LEY ARANCELARIA PARA EL COBRO DE HONORARIOS DE LOS ABOGADOS, DEPOSITARIOS, INTERPRETES, TRADUCTORES, PERITOS VALUADORES Y ARBITROS, NUMERO 47. CAPITUL
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Despacho Superintendente
Superintendencia del Sistema Financiero
CIRCULAR 10 de noviembre de 2009 No DS DDF
5 1 7 6 0 5 ASUNTO Sustituci n de las Normas para la Inscripci n de Peritos Valuadores y sus Obligaciones Profesionales en el Sistema Financiero NP84 39
Seæores Peritos Valuadores inscritos
en
el
Registro
Presidentes y o Representantes Legales de Bancos Presidentes de Bancos Cooperativos Presidentes de Sociedades de Ahorro y CrØdito Presidentes de Sociedades de Seguros Presidentes de las Instituciones Pœblicas de CrØdito Presente Estimados seæores Nos referimos
a
las Normas para la
Inscripci n de Peritos Valuadores y sus Obligaciones Profesionales en el 39 cuyo objeto es regular la inscripci n de personas naturales o jur dicas como NPB4 en el Registro que al respecto lleva esta Superintendencia
Sistema Financiero
peritos
valuadores
Sobre el particular se ha actualizado el referido marco normativo aclarando entre otros el proceso de evaluaci n de las solicitudes de inscripci n y el de las solicitudes de pr rroga as como el proceso transitorio mientras no sea exigible las cuarenta horas de capacitaci n en temas de valuaci n por lo que el Consejo Directivo de esta
Superintendencia
en
Sesi n No CD 09 de fecha 16 de octubre de 2009 43 el Acuerdo siguiente
despuØs
de
conocer
y analizar la
propuesta de sustituci n de las referidas Normas adopt
la sustituci n de las Normas para la Inscripci n de Peritos Valuadores y sus Obligaciones Profesionales en el Sistema Financiero NP84 39 por las Normas para la Inscripci n de Peritos Valuadores y sus Obligaciones Profesionales en el Sistema Financiero NP84 42 con vigencia a partir del uno de diciembre del aæo dos mil nueve
Aprobar
Se
adjunta un ejemplar
de las Normas citadas
Atentamente
Superintendente Con Anexo
A 1a Calle Pte y 7a Av Nte No 240 San Salvador Apdo Postal 2942 San Salvador El Salvador C Tel 503 2281 2413 Email Informa@ssf 2444 Fax 503 2281 sv gob ssf www http sv Web gob
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVADOR EL SALVADOR C A TELEFONO
503
2444 Email informa 2281 cWeb b crssf
osyf w r htt obsv
42 NPB4
Superintendencia del Sistema Financiero con base en el art culo 10 de su Ley OrgÆnica y los art culos 236 de la Ley de Bancos 37 de la Ley de Sociedades de Seguros 27 28 y 49 del Reglamento de la Ley de Sociedades de Seguros 45 de la Ley de Bancos Cooperativos y Sociedades de Ahorro y CrØdito y 46
El
Consejo
de la
Ley de
Directivo de la
Titularizaci n de
NORMAS PARA LA
Activos
emite las
INSCRIPCI N DE PERITOS
VALUADORES
Y SUS OBLIGACIONES PROFESIONALES EN EL SISTEMA FINANCIERO
CAPITULO I OBJETO Y SUJETOS
Objeto Art 1 Las
presentes
Normas tienen
como
objeto regular
inscripci n en el Registro
la
jur dicas interesadas en ser calificadas e inscritas Peritos Valuadores de la Superintendencia del Sistema Financiero as como obligaciones profesionales que deben cumplir en el ejercicio de la actividad personas naturales
o
de de
las de
valuaci n
Sujetos obligados Art 2Los personas naturales como
sujetos obligados al cumplimiento de las presentes Normas son las jur dicas inscritas en el Registro y las interesadas en inscribirse
o
Peritos Valuadores
en
el mismo
Definiciones Art 3 Para los fines de las presentes Normas las expresiones Consejo Directivo Superintendencia entidad o entidades Perito y Registro en su
orden
son
equivalentes
a
Consejo
Directivo de la
Superintendencia Superintendencia
del Sistema Financiero a las entidades financieras supervisadas al Perito Valuador la como persona natural o como persona jur dica cuya finalidad principal es la de ejercer esta actividad de valuaci n y al Registro de Peritos Valuadores que lleva
Superintendencia
CAPITULO II DEL REGISTRO DE PERITOS VALUADORES
Del
y la autorizaci n de los Peritos Art 4 La Superintendencia con base
Registro
a
la facultad que le otorga la
Ley de
de Bancos llevarÆ un Registro de los Peritos autorizados para efectuar valoraciones valorar bienes dichas as como que para bienes muebles e inmuebles de las entidades entidades reciban
como
garant as q v
U
DPi
srr nan rr rzr tic zo
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN
SALVADOR
EL
SALVADOR
A C
Los Peritos que
cumplan con los requisitos para su registro de conformidad a su especializaci n serÆn autorizados por el Consejo Directivo de la Superintendencia la inscripci n les habilita para ejercer la funci n de valuaci n de activos fijos y de las garant as que reciban las entidades supervisadas Especializaci n
