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ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO OFICINA DE LA OIT PARA CENTROAMÉRICA, HAITÍ, PANAMÁ Y REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DEL TRABAJO NICARAGUA PROYECTO PARA LA FORMULACIÓN DE UNA POLÍTICA NACIONAL DE EMPLEO EN NICARAGUA (PNE)
PERFIL DIAGNOSTICO NACIONAL SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO OFICINA DE LA OIT PARA CENTROAMÉRICA, HAITÍ, PANAMÁ Y REPÚBLICA DOMINICANA MINISTERIO DEL TRABAJO NICARAGUA PROYECTO PARA LA FORMULACIÓN DE UNA POLÍTICA NACIONAL DE EMPLEO EN NICARAGUA (PNE)
PERFIL DIAGNOSTICO NACIONAL SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO JULIO 2004
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Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua Prefacio Este diagnostico se enmarca en el ámbito de un programa de Trabajo Decente/TrababajoSeguro. Constituye un primer paso para el diseño de una estrategia para la implementación de un Programa Nacional de Trabajo Seguro en Guatemala desde la perspectiva de OIT. Se pretende promover un medio ambiente de trabajo más seguro y saludable mediante la adopción de un enfoque sistemático de gestión, el desarrollo de programas nacionales relativos a la seguridad y la salud en el trabajo, y el mejoramiento progresivo del sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo. Dicho enfoque incluye programas estratégicos a mediano plazo destinados a otorgar elevada prioridad a la seguridad y la salud en el trabajo en el marco de los programas nacionales, y establecer objetivos y plazos. Un sistema nacional de seguridad y salud en el trabajo abarcan la legislación pertinente, las consultas tripartitas y los mecanismos de verificación del cumplimiento (por ejemplo las inspecciones), los servicios de seguridad y salud en el trabajo, el acopio de estadísticas con propósitos preventivos, la capacitación y la información. Los sistemas nacionales de seguridad y salud en el trabajo y sus programas de acción deberían basarse en los principios fundamentales reflejados en Convenios, Recomendaciones, directrices técnicas y repertorios de recomendaciones prácticas de la OIT. El diagnóstico, se elaboró en coordinación con la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad y la Dirección General de Higiene y Seguridad el Ministerio de Trabajo de Nicaragua. Un agradecimiento especial al equipo de consultores nacionales de la OIT que elaboraron el diagnóstico: Dra. Aurora Aragón, Epidemióloga Ocupacional, Dra. Cecilia Torres Especialista en Medicina Integral, Lic. Ricardo Guevara Altamirano, Abogado, Msc. Luis Blanco Romero Higienista Industrial. Para la realización del diagnóstico, se llevaron a cabo consultas con las organizaciones de empleadores y trabajadores miembros del Consejo de Seguridad y Salud Ocupacional, las instituciones responsables en el tema, los sectores patronales y laborales, y las asociaciones de profesionales involucradas. Este diagnóstico esta acompañado por una encuesta nacional sobre condiciones de trabajo, salud y seguridad ocupacional que lo complementa. La Supervisión Técnica se llevó a cabo por parte de Valentina Forastieri Especialista Principal en Condiciones de Trabajo, Seguridad y Salud Ocupacional, de la Oficina de la OIT para Centroamérica, Haití, Panamá y República Dominicana. Trabajo Seguro: Programa Internacional de la OIT sobre Seguridad y Salud en el Trabajo y Medio Ambiente.
Julio 2004
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Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua Resumen ejecutivo Las formas de empleo en Nicaragua están en íntima relación con el estado de pobreza. El mercado laboral nicaragüense está basado fundamentalmente en un predominio de actividades de servicios (conocido como sector terciario) en las zonas mas densamente pobladas como Managua. En estas actividades de servicios predomina el sector informal. En las zonas menos pobladas como el nordeste del país predomina la agricultura (sector primario) en condiciones precarias con cifras altas de extrema pobreza. Instituciones como INSS o MITRAB se han estado dedicando a un subsector minoritario como son construcción, maquila y minería (conocido como sector secundario). De acuerdo al INSS aún en este sector la cobertura es por debajo del 40% (tabla 15) y la cobertura del MITRAB es menor al 1% (tabla 26) si consideramos que esta institución tiene la función de dar cobertura a todas las empresas constituidas en el país esta cifra es extremadamente baja. Las herramientas legales aunque apropiadas se utilizan poco, no pudiendo atender la demanda por falta de recursos o por movilidad laboral de los inspectores como consecuencia de los bajos salarios que también afecta a la población en general. Está demostrado que la falta de prevención produce costos directos pero también costos indirectos como pérdidas en los costos de producción, salarios, gastos en salud, en el manejo de los pacientes que se agrava por la baja calificación del personal de salud, lo que repercute también en el ingreso y el bienestar y la salud de la familia. Con el empleo precario subyacen las formas de explotación más inhumanas concomitando por lo general con poco conocimiento en materia de salud y seguridad laboral por parte de los trabajadores. Es de esperarse que debido a la inestabilidad de sus empleos, los trabajadores se vuelven reacios a reclamar sus derechos por temor a perder el empleo o a que les nieguen un trabajo en el futuro a como se ha documentado en las maquilas. La exposición a riesgos de un trabajador no solo lo afecta a él, afecta potencialmente a la familia especialmente a los niños por ser más vulnerables. Las instituciones a cargo de la SST convocadas a través de la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad tienen la misión de consolidar y desarrollar la salud y seguridad de los trabajadores. Si se superan los obstáculos y dificultades de coordinación, se pueden aunar esfuerzos para la construcción de políticas y un plan anual común que permita el desarrollo de actividades y el crecimiento sin duplicar esfuerzos. Las normas de salud y seguridad en el trabajo deben cumplir con principios de universalidad, equidad, integralidad, continuidad, calidad y complementariedad de las normas internacionales del trabajo y estar en acuerdo con los principios de otros planes nacionales
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Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua particularmente del Plan Nacional de Desarrollo. En este plan se desarrollan las políticas económicas que regirán el país hasta el año 2015 e incluyen básicamente dos aspectos: el desarrollo e inversión en el sector industrial fundamentalmente en el área de maquilas y leal crecimiento de la producción agraria mediante el desarrollo de industrias locales para la elaboración de los productos, lo que ha sido denominado conglomerados de desarrollo. Este enfoque por conglomerados en sectores no tradicionales con poca historia de desarrollo de la salud y seguridad debe trascender con la introducción de la seguridad y salud en el trabajo. Un planteamiento de políticas de seguridad y salud laboral debe también ajustarse al mercado laboral emergente para poder incidir efectivamente en la reducción de los factores de riesgos de la población nicaragüense. Se propone incorporar un modelo de atención con una visión holística desde una perspectiva de atención primaria para llegar a la mayoría de la población nicaragüense. Para asegurar el avance de la SST en Nicaragua es necesario mejorar la capacitación y la coordinación entre las instituciones a cargo de la misma incluidas las organizaciones de trabajadores y de los empleadores, aprovechando las oportunidades que proveen organismos financieros externos y organismos internacionales con el fin de asegurar el bienestar de los trabajadores y sus familias y así cumplir con la misión que se ha propuesto el Consejo de Higiene y Seguridad del Trabajo en su plan de acción estratégico y también desarrollar acciones sobre la base de lo propuesto por la ley general de salud en materia de salud y seguridad en el trabajo.
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INDICE
PARTE I .................................................................................................................................................. 7 1. 2. 3. 4. 5.
INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 7 OBJETIVOS ..................................................................................................................................... 9 METODOLOGÍA .............................................................................................................................. 9 ANÁLISIS DE POLÍTICAS Y PROGRAMAS EN SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO ...................... 11 PROPUESTAS DE POLÍTICAS DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO ......................................... 23
PARTE II ............................................................................................................................................... 29 1. PRESENTACIÓN....................................................................................................................... 29 2. MARCO LEGAL EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SST).................................................. 30 3. MECANISMOS NACIONALES DE VERIFICACIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL ................................. 42 4. COORDINACIÓN Y COLABORACIÓN, INCLUYENDO CONTRATOS O ACUERDOS COLECTIVOS DE TRABAJO .............................................................................................................................................. 43 5. ESTÁNDARES TÉCNICOS, DIRECTRICES Y SISTEMAS DE GESTIÓN ................................................ 52 6. MEDIOS Y HERRAMIENTAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE SST ............................ 58 7. ESTADÍSTICAS SOBRE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES DEL TRABAJO ......................................... 73 8. POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE LAS ORGANIZACIONES DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES ........ 76 9. ACTIVIDADES COTIDIANAS Y EN PROCESO DE EJECUCIÓN RELACIONADAS CON LA SST............. 80 10. DATOS GENERALES.................................................................................................................. 83 11. OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE ............................................................................................ 93 12. ANEXOS ................................................................................................................................ 94 13. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ............................................................................................. 111
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PARTE I 1. Introducción La preocupación fundamental de la sociedad nicaragüense en la actualidad es el desempleo y la pobreza que afectan a miles de familias en todo el país. La adopción de una política nacional de empleo (PNE) por parte del gobierno de Nicaragua es una necesidad en un país que requiere incentivar la inversión privada nacional y extranjera. Es necesario mejorar la inversión pública, la competitividad de la economía pero sobre todo es urgente combatir la pobreza e indigencia sobre bases más eficientes y sostenibles. El principal desafío de la política de empleo es estimular la productividad y los ingresos de los segmentos atrasados del mercado laboral (y a su fuerza de trabajo), propiciando un mayor acceso a los recursos productivos de tierra, capital, crédito, asistencia técnica, capacitación y demás políticas públicas. De acuerdo al informe de la OIT de mayo 20031, aumentar el bajo nivel educativo de la fuerza de trabajo y de la población en general, la creación de ocupación productiva y bien remunerada para las mujeres, la doble dimensión del salario como factor de competitividad de la empresa y como fuente principal de satisfacción de necesidades básicas del trabajador y su familia, la necesidad de crear mecanismos de confianza internos y de fortalecer las instancias de diálogo y la propia estructura de las organizaciones sociales representan los grandes desafíos a tomar en cuenta para una política nacional de empleo que su vez se ajuste a las necesidades del país. Esta política debe tomar en cuenta el concepto de trabajo decente. Trabajo decente es un sinónimo de trabajo seguro, en el cual se protegen los derechos, lo que significaría ingresos adecuados con una protección social apropiada. Significa también un trabajo productivo y de calidad, en el sentido que todos deberían tener pleno acceso a las oportunidades de obtención de ingresos lo mismo que derecho a condiciones de trabajo adecuadas. Es decir condiciones de trabajo que permitan garantizar la salud y seguridad de los trabajadores. Desafortunadamente el esfuerzo de garantizar la seguridad laboral y la aplicación de las normas correspondientes puede aparecer para los empresarios como una pérdida de la competitividad sobre todo por las presiones del libre mercado que por lo general se contraponen con las aplicaciones efectivas de las normas de salud y seguridad laboral. Sin embargo la experiencia de la OIT ha demostrado el vínculo importante que existe entre el mejoramiento de las condiciones de trabajo y la productividad. El presente informe se enmarca en el proyecto para la formulación de una política nacional de empleo (PNE), con la asistencia técnica de la OIT y con la participación de los interlocutores gubernamentales,
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Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua empresariales y sindicales nicaragüenses y la coordinación institucional del Ministerio del Trabajo, Este se basa en el Convenio de Cooperación suscrito el 3 de octubre de 2002. Tiene la meta de presentar los principales desafíos que en materia de salud y seguridad en el trabajo enfrentará Nicaragua de cara a los cambios socioeconómicos que se propone para reducir la pobreza y aumentar el empleo con condiciones de seguridad.
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2. Objetivos 2. 1 OBJETIVO GENERAL
Evaluar la situación y principales desafíos en materia de calidad de las condiciones de salud y seguridad en el trabajo (SST) definiendo lineamientos de políticas para enfrentar tales desafíos.
2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Analizar las políticas y programas sobre salud y seguridad en el trabajo, en los principales sectores y su relación con la productividad, identificando los principales desafíos en la materia, así como la calidad de las condiciones de salud y seguridad en el trabajo.
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Presentar para discusión propuestas de políticas de salud y seguridad en el trabajo
3. Metodología Para obtener la información contenida en este informe se efectuaron los siguientes procedimientos: Se acopió toda la documentación proveniente de las instituciones involucradas en salud y seguridad en el trabajo en Nicaragua relacionada con la legislación, los sistemas de inspección laboral, las políticas y programas en materia de salud y seguridad en el trabajo. Se recogió y analizó la información estadística proveniente del registro de accidentes y enfermedades profesionales tanto del Ministerio del Trabajo como del Instituto de Seguridad Social. Se consultaron además reportes con datos estadísticos provenientes del Ministerio de Salud con respecto a accidentes laborales que acudieron a los servicios de emergencia durante el año 2002 en dos hospitales nicaragüenses (Hospital Lenin Fonseca-Managua- Hospital Santiago-Jinotepe ). Esta información se recolectó con el fin de evaluar la incidencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales en el ámbito nacional y en los diferentes sectores económicos del país. A esto se agregó la consulta de los informes del CENSO2, de ENDESA (Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud)3 y EMNV
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Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua (Encuesta de Medición del Nivel de Vida)4 de 1998 y 2001 lo mismo que el análisis de las bases de datos de EMNV de 1998. Se efectuó un análisis de los aspectos organizativos para la gestión de las medidas de previsión y control de riesgos en el trabajo y del mejoramiento de las condiciones de trabajo (sistemas de gestión de la salud y seguridad en el trabajo, comisiones mixtas, etc.) un análisis de la aplicación de la legislación en materia de SST a través de la inspección y de los convenios colectivos de trabajo y del funcionamiento de los servicios de salud en el trabajo en el ámbito nacional y por sector económico. Se realizó un sondeo y consultas a interlocutores gubernamentales, empresariales y sindicales respecto a las necesidades y prioridades en la materia, por medio de 15 entrevistas individuales (MITRAB (Ministerio del Trabajo), CERSSO (Centro Regional en Salud y Seguridad Ocupacional), COSEP (Consejo Superior de la Empresa Privada), MINSA (Ministerio de Salud), INATEC (Instituto Nacional Tecnológico), INISER (Instituto Nicaragüense de Seguros y Reaseguros), Zona Franca, SiD (Solidaridad Internacional de Dinamarca), ATC (Asociación de Trabajadores del Campo), CST-JBE (Central Sindical de Trabajadores José Benito Escobar), Movimiento Maria Elena Cuadra, Facultad de Ingeniería Mecánica Industrial de la Universidad de Ingeniería, Facultad de Medicina de las Universidades Nacionales Autónoma de Nicaragua en Managua y León, así como, dos entrevistas grupales a trabajadores de la dirección de riesgos profesionales del INSS (Instituto Nicaragüense de Seguridad Social). Después de producir un informe preliminar, se realizó una reunión de presentación de resultados y consulta con 12 participantes representantes de CERSSO, Ministerio de Salud, Instituto Nicaragüense de Seguridad Social, las Facultades de Medicina de las Universidades Nacionales Autónomas de León y Managua, Solidaridad internacional de Dinamarca, Asociación de Trabajadores del Campo, Central Sindical de los Trabajadores y de Empleadores. A pesar que los empleadores fueron convocados a través del COSEP y de las cámaras no se logro la participación de empleadores de diferentes sectores laborales. Se analizaron 4 informes de perfil nacional cuyas fuentes son OPS5, CERSSO6, el Programa Centroamericano de Salud y Trabajo7 y la UNAN-León8 cuyos resultados fueron tomados en cuenta para la redacción del presente informe.
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4. Análisis de Políticas y Programas en Salud y Seguridad en el Trabajo
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ESCENARIOS PARA EL DESARROLLO DE LAS POLÍTICAS Y PROGRAMAS SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO.
Nicaragua, con más de cinco millones de habitantes, enfrenta el siglo XXI con un estado de insolvencia económica por una deuda externa de más de seis mil millones de dólares que representa tres veces el producto interno bruto actual, con una tasa de desempleo abierto superior al 12% y un 63.5% de ocupados con ingresos mensuales inferior a media canasta básica9 . El 45.8% de la población nicaragüense se encuentra por debajo de los límites de pobreza y de ellos un 15.1% está en extrema pobreza, llegando al 90% en algunas áreas rurales10. El analfabetismo está por encima del 25% según la EMNV del 2001, el acceso a electricidad (alumbrado público) es de 72% a escala nacional, aunque alcanza solamente un 40% en el área rural; a servicios sanitarios de cualquier forma tiene acceso el 86% de los nicaragüense y a agua potable dentro de la vivienda solamente el 31.1% (ENDESA 2001). Nicaragua es por tanto incluida en la “Iniciativa de Países Pobres Altamente Endeudados” con la condición por parte del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Interamericano de Desarrollo de poner en marcha la Estrategia Reforzada de Reducción de la Pobreza. Esta estrategia, plantea al país a alcanzar para el año 2015 una serie de estándares entre los que se encuentran un mejor acceso al agua, mejor educación, mejores alternativas de empleo, y empleos dignos. Pero par alcanzar las metas, el país tendría que estar sometido a exigencias de austeridad en el gasto público impuestas por el FMI y el BM y se tendría que trabajar más duro, aceptar los ajustes estructurales, y vivir más del propio esfuerzo que de la ayuda extranjera. No solo los aportes económicos y el aumento de los ingresos pueden resolver el estado de desempleo y deterioro de la salud y seguridad de los trabajadores nicaragüenses, sino que la institucionalidad y gobernabilidad del país tienen una participación importante en ello como un estímulo a la inversión. La institucionalidad es una asignatura pendiente en el país. Hay muy pocos esfuerzos efectivos para establecer el estado de derecho. Los vaivenes políticos ponen en riesgo constante la institucionalidad, las contradicciones políticas abiertas entre los partidos mayoritarios entre sí y con el Ejecutivo han desviado la atención de lo urgente para el país, como es salir del estado de pobreza. 4.2
SECTORES ECONÓMICOS ACTUALES Y CONGLOMERADOS DEL FUTURO
De acuerdo a los datos de INEC la población económicamente activa ocupada de Nicaragua representó para 2001 el 33% de la población total nicaragüense (1,701.700/5,205.022 habitantes). Esta población 11
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua se encuentra distribuida en un 43.4% en el sector primario principalmente en el rubro agropecuario, un 14.3% en el sector secundario principalmente en manufactura, minería y construcción y el 42.3% en el sector terciario compuesto por los sectores servicios, gobierno, transporte comunicación, comercio y financiero. El acceso al trabajo no es equitativo entre hombres y mujeres, ya que en la población económicamente activa ocupada el 66.3% son hombres. Según el informe de la UNAN-León basado en los datos de EMNV de 1998, la PEA ocupada significaba en ese momento el 48% de la población mayor o igual a 10 años con un predominio similar de la población masculina. Esta diferencia de acceso al trabajo entre hombres y mujeres fue mas marcada en algunos departamentos del país especialmente en la región central norte (Matagalpa, Jinotega y Estelí) donde menos del 30% de las mujeres tienen trabajo. El porcentaje de ocupación de las mujeres fue mucho más bajo en las zonas del atlántico norte y sur y en el Departamento de Jinotega donde osciló entre un 23-24%. En ese mismo informe se presenta una tabla de distribución de la ocupación por departamentos donde se muestra que en el norte (Nueva Segovia, Jinotega, Madriz) el centro como Boaco y el sur (Rivas, Río San Juan y la región sur del atlántico) mas del 70% de la PEA masculina ocupada esta dedicándose a la agricultura y más del 70% de la PEA ocupada femenina se encuentra en el sector terciario dedicadas fundamentalmente al comercio menor y a los servicios. Al revisar las ocupaciones especificas más frecuentes por región del país se observa que la actividad predominante en el Pacífico está en el sector terciario la cual fue el comercio menor (30%) de entre un total de 23 actividades mencionadas. En el Centro Norte y el Atlántico la actividad predominante fue la agricultura con mas del 50% de la población involucrada en esta actividad. El sector agrícola en nuestro país duplica la PEA ocupada perteneciente al sector secundario. Los trabajadores sin pago del sector primario (28.8%), representan el doble que todos los trabajadores del sector de construcción. Tres de cada 10 trabajadores lo hacen por cuenta propia en el ámbito nacional. En el sector urbano son casi 4 de cada 10 los que trabajan por cuenta propia11 De acuerdo al mapa de pobreza de Nicaragua12, es en el atlántico y en la región centro norte donde se encuentra mas del 80% de la población en extrema pobreza, siendo la región donde está el más alto porcentaje de trabajadores sin pago y trabajadores por cuenta propia. Si casi la mitad de la población está en el sector agrícola y en su mayoría están en extrema pobreza, parece coherente que el plan nacional de desarrollo apunte al desarrollo de estos sectores bajo un modelo de conglomerados desde una perspectiva municipal, con un enfoque en el fortalecimiento de áreas relacionadas con el trabajo en el campo (producción forestal y de productos de la madera, pesca y acuicultura, carne y productos lácteos y agroindustria y procesamiento de alimentos). 12
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua La gestión en salud y seguridad en el trabajo deberá prepararse para asegurar condiciones dignas en las nuevas formas de creación de empleo tomando en cuenta los sectores con mayor población de trabajadores, aumentando la cobertura y desarrollando mecanismos coordinados entre las instituciones para lograr un desarrollo armónico en el aspecto económico y en el nivel de vida de los trabajadores y sus familias. 4.3
LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN EN SST (INSPECCIÓN Y CONVENIOS COLECTIVOS)
Las políticas sobre Salud y Seguridad en el Trabajo (SST) en Nicaragua están basadas en las leyes, decretos, reglamentos y normativas ministeriales, formuladas acorde a las resoluciones y recomendaciones hechas por OIT y ratificadas por Nicaragua, donde se refleja la preocupación en proteger la salud y la seguridad de nuestros trabajadores. En el Capítulo V Derechos Laborales, el artículo 82 de la Constitución Política de la República establece que los trabajadores tienen derecho a ciertas condiciones de trabajo que les garanticen la integridad física, la salud, la higiene y la disminución de los riesgos profesionales para hacer efectiva la salud y seguridad ocupacional del trabajador. Según lo expresado en el grupo de leyes antes mencionado, el Ministerio del Trabajo tiene como mandato normar y sancionar si así se requiere para hacer cumplir las condiciones de salud y seguridad de los trabajadores, específicamente para prevenir accidentes y enfermedades en el trabajo. El Ministerio de Salud tiene la obligación de velar por la salud de los trabajadores y el INSS actuará tanto en los aspectos preventivos como en la atención de los trabajadores, por lo que se espera que actúe en coordinación con el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Salud. La elaboración y aprobación de nuevas normativas con participación tripartita se desarrolla a través del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo, órgano de participación institucional y asesoramiento del Gobierno creado con base al decreto 1-90 del 25 de abril de 1993. El Ministerio del Trabajo, a través de la estructura organizativa de la Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo a la que le corresponde, la dirección, organización coordinación y fiscalización a escala nacional del cumplimiento de la Legislación en materia de Seguridad e Higiene a través de su cuerpo de inspectores que son funcionarios con facultades para acceder en todo momento a las empresas y requerir cualquier información relacionada a la Higiene y Seguridad del Trabajo. A lo interno de las empresas las Comisiones Mixtas son el órgano paritario de participación en las actividades de Protección y Prevención de los Riesgos y del cumplimiento de las normativas de Higiene y Seguridad del Trabajo. Desde el punto de vista legal, se encuentran algunas disposiciones 13
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua que generan una duplicidad de funciones para instancias distintas. Por ejemplo; en el caso del INSS y del MITRAB, este último por medio de sus inspectores está encargado de prevenir los accidentes y enfermedades profesionales de los trabajadores en los centros de trabajo, además de brindar asesoría en la formación de las comisiones mixtas, función que desarrollan por ministerio de la ley, pero esta función actualmente la está desarrollando también el INSS a través de su Programa Nacional de Prevención de Riesgos Profesionales, que se desarrolla en un determinado número de empresas que tenían un mayor registro de los accidentes laborales. Esto probablemente debido a la carencia de un Reglamento para sus inspectores. La Ley de Seguridad Social previendo este vacío establece que mientras no se cree dicho reglamento los inspectores del INSS tendrán las mismas atribuciones y funciones que los inspectores del MITRAB, dejando así abierta la posibilidad de que se dé la duplicidad de esfuerzos, que de acuerdo con el INSS se debe a la falta de recursos humanos y materiales por parte del MITRAB quien no cumple muchas de estas atribuciones debidamente. El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social se convierte de alguna manera en un ente con una doble función ya que no sólo se encarga de la recaudación de cotizaciones, atención médica y pago de indemnización o pensiones, sino que además tiene una labor de prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales, lo cual aunque previsto en su ley escapa a la esfera de sus objetivos. Instituciones como el INSS aunque están utilizando el reglamento de inspectores del MITRAB, no quieren usar el poder coercitivo que se les concede para hacer cumplir las normativas que no se observan, ya que consideran que hay que agradecerles a las empresas que cumplen por el hecho mismo de hacerlo, cuando realmente se trata de una obligación legal. En cuanto al Ministerio de Salud (MINSA), por mandato de ley deberá aplicar y emitir normativas que estén orientadas a garantizar la salud ocupacional de los trabajadores, lo mismo que exigir a los empleadores el cumplimiento de las mismas, vigilar en coordinación con las autoridades competentes que las medidas sanitarias en salud ocupacional de los trabajadores se cumplan, así como la actuación de los servicios médicos de las empresas y desarrollar estudios e investigaciones en esa área que tiene un desarrollo incipiente. Las acciones del Ministerio de salud en lo que se refiere a salud ocupacional se circunscriben en la actualidad a un ámbito limitado a través de coordinaciones con los otros ministerios, específicamente con el Ministerio del Trabajo en caso de tener que atender una situación de emergencia. No tiene un programa de salud ocupacional que sea desarrollado dentro de sus estructuras ni un sistema de registro ni de vigilancia de las enfermedades y accidentes de origen laboral.
