ORIENTACIONES PARA EL GOBIERNO Y GESTIÓN DEMOCRÁTICOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS

ORIENTACIONES PARA EL GOBIERNO Y GESTIÓN DEMOCRÁTICOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS Consejería de Educación y Ciencia Colección de Materiales Curricula

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ORIENTACIONES PARA EL GOBIERNO Y GESTIÓN DEMOCRÁTICOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS

Consejería de Educación y Ciencia

Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria

Este libro está impreso en papel ecológico. Edita: JUNTA DE ANDALUCIA. CONSElERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA. Dirección General de Evaluación Educativa y Formación del Profesorado. I.S.B.N.: 84-8051-048-X 84-8051-024-2 (Obra completa). Maquetación: Cromoarte. D. Legal: SE. 1503-1992

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos

Índice INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ 5 ÓRGANOS DE GOBIERNO Y PARTICIPACIÓN ................................................................... 7 EL MODELO EDUCATIVO ACTUAL ................................................................................... 13 EL MODELO DE GESTIÓN ..................................................................................................... 15 ESTRATEGIAS FAVORECEDORAS DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO DE UN CENTRO EDUCATIVO QUE DEBEN CONTEMPLARSE EN EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO ........................................................................... 19 PLANIFICACIÓN GENERAL DEL CENTRO .................................................................. 20 PROGRAMACIÓN CURRICULAR ................................................................................... 24 COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS ......................... 26 GESTIÓN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA ................................................................. 28 REPRESENTACIÓN Y RELACIONES COMUNITARIAS .............................................. 30 REFLEXIÓN FINAL ............................................................................................................. 32 BIBLIOGRAFÍA SOBRE EL GOBIERNO DE LOS CENTROS EDUCATIVOS ................. 33

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I. INTRODUCCIÓN La Constitución Española, en su articulo 27.7, establece que los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos, intervendrán en el control y gestión de todos los Centros sostenidos por la Administración con fondos públicos en los términos que la Ley establezca. El funcionamiento de los Centros Públicos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Centros de características singulares, se llevará a cabo con sujeción a los mandatos que emanan de la Constitución y del Estatuto de Autonomía de Andalucía y a los fines y principios establecidas en los artículos 2° y 3° de la LOGSE. Los Centros anteriormente enumerados dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia, de acuerdo con el Decreto 10/1.988 20 de enero, sobre Funcionamiento y Órganos de Gobierno de los Centros Públicos, tendrán, salvo lo previsto en el Titulo IV del referido Decreto, los siguientes órganos de gobierno: a) Unipersonales: Director, Secretario, Jefe de Estudios y, en su caso, Vicedirector y Vicesecretario. b) Colegiados: Consejo Escolar de Centro y Claustro de Profesores. Dichos Centros Públicos tendrán en su caso, los demás órganos que determinen los respectivos reglamentos orgánicos. Con posterioridad a la Ley Orgánica 8/1.985 de 3 de julio (LODE) y al Decreto lO/1.988 de Andalucía, la LOGSE en el Titulo IV, articulo 58.4, establece que las Administraciones educativas podrán adscribir a los Centros Públicos un Administrador, que bajo la dependencia del Director del Centro, asegurará la gestión de los medios humanos y materiales de los mismos. En tales Centros, el Administrador asumirá a todos los efectos el lugar y las competencias del Secretario. Además de estos órganos que dirigen y gestionan los Centros educativos, los diversos sectores de la Comunidad se pueden agrupar de muy diversas maneras para una mejor coordinación de sus funciones y para una eficaz participación. Así los padres y alumnos se pueden organizar en reuniones generales, elegir sus delegados, constituir asociaciones, federaciones, ‘etc. Los profesores se coordinen y se organizan funcionalmente a través de Equipos de Ciclos, Departamentos y Seminarios... Es necesario tener muy claro que éstas últimas formas de agrupamiento y de asociacionismo, no son órganos de gobierno de los Centros educativos, aunque se les reconozca un gran valor en la dinamización de los mismos y en la participación efectiva y real de todos los implicados.

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria Cada órgano de gobierno y cada estructura de participación tiene perfectamente delimitada sus competencias y su ámbito de actuación. Este aspecto es de gran transcendencia para evitar duplicidad o solapamiento de funciones y conflictos innecesarios en el seno de los Centros docentes. Esta definición de tareas competenciales permite también, solicitar decisiones e informaciones precisas a los órganos idóneos para ello, así como exigir responsabilidades en su caso. Por otra parte, la LODE, en desarrollo del Artículo 2 de la Constitución, crea una serie de órganos de carácter consultivo y asesor en los que se encuentran representados los sectores implicados en el Sistema Educativo. Nos referimos a los Consejos Escolares de los diferentes ámbitos de actuación: Municipales, Provinciales, Autonómicos y el Consejo Escolar del Estado. Estos Consejos Escolares, son independientes entre sí, no existiendo jerarquización funcional entre ellos. No son órganos de gobierno, sino de participación, consulta, información y propuestas. A modo de síntesis recogemos lo expuesto en el cuadro número 1. Después de todo lo dicho hasta ahora, quizá sea necesaria hacernos algunos preguntes claves que permitan situarnos en el contexto descrito. ¿Para qué se crean en definitiva estos órganos de gobierno y estas estructuras de participación? Aquí la respuesta ha de ser bastante categórica: para hacer posible el desarrollo y aplicación del modelo educativo adoptado. Y como consecuencia de la anterior pregunta, nos surge la siguiente interrogación ¿cuál sería entonces, el estilo y el modelo de gestión a seguir por estos órganos de gobierno, teniendo en cuenta el modelo educativo aludido? La respuesta lógica, será: aquél que sea coherente con el modelo educativo asumido y técnicamente favorezca su eficaz desarrollo. Todas estas reflexiones previas, nos parecen de gran interés a la hora de plantear la planificación necesaria para regular la organización y funcionamiento de los órganos de gobierno de cualquier Centro Educativo. Por ello nos gustaría, antes de seguir avanzando en la actuación de los órganos de gobierno de los Centros, definir, aunque sea de forma breve, qué modelo educativo han de abordar y qué modelo de gestiónes necesario poner en practica. Desarrollamos este aspecto del tema en el apartado siguiente.

