Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos

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Estado Plurinacional de Bolivia

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CONTENIDO

Introducción

1. Antecedentes________________________________________________________7

2. Diagnóstico__________________________________________________________10

3. Marco Normativo____________________________________________________ 14

4. Marco Conceptual___________________________________________________20

Planificación estratégica del Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos_____________________________27 1. Propósito 2. Objetivo General 3. Objetivos Específicos

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Introducción Una de las recomendaciones del proceso iniciado en la Conferencia de Viena de 1993, fue la proclamación de la Declaración del Decenio de la Educación en Derechos Humanos por parte de las Naciones Unidas, mediante la cual se proyectaba la realización de acciones que debían impulsar el desarrollo de una cultura de Derechos Humanos y Paz en las instituciones estatales y de la sociedad civil. La Resolución de las Naciones Unidas 49/184 (1994) anunciaba al mundo que el Sistema de las Naciones Unidas había diagnosticado la necesidad de realizar una campaña de largo aliento para promover la educación en la esfera de los Derechos Humanos, pues se esperaba iniciar el nuevo milenio con una conciencia generalizada de respeto por los mismos. Al concluir el Decenio de la Educación en Derechos Humanos, en diciembre de 2004, la Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el Programa Mundial Para la Educación en Derechos Humanos y aprobó el Plan de Acción para la Primera Etapa (2005 – 2007), a centrarse en los sistemas de enseñanza primaria y secundaria. Aprovechando las bases establecidas durante el Decenio de las Naciones Unidas para la Educación en materia de Derechos Humanos (1995 – 2004), esta nueva iniciativa refleja el reconocimiento cada vez mayor, por parte de la comunidad internacional, de que la Educación en Derechos Humanos produce resultados de gran alcance. Al promover el respeto de la dignidad humana y la igualdad, así como la participación en la adopción democrática de decisiones, la Educación en Derechos Humanos contribuye a la prevención a largo plazo de abusos y de conflictos violentos. En tal sentido, el Estado Plurinacional de Bolivia, cumpliendo con los compromisos internacionales y entendiendo la importancia de la Educación en Derechos Humanos, desarrolló grandes esfuerzos para la construcción participativa del Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos. Esta tarea liderizada

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por el Ministerio de Educación, contó con el concurso permanente del Ministerio de Justicia, la Defensoría del Pueblo y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. El Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos recupera la mirada de las instituciones estatales, Sistema Educativo Plurinacional, Fuerzas Armadas, Policía Boliviana; las Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, Comunidades Interculturales y Afrobolivianas; movimientos sociales; y organizaciones no gubernamentales, todos ellos actores protagónicos de la educación en derechos humanos, que participaron en sucesivos talleres de trabajo convocados por el Equipo Técnico Para la Construcción Participativa del Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos realizados en los nueve departamentos del Estado Plurinacional.

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1. Antecedentes El Ministerio de Educación y la Defensoría del Pueblo, el 2009, asumen el mandato de construir esta política pública. Los resultados del Diagnóstico de Estado de Situación de los Derechos Humanos que realiza Naciones Unidas al Estado Boliviano, el 2010, resalta la necesidad de contar con este instrumento normativo. De manera interinstitucional y liderada por el Ministerio de Educación, el 2010 se presenta al Consejo Nacional de Derechos Humanos el proyecto de elaboración del Plan que tiene como objetivo: Elaborar participativamente el Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos como una política de Estado que promueva el ejercicio integral de los Derechos Humanos de todas y todos los bolivianos; el proyecto logra su aprobación y apoyo por parte del Consejo Nacional de Derechos Humanos. Para la implementación de esta iniciativa se organiza la Comisión Ampliada responsable de acompañar este proceso y se constituye al Comité Técnico para la Construcción del Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos de la cual participan el Ministerio de Educación (líder), el Ministerio de Justicia, la Defensoría del Pueblo y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas Para los Derechos Humanos (OACNUDH). Asumiendo las directrices de Naciones Unidas para la elaboración de Planes Nacionales de Educación en Derechos Humanos, se realizan dos consultorías para la elaboración de la línea base del estado de situación de la Educación en Derechos Humanos en el país, este trabajo es Asumido por consultoras del OACNUDH y de la Defensoría del Pueblo. En diciembre de 2010 en reunión de la Comisión Ampliada realizada en el Salón CODENA del Ministerio de Educación se presentan los dos documentos de diagnóstico. Las instituciones y organizaciones participantes del encuentro consideran que los documentos eran parciales y deberían fortalecerse, por lo que se forman comisiones de apoyo: una de sistematización y otra de metodología de talleres con los que se pueda presentar en la fase de construcción departamental del plan. Estas comisiones trabajan entre marzo y julio de 2011. La comisión de sistematización, para la organización y el enriquecimiento del documento se subdivide 3 en mesas: educación regular, educación alternativa y formación a policías, militares y funcionarios públicos; mientras que la comisión de talleres trabaja sobre la metodología y los instrumentos de levantamiento de información.

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Los avances de las mesas fueron entregadas al Comité Técnico y sirvieron de insumos para que el equipo consultor de la segunda fase, contratados por el OACNUDH pudieran sistematizarlos en un solo documento que fue presentado el 12 de septiembre a la Comisión Ampliada. Entre septiembre y noviembre del 2011 se realizó la fase de levantamiento de información para lo que se realizaron 9 talleres en ciudades capitales de los 9 departamentos, un taller con representantes de Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesino, Comunidades Interculturales y Afrobolivianos; conversatorios con instituciones y organizaciones especializadas en temáticas de Derechos Humanos; entrevistas a personas involucradas con las temáticas de Derechos Humanos y educación; y revisión documental nacional e internacional relacionada a las temáticas de Derechos Humanos y educación. De este proceso participaron 900 personas representantes de instituciones estatales, organizaciones no gubernamentales, organizaciones de base de las NPIOC interculturales y afrobolivianos y de organizaciones de los movimientos sociales.

