PODER CIUDADANO (LOGO)

PODER CIUDADANO (LOGO) Partidos políticos para la democracia I (Los argentinos, las argentinas y los partidos políticos) (TITULO) Aportes para la rec

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PODER CIUDADANO (LOGO)

Partidos políticos para la democracia I (Los argentinos, las argentinas y los partidos políticos) (TITULO) Aportes para la reconstrucción del vínculo entre los partidos políticos y la ciudadanía (SUBTITULO)

La edición de esta publicación ha sido posible gracias al apoyo de la Embajada Británica en la Argentina

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ISBN

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PODER CIUDADANO (LOGO) Partidos políticos para la democracia I (Los argentinos, las argentinas y los partidos políticos) (Título) Aportes para la reconstrucción del vínculo entre los partidos políticos y la ciudadanía (SUBTITULO)

Autores Pablo Secchi, Martín Astarita, Analía Ladisa, Laura Alonso Consultora metodológica: Karina Kalpschtrej Diseño de tapa y diagramación www.mediamasa.com.ar Corrección Inés Gugliotella

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Consejo de Administración de la Fundación Poder Ciudadano (TITULO) Carlos Facal, Presidente Renato Meyer, Vicepresidente Carolina Biquard, Vocal Delia Ferreira Rubio, Vocal José Ignacio García Hamilton, Vocal Mempo Giardinelli, Vocal Silvina Gvirtz, Vocal Luis Alberto Quevedo, Vocal Laura Alonso, Directora Ejecutiva Consejo Honorario Teresa Anchorena Víctor García Laredo Manuel Mora y Araujo Mona Moncalvillo Luis Moreno Ocampo Marta Oyhanarte Equipo Responsable (TITULO) Área Acción con Políticos (SUBTIT) Coordinador: Pablo Secchi Asistentes: Martín Astarita y Analía Ladisa

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Consejo asesor del proyecto Partidos Políticos para la Democracia

Carlos Acuña Miguel De Luca Liliana De Riz Delia Ferreira Rubio Constanza Galli Mal Green Fernando Laborda Marcelo Leiras Jorge Mayer Manuel Mora y Araujo Ana María Mustapic Luis Tonelli Daniel Zovatto

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Redes internacionales a las que pertenece Poder Ciudadano (TITULO) Transparencia Internacional (TI), única organización no gubernamental a escala mundial dedicada a combatir la corrupción, congrega a la sociedad civil, el sector privado y los gobiernos en una vasta coalición global. A través de sus capítulos en el mundo y su Secretariado Internacional, Transparencia Internacional aborda las diferentes facetas de la corrupción, tanto en el interior de los países como en el plano de las relaciones económicas, comerciales y políticas internacionales. El propósito es comprender y enfrentar los dos rostros de la corrupción: quien corrompe y quien permite ser corrompido. Asimismo, en el ámbito nacional, los capítulos de Transparencia Internacional actúan en procura de una mayor transparencia y la materialización del principio de rendición de cuentas. Con este fin, TI vigila el desempeño de algunas instituciones clave y ejerce presión para la adopción no partidista de las reformas que sean necesarias. www.transparency.org

En 1995, se creó la Red Interamericana para la Democracia (RID). Las seis organizaciones fundadoras fueron Compañeros de las Américas (Estados Unidos); Asociación Conciencia y Fundación Poder Ciudadano (Argentina); Corporación Participa (Chile); Instituto de Investigación y Autoformación Política (Guatemala) y Departamento de Ciencias Políticas de la Universidad de los Andes (Colombia). Desde entonces, la RID se transformó en la red más grande de organizaciones de la sociedad civil en el hemisferio, con más de 250 miembros en 24 países que promueven la participación ciudadana en la región por medio de la cooperación, la capacitación y la divulgación de información. www.redinter.org El Acuerdo de Lima es una Red de Movimientos Cívicos de América Latina y el Caribe, constituida el 15 de septiembre del 2000 en la ciudad de Lima,

