Octubre 2004 UCAB- 2do. A-Diurno Teoría General del Proceso

1 Octubre 2004 UCAB- 2do. A-Diurno Teoría General del Proceso Profesor Clase Aula Tlfs, mails y págs Vladimir Petit Medina Doctor en Ciencias So

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TEORIA GENERAL DEL PROCESO
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Teoría General del Proceso
Teoría General del Proceso TEORÍA GENERAL DEL PROCESO Sesión No. 9 Nombre: Teoría General del Proceso. Acción y Excepción. Contextualización El der

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1

Octubre 2004 UCAB- 2do. A-Diurno

Teoría General del Proceso Profesor

Clase

Aula

Tlfs, mails y págs

Vladimir Petit Medina Doctor en Ciencias Sociales (en espera de defensa de tesis) -Universidad Central de Venezuela MPA-Master in Public Administration- Kennedy School of Government, Harvard University. MBA-Master in Business Administration- IESA, Caracas GMBA-Master in Global Business AdministrationTulane University, New Orleans Abogado(1984)- UCAB

Oficina 212-7628882 [email protected] [email protected] [email protected] www.vladimirpetitmedina.com www.vladimirpetit.com

Descripción del curso: En este curso se introducirá el planteamiento general teórico y práctico que domina al proceso civil venezolano, el contenido de la normativa jurídica procesal y el análisis de las instituciones procesales. En él, además, se seguirá un esquema nuevo de instrucción: el estudiante deberá leer el texto que aparezca como de lectura obligatoria ANTES DE ACUDIR A CLASE. De suerte que la preparación de las clases es requisito indispensable exigido por la cátedra. Así, el encuentro profesor-alumno se dirigirá a los puntos más difíciles y dudosos y la clase semanal será más participativa que magistral. Ello, innegablemente, tendrá una repercusión práctica en la calificación de la materia, tal cual se informará en otra parte de este mismo syllabus. Se comenzará con una rápida introducción teórica para iniciarnos en la revisión práctica del juicio ordinario venezolano. Esto permitirá al alumno dar un vistazo al proceso en bloque, para posteriormente proceder a estudiar uno a uno sus componentes básicos: conceptos, instituciones y demás nociones en compleja interacción. Este método garantizará, a demás, adquirir un conocimiento más dinámico del asunto, lo cual ha

2 venido siendo reflejado en el rendimiento de nuestros alumnos en los años subsiguientes. El éxito del curso, como se verá, no depende únicamente del profesor, sino básicamente del esfuerzo personal del estudiante, el cual se verá reflejado en su calificación. Es menester dejar en claro que el curso es riguroso y de alta exigencia. Los cursantes no deben olvidar, luego: 1.- Estudiar antes de cada clase, ya que ello contribuye con todos los demás cursantes. Por ello, el avance personal es el avance del grupo, y el resultado es no aprender más sino aprender mejor. 2.- Intervenir en clase, no para exhibirse sino para contribuir en alcanzar las metas y los objetivos del programa. 3.- Ser puntuales o al menos respetar cierta discreción a la hora de entrar a la sala. 4.- Ser responsables lo cual es síntoma de madurez, al igual que el orden, la asistencia a clases y la presentación de los trabajos y pruebas, los cuales son motivo de calificación.

Metodología de las Clases: 1.- Inicio con repaso de la última clase (transición inicial). 2.- Presentación esquemática de la clase a impartir. 3.- Se inicia un proceso de:

