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PLAN GENERAL MUNICIPAL DE FALCES Ayuntamiento de Falces
ESTRATEGIA Y MODELO OCUPACION DEL TERRITORIO (E.M.O.T.) EQUIPO REDACTOR: MIGUEL AYAPE BARIAIN - Arquitecto ANDRES MARTINEZ TEJADA – Arquitecto JUAN OROZ BARBERIA – Arquitecto COLABORADORES: HÉCTOR NAGORE SORABILLA - Abogado – ECOLAN- Estudios y Gestión Medioambiental MAYO 2.013
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ESTRATEGIA Y MODELO DE OCUPACIÓN DEL TERRITORIO
CAPITULO 0. INTRODUCCIÓN 1.- OBJETO. MARCO LEGAL. CONTENIDO DE LA EMOT 2.- ANTECEDENTES DE LA ADJUDICACIÓN. EQUIPO REDACTOR. 3.- PROCESO DE REDACCIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL
CAPITULO I. ANÁLISIS Y DIAGNOSTICO TERRITORIAL 1.- ENCUADRE ADMINISTRATIVO Y GEOGRAFICO 2.- EL MEDIO FISICO 2.1.- CARACTERÍSTICAS DEL TERRITORIO. TOPOGRAFÍA, HIDROGRAFÍA Y CLIMA 2.2.- CARACTERÍSTICAS GEOLÓGICAS 2.3.- RASGOS DESTACADOS DEL TERRITORIO. USOS DEL SUELO 2.4.- ESPACIOS PROTEGIDOS.
3- EL SISTEMA URBANO. PROCESO DE DESARROLLO Y ESTRUCTURA DEL ASENTAMIENTO RESIDENCIAL. 4.- ACTIVIDAD ECONOMICA. EL SUELO INDUSTRIAL 5.- PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO, HISTORICO Y CULTURAL 6.- EVOLUCION DE LA POBLACION Y PREVISIONES 7.- CARACTERISTICAS DE LA EDIFICACION RESIDENCIAL 8.- INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES. ESTADO ACTUAL Y PREVISIONES 8.1.- COMUNICACIONES INTERURBANAS 8.2.- RED VIARIA Y FERROVIARIA 8.3.- SISTEMA PEATONAL CICLABLE 8.4.- OTRAS INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES
9.- INFRAESTRUCTURAS LOCALES. ESTADO ACTUAL Y PREVISIONES 9.1.- ABASTECIMIENTO DE AGUA 9.2.- SANEAMIENTO 9.3.- DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA 9.4.- ALUMBRADO PÚBLICO
10.- VIARIO URBANO Y PAVIMENTACION DEL ESPACIO PUBLICO 11.- ESPACIOS DOTACIONALES Y DE SERVICIOS. ESTADO ACTUAL Y PREVISIONES 11.1.- ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS 11.2.- EQUIPAMIENTOS
12.- DIAGNOSTICO TERRITORIAL. ANALISIS DAFO
CAPITULO II. EVALUACIÓN DE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y PLANEAMIENTO VIGENTE Y GRADO DE EJECUCION 1.- INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL. PLAN DE ORDENACION TERRITORIAL (POT) 2.- ANALISIS DEL PLAN MUNICIPAL VIGENTE Y MODIFICACIONES POSTERIORES 2.1.- ANTIGÜEDAD DEL PLANEAMIENTO VIGENTE. JUSTIFICACIÓN DE SU REVISIÓN. 2.2.- ANÁLISIS DEL PLAN MUNICIPAL VIGENTE 2.3.- DESARROLLO Y GRADO DE EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO 2.4.- MODIFICACIONES SOBRE EL PLAN MUNICIPAL
CAPITULO III. FINES Y OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTO 1.- FINES Y OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTO
CAPITULO IV. ESTRATEGIAS Y CRITERIOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL ALTERNATIVOS. 1.- CONTENIDO DEL ESTUDIO DE ALTERNATIVAS DE ORDENACION
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2.- ESTUDIO DE ALTERNATIVAS DE ORDENACION Y SELECCIÓN DEL MODELO 3.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE ALTERNATIVAS 1.- ESTRATEGIAS Y CRITERIOS DE ORDENACION ALTERNATIVOS. EVALUACION Y MODELO ADOPTADO
CAPITULO V. MODELO MUNICIPAL DE OCUPACION DEL TERRITORIO 1.- ADECUACIÓN A INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL VIGENTES 2.- ADECUACION A OJETIVOS PREVIOS 3.- PROPUESTA GENERAL DE MODELO DE MUNICIPAL DE OCUPACION DEL TERRITORIO 3.1.- ENCUADRE GENERAL 3.2.- EL MEDIO FISICO 3.2.1.- EL ESPACIO NATURAL. JUSTIFICACION DEL SUELO NO URBANIZABLE 3.2.2.- CATEGORIZACION DEL SUELO NO URBANIZABLE. DESCRIPCION Y MOTIVACION DE PROTECCION O PRESERVACION 3.2.3.- EL PAISAJE 3.2.4.- NORMAS BASICAS PARA LA REGULACION DEL SUELO NO URBANIZABLE
3.3.- EL SISTEMA URBANO 3.3.1.- JUSTIFICACION DEL SUELO URBANO Y SUELO URBANIZABLE 3.3.2.- DESCRIPCION Y JUSTIFICACION DE PROPUESTA DE DESARROLLO RESIDENCIAL 3.3.3.- PREVISIONES DE DESARROLLO INDUSTRIAL – ACTIVIDADES ECONOMICAS 3.3.4.- PROTECCION DEL PATRIMONIO CULTURAL
3.4.- ESPACIOS DOTACIONALES Y DE SERVICIOS 3.4.1.- ESPACIOS LIBRES PUBLICOS 3.4.2.- EQUIPAMIENTOS
4.- PREVISION VIVIENDAS PROTEGIDAS 5.- CRITERIOS DE ACTUACION Y GESTION 6.- CUANTIFICACION DEL MODELO PROPUESTO. PLANOS. INFORMACIÓN: i.01- ORTOFOTO TÉRMINO MUNICIPAL i.02 - DATOS CATASTRALES i.03 - TOPOGRAFÍA TÉRMINO MUNICIPAL i.04 - INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES Y YACIMIENTOS i.05 - ORDENACIÓN TERRITORIAL i.06 - ORDENACIÓN DEL SUELO. PLAN MUNICIPAL VIGENTE i.07 - ORTOFOTO Y DATOS CATASTRALES NÚCLEO i.08 - NÚCLEO URBANO i.09 - INFRAESTRUCTURAS 1 i.10 - INFRAESTRUCTURAS 2 ORDENACION: e.01 - ELEMENTOS ESTRUCTURANTES DEL TERRITORIO e.02a - CATEGORIZACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE – Suelos de protección e.02b - CATEGORIZACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE – Suelos de preservación e.03 - CONDICIONANTES DEL DESARROLLO URBANO. e.04 - MODELO DE OCUPACIÓN RESIDENCIAL - INDUSTRIAL
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CAPITULO 0. INTRODUCCIÓN 1.- OBJETO. MARCO LEGAL. CONTENIDO DE LA EMOT De acuerdo con el contenido del Art. 56 de la L.F.O.T.U 35/02, el presente documento de Estrategia y Modelo de Ocupación del Territorio ( E.M.O.T. ) “consistirá en la definición de la estrategia de desarrollo del municipio, sus prioridades, modelo de crecimiento, aprovechamiento de sus recursos y superación de sus debilidades, a los efectos de garantizar la adecuación del modelo municipal de ocupación del territorio al modelo de ordenación del territorio de su ámbito definido por los instrumentos de ordenación del territorio vigentes, así como con las políticas territoriales y ambientales de la Comunidad Foral”. El documento de E.M.O.T. contiene los siguientes aspectos: - Análisis y diagnóstico territorial del municipio - Análisis y evaluación del planeamiento vigente y su grado de cumplimiento. - Estrategias y criterios de ordenación territorial alternativos, con indicación de sus ventajas e inconvenientes. - Modelo municipal de ocupación del territorio, justificando su adecuación a los instrumentos de ordenación del territorio vigentes. - Esquema de la ordenación estructurante, así como de la clasificación y calificación del suelo, y justificación de la evolución urbana previsible con cuantificación del modelo propuesto. La E.M.O.T cumple una función de articulación entre la política territorial autonómica y la política territorial municipal. En ella se plasma la conexión entre los intereses locales y los intereses supramunicipales en la planificación territorial, esbozando a su vez las líneas maestras para la ordenación propiamente urbanística a definir por el Plan Urbanístico Municipal ( P.U.M. ). La E.M.O.T. fija por tanto la dimensión directiva del Plan General Municipal ( P.G.M. ), definiendo las líneas maestras del mismo, que más tarde se harán operativas en el P.U.M. La E.M.O.T. servirá para elaborar el concierto previo entre el Ayuntamiento de Falces y el Departamento de Fomento, fase previa para iniciar la redacción y tramitación del Plan Urbanístico Municipal. ( Art. 70 y 71 de la L.F.O.T.U. 35/2.002, modificados por la L.F. 6/2.009).
2.- ANTECEDENTES DE LA ADJUDICACIÓN. EQUIPO REDACTOR. En Sesión del Gobierno de Navarra de 16 de Mayo de 2.012 se adoptó el acuerdo de aprobación del Convenio de Colaboración entre el Departamento de Fomento y Vivienda y el Ayuntamiento de Falces para la elaboración del nuevo Plan General Municipal del municipio, previa aprobación del mismo por parte del Ayuntamiento en sesión de Pleno de 29 de Diciembre de 2.011. En sesión del Pleno de 26 de Julio de 2.012 se aprobaron los pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas y se convocó concurso para selección de equipo redactor. En sesión del Pleno del Ayuntamiento de 25 de Octubre de 2.012 se acordó adjudicar el contrato de asistencia técnica redacción del Plan General Municipal al equipo representado por los arquitectos Miguel Ayape Bariain, Andrés Martínez Tejada y Juan Oroz Barbería. Con fecha 13 de Noviembre de 2012 se firma el contrato de asistencia técnica. El contenido del documento y proceso de redacción se ajustará a lo establecido en los Pliegos de Cláusulas Administrativas y Prescripciones Técnicas elaborada al efecto por el Ayuntamiento de Falces.
RESPONSABLES DEL EQUIPO REDACTOR: MIGUEL AYAPE BARIAIN Arquitecto urbanista
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ANDRES MARTINEZ TEJADA Arquitecto urbanista JUAN OROZ BARBERIA Arquitecto urbanista COLABORADORES: HÉCTOR NAGORE SORABILLA Abogado ECOLAN (Estudios y Gestión Mediambiental) José Carlos Irurzun y José Ramón Masferrer Sola Biólogos
3.- PROCESO DE REDACCIÓN Y APROBACIÓN DEL PLAN GENERAL MUNICIPAL. El proceso de redacción del Plan General Municipal seguirá el procedimiento y fases establecidas en la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo (L.F.O.T.U. 35/2.002 y LF 6/2.009) El documento de Plan General Municipal se redacta según el proceso siguiente: -
Estudios previos y elaboración del documento de Estrategia y Modelo de Ocupación del Territorio.
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Fase de Concertación Previa con el Departamento de M.A.O.T. y V. y remisión a los departamentos de Gobierno de Navarra y Organismos Públicos para informe.
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Remisión del documento de E.M.O.T., informes recibidos y propuesta de Concierto Previo a la Comisión de Ordenación del Territorio para su aprobación.
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Redacción del Plan Urbanístico Municipal. (P.U.M.)
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Aprobación inicial del Plan General Municipal y exposición pública durante un mes.
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Remisión del P.G.M. aprobado inicialmente al Departamento de Fomento para informe global.
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Informe sobre alegaciones presentadas en exposición pública, a cargo del Equipo Redactor.
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Corrección del documento y aprobación provisional del P.G.M.
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Remisión del expediente completo al Departamento de Fomento para su aprobación definitiva por el Consejero.
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CAPITULO I. ANÁLISIS Y DIAGNÓSTICO TERRITORIAL 1.- ENCUADRE ADMINISTRATIVO Y GEOGRAFICO La villa de Falces perteneciente a la Zona Media de Navarra, se integra en la Merindad de Olite (partido judicial de Tafalla y está situada geográficamente en la denominada Comarca del Bajo Arga. Dista 57 Km de Pamplona. La extensión del término municipal según los datos catastrales es de 114,5 km2, lo que representa ser el segundo municipio más extenso de Navarra. El núcleo urbano se encuentra a una altitud media de 295 m sobre el nivel del mar. Linda al Norte con Miranda de Arga, al Este con Tafalla y Olite, al Sur con Marcilla y Peralta y al Oeste con Andosilla y Lerín.
2.- EL MEDIO FISICO 2.1.- CARACTERISTICAS DEL TERRITORIO. TOPOGRAFIA, HIDROGRAFIA Y CLIMA Al igual que el resto de la Comarca Natural del Bajo Arga, a la que pertenece, el término de Falces posee dos zonas claramente diferenciadas: TERRAZAS INFERIORES: En las márgenes del río, con características de llanuras de formación aluvial, que forman las zonas de regadío tradicional servidas por río Arga tomando aguas arriba, y distribuidas por su margen izquierda por la acequia Molinar.
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ZONAS TRADICIONALES DE SECANO: Con un relieve muy accidentado y surcado por numerosos barrancos y cárcavas originados por erosiones producidas en los materiales blandos de estas zonas: yesos, margas y areniscas, siendo los más significativos los de la Abejera, Panfollas, Bachán, Parro, Sierras, Dehesa etc., existiendo también pequeños montes y altozanos sin grandes diferencias de altitud, pero que caracterizan y referencian el territorio, siendo los más destacables: Moncayuelo (501 mts), altos del Ropero (447 mts), Los tres Hermanos (542, 435 y 440 mts), Calón (475 mts), Veladillo (444 mts) etc. La población se concentra en terrenos comprendidos entre las rocas (en cuya parte superior se encuentra la Basílica del Salvador, y los restos de un antiguo castillo que dominaba esta zona del Arga), y el río que se salva mediante un puente que conduce al centro de la población. Las características físicas de las rocas, y la ubicación de la población con casas adosadas a su ladera, e incluso antiguamente excavadas en ella, han supuesto un riesgo constante para el pueblo por los desprendimientos, por lo que a lo largo del tiempo se han realizado diferentes actuaciones de consolación de la roca. Por su importancia en el territorio, hay que destacar las actuaciones que se realizaron hace pocos lustros en torno al río, con la ejecución de escolleras de protección contra las periódicas avenidas del río Arga, lo que ha modificado de forma decisiva las características tradicionales del núcleo, no solo por la consecución de un espacio de desahogo y expansión, sino porque ha modificado la lógica de crecimiento del pueblo que viendo en el río un problema de inundaciones le daba la espalda en su desarrollo. El termino de Falces queda drenado por el río Arga que lo atraviesa en dirección Norte-Sur. Confluyen en él diversos barrancos y regatas que conducen las aguas en régimen irregular, de las tierras más altas de ambos márgenes del Arga. A pocos kilómetros de distancia del término de Falces, se unen los ríos Arga y Aragón para desembocar poco más adelante en el Ebro. El clima es mediterráneo-continental, con inviernos fríos y lluviosos, veranos cálidos y secos, oscilaciones acusadas de la temperatura y cierzo frecuente y fuerte. Los principales valores medios anuales son 13,5 a 14,5 ºC de temperatura, alrededor de 450 mm. de precipitaciones, caídas en unos 60 días y 725-750 mm. de evapotranspiración potencial.
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2.2.- CARACTERISTICAS GEOLOGICAS Geológicamente, la zona de estudio se enmarca en el la zona media de Navarra, afectada por parte de la cuenca terciaria continental del Ebro. En este gran sector (que tiene continuidad con Aragón y Cataluña al este y con La Rioja al oeste) la sedimentación estuvo caracterizada por el desarrollo de sistemas de abanicos aluviales y sistemas fluviales y fluviolacustres. Del mismo modo aparecen depósitos del cuaternario. A grandes rasgos, los depósitos que aparecen en el término municipal de Falces pueden cartografiarse del siguiente modo de este a oeste: Unidad cartográfica 112 Facies lacustres de Tudela del Mapa Geológico de Navarra: Se trata de una unidad muy extensa en el sinclinal de Miranda de Arga. Estratigráficamente se localiza siempre por encima de los Yesos de Los Arcos mediante un contacto relativamente neto. Los niveles más altos de estas facies pueden atribuirse al Aragoniense medio. Unidad cartográfica 117 del Mapa Geológico de Navarra: Se trata de Glacis que se alimentan del terciario continental. La potencia de estos depósitos es reducida y no suelen sobrepasar los 2 metros. La litología es muy variable pero aquí predominan los formados por gravas redondeadas con matriz arcillo – limosa. Unidad cartográfica 108 del Mapa Geológico de Navarra: Se trata de la Unidad Yesos de Los Arcos. Forman un potente tramo yesífero que se extiende de forma prácticamente continua por toda la franja meridional de la Ribera de Navarra. Estos yesos están muy bien representados en Falces, en el flanco sur del sinclinar de Miranda de Arga. Unidad cartográfica 107 del Mapa Geológico de Navarra: Facies lacustres de Sesma, Lodosa y Villafranca. Agrupa un conjunto de materiales yesíferos y arcillosos que tienen continuidad de afloramiento con el anticlinal de Falces desde Catarroso hasta Sesma. Los yesos están finamente estratificados, con facies laminadas y nodulares y con algunas incrustaciones nodulares arcillosas poco significativas. Pueden presentar en el subsuelo capas de sal y glauberita. Estos yesos significan una etapa de notable estabilidad lacustre con precipitación de sulfatos y sal. Unidad cartográfica 106 del Mapa Geológico de Navarra: Facies lacustres de Peralta. Afloran extensamente en los flancos del anticlinal de Falces, siendo el mejor afloramiento los cortes del río Arga a su paso por peralta, donde la unidad presenta una potencia de 260 m. Litilógicamente la unidad está constituida por arcillas beige que intercalan frecuentes capas de yeso nodular, así como algunas capas de arenisca o de calizas de forma subordinada. Las siguientes formaciones se corresponden a las denominadas FORMACIONES DE FALCES. Unidad cartográfica 100 del Mapa Geológico de Navarra: Arcillas de Marcilla. Esta unidad separa los Yesos de Falces que veremos a continuación, de la Fm Lerín en el sector meridional de la Ribera de Navarra. Aflora ampliamente en los flancos del anticlinal de Falces. Litológicamente esta unidad constituye una potente y monótona serie arcillosa de entre 3000 y 400 m de espesor de color beige, que intercala frecuentes capas de areniscas y limonitas, así como yesos de menor importancia. Las areniscas pueden formar capas desde unos pocos centímetros hasta 1 m de espesor. Unidades cartográficas 98 y 99 del Mapa Geológico de Navarra. Yesos de Falces. En su mayor parte esta unidad aflora en el núcleo de los anticlinales de Tafalla, Falces y Arguedas muy deformados por la tectónica y el diapirismo. Unidades cartográficas 120 y 121 del Mapa Geológico de Navarra. Se trata de terrazas que están muy bien representadas en el sur de la provincia. Terrazas, asociadas al los grandes ríos de Navarra. Las características litológicas son muy similares para todos los niveles, tratándose de gravas poligénicas y heterométricas envueltas en una matriz arenosa. Localmente pueden presentar intercalaciones de arenas, arcillas y limos En nuestra zona se localizan en las inmediaciones de la carretera NA – 115. Unidad cartográfica 125 del Mapa Geológico de Navarra: se trata de fondos de valle de los ríos y arrollos. Son poco potentes y constituidos por gravas, arenas, limos y arcillas, siendo siempre depósitos del holoceno. En nuestra zona se corresponde con el curso del río Arga y río Molinar.
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2.3.- RASGOS DESTACADOS DEL TERRITORIO. USOS DEL SUELO Suelos no cultivados. Suponen una proporción importante del término municipal (23,18 %), siendo la gran mayoría forestal no arbolado y forestal (4.589,6Ha) mientras que improductivo tan solo existen 774,13 Ha. El terreno catalogado como forestal no arbolado está ocupado principalmente por pastizales y matorrales (3.058,13 Ha), mientras que el escaso forestal arbolado está ocupado fundamentalmente por pino carrasco (aproximadamente 764,56 Ha), mezcla de frondosas (22,34 Ha.) y por tamariz (1,66 Ha). Estas formaciones naturales se encuentran distribuidos en la mitad este del municipio, principalmente al Noreste del mismo. De la vegetación natural destacan los espartales con 223,23 Ha y los coscojares con 53,70 Ha. Los suelos con escasa vegetación suman 291,01 Ha. Suelos cultivados. Los suelos cultivados ocupan una proporción muy importante del territorio, aproximadamente el 76,82% (17.782,76 Ha), de los cuales 11.126,3 Ha, el 62,55% son de secano, mientras que el 37,45% (6.656,3 Ha.) son de regadío. Dentro del secano existen 28,8 Ha de cultivos leñosos, y en el regadío los cultivos leñosos ascienden a las 469,2 Ha.
2.4.- ESPACIOS PROTEGIDOS Los siguientes espacios protegidos legalmente se encuentran situados total o parcialmente en el término de Falces: RN – 28. Reserva Natural Sotos del Arquillo y Barbaraces. Lugar de Importancia Comunitaria Tramos Bajos del Arga y Aragón. Ocupa una superficie de 27,3 ha más las 56,89 Ha de la banda de protección, todas ellas en territorio de Falces. El área de la Reserva Natural abarca ambas márgenes del río Arga en término municipal de Falces, aguas abajo de la presa del Arquillo. Este es uno de los escasas muestras de bosques en galería del río Arga en la Ribera de Navarra. La fisiografía del soto resulta muy heterogénea, debido a la presencia de una serie de islas. Las orillas son muy variadas existiendo puntos con riberas escarpadas y playas de gravas. Aparece también una zona con afloramientos rocosos en la que se forman canales y rápidos. La vegetación responde en su composición y grado de desarrollo a la diversidad de ambientes señalados. El bosque está dominado por chopos, sauces fresnos y olmos. En las orillas de las islas se desarrollan comunidades de juncos, espadañas y carrizos de la asociación. Hacia las aguas libres se instalan comunidades de plantas helofíticas. En cuanto a la fauna destaca la comunidad de aves típica de estos lugares con milano negro, autillo, tórtola, ánade real, polla de agua, focha, diversas anátidas invernantes y nidificantes, zampullín chico y una colonia de garza real. EN – 3. Enclave natural Pinares de Lerín. Ocupa una superficie de 97,26 Ha. La banda de protección de este enclave ocupa 15,70 ha, parte de ella corresponde a Falces. Los pinares de Lerín se desarrollan sobre un anticlinal yesoso amplio que corre en dirección sureste-noroeste entre el río Arga y la localidad de Lerín. La aridez climática y edáfica de la zona determina una fuerte selección sobre las especies que aquí se desarrollan. El máximo ecológico corresponde a un coscojar con pino carrasco que se extiende por la cresta y flanco norte del anticlinal. Existen pastos y matorrales gipsofíticos ralos que cubren el suelo y lo protegen de la erosión. Entre las especies faunísticas de mayor relieve destaca el águila real. En el matorral abundan los alaúdidos, la curruca tomillera y rabilarga y la tarabilla común. El alcaraván se puede observar regularmente en esta zona. EN – 22. Enclave natural Sotos de La Muga. Lugar de Importancia Comunitaria Tramos Bajos del Arga y Aragón. Ocupa una superficie de 36,98 ha, de las cuales 0,92 Ha corresponden a Falces, tan solo un 2,48%. Este enclave está situado en la margen izquierdo del río Arga, justo en el límite entre los términos de Falces y Peralta. La vegetación corresponde a los restos de una alameda en recuperación. Destacan grupos aislados de sauces blancos, álamos y algunos fresnos, además de tamarices y algunos arbustos. Corresponde al antiguo cauce del río y es una zona con abundante pesca muy frecuentada por aves pescadoras como la garza real y garza imperial. LIC ES 220031. Lugar de Importancia Comunitaria Yesos de la Ribera Estellesa.
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Ocupa una superficie de 10.044 ha, de las cuales 3.494,9 Ha corresponden a Falces es decir el 34,79%. Sin duda alberga uno de los ecosistemas más singulares de Navarra, los romerales, que son propios de terrenos ricos en yesos. Esta vegetación se desarrolla sobre suelos raquíticos y alberga a especies raras y singulares en nuestro territorio. Son frecuentes los pastos áridos, siendo los hábitats mejor representados de los de Interés Comunitario de la Zona. En lugares deprimidos donde se acumulan sales aparecen especies de tallos carnosos y juncales salinos. Gran parte de los terrenos están ocupados por campos de cultivo de cereal, mientras que los ontinares se acantonan en zonas de pendiente o en campos abandonados. Entre la fauna destacada predominan las esteparias tales como alcaraván, terrera común, cogujada montesina y calandria común. LIC ES 220035. Lugar de Importancia Comunitaria Tramos bajos del Arga y Aragón. Ocupa una superficie de 2.395 ha, de las cuales 199,13 Ha corresponden a Falces es decir el 8,31%. Esta zona acoge a dos grupos bien diferenciados de hábitats, ambos de interés comunitario: comunidades ligadas a tramos fluviales y vegetación asociada a terrenos de yesos cercanos a ríos. Se trata de comunidades vegetales muy adaptables a los cambios por las dinámicas naturales (crecidas, estiajes, erosiones, deposiciones, etc). Además de las choperas, saucedas, juncales, etc destacan otras especies vegetales que crecen entre los cantos rodados o sumergidas en las aguas. Este espacio es de gran importancia para numerosas especies de aves, tanto en época de cría como en invernada. Entre los mamíferos destacan el murciélago de bosque, el visón europeo o la nútria. De las especies acuáticas destacamos el galápago europeo y la madrilla, la lamprechuela y el barbo de Graelsii entre la ictiofauna.
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Hábitats de interés comunitario: Según el Inventario nacional de Hábitats de Interés Comunitario en el término de Falces se encuentran los siguientes: Código UE 1410 1420 1520 4090 5210 6220 6420 92A0 92D0 3140 3150 1310
Descripción Praderas juncales halófilas mediterráneas. Matorrales halófilos de sosa. Matorral de ansallo, romerales y tomillares. Matorrales mediterráneos y oromediterráneos. Enebrales y sabinares. Pastizales mediterráneos xerofíticos anuales y vivaces. Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion – Holoschoenion. Saucedas y choperas mediterráneas Tamarizales. Aguas hóligo-mesotróficas calcáreas con vegetación béntica con formaciones de characeas. Vegetación hidrofítica enraizada o flotante de lagos y aguas ricas en nutrientes. Vegetación anual de saladares.
Los recintos de estos hábitats están distribuidos por todo el territorio de Falces. Los hábitats de interés comunitario incluidos en los anexos de la Directiva de hábitats, son objetivo de conservación de la Unión Europea.
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Montes de Utilidad Pública: En el término de Falces no existen espacios integrados en el catálogo de Montes de Utilidad Pública de Navarra. Vías Pecuarias: En el término de Falces consta la existencia de las siguientes vías pecuarias: - CRMA (Cañada Real Milagro Aezcoa) - P - 5 (Pasada 5). - P - 56 (Pasada 56). - P -22(Pasada 22).