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Perú, por un grupo de organizaciones de la sociedad civil de distintos países de la región, comprometidas con el fortalecimiento de la democracia, las cuales acordaron establecer una alianza para promover el intercambio de experiencias, proveer un sistema de mutuo apoyo en aspectos políticos y técnicos del monitoreo electoral, y desarrollar actividades y proyectos conjuntos. www.acuerdodelima.org

El Proyecto Internacional de Presupuesto –IBP por su sigla en inglés– del Centro sobre Presupuesto y Prioridades Políticas (CBPP) asiste a organizaciones no gubernamentales (ONG), así como a investigadores, en sus esfuerzos por analizar políticas presupuestarias y mejorar los procesos y las instituciones del presupuesto. El proyecto está especialmente interesado en asistir con investigación aplicada relevante a los debates políticos vigentes, así como con investigación sobre los efectos de las políticas presupuestarias en sectores marginados y de pobreza. La meta última del proyecto es hacer que los sistemas de presupuesto respondan más eficazmente a las necesidades de la sociedad y, por consiguiente, sean más transparentes y responsables ante el público. www.internationalbudget.org

La Fundación AVINA es una red de líderes de la sociedad civil y del sector empresario que impulsan iniciativas por el desarrollo sostenible en Iberoamérica. El desarrollo sostenible es una opción viable para el mejoramiento de la dignidad humana, a través de la cual se satisfacen las necesidades del presente compatibilizándolas con las de las generaciones futuras. AVINA Busca vincular a líderes de la sociedad civil y del sector privado, porque cuando trabajan juntos logran desarrollar soluciones de largo plazo para sus comunidades. www.avina.net

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El Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) es una entidad intergubernamental autónoma, cuya misión es apoyar a los Estados de la región en sus procesos de reforma a la justicia. Su sede se encuentra en Santiago de Chile y sus miembros son todos los países integrantes activos de la Organización de Estados Americanos (OEA). Nace en 1999, por resolución de la Asamblea General de la OEA, en cumplimiento de los mandatos que enfatizaban la necesidad de incorporar el fortalecimiento del sistema judicial y la administración de justicia como tópico relevante para la gobernabilidad y el desarrollo económico de los países. www.cejamericas.org

La Red Puentes es una alianza internacional integrada por organizaciones de la sociedad civil comprometidas con la Responsabilidad Social Empresaria y apoyada por la Agencia de Cooperación al Desarrollo, NOVIB y fondos públicos de Holanda. Su propósito es contribuir al desarrollo y fortalecimiento de la RSE desde la perspectiva de la sociedad civil. Esta alianza integra a 21 organizaciones de cinco países: Argentina, Brasil, Chile, Holanda y México. En la Argentina, estuvo conformada originalmente por las fundaciones SES, El Otro y Geos, y en 2004 se incorporaron a la Red la Fundación de Ambiente y Recursos Humanos (FARN) y Poder Ciudadano. www.redpuentes.org

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Otras publicaciones de la biblioteca Poder Ciudadano 

Revista Poder Ciudadano. Revista propia de edición mensual, Buenos Aires, de marzo de 1991 a diciembre de 1997.



Control de la Corrupción. ¿Qué puede hacerse? Foros de Interés Ciudadano, Buenos Aires, 1992.



Los ciudadanos y sus Representantes. ¿Cómo mejorar una relación deteriorada? Foros de Interés Ciudadano, Buenos Aires, 1993.



Banco de Datos de Políticos Argentinos 2, Buenos Aires, 1995.



Cuando el Poder perdió el Juicio. Cómo explicar el ¨Proceso¨ a nuestros hijos. Luis Moreno Ocampo, Buenos Aires, Planeta, 1996.



Nuevas herramientas para la acción ciudadana en defensa de nuestros derechos del medio ambiente. Programa de Participación y Fiscalización Ciudadana, Buenos Aires, 1997.



