman parte integrante de un barrio, teniendo la facultad de agruparse para formular propuestas dentro de las asambleas barriales y/o parroquiales. Ciudadela.- Es el espacio territorial reconocido dentro de un barrio, cuyas características permiten identificar a un grupo de habitantes, a través del desarrollo inmobiliario que guarda características similares, reconocidos como tales en el GAD Municipal de Loja. 4

Sector o Vecindario.- Es la unión de barriadas o ciudadelas que forman parte de un barrio, identificadas por necesidades comunes, teniendo la facultad de agruparse para formular propuestas dentro de las asambleas barriales y/o parroquiales. Las mismas características se les reconocerán a las comunidades, comunas o recintos. CAPÍTULO II. Delimitación Urbana Artículo 4.- Delimitación urbana.- El área urbana de la ciudad de Loja se encuentra conformada por una superficie total de CINCO MIL SETECIENTAS TREINTA Y DOS PUNTO CINCUENTA Y UN HECTÁREAS (5.732,51 Hectáreas), para lo cual utilizando la referencia geográfica en coordenadas Universal Transversa de Mercator (UTM) y el Datum WGS84, se encuentra circunscrita conforme a la siguiente delimitación: LINDERO ORIENTAL.- Partiendo del Mojón # 1 (700478,61 - 9551698,64), que se halla al este del puente de la vía Loja-Malacatos sobre la quebrada Namanda, siguiendo el rumbo Norte paralelo a la misma vía, en una franja de 200 metros hasta la quebrada El Placer, en donde se halla el mojón # 2 (700094,76 9554636,75). Desde dicho mojón se amplía 100 metros hacia el oriente de dicha franja, o sea aguas arriba de la mencionada quebrada, punto en el que se ubica el mojón # 3 (700196,39 - 9554648,69), desde donde inicia una franja que es de 300 metros paralela a la vía señalada y en igual rumbo hasta la vertiente norte de la quebrada Yahuarcuna, lugar en que se emplaza el mojón # 4 (700246,86 9555556,37). De este punto sigue en línea recta con dirección Nor-noreste hacia el mojón # 5 (700573,13 - 9556487,21), que se encuentra en la parte más alta de la colina, en el lindero de los predios en el que se emplaza el Batallón de Caballería “Cazadores de los Ríos”. De aquí en línea recta hacia el oriente hasta alcanzar la confluencia del Río Zamora con la quebrada Mendieta en la que subiendo aguas arriba avanza una distancia de 380 metros recorriendo el cauce en sentido oriental hasta encontrar el mojón # 6 (701765,51 - 9556425,74). A partir de este punto en línea recta hasta un picacho que tiene rumbo norte referenciado al anterior, en el mismo se halla el mojón # 7 (701915,99 – 9556653,12). Desde aquí, pasando por la línea de cumbre con rumbo nor-occidental hacia el mojón # 8 (701707,34 9556771,69), que está ubicado en terrenos Municipales. A partir de aquí, continúa una línea recta con dirección nor-oriental hacia la quebrada Pizarros, de la cual llega a una pequeña colina dentro de terrenos municipales, donde se encontrará el mojón # 9 (701903,31 - 9557260,81). Desde donde nuevamente con rumbo noroccidental avanza hacia un picacho que resalta en línea de cumbre de la cordillera oriental, donde se encontrará el mojón # 10 (701434,32 - 9557599,01). Siguiendo la línea de cumbre de esta cordillera con rumbo norte, continúa hasta alcanzar el punto donde se ubica el mojón # 11 (701423,92 - 9558460,91). A partir de aquí, siguiendo la misma línea de cumbre desciende hasta el mojón # 12 (701381,16 9558710,44). Desde este punto se desciende en línea recta hacia la vía nueva a Zamora en una distancia de 407,06 metros donde se sitúa el mojón # 13 (700984,94 - 9558799,45). De aquí, recorriendo la línea recta en sentido nor5