de los Peritos Valuadores
Art 5 El
1 Terrenos
Registro
se
clasifica
en
las
siguientes categorias
Construcciones que comprende la valuaci n urbanizaciones vivienda m nima residencias lotificaciones comerciales y
de terrenos
edificios
urbanos
y
locales
2 Inmuebles
Agropecuarios y Bienes Industriales que comprende la valuaci n de construcciones y terrenos agroindustriales pecuarios y rœsticos maquinaria y equipo agricola semovientes y productos agr colas e industriales plantaciones inmuebles industriales maquinaria y equipo 3 Medios de
pesados
De conformidad se
le inscriba
en una o
Solicitudes de
a
anÆlogos
y
y otros bienes
transporte
automotores veh culos
industrial y otros
la
muebles que comprende la valuaci n de aeronaves bienes nÆuticos y otros bienes muebles
experiencia y capacidad del Perito este puede categor as antes mencionadas
solicitar que
varias de las
inscripci n
Art 6 Las solicitudes de
aæo durante los
inscripci n
en
el
Registro
se
recibirÆn dos
veces
al
de febrero y agosto de conformidad a publicaciones efectuadas la Superintendencia en dos peri dicos de circulaci n nacional Para que sean por tramitadas las solicitudes de inscripci n Østas deberÆn cumplir con los meses
requisitos
establecidos
en
estas Normas
En armon a con el Art 16 literal
b de las Normas para Clasificar los Activos de Crediticio las Reservas de Saneamiento NCB y Constituir Riesgo 022 no necesitan el los inscribirse en Peritos que son empleados de las entidades financieras Registro que realicen valœos de
garant as de la misma entidad para la cual laboran con valores doscientos mil d lares 200 00 y setenta y cinco mil d lares 000 en crØditos 00 000 75 para empresa y vivienda respectivamente debiendo remitir œnicamente su cumculum en el cual se describa y compruebe su experiencia en la menores
a
materia y la constancia
de
trabajo
obstante deberÆn cumplir
con
lo
emitida por la entidad para la cual labora No los Cap tulos IV en lo que corresponda y
dispuesto en
V de estas Normas
Las personas cuyas solicitudes de los siguientes per odos de
una nueva en
inscripci n sean denegadas podrÆn presentar recepci n de solicitudes
CAPITULO III PROCEDIMIENTOS DE INSCRIPCI
N
Para persona natural Art 7 En todo momento los Peritos deberÆn reunir requisitos m nimos de independencia solvencia moral y econ mica as mismo no deberÆ ser
deudor codeudor
2
n
t rr rLwnncmea
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVADOR EL SALVADOR C A
fiador de crØditos les haya calificado o
en
las entidades fiscalizadas por la
en
categor a
de
Superintendencia
crediticio D1 D2
riesgo
condenado por delitos contra el patrimonio o la hacienda calificaci n m nima que establece el art culo 11 de estas Normas
E
alos que
no
se
haber sido la
pœblica
y obtener
jur dica
para que
Para persona
jur dica requisitos que deberÆ cumplir la su solicitud de inscripci n serÆn los siguientes aceptada Art 8 Los
1
Que
la escritura de constituci n
o sus
modificaciones contenga
que la sociedad
finalidad bienes muebles o inmuebles dentro de
su
persona
puede
dedicarse
a
sea
espec ficamente
realizar valuaci n de
2 Que el Representante Legal los miembros de la junta directiva u rgano equivalente y el gerente general o el que haga sus veces en todo momento no sean deudores codeudores o fiadores de crØditos en entidades fiscalizadas por la Superintendencia alos que se les haya calificado en categor a de riesgo crediticio D1 D2
jur dica
E Este
requisito
tambiØn lo deberÆ
cumplir
la persona
tal
como
de la
3 Que el Representante Legal los miembros
junta directiva
u
rgano
de gerente general o el que haga sus veces no tengan el cargo director gerente o empleado de algœn banco sociedad de seguros banco cooperativo sociedad de ahorro y crØdito entidad perteneciente a un conglomerado financiero o de cualquier otra entidad fiscalizada por la Superintendencia y
equivalente
4 Que
el
y el
Representante Legal cumpla
art culo 11 de Informaci n
requerida Cumplidos
Art 9
persona natural
segœn Superintendencia sea
1
lo
2
requerida
en
el
requisitos mencionados en los dos art culos anteriores juridica interesada en inscribirse deberÆ presentar a la
siguiente
indicando
Art 5 de las
la calificaci n m nima
los o
Carta solicitud manifestando
Registro
con
estas Normas
la
presentes
su
categor a
Normas
interØs en
en
ser
calificado
inscrito
e
en
el
de conformidad al
la que desea inscribirse de solicitud en Anexo No 1
Ver modelo