Herramientas de acción ciudadana para la defensa de los derechos de la mujer. Programa de Participación y Fiscalización Ciudadana, Buenos Aires, 1997.



La copia y la Coima: Cómo cambiar un Estilo, Buenos Aires, Editorial Troquel, 1997.



Acciones de fiscalización y control ciudadano de la gestión pública. Red Interamericana y del Caribe para la Democracia, Buenos Aires, 1998.



Aulas sin Fronteras: Experiencias Educativas innovadoras que promueven la participación y mejoran la convivencia. Oscar Rassori et. al., Buenos Aires, Grupo Editor. Aiqué, 1999.



Banco de Datos de Legisladores de la Ciudad de Buenos Aires, Buenos Aires, 2000.



Día Internacional: Experiencias Exitosas en el Campo del Presupuesto Participativo, Buenos Aires, 2002. Impreso por Manchita (está disponible también una copia digital de esta publicación).



Presupuesto Participativo. La Experiencia de Poder Ciudadano 2001-2003, Buenos Aires, 2003.



Manual sobre el Monitoreo Cívico del Consejo de la Magistratura, Buenos Aires, 2003. Impreso por Manchita.



Manual de Planes de Acción de Incidencia en Políticas Públicas. Ñukanchik Kawsayta Allichinkapak Ruraykuna. Poder Ciudadano. Fundación Esquel. Partners of Americas. USAID. Red Interamericana para la Democracia, Ecuador, 2003.



Índice Latinoamericano de Transparencia Presupuestaria. La experiencia de 10 países, 2003: informe regional. Versión en Español, Inglés y Portugués, México, 2003.



Índice Latinoamericano de Transparencia Presupuestaria. La experiencia de 10 países. 2003: informe de Argentina, Buenos Aires, 2003.



¿Quién es Quién? Banco de Datos de Candidatos Presidenciales en Argentina, años 1995, 1999, 2003.



¿Quién es Quién? Candidatos a Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Buenos Aires, 2003.



Primer Diagnóstico de Independencia Judicial, Buenos Aires, 2003.



CD card del Monitoreo de la Cobertura de Medios, Buenos Aires, 2003.

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Procedimientos Consultivos para la Adquisición de textos Académicos. Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología – Fundación Poder Ciudadano. Capítulo Argentino de Transparencia Internacional, enviado para la publicación en ¨Caja de Herramientas para el control ciudadano de la Corrupción” de Transparencia Internacional, Buenos Aires, 2004. Sociedad Civil y Presupuesto Participativo, La Experiencia Argentina. Foro Internacional sobre Presupuesto Participativo, Congreso de la República de Perú, Lima, Perú, 2004.



Manual de Incidencia del Foro del Sector Social, Buenos



Manual de Monitoreo de Medios en Períodos Electorales, Buenos Aires, La Crujía Ediciones, 2004.



Periodismo Social (Manual). Para que nuestra información sea noticia, Infocivica, Buenos Aires, Talleres Gráficos Manchita, 2004.



Monitoreo Cívico del Gasto en Propaganda Política. Manual para ONG, Buenos Aires, 2004. Impreso por Manchita.



Manual de Acción Colectiva por la justicia. Derecho de Interés Público, Buenos Aires, 2004.



El Congreso bajo la lupa 2004, Buenos Aires, marzo de 2005. Impreso por Manchita.



¿Cómo monitorear Instituciones Legislativas? Propuestas para la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil, Buenos Aires, Septiembre de 2005. Impreso por Manchita.



Herramientas para la Participación Ciudadana, Buenos Aires, Septiembre, 2005. Impreso por Manchita.



El Congreso bajo la lupa 2005, Buenos Aires, marzo 2006. Impreso por Manchita.



Contrataciones Públicas Vulnerables. Estudio de percepción sobre las vulnerabilidades del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, Buenos Aires, marzo 2006. Impreso por Manchita,



Gobierno local, transparencia y participación Ciudadana, Buenos Aires, abril de 2006. Impreso por Manchita.



