PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA 1.- COMPOSICIÓN Y LUGAR DE PRESTAC

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA EL SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE HUELVA

1.- COMPOSICIÓN Y LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO Para realizar el servicio objeto de esta contratación, se considera necesario planificar el sistema de vigilancia para los Centros Provinciales de la Excma. Diputación Provincial de Huelva con arreglo a las especificaciones que a continuación se exponen y teniendo en cuenta el número de horas anuales para su realización. La presencia física que exige el servicio, se cubrirá con el número de vigilantes de seguridad (con o sin armas) que determine la empresa en cumplimiento de la Normativa vigente y que contarán con el apoyo de los medios humanos y materiales de la empresa, para prestar en las mejores condiciones el servicio de vigilancia y seguridad que se contrata.

CENTROS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ORDINARIOS FIJOS:

PALACIO DIPUTACIÓN PROVINCIAL: Un Vigilante de seguridad con arma las 24,00 horas del día durante todo el año. Un Coordinador de Servicios a jornada completa, de todos los servicios que se establezcan en los edificios de la Excma. Diputación y los extraordinarios que pueda organizar o patrocinar la Excma. Diputación en toda la provincia, sin arma.

DESARROLLO LOCAL (Antiguo Hospital Psiquiátrico) Un Vigilante de seguridad con arma, desde la 21,00 a las 8,00 horas, todos los días del año, excepto sábados, domingos y festivos que será el servicio de 24,00 horas.

CENTRO PROVINCIAL DE DROGODEPENCIA: Un vigilante de seguridad sin arma de 7,45 a 15,15 horas de lunes a viernes, durante todo el año.

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MUELLE DE LAS CARABELAS: (Turno de noche con armas) -

HORARIO MES DE ENERO. Del 1 al 8 de enero.- Martes, Miércoles, Jueves y Sábado, Un vigilante de 19,00 a 08,00 horas. Del 9 a 31 de Enero.- Martes, Miércoles y Jueves 15,00 a 08,00 horas. Viernes Un vigilante de 15,00 a 10,00 horas. Sábado, Domingo, Lunes y festivos las 24,00 Horas.

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HORARIOS MESES, FEBRERO MARZO, ABRIL MAYO, OCTUBRE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE. Martes a jueves y sábado, Un vigilante de Seguridad con arma de 19,00 a 08,00 horas. Viernes, Un vigilante de seguridad con arma de 19,00 a 10,00 horas. Domingo, lunes y festivos 24,00 horas, turno de noche con arma.

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HORARIO JUNIO, JULIO Y SEPTIEMBRE Martes a jueves, Un vigilante de 15,00 a 17,00 horas y de 21,00 a 08,00 horas, con arma. Viernes de 15,00 a 17,00 horas y de 21,00 a 10,00 horas, con arma Sábados de 19,00 a 08,00 horas, con arma Domingo, lunes y festivos las 24,00 horas. Noche con arma.

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HORARIO MES DE AGOSTO: Un Vigilante de Seguridad todos los días las 24,00 horas, turno de noche con arma.

ESTADIO IBEROAMERICANO DE ATLETISMO: Un Vigilante de Seguridad, sin armas desde las 14,30 horas a 8,30 horas del día siguiente, todos los días del año. Sábados, domingos y festivos, las 24 horas del día. SERVICIOS EXTRAORDINARIOS QUE PUEDEN REALIZARSE.Todos los que organice la Diputación Provincial de Huelva, en sus instalaciones propias o no, en Huelva capital y provincia y considere necesario la prestación de servicio de vigilancia de seguridad privada.

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OBSERVACIONES.-

La empresa adjudicataria garantizará en todo momento la prestación del servicio en las condiciones contratadas.

La prestación de los servicios de vigilancia y seguridad efectuados por personas, físicas o jurídicas, y requisitos que deben cumplir las empresas, deberán ajustarse a todo lo que establece en su articulado la Ley 23/1992 de 30 de julio de Seguridad Privada, R.D. 2364/1994 de 9 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, modificado parcialmente por R.D. 1123/2001 de 19 de octubre y el Convenio Colectivo Nacional de Empresas de Seguridad que rija en el momento de la contratación en todo su articulado. Los vigilantes de seguridad desarrollarán sus funciones en el interior de las dependencias citadas y/o de las propiedades de cuya seguridad están encargados, sin que tales funciones se puedan desarrollar en la vía pública. La empresa indicará la dirección de su sede social y las de sus delegaciones provinciales; indicando teléfono de contacto y nombre/s de la/s persona/s responsable/s, con capacidad de decisión suficiente para resolver problemas que en la prestación del servicio puedan suscitarse.

2.- UNIFORMIDAD Y EQUIPAMIENTO El ejercicio de las funciones que se citan en el apartado correspondiente, serán desempeñado por los vigilantes de seguridad integrados en la empresa adjudicataria, vistiendo el uniforme reglamentario portando la preceptiva acreditación y convenientemente equipados. Las empresas deberán presentar en su oferta la relación de prendas que conforman el uniforme, color y características de los mismos y distintivos que la identifican, pudiendo aportar folletos donde aparezcan fotografías que lo documenten; así como la relación del equipamiento propio que portarán los vigilantes en la prestación del servicio. La prestación de los servicios con armas, llevará implícito la instalación de armeros para la custodia de armas, en las condiciones que prescribe el Reglamento de Seguridad Privada en su articulado y en la Disposición Transitoria VI.