Curr culum Vitae y t tulo acadØmico Øste œltimo cuando aplique en copia desea ser inscrito certificada y ademÆs relacionado con la categor a en la cual En
el
caso
corresponda
persona jur dica presentar los documentos de la
3 Detalle de los valœos realizados
serÆ
el
Representante
durante los œltimos tres aæos
Legal quien
a
le
la fecha de la
de la persona jur dica deberÆ ser el solicitud de inscripci n as como fotocopia de Representante Legal quien presente dicha informaci n informes de valœos por cada categor a en la que solicite su inscripci n en
el
caso
3
o
fd y
f
tia
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN
EL
SALVADOR
A C
SALVADOR
Los valœos realizados
inscripci n
es
para
los tres aæos anteriores
en
ponderar
los factores de la
a
la fecha de la solicitud de
experiencia en el trabajo y el ponderaci n pero no
contenido de los informes de valœos La carencia afecta la es
limitante para la autorizaci n
en
el
Registro Centros
4 Certificaci n de la Direcci n General de
Penales
de
no
tener
antecedentes
directiva
penales por delitos dolosos En el caso de la persona jur dica este cumplirlo el Representante Legal los miembros de la junta rgano equivalente y el gerente general o el que haga sus veces
deberÆn
requisito
u
5 Fotocopias certificadas por Notario de los siguientes a Documento nico de Identidad DUI b c
Nœmero de Identificaci n Tributaria Nœmero de
Registro
Bienes Muebles y En el
de
a la
NIT
Contribuyente
documentos
y
al
Impuesto
a
la Transferencia de
Prestaci n de Servicios NRC
de la persona jur
dica los documentos descritos en los literales a y b requerirÆn al Representante Legal a los miembros de la junta directiva y al gerente general o al que haga sus veces ademÆs ala persona jur dica como tal se le requerirÆ lo descrito en los literales b y c y se
6
caso
le
En el
caso de la persona juridica fotocopia del testimonio de la escritura de constituci n y sus modificaciones y credencial del nombramiento de la junta directiva u rgano equivalente as como tambiØn del general o del que
gerente
haga
sus
En el deberÆn
veces debidamente inscritas de los Peritos
caso
cumplir
con
extranjeros
los trÆmites de
apostille
ya sean personas naturales o jur dicas si el pa s de origen es suscriptor del
Convenio de la Haya del cinco de octubre de mil novecientos sesenta y uno caso contrario serÆ preciso legalizar los documentos pertinentes conforme a la legislaci n salvadoreæa
Verificaci n de la informaci n Art 10 Los
Superintendencia
requisitos
por
medio
y la informaci n de
consultas e que deberÆ
proporcionada serÆn inspecciones las
verificados por la cuales
quedarÆn
sustentadas mediante acta simple ser suscrita por el interesado y el funcionario de la Superintendencia que realice la verificaci n y posteriormente se procederÆ a una prueba de conocimiento En
requerido
de que la documentaci n no se presente completa conforme a lo los art culos 7 8 y 9 de estas Normas no se le darÆ trÆmite a dicha
caso en
solicitud Factores de evaluaci n Art 11 La evaluaci n de las solicitudes
se
harÆ
con
base
a
los factores y
puntajes siguientes
j
æ
a 1 2 SI5iPi
T7NAti 7i RO k
4
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVADOR EL SALVADOR C A
PONDERACI N
FACTORES Solicitudes para
Solicitudes para
inscripci n
60
2 Formaci n acadØmica
IS
15
3
10
20
Experiencia
de
trabajo
4 Contenido de los informes de 5
Capacitaci n
en
TOTAL Con base al inciso
10
20
OS
45
100
100
valœos
valœos de bienes
segundo del Art 14 de
estas
No
pr rroga aplica
1 Prueba de conocimiento
Normas
La calificaci n m nima
Registro
requerida para inscripciones 70 puntos por categor a
serÆ de setenta
y
en
el
base
en
renovaciones
Ponderaci n de los factores Art 12 Los factores descritos
los criterios que
a
continuaci n
se
Prueba de Conocimiento caso
de personas
en
el art culo anterior
se
ponderarÆn
con
describen
60 puntos El Perito deberÆn realizar
jur dicas
el Representante Legal en el prueba de conocimientos por
o
una
para cada categor a a la que pretende se le inscriba obtener deberÆ ser seis 6 de una nota de diez 10
escrito la cual serÆ diferente
cuya calificaci n m nima a de no obtenerse la calificaci n m nima
no se
evaluarÆn los otros factores La
mØtodos de valuaci n para valorar bienes y criterios de valuaci n as como el conocimiento de las regulaciones financieras emitidas por esta Superintendencia lo aplicable de la Ley del Medio Ambiente Ley de Desarrollo y en
prueba
incluirÆ conceptos
tØcnicos depreciaci n parÆmetros
Ordenamiento Territorial del
como
son
`rea Metropolitana
de San Salvador y de los
Municipios Aledaæos y Normas Internacionales de ComitØ de las Normas Internacionales de Valuaci n 2