Una mirada atenta sobre el Consejo de la Magistratura, Buenos Aires, junio de 2006.



El Congreso y la Información, Buenos Aires, septiembre de 2006. Impreso por Manchita.



Problemas en la Democracia, ¿Qué hacer para solucionarlos? Cuadernillo para facilitar la deliberación, Buenos Aires, octubre de 2006. Impreso por Manchita.



Transparencia y control social en las contrataciones públicas, Buenos Aires, noviembre 2006. Impreso por Manchita.

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ÍNDICE DE CONTENIDOS

Capitulo 1: Partidos políticos y ciudadanía: Algunas reflexiones e ideas para reconstruir el puente de la confianza y la representación Capítulo 2: Funcionamiento de los partidos políticos Capítulo 3: Afiliaciones Capitulo 4: Financiamiento de los partidos políticos Capitulo 5: Democracia interna de los partidos políticos Capitulo 6: Conclusiones

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Prólogo Estudiar la relación entre los partidos políticos y la ciudadanía es un trabajo que requiere despojarse de todo preconcepto conocido sobre el tema. Intentar no caer en los clichés conocidos y aportar pequeñas recomendaciones para que ciudadanos y partidos transiten el mismo camino es el desafío que hemos tomado desde Poder Ciudadano. Porque los partidos políticos importan. Porque son instituciones esenciales de todo régimen democrático. El programa “Partidos Políticos para la Democracia” intenta reconstituir ese vínculo desgastado entre ambos actores luego de 24 años de democracia ininterrumpida. Durante estos años la ciudadanía argentina pasó por ciclos de ilusión y desencanto. El trabajo realizado por Poder Ciudadano se presenta en dos etapas plasmadas cada una de ellas en dos publicaciones. La primera publicación Partidos Políticos para la democracia I (Los argentino, las argentinas y los partidos políticos) se divide a su vez en dos partes: a) el análisis de la percepción que tiene la ciudadanía acerca de la política y lo político, captada por medio de encuestas y focus group con ciudadanos, y b) el desarrollo de algunos temas relevantes para la organización y funcionamiento de la política partidaria y la participación ciudadana dentro de los partidos políticos. Entre aquellos son protagonistas la organización partidaria, el financiamiento, las afiliaciones de los partidos y la democracia interna de los mismos. Como todo vínculo necesita al menos de dos partes, el segundo de los trabajos Partidos Políticos para la democracia II (Los políticos y la ciudadanía) se dedica a plasmar las creencias y las percepciones de los propios líderes políticos sobre su relación con la ciudadanía, la política y los partidos políticos. El principal

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logro de este segundo trabajo fue darle un espacio a una gran cantidad de políticos argentinos para que puedan expresarse con total libertad en una amplia entrevista anónima en la cual se tocaron diversos temas de interés público. Una de las pautas de este trabajo fue identificar por qué hay tantas diferencias entre lo que los políticos dicen que quieren hacer y los ciudadanos perciben que les hacen. En este primer estudio, se observa como la ciudadanía argentina asume mayoritariamente un rol pasivo ante la política y deslinda responsabilidades. El vínculo ciudadanos - políticos necesita del compromiso, la responsabilidad y la proactividad de ambas partes. Este trabajo pone la lupa sobre las percepciones y las opiniones de la ciudadanía frente a la política, lo político y los políticos. Esperamos promover interrogantes y algunas respuestas a fin de que representantes y también representados asumamos con madurez y responsabilidad el rol que nos toca ocupar si efectivamente estamos dispuestos a que la democracia madure.

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CAPITULO 1 Partidos políticos y ciudadanía: Algunas reflexiones e ideas para reconstruir el puente de la confianza y la representación Las instituciones políticas atraviesan una profunda crisis de confianza. De ellas, los partidos políticos son las más afectadas no sólo en Argentina sino también en el resto de las democracias del mundo. Anualmente estudios de opinión como Latinobarómetro o el Barómetro Global de la Corrupción de Transparencia Internacional muestran la desconfianza que caracteriza al vínculo entre la ciudadanía y los partidos. Sin embargo, éstos - los partidos políticos – son instituciones esenciales de la democracia representativa. Los diagnósticos son buenos porque nos dan una fotografía de la realidad. Pero se vuelven una pesadilla cuando esa realidad no puede o no quiere ser modificada por los protagonistas.