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Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua Los sindicatos se sienten muy comprometidos con la implementación de normas sobre salud y seguridad del trabajo, a tal punto que para ellos es un punto de inclusión en los Convenios Colectivos. En algunas empresas son ellos los que llevan la iniciativa al momento de abordar el tema en las reuniones de las comisiones mixtas, bajo el entendido que a final de cuentas que son ellos quienes están más cerca de la realidad de los trabajadores y conocen las necesidades propias del sector. Para conocer sobre los aspectos de salud y seguridad laboral que contienen los convenios colectivos se hizo una revisión de algunos convenios con el permiso de los sindicatos y el Ministerio del Trabajo: El contenido de los Convenios Colectivos que se revisaron difiere altamente entre sí, pasando de exigir el irrestricto cumplimiento de las leyes en materia laboral a no mencionarlas de forma alguna; de hablar de la elaboración y aplicación del reglamento técnico organizativo (herramienta de implementación práctica de la legislación en SST) como una responsabilidad de la comisión mixta y los trabajadores a no referirse de ninguna manera a estas herramientas de gestión. En otros casos no se abarca de manera alguna el tema de la salud y seguridad de los trabajadores en le convenio colectivo de esa empresa. A pesar de contar con un extenso repertorio de leyes, decretos, reglamentos y normas, la suficiencia de la legislación vigente no es visible debido a la baja cobertura que alcanza el MITRAB en el ámbito nacional, teniendo poco impacto en la supervisión del cumplimiento de las mismas. Es de notar que para sectores como el agrícola y maquilas solo se cuenta con leyes generales las cuales son aunque útiles y aplicables. Sin embargo deberá pensarse en el conjunto de leyes específicas de estos dos sectores dado el crecimiento y la importancia que está cobrando en las nuevas propuestas de desarrollo económico productivo del país
4.4
INFRAESTRUCTURA ORGANIZATIVA PARA EL DESARROLLO DE LA SALUD Y SEGURIDAD LABORAL EN NICARAGUA.
Sistemas de gestión de la salud y seguridad en el Trabajo En la actualidad la cobertura de las instituciones dedicadas a la protección de los trabajadores es muy limitada. El Ministerio del Trabajo atiende escasamente al 0.3% de los establecimientos urbanos del país y a un aproximado 5% de la PEA ocupada (Tabla 26 y trabajadores expuestos en 1998 de tabla 12) y centra sus esfuerzos en el sector secundario que es apenas el 14% de la PEA ocupada de Nicaragua (Tabla 15). La selección de las empresas a supervisar es realizada con base a criterios estadísticos de
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Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua siniestralidad laboral, denuncias y a las últimas fechas máximas de cumplimiento indicadas en las actas de inspección y aperturas de nuevas empresas. El desarrollo del trabajo de la inspección que realiza la Dirección General de Higiene y Seguridad según el último presupuesto asignado llegaba a un per cápita de C$ 4.00 por trabajador cubierto. Los bajos salarios hacen que exista una alta rotación de personal técnico y un personal reducido lo cual conlleva a una disminución de la cobertura de atención, esta situación limita el trabajo de la Inspección en los Departamentos y Regiones Autónomas del Atlántico. La Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo desde el año 2002 ha venido impulsando la descentralización de los instrumentos de medición ambiental, asignándole un kit de equipos de lectura directa a las inspectorías departamentales de León, Chinandega, Masaya, Granada, Estelí y Managua. El Ministerio del Trabajo, en sus expresiones departamentales – incluyendo Managua - y en las dos regiones autónomas del atlántico, cuenta en total con un personal de 79 inspectores del trabajo y 19 inspectores de Higiene y Seguridad, quienes tienen encomendadas funciones que sobrepasan, en los departamentos, las propias tareas de inspección ya que asumen también las de coordinación del MITRAB en sus respectivos territorios. En los Departamentos donde no hay expresión de inspectores de Higiene y Seguridad, el inspector laboral es a quien corresponde dar respuesta a lo referido a la Higiene y Seguridad. En general las funciones asignadas a los servicios de Inspección laboral responden teóricamente a las principales demandas de los usuarios. Con el escaso personal del MITRAB y el poco presupuesto, la institución limita su cobertura no teniendo alternativas de crecimiento. El INSS por su lado atiende el 16% de la PEA ocupada cubriendo solo el 2.5% del sector primario o agrícola, el 42.2% del sector secundario y el 10.7% del sector terciario. El INSS tiene entre sus funciones la prevención de riesgos y atención médica. Con una cobertura menor (solo cotizantes), un presupuesto mas de cien veces mayor que el presupuesto del MITRAB y 10 inspectores, desarrolla actividades paralelas de inspección a las de los inspectores del MITRAB en los centros de trabajo que están bajo su cobertura, bajo el criterio de mayor accidentalidad. La Ley Orgánica de la Seguridad Social establece que el Instituto debe elaborar un reglamento de inspectores y al no hacerlo se rige por el reglamento de inspectores del trabajo. Cumplen con las normativas nacionales aunque en cuanto a las sanciones el INSS tiene sus propias reglas. Como instancia asesora del Ministerio del Trabajo sesiona por convocatoria del primero, al menos una vez al mes, Propone y discute iniciativas relacionadas con la legislación y además otorga anualmente el galardón a la calidad. 16
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua Al nivel de las empresas, la gestión de seguridad está a cargo de las comisiones mixtas. Estas comisiones nacen por resolución ministerial en 1993, como órgano encargado de mejorar las condiciones de higiene y seguridad en cada centro de trabajo. La integran tanto trabajadores y empleadores, y el número de sus miembros dependen de la cantidad de trabajadores en la empresa. “Velan porque se mejoren las condiciones de higiene y seguridad en cada empresa, crean sus reglamentos de trabajo donde su representante recopila información de los riesgos que corren los trabajadores y así lo comunican al seno de la comisión para que la gerencia de la empresa tome las medidas correspondientes”(Entrevista al Lic. Francisco Bolaños del MITRAB). Hasta la fecha se han creado 424 comisiones mixtas (la mayoría en la zona del pacifico nicaragüense) que involucran a casi cuatro mil trabajadores. Aún queda mucho camino por recorrer en el tema de la gestión en SST. A pesar del marco legal existente, los diversos actores sociales políticos y económicos necesitan armonizar sus esfuerzos lo que no resulta ser una tarea fácil. Las leyes permiten una serie de dobles funciones entre las que contamos con la doble inspectoría, lo que genera roces entre las instituciones. El INSS Y EL MITRAB realizan su trabajo sin coordinación, tan es así que durante el programa de visitas de inspección y reinspección ambos organismos visitan las mismas empresas pero en diferentes tiempos y emiten sus recomendaciones por separado lo que genera un malestar en los empresarios. Ambos realizan acciones de prevención pero de manera separada: realizan inspecciones, brindan asesoría a los trabajadores y empresarios, así como, a las Comisiones Mixtas de las empresas que visitan de forma separada. Sin embargo, ninguno hace uso completo de la fuerza que la ley les confiere. En el caso de las multas, por poner un ejemplo, el INSS plantea como estrategia el acercamiento con los empleadores en vez de las sanciones y de esa forma recuperar cartera mediante nuevas adscripciones. Por su parte representantes del MINSA aducen poca cooperación de parte de sus estructuras superiores lo que imposibilita dar cumplimiento a lo exigido por la Ley. Como un punto favorableestá la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad la cual existe desde hace mas de 10 años. Esta comisión sin embargo, está limitada en sus funciones por su dependencia del MITRAB, que define los temas a tocar en agenda y en última instancia decide si va o no a tomar en cuenta las propuestas que se le dan en el seno de la reunión del Consejo. En este Consejo, aunque están convocados a particpar mensualmente hay poca o ninguna participación de los empleadores.
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Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua De acuerdo a lo referido durante el encuentro que se realizó con los principales actores del país en SST, estos planteaban la necesidad de cambiar varios elementos para poder avanzar. Estos elementos son: •
Que los tomadores de decisión tengan conciencia sobre la importancia de la higiene y seguridad en el trabajo.
•
La importancia de mejorar la coordinación del Trabajo interinstitucional
•
Reformular el papel de la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad de un ente asesor a uno ejecutivo, organizando sus funciones por rama o sector productivo.
•
Es necesario un aumento del Presupuesto para Higiene y Seguridad.
4.5
ESTADÍSTICAS VITALES COMO REFLEJO DE LAS CONDICIONES DE SALUD Y SEGURIDAD LABORAL EN NICARAGUA.
Las estadísticas de accidentes han sido el punto de énfasis en el registro en instituciones como INSS y MITRAB. Extensas capacitaciones tanto al personal de SST como a empleadores se han desarrollado en los últimos años con el fin de obtener la tasa de accidentalidad que producen los riesgos laborales de nuestro país, sin embargo, son pocos los registros tanto de accidentes del trabajo como de enfermedades profesionales que se encuentran oficialmente reportados en las estructuras comprometidas con la salud y seguridad en el trabajo. De acuerdo a las estadísticas del INSS y del MITRAB, el número de accidentes mortales ha fluctuado durante el cuatrienio 1998-2001 entre 27 y 40 muertes según el INSS y entre 27 a 51 según el MITRAB, no coincidiendo los registros de las dos instituciones en ningún año. Esta falta de coincidencia se da también en los registros de morbilidad (Tablas 12, 13). En el 2001 el INSS registró casi el doble de casos que el MITRAB donde el total de accidentes registrados por el INSS fue de 14,864 y el MITRAB registró apenas 8,127. Cuando se analiza por sector económico es solo en el sector primario donde el registro del MITRAB duplica al INSS lo que se explica por la bajísima cobertura del INSS. El no registro de accidentes por parte del INSS está relacionado con no cobertura o retraso en las cotizaciones de los asegurados que obliga al accidentado a recurrir al sistema de salud para atender su accidente. “Actualmente los casos que se nos reportan es porque el trabajador no estaba asegurado o bien no están al día sus cotizaciones” 13.
18
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua El sub-registro, es frecuente. Los accidentes y enfermedades del trabajo se desconocen o se pierden en alguna de las rutas del sistema encargado de registrarlos. Es difícil calcular la dimensión del subregistro cuando no se tiene al menos datos comparables en las diferentes fuentes de información. Para el cálculo se podría recurrir a métodos como estudios comunitarios, sitios centinela14, estudios de captura y recaptura15, muestreos por lotes16, etc. Existen al menos 6 razones por las que se estaría produciendo el subregistro de accidentes laborales en la población económicamente activa ocupada de Nicaragua y estos pueden ser: •
los accidentados no buscan atención médica porque consideran la lesión muy leve
•
ocurre el accidente y acuden al sistema de salud a través del servicio de emergencia de las unidades de salud del MINSA quedando registrados como accidente común
•
el accidentado busca atención médica privada
•
Van al médico, pero como no están al día con la cotización del INSS no son reportados
•
Los datos se pierden en el sistema administrativo con el que cuenta la institución, por ejemplo la hoja de registro no es llevada por el paciente.
•
La empresa no califica el accidente como tal lo minimiza, y lo categoriza como un “incidente” por lo que no lo considera sujeto de reporte1.
Se puede observar la gran variedad de momentos en los cuales puede ocurrir la pérdida de la información. Posiblemente, existan otras circunstancias en las que puede ocurrir la pérdida de la información, pero consideramos que estas son las que con más frecuencia se pueden estar presentando. Indicativas de este subregistro y de los sectores económicos en los que podrían ser más evidentes, son las bajas cifras de accidentes en el sector agrícola. A pesar del fuerte porcentaje que representa este sector en la PEA y del poco uso de medios de prevención y protección, no aparecen reportados como accidentes, por ejemplo, las heridas por el uso de machetes y las intoxicaciones. El sector terciario es otro que a pesar de tener el número mas alto de asegurados, tiene reportados la mitad del número de accidentes que el sector secundario, que representa menos de la tercera parte de los asegurados del sector terciario (Tablas 13 y 15). Los accidentes de trabajo registrados en la emergencia de los dos
1
Incidente se ha definido como todo suceso que no llegue a ser un accidente y que afecte o pueda afectar la seguridad de las operaciones. Intervienen circunstancias que indican que casi ocurrió un accidente. La diferencia entre accidente e incidente estriba solamente en el resultado. 19
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua hospitales antes citados de Managua y Jinotepe refleja un predominio de atendidos del sector terciario (Perfil UNAN-León, tabla 17). Calculamos la proyección de casos esperados de la población económicamente activa ocupada a partir de las cifras de accidentes del INSS y de la PEA ocupada del INEC para el año 2001. A partir de estos datos, se deduce que la verdadera casuística de accidentes en la población económicamente activa ocupada podría ser casi ocho veces mayor que lo que actualmente se está reportando (ver tabla 14). Esta cifra pudiera ser mas alta si tomamos en cuenta que en el INSS no todos los accidentes de trabajo llegan a registrarse (Entrevistas a informantes clave del INSS y de la población de asegurados) En cuanto a las enfermedades laborales, el MITRAB está prácticamente en cero con el registro de enfermedades. Entre las enfermedades que reportan están la Hipoacusia Mixta, Laringo-Faringitis Irritativa (relacionada con el trabajo de los maestros de primaria y su exposición a la tiza de yeso). y Trauma Acústico Bilateral Ocupacional. Por su parte el INSS registra como patologías más frecuentes la Disfonía funcional, la Hipoacusia y las Dermatitis. De acuerdo a esas cifras la tasa de disfonía entre los cotizantes del INSS es de 5,4 por 10,000 trabajadores, la tasa de hipoacusia es de 2,1 por 10,000 y la de Dermatitis de 0,6 por 10,000 trabajadores. Cifras muy bajas si consideramos la escasa cobertura del MITRAB e INSS en actividades de prevención y promoción de salud, el poco uso de medios de protección y las pobres medidas de seguridad que se aplican de manera general. Estas mismas cifras calculadas usando como denominador la PEA ocupada son cinco veces menores que la tasas que se reportan entre los cotizantes del INSS. Tabla 1. Registros de Enfermedades Profesionales reportados por el INSS 2001-2002 ENFERMEDAD
2001
2002
TOTAL
Disfonía funcional
171
132
303
Hipoacusia
65
79
144
Dermatitis
19
26
45
Bronquitis Ocupacional
18
13
31
Anacusia
9
11
20
Síndrome del Túnel del Carpo
3
8
11
Artritis
20
8
28
Dorsalgias (Lumbago, etc.)
14
7
21
Artropatías y Trastornos
5
4
9
Alergias (Urticarias, etc.)
7
3
10
20
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua Tenosinovitis
3
3
6
Tendinitis
2
3
5
Asma Ocupacional
6.
3
9
Bisinosis
4
2
6
Osteopatías, Condropatías, Deformidades
13
2
15
Otras Enfermedades
40
18
58
Total
399
322
721
Fuente: Estadísticas del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social (INSS)
Reportes de estudios independientes mostraron que las enfermedades más frecuentes entre las trabajadoras de las maquiladoras son: enfermedades respiratorias, endocrinas, oftalmológicas, del sistema nervioso, músculo-esquelético y la piel17 . Otro estudio reportó que el 54.9% de las trabajadoras de las maquilas dijeron haber sufrido algún tipo de accidentes y enfermedades causados por el trabajo18. Tanto los accidentes como las enfermedades laborales representan un alto costo económico para el estado y para el mismo trabajador. En el año 2001 el INSS gastó casi 11 millones de córdobas en subsidios de riesgos profesionales, y más de 15 millones de córdobas en la atención de los asegurados. A esto se suma lo que pierde el trabajador al dejar de producir por ausencia y lo que pierde la familia al incrementar los gastos de la casa por razones del subsidio y reducir el ingreso por razones del tipo de trabajo. Por otro lado la empresa reduce su rendimiento en el área de trabajo donde labora el trabajador accidentado o enfermo reflejándose en una baja en la productividad de la empresa en ese período. Otra institución que se ve afectada es el Ministerio de Salud cuando gasta en la atención de los pacientes en la emergencia porque estos no están cubiertos por el seguro, o por no estar al día en sus cotizaciones o que por razones de cercanía o gravedad de la lesión fue llevado al Hospital y no a la Unidad de Salud Acreditada que le corresponde. Existen también los costos indirectos que constituyen las afectaciones en la esfera mental como las situaciones de tensión y estrés producto de la situación inestable que representa la enfermedad. Esto reduce la capacidad productiva del trabajador y afecta también indirectamente la capacidad productiva de la familia. Todos estos costos impactan en la productividad tanto al nivel de empresa como al nivel de país. La reducción de riesgos implica por tanto una disminución del gasto y una mejora en la productividad. La
21
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua seguridad y la salud en el trabajo se vinculan de esta manera con la productividad, el ingreso de la familia, y el modelo de atención de los trabajadores siendo un eslabón importante en el desarrollo socioeconómico.
4.6
SERVICIOS DE SALUD OCUPACIONAL, FUNCIONAMIENTO AL NIVEL NACIONAL Y POR SECTOR.
Desde el punto de vista cualitativo las dificultades enfrentadas en torno la salud en el trabajo van desde el rol que juegan las instituciones como el INSS y el MINSA en la atención de los trabajadores hasta la infraestructura real en términos de recursos capacitados y clínicas especializadas para la atención de enfermedades ocupacionales. El INSS aunque cuenta con 29 Unidades de salud acreditadas distribuidas fundamentalmente en el pacífico del país solo cuenta con dos médicos laborales autorizados para diagnosticar enfermedades de origen laboral. Existen además clínicas consultoras en salud ocupacional con muy poca cobertura. Los médicos que atienden a los trabajadores tanto en el INSS como en las grandes empresas son médicos generales y especialistas sin ningún entrenamiento en Medicina del Trabajo situación que se repite en el sistema de salud público (ver tabla 10). En entrevistas realizadas con médicos de las empresas previsionales19 del Ministerio de Salud se encontraron dificultades en la identificación de las enfermedades de origen ocupacional: “Lo que me llegan hasta el momento según yo, no tiene nada que ver con ningún problema laboral”. Se encontró también un sentimiento de impotencia por desconocimiento del procedimiento para la atención de los pacientes con accidentes y/o enfermedades laborales “aquí nadie se ha dignado a venir a decirnos, vamos a dar una charla sobre salud ocupacional”. Por otro lado hay una falta de prioridad en las autoridades para dar atención a este tipo de enfermos. Otro elemento encontrado, fue la carencia de un sistema de referencia y contrarreferencia de los pacientes con problemas de accidentes y enfermedades laborales, reflejado en la falta de coordinación con el INSS y la falta de claridad en el papel de las empresas médicas previsionales en relación con los problemas de salud de los trabajadores. El subregistro es mencionado como una carga importante que no permite identificar cuáles son las principales enfermedades ocupacionales que afectan a las poblaciones trabajadoras. Los médicos de las unidades de salud dejaron entrever que en Nicaragua se hace necesario aclarar conceptualmente la enfermedad de origen ocupacional.