Valuaci n emitidas
por el
Formaci n AcadØmica 15 puntos Se asignarÆ quince 15 puntos al Perito que tenga t tulo acadØmico en cualquier rama de la Ingenier a o Arquitectura y cualquier carrera especializada en el valœo de bienes emitido por una instituci n debidamente acreditada por la Comisi n de Acreditaci n de la Calidad de la Educaci n Superior adscrita al Ministerio de Educaci n o por de educaci n
otro
superior
organismo
de reconocido
prestigio
Se
asignarÆ
diez 10 puntos al Perito
como a los que que tenga t tulo acadØmico en cualquier carrera universitaria as menos dos aæos carrera de lo acrediten mediante t tulo acadØmico de tØcnica por desea extendido inscribirse por una de duraci n en el Ærea especializada en que
instituci n de educaci n superior debidamente acreditada y cinco 5 puntos al otro equivalente En el caso de la persona que presente t tulo de bachiller u
jur dica 3
el
puntaje
serÆ
asignado
al Representante
Legal
Se Experiencia de Trabajo 10 puntos para inscripci n 20 para pr rrogas suscrito otorgarÆ al Perito un 1 punto por cada informe de valœo que presente
de diez 10 puntos los cuales deben estar en relaci n a por Øl hasta un mÆximo la especializaci n en la que desee ser inscrito En el caso de la persona jur dica
serÆ el Representante
Legal quiØn
Para las
otorgarÆn
pr rrogas
se
deberÆ cumplir
con
este
requisito
dos puntos por cada informe hasta
un
mÆximo
1 r t r t
de veinte puntos
J
i1
aJ l 5
STEMA FINANCIERO SUPERINTENDENCIA DEL S SAN
SALVADOR
4
EL
A C
SALVADOR
Contenido de los Informes de Valœo pr rrogas El pontaje mÆximo que se
10 puntos para inscripci n 20 para podrÆ asignar es de diez 10 puntos a
punto por informe y se harÆ con base en la verificaci n y anÆlisis de sobre valœos de activos y los documentos que sustenta dicho informe segœn la categor a solicitada para ser inscrito la evaluaci n se harÆ raz n de un
los informes
el contenido m nimo del informe
considerando
estipulado
en
el art culo 23 de
estas Normas
Para las
pr rrogas
se
otorgarÆn dos puntos
por cada
informe hasta
un
mÆximo
de veinte puntos y 5
Capacitaci n en Valœos de Bienes 5 puntos para inscripci n 45 puntos para pr rrogas Por cada capacitaci n recibida y comprobada por el Perito se le asignarÆ un 1 punto hasta alcanzar el pontaje mÆximo de cinco 5 la capacitaci n deberÆ ser continuada a efecto de actualizarse con las tØcnicas de valuaci n
Para las
pr rrogas de inscripci n el Perito deberÆ comprobar haber recibido capacitaci n en temas de valuaci n por lo que se le asignarÆ
cuarenta horas de
45 puntos
Comunicaci n de la resoluci n Art 13 El Consejo Directivo resolverÆ sobre las solicitudes de inscripci n en el Registro de conformidad a los resultados de la evaluaci n de las mismas y comunicarÆ a los interesados a travØs del Superintendente o la persona que Øste
delegue
sobre la autorizaci n
o
denegatoria de inscripci n
de la inscripci n y su pr rroga Art 14 La autorizaci n de la inscripci
en
el
Registro
Vigencia dos
aæos
los que
una vez
n
tendrÆ
vigencia
para
un
per odo de
transcurridos podrÆn prorrogarse por per odos iguales para presentar a esta Superintendencia dentro de un plazo de
lo cual los interesados deben sesenta
d as
de que
llegue a su vencimiento la inscripci n respectiva la informaci n y documentaci n actualizada que se requiere en los numerales del 1 a14 de los art culos 8 y 9 de estas Normas segœn sea el caso antes
La solicitud de somete una
pr rroga
solicitud de
serÆ
inscripci n
objeto por
del mismo proceso evaluativo al que
primera
vez con
excepci n
de la
prueba
se
de
conocimiento que se sustituirÆ por la constancia que acredite 40 horas de capacitaci n en temas de valuaci n la cual no deberÆ ser mayor a dos aæos a la fecha de presentaci n de la solicitud de pr
rroga
Si la vigencia de la inscripci n expira sin que el Perito haya presentado solicitud de pr rroga la inscripci n se cancela y el Perito quedarÆ inhabilitado y deberÆ continuar usando el nœmero de inscripci n que lo relacionaba con el Registro En
caso
solicitud para
que la solicitud de
una nueva
la fecha de la
pr rroga sea denegada el solicitante podrÆ presentar inscripci n en el per odo de recepci n de solicitudes posterior
denegaci n Dicha solicitud inscripci n por primera vez en el Registro a
su no
recibirÆ el tratamiento
como
si fuera
una
s J
n
SrsTe
G
i PINAN rJtD
6
r
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVADOR EL
SALVADOR
A C
CAPITULO IV
OBLIGACIONES PROFESIONALES DEL PERITO VALUADOR
Obligaciones profesionales Art 15 El
Perito deberÆ desarrollar