¿Diría que tiene mucha, algo, poca o ninguna confianza en....?

Fuente: Latinobarómetro 2006

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La representación política atraviesa una larga crisis que ha afectado directamente a su vehículo tradicional: los partidos políticos. Pero con el diagnóstico no alcanza. Este documento se orienta a generar y alimentar un debate responsable sobre la reforma de los partidos y el sistema de partidos. En definitiva, se trata de identificar los caminos apropiados para reconstruir el vínculo roto entre ciudadanía y partidos políticos. Origen y funciones de los partidos políticos Los partidos políticos surgen en Europa en la segunda mitad del siglo XIX. Son producto de la movilización de las masas que demanda y adquiere derechos políticos y se dispone a participar electoralmente a través del sufragio universal. Los partidos canalizan, agregan, y articulan las demandas y los intereses de los diferentes colectivos sociales y las promueven en la arena política (el gobierno y la oposición) para su debate y satisfacción. Para Abal Medina (h), un partido político es “una institución voluntaria que (a) busca explícitamente influir en el Estado, generalmente tratando de ocupar posiciones en el gobierno a través de las elecciones u otra forma de legitimidad popular; (b) posee una organización que pretende ser, o al menos se presenta como, duradera y estable, y (c) usualmente consiste en algo más que la expresión de un interés particular de la sociedad e intenta, en alguna medida, agregar intereses distintos”.1 Los partidos representan (o buscan representar) “partes” de una sociedad. Por ello surgen en sociedades pluralistas que reconocen y respetan la existencia de actores, sectores e intereses diversos. Los partidos agregan y articulan diferentes demandas y compiten política y electoralmente para satisfacer los intereses de sus miembros, seguidores o simpatizantes. De algún modo, los partidos cristalizan la

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Abal Medina (h), Juan Manuel (2004) Los partidos políticos: un mal necesario? Buenos Aires: Capital Intelectual. Colección Claves para Todos.

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diversidad de intereses que emergen en una sociedad democrática. Obviamente este pluralismo demarca las diferencias que existen en toda sociedad y, de algún modo, dificultan la identificación del “bien común”. “La misma existencia de los partidos nos pone de manifiesto esas incómodas divisiones que existen en nuestras sociedades, nos obliga a entender su complejidad y a reconocer en última instancia que esto no es producto de una confusión, de un malentendido, sino que expresa diferencias profundas de intereses que no son superables, es decir, que están imposibilitadas de alcanzar un acuerdo. Aceptar verdaderamente a los partidos es reconocer que en nuestras sociedades lo único cercano al bien común es el producto contingente y mutable de consensos y soluciones cambiantes, que nunca dejan igual de satisfechos a todos” (Abal Medina, op. cit., pp. 15-16). Los partidos políticos emergen y se desarrollan en un determinado contexto histórico que produce en ellos marcas fundacionales que los caracterizan a lo largo de su vida institucional. Un partido de clase obrera de fines de siglo XIX tiende a desarrollar un fuerte aparato burocrático interno y hace de la figura del miembro militante su columna vertebral. En el siglo XXI, los partidos emergen en un contexto de creciente pluralidad de expresiones sociales y el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación. Este ambiente social genera formas diferentes y alternativas de desarrollo organizacional. A pesar de ello, muchos de los partidos políticos que compiten en nuestros países han surgido a fines del siglo XIX o a mediados del siglo XX y ellos conservan características organizacionales que fueron apropiadas y efectivas en el momento de su fundación. Sin embargo, la realidad ha cambiado y las expectativas y las demandas de la sociedad lo han hecho profundamente. Quizás sea el momento de preguntarse ¿Cómo se deben adaptar esos partidos a las necesidades y las prácticas del siglo XXI? O mejor aún, quizás es el momento