noroccidente en una distancia de 501.08 metros hasta llegar al mojón # 14 (700761,10 - 9559247,78) que se halla ubicado en el extremo oriental de la alcantarilla de cuneta que cruza la carretera nueva a Zamora. De este lugar toma una recta hacia el norte en una longitud de 1011,71 metros, hasta llegar al mojón # 15 (700767,02 - 9560260,43), ubicado sobre el tanque reservorio de agua más occidental de la urbanización Samana. De este punto con rumbo nor-noroccidente avanza en línea recta hasta el puente de madera que cruza el río Jipiro, donde se ubica el mojón # 16 (700472,72 - 9561007,60). De aquí continuamos en línea recta hacia el nor-occidente en una distancia de 1061,42 metros donde ubicamos el mojón # 17 (699851,15 - 9561869,57). Desde este punto en línea recta con rumbo hacia el nor-occidente en una distancia de 1002,37 metros sobre el borde oriental de la vía a Chinguilanche donde se ubica el mojón # 18 (699116,92 - 9562549,24). De este sitio desviando hacia el nor-noroccidente avanza una distancia de 1894,98 metros donde se localiza el mojón # 19 (698210,51 - 9564209,78) emplazado en la vía que conduce desde Shucos hacia la Av. Salvador Bustamente Celi. De este punto con orientación norte en una distancia de 645,27 metros hasta intersectarse con el camino carrozable que viene de oriente a occidente desde Shucos hacia el río Zamora, está ubicado el mojón # 20 (698187,32 - 9564854,54) con el que concluye el lindero oriental. LINDERO NORTE.- Partiendo del mojón # 20 donde concluye el Lindero Oriental, por el mismo carretero que conduce a Shucos, en donde se emplaza el mojón # 21 (697260,88 - 9564886,67). De aquí tomando el curso del mismo, siguiendo aguas arriba hasta alcanzar la confluencia de la quebrada Cumbe, comúnmente conocida como Las Lágrimas, se localiza el mojón # 22 (697186,88 - 9564805,33), a partir de la misma siguiendo su curso natural aguas arriba, aproximadamente de oriente a occidente luego de atravesar la vía antigua a Cuenca, hasta alcanzar el puente sobre la carretera a Salapa, donde localizamos el mojón # 23 (696515,05 9564749,64). De aquí sigue en la misma forma por la quebrada Cumbe, recorriendo por su cauce una distancia de 639,54 donde se emplaza el mojón # 24 (696150,95 9564581,80), sitio en el que concluye el lindero norte. LINDERO OCCIDENTAL.- Partiendo del mojón # 24 (696150,95 - 9564581,80) situado en el cauce natural de la quebrada Cumbe, con dirección hacia el suroccidente y coincidiendo en la vía nueva que conduce a Cuenca, siguiendo a la misma y a unos 300 metros pasando por CISOL ubicamos el mojón # 25 (693915,07 - 9563172,92) en la margen derecha de esta vía. Desde este punto y alineándonos en sentido sur-oriental a una distancia de 4049,40 metros, ubicamos el mojón # 26 (695643,90 - 9559526,01) sitio que coincide con la vía nueva que conduce a Catamayo. A partir de este punto, alineándonos en sentido suroccidental y a una distancia de 1650,28 metros ubicamos el mojón # 27 (694239,39 - 9558660,97) sobre la vía que conduce al barrio Eucaliptos. Desde este mojón, y con dirección sur-oriente y una distancia de 1663,29 metros, en la vía que conduce a Menfis Alto ubicamos el mojón # 28 (695209,98 - 9557313,67). De aquí en dirección sur-suroccidente en una distancia de 1270,49 metros, al sur del barrio Tierras Coloradas, en la terminación de las calles de la Urbanización “Víctor Emilio Valdivieso” y topográficamente el punto más alto con respecto a este barrio, encontramos el mojón # 29 (694843,43 - 9556097,02). A partir de aquí en línea 6

