PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: ABIERTO TRAMITACIÓN: ORDINARIA MESA

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Tramitación: ORDINARIA Procedimiento: ABIERTO Criterios de adjudicación: VARIOS Núm. Expediente 101/2016 Códigos CPV 31527260-6 34928530-2 45316000-5

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CÓDIGO DE EXPEDIENTE A2016/001181 CONTRATO SERVICIOS ABIERTO CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: NO TRAMITACIÓN ORDINARIA PLIEGO DE CLAÚSULAS AD

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN: ABIERTO TRAMITACIÓN:

ORDINARIA

MESA DE CONTRATACIÓN

URGENTE SI: NO: En este caso, todas las referencias que este Pliego hace a la Mesa, se entenderá que lo son a la Unidad Administrativa de Contratación.

DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO ORGANO DE CONTRATACIÓN: AMBIENTE.

CONSEJERA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO

DEPARTAMENTO o SERVICIO: DIRECCIÓN GENERAL PARA LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y LAS TELECOMUNICACIONES. DIRECTOR DEL CONTRATO: GREGORIO NUÑEZ LEON DE SANTOS, Jefe de Servicio de Telecomunicaciones. PERFIL DE CONTRATANTE: : www.jccm.es/contratacion/ OBJETO DEL CONTRATO: SUMINISTRO DE UNA RED DE TELECOMUNICACIONES QUE INCLUYA EL EQUIPAMIENTO DE ACCESO Y DE TRANSPORTE, ASÍ COMO EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES Y SU EXPLOTACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BANDA ANCHA A ZONAS RURALES. CODIFICACIÓN CPA: 42.22.1- Redes eléctricas y de telecomunicaciones. 42.22.2- Trabajos de construcción de redes telecomunicaciones. Número Expediente: 8/10 NECESIDADES ADMINISTRATIVAS

A

SATISFACER:

Disponer

eléctricas

de

una

y

de

red

de

telecomunicaciones, adquiriendo la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la propiedad de la misma y cediéndola al adjudicatario para su explotación para el acceso a servicios de banda ancha, en zonas rurales de difícil acceso de las telecomunicaciones

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL POR PROCEDIMIENTO ABIERTO. I.- CARACTER Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO

1. - Carácter del contrato El contrato objeto del presente Pliego es de carácter administrativo. 2. -Normativa aplicable: a.- Ley 30/2007, de 30 de octubre de 2007, de Contratos del Sector Público, en adelante LCSP. b.- El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. c.- El Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público. d- Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha. e- Decreto 33/2006, de 28 de marzo, por el que se regula el Registro Electrónico de Contratos del sector público regional de Castilla-La Mancha. f- Decreto 214/2001, de 18 de diciembre, por el que se crea el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. g- Orden de 8 de abril de 2002, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se establecen las normas de funcionamiento del Registro de Licitadores de Castilla-La Mancha. El resto de disposiciones complementarias y concordantes de las anteriores. II.- DISPOSICIONES GENERALES 3. - Objeto del contrato

El objeto del contrato es el suministro de una red de telecomunicaciones que incluya el equipamiento de acceso y de transporte, adquiriendo la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha la propiedad de la misma y cediéndola al adjudicatario para su explotación en las condiciones previamente fijadas en el contrato. El contrato contendrá las siguientes prestaciones: •

Suministro de la red de acceso y de transporte, excluyendo el equipamiento del cliente. Este suministro incluirá el diseño de la red, la adquisición e instalación de todo el

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equipamiento suministrado y su integración con la red de transporte que permita ofrecer los servicios de acceso a Internet y de Telefonía IP a los usuarios residentes en las Entidades indicadas en el Anexo. •

Explotación de la red de acceso de telecomunicaciones para el acceso a servicios de banda ancha, en zonas rurales.

En virtud del Art. 19 LCSP se puede catalogar el presente contrato como contrato administrativo especial, por cuanto satisface de forma directa o inmediata una finalidad pública de la específicamente competencia de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente.

4. - Documentos contractuales Además del contrato y de este Pliego de cláusulas administrativas particulares tiene carácter contractual el Pliego de prescripciones técnicas regulador del servicio a contratar aprobado por el órgano de contratación. El contrato se ajustará al contenido del presente Pliego de Cláusulas Administrativas, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos que forman parte del mismo, de este pliego o de las normas de cualquier índole promulgadas por la Administración que puedan ser de aplicación a la ejecución de lo pactado, no eximirá al contratista de la obligación de su cumplimiento. Queda excluida y prohibida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores. 5. - Presupuesto del contrato Precio del contrato: el precio del contrato asciende a 16.000.000 € (IVA incluido) más los cinco años de explotación de la red.

El presupuesto de licitación del contrato es: -

Presupuesto Base: Trece millones quinientos cincuenta y nueve mil trescientos veintidós euros con tres céntimos de euro (13.559.322,03 €).

-

IVA (18%): Dos millones cuatrocientos cuarenta mil seiscientos setenta y siete euros con noventa y siete céntimos de euro (2.440.677,97 €).

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-

Total: dieciséis millones de euros (16.000.000 €, IVA incluido), imputable a la siguiente partida y conforme al siguiente desglose por anualidades:

♦ Partida Presupuestaria: 2007G/521A/60701 ♦ Plurianual: Año 2010: 8.000.000 €. Año 2011: 8.000.000€. A todos los efectos, se entenderá que el presupuesto aprobado comprende todos los gastos que la empresa deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transportes y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de impuestos, tanto municipales, provinciales, como estatales. El impuesto sobre el valor añadido se consignará en la oferta económica separadamente del precio ofrecido que constituirá su base imponible, bien entendido que en ningún caso la suma del precio más el impuesto sobre el valor añadido podrá superar el presupuesto de licitación. Valor estimado del contrato: De conformidad con lo establecido en el art. 76 LCSP, el valor estimado del presente contrato asciende al precio del contrato más el de las posibles prórrogas si las hubiere. ♦ Valor estimado del presente contrato: Trece millones quinientos cincuenta y nueve mil trescientos veintidós euros con tres céntimos de euro (13.559.322,03 €). El presente contrato NO se encuentra sujeto a regulación armonizada, de conformidad con lo dispuesto en el 13 de la Ley de Contratos del Sector Público. 6. - Existencia de crédito Se hace constar que se dispone del crédito necesario para el pago del suministro objeto de este contrato. En caso de tramitación anticipada de gasto, normalmente existe crédito en los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. No obstante, se hace constar de manera expresa que la adjudicación queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el Presupuesto del ejercicio correspondiente. FINANCIACIÓN Y ANUALIDADES

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AÑO

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE

2010

8.000.000 €

2011

8.000.000 €

7. - Plazo de ejecución El suministro, instalación y puesta en marcha de la red deberá realizarse en el plazo de un año desde el día siguiente a la firma del contrato del contrato, y la explotación de la misma tendrá un plazo de duración de cinco años a contar desde la completa puesta en marcha de la red, prorrogables por otros dos años siempre que exista mutuo acuerdo por ambas partes.

ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO No se admite prórroga del suministro, aunque se admite una prórroga por dos años de la explotación de la red cedida.

8. - Revisión de precios No procede la revisión de precios, según resolución motivada que figura en el expediente. 9. - Plazo de garantía Como un año a partir de la finalización del contrato.

El plazo mínimo de garantía del contrato, a partir de su recepción, es el señalado anteriormente, que podrá ser mejorado por el licitador. 10. - Procedimiento, forma de adjudicación y tramitación La adjudicación del contrato se llevará a cabo por procedimiento abierto, de conformidad con lo que se establece en el art. 141 y ss. de la Ley de Contratos del Sector Público. 11.- Importe máximo de los gastos de publicidad Diario Oficial de Castilla-La

En cifra:

800 €

Mancha

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En letra: Ochocientos euros.

Boletín Oficial del Estado

En cifra:

1.500 €

En letra: Mil quinientos euros.

Otros.

En cifra

En letra

El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación del contrato a que se refiere el artículo 67.g) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas será el establecido en el Cuadro anterior y correrá a cargo del adjudicatario. III.- LICITACIÓN 12.- Publicación en el perfil de contratante De conformidad con lo establecido en el art. 42 LCSP, todos los datos referentes a la presente licitación se publicarán en el perfil de contratante (http://pagina.jccm.es/contratacion). Específicamente, se publicarán los pliegos, el anuncio de licitación, la adjudicación provisional y la definitiva. 13. - Licitadores y clasificación del contratista Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición para contratar y acrediten sus solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija la Ley, se encuentren debidamente clasificadas. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, le sea propia. Para el presente contrato no se exige clasificación. Cuando no sea necesaria la aportación del certificado de clasificación, los licitadores tendrán que acreditar la solvencia financiera y técnica o profesional, según se establece posteriormente. Cuando no sea exigible la clasificación, para acreditar la solvencia necesaria el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios, debiendo aportarse certificado emitido por el órgano de dirección de la empresa que preste la citada solvencia, acreditativo de tal circunstancia.

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En caso de que el referido certificado sea aceptado por el órgano de contratación, la Administración podrá exigir en vía administrativa el cumplimiento por la empresa prestataria de la solvencia de aquello a lo que se comprometió con la empresa contratista. Los certificados de clasificación o documentos similares expedidos por los Estados miembros de la Comunidad Europea, a favor de sus empresarios, constituyen una presunción de aptitud de los empresarios incluidos en ellas, en relación con la no concurrencia de las prohibiciones de contratar a que se refieren las letras a) a c) y e) del artículo 49.1; y la posesión de las condiciones de capacidad de obrar y habilitación profesional exigidas en el art. 43 y las de solvencia a que se refieren las letras b) y c) del artículo 64, las letras a), b) y e) del artículo 65, el artículo 66 y las letras a), y c) a i) del artículo 67, todos ellos de la Ley de Contratos del Sector Público. Igual valor presuntivo surtirán las certificaciones emitidas por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. No podrán concurrir a las licitaciones empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, por sí o mediante unión temporal de empresarios, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras. 14. - Garantía provisional No se exige. 15. - Presentación de proposiciones 15.1. – La presentación de proposiciones exclusivamente se podrá realizar de alguna de las dos formas siguientes: 1.- Mediante la presentación en el Registro General de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, sita en la Avda. Río Estenilla, s/n, Santa María de Benquerencia, Toledo (45071). La recepción de ofertas mediante su presentación material en el Registro General de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente no podrá realizarse más allá del día y hora indicados en el anuncio de licitación. 2.- Por correo: La fecha y hora límite de presentación de ofertas es la indicada en el anuncio de licitación y el licitador deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente la remisión de la oferta mediante telegrama o fax en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no

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será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso. Dirección a la que se debe anunciar la remisión por correo de la oferta: -

Fax: 925267846.

-

Telegrama: Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente C/ Río Estenilla s/n.- Toledo (45071)

15.2. - La presentación de proposiciones presupone la aceptación, por parte del interesado, de las cláusulas de este Pliego y el conocimiento del Pliego de prescripciones técnicas del procedimiento, que habrán podido ser examinados en las oficinas indicadas en el anuncio de licitación. 15.3. - Las oficinas receptoras, darán recibo de cada proposición, en el que conste el nombre del licitador, la denominación del contrato objeto de la licitación y el día y hora de su presentación. Una vez entregada una proposición, sólo podrá ser retirada por causas justificadas. 15.4.- Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha y hora de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. 15.5. - También se admitirán aquellas proposiciones presentadas de acuerdo con las disposiciones legales y que cumplan los requisitos en ellas establecidos. 16.- Formalidades de las proposiciones Las proposiciones constarán de tres sobres, cerrados y firmados por el licitador o por quien le represente. En cada uno se hará constar el objeto del procedimiento abierto, el título indicativo de su contenido y la denominación del licitador con su NIF/CIF, nombre y apellidos de quien firme la proposición, y el carácter con que lo hace. Si se trata de una UTE, se indicarán los mismos datos de cada uno de los empresarios. También se hará constar el teléfono y el fax de contacto. -

El título y contenido del sobre A, será: “Documentación general”.

- El título y contenido del sobre B, será: “Características del objeto del contrato no evaluables automáticamente por aplicación de fórmulas”. -

El título y contenido del sobre C será: “Criterios evaluables automáticamente por aplicación de fórmulas”.

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Los documentos deberán ser originales o copias autenticadas por notario o autoridad administrativa competente. Las declaraciones o compromisos que se presenten deberán estar firmados por quien acredite poder legal suficiente. En el interior de cada sobre se hará constar, en hoja independiente, su contenido, enunciado numéricamente. 17.- Contenido de las proposiciones 17.1. - El sobre A contendrá la documentación siguiente: 17.1.1 Para los empresarios que fueren personas jurídicas: 1. Escritura social de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. 2. Poder bastante al efecto a favor de la persona que comparezca o firme las proposiciones en nombre de otro. Si la persona representada fuera persona jurídica, y el poder otorgado tuviera carácter general deberá estar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no es precisa su inscripción en el Registro Mercantil. 3. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. 17.1.2 Para los empresarios que sean personas físicas: 1. Documento Nacional de Identidad. 2. En su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada o sus fotocopias debidamente autenticadas. 3. Del mismo modo deberá probar la inscripción en el Registro Mercantil del nombre comercial bajo el que opere, cuando no lo haga estrictamente con su nombre y apellidos. 17.1.3 Para las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: 1. La capacidad para contratar se acreditará con la presentación de la documentación que acredite, conforme a la legislación del Estado en que estén establecidas, que se encuentran habilitadas para realizar la prestación. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en el servicio, deberán presentar la documentación acreditativa de que cumplen con este requisito. 2. Declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

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3. Los documentos acreditativos de la personalidad de las empresas extranjeras se presentarán traducidos de forma oficial, al castellano por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores. 17.1.4.- Empresas no comunitarias: 1. La capacidad de las empresas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, se acreditará mediante informe de la respectiva Misión diplomática española, en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habilidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, acompañando además informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. 2. Los documentos acreditativos de la personalidad de las empresas extranjeras se presentarán traducidos de forma oficial, al castellano por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores. 3. Declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 17.1.5.- Empresas inscritas en el Registro de Licitadores: Cuando el licitador esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y/o en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, la aportación del certificado expedido por el Registro de Licitadores en vigor, copia auténtica o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello, acompañado de una declaración responsable relativa a la no alteración de los datos que constan el Registro, le eximirá de presentar la documentación que ya se encuentre en el Registro. (La declaración de no alteración de los datos que constan en el Registro de Licitadores deberá reiterarse, en caso de resultar adjudicatario provisional, en la fase de presentación de documentación previa a la adjudicación definitiva). Cuando se hubiese producido alguna modificación de los datos registrales, deberá hacerse constar en la declaración y se deberá aportar, al presente procedimiento la documentación acreditativa. 17.1.6.- Uniones Temporales de Empresas: En el caso de unión temporal de empresas, deberán presentar un compromiso de constitución de la misma. Cada uno de los empresarios que la componen, deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando en documento privado el nombre y las circunstancias de los empresarios que las suscriben, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, haya de ejercer la plena representación de todos ellos ante el órgano de contratación. Este documento deberá ser firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la UTE.

