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Ayuntamiento de Badajoz SECRETARIA GENERAL
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO ABIERTO
SERVICIO DE PATRIMONIOCONTRATACIÓN
Servicio proponente:
SERVICIO DE ALUMBRADO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA
Tipo de contratación:
Administrativa
Forma de adjudicación: Descripción del objeto:
Clase de contrato:
78.677,69.- €
Importe IVA:
16.522,31.- €
95.200,00.- €
Presupuesto General de Gastos:
Lugar presentación ofertas:
SERVICIO
ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, POR LOTES, EN LA CIUDAD DE BADAJOZ
Presupuesto total (IVA incluido)
Plazo presentación ofertas:
334/2016
PROCEDIMIENTO ABIERTO (cuantía inferior a 100.000,00 €)
Presupuesto base de licitación
Garantía provisional:
Número de expediente:
Exenta
2016
Nº operación RC:
Garantía definitiva: 15 días naturales desde el siguiente a la publicación en el BOP
1.239
5% precio de adjudicación (excluido el IVA) Horario:
De 9:00 a 13:00
Ayuntamiento de Badajoz. Servicio de Patrimonio-Contratación, Plaza de España, nº 1 06002 Badajoz
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PLIEGO DE CONDICIONES ECONÓMICO ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE “ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, POR LOTES, EN LA CIUDAD DE BADAJOZ”.
1.- OBJETO DEL CONTRATO
Constituye el objeto del contrato la realización mediante Procedimiento Abierto y tramitación ordinaria del “ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, POR LOTES, EN LA CIUDAD DE BADAJOZ”, con arreglo al Pliego de Prescripciones Técnicas redactado por el Servicio de Alumbrado y Eficiencia Energética (Anexo I). Se trata de un Contrato de Servicio, carácter plurianual. CPV/2008: 71314300 Lotes: El objeto del contrato se divide en los siguientes: Nº Lote 1
2 3 4 5 6 7 8 9
Nº
Zonas
1
PARDALERA
2
GURUGÚ Y EL PROGRESO
3
SAN FERNANDO LA ESTACIÓN + SANTA ENGRACIA
4
LOS MARISTAS + PICURIÑA
5
URB. GUADIANA + ANTONIO DOMÍNGUEZ
6
SANTA MARINA
7
CIUDAD JARDÍN + CERRO SAN MIGUEL
8
LAS VAGUADAS
9
P.I. EL NEVERO + EL FARO
10
VALDEPASILLAS
11
CERRO DE REYES
12
SAN ROQUE
13
LA PAZ + JARDINES DEL GUADIANA
14
HUERTA ROSALES
15
ACCESOS + ORDENANDOS
16
SUERTE DE SAAVEDRA + Bª DE LLERA
17
LA PILARA + CERRO GORDO + LOS MONTITOS
18
CASCO ANTIGUO
19
ORNAMENTAL
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2.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER MEDIANTE EL CONTRATO
Mediante la ejecución del contrato a que se refiere este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares se satisface la siguiente necesidad: “ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, POR LOTES, EN LA CIUDAD DE BADAJOZ”
3.- PRESUPUESTO
El presupuesto de licitación se fija en un importe total de NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS Euros, IVA incluido, 95.200,00 Euros, IVA incluido (78.677,69.- Euros más 16.522,31.- Euros de IVA). El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido. A todos los efectos se entenderá que el presupuesto aprobado por la administración, comprende todos los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución del servicio contratado, y cualesquiera otras que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, y toda clase de impuestos y licencias tanto municipales, provinciales y estatales a excepción del IVA, que figurara como partida independiente. Las ofertas que excedan del precio total fijado por la Administración o sean incorrectamente formuladas serán rechazadas.
Se desglosa a continuación el presupuesto por lotes:
Nº Lote
Presupuesto
1
8.741,97 €
2
3
4
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
21% IVA
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
TOTAL
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
Nº Lote
Zonas
1
PARDALERA
2
GURUGÚ Y EL PROGRESO
3 4
SAN FERNANDO LA ESTACIÓN + SANTA ENGRACIA LOS MARISTAS + PICURIÑA
5
URB. GUADIANA + ANTONIO DOMÍNGUEZ
6
SANTA MARINA
7
CIUDAD JARDÍN + CERRO SAN MIGUEL
8
LAS VAGUADAS
9
P.I. EL NEVERO + EL FARO
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5
6
7
8
9
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10
VALDEPASILLAS
11
CERRO DE REYES
12
SAN ROQUE
13
LA PAZ + JARDINES DEL GUADIANA
14
HUERTA ROSALES
15
ACCESOS + ORDENANDOS
16
SUERTE DE SAAVEDRA + Bª DE LLERA
17 18
LA PILARA + CERRO GORDO + LOS MONTITOS CASCO ANTIGUO
19
ORNAMENTAL
4.- GASTOS DE PUBLICIDAD
El contratista queda obligado al pago de los anuncios e impuestos que procedan derivados de la contratación, adjudicación y formalización del contrato.
5.- DURACIÓN DEL CONTRATO
Se establece un plazo de ejecución de UN MES, desde la firma del contrato, para la realización de la auditoría. El resto de los trabajos hasta la finalización de cada actuación (Febrero 2017).
6.- FINANCIACIÓN DEL SERVICIO
El contrato será financiado con cargo a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos de cada ejercicio, ya que se trata de un contrato de carácter plurianual. Presupuesto de Gastos urgente Nº E/g: 334/2016, RC: 1.239.
7.- RÉGIMEN JURÍDICO
Sin perjuicio de lo dispuesto con carácter general para los contratos de las Corporaciones Locales, el contrato se regirá por las siguientes normas:
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- R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, en lo que no se oponga al R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Además del presente pliego tendrán carácter contractual los siguientes documentos: o
El Pliego de Prescripciones Técnicas.
o
El documento en que se formalice el contrato.
8.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará por el trámite ordinario, por procedimiento Abierto, regulado en el artº 138.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La forma de adjudicación del contrato del presente servicio será el procedimiento abierto, por trámite ordinario, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios criterios directamente vinculados al objeto del contrato, de conformidad con el artículo 150.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y con lo establecido en la cláusula novena del presente Pliego.