Impartir la Teoría Asignaciones y Evaluaciones Consultas y Aclaratorias

Ejemplos Prácticos

3

3.- Recapitulación de los puntos claves. 4.- Referencia a la próxima clase ( transición final). Reglas de juego: El curso está diseñado para estudiantes con inquietudes que se saben inmersos en un medio muy difícil en todos los aspectos y, por ello, en su desarrollo no se admiten excusas que usualmente sirven en otros campos. De esta manera, la ortografía y el correcto uso del idioma juegan un papel importante y su mejoramiento a lo largo del año lectivo será recompensado como un esfuerzo personal digno del mayor reconocimiento. El nuevo manual de ortografía de la Real Academia Española es ampliamente recomendado en tal sentido. Ello conlleva aparejada la obligatoriedad de leer y , a su vez, la responsabilidad de escrudriñar en lo leído, reflexionar acerca de ello e investigar. Entonces, la instrucción no es la tradicional sino que impone un esquema moderno correlativo al nuevo siglo. Quienes deseen fumar pueden hacerlo siempre que se sienten al fondo del salón. No hay problema con las grabaciones. Quienes se incorporen tarde pueden entrar libremente siempre que lo hagan con discreción. La cátedra exigirá la observancia mínima de las reglas de urbanidad y cortesía. Finalmente, en cuanto a los exámenes: • Los complementarios abarcarán la totalidad de la materia, independientemente del lapso al cual corresponda aquella evaluación que se hubiese dejado de presentar. • El caletre será severamente combatido. • Los exámenes tendrán 10 preguntas para 10 respuestas concretas y breves. Las pruebas serán de diferenciación de conceptos, instituciones, nociones. La diferenciación deberá hacerse con base a criterios clasificatorios precisos y no mediante repeticiones estériles que obligan al profesor a hacer el ejercicio mental planeado para el alumno. No se admitirán preguntas durante los exámenes y durante su verificación será severamente castigada la utilización de cualquier método fraudulento, de acuerdo a la normativa interna de la universidad. Sólo se admitirá el desarrollo de exámenes con bolígrafo. Composición de la nota: Participación efectiva en clases y

10%

4 preparación de las mismas Pruebas aleatorias Primer parcial Segundo parcial Tercer parcial

10% 20% 30% 30%

Requerimientos: 1. 2. 3. 4. 5.

Asistencia puntual a clases (estricto control de asistencia); Preparación de los temas e intervención en clase; Varias pruebas aleatorias ;

Parciales; Correcta utilización del idioma así como brevedad y concreción en la expresión.

Materiales del curso: -

Carnelutti, F., Instituciones del Proceso Civil (Editorial EJEA), Buenos Aires 1973; Chiovenda,G.,Derecho Procesal Civil ( Editorial Reus), Madrid 1980; Couture, E. J., Estudios de Derecho Procesal Civil ( Editorial Edigraf), Buenos Aires 1979;

-

Couture, E. J, Fundamentos del Derecho Procesal Civil, (Ed. De Palma), Buenos Aires 1958;

-

Cuenca, Humberto, Derecho Procesal Civil ( Edit. UCV), Caracas, 1965;

-

Loreto, Luis, Estudios de Derecho Procesal Civil, Caracas 1970;

-

Monroy, Marcos Gerardo, Principios del Derecho Procesal Civil (Edit. Temis), Bogotá 1979;

-

Peyrano, Jorge, El Proceso Civil ( Edit. Astrea), Buenos Aires 1978;

-

Prietro Castro, L., Derecho Procesal Civil, (Edit. Univ. Complutense), Madrid 1975;

-

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano ( Edit. Arte), Caracas, 1992;

-

Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso ( Edit. Temis), Bogotá 1984.

Igualmente se recomienda el uso permanente del Código de Procedimiento Civil Comentado del Dr. Ricardo Henríquez La Roche.

5

Distribución de las Clases y Asignación de Lecturas Tema

Clase

Lecturas requeridas

1era Sesión

Inducción al nuevo sistema

En esta sesión se aclararán las reglas de juego y serán adelantados los criterios de evaluación de la cátedra

Tema

Clase

Unidad I Introducción a la Teoría General del Proceso y el Tribunal Venezolano

I.

II.

Lecturas requeridas Cuenca, Humberto,Derecho Procesal Civil. Tomo I, págs. 102-119

2da Sesión

Se iniciará un vistazo histórico al proceso que finaliza en la conceptualización actual del proceso. Finaliza con una referencia general a la organización de los juzgados venezolanos en cuanto a los funcionarios intrevinientes y sus funciones y deberes

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo I, 251-296 Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, págs. 3-8 y 131-153

Introducción: A.

La Justicia Primitiva

B.

La prohibición de hacerse justicia por si mismo

C.

Función jurisdiccional y poder judicial

D.

Doble Instancia y Casación

E.

El Desarrollo Moderno

El Tribunal en Venezuela: A. El Juez: 1.

Concepto

2.

Características:

3.