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17.1.7.- En todos los casos, se deberá presentar las siguientes declaraciones (ANEXO IV): 1. Certificación expedida por el órgano de dirección o representante autorizado por la empresa, en la que se especifique que, en los órganos de administración o gobierno de la misma, no figura persona alguna incursa en las prohibiciones de contratar señaladas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público . La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto en el ámbito estatal como con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas así como con las obligaciones con la Seguridad Social, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. 2. Certificación expedida por el órgano de dirección o representante autorizado por la empresa, en la que se especifique que, en los órganos de administración o gobierno de la misma, no figura persona alguna a las que se refiere la Ley 11/2003, de 25 de septiembre del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha (Ver Anexo IV). 3. Declaración responsable, en los términos previstos en el párrafo 1º del artículo 45 de la LCSP, de no haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, mediante sí o mediante unión temporal de empresarios (Ver Anexo IV) 4. Declaración responsable, cuando sea exigible en cumplimiento de la Ley de Integración Social de Minusválidos, de que al día de presentación de las proposiciones cuentan en su plantilla con un número de trabajadores minusválidos igual o superior al 2% de la misma. En caso de no ser exigible dicha obligación o estar exentas de ella las empresas licitadoras, la declaración se referirá a la no concurrencia de alguna de estas circunstancias. 5. Declaración responsable sobre el compromiso de respeto al reconocimiento de la interlocución sindical y restantes normas relativas a la libertad sindical. 6. Declaración responsable de no haber sido sancionadas con carácter firme por infracción grave en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de personas con discapacidad o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. 7. Declaración responsable sobre la elaboración y aplicación de un plan de igualdad en la empresa, cuando sea exigible conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres o, en su defecto, sobre no darse los supuestos en virtud de los cuales están obligadas. 17.1.8.-Justificantes de la solvencia económica y financiera La solvencia económica y financiera podrá acreditarse por uno o varios de los medios establecidos en el art. 64 LCSP, entre los que se encuentran: 1. Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

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2. Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios disponibles. 17.1.9.-Justificantes de la solvencia técnica o profesional La solvencia técnica o profesional deberá acreditarse por los siguientes medios: a. Descripción de la compañía, actividades principales y accionariado. b. Referencias. Experiencia en el despliegue y explotación de redes similares (tanto en tecnología propuesta como en entornos rurales). Una relación de tres de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que tengan características similares a las especificadas en las prescripciones técnicas de este contrato. c. Títulos habilitantes y/o autorizaciones administrativas expedidas por la Comisión del mercado de las Telecomunicaciones para actuar como operador de comunicaciones electrónicas en los términos previstos en la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones. 17.2.- El sobre B, cuyo título será “Memoria Técnica”, contendrá siguientes documentos, tanto en formato papel como en soporte magnético CD-ROM o DVD: La memoria técnica tendrá que describir con claridad todos y cada uno de los apartados y subapartados relacionados a continuación, sin perjuicio de incluir otros que el licitador considere de interés, y tendrá que estar firmada por un ingeniero de telecomunicación. El contenido de la oferta debe responder a los términos estipulado por el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige este concurso, es decir, deberá incluir, entre otros los siguientes puntos: •

Solución tecnológica o Descripción de la tecnología propuesta. Estándares. Seguridad. o Arquitectura, topología y configuración de la red. o Especificaciones técnicas y certificados/homologaciones de los diferentes equipos ofrecidos según el estándar tecnológico propuesto. o Escalabilidad de la solución técnica propuesta y grado de flexibilidad de crecimiento en cuanto a número máximo de enlaces y usuarios o En cuanto a la red de transporte, tipo de servicios que se pueden desplegar sobre ella y mecanismos de gestión. o Cobertura de la red: mapas y listados de entidades de población. o Acuerdos con otras compañías u operadoras para posibilitar el servicio que pretende ofrecer, tanto de uso de red como de acceso a servicios de comunicaciones electrónicas.



Plan de despliegue

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o Acuerdos con otras compañías para el despliegue. Plan de calidad y mantenimiento. o Compromisos de nivel de servicio. Tabla resumen de cumplimiento de los Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS). Propuestas de mejora de los ANS. Propuesta de compensaciones económicas para los usuarios finales y para los clientes mayoristas en caso de incumplimientos en los servicios minorista y mayorista respectivamente. o Plan de disponibilidad o Plan de mantenimiento. Acuerdos con otras compañías para el mantenimiento. Plan de gestión de la red. o Gestión de las infraestructuras de red o Gestión de incidencias o Gestión de problemas o Gestión de configuraciones: inventario y documentación del sistema o Gestión de versiones o Gestión de cambios o Gestión de la capacidad o Gestión de disponibilidad Plan de continuidad o Plan de continuidad del servicio o Plan de contingencia o Plan de recuperación frente a desastres Plan de comunicación y comercialización o Mecanismos de divulgación pública de los servicios o Mecanismos de divulgación directa o Recursos humanos y materiales o Calendario de promoción y captación de clientes o Servicio de atención al cliente Plan de negocio o Estrategia de mercado o Producción o Previsiones de ventas, flujo de caja (cash flow) y punto de equilibrio o Gestión y control de la empresa o Condiciones de financiación necesarias Plan de devolución de red o Metodología. o Plazo de ejecución. o Formación. o Equipamiento a ofrecer o Recursos ofrecidos Opción de recompra de red o Oferta de recompra. o Garantías ofrecidas. o Plan de adquisición e integración de la red en la red propia del licitador. Implantación en Castilla-La Mancha o Presencia empresarial actual o prevista en la Comunidad.

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• •

Planes de desarrollo de servicios Empleo directo e indirecto que se espera generar en la región.

PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS SUBJETIVOS INDICADOS EN EL PRESENTE PLIEGO, SERÁ IMPRESCINDIBLE LA CUMPLIMENTACIÓN DE LAS TABLAS QUE SE INDICAN COMO ANEXO III AL PRESENTE PLIEGO. Indicar, asimismo, que cualquier información incluida en el sobre B que permita a la Mesa de Contratación o al órgano de contratación deducir la puntuación que obtendría el licitador en cualquiera de los criterios objetivos, traerá consigo la exclusión del licitador del procedimiento de contratación. 17.3.-

El sobre C,

cuyo título será “Criterios evaluables automáticamente por

aplicación de fórmulas matemáticas” contendrá los documentos (la documentación también deberá presentarse en soporte magnético CD-ROM o DVD), que acreditan el cumplimiento de estos criterios, y son los que enunciamos a continuación: - Oferta económica. - Servicio minorista. - Servicio mayorista. - Calidad del servicio. - Coste de explotación del servicio. - Coste de mantenimiento. - Aumento de poblaciones en despliegue de red. Deberá incorporarse, asimismo, documentación relativa a los siguientes puntos: •

Solución tecnológica o Plan de servicios. Funcionalidades básicas y avanzadas de los servicios ofrecidos. Propuestas de mejora. Oferta detallada del servicio mayorista. o En especial en la oferta minorista se indicará: equipamiento del usuario con su coste de alta e instalación, propuesta de tarifas (por mes) para el acceso a Internet y servicio de voz y sistema de facturación.

• Criterios económicos o Precio de adquisición: precio unitario de los diferentes equipos, así como el precio total del equipamiento necesario. o Precio del despliegue por tramo de red. o Inversión del licitador en Castilla-La Mancha. • Plan de despliegue o Calendario y progresión territorial del despliegue de la red. o Plazos máximos comprometidos para la activación de los servicios en cada localidad.

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Dicho sobre C contendrá, como se indica, debidamente firmada, por quien tenga poder suficiente y sin errores, omisiones u obstáculos para una interpretación correcta, la oferta económica expresada claramente en letras y en números. ÚNICAMENTE SE PODRÁ REALIZAR BAJA SOBRE LA OFERTA ECONÓMICA, NUNCA SOBRE EL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO. En la oferta económica se entenderán incluidos a todos los efectos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para el adjudicatario, como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá ésta última. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer, claramente y sin lugar a dudas, la oferta económica del licitador. La proposición se ajustará al modelo que se adjunta como anexo I de este Pliego. Los licitadores no podrán suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo han hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. La infracción de las normas contenidas en los dos apartados anteriores dará lugar a la no admisión de todas las propuestas suscritas por el licitador. 17.4.- La documentación que se presente, incluidas las proposiciones técnicas y económicas, deberán ir acompañadas de un escrito firmado por el licitador o por quien le represente, en el que necesariamente se indiquen todos y cada uno de los documentos que se adjuntan. En este escrito se debe hacer constar la denominación de la empresa, con su NIF/CIF, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con el que lo hace. También se hará constar el teléfono y fax de contacto. LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA Y DE LA PROPOSICIÓN DE RESTO DE CRITERIOS OBJETIVOS EN FORMATO DISTINTO A LOS ANEXOS I Y II DEL PRESENTE PLIEGO DARÁ LUGAR A LA EXCLUSIÓN DEL LICITADOR DEL PROCESO DE LICITACIÓN. 17.5.- La presentación de proposiciones presupone la aceptación, por parte del interesado, de las cláusulas de este Pliego. También supone el conocimiento del Pliego de Prescripciones Técnicas.

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17.6.- Los documentos deberán ser originales o copias autenticadas ante notario o autoridad administrativa competente. 17.7.- Las declaraciones o compromisos que se presenten deberán estar firmados por quien acredite poder legal suficiente. 17.8.- También se admitirán aquellas proposiciones presentadas de acuerdo con las disposiciones vigentes y que cumplan los requisitos en ellas establecidos. IV.-ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 18. - Mesa de Contratación El órgano de contratación estará asistido, para la adjudicación de este contrato, por una Mesa de Contratación, cuya composición será la siguiente: PRESIDENTA: Directora General para la Sociedad de la Información y las Telecomunicaciones. VOCALES: -

Un representante de la Intervención General.

-

Un representante del Servicio Jurídico de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente habilitado por el Gabinete Jurídico para la asistencia a Mesas de Contratación.

-

Dos representantes de la Dirección General para la Sociedad de la Información y las Telecomunicaciones.

SECRETARIO: Un funcionario de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente. 19. Criterios para la adjudicación 19.1.a).- Los criterios ponderados de baremación que se aplicarán para la adjudicación del procedimiento abierto serán los siguientes, ordenados por orden decreciente: CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 1º

CRITERIOS OBJETIVOS

VALORACIÓN 64 puntos

Aumento de poblaciones en despliegue de red

15 puntos.

Servicio Minorista

14 puntos.

Oferta económica

10 puntos.

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Servicio Mayorista

7 puntos.

Coste de explotación del servicio

6 puntos.

Coste de mantenimiento

6 puntos.

Despliegue de red

4 puntos.

Calidad del servicio

2 puntos.

CRITERIOS SUBJETIVOS

36 puntos

Solución técnica propuesta

14 puntos.

Plan de Gestión

10 puntos

Plan de devolución de red

5 puntos.

Opción de recompra de la red

5 puntos

Plan de comercialización y comunicación

2 puntos

19.1.b).-Criterios de baremación.  Los CRITERIOS OBJETIVOS tendrán una puntuación máxima de 64 puntos, y se desglosan a su vez en los siguientes criterios:



Aumento de poblaciones en despliegue de red: Puntuación máxima: 15 puntos.

Se asignarán 0,45 puntos por cada grupo de 5 poblaciones adicionales comprometidas en el despliegue de red del licitador, incluidas en el Anexo B del Pliego de Prescripciones Técnicas. •

Servicio Minorista, puntuación máxima 14 puntos, que se distribuyen de la siguiente manera: 1. Requisitos de conexión: máximo de 10 puntos, subdivididos en : a. Disponibilidad de soluciones simétricas (2 puntos): Se otorgarán dos puntos al licitador que ofrezca soluciones simétricas. b. Minimización de duración del periodo de máxima carga (2 puntos). Se otorgará la mayor puntuación a aquel licitador que prevea una menor duración del periodo de máxima carga y 0 puntos al licitador que no mejore lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El resto de licitadores se valorará de manera proporcional.

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c. Tarifa plana Banda Ancha 2 Mbps más económica (2 puntos). Se valorará con la mayor puntuación a aquel licitador que ofrezca la tarifa plana de Banda Ancha 2 Mbps más económica. Para la valoración del resto de ofertas se aplicará la siguiente fórmula: 2 x tarifa más baja / tarifa ofertada d. Tarifa adicional voz más económica (2 puntos): Se valorará con la mayor puntuación a aquel licitador que ofrezca la tarifa adicional de voz más económica. Para la valoración del resto de ofertas se aplicará la siguiente fórmula: 2 x tarifa más baja / tarifa ofertada e. Posibilidad de contratación de accesos con velocidades de bajadas superiores a 2 Mbps (2 puntos).Se otorgarán dos puntos al licitador que ofrezca la posibilidad de contratar la mayor velocidad de bajada, siempre que ésta supere los 2 Mbps mínimos exigidos. Para la valoración del resto de ofertas se aplicará la siguiente fórmula: 2 x velocidad ofertada / velocidad mayor ofertada 2. Funcionalidades adicionales ofertadas: (2 puntos) Se otorgarán 0 puntos al licitador que ofrezca únicamente las funcionalidades exigidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, otorgándose la máxima puntuación al licitador que más funcionalidades

oferte.