9.- GARANTÍAS
a)
Provisional.- Exenta (Según artículo 103 del R.D.L. 3/2011, TRLCSP).
b) Definitiva.- El licitador que resulte adjudicatario del contrato deberá prestar una garantía del 5 % del importe de la adjudicación del contrato, IVA excluido, por cada lote adjudicado. La garantía habrá de ser constituida en metálico o en Aval Bancario.
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10.- CLASIFICACIÓN EXIGIBLE
No procede dado la clase de contrato.
11.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA
En cuanto a la capacidad para contratar, los interesados deberán cumplir cuanto dispone el artículo 54 del TRLCSP. No podrán contratar las personas en quienes concurra alguna de las situaciones previstas en el artículo 60 del TRLCSP. Los licitadores deberán acreditar la solvencia Económica y Financiera y la solvencia técnica o profesional, conforme dispone el artículo 62 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La solvencia técnica o profesional se acreditará, en todo caso, por todos los siguientes medios de entre los previstos en el artículo 78 del R.D.L. 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. a) Una relación de las principales auditorías energéticas realizadas en los últimos CINCO años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de las mismas. Estos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Será necesario acreditar la realización de, al menos, tres auditorías energéticas en alumbrado público. b) La empresa deberá disponer, como mínimo, de dos personas dedicadas a la ejecución de los trabajos técnicos, que ostenten alguno de estos títulos:
Ingeniero Industrial
Ingeniero Técnico Industrial
Grado en Ingeniería con Máster en Recursos Renovables e Ingeniería Energética.
Todas las titulaciones deberán ser acreditadas mediante título oficial expedido por organismo público. Este equipo mínimo requerido será diferente para cada lote a que opten las empresas licitadoras. c) Declaración indicando los medios materiales y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
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Además la podrá completar acreditándose por los demás medios previstos en el artículo 78 del R.D.L. 3/2011 TRLCSP.
12.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de licitación. Si el último día de presentación de proposiciones fuera sábado o festivo, el plazo terminaría el día hábil siguiente. En el supuesto de presentarse las proposiciones por correo, se establece el mismo plazo (día y hora) señalado anteriormente, debiendo llevarse a cabo en la forma prevista el art. 80 del RGLCAP. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en TRES sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del “ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, POR LOTES, EN LA CIUDAD DE BADAJOZ”».
La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «B»: Documentación Administrativa. — Sobre «A»: Proposición Económica y Documentación Cuantificable de Forma Automática. — Sobre «C»: Documentación para valoración de los criterios que dependan de juicios de valor.
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Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: SOBRE «B» DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA 1.A) En caso de que el licitador NO esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz, deberá presentar la siguiente documentación: a) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España e en Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. b) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la solicitud y, en su caso, la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición, bastanteado por el Secretario General, junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados. c) Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar: que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias (incluidos los impuestos municipales) y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes (Anexo III), sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Las empresas comunitarias, no españolas, podrán acreditar que no están incursas en prohibición de contratar mediante los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten su inscripción en listas oficiales de empresarios
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autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea o mediante certificación emitida por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del estado miembro en que esté establecido el empresario. Dichos documentos deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida. d) La solvencia económica y financiera y solvencia técnica del empresario. (1) La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores, declaración de que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad. (2) La solvencia técnica o profesional del empresario se acreditará por todos los medios reseñados en la Cláusula 11 del presente Pliego. 1.B) En caso de que el licitador SÍ esté inscrito en el Registro Oficial de Licitadores del Ayuntamiento de Badajoz, deberá presentar: a) Certificado de inscripción en dicho registro. b) Declaración Responsable de no haber variado los datos aportados para la inscripción o actualización. c) La solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
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a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores, declaración de que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad. d) La solvencia técnica o profesional del empresario se acreditará por todos los medios reseñados en la Cláusula 11 del presente Pliego. 2) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras: Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas la incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 3) Domicilio. Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax. 4) Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social. Los licitadores que pretendan contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la disposición adicional 4º del R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
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SOBRE «A» PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN CUANTIFICABLE DE FORMA AUTOMÁTICA El referido sobre contendrá los siguientes documentos: a) Proposición económica ajustada al modelo que se incorpore como Anexo II. En caso de discrepancia entre el importe expresado en letra y el expresado en cifra, prevalecerá la cantidad que consigne en letra, salvo que de los documentos que componen la proposición se desprenda otra cosa. b) Documentos relativos a criterios de valoración, distintos del precio cuantificables automáticamente.
SOBRE C: Documentación para valoración de los criterios que dependan de juicios de valor.
13.- PLAZO Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Los sobres antes reseñados, deberán ser entregados en el plazo de QUINCE DÍAS naturales, a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el BOP, en el Servicio de Patrimonio-Contratación, sito en Plaza de España, nº 1, de 9:00 a 13:00 horas. Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como del pliego de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna. Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a su apertura en público de las mismas. Cada licitador no podrá presentar más de una oferta, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando se permita su presentación. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envió en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días
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naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, esta no será admitida en ningún caso. Debido a los cortos plazos con los que se disponen para la ejecución de los trabajos, las empresas que pretendan licitar a la presente contratación, lo deberán hacer A DOS LOTES, cómo máximo. Todas aquellas empresas que oferten a un número mayor de dos lotes, quedarán excluidas de todos ellos.
14.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios a tener en cuenta para la adjudicación son los siguientes y con la ponderación que se recoge, de conformidad con el Art. 150.4 del TRLCSP: A. CRITERIOS AUTOMATICOS A.1. Criterios Económicos. A.1.1. Oferta Económica: Criterios para adjudicación evaluables mediante fórmulas matemáticas y documentación de obligada presentación para su valoración: Precio ............................... 10 puntos La puntuación de cada oferta económica se realizará con el siguiente criterio:
A la menor oferta, se otorgará 10 puntos.