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos ÓRGANOS DE GOBIERNO Y DE PARTICIPACIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS

cuadro N° 1

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria A continuación y para desarrollar la visión global anterior, recogemos en una serie de cuadros las competencias atribuidas, el carácter de las mismas y el órgano ante el que se adquiere la responsabilidad. Cuadro N° 2

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos Cuadro Nº 3

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria Cuadro N° 4

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos Cuadro N° 5

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria Cuadro N° 6

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II. EL MODELO EDUCATIVO ACTUAL El modelo educativa que propugna la LOGSE y su desarrollo normativo interesa por el proceso curricular y se basa en el aprendizaje significativo del alumno. Este modelo plantea la necesidad de hacer comprender a los alumnos el proceso de su propio aprendizaje; enseñar a aprender, lo que obliga a diversificar el contenido del currículo. Ya no importa únicamente adquirir conocimientos y contenidos como paquetes cerrados invariables, sino los procedimientos, las capacidades cognitivas que llevan al alumno hacia su propio aprendizaje y las actitudes necesarias. El profesor debe ser e lmediador en el proceso de enseñanza-aprendizaje; como tal, programa, organiza, orienta, facilita los recursos, dinamiza, pero no es un mero instructor transmisor de contenidos ni un simple evaluador. Debe ayudar al alumno a conectar los nuevos conocimientos con los que poseía anteriormente. El protagonista, no se puede olvidar nunca, es el alumno/a. La concreción y adecuación del Currículo educativo, corresponde al Centro docente, que lo decide y elabora de manera participativa, en función de sus necesidades e intereses específicas, aunque ateniéndose a un marc ogeneral determinado por la Administración Educativa competente. El alumno/a, dependiendo de su nivel, afrontará situaciones de aprendizaje diferentes a las programadas,para las cuales necesitará materiales curriculares de apoyo variados y adaptados a las múltiples situaciones. En este modelo importa más el seguimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje que la medida del producto. Más que valorar contenidos alcanzados se valoran las capacidades adquiridas en el proceso. La evaluación es continua, formativa y participativa. Y por último indicar que la autonomía pedagógica que permite a los Centros desarrollar y completar el Currículo en el marco de su programación docente, está pensada para que los mismos puedan conector can el clima cultural y social de su entorno, se adapten a las necesidades de los alumnos que reciben y contribuyan al desarrollo comunitario del espacio que atienden. Por este motivo, podemos afirmar que hoy, no es posible desarrollar adecuadamente un Proyecto de Centro, sino es con la colaboración, participación comprometida y amplio consenso delos sectores y personas implicadas enél: profesores, alumnos, padres, personal de servicio, instituciones y organismos, etc.: la Comunidad Educativa.

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria Y como dice Patricia Tschorne, para que un Centro funcione como una auténtica Comunidad Educativa es necesario, en primer lugar, que todos sus miembros quieran trabajar solidariamente y en segundo lugar contar con los siguientes elementos: “Una organización y unos órganos de gobierno participativos “. “Unos documentos que permitan planificar, organizar, seguir y evaluar el funcionamiento del Centro con el conocimiento y el consenso de todos”.

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III. EL MODELO DE GESTIÓN Lo anteriormente expuesto justifica que el sistema de gobierno y gestión que inspira el desarrollo de la LODE y de la LOGSE, se fundamente en la gestión participativa de los Centros educativos. De esta última afirmación, podemos inferir que el modelo de organización y funcionamiento(quees lo mismo que decir el modelo de gestión)quemejor se correlaciona con el actual modelo educativo, es el que técnicamente se denomina sistémico y ecológico. Este modelo posee como principales rasgos de identificación, la gestión y desarrollo participativo de un proyecto educativo común que sistematiza la vida del Centro, teniendo en cuenta los diversos elementos y contextos y las interacciones que necesariamente se producen entre éstos. Este carácter participativo, hace que las diversas estructuras existentes, sean elementos básicos de apoyo al desarrollo del Proyecto de Centro. El entramado participativo es el que da riqueza y posibilidades reales a las aspiraciones de la Comunidad Educativa. Precisamente, por la diversidad participativa, el Centro debe poseer unos eficaces instrumentos de planificación, que le permitan canalizar esta valiosa cooperación comunitaria y sistematizar la coordinación de ideas y acciones necesarias. Para ello, se elabora como instrumento de planificación el Proyecto de Centro que se desarrolla de acuerdo con las finalidades educativas del Centro, y en base al Proyecto Curricular y al Reglamento de Organización y Funcionamiento, que se concreta anualmente en el Plan de Centro y se valora en la Memoria Final de Curso. En este modelo (Sistémico-Ecológico), los distintos sectores de participación de la Comunidad Educativa, debidamente representados en los órganos de gobierno del Centro, intervienen en la aprobación de los documentos básicos de planificación y en su valoración final. Son los profesionales y técnicos de la educación quienes los desarrollan y aplican en el proceso de enseñanza-aprendizaje y por último corresponde a los Equipos Directivos su gestión. Es en definitiva un ejercicio autónomo de racionalización que de manera permanente se alimenta a sí mismo en cada Centro educativo. Los órganos de gobierno, cada uno en su ámbito de competencias, deben afrontar y responder a vastas y complejas tareas en los Centros educativos,en gran medida innovadoras y nada fáciles de abordar en la práctica. Destacamos entre otras, las de planificación, animación de procesos, gestión de recursos humanos y materiales, dinamización de estructuras y sobre todo obtención del consenso de los distintos sectores.