Sede



Función Pública



Remuneración

Funciones: •

Sustanciación, conocimiento o instrucción



Decisión: quaestio iuris, quaestio facti, Arts. 12, 254 y 321 CPC



Disciplinaria



Coactiva: Art. 21 CPC



Función Administrativa



Director del proceso: Art. 14 CPC

6

Tema

Clase

Unidad II El tribunal Venezolano (cont)

Lecturas requeridas Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo I, 429 y sigs

3a Sesión

4. Deberes: •

Administrar Justicia



Imparcialidad – controles: igualdad Art. 15 CPC



Discreción: Art. 82, ard. 15o



Prohibición de proceder ex - oficio: Art. 11 CPC



La verdad como norte de sus actos: art. 12 CPC



Plena prueba de la acción deducida: arts. 12 y 254 CPC



Prescindencia de sutilezas y puntos de mera forma



Limitación de medidas preventivas: arts. 586 y 587 CPC



Brevedad: art. 10 CPC



Cumplimiento de actos de otros Tribunales: arts. 21 y 188 CPC



Caso especial de denegación de justicia: arts. 19, 830 ord 4º y 846 del PCP

B. El Secretario: arts. 104 – 114 CPC 1.

Concepto

2.

Funciones: •

Dar autenticidad frente a terceros de los actos del Tribunal



Supervisar el archivo del Tribunal



Administración



Información: arts. 110 y 190 del CPC



Supervisa y Controla el desenvolvimiento de las actividades del personal subalterno



Suscribe los autos, resoluciones y sentencias, así como los actos de las partes.

C. El Alguacil: arts. 115 – 117 CPC 1.

Citaciones y Notificaciones de las partes y de los terceros intervinientes en el proceso

2.

Anuncia los actos del Tribunal y ejecuta las órdenes del Juez y el Secretario

3.

Mantiene el orden interno en el recinto Tribunalicio

7

Tema

Clase

Unidad III Juicio Civil Ordinario

4a Sesión y 5a Sesión

III.

Lecturas requeridas Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo III, 21-54

El Juicio Civil Ordinario en Venezuela: art. 335 y sigs. CPC A. Presentación del Libelo de la Demanda: art. 339 CPC 1. Requisitos: arts. 340, 187, 191 – 194 CPC 2. Medidas Preventivas: arts. 585 CPC •

Embargo: arts. 588, 591 – 598 CPC



Secuestro: arts. 588, 599 CPC



Prohibición de enajenar y gravar: arts. 588, 300 CPC



Providencia

cautelares

innominadas:

art.

588 par. 1ero. CPC 3. Admisión: auto apelable en ambos efectos, art. 341 CPC. Referencia al contrario imperio: art. 310 CPC 4. Libramiento

de

la

compulsa

con

orden

de

comparecencia al pie: 342 CPC 5. Reforma de la demanda: por una sola vez antes de la contestación, nuevo lapso, art. 343 CPC

8 Tema Unidad III Juicio Civil Ordinario (cont)

Clase

Lecturas requeridas Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo II, 227-272

6a Sesión

B. Citación: art. 215 CPC 1. Formalidad necesaria 2. Forma: •

Art. 216: autocitación, constancia de actuar en la causa



Art. 217: autocitación del apoderado



Art. 218: citación personal, caso especial de cuando no se quiera o pueda firmar



Art. 219: Citación por correo certificado con aviso de recibo



Art. 223: Citación por carteles



Art. 224: Citación del No presente



Art. 227: Comisión para la citación



Art. 228: Citación de varios demandados



Art. 231: Citación por edictos

3. Término de la distancia: art. 205 CPC

9 Tema

Clase

Unidad III Juicio Civil Ordinario (cont)

Lecturas requeridas Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo III, 95-144

7a Sesión

C. La contestación de la demanda y las cuestiones previas: art. 346 CPC 1. Hipótesis del Lapso de contestación 2. Formas de oponerlas: art. 348 CPC 3. Término de la distancia + lapso de 20 días para contestar u oponer cuestiones previas: art. 344 CPC 4. Rebeldía y Confesión ficta: art. 347 – 362 5. Procedimiento de las Cuestiones Previas: art. 349 y sigs. CPC 6. Apelabilidad: art. 357 CPC 7. Modo y contenido de la Contestación: arts. 361, 350 y 358 CPC

10 Tema

Clase

Unidad III Juicio Civil Ordinario (cont)