recta con una distancia de 3599,58 metros en sentido sur-oriental, sobre un camino carrozable que conduce a propiedades particulares del sector Punzara, encontramos el mojón # 30 (697811,60 - 9554084,85). Desde este punto continuando con rumbo sur-oriental pasando por el sector conocido como Punzara Chico hasta el vértice de la carretera que conduce hacia los barrios La Palma, La Era y la carretera de entrada a la que fuera hacienda de la Sra. Rosa Tandazo Vda. de García, coincidiendo con el BMG.4 del Instituto Geográfico Militar está el mojón # 31 (698900,77 - 9553063,42) que se halla aproximadamente junto a la puerta de entrada a dicha hacienda. A partir de este punto con dirección sur-oriental recorriendo una distancia de 1896,60 metros hasta llegar a la confluencia de la quebrada Namanda con el río Malacatos, sitio donde concluye el Lindero Occidental. LINDERO SUR.- Partiendo del mojón E, de coordenadas (700239.31-9551788.57), que se ubica en la confluencia de la quebrada Namanda con el río Malacatos al final del lindero occidental, seguimos aguas arriba por la misma quebrada hasta alcanzar el puente de la carretera Loja-Malacatos donde encontramos el mojón # 32 (700295,15 - 9551777,68), que queda junto al B. M. XXIV-L 577 del Instituto Geográfico Militar. Desde este punto en sentido oriental a 200 metros paralelo a la vía señalada, se encontrará con el mojón # 1 (700495,93 - 9551774,87) que corresponde al lindero oriental.

CAPÍTULO III. Parroquias Urbanas Artículo 5.- Delimitación urbana.- Las Parroquias Urbanas que forman parte de la Cabecera Cantonal de Loja son: San Sebastián, El Sagrario, El Valle, Nueva I, Sucre y Nueva II, cuyos linderos naturales y viales, permiten singularizar con facilidad su área de conformación. Sección I Parroquia San Sebastián Artículo 6.- Los linderos de la Parroquia San Sebastián, siguiendo la línea divisoria y los puntos cardinales, son los siguientes: POR EL ESTE U ORIENTE: Partiendo del mojón # 1 que se halla al este del puente de la vía Loja-Malacatos sobre la quebrada Namanda, siguiendo el rumbo Norte hasta la quebrada El Placer, en donde se halla el mojón # 2, desde éste aguas arriba de la mencionada quebrada al mojón # 3, desde éste hasta la vertiente norte de la quebrada Yahuarcuna, lugar en que se emplaza el mojón # 4, de ahí en línea recta con dirección nor-noreste hacia el mojón # 5, que se encuentra en la parte más alta de la colina, en el lindero de los predios en el que se emplaza el Batallón de Caballería “Cazadores de los Ríos”, de aquí en línea recta hacia el oriente hasta alcanzar la confluencia del Río Zamora con la quebrada Mendieta; POR EL NORTE: Partiendo desde la confluencia del Río Zamora con la quebrada Mendieta, con rumbo hacia el norte, siguiendo el 7