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La metodología de los talleres fue de exploración y complementación dividiendo el proceso en tres etapas: • Los talleres de Cobija, Santa Cruz y Tarija permitieron validar resultados del diagnóstico y establecer líneas estratégicas para la construcción del plan. • Los talleres de Sucre, Potosí y Oruro permitieron validar líneas estratégicas de construcción del plan y profundizar en su caracterización. • Los talleres de Trinidad, Cochabamba y La Paz establecieron la complementación de la caracterización de las líneas estratégicas de construcción del plan y la articulación con políticas públicas vigentes en el país. El equipo consultor sistematizó los resultados de los talleres en memorias y en un documento síntesis de todo el proceso. Los datos, resultados y conclusiones obtenidas en este documento sirvieron como insumos para la elaboración del Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos, que en su construcción fue apoyado, por el consultor internacional Vernor Muños, experto en la temática y ex Relator de Naciones Unidas para el Derecho a la Educación.

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Este Documento fue presentado al Comité Técnico para su debate y aprobación en un taller de dos días realizado entre el 12 y 13 de diciembre y fue presentado a la Comisión Ampliada y la Sociedad en general en el Taller Nacional el 16 de diciembre de 2011.

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2. Diagnóstico Las siguientes reflexiones constituyen la síntesis del proceso de diálogo que a través de entrevistas, conversatorios y talleres en los 9 departamentos fueron desarrolladas con el fin de establecer la situación de la Educación en Derechos Humanos del Estado. 2.1 Derechos Humanos La mayoría de las opiniones vertidas en este proceso indican que los Derechos Humanos tienen la finalidad de velar por el Vivir Bien de las personas y la sociedad a través de un ambiente de paz en la que se cimenta una sociedad justa y equilibrada, tolerante, de trato igualitario que respetando las identidades culturales promueve la armonía entre los seres humanos y la Madre Tierra. De la misma manera se resaltó la necesidad de investigar, entender la visión y prácticas de los pueblos indígenas porque los derechos humanos no es un discurso propio del país.

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2.2 Vulneración de los Derechos Humanos Los participantes consideran que existe una vulneración estructural y cultural de los derechos humanos. Por su condición de garante el Estado es el principal responsable de las vulneraciones de derechos, que se concretiza en la falta de formulación de normativas y políticas públicas nacionales y locales y la falta de prestación o la mala calidad de servicios y los malos tratos que tienen los servidores públicos hacia las personas. También sostuvieron que la sociedad vulnera al discriminar y excluir, las familias al no proteger y ser violentas con sus hijos e hijas, los medios de comunicación al emitir mensajes violentos y contrarios a una cultura de paz y las empresas privadas y las transnacionales que promueven el consumismo. Se reconoce como poblaciones en situación de vulnerabilidad a niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, población con diversa orientación sexual e identidad de género, indígenas, personas con discapacidad y personas con enfermedades de VIH SIDA, personas privadas de libertad, madres solteras, enfermos de tuberculosis o enfermedades graves y trabajadoras sexuales. También son considerados los soldados y marineros que sufren de abuso de autoridad y vulneración de integridad como personas por parte de instructores y superiores.

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Al tratar de establecer quiénes son los más vulnerados, en qué son más vulnerados y quiénes son los que más los vulneran, las y los participantes no cuentan con un análisis basado en indicadores, por lo que sus comentarios se basaban en apreciaciones tradicionales y de reivindicación de grupo al que representaban o conocían. Se reconoce que existe una colonización externa que hace preferir lo extranjero y homogeniza a las personas dentro de un mundo globalizado. Así también, existe una colonización interna, desde el centralismo del Estado que hace que no se valore a las regiones, viene acompañada de una estructura que impone autoridades y funcionarios oficiales dejando sin oportunidades a las personas de cada región. Es un modelo de vida basado en una visión capitalista, desarrollista con una base doctrinal y conceptual que sobrepone los intereses económicos, ya que prioriza el “tener”, el dinero y las cosas materiales, antes que los valores y las responsabilidades con la Madre Tierra. La homogenización ha provocado la aculturación, discriminación y relaciones violentas institucionalizadas entre clases, géneros y generaciones. Se ha posicionado en las prácticas educativas verticales, teóricas y memorísticas, proponiendo un currículo poco pertinente al contexto socio cultural que privilegia lo de afuera, en segundo lugar lo urbano y por último los saberes y conocimientos de las NPIOC. El colonialismo y patriarcalismo se manifiestan también en una práctica docente que no adopta las nuevas realidades y el uso de las nuevas tecnologías de información y educación. Algunas razones son: • El bajo nivel de formación básica que reciben en las Escuelas Superiores. • La falta de recursos económicos y humanos para la formación continua y permanente. • La escasa socialización de la ley 070 y del modelo educativo socio comunitario productivo. • Discriminaciones entre docentes del área rural y urbana. • Las condiciones inadecuadas de infraestructura y equipamiento para los procesos de enseñanza y de aprendizaje.

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• Sueldos bajos que generan condiciones económicas complejas. • El docente de educación especial tiene atención de personas con discapacidad .

escasa formación para la

2.3 Situación de la Educación en Derechos Humanos 2.3.1 Sistema Educativo Plurinacional Entre los participantes de los talleres se tiene la percepción generalizada que la educación en derechos humanos es muy pobre, no tiene una visión ni metas claras que persigue, generalmente se nombran los derechos pero no se los desarrolla ni profundiza, se hace una revisión de la historia de su formulación pero no un análisis de su aplicación en el país. Tampoco se la ha ligado a los derechos de la Madre Tierra y otras comunidades de vida.