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria Análisis crítico de la organización y funcionamiento Tras la síntesis descriptivo que desde el nivel teórico hemos realizado, conviene exponer algunas ideas generales sobre determinadas situaciones problematizadoras que presentan los órganos de gobierno en sus relaciones y organización funcional. Hay datos y estudios suficientes que ponen de manifiesto la existencia de Centros docentes que no funcionan con un modelo coherente de organización y gestión. La incoherencia se debe principalmente al desajuste y la divergencia que se produce entre el modelo educativo existente en el Centro y el modelo de gestión o de gobierno con el que se pretende aplicar o desarrollar éste. En definitiva a cada modelo educativo le corresponden unos modelos coherentes de gestión y de funcionamiento, al igual que, a cada modelo fiscal le corresponden unos modelos impositivos y a cada enfermedad unos tratamientos específicos.. En el caso de que no exista la correlación adecuada entre ambos modelos, el educativo y el de gestión, la relación que se establezca será necesariamente contradictoria, contraproducente 0 al menos artificial y sin fundamentos. Existen además, actitudes y actuaciones de algunos órganos de gobierno, propias de modelos anteriores que se resisten al cambio y que paradójicamente coexisten con estructuras y actuaciones innovadoras. Algunos expertos en Organización Escolar, opinan que esta falta de ajuste inicial es normal en los Sistemas Educativos que se reforman en profundidad y experimentan modelos nuevos de funcionamiento. Pero aunque se pueda ver como un proceso normal, es evidente que emergen con frecuencia dificultades de gestión en los Equipos de Gobierno de los Centros educativos, que en algunos casos pueden suponer un alto coste profesional y personal, y que hacen ingratas e incómodas determinadas tareas a ellos encomendadas. Así pues en los períodos de Reforma de los Sistemas Educativos, donde se implantan nuevos modelos, hay que seleccionar con mucho rigor el tipo de gestión a seguir y cuidar el proceso de adaptación a la nueva situación. De esta manera evitaremos que una situación como la actual, que reclama una estructura participativa de la gestión, basada en la interacción entre los distintos colectivos comprometidos en el hecho educativo y donde la responsabilidad se comparte a través del consenso y la negociación permanente, entre en conflicto con modelos opuestos, conducentes a la homogeneización de métodos y estrategias para la consecución de unos objetivos predeterminados por unos pocos. Otro problema frecuente que se produce en algunos órganos unipersonales de gobierno, es la disfunción entre la tarea representativa, propia del líder institucional y la tarea animadora y dinamizadora, propia del Coordinador de grupo. Como pone de manifiesto M. Álvarez, hay casos en que ni el Consejo Escolar, en el que la presencia cualitativa y cuantitativa del profesorado es evidente, ni el propio director, que asume la dinámica de los profesores electores, porque él mismo es y va a seguir siendo compañero, asumen en la práctica, la representación de la institución y como tal controlan el funcionamiento del Centro, así como la animación, coordinación e incentivación del profesorado. La normativa asigna a la Dirección de un Centro Educativo, competencias de matiz institucional, de matiz administrativo, otras a medias entre lo institucional y pedagógico y por último las que tienen

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos un matiz exclusivamente pedagógico. Por su parte M. Álvarez (1), define dos tipos de funciones para los órganos de gobierno delos Centros educativos: unas funciones verticales y administrativas, de representación, dirección y control y otras de carácter más horizontal relativas a la coordinación y animación de grupos. De las dos funciones una buena parte de los directivos se inclinan por la segunda, es decir por las horizontales de coordinación y animación de grupos, e intentan salvar la situación en la primera (aunque no siempre lo consigan). De lo expuesto se pueda deducir que exista o puede existir un vacío de representación institucional en los Centros educativos, con las repercusiones consiguientes en la comunicación y el control. Al no existir siempre un perfil profesional bien asumido o una preparación suficiente de los órganos de gobierno, un aspecto de gran trascendencia para la vida de los Centros que se encuentra poco desarrollado es el seguimiento y evaluación de los mismos. Ello impide, en muchos casos, tener un conocimiento exacto de la realidad educativa y, lo que es más grave, adoptar medidas de retroalimentación que mejoren la calidad de funcionamiento y organización de los Centros. Después de este primer análisis, podemos deducir que las tareas de gobierno de un Centro educativo, son complejas y diversas, no exentas de dificultades, pero de una gran trascendencia para el desarrollo del Sistema Educativo. Una de las claves, que debe presidir la acción global de gobierno de un Centro educativo, es que tanto el modelo como el estilo de organización y funcionamiento de estos órganos de gobierno, sean coherentes con el modelo educativo reflejado en el Proyecto de Centro. De esta forma se evitarían desajustes y divergencias en las estructuras que configuran los sectores de participación y de toma de decisión en el Proyecto del Centro.

(I) ÁLVAREZ, M. (1990). Ponencia sobre el Director de la Reforma. Perfil y funciones. Forum Europeo. Madrid.