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de dejar de preguntar y avanzar a paso firme con las reformas de los partidos políticos al siglo XXI. Si la sociedad cambió (cuantitativa y cualitativamente), si el sistema económico es diferente, si las tecnologías avanzaron, si los mecanismos de comunicación no son los mismos, si la posibilidad de participación de la ciudadanía es real, es necesaria la adaptación de los partidos a la nueva realidad y de la ciudadanía a los partidos. Los partidos no sólo se insertan en un contexto social sino también en un ambiente más específico: el sistema de partidos. Las reglas formales e informales de la competencia, la construcción de coaliciones y el financiamiento poseen un fuerte impacto en la vida de los partidos. Por ello, al hablar de reformas en los partidos tenemos también que tener en cuenta el sistema de partidos, el sistema político, el sistema social y los ajustes y los efectos que las transformaciones pueden tener sobre todos ellos.

Partido político Sistema de partidos

Sistema político Sistema social

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Los partidos políticos importan Los argentinos y las argentinas frente a los partidos políticos y la política: historia de un desencuentro En el primer semestre de 2006, Poder Ciudadano realizó un estudio de opinión pública sobre el vínculo que la ciudadanía argentina posee frente a la política, lo político y los partidos políticos.2 Los resultados no son alentadores aunque presentan una inestimable oportunidad para aquellos que reconocen la necesidad de transformar las organizaciones partidarias y muchas veces sufren prácticas criticadas y cuestionadas usualmente por el público. La primera fase del estudio se basó en un análisis cualitativo de las opiniones de ciudadanos y ciudadanas de diferentes estratos sociales y edades que viven en el área metropolitana. El trabajo se realizó en grupos focales. En el análisis se identificaron tres niveles diferentes del discurso popular respecto de la cuestión política: a) lo que se dice explícitamente, b) lo que no se dice y c) lo que se dice virtualmente. ¿Qué se dijo explícitamente en los grupos? El discurso explícito de los participantes es poco reflexivo, está cargado de intensidad emocional o indiferencia y no agrega mucho a lo que habitualmente escuchamos o leemos respecto de la opinión de la ciudadanía frente a la política. Es un discurso tedioso, repetitivo, plagado de clichés que son aceptados sin ningún tipo de cuestionamiento o reflexión. Esta forma de entender la política está llena de escepticismo y negatividad. No hay espacio para el disenso o para visiones menos desconfiadas respecto de la política y lo político.

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El estudio fue realizado por la empresa IPSOS – Mora y Araujo.

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“Es lo más corrupto que hay, no me “No tenemos un político como la gente”

interesa para nada”

“No hay gente joven en política”

“Pasa el tiempo y siempre están los mismos”

Es evidente que predomina un desinterés marcado en la actividad política que automáticamente se vincula con la corrupción, el enriquecimiento y la mafia. Sin embargo, a pesar de todo este rechazo también surgen otros clichés teóricos: ‘la política puede defenderse porque es buena’.

“Para mí es algo importante pero está bastardeada…” “A mí me interesa la política, pero no ésta, la política en serio…” En conclusión, lo que se da a entender es que la política es buena pero el problema son los políticos. Entonces surge la generalización de que todos los políticos son oportunistas, corruptos, mentirosos, no tienen ni valores ni ideales.