Lecturas requeridas Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo III, 145-216 y Tomo I, 391-406

8ava Sesión

D. La reconvención o mutua petición E. Intervención de terceros en el proceso: 1. Casos en que pueden ser llamados o intervenir terceros en el proceso: art. 370 CPC 2. Clases de intervención de terceros en el proceso:

F. competencia

Referencia



Intervención Voluntaria: art. 371 CPC



Intervención Forzosa: arts. 383 y 386 CPC

al

recurso

de

regulación

de

jurisdicción

y

11 Tema

Clase

Lecturas requeridas

Unidad III 9a Sesión y 10a Juicio Civil sesión Ordinario (cont)

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo III, 325-437

G. El Lapso Probatorio: 1. Apertura: sin necesidad de decreto o auto, art. 388 CPC 2. Casos en que no se abre: art. 389 CPC 3. Promoción: 15 días después de contestación o vencido el lapso para darla, arts. 392 y 396 CPC 4. Convencimiento o contradicción de las pruebas: 3 días luego de la promoción, art. 397 CPC 5. Admisión:

3

días

luego

contradicción,

art.

398

del CPC.

convencimiento Referencia

a

o la

pertinencia. 6. Evacuación: 30 días, art. 395 CPC 7. Forma de cómputo aplicable: art. 197 CPC 8. Valoración de la prueba, el sistema venezolano: arts. 507 – 510 CPC 9. Los medios de prueba: art. 395 CPC 10.

Autos para mejor proveer: art. 401 CPC

12 Tema

Clase

Unidad III Juicio Civil Ordinario (cont)

Lecturas requeridas

11a sesión

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo II, 285-328

H. Constitución de Tribunal con asociados: 5 días después de la finalización del lapso probatorio, art. 118 CPC I. Los Informes: 15to día siguiente a la conclusión del lapso probatorio si no hay asociados, o 15to día siguiente de la constitución del Tribunal con asociados: art. 511 CPC 1. Observaciones a los informes de la parte contraria: dentro de los 8 días siguientes, art. 513 CPC 2. Autos para mejor proveer, segunda oportunidad: •

Oportunidad: art. 514 CPC



Objeto del auto y diferencias con anterior oportunidad: art. 514, ords. 1, 2, 3 y 4

J. Sentencia: dentro de los 60 días continuos siguientes al acto de los informes o cumplido el acto para mejor proveer o pasado el término fijado para su cumplimiento: art. 515 CPC Partes: art. 243 CPC •

Narrativa



Motiva



Dispositiva

13 Tema

Clase

Lecturas requeridas Monroy, Marcos Gerardo, Principios del Derecho Procesal Civil, 391-395

Unidad III Juicio Civil Ordinario (cont)

K.

12a sesión

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo II, 395-462,329-360

La apelación: 288 – 298 CPC 1.

Sus efectos

2.

Adhesión a la apelación

3.

El recurso de hecho: art. 305 CPC

L. Modos de autocomposición procesal: solución convencional, volitiva y de origen no jurisdiccional strictu sensu 1.

Transacción: acuerdo que pone fin a un litigio o prevé uno eventual. Homologación

2.

Conciliación: acuerdo exhortado por el juez que pone fin a un juicio

3.

Desistimiento: declaración unilateral del actor de no seguir de alcance parcial o total, que no necesita para su perfeccionamiento de declaración de voluntad alguna por parte de la parte contraria. Homologación: art. 263 CPC

4.

Convenimiento: declaración unilateral del demandado de aceptar la pretensión de la parte actora, que no necesita para su perfeccionamiento de declaración de voluntad alguna por parte de la parte contraria: art. 263 CPC

5.

Perención de la instancia: art. 267 CPC

14 Tema

Clase

Unidad III Juicio Civil Ordinario (cont)

13a sesión

Lecturas requeridas

M. Procedimiento en 2da Instancia: 1. Recepción del expediente: art. 516 CPC 2. Informes: 20 días siguientes a la recepción o a la constitución de asociados si es definitiva (arts. 517 y 518) y si es interlocutoria, al décimo día siguiente 3. Observaciones a los informes de la parte contraria de los 8 días siguientes a la presentación de los mismos, por escrito: art. 519 CPC 4. Pruebas admisibles en la 2da instancia: art. 520 CPC •

Instrumentos Públicos – hasta los últimos informes



Posiciones juradas



Juramento decisorio: una de las partes somete la veracidad de los hechos a la declaración que bajo juramento realiza la parte contraria.