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IV. ESTRATEGIAS FAVORECEDORAS DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO DE UN CENTRO EDUCATIVO QUE DEBEN CONTEMPLARSE EN EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO A continuación, exponemos algunas estrategias, a nuestro juicio convenientes, para la mejora de las actuaciones de los órganos de gobierno de los Centros docentes, acordes con el campo de competencias que las leyes les atribuyen. El primer paso a dar en la elaboración del Reglamento de organización y funcionamiento en cuanto se refiere a la actuación de los órganos de gobierno del Centro, consistirá en definir, delimitar y clarificar las áreas o campos de competencias de acuerdo con las atribuciones a ellos conferidas. Esto permitirá planificar el trabajo, asignar tareas, evaluar procesos y exigir responsabilidades. De acuerdo con la LODE y las normas que la desarrollan, las competencias atribuidas a los órganos de gobierno de un Centro Público educativo, se podrían agrupar con una finalidad didáctica, en las siguientes áreas de actuación: 1) Planificación General del Centro. 2) Programación Curricular. 3) Coordinación y dirección de los recursos humanos. 4) Gestión Económico-Administrativa. 5) Representación y relaciones comunitarias. Localizadas las áreas de gobierno de un Centro educativo, parece necesario abordar una serie de estrategias favorecedoras. Estas estrategias, deben plasmarse en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro y deben servir de guía y orientación de las acciones a realizar, así como para el conocimiento de la Comunidad Educativa. Seguidamente analizaremos las diversas áreas de competencias enumeradas y algunas relaciones estratégicas de las mismas con los órganos de gobierno de los Centros educativos.

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria 1. PLANIFICACIÓN GENERAL DEL CENTRO El Reglamento de Organización y Funcionamiento contendrá una definición (clara, concreta, conocida por los implicados y científica y jurídicamente avalada) del modelo organizativo y funcional (modelo de gobierno) del Centro, contenido en el Proyecto de Centro y coherente con el modelo educativo. ¿Pero cual es el rnodelo de gestión o de gobierno, que se propugna desde el actual Sistema Educativo? Del estudio de la LODE, LOGSE, normativa que las desarrollan y las orientaciones técnicopedagógicas de la Administración educativa, se desprende claramente un modelo de gestión de los Centros docentes de carácter PARTICIPATIVO. Se inspira en una concepción organizativa sistémica y ecológica que se sistematiza en unos documentos (programáticos, instrumentales y de gestión) elaborados con la participación de los distintos elementos de la Comunidad Educativa y la aprobación final del Consejo Escolar. El Reglamento de Organización y Funcionamiento de un Centro educativo contemplará los espacios y las estrategias necesarias para la participación de los sectores que intervienen en la aprobación y evaluación de la planificación general, para los profesionales que han de aplicarla y para los directivos que en última instancia le corresponde gestionarla. Para que la participación sea eficiente y se cumplan las funciones dinamizadoras y de mejora de la enseñanza, es necesario analizar de manera colectiva y sistemática el funcionamiento de los diversos órganos de gobierno, buscar fórmulas que afiancen los avances conseguidos y evitar o reducir las dificultades encontradas. Nos referimos a la necesidad de la autoevaluación del funcionamiento de los propios órganos de gobierno. De esta forma se podrían evitar ciertas disfunciones competenciales y determinados conflictos de relaciones entre los diversos componentes de los órganos de gobierno de los Centros docentes. P. TSCHORNE, ha realizado algunas observaciones sobre los Consejos Escolares, que por su interés, comentamos a continuación. Tanto el Consejo Escolar como el cargo de Director, son órganos de gobierno del Centro. El Consejo es el órgano máximo en todo lo que se refiere a la programación general, el presupuesto y la supervisión general del Centro. Como se trata de un órgano colectivo, es evidente que no pueden reunirse continuamente para tomar todas las decisiones. El Director, que es quien preside el Consejo y por tanto el responsable de que se cumplan los acuerdos adoptados, puede tomarlas iniciativas oportunas para la ejecución práctica de los mismos. Es el Director el representante oficial del Centro. El Consejo Escolar no es un órgano técnico y profesional como el Claustro. Su función principal es dar sentido y coherencia al trabajo que se desarrolla en el Centro, fijando los objetivos de manera que se adapten a las necesidades y características de esa Comunidad Educativa. El Consejo Escolar aprueba el Proyecto de Centro y la Programación Anual, pero no interviene en los aspectos concretos de cómo trabajar en cada clase (metodología, técnicas e instrumentos, procedimientos y estrategias de enseñanza, criterios de evaluación, etc), aunque es evidente que lo que se haga en el aula debe ser coherente con el Proyecto y la Programación del Centro. Hay cuestiones de orden interno y de organización y funcionamiento de los Consejos Escolares que es preciso resolver para poder ser más ágiles y operativos. Estos aspectos prácticos deben recogerse en un Reglamento del Consejo Escolar adecuado ala dinámico de cada Centro. Estas normas no pueden ser contradictorias o más restrictivas que las de la Ley de Procedimiento Administrativo.

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos Los acuerdos adoptados en el seno del Consejo Escolar, deben ser claros, traducibles en acciones concretas, alcanzables por personas determinadas y susceptibles de seguimiento y evaluación posterior. Todo ello solo es posible si hay un compromiso real de llevarlas a cabo. La planificación de los Centros educativos, se materializa y concreta en una serie de instrumentos documentales, para los que el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Centros, contemplará las medidas oportunas que faciliten su elaboración, aplicación y difusión conveniente. Por ello, haremos algunas reflexiones relativas a varios de estos documentos básicos de planificación y gestión de los Centros, que resumimos seguidamente.