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Yacimientos arqueológicos: Los yacimientos arqueológicos están amparados por la Ley Foral 14/2005 de patrimonio Cultural de Navarra y deben incluirse en la categoría de Suelos de Protección, según criterio de la Sección de Arqueología del Servicio de Patrimonio Histórico de Gobierno de Navarra. La Sección de Arqueología tiene catalogados en el Inventario Arqueológico de Navarra 115 yacimientos arqueológicos en jurisdicción de Falces. Doce yacimientos son de grado 1, considerados por tanto Bienes de Interés Cultural, veintiocho corresponden a grado 2, considerados como Bienes Inventariados, y los setenta y cinco restantes son de grado 3, considerados por tanto como Bienes de Relevancia Local. Senderos balizados: No consta la existencia de senderos peatonales balizados de Gran Recorrido (GR), pero si hay Senderos Locales. Los senderos locales actualmente señalizados son: - Sendero a la Basílica de Salvador. - Sendero a orillas del río Arga. - Sendero de la Reserva Natural de los sotos de Arquillo y Barbaraces. - Ruta temática del Arquillo Existe la intención de ampliar el número de senderos en el municipio. Si finalmente existieran otros senderos balizados y otras instalaciones de tipo recreativo estas instalaciones serán tenidas en cuenta para su conservación en el PGM.
3.- EL SISTEMA URBANO. PROCESO DE DESARROLLO Y ESTRUCTURA DEL ASENTAMIENTO RESIDENCIAL El núcleo residencial tradicional de Falces, con la población asentada al pié de una peña en la que existen restos de un castillo que dominaba este tramo del río Arga, y a la orilla del río, indican claramente su origen vinculado a la explotación agrícola del territorio, y protección, no solo de la población residente sino del curso del río como ruta de acceso del Sur al Norte. Así pues el río y la peña, bases de su subsistencia y supervivencia, van a condicionar tanto su forma de vida como su crecimiento, resultando por ello fundamentales para entender su morfología urbana con vistas a su ordenación, en el momento actual en que han perdido gran parte de sus características con la corta del río para la defensa de sus márgenes, la construcción de un nuevo puente y la consolidación de la roca para reducir riesgos de desprendimientos. Puede suponerse, en base a la conformación del pueblo, la existencia de un núcleo original adosado a la roca, e incluso con habitáculos excavados en la base de la misma. El actual resultado laberíntico del casco antiguo con viales estrechos y tortuosos, indican que las manzanas originarias en la que debía existir la mezcla típica de usos residenciales y agropecuarios, debió irse colmatando en sus espacios interiores mediante la apertura de callejas que permitían el acceso al interior, a la vez que se producía un crecimiento en altura de las viviendas con frente a las calles, sin modificación de la estructura general de calles, plazas y espacios libres. Este primer crecimiento interior es consecuencia de la necesidad de aprovechar los terrenos más elevados para defensa y protección, tanto de las inundaciones, como de los ataques que debieron ser frecuentes en esta zona en la época de consolidación del reino navarro contra los moros afincados en parte de Arangón y Tudela. De este primer crecimiento realizado sobre las trazas primitivas y encorsetado con toda probabilidad por un cerco de murallas defensivas, se pasa en fase más reciente a un desarrollo en torno a la carretera Tafalla-Lerín, que se convierte de esta forma en el auténtico eje de Falces, y sobre el perímetro urbano formado por las calles de San Andrés y Del Corazón de Jesús. A lo largo de la carretera, se van asentando aquellos establecimientos que, por sus características de tamaño y uso, no tienen posibilidad de localizarse en el congestionado, saturado y con difícil acceso, núcleo de población. Aparecen de esta forma los equipamientos de primera necesidad como el Hospital, el Asilo y las escuelas (los dos primeros de iniciativa privada), equipamientos sociales como el frontón y el cine y las instalaciones de transformación de los productos locales como la harinera, bodegas, talleres de curtidos de pieles, de reparación de maquinaría y accesorios, almacenes etc. y que dan a la zona gran actividad con su mezcla de usos. La Plaza de la Cruz que había sido la entrada del pueblo se convierte en el centro neurálgico del mismo.
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La tardía industrialización del campo en la zona, aumenta la necesidad de lugares para almacenaje de los productos del campo y de los utillajes del mismo, vehículos, cría de animales para el consumo doméstico etc. que las características expuestas del centro obligan a su ubicación en la periferia. Estas necesidades de espacios complementarios a la residencia provocan en terrenos del paraje denominado Coballeta, una localización y parcelación regular apoyada en la carretera de paso – convertida en Avenida del San Salvador -, dedicada a estos efectos y que ha demostrado su capacidad de reconversión. Esta zona cuya tipología parcelaria se considera adecuada para este tipo de asentamientos rurales, ha registrado en los últimos lustros una gran actividad constructiva con reconversión a uso residencial unifamiliar o incluso a grupos de vivienda colectiva mediante la agregación de parcelas y su colmatación por la edificación. En la década de los años sesenta – setenta, se llevan a cabo en Falces dos actuaciones significativas: Por un lado la política de fomento de los polígonos industriales, potenciada por la Diputación Foral a base de exenciones y facilidades fiscales, se ve aumentada por la preocupación de los pueblos por el empleo de su población residente que les lleva a dar toda clase de facilidades, incluyendo la oferta de suelo barato e incluso su donación, tiene como resultado en Falces la creación de un “polígono industrial” en el cruce de las carreteras de Tafalla a Lerín con la de Miranda a Peralta. Esta ubicación, en principio acertada ya que la zona tiene una buena accesibilidad desde el pueblo y se localiza en terrenos de baja productividad agrícola, se ocupa con una falta total de criterios de ordenación, de regularización de parcelas, de regulación de accesos, de condiciones mínimas de infraestructuras básicas: fundamentalmente agua y saneamiento, de ocupación etc. Por otra parte se lleva a cabo una fuerte promoción de viviendas –dado el tamaño y población residente en Falces – conocida vulgarmente con el nombre de “Casas Baratas”, que con su ordenación regular, y tipología de vivienda unifamiliar con parcela posterior, responden a los criterios de las actuaciones de viviendas sociales de los años 1.950 – 1.960 en medio rural. Cabe destacar que, la ocupación de suelos en el núcleo residencial para usos agropecuarios producida por la fuerte mecanización del campo y por la gestión de los productos mediante fórmulas cooperativas, sin criterios de ordenación, localización ni de ocupación, han llevado a la colmatación de las parcelas de la zona natural de expansión de Falces, y en especial por su importancia y ubicación la llamada “Cooperativa Agrícola de la Caja Rural”. Las actuaciones constructivas residenciales más significativas en las últimas décadas tienen las siguientes características: En Coballeta se apunta la tipología de vivienda colectiva en bloques sobre agregaciones de parcelas, con aumento de la altura de edificación, que eleva fuertemente la edificabilidad inicial, cambiando las características de la zona. Aparecen bloques de vivienda en altura en el entorno del casco histórico, como los construidos en la Calle Eladio García o entre las calles de Ramón y Cajal y de la Noria donde existen bloques aislados con altura dominante de planta baja más tres alturas de edificación. Entre las calles de Ramón de Cajal y Matadero se produce un fuerte desarrollo residencial de elevada densidad ordenado en torno a espacios interiores ajardinados y también al sur del casco histórico en terrenos del “Huerto del Rey” se promueve una actuación residencial importante que contempla incluso su ampliación hacia el sur que hasta al fecha actual no se ha producido. En el extremo norte de Coballeta se construye una importante agrupación residencial en torno a un amplio espacio público. Todas estas actuaciones son anteriores al Plan Municipal vigente del año 2.002. Los últimos desarrollos residenciales de entidad construidos a partir del nuevo Plan Municipal o durante el periodo de su redacción, conforman generalmente alineaciones de vivienda unifamilar en B+2, siendo las más voluminosas las construidas en la Calle la Paz al sur del casco urbano, la importante actuación al este del casco histórico entre las calles Badarán y Bardenas Reales, y por último las dos alineaciones de viviendas en el extremo norte de Coballeta entre las calles Urbasa y Señorío de Bertiz. Así pues, y a modo de resumen, podríamos establecer los siguientes crecimientos en el pueblo de Falces: PRIMER CRECIMIENTO. En el centro antiguo sobre si mismo con colmatación de la parte
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interior de las parcelas mediante la apertura de callejas y aumento de la altura de edificación. SEGUNDO CRECIMIENTO. En el perímetro del centro antiguo sobre parcelas perpendiculares a la carretera y localización de equipamientos sociales y de instalaciones de transformación de los productos agrarios. TERCER CRECIMIENTO. En el área de Coballeta con parcelación uniforme y uso mixto de residencia y actividades agropecuarias. CUARTO CRECIMIENTO. Ejecución de las Casas Baratas con características de viviendas protegidas en medio rural, y creación del llamado polígono industrial. QUINTO CRECIMIENTO. Actuaciones en los bordes de la edificación existente, destacando las residenciales en el margen del Arga y el polígono E, las de las escuelas y la cooperativa de la caja rural. FASE RECIENTE. Grupos de viviendas de tamaño considerable reordenando amplios espacios en el perímetro del caso urbano consolidado.
4.- ACTIVIDAD ECONOMICA. EL SUELO INDUSTRIAL La actividad económica se ha basado tradicionalmente en la agricultura y en la industria derivada de la agricultura, por tanto con fuerte componente de temporalidad. En torno al cruce de las carreteras de Tafalla a Lerín con la de Miranda a Peralta se implantaron en décadas anteriores varias actividades industriales de diversa ocupación y sin una estructura ni ordenación urbanística del conjunto. En el último lustro y en desarrollo de las previsiones del Plan Municipal vigente se han ordenado y urbanizado dos sectores de suelo industrial en continuidad con el área comentada a ambos lados de la carretera Tafalla a Lerín, uno de ellos en colaboración con NASUINSA. En estos nuevos sectores se han implantado dos empresas de la localidad que han reubicado sus instalaciones pero sin creación significativa de empleo, y una nueva empresa con fuerte ocupación de suelo y que ha creado hasta la fecha un número de empleos superior a cuarenta. Existe en la actualidad oferta de suelo industrial urbanizado en el nuevo polígono, por lo que en principio está atendida la posible demanda de suelo para nuevas implantaciones de tamaño reducido o medio. La futura evolución de la ocupación del polígono, y de las empresas implantadas, especialmente las que supongan una fuerte ocupación de mano de obra, serán una de las claves que marque la evolución económica y en consecuencia demográfica de la Villa, junto con la evolución del sector primario y la incidencia que tenga en él la implantación de cultivos intensivos basados en la ampliación de las áreas regables.
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AREA INDUSTRIAL DE FALCES
5.- PATRIMONIO ARQUITECTÓNICO, HISTORICO Y CULTURAL. La villa de Falces se emplaza en un llano al abrigo de un gran escarpe rocoso, donde estuvo el castillo, y a orillas del río Arga. Su caserío tradicional se apiña en calles estrechas y de trazado irregular, típico de la época medieval, abierto en el amplio espacio de la Plaza de los Fueros, principal conjunto urbanístico de la población, a la que asoman sus edificios civiles más representativos. En un extremo del casco antiguo se encuentra la parroquia de la Natividad, que constituye el monumento de mayor empaque arquitectónico. También existe la basílica del Salvador sobre la roca y en las inmediaciones del antiguo castillo, y la ermita del Santo Cristo en las afueras.
RESTOS DEL CASTILLO DE FALCES
A juzgar por los restos conservados en la parroquia de la Natividad, existió un primitivo templo protogótico del siglo XIII quizás de tres naves aunque con algunas obras del siglo XV, como la portada gótica que queda en uno de los laterales de la iglesia. Buena parte de esta vieja fábrica medieval se derribó en el siglo XVI cuando se emprendió una gran transformación del edificio. El aspecto actual del templo, sin embargo, obedece a una remodelación neoclásica del último cuarto del siglo XVIII.
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IGLESA PARROQUIAL
En las calles del casco tradicional abundan las casas de ladrillo de dos o tres cuerpos y ático, sobre todo del siglo XVII, aunque algunas fachadas conservan elementos originales del Siglo XVI. En la calle Huertas del Rey se localiza la casa Bucesta, construcción del Siglo XVII, con dos cuerpos y ático, que forman un gran bloque de ladrillo abierto en vanos rectos. Al principio de la calle San José se localiza la Casa Ximénez de Embún, monumental edificio del siglo XVII con dos cuerpos y ático de ladrillo, todos ellos con vanos adintelados que conservan forja antigua. En el Nº 17 de esta misma calle marca una casa de comienzos del siglo XVI construida en ladrillo con dos cuerpos y ático muy transformados, aunque a la altura del segundo cuerpo aún subsiste un gran vano con arco conopial y rica tracería flamígera. Más adelante se localizan dos inmuebles enfrentados del siglo XVII ambos de ladrillo.
DIFERENTES EJEMPLOS DEL PATRIMONIO ARQUITECTONICO Y CULTURAL DE FALCES
Perpendicular a la Calle Mayor corre la de Jesús Elorz, a cuya derecha se emplaza un monumental palacio barroco de finales del siglo XVII, según la tipología característica de estos edificios de la Ribera de Navarra. La plaza de los Fueros constituye un amplio espacio de trazado cuadrangular presidida por el edificio del Ayuntamiento, temprana muestra del eclecticismo navarro, fechado en 1.868. Otro de los lados de la plaza lo ocupa la monumental casa de los Badarán, construcción barroca del siglo XVII en ladrillo.
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EDIFICIOS EN PLAZA DE LOS FUEROS CON CASA BADARAN Y AYUNTAMIENTO
Detrás de la Plaza de los Fueros, se localiza la placeta de Maya, de disposición rectangular definiendo uno de sus frentes menores un hermoso palacio del siglo XVII con basamento de sillar y resto de ladrillo. En esta misma placeta de Maya se localiza una casa del siglo XVII en mampostería con verdugadas de ladrillo y un aparatoso escudo barroco. Además de las edificaciones reseñadas aparecen varios edificios fachadas generalmente del siglo XVII, normalmente de dos cuerpos y ático abierto en galería de arcos de medio punto, en algunos casos con blasones de piedra incrustadas en fachada.
6.- EVOLUCION DE LA POBLACION Y PREVISIONES A lo largo del último siglo, la población de Navarra ha experimentado un crecimiento muy considerable, en torno al 70 %. Este incremento de población no ha sido uniforme en el tiempo ni en el espacio. Se acusa sensiblemente en la Comarca de Pamplona, eje del Ebro, y municipios próximos a Guipúzcoa, desde Sakana hasta Cinco Villas. El resto de comarcas ha experimentado un proceso regresivo, especialmente acusado en los valles pirenáicos y zona media de Navarra. La evolución demográfica de Falces en el presente siglo aporta los siguientes datos: Año 1.900 1.910 1.920 1.930 1.940 1.950 1.960 1.970 1.981 1.990 2.000 2.010 2.011
Habitantes 3.068 2.983 3.217 3.375 3.348 3.433 3.400 3.139 2.938 2.787 2.591 2.641 2.637
Incremento década: ----- 2,8% +7,8% +4,9% - 0,9% +2,5% - 1,0% - 7,7% - 6,4% - 5,2% - 7,0% +2,0%
De los datos expuestos se concluye que hasta mediados de siglo la población experimentó un crecimiento vegetativo sin que se detecten movimientos migratorios, únicamente, y como consecuencia de la guerra civil, en la década de los años 30 se aprecia una ligera disminución de población. A partir de 1.950, cuando se alcanzó el mayor número de habitantes, comienza un proceso de emigración de la población agrícola a centros industriales que se acusa en un descenso de población continuado hasta nuestros días. En la última década la fuerte inmigración experimentada como consecuencia de los años de bonanza económica vividos, ha compensado el descenso de población autóctona consecuencia del bajo índice de natalidad, fenómeno que afecta al conjunto de la Comunidad Foral, que cuenta con uno de los índices de natalidad más bajos de Europa. Para la próxima década las previsiones no son muy optimistas en cuanto a evolución demográfica, dado que como consecuencia de la fuerte crisis económica que nos afecta, es previsible que el fenómeno de inmigración se reduzca o incluso se invierta en función de la evolución del empleo. Por otra parte, tampoco se registran datos que hagan suponer un incremento significativo de los índices de natalidad, por lo que el crecimiento vegetativo seguirá siendo negativo. Unicamente la
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implantación reciente de alguna actividad económica con creación de puestos de trabajo hace albergar esperanzas de fijación de la población o incluso incorporación de algunos vecinos procedentes de otras localidades, todo ello en función de la evolución de esta actividad económica. En todo caso, y como conclusión, para el periodo de vigencia del próximo Plan General Municipal, las previsiones reales pueden ser de cambios mínimos en el índice demográfico, con ligeras variaciones en sentido positivo o negativo para los dos próximos lustros. El POT del Eje del Ebro en el que se integra Falces, prevé para la subárea 02.1 formada por Falces, Funes, Marcilla, Peralta y Villafranca, un crecimiento poblacional de 6,3 % para los próximos catorce años, pasando la población total de la subárea de 16.930 a 18.000 habitantes, si bien las expectativas de crecimiento más relevantes corresponden a Peralta y Marcilla, y por el contrario Falces apenas registrará variaciones. Datos estadísticos de población: En relación con el Censo del año 2.011, se han publicado los siguientes indicadores demográficos básicos de Falces:
De este mismo Censo del año 2.011 se obtienen los siguientes datos sobre clasificación de la población por grupos de edad y por lugar de nacimiento, estableciéndose además una comparativa con los datos globales correspondientes a toda la comunidad de Navarra.
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CLASIDIFACION DE LA POBLACION POR GRUPOS DE EDAD
FALCES
NAVARRA
COMPARATIVO: FALCES-NAVARRA
TOTAL
0-9
10-19
20-29
30-39
40-49
50-59
60-69
70-79
80-89
90..
2563
213
229
259
323
393
322
286
280
225
33
100 %
8,3%
8,9%
10,1%
12,6%
15,3%
12,6%
11,2%
10,9%
8,8%
1,3%
100 %
10,7%
9,5%
11,2%
16,7%
15,9%
12,8%
10,1%
7,3%
4,9%
0,9%
CLASIFICACION DE LA POBLACION SEGÚN LUGAR DE NACIMIENTO COMPARATIVO: FALCES-NAVARRA
UE
RESTO EUROPA
AFRICA
2248
16
0
267
0
31
87,7%
0,6%
0,0%
10,4%
0,0%
1,2%
0,0%
89,8%
3,5%
4,5%
2,7%
0,1%
3,2%
0,3%
ESPAÑA FALCES
NAVARRA
AMERICA NORTE
AMERICA CENTRO-SUR
ASIA Y RESTO 0
De los dos cuadros anteriores se concluye que en cuanto a grupos de edad, las características de la población de Falces reflejan un menor grado de juventud; (población menor de 30 años en Falces = 27,3 %, en conjunto de Navarra = 31,4 %), y por el contrario un mayor grado de envejecimiento. (Población mayor de 70 años en Falces = 21,0 %, en conjunto de Navarra = 13,20%). En cuanto a procedencia de población, Falces refleja un mayor grado de inmigración que el conjunto de Navarra, destacando el elevado número de población procedente de Africa que representa más del 10 %, índice similar al total de inmigración en el conjunto de Navarra.
7.- CARACTERISTICAS DE LA EDIFICACION RESIDENCIAL Los últimos datos estadísticos publicados para Falces corresponden al Censo de Población y Vivienda del año 2.001, por lo que cuentan con una cierta antigüedad. No obstante, siguen siendo útiles para obtener una visión global sobre las características de la edificación residencial, dado que en el caso de Falces no ha sido tan acusado el boon inmobiliario registrado en otras poblaciones en los últimos años. Sobre los datos del Censo de Población y Vivienda del año 2001 para Falces, último censo publicado íntegramente, se extraen las siguientes conclusiones: TIPOLOGIA DE EDIFICACION Predomina la edificación residencial unifamiliar con más del 60 % del total, en una o dos plantas sobre rasante.
AÑO DE CONSTRUCCION DE LA EDIFICACION Y ESTADO El parque residencial es bastante antiguo, con un 76,8 % de vivienda anterior a 1.970, y de éstas, la mitad construidas antes de 1.900. El censo refleja que un total del 94,4 % de las edificaciones se encuentra en buen estado, si bien se considera este índice muy elevado a la vista del estado general de la edificación, especialmente en el casco antiguo.
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CLASE DE PROPIEDAD Y DOTACION DE SERVICIOS DE LOS EDIFICIOS
USO GENERAL DE LAS VIVIENDAS Sorprende en este apartado el elevado número de viviendas no principales que representan el 30,20% del total de viviendas, permaneciendo vacías y sin uso específico aproximadamente 2/3 de las mismas.
VIVIENDAS PRINCIPALES SEGÚN ALTURA
VIVIENDAS PRINCIPALES AÑO LLEGADA DE LA FAMILIA QUE RESIDE EN ELLA
VIVIENDAS PRINCIPALES SEGÚN REGIMEN DE TENENCIA Siguiendo la tónica general de la Comunidad Navarra, en torno al 90 % de las viviendas son en propiedad, representando el régimen de alquiler una tasa insignificante.
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8.- INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES. ESTADO ACTUAL Y PREVISIONES 8.1.- COMUNICACIONES INTERURBANAS El municipio de Falces se sitúa muy próximo a dos grandes ejes de comunicaciones de interés nacional, como son el Corredor del Ebro que pone en relación los Arcos Mediterráneo y Atlántico, y el Corredor Norte-Sur formado por la autopista A-15, que una vez se construya la proyectada autopista Madrid-Tudela, se conformará como el eje más importante de comunicaciones entre Lisboa-Madrid-Paris. El extremo Este del término municipal de Falces llega a contactar con el segundo eje de comunicaciones descrito, ya que la autopista A-15 atraviesa un pequeño tramo del término municipal contando con salidas próximas en Tafalla y Marcilla. Las comunicaciones por carretera del núcleo de Falces con su entorno se produce a través de la red local formada por dos vías que atraviesan el término en diferentes direcciones; la carretera de acceso a Falces desde Tafalla (NA6210), que nace en la NA.115 (Tafalla-Peralta) y que continúa hasta Lerin, y la carretera que atraviesa el término en dirección Norte Sur (NA6100), uniendo las poblaciones de Marcilla con Larraga-Artajona. No existen previsiones de cambio o ejecución de nuevas infraestructuras que puedan modificar sensiblemente las comunicaciones de Falces con otras poblaciones o con otros centros de actividad. En el III Plan Director de Carreteras de Navarra 2010-2018, se contemplan las siguientes actuaciones sobre red viaria que atraviesa el término de Falces: - Actuación 31. NA-115 Tafalla - Peralta. Ensanche y mejora que proporcione a esta carretera unas adecuadas condiciones de funcionalidad, tanto en plataforma como en trazado. Presupuesto estimado = 8,72 M€. Programación: años 2.014, 2.015 y 2.016. - Actuación 147. NA-6100 Cruce de Artajona – Venta de Arlas. Adecuación funcional de la actual carretera, construyendo cunetas pisables que aumenten la sección viaria. Presupuesto estimado = 4,34 M€. Programación: años 2.014 y 2.015. La carretera NA6210 atraviesa el núcleo urbano de la localidad, por lo que se adoptarán medidas de protección y mejora de las condiciones de seguridad en la travesía, si bien el tráfico no es muy intenso. Parece desproporcionado contemplar alternativas de trazado exterior para estas vías por la reducida intensidad de tráfico que soportan. 8.2.- RED VIARIA Y FERROVIARIA El trazado del ferrocarril Pamplona-Castejón no discurre por el término de Falces, siendo las estaciones más próximas las de Tafalla o Marcilla, por lo que tradicionalmente no ha tenido mucha repercusión en las comunicaciones de Falces con otras poblaciones. A medio o largo plazo, está prevista la construcción de un nuevo trazado ferroviario de altas prestaciones, alternativo al actual y que discurre más próximo al núcleo de Falces, llegando a interferir ligeramente en el extremo este del término municipal. Tampoco en este caso dispondrá de estación en las cercanías de Falces, por lo que la repercusión en el sistema de comunicaciones interno será muy escasa. 8.3.- SISTEMA PEATONAL Y CICLABLE La red de comunicaciones locales se completa con el sistema de vías peatonales y ciclables de caminos públicos de uso predominante agrícola, que con origen generalmente en el núcleo urbano comunican el mismo con el medio físico y con poblaciones del entorno. En esta estructura de vías merecen especial consideración las antiguas vías pecuarias, cuyo trazado se debe recuperar y proteger potenciando su uso agrícola y especialmente recreativo como integrantes de una red ancestral que comunicaciones.
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Se identificarán en el planeamiento dentro de la red de caminos públicos, las vías peatonales que comunican con otra poblaciones, con zonas de especial interés natural como Reserva Natural RN28 Sotos de Arquillo y Barbaraces, y las vías pecuarias, estableciendo un régimen de protección que favorezca la recuperación y mejora de estos trazados como vías de uso peatonal y ciclable. 8.4.- OTRAS INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES REDES TRANSPORTE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN La red eléctrica a su paso por la comarca de la Ribera del Ebro es una trama completa que posibilita su desarrollo integral. El municipio de Falces es servido por la Compañía Iberdrola a través de línea de alta procedente de la estación de Peralta. Cuenta Falces con una central hidroeléctrica conectada a la red de alta. REDES TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE GAS Gaseoducto. Atraviesa la Ribera de Navarra un ramal de distribución del gaseoducto de transporte de Enagás entre Barcelona y Bilbao: el ramal San Adrian-Tafalla, que parte de San Adrián en cuyas inmediaciones se halla instalada una estación de control y derivación del que parte un ramal al Polígono Industrial. Esta tubería atraviesa Falces y Peralta. Oleoducto. Atraviesa la comarca el trazado del Oleoducto “Miranda de Ebro-Zaragoza, partiendo de San Adrián un ramal hacia Tafalla y Pamplona que atraviesa a su vez el término de Falces. RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS Falces se integra en la Mancomunidad para la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Ribera Alta de Navarra. Forman parte de esta Mancomunidad los municipios de Azagra, Cadreita, Caparroso, Falces, Funes, Marcilla, Milagro, Peralta, San Adrián y Villafranca. Entre los servicios prestados por la Mancomunidad se encuentran el diseño, planificación, ejecución, gestión y explotación de un servicio de recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos que incluye la recogida de basura ordinaria, envases, papel, vidrio, pilas, aceite y voluminosos. La Mancomunidad dispone además de un servicio de recogida de papel y cartón para los comerciantes. Los residuos orgánicos se tratan en la estación de tratamiento situada en Tudela y los materiales reciclables se tratan en la estación situada en Peralta.