5. Sentencia: Dentro de los 30 días siguientes a la presentación de los informes o cumplido el auto para mejor proveer del art. 520 última parte o pasado el término señalado para su cumplimiento siempre y cuando la sentencia sea interlocutoria, en caso de ser definitiva el lapso será de 60 días, art. 521 CPC

6. Hipótesis de anuncio o no del recurso de Casación: art. 522 CPC

15 Tema

Clase

Unidad III Juicio Civil Ordinario (cont)

14a sesión

Lecturas requeridas

N. El recurso de casación: art. 312 CPC 1. Sentencias contra la que procede: art. 312 CPC 2. Motivos: •

Quebrantamiento de forma: art. 313, ord, 1ero. CPC



Infracción del derecho: art. 313, ord, 2do., CPC. Ej: incompetencia del Juez sobre la materia.

3. Anuncio: Dentro de los 10 días siguientes a la publicación de la sentencia: art. 314 CPC 4. Formalización: dentro de los 40 días siguientes a la fecha en la cual debió extinguirse el lapso previsto para el anuncio más el término de la distancia (art. 317 CPC). Si no hay formalización se considerará la perención del recurso, art. 325 CPC. Referencia a la carga procesal. 5. Réplica y Contrarréplica: art. 318 CPC 6. Sentencia: 60 días, art. 319 CPC

16 Tema

Clase

Unidad IV Introducción sistemática a la teoría general del proceso

IV.

Lecturas requeridas

15a sesión

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo I, 49-96 Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, 25-47

Orígenes: A. El Proceso Germánico B. El proceso Romano C. La praxis y la exégesis D. La Escuela Científica Alemana E. La escuela Italiana F. Tendencia Española G. Tendencia Francesa H. América Latina: 1. Brasil 2. Uruguay y Argentina 3. Venezuela

V.

Fundamentación Científica: A. Carácter Científico 1. Relación e independencia del Derecho Civil 2. La construcción de propias categorías dogmáticas 3. El método histórico sistemático B. Concepto 1. Venezuela •

Rengel Romberg



Cuenca

2. Extranjero •

Couture



Carnelutti

C. Naturaleza Jurídica: Derecho Público D. Características: •

Derecho Formal



Instrumental



Autónomo

17 Tema

Clase

Lecturas requeridas Chiovenda, G, Derecho Procesal Civil, Tomo I, 383-394

Unidad V La jurisdicción

Couture, E. J., Estudios de Derecho Procesal Civil, 27-54

16a sesión

Monroy, Marcos Gerardo, Principios del Derecho Procesal Civil, 99-104 Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo I, 97-138

VI. La jurisdicción A. Acepciones del vocablo 1. Como ámbito territorial 2. Como competencia 3. Como poder 4. Como función B. Origen de la jurisdicción C. Concepto de la jurisdicción 1. Counture: •

Es una función



Idoneidad – Imparcialidad



Adecuado Proceso



Se asegura vigencia del derecho



Solución de conflictos



Cosa juzgada



Es un medio

2. Chiovenda: D. Características de la Jurisdicción •

Presupuesto procesal



Naturaleza Pública



Monopolio del Estado



Función Autónoma

E. Jurisdicción de Derecho y de Equidad. Semejanzas y diferencias F. Jurisdicción voluntaria y contenciosa. Semejanzas y diferencias

18 Tema

Clase

Lecturas requeridas Chiovenda, G, Derecho Procesal Civil, Tomo I, 57-69

Unidad VI Teorías sobre el derecho de acción

Couture, E. J., Estudios de Derecho Procesal Civil, 24-41 Cuenca, Humberto,Derecho Procesal Civil. Tomo I, págs. 135-149 Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo I, 139-172

17a sesión

Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, 73-79

VII.

Teorías

que

explican

jurídica del Derecho de

la

naturaleza

Acción

A. La acción como derecho potestativo – Chiovenda B. La acción como elemento de derecho subjetivo – Savigny C. La acción como derecho concreto de obrar – Disputa Muther y Wach D. La acción como derecho abstracto de obrar – Degenkolb y Rocco E. La acción como derecho que nace con la demanda judicial – Von Vulgo F. Como derecho Cívico – Couture VIII.