Al resto de las ofertas se otorgará la puntuación que corresponda con arreglo a la siguiente fórmula:
𝑷𝒖𝒏𝒕𝒖𝒂𝒄𝒊ó𝒏 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒐𝒇𝒆𝒓𝒕𝒂 𝒆𝒄ó𝒏𝒐𝒎𝒊𝒄𝒂 = 𝟏𝟎 ×
(𝑷𝒆𝒐𝒓 𝑶𝒇𝒆𝒓𝒕𝒂 − 𝑶𝒇𝒆𝒓𝒕𝒂 𝒂 𝑽𝒂𝒍𝒐𝒓𝒂𝒓) (𝑷𝒆𝒐𝒓 𝑶𝒇𝒆𝒓𝒕𝒂 − 𝑴𝒆𝒋𝒐𝒓 𝑶𝒇𝒆𝒓𝒕𝒂)
A.2. Dotación de recursos humanos al equipo de trabajo. Hasta 20 puntos Se valorará con 5 puntos (Hasta 20 puntos) cada persona adicional, puesta a disposición de la ejecución del proyecto, que ostente alguno de los títulos siguientes (no es necesario que sea de la plantilla de la empresa): Grado en Ingeniería Ingeniero Técnico Industrial Arquitecto Técnico o Aparejador Ingeniero Industrial Arquitecto Superior Grado en Ingeniería con Máster en Recursos Renovables e Ingeniería Energética. Acreditando la titulación mediante copia compulsada de título oficial expedido por organismo público.
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B. CRITERIOS CUANTIFICABLES MEDIANTE JUICIO DE VALOR B.1. Metodología empleada en el proceso, con el objeto del cumplimiento de los plazos de ejecución de los trabajos (1 mes). Hasta 5 puntos. El adecuado desarrollo y consecución de las fases del trabajo previsto. Diagramas o gráficos donde se refleje las distintas fases de los mismos. Hasta 1 punto. El grado de detalle y concreción en la descripción de los trabajos que permita identificar que el licitador conoce el alcance y dificultad de las tareas. Hasta 3 puntos La calidad y claridad de la oferta presentada, así como los medios a emplear para la consecución de los trabajos. Hasta 1 punto. B.2. Debido a la necesidad de llevar a cabo la coordinación y dirección de obras de cada uno de los lotes, se puntuará el tiempo de respuesta ante cualquier incidencia, en el lugar donde se produzca, de la siguiente manera:
Al instante: 5 puntos En un plazo de 1 hora máximo: 4 puntos En un plazo de 1 a 2 horas máximo: 3 puntos En un plazo de 2 a 5 horas máximo: 2 puntos En un plazo de 5 a 10 horas máximo: 1 puntos En un plazo de más de 10 horas máximo: 0 puntos
Todas estas opciones deben estar debidamente justificadas. En caso de igualdad en la valoración de los criterios de adjudicación para determinar cual es la oferta económicamente más ventajosa, se decidirá la adjudicación a favor de la empresa que reúna las especificaciones contenidas en la disposición adicional cuarta del TRLCSP (empresas que tengan en sus plantillas personas con discapacidad o en situación de exclusión social y con entidades sin ánimo de lucro).
15.- OFERTAS DESPROPORCIONADAS
De acuerdo con lo establecido en el artículo 152.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se considerarán ofertas desproporcionadas aquellas ofertas que presenten una baja del precio de licitación por encima de un 10%. Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones
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relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado. En el procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. Si la oferta es anormalmente baja debido a que el licitador ha obtenido una ayuda de Estado, sólo podrá rechazarse la proposición por esta única causa si aquél no puede acreditar que tal ayuda se ha concedido sin contravenir las disposiciones comunitarias en materia de ayudas públicas. El órgano de contratación que rechace una oferta por esta razón deberá informar de ello a la Comisión Europea, cuando el procedimiento de adjudicación se refiera a un contrato sujeto a regulación armonizada. Si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas conforme a lo señalado en el apartado 1 del artículo 151.
16.- CONFIDENCIALIDAD
Sin perjuicio de las disposiciones del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, R.D.L. 3/2011, de 14 de Noviembre, relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los candidatos y a los licitadores, éstos podrán designar como confidencial parte de la información facilitada por ellos al formular las ofertas, en especial con respecto a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las mismas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento. De igual modo, el contratista deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se le hubiese dado el referido carácter en los pliegos o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal. Este deber se mantendrá durante un plazo de cinco años desde el conocimiento de esa información, salvo que los pliegos o el contrato establezcan un plazo mayor.
17.- REVISIÓN DE PRECIOS
El presente contrato no tiene revisión de precios.
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18.- APERTURA DE OFERTAS
El acto de apertura de proposiciones tendrá lugar el día siguiente hábil al que finalice el de presentación de proposiciones, a las 12 horas en el Palacio Municipal, constituyéndose la Mesa de Contratación para la apertura. Una vez concluido el plazo de presentación de ofertas se constituirá la Mesa de Contratación de conformidad con el art. 320 de TRLCSP. A estos efectos se constituirá una Mesa de Contratación que estará presidida por el Presidente de la Corporación, o miembro de ésta en que delegue, y formarán parte de la misma como vocales el Secretario y el Interventor y aquellos otros que se designen por el órgano de contratación, entre los funcionarios, personal laboral o concejales, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. La Mesa de contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el sobre B). A los efectos de la expresada calificación, el Presidente ordenará la apertura de los sobres, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observare defectos materiales en la documentación presentada lo comunicará verbalmente, o en su caso, por teléfono, Fax o Email a los interesados, además se harán públicas a través de anuncio en el Perfil del Contratante y concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error. A los efectos establecidos en los arts. 54 a 64 y 82 TRLCSP, el órgano y la mesa de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentar en el plazo de cinco días sin que puedan presentarse después de declaradas admitidas las ofertas conforme a lo dispuesto en el art. 83.6 RGLCAP. Posteriormente, procedería a la apertura y examen de los sobres “C”, que contienen los criterios cuya ponderación dependen de un juicio de valor, en caso de que estuvieran establecidos en el Pliego. Tras la lectura de dichas proposiciones, la Mesa podrá solicitar cuantos informes técnicos considere precisos, para la valoración de las mismas con arreglo a los criterios y a las ponderaciones establecidas en este Pliego. Reunida de nuevo la Mesa de Contratación, se daría a conocer en su caso, la ponderación asignada a los criterios dependientes de un juicio de valor. A continuación se procederá a la apertura de los sobres “A”.