El

resto

de

las

ofertas

serán

valoradas

proporcionalmente. 3. Funcionalidades avanzadas del servicio en telefonía IP: (2 puntos) Se otorgará la máxima puntuación al licitador que más funcionalidades avanzadas oferte. El resto de las ofertas serán valoradas proporcionalmente.



Oferta económica: Puntuación Máxima: 10 puntos.

Para valorar el criterio objetivo “Precio” se tendrá en cuenta el importe total del contrato y se valorará de la siguiente manera: -

Se calculará el porcentaje de baja de cada una de las ofertas admitidas.

-

Se calculará la baja media de las proposiciones.

-

Oferta igual o superior a la baja media de las proposiciones admitidas más cinco: 10 puntos.

-

El resto de ofertas obtendrán puntuación proporcional decreciente respecto de

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alejamiento a la baja media más cinco puntos porcentuales.



Servicio mayorista puntuación máxima 7 puntos, que se distribuyen de la siguiente manera: 1. Minimización de duración del periodo de máxima carga: (3 puntos) Se otorgará la mayor puntuación a aquel licitador que prevea una menor duración del periodo de máxima carga y 0 puntos al licitador que no mejore lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas. El resto de licitadores se valorará de manera proporcional.

2. Costes previstos más económicos: (2 puntos): Se otorgará la mayor puntuación a aquel licitador que prevea un menor coste para la prestación del servicio mayorista a otros operadores y 0 puntos al licitador más caro. El resto de licitadores se valorará de manera proporcional.

3. Funcionalidades adicionales ofrecidas: (2 puntos). Se otorgarán 0 puntos al licitador que ofrezca únicamente las funcionalidades exigidas en el apartado 4.2.4 del Pliego de Prescripciones Técnicas, otorgándose la máxima puntuación al licitador que más funcionalidades oferte. El resto de las ofertas serán valoradas proporcionalmente.

• Coste de explotación del servicio, puntuación máxima 6 puntos Descripción del criterio: Aunque, obviamente, el coste de explotación de la red debe ser sufragado en su totalidad por el adjudicatario durante el periodo de validez del contrato, se valorará con la máxima puntuación aquella solución que presente un coste anual de explotación menor, manteniendo las condiciones de servicio, estipuladas en el pliego de prescripciones técnicas del concurso. De esta manera, se otorgarán 6 puntos al licitador que presente un coste anual de explotación menor y el resto de licitadores se valorarán proporcionalmente.

• Coste de mantenimiento puntuación máxima 6 puntos Descripción del criterio: Análogamente al punto anterior, el coste de mantenimiento de la red debe ser sufragado en su totalidad por el adjudicatario durante el periodo de validez del contrato. Sin embargo, se valorará con la máxima puntuación aquella solución que presente un coste anual de mantenimiento menor, manteniendo las condiciones de servicio, estipuladas en

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el pliego de prescripciones técnicas del concurso y el resto proporcionalmente. De esta manera, se otorgarán 6 puntos al licitador que presente un coste anual de mantenimiento menor y el resto de licitadores se valorarán proporcionalmente.

• Despliegue de la red, puntuación máxima 4 puntos, que se distribuirán de la siguiente manera: 1. Reducción de los plazos de despliegue: (2 puntos) Se otorgará la mayor puntuación a aquel licitador que prevea una mayor reducción en los plazos del despliegue y 0 puntos al licitador que respete los plazos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas. El resto de licitadores se valorará de manera proporcional. 2. Mejora en el porcentaje de despliegue a los 6 meses (2 puntos) Se otorgará la mayor puntuación a aquel licitador que prevea un mayor porcentaje de despliegue en los seis primeros meses y 0 puntos al licitador que respete los plazos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas. El resto de licitadores se valorará de manera proporcional.

• Calidad del servicio, puntuación máxima de 2 puntos: se otorgarán los 2 puntos a aquellas ofertas que presenten una herramienta de gestión y monitorización accesible a la JCCM en un entorno WEB, desde la que se pueda monitorizar en tiempo real el estado de la red así como acceder a informes personalizados.

 Los CRITERIOS SUBJETIVOS tendrán una puntuación máxima de 36 puntos, y se desglosan a su vez en los siguientes criterios: 1.1. Solución tecnológica propuesta: Hasta un máximo de 14 puntos. Se valorarán los aspectos generales de la solución presentada. Concretamente, se considerarán la tecnología utilizada tanto para la red de acceso como para la de transporte ofertada, la facilidad del despliegue de la red, las capacidades brutas máximas ofrecidas por la red de acceso y la de transporte, la topología de red y redundancias aplicadas y la flexibilidad de evolución y escalabilidad de la red. 1.2. Plan de gestión: Hasta un máximo de 10 puntos. Se valorarán los siguientes aspectos, según lo estipulado en el Pliego de Prescripciones Técnicas de presente concurso: sistema de gestión y monitorización de las infraestructuras desplegadas, protocolos de gestión de incidencias, de gestión de problemas, de gestión de

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la configuración (inventario y documentación), gestión de versiones, gestión de cambios, gestión de la capacidad y gestión de la disponibilidad. Así mismo se valorará el grado de concreción del Plan de Mantenimiento detallado, que permita asegurar los Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS) estipulados en el pliego de prescripciones técnicas, así como la continuidad del servicio, tal y como se indica en el apartado 13 del pliego de prescripciones técnicas.

1.3.

Plan de comercialización y comunicación: Hasta un máximo de 2 puntos.

Se valorará el grado de detalle de los aspectos incluidos en el apartado 15 del pliego de prescripciones técnicas (plazo de ejecución máximo para poner en marcha el plan de devolución, metodología del traspaso de conocimiento de los aspectos fundamentales de operación y proyectos en curso, etc). 1.4.

Plan de devolución de red: Hasta de 5 puntos.

Se valorarán, especialmente los siguientes aspectos del plan de devolución de red ofertado: metodología de traspaso de la red (asistencia, documentación y formación), continuidad de servicio durante periodo de devolución, oferta más económica del equipamiento adicional no objeto del suministro ofertado a la Junta de Comunidades, y el grado de detalle del equipamiento ofertado dentro del Plan de devolución. 1.5.

Opción de recompra de red Hasta 5 puntos

Se valorará con la máxima puntuación aquella oferta completa en su conjunto, y el resto de ofertas se valorarán proporcionalmente. Se considerará especialmente las condiciones económicas de la opción de recompra y las garantías técnicas de evolución tecnológica y mantenimiento de la red. 20.- Valores anormales o desproporcionados Se considerarán inicialmente ofertas con valores anormales o desproporcionados, aquellas proposiciones en las que concurran las siguientes circunstancias: a) Cuando su baja supere en 20 puntos de la baja media aritmética, en todo caso. b) Cuando, cualquiera que sea el precio ofertado, no puntúe en ningún otro criterio de ponderación. Si se produce esta circunstancia se procederá a dar audiencia a los licitadores supuestamente comprendidos en estos valores anormales o desproporcionados y se recabará asesoramiento técnico. A la vista de las actuaciones, el órgano de contratación acordará motivadamente la adjudicación.

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21. – Adjudicación Provisional La Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en el sobre A en tiempo y forma. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente a los interesados, dejando constancia en el expediente mediante diligencia. Adicionalmente se efectuará una comunicación por fax y otro medio telemático que deje constancia de su recepción, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del licitador si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Una vez acabado el plazo establecido para corregir los errores, la falta de presentación o presentación inadecuada de la documentación presentada podrá ser considerada por la Mesa motivo de exclusión. Posteriormente, la mesa de contratación, en el lugar, día y hora señalados en el anuncio de licitación y en acto público -dentro de los siete días siguientes a la apertura de los sobres A-, procederá a la apertura de los sobres B, entregándose la documentación contenida en dicho sobre al órgano encargado para su valoración. Éste, con anterioridad al acto de apertura de los sobres C, deberá facilitar a la Secretaria de la Mesa de contratación el informe técnico y la valoración de los criterios de adjudicación recogidos en el sobre B. En el lugar, el día y la hora señalados en el anuncio, y en acto público, la Mesa dará cuenta de las proposiciones recibidas y aceptadas –respecto a los sobres A-, procederá a la lectura de la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor (sobres B) y procederá a la apertura y lectura de las distintas proposiciones contenidas en el sobre C, entre ellas las económicas, y levantará el acta correspondiente. A continuación, la Mesa elevará al órgano de contratación las proposiciones recibidas juntamente con el acta y la propuesta de adjudicación del contrato, según los criterios y las ponderaciones indicadas. Si observare que alguna de las proposiciones puede incurrir en baja desproporcionada o temeraria, lo hará constar. La Mesa, antes de formular su propuesta, podrá solicitar los informes técnicos que considere convenientes, relacionados con el objeto del contrato, los cuales deberán

ser

recibidos por aquélla en el plazo máximo que señale. El órgano de contratación no podrá declarar desierta la licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios del pliego. El órgano de contratación podrá, siempre antes de proceder a la adjudicación provisional, renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público debidamente

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justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación. En ambos casos, se compensará a los candidatos o licitadores por los gastos en que hubiesen incurrido de acuerdo con los principios generales que rigen la responsabilidad de la Administración. Dentro del plazo de dos meses contados desde la apertura de las proposiciones, el órgano de contratación, mediante resolución motivada, adjudicará provisionalmente el contrato al licitador propuesto por la Mesa de Contratación, excepto si creyese, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes disponibles que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados. En este caso, acordará la adjudicación provisional a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas atendiendo a los criterios de adjudicación. Cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada por la Mesa de contratación deberá motivar su decisión. La adjudicación provisional se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación. 22.- Adjudicación definitiva La adjudicación definitiva no podrá producirse antes desde que transcurran quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la adjudicación provisional en el perfil de contratante. Durante ese plazo, el adjudicatario provisional deberá: o

Presentar justificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto en el ámbito estatal como con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, o bien, autorización para que sea la propia Consejería quien recabe, de los organismos competentes, dichos certificados (Anexo III y IV).

o

Presentar documentación justificativa de estar al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas, es decir, copia del alta y último recibo de pago del Impuesto de Actividades Económicas.

o

Presentar documento justificativo de estar al corriente con las obligaciones con la Seguridad Social o bien, autorización para que sea la propia Consejería quien recabe, de la Tesorería General de la Seguridad Social dicho certificado (Anexo V).

o

Acreditación del cumplimiento de la lo establecido en la Ley de Integración Social de Personas con Discapacidad:

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Si se encuentran obligadas a su cumplimiento deberán presentar: certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores en plantilla y copia básica de los contratos celebrados con trabajadores discapacitados.



Si se encuentra exenta de la citada obligación: certificado de excepcionalidad en vigor expedido por el Servicio Público de Empleo competente y documentos acreditativos del cumplimiento de las medidas alternativas realizadas durante la vigencia del mencionado certificado.

o

Constituir la garantía definitiva y complementaria, si se exigieran.

o

En su caso, declaración de no alteración de los datos que constan en el Registro de Licitadores.

La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en el primer párrafo y siempre que el adjudicatario haya presentado la documentación señalada.

Una vez adjudicado el contrato, se devolverán a los interesados, cuyas ofertas no hubiesen sido admitidas, los resguardos o documentos del aval y demás documentación que haya acompañado a su proposición, previo recibo de los mismos. 23. - Perfeccionamiento del contrato El contrato se perfeccionará mediante la adjudicación definitiva realizada por el órgano de contratación. 24. - Garantía definitiva De conformidad con lo establecido en el art. 83.1 LCSP, el adjudicatario provisional deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía del 5 % del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. 25. - Formalización del contrato El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación definitiva. Si el contratista lo solicitara, el contrato podría elevarse a escritura pública, y los gastos de su otorgamiento serían a su cargo.

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V.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO Fecha de inicio del suministro Desde el día siguiente a la firma del contrato.

26. - Dirección del contrato La dirección, comprobación y vigilancia de los trabajos objeto de este contrato será a cargo del director facultativo designado por el órgano de contratación, que figura en la portada de este pliego, el cual podrá ser auxiliado por colaboradores que integrarán el equipo de dirección. DIRECTOR TÉCNICO DEL CONTRATO:

GREGORIO NÚÑEZ LEÓN DE SANTOS,

Jefe de Servicio de Telecomunicaciones.

Comité de seguimiento: Se establecerá la creación de un órgano para la coordinación del proyecto denominado Comité de Dirección y Seguimiento y definido como el órgano de control y seguimiento de la marcha de situación de los trabajos y que estará formado por: •

Un Director Técnico del Proyecto designado por la Dirección General .



Un Director del Contrato designado de la empresa adjudicataria.



El resto de componentes del Comité de Dirección y Seguimiento se establecerá al inicio del proyecto. El Director Técnico del Proyecto designado por la Dirección General marcará las

directrices de los trabajos objeto del presente contrato, siendo éstas de obligado cumplimiento por parte del adjudicatario. El adjudicatario nombrará un Director del Contrato que deberá contar con la aprobación de la Dirección General, que será responsable ante esta Dirección General de la buena marcha de los trabajos. Este titular no podrá ser sustituido sin conformidad previa de la DG. Tras la presentación del equipo de trabajo por parte de la empresa adjudicataria, el Comité de Dirección y Seguimiento mantendrá reuniones periódicas en las que se incidirá especialmente en el seguimiento de los hitos relacionados con las entregas de documentación y actividades incluidas en las partidas del presupuesto. Para la gestión directa del proyecto, el adjudicatario presentará Informes Mensuales de Ejecución del proyecto, en los que se recogerá, como mínimo: •

Incidencias que se hayan producido en el desarrollo de los trabajos.