Relatividad del concepto de acción – Calamandrei, Goldschmidt, Pekelis

IX.

Afirmaciones modernas y pacíficas sobre el derecho de acción:

A.

Es un derecho autónomo e independiente del derecho subjetivo que reclama

B. Es un derecho abstracto C. No se ejerce contra el demandado sino frente al juez, como derecho público X.

Diferencias entre Acción, Pretensión y demanda en el derecho moderno

19 Tema

Clase

Unidad VII Concepto de la acción

18ava sesión

Lecturas requeridas Couture, E. J., Estudios de Derecho Procesal Civil, Tomo III, 201-215 Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, 80-82,93-99 y 82-84

XI.

La acción y su importancia en el sistema del proceso

A.

Concepto de Acción

B.

Importancia práctica de la Acción

C.

Bilateralidad de la Acción

D.

Requisitos constitutivos de la acción: extremos necesarios y suficientes para determinar en concreto el nacimiento del derecho de acción 1.

Un cierto hecho específico jurídico

2.

Legitimación para obrar o contradecir: legitimatio ad causam

3. E.



Legitimación normal



Legitimación anómala -

art. 1221 CCV

-

Litisconsorcio necesario

-

Sustitución procesal

-

Casos de legitimación general

Interés procesal: art. 16 CPC

Los presupuestos procesales: condiciones que deben existir a fin de que pueda dictarse un pronunciamiento cualquiera sobre la demanda y sea válida la acción 1.

Existencia de un órgano jurisdiccional objetivamente competente y subjetivamente capaz

F.

2.

Capacidad procesal de las partes

3.

Acto constitutivo del proceso válido

Elementos de identificación de las acciones: 1.

2.

3.

Sujetos: •

Activo



Pasivo

Objeto o petitum: •

Mediato



Inmediato

Causa o Título: •

Hecho histórico



Afirmación jurídica

20 Tema

Clase

Lecturas requeridas Chiovenda, G, Derecho Procesal Civil, Tomo I, 203-245

Unidad VIII Clasificación de la acción

Couture, E. J., Fundamentos de Derecho Procesal Civil, 80-88

19a sesión

Cuenca, Humberto,Derecho Procesal Civil. Tomo I, págs. 164-190 Loreto,Luis, Estudios de Derecho Procesal Civil, 133-182 Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, 85-87

XII.

Clasificación de las Acciones: A. Declarativas, de condena y constitutivas 1. Declarativas: •

Concepto



Fundamento



Condiciones



Objeto



Características



En Venezuela

2. De condena: •

Concepto



El interés en obrar



Presupuestos



Las declarativas y de condena



En Venezuela

3. Constitutivas: •

Concepto



En Venezuela

B. Ordinarias, sumarias y ejecutivas C. Civiles, penales y mixtas D. Reales, personales y mixtas E. Petitorias y posesorias F. Públicas y privadas

21 G. Nominadas e innominadas Tema

Clase

Lecturas requeridas

Unidad IX La Competencia

20a sesión

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo I, 297-332

XIII. La competencia: arts. 5 y 6 CPC A.

Concepto de Competencia

B.

Clasificación de la Competencia: 1.

Competencia por la cuantía: arts. 29 CPC, 147 ord. 3 LOPJ, art. 312 CPC, Decreto vigente Juicios inapreciables en dinero: edo. Y capacidad: art.



39 CPC; acciones mero declarativas Reglas para valorar la demanda: arts. 31 y siguientes



CPC -

Si consta expresamente: arts. 31 – 33 CPC

-

Si no consta expresamente: art. 38 CPC

2.

Competencia de la materia: art. 28 CPC – orden absoluto

3.

Competencia por el territorio: arts. 40 y siguientes CPC Características especiales:

• -

arts. 47, 70 y 313 CPC

-

No es derogable si involucra el orden público



Fuero

de

los

derechos

personales

y

reales

derechos

reales

mobiliarios: arts. 40 y 41 CPC •

Fuero

de

las

relativas

a

los

inmobiliarios: art. 42 CPC •

Fuero de apertura de la sucesión: arts. 43 CPC y 993 CCV

4.