su
labor de
competente e las partes interesadas
manera
independiente En el ejercicio de sus funciones no podrÆ recibir de ningœn beneficio personal obsequios o dÆdivas con excepci n de los honorarios que hayan sido pactados entre las partes Tales honorarios no deberÆn estar condicionados al valor resultante del bien objeto de valuaci n El Perito deberÆ informar a la Superintendencia cualquier evidencia de coacci nala que sea sometido por parte de los interesados para alterar
su
informe de valœo
Informes del Valœo Art 16 El Perito deberÆ
dos informes de
entregar
valœo
uno
entidad financiera y otro al titular del bien valuado cuando este incurra
dirigido
en
a
la
el pago del
valœo
Incompatibilidad para
contratos de valuaci n
17 Cuando le Art Perito
a
no deberÆ encontrarse
requerido los servicios de siguientes situaciones
sea
valuaci n de
garant as
el
en las
Tener relaci n laboral
con
el
propietario
del bien
con
quien
lo represente
o con
el solicitante del
crØdito b Que el Perito sea el solicitante del crØdito c Tener relaci n de parentesco dentro del segundo grado de consanguinidad
segundo d
de afinidad
o
adopci n
solicitante del crØdito y Que el c nyuge o parientes
con
el titular del bien
a
valuar
o
con
y
el
segundo grado de afinidad consanguinidad segundo Representante Legal de los miembros de la junta directiva u rgano equivalente o del gerente general o el cual que haga sus veces no sea director o gerente de la entidad supervisada a la prestarÆ los servicios de valuaci n a aplicarÆ
El literal
financiera y que
su
del
inclusive cuando
valuaci n se
dentro del
comprendidos
de
o
requiera
se
trate
de activos
propios
de la entidad
para efectos administrativos
legales obligaci n
Examen de documentos
del Perito examinar los documentos legales que del bien acrediten la propiedad que se valœa tambiØn deberÆ verificar prevenciones y gravÆmenes que recaigan sobre los mismos Art 18
Es
Tratamiento fiscal Art 19 En el valœo de
un
bien
no
deberÆ incluirse pagos de impuestos
o
derechos que deban correr a cargo de un comprador potencial en consecuencia en el informe de valuaci n deberÆ consignarse con suficiente claridad que el valor del inmueble no incluyen gastos de esa naturaleza Efectos ambientales del valœo Art 20 Al preparar el valœo de efecto
negativo
propiedad el Perito deberÆ considerar el provocados por la acci n del ser humano
una
de los factores ambientales
n f t a
7
STEMA FINANCIERO SUPERINTENDENCIA DEL S A SAN SALVADOR EL SALVADOR C
Para
ello deberÆ
tomar en
realizado de hasta Valœos
en
otros
cualquier
examen
pa ses
Art 21 En el
extranjero
cuenta si los hubiere los resultados de anterioridad a la fecha del valœo
tres aæos con
de valuaci n de propiedades inmobiliarias situadas en el ejecute el valœo deberÆ conocer las disposiciones legales y el
caso
el Perito que
mercado inmobiliario del pa s de que Art 22 El asiento
se
trate
registral podrÆ
ser
suspendido
o
cancelado por el
Consejo
Directivo segœn gravedad de la infracci n ya sea por incumplimiento a las presentes Normas o por hechos que afecten la confiabilidad de los referidos profesionales la
La su
suspensi n vigencia se
o
registral por causa distinta de expiraci n de diligencias administrativas que conceden la garant a
cancelaci n de un asiento
efectuarÆ
previo
las
de audiencia al involucrado
CAP˝TULO
V
CONTENIDO DE INFORMES PERICIALES
Contenido m nimo del informe de valœo Art 23 El informe del valœo de
informaci n y documentos
1
un
activo deberÆ
incluir
como
m nimo
la
siguientes
Informaci n de carÆcter general
a
Identificaci n del
o
los
propietarios
del bien y cuando
proceda
la del
solicitante del crØdito b Fecha del valœo c Valor del bien con base en las condiciones del mismo en la fecha del valœo En el caso de inmuebles no deberÆ incluirse como parte del valor del bien los posibles efectos de futuros proyectos de desarrollo El valœo se establecerÆ por el Valor Comercial determinado a partir del d MØtodo Comparativo e TambiØn deberÆ de presentarse el Valor de Reposici n a partir del MØtodo del Costo f Valor en libros cuando proceda
g
Anexos
planos arquitect nicos levantamientos topogrÆficos testimonio de propiedad certificaci n extractada del inmueble con fecha de antig edad no mayor a 60 d as de la fecha de elaboraci n del valœo estos escrituras de
œltimos documentos serÆn proporcionados
entidad financiera al Perito fotograf as bien diagrama ubicaci n levantamiento sin escala los documentos y complementarios necesarios para respaldar el valœo y h Nombre completo firma sello y nœmero de registro del Perito Valuador responsable del valœo Previo a la informaci n anterior deberÆ escribirse el del