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Planificación actualizada del proyecto y progreso de los trabajos con respecto a la misma.



Referencias a los documentos y resultados que se hayan obtenido durante dicho período.

Se realizarán reuniones de seguimiento periódicamente, de las que redactará acta el adjudicatario del proyecto, en las que se revisará el grado de cumplimiento de los objetivos, las reasignaciones y variaciones de recursos dedicados al proyecto, las especificaciones de cada uno de los objetivos previstos y la validación de los programas de actividades realizadas. 27. - Obligaciones del contratista El adjudicatario ejecutará el contrato con sujeción estricta a las prescripciones técnicas, a las presentes cláusulas administrativas y a lo establecido en la LCSP. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para su realización, así como de los plazos parciales aprobados y en las ubicaciones que fije el contrato, de conformidad con lo establecido en las prescripciones técnicas y en las presentes cláusulas administrativas. La demora, por causas atribuibles al contratista, tendrá las consecuencias de sanción o de resolución del contrato, previstas en los artículos 196 y 197 de la LCSP o, en su caso, se podrán imponer las penalidades específicas para este contrato que se señalan más adelante. La constitución en mora por el contratista no precisará intimación previa por parte de la Administración. La imposición de penalidades consecuentes con dicho retraso se aplicará automáticamente por el órgano de contratación. El importe de las penalidades no excluye la indemnización a que pudiese tener derecho la Administración por daños y perjuicios originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera por motivos no imputables al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 197.2 de la LCSP. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que lleve a cabo y de las prestaciones y servicios realizados así como de las consecuencias que se deriven para el órgano de contratación, o para terceros por las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Será de cuenta del contratista indemnizar, conforme a lo dispuesto en el artículo 198 de la Ley de Contratos del Sector Público, los daños y perjuicios que se originen a terceros. Será asimismo de su cuenta indemnizar los daños que se originen a la Junta de Comunidades o al

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personal dependiente de la misma con iguales causas e idénticas excepciones que las señaladas en el citado artículo 198. 28. - Gastos a cargo del contratista Son a cuenta del contratista los gastos y los impuestos derivados de los anuncios de licitación tanto en boletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión, cuantas veces determine el órgano de contratación y hasta la cuantía máxima en el Punto 11 del presente Pliego. Tanto las ofertas que formulen los licitadores como en el presupuesto de adjudicación se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los impuestos de cualquier índole que graven los bienes a suministrar y, en particular, el Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, será por cuenta del contratista los gastos producidos por prestación de operaciones preparatorias, las tasas por prestación de trabajos facultativos, liquidación y otros que sean de aplicación según las disposiciones vigentes. Además, corresponderá abonar al adjudicatario los gastos de envío, transporte, vigilancia y almacenamiento de la mercancía, así como del importe de su seguro cuando sea necesario. Además se hará cargo de las indemnizaciones a que den lugar las ocupaciones temporales de locales que sean necesarios para la realización de los trabajos, de las señalizaciones y ensayos y análisis de materiales y unidades de obra, pruebas, prospecciones, trabajo de campo, etc. necesarios. Asimismo, corresponderá y será a cargo del contratista: a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo contratado. b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de ejecución y posterior asistencia durante el plazo de garantía. c) La indemnización de los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros, como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración. 29 - Prerrogativas del órgano de contratación El órgano de contratación ejercerá las prerrogativas de dirección, interpretación, modificación y suspensión del mismo y todo ello se llevará a cabo de conformidad con la legislación vigente. El órgano de contratación se reserva la facultad de reajustar las anualidades, previa audiencia al contratista, cuando las exigencias de ejecución presupuestaria lo aconsejen.

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Dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en la LCSP, el órgano de contratación podrá asimismo resolver las dudas que se susciten en el cumplimiento del contrato, modificarlo por razones de interés público, acordar la resolución y determinar los efectos de ésta. 30.- Obligaciones específicas en la fase de explotación de la Red 1. Mantenimiento de la Red. El contratista asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento de la red en los términos expresado por el Pliego de Prescripciones Técnicas que rige el presente contrato. 2. Protección de consumidores y usuarios. Además de los requerimientos exigidos en el pliego de prescripciones técnicas, el adjudicatario tendrá que garantizar a los consumidores y usuarios finales los derechos que como tales les correspondan, de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, con el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, así como con el resto de normativa que lo desarrolle y con el resto de la normativa que resulte de aplicación.

El adjudicatario también se tendrá que adherir en la Junta Arbitral de Consumo de Castilla-La Mancha antes de que transcurran 90 días desde la adjudicación del contrato, para permitir la vía del arbitraje de consumo para la resolución rápida de eventuales conflictos que puedan surgir entre el explotador de la red objeto del contrato y los usuarios finales. 3. Seguridad. El contratista tendrá que garantizar la protección de datos personales y la intimidad de las personas, en conformidad a aquello que se establece en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, así como en su normativa de desarrollo (incluyendo las normas sobre el secreto de las comunicaciones y la protección de los datos personales incluidas en el Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de usuarios). 4. Extensión de otros servicios El adjudicatario del presente contrato tendrá la obligación de permitir el establecimiento, montaje y operación de los equipos, instalaciones o infraestructuras destinados a la prestación de otros servicios de telecomunicaciones o vinculados a la extensión de servicios de la sociedad de la información incluidos en los planes de la Junta de Comunidades de Castilla-La

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Mancha en aquellas infraestructuras que se creen o se reutilicen dentro del ámbito del presente contrato, que se consideren idóneas para prestar dichos servicios a poblaciones de esta Comunidad Autónoma. Asimismo deberá cumplir con los requerimientos técnicos que sobre este aspecto especifica el pliego de prescripciones técnicas. 31.- Cesión del contrato y subcontratación. La cesión del contrato se regirá por lo dispuesto en el art. 209 de la LCSP. El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial del contrato en los términos y con los requisitos establecidos en el art. 210 LCSP, exclusivamente en lo que se refiere a las actuaciones sobre el suministro del equipamiento y puesta en marcha de la red de telecomunicaciones, no así en lo dispuesto en cuanto a la explotación del servicio. El licitador tendrá la obligación de indicar en su oferta la parte del contrato que, en su caso, tenga la intención de subcontratar con terceros. 32. – Pagos El pago del suministro de los equipos e infraestructuras de telecomunicaciones objeto del presente contrato se efectuara en pagos de carácter trimestral, con el límite del importe de adjudicación. La facturación se realizará por los tramos de red validados y recepcionados previamente por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Las certificaciones incluirán el coste imputable a cada una de las entidades de población

en

lo

que

respecta

al

despliegue

de

equipos

e

infraestructuras

de

telecomunicaciones, distinguiendo claramente entre los costes imputables a los equipos e infraestructuras suministradas a la Junta y por lo tanto abonables al adjudicatario, de aquellos otros que no son imputables a los mismos pero que han resultado precisos para la puesta en marcha del servicio. La Junta se reserva el derecho de comprobar tales extremos. Para todo ello, es imprescindible que el adjudicatario efectúe informes parciales para cada una de las entidades de población que vayan siendo cubiertas dentro del despliegue de la red, informes parciales que serán presentadas ante el Comité de Seguimiento para su conocimiento y constancia. 33. - Modificación del contrato La modificación del contrato sólo será posible por razones de interés público y para atender causas imprevistas.

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La

posibilidad de que el contrato sea modificado y las condiciones en que podrá

producirse la modificación del mismo vendrán dadas en función de razones de interés público o causas imprevistas que motiven la referida modificación, con estricta sujeción el principio de legalidad y a los criterios de eficacia, eficiencia y economía. 1. Cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato se produzca aumento, reducción o supresión de las unidades de bienes que integran el suministro o la sustitución de unos bienes por otros, siempre y cuando los mismos estén comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el contratista, sin que tenga ningún derecho en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público. 2. Si a lo largo de la duración del contrato fueran apareciendo nuevas entidades de población (con sus correspondientes códigos INE), estas deberán ser tenidas en cuenta por el explotador del servicio para ser atendidas en el plazo máximo de 12 meses desde que las mismas sean aprobadas en el Comité de Seguimiento. 3. La modificación de los acuerdos de nivel de servicio pactados se efectuará de conformidad con aquello que prevé el pliego de prescripciones técnicas. 4. En el supuesto de que las entidades de población objeto de este concurso sean cubiertas en base a otro concurso publicado desde la Junta de Comunidades, del Estado u otra Administración, y financiadas en parte o totalmente por él, o sean comprometidas por el operador en base a otros acuerdos diferentes a este concurso, deberá de ser comunicado con suficiente antelación al Comité de Seguimiento, a fin de que dichas entidades puedan ser sustituidas por otras de las incluidas en el Anexo B del presente pliego. Las modificaciones del contrato deberán formalizarse conforme a lo dispuesto en el art. 140 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. 34.- Normas complementarias Modelo de Calidad La red propuesta deberá cumplir todos los Acuerdos del Nivel de Servicio (ANS) y los requerimientos detallados en el Pliego de prescripciones Técnicas. Los ANS constituirán la principal herramienta de control del servicio y establecen un modelo de penalización en caso de incumplimiento.

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El contratista está obligado al mantenimiento del modelo de calidad en las prestaciones del contrato de conformidad con el detalle especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas o a las mejoras indicadas en la oferta y en el contrato. SERVICIO UNIVERSAL El adjudicatario deberá tener en cuenta la legislación vigente en la declaración de compromisos que adquieran respecto a extensión de la banda ancha en la región para cada tipo de tecnología, en el periodo de duración del contrato. Estos compromisos se podrán modificar para ajustarlos a cualquier nueva legislación que se apruebe referente a esta materia y más concretamente al servicio universal.

Autorizaciones y licencias. Corresponde al contratista la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la realización del trabajo contratado así como las cesiones, permisos y autorizaciones necesarias de los titulares de patentes, modelos y marcas de fábrica que sean necesarios para la realización del trabajo corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. Propiedad de los trabajos. Los trabajos que se realicen, en cualquiera de sus fases, serán propiedad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados, ni publicar, total o parcialmente el contenido de los mismos sin autorización escrita de la Consejería. En todo caso el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven de esta obligación. Asimismo, el contratista no podrá utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, la documentación, datos, información, códigos, etc., que reciba de la Consejería para el desarrollo del trabajo, sin la previa autorización escrita de ésta. El incumplimiento de estas obligaciones será causa de resolución del contrato. El contratista tendrá la obligación de proporcionar a la Consejería, todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante la elaboración del trabajo con excepción de aquellos cuyo carácter reservado se haya hecho constar en la oferta y recogido en el documento de formalización del contrato. Si el contratista, porque así lo exija la ejecución del trabajo, utilizase las dependencias de la Consejería éste se someterá a las disposiciones que sobre régimen interior tenga establecidas.

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El contratista será responsable de la custodia y conservación de los bienes materiales que la Consejería ponga a su disposición para la ejecución del objeto del contrato. El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en el trabajo y deberá indemnizar a la Consejería todos los daños y perjuicios que para ésta puedan derivarse de la interposición de reclamaciones.

Seguridad y confidencialidad. El contratista queda expresamente obligado a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato, especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con un fin distinto al que figura en este pliego, ni tampoco ceder a otros ni siquiera a efectos de conservación. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, sobre protección de datos de carácter personal, y especialmente en lo indicado en su art. 12, que a continuación se transcribe: “Art. 12.- Acceso a datos por cuenta de terceros. La realización de tratamientos por cuenta de terceros deberá estar regulado en un contrato que deberá constar por escrito o en alguna otra forma que permita acreditar su celebración y contenido, estableciéndose expresamente que el encargado del tratamiento de la información únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, que no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figure en dicho contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. En el contrato se estipularán, asimismo, las medidas de seguridad a que se refiere el artículo 9 de esta Ley que el encargado del tratamiento está obligado a implantar. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, que cualquier otro dato soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento. En el caso de que el encargado del tratamiento destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que se hubiera incurrido personalmente.” A TAL FIN Y CONFORME al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, el oferente incluirá en su oferta Memoria descriptiva de las medidas de seguridad que adoptarán para asegurar la disponibilidad, confidencialidad e integridad de los

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datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, deberán incluir en su oferta la persona o personas que, sin perjuicio de la responsabilidad propia de las empresas, estarán autorizadas para las relaciones con el centro directivo a efectos del uso correcto del material y de la información a manejar. Se adjuntará una descripción de su perfil profesional y sólo podrán ser sustituidas con la conformidad del Director Técnico. 35.- Penalizaciones Las penalizaciones que la Administración podrá aplicar en caso de incumplimiento quedan reflejadas en los siguientes puntos: -

En materia de despliegue de red o

Punto de Interconexión. Una vez transcurrido el plazo indicado en los pliegos técnicos sin que el adjudicatario tenga operativo el punto de interconexión del servicio mayorista, se penalizará por importe del 3% de la garantía definitiva depositada por el adjudicatario.

o

Desviación en el despliegue. Por cada mes o fracción en los cuales exista una desviación respecto al plan de despliegue en una localidad, se penalizará con un 20% del coste de despliegue de red en esa localidad. Esta penalización será aplicable por cada localidad en la que se produzca dicho desvío.

o

Implementación de herramientas de gestión y monitorización. Por cada día o fracción en los que el adjudicatario no realice la implementación respecto a los plazos acordados, se penalizará con el 0.5% respecto al coste global del precio de adjudicación.

-

En materia de explotación de red los porcentajes se calcularán sobre la garantía definitiva depositada por el adjudicatario: o

Requerimientos de conexión. Por cada mes o fracción en la que un usuario no disponga de los criterios de calidad en la

conexión, tales como velocidad

mínima garantizada, latencia y “Jitter”, se aplicará una penalización del 0,01%. Esta penalización será aplicable por cada usuario en el que no se cumpla con el compromiso. o

Solicitudes de demanda. Por cada mes o fracción en la que una solicitud de demanda razonable no sea ejecutada, se aplicará una penalización del 0,02 %. Esta penalización será aplicable por cada demanda razonable que no cumpla el compromiso.

