PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES INFANTILES Y BIO-SALUDABLES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES INFANTILES Y BIO-SALUDABLES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE LEIO

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES INFANTILES Y BIO-SALUDABLES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE LEIOA

Leioa, mayo de 2014

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE PARQUES INFANTILES Y BIO-SALUDABLES EN EL TERMINO MUNICIPAL DE LEIOA

1.- OBJETO DEL CONTRATO Es objeto del presente contrato el mantenimiento y conservación de las zonas infantiles de juego y de las zonas bio-saludables. La finalidad de este mantenimiento es tener todos los elementos adscritos a esas áreas en perfecto estado de uso, así como la de presentar permanentemente condiciones seguras de uso por parte de los ciudadanos, cumpliendo escrupulosamente la normativa vigente sobre seguridad actualmente en vigor y las que en el transcurso del presente contrato puedan aprobarse como normas técnicas o legislación.

2.- AMBITO DE ACTUACIÓN Las zonas a conservar y mantener inicialmente son las relacionadas en el ANEXO I del presente Pliego todas ellas situadas en suelo de carácter público. En el transcurso del contrato, podrán incrementarse las zonas que con motivo de nueva instalación sea necesario su mantenimiento. El Ayuntamiento podrá siempre instalar dentro de las zonas, nuevos juegos o aparatos o proceder a su vallado; bien de forma directa o indirecta, estando obligado el adjudicatario a su mantenimiento sin incremento de coste alguno.

3.- NORMATIVA DE SEGURIDAD El presente contrato deberá siempre cumplir la normativa de seguridad en zonas infantiles de juego, así como las que en el transcurso del contrato se aprueben como normas o como legislación.

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La normativa de seguridad mínima a cumplir es la UNE EN 1176-77. En general, también se observarán las ordenanzas municipales en vigor, legislación ambiental estatal, europea y de el Gobierno Vasco, y todo aquello que se pudiera aplicar al buen estado de las zonas.

4.- TRABAJOS OBJETOS DEL CONTRATO Como primera actuación, se procederá a la puesta apunto de los juegos y elementos, mediante una primera revisión exhaustiva y reparación completa de los mismos (Se incluirá limpieza y pintado). También se procederá a regularizar las zonas, en cuanto a normativa de seguridad se refiere. Tras la revisión exhaustiva, y previo a la reparación de los juegos, presentará un informe al Ayuntamiento con las deficiencias encontradas y las medidas a adoptar. El adjudicatario dispondrá de dos meses desde la firma del contrato para llevar a cabo la puesta apunto. Una vez concluida la puesta apunto dará comienzo el mantenimiento preventivo y correctivo, cuyas exigencias mínimas serán las siguientes: Inspección El adjudicatario tiene la obligación de inspeccionar al menos una vez cada 15 días todas las zonas objeto de conservación, siguiendo las indicaciones exigidas en la norma europea UNE EN 1176-7 sobre mantenimiento de áreas de juegos infantiles, para detectar cualquier anomalía e incidencia y proceder de forma inmediata a las reparaciones oportunas. En caso de no poder iniciar de forma inmediata la reparación se deberá proceder inmediatamente al precintado efectivo con vallas, cintas y carteles de aviso para impedir el uso y la proximidad al elemento afectado, comunicando de forma inmediata por Fax, teléfono o e-mail al ayuntamiento los juegos precintados así como las incidencias que puedan tener relevancia en la seguridad y en el uso del área. Reparación Se aplicará a cualquier avería , deficiencia, desperfecto o material en mal estado. Incluyéndose en el presente contrato la mano de obra, el transporte y los materiales. Los elementos o juegos que se encuentren deteriorados, por uso inadecuado, vandalismo, robo o incendio se repararán sea cual sea la causa.