pÆrrafo siguiente conoce
y
cumple
por la
de
El suscrito Perito Valuador declara con
las
regulaciones
contenidas
en
bajo juramento las
que Normas para la
de Peritos Valuadores y sus Obligaciones Profesionales en el Sistema Financiero NPB4 42 en consecuencia no se tiene ninguna de las 17 de la referida Norma incompatibilidades descritas en el Art que impida
Inscripci n
emitir el presente informe pericial
g
iet ay nrr
sisr hTn ruvnrurrno
s
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN
2
SALVADOR
EL SALVADOR C A
Informaci n espec
para Terrenos y Construcciones
fica
a Descripci n del entorno indicando Direcci n y ubicaci n exacta del inmueble distancias de Øste urbanos y comerciales mÆs cercanos entre otros
i ii
a
centros
Condiciones y factibilidad de las v as de acceso y
i Servicios bÆsicos pœblicos y privados como los siguientes agua potable energ a elØctrica alcantarillado sanitario alcantarillado pluvial telefon a fija establecimientos de salud y otros aspectos relevantes
b Descripci n del terreno indicando i Si es rœstico o urbano Æreas estimadas total œtil restringida y protegida de ser el caso Æreas planas semiplanas onduladas y quebradas morfolog a Vocaci n del
i
terreno y uso
actual
Descripci n vegetaci n existente detalle de la producci n agr cola o cualquier rendimiento que se obtenga de la propiedad de la
iv Calidad del suelo y v Servidumbres cercos
manantiales y otros
aspectos relevantes
de la infraestructura fisica del inmueble indicando
c Descripci n i `reas totales
œtiles cuando proceda Muros perimetrales estacionamientos sistema constructivo acabados incluyendo tipos de techos pisos paredes puertas ventanas cielos rasos losas y accesorios existentes Condiciones de descarga y tratamiento de aguas negras servidas i residuos industriales y pluviales o iv Uso actual y cualquier otro detalle que presente la infraestructura existente del
d Descripci n naturales
comunes
entorno
y
ecol gico
f sicos y demÆs condiciones
o
e Riesgos fundamentados por los cuales
se
contaminaci n
y
posibles riesgos
ambientales
Se deben revelar
en
el informe
ha disminuido el valor del bien por
aquellos aspectos riesgos debidamente
fundamentados
f
Cuadro de valores que conforman el informe de valœo
g
En el
caso
de valœos de
propiedades
ubicadas
en
el
extranjero
debe incluirse
informaci n que evidencie el conocimiento del mercado inmobiliario del pa s en donde se ubica el inmueble as como el tipo de cambio monetario
h
utilizado para la conversi n de la moneda local a d lares de los Estados Unidos de AmØrica Para la valuaci n de edificios deberÆ detallarse aquellos bienes que individualmente
i Constituyen parte integrante funcionamiento
Aquellos sujetos
que
pasivas y
del
otros
se
valœa
separada y
necesarios para
su
e
inmueble detallando
gravÆmenes
son
del
inmueble y parte del inmueble y que estØn siendo
como
constituyen parte
de valuaci n
i Situaci n legal y
los cuales
no
del inmueble y que
cualquier
inscripciones otro
servidumbres activas
aspecto relevante
Industriales 3 Informaci n espec fica para Inmuebles Agropecuarios y Bienes tal como del terreno construcciones Particularidades determinantes y a el establecido en apartado anterior
3 r se
han r
an 9
f U
o
r
1
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANC ERO
SAN
SALVADOR
EL
SALVADOR
A C
b Especificaciones tØcnicas y de uso c Condiciones f sicas actuales d Depreciaci n e Tipos de mantenimiento f Cotizaciones recientes no mayores de 30 d as g Evidencia documental que demuestre la investigaci n precios en el mercado local e internacional y h Datos de la oferta y demanda sobre los productos y
realizada
4 Informaci n espec fica para Medios de Transporte y Otros Bienes Muebles a Especificaciones tØcnicas b Aæo de fabricaci n y modelo c Condiciones fisicas actuales Informe de pruebas mecÆnicas de ser el d Cotizaciones recientes no mayores de 30 d as
Investigaci n de precios Disponibilidad de piezas mecÆnicas de repuesto Disponibilidad del bien en el mercado
e f g
en
de los
caso
el mercado y
CAPITULO VI OTRAS DISPOSICIONES TRANSITORIOS Y VIGENCIA Sello de los Peritos Valuadores Art 24 Los Peritos Valuadores deberÆn tener
diÆmetro de
tres
un sello en forma circular de un lÆ parte superior el nombre y apellidos del tØrmino Perito Valuador si se tratare de
cent metros que llevarÆ
en
completos del profesional precedido personas jur dicas llevarÆ las palabras Peritos Valuadores yen la parte inferior leyenda Repœblica de El Salvador En ambos casos deberÆ aparecer en el centro nœmero de inscripci n Cambios de Representante