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o

Provisión de servicios. Por cada día o fracción en la que se incumplan los plazos de provisión se penalizará con un 0,001%. Esta penalización será aplicable por cada provisión no realizada en los plazos estipulados.

o

Disponibilidad de Servicio. Por cada centésima de incumplimiento en las disponibilidades fijadas a lo largo del mes, se penalizará con el 0,05%.

o

Reposición de terminales. Por cada día o fracción en la que el adjudicatario no cumpla con la reposición de los terminales de cliente en los términos acordados, se penalizará con el 0,01%. Esta penalización será aplicable por cada incumplimiento en la reposición que no cumpla el compromiso.

o Saturación red de transporte. Por cada día en el que se produzca una saturación mayor del 90% en horas punta, se aplicará una penalización del 0,05%. o Herramientas

de

gestión

y

monitorización.

Por

cada

centésima

de

incumplimiento en la disponibilidad acordada en las herramientas de gestión y monitorización, una vez instaladas, se penalizará con el 0,05%. o

Plazo de entrega informes de monitorización. Por cada día o fracción en los que el adjudicatario no entregue los informes de monitorización dentro de los plazos establecidos, se penalizará con un 0,1%.

o

Plazo de entrega informes sobre plan de capacidad. Por cada día o fracción en los que el adjudicatario no entregue los informes relativos al plan de capacidad dentro de los plazos establecidos, se penalizará con un 0,1%.

o

Plazo de entrega informes sobre plan de disponibilidad. Por cada día o fracción en los que el adjudicatario no entregue los informes relativos al plan de disponibilidad dentro de los plazos establecidos, se penalizará con un 0,01%.

o

Peticiones. Por cada hora o fracción en las que el adjudicatario no responda de forma correcta a las peticiones elaboradas desde la JCCM, se penalizará con el 0,001%.

o

Incidencias graves. Por cada centésima de incumplimiento en la resolución de incidencias graves en los plazos estipulados para tal fin, se penalizará con un 1%.

o

Incidencias leves. Por cada centésima de incumplimiento en la resolución de incidencias leves en los plazos estipulados para tal fin, se penalizará con un 0,2%.

o

Informes por Incidencias. Por cada hora o fracción en los que el adjudicatario no entregue el primer informe o el informe final por incidencia grave, se penalizará con el 0,02%.

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o

Otros informes. Por cada hora o fracción en los que el adjudicatario no entregue cualquier otro informe requerido, dentro de los plazos estipulados, se penalizará con el 0,01%.

o

Comunicación. Por cada día o fracción en los que el adjudicatario no comunique a la JCCM la disponibilidad de acceso en una localidad, se penalizará con el 0,01% por cada incumplimiento.

o

Planificación de cambios. Por cada centésima de incumplimiento en la planificación de cambios estipulada, se penalizará con el 0,01%.

La imposición de penalizaciones

requerirá la previa tramitación del expediente

correspondiente, con audiencia del contratista. Los importes de las penalizaciones por demora se harán efectivos mediante deducción de los mismos de los documentos de pago. La no aplicación de esta reducción en el importe del siguiente documento de pago por cualquier causa (tramitación, incidencia en plazos de facturación, etc.,) no eximirá al adjudicatario de su obligación de pago. La garantía definitiva responderá de la efectividad de las penalizaciones. El importe de la penalización no excluye la indemnización de daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración originados por la demora del contratista. Durante la fase de explotación de la red, el contratista estará sujeto a las penalizaciones establecidas en el apartado dedicado a los incumplimientos de los ANS de explotación de la red. En este caso, para aplicar la penalización, previa tramitación del expediente correspondiente, con audiencia del contratista, se deducirá de la garantía definitiva y el adjudicatario tendrá que reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda en el plazo máximo de 15 días naturales, y si no lo hace incurrirá en causa de resolución. Cada vez que estos tipos de penalizaciones alcancen un múltiple del 5 por 100 de la garantía definitiva, el órgano de contratación está facultado para proceder en resolver el contrato o continuar con su ejecución con la imposición de nuevas penalizaciones. La Junta no podrá aplicar las penalizaciones correspondientes cuando se acrediten las siguientes circunstancias excepcionales que a continuación se detallan y así lo ratifique la Comisión de Seguimiento: -

Existan situaciones extraordinarias que den lugar a alteraciones que desvirtúen la medida de los indicadores de acuerdo de nivel de servicio.

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-

El incumplimiento del acuerdo de nivel de servicio derive en circunstancias que no estén bajo la responsabilidad del contratista. V.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO

36. - Recepción y plazo de garantía a) Recepción El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. 1) El plazo para el suministro de la red será de un año a partir de la firma del contrato. Una vez suministrados todos los componentes de la red, recibidos de conformidad y en funcionamiento, se procederá a la recepción de la red. Si los bienes suministrados o su instalación no reúnen las condiciones necesarias para proceder a su recepción, se dictarán por escrito las instrucciones oportunas para que se enmienden los defectos observados y el contratista cumpla las obligaciones en el plazo que se fije, no procediéndose a la recepción hasta que estas instrucciones no hayan sido cumplimentadas, elevándose entonces el acto de recepción correspondiente. Cualquiera que sea el tipo de suministro, el adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por las pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiese incurrido en mora al recibirlos. 2) El contratista explotará la red desde el momento de la recepción de la misma hasta la finalización del contrato, incluido las posibles prórrogas. Si la prestación del servicio hubiera estado de acuerdo con las prescripciones previstas, el técnico representante del órgano de contratación los dará por recibidos y levantará el acta de recepción correspondiente. A partir de la fecha del acta de recepción empezará a contar el plazo de garantía. b) Garantía El plazo de garantía de los bienes suministrados finalizará en el mismo momento que el plazo de garantía de la explotación de la red. Si durante el plazo de garantía de los bienes suministrados se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tendrá derecho a reclamar del contratista la reposición de aquéllos que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente o bien en desechar los bienes.

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Una vez acabada la prestación de lo contratado y dentro del mes siguiente, conforme a lo previsto en el art. 205.2 de la LCSP, se llevará a cabo su reconocimiento con asistencia de un facultativo designado por el órgano de contratación, representante de éste, o del director del contrato y del contratista asistido de un facultativo, si lo considera oportuno. En su caso, deberá comunicarse a la Intervención General el acto para su asistencia en sus funciones de comprobación de la inversión. Si la prestación hubiera estado de acuerdo con las prescripciones previstas, el técnico representante del órgano de contratación los dará por recibidos y levantará el acta de recepción correspondiente. Transcurrido el plazo de garantía del contrato sin que la Administración haya formalizado ninguna reparación ni denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad. 37. - Resolución del contrato Las causas y de los efectos de resolución del contrato que se establecen en los artículos 206, 207, 208, 275 y 276 de la LCSP. También serán causas especiales de resolución del contrato: 1. El hecho de que el contratista, con posterioridad a la adjudicación, incurra en alguna de las causas de incompatibilidad definidas en la LCSP. 2. La manifiesta falta de calidad en el trabajo. 3. Incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación. 4. Incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del contrato: La Administración podrá resolver el contrato por esta causa, previa advertencia escrita al contratista. Se asimila expresamente a este supuesto, cualquier incumplimiento contractual que se produzca después de que la Administración hubiera cursado el tercero de los apercibimientos previstos en el cuadro de penalidades específicas. 5. Obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración: Procederá la resolución, previa advertencia por escrito a la empresa. Se asimilan expresamente a este supuesto, la negativa o falta de colaboración del contratista con las medidas que la Administración adopte para conocer en todo momento la identidad de las personas que prestan el servicio y para comprobar la correcta y completa aportación de los medio personales y materiales contratados. 6. Incumplimiento de la obligación de no utilizar para sí ni proporcionar a terceros la documentación, datos, códigos, etc., que reciba de la Consejería para el desarrollo del trabajo sin la previa autorización escrita de ésta. 7. No superación del periodo de prueba establecido en el pliego de prescripciones técnicas. 8. No alcanzar para cada uno de los hitos de despliegue el 50% de lo exigido.

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9. El incumplimiento de las obligaciones relativas a los acuerdos de nivel de servicio. 10. Desplegar una red de inferiores características técnicas a las ofertadas. En caso de resolución por no superación de la prueba piloto, la Junta no se hará cargo de ningún gasto en concepto del despliegue efectuado. 38. - Devolución de la garantía y fin de la responsabilidad del contratista Acabado el período de garantía, si existiese, sin que la Administración haya formalizado reparo alguno, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada. Aprobada la liquidación del contrato y transcurrido el plazo de garantía, si no resultaren responsabilidades se devolverá la garantía constituida. El acuerdo de devolución deberá adoptarse y notificarse al interesado en el plazo de dos meses desde la finalización del plazo de garantía. En caso de recepción parcial del servicio, el contratista sólo podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía. 39.- Opción de recompra de red La oferta de recompra de la red será vinculante para el licitador pero no para la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la cual, una vez finalizado el periodo de vigencia del contrato podrá optar bien por la opción de recompra en los términos expuestos por el licitador, bien por la gestión directa de dicha red o bien por la cesión a terceras partes, tal y como se estipula el pliego de prescripciones técnicas de este contrato. Con independencia de que cuando se ejecute esa opción de recompra de red por parte del adjudicatario (si fuera esa la decisión de la Administración), se puedan renegociar algunos términos de la misma en función de la situación económico-social existente en ese momento, la oferta de recompra que se presente en licitación será vinculante y se valorará especialmente las condiciones económicas de la misma y las garantía técnicas de evolución tecnológica y mantenimiento de la red. 40. - Orden jurisdiccional El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que puedan surgir entre las partes contratantes.

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ANEXO I MODELO DE OFERTA ECONÓMICA ……… ……………………………… (nombre y apellidos), y domicilio en……………………… c./pl. ………………………………..………, número……..……, CP………………… y NIF. ………………………., teléfono…………………, DECLARO: Que estoy informado/da de las condiciones y los requisitos que se exigen para poder ser adjudicatario/a del contrato de “SUMINISTRO DE UNA RED DE ACCESO QUE INCLUYA EL EQUIPAMIENTO DE ACCESO Y DE TRANSPORTE, ASÍ COMO EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES Y SU EXPLOTACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BANDA ANCHA A ZONAS RURALES.”, Expte. 08/10. Que me comprometo en nombre propio (o en nombre y representación de la empresa……………………………………………………………………………………………….. NIF/CIF……………………………., a ejecutarlo con sujeción estricta a los requisitos y las condiciones estipulados en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del contrato, según presupuesto detallado que se adjunta:

IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO Importe Sin IVA: …………. € IVA APLICABLE: (…%)………………€ Importe total: ……………….. €

Dicho importe incluye además todos los tributos, tasas y cánones de cualquier índole que sean de aplicación, así como cualquier otro gasto contemplado en el pliego de cláusulas administrativas particulares que rige el contrato. Lugar, fecha y firma del proponente.

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ANEXO II MODELO OFERTA CRITERIOS OBJETIVOS (EXCEPTO PRECIO) D. ……… ……………………………… (nombre y apellidos), ( en nombre propio o en representación de la empresa…………………………………………….) DECLARO: Que me comprometo a ejecutar el contrato con sujeción estricta a los requisitos y las condiciones estipulados en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas del contrato y según los datos que detalladamente se adjuntan y en relación a los criterios objetivos recogidos en la cláusula 19 del pliego:

CRITERIO

SUBCRITERIO

VALOR (a rellenar por el licitador)

AUMENTO DE POBLACIONES EN DESPLIGUE DE RED

Disponibilidad de soluciones simétricas Minimización de duración del período de máxima carga REQUISITOS DE CONEXIÓN SERVICIO MINORISTA

Tarifa plana Banda Ancha 2 Mbps Tarifa adicional voz más económica Posibilidad de contratación de acceso con velocidades de bajadas superiores a 2 Mbps

FUNCIONALIDADES ADICIONALES OFERTADAS FUNCIONALIDADES AVANZADAS DEL SERVICIO EN TELEFONÍA IP

SERVICIO MAYORISTA

Minimización de duración del período de máxima carga

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OBSERVACIONES Se indicarán el número de grupo de poblaciones adicionales a que se compromete el licitador

El licitador deberá indicar si dispone o no de soluciones simétricas Se indicará la duración máxima del período de máxima carga propuesto por el licitador Se indicará, en su caso, la tarifa plana propuesta

Se indicará la tarifa propuesta.

Se indicará si existe o no posibilidad de acceso con velocidades de bajada superiores a 2 Mbps Se indicarán las funcionalidades adicionales ofertadas Se indicarán las funcionalidades avanzadas ofertadas Se indicará la duración máxima del período de máxima carga propuesto por el licitador

Costes previstos más económicos

Se indicarán los costes previstos

Funcionalidades adicionales ofrecidas

Se indicarán las funcionalidades adicionales ofertadas

COSTE ANUAL DE EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO

Se indicará el coste anual estimado

COSTE ANUAL DE MANTENIMIENTO

Se indicará el coste anual estimado

DESPLIEGUE DE RED

Reducción de los plazos del despliegue Mejora del porcentaje de despliegue a los 6 meses

Se indicará la reducción propuesta Se indicará la mejora sobre lo establecido en el PPT Se indicará si se dispone o no de la herramienta de gestión y monitorización recogida en el PPT

CALIDAD DEL SERVICIO

Lugar, fecha y firma del proponente.

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ANEXO III TABLAS RESUMEN PARA LA VALORACIÓN DE LOS CRITERIOS SUBJETIVOS ESTABLECIDOS EN LA CLÁUSULA 19 DEL PLIEGO:

Criterio Solución Tecnológica propuesta Plan de Gestión Plan de devolución de red Opción de recompra de red Plan de comercialización y comunicación.