Documento de nivel programático. Programación general del Centro: EL PROYECTO DE CENTRO Comprenderá los siguientes apartados: a) Finalidades Educativas del Centro, en las que se definen los fines básicos o metas que se propone el Centro a medio y largo plazo. Dado su carácter, deben ser formuladas por una Comisión representativa de todos los sectores pertenecientes a la Comunidad Educativa, y dentro del marco de los artículos 1° y 2° de la LOGSE y aprobados por el Consejo Escolar. b) Proyecto Curricular de Centro, que abarcará el conjunto de decisiones que deben adoptar los Claustros de profesores, organizados funcionalmente según las peculiaridades de su nivel (Departamentos, Ciclos, Seminarios, etc), para la secuenciación y organización de los objetivos y contenidos de cada ciclo y etapa. Recogerá: el Proyecto Curricular de Etapa/s,y los materiales curriculares y recursos a usar. En definitiva perfilará el modelo educativo-pedagógico.

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria El Proyecto Curricular de Centro será aprobado por el Claustro de Profesores, sin perjuicio de que, como parte integrante del Proyecto de Centro, sea aprobado también por el Consejo Escolar. c) Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro. Es el instrumento de planificación que contempla el conjunto de normas, estructuras y perfiles, que debe regular la convivencia y organización de una determinada comunidad dentro del marco jurídicoadministrativo vigente. Este reglamento debe ser elaborado de forma participativa por los sectores comunitarios y aprobado por el Consejo Escolar del Centro. Documentos del nivel Instrumental: EL PLAN DE CENTRO. Es un instrumento de planificación que concreta el desarrollo anual del Proyecto de Centro. Tiene, pues, una dimensión sincrónica frente al Proyecto de Centro, de carácter diacrónico. El Plan de Centro se elaborará por los distintos sectores de la Comunidad educativo de acuerdo con las competencias a ellos atribuidas. Tanto el Proyecto de Centro como el Plan Anual de Centro, han de ser prescriptivamente aprobados por el Consejo Escolar. Para facilitar la ejecución y gestión del Plan de Centro, será necesario elaborar también los siguientes documentos: - Plan e instrumentos de seguimiento, evaluación y control. - La programación económica anual El Reglamento de Organización y Funcionamiento, deberá contemplar una adecuada articulación de estrategias de los distintas órganos de gobierno, que favorezcan la realización eficaz de los instrumentos de planificación aludidos, entre las que sugerimos: - Facilitar la participación y motivación en la elaboración, ejecución y evaluación de los instrumentos de planificación. - Coordinar las diversas intervenciones intersectoriales e internivelares. - Crear un clima adecuado para la negociación y el consenso del contenido de la planificación. - Posibilitar la conexión del Centro con su medio y con el entorno cultural. - Aportar los avances científicos y tecnológicos para su posible incorporación a la planificación del Centro. - Asegurar a cada sector de la Comunidad educativa su parcela de competencias en la elaboración y aprobación de los instrumentos de planificación del Centro. No obstante todo lo dicho, queremos expresar que, planificar el funcionamiento de un Centro docente a través de un Modelo de Gestión participativo es complejo. Complejidad que no está exenta de ciertas dificultades, pues, programar, aprobar, ejecutar y evaluar actuaciones educativas a través de Organos Unipersonales y Colegiados, conjuntamente, no es fácil. Por ello, los Organos Unipersonales de Gobierno deben desarrollar papeles de animadores, mediadores, coordinadores, negociadores y gestores de recursos humanos, muy difíciles de realizar sin una cualificación precisa y una actitud comprometida. Este modelo es auténticamente innovador para el Sistema Educativo Español, que ancestralmente ha venido aplicando otros modelos de gestión más jerarquizados y poco participativos, de base socio-técnica o económica, muy alejados de estas nuevas formas de actuación

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos Los órganos de gobierno, asesorados por los Servicios Educativos dela Administración,Inspección y Orientadores informarán a la Comunidad Educativa del avance cualitativo que el modelo supone: adquisición de una verdadera autonomía e identidad (Proyecto de Centro y Curricular).

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria 2. PROGRAMACIÓN CURRICULAR La normativa en vigor establece que: - Corresponde al Director, dirigir y coordinar todas las actividades del Centro de acuerdo con las disposiciones vigentes... - Corresponde al Jefe de Estudios coordinar y velar por la ejecución de las actividades de carácter académico de profesores y alumnos en relación con el Plan Anual de Centro. - Corresponde al Consejo Escolar aprobar y evaluar la programación general del Centro que, con carácter anual, elabore el Equipo Directivo y supervisar la actividad general del Centro en los aspectos administrativos y docentes. - Corresponde al Claustro de Profesores programar Las actividades docentes del Centro,promover iniciativas en el ámbito de la experimentación o innovación pedagógica y elevar al Equipo Directivo propuestas para la elaboración de la Programación General. En definitiva, la tarea de dar coherencia al proceso de enseñanza-aprendizaje se contempla exhaustivamente en nuestro ordenamiento educativo y es,anuestro juicio, el reto más importante y comprometido que deben abordar los órganos de gobierno de los Centros docentes. ¿Pero cuáles serían los aspectos técnico-pedagógicos de carácter general, que deberían tener en cuenta los diversos órganos competentes de gobierno para su programación, ejecución o evaluación?. En un Centro es necesario en este campo: - Adecuar los objetivos generales de la etapa o etapas en función del contexto socio-económico y cultural del Centro y de las características y necesidades de los alumnos. - Seleccionar y secuenciar los contenidos, teniendo en cuenta los Decretos de Enseñanza de la Comunidad Autónoma y las Finalidades Educativas del Centro. - Establecer las decisiones de evaluación para cada ciclo-etapa, tratando de armonizar los criterios e instrumentos elaborados por los diversos equipos de profesores. - Analizar modelos didácticos generales y adoptar aquel que ofrezca una mayor cohesión al Proyecto de Centro. - Definir los criterios organizativos de carácter pedagógico, que posibiliten al Equipo Docente establecer criterios racionales para confeccionar horarios y disponer los espacios adecuados. - Establecer criterios para seleccionar materiales curriculares y de apoyo didáctico, según el carácter del Centro y el Proyecto Educativo. Pero estas tareas, en las que como hemos visto, a cada órgano de gobierno le corresponde un determinado tipo de intervención, son complejas de programar, de ejecutar y de evaluar.