9.- INFRAESTRUCTURAS LOCALES. ESTADO ACTUAL Y PREVISIONES 9.1.- ABASTECIMIENTO DE AGUA A lo largo de 1.984-87 se renovaron en su totalidad las redes de abastecimiento y saneamiento de la localidad, dado que las anteriores redes, con una antigüedad superior a cincuenta años presentaban serios problemas de funcionamiento. La nueva red de abastecimiento se calculó para una población estable de 3.500 habitantes y un 25% más de población flotante, prevista por tanto para una demanda total de 4.000 personas, además de la previsión de reserva para uso industrial e incendios. La red de distribución está formada por mallas cerradas que a través de válvulas de compuertas permitan el abastecimiento en las dos direcciones. Las tuberías son de fundición enterradas en zanjas y con protección de arena y las acometidas en poliétileno. La captación de agua se produce mediante pozo situado en Funes, en el paraje denominado “El Ontinar”, desde donde se suministan las localidades de Peralta y Falces. Desde esta captación se realiza el bombeo hasta depósito. A medio plazo está prevista la ejecución de una nueva toma de agua para abastecimiento de la población desde el Canal de Navarra a través de Funes. En el año 1.988 se construyó el nuevo depósito de aguas con una capacidad de 1.500 m3, ampliando 3 considerablemente la capacidad del antiguo depósito de 400 m que se había quedado insuficiente y
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ha dejado de utilizarse. Conjuntamente con la construcción de nuevo depósito se ampliaran las tuberías maestras y de impulsión. El depósito es de hormigón armado, de forma cilíndrica, con diámetro interior de 20 mts. y 6 mts. de altura desde solera, dividido en dos semidepósitos de 750 m3 para el mantenimiento de una reserva continua que permita la reparación y limpieza de cada uno de ellos sin interrumpir el servicio. La cámara de llaves se encuentra separada del depósito, siendo también de hormigón armado y cubierta con forjado de viguetas prefabricadas como el depósito. La cota aproximada de suelo de depósito es de + 322 mts., superior en 30 mts. a la cota media del núcleo de población 9.2.- SANEAMIENTO En la misma fecha de ejecución de la nueva red de abastecimiento se procedió a renovación total de la red de saneamiento que se construyó separativa para pluviales y fecales. Las conducciones son de hormigón con enchufe de campana y junta de goma, y tubería de PVC con junta pegada, en función de las características de dificultad de la puesta en obra, del caudal a soportar y de las pendientes que permiten las calles. Pozos de registro de hormigón en masa colocados a una distancia inferior a sesenta metros en los tramos rectos de pendiente uniforme, así como en los comienzos de colectores y entronques de estos. Recientemente se ha construido con gestión de NILSA una estación de tratamiento en Funes a la cual se conducen las aguas residuales de la localidad previo tratamiento inicial en la estación de Falces situada al sur de la población. Tanto la red de abastecimiento como la de saneamiento se gestionan por el propio Ayuntamiento, dado que Falces no pertenece a ninguna mancomunidad de servicios. Las redes funcionan correctamente, con los problemas de mantenimiento propios de su antigüedad superior a veinte años. 9.3.- DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA El suministro de energía eléctrica la realiza la compañía Iberdrola, propietaria de las líneas de abastecimiento y encargada de su mantenimiento. En la documentación gráfica de este Plan Municipal se señalan los diferentes tendidos en alta o baja que discurren por el término municipal y casco urbano hasta llegar a los diferentes puntos de suministro, según documentación facilitada por la compañía suministradora. Las redes en general se encuentran en buen estado, no apreciándose deficiencias en el suministro. Por parte de las empresas suministradoras no constan previsiones a medio o largo plazo de renovación o ampliación de las redes existentes. 9.4.- ALUMBRADO PÚBLICO La red de alumbrado público es de mantenimiento municipal y en general se encuentran en buen estado. Se renovó en su totalidad hace pocos años, incluyendo instalación de reductores de flujo. No precisa intervenciones de reforma o modernización, únicamente pequeñas actuaciones normales de mantenimiento.
10.- VIARIO URBANO Y PAVIMENTACION DEL ESPACIO PUBLICO El callejero urbano principal está constituido por las siguientes vías estructurantes: - Calle Fausta Elorz – Calle La Cruz – Avda. del Salvador. Coincide este eje viario con la travesía urbana de la carretera NA6210 que comunica la población con el cruce de la carretera Tafalla-Peralta, y se continúa hasta Lerín. - Calle Mota. Bordea el núcleo urbano por su lado este, delimitando el encuentro entre el núcleo residencial y la zona verde y deportiva ganada al cauce del río. - Calle San Andrés. Amplio vial que constituye el límite norte del casco histórico. - Calle Corazón de Jesús. Vial de menor entidad pero que delimita por su borde sur el ámbito del casco histórico. - Calles Ramón y Cajal y Matadero. Viales estructurantes del desarrollo residencial del casco urbano en dirección sur, junto con otros viales de menor entidad como la Calle del Cristo y la Calle de la Cava
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El grado de urbanización general en el casco urbano es en su conjunto es aceptable, con viales correctamente urbanizados en todo el casco urbano, con algunas deficiencias de mantenimiento normal por la propia antigüedad de la urbanización. En la documentación gráfica se señalan los tipos de vías y su estado de pavimentación, señalándose expresamente los viales sin urbanizar, que son escasos y se corresponden con vías menores en el perímetro del núcleo.
11.- ESPACIOS DOTACIONALES Y DE SERVICIOS. ESTADO ACTUAL Y PREVISIONES 11.1.- ESPACIOS LIBRES PÚBLICOS Las obras de corta del río permitieron liberar una gran superficie de terreno entre el cauce conducido del río y el límite del núcleo edificado, que a lo largo de todo el núcleo urbano supone una superficie superior a 15 Ha. El destino natural de este terreno es el de una gran zona verde y suelo dotacional en el que se instalan exclusivamente actividades de tipo deportivo y recreativo.
VISTAS DEL ESPACIO LIBRE ENTRE NUCLEO URBANO Y CAUCE DEL RIO
En cuanto a zonas verdes, una vez que se haya dotado de un tratamiento adecuado a toda la franja de terreno entre el río y el casco urbano, tanto al Norte como al Sur del puente, la población de Falces contará con amplios espacios, situándola entre las poblaciones privilegiadas en este aspecto. Ya más alejado del casco urbano debe considerarse como espacio de elevado interés como área de esparcimiento el entorno de la basílica del Salvador. En el interior del casco urbano existen además plazas y pequeñas áreas verdes que conforman la red de espacios libres y satisfacen la demanda interna. El espacio más representativo es la Plaza de los Fueros, que con una superficie de 1.500 m2 es el centro neurálgico de la Villa. En el extremo norte de la población se localiza la Plaza de San Esteban con una superficie total superior a 5.000 2 m , siendo éste el espacio público más amplio dentro de la trama urbana.
PLAZA DE LOS FUEROS
PLAZA DE SAN ESTEBAN
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PEQUEÑOS ESPACIOS LIBRES ACONDICIONADOS RECIENTEMENTE EN CASCO ANTIGUO
En la última década, por iniciativa del Ayuntamiento, se ha realizado una acertada política de adquisición de edificios carentes de interés en el casco histórico para su posterior demolición, creando de esta forma algunos espacios públicos de reducido tamaño que ayudan fundamentalmente a esponjar la densa edificación existente, formando pequeñas áreas de relación vecinal o de aparcamiento que mejoran además las condiciones de la edificación del entorno próximo. 11.2.- EQUIPAMIENTOS: Docente: Existe en Falces un centro escolar con una capacidad aproximada de 300 alumnos previsto para la 2 población infantil de Falces. Tiene el centro una superficie de 1.725 m útiles y dispone de 16 aulas, gimnasio, audiovisuales, laboratorios, etc. Con el centro escolar existente se atiende suficientemente la demanda existente para este estrato de población. Enseñanzas de grado medio y superior no se imparten en la localidad, desplazándose los alumnos al Instituto de Marcilla para B.U.P. y C.O.U, a Tafalla para enseñanza profesional y a Pamplona, para enseñanzas superiores. Recientemente se ha construido en terrenos del antiguo matadero, a las afueras de la localidad, una pequeña escuela taller que ofrece formación profesional a un grupo de en torno a 20 jóvenes.
EQUIPAMIENTO DOCENTE: ESCUELAS
ESCUELA TALLER
Sanitario: El consultorio médico situado en la parcela de las antiguas escuelas, se renovó y amplió recientemente, reuniendo por tanto condiciones adecuadas para su atención a la población de Falces.
NUEVO CONSULTORIO MEDICO
Bienestar social – Servicios sociales: La atención residencial para ancianos se lleva a cabo en la residencia “San Francisco Javier” gestionado por la fundación Fausta Elorz, que presta atención a un total de aproximadamente cuarenta ancianos.
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RESIDENCIA DE ANCIANOS
El edificio de las antiguas escuelas se rehabilitó cuando se construyó la nueva dotación escolar en el extremo norte del casco urbano, y se destina a club para la tercera edad en planta baja, ocupándose el resto con equipamiento social cultural. En locales del nuevo Centro Cívico se prestan servicios de guardería infantil cuya gestión es privada, manteniendo esta dotación que ya se prestaba en antiguos locales anexos al edificio del “Hospital”. Socio – cultural: Cabe destacar en primer lugar la intensa actividad cultural que se desarrolla en el municipio de Falces, y que se refleja en la existencia de un elevado número de asociaciones y grupos que desarrollan diferentes actividades: Organizaciones y asociaciones culturales: Asociación de Jubilados y Pensionistas Asociación Olentzero Junta de Cabalgata de Reyes Compañía de Marionetas Pis-Pis Grupo de Teatro “Halokestamos” Asociación de Mujeres “Las Arcas” Colectivo Cultural “Radio Espera” Organizaciones y asociaciones educativas: Asociación de Padres y Madres “Dña. Alvara Alvarez”. Este grupo gestiona el Club Infantil que se encuentra en el Centro Cívico Organizaciones y asociaciones musicales: Coral “Nuestra Señora de las Nieves” Grupo de Danzas “Makaia” Banda de Música Municipal Gaiteros de Falces Rondalla Falcesina Escuela de música Organizaciones y asociaciones deportivas: Club Deportivo Falcesino Club de balonmano “El Salvador” Organizaciones y Asociaciones Juveniles: Asociación Cultural “El Punto” Asociación Juvenil “1 de Mayo” Grupo Bienaia La mayor parte de estos grupos precisan de locales para el desarrollo de sus actividades que son generalmente facilitados por el Ayuntamiento que colabora en la medida de sus posibilidades en apoyar todas estas iniciativas populares. Como equipamiento socio-cultural, el municipio dispone del edificio de las antiguas escuelas, el Centro Cívico y el edificio del antiguo “Hospital”. El primero de ellos alberga el club de tercera edad, biblioteca pública, salas de usos múltiples y salón polivalente. En el Centro Cívico de reciente construcción se dispone de un amplio espacio escénico polivalente, y salas de usos múltiples, destinadas alguna de ellas a uso de guardería y club infantil, servicios sociales de base, y actividades diversas. Por último, en el edificio del antiguo “Hospital” tienen su sede varios grupos culturales si bien su estado no reúne condiciones adecuadas para responder a la demanda de uso y precisa de una rehabilitación integral. El antiguo consultorio médico, junto a las antiguas escuelas, se utiliza además como club juvenil.
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ANTIGUAS ESCUELAS
NUEVO CENTRO CIVICO
ANTIGUO HOSPITAL.
CASETA DEL AGUA
Como previsión a medio plazo, el Ayuntamiento pretende habilitar la llamada “Caseta del Agua” situada junto al puente, con usos culturales. Recientemente se ha puesto en marcha un pequeño Centro de Interpretación del Visón en edificio situado en el casco urbano, y alquilado a su actual propietario el Arzobispado. Deportivo: 2 Falces cuenta desde 1.982 con un frontón cubierto de 1.000 m en el borde Sur del casco urbano, en la calle Ramón y Cajal, además del pequeño frontón descubierto situado en la calle Fausta Elorz, con una extensión de 666 m2.
En la franja de terreno entre el casco urbano y el río, producto del encauzamiento del mismo, se han construido en los últimos años diversas instalaciones deportivas, como son el campo de fútbol, campo de entrenamientos, pistas de tenis y piscinas de verano. El recinto de piscinas cuenta con vasos de competición, aprendizaje y chapoteo y sus instalaciones complementarias de vestuarios, edificio social etc.
INSTALACIONES DEPORTIVAS Y FRONTON CUBIERTO
Casa Consistorial: La antigua Casa Consistorial, construida en el año 1.868 se renovó en su totalidad hace pocos años manteniendo la fachada a la Plaza. El nuevo edificio alberga todos los locales administrativos municipales, atención al público, salón de sesiones, salas de trabajo, despachos, vivienda de
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conserje, etc.
CASA CONSISTORIAL DE FALCES REHABILITADA
Religioso: (equipamiento privado) En la actualidad el culto religioso se desarrolla en la Parroquia de la Natividad localizada en el núcleo histórico de la población. Sobre el cerro que domina el núcleo urbano se emplaza la ermita del Salvador, y una pequeña edificación destinada a refugio–merendero. Ambos equipamientos son de titularidad privada, propiedad del Arzobispado. En el borde Sur del casco urbano se ubica la ermita del Cristo del Calvario, actualmente de titularidad privada y proceso de formalización de cesión a favor del Ayuntamiento. Cementerio: Está situado en un altozano situado a las afueras del pueblo, dispone de espacio para enterramientos en tierra y en nichos, así como de de capilla y el depósito de cadáveres. Está en buen estado y no requiere intervenciones a medio plazo. La parcela sobre la que se localiza el 2 cementerio, Nº 319 del polígono 9, cuenta con una superficie total de 14.203 m , y la superficie 2 cerrada del recinto es de aproximadamente 11.900 m .
12.- DIAGNOSTICO TERRITORIAL. ANALISIS DAFO Al objeto de facilitar su comprensión e interpretación, y su coherencia con los objetivos generales de la ordenación urbanística y territorial, el diagnóstico territorial en términos DAFO (Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades) se presenta de forma esquemática y agrupado en torno a los ejes o estrategias fundamentales de la ordenación: - PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL. SISTEMA FISICO - SISTEMA URBANO - SISTEMA ECONOMICO
PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL ÁREAS DE MEJORA (DEBILIDADES Y AMENAZAS) DEBILIDADES - Limitación de la producción agraria y de la vegetación en zonas carentes de regadío por la escasez de precipitaciones. - Vulnerabilidad de los acuíferos a la contaminación potencial de sus aguas - Riesgo de salinización de los suelo - Escasa representación de la vegetación natural, lo que hace que sea un recurso a preservar por sus valores botánicos, faunísticos y paisajísticos. AMENAZAS - Incidencia de la agricultura como fuente de contaminación difusa por nitratos. - Riesgo de desprendimiento de los yesos localizados en las zonas escarpadas - Riesgo elevado de inundación en áreas agrícolas junto al río. Gracias a la construcción de las motas junto al río este riesgo apenas existe respecto al casco urbano.
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- Deterioro de hábitat fluvial por las acciones sobre los ríos PUNTOS FUERTES (FORTALEZAS Y OPORTUNIDADES) FORTALEZAS - Elevada insolación y temperatura que favorecen el desarrollo de la agricultura - La elevada insolación y la presencia de vientos constantes y rápidos que favorecen las energías renovables. - Abundante patrimonio mineralógico, arcillas, gravas y yesos - Alta productividad de los suelos. - Gran riqueza faunística por la variedad de biotipos OPORTUNIDADES - Zona regable Canal de Navarra y modernizaciones, previstas en el Plan de Regadíos: frente a debilidad de limitación de producción agraria por escasez de precipitaciones, y frente a erosión por escasez de cubierta vegetal. - La modernización e implantación de nuevos regadíos eleva la productividad agraria y genera empleo, favoreciendo el asentamiento de la población. - Las actuaciones de regadío implica concentración parcelaria, lo que amplía el tamaño de las explotaciones reduciendo la excesiva parcelación existente. Mejora el déficit hídrico. Aumenta la diversificación de cultivos y favorece la integración entre producción agrícola y las necesidades de transformación de la industria. - La modernización de regadíos protege los recursos hídricos mejorando la calidad y reduciendo la contaminación de ríos y acuíferos.
SISTEMA URBANO ÁREAS DE MEJORA (DEBILIDADES Y AMENAZAS) DEBILIDADES - Estancamiento de la demografía. Hay que señalar el decrecimiento poblacional con tasas de crecimiento negativas en las últimas décadas, vinculando al bajo índice de natalidad y envejecimiento de la población que no llega a ser compensado. - Agotamiento del modelo endógeno de crecimiento e insuficiencia endógena para acometer saltos cualitativos de importancia. - Falta de pujanza del sector terciario. AMENAZAS - Modelo de crecimiento urbano con acusado desarrollo longitudinal hacia el norte, entre el cortado y el río. - Escaso interés por la remodelación del núcleo y áreas edificadas que precisan reordenación de usos y edificación . PUNTOS FUERTES (FORTALEZAS Y OPORTUNIDADES) FORTALEZAS - La cohesión social. Se trata de una sociedad cohesionada, sin diferencias notables entre sus habitantes y con unos buenos niveles de bienestar en cuanto a trabajo, infraestructuras, vivienda, etc. - Calidad de vida en un entorno rural, dotado de un buen nivel de equipamientos y próximo a áreas importantes de actividad económica. OPORTUNIDADES - Situación en las proximidades de áreas de fuerte pujanza económica - Sistema urbano caracterizado por su homogeneidad que da lugar a una elevada autonomía funcional.
SISTEMA ECONOMICO ÁREAS DE MEJORA (DEBILIDADES Y AMENAZAS) DEBILIDADES - Déficit estructural puesto de manifiesto por: el reducido tamaño de las explotaciones agrarias, la excesiva parcelación, importancia relativa de la superficie cultivable de secano y relativa desmotivación de los agricultores por el cultivo hortofrutícola. - Déficit de recursos humanos que se manifiesta en: envejecimiento permanente de la
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población activa agraria y escaso nivel de la formación de los nuevos agricultores en gran medida procedentes de la inmigración. - Escaso nivel de diversificación e insuficiente cooperación. - Comercialización deficiente frente al mercado en los grandes distribuidores y relativo mantenimiento en los métodos de distribución tradicionales. - Escasa tradición industrial, con escaso número de industrias implantadas - Inexistencia de un sector turístico estable y maduro con personal especializado. AMENAZAS - Desarrollo acusado de los polos industriales próximos capaces de absorber la mayor parte de la demanda industrial de posible localización en el área. - Creciente atracción de las grandes áreas metropolitanas como centros de atracción comercial y de ocio. PUNTOS FUERTES (FORTALEZAS Y OPORTUNIDADES) FORTALEZAS - Pertenencia a un espacio agroalimentario -Valle Medio del Ebro- diversificado, maduro, experimentado y muy especializado. - Relativa identificación en el exterior de la comarca y/o alguno de sus municipios con productos de alta calidad y prestigio agrícola. - Exigencia creciente de mayor calidad a los productos agropecuarios por el consumidor que favorece la ventajosa posición en relación al prestigio inicial. - Dotación de recursos básicos necesarios para la actividad industrial tales como mano de obra semiespecializada, agua, infraestructuras de comunicaciones, telecomunica-ciones y sobre todo una importante oferta de suelo industrial urbanizado. - Existencia de un clima social y laboral favorable a la actividad productiva e industrial. OPORTUNIDADES - Interés creciente por el turismo cultural, de naturaleza, gastronómico, etc del que la Ribera ofrece una rica y variada diversidad. - Creciente valorización de los recursos turísticos de que dispone la región, así como creciente interés de sectores. - Consolidación de las áreas Tafalla-Olite y Peralta como grandes espacios de actividad económica próximos. - Posibilidad de generar oferta alternativa de suelo para actividad económica fruto de la saturación de las áreas próximas.
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CAPITULO II.
EVALUACIÓN DE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL, PLANEAMIENTO VIGENTE Y GRADO DE EJECUCION
1.- INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL. PLAN ORDENACION TERRITORIAL (POT) En el artículo 28 de la Ley Foral 35/2.002 de ordenación del territorio y urbanismo, se establece que los instrumentos de ordenación territorial de la Comunidad Foral de Navarra son: - La Estrategia Territorial de Navarra - Los Planes de Ordenación Territorial - Los Planes Directores de Acción Territorial - Los Planes y Proyectos Sectoriales de Incidencia Supramunicipal. - Otros planes de incidencia en la Ordenación del Territorio. La Ordenación Territorial se articula en consecuencia en un sistema de instrumentos de ordenación territorial que tiene su base en el Estrategia Territorial de Navarra ETN, que fue aprobada por el Parlamento de Navarra en Junio de 2.005. La ETN tiene su continuidad en los Planes de Ordenación Territorial POT actualmente en fase de redacción. En un futuro se desarrollarán los Planes Directores de Acción Territorial como instrumentos de planificación operativa con objeto de concretar, coordinar y programar las actuaciones sectoriales en el territorio derivadas de un POT, y su ámbito comprenderá el del POT que desarrolle. De acuerdo con el art. 29.1 de la LFOTU, las determinaciones contenidas en los POTs se adscribirán a los siguientes tipo: a)
b)
c)
Determinaciones vinculantes sobre el territorio, en orden a la ratificación o modificación del régimen jurídico directa e inmediatamente aplicable a los terrenos sobre los que incidan y que, como determinaciones de ordenación territorial, prevalecerán sobre las previsiones contrarias del planeamiento local Determinaciones vinculantes para la ordenación, que no tendrán aplicación directa e inmediata, pero obligan a atenerse a su contenido al elaborar, aprobar o modificar la planificación urbanística local, bien sea cuando se decida su elaboración, bien sea en el plazo previsto en la propia determinación. Determinaciones orientativas que constituirán criterios, directrices y guías de actuación de carácter no vinculante, informadores de las pautas que el Gobierno de Navarra considera adecuadas para la actuación territorial y urbanística de los poderes públicos.
En la Normativa del POT 5 (art.77), se fijan los criterios de coherencia entre el Plan General Municipal y el Modelo de Desarrollo Territorial adoptado por el POT.: 1.- La coherencia entre el Plan General Municipal de un municipio con el Modelo de Desarrollo Territorial adoptado por el POT en su ámbito, se manifestará y justificará en la correspondiente Estrategia y Modelo de Ocupación del Territorio (EMOT), documento expresamente indicado para explicitar esa coherencia conforme a lo requerido en el artículo 56 de la LFOTU. 2.- La EMOT, constitutiva junto al Plan Urbanístico Municipal del Plan General Municipal de un municipio, responderá al Modelo de Desarrollo Territorial adoptado por el POT para los ámbitos geográficos y funcionales que corresponda –en particular para la subárea a la que pertenezca el municipio-, de suerte que sus determinaciones y previsiones se inscriban razonablemente en las estrategias adoptadas por el POT y coadyuven a alcanzar sus objetivos en el ámbito local. El municipio de Falces forma parte del ámbito del POT Nº 5, correspondiente al Eje del Ebro. En la elaboración del nuevo Plan Municipal se tendrán en consideración las grandes líneas y criterios señalados en el documento de referencia, por lo que se coordinará el Plan Municipal con las determinaciones de las POT. Los datos más relevantes del POT se recogen de manera extractada en las fichas de sub-áreas, proporcionando una información integrada de las propuestas del POT para cada ámbito, y permitiendo una visión directa e inmediata de las mismas. Para la sub-área 02.1 (Arga) en la que se
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Regulación del crecimiento poblacional. Propuesta del POT: 2.025: 18.000 habitantes. Criterios y recomendaciones desarrollo y expansión de los núcleos. Propuestas del POT Crecimientos significados de Población en Marcilla y Peralta. 4.3.- Sistema económico y productivo. Determinaciones relativas al sistema económico y productivo. Se reconoce al Área 2, en que se incluye esta subárea una especial aptitud para acoger actividades vinculadas a Energías renovables, Industrias agroalimentarias, Turismo sostenible, Servicios empresariales, Educación, Servicios a las personas, y Protección, conservación y valorización del medio natural. La subárea 2.1 podría desarrollar Formación, cualificación, asociada al sector de industrias agroalimentarias. La subárea resulta, además, apta para acoger actividades asociadas al sector de la Mecatrónica (Centro de formación...), y al sector Transformados metálicos y del mueble. 4.4.- Sistema de equipamientos y servicios Previsiones de equipamientos para la subárea Sanitarios. Escala intermedia: Consolidación de Centros de Salud, en función de la demanda poblacional. A medio/largo plazo, y en función de la demanda poblacional, ampliación del centro de salud en Peralta. Sociales. Escala Intermedia: Atención diurna para personas mayores con dependencia. Educativos. Escala Subregional: Posible subunidad del Centro de la Escuela de Idiomas de Tudela en el espacio Peralta-Marcilla. Consolidación/ mejora, y, en su caso, ampliación, en función de demanda poblacional, de los centros de enseñanzas medias de Marcilla y Peralta; nuevo centro de ESO en el espacio Marcilla- Peralta, según necesidades de población. Escala intermedia: Consolidar la oferta de formación musical no reglada; consolidación y, en su caso, ampliación, de centros de infantil y primaria, en función de la demanda poblacional. Culturales. Escala Intermedia: Restauración Castillo de Marcilla (previsión del Plan Navarra 2012), como dotación cultural-administrativa.. Desarrollo del Plan Estratégico del Servicio de Bibliotecas Públicas de Navarra y lo establecido por el Mapa de Lectura Única de Navarra. Deportivos, Escala Intermedia: Instalaciones deportivas de la “Red Complementaria de infraestructuras deportivas” para el desarrollo de competiciones de “zona y autonómicas” y las consideradas para deportes minoritarios o practicados en espacios no convencionales, que pudieran desarrollarse en el marco de la planificación deportiva de Navarra. Administrativos. Escala subregional: Consolidación/ampliación parque de bomberos de Peralta; nuevo centro al Servicio del Empleo en el espacio Marcilla-Peralta -Funes. Escala intermedia: mejora casas- cuartel Guardia Civil actuales. 5.- Ordenación de las comunicaciones, transportes e infraestructuras 5.1.- Sistema de transporte y comunicaciones MOVILIDAD SOSTENIBLE.Fomento del ferrocarril como alternativa más eficiente al transporte interurbano por carretera. Apoyo a los medios colectivos para transporte de viajeros como alternativa al uso del vehículo particular. ITINERARIOS PEATONALES Y CICLABLES.Puesta en valor y adecuación de las cañadas reales como cañadas ciclables. INFRAESTRUCTURAS VIARIAS.1. Nuevo trazado ferroviario para el TAP. 2. Comunicación Acedo – Peralta – Sangüesa 3. Refuerzo de conexiones internas, en particular, con Villafranca. 5.2.- Infraestructuras de telecomunicaciones. Sociedad de la información ”Plan Director de Infraestructuras de Telecomunicación a largo plazo” impulsado por el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo y aprobado por acuerdo del Gobierno de 8/03/2010
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5.3.- Infraestructuras relacionadas con el agua Adecuación a la Directiva Marco del Agua: El POT asume las previsiones y soluciones del Plan Director de Abastecimiento de Agua en Alta de Navarra para el ámbito, así como el Desarrollo del Plan de Saneamiento de ríos (NILSA) y los planes de las mancomunidades correspondientes. No se han detectado problemas de disponibilidad de recursos hídricos en el ámbito. Para mejorar la gestión y explotación se recomienda realizar un estudio de necesidades a medio plazo. Se propone potenciar la implantación de un modelo de gestión de mayor capacidad con criterios de racionalidad. PROPUESTA DE ACTUACIONES ESTRATÉGICAS EN LA SUBÁREA: 1 Mejora en la red de abastecimiento para el entorno de Peralta 5.4.- Infraestructuras energéticas INFRAESTRUCTURAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA El POT asume los objetivos y propuestas en esta materia del Plan Energético de Navarra. Para conseguir la necesaria calidad y fiabilidad en el suministro eléctrico a las distintas zonas de Navarra, el Departamento competente coordinará el desarrollo de las líneas de distribución necesarias con las compañías suministradoras. Directrices para la distribución de energía: 1. Abastecimiento eléctrico para el Tren de Alta Velocidad 2. Corredor Castejón – Muruarte de Reta, actualmente en ejecución (400 kV) INFRAESTRUCTURAS GASÍSTICAS Desarrollo de las infraestructuras gasísticas con el objetivo de acercar el gas a zonas con una gran actividad industrial, cercanas a importantes núcleos de población, a zonas del territorio navarro con un fuerte potencial de desarrollo e incrementar la eficiencia energética en el transporte de electricidad abriendo nuevas vías de evacuación derivadas de las nuevas instalaciones de generación eléctrica. 3. Gasoducto Falces-Tafalla- Irurtzun Realizado 5.5.- Infraestructuras de recogida y tratamiento de residuos El POT asume el “Plan Integrado de gestión de residuos de Navarra”. Además se establecen una serie de criterios para los nuevos desarrollos previstos en los instrumentos de ordenación urbanística y territorial de carácter general, y que tengan incidencia directa en la generación de residuos sólidos urbanos e industriales.