22
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua
5. Propuestas de Políticas de Salud y Seguridad en el Trabajo Nicaragua tiene condiciones para desarrollar su Sistema Nacional de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Estas condiciones están dadas por el marco legal que se verá reforzado con la propuesta de Ley de Higiene y Seguridad Laboral. Los inspectores de higiene y seguridad tendrán hasta entonces la herramienta legal para actuar, sancionar y multar a las empresas que incumplan con las normas y regulaciones establecidas por la ley. El plan estratégico contempla la inserción de sus actividades en las estrategias nacionales, tales como la de reducción de la pobreza, este se ubica concretamente en acciones relacionadas con la mejora del medio ambiente, la reducción de contaminantes en el ambiente para disminuir la vulnerabilidad ecológica y el fortalecimiento de las comisiones mixtas en las empresas como el espacio de efectiva participación laboral y ciudadana. Esta consideración debe pasar por el reconocimiento del mercado laboral nicaragüense, un mercado cambiante dominado por el sector informal en la región del pacífico y por una agricultura deprimida en el centro norte y el atlántico. Aunque en Nicaragua se prevé un crecimiento económico con un aumento de empresas del sector formal, más concretamente del sector maquila, también se ha planeado el desarrollo de conglomerados en las zonas o municipios de extrema pobreza. Estos son parte de los compromisos de país expresados en el plan nacional de desarrollo. Sobre la base de la composición laboral actual y la del futuro cercano, la salud y seguridad laboral y las instituciones participantes enfrentarán grandes desafíos para la atención de los trabajadores de los nuevos modelos productivos. Para alcanzar un verdadero desarrollo será prioritario asegurar condiciones de trabajo dignas, seguras y saludables. La construcción de las políticas En el plan estratégico se ha planteado la Visión y la Misión del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. En la misión se plantea la elaboración de políticas. Una reconsideración de la misión podría ser a como sigue: El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad tiene como misión la reducción de los peligros y los riesgos en el trabajo y la promoción de la salud física y mental de los trabajadores, mediante el fomento de ambientes de trabajo sanos y seguros lugares de trabajo. En la visión debe contemplarse la participación activa de los trabajadores en la gestión y organización de la salud y seguridad en el trabajo en las diferentes sectores.
23
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua Los principios que deben regir y guiar las acciones el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo deben estar en correspondencia con los establecidos en el plan nacional de desarrollo y el plan nacional de salud. Principios como universalidad, equidad, integralidad, continuidad, calidad y complementariedad deben tenerse en cuenta para la elaboración de las políticas. El plan de acción propone una serie de mandatos mediante cuatro objetivos que son: 1. Consolidar la organización de la seguridad y la salud ocupacional en Nicaragua por medio del fortalecimiento del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. Impulsar por parte del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo la elaboración de políticas, normas y reglamentos de acuerdo al perfil higiénico epidemiológico laboral y el mapa de riesgos de los trabajadores por sectores de la economía 2. Propiciar la coordinación con los Consejos afines, las comisiones departamentales de SSO y las comisiones mixtas de SSO en todas las empresas del país, por medio del monitoreo, la supervisión y la evaluación correspondiente. 3. Promover la información, educación y comunicación en materia de seguridad y salud ocupacional Las políticas deberán contemplar la promoción de la salud y la protección de los trabajadores, el cumplimiento de la ley, los acuerdos de las comisiones mixtas y convenios colectivos, y la participación de los trabajadores en la gestión de su salud y su seguridad en la empresa. Los programas se adecuarán al sector de influencia y la composición del mercado laboral en los municipios. Es preciso actuar con el modelo municipal. Este permitirá acciones multidisciplinarias, integrales, globalizantes que harán de la salud y seguridad de los trabajadores un compromiso de las partes y no sólo una obligación del estado. El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo sería la instancia de acción y convergencia nacional y tendría subcomisiones en los sectores productivos y complejos agroindustriales con carácter municipal. Hay una voluntad expresa de los actores sociales de no duplicar esfuerzos y no crear otra estructura. La propuesta de los interlocutores fue el fortalecimiento de las estructuras existentes. Se planteó la importancia de contar con un plan único al que se le pueda dar seguimiento y vigilar sus progresos.
24
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua Los actores sociales consultados proponen que los programas de salud y seguridad en el trabajo deben tomar en cuenta las experiencias en áreas pilotos de trabajo donde se prueben acciones de prevención y vigilancia de riesgos, de acuerdo a las prioridades establecidas en el lugar. Para reducir los riesgos en el trabajo se recomienda principalmente el trabajo intersectorial. Plantearon además la urgencia de desarrollar formación en salud ocupacional en los diferentes sectores de la economía: los trabajadores, los empleadores, el personal de salud. Se mencionó que se debe mejorar o fortalecer el sistema de vigilancia aprovechando las infraestructuras existentes. Para esto debe pensarse en dos modalidades para incrementar el registro 1) el registro de las enfermedades y accidentes entre los cotizantes del INSS y 2) Usar la infraestructura existente como las Unidades de atención primaria en salud del MINSA de todos los municipios del país para el desarrollo de programas integrales en el marco de atención primaria en salud (Atención Primaria Ocupacional: APO) 3) Aprovechar la experiencia y la infraestructura que dejó el programa PLAGSALUD donde las intoxicaciones por plaguicidas están sujetas a notificación obligatoria para incorporar las intoxicaciones por plaguicidas de origen ocupacional como de notificación obligatoria y mejorar la vigilancia epidemiológica a través de las unidades de salud. 4) Fortalecer las comisiones mixtas en las empresas y realizar encuentros regionales o nacionales por sector productivo para intercambiar, promover y difundir modelos exitosos de atención. Para superar los vacíos que hay en materia de SST se plantean metas por institución En el caso del MINSA los principales desafíos son la Formación de recursos médicos, paramédicos, técnicos y de postgrado, la implementación efectiva de un programa de SST. La creación de normas pertinentes, la búsqueda activa de financiamiento y la mejoría de la vigilancia epidemiológica. En el caso del MITRAB se plantea que se exprese la voluntad política del gobierno mediante el incremento del presupuesto y la priorización de las acciones en SST. Que se priorice la formación de técnicos en higiene y seguridad en el trabajo, se aumente el número de inspectores, el número de visitas y de comisiones mixtas en las empresas. Con relación al INSS se plantea la ampliación de la cobertura hacia la agricultura mejor coordinación con el MITRAB aprovechando los pocos recursos para evitar duplicidad de esfuerzos. 25
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud en el Trabajo, Nicaragua A las organizaciones de los trabajadores, se les recomienda mejorar la conciencia de los trabajadores mediante las capacitaciones y estimular la participación activa en las comisiones mixtas de las empresas o conglomerados agroindustriales. A las universidades se les plantea incrementar la educación de postgrado en SST y servir de facilitadores en las estructuras organizativas de redes que fomenten el desarrollo de la SST. Se planteó la creación de un Instituto Nacional de Medicina Ocupacional. Para la educación en SST se plantea tomar en cuenta instituciones como el Ministerio de Educación. Se propone que los niños pueden ir aprendiendo de SST desde la escuela, lo cual favorecerá una conducta preventiva en el futuro. Campañas de divulgación entre la población infantil serán de beneficio para las futuras generaciones. Un aspecto importante, que mencionaron los interlocutores, fue el valor efectivo que le dieron al trabajo intersectorial. A continuación presentamos una propuesta de modelo de atención de los trabajadores que contempla la diversidad y conjunción de enfoques mediante un abordaje integral de los problemas de salud de los trabajadores. (Esta propuesta es tomada del reporte de la UNAN-León sobre perfil ocupacional de la población nicaragüense) y discutida en las reuniones de consulta.
26
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Figura 1. Nuevos paradigmas en el abordaje de la salud de los trabajadores en Nicaragua (modificado)
MODELO
Economía de subsistencia, Extrema pobreza, formas precarias de empleo y subempleo
I
Multisectorial
II
Individuo, familia y comunitario
Desarrollo armónico de la salud de los trabajadores
Familias
Abordaje limitado
III
IV
Desarrollo comunitario del trabajador en el marco de los conglomerados.
Con trabajo digno
Gestión de seguridad
Que contemple la salud mental y la salud sexual reproductiva de los/as trabajadores/as
Espacios de trabajo seguros y saludables
Un modelo que incluya el relanzamiento de las medidas de protección y promoción de salud de los trabajadores, con enfoque de género y equidad en el trabajo.
Holístico con un enfoque de ciclo de vida/que contemple no solo la salud de los trabajadores en relación con la exposición a factores de riesgo sino que su salud reproductiva y la de su familias
Atención Primaria Ocupacional 27
PARTE II 1. PRESENTACIÓN Esta segunda parte del documento refleja el resultado de la información recopilada en relación con la infraestructura que existe en Nicaragua para la Salud y Seguridad en el Trabajo. En ella se reflejan los aspectos relacionados al marco legislativo actual para la Salud y la Seguridad en el Trabajo, desde la constitución hasta las normativas y resoluciones del Ministerio del Trabajo, el seguro social y otras instituciones involucradas en la protección del trabajador y el medio ambiente. Se muestra también la infraestructura existente para la implementación de Sistemas de SST desde la perspectiva de los instrumentos en materia de seguridad y salud lo mismo que los recursos humanos y presupuesto dedicados a la salud y seguridad en el país. También se aborda las formas organizativas y de coordinación tanto en el ámbito nacional como en las empresas. Hay un acápite dedicado a las estadísticas nacionales y finalmente hay un resumen de datos generales de la población nicaragüense que contribuyen a brindar información marco sobre el tema de la salud y seguridad. Se agrega en el informe un acápite de anexos que contiene información adicional encontrada durante la recolección de información que consideramos de utilidad para el lector.
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
2. Marco Legal en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) 2.1
LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO EN LA CONSTITUCIÓN DEL PAÍS
La Ley fundamental de la República de Nicaragua es la Constitución20; en ella se establecen los principios fundamentales que rigen la vida de los nicaragüenses y es de donde se derivan las demás leyes nacionales. En su Capítulo V, Derechos Laborales, artículo 82, establece que los trabajadores tienen derecho a ciertas condiciones de trabajo, enumerando una lista no taxativa, es decir, una lista que puede ser ampliada por los acuerdos entre las partes de esas condiciones, entre las cuales aparece: “4. Condiciones de trabajo que les garanticen la integridad física, la salud, la higiene y la disminución de los riesgos profesionales para hacer efectiva la seguridad ocupacional del trabajador”. En éste se refleja claramente el derecho a la protección en materia de Seguridad e Higiene del Trabajo que tienen los trabajadores nicaragüenses. Por otro lado, el inciso 7 establece la seguridad social como garantía de protección integral frente a cualquier evento que pudiera disminuir la capacidad laboral de los trabajadores.
2.2
LEGISLACIÓN, REGLAMENTOS Y NORMATIVAS RELEVANTES PARA LA SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
2.2.1
Ministerio del Trabajo en la Ley 29021 y su reglamento
La ley número 290, en su artículo 12, establece al Ministerio del Trabajo, otorgándole las funciones de: “Proponer, coordinar y ejecutar las políticas de Estado en materia laboral, higiene y seguridad ocupacional. Ejercer, ejecutar y cumplir las funciones, atribuciones y obligaciones que le confieren y establecen la legislación laboral”. El reglamento de esta ley, en su artículo 230, establece la Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo, y en el 239 delimita las funciones de la misma. La Dirección General está subdividida en dos Direcciones más especializadas: la Dirección de Seguridad y la Dirección de Higiene. Ambas con funciones muy específicas. A la primera corresponde, por un lado, planificar, dirigir, coordinar y
30
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua evaluar las actividades que se realizan en el campo de la Seguridad del Trabajo en las diferentes empresas e instituciones del país, y por otro lado, la educación y orientación en materia de seguridad a todos los elementos que intervienen en la relación de trabajo. La Dirección de Higiene, cumple las mismas funciones asignadas a la Dirección de seguridad pero en el ámbito de la Higiene Ocupacional y se le agregan: asesorar la formación de comisiones mixtas, registrar o investigar los accidentes de trabajo, medir los riesgos de contaminantes físico-químicos ambientales a que están expuestos los trabajadores en sus puestos de trabajo, orientar las soluciones técnicas correctivas, así como, proponer políticas orientadas a la disminución de los accidentes de trabajo. Es responsabilidad de la Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo: 1. Implementar las políticas establecidas en la legislación laboral y en los convenios que en materia de Higiene y Seguridad se han suscrito o ratificado con la Organización Internacional del Trabajo (OIT). 2. Garantizar la promoción de la Salud Ocupacional. Para ello identifica y evalúa los riesgos profesionales y las condiciones y el medio ambiente en que los trabajadores desarrollan sus actividades. 3. Establecer las normas para prevenir y evitar accidentes y enfermedades profesionales y comunes y cualquier otra consecuencia de la participación de las personas en el proceso de trabajo. 4. Ejecutar las políticas en materia de divulgación y conocimiento de los métodos y procedimientos que permiten mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo. La Dirección General coordina sus actividades con el Ministerio de Salud y con otros organismos públicos con competencia en estas materias, así como con Universidades, Centros Especializados e Instituciones. 5. Promover los contenidos y los fundamentos económico – sociales de las normas legales para prevenir y evitar los riesgos profesionales y sus causas. 6. Presidir por delegación del Ministerio del Trabajo, las sesiones del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo.
31
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 7. Capacitar e informar a trabajadores y empleadores respecto de las mejores condiciones para la ejecución de tareas con el mínimo riesgo y promover su participación activa en la identificación, evaluación y control de accidentes y enfermedades. 8. Desarrollar programas de entrenamiento destinados a los trabajadores, empleadores y profesionales vinculados a la higiene y seguridad del trabajo, coordinar con entidades públicas o privadas y con las organizaciones sindicales y las empresas, la realización de campañas para la prevención de riesgos, estimulando cualquier iniciativa positiva en este respecto. Esta ley también establece la Dirección General de Inspección del Trabajo a la cual le corresponden entre otras las siguientes funciones: a. Asegurar el cumplimiento de la Legislación del Trabajo y de los Convenios Colectivos e Individuales que estén en vigencia y la protección de los trabajadores en el ejercicio de sus labores. b. Vigilar las normas que dicten en cumplimiento de los objetivos asignados a la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo, con la cual coordina sus actividades. c. Facilitar el cumplimiento de las disposiciones legales, determinar las deficiencias o abusos no cubiertos por la legislación vigente para ponerlos en conocimiento de las autoridades competentes. De aquí se deriva el decreto 13-9722
•
El Código del Trabajo incorpora las siguientes definiciones: Riesgos profesionales23: son los accidentes y las enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ocasión del trabajo.
•
Accidente de trabajo24: es el suceso eventual o acción que involuntariamente, con ocasión o a consecuencia del trabajo, resulte la muerte del trabajador o le produce una lesión orgánica o perturbación funcional de carácter permanente o transitorio.
•
Enfermedad profesional25: es todo estado patológico derivado de la acción continua de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador presta sus servicios y que provoque una incapacidad o perturbación física, psíquica o funcional permanente o transitoria, aún cuando la enfermedad se detectare cuando ya hubiere terminado la relación laboral.
32
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 2.2.3
Reglamento de Inspectores del Trabajo
Este reglamento establece como funciones de los inspectores: a. La vigilancia en la construcción, acondicionamiento, iluminación y ventilación de los lugares de trabajo de acuerdo con el reglamento de higiene del trabajo. b. La vigilancia del estricto cumplimiento de las normas preventivas de accidentes, especialmente en lo relativo a ropa de seguridad, instalación de mecanismos preventivos y protección de transmisiones de energía mecánicas, (art.18 inciso. 1); 104 y 113 inciso d) del Código del Trabajo. c. Comprobar si los empleadores y los trabajadores cumplen con las prescripciones sobre higiene
y seguridad establecidas por la ley y los reglamentos respectivos.
2.2.4
Resoluciones y Normas Ministeriales
El Ministerio del Trabajo para llevar a cabo la tutela del derecho de los trabajadores a la salud y seguridad ocupacional dispone de la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo. Las actividades de las empresas, trabajadores e instituciones involucrados en el tema de la salud y seguridad del trabajo, se rigen por directrices generales y específicas. Las directrices o normas generales son una guía mínima a cumplir por todos los sectores económicos de la nación. Las normas específicas establecen la guía para cada sector económico. Las principales Normativa y Resoluciones en Salud y Seguridad del Trabajo son: 1. Resolución Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo26 2. Resolución Ministerial sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del Trabajo en las Empresas27. 3. Resolución Ministerial Relativa a la Notificación de las Enfermedades Profesionales28. 4. Norma Ministerial sobre las Disposiciones Básicas de Higiene y Seguridad del Trabajo Aplicables a los Equipos e Instalaciones Eléctricas29. 5. Resolución Ministerial sobre Higiene y Seguridad Industrial en los Lugares de Trabajo30. 6. Norma Ministerial sobre las Disposiciones Básicas de Higiene y Seguridad en los Lugares de Trabajo31.
33
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 7. Resolución Ministerial Relativo a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y Seguridad del Trabajo en las Empresas32. 8. Resolución Ministerial sobre Higiene y Seguridad Aplicable en el Uso, Manipulación y Aplicación de los Plaguicidas y Otras Sustancias Agroquímicas en los Centros de Trabajo33. 9. Resolución Ministerial Relativa a las Sanciones a Adoptar por Incumplimiento a las Disposiciones del Uso de los Equipos de Protección Personal34. 10. Resolución Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo, Relativo al Peso Máximo de la Carga Manual que puede ser Transportada por un Trabajador35. 11. Norma Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo Relativa a la Prevención y Extinción de Incendios en los Lugares de Trabajo36. 12. Norma Ministerial sobre Condiciones de Higiene y Seguridad para el Funcionamiento de los Equipos Generadores de Vapor o Calderas que Operen en los Centros de Trabajo37. 13. Normativa Ministerial en Materia de Salud y Seguridad del Trabajo en el Sector Maquilas de Prendas de Vestir en Nicaragua.38 14. Reglamento General de Higiene y Seguridad del Trabajo en las Minas39. 15. Norma Técnica de Higiene y Seguridad Aplicable al Trabajo en el Mar40
2.3
LEYES Y REGLAMENTOS QUE CUBREN ASPECTOS DE LA SST EMITIDOS POR OTROS MINISTERIOS
2.3.1
Ministerio de Salud en la Ley 290
Según la Ley 290, en su artículo 26, el Ministerio de Salud tiene entre otras las funciones siguientes: a. Proponer planes y programas de salud, coordinando la participación de otras entidades, organizando los programas, servicios y acciones de salud de carácter preventivo y curativo. b. Coordinar y dirigir la ejecución de la política de salud. (promoviendo, protegiendo, recuperando y rehabilitando la salud de la población.)
34
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua c. Promover campañas de divulgación y saneamiento ambiental, así como formular normas en materia alimentaria, de higiene y salud ambiental. Por su parte la Ley General de Salud41 en su Titulo II. Competencias, Derechos y Obligaciones. Capítulo I. De las competencias del Ministerio de Salud es donde se encuentra lo más aproximado a normas relativas a SST, de este cuerpo normativo. Se mencionan a continuación las más relevantes: Artículo 7. inciso 28. En materia de prevención y control de enfermedades y accidentes y sin perjuicio de lo que dispongan las leyes laborales en materia de riesgos de trabajo, corresponde al Ministerio de Salud en coordinación con otras entidades del Estado: a) Dictar las normas técnicas para la prevención y control de enfermedades y accidentes. b) Fortalecer el sistema de vigilancia epidemiológica de conformidad con esta ley y las disposiciones que al efecto se dicten. c) Realizar los programas y actividades que estime necesarios para la prevención y control de enfermedades y accidentes. En el Título III. Capitulo III. De la prevención y control de enfermedades y accidentes. Sección I. Disposiciones comunes. Artículo 18. El Ministerio de Salud en coordinación con otras entidades del Estado, la sociedad civil y la empresa privada, dictará las normas técnicas para la prevención y control de enfermedades y accidentes, sin perjuicio de lo dispuesto en otras leyes laborales en materia de riesgos del trabajo. En la sección IX. De los accidentes. Artículo 26. El Ministerio de Salud, en coordinación con los organismos competentes, llevará a cabo actividades dirigidas a la investigación, prevención y control de accidentes. Luego en el Reglamento de la Ley General de Salud42, en el Titulo XI. De la salud y el medio ambiente. Capítulo VII. De la salud Ocupacional, el artículo 261 establece las acciones que realizará el MINSA en materia de Salud Ocupacional, estas son: 1.
Formular en coordinación con las entidades pertinentes el Plan Nacional de Salud Ocupacional en el cual se establecerán modelos de prevención y de atención de la Salud Ocupacional y de ambientes laborales saludables.
2.
En coordinación con el MITRAB: 2.1 Aplicar las normas para garantizar la salud ocupacional de los trabajadores. 35
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 2.2 Emitir normativas para la evaluación médica periódica y tipos de exámenes a realizar a los trabajadores según el riesgo expuesto. 3.
Exigir al empleador que en sus centros de trabajo se de cumplimiento a los programas y normas técnicas en materia de promoción de la salud ocupacional, de ambientes laborales saludables y prevención de enfermedades ocupacionales.
4.
Vigilar en coordinación con autoridades competentes la detección y diagnóstico de enfermedades ocupacionales y accidentes laborales, ingresándolos al sistema de vigilancia epidemiológica.
5.
Supervisar la ejecución de programas de capacitación en materia de salud ocupacional a los trabajadores.
6.
Vigilar el cumplimiento de las normativas científicas dirigidas a la evaluación médica de trabajadores expuestos a sustancias tóxicas y peligrosas.
7.
Dictar y hacer cumplir las medidas sanitarias tendientes a controlar todo lo referente a las medicinas e higiene del trabajo.
8.
Supervisar los servicios de salud ocupacional existentes en los centros de trabajo.
9.
Realizar estudios e investigaciones del comportamiento de la morbilidad de las enfermedades ocupacionales.
10. Establecer, revisar y aplicar el sistema de listado de enfermedades ocupacionales. 11. Intervenir para que los trabajadores no inscritos en el régimen de seguridad, se les brinde atención y asistencia médica por enfermedad ocupacional y accidentes de trabajo.