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Por este motivo, independientemente de las acciones encomendadas a cada uno de los órganos de gobierno, es conveniente que, en el Reglamento de Organización y Funcionamiento, se contemplen posibles estrategias que favorezcan o contribuyan al buen desenvolvimiento de las mismas, entre las que destacan: - Elaboración de un Plan de actuación de los órganos de gobierno responsables, que facilite la formación de un clima propicio de negociación para que profesores de un mismo nivel, área o ciclo, se pongan de acuerdo y establezcan criterios comunes y válidos. - Establecimiento, parparte de los órganos de gobierno correspondientes, de mecanismos que faciliten los recursos necesarios (distribución de espacios, tiempo, materiales didácticos, etc.) a las estructuras verticales de los Departamentos/Seminarios y las horizontales de los Equipos Docentes y Equipos/Departamentos de Orientación y Apoyo. - Potenciar en el profesorado un espíritu innovador, mediante la creación de grupos de trabajo, estudio de necesidades, búsqueda de espacios y recursos para la innovación y la experimentación, adopción de iniciativas de intercambios, etc - Los responsables de los Centros deben establecer mecanismos que refuercen e incentiven el trabajo de los profesionales y colaboradores que de manera directa o indirecta incidan en el proceso educativo. - Realizar estrategias de animación, coordinación y dinamización bien planificadas que hagan operativas las diversas estructuras del Centro. - Establecer los cauces necesarios para que los órganos responsables de este campo de actuación dispongan de los recursos necesarios y de la formación más adecuada.

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria 3. COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS La normativa en vigor establece que: - El Director ejercerá la Jefatura de todo el personal adscrito al Centro y presidirá las reuniones de los Organos Colegiados de Gobierno. Ostenta, asimismo, la representación oficial del Centro. - El Secretario/Administrador ejercerá por delegación del Director y bajo su autoridad, la Jefatura del personal. - El Jefe de Estudios, coordinará todas las actividades académicas, de orientación y complementarias de alumnos y profesores. Todo esto parece Indicar que las competencias de coordinación y dirección recaen en un Centro docente sobre los Organos Unipersonales de Gobierno, básicamente. En este tema, preferimos centrar nuestra atención, sobre algunas de las repercusiones del modelo de gestión participativa en la dirección y coordinación de los recursos humanos, más que en las funciones ya conocidas que tienen atribuidas los órganos de gobierno en materia de personal. Hay que reconocer que, a posar de los problemas, el modelo participativo de gestión ha impregnado de un nuevo estilo de relaciones a la dirección y coordinación de los recursos humanos de los Centros docentes. Este nuevo estilo antepone el diálogo y el consenso a la imposición y el dogmatismo, las posiciones de horizontalidad ante el directivismo autoritario y la cooperación y solidaridad ante los compartimentos estancos y el hermetismo. Utiliza como instrumento de trabajo y de relación las REUNIONES, en cualquiera de sus múltiples facetas y variedades. Podríamos clasificarlas en: - Reuniones Orgánicas, que en los Centros docentes se refieren a las reuniones del Consejo Escolar y del Claustro de Profesores, que son convocadas y presididas por el Director. - Reuniones Técnicas-Profesionales, que como su nombre indican sirven para tratar asuntos relacionados con actividades técnicas del Centro y en ellas suelen participar los profesionales afectados, Departamentos, Ciclos y Seminarios de Profesores, Comisiones Económicas, Comisiones de personal auxiliar y administrativo, etc. - Reuniones Institucionales o Comunitarias, que son promovidas por las instituciones o por los diversos sectores de La Comunidad Educativa para analizar y buscar soluciones de mejoras a los aspectos de la vida del Centro que de una manera directa o indirecta se relacionan con ellos. Aquí podríamos ubicar a las APAs, Juntas de Delegados de Alumnos, Comisiones de Escolarización, Distritos Municipales, Asociaciones de Alumnos, reuniones de Inspección de Zonas, Comisiones de Directores, etc. Se desprende de todo lo dicho La existencia de una coordinación/dirección de recursos humanos que puede tener un doble carácter interno y externo al propio Centro. Esta coordinación y dirección por su complejidad puede producir en ocasiones disfunciones y conflictos que una buena planificación debe procurar evitar o reducir, siendo Las más frecuentes: - Tratamiento paralelo e innecesario de un mismo aspecto por varios Organos de Gobierno. - Asunción de un tema o problema por el órgano o sector comunitario no competente para ello. - Falta de operatividad de las reuniones de trabajo por una deficiente preparación técnica. - Falta de compromiso o implicación insuficiente para abordar los temas tratados.

