OBJETO DESTINATARIOS DEFINICIONES RECONOCIMIENTOS MÉDICOS ESPECÍFICOS CALIFICACIÓN DE APTITUD PERIODICIDAD DE LOS RECONOCIMIENTOS DISPOSITIVOS

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Í NDI CE OBJETO DESTINATARIOS DEFINICIONES RECONOCIMIENTOS MÉDICOS ESPECÍFICOS CALIFICACIÓN DE APTITUD PERIODICIDAD DE LOS RECONOCIMIENTOS DISPOSITIVOS CORRECTORES. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN

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OBJETO Este Protocolo tiene por objeto regular la Vigilancia de la Salud Específica de los usuarios de Pantallas de Visualización de Datos. DESTINATARIOS El presente Protocolo solo será aplicado a aquellos trabajadores que en la correspondiente Evaluación de Riesgos hayan sido catalogados como usuarios de Pantallas de Visualización. DEFINICIONES • Pantalla de Visualización: una pantalla alfanumérica o gráfica, independientemente del método de representación visual utilizado. • Puesto de Trabajo: el constituido por un equipo con pantalla de visualización provisto, en su caso, de un teclado o dispositivo de adquisición de datos, de un programa para la interconexión persona/máquina, de accesorios ofimáticos y de un asiento y mesa o superficie de trabajo, así como el entorno laboral inmediato. • Usuario de Pantallas: cualquier trabajador que habitualmente y durante una parte relevante de su trabajo normal utilice un equipo con pantalla de visualización. RECONOCIMIENTOS MÉDICOS ESPECÍFICOS Contenido del Reconocimiento Médico: 1º. Cumplimentación por el trabajador de Cuestionarios: - Consentimiento informado general. - Encuesta general de salud - Encuesta para trabajadores que realizan trabajos con PV 2º. Historia Laboral: -Antecedentes laborales. - Accidentes de trabajo. - Enfermedades profesionales. - Puesto actual. 3º. Historia Clinica: - Antecedentes médicos personales - Antecedentes familiares de interés. - Hábitos. - Alergias. - Anamnesis actual por sistemas. 4º. Exploración Física: - Exploración general - Exploración oftalmológica específica - Exploración osteomuscular específica 3

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- Exploración neurológica específica - Exploración otológica. (opcional) - Exploración cardiovascular (opcional) - Exploración Respiratoria (opcional) 5º. Exploraciones Complementarias: - Test de control visual específico. - Analítica: Perfil Adif (opcional) 6º. Exámenes Complementarios según hallazgos: Si de estos reconocimientos se detectara algún trastorno o dolencia derivados de este tipo de trabajo, el médico examinador, en función de los hallazgos detectados, podrá indicar la prescripción de exámenes complementarios: - Examen por Oftalmólogo. - Examen por Traumatólogo. - Estudios radiológicos, u otras pruebas complementarias de estudio neurológico CALIFICACIÓN DE APTITUD Los reconocimientos médicos de vigilancia de la salud tienen como objetivo, la prevención de posibles daños para la salud de los trabajadores derivados de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo, en consecuencia, la calificación o informe de aptitud del reconocimiento médico pretende preservar la salud del trabajador, estableciendo, en su caso, alguna limitación en sus tareas o retirándole del puesto, cuando no existan otros medios para evitar el perjuicio que pueda ocasionarle su trabajo. En este sentido, las calificaciones se expresarán de la forma siguiente: - Capacitado sin limitaciones - Capacitado con limitaciones - No capacitado temporalmente - No capacitado PERIODICIDAD DE LOS RECONOCIMIENTOS MÉDICOS: a. Inicio de actividad: este reconocimiento tiene carácter obligatorio, y tiene como objeto conocer el estado de salud del trabajador antes de comenzar a trabajar en un puesto de usuario de Pantallas de Visualización. b. Periódicos: estos reconocimientos tienen la consideración de voluntarios y es aconsejable que se realicen, al menos, una vez cada 3 años. c. Voluntarios: desde las Jefaturas de RR.HH., el trabajador recibirá, anualmente, una oferta de reconocimiento médico voluntario, no obstante, el trabajador podrá solicitarlo cuando perciba síntomas o molestias que puedan ser derivadas de su trabajo ante Pantallas de Visualización