2.3.2
Funciones del Instituto Nicaragüense de Seguridad Social en Materia de SST
El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social es un ente descentralizado del Gobierno de Nicaragua que depende de la Presidencia de la República de acuerdo a la Ley 290 de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo. En el decreto Nº 974 “Ley de Seguridad Social”, artículo 4 se establecen las atribuciones del Instituto: 1. Establecer, organizar y administrar los diversos Regímenes del Seguro Social y prestar los servicios de beneficio colectivo que señala esta ley, como parte de la Seguridad Social Nacional. 2. Recaudar las cuotas y percibir los demás recursos del Instituto que le correspondan a su patrimonio. 36
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 3. Otorgar las prestaciones que establece esta ley. 4. Invertir sus fondos de acuerdo con las disposiciones de esta ley y su Reglamento. 5. Realizar su colaboración con los Ministerios y Entidades que tengan a su cargo la política económica y social del país, las investigaciones socio-económicas necesarias sobre la influencia de los factores sociales en el bienestar de la población, en la productividad y en el desarrollo económico nacional. 6. Estimular en colaboración con el Ministerio de Educación, el Consejo Nacional de la Educación Superior y demás instituciones del sector social y cultural, el desarrollo de la enseñanza de las disciplinas científicas y técnicas que tengan relación con la seguridad social. 7. Promover y contribuir en coordinación con los Ministerios y Entes Autónomos respectivos a la elevación de las condiciones de vida de la población asegurada, mediante el estímulo y elaboración de programas sociales, tales como centros vacacionales, recreativos y de adiestramiento, actividades culturales y deportivas, construcción de viviendas populares y otras prestaciones sociales que representan una mejor y mayor convivencia colectiva a nivel nacional e internacional. 8. Ejecutar todas aquéllas actividades no contempladas en la enumeración anterior que tiendan a cumplir los objetivos del Instituto, de acuerdo a la orientación general de los planes nacionales respecto a la Seguridad Social. En cuanto a los Riesgos Profesionales hay un capítulo, el IV dedicado a ellos, pero en su mayoría aborda lo referente a las prestaciones debidas a los mismos. No obstante el artículo 74, establece que el Instituto en coordinación con el Ministerio del trabajo y el de Salud ejecutará programas de prevención de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y de sus consecuencias, brindando asistencia técnica a los empleadores para la creación de sistemas de seguridad, los cuales supervisará e inspeccionará. Así mismo se encargará de la divulgación y enseñanza de métodos de trabajo más eficaces y eficientes. La fabricación y venta de artículos de cualquier índole que se usen para la protección de los trabajadores, contra los accidentes y enfermedades profesionales. Podrá fabricarlos o importarlos.
37
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua De modo que el instituto se convierte de alguna manera en un ente con una doble función ya que no sólo se encarga de la recaudación de cotizaciones y pago de indemnización o pensiones, sino que además tiene una labor de prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales, lo cual aunque previsto en su Ley escapa a la esfera de sus objetivos ya que de acuerdo al Titulo I, Capitulo I de su ley el Instituto cubrirá a través del Seguro Social las contingencias de invalidez, vejez, muerte, riesgos profesionales, subsidios familiares y podrá proporcionar servicios sociales necesarios para el pleno bienestar de los asegurados, así mismo pagará subsidios de enfermedad, maternidad y riesgos profesionales, es decir, cuando el hecho está consumado y no antes que es cuando tiene lugar la prevención.. (explicar porqué)
2.3.3
Función de otros ministerios en materia de SST
La ley 274 o Ley básica para la regulación y el control de sustancias químicas, sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares43 en su artículo I cita “asegurar la protección a la salud humana, los recursos naturales, la salud e higiene laboral y el ambiente en general para evitar los daños que pudieren causar estos productos por su impropia selección, manejo y el mal uso de los mismos” y en el Título IV articulo 18 designa como autoridad competente para administrar y aplicar esta ley al Ministerio de Agricultura y Ganadería. Mas adelante en el artículo 6 inciso 8 hace mención de la obligatoriedad de los empleadores de proporcionar un seguro de riesgo laboral como una forma de que éste se responsabilice de que sus operarios cumplan las normas de Higiene y seguridad establecidas por ley. En el Título IV “De la Autoridad de Aplicación” define las funciones de diversos Ministerios en lo que corresponde a la materia en cuestión. El artículo 18, inciso 3) que es del Ministerio de Agricultura y Ganadería, actualmente Agropecuario y Forestal (MAGFOR) el encargado de la normación de la importación, exportación, formulación distribución uso y manejo de plaguicidas en vistas de entre otras cosas la protección de la Salud humana. El artículo 20 establece que entre las funciones del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA) se encuentra el formar y administrar el Centro Nacional de Información y Documentación de Sustancias Tóxicas, peligrosas y otras similares.
38
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua El artículo 21 determina las funciones del Ministerio de Salud sobre el tema, las que incluyen el control y regulación integral sanitaria en la población expuesta a sustancias tóxicas; ejercer el control y la regulación de la importación, exportación distribución, venta y manejo de plaguicidas de uso doméstico, donde comparte funciones con el MAGFOR de acuerdo al artículo 19 de esta misma ley 274. La vigilancia, tratamiento y prevención de las intoxicaciones humanas correrá a cargo del MINSA, así como la fijación de los estándares aceptables máximos para ambientes laborales, función en la que comparten responsabilidades con el MITRAB. La búsqueda activa de casos de intoxicaciones humanas mediante la realización de muestreos así como las campañas educativas, de promoción y divulgación para disminuir el riesgo implícito en el uso y manejo de sustancias toxicas y plaguicidas correrá a cargo del Sistema de Vigilancia del MINSA. La emisión de dictámenes técnico-sanitarios sobre las sustancias tóxicas y plaguicidas previo a su registro por el MAGFOR, la autorización para prestar servicios de desinfección, saneamiento estructural o habitacional con plaguicidas, sustancias tóxicas, peligrosas son también funciones del Ministerio de Salud en esta Materia. Le corresponde así mismo el establecimiento de un programa de evaluación y control de enfermedades crónicas relacionas con la intoxicación aguda y la exposición de personas al uso de plaguicidas, sustancias tóxicas, peligrosas y similares. Al Ministerio del Trabajo de acuerdo al artículo 22 le compete el normar, vigilar y controlar el ambiente laboral y la seguridad ocupacional en lo relativo a la exposición y riesgo de los trabajadores a los plaguicidas y las sustancias tóxicas o peligrosas; prevenir y controlar los riesgos laborales de los trabajadores expuestos a contaminación. Comparte con el MINSA la responsabilidad del control, muestreo y seguimiento de la exposición de los trabajadores expuestos y el llevar un control de las intoxicaciones que como riesgo profesional se produzcan a nivel nacional, así como también la emisión de las normas para el uso y la manipulación de plaguicidas y sustancias tóxicas. Es responsabilidad del MITRAB de acuerdo a esta Ley la aplicación del Código del trabajo en lo correspondiente a seguridad e higiene laboral así como el suspender o clausurar de manera inmediata los centros laborales que representen un riesgo laboral mayor o menor para el trabajador asegurando la evacuación y control de los mismos.
39
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua El Decreto No 49-9844 “Reglamento de la Ley 274” dedica el Capítulo XIX a la protección de la salud humana y, en el artículo 93, especifica que le corresponde al Ministerio de Salud establecer un Programa de prevención y control de las intoxicaciones agudas y crónicas. En el artículo 95 señala que deberá crear el Centro de Información, Vigilancia, Asesoramiento y asistencia toxicológica y además garantizar que las unidades de salud dispongan de recursos humanos y materiales para el diagnóstico, tratamiento y registro de las intoxicaciones. En el artículo 96 dice que en coordinación con otras instituciones estatales deberá establecer un programa de vigilancia de los residuos de plaguicidas en alimentos y aguas. Deja para el Ministerio del Trabajo garantizar la higiene y seguridad ocupacional mediante el establecimiento de un Programa de Salud Ocupacional y de vigilancia del ambiente laboral (artículo 94). Ley sobre radiaciones ionizantes o Ley No. 156 de 16 de abril de 1993 y Publicado en La Gaceta No. 73 de 21 de abril de 1993, en su Capítulo VII. “De las Medidas Preventivas” en el Artículo 15.- indica que toda instalación o recipiente deberá ostentar en lugar visible las señales preventivas que se determinen en las disposiciones reglamentarias que para el efecto se emitan. En el Artículo 16.- hace mención a las obligatoriedad de la capacitación sobre las medidas de seguridad a observar para las personas que desempeñen actividades en instalaciones radiactivas, siendo los titulares de las licencias los responsables de la indicada capacitación, para lo cual, el Estado además brindará la colaboración que corresponda. El artículo 18 hace referencia a la obligatoriedad del uso de los equipos de dosimetria personal y de la realización de revisiones médicas periódicas. La provisión de los equipos de seguridad son responsabilidad de los empleadores, para el uso de los trabajadores de acuerdo al artículo 19, en tanto que en el artículo 25 se designa al Ministerio de Salud como la autoridad rectora en la materia
2.4
NIVEL DE CORRESPONDENCIA ENTRE LAS DISPOSICIONES DE LAS NORMAS OIT SOBRE SST Y LEGISLACIÓN NICARAGÜENSE
40
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua En cuanto a la incorporación de los Convenios de la OIT a la legislación nacional podemos decir que los Convenios que Nicaragua ha ratificado y que están en vigencia se ven reflejados en nuestro actual legislación tanto a nivel de Código del Trabajo como en las normativas de higiene y seguridad del trabajo emitidas por el Ministerio del Trabajo a través de su órgano correspondiente. Actualmente Nicaragua ha ratificado cincuenta y nueve convenios de la OIT, de ellos cuatro han sido denunciados por lo que se encuentran en vigencia únicamente cincuenta y cinco. De éstos, solamente nueve tienen relación directa con la seguridad y salud en el trabajo.
41
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Tabla No 2. Correspondencia entre las Normas OIT y la legislación nacional Convenio OIT
Ley en que está reflejado
Indemnización por accidentes del trabajo (Agricultura), del año 1921. (C12)45.
Constitución, Código del trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre indemnización por accidentes de trabajo. 1925. (C17).
Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre las enfermedades profesionales. 1925. (C18).
Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social, Resolución Ministerial sobre la notificación de enfermedades laborales
Sobre la igualdad de trato. (Accidentes de trabajo). 1925. (C19).
Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre el seguro de enfermedad. (Industria). 1927. (C24).
Constitución, Código del trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre el seguro de enfermedad. (Agricultura). 1927. (C25).
Constitución, Código del Trabajo, Ley de Seguridad Social
Sobre las horas de trabajo. (Comercio y Oficinas). 1930. (C30).
Constitución, Código del trabajo
Sobre las plantaciones. 1958. (C110).
Constitución, Código del Trabajo
Sobre el peso máximo. 1967. (C127).
Norma Ministerial sobre el peso máximo de la carga manual que puede ser transportada por un trabajador
Sobre la edad mínima. 1973. (C127)
Código del Trabajo, Código de la Niñez y la Adolescencia
3.
Mecanismos Nacionales de Verificación de la Política Nacional
De acuerdo con la Ley 290, el Ministerio del Trabajo (MITRAB) es el responsable de proponer, coordinar y ejecutar las políticas del estado en SST. El MITRAB en colaboración con CERSSO elaboraron un borrador sobre el Plan de Acción Estratégico Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional46. No obstante, este documento aún no ha sido revisado a fondo ni aprobado.
42
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Según esta misma Ley, el Ministerio de Salud (MINSA), en su calidad de coordinador de la política de salud, es el encargado de proponer los planes y programas de salud y de promover campañas de divulgación en SST. Además la Ley 423, Ley General de Salud, define al MINSA como normador, supervisor e investigador en SST. Desafortunadamente tampoco existe un plan aunque si hay un Programa de Salud Ocupacional recientemente reactivado que funciona bajo la dirección del Centro Nacional de Toxicología. La función de asesor del MITRAB para la revisión y actualización de las políticas, la tiene el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. Este Consejo está conformado por las organizaciones sindicales, empresariales y de la administración pública. Es a través del Consejo que dichas organizaciones participan en la verificación del cumplimiento de las funciones del MITRAB.
4. Coordinación y Colaboración, Incluyendo Contratos o Acuerdos Colectivos de Trabajo El principal mecanismo para garantizar la coordinación, cooperación y colaboración entre los actores sociales con responsabilidad en la implementación y gestión de la SST a nivel nacional es el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo. Además, existe un convenio entre el INSS y el MITRAB para la realización de las inspecciones conjuntas con división del trabajo. En el ámbito de las empresas las comisiones mixtas facilitan la participación de empleadores y trabajadores.
4. 1
4.1.1
A NIVEL NACIONAL
El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo
El Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo es una instancia asesora del Ministerio del Trabajo para la revisión y actualización de las políticas nacionales lo mismo que para la elaboración y aprobación de normativas en la materia. Creado con base al decreto 1-90 del 25 de abril de 1993, este Consejo tiene un carácter tripartito ya que participan en él las organizaciones sindicales, empresariales y las instituciones de la administración pública. Además, participan las organizaciones de empleadores y trabajadores.
43
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Sesiona una vez al mes (el último viernes de cada mes) previa convocatoria de la presidencia, que por disposiciones legales ejerce el Ministerio del Trabajo, quien citará a los miembros que considere,(ver artículo 2 del Reglamento de Funcionamiento del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo en “Compilación de Normativas en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo 1993-2002, pagina 85) de acuerdo al tema a tratar según una agenda de trabajo definida por el Ministerio del Trabajo. Los miembros son los siguientes: -
MITRAB que la preside.
-
CAUS
-
CTN(a)
-
CTN
-
CUS,
-
CST,
-
ATC,
-
CGT(i),
-
CTN,
-
FETSALUD,
-
CGTEN- ANDEN,
-
MECD,
-
CADIN,
-
UPANIC,
-
COSEP,
-
C. CONSTRUCCION,
-
C. COMERCIO,
-
UNAG,
-
UNAN-MANAGUA,
-
UNAN-LEON, 44
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
4.1.2
-
UNI,
-
UPOLI,
-
UPONIC,
-
UPF,
-
DIR, GENERAL DE BOMBEROS,
-
MARENA,
-
MIFIC,
-
MINSA,
-
MTI,
-
MAG FOR,
-
INSS.
Comisión nacional del salario mínimo.
Es el órgano de consulta al Gobierno en la fijación y revisión de los salarios mínimos de los diferentes sectores económicos del país.
MIEMBROS: ♦ MITRAB – que lo preside. ♦ MIFIC ♦ MHCP ♦ Un Representante de cada una de las Organizaciones Nacionales Representativas de los Empleadores. ♦ Un Representante de cada una de las Centrales Sindicales Nacionales Representativas. Sesionan cada 6 meses.
4.1.3
La Red Nacional de Salud de los Trabajadores
45
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua La red nacional de salud de los trabajadores es una red de voluntarios que está compuesta por representantes del Ministerio del Trabajo, del INSS, del Ministerio de Salud, de las Facultades de Medicina de las Universidades Nacional Autónoma de Nicaragua de León y de Managua, y por el Movimiento de Mujeres “Maria Elena Cuadra”. El fin de la Red es coordinar acciones conjuntas, evitar duplicidad de actividades y unir esfuerzos aprovechando las diferentes capacidades y profesionalidades de sus miembros, lo mismo que buscar las posibles maneras de cooperar ya sea de forma bilateral o en equipo. Los miembros de la red se reúnen al menos una vez al mes teniendo como facilitador a la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
4.1.4
Consejo Nacional de Salud.
El órgano encargado de asesoría y consulta en salud, con carácter permanente y constituido por representantes del sector público y privado con representación e interacción multisectorial y pluralista de la sociedad civil y con la finalidad de contribuir en la definición de las actividades estratégicas que realice el Ministerio de Salud.
MIEMBROS:
-
MINSA que lo preside.
-
MECD
-
INSS
-
MARENA
-
MITRAB – (Dirección General de Higiene y Seguridad del Trabajo).
-
CNU
-
Asociación de Municipios.
-
Comisión de Salud de la Asamblea Nacional.
-
Ejercito de Nicaragua.
-
Policía Nacional. 46
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua -
Un Delegado por cada organización comunal de ámbito Nacional.
-
Un Delegado por cada organización sindical de ámbito nacional de trabajadores del sector salud.
-
Un Delegado de las asociaciones médicas legalmente constituida.
-
Un Delegado del Colegio de enfermeros.
-
Un Delegado del los consejos regionales de ambas regiones de la costa Atlántica.
Las Sesiones son Mensuales.
4.1.5
Comisión Nacional de Plaguicidas.
Órgano de coordinación, asesoría y consulta sobre los conflictos que surgieren entre la autoridad de aplicación y los demás órganos señalados en la LEY BASICA PARA LA REGULACION Y CONTROL DE PLAGUICIDAS, SUSTANCIAS TOXICAS, PELIGROSAS Y OTRAS SIMILARES47y su Reglamento y las
personas naturales y jurídicas que practiquen la comercialización, importación, exportación y distribución de los productos y sustancias objeto de control y regulación.
MIEMBROS:
-
-MAGFOR – quien lo preside
-
MINSA
-
MARENA
-
MTI
-
MITRAB – (Dir. General de Higiene y Seguridad del Trabajo).
-
INTA.
47
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua -
Se invitará a formar parte de esta Comisión a un representante de la Asociación Nacional de
Formuladores y Distribuidores de Agroquímicos de Nicaragua, a un representante de los Productores Agropecuarios, a un representante de la Sociedad Civil y a un representante de los Trabajadores del Sector Agropecuario, los que una vez incorporados a esta Comisión tendrán las mismas facultades y funciones que el resto de miembros de la misma Sesionan cuando lo convoca el presidente usualmente de forma ordinaria una vez al mes.
4.1.6
Comisión Nicaragüense del SIDA
De acuerdo a la LEY DE PROMOCION, PROTECCION Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS ANTE EL SIDA, Ley No. 23848, esta comisión es el órgano ejecutor de la Ley, en tal carácter esta facultada para
controlar , supervisar su cumplimiento e imponer sanciones éticas y pecuniarias de conformidad con su reglamento.
MIEMBROS:
-
MINSA – que la preside.
-
MECD
-
MITRAB (Dir. General de Higiene y Seguridad del Trabajo).
-
MINGOB
-
Dos Delegados por los organismos Gubernamentales que promueven la prevención y atención al
SIDA. -
La Comisión de Salud de la Asamblea Nacional.
-
Tres Delegados por cada uno de las Comisiones de Derechos Humanos.
-
Uno por FETSALUD.
-
Según lo dispuesto en la ley, las organizaciones de empleadores y otros sindicatos que no sean “la
mas representativa de los trabajadores de la salud” no estan incluidas en esta comisión.
48
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Sesionan de forma ordinaria una vez al mes.
4.1.7
Comisión nacional de energía atómica.
Es el órgano ejecutor del control uso y aplicación de Radioisótopos y Radiaciones Ionizantes de conformidad con su Ley49 y Reglamento.
4.1.8
Comisión nacional para la prevención mitigación y atención de desastres
Es el órgano ejecutor de los planes, programas para la prevención, mitigación, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción.
MIEMBROS: •
Ministerio de Defensa – que lo preside.
•
MINGOB
•
Ministerio de relaciones Exteriores.
•
MHCP
•
MIFIC
•
MECD
•
MAGFOR
•
MINSA
•
MITRAB
•
MARENA
•
MI FAMILIA
•
INITER
•
Entes Descentralizados.
•
Administraciones Regionales (RAAS Y RAAN).
•
Secretarias Departamentales de Gobierno.
•
Administraciones Municipales.
49
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 4.1.9
Comisión nacional de normalización técnica y calidad.
Organismo coordinador de las políticas y programas en este ámbito.
MIEMBROS: ♦ MIFIC – quien lo preside. ♦ MINSA ♦ MTI ♦ MITRAB(Dir. General de Higiene y Seguridad del Trabajo). ♦ MARENA ♦ MAGFOR ♦ I.N.E. ♦ INAA ♦ Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos. ♦ Un representante de las organizaciones privadas del sector Industrial. ♦ Un representante de las organizaciones privadas del sector comercial. ♦ Un representante de las organizaciones privadas del sector Agropecuario. ♦ Un representante de las organizaciones de consumidores.
La Comisión sesiona cuatro veces al año de manera ordinaria y extraordinariamente cuando sea convocada por su Presidente.
4.1.10
4.1.10.1
Organizaciones Facilitadoras Internacionales
Centro Regional de Seguridad y Salud Ocupacional CERSSO
50
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua CERSSO es un proyecto del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos, con sede en El Salvador, iniciado en el año 2000. El proyecto apoya a los Ministerios del Trabajo y las agencias relacionadas al tema en los países miembros en la ejecución de sus leyes de seguridad y salud laboral, divulgación de información a gobiernos, patronos, y trabajadores acerca de los beneficios de un lugar de trabajo sano y seguro. Los países miembros son: Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá y República Dominicana. El proyecto concluye en julio de 2004.
4.1.10.2 Solidaridad Internacional de los Trabajadores de Dinamarca SiD (es un organismo financiado por sindicatos daneses) Dentro de los objetivos de este proyecto está la realización de capacitaciones en salud y seguridad laboral para los trabajadores y establecer un diálogo entre las organizaciones patronales y las autoridades con miras a encontrar soluciones entre otros campos en temas de higiene y seguridad laboral. Las contrapartes nacionales de SiD son las organizaciones sindicales ATC y CST. También organiza encuentros regionales entre profesionales y sindicalistas con el animo de desarrollar vínculos entre las organizaciones sindicales y los profesionales dedicados a la salud y seguridad de los trabajadores específicamente de las universidades, con el fin de apoyar el desarrollo de investigaciones participativas en el área de salud y seguridad.
4.2
4.2.1
AL NIVEL DE LAS EMPRESAS
Las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad de Trabajo
Las Comisiones Mixtas son estructuras conformadas, de acuerdo a la Resolución Ministerial sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad de Trabajo (C.M.H.S.T.). Están definidas como órganos paritarios de participación en las actividades de protección y prevención dentro de los centros de trabajo y constituidas por igual número de representantes de los trabajadores y del empleador de acuerdo a una tabla que correlaciona el número de trabajadores con el de representantes. La presidencia de las comisiones corresponde a un representante del empleador. La comisiones mixtas tienen la responsabilidad de acompañar al empresario en el diseño del Reglamento Técnico Organizativo en SST de la empresa. Este reglamento permite “regular el comportamiento de los trabajadores como complemento a las medidas de prevención y protección, estableciendo los procedimientos de las diferentes actividades preventivas generales y especificas de seguridad que se deben adoptar en los lugares de trabajo”50. 51
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
5.
Estándares Técnicos, Directrices y Sistemas de Gestión
Debido al incipiente desarrollo de la salud y seguridad en el trabajo, donde los esfuerzos institucionales y de los trabajadores han ido apareciendo de forma sistematizada sólo en los últimos años, no existe aún un desarrollo de los sistemas de gestión en el tema. Sin embargo, las iniciativas empresariales, oficiales y de los trabajadores en el marco de la nueva política económica diseñada por el gobierno permiten visualizar un campo fértil para su inserción. Existe un Plan de Acción Estratégico Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional en el que aparece una primera aproximación de lo que serían las políticas en materia de salud y seguridad en el trabajo. En este se propone que el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad Ocupacional , (existente desde principios de los 80’s, pero con carácter legal a partir de 1993 mediante resolución ministerial) sea la instancia que se encargue de la elaboración de las políticas a nivel nacional y de darle seguimiento a la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en el futuro. El propósito del Plan establece claramente la misión, visión y objetivos del Consejo en los próximos años. Este plan debe ser el punto de partida en el establecimiento efectivo de un sistema nacional de gestión de la salud y seguridad en el trabajo efectivo y coherente.