2.- ANALISIS DEL PLAN MUNICIPAL VIGENTE Y MODIFICACIONES POSTERIORES 2.1.- ANTIGÜEDAD DEL PLANEAMIENTO VIGENTE. JUSTIFICACION DE SU REVISION El municipio de Falces cuenta con un Plan Municipal (PM) aprobado definitivamente en Mayo de 2.002. Se trata de un documento con una antigüedad algo superior a diez años, que en sus años de vigencia no ha experimentado modificaciones importantes o revisiones para su actualización. En consecuencia, el documento de PM vigente es un documento obsoleto elaborado en base a legislación foral ya derogada, por lo que precisa de una adaptación al nuevo marco legal, especialmente a la LF 35/2002 de ordenación del territorio y urbanismo, que entró en vigor pocos meses después de la aprobación de PM de Falces, y a la más reciente LF 6/2.009 de medidas urgentes en materia de urbanismo y vivienda. Estos cambios legislativos justifican por sí solos la revisión o adaptación del planeamiento municipal a las nuevas determinaciones legales, si bien en el caso de Falces, el correcto funcionamiento del planeamiento ha permitido estirar la vigencia del mismo sin mayor problema. Por otra parte, y en desarrollo de la legislación de ordenación territorial, se han aprobado recientemente los Planes de Ordenación Territorial de toda Navarra, y en concreto el POT 5 que comprende el territorio de Falces. Se concluye por tanto que la necesidad de adaptación del planeamiento a la legislación vigente y a los documentos de ordenación territorial recientemente aprobados, hacen necesaria e ineludible una revisión a fondo del planeamiento municipal. 2.2.- ANALISIS DEL PLAN MUNICIPAL VIGENTE El Plan Municipal de Falces establece una primera clasificación del territorio en suelo urbano, suelo
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urbanizable y suelo no urbanizable.
CLASIFICACION GENERAL DEL SUELO RESIDENCIAL EN EL PLAN MUNICIPAL
Suelo residencial: El suelo urbano residencial coincide con el área residencial tradicional y áreas parcialmente consolidadas o lindantes con suelos urbanizados en los extremos norte y sur de la población. Diferencia el P.M. dentro del suelo urbano los ámbitos de casco antiguo, suelo consolidado y suelo ordenado. Como áreas urbanizables y por tanto de expansión a largo plazo, define el PM una pequeña franja de suelo en el extremo norte del casco, y tres sectores en el extremo sur, continuando la ordenación en dirección a Sotocalonge, sobre terrenos llanos. El PM prevé edificaciones en suelo residencial con capacidad para 339 viviendas de nueva planta en suelo urbano y 128 en suelo urbanizable, cifras a las que se suman las viviendas posibles por renovación o rehabilitación de edificaciones existentes en número indeterminado, y por sustitución de usos actuales en unidades denominadas de ordenación alternativa, en las que se prevé un total de 170 viviendas. La oferta residencial prevista es por tanto muy amplia, si bien en algunos casos, como las unidades de ordenación alternativa se trata de ámbitos de difícil gestión y poca viabilidad. Suelo industrial: En torno al cruce de las carreteras NA6210 y NA6100, donde ya existían una serie de instalaciones industriales, alguna de ellas de volumen considerable, en un entorno carente de criterio alguno de ordenación, el PM define una serie de ámbitos contemplando la consolidación de las instalaciones existentes y la reordenación de dos áreas cuya actividad se extinguió. En continuidad con estas instalaciones existentes, en dirección este, se definen dos amplios sectores de suelo urbanizable como previsión de desarrollo a medio o largo plazo, con una superficie total de 141.600 m2. En el extremo sur del casco urbano, en prolongación de las zonas residenciales, el PM propone también un pequeño sector de suelo urbanizable industrial de 11.250 m2, que no ha llegado a urbanizarse. Gestión del suelo: Como criterio general, en suelo urbano consolidado y casco antiguo, le PM prevé intervenir mediante
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actuaciones asistemáticas de gestión directa afectando a parcelas individuales. En ámbitos expresamente definidos donde se requieren actuaciones de redefinición de usos o de sistema viario se definen unidades de remodelación (URM) o de ordenación alternativa (UOA) para las que se elabora la correspondiente ficha de normativa urbanística particular. Se trata generalmente de ámbitos con usos y edificaciones existentes inadecuados y que conviene reordenar, por lo que se ofrecen alternativas de uso y edificación, a pesar de lo cual, debido a la fuerte carga de uso o edificación actual, se trata de ámbitos de dudosa viabilidad. En suelo urbano ordenado (equivalente a suelo urbano no consolidado), se definen dos unidades de ejecución residencial, una en cada extremo del casco urbano, que no han llegado a promoverse. En suelo urbanizable se definen un total de seis sectores, tres de ellos residenciales en continuidad del casco urbano por el norte y por el sur, y otros tres sectores industriales.
DETALLE ORDENACION DEL SUELO RESIDENCIAL EN PLAN MUNICIPAL
Equipamientos:
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Respecto a equipamientos y áreas libres, el PM define espacios libres como sistema general, siendo el espacio más amplio la franja de suelo existente entre el núcleo edificado y el cauce del río, donde se compatibiliza el uso de zona verde con equipamiento deportivo. La dotación de equipamientos existente es suficiente, por lo que el PM no contempla ninguna reserva específica al margen de las áreas ya dotadas de este uso y de las cesiones correspondientes a las nuevas ordenaciones de suelo que se ordenan y grafían en la documentación del PM. Ordenanzas de edificación en suelo urbano y Catálogo : El PM comprende ordenanzas de edificación, urbanización, procedimiento urbanístico y actividades clasificadas. Las ordenanzas de edificación se estructuran en diferentes niveles en función de la ubicación y tipo de intervención, diferenciándose las actuaciones sobre edificios catalogados (ordenanza 1), actuaciones en casco antiguo (ordenanza 2), o intervenciones en edificios residenciales fuera del casco antiguo (ordenanza 3). Se completan estas ordenanzas con regulación específica para la edificación industrial (ordenanza 4), edificios consolidados en su estado actual (ordenanza 5) o edificios fuera de ordenación (ordenanza 6). Los edificios o elementos de interés histórico-arquitectónico o ambiental, se identifican en el planeamiento e integran el Catálogo, donde cuenta cada uno de ellos con una ficha pormenorizada. A juzgar por el contenido de las modificaciones del planeamiento que se han tramitado durante la vigencia del PM, será preciso revisar y completar detenidamente el contenido de las ordenanzas y normativa urbanística en suelo urbano y no urbanizable subsanando aquellos aspectos insuficientemente regulados o que precisen revisión a juicio del Ayuntamiento El suelo no urbanizable: El PM adopta los criterios de categorización del suelo no urbanizable y régimen de protección de la LF 6/98 que a su vez se arrastraban de la L.F.6/87 de Normas Urbanísticas Regionales. Se definen un total de 16 categorías y subcategorías de suelo no urbanizable, contando cada una de ellas con su propio régimen de protección establecido en la normativa urbanística y con un elevado grado de definición. Posteriormente a la elaboración del PM se realizaron actuaciones importantes de concentración parcelaria y puestas en regadío, por lo que la categorización del PM ha quedado sensiblemente desfasada respecto a la realidad vigente. 2.3.- DESARROLLO Y GRADO DE EJECUCION DEL PLANEAMIENTO Los años de bonanza económica vividos de estos últimos lustros han favorecido una importante demanda de edificación residencial en todos los niveles, lo que también se ha acusado en el caso de Falces aunque en menor intensidad en relación con otros núcleos navarros de similares características. La mayor parte de promociones terminadas en esta última década ya estaban en proceso en las fechas de elaboración de vigente Plan Municipal, como es el caso de las alineaciones de viviendas en Calle La Paz al sur del casco urbano, la importante promoción de viviendas entre las calles Badarán y Bardenas Reales o las viviendas adosadas en el extremo norte de la población entre las calles Urbasa y Señorío de Bertiz. Además de estas promociones, se han ejecutado en los últimos años numerosas rehabilitaciones y renovaciones de edificación antigua, así como viviendas unifamiliares de nueva planta. No obstante, las últimas promociones o edificaciones realizadas apenas han supuesto merma de la nueva capacidad residencial prevista en el planeamiento, permaneciendo la mayor parte de la oferta de suelo ordenado residencial prevista en el vigente PM. Como conclusión, puede afirmarse que el grado de ejecución del planeamiento ha sido más bien reducido como consecuencia de que en el caso de Falces no ha sido especialmente acusado el fenómeno inmobiliario de los últimos años, y por otra parte las previsiones del PM con suelo ordenado para más de 600 viviendas, además de las viviendas posibles por renovación de las áreas edificadas especialmente en la zona de Coballeta, se han mostrado muy amplias, por lo que un desarrollo inmobiliario normal apenas ha tenido repercusión en la oferta de suelo ordenado. En cuanto al uso industrial, de los tres sectores de suelo urbanizable previstos en el PM, dos de ellos que representan conjuntamente el 90% de la oferta de suelo industrial prevista en el PM se han urbanizado en los últimos años, por lo que el grado de ejecución del planeamiento en este caso es muy elevado. Uno de los dos sectores urbanizados, -sector Nº 6 de 6,3 Ha-, se ha ocupado en su
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totalidad por una sola empresa que incluso contempla ampliación del sector, y el sector Nº 5 de 7,8 Ha se urbanizó en colaboración con Nasuinsa y actualmente cuenta con un grado de ocupación muy reducido, por lo que existe una oferta considerable de parcelas industriales. 2.4.- MODIFICACIONES SOBRE EL PLAN MUNICIPAL Durante los diez años de vigencia del PM, se han aprobado definitivamente un total de dieciocho modificaciones puntuales, varias de ellas por iniciativa del propio Ayuntamiento para modificar aspectos puntuales de ordenanzas de edificación o de clasificación de parcelas concretas en casco histórico que una vez adquiridas por el Ayuntamiento se han liberado como espacio público. El resto de modificaciones puntuales afectan a parcelas particulares donde se han propuesto cambios menores en la ordenación o en la normativa. Ninguna de las modificaciones del PM aprobadas en estos años ha afectado a la configuración general del planeamiento ni siquiera a ámbitos importantes de la clasificación del suelo o a la categorización del suelo no urbanizable. MODIFICACIONES DE PLANEAMIENTO: MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM. MPM.
Parcelas 571 y 381 del Casco Histórico Parcela 19, polígono 2 Parcelas 853, 880 polígono 2. 28 viv. Calle Paz Parcela 570, polígono 2 Ordenanza particular Nº 3. Parcela 278, subparcelas A y B. Polígono 13 Parcela 191, polígono 2. Casa Consistorial Apartado 4, art. 2.3 de Ordenanza particular Nº 2 Parcela 181, polígono 9. Soto de la Tejera Ordenanzas Particulares Nº 2 y Nº 3 Parcela 478, polígono 2 Parcela 125, subárea 3, polígono 2 Mod. pendiente máxima de cubiertas, O.P. 2 y 3 Parcela 811, polígono 2 Parcela 16 Calle La Cruz “Casa Bodega” Mod. normas particulares UC-AA-14 Mod. cesiones UC-URM-8 Parcela 158, polígono 2 Sector 6, suelo urbanizable industrial
A.D. = 30/01/2003 A.D. = 24/04/2003 A.D. = 28/10/2004 A.D. = 27/09/2005 A.D. = 26/01/2006 A.D. = 26/01/2006 A.D. = 26/01/2007 A.D. = 26/04/2007 A.D. = 26/06/2008 A.D. = 29/01/2009 A.D. = 06/08/2009 A.D. = 07/10/2009 A.D. = 21/12/2009 A.D. = 25/02/2010 A.D. = 25/02/2010 A.D. = 25/02/2010 A.D. = 27/01/2010 A.D. = 23/02/2012 A.D. = 29/08/2012
PLANES PARCIALES: PP. PP.
Area de actividades económicas (S5) Sector industrial S6
A.D. = 22/02/2004 A.D. = 03/09/2010
ESTUDIOS DE DETALLE: ED. ED. ED. ED. ED.
Parcela 204, polígono 1 Parcelas 300 y 3001 del almacén, polígono 19 Alineaciones 3 esquinas en zona “casas baratas” Parcelas 1.4 y 1.5 del polígono industrial Parcela 523, UC-AA.1
A.D. = 25/06/2004 A.D. = 12/08/2005 A.D. = 25/10/2006 A.D. = 20/08/2007 A.D. = 21/12/2007
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CAPITULO III. FINES Y OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTO 1.- FINES Y OBJETIVOS DEL PLANEAMIENTO En el Convenio de Colaboración acordado entre el Departamento de Fomento y Vivienda y el Ayuntamiento de Falces en Junio de 2.012, se han fijado una serie de Principios Generales que a modo de objetivos o pautas de actuación en la redacción del nuevo Plan General Municipal reflejan lo siguiente: - El P.G.M. de Falces deberá partir de los criterios generales y principios inspiradores del planeamiento vigente en la actualidad, para adaptarlos a la realidad actual municipal territorial y urbanística. - El Ayuntamiento de Falces desea que la metodología de redacción del P.G.M. proponga un adecuado nivel de participación ciudadana y un seguimiento continuo por el Ayuntamiento, de manera que se puedan adoptar decisiones estratégicas y pormenorizadas, antes de su desarrollo definitivo por el equipo redactor. El Ayuntamiento de Falces desea que a partir de las competencias legales de un Plan General Municipal, se consideren los siguientes aspectos: - Los grados de protección de cada zona del territorio se adoptarán en atención a las peculiaridades históricas, culturales y medioambientales - Las estructuras generales básicas del territorio y urbanas, que permitan la posibilidad de un cierto nivel de desarrollo en correspondencia con las previsiones del entorno, y que siente las bases de futuras estrategias de desarrollo, compatibles con los valores urbanos específicos del municipio. Por parte del Ayuntamiento de Falces se han plasmado una serie de objetivos estratégicos a contemplar en el planeamiento a redactar, que se han recogido en el Convenio de Colaboración como objetivos de interés municipal. En el citado Convenio de Colaboración se plasman también los Objetivos de Interés Foral propuestos por el Departamento de Fomento y Vivienda, a considerar en la elaboración del planeamiento, con una visión más amplia que la meramente local, partiendo del encuadre territorial del municipio. Finalmente, deben también considerarse otros objetivos de interés que supongan aportaciones positivas a la calidad del la ordenación y del propio documento y su desarrollo y aplicación posteriores. Se reflejan los objetivos que habrán de considerarse en la formulación del Plan General Municipal de Falces: Objetivos de repercusión general para la comunidad. Objetivos de Interés Foral: 1 - El Plan General Municipal responderá a los objetivos y principios generales de la L.F. 35/2.002 y en concreto tendrá como objetivo la definición de una Estrategia y Modelo municipal de ocupación del territorio, el desarrollo sostenible del municipio y la mejora de la calidad de vida de sus ciudadanos. 2 - Respetar y desarrollar las directrices y determinaciones establecidas en el Plan de Ordenación Territorial en los ejes estratégicos considerados: Patrimonio natural y cultural, sistema urbano e infraestructuras y los objetivos generales y específicos señalados en el ámbito del POT 5. La coherencia con el Modelo de Desarrollo territorial del POT 5 servirá como objetivo global en los distintos apartados señalados.
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3 - Asegurar el mantenimiento y mejora del tejido urbano existente, así como su correcto engarce con las nuevas extensiones. 4 - Protección y puesta en valor del patrimonio cultural de su casco histórico, y en particular de las edificaciones y/o yacimientos arqueológicos ( Castillo de los Moros y Villa romana de San Esteban) 5 - Análisis de los riesgos derivados de posibles deslizamientos en las zonas de laderas aledañas al casco urbano (Cortados del Castro, Las tres Marías .. ) y propuestas de planificación en consecuencia. 6.- Resolver las necesidades de suelo residencial, dotacional y de actividades económicas que se deriven del Modelo de desarrollo urbanístico propuesto. 7 - Estudio y propuesta de las características de las necesidades de vivienda de régimen de protección pública. 8 - Previsión de los Sistemas Generales adecuados para el servicio de su población, y en particular los espacios libres y zonas verdes y dotacionales, ubicándolos en los lugares más apropiados y acordes con el servicio a prestar. 9 - Previsión y actualización de las infraestructuras básicas, saneamiento…) a las nuevas previsiones urbanas.
( abastecimiento,
10 – Análisis y propuesta de conexión de la red viaria de la localidad con las carreteras existentes y previstas. 11 - Identificación, protección y definición gráfica precisa y específica dentro de la clasificación de suelo No urbanizable de Protección de las Áreas de especial Protección, de aquellos terrenos en los que concurran alguna de las circunstancias señaladas en el art. 94 de la Ley Foral 35/2002, de los que se resaltan específicamente los siguientes: - La Zona Fluvial: sistema de cauces y riberas del Arga y de los barrancos asociados y sus áreas inundables con los criterios y períodos de retorno aportados en lo Anexos PN del POT 5. - Por su interés para la explotación natural. Los suelos de elevada capacidad agrológica y regadío de la vega del río Arga por su valor para la explotación natural. Se estará a lo previsto en los anexos PN del POT5. - Por su valor ambiental. Recogido en el PN3 del POT5 como son: Las áreas de especial protección en razón de su vegetación de especial interés (VEI) con matorrales sobre yesos (situados en las corralizas del Vedado, el Vedadillo y Valdesanjuan) la zona esteparia de las corralizas de Cuenca y de Unsón asociadas a la Baigorrana por su interés para la fauna esteparia y los cortados sobre el Arga como Paisaje Natural (PN) 12 - Identificación y definición del Suelo No urbanizable de Protección de Riesgos. En lo que afecta al suelo con potencial riesgo de caída de bloques y deslizamiento en los escarpes y cortados de yesos y arcillas aledaños al casco urbano, y en lo referente al riesgo de inundación se estará a lo señalado en el PN-4 del POT5. 13 - Se incorporan al PGM con su delimitación y definición normativa ya aprobada los suelos ya protegidos por la legislación sectorial de Navarra como son los espacios naturales protegidos, que comprenden los derivados de la aplicación de normativa autonómica y la Red europea Natura 2000, recogidos en el PN-6 del POT 5, tales como: - Los Lugares de Interés Comunitario Yesos de la Ribera Estellesa (LIC ES2200031) y LIC Tramos Bajos del Aragón y del Arga ( ES2200035). - La Reserva Natural RN 28 Sotos del Arquillo y Barbaraces - El lo referente al suelo ya protegido para su explotación natural en régimen de Regadío, se estará a lo previsto en la legislación sectorial. - Las Vía Pecuarias: Cañada Real M.A. y las Pasadas P-5, P-56 y P-22.
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14 - Categorización de los terrenos rústicos, como suelos No urbanizables de Preservación, en atención a su valor agrícola, forestal o ganadero y a sus valores paisajísticos, arqueológicos, culturales o ambientales, en coherencia con la propuesta de Unidades Ambientales u otros no vinculados a las mismas (PN-2, recogida en el POT 5 y PN-7). Para efectuar las propuestas de conectividad se contará con los criterios de contigüidad con los municipios del entorno. 15 - En lo referente al Patrimonio cultural. Se incorporará la identificación, inventario y catálogo del patrimonio inmueble que en razón de su valor haya de ser objeto de protección singular. A los efectos informativos de su conocimiento, al objeto de que sean considerados, puestos en valor e integrados en proyectos integrales de recuperación cultural, funcional y social del territorio se recogen en el Anexo PC 2 del POT-5 los Bienes de Interés Cultural (BIC) y otros bienes relevantes, tales como: La Villa romana de san Esteban y la Ruta de los Castillos. 16 - El tratamiento del paisaje según lo expuesto en el Convenio Europeo del Paisaje (2000), en coherencia con los desarrollos efectuados en el POT 5, permite identificar valores a proteger, restaurar y poner en valor con los fines señalados en el mismo con respuesta en la mejora de la calidad de vida y el desarrollo económico. Se cuenta con una propuesta de las principales unidades paisajísticas presentes en el ámbito que con apoyo en las unidades ambientales permiten efectuar las propuestas oportunas dentro del Plan las zonas singulares con paisaje reconocido como suelo de preservación. Objetivos de interés municipal: 1 - Elaborar un nuevo Plan, dado el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del actual, casi diez años, y la obligación legal de homologarlo con lo dispuesto en la vigente Ley Foral 35/2002, ya que estaba redactado conforme a la derogada Ley Foral 10/1994, de 4 de julio. Además de los objetivos relacionados, que comprenden las directrices principales a desarrollar en el futuro planeamiento desde el punto de vista del Departamento de Fomento y Vivienda y del Ayuntamiento de Falces, se proponen una serie de objetivos añadidos en aras a una mejor ordenación urbana y correcta definición y aplicación del nuevo Plan: 1 - El documento del Plan General Municipal debe ser gestionable y de fácil interpretación, con aplicación de normativas claras y precisas tanto gráficas como escritas para cada parcela, respondiendo a las expectativas reales y a la problemática concreta del municipio. 2 - Las actuaciones en suelo urbano consolidado se plantearán tan fragmentadas como sea posible en base a las condiciones de propiedad existentes, facilitando en la medida de lo posible la actuación directa y ausencia de planeamiento subordinado. 3 - Conjuntamente con la definición de la gestión del suelo, se precisa incorporar una definición clara y precisa de los espacios de cesión con la consiguiente diferenciación entre sistemas locales y generales. 4 - Finalmente, se elaborarán tomando como base las ordenanzas de edificación vigentes desde hace más de una década, unas nuevas ordenanzas de edificación donde queden claramente establecidos los criterios de edificación para las nuevas construcciones y para rehabilitación de las existentes, volúmenes, alturas máximas, materiales autorizados, usos, etc., modificando o incorporando en las mismas cuantos aspectos señalen los servicios técnicos del Ayuntamiento por haber detectado deficiencias o aspectos mejorables en las ordenanzas vigentes.
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CAPITULO IV.
ESTRATEGIAS Y CRITERIOS TERRITORIAL ALTERNATIVOS
DE
ORDENACIÓN
1.- CONTENIDO DEL ESTUDIO DE ALTERNATIVAS DE ORDENACION Las alternativas de ordenación se establecen durante la elaboración del planeamiento con el fin de valorar y seleccionar, dentro de las opciones técnicamente viables, aquella opción que se considere más adecuada para los objetivos que se persiguen y que sirve de base para adoptar el modelo determinado. De acuerdo al art. 56.4 de la LF 35/2.002, la EMOT debe contener las estrategias y criterios de ordenación alternativos, la indicación de sus ventajas e inconvenientes y el modelo de ocupación del territorio seleccionado.
2.- ESTUDIO DE ALTERNATIVAS DE ORDENACION Y SELECCIÓN DEL MODELO: El estudio de alternativas comprende: a).- Apartados objeto de estudio de alternativas en el planeamiento. b).- Definición de criterios de ordenación alternativos para cada apartado, considerando siempre entre ellos la Opción Cero, que es la no ejecución del Plan o el mantenimiento de la situación existente. c).- Evaluación de las diferentes alternativas planteadas para los apartados más significativos de la ordenación y objeto de este estudio de alternativas. d).- Selección del modelo. Conclusiones a partir de la evaluación.
3.- PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE ALTERNATIVAS El procedimiento de evaluación tiene por objeto identificar, describir y evaluar: a).- Ventajas e inconvenientes ( art. 56.4 de la LF 35/2.002) b).- Afecciones más significativas sobre el medio ambiente. Efectos directos o indirectos sobre el ser humano, la fauna, la flora, el suelo, el agua, el aire, el clima, el paisaje, los bienes materiales y el patrimonio cultural. c).- Viabilidad económica d).- Conformidad con principios de sostenibilidad contenidos en el POT5 (art. 79 de Normativa, donde figuran como carácter de determinación orientativa) e).- Conformidad con los principios generales para redacción del Plan contenidos en el Convenio suscrito entre Ayuntamiento y Departamento, definidos en los objetivos de interés foral y objetivos de interés municipal. Dada la sencillez del planeamiento y la escasa discusión que admiten las diferentes alternativas planteadas para cada apartado de la ordenación, se opta por realizar una evaluación global de cada una de ellas sin pormenorizar o puntuar numéricamente los diferentes aspectos de la evaluación.
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4.- ESTRATEGIAS Y CRITERIOS DE ORDENACION ALTERNATIVOS. EVALUACION Y MODELO ADOPTADO APARTADO A: Desarrollo residencial. Expansión del área urbana. Ocupación de suelo por uso residencial. ALTERNATIVA 1: Ocupación mínima de suelo. Limitación de la oferta de suelo urbano al suelo ya edificado en la actualidad. En un primer nivel cabe la posibilidad de atender en el nuevo planeamiento únicamente las expectativas y necesidades derivadas del crecimiento y demanda endógena, procedente de un crecimiento natural demográfico. En esta alternativa se propone ajustar la oferta de suelo residencial a la demanda real previsible para los dos próximos lustros. Esta alternativa conduce a un planteamiento de mínimos desarrollos residenciales, dado que en el suelo urbano consolidado y que necesariamente debe clasificarse atendiendo al carácter reglado del suelo urbano, ya existe suelo suficiente para absorber la demanda residencial. Respecto a la clasificación de suelo residencial vigente, supone la eliminación de los sectores residenciales Nº 2, Nº 3 y Nº 4, e incluso de las unidades de ejecución UE1 y UE2, que en todos los años de vigencia del Plan coincidentes además con un fuerte periodo de expansión económica, no han llegado a promoverse.