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Los materiales a emplear en todas las reparaciones serán originales y de la misma marca de origen. Solamente en casos excepcionales se autorizará el uso de materiales no originales siempre que en el caso se presente documento del fabricante que asegure que la reparación realizada con esos materiales no disminuye la seguridad del juego y todas las modificaciones en el mantenimiento y uso del elemento se especifican claramente. Se emitirá un certificado de conformidad en la reparación. El plazo de reparación de cualquier juego o elemento es de una semana a contar desde el día de la detección de la anomalía. En caso de no poder proceder a la reparación en este tiempo por causas no imputables al adjudicatario deberá comunicar por escrito o e-mail motivado estimando el tiempo de reparación e inmediatamente después de recibir la aceptación por el ayuntamiento procederá a la retirada del juego o elemento a los almacenes y talleres del adjudicatario o lo precintará de forma permanente y efectiva según el caso. Los trabajos de reparación podrán coincidir en los mismos días que las inspecciones ordinarias y con los mismos equipos para optimizar recursos, siempre que ninguno de los dos trabajos disminuya su eficacia y objetivo El adjudicatario además de subsanar las deficiencias detectadas durante las inspecciones quincenales, deberá reparar igualmente cualquier incidencia detectada y notificada por los responsables municipales que sea susceptible del mantenimiento. En caso de no poder reparar en un plazo de 48 horas procederá al precintado efectivo con vallas, cintas y carteles de aviso para impedir el uso y la proximidad al elemento afectado. A partir de este momento dispone del plazo de una semana para realizar la reparación. En caso de no poder proceder a la reparación en este tiempo por causas no imputables al adjudicatario deberá comunicar por escrito o e-mail motivado estimando el tiempo de reparación e inmediatamente después de recibir la aceptación por el ayuntamiento procederá a la retirada del juego o elemento a los almacenes y talleres del adjudicatario o lo precintará de forma permanente y efectiva según el caso. Sustitución En cuanto se detecte un juego o elemento obsoleto, peligroso o averiado en su totalidad, que no admita reparación se procederá a su desmontaje, retirada y sustitución. Todos los residuos serán responsabilidad del adjudicatario que los gestionará por su cuenta cumpliendo escrupulosamente toda la legislación y normativa de residuos en vigor en el transcurso del contrato, siendo obligación

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ineludible el reciclado, reutilización o valorización de todos o al menos parte de ellos. La sustitución se realizará previa conformidad de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento que valorarán la conveniencia o no de su sustitución del elemento deteriorado. Siempre que la adquisición del juego o elemento nuevo supere la cuantía de 1.000 euros, dicha cuantía será abonada por el Ayuntamiento previa aceptación del presupuesto por parte de los Técnicos municipales. Los juegos y elementos nuevos que se instalen estarán garantizadas por el adjudicatario al menos durante tres años. El adjudicatario deberá presentar los certificados correspondientes del nuevo juego o elemento una vez instalado. Mantenimiento Es obligación del adjudicatario ejecutar todas las actuaciones que de forma preventiva deban realizarse en los juegos y elementos para mantener su vida útil y aspecto en unos márgenes razonables: como engrases, aprietes de tuercas y tornillos, pintura, barnizado, limpieza, eliminación de pintadas, etc. Las partes móviles de los diferentes juegos y elementos deberán estar en todo momento suficientemente engrasados, de tal forma que el juego o elemento en cuestión pueda realizar el movimiento sin rozamientos anómalos. Cualquier desperfecto o falta de pintura en cualquier juego o elemento deberá ser subsanado. No se fija frecuencia de pintado pero los juegos deberán estar en todo momento correctamente pintados y que no desdigan por su aspecto y estética. Los colores de la pintura serán según los modelos originales o las preferencias ordenadas por los responsables del Ayuntamiento. Para la realización de éstos trabajos el adjudicatario establecer los medios oportunos para delimitar y señalizar debidamente el área. El adjudicatario tiene la obligación de efectuar como mínimo una limpieza mensual de todos los elementos incluyendo la limpieza de pintadas y grafitos de los mismos, empleando los medios que menos impidan el normal funcionamiento del área. La limpieza se realizara utilizando en lo posible productos que sean ambientalmente admisibles por su baja o nula toxicidad y baja persistencia en el medio. En caso de emplear para la limpieza de pintadas sustancias químicas, deberá realizarse previa conformidad de los servicios técnicos municipales y con los plazos de seguridad y medidas preventivas necesarias por la seguridad de los usuarios.

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Suelos de seguridad En caso de zonas infantiles sobre superficies de losetas de caucho reciclado o similar, se hará una sustitución de las losetas deterioradas siempre que sea necesario, con sellado de juntas y bordes. En las zonas infantiles con pavimentos continuos de seguridad, que se hayan deteriorado o desgastado deberán ser reparados al objeto de que cumplan con las condiciones legales de seguridad exigibles.

Cierres perimetrales Consiste en la reparación y en su caso la sustitución de los elementos que constituyen el cierre, en caso de rotura, desprendimiento, desgaste o que se encuentren en mal estado de conservación, también se considera comprendido dentro del presupuesto del presente contrato de mantenimiento ,y sin costo adicional para el Ayuntamiento, el pintado, repintado o barnizado de todos los elementos de cerramiento perimetrales de todas las áreas de juegos infantiles cuando su aspecto exterior o su estado de conservación lo aconsejen. ,la pintura a emplear será adecuada y homologada tanto en lo referente a su uso como en su aplicación y utilización (en evitación de posibles intoxicaciones a terceros).