Demandas entre socios: art. 44 CPC



Fuero de tutela o administración: art. 45 CPC



Caso de renuncia la domicilio

Incompetencias absolutas: •

Materia



Territorio si debe intervenir el Ministerio Público: arts. 60 y 313 CPC

5.

Competencia Procesal Internacional: art. 2 CPC •

Innovaciones: arts. 53 ord. 3, art. 57 y art. 58



Jurisdicción de autoridades judiciales venezolanas: arts. 53, 54, 55, 56, 57 CPC



Medidas cautelares: art. 58 CPC

22

Tema Unidad X Relaciones entre acciones y modificación de la comptencia por esa causa

XIV.

Clase

Lecturas requeridas

21a sesión

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo I, 355-374

Relaciones entre acciones A. Introducción B. Formas 1. Litispendencia: art. 61 CPC 2. Continencia: art. 51 in fine del CPC 3. Tipos de conexión: • Genérica: art. 52 CPC • Específica: -

Específica objetiva: art. 49 CPC

-

Accesoriedad: art. 48 CPC

-

Caso de fiadores y garantías: art. 48 CPC

-

La Compensación: art. 50 CPC

-

La reconvención: art. 50 CPC

-

La prejudicialidad: art. 32 CPC

4. El Fuero den la prevención: art. 51 CPC 5. Consecuencias, arts. 79 y 80 CPC

23

Tema Unidad XI Naturaleza Jurídica del proceso

Clase

Lecturas requeridas Chiovenda, G, Derecho Procesal Civil, Tomo I, 117-134

22a sesión

Couture, E. J., Fundamentos de Derecho Procesal Civil, 121-141 Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo I, 173-220 Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, 103-104,107-114

XV. Naturaleza Jurídica del Proceso A. Definición B. Teorías que explican la naturaleza jurídica del proceso: 1. Proceso como contrato (Franceses) 2. Como cuasi – contrato (Borjas) 3. Como relación jurídica (Von Bulow) 4. Como situación jurídica (Goldschmidt) 5. Como entidad jurídica compleja (Foschini) 6. Como institución (Guasp) 7. Como conducta (Rengel Romberg)

24

Tema Unidad XII Proceso, procedimiento, principios y función del proceso civil venezolano

Clase

Lecturas requeridas Cuenca, Humberto,Derecho Procesal Civil. Tomo I, págs. 249-275 Loreto,Luis, Estudios de Derecho Procesal Civil, 23-38 Peyrano,Jorge, El Proceso Civil, 51-68,125-139,249-288,303-327

23a sesión

Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, 51-68,105

XVI. Proceso y procedimiento y principios del proceso civil venezolano A. Diferencias B. Definiciones 1. Procedimiento 2. Proceso 3. Formas procesales: arts. 7 CPC C. Estructura del proceso: 1. Oralidad y escritura: arts. 25, 859 y sigs. CPC 2. Concentración y fraccionamiento (orden consecutivo legal con fases de preclusión) 3. Mediación e inmediación: arts. 234, 862, 863 CPC 4. Proceder a instancia de parte o ex – oficio: art. 11 CPC 5. Juez director del proceso o impulso procesal de las partes: art. 14 CPC 6. Principio dispositivo e inquisitorio: arts. 12 y 254 CPC 7. Principio de las partes están a derecho: art. 26 CPC 8. Principio de igualdad de las partes: art. 15 CPC 9. Principio de responsabilidad: arts. 18, 19 y 27 CPC 10. Moralidad y probidad en el proceso: art. 17 CPC 11. Principio de publicidad: arts. 24, 190, 110, 192 CPC XVII. Función del Proceso Civil Venezolano: A. Privada y Pública B. Objetiva (Chiovenda) y Subjetiva (Satta)

C. Social

25

Tema

Clase

Lecturas requeridas Cuenca, Humberto,Derecho Procesal Civil. Tomo I, págs. 279-304

Unidad XIII La Ley Procesal

XVIII.

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo I, 221-250

24a sesión

La ley procesal: arts. 162 y 136 ord. 24 de la CN A.

Concepto

B.

Marco de regulación:

C.

1.

la actividad jurisdiccional

2.

El desenvolvimiento del proceso

3.