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El trabajo de capacitación y difusión realizado ha sido parcial y descoordinado ya que las instituciones tienen metas muy concretas por lo que no pueden realizar trabajo en áreas, poblaciones ni temáticas que no les corresponde por lo que no ha logrado una cobertura que llegue a todos y todas, principalmente a las personas de condición más humilde o en situación de vulnerabilidad que viven en el área rural, dispersa y de frontera. A la educación en Derechos Humanos le pasa lo mismo que a la educación regular: su cobertura y calidad es más o menos adecuada en el área urbana y disminuye a medida que se va alejando de los centros urbanos. En el sistema educativo si bien la ley 1565 realizó un avance con las transversales no se la pudo aplicar, sólo fueron pautas teóricas descontextualizadas de manera general; las acciones de instituciones y organizaciones no gubernamentales han sido parciales dependiendo de la buena voluntad de autoridades locales o de las unidades educativas. El ambiente educativo se caracteriza por ser excluyente, existe maltrato y violencia dirigido hacia niños y niñas menores y hacia las personas con orientación sexual e identidad de género diversa. Si bien las normas prohíben la exclusión educativa de las adolescentes embarazadas, en la práctica ellas son discriminadas por parte de la comunidad educativa. Las personas con discapacidad tampoco cuentan con ayudas técnicas dentro del sistema formal.

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2.3.2 Medios de Comunicación Los medios de comunicación refuerzan la visión colonizadora y patriarcalizadora mediante la construcción de cánones occidentales de belleza, del “tipo de comida que debemos comer, del tipo de juguetes que debemos tener, el tipo de ocio que debemos realizar”. Posicionan la idea de que “tienes que ser especial para ser especial” y que esa es la base del poder. Buena parte de su programación es violenta y va en contra de los valores de una cultura de paz. 2.3.3 Los garantes de derechos humanos Entre las opiniones recogidas de las personas participantes del proceso de consulta, se manifestó que las instituciones del Estado que tienen como objetivo principal garantizar los derechos humanos, no reciben una formación integral y holística que les permita cumplir con esa misión. La capacitación que reciben se concretiza en la formación teórica pero no logra generar sensibilidad hacia las poblaciones y conciencia de su responsabilidad como garantes de los derechos humanos. En muchos casos los procesos que se realizan no se los hace por el convencimiento de promoción de una cultura de los derechos humanos, simplemente son el cumplimiento de exigencias y recomendaciones derivadas de órdenes e instrucciones que buscan mejorar la imagen institucional. La visión diagnóstica de las personas y comunidades consultadas comprueban la necesidad de que el Estado Plurinacional de Bolivia asuma las medidas establecidas en la Constitución Política del Estado, que le obliga a fomentar el civismo, el diálogo intercultural, los valores ético morales, la equidad de género, la no diferencia de roles, la no violencia y la vigencia plena de los derechos humanos en los procesos educativos.

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3. Marco Normativo Actualmente, nadie puede negar que el derecho a la educación posibilita la realización de muchos otros derechos, sean estos económicos, sociales, culturales, civiles, políticos, colectivos o de los pueblos, en ese sentido el derecho a la educación es el resumen de la indivisibilidad y la interdependencia de todos los derechos humanos.

3.1 Normativa internacional La Educación en Derechos Humanos recibe su fundamentación normativa en las implicaciones derivadas del Derecho a la Educación. También son pertinentes los estándares relativos a la eliminación de todas las formas de discriminación, incluyendo las normas que prohíben la discriminación con relación al género y la xenofobia.

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Principales instrumentos internacionales referidos a Educación en Derechos Humanos: »»

Declaración Universal de Derechos Humanos, Artículo 26, numerales 1 y 2.

»»

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Artículo 13.

»»

Convención sobre los Derechos del Niño, Artículo 28.

»»

Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Artículo 10.

»»

Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, Artículo 7.

»»

Declaración de Viena, Párrafos 33 y 34; y su Programa de Acción, Párrafos del 78 al 82.

»»

Declaración y Programa de Acción de la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, celebrada en Durban (Sudáfrica), en 2001 (Declaración, párrafos del 95 al 97 y Programa de Acción, párrafos del 129 al 139).

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3.2 Constitución Política del Estado El momento histórico que vive el país permitió que la normativa vigente no sólo responda a la legalidad exigida por el techo constitucional, sino que además cuente con la legitimidad de un proceso democrático, incluyente y participativo con el que se construyó la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. Los principios ético-morales de la sociedad plural: ama qhilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble). Y valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales1; son asumidos en los fines y funciones esenciales del Estado que promueven el vivir bien, a través de: • Constituir una sociedad justa y armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, para consolidar las identidades plurinacionales2. • Garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad y la protección e igual dignidad de las personas, las naciones, los pueblos y las comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el diálogo intracultural, intercultural y plurilingüe. • Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución3. • Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo. CPE art 9, 5. • El Estado garantiza a todas las personas y colectividades, sin discriminación alguna, el libre y eficaz ejercicio de los derechos establecidos en esta Constitución, las leyes y los tratados internacionales de Derechos Humanos4. 1 Constitución Política del Estado, Art. 8. 1,2 2 Constitución Política del Estado, Art. 9 3 Ídem. 4 Constitución Política del Estado, Art. 14.3

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Por ello el Estado tiene el deber de promover, proteger y respetar los Derechos Humanos que son inviolables, universales, interdependientes, indivisibles y progresivos5. Establece también que toda persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, sin discriminación6. Por ello, el Estado Plurinacional de Bolivia reconoce la importancia de la educación estableciendo que: “La educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla”7. Así mismo, se establece el deber de los bolivianos y bolivianas de conocer, respetar y promover los derechos reconocidos en la Constitución8. Los artículos descritos anteriormente se derivan de obligaciones que se respaldan en el bloque de constitucionalidad que está integrado por tratados y convenios internacionales en materia de Derechos Humanos y normas de Derecho Comunitario, ratificados por el país , bajo la siguiente jerarquía9:

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1. La Constitución Política del Estado. 2. Los Tratados Internacionales. 3. Las Leyes Nacionales, Estatutos Autonómicos, Cartas Orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal e indígena. 4. Los Decretos, Reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes.