5.1 GALARDÓN A LA CALIDAD Es un premio anual otorgado por el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad a las empresas que han mostrado elevación de los niveles de higiene y seguridad durante el año evaluado. Se participa en este programa, a través de convocatoria abierta, previa inscripción y aquellas empresas que reúnan los criterios técnicos organizativos, son seleccionadas y en ceremonia oficial de manos del Presidente de la República, se les entrega el galardón que los acredita como Empresa Modelo en S.S.T. Un grupo de evaluadores conformado por los propios miembros de la Comisión visita las empresas postulantes con el fin de evaluar las condiciones de salud y seguridad actuales en contraste con las antes identificadas. Finalmente, se utiliza una escala de puntuación que permite elegir a las más destacadas. En la última edición del evento se inscribieron 32 empresas de las diversas ramas de la economía. La mayoría grandes empresas.
5.2
SISTEMAS DE GESTIÓN DE SST EN LAS EMPRESAS
52
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua El Ministerio del Trabajo en su rol de facilitador en las relaciones laborales ha proporcionado a los empleadores y trabajadores instructivos técnicos – metodológicos que les sirvan como herramienta de trabajo en la organización y gestión para la actuación en el ámbito de la higiene y seguridad en sus centros de trabajo. Cabe destacar la importancia de la organización y gestión de la S.S.T. para complementar con las disposiciones contenidas en las diferentes resoluciones técnicas de higiene y seguridad y lo regulado en el Código del Trabajo. Al interior de las empresas se esta desarrollando acciones para lo siguiente: 1) La Constitución de las comisiones mixtas de higiene y seguridad del trabajo. 2) Elaboración de los reglamentos de funcionamiento de las comisiones. 3) Técnicas metodológicas para la elaboración de los planes de trabajo de la comisión mixta. 4) Procedimiento metodológico para la elaboración de los reglamentos.
Las comisiones mixtas intentan ser la semilla de un sistema de gestión empresarial en salud y seguridad ocupacional. Por su carácter bipartito, se incentiva la participación de los trabajadores y el compromiso de los empleadores en la gestión de la salud y seguridad. Las comisiones mixtas a través de una resolución ministerial prescribe a los empleadores constituirlas en los centros de trabajos para abordar los problemas que se suscitan en los centros de trabajos. A través de la comisión mixta se elabora un plan anual de acuerdo al reglamento técnico organizativo de la empresa donde se consigna acciones y responsabilidades a ejecutar en el año. Se plantea la obligatoriedad de realizar los exámenes médicos, priorizando aquellos puestos de trabajo con mayores riesgos. Según el MITRAB El plan es un instrumento que le permite al empleador ir realizando acciones de manera racional. El empleador tiene la obligación de destinar un presupuesto para cumplir el plan. Todas estas medidas de prevención son de obligatoriedad en el centro de trabajo, ahí tiene que considerar un monto para los equipos de protección, exámenes médicos aquellos que no cubran el rango de seguridad social, un monto para hacer la labor formativa, educativa y del aspecto complementario que son las acciones de señalización, entonces consideramos que el plan es un instrumento que le va a indicar al empleador que es lo que tiene que hacer o cuanto lo tiene que hacer, y en que momento lo tiene que hacer . Los trabajadores indiscutiblemente en esta comisión tienen una acción bastante beligerante para poder indicar y medir como un termómetro la ejecución de las acciones preventivas en los centros de trabajo51.
53
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Hasta la fecha se han formado 424 comisiones mixtas en todo el país de las cuales casi la mitad se han formado en los establecimientos de Managua. Son grandes medianas o pequeñas? Tabla No 3 COMISIONES MIXTAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD INSCRITAS EN EL MITRAB. DEPARTAMENTO N° DE COMISIONES N° DE TRABAJADORES MIEMBROS Managua 208 1,018 León 35 626 Chinandega 60 487 Masaya 45 628 Granada 31 567 Estelí 25 260 Jinotega 20 210 TOTAL 424 3,796
En la actualidad el MITRAB está en un proceso del fortalecimiento a las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del Trabajo en el país, para ello el Ministerio ya procedió a juramentar a los miembros de Managua, Estelí y Masaya; a fin que estas Comisiones funcionen en los Centros de Trabajo. 5.2.1
Certificación ISO
La Cámara de Industrias de Nicaragua, con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), inició en el año 2000 un proceso de asistencia para que un grupo de empresas lograran la certificación en ISO 9000 (sobre calidad). Esta iniciativa empresarial se enmarca en los procesos de certificación dirigidos a mejorar las oportunidades comerciales dentro del marco del Tratado de Libre Comercio de las Américas. Un total de 32 empresas lograron culminar el proceso. En este mismo contexto, esperan para el año 2004 iniciar con un grupo de empresas de diferentes sectores económicos el proceso para lograr la certificación en ISO 14000. (Sobre protección ambiental).
5.3
NORMAS TÉCNICAS USADAS
Las normas nacionales en materia de Higiene y Seguridad Ocupacional, sean estas técnicas o administrativas, están reflejadas en un conjunto de documentos elaborados por el Ministerio del Trabajo. Algunas son de aplicación general como las disposiciones básicas de higiene y seguridad en los lugares de trabajo52, las aplicables a los equipos e instalaciones eléctricas53 o las relativas a la prevención y extinción de incendios en los lugares de trabajo54, en tanto otras son de aplicación específica en algunos rubros económicos como las orientadas al sector maquila de prendas de vestir o al trabajo en el mar.
54
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Los valores límites o estándares del Ministerio del Trabajo son tomados de los valores internacionales de la “Threshold Limit Values” (T.L.V) de la “American Conference of Governmental Industrial Hygienists” (ACGIH). De ahí salen las adopciones nacionales que están contenidas en las distintas normativas que regulan diferentes tópicos en materia de Higiene y Seguridad del Trabajo. 5.4
USO DE REPERTORIOS DE OIT
A partir de los noventas, en el país se inicia el proceso de emisión de Reglamentos, Resoluciones y Normas Ministeriales en materia de SST. Igualmente se producen instructivos metodológicos y se establecen los procedimientos para su tutela. Todo lo anterior es definido atendiendo la Constitución Política de la Republica, el Código del trabajo vigente y los Convenios Internacionales de la OIT. En todas las Resoluciones y Normas Ministeriales se hace referencia explicita a la necesidad de armonizarlas con los Tratados y Acuerdos Internacionales. Con la renovación del Código del Trabajo (Ley 185) en 1996, se especula sobre la validez de las Resoluciones y Normativas Ministeriales anteriores al Código. En respuesta, el 6 de Agosto de 2001, se promulga la “Ratificación y Vigencia de todas las Resoluciones Ministeriales en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo”. En el cuadro siguiente se presenta la lista de resoluciones y normativas ministeriales en las que se ha utilizado explícitamente el repertorio de recomendaciones prácticas de OIT. Además, existen otras normativas y resoluciones ministeriales referidas a temas como la prevención de incendios en los centros de trabajo; el sector maquilas de prendas de vestir, etc., las cuales se han mencionado en el punto 1.2 de este documento.
55
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Tabla No 4 Utilización del Repertorio de Recomendaciones prácticas de la OIT en la Legislación de Nicaragua. RECOMENDACIÓN Nº Y REPERTORIOS
REGLAMENTOS, NORMAS Y RESOLUCIONES MINISTERIALES
164 (1981): sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores
• Norma ministerial sobre disposiciones básicas de Higiene y Seguridad en los lugares de trabajo (3/Agosto/2001)
Factores ambientales en el lugar de trabajo. 1999.
• Resolución ministerial sobre Higiene Industrial en los lugares de trabajo (12/Septiembre/2001)
Registro y notificación de accidentes y enfermedades. 1994.
• Norma ministerial sobre disposiciones mínimas de Higiene y Seguridad de los equipos de trabajo (9/Abril/1996) • Resolución ministerial sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad del trabajo en las empresas (3/Agosto/2001) • Resolución ministerial relativo a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y Seguridad del trabajo en las empresas (17/Septiembre/2001)
175 (1988): sobre Seguridad y Salud en la Construcción
• Resolución ministerial referente a las medidas básicas de Higiene y Seguridad del trabajo aplicable a la construcción (30/Junio/2000; 1/Julio/2000)
Salud y Seguridad en la construcción. 1991. 183 (19XX): sobre Seguridad y Salud en las Minas
• Reglamento General de Higiene y Seguridad del trabajo en las minas (29/Enero/1999)
Minas a Cielo abierto. 1990. 192 (2001): sobre Seguridad y Salud en la Agricultura
• Resolución ministerial sobre Higiene y Seguridad aplicable en el uso, manipulación y aplicación de plaguicidas y otras sustancias químicas en los centros de trabajo (17/Septiembre/2001)
Uso de químicos. 1992. 194 (2002): sobre la Lista de Enfermedades Profesionales
• Ley 185: Código del Trabajo (1996)
Etica y Vigilancia Sanitaria. 1997. Fuente: MITRAB
57
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
6.
Medios y Herramientas para la Implementación de Sistemas de SST
6.1
AUTORIDADES COMPETENTES Y ORGANISMOS NACIONALES CON RESPONSABILIDADES EN LA APLICACIÓN DE LA SST
Tabla No 5. Recursos humanos y económicos por entidad responsable en la aplicación de la SST. Institución
Personal trabajando Presupuesto anual en S.S.T para actividades S.S.T
MITRAB/Dirección de Higiene y Seguridad en el Trabajo
14 a nivel central
INSS/Gerencia General de Riesgos Profesionales
16 Administrativos a nivel central
5 en los departamentos
10 inspectores: 8 en Managua y 2 para León y Chinandega
MINSA/Dirección de Sustancias Tóxicas
3 en el nivel central
Total
48 tiempo completo
Tiempo dedicado
C$ 1,255,369 para Tiempo programa de Higiene completo y Seguridad
Observaciones
Alta rotación del personal de inspectoría/bajos salarios
C$ 119 millones para Tiempo completo atención medica, subsidios y pensiones. C$ 9 millones para gastos administrativos No tiene presupuesto Parcial: Según Desarrollo limitado específico demanda
58
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 6.1.1 Inspección a una Vigilancia del Cumplimiento de la Ley Tabla No 6. Descripción de los Sistemas de inspección responsables de aplicar la ley en SST Sistema de Ministerio Nº de Inspección responsabl inspectore e s
Distribución geográfica
Sector Nº de económic empresa o en s que cobertura cubren
Managua: 14
Dirección de Higiene y Seguridad
19
Dirección de Inspectori a del Trabajo
306
79
10
1 León
0
Legislació n en cobertura
Nº de multas efectuada s
Normativas y resoluciones ministeriales
N/D Reglament o de inspectores
Departamentos : 59
1 Chinandega Dirección de MINSA Sustancias Toxicas
1 reinspecció n
Managua: 20
8 Managua Gerencia INSS de Riesgos
1 inspección
Sectores Departamentos Primario, Secundari :5 oy Terciario
MITRAB/
Nº de visitas por empresa
Sector primario, Secundari oy Terciario
*
296
N/D
Ley de Seguridad Social
N/D
N/D
Ley 274
N/D
* Durante el primer nonestre del 2003
El MITRAB cuenta con inspectores de Higiene, inspectores de seguridad e inspectores laborales. De estos tres sólo los inspectores laborales aparecen definidos por la Ley. Sin embargo, estos se han dividido las funciones: los inspectores laborales del MITRAB realizan funciones orientadas al área administrativa; los de higiene, identificación, evaluación y seguimiento de riesgos y también brindan apoyo, orientación y seguimiento a las comisiones mixtas de Higiene y Seguridad; los de seguridad identificación, evaluación y seguimiento de riesgos. El criterio utilizado para la selección de las empresas a inspeccionar es la apertura de nuevas empresas y la realiza cada inspectoría de manera independiente. Las reinspecciones se definen sobre la base de los índices de accidentalidad. En éstas los inspectores de Seguridad, Higiene y Laborales participan de manera conjunta. El informe final de cada una de las supervisiones se realiza de manera conjunta bajo la coordinación del inspector laboral.
59
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Por su parte, los inspectores del INSS desempeñan funciones tanto administrativas como de Higiene y Seguridad. Las visitas a las empresas son de carácter integral. Además, brindan asesoría a las comisiones mixtas y a los empleadores en materia de SST. Las empresas son seleccionadas de acuerdo al índice de accidentalidad y al número de recomendaciones hechas en inspecciones anteriores. Aunque existe un acuerdo para inspecciones conjuntas entre el INSS y el MITRAB, las visitas de estas dos instituciones no se realizan simultáneamente. El Ministerio de Salud no cuenta con un sistema de inspectores laborales. Los higienistas con que cuenta en cada uno de los 157 municipios del país se ocupan mayoritariamente de labores de saneamiento básico y ocasionalmente de higiene ambiental. En el ámbito laboral, son los gestores del chequeo médico periódico a los manipuladores de alimentos. 6.1.2
Laboratorios en SST
Tabla No 7. Equipos disponibles para la evaluación de riesgos de las instituciones responsables de velar por la SST. AGENTE
MITRAB
INSS
MINSA
Estrés térmico
10
1
1
Ruido
10
1
1
Iluminación
8
1
1
Radiación UV
1
-
-
Riesgos eléctricos
11
-
-
Manómetro (Presión)
1
-
-
Calidad del aire en interiores
2
-
-
Calibrador de espesores por ultrasonido (tubería de caldera)
1
Monitor Multigas (Watchman MSA)
1
Polvo total y respirable
4
-
-
Disolventes y gases
5
-
-
Metales pesados
-
-
1*
Plaguicidas
-
-
1*
60
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua *
Corresponde a un laboratorio con capacidad para el análisis (cromatógrafos, espectrofotómetros, etc) y la metodología analítica validada. Tabla No 8 Equipos disponibles para evaluación de riesgos de otras instituciones del país en materia de SST. AGENTE
UNAN-LEON
UNANMANAGUA
UNI
Estrés térmico
3
1
1
Ruido
4
1
1
Iluminación
3
1
1
Radiación UV
-
Riesgos eléctricos
-
Presión
-
Calidad del aire en interiores
1
CIRA
Polvo total y respirable 3 Disolventes y gases
2
Metales pesados
1*
1*
Plaguicidas
1*
1*
*
Corresponde a un laboratorio con capacidad para el análisis (cromatógrafos, espectrofotómetros, etc) y la metodología analítica validada.
Además de lo señalado en la tabla que precede, la UNAN-LEON cuenta con capacidad para evaluaciones clínicas tales como audiometrías, espirometrías, electromiografías, inhibición de las colinesterasas, metabolitos de Clorpirifós en orina, evaluaciones neurológicas basadas en el set estándar de la OMS y sensibilidad vibromotora. La UNAN-MANAGUA cuenta con un espirómetro y dos audiómetros (sin cabinas).
6.1.4
Centro de Información en SST
El único centro de documentación es el que tiene el MITRAB. El Centro de Documentación cuenta con 1,224 textos relativos a temáticas de orden socio laboral. De forma regular la sede de OIT en Costa Rica remite al centro de documentación, documentación Bibliográfica.
61
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Existe un intercambio y suministro de documentos con los otros centros de de instituciones a nivel local, tiene una frecuencia de 150 a 250 usuarios semanalmente, dentro de los usuarios se destacan los estudiantes universitarios, trabajadores y empleadores. Cada institución tiene documentación limitada que esta más dirigida a su ámbito de acción. Organismos de trabajadores como el MEC, la ATC y la CST están produciendo material de divulgación relativo a la SST.
6.1.5
Servicios de Salud en el Trabajo
Los servicios de salud en el trabajo, concebidos dentro de su carácter preventivo de acuerdo al convenio 161 y la recomendación 171 de la OIT, no ratificados por nuestro país, no son aplicados en Nicaragua, excepto de forma aislada en algunas empresas, sobre todo transnacionales como la KRAFT, cumpliendo las normas de sus paises sedes.
6.1.5.1
Instituciones del estado
Oficialmente la atención médica a los trabajadores la realizan dos instituciones fundamentalmente: El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y el Ministerio de Salud. El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social funciona como un sistema de salud paralelo al Ministerio de Salud que da cobertura en salud a los trabajadores cotizantes en dos modelos: 1. Empresa Médica Previsional que cubre las contingencias de Enfermedad – Maternidad de los regímenes Integral (incluye Enfermedad - Maternidad, Riesgos Profesionales e Invalidez, Vejez y Muerte) y el Facultativo (Invalidez, Vejez y Muerte y opcionalmente en Enfermedad - Maternidad). En este modelo los trabajadores y sus beneficiarios reciben atención de acuerdo a una canasta básica de prestaciones médicas, de diagnóstico y tratamiento que no abarca todas las necesidades de los trabajadores. 2. Unidad de Salud Acreditada (USA): es el modelo utilizado para la cobertura por Riesgos Profesionales. Incluye todas las etapas de atención desde el diagnóstico hasta la rehabilitación sin estar limitados por una canasta básica de servicios y medicamentos como en el previsional. También contempla, en caso de ser necesario, asegurar la atención medica del trabajador en el exterior y su seguimiento posterior en Nicaragua, una vez dado de alta del centro de referencia.
62
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Actualmente existen un total de 29 USAs acreditadas: en Managua 4 hospitales (uno público y tres privados), 1 centro de diagnóstico clínico y medicina ocupacional y 2 unidades para rehabilitación (uno público y uno privado), y 22 distribuidas en quince de los 16 departamentos restantes, quedando sin cobertura el Departamento de Río San Juan. Durante el año 2002 dentro del modelo de Riesgos Laborales fueron atendidos 14,121 asegurados en la modalidad de accidentes laborales y 317 como enfermedad profesional. (anuario 2002). (Ver en anexos las listas de las Unidades de Salud Acreditadas) El Ministerio de Salud: El Ministerio de Salud a través de su red de unidades de salud, presente en cada uno de los 157 municipios del país, atiende al 100% de la población sin distingo de la relación laboral, carece de un programa de salud ocupacional por lo que no existen cifras estadísticas de morbimortalidad asociada al trabajo. Mantiene la vigilancia de las intoxicaciones por plaguicidas55 mediante la notificación obligatoria de los casos atendidos en cualquier unidad de salud, no haciendo distingo entre exposiciones laborales, accidentales o intencionales. En vista de no estar acreditadas como Unidades de Salud (USA), las unidades de salud del MINSA brindan a los pacientes asegurados que concurren a ellas la atención mínima necesaria y luego los trasladan a las estructuras determinadas por el INSS, donde siguen el trámite normal de atención. No se lleva un registro estadístico diferenciado de estos casos, excepto en los que funcionan como USA’s.
6.1.5.2
Servicios de las organizaciones de los trabajadores o de los empresarios (algunos ejemplos)
ATC -Mutua del Campo Sistema mutual fundado en 1996 y coordinado por la Asociación de Trabajadores del Campo. Está presente en tres municipios del país (Pantasma, La Dalia y Jalapa) y brinda atención médica a 1400 familias campesinas. Incluye un componente de SST dirigido fundamentalmente a brindar apoyo a los Comités de lucha contra los Plaguicidas.56
Hospital del Ingenio San Antonio
63
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Es un hospital privado ubicado en el municipio de Chichigalpa donde se localiza el Ingenio San Antonio, administrado por la Nicaragua Sugar Estates Ltda., tiene una capacidad de 25 camas y cuenta con sala de cirugía, está destinado para la atención a los trabajadores y sus familiares. Esta adscrito al INSS como Unidad de Salud Acreditada. El Ingenio San Antonio cuenta con un departamento de Higiene y Seguridad Industrial, con programaciones anuales para reducción de riesgo y prevención. Debido al alto índice de insuficiencia renal crónica entre los cañeros, la empresa ha financiado investigaciones sobre exposición y efectos a la salud entre los trabajadores activos y además tiene políticas de prevención y reducción de la deshidratación en el personal de la empresa. Clínica Bananera El Viejo Chinandega Esta clínica es atendida por un especialista en Medicina Familiar con un diplomado en Salud y Seguridad Laboral. Brinda atención a los trabajadores y sus familias, Se coordina con el higienista de la empresa para el desarrollo de programas de prevención y capacitación a los trabajadores. No se lleva un control ni reporte de las enfermedades ocupacionales. El médico de la clínica desarrolla evaluaciones periódicas y sugiere cambios en la empresa para mejorar las condiciones de trabajo en las Bananeras que están bajo su cobertura.
6.1.6 Sistemas de Compensación de Lesiones por Accidente y Enfermedades del Trabajo o Seguros de Riesgos en el Trabajo
6.1.6.1
EL Instituto Nicaragüense de Seguridad Social
El Instituto Nicaragüense de Seguridad Social cubre las contingencias de enfermedad, invalidez y muerte a sus cotizantes activos. Cuando sucede un accidente laboral, la empresa debe emitir un formulario de reporte que le permite al asegurado, previa comprobación de derechos de atención, acceder a la atención médica en las Unidades de Salud Acreditadas. En éstas, de acuerdo al criterio médico, se le realizan los procedimientos y exámenes requeridos e independientemente de su carácter ambulatorio u hospitalización.
64
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua En casos de enfermedad ocupacional se accede al sistema mediante la remisión de pacientes desde cualquier unidad de salud pública, privada o provisional a la consulta de medicina laboral. En la consulta el trabajador es valorado por un especialista en medicina del trabajo que es quien determina si cumple o no los requisitos para catalogarse como enfermedad laboral. En casos de invalidez total o parcial, el trabajador debe presentar un resumen clínico de su médico tratante a la comisión que confirma la invalidez total o parcial y su carácter de temporal o permanente. Luego de este paso el departamento de pensiones determina el monto de indemnización o subsidio económico.
6.1.6.2
INISER
Es la principal compañía aseguradora estatal del país y goza de autonomía administrativa y financiera. Brinda atención a 350,000 clientes con cobertura para los diferentes siniestros personales y materiales que van desde robo y accidentes hasta muerte y destrucción por catástrofes naturales. En salud ocupacional cuenta con programas de indemnización que atienden a empleadores, empresas y sus trabajadores y asociaciones sindicales, en algunos casos por decisión expresa de los empleadores, en otras de los empleados y en la mayoría de los casos en cumplimiento del convenio colectivo de las empresas. Por ser un contrato privado de servicios, los montos y condiciones del mismo son acordados por el contratante y el INISER y reembolsados de acuerdo a los términos del mismo. Sus servicios no incluyen acciones de prevención.57 Las modalidades de seguro que están en vigencia y se relacionan con la salud de los trabajadores son: Seguro Colectivo de Vida: da cobertura a la muerte, incapacidad total y permanente y desmembración, ya sean estas por enfermedad o accidente, sin hacer distinciones entre su relación o no con el trabajo. Seguro de Accidentes Personales: las contingencias previstas son muerte accidental, incapacidad permanente ya sea total o parcial y el reembolso de los gastos médicos ocasionados por las condiciones antes mencionadas. Seguro Medico: las contingencias son el pago o reembolso de gastos médicos por enfermedad o accidente, los gastos de funeral y de entierro.