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EVALUACION ALTERNATIVA 1: Este supuesto conduce a plantear una oferta escasa de suelo de nueva ocupación, con la ventaja de fomentar la ocupación y regeneración de áreas interiores del núcleo edificado y especialmente del casco antiguo, pero con el serio inconveniente del riesgo de bloqueo del mercado, a pesar de la abundancia de parcelas edificables de pequeñas dimensiones incrustadas en el casco edificado. La escasa oferta en el mercado de suelo edificable puede suponer un encarecimiento excesivo del suelo, y el riesgo de que los nuevos compradores, especialmente gente joven, pueda trasladar su residencia a otras poblaciones próximas de mayor entidad donde incluso se considere más sólida la inversión, es evidente. El efecto por tanto de esta alternativa, plausible en principio, puede convertirse en absolutamente perniciosa si fomenta el cambio de residencia de un sector de población clave en la evolución demográfica futura. Desde el punto de vista medioambiental esta alternativa resulta respetuosa con el medio, dado que limita la ocupación de suelo de uso actual agrícola, si bien los suelos próximos al núcleo no pueden considerarse de especial interés para la flora, la fauna o el paisaje. Por otra parte no supone afección sobre el estado de los bienes materiales y patrimonio cultural. Respecto a la viabilidad económica de la alternativa cabe considerar que de acuerdo a la ley de la oferta y la demanda, una restricción de la oferta de suelo residencial puede implicar sin duda un incremento de costos que deberá ser soportado por los nuevos adquirentes de las viviendas, algo indeseable si se pretende fijar la población. Por el contrario, en cuanto a la repercusión sobre la economía municipal, una mayor concentración de la edificación supone un menor repercusión de costos futuros de mantenimiento de servicios e infraestructuras, por lo que mejora en este aspecto la sostenibilidad económica del municipio. La alternativa de mínima ocupación de suelo es conforme con los criterios y principios generales de ordenación urbanística municipal previstos en el POT5, donde se fomenta en conjunto la compacidad de los núcleos y desarrollo interior o en la periferia inmediata de los núcleos, como principio de sostenibilidad. Los objetivos de interés foral contenidos en el Convenio no se ven incumplidos por una opción de mínimos desarrollos, dado que no se hace un planteamiento propio en este aspecto, remitiéndose a los criterios plasmados en el POT5. Por el contrario, los objetivos municipales cabe considerar que se verían afectados, dado que el municipio plantea en el Convenio la homologación del Plan vigente sin hacer ningún tipo de referencia a los criterios de desarrollo, dando por tanto por buenos los establecidos en el vigente Plan Municipal de la localidad.
ALTERNATIVA 2: Opción Cero. No ejecución del Plan. Mantenimiento de la situación urbanística actual en cuanto a superficie de ocupación del suelo urbano y urbanizable. En los años de vigencia del planeamiento no han llegado a ejecutarse las previsiones de expansión del casco urbano residencial en suelo urbano ordenado (equivalente a suelo urbano no consolidado), ni las previsiones en suelo urbanizable, de forma que todas las promociones se han realizado en suelo ya consolidado ocupando solares disponibles o reordenando pequeñas unidades. Se propone como Opción Cero mantener las líneas generales de clasificación actual del suelo residencial, de forma continuista con el planeamiento vigente. Incluso se propone mantener con mínimas variaciones la clasificación del suelo con adaptación a las definiciones vigentes en la L.F: 35/2.002. El desarrollo en el extremo norte quedará vinculado a los estudios de riesgo por inundabilidad.
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EVALUACION ALTERNATIVA 2: Contempla esta alternativa el mantenimiento en líneas generales de la oferta de suelo residencial prevista en el planeamiento vigente, por lo que se consolida a medio plazo una situación urbanística que se ha demostrado válida en la última década. Cabe considerar como ventajas de esta alternativa la estabilidad en la clasificación, evitando cambios que pueden llegar a considerarse como arbitrarios por los vecinos en el régimen del suelo y su situación contributiva. Así mismo, el hecho de que en los últimos años no se haya llegado a la promoción de las Unidades de Ejecución y Sectores de suelo urbanizable residencial, implica que los desarrollos y nuevas edificaciones se han realizado en el casco urbano consolidado cuyo grado de saturación es más elevado que hace una década, y por tanto se justifica mantener las previsiones de suelo disponible además como medida de estabilización del mercado de suelo. Como inconveniente cabe considerar la propuesta de ocupación de suelo como amplia y no ajustada a las previsiones reales a medio o largo plazo, y el desarrollo por el extremo norte es cuestionable en función de los estudios de riesgo por inundabilidad. Las afecciones sobre el medio ambiente de las previsiones contempladas en la alternativa son mínimas, dado que los suelos que se propone ocupar no representan valores medioambientales considerables para la flora, la fauna o el paisaje. Tampoco quedan afectados negativamente los bienes materiales ni el patrimonio cultural municipal. Puede considerarse en todo caso como una alternativa favorable
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desde el punto de vista ambiental o paisajístico, dado que la ordenación del entorno sur del casco urbano supone una reordenación de áreas actualmente degradadas y de uso agropecuario impropio en un entorno tan próximo al núcleo residencial. El futuro desarrollo en áreas periféricas supondrá para las arcas municipales una mayor carga en el mantenimiento de infraestructuras y servicios que se compensará con las contribuciones a cargar sobre las nuevas edificaciones, siendo en todo caso esta alternativa más desfavorable que la opción de restringir la ocupación de suelo en el perímetro exterior del núcleo consolidado. Sin embargo, debe tomarse en consideración la necesidad de ampliar la oferta de suelo residencial como medida para evitar la especulación y buscar un equilibrio adecuado entre oferta y demanda que estabilice el mercado y permita generar la suficiente oferta permanente de suelo para garantizar su disponibilidad y en última instancia evitar el abandono de la población por vecinos que se vean mejores condiciones en el mercado de otras poblaciones. La opción de mantener a grandes rasgos la propuesta de ocupación de suelo prevista en el Plan vigente se considera conforme en líneas generales con los criterios y principios generales de ordenación urbanística municipal plasmados en el POT5, donde se fomenta el objetivo de compacidad de los núcleos y desarrollo mediante reordenación del interior o mediante ocupación de las áreas periféricas inmediatas. Cabe considerar en este sentido, que las áreas de expansión residencial previstas en el Plan vigente suponen una pequeña proporción respecto al suelo urbano consolidado, y coincidente en gran parte con áreas de ocupación agropecuaria degradadas en la periferia inmediata del núcleo residencial, que interesa reordenar con criterios acordes a su emplazamiento en continuidad con el suelo residencial consolidado. Respecto a los principios generales para redacción del Plan reflejados en los objetivos de interés foral contenidos en el Convenio, no se ven incumplidos por esta opción de mantenimiento de la situación urbanística actual, dado que no se hace un planteamiento propio en este aspecto, remitiéndose a los criterios plasmados en el POT5. Con respecto a los objetivos municipales plasmados en el Convenio, cabe considerar que el Ayuntamiento plantea en el Convenio únicamente la homologación del Plan vigente sin hacer ningún tipo de referencia a los criterios de desarrollo, dando por tanto por buenos los establecidos en el vigente Plan Municipal de la localidad, lo cual es coincidente con el contenido de esta alternativa de ordenación.
ALTERNATIVA 3: Ampliación de la oferta de suelo urbano sobre las previsiones del planeamiento vigente con creación de nuevos sectores en área sur del casco urbano entre el cortado rocoso y el río. No cabe considerar nuevos desarrollos por extremo norte del casco urbano por las condiciones desfavorables de inundabilidad que presenta esta zona.
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EVALUACION ALTERNATIVA 3: La opción de prever grandes desarrollos por el extremo sur del núcleo no supone ventajas significativas para la ordenación. No responde a criterios reales de demanda que como se ha demostrado en los últimos años queda sobradamente cubierta con las previsiones de suelo contempladas en el Plan vigente. Carece de justificación una previsión de suelo urbanizable residencial superior al actual, pudiendo suponer además inconvenientes de consideración tanto en la gestión ordenada del suelo que debe proponerse en continuidad desde el suelo edificado, como en el mantenimiento posterior de los servicios e infraestructuras. Las afecciones sobre el medio ambiente de esta opción de desarrollo expansivo por el borde sur de la población no son significativas, dado que los suelos que se propone ocupar no representan valores medioambientales considerables para la flora, la fauna o el paisaje. Tampoco quedan afectados negativamente los bienes materiales ni el patrimonio cultural municipal. No obstante, debe considerarse como una opción injustificada de ocupación de suelo natural agrícola por lo que su valoración en este sentido es negativa. Desde el punto de vista de la viabilidad económica, y en relación con las alternativas planteadas anteriormente, cabe valorar la alternativa de desarrollo amplio por la zona sur del núcleo urbano como desfavorable, dado que si bien el incremento de suelo edificable puede suponer mayor facilidad para los interesados en el acceso a
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la vivienda, supondrá sin embargo mayores cargas a futuro para las arcas municipales la urbanización de estos espacios, por el costoso mantenimiento de servicios e infraestructuras más alejadas del núcleo consolidado. En esta valoración de opciones debe tomarse además en consideración que la hipotética ocupación de suelos alejados del núcleo supone la indeseable desocupación del núcleo tradicional, la pérdida de intensidad de ocupación del casco, y la falta de interés por la reordenación de las áreas interiores al núcleo tradicional. Los principios y criterios de ocupación del suelo previstos en el POT5 se decantan claramente por la opción de una ordenación urbanística municipal basada en la compacidad de los núcleos y desarrollo prioritario mediante reordenación de áreas interiores u ocupación de los espacios periféricos más próximos. En consecuencia, la opción planteada en esta alternativa, basada en amplio desarrollo del núcleo residencial por su extremo sur choca frontalmente con los criterios expuestos en el POT. Los objetivos de interés foral reflejados en el Convenio de Colaboración alcanzado entre el Departamento y Ayuntamiento, no hacen referencia expresa a las previsiones de nueva ocupación de suelo residencial, delegando en el contenido del POT5, que como se ha analizado en el apartado anterior no contempla alternativas de amplia ocupación de suelo. Por su parte, el Ayuntamiento propone como único objetivo de interés municipal la homologación del Plan vigente, asumiendo por tanto como alternativa de desarrollo la prevista en el mismo.
MODELO ADOPTADO EN APARTADO A: Desarrollo residencial. Expansión del área urbana. Ocupación de suelo por uso residencial. Analizadas y evaluadas las diferentes alternativas estudiadas, la Corporación municipal, desde un primer momento se posicionó en una franja de equilibrio entre las alternativas señaladas en los puntos anteriores, proponiendo para su municipio un desarrollo residencial que atendiera a la demanda interna y en menor medida a una posible demanda exterior, proponiendo un crecimiento limitado en cuanto a oferta de suelo residencial, en base también a las propias características del territorio próximo al caserío actual. En cuanto a emplazamiento de las futuras áreas de desarrollo, no caben apenas alternativas diferenciadas, dado que las propias condiciones topográficas e hidrográficas del entorno urbano imponen un desarrollo longitudinal hacia el sur. Como referencia válida, se ha optado por mantener los criterios de desarrollo y clasificación del suelo urbano-urbanizable residencial que ya figuran en el Plan Municipal vigente, Alternativa 2 – Opción Cero, cuya previsión para nuevas edificaciones es amplia en relación a las expectativas reales de desarrollo. A pesar de las amplias previsiones contempladas en el Plan Municipal, se ha optado por mantener la clasificación vigente de suelo residencial con mínimos cambios, manteniendo por tanto en gran medida las condiciones de aprovechamiento de los suelos otorgadas por el Plan Municipal vigente.
APARTADO B: Desarrollo industrial. Propuestas para las áreas de empleo. Ocupación de suelo por uso industrial. ALTERNATIVA 1: Opción Cero. Ocupación mínima de suelo. Limitación de la oferta de suelo clasificado al suelo ya edificado u ordenado en la actualidad, incluyendo el Sector Nº1 previsto en el Plan vigente al sur del núcleo urbano residencial y el Sector 6B de reciente definición y aprobación en prolongación del polígono industrial.
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EVALUACION ALTERNATIVA 1: La alternativa de esta Opción Cero puede suponer un criterio equilibrado para el corto plazo, dado que se ha ocupado o urbanizado una parte importante del suelo urbanizable previsto en el Plan vigente, y al día de hoy existe oferta de suelo urbanizado para satisfacer la demanda a corto plazo. Como ventaja de esta alternativa cabe considerar que su adopción evita posibles dispersiones posteriores de las implantaciones industriales, forzando las mismas sobre el suelo ya urbanizado y disponible. Como inconveniente de esta alternativa debe considerarse la limitación a medio o largo plazo donde podría llegar a agotarse la disponibilidad de suelo. Por otra parte, se pierde una ocasión de completar la ordenación del área surgida de diferentes fases de implantación con escasa coordinación entre ellas en algunos casos. Las afecciones sobre el medio ambiente son mínimas o inexistentes, como se deduce de que la gran mayoría del suelo propuesto ya está ocupado o urbanizado, con excepción de las áreas que suponen el sector Nº1,donde actualmente ya existe una ocupación parcial por edificaciones agropecuarias y el sector Nº 6B. No se producen por tanto afecciones directas o indirectas sobre la fauna, la flora, el paisaje o cualquier otro factor ambiental, ni sobre los bienes materiales y patrimonio cultural. La viabilidad económica no queda afectada en esta alternativa, tanto para la promoción como para la gestión municipal, dado que se trata de áreas en su mayor parte ya urbanizadas y parcialmente ocupadas. En cuanto a los ingresos municipales, se pierde la posibilidad de más implantaciones industriales en el futuro y en consecuencia la posibilidad de incrementar los ingresos municipales. La alternativa de mínima ocupación de suelo para uso industrial es conforme con la propuesta del POT5, donde no se contempla la creación de grandes áreas de empleo fuera del ámbito Funes-Marcilla-Peralta. En cuanto a criterio de ordenación del ámbito, el POT5 fomenta en conjunto la compacidad de las áreas urbanas, por lo que la propuesta de esta alternativa 1 resulta neutra al no contemplar actuaciones de relevancia.
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En relación con los objetivos incorporados al Convenio de Colaboración suscrito entre Departamento y Ayuntamiento de Falces, no se hace ninguna mención a este tipo de suelo, por lo que esta Opción Cero resulta en principio conforme con los planteamientos del Convenio.
ALTERNATIVA 2: Completar la ordenación del área industrial en cruce carreteras NA6100 y NA6210, integrando los usos existentes en un ámbito global, y pequeño incremento en la oferta de suelo industrial. Mantenimiento del Sector Nº 1 previsto en el Plan vigente al sur del núcleo urbano residencial y del Sector Nº 6B junto al polígono industrial, así como las pequeñas áreas industriales identificadas en el Plan vigente.
EVALUACION ALTERNATIVA 2: Una ligera ampliación del suelo industrial en el polígono en torno al cruce de las carreteras NA6100 y NA6210 aporta la ventaja de permitir completar la ordenación del ámbito y reorganizar las áreas edificables desde una visión global del conjunto. Por otra parte, esta alternativa permite la creación de una reserva de suelo para el medio o largo plazo en previsión de que pudiera saturarse el polígono recientemente urbanizado con gestión de Nasuinsa, lo que prácticamente extinguiría las posibilidades de nuevas implantaciones industriales en la localidad. No se aprecian inconvenientes significativos a la alternativa de ampliación y reordenación del área industrial. Las afecciones sobre el medio ambiente de las previsiones contempladas en la alternativa son mínimas, dado que los suelos que se propone ocupar no representan valores medioambientales considerables para la flora, la fauna, el paisaje u otros factores medioambientales. En la normativa del área deberá hacerse referencia expresa a las vías pecuarias para evitar cualquier tipo de afección negativa sobre el patrimonio cultural que constituyen las cañadas. La viabilidad económica de la gestión y promoción del suelo estará en función de la situación económica general, quedando lógicamente condicionada la promoción a que la coyuntura económica lo permita, por lo que en ningún caso deberán
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establecerse plazos máximos para la ejecución. En cuanto a la recaudación municipal a largo plazo, la posibilidad de nuevas implantaciones industriales en la localidad es sin duda un factor a considerar como positivo. Como ya se ha analizado para la alternativa anterior, la propuesta de reducida ampliación de suelo para uso industrial es conforme con la propuesta del POT5, donde no se contempla la creación de grandes áreas de empleo fuera del ámbito Funes-Marcilla-Peralta. Por otra parte, la posibilidad que se genera de reordenar el área industrial actual es conforme a los criterios de ordenación que el POT5 fomenta, basados en el conjunto la compacidad de las áreas urbanas, por lo que la propuesta de esta alternativa 2 encaja en las previsiones del POT5. En relación con los objetivos incorporados al Convenio de Colaboración suscrito entre Departamento y Ayuntamiento de Falces, como ya se ha comentado para la propuesta anterior, no se hace ninguna mención a este tipo de suelo, por lo que esta alternativa con crecimiento reducido y justificado del área industrial se considera en principio conforme con los planteamientos del Convenio.
ALTERNATIVA 3: Gran ampliación de la oferta de suelo industrial sobre las previsiones del planeamiento vigente para el área industrial en el cruce de las carreteras NA6100 y NA6210, con creación de nuevos sectores en prolongación por los bordes norte, sur y este, y potenciando la consolidación y creación de un gran polígono industrial de interés incluso supramunicipal.
EVALUACION ALTERNATIVA 3: La alternativa de prever un gran desarrollo del polígono industrial sobre la base del polígono existente no aporta ventajas a la ordenación ni responde a criterios realistas de demanda de suelo para empleo, como se demuestra en la evolución de este sector en los últimos lustros. No se justifica una previsión amplia de suelo industrial y su consideración puede suponer además inconvenientes de consideración, tanto en la gestión ordenada del suelo que debe proponerse en
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continuidad desde el suelo edificado, como en el mantenimiento posterior de los servicios e infraestructuras. Las afecciones sobre el medio ambiente de una gran implantación industrial comienzan a ser de cierta entidad, dado que supone la ocupación de suelo de regadío con elevada capacidad agrológica que conviene preservar para usos agrícolas. No obstante, no se detectan otras afecciones de consideración sobre la fauna, la flora, el paisaje u otros elementos medioambientales salvo los ya comentados. La zona cruzan vías pecuarias cuya protección y salvaguarda deberá considerarse en su caso en la normativa urbanística para evitar cualquier tipo de afección negativa sobre el patrimonio cultural que constituyen las cañadas. De igual modo a la opción anterior, la viabilidad económica de la gestión y promoción del suelo estará en función de la situación económica general, quedando lógicamente condicionada la promoción a que la coyuntura económica lo permita, por lo que en ningún caso deberán establecerse plazos máximos para la ejecución. No obstante, en la situación de crisis actual y a la vista de la oferta de suelo en otras poblaciones de mayor tradición industrial del entorno, es muy discutible la viabilidad de una gran área industrial en Falces. En cuanto a la recaudación municipal a largo plazo, la posibilidad de nuevas implantaciones industriales en la localidad es sin duda un factor a considerar como positivo. El POT reconoce al entorno Marcilla-Funes-Peralta, la condición de espacio rótula y núcleo vertebrador a nivel regional. Consolida este espacio como centro de servicios y foco de actividad de la subárea. Un área industrial de grandes dimensiones en Falces, con carácter supralocal entraría en contraposición con los criterios del POT y en consecuencia no se justifica desde los criterios de ordenación territorial. Entre los objetivos incorporados al Convenio de Colaboración suscrito entre Departamento y Ayuntamiento de Falces, no se hace ninguna referencia expresa a este tipo de suelo, por lo que esta alternativa con amplio crecimiento del área industrial, que podría alcanzar incluso influencia supralocal no puede considerarse conforme con los objetivos forales o municipales contemplados en el Convenio.
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MODELO ADOPTADO EN APARTADO B: Desarrollo industrial. Propuestas para las áreas de empleo. Ocupación de suelo por uso industrial. En cuanto al suelo para actividades económicas, la reciente urbanización y ocupación de parte de los suelos urbanizables previstos en el Plan Municipal, con una considerable oferta de suelo urbanizado limita las expectativas reales de ocupación de suelo industrial para los dos próximos lustros, por lo que la Corporación Municipal se ha decantado por la alternativa 2, basada en la consolidación de los suelos urbanosurbanizables existentes y procedentes del anterior planeamiento, y ordenación de las parcelas próximas hasta terminar de definir un área industrial en torno al cruce de las carreteras NA6100 y NA6210. Únicamente la posibilidad de implantación de una actividad con necesidad de gran superficie de suelo, como puede ser el caso de industrias agroalimentarias, que en la actualidad no se detecta, justificaría un desarrollo importante de la zona industrial, en cuyo caso se actuaría desde el planeamiento y a través de modificación puntual del PGM.
APARTADO C: Detalle de la ordenación residencial del núcleo consolidado. Reordenación de áreas internas en suelo urbano residencial.
ALTERNATIVA 1: Consolidación de usos y edificaciones en su estado actual, sin alternativas de actuación o reconversión de usos y reordenación de edificaciones. EVALUACION ALTERNATIVA 1: La consolidación de usos y actividades inadecuados, así como de edificaciones que interfieren la correcta ordenación en suelo urbano, supone como única ventaja la
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disposición de un planeamiento en el que se reconoce a futuro la mezcla tradicional de usos y tipologías edificatorias, con el beneplácito general de los vecinos titulares de los usos y edificaciones disonantes en el entorno urbano. Por el contrario, los inconvenientes de una alternativa de este tipo son evidentes, renunciando a una de las más importantes facultades del planeamiento municipal, que consiste en la posibilidad de intervención detallada en los núcleos consolidados. Reconocer o consolidar usos impropios del uso general residencial dentro del casco urbano, o mantener edificaciones prescindibles que alteran o condicionan el normal trazado urbanístico puede suponer un error de muy difícil reparación a futuro. Respecto a las afecciones sobre el medio ambiente o sobre los bienes materiales o patrimonio cultural, la alternativa propuesta no afecta a los objetivos previstos, dado que apenas supondría afección en estos ámbitos de la actuación urbanística. Desde el momento en que se contempla la consolidación de usos y actividades en el interior del casco urbano consolidado, queda garantizada la viabilidad económica de los ámbitos puesto que no se requieren actuaciones que graven los costos del suelo ni se repercuten costos sobre la administración municipal dado que no se contemplan actuaciones por la vía del sistema general con cargo al municipio. En relación con los principios de sostenibilidad contemplados en el POT5, el criterio de esta alternativa 1 es contrario al criterio del POT de “proporcionar contenido de actividad a los distintos ámbitos del suelo urbano, induciendo al refuerzo funcional de los espacios degradados y favoreciendo la revitalización de los cascos apoyada en procesos de reforma integral de los ámbitos deteriorados”. Respecto a los principios generales para redacción del Plan contenidos en el Convenio suscrito entre el Departamento y Ayuntamiento de Falces, entre los objetivos de interés foral figura expresamente el de asegurar el mantenimiento y mejora del tejido urbano existente, así como su correcto engarce con las nuevas extensiones. Claramente la opción propuesta en esta alternativa 1 incumple las previsiones de este objetivo, al mantenerse ajena a criterios de reestructuración de la trama en los ámbitos precisos por su inadecuado uso o trazado de la edificación. ALTERNATIVA 2: Opción Cero. Mantener los diferentes criterios de actuación en interior del núcleo urbano según se establecen en el Plan vigente o con mínimas variaciones, en función de las posibilidades reales o viabilidad de remodelación o de ordenación alternativa de pequeños ámbitos. El planeamiento vigente contempla dos tipos de intervención para la reordenación de usos y edificaciones en suelo urbano consolidado, unidades de remodelación y unidades de ordenación alternativa. En el primer caso se trata de ámbitos reducidos donde se impone una ordenación diferente a la actual con la consiguiente declaración de fuera de ordenación de las edificaciones existentes. En el segundo caso, se trata de ámbitos en algunos casos de mayor entidad, con actividades impropias del suelo residencial pero cuya desaparición forzosa impuesta desde el planeamiento es de dudosa viabilidad, por lo que se propone una doble alternativa, consolidación de usos y edificaciones actuales, o sustitución voluntaria por uso residencial. EVALUACION ALTERNATIVA 2: El estudio y definición pormenorizada de ámbitos a remodelar se considera necesario en el planeamiento. Aún a pesar de la dudosa viabilidad de algunas actuaciones, la ventajas de su estudio y definición son indudables, como forma de alcanzar a medio o largo plazo un desarrollo urbano congruente y estructurado. La definición de los ámbitos a reordenar no presenta en principio inconvenientes salvo los propios que puedan plantearse desde la iniciativa particular, pero que en todo caso habrán de someterse a los criterios generales municipales. Los ámbitos a reordenar no afectarán negativamente al patrimonio cultural que en todo caso saldrá favorecido de las pequeñas intervenciones que lleguen a producirse. Tampoco se detectan afecciones medioambientales negativas, más bien al contrario si se favorece con este tipo de iniciativas la reimplantación fuera del área residencial de usos y actividades impropios que en algunos casos pueden llegar a producir molestias a la vecindad. Las intervenciones en ámbitos de remodelación se plantean siempre como actuaciones de iniciativa privada, por lo que no supone repercusiones para las arcas municipales. La viabilidad de las intervenciones particulares estará en función de múltiples factores empresariales y de mercado que resulta imposible evaluar desde
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el planeamiento municipal, por lo que en todo caso, se tratará de actuaciones generalmente sin plazo de ejecución y de actuación directa o por compensación, de forma que la administración municipal no entra con carácter general a forzar la remodelación de los ámbitos. Con relación con los principios de sostenibilidad contemplados en el POT5, el criterio de esta alternativa 2 es coincidente con el criterio del POT de “proporcionar contenido de actividad a los distintos ámbitos del suelo urbano, induciendo al refuerzo funcional de los espacios degradados y favoreciendo la revitalización de los cascos apoyada en procesos de reforma integral de los ámbitos deteriorados”. Respecto a los principios generales para redacción del Plan contenidos en el Convenio suscrito entre el Departamento y Ayuntamiento de Falces, entre los objetivos de interés foral figura expresamente el de asegurar el mantenimiento y mejora del tejido urbano existente, así como su correcto engarce con las nuevas extensiones, por lo que esta alternativa 2 se ajusta y es plenamente coincidente con este criterio recogido en el Convenio. . ALTERNATIVA 3: Remodelación drástica de ámbitos de suelo urbano sin opción a la consolidación de usos y edificaciones actuales. EVALUACION ALTERNATIVA 3: La ventaja evidente de esta alternativa estriba en la libre definición de una ordenación urbanística basada fundamentalmente en una correcta definición de la trama urbana y diferenciación de usos, extirpando aquellas edificaciones o usos impropios sin mayores limitaciones. Por contra, el inconveniente de esta alternativa surge de la dudosa viabilidad de algunas intervenciones, sobre todo cuando se trata de actividades en funcionamiento que se propone desde la planificación urbanística trasladar a otro emplazamiento, y que quedan sin cobertura y fuera de ordenación en un planteamiento drástico como el propuesto en esta alternativa. Del mismo modo que en las alternativas anteriores, los ámbitos a reordenar no afectarán negativamente al patrimonio cultural que en todo caso saldrá favorecido de las pequeñas intervenciones que lleguen a producirse. Tampoco se detectan afecciones medioambientales negativas, más bien al contrario si se favorece con este tipo de iniciativas la reimplantación fuera del área residencial de usos y actividades impropios que en algunos casos pueden llegar a producir molestias a la vecindad. Las intervenciones en ámbitos de remodelación se plantean siempre como actuaciones de iniciativa privada, por lo que no supone repercusiones para las arcas municipales. La viabilidad de las intervenciones particulares será función de múltiples factores empresariales y de mercado que resulta imposible evaluar desde el planeamiento municipal, por lo que en todo caso, se tratará de actuaciones generalmente sin plazo de ejecución y de actuación directa o por compensación, de forma que la administración municipal no entra con carácter general a forzar la remodelación de los ámbitos. El hecho de no ofrecer en este caso alternativas de continuidad para las actividades en funcionamiento en el interior del casco puede suponer en algunos casos comprometer el propio funcionamiento o viabilidad empresarial, por lo que resulta cuestionable en este sentido una alternativa de gestión urbanística y ordenación tan drástica. Del mismo modo que se ha comentado para la alternativa anterior, en relación con los principios de sostenibilidad contemplados en el POT5, el criterio de esta alternativa 3 es coincidente con el criterio del POT de “proporcionar contenido de actividad a los distintos ámbitos del suelo urbano, induciendo al refuerzo funcional de los espacios degradados y favoreciendo la revitalización de los cascos apoyada en procesos de reforma integral de los ámbitos deteriorados”. Finalmente, y respecto a los principios generales para redacción del Plan contenidos en el Convenio suscrito entre el Departamento y Ayuntamiento de Falces, entre los objetivos de interés foral figura expresamente el de asegurar el mantenimiento y mejora del tejido urbano existente, así como su correcto engarce con las nuevas extensiones, por lo que esta alternativa 3 se ajusta y es plenamente coincidente con este criterio recogido en el Convenio. .