cauce del Río Zamora, hasta la intersección con la calle Azuay a la altura del Estadio Reina del Cisne, continúa desde este punto por la calle Azuay con dirección hacia el occidente, hasta topar con la calle Macará, desde la intersección de la calle Macará y Azuay, siguiendo por la calle Macará en dirección sur hasta topar con la Av. Alonso de Mercadillo, de aquí siguiendo por la Av. Alonso de Mercadillo con dirección al occidente, hasta topar con el Río Malacatos; POR EL OESTE U OCCIDENTE: Partiendo desde la Av. Alonso de Mercadillo, siguiendo la ribera del río Malacatos aguas arriba, hasta llegar al mojón E, de coordenadas (700239.319551788.57), ubicada en el sector Namanda; y, POR EL SUR: partiendo desde la coordenada E, ubicada en el sector Namanda con dirección hacia el oriente, hasta llegar al mojón # 32 y de este mojón en la misma dirección hasta llegar al mojón # 1, de partida. Sección II Parroquia El Sagrario Artículo 7.- Los linderos de la Parroquia el Sagrario, siguiendo la línea divisoria y los puntos cardinales, son los siguientes: POR EL SUR: Partiendo desde la intersección entre la Av. Alonso de Mercadillo y el Río Malacatos, con dirección hacia el oriente por la Av. Alonso de Mercadillo hasta llegar a la calle Macará, desde esta intersección siguiendo con dirección hacia el norte por la calle Macará hasta llegar a la intersección con la calle Azuay, desde este punto con dirección hacia el oriente por la calle Azuay hasta la ribera del Río Zamora, desde este punto por el Río Zamora aguas arriba en dirección sur hasta la confluencia entre el Río Zamora y la Quebrada Mendieta, desde esta intersección, siguiendo aguas arriba de la quebrada Mendieta con dirección hacia el oriente hasta toparse con el mojón # 6; POR EL ORIENTE: Partiendo desde el mojón # 6 con dirección hacia el nororiente en línea recta hasta un picacho que tiene rumbo norte hasta toparse con el mojón # 7, desde aquí, pasando por la línea de cumbre con rumbo nor-occidental hacia el mojón # 8, continúa una línea recta con dirección nor-oriental hacia la quebrada Pizarros, de la cual llega a una pequeña colina dentro de terrenos municipales, donde se encuentra el mojón # 9, desde donde nuevamente con rumbo nor-occidental avanza hacia un picacho que resalta en línea de cumbre de la cordillera oriental, donde se encontrará el mojón # 10, siguiendo la línea de cumbre de esta cordillera con rumbo norte, continúa hasta alcanzar el punto donde se ubica el mojón # 11, a partir de aquí, siguiendo la misma línea de cumbre desciende hasta el mojón # 12; POR EL NORTE: desde el mojón # 12 con dirección suroccidental hasta encontrarse con la vía antigua a Zamora, donde se ubica el mojón A, de coordenadas (701278.69-9558732.92). Desde el mojón A siguiendo por la vía antigua a Zamora, en sentido sur-suroccidental hasta llegar al mojón B, de coordenadas (701206.10-9558585.22). Sigue desde el mojón B, con dirección occidental hasta llegar al mojón C, de coordenadas (700817.34-9558588.22). Continúa desde el mojón C, con dirección norte hasta llegar al mojón D, de coordenadas (700813.73-9558699.35). Desde el mojón D, siguiendo en dirección occidental hasta empatar con la prolongación de la calle Praga, siguiendo desde ésta prolongación hasta la intersección con la calle Bruselas, continuando hasta la intersección con la calle Paris, de ésta recorre en sentido sur hasta empatar con la 8