6.1.7 Centros de Control de Intoxicaciones
65
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua La Dirección de Sustancias Tóxicas del Ministerio de Salud es la encargada de dar seguimiento a las intoxicaciones por plaguicidas mediante la red de Vigilancia Epidemiológica. Cuenta con 3 recursos a nivel central y la participación del personal de higiene y de control de plaguicidas a nivel de los Sistemas Locales de Atención Integral en Salud (SILAIS) y de los técnicos en higiene a nivel municipal. Los programas que desarrolla la dirección de sustancias toxicas son: •
Programa de plaguicidas
•
Evaluación Toxicológica
•
Centro Nacional de Toxicología
•
Programa de mordeduras de serpientes
•
Programa de salud ocupacional
El énfasis está dirigido a la vigilancia y control de las personas expuestas a peligros de intoxicación por plaguicidas y otras sustancias químicas gracias al programa PLAGSALUD. Este programa ha apoyado por mas de 10 años el desarrollo y fortalecimiento de la vigilancia de las intoxicaciones causadas por plaguicidas y la formación y seguimiento de las Comisiones Locales Intersectoriales de Plaguicidas (CLIPS) a nivel municipal. A lo largo de todo el país se cuenta con 62 CLIPS distribuidas en 15 SILAIS. Las acciones en materia de SST que se han realizado han sido en conjunto con otras instituciones por demanda especifica de las autoridades de gobierno o para responder situaciones de emergencia. Las actividades realizadas a la fecha consisten en evaluaciones medicas y determinación de niveles de colinesterasas a trabajadores expuestos, investigaciones conjuntas con apoyo del CDC de Atlanta sobre factores de riesgos de la insuficiencia renal crónica, evaluaciones de intoxicaciones por plomo en talleres artesanales de recuperación de baterías en Managua, Chinandega y León. En conjunto con el INSS han participado en la evaluación medica de ex trabajadores expuestos al asbesto y actualmente están coordinando la evaluación y seguimiento de pacientes intoxicados con toxafeno y mercurio. También participan en la Comisión Nacional para la Eliminación del Toxafeno. 6.2 6.2.1
ESTRUCTURAS EDUCATIVAS, DE CAPACITACIÓN Y DE SENSIBILIZACIÓN Cursos Universitarios y de Postgrado
Tabla No 9 Cursos de Nivel Superior, pre y post grado
66
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua TIPO DE CURSO
Pregrado
UNAN MANAGUA
UNAN LEÓN
UNI
80 horas para estudiantes del IV año de Medicina
80 horas para estudiantes de V año de Medicina
168 horas anuales en 3er año de Ingeniería Industrial
• Medicina Ocupacional.
Diplomado
Maestrías
• Toxicología Ambiental Módulo de salud ocupacional en las maestrías del CIES
• Maestría en Salud Ocupacional
Módulo de Toxicología Laboral en Diplomado de Toxicología Clínica
• Módulo de Salud Ocupacional en Maestría de Salud Pública
Otros Cursos
• Módulo de Epidemiología Ocupacional en la Maestría de Epidemiología
Curso de Post grado en “Ergonomía, Higiene y Seguridad Industrial” 6 graduados.
• Salud Ocupacional para docentes de la Facultad de Medicina, UNAN-León • Salud Ocupacional para Médicos de atención primaria del Silais-León.
UNAN-MANAGUA Pregrado La UNAN-Managua cuenta con un curso de pregrado de 80 horas para los estudiantes de IV año de medicina con la asignatura de salud ocupacional. Aparte de la docencia, los estudiantes visitan los centros de trabajo y realizan audiometrías a los trabajadores expuestos a ruido en las empresas que visitan.
Postgrado Están a cargo del módulo de Toxicología Laboral del diplomado de Toxicología Clínica. Colaboran en el módulo de salud ocupacional de la maestría en salud pública y maestría de epidemiología del CIES (Centro de Investigación y Estudios de la Salud adscrito a UNAN Managua).
67
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua UNAN-LEÓN. Pregrado 160 alumnos cada año, del V año de la carrera de medicina, tienen una rotación por 1 mes en el Programa de Salud Ocupacional y Ambiental. Además del contenido teórico realizan prácticas en diferentes centros de trabajo del sector formal e informal. Las prácticas consisten en identificar los principales problemas de salud a partir de una valoración de riesgos (incluyendo mapeo de riesgo y uso de equipos de Higiene Ocupacional). También realizan seminarios y discusiones de grupos sobre los principales problemas de salud ocupacional en la actualidad en los diferentes sectores de la economía en Nicaragua. Postgrado •
Módulo de salud ocupacional en la Maestría de Salud Pública a partir de 1998 con un total de 10-15 egresados cada 2 años.
•
Módulo de Epidemiología Ocupacional en la Maestría de Epidemiología a partir del 2003, impartido a 40 estudiantes.
•
Diplomado de Toxicología Ambiental, el cual incluye un módulo de Toxicología Laboral.
•
Maestría en Salud Ocupacional, iniciada en Noviembre 2003; cuenta actualmente con 10 estudiantes.
En Enero del 2004 se inicia el diplomado de Medicina Laboral con el apoyo de la Universidad de Verona (Italia), el Instituto Karolinska (Suecia), la Universidad de Washington (Estados Unidos) y el IRET de la Universidad Nacional (Costa Rica). El diplomado tendrá una duración de 1 año y ya cuenta con 30 participantes (24 de las Universidades 4 del Ministerio de Salud, y 2 del INSS).
Otro tipo de capacitación •
Curso de Salud ocupacional de 16 horas dirigidos a docentes de la Facultad de Medicina, UNAN-León
•
Curso de Salud Ocupacional de 16 horas dirigidos a 29 Médicos de atención primaria del Silais-León.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA
68
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Pregrado Durante su formación como Ingenieros Industriales, los estudiantes de tercer año diurno y cuarto año nocturno reciben la asignatura de Ergonomía, Seguridad e Higiene, con un total de 84 horas semestrales en las que las clases prácticas representan un 13% de la carga horaria y los laboratorios el 10% . Atienden en total a 100 estudiantes por año. Cuentan con un laboratorio de medición de riesgos. Este laboratorio realiza mediciones en colaboración con la Dirección General de Higiene y Seguridad del MITRAB. 6.2.2 Estructuras de Formación Administradas por Organizaciones de Empleadores y de Trabajadores No existen estructuras de formación en salud y seguridad del trabajo administradas por parte de los empleadores o de los trabajadores aunque en las organizaciones sindicales existe un creciente interés en formar a los trabajadores a través de cursos, talleres o seminarios. Este vacío lo están supliendo los sindicatos en alianza con instituciones formadoras. La Central Sindical de Trabajadores “José Benito Escobar” ha desarrollado cursos con apoyo de CERSSO y en conjunto con la UNAN-León han creado el proyecto Promoción de la Salud y Seguridad de los Trabajadores (PROSSTRAB). Este es un proyecto de capacitación de promotores en el que participan trabajadores del sector maquila y construcción. A la fecha se han realizado: •
Cursos Básicos de Higiene y Seguridad Ocupacional dirigido a promotores sindicales de la CST-JBE y ATC con 60 egresados.
•
Cursos Específicos de Higiene y Seguridad Ocupacional por sector económico. Los sectores abarcados fueron: construcción y maquila (ATC y CST-JBE). Teórico-prácticos, por 4 encuentros, total 32 horas
La Asociación de Trabajadores del Campo ha desarrollado capacitaciones a promotores de higiene y seguridad que cuentan con un carnet lo cual les permite ingresar a las empresas agrícolas y velar por las condiciones de seguridad de los trabajadores. Estos cursos se han desarrollado con el apoyo de CERSSO. Recientemente, la ATEC ha iniciado un programa de capacitación continua en conjunto con la UNAN-León para fortalecer la capacidad de los promotores y tienen un acuerdo para continuar de una manera sistemática un programa de capacitaciones. A la fecha se han realizado: •
Cursos Básicos de Higiene y Seguridad Ocupacional en la Agricultura con 20 egresados.
•
Introducción a la Evaluación de Riesgos con 40 egresados.
69
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 6.2.3
Instituciones Gubernamentales que llevan a cabo Capacitación en Seguridad y Salud Ocupacional.
El Ministerio del Trabajo es el único autorizado por la ley para autorizar a las personas naturales o jurídicas que efectúen capacitaciones en materia de higiene y seguridad laboral58. Brinda cursos de formación, no gratuita a empleadores y trabajadores de acuerdo a solicitudes recibidas de parte de ellos y además colabora con el INATEC en la capacitación de sus recursos docentes. Con la publicación de la Ley 290, el Instituto Nacional de Tecnología (INATEC), pasó a depender del MITRAB. El Instituto es una institución de entrenamiento profesional, creada mediante el decreto 3-91 del 10 de Enero de 1991. Su misión actual es de “contribuir en abrir empleos, así como promocionar la capacidad de trabajos de los que tienen empleo, elevando la competitividad para incrementar productividad y calidad de vida de la gente”. Cuenta con 39 centros de formación y capacitación al nivel nacional. En algunos de sus centros ofrece cursos en materia de SST. En el año 2002 se brindaron 14 cursos en seis de los centros (dos de la rama industrial y cuatro de agroforestal) solamente uno de uso y manejo de plaguicidas. Cuatro de los cursos fueron para recursos en formación y 10 para trabajadores activos. En todas las carreras y cursos que imparten se incluyen contenidos de salud e higiene ocupacional, sin embargo no tienen carga académica ya que se imparten durante las clases prácticas. A los profesores el MITRAB les imparte módulos que luego son reproducidos en cada uno de los centros de capacitación con contenidos variados que son solicitados por el INATEC central a los inspectores del MITRAB.
6.2.4
Consejos o Comisiones Nacionales de SST y Asociaciones de Profesionales en SST
Consejo Nacional de Higiene y Seguridad (MITRAB) que como ya se describió es una instancia multisectorial asesora del MITRAB, que sesiona regularmente. Tiene a su cargo la introducción y discusión de nuevas iniciativas para mejorar la SST. A pesar de que nominalmente la representación incluye instituciones, empleadores y trabajadores además de Universidades y otros centros formadores, la participación de los mismos es irregular y con una alta rotación de representantes lo que dificulta su funcionamiento.
70
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 6.3 INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS CIENTÍFICAS, MÉDICAS Y TÉCNICAS VINCULADAS A LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Las facultades de Medicina de la Unan Managua y León cuentan con programas que además de la formación de nuevos recursos se dedican también a la investigación. También el Ministerio de Salud cuenta con el Centro Nacional de Toxicología, al que se encuentra adscrito el programa de Salud Ocupacional, sin embargo, su acción se limita a la vigilancia epidemiológica de intoxicaciones por uso de plaguicidas y a la investigación de brotes de los mismos y otras a solicitud de dicha cartera. 6.3.1
Institutos de Estandarización/Normalización
No existen.
6.3.2
Institutos Especializados en la Evaluación de Peligros y Riesgos
La Dirección de Sustancias Tóxicas es una de las instituciones con capacidad para evaluar peligros químicos y se describió en el acápite 5.1.6. El Programa de Salud Ocupacional y Ambiental de la UNAN-León tiene mas de 15 años de existencia. El quehacer principal del programa ha sido la investigación y formación de recursos. El programa cuenta con 20 publicaciones en revistas internacionales en los temas de salud minera y efectos por plaguicidas y con 11 presentaciones en conferencias científicas internacionales. Las áreas de investigación en las que actualmente están trabajando son: evaluación de exposición a plaguicidas (validación de instrumentos de evaluación de exposición) y monitoreo biológico de trabajadores y familiares. El programa cuenta con las áreas de Epidemiología, Salud Pública, Higiene Ocupacional, Toxicología ambiental, Química Analítica, Medicina Laboral y Bioestadística.
6.3.3
Preparación de Respuestas en Casos de Emergencia
El Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres creado mediante la Ley 337 en 59 contempla la formación de comisiones multisectoriales al nivel nacional, departamental y municipal con el objetivo de lograr la reducción de riesgos de desastres naturales o provocados. Aunque no hace referencia expresa a desastres causados por agentes presentes en ambientes laborales, el sistema está diseñado para activarse en caso de desastres que pudiesen ser de origen laboral, sin embargo su quehacer está más orientado hacia desastres de origen natural.
6.3.4
Organismos No Gubernamentales 71
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Consultoras privadas Dado el limitado numero de personas formadas en medicina laboral y en SST en el país, no existen asociaciones de médicos del trabajo, de higienistas o ingenieros de seguridad. 6.4
NÚMERO DE RECURSOS HUMANOS EN EL ÁREA DE SST A NIVEL NACIONAL
Tabla No 10. Recursos humanos en SST activos y no activos en el ámbito nacional. UNANMANAGUA
UNANLEÓN
MITRAB
INSS
MINSA
OTROS
MÉDICOS DEL TRABAJO
0
0
0
1
2*
3*
ENFERMERAS DEL TRABAJO
0
0
0
0
1*
0
HIGIENISTAS / INGENIEROS DE SEGURIDAD
0
1
2
0
0
6*
INSPECTORES
0
0
17
10
0
0
ESPECIALISTAS EN PROTECCIÓN AMBIENTAL
0
4
0
0
0
0
MASTERS O POSTGRADOS SALUD OCUPACIONAL, EPIDEMIOLOGIA OCUPACIONAL
1
3*
0
0
0
2*
TOTAL
1
8
19
11
3
11
Ver explicación en el texto abajo.
En la tabla No 10 aparecen los 53 recursos humanos en SST que existen en el ámbito nacional. Cabe señalar la existencia de especialistas de otras disciplinas del área de la SST que se encuentran activos en SST y de aquellos que no lo están y que son un potencial para el país. La UNANManagua aunque no aparecen recursos formados directamente en salud o medicina ocupacional cuenta con 4 recursos dedicados a la salud ocupacional 1 master en salud pública, 1 diplomado en toxicología clínica, y un especialista en Medicina Interna y tienen dos recursos en formación en medicina ocupacional y epidemiología ocupacional y ambiental.
72
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua La UNAN-León, además de los recursos formados en Salud Ocupacional (dos Master y un PhD en Medicina Ocupacional) cuenta con un especialista en Medicina Interna un especialista en medicina integral, tiene un master en toxicología un master en salud publica y un recurso en sicología laboral dedicados a la salud ocupacional. En el MINSA en la dirección de Sustancias toxicas los especialistas aunque del área de toxicología, están dedicando tiempo a la salud ocupacional.. En la columna “OTROS” se registran 3 Médicos Ocupacionales: uno trabaja en Salud Pública y los otros dos para Unidades Acreditadas en Salud adscritas al INSS, es decir, venden servicios al Seguro Social a través de sus propias clínicas. Finalmente, existe un médico con entrenamiento avanzado en programas de SST que labora para una empresa bananera (mas detalles de los médicos que tienen formación en salud ocupacional en anexos).
7.
Estadísticas Sobre Accidentes y Enfermedades del Trabajo 7.1
ESTIMADO DE FATALIDADES DE ORIGEN OCUPACIONAL
Tabla No 11 Número de Accidentes y Enfermedades Profesionales Mortales por Actividad Económica durante el período 1998-2002, reportados por el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social. ACTIVIDAD ECONÓMICA
1998
1999
2000
2001
2002
Servicios Comunales
9
13
9
6
7
Industrias Manufactureras
9
8
6
8
3
Construcción
3
7
7
6
9
Agricultura, Caza, Silvicultura y Pesca
3
2
1
4
1
Comercio
1
3
1
3
2
Electricidad, Gas y Agua
1
4
0
2
3
Establecimientos Financieros
1
2
2
3
2
Transp./Almacenamiento/Comunicaciones
0
1
1
0
2
Explotación de Minas y Canteras
0
0
2
1
0
27
40
29
33
29
TOTAL Fuente: Anuarios INSS
73
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 7.2
ESTIMADO DE LESIONES DE ORIGEN OCUPACIONAL
Tabla No 12. Comparación de los registros de accidentes laborales del INSS y el MITRAB durante el período 1998-2001. 1998
1999
2000
2001
MITRAB INSS
MITRAB INSS
MITRAB INSS
MITRAB INSS
5364
8699
6628
10778
7307
12832
8127
14864
Número de Personas 5319 Lesionadas (no fatalidades)
8672
6577
10736
7580
12803
8095
14831
Días perdidos por personas 25290 lesionadas
136078 31488
185913 38663
185143 36922
212171
Personas lesionadas mortales 45
25
51
40
27
29
32
33
9
320
5
336
13
364
Número de Personas Lesionadas
Enfermedades Ocupacionales
8
155
Trab. Expuesto a riesgo/asegurados
73669
259506 80092
282112 89537
308531 92651
314181
1.04
1.50
0.94
1.05
Tasa de lesiones mortales 6.10 (por cada 10,000 expuesto a riesgo/asegurado)
6.37
3.02
3.40
Fuente: Dirección General de Riesgos INSS, MITRAB
74
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Tabla No 13. Número de Lesiones no mortales por Sector y Actividad Económica durante el período 1998-2002, reportados por el INSS. (Fuente: Anuarios INSS, MITRAB) 1998 Sectores
1999
MITRAB INSS
Primario
2000
2001
Actividades MITRAB INSS
MITRAB INSS
MITRAB INSS
Agricultura, caza y pesca
589
371
538
407
535
366
464
287
Sub Total
589
371
538
407
535
366
464
287
% del total anual
10.98
4.27
8.12
3.78
7.03
2.85
5.71
1.93
Explotación de minas
155
157
126
101
102
75
58
102
Industria Manufacturera
3,592
4,617
4,642
5,562
5,609
6,601
6,214
7,799
Electricidad, gas y agua
197
298
157
364
177
483
136
371
Construcción
137
605
179
783
199
870
118
993
Sub Total
4,081
5,677
5,104
6,810
6,087
8,029
6,526
9,265
% del total anual
76.08
65.28
77.01
63.18
80.02
62.58
80.30
62.34
Comercio, restaurantes y Hoteles
51
223
153
788
220
1,094
283
1,154
287
200
263
154
324
149
275
Secundario
Transporte, almacenamiento y comunicaciones 215 Terciario Establecimientos Financieros
20
192
15
351
27
550
35
468
Servicios comunales, sociales
408
1,947
618
2,159
584
2,467
670
3,412
Sub Total
694
2,649
986
3,561
985
4,435
1,137
5,309
% del total anual
12.94
30.46
14.88
33.04
12.95
34.57
13.99
35.72
5,364
8,697
6,628
10,778
7,607
12,830
8,127
14,861
Total General
75
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 7.3
ESTIMACIÓN DE SUBREGISTRO
Tomando en consideración la baja cobertura que brindan las instituciones que cuentan con registros estadísticos sobre accidentes y enfermedades laborales, se procedió a realizar una estimación del subregistro en la población económicamente activa ocupada de acuerdo a las prevalencias del INSS. Se calcularon los casos esperados para cada sector económico. De acuerdo a este cálculo el número real de accidentes entre los trabajadores de la PEA ocupada seria casi ocho veces mas que lo que actualmente se está reportando. (Ver tabla 14). Tabla No 14, Cálculo del subregistro sobre accidentalidad ocupacional reportada por el INSS y PEAO INEC, 2001
SECTOR
PEA Ocupada
Primario
739.000,00
Secundario
243.500,00
Terciario Total
719.200,00 1.701.700,00
Tasa de accidentalidad Accidentes Numero de accidentes según Reportados esperados PEAO registros del INSS 0,02 14.780,00 295,00 0,10 26.785,00 9.586,00 5.584,00 15.465,00
Subregistro estimado 98,00 64,21
0,03
79.112,00
92,94
0,05
120.677,00
85,05
Fuente: Cortesía Gerencia de Riesgos Profesionales INSS
8.
Políticas y Programas de las Organizaciones de Empleadores y Trabajadores
8.1 8.1.2
ORGANIZACIONES DE EMPLEADORES Texto de la Política de SST
No hay una política definida para desarrollar la SST en el sector de empleadores, Se encontraron esfuerzos dispersos que responden a acuerdos bilaterales de empresarios y organizaciones multinacionales como el BID quien al momento financia parte del proyecto de Certificación en ISO 9000:2000 y continuar apoyando la implementación de la norma ISO 14000 a partir del 2004.
76
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
8.1.3
Estructura para la implementación de la política en la empresa (unidad de SST, comité mixto de SST, etc).
8.1.4 Al nivel de empresas a donde llega la cobertura del MITRAB (5%) y el INSS (18% PEA ocupada) están conformadas las comisiones mixtas, sobre todo en el sector secundario. En el sector terciario el desarrollo es escaso, a pesar de su gran peso como generador de empleos, la baja cobertura de la seguridad social y la existencia de un fuerte componente informal hace que sea uno de los sectores con mayor peso dentro de la accidentalidad y menor cobertura en prevención.
8.1.4
Programas: formación, información para los miembros
Excepción hecha de los programas de formación implementados a través del INATEC, que son impartidos en respuesta a la solicitud hecha por los empleadores y por tanto no siguen un programa específico, no encontramos otros programas de formación ni en el sector público ni en el privado.
8.1.5
Aspectos de SST en los contratos colectivos
Se revisaron 12 de los 72 convenios colectivos firmados en los últimos dos años, encontrándose que en la mayoría el empleador se comprometía a cumplir con lo orientado en las leyes sobre el tema, uno no incluía el capítulo de higiene y seguridad, uno del sector maquila se refería a entregar uniformes, en tres se hace alusión a las comisiones mixtas y al reglamento técnico organizativo y en uno se habla de la educación en salud e higiene ocupacional.
8.1.6
Participación en diálogo nacional tripartito
77
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Los empleadores a través del Consejo Superior de la Empresa Privada participan en el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad, con una representación delegada por la directiva de esta organización que acude a las reuniones de manera irregular. No participan los empleadores directamente a menos que se les convoque para alguna subcomisión ad-hoc.
8.2 8.2.1
ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES Texto de la Política de SST
Las organizaciones sindicales abordadas durante la investigación no cuentan con una política específica en Salud y Seguridad, sin embargo dentro de sus planes y programas lo contemplan. Así la CST incluye en su Plan Estratégico 2003 – 2005 contempla la formación de 60 Técnicos en Higiene y de 30 promotores en Salud e Higiene Ocupacional. La ATC dentro del proyecto de Salud y Medio Ambiente Laboral prevé continuar el desarrollo de los CLIPS, Comisiones Mixtas y la capacitación de 45 promotores – facilitadores en el tema y elevar la beligerancia de las Mutuas del Campo en lo correspondiente a la Salud Ocupacional. 8.2.2
Estructura para la implementación de la política en la empresa (unidad de SST, comité mixto de SST, etc).
