Nuevos contratos y relaciones de trabajo en México y América Latina. carlos reynoso castillo

Nuevos contratos y relaciones de trabajo en México y América Latina carlos reynoso castillo Aspectos a desarrollar o  o  o  o  o  o  o  o  o  o  1

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Nuevos contratos y relaciones de trabajo en México y América Latina

carlos reynoso castillo

Aspectos a desarrollar o  o  o  o  o  o  o  o  o  o 

1. Introducción 2. Evolución del contrato de trabajo 3. Características del modelo tradicional 4. Contexto de los cambios 5. Justificaciones para los cambios 6. Fuentes del nuevo régimen contractual 7. Tendencias en el mundo 8. Propuestas de reforma en México 9. Los efectos de los cambios 10. Conclusiones

1. A manera de introducción: . Idea básica en la historia del DT: ¿cómo regular la relación trabajador-empleador? . Tendencia hacia el alejamiento de las figuras jurídicas de “relacionamiento” entre dos personas. . Hoy se asiste a la crisis de los modelos jurídicos de relación obrero-patronal, a partir de la explosión de sus elementos.

2. Evolución del contrato de trabajo o  Antecedentes romanistas o  Ubicación en el derecho civil o  Debate sobre el tipo de contrato civil o  Surgimiento del contrato de trabajo o  Surgimiento del concepto “relación de trabajo”

3. Características del modelo tradicional

Principio general y eje articulador Tiempo indeterminado Excepciones Tiempo determinado Obra determinada Inversión de capital determinado

o  Las excepciones ya señalas en la LFT: -Regímenes laborales especiales - Excepciones establecidas en la práctica.

4. Contexto de cambios o  La idea de “cambio” como constante en el mundo del trabajo o  Cambios en procesos productivos o  Cambios en la conformación de la fuerza de trabajo (aspectos demográficos, mujeres, menores, discapacitados). o  Cambios en la estructura del empleo o  Crecimiento del desempleo o  Cambios en la conformación política: nacional e internacional

o  Políticas de ajuste estructural desde los años 80 y 90. o  Propuestas de organismos internacionales para reformar la legislación laboral (BM, OCDE). o  Sindicalismo débil o  Hoy, crisis económica mundial y nacional: PIB, exportaciones, divisas (petróleo, remesas, etc).

o  En este contexto se sugiere tomar acuerdos para reactivar la economía. o  Entre esos acuerdos estarían la “adecuación” del marco jurídico laboral. o  Concretamente el régimen contractual.

La crisis del “contrato de trabajo” o  Debilitamiento de su papel protagónico o  Afectación por fenómenos de externalización, terciarización, subcontración. o  El sector informal o  El “regreso” del derecho privado

El “exotismo” contractual o  Contratos de llamada o  Calls centers o  Teletrabajadores o  Outsourcing, interno, externo o  Crowdsourcing Efecto: distorsiones jurídicas

o  Se parte de un planteamiento lineal: o  Cambios a la legislación laboral, vgr. en el régimen contractual ----------se traduciría--------------o  Activación económica y aumento del empleo.

Debilitamiento del contrato o  Datos estadísticos hoy en México

(2o.

trim. 2012)

o  PEA 51 mill. o  De ese total: 31 mill. no tienen prestación básica o  De ese total 15 mill. no tiene “contrato legal”. (Fuente: Centro de Investigación en Economía y Negocios del ITESM.)

o  48.4 de la PEA tienen una ocupación o  13.59% reciben hasta un sal. min. o  6.31% no recibe ingresos (incluye dependientes no remunerados, actividades de subsistencia).

(Fuente Encuesta Nacional de Empleo y Ocupación. ENOE, 2o Trim 2012).

La idea de la “flexibilidad” o  Premisa de rigidez en la legislación laboral o  Avance en varios países o  Diferentes significados de la flexibilidad: desregulación, adaptación, acumulación.