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3.- FUNCIONES

Los vigilantes de la empresa de seguridad elegida, desempeñarán las siguientes funciones: -

Ejercer la vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos.

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Efectuar controles de identidad en el acceso, tanto de personas como vehículos, y en el interior del inmueble, sin que en ningún caso puedan retener la documentación personal.

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Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones en relación con el objeto de su protección.

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Poner inmediatamente a disposición de los miembros de las Fuerzas y cuerpos de Seguridad del Estado a supuestos implicados, en relación con el objeto de su protección, así como los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, no pudiendo proceder al interrogatorio de aquellos.

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Gestionar los sistemas de alarmas instalados ante los riesgos de intrusión e incendio, actuando según el protocolo preestablecido

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Procurar un recinto seguro ante el riesgo de incendio, consiguiendo que los sistemas electrónicos y medios de intervención inmediata se encuentren en perfecto estado de uso y funcionamiento.

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Intervenir ante conatos de incendios o cualquier otra clase de siniestro o accidente, adoptando medidas preventivas para evitar que estos se produzcan.

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Revisar la correspondencia y paquetería con los medios existentes.

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Inspeccionar diariamente todo el edificio una vez vacío de personal. Asegurándose del cierre de puertas y ventanas y de la desconexión de instalaciones eléctricas.

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La realización de actividades complementarias directamente relacionadas con aquellas e imprescindible para su efectividad.

Al ser un servicio de vigilancia y seguridad lo que se contrata, la empresa quedará obligada a prestar el servicio con las máximas garantías, procurando entre su personal una actitud profesional y vigilante y prestando de inmediato el apoyo técnico y refuerzos que las circunstancias demanden.

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4.- FORMULA DE REVISIÓN DE PRECIOS De conformidad con lo establecido en el art. 90 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el contratista tendrá derecho a que el precio adjudicado sea revisado anualmente según el Índice de Precios al Consumo que marque el Instituto Nacional de Estadística, si bien el adjudicatario, deberá presentar la documentación desglosada acreditativa del incremento de costes referidos al personal.

5.- CRITERIOS DE SELECCIÓN. 1.- Oferta Económica: se valorará aplicando Regla de tres inversa. 2.- Estructura de la Empresa en Huelva y Certificados de Calidad: i. Se asignará 8 puntos para quienes cuenten con estructura en Huelva, con capacidad de respuesta inmediata ante cualquier situación de riesgo. ii. Se asignará 7 puntos para quienes acrediten tener Certificado de Calidad. Se entenderá por estructura de la empresa la organización de medios humanos y materiales relacionados con la actividad que ese contrata así como su implantación territorial. El Certificado de Calidad que se presente, debe ser el expedido por cualquier entidad acreditada por la Empresa NACIONAL DE Acreditación y Certificación (ENAC) son conformes a la exigencia de la Norma Española UNE-EN ISO 9001-2000, Sistemas de Calidad. 3.- Centro de Control Operativo: posibilidades y características. Se considera Centro de Control Operativo de la Delegación de la empresa, el lugar destinado por la misma para la atención, inspección y apoyo a los vigilantes que vayan a prestar servicio en los diferentes turnos. Se indicará su sede, los medios humanos y materiales disponibles, horario, posibilidades y características; así como las actuaciones previstas para desarrollar estas actividades. Para completar la valoración de este criterio, se deberá aportar el Procedimiento de actuación a llevar a cabo ante la manifestación de los riesgos que fuesen detectados al realizar el estudio de las condiciones de seguridad de los edificios relacionados en el punto 1 CENTROS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ORDINARIOS FIJOS , indicando los medios humanos y materiales con los que se llevará a cabo. Para la realización del citado estudio podrá contar con la colaboración de Francisco Sánchez Nogales, con quien podrán contactar en la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]. 4.- Plantilla operativa disponible en Huelva.- Se valorará aplicando Regla de 3 inversa.

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5.- Mejoras del Servicios.- deberán venir valoradas económicamente y se aplicará Regla de tres inversa. Se consideran Mejoras del Servicio aquellas medidas y elementos de seguridad que la empresa pone a disposición del organismo para la prestación del servicio objeto de esta contratación, detectadas en el estudio previo. Las empresas harán la distinción si los ofrecimientos, susceptibles de ellos, pasan a ser propiedad o son cedidos durante el período contratado. La omisión se interpretará como que pasarán a ser propiedades del Organismo contratante.

6.- Centros de Formación y Planes de Formación: Se valorará con 5 puntos la acreditación de Centro y Plan de Formación y con 3 puntos la acreditación de Plan de Formación.

7.- Plan de Prevención de Riesgos Laborales.Se deberá aportar igualmente el Documento de evaluación de Riesgos Laborales correspondiente al personal de seguridad. A los efectos de evaluación, solo se tendrán en cuenta, aquellas mejoras que el organismo considere de interés para la seguridad de los edificios en cuestión. Dicha evaluación se llevará a cabo mediante Comisión técnica nombrada al efecto por la Mesa. No se considerará como mejoras aquellos elementos que forman parte del equipamiento obligatorio del personal de seguridad.

La falta de presentación de toda o parte de la documentación que se solicita en este punto, indicará a los efectos de evaluación, la no-disposición de esos requisitos y por consiguiente su nula calificación.

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