Informes, registros y certificados Mensualmente realizará y entregará un informe al ayuntamiento detallando todas las actuaciones realizadas, reparaciones, inspecciones y propuestas de mejoras, así como los certificados correspondientes. También se efectuarán semestralmente como mínimo actualizaciones de los inventarios de cada área de juego, efectuando el primero durante el primer mes de contrato. Deberán presentar en este Ayuntamiento todos los partes e informes de los accidentes que se produzcan en las zonas de juego objeto de conservación, asumiendo toda la responsabilidad de los mismos siempre que sean debidos a acciones u omisiones del adjudicatario en el desarrollo del presente contrato.

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5.- MEDIOS HUMANOS, MATERIALES E INSTALACIONES En la plantilla de la empresa adjudicataria, deberá figurar un responsable de la empresa que será el interlocutor oficial con el Ayuntamiento. El responsable deberá ser un Técnico que posea cualificación suficiente y específica y deberá encontrarse perfectamente localizable y disponible, durante la jornada laboral, para lo cual deberá disponer de los medios necesarios a tal fin. En ningún caso, podrá tener el carácter de simple asesor, sino que permanentemente ha de encontrarse afectos a la dirección y organización de los trabajos. El adjudicatario aportará el personal necesario para la buena ejecución de las prestaciones de referencia, que habrá de tener y reunir las condiciones de profesionalidad , aptitud y práctica necesarias para la buena ejecución de los trabajos de mantenimiento y conservación requeridos, pudiendo ser sustituido por otro en caso de que esto no se cumpla a juicio de los responsables municipales. Si los recursos empleados no son suficientes, se podrá requerir al adjudicatario para que sea incrementado a su cargo el personal en la medida que se considere oportuno y necesario. Los Técnicos municipales tendrán autoridad sobre el personal del adjudicatario, aunque procurarán dar las órdenes a través del técnico anteriormente citado, y en todo caso informarán a este de las instrucciones que den directamente. El adjudicatario deberá proponer los equipos de personal de oficios varios (albañil, cerrajero, soldador, montador de juegos, etc.) adscritos a este servicio. El personal de la Empresa adjudicataria, en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento de Leioa, debiendo dicha empresa tener debidamente informado a su personal de dicho extremo, haciendo constar en los contratos de la misma o del personal que realice con posterioridad a la adjudicación expresamente esta circunstancia. El adjudicatario formulará declaración detallada de toda la maquinaría, herramientas, utillaje, y medios de transporte que dedicará a los trabajos objeto del presente contrato ,y que pondrá a disposición de los trabajos convenidos. Estos deberán ser suficientes para la realización de cualquiera de los trabajos. La Empresa adjudicataria dispondrá a su costa de sus propios locales, que obligatoriamente tendrán que ser suficientes, necesarios y precisos para el uso de todo el personal, y para el almacenaje de materiales, maquinaria herramientas, etc. El

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adjudicatario presentará en su oferta los talleres, almacenes, vestuarios, oficinas y otras instalaciones que adscribirá al servicio, con la descripción más detallada posible y con todas las exigencias establecidas en la legislación vigente en la materia. El adjudicatario deberá contar en alguno de estos locales con los repuestos más utilizados en las reparaciones como tortillería, barandillas, losetas de goma, asientos de columpio, jabón, disolventes, pinturas.

6.- GESTION DE RESIDUOS Los escasos materiales que puedan resultar del mantenimiento de los juegos, serán llevados a una plante de tratamiento de residuos autorizada, con cargo a la empresa adjudicataria. Los residuos resultantes de la realización de los trabajos, así como embalajes, envases vacíos, etc., serán retirados de forma inmediata por el adjudicatario, sin que se permita la permanencia de los mismos en el lugar de las obras. En ningún caso se permite la permanencia de residuos los fines de semana, domingos o días festivos.

7.- PROTECCION Y SEÑALIZACION DE LOS TRABAJOS Se considera de especial importancia las condiciones de seguridad a adoptar durante la realización de los trabajos, que permitan garantizar al máximo la eliminación de riesgos para usuarios, así como de los propios trabajadores. La zona de trabajo deberá acotarse debidamente mediante vallas o cintas señalizadoras, y señalizarse adecuadamente y acorde a las exigencias municipales al respecto.

8.- RESPONSABILIDAD CIVIL Cualquiera que sea la causa, el adjudicatario asumirá la plena responsabilidad de todos los daños y perjuicios que se ocasionen a los usuarios, a cualquier ciudadano o a bienes públicos o privados en los trabajos por ejecución u omisión de reparación y demás servicios establecidos en el presente pliego y en el ámbito del mismo. Para ello el adjudicatario deberá presentar una póliza de seguro de responsabilidad civil suficiente para responder, estimada en 250.000,00 euros mínimo.