Av. Zoilo Rodríguez. Desde la intersección entre la calle Paris y la Av. Zoilo Rodríguez, siguiendo esta última, en sentido norte hasta llegar a la Av. Daniel Álvarez Burneo. Continúa desde la Av. Daniel Álvarez Burneo, con dirección hacia el occidente hasta llegar al puente del río Zamora a la altura de la Av. Orillas del Zamora, aquí toma el sentido norte por el eje del río Zamora hasta llegar a la confluencia con el río Malacatos; POR EL OESTE U OCCIDENTE: partiendo desde la confluencia de los ríos Malacatos y Zamora, con dirección al sur, siguiendo por la ribera del río Malacatos aguas arriba, hasta llegar a la Av. Alonso de Mercadillo. Sección III Parroquia El Valle Artículo 8.- Los linderos de la Parroquia El Valle, siguiendo la línea divisoria y los puntos cardinales, son los siguientes: POR EL ESTE U ORIENTE: Desde el mojón A, de coordenadas (701278.69-9558732.92), que se encuentra en la vía antigua a Zamora, se desciende en línea recta hacia la vía nueva a Zamora donde se sitúa el mojón # 13, del límite urbano. De aquí, recorriendo la línea recta en sentido nornoroccidente hasta llegar al mojón # 14, que se halla ubicado en el extremo oriental de la alcantarilla de cuneta que cruza la carretera nueva a Zamora. De este lugar toma una recta hacia el norte, hasta llegar al mojón # 15, ubicado sobre el tanque reservorio de agua más occidental de la urbanización Samana. De este punto con rumbo nor-noroccidente avanza en línea recta hasta el puente de madera que cruza el río Jipiro, donde se ubica el mojón # 16. De aquí continuamos en línea recta hacia el nor-occidente donde ubicamos el mojón # 17. Desde este punto en línea recta con rumbo hacia el nor-occidente sobre el borde oriental de la vía a Chinguilanche donde se ubica el mojón # 18. De este sitio desviando hacia el nornoroccidente avanza hasta donde se localiza el mojón # 19, emplazado en la vía que conduce desde Shucos hacia la Av. Salvador Bustamente Celi. De este punto con dirección Norte hasta intersectarse con el camino carrozable que viene de oriente a occidente desde Shucos hacia el río Zamora, está ubicado el mojón # 20 con el que concluye el lindero oriental; POR EL NORTE: Parte del mojón # 20, donde concluye el lindero oriental, por el mismo carretero que conduce a Shucos, hasta llegar al mojón # 21. Luego toma con dirección hacia el sur-occidente hasta llegar al mojón # 22, en donde confluyen la quebrada Las Lágrimas y el río Zamora; POR EL OESTE U OCCIDENTE: Parte del mojón # 22, por la ribera del río Zamora con dirección hacia el sur, aguas arriba hasta llegar a la confluencia de los ríos Zamora y Malacatos; y, POR EL SUR: Parte desde la confluencia de los ríos Zamora y Malacatos, en dirección suroriente, aguas arriba, paralelo con la Av. Emiliano Ortega hasta llegar al puente de la Av. Daniel Álvarez Burneo. Desde la Av. Daniel Álvarez Burneo, con dirección hacia el oriente hasta la Av. Zoilo Rodríguez, siguiendo con dirección hacia el oriente hasta llegar a la intersección con la calle París. Desde esta intersección siguiendo por la calle París en dirección suroriente hasta encontrarse con la calle Bruselas. Desde la intersección de las calles París y Bruselas, siguiendo por la calle Bruselas hasta llegar a la prolongación de la calle Praga. Desde la prolongación de la calle Praga, siguiendo en dirección hacia el oriente hasta llegar al mojón D, de coordenadas (700813.739558699.35). Desde el mojón D, siguiendo en dirección sur hasta llegar al mojón C, 9

de coordenadas (700817.34-9558588.22). Desde el mojón C, con dirección hacia el oriente hasta llegar al mojón B, de coordenadas (701206.10-9558585.22). Desde el mojón B, en dirección nororiente hasta llegar al mojón A, de coordenadas (701278.69-9558732.92), ubicado en la vía antigua a Zamora. Sección IV Parroquia Nueva I Artículo 9.- Los linderos de la Parroquia Sin Nombre I, siguiendo la línea divisoria y los puntos cardinales, son los siguientes: POR EL ESTE U ORIENTE: Parte desde el mojón E, de coordenadas (700239.31-9551788.57), ubicado en el río Malacatos en el sector Namanda, siguiendo en dirección norte por la ribera del Río Malacatos, aguas abajo, hasta llegar a la altura de la Av. Alonso de Mercadillo; POR EL NORTE: Desde el puente sobre el río Malacatos, en la intersección entre la Av. Manuel Agustín Aguirre y la Av. Alonso de Mercadillo, en el sector de El León, siguiendo y cortando por esta última en dirección hacia el occidente hasta topar con el redondel que existe en la intersección con la Av. Manuel Carrión Pinzano. Desde la intersección antes señalada, siguiendo en dirección norte por la Av. Manuel Carrión Pinzano hasta la intersección con la calle María de Leiva. De aquí continúa por la misma avenida en dirección hacia el occidente, hasta llegar al redondel en el que confluyen con las avenidas de Los Paltas y Eugenio Espejo. Desde el redondel antes mencionado, siguiendo la Av. Eugenio espejo, con dirección hacia el noroccidente, hasta topar con la calle Adolfo Valarezo, dando un viraje hacia el occidente y luego hacia el suroccidente, continuando por la Av. Eugenio Espejo en la vía antigua a Catamayo, en dirección suroccidente hasta llegar al mojón # 29, donde termina el límite urbano de dicho sector, a la altura del barrio Tierras Coloradas; y, POR EL OESTE U OCCIDENTE: Desde el mojón # 29 donde se encuentra el límite urbano por la vía antigua que viene desde Catamayo, siguiendo en dirección hacia el suroriente hasta llegar al mojón # 30, en el sector Punzara. Desde el mojón # 30 en igual dirección hasta llegar al mojón 31, en el sector Punzara Chico. Desde el mojón # 31 en la misma dirección hasta llegar al mojón E, de coordenadas (700239.31-9551788.57), ubicado en el río Malacatos. Sección V Parroquia Sucre Artículo 10.- Los linderos de la Parroquia Sucre, siguiendo la línea divisoria y los puntos cardinales, son los siguientes: POR EL ESTE U ORIENTE: Parte desde el puente sobre el río Malacatos, en la intersección entre la Av. Manuel Agustín Aguirre y Av. Mercadillo, en dirección hacia el norte siguiendo la ribera del río Malacatos, aguas abajo, hasta la confluencia con el río Zamora. Desde la confluencia antes mencionada, siguiendo el cauce del río Zamora en dirección norte por la Av. Nueva Loja hasta llegar a la intersección con la Av. Isidro Ayora; POR EL NORTE: Parte desde el puente del río Zamora en la intersección entre la Av. Nueva Loja y la Av. Isidro Ayora, en dirección hacia el occidente, siguiendo la Av. Isidro Ayora por la vía que conduce a Catamayo, hasta llegar al límite urbano en el mojón 10