3.3 Ley de Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70 La décima segunda disposición transitoria de la Ley No. 70 de Educación establece que: “Los Planes y Programas intersectoriales y articuladores relacionados con educación, y que constituyan prioridades del Estado Plurinacional, deberán ser implementados por el Sistema Educativo Plurinacional a través de planes de acción conjunta y coordinada para su incorporación sistemática en los distintos componentes del Sistema. Constituyen prioridades: Educación sin violencia, educación en derechos humanos, educación en seguridad ciudadana, 5 Constitución Política del Estado, Art. 13 6 Constitución Política del Estado, Artículo 17 7 Constitución Política del Estado, Artículo 77 8 Constitución Política del Estado, Art. 108, numeral 2 9 Constitución Política del Estado, Artículo 410

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educación en derechos de la Madre Tierra, educación contra el racismo, educación en valores y ética”10. Bases de la educación11 La educación se sustenta en la sociedad, a través de la participación plena de las bolivianas y los bolivianos en el Sistema Educativo Plurinacional, respetando sus diversas expresiones sociales y culturales, en sus diferentes formas de organización. La educación se fundamenta en las siguientes bases: • “Es descolonizadora, liberadora, revolucionaria, anti-imperialista, despatriarcalizadora y transformadora de las estructuras económicas y sociales; orientada a la reafirmación cultural de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las comunidades interculturales y afrobolivianos en la construcción del Estado Plurinacional y el Vivir Bien”12. • “Es comunitaria, democrática, participativa y de consensos en la toma de decisiones sobre políticas educativas, reafirmando la unidad en la diversidad”13. • “Es intracultural, intercultural y plurilingüe en todo el sistema educativo. Desde el potenciamiento de los saberes, conocimientos e idiomas de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, las comunidades interculturales y afrobolivianos, promueve la interrelación y convivencia en igualdad de oportunidades para todas y todos, a través de la valoración y respeto recíproco entre culturas”14. • “Es educación de la vida y en la vida, para Vivir Bien. Desarrolla una formación integral que promueve la realización de la identidad, afectividad, espiritualidad y subjetividad de las personas y comunidades; es vivir en armonía con la Madre Tierra y en comunidad entre los seres Humanos”15. • “Es promotora de la convivencia pacífica, contribuye a erradicar toda forma de violencia en el ámbito educativo, para el desarrollo de una sociedad sustentada en la cultura de paz, el buen trato y 10 Ley de Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, disposición transitoria, decima segunda. 11 Ley de Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 3. 12 Ley de Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 3, numeral 1 13 Ley de Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 3, numeral 2 14 Ley de Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 3, numeral 8 15 Ley de Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 3, numeral 11

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el respeto a los Derechos Humanos individuales y colectivos de las personas y de los pueblos”16. Fines de la educación “Contribuir a la consolidación de la educación descolonizada, para garantizar un Estado Plurinacional y una sociedad del Vivir Bien con justicia social, productiva y soberana”17. “Formar integral y equitativamente a mujeres y hombres, en función de sus necesidades, particularidades y expectativas, mediante el desarrollo armónico de todas sus potencialidades y capacidades, valorando y respetando sus diferencias y semejanzas, así como garantizando el ejercicio pleno de los derechos fundamentales de todas las personas y colectividades, y los derechos de la Madre Tierra en todos los ámbitos de la educación”18.

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“Promover una sociedad despatriarcalizada, cimentada en la equidad de género, la no diferencia de roles, la no violencia y la vigencia plena de los Derechos Humanos”19. Objetivos de la educación • “Desarrollar la formación integral de las personas y el fortalecimiento de la conciencia social crítica de la vida y en la vida para Vivir Bien, que vincule la teoría con la práctica productiva. La educación estará orientada a la formación individual y colectiva, sin discriminación alguna, desarrollando potencialidades y capacidades físicas, intelectuales, afectivas, culturales, artísticas, deportivas, creativas e innovadoras, con vocación de servicio a la sociedad y al Estado Plurinacional”20. • “Promover la unidad del Estado Plurinacional respetando la diversidad, consolidando su soberanía política, económica, social y cultural, con equidad e igualdad de oportunidades y equiparación de condiciones para todas las personas”21. • “Consolidar el Sistema Educativo Plurinacional con la directa participación de madres y padres de familia, de las organizaciones 16 Ley de Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 3, numeral 12 17 Ley de la Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 4, numeral 1 18 Ley de la Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 4, numeral 2 19 Ley de la Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 4, numeral 6 20 Ley de la Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 5, numeral 1 21 Ley de la Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 5, numeral 4

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sociales, sindicales y populares, instituciones, naciones y pueblos indígena originario campesinos, afrobolivianos y comunidades interculturales en la formulación de políticas educativas, planificación, organización, seguimiento y evaluación del proceso educativo, velando por su calidad”22. • “Cultivar y fortalecer el civismo, el diálogo intercultural y los valores éticos, morales y estéticos basados en la vida comunitaria y el respeto a los derechos fundamentales individuales y colectivos”23. • “Desarrollar una educación cívica, humanística, histórica, cultural, artística y deportiva orientada al ejercicio pleno de deberes y derechos ciudadanos en el marco de la Constitución Política del Estado y la declaración Universal de los Derechos Humanos”24. 3.4 El Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos Bolivia Digna para Vivir Bien 2009-2013 Promulgado como Decreto Supremo el 2008 establece en su cuarto objetivo estratégico: priorizar la implementación de una política integral de Educación en Derechos Humanos en todos los niveles educativos y de la administración pública25 y en el segundo objetivo del derecho a la educación: implementar y garantizar la Educación en Derechos Humanos como una política de Estado, para Vivir Bien26.