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A la vista de la valoración de los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor (Sobre “C”) y de los criterios cuya ponderación es automática (Sobre “A”), la Mesa de Contratación propondrá al adjudicatario del contrato. La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 150 y 320 LCSP elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación del contrato previa evaluación de las proposiciones mediante los criterios de valoración recogidos en el Pliego, pudiendo solicitar, antes de formular su propuesta, los informes técnicos que considere necesarios que tengan relación en el objeto del contrato. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto, mientras no exista acuerdo del órgano de contratación.
19.- REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN, ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN Determinada por la Mesa de contratación la proposición económicamente más ventajosa, formulará propuesta de adjudicación, a favor de la misma, al órgano de contratación. El Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social considerando que se autoriza implícitamente a la Mesa de Contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, en caso de no aportar dicha documentación; caso de no autorizarlo deberá manifestarlo fehaciente y expresamente, y de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o a adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP y de haberse constituido la garantía definitiva que sea procedente. De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas. El Órgano de Contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación requerida en el apartado anterior. La adjudicación deberá ser motivada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.4 del TRLCSP. Asimismo se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, de publicará en el perfil del contratante, (http://www.aytobadajoz.es). La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado, interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP recurso suficientemente fundado contra la decisión de la adjudicación.
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La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción del destinatario. Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato. Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
20.- GARANTÍA DEFINITIVA El licitador que resulte propuesto como adjudicatario por la Mesa de Contratación deberá acreditar en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que hubiese recibido el requerimiento, la constitución de la garantía definitiva, la cual queda afectada a las responsabilidades contenidas en el artículo 100 del TRLCSP, por importe del cinco por ciento (5%) del precio de adjudicación, IVA excluido, por cada lote adjudicado. La garantía podrá constituirse en cualquier de las formas establecidas en el art. 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el art. 55 y siguientes del RGLCAP.
21.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles, desde que se remita la notificación de adjudicación a los licitadores y candidatos. El Órgano de Contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo de los quince días hábiles sin que se hubiera interpuesto recurso o desde la resolución del órgano competente del recurso o del levantamiento de la suspensión del mismo si éste llevara aparejado este efecto suspensivo. En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación por los licitadores y candidatos en la forma prevista en el presente Pliego y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 156.4 del TRLCSP. Cuando por causas imputables al contratista o a la Administración no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento de Badajoz, podrá acordar la resolución del mismo con los trámites previstos en él artículo 156.4 del TRLCSP. Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 226 TRLCSP.
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La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará a los requisitos establecidos en el art. 227 TRLCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a lo dispuesto en el art. 228 TRLCSP.
22.- RESPONSABLE DEL CONTRATO El órgano de contratación podrá designar una persona responsable del contrato conforme se establece en el artículo 52 del Texto Refundido de la Ley de contratos del sector público. 23.- PLAZOS El adjudicatario estará obligado al cumplimiento del plazo total fijado para la realización del contrato, así como de los plazos parciales que, en su caso, se hubieran establecido. 24.- RÉGIMEN DE PAGOS El pago se efectuará una vez ejecutada la prestación objeto del contrato a que se refiere la cláusula 1 y expedida la declaración de recepción de conformidad, ya sea parcial o total, tal como disponen los artículos 216 y 307 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en el artículo 216.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. En todo caso, se le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por la Ley. 25.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO La recepción del contrato se regirá por lo establecido en el artículo 307 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en el artículo 204 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Al tiempo de la recepción se comprobará en particular el cumplimiento por el contratista de las siguientes obligaciones: 1) El cumplimiento no defectuoso del contrato 2) El cumplimiento de los criterios de adjudicación. 3) El cumplimiento de las condiciones de ejecución. 26.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO La resolución del contrato se regirá por lo establecido con carácter general en los artículos 222 a 225 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y específicamente para el contrato de suministro en los artículos 299 y 300 de dicha Ley, así como en los artículos 109 a 113 y 172 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las
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Administraciones Públicas. No obstante, en caso de resolución del contrato por causa imputable al contratista se estará a lo dispuesto en el artículo 225.4 del TRLCSP. 27.- PLAZO DE GARANTÍA El plazo de garantía será de UN AÑO, y comenzará a partir de la fecha de la recepción, siendo de aplicación cuanto dispone el artículo 307, puntos 2 y 3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 28.- LIQUIDACIÓN Transcurrido el plazo de garantía a que se refiere la cláusula anterior se procederá a la liquidación del contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 179 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. 29.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN La administración Municipal ostentará la prerrogativa de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Igualmente podrá modificar por razones de interés público los contratos y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta dentro de los límites y con sujeción a los requisitos y efectos señalados en el TRLCSP y Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre por el que se aprueba el RGLCAP. En los expedientes que se instruyan ser dará siempre audiencia al interesado. 30.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO De conformidad con el artículo 105 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, sin perjuicio de los supuestos previstos en dicha normativa para los casos de sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y prórroga del plazo de ejecución, los contratos del sector público solo podrán modificarse cuando así se haya previsto en los pliegos de condiciones o en el anuncio de licitación, o en los casos y con los límites establecidos en el artículo 107 del mismo texto legal. En el resto de supuestos, si fuese necesario que la prestación se ejecutase de forma distinta a la pactada, inicialmente deberá procederse a la resolución del contrato en vigor y a la celebración de otro bajo las condiciones pertinentes. Así, la normativa de contratación permite modificar los contratos del sector público: 1. Siempre que en los pliegos o en el anuncio de licitación se haya advertido expresamente de esta posibilidad y se haya detallado de forma clara, precisa e inequívoca las condiciones en que podrán hacerse uso de la misma, así como el alcance y límites de las modificaciones que pueden acordarse con expresa indicación del porcentaje del precio del contrato al que como máximo puedan afectar, y el procedimiento que haya de seguirse para ello.