prestar
ningœn
el
Legal
Art 25 Cuando el desee
la
Representante Legal de a t tulo personal
los servicios de peritaje
persona jur dica renuncie y le inscribirÆ en el Registro sin
una se
evaluativo asignÆndole un nœmero distinto al de la persona jur dica para trabajaba Para lo anterior el interesado deberÆ presentar una solicitud de
proceso
la cual
inscripci n persona
a
esta
jur dica
Superintendencia que
en
representaba
la que relacionarÆ el nœmero
adjuntando
la
carta
asignado
renuncia
al
de la de
cargo
Representante Legal Cuando causa el
una
aspirante
persona
a ese
juridica
cargo deberÆ
cambie de
cumplir
con
Representante Legal por cualquier todos los requisitos establecidos en
estas Normas
Actualizaci n de informaci n Art 26 Cuando ocurran cambios en la informaci n contenida en los documentos presentados por el Perito dichos cambios deberÆn informarse a la Superintendencia dentro de los diez d as siguientes a la fecha de ocurrencia La
omisi n
Superintendencia
de la
actualizaci n de la
informaci n
no
impedirÆ
para la continuidad de los procesos administrativos de
la
a
suspensi n
o
r r A par nuci ro
ri
SAlvndnt C
1
SUPERINTENDENCIA SAN
SALVADOR
EL
DEL SISTEMA FINANCIERO
SALVADOR
A C
cancelaci n de inscripciones en el Registro En estos casos la m nimo publicarÆ las notificaciones en su sitio Web
Superintendencia
como
Publicaci n del Registro Art 27 La Superintendencia o
denominaci n
inscritos
en
el
publicarÆ en su sitio Web el nombre raz n social inscripci n categor a direcci n electr nica de los Peritos fecha de vencimiento de la inscripci n
nœmero de
Registro
y
Las modificaciones que
Superintendencia TrÆmites
en
ocurran
en
el
Registro
serÆn comunicadas
por la
alas entidades
proceso
Art 28 Los trÆmites procedimientos y recursos promovidos que estuvieren pendientes a la fecha de la vigencia de estas Normas se continuarÆn tramitando segœn las Normas para la Inscripci n de Peritos Valuadores y sus Obligaciones Profesionales en el Sistema Financiero 39 en el que fueron iniciados NPB4 Transitorio para los Peritos inscritos Art 29 Los Peritos que a la vigencia de
Registro
de Peritos de esta
estas
Normas
Superintendencia podrÆn
encuentren inscritos en el
se
efectuar valœos tal
venido desarrollando y serÆ hasta la renovaci n de la inscripci n especificar en la solicitud las categor as en las que soliciten ser inscritos
como
que
lo han
deberÆn
Las cuarenta horas de
capacitaci n en temas de valuaci n que requiere el inciso segundo del Art 14 de estas Normas para las pr rrogas de inscripci n serÆn exigibles a partir del uno de enero de dos mil once Mientras no sean exigibles las horas de capacitaci n las autorizaciones de pr rrogas de inscripci n se tramitarÆn conforme a los requisitos de estas Normas con las ponderaciones siguientes FACTORES 1 Formaci n acadØmica Se eestablecidas unta 2
en
ponderarÆ
PONDERACION las mismas
de
15
otorgarÆ al Perito siete 7 puntos por cada Øl hasta un mÆximo de treinta y cinco
35
con
asignaciones
el numeral 2 del art culo 12 de estas Normas
Experiencia de trabajo
Se
informe de valœo elaborado por 35 untos 3 Contenido del
informe de valœo Se
asignarÆ
cuarenta
puntos
a
40
la
verificaci n y anÆlisis del informe de valœo y los documentos que sustenta dicho informe la evaluaci n se harÆ considerando el contenido m nimo del informe esti alado
en
el art culo 23 de estas Normas
4
Tiempo de ejercicio como Perito Por cada aæo de ejercicio como Perito se asignarÆ dos 2 puntos hasta alcanzar un mÆximo de diez 10 el tiempo de ejercicio se documentarÆ mediante constancia de trabajo emitida por el Representante Legal de la empresa para la cual trabaj
10
Perito o por la persona que recibi los servicios de valuaci n tambiØn servirÆ como referencia del ejercicio como Perito la fecha de inscripci n en el Registro El Perito podrÆ documentar la opci n que mÆs como
le favorezca 100
TOTAL
En el
caso
de los Peritos que soliciten
su
pr rroga
en
el
y deseen factores y
Registro
registrarse en otras categor as se evaluarÆn de conformidad a los ponderaciones anteriores teniendo en cuenta que la calificaci n m nima requerida formar parte del Registro serÆ de setenta 70 puntos por categor a
para
1 c
11
P
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN SALVADOR EL SALVADOR C A
Derogaci n Art 30 A
partir de n de
Normas para la Inscripci el Sistema Financiero
Superintendencia
en
la
vigencia
de
estas
Peritos Valuadores y
Normas quedan derogadas las
sus
en
la por 2008 del dieciocho de diciembre de dos mil 51 CD