22 Ley de la Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 5, numeral 5 23 Ley de la Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 5, numeral 8 24 Ley de la Educación Avelino Siñani - Elizardo Pérez, No. 70, Art. 5, numeral 19 25 Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos Bolivia Digna Para Vivir Bien 2010-2013, 2010, Ministerio de Justicia, p. 12. 26Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos Bolivia Digna Para Vivir Bien 2010-2013, 2010, Ministerio de Justicia, p. 48.

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4. Marco Conceptual Desde la Declaración Universal de los Derechos Humanos se consideró que la educación aportaría al desarrollo pleno de la personalidad humana y fortalecería el respeto de los Derechos Humanos, por ello la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en 196027 la consideró como el núcleo central de promoción del respeto a los Derechos Humanos y las libertades fundamentales proponiendo a los Estados miembros que sea asumida como una obligación vinculante que fomente la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas la naciones y todos los grupos raciales y religiosos28. 4.1 La Educación en Derechos Humanos para Vivir Bien

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La educación en Derechos Humanos debe fomentar el cumplimiento de estos valores asumiendo el nuevo enfoque de desarrollo para Vivir Bien. El Plan Nacional de Desarrollo plantea que el Vivir Bien es una propuesta edificada desde la lógica plurinacional de convivencia civilizatoria; que articula las diferentes visiones y percepciones sobre la vida, la sociedad, la naturaleza, la economía y el Estado. Esta concepción es propia de las culturas originarias e indígenas de Bolivia que se basa en el encuentro intercultural, respetuoso de la diversidad e identidad, sin asimetrías de poder entre pueblos y comunidades. Requiere superar la visión individualista para lograr la vivencia en comunidad, que acoge, une, protege y brinda respaldo mutuo, manteniendo el equilibrio y la armonía entre las personas y de ellas con la Madre Tierra, logrando el acceso y disfrute a bienes materiales y la realización intelectual, espiritual y holística. El Vivir Bien se concretiza en el encuentro, en el trabajo asociado y la confluencia de intereses similares que desarrolla valores esencialmente humanos como la complementariedad, la solidaridad y la retribución en el marco de un patrón de desarrollo plural, conjunto, colectivo, atento a la diversidad, la heterogeneidad, las diferentes lenguas y concepciones del mundo como medio para dignificar la vida, mejorando y ampliando opciones, condiciones y capacidades humanas. La propuesta del Vivir Bien está orientada a transformar el Estado colonial, neoliberal y patriarcal en un Estado comunitario, donde las mujeres, los grupos generacionales y las personas con capacidades diferentes ejerzan plenamente sus Derechos Humanos en todas las dimensiones y ámbitos que hacen al desarrollo de sus existencias, desterrando toda forma de discriminación, marginación, exclusión y violencia. 27 Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza 28 Convención contra la Discriminación Racial, 1965

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El Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos, como política pública asume las estrategias del Plan Nacional de Desarrollo “Bolivia Digna, Soberana, Productiva y Democrática para Vivir Bien”: • Estrategia socio comunitaria (Bolivia Digna) concibe al Estado como un agente democratizador, incluyente y participativo, que genera y permite la cohesión social a partir de la disponibilidad irrestricta de servicios que promueven el conocimiento, la información que contribuye a producir, adaptar y reinterpretar los saber propios y autóctonos vinculados con los pueblos originarios y comunidades urbanas buscando la erradicación de la pobreza y la inequidad, a través del desarrollo de un patrón equitativo de distribución y/o redistribución del ingreso, la riqueza y las oportunidades. • Estrategia del poder social (Bolivia Democrática) promueve una comunidad política con un nuevo modelo de representación y ejercicio del poder para la toma de decisiones en libertad y con soberanía nacional, por su carácter popular obedece a la legitimidad del proceso de participación, deliberación y emancipación de las organizaciones sociales, los pueblos indígenas y los trabajadores campesinos. • •Estrategia económica productiva (Bolivia Productiva) El Estado incrementa su participación en la economía asumiendo el rol productor y distribuidor de la riqueza nacional, generando riqueza y excedente para el desarrollo ampliado de la vida humana. • Estrategia de Relacionamiento Internacional (Bolivia Soberana) establece la interacción con el resto del mundo a partir de nuestra identidad y soberanía como una propuesta de diálogo y complementación intercultural. 4.2 Definición de la Educación en Derechos Humanos La Educación en Derechos Humanos es un proceso social, político e histórico de recuperación y construcción intracultual e intercultural de valores, saberes, conocimientos, prácticas y capacidades de decisión necesarios para comprender, aplicar y reivindicar los derechos de las personas y las comunidades. Tales procesos se inspiran en el reconocimiento de la dignidad de la vida, que además se garantizan en los distintos instrumentos nacionales e internacionales de Derechos Humanos.