Páginas de referencia

Observaciones Se indicará el número de página de la oferta en la que viene detallada esta característica Se indicará el número de página de la oferta en la que viene detallada esta característica Se indicará el número de página de la oferta en la que viene detallada esta característica Se indicará el número de página de la oferta en la que viene detallada esta característica Se indicará el número de página de la oferta en la que viene detallada esta característica

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ANEXO IV DECLARACION RESPONSABLE En ,a de de D. ____________________________ , con D.N.I. __________________ en nombre propio o en representación de la empresa ________________ ___________________________________________________________ DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD 1.- Que la empresa no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar señaladas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. 2.- Que en los órganos de administración o gobierno de la misma no figura persona alguna incursa en las prohibiciones para contratar señaladas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público. 3.- Que se encuentra al corriente al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias del Estado, de las obligaciones tributarias de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de las obligaciones con la Seguridad Social. 4.- Que la empresa se encuentra dada de alta en la matrícula del impuesto de Actividades Económicas, estando al corriente del pago del mismo o bien, estar exento del citado impuesto por la razón que expongo a continuación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.- Que, en los órganos de administración o gobierno de la empresa no figura personal alguna a la que se refiere la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. 6.- Que la empresa a la que represento no ha sido adjudicataria o ni ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato, mediante sí o mediante unión temporal de empresarios. 7.- Que la empresa a la que represento, y en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Integración Social de Minusválidos, cuentan en su plantilla con un número de trabajadores minusválidos igual o superior al 2% de la misma. En caso de no ser exigible dicha obligación o estar exentas de ella las empresas licitadoras, la declaración se referirá a la no concurrencia de alguna de estas circunstancias. 8.- Que la empresa a la que represento se compromete a no realizar contratos inferiores a 20 horas semanales, salvo casos debidamente justificados que autorizará el órgano de contratación. 9.- Que la empresa a la que represento asume el compromiso de respeto al reconocimiento de la interlocución sindical y restantes normas relativas a la libertad sindical. 10.- Que la empresa a la que represento no ha sido sancionada con carácter firme por infracción grave en materia de integración laboral y de igualdad de oportunidades y no discriminación de personas con discapacidad o por infracción muy grave en materia social, incluidas las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

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11.- Que la empresa a la que represento ha elaborado y aplicado un plan de igualdad, por serle exigible conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. ( o, en su defecto, que la empresa a la que represento no ha elaborado el plan de igualdad sobre no darse los supuestos en virtud de los cuales están obligadas.)

Fdo.:

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ANEXO V AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE PUEDA RECABAR DATOS A LA AGENCIA TRIBUTARIA DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (CONTRATACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS). La persona abajo firmante autoriza a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (Servicio de Contratación) a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y demás normativa de desarrollo, en el procedimiento de contratación administrativa: “SUMINISTRO DE UNA RED DE ACCESO QUE INCLUYA EL EQUIPAMIENTO DE ACCESO Y DE TRANSPORTE, ASÍ COMO EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES Y SU EXPLOTACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BANDA ANCHA A ZONAS RURALES.”, Expte. 08/10. La presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento mencionado anteriormente y, en aplicación de lo dispuesto en el art. 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE 18/12/2003), por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las AAPP para el desarrollo de sus funciones. A-

DATOS DEL CONTRATISTA

APELLIDOS Y NOMBRE/ RAZÓN SOCIAL: NIF

B-

FIRMA (Sólo en caso de persona física)

DATOS DEL AUTORIZADOR (SOLO EN EL CASO DE QUE SEA UNA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA)

APELLIDOS Y NOMBRE NIF

ACTÚA EN CALIDAD DE

FIRMA

NOMBRE

En …………………………a ………….de …………………………….de ………… NOTA: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente.

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ANEXO VI AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE PUEDA RECABAR DATOS A LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS (CONTRATACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS)

La persona abajo firmante autoriza a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (Servicio de Asuntos Económicos) a solicitar de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del sector Público y demás normativa de desarrollo, en el procedimiento de contratación administrativa: “SUMINISTRO DE UNA RED DE ACCESO QUE INCLUYA EL EQUIPAMIENTO DE ACCESO Y DE TRANSPORTE, ASÍ COMO EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES Y SU EXPLOTACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BANDA ANCHA A ZONAS RURALES.”, Expte. 08/10. La presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento mencionado anteriormente y, en aplicación de lo dispuesto en el art. 95 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE 18/12/2003), por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las AA.PP. para el desarrollo de sus funciones. A.- DATOS DEL CONTRATISTA APELLIDOS Y NOMBRE/ RAZÓN SOCIAL: NIF

FIRMA (Sólo en caso de persona física)

B.- DATOS DEL AUTORIZADOR (SOLO EN EL CASO DE QUE SEA UNA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA) APELLIDOS Y NOMBRE NIF

ACTÚA EN CALIDAD DE

FIRMA

NOMBRE

En …………………………a ………….de …………………………….de ………… NOTA: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente.

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ANEXO VII AUTORIZACIÓN DEL INTERESADO PARA QUE LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MEDIO AMBIENTE PUEDA RECABAR DATOS A LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES (CONTRATACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS). La persona abajo firmante autoriza a la Consejería de Industria y Energía y Medio Ambiente (Servicio de Contratación) a solicitar de la Tesorería General de la Seguridad Social los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones para comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y demás normativa de desarrollo, en el procedimiento de contratación administrativa: “SUMINISTRO DE UNA RED DE ACCESO QUE INCLUYA EL EQUIPAMIENTO DE ACCESO Y DE TRANSPORTE, ASÍ COMO EL DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES Y SU EXPLOTACIÓN PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE BANDA ANCHA A ZONAS RURALES.”, Expte. 08/10. La presente autorización se otorga exclusivamente para el procedimiento mencionado anteriormente. A.- DATOS DEL CONTRATISTA APELLIDOS Y NOMBRE/ RAZÓN SOCIAL: NIF

FIRMA (Sólo en caso de persona física)

B.- DATOS DEL AUTORIZADOR (SOLO EN EL CASO DE QUE SEA UNA PERSONA JURÍDICA O UNA ENTIDAD DEL ARTÍCULO 35.4 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA) APELLIDOS Y NOMBRE NIF

ACTÚA EN CALIDAD DE

FIRMA

NOMBRE

En …………………………a ………….de …………………………….de …………

NOTA: La autorización concedida por el firmante puede ser revocada en cualquier momento mediante escrito dirigido a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente.

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ANEXO A ENTIDADES DE POBLACIÓN CON NECESIDADES DE ACCESO A INTERNET

Provincia

Municipio

Unidad Poblacional

código INE completo

Albacete

Albacete

URBANIZACION LAS ROSAS

02003000205

Albacete

Albacete

URBANIZACION SAN JUAN

02003000207

Albacete

Albacete

URBANIZACION CASAS VIEJAS

02003000502

Albacete

Albacete

URBANIZACION EL PLANTIO

02003000503

Albacete

Albacete

URBANIZACION LOS CHOPOS

02003000506

Albacete

Albacete

CAMPILLO DE LAS DOBLAS

02003000601

Albacete

Albacete

CASA CAPITAN *DISEMINADO*X

02003000799

Albacete

Albacete

URBANIZACION EL TRIGAL

02003000801

Albacete

Albacete

BASE AEREA DE LOS LLANOS

02003000901

Albacete

Albacete

URBANIZACION AGUASOL

02003000902

Albacete

Albacete

URBANIZACION LA PERGOLA

02003001101

Albacete

Albacete

URBANIZACION LA HUMOSA

02003001202

Albacete

Albacete

URBANIZACION RIACHUELOS 2

02003001303

Albacete

Albacete

URBANIZACION PINARES DEL JUCAR

02003001601

Albacete

Albacete

ABUZADERAS

02003001701

Albacete

Albacete

CASA DE LAS MONJAS

02003001801

Albacete

Albacete

CERRO LOBO

02003001901

Albacete

Alcadozo

HERRERIA (LA)

02006000401

Albacete

Alcaraz

CANALEJA

02008000201

Albacete

Alcaraz

HORCAJO (EL)

02008000301

Albacete

Ayna

GINETE (EL)

02011000301

Albacete

Ayna

NAVAZUELA (LA)

02011000601

Albacete

Ayna

HOYAS (LAS)

02011000801

Albacete

Ayna

VILLAREJO (EL)

02011001001

Albacete

Balsa de Ves

CANTOBLANCO

02013000201

Albacete

Balsa de Ves

VISO (EL)

02013000401

Albacete

Bogarra

ALTICO (EL)

02017000101

Albacete

Bogarra

CASAS DE HACHES (LAS)

02017000501

Albacete

Bogarra

MOHEDAS (LAS)

02017000701

Albacete

Bogarra

POTICHE

02017000801

Albacete

Carcelén

CASAS DE JUAN GIL

02020000201

Albacete

Casas de Lázaro

BERRO

02022000101

Albacete

Casas de Lázaro

CASAS DE LAZARO

02022000201

Albacete

Casas de Lázaro

NAVALENGUA

02022000401

Albacete

Casas de Lázaro

BATAN (EL)

02022000501

Albacete

Chinchilla de Monte-Aragón

HORNA

02029000501

Albacete

Chinchilla de Monte-Aragón

PINILLA

02029000601

Albacete

Chinchilla de Monte-Aragón

POZO BUENO

02029000701

Página 48 de 59

Albacete

Fuentealbilla

CAMPOALBILLO

02034000201

Albacete

Hellín

AGRA

02037000101

Albacete

Hellín

TORRE UCHEA

02037001101

Albacete

Herrera (La)

CUARTICO (EL) *DISEMINADO*X

02038000899

Albacete

Jorquera

ALCOZAREJOS

02041000101

Albacete

Letur

CASAS (LAS)

02042000201

Albacete

Letur

CASAS BLAS CANO

02042000202

Albacete

Letur

CASAS DE PEDRO TOMAS

02042000203

Albacete

Letur

CASICAS (LAS)

02042000205

Albacete

Letur

COLLADO (EL)

02042000206

Albacete

Letur

ERA DEL ROSAL

02042000301

Albacete

Letur

FUENTE LA SABINA

02042000402

Albacete

Lezuza

VANDELARAS DE ARRIBA

02043000501

Albacete

Liétor

MULLIDAR

02044000601

Albacete

Molinicos

ALFERA (LA)

02049000201

Albacete

Molinicos

ANIMAS (LAS)

02049000301

Albacete

Nerpio

MOLATA (LA)

02055000201

Albacete

Nerpio

CAÑADAS

02055000301

Albacete

Nerpio

FUENTE DE LA CARRASCA

02055000302

Albacete

Nerpio

CORTIJO DEL HERRERO

02055000502

Albacete

Nerpio

HUEBRAS *DISEMINADO*X

02055000899

Albacete

Nerpio

CORTIJO NUEVO

02055001001

Albacete

Ossa de Montiel

LAGUNAS DE RUIDERA

02057000101

Albacete

Paterna del Madera

BATAN DEL PUERTO

02058000101

Albacete

Paterna del Madera

CASA ROSA

02058000301

Albacete

Paterna del Madera

RIO MADERA DE ABAJO

02058000701

Albacete

Paterna del Madera

RIO MADERA DEL MOLINO

02058000703

Albacete

Peñascosa

BURRUECO

02059000201

Albacete

Peñascosa

ZORIO

02059000701

Albacete

Peñas de San Pedro

CASA CAÑETE

02060000201

Albacete

Peñas de San Pedro

FONTANAR DE LAS VIÑAS

02060000501

Albacete

Pétrola

ANORIAS (LAS)

02061000101

Albacete

Pozuelo

MADROÑO (EL)

02065000501

Albacete

Riópar

DEHESA (LA)

02067000302

Albacete

Riópar

NOGUERON (EL)*DISEMINADO*X

02067000899

Albacete

Riópar

CARRIZAL (EL)

02067000901

Albacete

Robledo

CUBILLO (EL)

02068000101

Albacete

San Pedro

CASAS DE ABAJO

02071000201

Albacete

Villaverde de Guadalimar

COLLADO

02084000101

Albacete

Villaverde de Guadalimar

PARRIZON

02084000202

Albacete

Yeste

LADONAR

02086000103

Albacete

Yeste

PAROLIS

02086000104

Albacete

Yeste

PLAÑEL

02086000105

Albacete

Yeste

ARGUELLITE

02086000201

Página 49 de 59

Albacete

Yeste

PRADOS (LOS)

02086000202

Albacete

Yeste

BOCHE

02086000301

Albacete

Yeste

CASAS DE ABAJO

02086000401

Albacete

Yeste

CHORREONES

02086000402

Albacete

Yeste

COLLADO (EL)

02086000403

Albacete

Yeste

CASAS DE LA CUESTA

02086000501

Albacete

Yeste

CASAS DEL RIO

02086000502

Albacete

Yeste

ERMITA (LA)

02086000504

Albacete

Yeste

MACALON

02086000506

Albacete

Yeste

MARCHANA

02086000507

Albacete

Yeste

ARROYO MOROTE DE ABAJO

02086000601

Albacete

Yeste

MARTINEZ (LOS)

02086000605

Albacete

Yeste

PAJARELES

02086000606

Albacete

Yeste

MUÑOCES

02086000703

Albacete

Yeste

TEJERUELA

02086000704

Albacete

Yeste

CORTIJO DE LA JULIANA

02086000901

Albacete

Yeste

LLANO DE LA TORRE

02086000902

Albacete

Yeste

PARRILLA (LA)

02086001002

Albacete

Yeste

CLARAS

02086001202

Albacete

Yeste

FUENTE HIGUERA

02086001203

Albacete

Yeste

JUAN QUILEZ

02086001204

Albacete

Yeste

CARRASCAL (EL)

02086001301

Albacete

Yeste

COLLADO TORNERO

02086001303

Albacete

Yeste

GILES (LOS)

02086001304

Albacete

Yeste

LAGUNICAS

02086001305

Albacete

Yeste

MANUELES (LOS)

02086001306

Albacete

Yeste

MOHEDA (LA)

02086001307

Albacete

Yeste

TOBICA (LA)