Teoría de la “flexibilidad” o  Diferentes tipologías: o  a) Por momentos de la relación laboral: de ingreso*, de estancia y de salida. o  b) Por el espacio en que se manifiesta: o  externa (terciarización) o  interna (polivalencia, horaria, etc.)

o  Debates de fondo *

Concepción proteccionista del DT vs. Concepción flexibilizadora

*

Derecho del trabajo - Derecho del empleo

*

Derecho del trabajo instrumento de la economía vs. Derecho del trabajo como garantía social y humana

*

Futuro del Derecho del Trabajo.

* Autonomía de la voluntad absoluta vs Autonomía de la voluntad relativa * Reducción de espacio de influencia del DT. * Debilitamiento de la subordinación

5. Justificaciones para los cambios o  Justificaciones sociales: aumento del desempleo o  Justificaciones económicas: mejorar la competitividad de las empresas, nacional e internacionalmente o  Justificaciones estrictamente jurídicas: esquema rígido de contratación e inhibidor del empleo.

Los espacios de las modificaciones al régimen contractual: o  Al inicio de la relación contractual : flexibilidad de entrada (tipos de contrato) * o  En la ejecución del contrato o  Al término de la relación contractual: flexibilidad de salida (régimen de extinción, causales de despido, indemnizaciones, etc).

6. Fuentes del nuevo régimen contractual o  A Nivel constitucional o  A Nivel de leyes reglamentarias o  A nivel de contratación colectiva o  A nivel jurisprudencia

7. Tendencias en el mundo “precariedad laboral como la constante”

o  En Europa

o  En América Latina

El modelo español inspirador o  Reformas al art. 15 del ET y RD 2720/98 o  Suprime la presunción de tiempo indeterminado o  Reconoce: contrato de obra o servicios determinados o  Contrato eventual por circunstancias de la producción (máximo 1 año o mas por CC.) o  Contrato de interinidad (por sustitución o vacante) o  Contrato por lanzamiento de nueva actividad (de 6 meses a 3 años).

Contratos formativos o  Contrato de prácticas.- para personas con título universitario (medio o superior), de seis meses a dos años. o  Contrato de aprendizaje.-para jóvenes (16 a 21 años). Objetivo formar para inserción al mercado (de seis meses a tres años). Min.15% de la jornada dedicada a enseñanza. Hay límite de aprendices, por tamaño de empresa.

o  Contratos para fomento al empleo.- para inscritos como desempleados, sin exigir causa (Regulación 1976, 1984, 1994). o  Contrato a tiempo parcial.-servicios por horas, inferior al 77% del total de la jornada. Puede ser TD o TI. o  Contratos para trabajos fijos-discontinuos.para actividades en ciertos periodos fijos o  Contratos de relevo.- caso alguien accederá a su jubilación, hay reducción parcial de jornada, y se contrata otro desempleado.

En América Latina o  Tendencia a privilegiar la temporalidad limitada. o  Argentina(1991y 1995):estímulos a contratos por lanzamiento de nuevas actividades, contratos para desempleados, prácticas laborales para jóvenes y de empleo-formación

o  Perú (reforma de 1991) nueve modalidades de contratación por tiempo determinado. o  Brasil (reforma de 1998), contrato de duración determinada con duración máxima de dos años, con algunos requisitos. o  Colombia, posible contrato de duración determinada por tres años, con salvedades. o  Ecuador (reformas al código, año 2000), reconoce el contrato a tiempo parcial

Diversidad de modalidades contractuales : o  o  o  o  o  o  o  o  o  o  o  o 

País Argentina

Chile

Colombia

Tipos de contrato Tiempo parcial, plazo fijo, temporada, por grupos, eventual Aprendizaje, agrícola permanente, plazo fijo de profesional de la educación privada, temporada Termino fijo, obra, aprendizaje, ocasional de trabajo.

o  Guatemala o  o  o  Panamá o  o  o  o  o  Perú o  o  o 

Tiempo indefinido, plazo fijo, obra determinada Fijos o discontinuo, minusválidos, eventual por circunstancia de la empresa, de grupo, tiempo parcial, inserción. Por necesidades del mercado, por reconversión empresarial, ocasional, de suplencia, de emergencia, intermitente.