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La Educación en Derechos Humanos es parte del Derecho a la Educación, por lo que resulta condición necesaria para el ejercicio efectivo de todos los Derechos Humanos. El derecho a la educación no sólo se restringe a la oferta del sistema educativo formal; plantea la necesidad de afirmación y articulación de las diversas formas de construcción de saberes y conocimientos que tienen las personas tendentes a un mismo propósito de dignificar la vida y respetar, exigir y garantizar los Derechos Humanos. Cuando un proceso educativo es asumido por instituciones y organizaciones que persiguen su mandato individual y olvidan la necesidad de coordinar y articular alrededor de un propósito y estrategia común, la persona y la comunidad se enfrenta a información y análisis contradictorios que no le permiten consolidar sólida y congruente una forma de ser, saber, hacer y decidir. Desde la visión de las políticas públicas este proceso educativo de alto gasto para el Estado logra bajo impacto y poca sostenibilidad social, política y económica que no aporta a la realización de los Derechos Humanos.

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En este sentido, la propuesta de política pública para la Educación en Derechos Humanos del Estado Plurinacional de Bolivia plantea la necesidad de un proceso de articulación de las diferentes instituciones y organizaciones relacionadas con la Educación en Derechos Humanos. El diagnóstico ha podido establecer que existen instituciones y organizaciones vinculadas con tres procesos de Educación en Derechos Humanos: 4.2.1 Educación para la cultura de los Derechos Humanos Tiene como objetivo promover información para la sensibilización y concientización de las personas sobre la importancia del respeto, la protección y la realización de los Derechos Humanos. Se la realiza a lo largo de la vida y se inicia en la primera infancia dentro de la familia en la relación de protección que brindan las personas a cargo de su cuidado dentro del hogar. Se complementa en el sistema educativo plurinacional con una formación sistemática y organizada que se secuencia en su profundidad y complejidad de acuerdo a la edad y grado de formación de la persona, es longitudinal en el subsistema de educación regular, el subsistema de educación alternativa y especial y el subsistema de educación superior. Por su integralidad debe ser asumida en todas las materias como ejemplo de aplicación de los Derechos Humanos en todas las disciplinas y situaciones de la vida. Los medios de comunicación son un componente fundamental de este

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proceso educativo, ya que posicionan las temáticas cotidianas con las que se construye un imaginario social y la negociación de significados promotores o contrarios a la cultura de los Derechos Humanos. 4.2.2 Educación para la exigibilidad de los Derechos Humanos Tiene como objetivo la realización de los Derechos Humanos de grupos específicos de la sociedad que por situaciones estructurales o de otra índole se encuentra en una situación de vulneración de sus Derechos Humanos. En este proceso educativo se trabaja con el rol que desempeña una persona al ubicarse en un grupo con necesidades y demandas concretas. El diagnóstico ha establecido que la educación para la exigibilidad de los Derechos Humanos busca: • La organización de las personas en espacios formales o informales, en las que puedan compartir, encontrarse y reconocerse logrando un sentido de grupo y pertenencia. • la socialización de información sobre sus Derechos Humanos y los mecanismos de respeto y exigibilidad que pueden utilizar para superar la situación de vulneración que enfrentan. • El inter aprendizaje de procesos de movilización social e incidencia política necesarios para lograr que las autoridades garantes de Derechos Humanos puedan promulgar normas, establecer políticas públicas que se concretizan en beneficios, oportunidades o servicios que permiten avanzar o superar la situación de vulneración de Derechos Humanos que sufren. • El inter aprendizaje de mecanismos de exigibilidad y control social29 para el acceso, calidad y calidez con los que se deben ofrecer planes, programas, proyectos, beneficios, oportunidades y servicios. • Asesoramiento especializado para que su derecho humano pueda ser restituido en una situación concreta específica. Por la alta sensibilidad de este proceso se requiere que la metodología utilizada sea apropiada a la intraculturalidad y el idioma del grupo, evitando constituirse en un medio de alienación, segregación, aculturación o violencia. 29 Se entiende por control social a los procesos de fiscalización que ejerce la población sobre las políticas públicas y actividad que realiza el Estado.

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Las Organizaciones naturales de Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinas, Comunidades Interculturales y Afrobolivianos y movimientos sociales cuentan con un largo recorrido de exigibilidad de sus Derechos Humanos, que les ha permitido desarrollar saberes, conocimientos y capacidades de gestión que deben ser recuperados y promovidos como referentes a nivel general. Las organizaciones no gubernamentales junto a algunas instituciones del Estado también han desarrollado experiencias y procesos de exigibilidad y control social de los Derechos Humanos basados en la educación popular. 4.2.3 Educación para la garantía de los Derechos Humanos Este proceso de educación tiene como propósito concientizar a los servidores públicos sobre su responsabilidad que tienen como garantes de Derechos Humanos, está destinada a decisores, gestores y operadores de: Órgano Legislativo, Órgano Ejecutivo, Órgano Judicial, Órgano Electoral, Instituciones Públicas de Defensa de la Sociedad y Defensa del Estado, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana.

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Requiere del conocimiento y reconocimiento de las características, intraculturalidad, expectativas y necesidades concretas que tienes las personas y poblaciones en situación de vulneración. Así como la formación integral sobre la normativa internacional y nacional en general y en específico de la población con la que se trabaja. El manejo de políticas públicas expresadas en planes, programas y proyectos, así como normas, directrices y protocolos de atención que garantiza el acceso, la calidad y la calidez de la prestación de servicios. La educación para la garantía de los Derechos Humanos considera: • Formación para la no vulneración de los Derechos Humanos de los miembros de la institución, por lo que se requiere conocimiento de las normas y directrices institucionales, códigos de ética, los derechos laborales y relaciones humanas. • Formación para la garantía de Derechos Humanos en la prestación de beneficios, oportunidades, servicios, el contacto que establecen los funcionarios con la población requiere de conocimiento con el que se garantiza la calidad de la prestación del servicio y una actitud de calidez para la atención respetuosa y atenta.