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2. Si no se ha previsto en los pliegos o en el anuncio de licitación, solo podrán efectuarse modificaciones cuando se justifique la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias: Inadecuación de la prestación contratada para satisfacer las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato debido a errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto o de las especificaciones técnicas. Inadecuación del proyecto o de las especificaciones de la prestación por causas objetivas que determinen su falta de idoneidad, consistentes en circunstancias de tipo geológico, hídrico, arqueológico, medioambiental o similares, puestas de manifiesto con posterioridad a la adjudicación del contrato y que no fuesen previsibles con anterioridad aplicando toda la diligencia requerida de acuerdo con una buena práctica profesional en la elaboración del proyecto o en la redacción de las especificaciones técnicas. Fuerza mayor o caso fortuito que hiciesen imposible la realización de la prestación en los términos inicialmente definidos. Conveniencia de incorporar a la prestación avances técnicos que la mejoren notoriamente, siempre que su disponibilidad en el mercado, de acuerdo con el estado de la técnica, se haya producido con posterioridad a la adjudicación del contrato. Necesidad de ajustar la prestación a especificaciones técnicas, medioambientales, urbanísticas, de seguridad o de accesibilidad aprobadas con posterioridad a la adjudicación del contrato.
31.- JURISDICCIÓN
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Badajoz, 19 de Febrero de 2016.EL ALCALDE.-
Fdo.: Francisco J. Fragoso Martínez.-
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ANEXO I
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, QUE HAN DE SERVIR DE BASE A LOS LICITADORES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DE “ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, POR LOTES, EN LA CIUDAD DE BADAJOZ”
Servicio de Alumbrado y Eficiencia Energética
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, POR LOTES, EN LA CIUDAD DE BADAJOZ.
1. ANTECEDENTES Con fecha 28 de Octubre de 2015, el Ayuntamiento de Badajoz y una entidad financiera, firmaron un préstamo JESICA-FIDAE, para la implantación de medidas de eficiencia energética para el Alumbrado Público de la ciudad de Badajoz. Este préstamo incorporaba dos grandes actuaciones: 1.- Obras a realizar para implantar todas las medidas de eficiencia energética. 2.- Estudios de auditorías energéticas para la correcta y perfecta implantación de esas obras.
El préstamo tiene las siguientes características: 1.
IMPORTE DE LA ACTUACION: 10.803.845,00 € 19 OBRAS: 10.658.645,00 €. 9 AUDITORIAS Y SIG: 145.200,00 €
2.
CARACTERISITCAS DEL PRESTAMO: PERIODO DE AMORTIZACION: 15 AÑOS INTERES: 0% CARENCIA: 3 AÑOS Todas las actuaciones deben estar acabadas antes de febrero del 2017. 2. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente Pliego es definir las condiciones técnicas que han de regir la realización de los estudios de eficiencia energética para el diseño de las distintas actuaciones que se van a llevar a cabo en la ciudad de Badajoz en los años 2016 y 2017, sujeto a la financiación del préstamo de los Fondos JESICA-FIDAE. De conformidad con el Reglamento (Ce) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, por el que se modifica el Reglamento (Ce) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el vocabulario común de contratos públicos (CPV), el contrato objeto del presente expediente está clasificado con los siguientes códigos: 71314300 (Servicios de consultoría en rendimiento energético) Los distintos estudios se subdividirán en los siguientes lotes:
1
AUDITORIAS ENERGETICAS Y GIS Nº LOTE
1
PRESUPUESTO
8.741,97 €
21% IVA
1.835,81 €
OBRAS Y ACTUACIONES TOTAL
10.577,78 €
Nº LOTE
ZONAS
CUADRO FINAL
Nº CUADROS
PRESUPUESTO FINAL
21% IVA
TOTAL
1
PARDALERA
24, 36, 37, 49, 72, 73, 81, 111, 118, 120, 137, 144, 195, 201, 210, 318, 319
17
329.645,73 €
69.225,60 €
398.871,33 €
2
GURUGÚ Y EL PROGRESO
47, 48, 91, 92, 105, 141,154, 163, 178, 181, 182, 200, 339, 353, 354
15
388.108,84 €
81.502,86 €
469.611,70 €
26
435.699,52 €
91.496,90 €
527.196,42 €
32
591.577,42 €
124.231,26 €
715.808,68 €
20
494.828,37 €
103.913,96 €
598.742,33 €
3
4 2
3
4
5
6
7
8
9
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
17, 18, 19, 32, 33, 34, 38, 100, SAN FERNANDO LA ESTACIÓN+SANTA 122, 138, 147, 166, 172, 177, 367, 368, 369, 370, 117,58 ENGRACIA 295, 304, 335, 357, 359, 362 23, 70, 115, 116, 128, 143, 186, 29, 44, 82, 83, 84, 103, 155, 203, 197, 266, 277, 311, 312, 313, 208, 221, 233, 258, 260, 334, LOS MARISTAS + PICURIÑA 314, 317, 321 388
10.577,78 €
102, 165, 167, 179, 180, 209, 219 242, 243, 251, 263, 279, 281, 296, 391, 392
5
URB. GUADIANA + ANTONIO DOMINGUEZ
6
SANTA MARINA
26, 27, 28, 35, 46, 54, 56, 63, 68, 80, 96, 110, 134, 156, 161, 245, 246, 270, 288, 324
20
510.101,09 €
107.121,23 €
617.222,32 €
7
CIUDAD JARDÍN + CERRO SAN MIGUEL
8, 136, 191, 225, 226, 230, 249, 1, 5, 9, 97, 119, 196, 198, 199 + 253, 282, 306 145, 146, 344, colonia militar 355
23
419.482,77 €
88.091,38 €
507.574,15 €
8
LAS VAGUADAS
184, 190, 202, 216, 217, 218, 250, 252, 274, 275, 308, 336, 337, 356, 358, 371, 372, 373, 374, 375
20
511.329,54 €
107.379,20 €