Casos especiales : *Venezuela

Tiempo indeterminado, tiempo determinado y obra determinada (protección de estabilidad y “eliminación” de terciarización).

Constatación frente a los cambios o  Subsistencia de los problemas que se buscaba atender con las reformas: desempleo, etc. o  Aumento de trabajadores sin prestaciones ni seguridad social o  Diversificación de las modalidades de contratación individual, con resultados inciertos.

Implicaciones en derechos colectivos o  Difícil ejercicio de la libertad sindical o  Volatilidad laboral y negociación colectiva o  Afectaciones al derecho de huelga

La paradoja : la vía de regreso o  En razón de resultados no positivos en materia de empleo: o  Reformas para favorecer la contratación estable (tiempo indeterminado) o  Posiciones de OCDE y OIT en el mismo sentido

o  Caso de España (año1997).- se abandonan modalidades temporales, salvo necesidades objetivas de la empresa y fomento al empleo.

o  Caso Argentina (Ley no. 25250 año 2000) hay exención parcial de contribuciones para contratación estable).

8. Propuestas de reforma en México o  Las propuestas atienden a los tres momentos: o  Inicio del contrato, tipos o  Ejecución del contrato: flexibilidad o  Disolución del vinculo contractual: renuncia, terminación, despido.

Inicio del contrato, debate en torno a nuevas modalidades o  Contrato o  Contrato o  Contrato o  Contrato o  Contrato

de temporada a prueba por labores discontinuas a tiempo parcial de capacitación inicial

Algunos rasgos propuestos: o  Periodo de prueba improrrogable de 30 días para trabajos generales y 180 para puestos directivos. o  En capacitación inicial, de 3 meses para trabajos generales y 6 meses para puestos directivos.

o  No se podrían celebrar estos contratos al mismo trabajador en forma simultánea o sucesiva, ni en mas de una vez. o  Si subsistiera la relación laboral se consideraría por tiempo indeterminado

o  Se permitiría en ciertos casos el contrato por temporada por excepción para labores discontinuas. o  Para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo

Debates pendientes en las propuestas: o  Tema de la proporcionalidad de las prestaciones o  Los efectos colaterales: Seg. Social, sindical o  Tema de la adecuación del marco laboral ante empleos “precarios” o  Tema de los costos de “salida” o medidas compensatorias ausentes

Debates sobre la ejecución del contrato o  Flexibilidad en las prestaciones: vacaciones, salario, jornada, etc. o  Debate de fondo: bileteralidad vs. unilateralidad

Debates sobre la disolución de los contratos o  Discusión economicista centrada en el costo de salida: o  Indemnización o  Salarios caídos*

9. Los efectos de las nuevas contrataciones o  Positivos: o  Mayor flexibilidad el manejo de recursos humanos o  Adaptación de las empresas a la coyuntura o  Promueve la productividad o  Fomento del empleo

9. Los efectos de las nuevas contrataciones o  Negativos: o  Se limitan derechos en seguridad social (cotizaciones parciales). o  Falta de especialización de los trabajadores o  Falta de integración a la empresa o  Se limitan indemnizaciones por ruptura o  En algunos casos aumento de la siniestralidad o  Dificultad para la libertad sindical

10. Conclusiones o  Necesaria reflexión profunda antes de avanzar en las reformas o  Aprender de las experiencias de otros países. o  Se puede seguir pr¡vilegiando al tiempo indeterminado como principio rector e incorporar periodos de inicio de contrato regulados* o  Debatir el tema del empleo no solo desde el ángulo cuantitativo sino también cualitativo (Base OIT-idea trabajo decente).

o  Incluir “candados” para el uso abusivo de nuevas contrataciones. o  Necesaria “visión dual” de las reformas o  Necesario rescate de la visión laboralista: “equilibrio entre factores de la producción” fin

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