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• Formación para la no vulneración de los Derechos Humanos de la población en situaciones excepcionales. Está dirigida principalmente a las Fuerzas Armadas, la Policía Boliviana e instituciones que actúan en medidas de excepción, conflicto o desastres naturales. Tiene el propósito de promover las normativas internacionales y nacionales, los protocolos de intervención, así como las sanciones jurídicas a las que son susceptibles los garantes por la vulneración de los Derechos Humanos 4.3 Modelo Socio Comunitario Productivo en Derechos Humanos Desarrollar un Modelo Socio Comunitario Productivo en Derechos Humanos requiere de la sistematización e investigación intracultural e intercultural de la riqueza de acciones, experiencias y procesos educativos en Derechos Humanos desarrollados por instituciones, organizaciones y activistas en los diversos ámbitos de la sociedad y dentro del Sistema Educativo Plurinacional. Partir de realidades diversas recuperando saberes y conocimientos nos permite la construcción de una planificación curricular con diversas pedagogías de la Educación en Derechos Humanos que plantea una educación única en calidad para todos y todas pero con pertinencia cultural, social y geográfica para cada uno de los procesos y actores de la educación en derechos humanos. La planificación curricular debe superar la simple formulación teórica, teniendo la capacidad de ser socializada y asumida por las instituciones, organizaciones y activistas para su aplicación en las realidades específicas de cada uno de los procesos educativos de la educación en derechos humanos promoviendo la producción de instrumentos didácticos y materiales educativos e informativos de apoyo. El seguimiento constante, la evaluación participativa y el control social que acompañe el proceso son elementos fundamentales de un sistema abierto a las complementaciones, las mejoras y la evolución del Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo en Derechos Humanos para satisfacer las necesidades de las personas y las comunidades. 4.4 Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos Con el propósito de lograr acciones conjuntas, articuladas de alto impacto y sostenibilidad el Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos articula a las instituciones y organizaciones de en tres subsistemas:

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• Instituciones Promotoras de la Cultura de los Derechos Humanos: Sistema Educativo Plurinacional (Subsistema de Educación Regular, Subsistema de Educación Alternativa y Especial, Subsistema de Educación Superior) Medios de Comunicación; y Familias. • Instituciones Garantes de Derechos Humanos: Órgano Legislativo, Órgano Ejecutivo, Órgano Judicial, Órgano Electoral, Instituciones Públicas de defensa de la sociedad y defensa del Estado, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana. • Organizaciones de Exigibilidad de Derechos Humanos: Organizaciones de Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesino, Comunidades Interculturales y Afrobolivianos y movimientos sociales; y organizaciones no gubernamentales.

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Promueve la participación activa de cada una de las instituciones y organizaciones, respeta los mandatos específicos de cada una de ellas, pero promueve la articulación y trabajo conjunto en torno al propósito de fortalecimiento y sostenibilidad de la Educación en Derechos Humanos. Establece los mecanismos necesarios para el diálogo sistémico entre las diferentes instituciones y organizaciones, la construcción del Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo y la incorporación de este modelo en cada una de las instituciones y organizaciones. 4.5 Comité de Educación en Derechos Humanos Para facilitar el proceso constituirá como ente rector al Comité de Educación en Derechos Humanos, con presencia articulada nacional, departamentales, regionales, municipales e indígena originaria campesinas, en consonancia con la normativa de descentralización y autonomías y los propósitos y directrices del Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos. Las características, organización, funciones, alcances y otros serán establecidos mediante un reglamento.

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Planificación estratégica del Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos 1. Propósito Garantizar desde los procesos educativos el respeto, la protección y la realización de los Derechos Humanos, sustentados en los principios y valores constitucionales y en la intraculturalidad, interculturalidad, descolonización y despatriarcalización para Vivir Bien en el Estado Plurinacional de Bolivia.

2. Objetivo General Desarrollar participativamente un Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos en el marco del Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo, que promueve procesos educativos sistemáticos y holísticos de las personas y las comunidades para el fortalecimiento de la cultura del respeto, la exigibilidad y la garantía de los Derechos Humanos en equilibrio y armonía con la Madre Tierra.

3. Objetivos Específicos 1. Constituir legalmente el Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos y su ente rector, el Comité Plurinacional de Educación en Derechos Humanos. ◊

Promulgación del decreto supremo y ley de constitución del Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos y de sus reglamentos operativos.



Promulgación o adaptación de las normas, directrices, protocolos y manuales de las instituciones y organizaciones del Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos.

2. Desarrollar participativamente el Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo de Educación en Derechos Humanos para el Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos; a través de programas,

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proyectos y acciones intersectoriales sustentados en los principios y valores constitucionales y en la intraculturalidad, interculturalidad, descolonización y despatriarcalización para Vivir Bien. ◊

Investigación y sistematización de experiencias y procesos educativos intraculturales e interculturales en Derechos Humanos, con énfasis en Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesino, Comunidades Interculturales y Afrobolivianos.



Desarrollo de las propuestas pedagógicas y didácticas del Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo de Educación en Derechos Humanos.



Producción de materiales didácticos y de información.



Desarrollar un sistema de evaluación, seguimiento y monitoreo de la implementación del Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo de Educación en Derechos Humanos para el Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos

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3. Articular las diferentes instancias de Comité Plurinacional de Educación en Derechos Humanos, en consonancia con la normativa de descentralización y autonomías. ◊

Informar y sensibilizar respecto de la articulación de comités departamentales, regionales, municipales e indígena originaria campesinas de Educación en Derechos Humanos.



Constituir los comités departamentales, regionales, municipales e indígena originaria campesinas de Educación en Derechos Humanos.



Desarrollar planes departamentales, regionales, municipales e indígena originaria campesinas participativos de Educación en Derechos Humanos, con base en las directrices del Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo en Derechos Humanos y en coordinación con el Comité Técnico Nacional de Educación en Derechos Humanos.