618.708,74 €
42, 43, 127, 255, 299, 307, 325, 131, 283, 294, 329, 330, 332 326, 327, 328, 352, 383
18
460.017,74 €
96.603,73 €
556.621,47 €
11
431.445,49 €
90.603,55 €
522.049,04 €
10.577,78 €
10.577,78 €
51A y B, 207, 259, 389
9
P.I. EL NEVERO + EL FARO
10
VALDEPASILLAS
11
CERRO REYES
107, 108, 205, 227, 289, 290, 387, 390
71,206
10
447.327,56 €
93.938,79 €
541.266,35 €
12
SAN ROQUE
53, 62, 78, 159, 193, 211, 302, 315, 316, 320, 345, 346, 347, 348, 349, 350, 351
52
18
507.737,17 €
106.624,81 €
614.361,98 €
13
LA PAZ + JARDINES DE GUADIANA
60, 86, 87, 88A, 88B, 89, 90, 139, 150, 384
55, 239, 240, 278, 280
15
468.724,03 €
98.432,05 €
567.156,08 €
14
HUERTA ROSALES
109, 157, 162, 175, 176, 185, 192, 236, 237, 238, 285, 292, 303, 309, 310, 382
16
509.640,22 €
107.024,45 €
616.664,67 €
15
ACCESOS + ORDENANDOS
340, 341, 393, 394, 395, 396, 129,130,214,286,287,301,331 397
14
478.330,39 €
100.449,38 €
578.779,77 €
16
SUERTE SAAVEDRA + Bª DE LLERA
31, 126, 140, 231, 244, 247, 77, 79, 160, 213, 229, 305, 364 256, 257, 265, 293, 342, 343,
20
492.586,44 €
103.443,15 €
596.029,59 €
17
LA PILARA+CERRO GORDO+LOS MONTITOS
376, 377, 378, 379, 380, 381 + 360, 361, 365, 366
121, 385, 386
13
478.435,25 €
100.471,40 €
578.906,65 €
18
CASCO ANTIGUO
3, 4, 6, 7, 10, 11,13,15, 39-1, 57, 98, 99,164, 168,169, 170, 171, 220, 264, 267, 298, 322, 323
39-2, 173, 400
26
629.572,57 €
132.210,24 €
761.782,81 €
19
ORNAMENTAL
222, 239, 271, 272,333, 338
189, 261, 269, 273, 291
11
224.207,38 €
47.083,55 €
271.290,93 €
19
TOTAL
TOTAL
8.808.797,52 €
1.849.847,48 €
10.658.645,00 €
TOTAL TODO
8.928.797,52 €
1.875.047,48 €
10.803.845,00 €
10.577,78 €
65, 123, 124, 125, 133, 151, 152, 153, 158, 183, 297,
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
GIS
41.322,31 €
8.677,69 €
50.000,00 €
TOTAL
120.000,00 €
25.200,00 €
145.200,00 €
TOTAL TODO
El procedimiento de adjudicación será abierto y divido por lotes. A través de las evaluaciones energéticas se debe obtener un adecuado conocimiento del perfil de los consumos en cada uno de los cuadros de alumbrado público, identificando y valorando las posibilidades de ahorro de energía, desde el punto de vista técnico y económico, para lograr mejoras a nivel económico y medioambiental. Para conseguir un efectivo diseño de los informes de Actuaciones de Eficiencia Energética, es necesario:
Determinar los consumos de energía y diagnosticar la eficiencia de las instalaciones de alumbrado público municipal. 2
Realizar registros de los principales parámetros eléctricos. Detectar y evaluar las posibles mejoras con la cuales sea posible obtener ahorros de energía, así como fomentar la utilización de las tecnologías energéticas más eficientes. Mejorar el inventario actualizado de las instalaciones de alumbrado público, desde el punto de vista energético. Adecuar los requerimientos y características técnicas de las instalaciones de alumbrado público a las recomendaciones y normativas vigentes. Fomentar el uso racional de la energía, sin perjuicio de la seguridad de los usuarios. Analizar la posibilidad de instalar energías renovables y promocionar inversiones en el ámbito del ahorro energético.
Así, la finalidad principal de esta actuación reside en aumentar la eficiencia energética, para llegar a conseguir una utilización óptima de la energía en las instalaciones de alumbrado público, de forma que promueva y facilite una sostenibilidad ambiental, económica y social en el municipio. 3. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS A DESARROLLAR La ejecución del objeto del contrato conlleva la realización de las siguientes actuaciones por parte de la empresa adjudicataria: ACTUACIÓN 1.- Preparación de la ejecución de los trabajos: La empresa adjudicataria, para cada lote, se entrevistará con el grupo técnico que designe el Ayuntamiento de Badajoz, con el objeto de definir las acciones prioritarias a acometer, así como concretar la metodología de la intervención y la planificación de las acciones objeto del contrato del presente pliego. Esta reunión será realizada la primera semana, desde la firma del contrato. En la misma, el equipo técnico designado por el Ayuntamiento, facilitará a la empresa adjudicataria la documentación que disponga de cada uno de los lotes, en relación a la preparación de la ejecución de los trabajos. Toda la información que deberá ser recopilada en cada uno de los lotes, queda recogida en el Anexo I del presente documento. En esta actuación la empresa adjudicataria realizará las visitas técnicas necesarias a los distintos cuadros de mando, en las cuales debe comprobar la realidad de los datos aportados, imprescindible para la realización de los estudios pertinentes, informando al equipo técnico designado por el Ayuntamiento, la finalización de la actuación 1 con cada lote, previamente a comenzar la siguiente actuación. ACTUACIÓN 2.- Ejecución de la asistencia técnica: Los estudios de eficiencia energética se desarrollarán por parte de la empresa en dos fases de actuación:
1ª Fase.- Comprobación de la situación actual: una vez que la consultora disponga de toda la información, realizará el análisis de los datos que reflejan la situación actual y los cálculos pertinentes al respecto de los mismos. Dicho análisis proveerá a la consultora la información suficiente para poder realizar la siguiente fase.