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MODELO ADOPTADO EN APARTADO C: Detalle de la ordenación residencial del núcleo consolidado. Reordenación de áreas internas en suelo urbano residencial. Como modelo a desarrollar en el Plan se opta por la alternativa 2, como solución más equilibrada y viable económicamente. Tomando en consideración que la dinámica urbanística del municipio es muy limitada, alternativas más drásticas pueden hipotecar el funcionamiento normal de las actuales actividades sin que ello suponga una garantía de consecución de los objetivos, por lo que se desestima esta posibilidad de intervención drástica y se opta por la vía del continuismo con el planteamiento actual del Plan vigente, incorporando los matices y cambios que desde un análisis detallado de cada ámbito se considere adecuados.
APARTADO D: Categorización de los suelos no urbanizables. Criterios de intervención en esta clase de suelos. ALTERNATIVAS Y MODELO ADOPTADO: La categorización y tratamiento del suelo no urbanizable representa un importante apartado del planeamiento municipal, debiendo desarrollarse en función de los criterios establecidos en la L.F. 35/2002. La reciente aprobación del POT5 establece de forma descriptiva y gráfica la categorización de suelos de protección por modelo territorial, riesgos o legislación sectorial, así como los criterios de definición de los suelos de preservación en función de objetivos medioambientales o de las características físicas de los mismos . En consecuencia, en el Plan se adoptan los criterios de clasificación y subclasificación del suelo no urbanizable de acuerdo a los contenidos del POT5 y no se proponen ni estudian alternativas diferentes, que en este caso quedarían al margen de las determinaciones del POT5 o de los objetivos medioambientales propuestos en el mismo documento.
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CAPITULO V. MODELO MUNICIPAL DE OCUPACIÓN DEL TERRITORIO 1.- ADECUACION A INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN TERRITORIAL VIGENTES El documento de ordenación territorial de referencia es el POT Nº 5 Eje del Ebro, aprobado recientemente, y cuyas determinaciones más importantes en relación al planeamiento municipal de Falces ya se han reflejado en el Capitulo II de esta Memoria. En cuanto a los objetivos plasmado en el POT para la Subárea 02.1 (Arga) en la que se integra Falces, cabe indicar que se considera como espacio vertebrador del área al entorno Marcilla-FunesPeralta, como foco de actividad y empleo y centro funcional prestador de servicios a núcleos de su entorno. El modelo de desarrollo territorial se apoya en la protección y puesta en valor del patrimonio natural y cultural, asociado al interés ambiental y paisajístico del valle del Arga, sus cortados y miradores, tomando en este caso Falces un papel protagonista en base al elevado valor de su patrimonio natural. En cuanto a los sistemas de asentamiento residencial, económico o de equipamientos y servicios, el municipio de Falces toma un papel secundario en la Subárea, donde se potencia el papel protagonista del conjunto Marcilla-Funes-Peralta. Según se establece en el art. 17 (vinculante para la planificación) del documento de Normativa del POT-5, la función del Modelo de Desarrollo Territorial definido en el POT es la de guiar la ordenación y desarrollo del territorio, por lo que constituye un referente de todas las actuaciones que se produzcan en el mismo. Todos los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, así como los programas y proyectos de las Administraciones Públicas de Navarra que tengan incidencia en la ordenación del territorio deberán justificar su coherencia con el MDT del POT-5. En la elaboración de este P.G.M. se han seguido los criterios generales establecidos en Modelo de Desarrollo Territorial del POT-5 definido en el apartado 2 de la Memoria Justificativa del POT-5, en cuanto pueda ser de aplicación directa a éste municipio: - Patrimonio natural y cultural: - Se reflejan como elementos estructurantes los espacios significativos por su biodiversidad y valor nartural, espacios de la Red Natura 2000 así como los espacios con vegetación de especial interés y las áreas de especial interés para la fauna esteparia propuestas por el POT. - Se protege el sistema fluvial considerando el ecosistema acuático, los sotos y su funcionalidad como corredor ecológico. - En relación con la conectividad territorial se consideran tanto los corredores naturales como las vías de comunicación, caminos y cañadas. - Se respetan y protegen los suelos de alta capacidad agrológica asociados a la llanura aluvial, diferenciándolos de los suelos de regadío asociados a la infraestructura del Canal de Navarra, cuyo valor se expresa únicamente en términos de productividad. - Se definen y delimitan las áreas afectadas por riesgos naturales por inundación o desprendimientos. - Se identifican y protegen las áreas de especial interés paisajístico natural y paisajes singulares. - Se adoptan medidas para conservación y salvaguarda del patrimonio cultural inmueble, fomentando la protección del patrimonio urbano y del patrimonio arqueológico. - Sistema urbano:
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- El limitado desarrollo residencial previsto es acorde a la estructura del sistema urbano asociada a la división territorial en Areas y Subáreas prevista en los POT, en la que Falces adquiere un papel secundario en el sistema urbano de la Subárea, con escasas previsiones de desarrollo. Se considera Falces como núcleo de escala local. - El crecimiento y la adscripción de dotaciones o equipamientos de índole supralocal se orienta en el POT hacia los centros funcionales, por lo que no cabe contemplar en Falces implantaciones de este tipo más allá de las correspondientes el desarrollo endógeno de la población. - Los espacios para actividad económica planteados se ajustan al pequeño desarrollo endógeno propio de la escala municipal, dado que las áreas de empleo de cierta magnitud o naturaleza supralocal deberán situarse en espacios relacionados con la gradación y función estructurante de los núcleos, según se definen en el MDT del POT-5. Los espacios previstos se dirigen principalmente a la ampliación, consolidación y correcto acabado del área industrial existente. - Comunicaciones, transportes e infraestructuras: - Las redes principales de comunicaciones, transportes e infraestructuras estudiadas en el POT son de carácter supralocal, por lo que los planeamientos municipales se limitarán a reflejar su incidencia en los diferentes territorios, como es el caso del PGM de Falces. - Se reflejan en el planeamiento municipal todas aquellas infraestructuras territoriales con incidencia en el medio físico, tanto existentes como propuestas en el planeamiento territorial. Cabe considerar como instrumento de ordenación territorial el Plan Director de Carreteras de Navarra 2.010-2.018. En este documento se contemplan dos actuaciones sobre vías interurbanas que cruzan el término de Falces; Actuación Nº 31 en la carretera NA-115 Tafalla – Peralta, para mejorar las condiciones de funcionalidad en trazado y plataforma, y Actuación Nº 147 en la carretera NA-6100, Cruce de Artajona – Venta de Arlas, para adecuación funcional de la carretera construyendo cunetas que aumenten la sección viaria. Hasta la fecha no existen proyectos de obras de las actuaciones, sin embargo es evidente que ambas actuaciones tendrán una mínima repercusión sobre las condiciones de ocupación o servidumbres generadas por las carreteras, y en consecuencia mínima repercusión sobre el planeamiento municipal y sobre la categorización de los suelos en particular.
2.- ADECUACION A OBJETIVOS PREVIOS. Los fines y objetivos que animan la redacción del Plan General Municipal de Falces son en su mayor parte los que se plasmaron en el Convenio de Colaboración suscrito entre Ayuntamiento y Departamento de Fomento previo a la redacción del P.G.M. Todos los objetivos enumerados en el Convenio de Colaboración se reflejan en el Capítulo III de esta memoria. Se justifica la adecuación de la propuesta de esta EMOT a objetivos previos y el seguimiento de los mismos: - La elaboración del nuevo P.G.M. contempla la homologación a la legislación vigente y su metodología de redacción observa un adecuado nivel de participación ciudadana y un seguimiento continuo por el Ayuntamiento, sumando a los periodos de exposición y participación pública legalmente establecidos, un seguimiento continuo del proceso de redacción por parte de una comisión compuesta por corporativos del Ayuntamiento y vecinos interesados. - El Plan General Municipal responde a los objetivos y principios generales de la L.F. 35/2.002 y en concreto en la definición de esta Estrategia y Modelo municipal de ocupación del territorio, se han tenido en consideración factores de sostenibilidad del municipio y mejora de la calidad de vida de los vecinos. - El P.G.M. parte de los criterios generales del planeamiento vigente como documento válido de referencia para plantear la nueva ordenación, manteniendo con mínimas variaciones la categorización del suelo residencial y contemplando pequeños desarrollos industriales en función del grado de ocupación de los sectores previstos en el anterior P.M.
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- Se han respetado y desarrollado las directrices y determinaciones establecidas en el Plan de Ordenación Territorial en los ejes estratégicos considerados: Patrimonio natural y cultural, sistema urbano e infraestructuras y los objetivos generales y específicos señalados en el ámbito del POT 5. - El P.G.M. asegura el mantenimiento y mejora del tejido urbano existente, así como su correcto engarce con las nuevas extensiones especialmente por el extremo sur del núcleo actual. - Se protege y pone en valor el patrimonio cultural, incorporando identificación y catalogación del patrimonio inmueble, siguiendo además los criterios del Anexo PC2 del POT-5 - Se ha estudiado la previsión de los Sistemas Generales para que la misma resulte adecuada a las necesidades la población, y en particular los espacios libres y zonas verdes y dotacionales. - Se toman en consideración los riesgos por desprendimientos en el borde Oeste del núcleo de población, así como la incidencia de los riesgos por inundación, según los últimos estudios elaborados por el Departamento de Medio Ambiente. - Se identifican y protegen con definición gráfica precisa dentro de la clasificación de suelo No Urbanizable de Protección aquellos terrenos en los que concurran alguna de las circunstancias señaladas en el art. 94 de la Ley Foral 35/2002, como es el caso de la zona fluvial y sus áreas inundables con los criterios y períodos de retorno aportados en lo Anexos PN del POT 5, los suelos de elevada capacidad agrológica y regadío de la vega del río Arga por su valor para la explotación natural, las de especial protección en razón de su vegetación de especial interés (VEI) con matorrales sobre yesos, la zona esteparia y los cortados sobre el Arga por su valor como Paisaje Natural. - Se incorporan los suelos protegidos por legislación sectorial de Navarra, como son los espacios naturales protegidos, que comprenden los derivados de la aplicación de normativa autonómica y la Red europea Natura 2000, recogidos en el PN-6 del POT 5, tales como: Los Lugares de Interés Comunitario Yesos de la Ribera Estellesa (LIC ES2200031) y LIC Tramos Bajos del Aragón y del Arga ( ES2200035), la Reserva Natural RN 28 Sotos del Arquillo y Barbaraces, el suelo protegido para su explotación natural en régimen de Regadío y las Vía Pecuarias. - El resto de suelos no protegidos se categorizan como no urbanizables de preservación, en atención a su valor agrícola, forestal o ganadero y a sus valores paisajísticos, arqueológicos, culturales o ambientales, en coherencia con la propuesta de Unidades Ambientales. - Se identifican los valores paisajísticos del territorio para establecer las medidas de protección oportunas. - Finalmente, en la redacción del P.U.M. se tendrán en consideración aspectos orientados a la mejor ordenación urbana y correcta definición y posterior aplicación del nuevo Plan, como son, la definición clara y precisa escrita o gráfica de las determinaciones del planeamiento, fragmentación de los ámbitos de gestión tomando en consideración las condiciones de propiedad, definición exhaustiva de los espacios de cesión, normativa urbanística detallada y de fácil interpretación elaborada a partir de la normativa vigente, etc.
3.- PROPUESTA GENERAL DE MODELO MUNICIPAL DE OCUPACION DEL TERRITORIO 3.1.- ENCUADRE GENERAL El planeamiento vigente en Falces, cuya antigüedad no es muy elevada comparativamente con la situación del resto de municipios de Navarra, precisa sin embargo de una adaptación al nuevo marco legislativo vigente y a los criterios marcados en los documentos de ordenación territorial recientemente aprobados (POT). En el ámbito agrícola se han producido importantes cambios con la reforma y ampliación de regadíos que afectan a la consideración urbanística de los suelos y al régimen de parcelación del mismo. En los años de vigencia del planeamiento se han aprobado numerosas modificaciones puntuales del mismo, todas ellas de escasa entidad, y los suelos previstos para expansión de suelo residencial apenas han experimentado ocupación, centrándose las intervenciones edificatorias sobre suelo ya consolidado.
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Las actuaciones más relevantes en cuanto a transformación de suelo se han producido en el suelo previsto para actividades económicas, con la urbanización de un total de 14,17 Ha de suelo, lo que supone el 92 % del suelo urbanizable previsto en el planeamiento para este uso. Como conclusión, el nuevo Plan General Municipal se elaborará sobre la base del vigente Plan Municipal, y según los siguientes criterios generales de actuación: - Adaptación del documento a la vigente legislación foral. - Revisión del Plan Municipal en base a los contenidos del POT. - Incorporación de los cambios y modificaciones realizadas en los años de vigencia del Plan Municipal. - Mantener la estructura general de ordenación del núcleo residencial procedente del P.M. - Estudiar alternativas de ordenación y desarrollo del área industrial. - Redefinir la categorización y régimen de protección del suelo no urbanizable en base a los criterios del POT y cambios experimentados en los últimos años por implantación de regadío y concentración parcelaria. - Revisión de la normativa urbanística en suelo no urbanizable y suelos urbanos, incluyendo las ordenanzas de edificación, en base a la experiencia de los años de aplicación del Plan Municipal, y a los criterios de la L.F. 35/2.002 y del POT.
3.2.- EL MEDIO FÍSICO.
3.2.1.- EL ESPACIO NATURAL. JUSTIFICACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE Se clasifica como suelo no urbanizable a los terrenos que reúnen alguna de las circunstancias que se enumeran en el art. 94 de la L.F. 35/2002, diferenciando las categorías de protección y preservación: - Suelo no urbanizable de protección: “a) Que, de acuerdo con la legislación sectorial, estén sometidos a algún régimen especial de protección incompatible con su transformación por sus valores paisajísticos, naturales, ambientales o agrícolas, o por sus valores históricos, artísticos, científicos o culturales. b) Que estén excluidos del proceso urbanizador por los instrumentos de ordenación del territorio en razón al modelo de desarrollo territorial, a sus valores paisajísticos, naturales, ambientales o agrícolas, o a sus valores históricos, artísticos, científicos o culturales. c) Que estén amenazados por riesgos naturales o de otro tipo que sean incompatibles con su urbanización, tales como inundación, erosión, hundimiento, desprendimiento, corrimiento, incendio, contaminación o cualquier otro tipo de perturbación de la seguridad y salud públicas o del ambiente natural. También podrán incluirse los terrenos que habiendo tenido en el pasado los valores a que se refiere las letras a) y b), los hayan perdido por incendios, devastaciones u otras circunstancias y deban ser protegidos para facilitar su recuperación.” - Suelo no urbanizable de preservación: “d) Que el planeamiento municipal justificadamente considere necesario garantizar el mantenimiento de sus características, por sus valores paisajísticos, históricos, arqueológicos, científicos, culturales, ambientales, o por su valor agrícola, ganadero o forestal. e) Que el planeamiento municipal justificadamente considere necesario preservar del desarrollo urbanístico por razones de conservación, capacidad y funcionalidad de infraestructuras, equipamientos, servicios e instalaciones públicas o de interés
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público, o para la instalación de actividades especiales, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente.” El planeamiento se ocupará de mantener y fomentar el modo de intervención tradicional sobre el medio natural, protegiendo los espacios de interés natural o paisajístico y los terrenos de alta productividad, y regulando minuciosamente las actividades constructivas que puedan realizarse en el medio físico. En un primer nivel de ordenación, se propone una clasificación global del territorio diferenciando los suelos con vocación urbana, edificados o propuestos para soportar los desarrollos urbanísticos residenciales, dotacionales o de empleo, de los suelos que deben preservarse del proceso urbanizador. Los suelos objeto de preservación o protección, y por tanto no aptos para su urbanización se clasificarán en varias categorías, atendiendo a las cualidades físicas de los mismos, situación o interés estratégico desde el punto de vista del planeamiento territorial y urbanístico. Los suelos no urbanizables se clasifican por aplicación de los criterios y categorías que se definen en la Ley Foral 35/2.002, y atendiendo a las determinaciones generales que se proponen en el Plan de Ordenación Territorial.
3.2.2.- CATEGORIZACION DEL SUELO NO URBANIZABLE. PROTECCION O PRESERVACION
DESCRIPCION Y MOTIVACION DE
Categoría PROTECCIÓN (Incluye espacios que están sometidos a régimen de protección de acuerdo con legislación sectorial supramunicipal, a espacios de especial protección señalados en el POT Nº5 y zonas de riesgo natural) Subcategorías: - SUELO DE VALOR AMBIENTAL: - Espacios Naturales Protegidos Se incluyen los espacios naturales protegidos y delimitados por Legislación Sectorial (Ley Foral 9/1996, de 17 de junio, de Espacios Naturales de Navarra y aplicación de la Directiva de Hábitatas, Red Natura 2.000). En nuestro territorio son: - RN-28 - EN-3 - EN-22 - LIC ES 220031 - LIC ES 220035 Los Lugares de Interés Comunitario (LIC) pasarán a convertirse en Zonas de Especial Conservación (ZEC) cuando se aprueben sus planes de uso y gestión. Se trata de espacios o elementos que ya han sido protegidos por sus valores ambientales. Algunas de las figuras de protección están reguladas por una legislación y una normativa referente a usos, que protegen los valores de estos espacios. Estos espacios conforman parte de una red de interés natural. - Vegetación de Especial Interés Vegetación de especial interés. Matorrales sobre yesos: Se incluyen en esta sub-categoría del suelo de protección los matorrales sobre yesos cartografiados en el territorio de Falces. Son matorrales de escaso porte y muy abiertos de carácter estepario, específicamente adaptados al alto contenido en yesos en el suelo. Presentan especies seleccionadas de forma exclusiva para estas condiciones edáficas. Estos matorrales son una etapa de sustitución de coscojares y carrascales. En algunos casos esta vegetación puede considerarse como comunidad permanente. Cartográficamente su representación se ha obtenido por la intersección de los recintos correspondientes a afloramientos de yesos del mapa Litológico
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de Navarra y de la unidad ambiental UA6 (formaciones arbustivas y herbáceas) tal y como se define en el POT 5. Valores a proteger. El ámbito del Eje del Ebro posee una reducida superficie de vegetación natural constituida, principalmente por pinares y matorrales que destacan entre los cultivos del área. Por tanto se consideran fundamentales para la conservación de la biodiversidad existente, siendo además una importante representación de los ecosistemas navarros y forman parte del paisaje característico de mosaico monte – cultivo. Estas formaciones contribuyen a mejorar la coherencia global y la sostenibilidad del Modelo de Desarrollo Territorial, además de completar zonas ya incluidas como suelos de protección por legislación sectorial de Espacios Naturales, como el LIC Yesos de la Ribera Estellesa. - Area Especial Interés Fauna. Zona Aves Esteparias Se incluyen en esta sub-categoría del suelo de protección las áreas cartografiadas declaradas como tales por el por el Gobierno de Navarra basado en la directiva 79/409 de conservación de las aves silvestres. Son parajes del secano cerealista que acogen contingentes representativos y estables de aves esteparias, que por su excepcional interés e importancia del hábitat, requieren medidas que faciliten su persistencia y evolución temporal con criterios de sostenibilidad. Se protege la capacidad de éstas zonas para albergar poblaciones de fauna esteparia. Se protegen los usos agropecuarios tal y como se dan en la situación actual (secano, barbecho, pastoreo en extensivo), evitando en lo posible las modificaciones - Zona Fluvial. Sistema de Cauces y Riberas Se incluyen en esta sub-categoría del suelo de protección la “Zona Fluvial. Sistema de Cauces y Riberas”. Queda incluida la red de cauces y riberas con una cobertura distribuida por todo el territorio en el municipio. El ámbito afectado por esta subcategoría comprende el territorio ocupado por el cauce, así como toda la vegetación natural existente en la actualidad ligada a los cursos fluviales. Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación de aguas, se establece para las corrientes de agua una zona de protección del cauce natural que tendrá, en los cauces principales (Arga y Arlas), la superficie del área inundable con un periodo de retorno de 10 años, y para el reto de los cauces, una dimensión igual a 7,5 m a cada lado del eje del cauce. Se categoriza como Suelo de Protección, subcategoría Suelo de valor ambiental. Protegido por POT y legislación sectorial. Los valores que se pretenden conservar en esta sub-subcategoría son la calidad y cantidad de las aguas, el valor ambiental de los ecosistemas acuáticos y ribereños, así como la función de este sistema de cauces y riberas, como corredor ecológico de primer orden. Se consideran elementos ambientales de valor (tanto si llevan agua como si no), zona de riesgo ambiental y área estratégica para la salvaguarda de un recurso primordial: el agua. - SUELO VALOR PARA EXPLOTACION NATURAL: - Regadíos Esta sub-categoría del suelo de protección queda constituida por aquellos suelos incluidos en el Plan Foral de Regadíos (regadíos tradicionales, Regadíos del Canal de Navarra, actuaciones realizadas y previstas) y regadíos afectados por la Ley Foral 1/2002 de Infraestructuras Agrícolas (quedarían incluidas todas las transformaciones, modernizaciones y modernizaciones con cambio de sistema de riego realizadas) y regadíos tradicionales. Suelo de protección por Legislación sectorial. Los valores protegidos son la productividad de la tierra y las infraestructuras de riego que han permitido aumentar la eficiencia del sistema productivo. - Suelos de Elevada Capacidad Agrológica
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Esta sub-categoría del suelo de protección queda constituida por aquellos suelos de elevada capacidad agrológica, e incluyen los suelos de las clases agrológicas I+II del Mapa de Clases Agrológicas del Gobierno de Navarra 2006. El valor a proteger es la capacidad real o potencial productivo de estos suelos. Con estos suelos se pretende proteger el recurso suelo desde el punto de vista edafológico y por ser un bien escaso a nivel de toda Navarra (donde ocupa únicamente el 7% de la superficie total) y, asimismo, porque estos suelos son los de mayor calidad desde el punto de vista de su explotación natural. El Eje del Ebro, debido fundamentalmente a la abundancia de superficies llanas o casi llanas próximas a los ríos y a las características de los suelos en cuanto a profundidad, permeabilidad y textura, presenta la mayor concentración de suelos de elevada capacidad agrológica. - SUELO DE VALOR PAISAJISTICO: - Paisajes Naturales Estos suelos son muy escasos y se mantienen relegados casi exclusivamente a lugares inaccesibles. Se incluyen en esta subcategoría los terrenos constituidos por cortados fluviales (cortados de yesos sobre el río Arga). Los cortados fluviales constituyen ámbitos de elevada naturalidad en los que la influencia antrópica pasa desapercibida. Destacan por su importancia en el contexto paisajístico de amplia panorámica y fragilidad visual elevada. La delimitación de estos espacios incluye además del propio cortado, una banda suficiente en la coronación y las estructuras de pie de cortado asociadas a estos elementos (gleras, pie de monte,…). La delimitación cartográfica se ha realizado dejando una banda de aproximadamente 50 m al borde del cortado en la parte superior, y en la parte inferior limita con diversos elementos tales como caminos públicos, zona urbana y Zona fluvial. Se preservan de actuaciones impactantes desde el punto de vista paisajístico, porque por lo general tienen poca entidad superficial y es fácil buscar alternativas en áreas próximas - SUELO DE VALOR CULTURAL: - Vías Pecuarias Se incluye toda la red tanto los tramos ya bien definidos como en los que todavía no se han amojonado con exactitud. Algunas de las vías son según la cartografía existente del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Sección de Planificación y Ayudas: CRMA (Cañada Real Milagro Aezcoa) P - 5 (Pasada 5). P - 56 (Pasada 56). P -22(Pasada 22). Protegido por legislación sectorial. La red de Vías Pecuarias en Navarra cumple, o puede llegar a cumplir una función importante de interconexión entre diversas áreas de la geografía regional y de relación con regiones limítrofes y ser un importante elemento etnológico-cultural. Presentan un valor indudable a nivel turístico y de ocio como vías y senderos verdes y en las zonas más humanizadas pueden servir o apoyar a futuros corredores ecológicos - Yacimientos arqueológicos Lo constituyen los yacimientos arqueológicos catalogados existentes en el término municipal de Falces, tanto los de nivel I como los de nivel II y III. En el caso de los yacimientos arqueológicos de nivel I y II quedan protegidos tanto el yacimiento arqueológico, como una banda perimetral de
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protección de 50 m. En el caso de los yacimientos arqueológicos de nivel III queda protegido el propio yacimiento sin banda de protección Los yacimientos arqueológicos están amparados por la Ley Foral 14/2005 de patrimonio Cultural de Navarra y deben incluirse en la categoría de Suelos de Protección, según criterio de la Sección de Arqueología del Servicio de Patrimonio Histórico de Gobierno de Navarra. La Sección de Arqueología tiene catalogados en el Inventario Arqueológico de Navarra un total de 115 yacimientos arqueológicos en jurisdicción de Falces. Doce yacimientos son de grado 1, considerados por tanto Bienes de Interés Cultural, veintiocho corresponden a grado 2, considerados como Bienes Inventariados, y los setenta y cinco restantes son de grado 3, considerados por tanto como Bienes de Relevancia Local. Esta relación es muy superior a la contemplada en el POT. Se incorpora a continuación la relación de yacimientos más importantes, correspondientes a Grado 1 y Grado 2: Relación de yacimientos de Grado 1. Bienes de Interés Cultural: 09-31-104-0001 09-31-104-0002 09-31-104-0004 09-31-104-0010 09-31-104-0012 09-31-104-0014 09-31-104-0023 09-31-104-0062 09-31-104-0071 09-31-104-0091 09-31-104-0097 09-31-104-0098
San Esteban Los Villares La Atalaya El Castejón Las Arcas Castillo de los Moros Lentisqueta IV Corraliza de Sierras II Valdesanjuan III Corraliza de Cuenca III Cantera de la Longa II Corraliza de Carrica I
Relación de yacimientos de Grado 2. Bienes Inventariados: 09-31-104-0003 09-31-104-0005 09-31-104-0006 09-31-104-0013 09-31-104-0015 09-31-104-0017 09-31-104-0019 09-31-104-0020 09-31-104-0021 09-31-104-0022 09-31-104-0026 09-31-104-0028 09-31-104-0037 09-31-104-0041 09-31-104-0043 09-31-104-0047 09-31-104-0054 09-31-104-0063 09-31-104-0064 09-31-104-0070 09-31-104-0072 09-31-104-0079 09-31-104-0081 09-31-104-0084 09-31-104-0094 09-31-104-0099 09-31-104-0112 09-31-104-0115
El Chollo I San Miguel Caja Revollos Campocahués I Mosquera I Parteperrío I Lentisqueta I Lentisqueta II Lentisqueta III Corraliza de Cabezo III El Chollo II Los Coscojos II Los Coscojos III Los Coscojos V Corraliza del Cabezo I Mudanza I Corraliza del Cajo II Valbaraces II Valdesanjuan II Valdesanjuan IV Corraliza de Cuenca I Corraliza de Sierras IV Corraliza de Sierras VII Corraliza del Vedado III Corraliza de Carrica II Corraliza de Cuenca VI Parteperrío III
- SUELO DE PREVENCION DE RIESGOS: - Zonas inundables
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Mientras no exista un estudio específico de inundabilidad para Falces, donde se definan las diferentes zonas de riesgo dentro de la zona inundable de acuerdo con los períodos de retorno y los calados, se tomará como referencia el periodo de retorno de 500 años de los estudios realizados por el Gobierno de Navarra. El objetivo es proteger a las personas y bienes frente a los riesgos de inundación. - Zonas de riesgo por caída de bloques Se incluyen en esta sub-subcategoría cortados de yesos y arcillas que delimitan los suelos del periodo cuaternario de los suelos del periodo terciario, en el curso fluvial del río Arga. La delimitación cartográfica de la zona de protección, se ha realizado dejando una banda de aproximadamente 50 m al borde del cortado en la parte superior y en la parte inferior, la zona de derrubios a pie de cortado limita con diversos elementos tales como caminos públicos, zona urbana y Zona fluvial. Se pretende proteger del riesgo de caída de materiales de diferente tamaño, hundimiento de cuevas o cavidades naturales interiores, desmoronamiento o caída de grandes bloques por fracturación de la roca, a los bienes o personas que pudieran situarse en su área de influencia - SUELO DESTINADO A INFRAESTRUCTURAS: - Carreteras y autopista Se incluye el terreno ocupado por la autopista y carreteras interurbanas propiedad del gobierno de Navarra. Se Categoriza como Suelo de Protección, subcategoría Suelo destinado a infraestructuras. - SUELO SALVAGUARDA MODELO DESARROLLO: - Trazado Tren de Altas Prestaciones Se incluyen el suelo protegido hasta la ejecución del TAP. La zona de reserva para ejecución de esta infraestructura se grafía incluyendo la plataforma ocupada por el futuro trazado según datos del proyecto actual, y una banda de protección de 100 m a cada lado de la misma. Categoría PRESERVACIÓN (Determinada por el Plan General Municipal.) - SUELO DE VALOR AMBIENTAL: - Hábitats de Interés Comunitario Según el Inventario nacional de Hábitats de Interés Comunitario en el término de Falces se encuentran los siguientes: Código UE 1410 1420 1520 4090 5210 6220 6420
3140
Descripción Praderas juncales halófilas mediterráneas. Matorrales halófilos de sosa. Matorral de ansallo, romerales y tomillares. Matorrales mediterráneos y oromediterráneos. Enebrales y sabinares. Pastizales mediterráneos xerofíticos anuales y vivaces. Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion – Holoschoenion. Saucedas y choperas mediterráneas Tamarizales. Aguas hóligo-mesotróficas calcáreas con vegetación béntica con formaciones de characeas.