Además de lo normado por la ley es decir las comisiones mixtas, que no existen en todas las empresas, no se cuenta con otra estructura que permita el desarrollar una política de SST en las empresas. 8.2.3
Programas: formación, información para los miembros
Existen a nivel de sindicatos proyectos de formación de dirigentes sindicales en el tema de SST apoyados por organismos regionales y supraregionales como PROSSTAB, sin embargo dado el corto tiempo de ejecución de estos proyectos los resultados y el alcance aun no son mensurables. 8.2.4
Aspectos de SST en los contratos colectivos
78
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Además de lo planteado en el inciso 7.1.4. encontramos que solamente dos de los convenios revisados se habla de las responsabilidades de los trabajadores en torno a salud e higiene ocupacional. 8.2.5
Participación en diálogo nacional tripartito Las organizaciones sindicales abordadas en el presente estudio cuentan con una representación en el Consejo Nacional de Higiene y Seguridad, donde realizan un activo trabajo.
79
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 9.
Actividades Cotidianas y en Proceso de Ejecución Relacionadas con la SST
9.1
ACTIVIDADES COTIDIANAS E INICIATIVAS
Formación del Plan Estrategico Nacional de Higiene y Seguridad de los Trabajadores, elaborado con los integrantes del Consejo Nacional de Higiene y Seguridad del Trabajo.
En proceso de su aprobación por la Asamblea Nacional un proyecto de Ley General de Higiene y Seguridad del Trabajo, uno de los objetivos de la proyectada Ley es precisamente la de regular las competencias y atribuciones de los inspectores de Higiene y Seguridad del Trabajo para levantar y sustancias sus propias actas de inspección, así mismo deja establecido los mecanismos, obligaciones y responsabilidades en la organización, Gestión y actuación de la Higiene y Seguridad en las empresas. En Ejecución el proyecto Regional de Salud y Seguridad Ocupacional para Centro América, Belice, Panamá y República Dominicana. El objetivo final del Proyecto es reducir la tasa de incidencia de accidentes y enfermedades ocupacionales en toda la Región. Este Proyecto es financiado por el departamento del trabajo de los Estados Unidos de América (USDOL) y coordinado por ABT ASSOCIATES INC. Concluye en julio de 2004. Dentro de sus actividades: Creación del “Centro Regional de Seguridad y Salud Ocupacional” (CERSSO). Desarrollo de un Plan Nacional de Acción Estratégica en SSO. Apoyo con Equipos y Capacitación. Creación de un cuerpo de promotores. Actividades de SSO en la industria maquiladora. 1)
En ejecución Proyecto Regional de Validación de una caja de herramientas para implementar la iniciativa de lugares de trabajo saludables. OPS/OMS.
80
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua La meta global de la iniciativa de lugares de trabajo saludables es contribuir al mejoramiento del ambiente físico y psicosocial del lugar de trabajo, el estado de salud, la capacidad de desarrollar estilo de vida más saludables y el bienestar general de los trabajadores para avanzar hacia el desarrollo sostenible con equidad y justicia social. OPS/OMS ha elaborado un conjunto de materiales metodológicos y didácticos orientados a extender, apoyar y fortalecer los programas que promueven la salud en los lugares de trabajo con el apoyo técnico de OIT, al que se ha denominado “ La caja de Herramientas para impulsar los entornos saludables de trabajo”. La caja de herramientas esta compuesta por doce módulos de actuar en materia de salud y seguridad, y trece videos sobre equipos de protección personal, ergonomía y protección de maquinaria, preparados por OIT bajo el nombre de “ Su Salud y su Seguridad en el Trabajo”, para alianzar la meta global de la iniciativa de lugares de trabajo saludables, se diseño una propuesta de validación de la caja de herramientas a aplicarse en cuatro países de Centroamérica ( Guatemala, El Salvador, Honduras, y Nicaragua), entre trabajadores de las maquilas la floricultura y las empresas de tabaco. Para el proceso de validación se requirió en la formación de un equipo facilitador Nacional integrado por funcionarios del MITRAB, MINSA, INSS, MECD, CZF, Universidades y Organizaciones Laborales, y de la comisión mixta de las empresas.
9.1.1
Iniciativas Nacionales
Mediante el Acuerdo Presidencial No 289-98, se instituye el 18 de Agosto como Día Nacional de la Seguridad, Higiene y Salud de los Trabajadores Con los objetivos siguientes: •
Elevar a un nivel superior el cumplimiento de la Ley en cuanto a la Seguridad, Higiene y Salud de los Trabajadores.
•
Elevar la conciencia, conocimientos, experiencia y hábitos de los empleadores y los trabajadores en dicha materia.
•
Promover una mayor participación de las instituciones del Estado, empresarios, trabajadores y la sociedad civil en la programación y ejecución de los programas de Higiene y Seguridad.
•
Procurar la participación de los trabajadores en estilo de vida saludable que al menos incluya: 81
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 1. Disminuir los riesgos de lesiones y enfermedades profesionales 2. Nutrición Saludable 3. Reducción del tabaquismo y alcoholismo
9.1.2
Iniciativas del Sector Industrial Hay un trabajo disperso y lo que existe es a instancia de organismos u organizaciones sindicales. Tal es el caso de la iniciativa de la promoción de entornos saludables desarrollado por OPS en el que a lo largo de un año ha venido validando una caja de herramientas para promover salud
9.1.4
Actividades e iniciativas de los sindicatos Dentro de las iniciativas del Movimiento de Mujeres Maria Elena Cuadra están la capacitación a mujeres trabajadoras del sector maquila en los derechos de la mujer en salud, seguridad e higiene en el trabajo. Este movimiento ha desarrollado varios diagnósticos con el fin de obtener información útil ya sea para la educación como para promover cambios en los lugares de trabajo para convertirlos en entornos menos peligrosos. Los diagnósticos realizados relacionados con la SST son: Condiciones de salud sexual y reproductiva en 1500 mujeres de 12 empresas de la maquila Condiciones de salud e higiene ocupacional en 3680 mujeres trabajadoras de 27 empresas maquiladoras Avances y retrocesos en las condiciones sociolaborales de las trabajadoras en las maquilas con 4770 mujeres trabajadoras de 17 empresas maquiladoras Condiciones sociolaborales de las trabajadoras del tabaco de exportación en 300 mujeres trabajadoras de 12 empresas de procesamiento de tabaco
82
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Condiciones sociolaborales de las trabajadoras del servicio domestico realizado con la participación de 1700 mujeres trabajadoras de 6 departamentos de Nicaragua. CST y ATC son descritos en acápites anteriores
9.2
CONSOLIDACIÓN DE LAS COMPETENCIAS CON APOYO
INTERNACIONAL
Las iniciativas que dentro de este ámbito se están desarrollando en nuestro país giran alrededor un proyecto en particular: El Centro Regional de Seguridad y Salud Ocupacional (US-DOL/ CERSSO), apoya al Ministerio del Trabajo en la formación de recursos humanos tanto del Ministerio como de las empresas. Las áreas en las que se han desarrollado las capacitaciones son buzos, construcción, maquila agro y pesca. La población objetivo de capacitación han sido los representantes sindicales, miembros de institutos técnicos vocacionales, promotores del agro e inspectores de higiene y seguridad, técnicos del MITRAB, autoridades locales, trabajadores activos (buzos), gerentes de empresas. También trabaja en conjunto con OPS y OIT en el uso de la Caja de herramientas dentro de la Estrategia de Promoción de la salud de los lugares de trabajo.
10.
Datos Generales
10.1
DATOS DEMOGRÁFICOS
De acuerdo a las proyecciones del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos la población total de Nicaragua para el año 2001, la población total fue de 5 205 022, de los cuales la población de 10 años y mas era de 3 653 200. Entre éstos, la población económicamente activa fue calculada en 1 900 400 que representa un 36.5 % de la población total y un 52% de la población mayor de 10 años.
83
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
Tabla No 15. Balance de la fuerza de trabajo por sectores económicos de acuerdo a MITRAB e INEC * y cobertura según INSS durante el 2001
DESCRIPTOR
Nº
% PEA
Población total
5,205,022
PEA general y % en relación con población total
1,900,400
36.5
Total de ocupados y tasa de ocupación con respecto a PEA
1,701,700
89.5
Ocupados actividad primaria
739,000
43,4
Agricultura y pecuario
725,200
42,6
Silvicultura
3,100
0,2
Pesca
10,700
0,6
Ocupados actividad secundaria
243,500
Industria manufacturera
% COTIZAN COTIZANTES TES CON DEL INSS RESPECT O PEA
314,181
18,5
17,840
2,5
14,3
86,247
35,4
131,600
7,7
70,636
53,7
Construcción
102,300
6,0
13,771
13,5
Minas y canteras
9,600
0,6
1,840
19,2
Ocupados actividad terciaria
719,200
42,3
210,094
29,2
Comercio
279,800
16,4
41,656
14,9
84
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Gobierno central (incluye defensa y gobernación)
63,500
3,7
Transporte y comunicación
52,900
3,1
9,880
18,7
Establecimientos financieros
22,600
1,3
21,731
96,2
Electricidad gas y agua
6,100
0,4
6,539
107,2
Servicios sociales, comunales, personales
294,300
17,3
129,536
44,0
Fuentes: http://www.inec.gob.ni/ e INSS (oficina de actuarial y estadística) * En el 2002 solo se cuenta con información urbana por lo que seleccionó el año 2001 para poder comparar resultados entre las instituciones.
Población Económicamente Activa: se trata de las personas que durante el período de referencia en el censo tienen un trabajo o lo busca activamente o no buscan por estar a la espera de la respuesta por un empleador o esperan continuar sus labores agrícolas.
PEA Ocupada: comprende a las personas que declararon que trabajan o que no trabajaron por estar de vacaciones y a las que contando con trabajo, no trabajaron por enfermedad. Para 1998 la Población económicamente activa correspondía al 35% de la población total, de ella el 88% se encontraba en la categoría de PEA ocupada. A continuación presentamos la tabla de la PEA ocupada por grupos de edad y sexo.
Tabla No 16. Población Económicamente activa por grupos de edad y sexo Hombre
Mujer
Total
EDAD
Numero
Porcentaje
Numero
Porcentaje
Numero
Porcentaje
6- 13 años
68.510
6.15
21.687
3.83
90.197
5.37
85
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 14-18
160.251
14.38
51.088
9.02
211.339
12.58
19-60
820.779
73.67
469.212
82.86
1.289.991
76.77
61-90
64.546
5.79
24.296
4.29
88.842
5.29
Total
1.114.086
66.30
566.283
33.70
1.680.369
100.00
Fuente: EMNV 1998 (calculado de la base de datos)
86
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 10.2
Niveles de Educación
10.2.1
Para toda la población (porcentaje de la población con al menos educación primaria, capacidad para leer y escribir).
Tabla No 17: Alfabetismo por sexo en la población general. Hombre
Mujer
Total
Alfabetismo Número
Porcentaje
Número
Porcentaje
Número
Porcentaje
Leer/Escribir
1.432.300
74,09
1.551.258
76,03
2.983.558
75,09
Sólo Sabe Leer
40.170
2,08
51.712
2,53
91.882
2,31
No Sabe Leer/Esc
460.651
23,83
437.445
21,44
898.096
22,60
Total
1.933.121
100,00
2.040.415
100,00
3.973.536
100,00
Fuente: EMNV 1998 (Calculado de la base de datos)
Tabla No 18: Alfabetismo por sexo en la población económicamente activa ocupada Hombre
Mujer
Total
Alfabetismo
Número
Porcentaje
Número
Porcentaje
Número
Porcentaje
Leer / escribir
837.234
75,17
474.346
83,84
1.311.580
78,09
Sólo Sabe Leer
29.317
2,63
11.178
1,98
40.495
2,41
No Sabe Leer/Esc
247.209
22,20
80.280
14,19
327.489
19,50
87
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Total
1.113.760
100,00
565.804
100,00
1.679.564
100,00
Fuente: EMNV 1998
88
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 10.3
Tipos de Sectores de Actividad Económica y Porcentaje de la Fuerza de Trabajo Empleada
Tabla No 19: Distribución de la fuerza de trabajo empleada por sectores de actividad económica en porcentajes (2001) SECTOR ECONÓMICO
ACTIVIDAD
HOMBRES
MUJERES
TOTAL
30.6
3.6
34.2
30.6
3.6
34.2
11.7
5.1
16.9
Explot. Minas y Canteras
0.5
0
0.5
Manufactureras
6.4
5.0
11.4
Construcción
4.9
0.1
5.0
22.6
26.3
48.9
Electricidad, agua y gas
0.5
0.1
0.7
Com., Hoteles y Restaurantes
10.4
12.8
23.2
Transp, Almac. Y Comunic.
3.4
0.2
3.6
Estab. Financieros
0.3
0.2
0.5
Serv. Com., Soc. y Personales
8.1
12.9
21.0
PEA en Sector Primario Primario
Agropec./caza y pesca
PEA en Sector Secundario Secundario
PEA en sector Terciario Terciario
Fuente: INEC, Encuesta de Medición del Nivel de Vida 2001 Fuentes: http://www.inec.gob.ni/
89
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
10.4
DATOS ECONÓMICOS
Tabla No 20: Producto Interno Bruto (Millones de Córdobas )
90
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua CONCEPTOS
1999
2000
2001
2002 (PRELIMINAR)
Producto Interno Bruto
24,031.0
25,448.7
26,251.4
26,526.7
Actividad Primaria
6,848.9
7,705.3
7,945.3
7,714.5
Agricultura
4,476.4
5,030.1
5,181.7
4,809.0
Pecuario
1,907.8
2,152.4
2,282.9
2,434.8
Pesca
403.00
458.9
414.5
402.2
Silvicultura
61.70
63.90
66.20
68.50
Actividad Secundaria
6,786.60
7,019.90
7,260.8
7,444.6
Manufactura
4,751.70
4,877.60
5,008.30
5,125.50
Construcción
1,640.30
1,810.80
1,905.10
1,913.40
Minería
394.60
331.50
347.40
405.70
Actividad Terciaria
10,395.50
10,723.50
11,045.30
1,1367.60
Comercio
4,234.10
4,399.60
4,547.00
4,688.70
Gob. Central
1,651.10
1,645.60
1,653.80
1,660.70
Transp.. y Comunicaciones 1,144.20
1,189.10
1229.30
1267.50
Bancos y Seguros
720.40
742.80
768.80
796.50
Energía y Agua
721.20
735.90
754.30
775.40
Prop. Vivienda
917.40
956.80
995.10
1034.90
Otros Servicios
1,007.10
1,053.40
1097.00
1143.90
91
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Fuente: Gerencia de Estudios Económicos BCN
92
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
10.5
ESTIMADO GLOBAL DEL NIVEL DE RECURSOS (EN DÓLARES O COMO PORCENTAJE DEL PIB)
De acuerdo a los datos de la Gerencia de estudios económicos del Banco Central de Nicaragua, el Producto interno bruto (preliminar) para el año 2002 fue de 26,256.7 millones de córdobas (Tabla 20 inciso 9.4) y la sumatoria del presupuesto oficial del 2003 destinado para actividades de SST es de C$129.3 millones de córdobas (Tabla 5) lo cual representa apenas un medio porciento (0,5%) del PIB. Existen otros gastos no visibles en SST como son las contribuciones de los organismos colaboradores en Salud y Seguridad laboral en las diferentes instituciones pero que posiblemente no superan el 1% del PIB nicaragüense.
11.
Otra Información Relevante
En anexos se adjuntan los documentos, textos y cuadros que no aparecen en el Perfil relacionados con la SST considerados relevantes lo mismo que copias de la legislación relevante en materia de SST.
93
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua ANEXOS Informantes Claves que fueron entrevistados durante el proceso de recolección de información Nombre Erwing Salgado Marvin Cruz Rafael Barrera Orestes Romero Rubén Sandino Miguel Ruiz Mario Valle Montenegro Dr. Juan Tijerino Dra. Lucila López Lic. Sandra Balmaceda Dr. Jaime Fuentes Ing. Alicia Alemán Dr. Jesus Marin Francisco Bolaños Sandra Ramos José R. Gasteazoro Jesper Nielsen José A. Fajardo Juan J. López
Organismo Asoc. Trabajadores del Campo Cámara de Industrias CERSSO COSEP CST - JBE CST – JBE INATEC INISER INSS INSS INSS Maquiladora Chi Sing. Ministerio de Salud Ministerio del Trabajo Mov. Maria Elena Cuadra Productor Bananero SiD UNAN - Managua Universidad Nacional de Ingeniería
94
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
95
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Resumen de Leyes, Reglamentos, Resoluciones Ministeriales y Normas en Salud y Seguridad en el Trabajo Aplicables a todos los sectores económicos LEYES NACIONALES Instrumento Legal
Ministerio Responsable
Objetivo de la Legislación
No Gaceta
Fecha de Publicación
Artículos Relevantes
Derechos Laborales, condiciones de trabajo saludables y seguras
Gaceta número 13
19 de febrero 2000
82
1
Constitución
2
Ley 290 Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo
MITRAB
Creación del Ministerio del Trabajo. Responsable de proponer coordinar y ejecutar las políticas del estado en SST
Gaceta número 102
03 de junio de 1998
12
3
Ley 290, Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo
MINSA
Creación del Ministerio de Salud. Coordinador de la política de Salud, encargado de proponer planes y programas de salud y de promover campanas de divulgación en materia de higiene y salud ambiental
Gaceta número 102
03 de junio de 1998
26
4
Ley 290 Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo
INSS
Definición del INSS como un ente autónomo descentralizado de la Presidencia de la República
Gaceta número 102
03 de junio de 1998
14
5
Ley 947, Ley de Seguridad Social.
INSS
Brindar protección a los trabajadores y sus familias.
Gaceta numero 49
1 de Marzo 1982
6
Ley General de Salud. Ley 423.
MINSA
Otorga funciones como normador en la prevención y control de accidentes, da facultades para investigar, prevenir y controlar los accidentes laborales
Gaceta numero 91
17 de Mayo de 2002
18, 26
7
Código del Trabajo. Ley 185
MITRAB
Obligaciones sindicales en la gestión SST, Competencia del MITRAB, Definición de Enfermedad y accidentes Laborales
Gaceta numero 205
30 de Octubre de 1996
106, 108, Titulo V
8
Ratificación y Vigencia de todas las resoluciones Ministeriales en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo
MITRAB
Ratificar la vigencia de todas las resoluciones o disposiciones aprobadas antes de la entrada en vigencia de la ley 185 Código del Trabajo.
Gaceta numero 147
06-08-2001
Todos.
9
Acuerdo Presidencial del Día Nacional de la Seguridad, Higiene y Salud de los Trabajadores
MITRAB
Resaltar la importancia que tiene la SST y propiciar la participación de todos los sectores involucrados en su promoción.
Gaceta numero
17 de Agosto de 1998.
Todos
96
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua REGLAMENTOS Instrumento Legal
Ministerio Responsable
Objetivo de la Legislación
1
Reglamento de la Ley 290
MITRAB
Funciones de la Dirección de Higiene y Seguridad del Trabajo
2
Decreto 13-97, Reglamento de los Inspectores del Trabajo
MITRAB
Funciones de los inspectores
3
Reglamento de la Ley General de Salud
MINSA
Define las facultades especificas del MINSA en relación con SST como normador, supervisor e investigador.
No Gaceta Gaceta número 205 y 206 Gaceta numero 41 Gaceta numero 7
Fecha de Publicación
Artículos Relevantes
Octubre 1998
230,239
27 de Febrero de 1997
2; 7; 9; 11.
10 Enero de 2003.
261
RESOLUCIONES MINISTERIALES Instrumento Legal 1
De Higiene y Seguridad en el Trabajo
2
Sobre la Notificación de las enfermedades profesionales Relativo a las sanciones por incumplimiento a las disposiciones del uso de los equipos de protección personal Sobre las Comisiones Mixtas de Higiene y Seguridad Sobre la Higiene y Seguridad en los lugares de trabajo
3
4
5
Ministerio Responsable MITRAB
MITRAB
MITRAB
MITRAB
MITRAB
Objetivo de la Legislación
No Gaceta
Fecha de Publicación
Artículos Relevantes
Obligaciones del empleador, de los fabricantes e importadores y del trabajador y derechos del trabajador en SST, crea el Consejo Nac.de Seg. e Higiene Mecanismos y plazos para notificar al MITRAB de un accidente o enfermedad laboral Establece las responsabilidades de empleadores y trabajadores en el uso, mantenimiento y provisión de los equipos de protección personales. Define la forma, composición y requisitos de las Comisiones Mixtas
Gaceta numero 165
01 de septiembre de 1993
Todos.
Gaceta numero 128
06 de julio de 2000
Todos.
Gaceta numero 128
06 de julio de 2000
Todos.
Gaceta numero 146
03 de agosto de 2001
Todos.
Disposiciones básicas de Higiene Industrial para la protección de los trabajadores contra los riesgos para
Gaceta numero 173
12 de septiembre de 2001
Todos.
97
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
6
7
Sobre Reglamentos técnicos organizativos de HST en las empresas relativo al peso máximo de la carga manual que puede ser transportada por un trabajador.
MITRAB
MITRAB
su salud presentes en el lugar de trabajo. Necesidad de la implementación de los reglamentos técnico organizativos den HST. Proteger al trabajador en lo relativo al peso máximo a transportar manualmente
Gaceta numero 175
17 de septiembre de 2001
Todos.
Gaceta numero 116
21 de junio de 2002
Todos.
NORMAS Instrumento Legal
Ministerio Responsable MITRAB
1
Disposiciones Mínimas de Higiene y Seguridad de los equipos de trabajo
2
Disposiciones Mínimas de Higiene y Seguridad de los equipos de Protección personal
MITRAB
3
Sobre condiciones de Higiene y Seguridad para el funcionamiento de los equipos generadores de vapor o calderas que operen en los centros de trabajo. Relativo a la prevención y extinción de incendios
MITRAB
Disposiciones básicas de HST en los lugares de trabajo
MITRAB
4
5
MITRAB
Objetivo de la Legislación Garantizar la correcta aplicación de las medidas mínimas de higiene y seguridad del trabajo que deben aplicarse para utilizar los equipos y dispositivos de trabajo. Establecer las disposiciones mínimas de higiene y seguridad del trabajo para selección y utilización de equipos de protección personal. Establecer requisitos de seguridad aplicables a los equipos generadores de vapor o caldera abarcando características y propiedades exigibles así como formas de explotación. Establecer normas complementarias a las ya existentes sobre condiciones básicas que deben reunir los lugares de trabajo para prevenir el riesgo de incendio y limitar su propagación. Conjunto de estándares para definir los lugares de trabajo
No Gaceta Gaceta numero 64
Fecha de Publicación 09 de abril de 1996
Artículos Relevantes
Gaceta numero 21
30 de enero de 1997
Todos.