2ª Fase.- Emisión de un diagnóstico y posterior diseño del Informe de Actuaciones de Eficiencia Energética para cada lote: la consultora debe llevar a cabo el diagnóstico de la situación de cada cuadro de mando y posteriormente, en base a éste, realizar el informe de Actuaciones de Eficiencia Energética para cada lote de Actuaciones a preparar para la licitación. ACTUACIÓN 3.- Presentación de los resultados: 3
Al finalizar la prestación del servicio de asistencia técnica a cada lote, la empresa adjudicataria debe realizar una memoria que contenga, además del Informe de Actuaciones de Eficiencia Energética, toda la información complementaria que considere adecuada. Al menos:
Registro de datos. Fichas de campo Análisis de los datos y de la información. Estudio técnico-económico de mejoras de eficiencia energética propuestas. Estudio luminotécnico de las distintas propuestas. Estudio técnico-económico de medidas propuestas para la implementación de instalaciones con energías renovables, si las hubiese. Rentabilidad energética, económica y ambiental. Conclusiones. Plano del alumbrado público de toda la ciudad de Badajoz con toda la información actualizada. Además de la realización de un plano por cada cuadro de mando, en versión cad u otra a designar por el equipo técnico. Esquemas unifilares de cada cuadro de mando Análisis y medición de las deficiencias en los cuadros de mando Realizar las Memorias Técnicas para cada uno de los lotes de las obras a licitar, incluyendo: Memoria Descriptiva. Con especial hincapié en reducción de puntos de luz y unificar cuadros de alumbrado. Influencia del arbolado en las soluciones propuestas Mediciones y presupuestos. Elección de los requisitos técnicos necesario para el cumplimiento del Reglamento de Alumbrado Exterior así como la elección de los Requerimientos técnicos exigibles para luminarias con tecnología led de alumbrado exterior, según IDAE y CEI. Planos Esquemas unifilares Estudio de los consumos eléctricos con sus soluciones más eficientes posibles. Dirección y coordinación de seguridad para cada lote de obras. Fotografías de las luminarias, báculos y cuadros de cada lote. Anexos (Legislación básica, figuras y planos, reportaje fotográfico, etc.)
4. ALCANCE DE LOS TRABAJOS Los trabajos de campo se deberán realizar con la colaboración del técnico municipal que designe el Ayuntamiento, con objeto de hacer una correcta ejecución de los mismos y proporcionar una formación complementaria a los técnicos municipales. 5.1. INVENTARIO DE INSTALACIONES ENERGÉTICAS. 5.1.1 Inventario de los consumos energéticos: suministros eléctricos y consumos no eléctricos. Se localizarán, identificarán y cuantificarán los consumos de todos los suministros eléctricos del alumbrado público. Se realizarán fotos del módulo de medida, con el fin de identificar el suministro. Además se hará otra fotografía del entorno en la que se aprecie dónde se encuentra ubicado el módulo de medida. En caso de detectarse la viabilidad de instalar centros de transformación o unificación de contadores, deberá proponerse como medida de mejora, detallando su localización y características principales.
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5.1.3. INVENTARIO DE ALUMBRADO PÚBLICO. 5.1.3.1 INVENTARIO DE LOS CENTROS DE MANDO, PROTECCIÓN Y MEDIDA DE ALUMBRADO. Se localizarán e identificarán todos los módulos de medida de alumbrado público.
Se realizarán fotografías del Centro de Mando, recogiendo los detalles de los elementos, destacando reductores de flujo en cabecera, células fotoeléctricas, estado, anomalías, etc. También se incluirá otra fotografía del entorno, en la que se aprecie dónde se encuentra ubicado. Se dejará constancia en el informe cuando tenga varios usos distintos al de alumbrado público. 5.1.3.2 Inventario de la red de alumbrado público. Se comprobará la correcta localización e identificarán los puntos de luz conectados a cada cuadro de medida, especificando el número de puntos de luz, tipo y potencia. Toda esta información deberá quedar recogida en un plano actualizado del municipio que incluya todos los componentes y características de la red de alumbrado público. Se realizará una fotografía en formato digital de cada uno de los tipos de luminarias existentes indicando el estado general de cada tipo. 5.2 ANÁLISIS DE LA FACTURACIÓN La labor de inventariado realizada en el apartado anterior, debe complementarse con un análisis de la facturación eléctrica actualizado. El estudio de optimización de facturación eléctrica comprenderá, al menos, los siguientes hitos:
Optimización de la potencia contratada. Optimización de la tarifa contratada. Optimización de la discriminación horaria empleada. Optimización del factor de potencia. Eliminación de recargos por consumo de energía reactiva y dimensionado de batería de condensadores, en caso necesario.
Unificación, si procede, de suministros eléctricos Análisis de idoneidad de elección de cliente cualificado. El análisis y optimización de cada suministro eléctrico se efectuará con la facturación eléctrica correspondiente al último año. En el caso de no contar con las facturas correspondientes a los últimos doce meses, se dejará constancia de que la optimización se ha realizado con menos información de la necesaria. El adjudicatario elaborará un informe incluyendo la relación de los suministros analizados, los parámetros actuales, los cambios propuestos, el ahorro conseguido y las inversiones requeridas, que se incorporará en cada uno de los apartados del informe correspondiente. 5.3. INFORME FINAL DE ACTUACIONES DE EFICIENCIA ENERGETICA POR LOTES. En base a la información recopilada en los puntos anteriores se realizará un estudio energético y posterior informe en el que se describa cual es la situación actual y la propuesta de actuaciones que se plantea en cada lote. En este informe se analizará el consumo actual, coste actual y estado de todas 5
las dependencias e instalaciones municipales, incluyendo aquellas que están en proyecto; análisis de consumos y costes actuales en alumbrado público exterior, descripción de los puntos de luz existentes, así como de sus principales características. La estructura del mismo será: INFORME EJECUTIVO Contendrá un resumen referente al alumbrado público municipal, Esta memoria incluirá los consumos actuales, costes actuales, principales medidas a llevar a cabo, ahorros económicos y energéticos, inversiones a llevar a cabo, mejoras medioambientales y reducción de emisiones de CO2 que conllevarían la implantación de las medidas propuestas. ALUMBRADO PÚBLICO Para cada uno de los módulos de medidas se realizará un análisis que contendrá como mínimo:
Descripción de la situación actual. Se dará detalle de donde se encuentra. Se incluirá una foto así como un plano de localización del mismo, en el que se ubiquen las luminarias que dependen de él. Se describirá cuantas y qué tipo de luminarias tiene (detalle fotográfico), qué tipo de lámpara tiene instalada y potencia. También se realizará planos en cad, esquemas unifilares, y descripción de todos los componentes de cada cuadro de mando, así como todas aquellas mejoras que haya que realizar para cumplir con la reglamentación vigente o los criterios de diseño del Servicio de Alumbrado y Eficiencia Energética del Ayuntamiento de Badajoz.