02086001309

Albacete

Yeste

TUS

02086001310

Albacete

Yeste

VADO DE TUS

02086001311

Albacete

Yeste

VILLAR DE TUS

02086001312

Ciudad Real

Almadenejos

GARGANTIEL

13012000201

Ciudad Real

Almodóvar del Campo

VALDEAZOGUES

13015000901

Ciudad Real

Almuradiel

VENTA DE CARDENAS

13016000201

Ciudad Real

Anchuras

ENJAMBRE

13017000301

Ciudad Real

Anchuras

GAMONOSO

13017000401

Ciudad Real

Anchuras

HUERTAS DEL SAUCERAL (LAS)

13017000501

Ciudad Real

Manzanares

HERRERA DE LA MANCHA

13053000101

Ciudad Real

Mestanza

SOLANILLA DEL TAMARAL

13055000301

Ciudad Real

Miguelturra

PERALVILLO

13056000201

Ciudad Real

Porzuna

CASAS DEL RIO (LAS)

13065000701

Ciudad Real

Valdepeñas

PERAL (EL)

13087000101

Ciudad Real

Viso del Marqués

VILLALBA DE CALATRAVA

13098000701

Ciudad Real

Robledo (El)

NAVALAJARRA

13901000401

Página 50 de 59

Ciudad Real

Robledo (El)

NAVALRINCON

13901000501

Cuenca

Alcalá de la Vega

CUBILLO (EL)

16008000201

Cuenca

Chillarón de Cuenca

SEÑORIO DEL PINAR

16023000202

Cuenca

Atalaya del Cañavate

ATALAYA DEL CAÑAVATE

16026000101

Cuenca

Barajas de Melo

VALDERIOS

16027000201

Cuenca

Bascuñana de San Pedro

BASCUÑANA DE SAN PEDRO

16030000101

Cuenca

Buendía

PANTANO DE BUENDIA

16041000201

Cuenca

Campillos-Sierra

CAMPILLOS-SIERRA

16044000101

Cuenca

Cañavate (El)

CAÑAVATE (EL)

16049000101

Cuenca

Casas de los Pinos

ESTESOS (LOS)

16065000301

Cuenca

Castillo-Albaráñez

CASTILLO-ALBARAÑEZ

16071000101

Cuenca

Fresneda de Altarejos

FRESNEDA DE ALTAREJOS

16083000101

Cuenca

Huete

BONILLA

16112000101

Cuenca

Iniesta

ALCAHOZO

16113000101

Cuenca

Laguna del Marquesado

LAGUNA DEL MARQUESADO

16115000101

Cuenca

Olmedilla de Eliz

OLMEDILLA DE ELIZ

16143000101

Cuenca

Pajaroncillo

PAJARONCILLO

16147000101

Cuenca

Palomera

MOLINOS DE PAPEL

16149000101

Cuenca

Salmeroncillos

SALMERONCILLOS DE ARRIBA

16188000201

Cuenca

Salvacañete

CASAS NUEVAS

16189000101

Cuenca

Valsalobre

VALSALOBRE

16234000101

Cuenca

Vega del Codorno

PERCHEL (EL)

16239000701

Cuenca

Villar de Domingo García

NOHEDA

16254000101

Cuenca

Villar de Olalla

VILLAREJO SECO

16263000401

Cuenca

Villarejo de la Peñuela

VILLAREJO DE LA PEÑUELA

16265000101

Cuenca

Villas de la Ventosa

FUENTESBUENAS

16272000301

Cuenca

Vindel

VINDEL

16275000101

Cuenca

Campos del Paraíso

VALPARAISO DE ARRIBA

16901000501

Cuenca

Fuentenava de Jábaga

FUENTESCLARAS DEL CHILLARON

16904000101

Cuenca

Fuentenava de Jábaga

VILLAR DEL SAZ DE NAVALON

16904000601

Cuenca

Arcas del Villar

VILLAR DEL SAZ DE ARCAS

16905000201

Cuenca

Villar y Velasco

VILLAR DEL MAESTRE

16910000201

Guadalajara

Alcolea de las Peñas

ALCOLEA DE LAS PEÑAS

19010000101

Guadalajara

Algar de Mesa

ALGAR DE MESA

19016000101

Guadalajara

Almoguera

VALDEHORMEÑA

19021000201

Guadalajara

Almonacid de Zorita

SALTO DE BOLARQUE

19022000301

Guadalajara

Alocén

ALOCEN

19023000101

Guadalajara

Angón

ANGON

19031000101

Guadalajara

Anquela del Pedregal

ANQUELA DEL PEDREGAL

19034000101

Guadalajara

Cardoso de la Sierra (El)

CORRALEJO

19067000501

Guadalajara

Corduente

TEROLEJA

19099000701

Guadalajara

Baños de Tajo

BAÑOS DE TAJO

19048000101

Guadalajara

Barriopedro

BARRIOPEDRO

19050000101

Guadalajara

Brihuega

CASTILMIMBRE

19053000401

Página 51 de 59

Guadalajara

Brihuega

OLMEDA DEL EXTREMO

19053000901

Guadalajara

Brihuega

YELA

19053001601

Guadalajara

Campillo de Ranas

CAMPILLEJO

19060000101

Guadalajara

Campillo de Ranas

ESPINAR (EL)

19060000301

Guadalajara

Campillo de Ranas

ROBLELUENGO

19060000501

Guadalajara

Campisábalos

CAMPISABALOS

19061000101

Guadalajara

Cardoso de la Sierra (El)

CARDOSO DE LA SIERRA (EL)

19067000301

Guadalajara

Casar (El)

LAGO DEL JARAL X*DISEMINADO*

19071000699

Guadalajara

Casar (El)

VALDELOSLLANOS

19071000801

Guadalajara

Castellar de la Muela

CASTELLAR DE LA MUELA

19076000101

Guadalajara

Cifuentes

CARRASCOSA DE TAJO

19086000101

Guadalajara

Cifuentes

OTER

19086000801

Guadalajara

Cincovillas

CINCOVILLAS

19087000101

Guadalajara

Cogolludo

BELEÑA DE SORBE

19092000201

Guadalajara

Cogolludo

TORREBELEÑA

19092000401

Guadalajara

Condemios de Abajo

CONDEMIOS DE ABAJO

19095000101

Guadalajara

Corduente

CANALES DE MOLINA

19099000201

Guadalajara

Corduente

CUEVAS LABRADAS

19099000501

Guadalajara

Corduente

LEBRANCON

19099000601

Guadalajara

Chiloeches

MONTE DE LOS SANTOS

19105000601

Guadalajara

Escopete

MONTEUMBRIA

19112000201

Guadalajara

Estriégana

ESTRIEGANA

19116000101

Guadalajara

Fuembellida

FUEMBELLIDA

19118000101

Guadalajara

Galápagos

MERINAS (LAS)

19126000301

Guadalajara

Herrería

HERRERIA

19134000101

Guadalajara

Hita

PADILLA DE HITA

19138000201

Guadalajara

Hita

ARCIPRESTE

19138000301

Guadalajara

Hontoba

MANANTIALES (LOS) *DISEMINADO*

19142000299

Guadalajara

Hontoba

MIRADOR (EL) *DISEMINADO*X

19142000399

Guadalajara

Huerce (La)

HUERCE (LA)

19146000101

Guadalajara

Huerce (La)

VALDEPINILLOS

19146000301

Guadalajara

Illana

CUARTILLEJO (EL)

19152000101

Guadalajara

Illana

RIO LLANO

19152000102

Guadalajara

Illana

SOTO (EL)

19152000104

Guadalajara

Jadraque

CASTILBLANCO DE HENARES

19156000101

Guadalajara

Ledanca

VALFERMOSO DE LAS MONJAS

19159000301

Guadalajara

Loranca de Tajuña

MONTEJARAL

19160000301

Guadalajara

Mandayona

ARAGOSA

19168000101

Guadalajara

Maranchón

CLARES

19170000201

Guadalajara

Maranchón

CODES

19170000301

Guadalajara

Matarrubia

MONTEHUECO

19173000201

Guadalajara

Mierla (La)

MIERLA (LA)

19182000101

Guadalajara

Miñosa (La)

MIÑOSA (LA)

19185000201

Guadalajara

Molina de Aragón

TORDELPALO

19190000601

Página 52 de 59

Guadalajara

Monasterio

MONASTERIO

19191000101

Guadalajara

Negredo

NEGREDO

19198000101

Guadalajara

Olmeda de Jadraque (La)

OLMEDA DE JADRAQUE (LA)

19202000101

Guadalajara

Ordial (El)

NAVA DE JADRAQUE (LA)

19203000101

Guadalajara

Paredes de Sigüenza

PAREDES DE SIGÜENZA

19210000101

Guadalajara

Paredes de Sigüenza

RIENDA

19210000201

Guadalajara

Pareja

ANCLAS (LAS)

19211000101

Guadalajara

Pareja

CERECEDA

19211000301

Guadalajara

Pareja

PEÑALAGOS

19211000501

Guadalajara

Pareja

PARAISO

19211000701

Guadalajara

Peñalver

PEÑALVER

19215000101

Guadalajara

Peralveche

PERALVECHE

19217000101

Guadalajara

Pinilla de Molina

PINILLA DE MOLINA

19219000101

Guadalajara

Pioz

SUERTES (LAS) *DISEMINADO*X

19220000599

Guadalajara

Pioz

BOSQUE DEL HENARES (EL) *DISEMINADO*X

19220000799

Guadalajara

Pioz

CHAPARRAL (EL)

19220000801

Guadalajara

Pioz

TRASCASTILLO

19220000901

Guadalajara

Pioz

VALCASTILLO

19220001001

Guadalajara

Prados Redondos

CHERA

19227000201

Guadalajara

Riba de Saelices

RIBARREDONDA

19235000301

Guadalajara

Riofrío del Llano

RIOFRIO DEL LLANO

19238000201

Guadalajara

Sacecorbo

CANALES DEL DUCADO

19244000101

Guadalajara

Sacedón

BRISAS (LAS)

19245000101

Guadalajara

Santiuste

SANTIUSTE

19250000101

Guadalajara

Sigüenza

ALBORECA

19257000101

Guadalajara

Sigüenza

ALCUNEZA

19257000201

Guadalajara

Sigüenza

BARBOLLA (LA)

19257000501

Guadalajara

Sigüenza

CERCADILLO

19257001001

Guadalajara

Sigüenza

CUBILLAS DEL PINAR

19257001101

Guadalajara

Sigüenza

HORNA

19257001301

Guadalajara

Sigüenza

IMON

19257001401

Guadalajara

Sigüenza

RIBA DE SANTIUSTE

19257002301

Guadalajara

Somolinos

SOMOLINOS

19259000101

Guadalajara

Terzaga

TERZAGA

19267000101

Guadalajara

Tordelrábano

TORDELRABANO

19270000101

Guadalajara

Torrecuadrada de Molina

TORRECUADRADA DE MOLINA

19277000201

Guadalajara

Torrecuadradilla

TORRECUADRADILLA

19278000101

Guadalajara

Torremocha de Jadraque

TORREMOCHA DE JADRAQUE

19281000101

Guadalajara

Torremocha del Campo

LARANUEVA

19282000201

Guadalajara

Torremochuela

TORREMOCHUELA

19284000101

Guadalajara

Tortuero

TORTUERO

19288000101

Guadalajara

Trijueque

MIRADOR DEL CID

19290000301

Guadalajara

Trillo

INSTITUTO LEPROLOGICO

19291000201

Guadalajara

Trillo

VALDENAYA

19291000801

Página 53 de 59

Guadalajara

Valdenuño Fernández

DEHESAS (LAS) *DISEMINADO*X

19304000199

Guadalajara

Valdesotos

VALDESOTOS

19307000101

Guadalajara

Valhermoso

ESCALERA

19309000101

Guadalajara

Valhermoso

VALHERMOSO

19309000201

Guadalajara

Valtablado del Río

VALTABLADO DEL RIO

19310000101

Guadalajara

Villares de Jadraque

VILLARES DE JADRAQUE

19321000101

Guadalajara

Zaorejas

HUERTAPELAYO

19333000101

Guadalajara

Zaorejas

VILLAR DE COBETA

19333000201

Toledo

Almorox

PARQUE ROMILLO

45013000201

Toledo

Almorox

VALCARRILLO CAMPUZANO

45013000401

Toledo

Carranque

CHAPARRAL

45038000401

Toledo

Carranque

SACALIÑAS

45038000801

Toledo

Cedillo del Condado

FUENTECILLAS (LAS)

45047000201

Toledo

Cobisa

BELLAVISTA

45052000102

Toledo

Cobisa

MONTECOBISA

45052000103

Toledo

Cobisa

POZO DE LAS NIEVES

45052000104

Toledo

Cobisa

ZARZUELA (LA)

45052000106

Toledo

Cobisa

CERCA DE COBISA (LA)

45052000108

Toledo

Cobisa

SECTOR 6

45052000109

Toledo

Escalona

ALMOROJUELO

45061000201

Toledo

Escalona

CARRASQUILLA CONEJEROS

45061000301

Toledo

Escalona

PRIMIE

45061000801

Toledo

Escalona

VEGA DE ESCALONA

45061001001

Toledo

Escalona

VILLARTA

45061001101

Toledo

Illán de Vacas

ILLAN DE VACAS

45080000101

Toledo

Illescas

ALMORALES (LOS)

45081000201

Toledo

Illescas

PRADILLOS (LOS)

45081000701

Toledo

Lillo

CARAHORMA

45084000201

Toledo

Lucillos

KIEM

45086000201

Toledo

Méntrida

PALACIO (EL)

45099000102

Toledo

Méntrida

ALAMEDA DE MENTRIDA

45099000201

Toledo

Méntrida

CAPELLANIA

45099000401

Toledo

Navahermosa

RIO CEDENA

45109000201

Toledo

Navalucillos (Los)

VALDEAZORES

45113000401

Toledo

Nombela

URBANIZACION MOJON BLANCO

45117000102

Toledo

Olías del Rey

CAMINO BARGAS A MAZARRACIN

45122000301

Toledo

Olías del Rey

CAÑADA DE MAGAN

45122000401

Toledo

Otero

ENCINILLA (LA)