39 aprobadas NPB4
sesi n No
Obligaciones Profesionales Consejo Directivo de
el
ocho
Aspectos
no
contemplados
Art 31 Lo
Consejo
no
Directivo de la
contemplado
en
las
presentes
Normas serÆ resuelto por el
Superintendencia
Vigencia Art 32 Las presentes Normas diciembre del aæo dos mil
Aprobadas
por el
Consejo
tendrÆn
vigencia
a
partir
del
da
uno
de
nueve
Directivo de la
43 del 09
Superintendencia
del Sistema
Financiero
en
sesi n CD
16 de octubre de 2009
aL i e rRr srs nrnrlc to tt
12
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN
SALVADOR
EL
SALVADOR
A C
Anexo No 1
SOLICITUD DE
INSCRIPCI N
Fecha Sr
Superintendente del
Sistema Financiero
Presente Por este medio solicito inscripci n en el Registro de Peritos Valuadores que lleva Superintendencia de conformidad a las Normas para la Inscripci n de Peritos Valuadores y
Obligaciones
Profesionales
en
el Sistema
esa sus
Financiero por lo cual presento la siguiente
informaci n 1
Nombre raz n social o denominaci n
2
Categor a
3
Direcci n
4
TelØfonos
5
Fax
6
Correo Electr nico
7
Documento
8
Nœmero de Identificaci n Tributaria
9
Nœmero de
y
subcategor a
nico
en
laque desea inscribirse segœn
de Identidad
Registro
de
el Art 5 de las Normas
DUI NIT
Contribuyente NRC
de sociedades ademÆs el nombre y los documentos del numeral anterior del Representante Legal de los miembros de la Junta Directiva u rgano equivalente y el del
10 En el
caso
Gerente General
o
del que
haga
CARGO
NOMBRE
11 Detalle de
anexos a
sus veces
DUI
NIT
NRC
la solicitud
Nombre y
Cargo cn
Firma 11g
13
a
c nY
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO SAN
EL
SALVADOR
SALVADOR
A C
GLOSARIO
1
interesadas
y
independencia 2
Es el importe por el cual puede intercambiarse un inmueble entre partes debidamente informadas que realizan una transacci n en condiciones de
Valor Comercial
mutua
MØtodo Comparativo Es
mØtodo de valuaci n de inmuebles que
un
sustituci n El uso de este mØtodo exige como requisito mercado representativo de bienes comparables Su aplicaci
a b
basa en el principio de de datos y un
Establecer las cualidades y caracter sticas propias del bien que afectan su valor Analizar los bienes comparables al que se valora basÆndose en informaci n concreta sobre transacciones reales
c
se
indispensable la existencia n requiere lo siguiente
Seleccionar
u
ofertas a la fecha de la
muestra
una
descartando aquellos que los
precios homogØneos
valuaci n
de los bienes comparables al que se valora precios anormales o circunstancias especiales y de promedio que servirÆ de base para la asignaci n del
representativa
se desv an como
determinar
un
valor
3
4
Valor de Reposici n
si Østa fuese
destruida total o
Importe que se estima necesario para reponer una edificaci n parcialmente por causas naturales y se obtiene a partir del MØtodo del
Costo
MØtodo del Costo
Este MØtodo sirve para establecer el Valor de Reposici
n
y
puede
ser
Bruto y
Depreciado 5
MØtodo del Costo de Reposici n Bruto para bienes nuevos el cual se determina considerando los gastos necesarios para adquirir un bien mueble o constmir una obra civil con las mismas caracter sticas del bien
objeto de valuaci n entre dichos costos estÆn inmuebles costos de ejecuci n de la obra e impuestos Para bienes muebles se debe considerar disponibilidad en plaza particularidades del bien facturas y p lizas de importaci n iii No se deben considerar los gastos financieros y de comercializaci n ademÆs en las construcciones no se debe incluir las instalaciones fÆcilmente desmontables Para bienes
i ii
6
MØtodo del Costo de Reposici n Depreciado para bienes usados i En edificaciones se determinarÆ deduciendo del Costo de
Reposici n
Bruto la
depreciaci n
f sica y funcional de la edificaci n calculÆndose asi Aplicando al Costo de Reposici n Bruto excluido el valor de mercado del terreno la tØcnica de depreciaci n de Ross Heidecke En bienes muebles el mØtodo de depreciaÆ n quedarÆ a criterio del valuador de conformidad a las condiciones f sicas que presente el bien lo cual deberÆ quedar debidamente justificado en el
ii
informe de valœo
7
Depreciacibn F sica Se entiende por depreciaci n f sica la pØrdida de valor por el deterioro de los
materiales desgaste por uso de componentes o instalaciones y la edad del puede ser recuperada con gastos de mantenimiento o generaci n de plusval a 8
bien La
depreciaci n
no
Depreciaci n Funcional Se entiende por depreciaci n funcional la pØrdida de valor del bien por cuanto
su
costos y
diseæo
gastos
no
corresponde con el uso adaptar el bien
necesarios para
actual Se calcularÆ considerando el monto de los al