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DISPOSITIVOS CORRECTORES. PROCEDIMIENTO DE ACTUACION Este procedimiento, tiene como objeto clarificar la forma de proceder en la Vigilancia Específica de la Salud de los usuarios de Pantallas de Visualización ante la detección de síntomas visuales que pueden estar relacionados con su puesto de trabajo. Comenzamos por solicitar el reconocimiento médico de la forma habitual y detallamos el proceso que el Médico Laboral debe seguir para determinar la necesidad de precribir un “dispositivo cerrector especial”. 1.- Solicitud del reconocimiento médico: la Dirección correspondiente, solicitará el reconocimiento médico mediante la agenda de citaciones del programa SAP. 2.- Se realizará el reconocimiento médico según el Protocolo de PVD establecido 3.- Detección de síntomas visuales y medidas correctoras. El médico de la empresa, si detecta en el usuario de PV síntomas visuales relacionados con su trabajo, (fatiga visual, visión borrosa...), primero explorará la existencia de posibles defectos visuales, conocidos o no por el trabajador, sin corregir o mal corregidos. Descartada esta posible causa, investigará otros motivos. Actuación ante la necesidad de utilizar dispositivos correctores: -

“Dispositivos correctores normales”: son los dispositivos correctores del trabajador, graduados con el fin de conseguir una óptima corrección de sus defectos visuales. La exploración de agudeza visual, por el médico de la empresa, se realizará con los dispositivos correctores del trabajador. Cuando el usuario de pantallas perciba síntomas de fatiga visual, el médico de la empresa comprobará, entre otras posibles causas, la existencia de algún defecto visual sin corregir, o si precisa modificar la graduación de sus dispositivos correctores, aconsejándole, en ambos casos, que acuda a su médico especialista. De persistir los síntomas el médico de la empresa comunicará a la Jefatura correspondiente, la necesidad de comprobar las condiciones del puesto de trabajo, para lo cual se adjunta el documento “Cuestionario de valoración de un puesto de trabjo con PVD” (Anexo 1), y corregirlas si fuera el caso.

-

“Dispositivos correctores especiales”: son aquellos dispositivos necesarios, únicamente, para obtener una correcta visión de la PV cuando no se consigue con los dispositivos correctores normales. Solo cuando se demuestre que los dispositivos correctores normales, (graduados correctamente), no proporcionan una visión óptima para la distancia a la que se encuentra la PV y que en el estudio del puesto de trabajo ha sido considerada como la necesaria, el médico de la empresa remitirá al trabajador al oftalmólogo para que compruebe la necesidad de unos dispositivos correctores especiales, con una graduación distinta a la de sus dispositivos correctores normales con el fin de obtener una 5

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correcta visión de la PV a la distancia específica que determina el estudio del puesto de trabajo. Estos dispositivos correctores deberán ser prescritos por el Médico Laboral y correrán a cargo de la empresa.

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ANEXO 1 CUESTIONARIO DE VALORACIÓNDE DE UN PUESTO DE TRABAJO CON PVD

Trabajador: D./Dña ................................................................................................. Matricula: ........................... Dependencia:...................................................................Residencia: ...................................................................

D./D.E. :.................................................................................................................................... A. OBSERVAR EL PUESTO DE TRABAJO DE P.V.D. B. COMPLETAR EL CUESTIONARIO SI

NO

1.- Deficiente colocación de elementos de trabajo (inaccesibles, obtáculos...) 2.- Pantalla (tamaño inadecuado, inestabilidad de imagen, mala colocación...) 3.- Características inadecuadas de teclado y/o ratón 4.- Silla (regulaciones insuficientes) 5.- Mesa (dimensiones inadecuadas, falta de espacio para piernas...) 6.- Postura incorrecta 7.- Visualización defectuosa (iluminación deficiente, deslumbramientos, reflejos...) 8.- Temperatura inadecuada (excesiva, insuficiente, corrientes de aire...) 9.- Ruido excesivo o molesto 10.- Distancia aconsejada a la PVD (óptima entre 45-55 cm. nunca inferior a 40 cm. ni superior a 60 cm.).

C. REGISTRAR LAS INADECUACIONES QUE NO PUEDEN CORREGIRSE - Punto 10. Medir y registrar en cm, la distancia a la pantalla: ............................................................................ - Otras: .....................................................................................................................................................

..................................................................................................................................................... ....................................................................................................................................................................

El Técnico de Prevención D./Dña.: ....................................................................................................................

Fecha: ............................................ a .......... de .......................................... de .................... 7

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