4. Adoptar el Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo de Educación en Derechos Humanos por parte de las instituciones y organizaciones del Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos.

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Sensibilizar a las instituciones y organizaciones del Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos respecto del Modelo de Educación en Derechos Humanos en su planificación y gestión.



Incorporar la Educación en Derechos Humanos en la Planificación Estratégica y la Planificación Operativa Anual de las instituciones del Estado y organizaciones que integran el Sistema Plurinacional de Educación en Derechos Humanos, estableciendo la instancia responsable de su aplicación.



El Sistema Educativo Plurinacional



Gestión curricular: • Inclusión de los Derechos Humanos en la planificación curricular de los diferentes subsistemas y niveles: central, departamental y autonómico.



Gestión institucional: • Adecuación y complementación de la normativa para el Sistema Educativo Plurinacional en base a los Derechos Humanos. • Inclusión de la Educación en Derechos Humanos en la planificación, organización, ejecución y evaluación de la educación en los ámbitos nacional, departamental, distrital y de unidad educativa. • Fortalecimiento de la participación social comunitaria para la Educación en Derechos Humanos de acuerdo a la Ley Nº 70, Art. 91, objetivos de la participación social comunitaria. ◊



Garantes de Derechos Humanos (Órgano Legislativo, Órgano Ejecutivo, Órgano Judicial, Órgano Electoral, Instituciones Públicas de Defensa de la Sociedad y Defensa del Estado, Fuerzas Armadas y Policía Boliviana). Gestión curricular: • Inclusión de los Derechos Humanos en la planificación curricular de las instituciones garantes de Derechos Humanos y en sus instancias de formación.

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Gestión institucional • Adecuación y complementación de la normativa de las instituciones garantes de Derechos Humanos. • Inclusión de la Educación en Derechos Humanos en la planificación, organización, ejecución y evaluación de los procesos educativos de las instituciones garantes de los Derechos Humanos. ◊ Organizaciones no gubernamentales de exigibilidad de los Derechos Humanos:



Gestión educativa: • Apropiación del Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo de Educación en Derechos Humanos en los procesos y acciones educativas institucionales.



Gestión organizacional: • Adecuación y complementación de la normativa de las organizaciones de promoción y exigibilidad de Derechos Humanos.

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• Inclusión de la Educación en Derechos Humanos en la planificación, organización, ejecución y evaluación de los procesos educativos de las organizaciones de promoción y exigibilidad de los Derechos Humanos. • Seguimiento y evaluación de los procesos de la Educación en Derechos Humanos para su promoción y exigibilidad. • La instancia correspondiente del Comité de Educación en Derechos Humanos certificará los procesos de Educación en Derechos Humanos. ◊ Organizaciones de Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, Comunidades Interculturales y Afrobolivianos de exigibilidad de los Derechos Humanos:

Gestión educativa: • Interrelacionar el Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo de Educación en Derechos Humanos en sus procesos y acciones educativas.

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Gestión organizacional: • Desarrollar espacios de diálogo y cooperación intraculturales e interculturales para el fortalecimiento de la Educación en Derechos Humanos.





Movimientos sociales y poblaciones con Derechos Humanos más vulnerables:



Gestión educativa: • Interrelacionar el Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo de Educación en Derechos Humanos en sus procesos y acciones educativas.



Gestión organizacional: • Desarrollar espacios de diálogo y cooperación intraculturales e interculturales para el fortalecimiento de la Educación en Derechos Humanos. ◊

Familias:



Gestión educativa: • Interrelacionar el Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo de Educación en Derechos Humanos en procesos, prácticas y acciones educativas comunitarias.



Gestión organizacional: • Desarrollar espacios de diálogo y cooperación intraculturales e interculturales para el fortalecimiento de la Educación en Derechos Humanos. • Fortalecer las redes existentes que trabajan en el tema de la Educación en Derechos Humanos para las familias. ◊

Medios de comunicación: • Formar a comunicadores, comunicadoras, responsables y propietarios/as de los Medios de Comunicación sobre el Modelo Educativo Socio Comunitario Productivo de Educación en Derechos Humanos. • Sensibilizar a los medios de comunicación en torno a sus responsabilidades sociales en materia de educación informal de los Derechos Humanos.

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• Promover la autoregulación de contenidos contrarios a la cultura, exigibilidad y garantía de los Derechos Humanos en los medios de comunicación. 5.

Promover los espacios de resignificación del concepto de los Derechos Humanos desde los principios y valores constitucionales y en la intraculturalidad, descolonización y despatriarcalización para Vivir Bien.

6.

Impulsar la formación sistemática y holística de formadores y formadoras de Educación en Derechos Humanos. • Desarrollar procesos de formación de formadores y formadoras de Educación en Derechos Humanos de conformidad con el diseño curricular base para los procesos de formación de formadores y formadoras de Educación en Derechos Humanos. • Socialización del diseño curricular base de los procesos de formación de formadores y formadoras, entre las instituciones y organizaciones del Sistema Educativo Plurinacional de Educación en Derechos Humanos.

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• Formulación de las propuestas de implementación de instancias de formación de formadores por parte de las instituciones y organizaciones del Sistema Educativo Plurinacional de Educación en Derechos Humanos. 7.

Cumplir los compromisos internacionales de Educación en Derechos Humanos adquiridos por el Estado Plurinacional de Bolivia. • Actualizar los alcances del Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos de acuerdo a la ratificación de instrumentos, planes estratégicos y recomendaciones de diferentes instancias internacionales. • Elaborar informes periódicos sobre la implementación del Plan Plurinacional de Educación en Derechos Humanos y sobre los avances de la Educación en Derechos Humanos.

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