Gaceta numero 115
20 de junio de 2002
Todos.
Gaceta numero 116
21 de junio de 2002
Todos.
Gaceta numero 146
03 de agosto de 2003
Todos.
Todos.
98
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
1.2.2 Resumen de Leyes, Reglamentos, Resoluciones Ministeriales y Normas en Salud y Seguridad en el Trabajo por sectores económicos S e c t o r No.
Sector Económico.
P r i m a r i o
Ley, Reglamento o Norma Ley 274 Ley básica para la regulación y el control de sustancias químicas sustancias tóxicas, peligrosas y otras similares.
1.
Agricultura
Reglamento Decreto 49-98 La Resolución ministerial; Sobre higiene y seguridad aplicada en el uso, manipulación y aplicación de los plaguicidas en los centros de trabajo.
2.
3.
Objetivo de la ley
Gaceta D. O. No Gaceta numero 30 del 13 de febrero de 1998.
Controlar desde el punto de vista normativo el uso, manejo y aplicación de plaguicidas en los centros de trabajo
Gaceta numero 142 del 30 de julio de 1998.
Gaceta numero 175 del 17 de Septiembre de 2001.
Silvicultura
*
*
*
Pesca
Resolución interministerial relativa a las medidas mínimas de protección del trabajo del mar.
Tutelar un mínimo de derechos de las personas que trabajan en las diferentes labores que se desarrollan en el mar.
Gaceta numero 173 del 12 de Septiembre de 2001.
99
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
Sector Secundario No.
4.
Sector Económico.
Industria manufacturera
Ley, Reglamento o Norma
Objetivo de la ley
Gaceta D. O. No
Resolución Ministerial sobre higiene industrial en los lugares de trabajo.
Protección de los trabajadores contra los riesgos que para su salud y su seguridad puedan derivarse de la exposición de agentes físicos, químicos y biológicos presentes en su lugar de trabajo.
Gaceta numero 173 del 12 de Septiembre de 2001
Norma ministerial en materia de higiene y seguridad del trabajo en el sector maquilas de prendas de vestir en Nicaragua
Resolución Ministerial referente a las Regular las condiciones mínimas de medidas básicas de seguridad e higiene que seguridad e higiene de los trabajadores que deben adoptar las empresas y firmas laboran en excavaciones de drenaje pluvial, constructoras que realicen excavaciones a alcantarillado sanitario, instalaciones cielo abierto. subterráneas para teléfonos, etc.. 5.
Gaceta numero 221 del 20 de Noviembre de 2002
Gaceta numero 173 del 12 de Septiembre de 2001.
Construcción Establecer las medidas mínimas que en Resolución ministerial referente a las higiene y seguridad del trabajo deben Gaceta numero 124 de 30 de junio de medidas básicas de higiene y seguridad del desarrollarse para proteger la seguridad y 2000 y numero 125 del 1 de julio de 2000. trabajo aplicable a la construcción. salud de los trabajadores de la construcción en el desempeño de sus tareas.
6.
Minas y Canteras
Identificar y prevenir los riesgos en las actividades mineras y de esta forma ayudar a mantener en optimas condiciones de Reglamento General de higiene y seguridad higiene y seguridad los puestos de trabajo, del trabajo en las minas maquinarias y demás elementos de trabajo, abarca minas subterráneas, a cielo abierto, beneficios, laboratorios, almacenes y talleres.
Gaceta numero 126 y 127 del 4 y 5 de julio de 2000.
100
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
Sector Terciario
No.
Sector Económico.
Ley, Reglamento o Norma
Objetivo de la ley
Gaceta D. O. No
7.
Comercio
*
*
*.
8.
Gobierno Central (Def. y Gob.)
*
*
*.
9.
Transporte y Comunicación
*
*
*.
10.
Establecimientos financieros
*
*
*.
11.
Electricidad, gas y agua.
12.
Servicios Sociales, Comunales y Personales
Norma Ministerial sobre Garantizar la integridad física, la disposiciones básicas de higiene salud, la higiene y la disminución y seguridad del trabajo de los riesgos profesionales para aplicables a los equipos e hacer efectiva la seguridad instalaciones eléctricas ocupacional del trabajador.
*
*
Gaceta numero 115 del 19 de Junio de 2000.
*.
101
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
102
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Aunque no existen normativas o reglamentos específicos que se refieran a estos sectores existen normas que son válidas de aplicación que regulan los siguientes ámbitos: • Resolución ministerial sobre las comisiones mixtas de higiene y seguridad del trabajo en las empresas. • Norma básica de Higiene y Seguridad en los Lugares de trabajo • Norma ministerial de las disposiciones mínimas de higiene y seguridad de los equipos de trabajo • Norma ministerial de Higiene y Seguridad del trabajo aplicable a la Señalización • Resolución ministerial sobre higiene industrial en los lugares de trabajo. • Resolución ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo relativa a la Prevención de incendio en los lugares de trabajo
Resumen de las respuestas dadas por los participantes en el Grupo Focal Final Pregunta 1) ¿Cual es la principal limitante para su accionar en materia de SST?
• • • • • • •
2) Proyecciones para el 2004 en promoción de programas de prevención de accidentes y enfermedades
• • • • • • • •
3) ¿Qué mecanismos se deberían implementar para lograr el cumplimiento de normas de SST en las Empresas
• • • • •
Falta de recursos humanos y económicos Falta de compromiso y voluntad política de los hacedores de políticas Falta de coordinación interinstitucional Pobre conocimiento en salud y seguridad ocupacional Poco cumplimiento de las leyes existentes Falta de un plan nacional de Salud y Seguridad en el trabajo Poca motivación de los empleadores y trabajadores Priorizar áreas piloto de trabajo Formación en Salud Ocupacional a trabajadores, empleadores y personal de salud Mejorar la vigilancia epidemiológica Elaborar y Ejecutar plan estratégico en SST Sistematización y buen uso de las buenas experiencias preventivas Crear sistemas de atención para pacientes con enfermedades relacionadas con el trabajo Fortalecer las comisiones mixtas Realizar encuentros regionales / nacionales por sector productivo Inspección y capacitación con participación tripartita Implementar sistemas eficaces de vigilancia y control Establecer una política fiscal y coercitiva en Hist. Exigir el cumplimiento de las leyes Ley General de Higiene y Seguridad en el trabajo.
103
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Pregunta 4) Como se puede aumentar las coberturas del INSS y MITRAB, contribución del MINSA
5) De acuerdo a las condiciones actuales ¿Como superan los vacíos que la institución tiene para desarrollar la SST? 6) Dé dos recomendaciones por institución: 7) MITRAB, MINSA, INSS, Organizaciones de empleadores y organizaciones de trabajadores
• • • • • • MINSA •
Aunar esfuerzos entre INSS, MITRAB, MINSA Utilizar las fortalezas de las instituciones Mejorar el presupuesto Formación de recursos Divulgación Hacer cumplir las leyes
Formación de recursos médicos, paramédicos, técnicos y Post Grados • Implemente el Programa de SST • Crear las Normas • Buscar Financiamiento • Mejorar la vigilancia MITRAB • Formación de Técnicos en Hist. • Aumentar el número de Inspectores • Aumentar el número de visitas • Aumentar el número de empresas con Comisiones Mixtas • Formación obligatoria para empleadores y trabajadores en SST INSS • Programas de capacitación para trabajadores y empleadores • Ampliar la cobertura al sector informal y agrícola Organizaciones de Trabajadores • Capacitación a los trabajadores Universidades • Desarrollar cursos de post grado en SST Crear un Instituto Nacional de Medicina Ocupacional
104
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Pregunta 8) ¿Qué alternativas proponen para la inclusión del sector informal en los planes y programas de SST?
• • • • • •
9) ¿Que papel pueden jugar las redes y organismos externos en el fortalecimiento de la SST?
• • •
10) De acuerdo a las condiciones actuales de la SST en el país ¿Cuáles deben ser las principales actividades que deben establecerse para asegurar mejores condiciones de trabajo y reducir los riesgos laborales en los diferentes sectores económicos?
• • • • • • • •
Ampliar la educación en SST a la Educación Formal Trabajar con agrupaciones gremiales y empresariales del sector Uso de Medios de Comunicación masivos para la promoción, difusión y divulgación de la SST Crear leyes y normativas Elaborar un diagnóstico del riesgo en el sector Formación de Comisiones Mixtas Fortalecimiento de los organismos desde el punto de vista técnico y financiero Intercambio de experiencias Facilitar el acceso a información Aplicar las normas existentes Ampliar la cobertura del Seguro Social Capacitación a trabajadores Introducción de temas de SSO a nivel de educación primario y secundario Formar comisiones tripartitas por sector Elaborar normas por sector o ramas económicos Aumentar el presupuesto para el MINSA y MITRAB Trabajo intersectorial
105
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua TABLA 21 Población económicamente activa ocupada por sectores económicos y regiones. REGIÓN
SECTORES ECONOMICOS
% PEA POR REGION
PRIMARIA
SECUNDARIA
TERCIARIA
20.9 %
17.7%
61.3%
58.8%
56.8%
10.8%
32.4%
32.2%
56.8%
9.1%
34%
9.1%
35.7%
14.7%
49.6
100%
PACIFICO (976,774) CENTRO NORTE (534,574) ATLÁNTICO (150,436) TOTAL (1,661,784)
FUENTE: EMNV 1998. Cálculo realizado a partir de la Base de datos obtenida del INEC. Tomado del informe de la UNAN-León
Tabla 22 Distribución porcentual de la población económicamente activa ocupada de acuerdo actividad económica y región geográfica ACTIVIDAD CONCRETA
PACIFICO
Agricultura
15.3
NORTE CENTRAL 45.9
Comercio al por menor
18.5
10.9
11.3
Hogares privados con Servicios domésticos
6.8
4.9
2.7
Hoteles y restaurantes
5.5
1.8
2.9
Construcción Administración Pública y Defensa Enseñanza Ganadería
5.5 4.6 4.1 4.0
4.1 2.1 2.9 10.5
2.9 3.6 4.5 17.1
Elaboración de productos Alimenticios
3.9
2.7
1.2
Fabricación de prendas De vestir
3.1
0.4
0.6
Comercio al por mayor
3.2
1.7
1.3
Otras actividades empresariales
2.8
1.0
0.3
Servicios de salud
2.6
1.2
2.3
Venta, mantenimiento y reparación de vehículos 2.7
1.2
0.6
Extracción de materiales Metalíferos
0.4
3.4
0.1
ATLÁNTICO 37.1
NO CUADRA NI HORIZONTAL NI VERTICAL
106
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Tabla 23 Pacientes con Lesiones Laborales que asistieron al Hospitales Lenin Fonseca-Managua y-Hospital Santiago-Jinotepe según sectores de la economía, 2002. Nº DE PORCENTAJE LESIONADOS POR SECTOR Actividad Primaria 652 11,32 Agropecuaria, caza y pesca 652 100,00 Actividad Secundaria 555 9,64 Explotación de minas y canteras 1 0,18 Industria Manufacturera 24 4,32 Construcción 530 95,50 Actividad Terciaria 4552 79,04 Electricidad, gas y agua 54 1,19 Comercio, hoteles y restaurantes 470 10,33 Transporte, almacenamiento y comercio 40 0,88 Establecimientos financieros 44 0,97 Servicios comunales, sociales y personales 3390 74,47 Otros 252 5,54 Sin datos 302 6,63 TOTAL 5759 100,00 SECTORES ECONOMICOS
FUENTE: Base De dato de Hospital Lenin Fonseca-Managua-Hospital Santiago-Jinotepe. MINSA, NICARAGUA. (CDC-OPS-SAREM) Cortesía Lic. Julio Rocha.
107
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Tabla 25 Servicios de Salud en el Trabajo Unidad De Salud Acreditada (USA) Departamento Tipo Atención Programa De Atención Medica Especializada (PAME) Managua Ambulatoria/Hospitalizacion Hospital Salud Integral
Managua
Hospital Aldo Chavarria
Managua
Centro De Especialidades Med-Lab
Managua
Ambulatoria/Hospitalizacion Rehabilitación, Ambulatoria/Hospitalizacion Consulta Externa/medios diagnósticos
Hospital Antonio Lennin Fonseca
Managua
Ambulatoria/Hospitalizacion
Clínica Marquette
Managua
Rehabilitación, ambulatoria
Centro Quirúrgico Médicos Unidos
Managua
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital "Ernesto Sequeira Blanco
Bluefields
Ambulatoria/Hospitalizacion
Centro Quirúrgico. "El Socorro"
Boaco.
Ambulatoria/Hospitalizacion
Encsa Carazo
Carazo
Ambulatoria/Hospitalizacion
Amocsa Chinandega
Chinandega
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Ingenio San Antonio
Chinandega
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Asunción
Chontales
Ambulatoria/Hospitalizacion
Chontales
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital San Juan De Dios
Estelí
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Privado Cocibolca
Granada.
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Victoria Motta
Jinotega
Ambulatoria/Hospitalizacion
Amocsa León
León
Ambulatoria/Hospitalizacion
Centro Quirurq. "Los Chilamates"
Masaya.
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Cesar Amador Molina
Matagalpa.
Ambulatoria/Hospitalizacion
Clínica Santa Fe Matagalpa
Matagalpa.
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Alfonso Moncada Guillén
Ocotal
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Nuevo Amanecer
Pto. Cabezas
Ambulatoria/Hospitalizacion
Emp. Hospital Gaspar García Laviana
Rivas.
Ambulatoria/Hospitalizacion
Hospital Juan Antonio Brenes
Somoto.
Ambulatoria/Hospitalizacion
Clínica San Ramón .
– Juigalpa
108
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Tabla 26 Cobertura del MITRAB de las empresas en los diferentes sectores de la economía Sector Actividad/rama Empresas Porcentaje con respecto al censo por Censo MITRAB actividad Agroindustrial 2 Pesca 9 Primario Silvicultura 1 Sub total 12 Alimentos 9539 37 Bebidas 15 13 Tabaco 34 21 Textil-vestuario 7552 42 Cuero y Calzado 2001 7 Madera y Muebles 3034 11 Papel y Cartón 118 5 Imprenta 246 4 Secundario Quimicos, pinturas y petroleo 54 16 Caucho y Plásticos 51 13 Mineria y Materiales de Construcción 2128 34 Maquinaria y Materiales de Transporte 276 8 Diversos 562 30 Construcción 7446 45 Sub total 33056 286 Comercio al por mayor 2517 Comercio al por menor 72351 27 Hoteles y Restaurantes 10878 20 Inmobiliario 145 Servicios Comunitarios 11244 24 Actividades Empresariales 3067 Enseñanza 1300 Terciario Salud 2321 45 Mantenimiento y Reparación de Vehículos 4336 3 Sistema Financiero 327 3 Correo y Comunicación 3 11 Transporte 4921 15 Sub total 113410 148 TOTAL 146466 446 • Basado en las empresas listadas por Banco Central en el sector urbano
0,4 86,7 61,8 0,6 0,3 0,4 4,2 1,6 29,6 25,5 1,6 2,9 5,3 0,6 0,9 0,0 0,0 0,2 0,0 0,2 0,0 0,0 1,9 0,1 0,9 366,7 0,3 0,1 0,3
109
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua Nº 1
2
3
4 5 6
7
8
9
10
11
12
13
Listado de Médicos formados en Salud Ocupacional o Medicina laboral Nombre Especialidad/Maestría Trabajo actual Observaciones Feliciano Oficina Trabaja ocasional a Pacheco Medicina laboral de Cuba Epidemiología solicitud de Silais León Empresas Marvin Lund
Medicina Laboral de Brasil
Amocsa
Trabaja independiente medico referencia INSS Rosendo Medicina laboral de Cuba MEDLAB Trabaja Abrahante independiente medico referencia INSS Salvador Borgen Medicina laboral de Brasil ¿? No está claro Jaime Docencia en Pendiente Manzanares Dávila Bolaños confirmar Armando Ulloa Pasantía en Medicina laboral UNAN-Managua Trabaja en el tema en Francia de Ergonomía y rehabilitación profesional Lucío Rossini Medicina laboral de Italia Consultor independiente colabora con UNAN-León Ronald Sánchez Fisiólogo (Medicina Independiente Trabaja en deportiva) Alemania Medicina laboral y hace pruebas especiales como audiometría y espirometría Abad Valladares Especialista en Medicina legal Instituto en Trabaja en Medicina Legal medicina laboral como práctica privada Juan Centeno Maestría en Salud ocupacional UNAN-León Dedicado mas a de Cuba salud publica en general Aurora Aragón Maestría en Ciencias en UNAN-León Epidemiología ocupacional de Suecia Rafael Amador Maestría en Ciencias en Consultor Epidemiología ocupacional de independiente Suecia actualmente director CERSSO José Rene Medico Integral con diploma Gasteazoro en Salud y seguridad en el trabajo
110
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua
13.
Referencias Bibliográficas
11
OIT, Marco de una política nacional para el fomento del empleo y el trabajo decente en Nicaragua, Mayo 2003. 2
Población. Características Económicas. 1997 Volumen III. VII Censo de Población y III de vivienda, 1995.
3
ENDESA (Encuesta Nicaragüense de Demografía y Salud)2001. INEC, Nicaragua
4
EMNV Encuesta de Medición de Nivel de Vida, 2001. INEC, Nicaragua
5
OPS. 2000, La salud de los trabajadores en Nicaragua. Una aproximación (Documento de trabajo del grupo nacional de salud de los trabajadores, octubre 2000) 6
CERSSO, Plan de acción estratégico Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 20022006
7
Wesseling C, Aragón A, Morgado H, Elgstrand K, Hogstedt C, Partanen T. Work and health in Central America. Int J Occup Environ Health, 2002;8:125-136
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López L, Aragón A, Herrera A, 2003. Perfil Ocupacional de los Trabajadores Nicaragüenses: Desarrollo actual de la Salud Ocupacional en Nicaragua. UNAN – León. 9
http://www.agenda21.org.ni/cifras2.html#e
10
Banco Mundial (Departamento de Centro América. Región de América Latina y el Caribe. Junio 2003. Nicaragua Reporte de pobreza. Aumentando el bienestar y reduciéndola vulnerabilidad. Informe Nº 26128-NI. 11 http://www.bcn.gob.ni/estadisticas/censo/ 12
13
http://www.inec.gob.ni/mecovi/pdf/mapapobreza2001.pdf Entrevista con Francisco Bolaños MITRAB
14
Pesticide Illnesses Reported to the Sentilnel Event Notification System for Occupational Risks (SENSOR): California, October 1988-June 15, 1990. Department of Health Services, State of California, USA: 15 Tercero F, Andersson R. Measuring transport injuries in a developing country: an application of the capture-recapture method. Accid Anal Prev. 2004 Jan; 36(1): 13-20 16
Reinke, W. Applicability of Industrial Sampling Techniques to Epidemiologic Investigations: Examination of an underutilized Resource. (1991) AJE Vol 134, No.10, pp 1222-1228. 17 Borgen Salvador. Diagnostico sobre condiciones de Salud e Higiene Ocupacional en Trabajadoras en las Maquilas, 2001.Pag. 59-60. 18
Ramos S. y Vargas J. Diagnóstico sobre Avances y Retrocesos en Mujeres en las maquilas de Nicaragua. 2002, Pág. 66 y 67 111
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 19
Entrevistas realizadas en el marco del estudio de la UNAN-León
20
Asamblea Nacional de Nicaragua. Constitución Política de la República de Nicaragua. Año 2000
21
Ley N0 290. Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo. 27 de marzo 1998.
22
Publicado en la Gaceta. Diario Oficial Nº 41 del 20 de Febrero de 1997.
23
Artículo 109 y 112 del C. T.
24
Artículo 110 C.T.
25
Artículo 111 C.T.
26
Gaceta Diario Oficial No 165 del 01 de Septiembre de 1993.
27
Gaceta Diario Oficial No. 146 del 03 de Agosto de 2001.
28
Gaceta Diario Oficial No. 128 del 06 de Julio de 2000.
29
Gaceta Diario Oficial No. 115 del 19 de Junio de 2000.
30
Gaceta Diario Oficial No. 173 del 12 de Septiembre de 2001.
31
Gaceta Diario Oficial No.146 de 03 de Agosto de 2001.
32
Gaceta Diario Oficial No. 175 de 17 de Septiembre de 2001.
33
Idem xiv.
34
Gaceta Diario Oficial No. 128 del 6 de julio de 2000.
35
Gaceta Diario Oficial No. 116 de 21 de junio de 2000.
36
Idem. Xvii.
37
Gaceta 115 de 20 de junio de 2002.
38
Gaceta Diario Oficial No. 221 del 20 de Noviembre de 2002.
39
Gaceta Diario Oficial No. 126 de 04 de Julio de 2000.
40
Aprobada por la Comisión Nacional de Higiene y Seguridad, pendiente de publicación en La Gaceta.
41
Ministerio de Salud de Nicaragua. Ley General de Salud. 2003.
42
Idem v
43
Gaceta 30 del 13 de febrero de 1998.
44
Gaceta No 142 del 30 de Julio de 1998
45
Código utilizado por OIT en su página Web para referirse a los convenios. www.oit.org
46
Plan de acción estratégico nacional de seguridad y salud ocupacional Nicaragua 2002-2006.
CERSSO 47
Ley No. 274 de 5 de noviembre de 1997, Gaceta No. 30 de 13 de febrero de 1998 La Gaceta No. 232 de 6 de diciembre de 1996 49 Ley No. 156 de 16 de abril de 1993, La Gaceta No. 73 de 21 de abril de 1993 48
112
Perfil Diagnóstico Nacional sobre Seguridad y Salud Ocupacional, Nicaragua 50
MITRAB. Resolución ministerial relativa a los Reglamentos Técnicos Organizativos de Higiene y
seguridad en las empresas, compilación de Normativas en Materia de Higiene y Seguridad del Trabajo 1993 – 2003, Managua, Nicaragua, Julio 2003 51
Entrevista con Francisco Bolaños
52
Gaceta Diario Oficial No.146 de 03 de Agosto de 2001.
53
Gaceta Diario Oficial No. 115 del 19 de Junio de 2000.
54
Idem. Xvii.
55
Entrevista con Dr. Marín, Dpto. Toxicología. MINSA
56
El Machete, Edición 177, sept – Oct 2003
57
58
Entrevista con Lic. Azucena Alvarado, Directora de Ventas INISER
Procedimiento para normar la capacitación en el ámbito de la Higiene y Seguridad del Trabajo,
febrero 1999. 59
Gaceta Diario Oficial No. 70 del 07 de abril de 2000.
113