La forma de los actos procesales

4.

las conductas de las partes del proceso

5.

La actuación del juez

Relación normas procesales y CPC: arts. 44, 46, 60, 66, 67 y 70 CN, arts. 1354 y sigs. Cód.Com

D.

Natural Procesal de una Ley y sus efectos: art. 44 CN 1.

Pertenece al derecho Público porque regulan una actividad eminentemente pública

E.

2.

Es autónoma

3.

Pueden ser dispositivas o absolutas

Eficacia de la ley procesal en el tiempo: 1.

Regla general: art. 44 CN

2.

Situaciones: •

Procesos terminados



Procesos por iniciarse -

En

cuanto

a

la

acción -

En cuanto a las cuestiones previas

-

En cuanto a las pruebas



F.

Sentencia de 1.948

-

La acción

-

La competencia

-

Pruebas

Procesos Pendientes:

Eficacia de la ley procesal en el espacio: 1.

-

Admisibilidad de pruebas

26 2. Tema

Clase

Unidad XIV Las partes en el proceso y la representación voluntaria

XIX.

Evacuación de pruebas

Lecturas requeridas Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo II, 23-74 Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, 185-200

25a sesión

Las partes en el proceso: A. Introducción y Concepto B. Pluralidad de las partes: 1. El caso especial del litisconsorcio 2. tipos de litisconsorcio •

Activo



Pasivo



Mixto



Necesario



Voluntario



Imporpio

3. Efectos de litisconsorcio: arts. 147, 148 y 149 CPC •

Unidad de la relación procesal



Autonomía de los sujetos

C. Cambio de partes en el transcurso del proceso: 1. Por muerte de uno de los litigantes: art. 144 CPC 2. Cesión de derechos letigiosos, art. 1557 CCV y 145 CPC 3. Caducidad de la capacidad procesal, arts. 141 y 267 ord. 3 del CPC y 405 CCV D. Capacidad de ser parte y capacidad procesal XX. La representación voluntaria: A. Concepto B. Requisito sine qua non C. Diferencias entre el mandato judicial y el civil D. Formas Del poder E. Otorgamiento apud. Acta: 152 CPC

27 F. Poder Otorgado en el extranjero: art. 157 y 8 CPC

Tema Unidad XV Los actos procesales y sus nulidades

Clase

Lecturas requeridas

26a sesión

Couture, E. J., Fundamentos de Derecho Procesal Civil, 201-208 Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo II, 139-166 Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, 247-257,259-271,295,316

XXI. Los actos procesales: A. Concepto y diferencia con los hechos procesales B. Clasificación: 1. Actos del tribunal 2. Acto de las partes 3. Actos de terceros C. Forma de los procesales 1. Concepto y formas básicas 2. Tiempo de los actos procesales XXII. Nulidad de los actos procesales A. Introducción 1. Criterios rectores 2. La nulidad absoluta 3. La nulidad relativa 4. La inexistencia B. Concepto C. Principios que rigen las nulidades D. Efectos de la declaración de nulidad E. Convalidación de los actos nulos

28

Tema Unidad XVI El Beneficio de Justicia Gratuita El Ministerio Público

XXIII.

Clase

Lecturas requeridas

27a sesión

Rengel Romberg, Arístides, Tratado de Derecho Procesal Civil Venezolano, Tomo II, 75-86 y 87-106 Véscovi, Enrique, Teoría General del Proceso, 173-183

El beneficio de la Justicia gratuita: A. Beneficiarios: arts. 175 y 178 CPC B. Características: 1. Medida preventiva y, por ende, de carácter provisional 2. Es intuitu personae: art. 178 CPC 3. No es una medida general para cualquier juicio C. Oportunidad de la solicitud: art 176 CPC D. Beneficios que comprende: art. 180 CPC E. Tribunal competente: art. 182 CPC

XXIV.

El Ministerio Público A. Nociones antecedentes B. Naturaleza y función 1. Como agente 2. Como interviniente C. Características: 1. Poder autónomo de carácter institucional y público 2. Carácter nacional 3. Carácter judicial 4. Búsqueda de interés público o social D. Poderes y facultades en juicio civil: art. 133 CPC

29 E. Anulabilidad – contravención: art. 132 CPC F. Inhibición y responsabilidades: arts. 134 y 135 CPC

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