3150
Vegetación hidrofítica enraizada o flotante de lagos y aguas ricas en nutrientes.
92A0 92D0
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1310
Vegetación anual de saladares.
Los recintos de estos hábitats están distribuidos por todo el territorio de Falces. Los hábitats de interés comunitario incluidos en los anexos de la Directiva de hábitats, son objetivo de conservación de la Unión Europea. - Formaciones arbóreas de valor ambiental y protector Se trata de las únicas masas arboladas dentro del Eje del Ebro, a excepción de las formaciones asociadas a cursos de agua. La vocación de estas masas es de protección de suelo, así como de conservación de la biodiversidad, Por ello deben ser objeto de conservación, no permitiendo actividades o usos que afecten a su integridad y/o contribuyendo a su mejora. Régimen de protección: artículos 94 y 114 de la LFOTU 35/2002. - Mosaico de Monte y Cultivo Los usos mayoritarios son la agricultura y ganadería extensiva, con presencia de otras actividades de carácter puntual como graveras, usos energéticos y construcciones asociadas a la agricultura y a la ganadería. Se diferencian los mosaicos de cultivo y monte o matorral, con funciones y valores ambientales diferentes a los campos de secano extensos. Presentan mayor valor ambiental al ofrecer mayor refugio a flora y fauna y aprovechar el recurso trófico de los cultivos. Son buenas zonas de caza menor. La vocación de estos suelos, aun siendo principalmente de explotación natural, tiene un componente paisajístico y ambiental sobresaliente. Se trata de mantener y mejorar su función en el sostenimiento de la matriz territorial y el paisaje natural. - Formaciones arbustivas y herbáceas Se corresponde en muchos casos a las etapas seriales de los bosques potenciales, ocupan todas las superficies no labradas localizadas en el ámbito, exceptuando los pinares y las formaciones asociadas a masas de agua. Su presencia y variedad contribuye en gran manera a la biodiversidad natural y paisajística de la zona. Los criterios de uso van orientados a: impedir la pérdida de biodiversidad del ámbito evitando actuaciones muy extensas en estos suelos con diseños homogéneos; favorecer la evolución natural en las condiciones de orientación, pendiente, suelos,…. más desfavorables; y controlar riesgos de erosión e incendios. - Zonas Húmedas Los humedales en Falces están representados por balsas que tienen como principal uso el abastecimiento de agua para ganado. Se incluyen también en esta unidad los humedales naturales temporal o permanentemente encharcados que aparecen como: juncales, saladares y tamarizales de suelo con drenaje limitado. Se emplea como fuente cartográfica la suministrada por IDENA con correcciones. Algunas de ellas poseen frecuentemente un valor relevante como hábitats, y para los anfibios, entre otros animales amenazados. - Areas de Interés Estepario Son los suelos recogidos en los Inventarios de Áreas de Interés Estepario del Gobierno de Navarra con categoría alta o media. Coincide con áreas de paisaje agropecuario de secano extensivo y barbecho. Se trata de preservar los usos que se dan en la actualidad, favoreciéndolos. La delimitación de estas áreas es prácticamente coincidente con las Áreas de Especial Interés Fauna – Zona Esteparia, que se corresponde con una subcategoría de suelo protegido, por lo que en la definición gráfica se hacen coincidir y en normativa se adopta lógicamente la normativa correspondiente al suelo protegido. - Conectividad Territorial
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Se corresponden con el área del periodo inundación de 10 años del río Arga y del cauce del río Arlas. Son zonas de vegetación más o menos continuas que permiten dar continuidad y conectividad a zonas de interés ambiental del municipio y de otros municipios conectándolas entre sí o con las grandes vías de circulación de biodiversidad. La delimitación de estas áreas es prácticamente coincidente con el suelo de protección Zona Fluvial – Sistema de Cauces y Riberas, por lo que en la delimitación gráfica se hacen coincidir y en normativa se adopta lógicamente la normativa correspondiente al suelo protegido. - SUELO VALOR PARA EXPLOTACION NATURAL: - Cultivos Mediano valor para cultivo de secano, praderas y pastos. Se incluye la unidad ambiental UA 10 (Cultivos). Se caracteriza por la agricultura y ganadería extensivas, con presencia de actividades energéticas, extractivas y zonas degradadas con puntos de vertido. Las construcciones habituales son los corrales y almacenes ligados a la actividad agrícola y ganadera. Es un suelo con un interés productivo moderado por la calidad agrológica media de las tierras y zonas con limitaciones moderadas. La presencia de zonas cerealistas con barbechos y vegetación de bajo porte en linderos entre parcelas, mantiene la presencia de poblaciones de fauna amenazada y cinegética que añade valor ambiental al secano. Los valores a conservar son la productividad de las tierras, los valores paisajísticos y culturales, algunos valores ambientales según zonas y la matriz general que facilita la conectividad entre diferentes ecosistemas - SUELO DE VALOR CULTURAL: - Caminos Tradicionales Lo constituyen la red de caminos. Se trata de los caminos de interés municipal que tengan alguna importancia cultural o histórica, y para los que se propone la denominación de “caminos tradicionales”. Los caminos tradiciones deben considerarse como un valor a preservar dentro del territorio, en primer lugar por dar servicio a los usos que en él se desarrollan -agrícolas, ganaderos, forestales,....-, además de ser elementos que en cierta manera reflejan la estructura histórica de los municipios, manteniendo un potencial de uso multifuncional. - SUELO DESTINADO A INFRAESTRUCTURAS: - Caminos, zona afección carreteras, gaseoducto, oleoducto, redes eléctricas, agua, saneamiento, depuradora, infraestructuras de riego, etc Lo constituyen la red de caminos locales, zona de afección de carreteras, gaseoducto, oleoducto, redes eléctricas, agua, saneamiento, depuradora, infraestructuras de riego, etc en el término municipal de Falces. - SUELO DESTINADO ACTIVIDADES ESPECIALES: - Cementerio y área de protección, graveras, Huerta solar, etc. Lo constituyen los terrenos actualmente existentes destinados a cementerio municipal y su área de protección, graveras, Huerta solar, etc. - SUELO DE SALVAGUARDA DEL MODELO DE DESARROLLO URBANISTICO: - Zona de reserva para futuros desarrollos urbanísticos Se incluyen en esta subcategoría los terrenos situados al sur del núcleo residencial, por ser esta la única zona susceptible de albergar futuros desarrollos del núcleo a largo plazo, con objeto de preservarlos de actuaciones que pudieran hipotecar o dificultar futuros planeamientos en esta área.
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3.2.3.- EL PAISAJE En el Anexo PN9 de los POT, se establecen mapas de unidades de paisaje definidos para el ámbito global de cada POT. El término de Falces se integra en dos tipos y tres unidades de paisaje: - Zona oeste del término municipal desde el cauce del río Arga: Unidad de Paisaje 61.02 “Glacis de la Ribera Navarra al oeste del Arga”. Pertenece al tipo Planos y Glacis de la Depresión del Ebro. - Franja central del término municipal en dirección norte-sur: Unidad de Paisaje 56.08 “Riegos del Arga-Aragón”. Pertenece al tipo Vegas y Riegos del Ebro - Zona este del término municipal desde la zona de regadío tradicional. Unidad de Paisaje 61.03 “Glacis de la Ribera Navarra al norte del Bajo Aragón”, perteneciente al tipo Planos y Glacis de la Depresión del Ebro. Como unidades particulares de paisaje destacables a contemplar en el PGM de Falces con su correspondiente delimitación y normativa específica de protección de sus valores, caben destacar: Paisajes singulares: - Los Cortados yesíferos Paisajes naturales: - La vega cultivada del río Arga - El río y sus sotos.
3.2.4.- NORMAS BASICAS PARA LA REGULACION DEL SUELO NO URBANIZABLE La gestión y especialmente el desarrollo normativo del suelo no urbanizable se desarrollarán a partir de la normativa municipal vigente plasmada en el Plan Municipal. Partiendo de la nueva categorización planteada en base a la legislación vigente y contenido del POT Nº5, se propondrá el desarrollo normativo tomando como referencia el vigente que será objeto de análisis y revisión detallada.
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Como criterios básicos para actuaciones en suelo no urbanizable, a modo de guión se señalan los siguientes: Actividades no constructivas: - Como norma general este tipo de actividades no deberán suponer deterioro del medio ambiente condiciones ecológicas o entorno paisajístico. - Siempre que impliquen movimiento de tierras, se esmerará el tratamiento vegetal de taludes y entorno próximo, procurando la mejor integración en el paisaje natural. Actividades constructivas. - Como criterio general se limitarán las posibles intervenciones constructivas en el medio físico y fuera de las áreas especialmente calificadas para su urbanización. Se regularán aquellas intervenciones que necesariamente deban desarrollarse en el medio natural, como pueden ser las edificaciones vinculadas al uso y explotación del medio, explotaciones ganaderas, las instalaciones de producción de energía, las vinculadas al mantenimiento de las infraestructuras, etc. - El tratamiento de la edificación en suelo no urbanizable encajará en la medida de lo posible en las características de la zona, en cuanto a elementos compositivos, volumétricos, naturales y tratamiento de su entorno próximo, y como norma general cumplirán las siguientes determinaciones: - Volúmenes sencillos y proporcionados - Materiales tradiciones, con acabados en tonos suaves fácilmente asimilables en su entorno. - Toda edificación en suelo no urbanizable, se acompañará de tratamiento vegetal del entorno inmediato, con plantación de arbolados que contribuya a camuflar la edificación en el medio natural. - Se limitarán los cierres de parcelas en altura, evitando además su construcción con elementos de obra, etc. - Además de estas normas de carácter general se establecerán, en función de las características propias del municipio, las condiciones de ocupación, ubicación, parcela mínima, condiciones para instalaciones ligeras o desmontables, condiciones para las edificaciones existentes y cuantas sean oportunas para regular el conjunto de actividades constructivas. Finalmente, se tomará también como referencia el contenido del Anexo Temático PN8 del POT “Criterios de autorización de determinados usos y actividades en suelo no urbanizable”, en aquello que pueda ser de aplicación en el término de Falces.
3.3.- EL SISTEMA URBANO 3.3.1.- JUSTIFICACIÓN DEL SUELO URBANO Y SUELO URBANIZABLE La propuesta de ordenación del suelo urbano se basa preferentemente en la consolidación del casco edificado, estableciéndose nuevas alineaciones en parcelas por edificar comprendidas en áreas ya consolidadas (suelo urbano consolidado). Solamente en casos concretos y en áreas definidas la ordenación se realiza sobre suelo no incluido en áreas consolidadas (suelo urbano no consolidado). Como criterio de referencia se adopta la ordenación vigente anteriormente para suelo urbano, con algunas variaciones que afectarán especialmente a zonas perimetrales, donde se introducirán ajustes en la clasificación en aplicación de legislación vigente. Generalmente las nuevas previsiones de edificación en suelo urbano se ordenarán en base a los viales existentes, evitando en la medida de lo posible intervenciones de gestión complicada o que puedan suponer fuertes cargas de urbanización. La clasificación en detalle del suelo urbano se realizará en base a la definición establecida en el art. 92 de la L.F. 35/2002, según el cual tiene la consideración de suelo urbano el que se encuentre en alguna de estas situaciones: -
Suelo urbano consolidado: “a) Formar parte de una trama dotada de urbanización idónea que confiera a las parcelas que formen parte de dicha trama la condición de solar. ...” “b) Ser integrable en la trama urbana a que se refiere la letra anterior por contar con una urbanización que únicamente requiera ser completada mediante obras
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accesorias a las de edificación o construcción en las parcelas, para que éstas adquieran la condición de solar.” “e) Haber sido urbanizado en ejecución del planeamiento urbanístico y de conformidad con sus determinaciones, disponiendo efectivamente de los servicios con los que se adquiere la condición de solar.” -
Suelo urbano no consolidado: c) Contar con urbanización que, proporcionando como mínimo acceso rodado por vía urbana municipal, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales y suministro de energía eléctrica, demande para su consolidación actuaciones que excedan de las obras accesorias a las de edificación o construcción en las parcelas o su reforma, renovación o mejora mediante la definición de unidades de ejecución. Particularmente tendrán esta consideración aquellos terrenos urbanizados en los que el planeamiento urbanístico prevea una ordenación sustancialmente diferente de la existente, o prevea actuaciones de remodelación o de reforma interior que requieran llevar a cabo operaciones de equidistribución entre los afectados. d) Estar edificado al menos en dos de las terceras partes del espacio servido por las redes de los servicios indicados en la letra anterior y precisar para su completa urbanización de la definición de unidades de ejecución.
Se justificará la clasificación y categorización del suelo urbano en las determinaciones legales indicadas, aplicadas sobre el núcleo de Falces, cuyo resultado gráfico queda definido en los planos de ordenación del Plan General Municipal. Se señalan áreas de suelo urbanizable que en la documentación del Plan Urbanístico Municipal se definen con precisión, en torno al núcleo residencial, incorporando a la ordenación urbanística terrenos que por su proximidad o aptitud son capaces de albergar el futuro desarrollo del municipio. De acuerdo con el contenido del art. 95 de la L.F. 35/2002, el suelo urbanizable tiene carácter residual: “ Artículo 95. Suelo urbanizable. 1.-
El suelo que, a los efectos de esta Ley Foral, no tenga la condición de urbano o de no urbanizable, tendrá la consideración de suelo urbanizable, y podrá ser objeto de transformación, mediante su urbanización, en las condiciones y los términos establecidos en la presente Ley Foral y en el planeamiento aplicable. ...”
A pesar de este carácter del suelo urbanizable como resultado de la exclusión del suelo urbano y no urbanizable, es lógico plantear que su delimitación debe responder también a una estrategia de ordenación territorial y urbanística, de definición del modelo urbano y económico propuesto para el municipio.
3.3.2.- DESCRIPCION Y JUSTIFICACION DE PROPUESTA DE DESARROLLO RESIDENCIAL DESCRIPCION Y JUSTIFICACION GLOBAL: En un futuro próximo, como consecuencia de la fuerte crisis que ha estallado en el sector económico y en el inmobiliario en particular, no es previsible que vayan a realizarse un número considerable de intervenciones edificatorias. No obstante, y dado que se debe planificar a medio o largo plazo, se considera que el planeamiento municipal debe generar una oferta de suelo capaz de asumir con creces la demanda previsible y especialmente si esta demanda responde a posibles necesidades de vecinos del municipio. En otro orden, el planeamiento urbanístico tendrá como objetivos ser lo más eficaz y realista posible, atendiendo con concreción entre otros a temas importantes como la ordenación de suelo urbano mediante unidades gestionables y de actuación claramente definida en sus determinaciones urbanísticas, usos, infraestructuras, y normativa general. Dentro de un marco adecuado de concreción y detalle, se mantendrá no obstante una estructura que permita la flexibilidad de actuaciones en el tiempo, todo ello siguiendo los criterios del vigente Plan Municipal.
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Se ha optado en esta propuesta por continuar la estrategia de desarrollos residenciales que ya se refleja en el planeamiento vigente, sin creación de grandes actuaciones de dudosa viabilidad en el tiempo. El grado de ejecución del Plan Municipal en las unidades de suelo urbano periféricas ha sido muy reducido. Se propone por tanto que el nuevo planeamiento a desarrollar deberá partir de la ordenación del planeamiento vigente incorporando las pequeñas modificaciones experimentadas en los años de vigencia del mismo e introduciendo pequeñas variaciones en función de las demandas que pueda manifestar el Ayuntamiento y los propios vecinos afectados, ya que la escala de la actuación permitirá una participación intensa de los mismos y un contacto muy directo entre equipo redactor, Corporación Municipal y vecinos. A todo ello habrán de añadirse los criterios de POT, y las restricciones en las áreas inundables próximas al núcleo urbano. La estrategia de ordenación del área residencial y por tanto del futuro desarrollo del núcleo urbano viene condicionado por una serie de factores: - Conveniencia de limitar el suelo clasificado a las áreas con expectativas reales de desarrollo a medio o largo plazo pero generando a su vez, una oferta suficiente para evitar especulación con el suelo, por lo que las áreas residenciales deberán ser capaces de absorber una demanda de edificación muy superior a la que realmente sea previsible para el periodo de vigencia del planeamiento, es decir para el corto plazo. - Partir del planeamiento vigente como documento de referencia en cuanto a la definición del área edificable residencial, dado que en él se clasifica suelo con un criterio muy razonable de ordenación y suficiente para atender la demanda previsible en los próximos años. ( Se recuerda que ninguna de las unidades de ejecución (UE) en suelo urbano ordenado ni de los sectores residenciales en suelo urbanizable ha llegado a promoverse en el periodo de vigencia del PM ). - Como factor condicionante de los futuros desarrollos habrán de tomarse en consideración los riesgos de inundabilidad. En este aspecto cabe señalar que el POT establece unas áreas inundable que en periodos de retorno superiores a 50 años no se corresponde con la realidad en el núcleo urbano de Falces y su entorno inmediato, puesto que no ha tenido en consideración las protecciones y motas existentes. Por parte del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local se elaboró recientemente un estudio detallado de inundabilidad de los ríos Arga y Aragón en el entorno Falces-PeraltaFunes, y en el que sí se contempla el efecto de las motas, resultando que una parte importante del casco urbano hasta el límite con el río se considera área inundable con periodo de retorno de 500 años. Simultáneamente se ha realizado un estudio de Areas de riesgo por inundabilidad, en el que se toman en consideración otros factores además del periodo de retorno, que afecta considerablemente a las expectativas de desarrollo del casco urbano de Falces, dado que una gran parte de la zona de Coballeta y los terrenos situados al norte, se consideran como de riesgo alto, por lo que una posible ampliación del suelo urbano por esta zona norte deberá condicionarse en todo caso a la ejecución de actuaciones que modifiquen el grado de riesgo por inundabilidad. En este sentido, cabe señalar que el Anexo PN5 de los POT expresamente señala que en las zonas de riesgo alto deberán prohibirse usos residenciales, industriales y equipamientos comunitarios cerrados. Por parte de organismos públicos vinculados al Gobierno de Navarra se están elaborando estudios de alternativas de actuación, restauración y defensa frente a inundaciones en la zona de confluencia de los ríos Arga y Aragón, conducentes a la reducción de riesgos por inundabilidad en diferentes poblaciones, entre ellas Falces, que de llevarse a cabo modificaría la delimitación actual de áreas de riesgo por inundabilidad. Dado que estos estudios se encuentran en fase de elaboración, la propuesta de desarrollo residencial de esta EMOT incorpora las zonas del extremo norte del área residencial cuyo desarrollo queda condicionado a la ejecución de las actuaciones que sean precisas de acuerdo al estudio actualmente en fase de elaboración
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ESTUDIO DE INUNDABILIDAD
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AREAS DE RIESGO POR INUNDABILIDAD
(Zona de riesgo alto = zonas donde cabe esperar inundaciones con un periodo de retorno entre 100 y 500 años y un calado alto, superior a 1 m, o con velocidad del agua igual o superior a 1m/s.) - La estructura del núcleo residencial así como las posibilidades de desarrollo a futuro del mismo quedan fuertemente condicionadas por el emplazamiento de la localidad en una estrecha lengua de terreno entre el cortado y el cauce del río. No cabe posibilidad de
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expansión del núcleo por estos frentes, por lo que únicamente podrán preverse suelos de nueva ordenación por los extremos norte o sur del núcleo, tal como ya se contempla en el vigente Plan Municipal. El esfuerzo más importante en la ordenación urbanística debe canalizarse hacia la reordenación de los ámbitos actualmente edificados o semiconsolidados, capaces de absorber las necesidades de suelo en los próximos lustros. - Se considera del máximo interés urbanístico la definición detallada de las condiciones de ordenación en las manzanas edificadas del Casco Antiguo y semiedificadas del entorno del Casco, especialmente el borde sur del núcleo urbano, entre las calle Ramón y Cajal y Calle del Cristo donde deberán definirse ámbitos de actuación que permitan completar el trazado del sistema viario o incluso liberar alguna pequeña área libre que permita esponjar la trama residencial. En cuanto a la definición de detalle de las condiciones de edificación se propone la revisión de ordenanzas manteniendo la estructura planteada en el PM vigente, basada en diferenciar los criterios de edificación en función de las áreas de intervención, dado que no se debe actuar con los mismos criterios constructivos o volumétricos en el interior del Casco Antiguo o en el los extremos del núcleo urbano donde ya no existen referencias próximas a la arquitectura tradicional del núcleo urbano.
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AREAS HOMOGENEAS:
AREAS HOMOGENEAS
1.- Casco Antiguo. La problemática del Casco Antiguo, centrada en el deficiente estado de conservación de la edificación y entramado de calles de muy escasa amplitud, tiene difícil solución por el elevado coste de intervenciones que pudieran paliar esta problemática de manera significativa. Las intervenciones que desde un punto de vista realista puedan acometerse desde el ámbito del planeamiento municipal se centrarán en la mejora de los espacios públicos con medidas de reurbanización de los mismos, regulación de tráfico, mejora de la accesibilidad y creación de nuevos espacios libres siguiendo la política municipal de los últimos años. Este tipo de actuaciones públicas pueden suponer el aliciente
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necesario para que se produzcan inversiones privadas en las edificaciones y se mejore el grado de habitabilidad y de ocupación de los edificios tradicionales. Las zonas públicas existentes son de gran interés dado el grado de colmatación y densidad de la edificación, tales como: Plaza de los Fueros, Plaza del Fosal y alrededores de la iglesia, Plaza de Maya, Plaza de la Verdura, plaza del Palacete, del Planillo y ensanchamientos de la calle del Progreso. En estos espacios públicos se hace necesaria la adecuación, tanto de su urbanización como la conservación de la edificación de interés que los conforman, y regulación de posibles sustituciones de aquellas edificaciones cuya conservación no tenga interés El perímetro del Casco Antiguo presenta características diferenciadas del resto, ya que su parcelario más regular y su mejor accesibilidad, posibilitan actuaciones de conservación o sustitución que ayudarán a la regeneración del centro.
IMÁGENES CASCO ANTIGUO
2.- Periferia sur del Casco Antiguo, entre las calles Corazón de Jesús, Romana Echevarría, y Travesía la Cava. Zona de parcelario y trazado viario regular, donde se mezclan actividades de vivienda, almacenamiento y pequeño taller. La céntrica situación y amplitud de viales favorece la sustitución espontánea de usos a favor del uso residencial. En la zona oeste de esta área existe una promoción residencial relativamente reciente sobre terrenos de la “Huerta del Rey”.
IMÁGENES DE AREA HOMOGENEA 2
3.- Periferia del Casco Antiguo, entre calles San Andrés, Castro Abajo y Avda del Salvador. Esta área conforma una gran manzana con edificación y parcelario estructurado y regular en los frentes a Calle San Andrés y Avda. del Salvador. Por el contrario, en el frente con Calle Castro Abajo y en zona norte del área apenas existe edificación residencial, apareciendo locales agropecuarios o parcelas libres. A su vez, en el interior de la gran manzana se dan usos agropecuarios, incluso bodega. El PM establece una ordenación para todo este ámbito interior de difícil viabilidad económica pero en cualquier caso válida como alternativa a los usos actuales.