# 26, donde termina dicha avenida; POR EL OESTE U OCCIDENTE: Parte desde el mojón # 26, siguiendo en dirección sur-occidente hasta llegar al mojón # 27 . Desde el mojón # 27, siguiendo en dirección sur-oriente hasta llegar al mojón # 28. Desde el mojón # 28, siguiendo en dirección sur hasta empatar con el mojón # 29, donde termina el límite urbano de dicho sector; y, POR EL SUR: Parte desde el mojón # 29, donde inicia el límite urbano del sector, siguiendo en dirección hacia el oriente y luego en dirección nororiente por la Av. Eugenio Espejo hasta llegar a la calle Adolfo Valarezo. Desde la intersección entre la Av. Eugenio Espejo y la calle Adolfo Valarezo, haciendo un viraje hacia el oriente y luego al suroriente, siguiendo por la misma avenida, hasta llegar al redondel donde se intersectan con las avenidas Los Paltas y Manuel Carrión Pinzano. Desde dicha intersección, sigue por la misma avenida, en dirección suroriente hasta llegar a la calle María de Leiva, y de esta en dirección sur hasta llegar al redondel en la intersección con la Av. Alonso de Mercadillo. Desde el redondel en mención, siguiendo por la Av. Alonso de Mercadillo, con dirección hacia el oriente hasta llegar al puente sobre el río Malacatos, en la intersección con la Av. Manuel Agustín Aguirre. Sección VI Parroquia Nueva II Artículo 11.- Los linderos de la Parroquia Nueva II, siguiendo la línea divisoria y los puntos cardinales, son los siguientes: POR EL ESTE U ORIENTE: Parte desde el puente sobre el río Zamora, en la intersección entre la Av. Nueva Loja y la Av. Isidro Ayora, siguiendo en dirección hacia el norte, por la ribera del río Zamora, aguas abajo, hasta llegar al mojón # 22, en donde confluyen el río Zamora con la quebrada Las Lágrimas. POR EL NORTE: Desde el mojón # 22, siguiendo en dirección hacia el occidente, hasta llegar al mojón # 23, a la altura del puente sobre la carretera a Salapa. Desde el mojón # 23, siguiendo en dirección hacia el occidente, hasta llegar al mojón # 24; POR EL OCCIDENTE: Desde el mojón # 24, siguiendo en dirección hacia el sur-occidente, hasta llegar al mojón # 25, pasando por CISOL. Desde el mojón # 25, siguiendo en dirección hacia el sur, hasta llegar al mojón # 26, en la intersección con la vía que conduce desde Loja a Catamayo, donde termina la Av. Isidro Ayora; y, POR EL SUR: Desde al mojón # 26, en la intersección con la vía que conduce desde Loja a Catamayo, donde termina la Av. Isidro Ayora, siguiendo con dirección hacia el oriente por la Av. Isidro Ayora, hasta llegar al puente sobre el río Zamora, en la intersección con la Av. Nueva Loja. Sección VI Organización de las Parroquias Urbanas Artículo 12.- Las parroquias urbanas del cantón Loja, se organizan a través de los barrios jurídicamente reconocidos por el GAD Municipal de Loja, sin perjuicio de reconocer a las Ciudadelas y Urbanizaciones, debidamente aprobadas por la entidad cantonal, así como las Barriadas o Sectores que se hayan creado de hecho, hasta el momento de aprobarse la presente ordenanza. 11