45126000201

Toledo

Pepino

BUENAVISTA POLIGONO

45132000201

Toledo

Pepino

ZARQUILLOS

45132000206

Toledo

Pepino

CORNICABRAL (EL)

45132000401

Toledo

Pepino

CHAPARRAL (EL)

45132000601

Toledo

Seseña

ESTACION (LA)

45161000201

Toledo

Ugena

URBANIZACION CAMINO DE BOADILLA

45176000102

Página 54 de 59

Toledo

Ugena

URBANIZACION LAS MIMOSAS

45176000302

Toledo

Ugena

VIÑA GRANDE

45176000701

Toledo

Yébenes (Los)

ESTACION EMPERADOR *DISEMINADO*X

45200000199

Toledo

Yébenes (Los)

ESTACION URDA PELECHES *DISEMINADO*X

45200000399

Toledo

Yébenes (Los)

MONTES DE MORA *DISEMINADO*X

45200000499

Toledo

Yuncler

SAUCES (LOS)

45203000301

Toledo

Yuncos

CERVANTES

45205000301

Toledo

Yuncos

MAULON GRAMALES

45205000401

Toledo

Yuncos

HOYA (LA)

45205000601

Página 55 de 59

Anexo B Entidades de población adicionales a valorar Provincia

Municipio

Unidad Poblacional

código INE completo

Albacete

Albacete

URBANIZACION LOS ROSALES

02003000103

Albacete

Albacete

URBANIZACION EL PINATAR

02003000202

Albacete

Albacete

URBANIZACION MOLINO OJO DE SAN JORGE

02003000508

Albacete

Albacete

URBANIZACION SAN ANTONIO

02003000509

Albacete

Albacete

URBANIZACION RIACHUELOS 1

02003001302

Albacete

Alcadozo

CASASOLA

02006000201

Albacete

Alcadozo

MOLATA (LA) *DISEMINADO*X

02006000599

Albacete

Alcadozo

MOLINAR

02006000601

Albacete

Alcadozo

SANTA ANA

02006000701

Albacete

Alcaraz

MESTA (LA)

02008000601

Albacete

Ayna

GRIEGO (EL)

02011000401

Albacete

Ayna

POZUELO (EL) *DISEMINADO*X

02011001199

Albacete

Bogarra

CASAS DE RAMON

02017000601

Albacete

Bogarra

VIZCAINOS (LOS)

02017000802

Albacete

Bogarra

YEGUARIZAS

02017000901

Albacete

Casas de Lázaro

BATAN MAZOS *DISEMINADO*X

02022000699

Albacete

Chinchilla de Monte-Aragón

CASA BLANCA DE LOS RIOTEROS

02029000101

Albacete

Elche de la Sierra

FUENTE DEL TAIF

02030000201

Albacete

Elche de la Sierra

HORNO-CIEGO

02030000301

Albacete

Elche de la Sierra

GALLEGO

02030000701

Albacete

Elche de la Sierra

LONGUERA (LA) *DISEMINADO*X

02030000899

Albacete

Elche de la Sierra

PUERTO DEL PINO

02030001001

Albacete

Hellín

RINCON DEL MORO

02037001201

Albacete

Herrera (La)

CASA HITA

02038000301

Albacete

Higueruela

CASILLAS DE MARIN DE ABAJO

02039000201

Albacete

Higueruela

ONCEBREROS

02039000401

Albacete

Jorquera

CALZADA DE VERGARA

02041000201

Albacete

Letur

TOBAR (EL)

02042000207

Albacete

Letur

CASA BLANCA

02042000401

Albacete

Liétor

CAÑADA DE TOBARRA *DISEMINADO*X

02044000199

Albacete

Liétor

GINETE (EL) *DISEMINADO*X

02044000399

Albacete

Masegoso

CILLERUELO

02047000101

Albacete

Masegoso

PEÑARRUBIA

02047000401

Albacete

Molinicos

QUEJIGAL *DISEMINADO*X

02049001499

Albacete

Molinicos

CHOVALES (LOS)

02049001601

Albacete

Nerpio

CASA DE LA CABEZA *DISEMINADO*X

02055000499

Albacete

Nerpio

JUTIA *DISEMINADO*X

02055000799

Albacete

Nerpio

BOJADILLAS

02055001101

Página 56 de 59

Albacete

Paterna del Madera

CASA NUEVA

02058000201

Albacete

Paterna del Madera

CATALMEREJOS (LOS) *DISEMINADO*X

02058000499

Albacete

Paterna del Madera

CORTIJO DE TORTAS

02058000501

Albacete

Paterna del Madera

RIO MADERA DE LA ESCUELA

02058000702

Albacete

Paterna del Madera

RIO MADERA DE ARRIBA

02058000704

Albacete

Peñascosa

ARTEAGA DE ARRIBA

02059000101

Albacete

Peñascosa

CERROBLANCO

02059000301

Albacete

Peñascosa

FUENLABRADA

02059000401

Albacete

Peñas de San Pedro

CASA DE LA RAMBLA

02060000702

Albacete

Pozuelo

CASICA (LA)

02065000401

Albacete

Riópar

CORTIJO DEL BUHO

02067000301

Albacete

Riópar

CASA DE LAS TABLAS

02067000402

Albacete

Riópar

ARRECIFE

02067000601

Albacete

Riópar

LAMINADOR (EL)

02067000602

Albacete

Riópar

RIOPAR VIEJO

02067000902

Albacete

Riópar

UMBRIA-ANGULO

02067001001

Albacete

Roda (La)

SANTA MARTA

02069000201

Albacete

Vianos

PARIDERAS

02076000101

Albacete

Villa de Ves

BARRIO DEL SANTUARIO

02077000201

Albacete

Villamalea

CARCELES (LOS)

02079000101

Albacete

Villarrobledo

VENTAS DE ALCOLEA

02081000401

Albacete

Yeste

ALCANTARILLA DE ABAJO

02086000101

Albacete

Yeste

ALCANTARILLA DE ARRIBA

02086000102

Albacete

Yeste

COLLADO CARRASCAS

02086000303

Albacete

Yeste

MORRION (EL)

02086000406

Albacete

Yeste

CHURRITALES

02086000503

Albacete

Yeste

GALLEGOS (LOS)

02086000505

Albacete

Yeste

ARROYO MOROTE DE ARRIBA

02086000602

Albacete

Yeste

PANTANO

02086000607

Albacete

Yeste

PAULES DE ARRIBA

02086000803

Albacete

Yeste

RALA

02086000903

Albacete

Yeste

CAMPOS (LOS)

02086001001

Albacete

Yeste

QUEBRADAS

02086001003

Albacete

Yeste

CASAS DE LA DEHESA

02086001103

Albacete

Yeste

CASAS DEL ALTO

02086001104

Albacete

Yeste

LLANO ALIPAN

02086001205

Albacete

Yeste

TORIL

02086001206

Albacete

Yeste

CASICA (LA)

02086001302

Albacete

Yeste

PEDAZUELO

02086001308

Ciudad Real

Almodóvar del Campo

BIENVENIDA

13015000201

Ciudad Real

Almodóvar del Campo

HORCAJO (MINAS DEL)

13015000401

Ciudad Real

Calzada de Calatrava

MIRONES (LOS)

13027000301

Ciudad Real

Fuencaliente

VENTILLAS

13042000201

Ciudad Real

Porzuna

TIÑOSILLAS (LAS)

13065000401

Página 57 de 59

Ciudad Real

Torralba de Calatrava

CAMPOMOJADO *DISEMINADO*X

13083000299

Ciudad Real

Villahermosa

CAÑAMARES

13089000101

Ciudad Real

Viso del Marqués

UMBRIA DE FRESNEDAS

13098000601

Cuenca

Alarcón

CERRO DE TEJERAS

16003000201

Cuenca

Beteta

SOLAN DE CABRAS

16035000201

Cuenca

Buendía

SOL-MARINA SANTA CRUZ

16041000301

Cuenca

Cañizares

HUERTA DE MAROJALES

16053000201

Cuenca

Carrascosa

HERRERIA DE SANTA CRISTINA

16057000201

Cuenca

Casas de Benítez

CARMEN (EL)

16060000101

Cuenca

Huete

LANGA (LA)

16112000601

Cuenca

Iniesta

CASAS DE JUAN FERNANDEZ

16113000201

Cuenca

Moya

ARRABAL (EL)

16135000101

Cuenca

Salvacañete

HOYA DEL PERAL

16189000201

Cuenca

Salvacañete

VALLE CARMONA

16189000304

Cuenca

Vara de Rey

SIMARRO (EL)

16238000101

Cuenca

Vega del Codorno

PERALES (LOS)

16239000601

Cuenca

Villanueva de la Jara

RIBERA DE SAN HERMENEGILDO

16251000301

Cuenca

Villar de Cañas

CASALONGA

16253000101

Cuenca

Villar de Olalla

BARBALIMPIA

16263000101

Cuenca

Fuentenava de Jábaga

SOTOCA

16904000401

Cuenca

Sotorribas

VILLASECA

16909000801

Guadalajara

Atienza

BOCHONES

19044000301

Guadalajara

Atienza

CASILLAS

19044000401

Guadalajara

Baides

CERRILLAR *DISEMINADO*X

19047000399

Guadalajara

Brihuega

CIVICA *DISEMINADO*X

19053000599

Guadalajara

Brihuega

PAJARES

19053001001

Guadalajara

Brihuega

VILLAVICIOSA DE TAJUÑA

19053001501

Guadalajara

Budia

VALDELAGUA

19054000301

Guadalajara

Campillo de Ranas

MATALLANA

19060000601

Guadalajara

Campillo de Ranas

VEREDA (LA)

19060000701

Guadalajara

Cardoso de la Sierra (El)

BOCIGANO

19067000101

Guadalajara

Cardoso de la Sierra (El)

CABIDA

19067000201

Guadalajara

Cardoso de la Sierra (El)

COLMENAR DE LA SIERRA

19067000401

Guadalajara

Cardoso de la Sierra (El)

PEÑALBA DE LA SIERRA

19067000601

Guadalajara

Cifuentes

SOTOCA DE TAJO

19086001001

Guadalajara

Cifuentes

VAL DE SAN GARCIA

19086001101

Guadalajara

Cogolludo

ALEAS

19092000101

Guadalajara

Cogolludo

VEGUILLAS

19092000501

Guadalajara

Corduente

CASTELLOTE

19099000301

Guadalajara

Corduente

VALSALOBRE

19099001001

Guadalajara

Establés

ANCHUELA DEL CAMPO

19115000101

Guadalajara

Ledanca

MONASTERIO DE LAS MONJAS BENEDICTINAS

19159000201

Guadalajara

Maranchón

BALBACIL

19170000101

Guadalajara

Maranchón

TURMIEL

19170000501

Página 58 de 59

Guadalajara

Molina de Aragón

ANCHUELA DEL PEDREGAL

19190000101

Guadalajara

Pareja

TABLADILLO

19211000601

Guadalajara

Prados Redondos

ALDEHUELA

19227000101

Guadalajara

Riofrío del Llano

CARDEÑOSA

19238000101

Guadalajara

Riofrío del Llano

SANTAMERA

19238000301

Guadalajara

Rueda de la Sierra

CILLAS

19243000101

Guadalajara

Saúca

JODRA DEL PINAR

19251000101

Guadalajara

Sayatón

ANGUIX

19252000101

Guadalajara

Sigüenza

BARBATONA

19257000401

Guadalajara

Sigüenza

BUJALCAYADO

19257000601

Guadalajara

Sigüenza

CABRERA (LA)

19257000801

Guadalajara

Sigüenza

MOJARES

19257001601

Guadalajara

Sigüenza

OLMEDILLAS

19257001801

Guadalajara

Sigüenza

QUERENCIA *DISEMINADO*X

19257002299

Guadalajara

Sigüenza

TORRE DE VALDEALMENDRAS

19257002601

Guadalajara

Sigüenza

URES

19257002701

Guadalajara

Sigüenza

VALDEALMENDRAS

19257002801

Guadalajara

Sigüenza

VILLACORZA

19257002901

Guadalajara

Tamajón

PALANCARES

19262000301

Guadalajara

Torrecuadrada de Molina

OTILLA

19277000101

Guadalajara

Trillo

SANTA MARIA DE OVILA

19291000701

Guadalajara

Trillo

FINCA LA SOLANA *DISEMINADO*X

19291000999

Guadalajara

Valverde de los Arroyos

ZARZUELA DE GALVE

19311000201

Toledo

Cedillo del Condado

CHARCAS (LAS)

45047000401

Toledo

Chozas de Canales

VAQUERIZO

45056000301

Toledo

Escalona

CIGARRALES DEL ALBERCHE

45061000501

Toledo

Illescas

CARCAVAS

45081000301

Toledo

Otero

MEZCUA (LA)

45126000301

Toledo

Pepino

MANZANOS (LOS)

45132000701

Toledo

Santa Cruz del Retamar

CRUZ VERDE

45157000401

Toledo

Ugena

URBANIZACION EL PENDON

45176000402

Toledo

Ugena

URBANIZACION VEREDA DEL TOPO

45176000404

Cuenca

Valsalobre

VALSALOBRE

16234000101

Cuenca

Valhermoso de la Fuente

VALHERMOSO DE LA FUENTE

16231000101

Cuenca

Alcalá de la Vega

CUBILLO (EL)

16008000201

Guadalajara

Torrecuadradilla

TORRECUADRADILLA

19278000101

Guadalajara

Cendejas de Enmedio

CENDEJAS DEL PADRASTRO

19080000201

Albacete

Balsa de Ves

PARED (LA)

02013000301

Cuenca

Huete

VERDELPINO DE HUETE

16112001001

Guadalajara

Navas de Jadraque (Las)

NAVAS DE JADRAQUE

19197000101

Cuenca

Landete

MANZANERUELA

16117000201

Página 59 de 59

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