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La Empresa intervendrá directamente, sin necesidad de los Técnicos municipales, en aquellas operaciones de inspección y de reparación, que requieran actuación, pues es su obligación, la detección de cualquier circunstancia, que se origine en la zona de juegos, y que pueda suponer perjuicio, riesgo, o desmerecimiento de su buen estado. Intervendrá, asimismo en actuaciones que por su urgencia, sean necesarias, fuera del horario normal. La no detección ni notificación de estas circunstancias, a los Técnicos Municipales, será motivo de sanción. El adjudicatario deberá disponer, a su cargo, de todas las medidas de protección y señalización, que garanticen la seguridad, tanto del personal que trabaja en la vía pública, como del público en general, cumpliendo escrupulosamente toda la normativa de prevención de riesgos laborales. El Ayuntamiento declina formalmente cualquier responsabilidad, que pueda derivarse del incumplimiento de dichas normas y medidas, por parte del contratista al margen de poder imponer las sanciones que más adelante se especifican. Salvo supuestos de fuerza mayor, en caso de que se produjeran alteraciones que supongan la paralización total o parcial del servicio, la empresa adjudicataria, deberá acordar con el Ayuntamiento, la materialidad de los trabajos, para los servicios mínimos, que determine la Ley, siendo responsable la Adjudicataria de los daños que se puedan producir en las zonas infantiles de juego, y zonas públicas colindantes.

9.- CONTROL E INSPECCION DE LOS TRABAJOS Los servicios contratados estará sometidos permanentemente a la inspección y vigilancia de los Técnicos municipales., quienes podrán realizar las revisiones que estimen oportunas, en cualquier momento y lugar. El Ayuntamiento podrá dictar, en función de la inspección realizada, órdenes e instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento para el adjudicatario. Mensualmente se realizará una reunión de seguimiento del contrato con los Técnicos municipales.

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10.- DURACION DEL CONTRATO El presente contrato tendrá una duración inicial de tres años a partir del día siguiente a la firma del contrato. Será prorrogable durante el máximo de un año, sin que la duración total del contrato, incluida la prorroga, pueda exceder de cuatro años. La prórroga requerirá acuerdo expreso por ambas partes. En el supuesto de que alguna de las partes no desee la prórroga, se resolverá el contrato siendo suficiente la notificación por escrito en este sentido. No se admite la prórroga automática.

11.- PRECIO DEL CONTRATO El presupuesto del contrato asciende a la cantidad máxima anual de 28.000,00 euros sin incluir el IVA, formada por doce abonos mensuales cuya cuantía saldrá de dividir la oferta económica entre doce mensualidades. A efectos contables se estipula la cantidad de 112.000,00 euros equivalente al presupuesto de la duración máxima del contrato, incluyendo la hipotética prórroga.

12.- CRITERIOS DE ADJUDICACION Las ofertas presentadas se valorarán de la siguiente forma sobre un total de 100 puntos:

- Valoración de la oferta económica Se compararán las cantidades sin incluir el I.V.A. La oferta más económica obtendrá 51 puntos. El resto de las ofertas se valorarán de la siguiente forma: P = O mínima x 51 ; donde: O evaluar

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P = Puntuación resultante. O mínima = Oferta más económica. O evaluar= Oferta a evaluar. Las ofertas que estén en presunción de temeridad conforme a lo señalado en el art. 85 del RGLC, se valorarán en este apartado como si hubieren ofertado con el porcentaje máximo de baja estipulado en el citado artículo para que no se consideren en presunción de temeridad.

- Organización y planificación del servicio

24 puntos

Se deberá presentar una memoria, lo más detallada posible, indicando la planificación y organización de los trabajos, método de ejecución, ordenes de trabajo, partes e informes que se van a realizar, etc.

- Medios humanos, materiales e instalaciones

15 puntos

Relación del personal asignado a este servicio, indicando como mínimo titulación, experiencia y categoría profesional. (5 puntos). Relación y descripción detallada de los medios mecánicos, materiales y auxiliares disponibles para la realización de los trabajos objeto de este contrato. Se indicarán vehículos, herramientas, equipos y demás medios que sean susceptibles de ser utilizados en la realización del servicio. (5 puntos). Relación de las instalaciones destinadas a la ejecución del servicio, tales como, talleres, locales, naves, almacenes, oficinas,...indicando su ubicación y haciendo una breve descripción de los mismos. (5 puntos)

- Mejoras al contrato

10 puntos

El ofertante, podrá presentar una propuesta de mejoras consistente en cualquier medida que redunde en la mejora del servicio y/o equipamientos objeto del

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contrato, tales como, la instalación de juegos, carteles, campañas de educación ambiental y/o seguridad en áreas infantiles de juego, etc que se incluirán dentro del presupuesto global de licitación.

Leioa, mayo de 2014

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