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos Estas importantes competencias de los Organos de Gobierno y, como hemos visto, de otros sectores, sobre la coordinación y dirección de los recursos humanos implicados o relacionados con los Centros educativos, debe ser tratada en el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los mismos. A nuestro juicio deberían contemplarse dos dimensiones: a) Estrategias favorecedoras de la dirección / coordinación de los recursos humanos: - Establecimiento de cauces que permitan una planificación conjunta de todos los órganos y sectores con capacidad para la coordinación de recursos humanos. - Desconcentración y delegación necesaria de este tipo de funciones que permitan atender los innumerables campos y actividades que el modelo actual requiere. - Coordinación o dirección no sólo de los recursos humanos internos del Centro, sino los externos y no habituales del mismo. En este último sentido es de gran interés la atención y coordinación de los múltiples servicios que hoy afortunadamente proporcionan las instituciones y el entorno escolar: servicios de apoyo educativo, equipos multiprofesionales, técnicos sociales, etc. b) Definición de programas y técnicasde actuación para la coordinación y dirección de los recursos humanos, que permitan rentabilizar los esfuerzos de todos los implicados y asegurar una calidad científica de los resultados y acuerdos adoptados. En este sentido, insistiremos en las reuniones de trabajo como pieza clave que son para la gestión participativa del modelo asumido. Es necesario evitar que tan valioso instrumento sea ineficaz, monótono y estéril por falta de preparación para aplicarlo adecuadamente y por no contar con los requisitos necesarios de ejecución. Los directivos y coordinadores han de tomar conciencia de que los equipos que lideran han de adoptar, a veces, decisiones trascendentales para la comunidad educativa y que, en muchas ocasiones, el éxito o fracaso del resultado final depende de la preparación de la reunión y del mayor o menor acierto con que se dirija la misma. Un buen Reglamento de Organización y Funcionamiento debe apoyar este importante trabajo, introduciendo arna organización flexible del Centro que prevea espacios, tiempos, materiales, asesoramientos necesarios, delegación de competencias en los más capacitados, etc. Procurar que las reuniones de trabajo adquieran el grado y el nivel deseable de eficacia y gratificación, requieren de los responsables y coordinadores un talante ejecutivo, técnico, democrático y de gestor por antonomasia. No cabe la menor dudo de que la capacidad de los responsables es clave: flexibilidad, capacidad de negociación, seguimiento y control, etc. Es necesario que sean garantizadas mediante un plan de formación y reciclaje permanente, que debe partir del estudio de necesidades de los propios implicados. Como dice M. Álvarez,un doble perfil, en absoluto contradictorio, surge de la competencia de dirección/ coordinación de grupas. Por un lado, la eficacia del ejecutivo y por otro la paciencia y habilidad del negociador.

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria 4. GESTIÓN ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA Otras de las áreas de competencias asignadas a los órganos de gobierno de los Centros educativos es la gestión y control administrativo del mismo. Esta gestión y control, con el transcurso del tiempo y la complejidad de la acción educativa, alcanzan una gran dimensión en muchos Centros docentes. Las tareas de control y gestión administrativas podríamos agruparlas en las siguientes áreas: - Planificación Administrativa: que abarca básicamente los siguientes aspectos: • Ordenación del régimen general administrativo del Centro. • Elaboración del anteproyecto del presupuesto económico. • Elaboración del mapa de necesidades y propuestas administrativas y de gestión. - Representación y Dirección Administrativa: • Participación y asistencia a los órganos de Gobierno del Centro. • Jefatura del Personal. - Gestión Administrativa: • Custodia de libros y archivos. • Expedición de Certificaciones. • Inventario y control de materiales del Centro. • Cumplimentación de documentación administrativa al servicio de la acción educativa, etc. Este cúmulo de tareas requiere, para que pueda ser atendido convenientemente, un modelo de gestión bien definido y realista que permita adecuarse a las necesidades del Centro. Este modelo debe plantearse unos objetivos acordes con las necesidades y con los recursos existentes, diseñar un Programa Técnico de Gestión con la fundamentación técnica precisa y con los mecanismos de valoración y retroalimentación necesarios. Desafortunadamente no siempre es así, y las tareas de gestión y administración, se desarrollan a veces en los Centros docentes de manera improvisada y voluntarista. Por este motivo,es necesaria que toda Reglamento de Organización y Funcionamiento contemple las medidas necesarias que permitan una eficaz gestión y control administrativo y que, además, posea el mayor carácter participativo posible, definiendo el modelo de gestión adoptado y que se caracterizará por: a) Hacer posible o facilitar el desarrollo del PROYECTO DE CENTRO APROBADO. b) Atender las necesidades de la Comunidad Educativa, para lo cual es necesario un buen estudio de las necesidades comunitarias: demandas y prioridades de los diversos sectores implicados, informaciones solicitadas, horarios más adecuados, etc. c) Asumir, de acuerdo con los recursos existentes, el PROGRAMA TÉCNICO DE GESTIÓN viable. Proyecto que debe ser difundido y conocido por los sectores afectados. d) Propiciar la valoración y evaluación periódica que se establezcan permitir introducirlas reconducciones precisas. e) Permitir la participación para lo cual deben establecerse las estrategias necesarias de comunicación, coordinación y aprobación, en su caso, por los órganos de gobierno del Centro.

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos Por otra parte, la organización contemplada en el Centro docente deberá posibilitar que el modelo de gestión adoptado cuente con los espacios adecuados, seguros y accesibles, con el tiempo real necesario y con el personal responsable que lo haga posible. La normativo vigente atribuye a lConsejo Escolar y al Director las funciones de aprobación y supervisión de la Programación General del Centro, incluido el Programa de Administración, reservando para el SECRETARIO la competencia directa de la gestión administrativa. Por ello, el responsable de este área en el Equipo Directivo debe ser una persona que conozca la normativa vigente y los requisitos administrativos del Sistema Educativo. Caso de contar el Centro con la adscripción de un Administrador de acuerdo con el artículo 58 de la LOGSE, debería asumir las siguientes funciones de carácter general: - Responsable ante la Comunidad educativa y la Administración del edificio, pertenencias y materiales del Centro. - Responsable de la gestión del personal en el Centro, salvo en los aspectos Técnico-Pedagógicos, ante la Administración educativa. - Responsable de la gestión económica y Administración del Centro, ante la Comunidad escolar y la Administración Educativa. En el caso de que un edificio escolar albergara más de un Centro educativo, el Administrador sería el mismo para todos los Centros.