Análisis de Facturación. Se describirá cual es el modo de facturación, las tarifas actuales, la potencia contratada, la existencia de recargos indebidos, las propuestas que se plantean para optimizar el suministros, cuál es el ahorro que se consigue con los cambios propuestos y la inversión en caso que la hubiese.
Propuestas de actuación en lámparas y luminarias. Entre otras medidas, dicho estudio deberá analizar al menos las siguientes:
Sustitución de lámparas por otras de mayor eficiencia. Incorporación de estabilizadores de tensión, bien en cuadro o en cada luminaria. Incorporación de sistemas de telegestión punto a punto.
Para cada medida analizada se indicará el número de cambios, y para el conjunto de las medidas el ahorro energético, económico y medioambiental conseguido así como la inversión necesaria. 6. PRODUCTOS RESULTANTES Estos productos, a entregar al Servicio de Alumbrado y Eficiencia Energética del Ayuntamiento de Badajoz., serán el resultado visible de los trabajos desarrollados y deberán avalar la efectividad del proyecto que se plantea. Con carácter de mínimos, estos productos serían: a. Memoria de la ejecución de los trabajos con cada beneficiario, incluyendo un Informe de actuaciones de Eficiencia Energética. b. Memoria final del proyecto, comprensiva de todos los trabajos llevados a cabo, metodologías empleadas, evaluación, así como un informe de conclusiones finales del proyecto.
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c. Plano actualizado de las instalaciones de alumbrado público exterior del municipio, incluyendo: ubicación de los cuadros eléctricos de alumbrado público, zona correspondiente a cada cuadro, número y potencia de las lámparas correspondientes a cada cuadro, etc.
7. PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Debido a los cortos plazos con los que se disponen para la ejecución de los trabajos, las empresas que pretendan licitar a la presente contratación, lo deberán hacer A DOS LOTES, cómo máximo. 8. PERIODO DE EJECUCIÓN , FORMA DE PAGO Y PRESENTACIÓN DE RESULTADOS Se establece un plazo ejecución de 1 mes, desde la firma del contrato, para la realización de la auditoría. El resto de los trabajos hasta la finalización de cada actuación (Febrero 2017). 9. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Se desglosa a continuación el presupuesto unitario por lote.
Nº LOTE PRESUPUESTO
1
2
3
4
5
6
7
8
9
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
8.741,97 €
21% IVA
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
1.835,81 €
TOTAL
Nº LOTE
ZONAS
1
PARDALERA
2
GURUGÚ Y EL PROGRESO
3
SAN FERNANDO LA ESTACIÓN+SANTA ENGRACIA
4
LOS MARISTAS + PICURIÑA
5
URB. GUADIANA + ANTONIO DOMINGUEZ
6
SANTA MARINA
7
CIUDAD JARDÍN + CERRO SAN MIGUEL
8
LAS VAGUADAS
9
P.I. EL NEVERO + EL FARO
10
VALDEPASILLAS
11
CERRO REYES
12
SAN ROQUE
13
LA PAZ + JARDINES DE GUADIANA
14
HUERTA ROSALES
15
ACCESOS + ORDENANDOS
16
SUERTE SAAVEDRA + Bª DE LLERA
17
LA PILARA+CERRO GORDO+LOS MONTITOS
18
CASCO ANTIGUO
19
ORNAMENTAL
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
10.577,78 €
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10. SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS TRABAJOS La vigilancia y seguimiento del trabajo en sus distintas fases corresponderá al Servicio de Alumbrado y Eficiencia Energética del Ayuntamiento de Badajoz. Su misión principal será la de resolver las posibles dudas en la interpretación del presente pliego, asesorar en la modificación de métodos empleados, si estos no ofreciesen la calidad y precisión exigida, y realizar cuantas inspecciones crean necesarias durante el desarrollo de los trabajos. 11. INFORME FINAL Y CONFIDENCIALIDAD Al término del proyecto se deberá entregar una memoria técnica final del conjunto de actuaciones realizadas. Deberá incluir dicha memoria una valoración de los fines conseguidos así como informe detallado de las causas que hayan impedido dicha consecución, si este fuera el caso para alguno de los objetivos propuestos. Igualmente incluirá propuestas de mejora para la realización de futuros proyectos similares y una memoria fotográfica en formato digital indicativa de cada acción/actuación.
Badajoz, 18 de Enero del 2016
El Ingeniero Municipal Coordinador de Infraestructuras Jefe del Servicio de Alumbrado y Eficiencia Energética
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A N E X O II PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DE: “ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, POR LOTES, EN LA CIUDAD DE BADAJOZ”. Don _____________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en _____________________________, en la calle _____________________________________nº __________________, con D.N.I., numero ____________________, en nombre propio o en representación de la empresa ___________________________________, como acredita por ___________________, enterado de las condiciones que rigen en la contratación por procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de “ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA, POR LOTES, EN LA CIUDAD DE BADAJOZ”, y conforme con todas ellas a las que expresamente se somete, propone el servicio por el siguiente importe: LOTE Nº ___:
LOTE Nº___:
Importe base: ________________ Euros.
Importe base: ________________ Euros.
I.V.A : _______________________ Euros.
I.V.A.: _______________________ Euros.
Total: _______________________ Euros.
Total: _______________________ Euros.
Comprometiéndose al cumplimiento de los requisitos y condiciones definidas tanto en el Pliego de Cláusulas Administrativas como en el de Prescripciones Técnicas que rigen este procedimiento y que declaro conocer,
En ______________________a ____ de ____________________2016
Fdo.: __________________________________________________
Ayuntamiento de Badajoz SECRETARIA GENERAL SERVICIO DE PATRIMONIO-CONTRATACIÓN
A N E X O III
Don/a _____________________________________________________ mayor de edad, con domicilio en _____________________________, en la calle _____________________________________nº __________________, con D.N.I., numero ____________________, en nombre propio o en representación de la empresa ___________________________________, con C.I.F. ___________________como acredita por _____________________,
DECLARO RESPONSABLEMENTE
- Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que represento, se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 60 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. - Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, seguridad social, así como en los impuestos municipales.
Y Para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente en
______________________, a _____de ______________________20____
Nota.- Ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.