Artículo 13.- Los barrios estarán representados por una directiva, integrada por diez vecinos del lugar, con domicilio y residencia dentro del mismo barrio, con la intervención paritaria y secuencial de género. El directorio lo conformarán: un presidente(a), un vicepresidente(a), un secretario(a), un prosecretario(a), un tesorero(a) y cinco vocales con sus respectivos suplentes, designados para las áreas que crean pertinente, de acuerdo a las necesidades de cada lugar. DISPOSICIONES GENERALES PRIMERA.- El ordenamiento urbano del cantón, considerará equitativamente las áreas de cada parroquia urbana para la reinversión social, en la parte que les corresponde, priorizando el mejoramiento de las condiciones ambientales, mediante un ordenamiento que promueva el desarrollo sustentable. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- En el plazo de noventa días contados a partir de la aprobación de la presente ordenanza, la administración del GAD Municipal de Loja, realizará procesos de participación ciudadana, para determinar los nombres que llevarán las dos parroquias urbanas. Dicha participación se hará en dos fases: la primera, de manera general con la participación de las tres Universidades de la localidad, los representantes de los Colegios Profesionales, los representantes de las Cámaras de la Producción y agrupaciones Sociales; y, la segunda, individualmente con los moradores de los barrios que se encuentran ubicados dentro de las parroquias cuyo nombre se va a designar. SEGUNDA.- En el plazo de ciento ochenta días, contados a partir de la aprobación de la presente ordenanza, la Jefatura de Avalúos y Catastros, colocará y actualizará el señalamiento de los hitos fijos, considerando los mojones de acuerdo a la ordenanza. Es dado en el salón de sesiones del Cabildo a los veintitrés días del mes de agosto del dos mil trece.

Ing. Jorge Bailón Abad ALCALDE DE LOJA

Dr. Fabricio Loján González SECRETARIO GENERAL

RAZÓN: Dr. Fabricio Loján González, Secretario General del Concejo Municipal de Loja, CERTIFICA: que la ORDENANZA QUE DELIMITA Y 12

ESTRUCTURA LAS PARROQUIAS URBANAS DEL CANTÓN LOJA; fue discutida y aprobada en las sesiones ordinarias del Concejo Municipal del cuatro de octubre del año dos mil doce y veintitrés de agosto del año dos mil trece, en primer y segundo debates, respectivamente; siendo aprobado su texto en la última fecha; el mismo que es enviado al señor Alcalde, Ing. Jorge Bailón Abad; en tres ejemplares para la sanción u observación correspondiente de conformidad al Artículo 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. Loja, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil trece.

DR. FABRICIO LOJÁN GONZÁLEZ SECRETARIO GENERAL

ING. JORGE BAILON ABAD, ALCALDE DE LOJA.Al tenor del artículo 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, por haberse cumplido el procedimiento establecido en el mencionado Código Orgánico, SANCIONO expresamente su texto y dispongo su promulgación para conocimiento del vecindario lojano.- Loja, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil trece.

Ing. Jorge Bailón Abad ALCALDE DE LOJA

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