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IMÁGENES DE AREA HOMOGENEA 3
4.- Periferia del Casco Antiguo, entre calles Fausta Elorz, La Cruz, Pedro Iturralde y Mota. Area con alto grado de colmatación con uso dominante residencial. Esta zona ha absorbido gran parte del desarrollo residencial de Falces en las últimas décadas gracias a su excelente emplazamiento y buena accesibilidad con el resto de la población. Unicamente la presencia de una bodega de gran ocupación distorsiona el carácter marcadamente residencial del área. El PM ya contempla una alternativa de ordenación para esta parcela que se considera adecuada al entorno edificado.
IMÁGENES DE AREA HOMOGENEA 4
5.- Zona comprendida entre las calles Fausta Elorz, Ramón y Cajal, La Paz y Matadero. Esta área presenta una primera franja más próxima a la Calle Fausta Elorz, con edificación más antigua donde se mezclan usos dotacionales tradicionales como la Residencia de ancianos o el antiguo Hospital con la nueva dotación de Centro Cívico y parcelas residenciales. A partir de esta primera línea, y hasta la calle La Paz se han construido un gran número de viviendas en bloques o adosadas, representando esta zona un ensanche muy importante del núcleo urbano. Las actuaciones a contemplar en el nuevo planeamiento se refieren únicamente a una posible alternativa de remodelación del ámbito más próximo a la Calle Fausta Elorz, entre la residencia de ancianos y el antiguo Hospital,
IMÁGENES DE AREA HOMOGENEA 5
6.- Zona con usos agropecuarios entre calles Ramón y Cajal, Romana Echevarría y Cava. Area de perímetro irregular que comprende suelos parcialmente edificados con uso dominante agropecuario. Edificaciones con un cierto desorden y una gran implantación correspondiente a las naves de la cooperativa agrícola. Manteniendo el criterio del vigente PM se propondrán en esta área distintas actuaciones de reordenación del sistema viario y renovación de la edificación, potenciando el uso residencial, dada la proximidad y buena accesibilidad del área con el resto de núcleo urbano.
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IMÁGENES DE AREA HOMOGENEA 6
7.- Coballeta – casas baratas. Area de trazado regular, con amplios viales y parcelario homogéneo. Desde inicio se plantean en esta zona usos residenciales y agropecuarios, adquiriendo con el tiempo mayor peso la edificación residencial, especialmente a partir de la construcción de las manzanas de “Casas Baratas” y más recientemente las manzanas de vivienda construidas en el extremo norte, configurando además un amplio espacio público en los terrenos antiguamente ocupados por el campo de fútbol. Se potenciará en esta zona el uso residencial manteniendo la estructura urbana y limitando adecuadamente las alturas y ocupación de las nuevas edificaciones para evitar volúmenes excesivos que rompan la homogeneidad del área. Para el grupo de “Casas Baratas” se plantea una regulación específica con objeto de conservar la tipología edificatoria y el carácter unitario de las alineaciones.
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8.- Borde urbano entre calles San Salvador, La Peña, Castro Abajo y límite suelo edificado. Borde de uso dominante agropecuario, afectado por el área de riesgo de desprendimientos de la peña. El PM vigente califica toda esta área como “edificaciones consolidadas en su estado actual”. Dado el riesgo que presenta esta zona, no cabe otra consideración urbanística y en todo caso se prohibirá el uso residencial admitiéndose únicamente uso de almacén y edificaciones auxiliares.
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9.- Zona entorno del Cristo hasta calle Cava. Zona degradada de edificaciones con uso predominante agropecuario surgidas en torno a la ermita del Cristo y siguiendo el trazado de la calle del Cristo. Se propone para esta zona mantener el criterio del vigente PM, consolidando uso residencial para las edificaciones más próximas al caso urbano alrededor de la ermita, y planificando un área para edificación de uso agropecuario o almacén entre las calles Cristo y Cava. Potenciar una zona verde junto a la ermita y estudiar alternativas de
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uso que favorezcan el traslado de la explotación agropecuaria existente a un emplazamiento distante del casco urbano.
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10.- Area de posible expansión del núcleo urbano en dirección sur hasta altura de Calleja Tercera Ramón y Cajal. Comprende esta zona terrenos sin edificar de topografía plana y aptos para albergar las futuras expansiones a largo plazo del núcleo residencial. El núcleo de Falces, encajado entre la roca y el cauce del río, únicamente puede expansionarse por los extremos sur y norte, siendo estos terrenos situados al sur los más aptos por su proximidad al centro urbano y posibilidad de desarrollo especialmente a partir de la reordenación viaria del área homogénea 6 ya descrita. Para esta zona se propone mantener los criterios generales de ordenación del PM que prevé tres áreas de desarrollo residencial como suelo urbano no consolidado o suelo urbanizable, por tanto con previsión de reserva o de desarrollo a largo plazo.
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11.- Extremo norte del núcleo, prolongación de Coballeta a partir de la calle Señorío de Bertiz. Junto con el área homogénea 10 anteriormente descrita, supone la posible reserva de suelo a largo plazo, si bien su posición resulta un tanto extrema con relación al centro de la población. Se propone reservar esta zona para futuros desarrollos residenciales a largo plazo, con la creación de un sector de suelo urbanizable siguiendo los criterios del vigente PM. Esta zona, como ya se ha indicado está comprendida en el área de riesgo alto por inundabilidad, según estudio realizado por el Departamento de Medio Ambiente. Su posible desarrollo estaría condicionado a la previa ejecución de medidas de protección contra inundaciones en estudio actualmente por el Departamento para el entorno de la confluencia de los ríos Arga y Aragón.
IMÁGENES DE AREA HOMOGENEA 11
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12.- Espacio público entre las áreas edificadas y el cauce del río Arga. A partir del encauzamiento del rio y construcción de las motas, se generó un amplio espacio libre entre el suelo edificado y la mota que delimita el cauce, a todo lo largo del núcleo, con una gran superficie. Este espacio libre destinado a zonas verdes y equipamientos deportivos constituye un gran atractivo para la población, con un amplio potencial de desarrollo como espacio vertebrador de todo el núcleo residencial. Se contempla la consolidación de este gran espacio como el gran sistema general de áreas libres y zonas verdes, compatible con equipamientos públicos y usos lúdicos y deportivos.
3.3.3.- PREVISIONES DE DESARROLLO INDUSTRIAL – ACTIVIDADES ECONOMICAS El Plan Municipal de Falces consolida las áreas industriales-almacenes existentes en el interior del casco urbano donde se localizan algunas bodegas y locales de cooperativa agrícola, incorporando además un pequeño sector de suelo urbanizable en el extremo sur del casco, en torno a la Calle del Cristo. En torno al cruce de las carreteras NA6100 y NA6210 se consolidan los usos y edificaciones existentes incluyendo dos amplios sectores de suelo urbanizable industrial que se definieron en el P.M. vigente (sectores 5 y 6). En los últimos años se han urbanizado íntegramente los dos sectores previstos en esta zona, si bien existe en la actualidad oferta de suelo para edificar en el sector 5, cuya ocupación actual es reducida. Además recientemente se ha aprobado una ampliación del sector Nº 6 de 1,6 Ha de superficie. La propuesta para el nuevo PGM se centra en completar la urbanización del área industrial en el cruce de las carreteras NA6100 y NA6210, ampliando la zona edificable de forma que se configure un polígono de tamaño medio en el que se garantice oferta permanente de suelo industrial y se permita por tanto la implantación de nuevas actividades, con preferencia del sector agroalimentario según marcan los objetivos del POT para esta subárea.
3.3.4.- PROTECCION DEL PATRIMONIO CULTURAL Criterios generales El POT cuenta con un Anexo Temático específicamente destinado a establecer los criterios de protección de Patrimonio cultural. El PGM seguirá las directrices marcadas por este Anexo del POT Nº 5, completando la información con los datos procedentes del Catálogo del actual planeamiento. Por parte de “Príncipe de Viana” se está elaborando el “Inventario Arquitectónico de Navarra”, con datos precisos y detallados de los elementos arquitectónicos de cada localidad de Navarra, sin bien para el municipio de Falces todavía no está redactado pero previsiblemente estará disponible antes de la aprobación del nuevo PGM. En este caso, el Catálogo del PGM incorporará las fichas de este Inventario completando la información de las mismas con documentación fotográfica y otros datos de interés. Se formalizará por tanto un catálogo de todos los elementos de interés existentes en el municipio, sobre las bases del contenido del POT, del Catálogo del PM vigente y del “Inventario Arquitectónico de Navarra” elaborado por “Príncipe de Viana”, creando una ficha para cada una de ellas en la que se incorporará documentación fotográfica del estado actual, descripción de las características más relevantes del edificio y pautas de actuación en el mismo, como medio de garantizar su conservación en las condiciones más idóneas, velando por el mantenimiento de las características e invariantes tipológicas, compositivas y arquitectónicas. Por otra parte, se definirá una normativa específica de edificación que regulará las actuaciones en los edificios objeto de protección, a elaborar sobre la base de las ordenanzas existentes que ya incorporan una normativa suficientemente garantista, con aportación de los criterios plasmados en los Anexos al POT. Además de las condiciones descritas para los edificios y elementos objeto de catalogación, se considera una parte importante del planeamiento la redacción de unas ordenanzas específicas para actuaciones en el Casco Histórico, tomando como referencia las existentes en el PM, detalladas, fáciles de aplicación e interpretación, que garanticen una continuidad respetuosa entre los edificios existentes y los nuevos, sin renunciar a las nuevas técnicas de construcción y diseño, con un grado de flexibilidad acorde a la realidad, canalizando adecuadamente las necesidades constructivas habituales de los vecinos y de las nuevas promociones. Patrimonio arquitectónico El POT diferencia tres niveles de bienes en razón del interés patrimonial o relevancia:
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1.- Bienes de Interés Cultural (BIC) 2.- Bienes de Relevancia Supralocal (A propuesta del POT) 3.- Bienes de interés o relevancia local (Catálogo del Planeamiento Urbanístico) En el nivel 1 (BIC), no se incluye ningún elemento arquitectónico de Falces. En el nivel 2 (Bien de Relevancia Supralocal), se incorpora únicamente el Castillo de Falces. En el nivel 3 (Bienes de interés o relevancia local), se incluyen a título orientativo los siguientes: - Parroquia Natividad de Ntra. Sra. (último cuarto del S.XVIII) - Ermita Cristo del Calvario (1.759) - Casa Ximénez de Embúm (S.XVII) - Palacio Barroco (Fin XVII) - Ayuntamiento. Eclecticismo (1.868) - Palacio Calle Placeta de Muga (S.XVII) - Palacio Barroco calle del Concreso. A estos elementos considerados en el POT se añaden los catalogados en el planeamiento vigente, hasta completar el Catálogo de Edificios y Elementos de Interés Histórico, Cultural, Arquitectónico o Ambiental. Patrimonio arqueológico En cuanto a los yacimientos arqueológicos y monumentos prehistóricos existentes en suelo no urbanizable, se crea una categoría específica de suelo con un régimen de protección en el que se recogerán los criterios establecidos por el Servicio de Patrimonio Histórico del Departamento de Cultura y Turismo. Los yacimientos arqueológicos están amparados por la Ley Foral 14/2005 de patrimonio Cultural de Navarra y deben incluirse en la categoría de Suelos de Protección, según criterio de la Sección de Arqueología del Servicio de Patrimonio Histórico de Gobierno de Navarra. La Sección de Arqueología tiene catalogados en el Inventario Arqueológico de Navarra un total de 115 yacimientos arqueológicos en jurisdicción de Falces. Doce yacimientos son de grado 1, considerados por tanto Bienes de Interés Cultural, veintiocho corresponden a grado 2, considerados como Bienes Inventariados, y los setenta y cinco restantes son de grado 3, considerados por tanto como Bienes de Relevancia Local. Esta relación es muy superior a la contemplada en el POT. Se incorpora a continuación la relación de yacimientos más importantes, correspondientes a Grado 1 y Grado 2: Relación de yacimientos de Grado 1. Bienes de Interés Cultural: 09-31-104-0001 09-31-104-0002 09-31-104-0004 09-31-104-0010 09-31-104-0012 09-31-104-0014 09-31-104-0023 09-31-104-0062 09-31-104-0071 09-31-104-0091 09-31-104-0097 09-31-104-0098
San Esteban Los Villares La Atalaya El Castejón Las Arcas Castillo de los Moros Lentisqueta IV Corraliza de Sierras II Valdesanjuan III Corraliza de Cuenca III Cantera de la Longa II Corraliza de Carrica I
Relación de yacimientos de Grado 2. Bienes Inventariados: 09-31-104-0003 09-31-104-0005 09-31-104-0006 09-31-104-0013 09-31-104-0015 09-31-104-0017 09-31-104-0019 09-31-104-0020 09-31-104-0021
El Chollo I San Miguel Caja Revollos Campocahués I Mosquera I Parteperrío I Lentisqueta I Lentisqueta II
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09-31-104-0022 09-31-104-0026 09-31-104-0028 09-31-104-0037 09-31-104-0041 09-31-104-0043 09-31-104-0047 09-31-104-0054 09-31-104-0063 09-31-104-0064 09-31-104-0070 09-31-104-0072 09-31-104-0079 09-31-104-0081 09-31-104-0084 09-31-104-0094 09-31-104-0099 09-31-104-0112 09-31-104-0115
Lentisqueta III Corraliza de Cabezo III El Chollo II Los Coscojos II Los Coscojos III Los Coscojos V Corraliza del Cabezo I Mudanza I Corraliza del Cajo II Valbaraces II Valdesanjuan II Valdesanjuan IV Corraliza de Cuenca I Corraliza de Sierras IV Corraliza de Sierras VII Corraliza del Vedado III Corraliza de Carrica II Corraliza de Cuenca VI Parteperrío III
3.4.- ESPACIOS DOTACIONALES Y DE SERVICIOS 3.4.1.- ESPACIOS LIBRES PUBLICOS El núcleo de Falces dispone de una gran franja de terreno entre el caserío y el cauce del río, de titularidad pública y clara vocación como área de esparcimiento, para espacios libres públicos, zonas verdes o instalaciones deportivas. Con superficie total superior a 15 Ha resuelve ampliamente las demandas de la población para espacios libres públicos, por lo que el nuevo planeamiento no precisará formalizar reservas de suelo para espacios libres públicos más allá de los cesiones legalmente establecidas para los nuevos ámbitos de desarrollo. Además de la franja de terreno señalada que recorre longitudinalmente todo el borde este del núcleo urbano, existen otros espacios públicos que conforman plazas representativas incrustadas en la trama urbana, como la de los Fueros o la de San Esteban, así como pequeños espacios ajardinados o urbanizados, varios de ellos de reciente creación como consecuencia positiva de la política municipal desarrollada los últimos años orientada al esponjamiento de la densa trama urbana en el casco antiguo de la población. Los espacios disponibles superan ampliamente los estándares establecidos en la legislación vigente.
3.4.2.- EQUIPAMIENTOS Como ya se ha comentado en el apartado correspondiente del análisis urbanístico, los equipamientos básicos están cubiertos teniendo en cuenta la escala y entidad de población, gracias a las actuaciones realizadas en los últimos lustros por parte del Ayuntamiento. El nivel de equipamientos en Falces es adecuado para el nivel de población, por lo que no se requieren actuaciones importantes desde el planeamiento para reservas de suelo destinadas a sistemas generales. Las actuaciones a contemplar en los próximos años consideramos que deberán incidir en: - Tratamiento como espacio libre y área verde de la gran franja de suelo público entre el casco urbano y el cauce del río, incluyendo la posibilidad de usos deportivos en este suelo. - Rehabilitación del antiguo “Hospital” como centro cívico capaz de albergar a los numerosos colectivos que dinamizan la actividad cultural en el municipio. - Rehabilitación de la “Caseta del Agua” para actividades culturales. - Continuar con la política de esponjamiento del casco histórico sustituyendo edificaciones en mal estado por pequeños espacios públicos que ayuden a sanear y potenciar los usos en el entorno inmediato de los mismos y a paliar el grave problema de aparcamiento existente en el casco antiguo como consecuencia de la estrechez de las calles.
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En todos los casos se trata de actuaciones que no requieren reservas específicas de suelo para su implantación, con excepción de los pequeños espacios libres a generar en casco histórico, que podrán definirse en el PGM previo análisis detallado del casco y posibles localizaciones a definir en función de las características de las edificaciones, condiciones de propiedad, uso, etc,
4.- PREVISION DE VIVIENDAS PROTEGIDAS En los últimos años, incluyendo los periodos de bonanza económica en los que se ha vivido una fuerte actividad en el sector inmobiliario, la mayor parte de viviendas construidas en promociones para venta en la localidad han sido protegidas, dado que las condiciones de mercado en el municipio no han admitido edificación de vivienda de coste elevado. En consecuencia, no se ha producido desfase entre la demanda de vivienda protegida y la oferta. Para los próximos años, no es previsible que varíe la situación, o en todo caso de hacerlo será hacia una mayor proporción de vivienda protegida en las futuras promociones dado que el mercado no absorberá la vivienda libre o lo hará con dificultad, por lo que no se considera necesario establecer en el planeamiento condiciones de mayor proporción de vivienda protegida que las establecidas en la legislación vigente. Según datos del Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra, relación al Censo de Solicitantes de Vivienda Protegida, con fecha 1 de Septiembre de 2.011, la demanda censada en Falces es de 2 viviendas protegidas, de un total de 2.118 viviendas demandadas en el conjunto de Navarra. En cumplimiento de las determinaciones establecidas en el art. 52 de la Ley Foral 35/2002 de ordenación del territorio y vivienda, se debe garantizar que, como mínimo, el 50% de la nueva capacidad residencial prevista en el planeamiento en relación al Plan Municipal vigente se destinará a la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública, siendo el menos la mitad de ellas del tipo V.P.O. Dado que el nuevo Plan asume prácticamente en su totalidad el planeamiento anterior, el incremento de edificación residencial ordenada es mínimo, por lo que se mantendrán con mínimas variaciones las condiciones de vivienda protegida ya establecidas en el planeamiento vigente.
5.- CRITERIOS DE ACTUACION Y GESTION Clasificación y gestión del suelo urbano En suelo urbano, para las nuevas edificaciones se seguirá un criterio general de implantación donde prime la continuidad y ordenamiento de la trama urbana, la correcta ubicación en función del entorno próximo, así como las condiciones especificas del parcelario. En las áreas ya edificadas se contempla actuar por rehabilitación o renovación de las edificaciones existentes manteniéndose generalmente la trama existente, con ligeras alteraciones y propuestas de reordenación en áreas definidas. Generalmente se tratará de intervenciones de ámbito reducido. Por ello a la hora de gestionar el planeamiento debe primar la agilidad y sencillez de planteamientos, evitando en la medida de lo posible los mecanismos de limitación de densidades, limitaciones sobre el aprovechamiento patrimonializable, transferencias de aprovechamiento, etc. Partiendo de estas premisas, y en aplicación de la Ley Foral 35/2002, en el suelo urbano se diferenciarán dos tipos de suelo urbano con características comunes en cuanto a criterios y sistemas de actuación a aplicar: SUELO URBANO CONSOLIDADO. Son los suelos urbanos consolidados por la urbanización, que cuentan con servicios urbanísticos, y en los que las previsiones de edificación se centrarán en las mejoras o sustitución de la edificación existente, nueva edificación sobre suelo prácticamente urbanizado y mejora de los servicios existentes. Generalmente se intervendrá mediante actuaciones asistemáticas directas para cada parcela, reguladas directamente desde la ordenanza correspondiente de edificación y alineaciones y alturas establecidas en la documentación gráfica. En algunos casos se delimitarán gráficamente los ámbitos de actuación asistemática con denominación de ámbitos en suelo consolidado, cuando comprenden pequeñas áreas con algún tipo de carga de cesión o carga de urbanización. Se establecerán en suelo urbano consolidado un tipo de ámbitos denominados unidades de ordenación alternativa, aplicadas a zonas que en la actualidad cuenten con disparidad de usos,
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intereses, actividad, etc y que hagan conveniente la reordenación del ámbito pero sin llegar a hipotecar el uso y actividad actual, suponiendo en todo caso una propuesta a medio o largo plazo que permita el desarrollo y mantenimiento de las actividades correspondientes en los próximos años. En estas unidades se planteará una doble posibilidad de actuación: - Mantenimiento del uso actual con posibilidad de desarrollo mediante actuación asistemática directa regulada desde la ordenanza de edificación y ordenación gráfica de alineaciones y alturas. - Ordenación alternativa con nuevos trazados de alineaciones, tipologías edificatorias, usos, etc. En esta alternativa de ordenación se propondrán nuevas alineaciones y usos, desterrando los usos actuales a favor de una tipología diferente, sobre una base de continuidad de la trama urbana, con prolongación y conexión de los viales existentes en el entorno urbano de las unidades. Tanto en las actuaciones asistemáticas no delimitadas, como en los ámbitos de actuación delimitadas en suelo consolidado, el aprovechamiento patrimonializable será el 100% del aprovechamiento permitido por el Plan. La edificabilidad máxima de las áreas de actuación vendrá dada por la posibilidad de ocupar la totalidad del espacio entre alineaciones con la altura máxima establecida en la documentación gráfica y ordenanza de edificación correspondiente, con el número de viviendas máximo que se fije en la ordenanza o ficha de normativa urbanística particular correspondiente. SUELO URBANO NO CONSOLIDADO. Son suelos urbanos con urbanización por completar o cuya nueva ordenación es sustancialmente diferente de la actual por que se plantean actuaciones de remodelación o de reforma interior, como es el caso de algunas de las URM y UOA previstas en el actual planeamiento. Se actuará mediante unidades de ejecución (UE), generalmente por el sistema de compensación que podrá sustituirse por reparcelación voluntaria cuando todos los propietarios afectados así lo acuerden o cuando se trate de un solo propietario. En las unidades de ejecución (UE), el aprovechamiento patrimonializable será el 90 % del aprovechamiento permitido por el Plan, y el número de viviendas autorizado y edificabilidad máxima, vendrá establecido para cada (UE) en la ficha de normativa urbanística particular. Para cada UE se establecerá el número mínimo de vivienda protegida en función del incremento de capacidad residencial respecto al planeamiento anterior, o a las previsiones que surjan del estudio de necesidades. Clasificación y gestión del suelo urbanizable. Se calificarán las áreas de desarrollo que no alcancen las condiciones del Art. 92 LFOTU, como áreas de suelo urbanizable. En suelo urbanizable se definirán sectores que se tramitarán mediante Planes Parciales, priorizando la gestión pública sobre la privada, de forma que el Ayuntamiento controle el proceso de desarrollo tanto en su secuencia en el tiempo como en su diseño y calidad de urbanización. Puesto que no han variado sensiblemente en los últimos años las necesidades y expectativas de edificación residencial, se propone mantener aproximadamente la delimitación de sectores El aprovechamiento urbanístico susceptible de apropiación es el 90% del aprovechamiento permitido por el Plan o el que fije la legislación vigente en cada momento. Los usos pormenorizados, número de viviendas autorizado o superficie de ocupación quedará establecido en las fichas de normativa urbanística particular de cada uno de los ámbitos en que se sectorice el suelo urbanizable. El índice de vivienda sometida a algún tipo de protección será al menos el previsto en la legislación foral vigente. Normativa urbanística y Ordenanzas de edificación. Manteniendo la estructura del vigente PM, el nuevo planeamiento urbanístico comprenderá una normativa urbanística general de aplicación para las diferentes categorías de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable, y normativa urbanística particular para los diferentes ámbitos de
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gestión definidos. Estas normativas urbanísticas se elaborarán partiendo de las normativas vigentes y analizando detalladamente su adecuación a las condiciones actuales y los posibles problemas que se haya generado en el periodo de aplicación, procediendo en estos casos a su corrección y nueva definición. La normativa del PGM se completará con las ordenanzas de edificación, las cuales se elaborarán con el mismo criterio descrito para la normativa urbanística, a partir de las vigentes ordenanzas que serán revisadas detalladamente para su adaptación y mejora, en aspectos como instalación de sistemas de captación de energía solar, la definición de cierres de parcelas, resaltes con instalaciones sobre espacios públicos, etc.
6.- CUANTIFICACION DEL MODELO PROPUESTO La cuantificación del modelo propuesto que se refleja a continuación tiene carácter orientativo dado que su cálculo se basa en la documentación gráfica correspondiente a los planos de EMOT, por lo que podrá experimentar variaciones considerables en la fase de diseño pormenorizado de la ordenación en el documento de Plan Urbanístico Municipal. RESIDENCIAL: - Suelo urbano consolidado: …………… - Suelo urbano no consolidado: ……….. - Suelo urbanizable: …………………….. Total suelo residencial:………….
56,32 Ha 1,21 Ha 3,10 Ha 60,63 Ha
INDUSTRIAL – ACTIVIDADES ECONÓMICAS: - Suelo urbano consolidado: …………… 29,60 Ha - Suelo urbano no consolidado: ………. 0,00 Ha - Suelo urbanizable. ……………………. 2,60 Ha - Suelo urbano/urbanizable a definir…… 10,00 Ha (Orientativo, a definir en PUM) Total suelo industrial: ……………. 42,20 Ha SUELO POR CATEGORIAS: - Total suelo urbano consolidado. ……… 85,92 Ha - Total suelo urbano no consolidado. ….. 1,21 Ha - Total suelo urbanizable. ……………….. 5,70 Ha - Suelo urbano/urbanizable a definir…… 10,00 Ha (Orientativo, a definir en PUM) Total suelo clasificado. ………… 102,83 Ha
Pamplona, Mayo de 2.013
Fdo: MIGUEL AYAPE BARIAIN arquitecto
Fdo. ANDRES MARTINEZ TEJADA arquitecto
Fdo: JUAN OROZ BARBERIA arquitecto
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PLANOS. INFORMACIÓN: i.01- ORTOFOTO TÉRMINO MUNICIPAL i.02 - DATOS CATASTRALES i.03 - TOPOGRAFÍA TÉRMINO MUNICIPAL i.04 - INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES Y YACIMIENTOS i.05 - ORDENACIÓN TERRITORIAL i.06 - ORDENACIÓN DEL SUELO. PLAN MUNICIPAL VIGENTE i.07 - ORTOFOTO Y DATOS CATASTRALES NÚCLEO i.08 – ESTADO ACTUAL DEL NÚCLEO URBANO i.09 – INFRAESTRUCTURAS DE SERVICIOS URBANOS 1 i.10 - INFRAESTRUCTURAS DE SERVICIOS URBANOS 2 ORDENACION: e.01 - ELEMENTOS ESTRUCTURANTES DEL TERRITORIO e.02a - CATEGORIZACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE. Suelos de Protección e.02b - CATEGORIZACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE. Suelos de Preservación e.03 - CONDICIONANTES DEL DESARROLLO URBANO. e.04 - MODELO DE OCUPACIÓN RESIDENCIAL - INDUSTRIAL
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