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria 5. REPRESENTACIÓN Y RELACIONES COMUNITARIAS La normativa vigente atribuye al Director, entre otras, las siguientes competencias: - Coordinar la participación de los distintos sectores de la Comunidad escolar, procurando los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas atribuciones. - Promover e impulsar las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno, especialmente con los organismos públicos que llevan a cabo tareas de responsabilidad en materia educativa. - Facilitar la adecuada coordinación con el Centro de Profesores y otros Servicios Educativos de su demarcación y suministrar la información que le sea requerida por las instancias educativas competentes. - En los Centros de Formación Profesional, representar a los mismos en sus relaciones con los Centros de trabajo, siempre que afecten a aspectos referentes a su formación. Y especifica, también, que el Consejo Escolar del Centro tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones: - Establecer las relaciones de colaboración con otros Centros con fines culturales y educativos. - Conocer las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno, en especial con los organismos públicos que llevan a cabo tareas de responsabilidad en materia educativa. - Conocer en los Centros de Formación Profesional las relaciones con los centros de trabajo, especialmente las que afecten a aspectos referentes a la formación. De lo expuesto, podemos deducir que el marco normativo y el modelo educativo actual ponen de manifiesto la necesidad de que diferentes y variados interlocutores sociales se preocupen, intervengan o colaboren en el hecho educativo. La interacción entre los distintos sectores comprometidos en este hecho educativo es pues una realidad y una necesidad. Ante esta situación, el sistema de relaciones personales e institucionales adquieren arna profundo dimensión educativa, que es necesario prever y desarrollar can especial atención. El hecho educativo en un Centro se encuentra relacionado con una serie de interlocutores que podemos agrupar en: internos (Alumnos y alumnas, padres y madres, profesores y profesoras, personal auxiliar y de servicio, etc); externos, que a su vez se pueden subdividir en interlocutores institucionales (Servicios educativos, administraciones que pueden colaborar en el Proyecto del Centro, Ayuntamientos, etc.) y sociales (Iglesias, Asociaciones y Peñas culturales,Partidos y Sindicatos, Empresas, Profesionales y Trabajadores, Organizaciones Sociales y humanitarias, etc.). Este rico mundo de posibles relaciones del Centro docente con los miembros de su Comunidad Educativa y con su entorno socio-cultural, generará, sin lugar a dudas, un beneficioso impulso en la dinámica y en el desarrollo del Proyecto educativo del mismo. Unas relaciones fluidas y bien planificadas pueden permitir el conocimiento mutuo, el intercambio de experiencias y el desarrollo de colaboraciones y apoyos concretos. Pero los Órganos de Gobierno de los Centros docentes se ven en ocasiones desbordados por este tipo de relaciones, para las que ni poseen el tiempo necesario ni la preparación suficiente. De aquí la importancia de que el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Centro educativo tenga previsto cómo abordar convenientemente este tipo de tareas par parte de los Órganos de Gobierno o de otros sectores que intervengan. Algunas estrategias a contemplar son:

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Orientaciones para el gobierno y gestión democráticos de los centros educativos a) Definición de un Programa de Actuación y relación de los órganos de gobierno con el entorno por parte de los órganos que tienen encomendadas este tipo de competencias. El programa debe estar perfectamente diseñado y consensuado. Debe hacerse con criterios realistas y teniendo presente en todo momento su viabilidad. En su elaboración se tendrán en cuenta como mínimo los siguientes elementos: Estudio de sectores y recursos para el establecimiento de relaciones con el Centro. - Priorización de necesidades. - Estrategias y técnicas de relaciones. - Diseños de actuaciones concretas de colaboración. - Negociaciones precisas y tipos de acuerdos de colaboración y de relación. - Calendario y temporalización. - Órganos y personas responsables. - Mecanismos de valoración. b) Establecimiento de los instrumentos básicos para gestionar las relaciones del Centro con la Comunidad. Se centrarán fundamentalmente en la negociación y en la discusión, para lo cual se deberá tener previsto: materias objeto de negociación, técnicas, personas más idóneas para ella, estrategias de discusión y de trabajo en grupo, etc. c) Creación de Comisiones y Equipos de Trabajo (Comisiones de Directores, Comisiones de especialistas, Grupos mixtos de trabajo, etc.), que dada la complejidad y extensión delas relacionas del Centro, podrían estudiaren profundidad las diversas opciones a tomar y proponer a los órganos competentes las decisiones más adecuadas. Y por último, es muy importante que las personas responsables de este tipo de tareas sean buenos gestores de recursos humanos, posean capacidad para las relaciones públicas y tengan un perfil negociador, integrador y facilitador del consenso. En caso contrario, los directivos responsables deben delegar este tipo de actuaciones en la persona del Centro que más capacidad tenga para ello. Un error grave en el desarrollo de estas funciones puede hacer peligrar o fracasar el Proyecto global del Centro.

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Colección de Materiales Curriculares para la Educación Primaria REFLEXIÓN FINAL Como reflexión final expresar que la gestión participativa y la dirección de un Centro docente hace recaer sobre los Órganos de Gobierno (Colegiados y Unipersonales) una serie de competencias muy complejas y diversas que exigen a sus directivos y coordinadores capacidades y perfiles distintos y complementarios, lo cual nos lleva a una serie de consideraciones: • Dada la complejidad y los objetivos de la función directiva es absolutamente necesario el trabajo participativo y en equipo. • Para el desarrollo de este tipo de tareas es imprescindible que los directores asuman el compromiso y la responsabilidad necesaria, tanto desde el punto de vista institucional como desde el profesional. • Y por último, destacar la necesidad de conseguir una actitud, permanentemente abierta, hacia la formación y el perfeccionamiento, como demanda una gestión eficaz y progresista de los Centros Educativos.

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