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Los cinco porqués de la desconfianza:

ENGAÑO RESPONSABILIDADES CORRUPCIÓN VOTOS COMPRADOS IMPUNIDAD

Se afirma que “La gente vota porque dice “éste va a hacer algo”, y una vez que están más allá se olvidan de todo lo que prometieron, por eso la gente no cree en nadie”. Entonces se percibe que todos somos engañados por los políticos que nos prometen cosas que luego, obviamente, no cumplen. Surge aquí el problema de las “promesas incumplidas de la democracia” o la cuestión del rendimiento y el desempeño. Al respecto el filósofo italiano Norberto Bobbio dice: “… la rapidez con la que se presentan las demandas al gobierno por parte de los ciudadanos, está en contraste con la lentitud de los complejos procedimientos del sistema político democrático, por medio de los cuales la clase política debe tomar las decisiones adecuadas. De esta manera se crea una verdadera y propia ruptura entre el mecanismo de recepción y el de emisión, el primero con un ritmo cada vez más acelerado, el segundo con uno cada vez más lento” (Norberto Bobbio (1993) El futuro de la democracia. Buenos Aires: Fondo de Cultura Económica. Página 28). El problema del desempeño democrático, el aumento creciente de las demandas en cantidad y en pluralidad, y, las dificultades de las instituciones políticas para procesarlas, genera el mayor punto de inflexión en la crisis de confianza. Instituciones del siglo XIX se enfrentan a una sociedad de demandas e intereses 20

plurales y atomizados en el siglo XXI. Es razonable la falla. Pero también puede serlo transformar a esta crisis en oportunidad. Los políticos tienen responsabilidades que el ciudadano de a pie no tiene. Claro que tampoco son responsables de todo. Los resultados de nuestro estudio reflejan que los políticos son responsables absoluta y totalmente por todo lo malo que pasa en el país y en la vida de cada uno de nosotros. Entonces…

“La juventud está perdida por culpa de ellos, son responsables porque no dan oportunidades para que los

“Educación, salud, eso

chicos estudien”

es claro que la política no lo da, falta todo eso, y gracias a la política” “Fijate lo que es la política: yo trabajo en un kiosco, la cerveza está 2,35 y la van a aumentar a 2,80 … entonces te das cuenta que continuamente suben las cosas … A ellos no les importa nada, los políticos dejan que los de abajo hagan lo que quieran, que aumenten los precios …”

Emerge aquí cierta pasividad en el ciudadano de a pie que espera que los políticos resuelvan todo, hasta los problemas de su vida privada que no tienen que

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ver con lo público. Se espera la resolución de cuestiones que están fuera de la esfera de la política o que dependen de otros resortes. Los políticos engañan, son irresponsables y corruptos. La corrupción es el atributo que define la imagen de los políticos. Entonces cualquiera que se dedique a la política lo hace en busca de un interés personal: enriquecerse. Por supuesto, que los casos de enriquecimiento y corrupción política inundan las tapas de los diarios y no, los casos de aquellos y aquellas que se dedican a la política entendida ésta como la actividad capaz de transformar la realidad. Así se construyen los estereotipos negativos. Tres preguntas surgen aquí para reflexionar: ¿Son los políticos siempre responsables de todo lo que le sucede al ciudadano? ¿No es tarea del ciudadano identificar aquellos políticos que cumplen bien con el rol para el cual fueron elegidos? ¿Cuáles son los mecanismos para lograrlo? y ¿Qué rol tienen los medios de comunicación en la generación y la consolidación de estereotipos? Sin intentar defender la calidad de la clase política que gobierna, ni las responsabilidades que asume el ciudadano, con estos interrogantes se observan tres actores responsables interactuando en el vínculo representados – representantes. Quien toma decisiones políticas o de políticas públicas (representados - representantes), quien recibe el mensaje o se ve afectado por la decisión (representantes - representados) y quien intermedia la comunicación (en la mayoría de los casos), los medios de comunicación.

Representante

Medio de comunicación

Representado

Representado

Medio de comunicación

Representante

No sólo se incluye aquí al periodismo, aunque es importante destacar que tampoco se lo excluye. Como medio de comunicación se quiere indicar, todo

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intermediario que puede actuar de comunicador entre el ciudadano y el político: el periodismo, las nuevas tecnologías de información como Internet y el e-mail, la publicidad, etc. Nuevos interrogantes nos ayudan a reflexionar sobre las responsabilidades de cada uno de los actores: ¿cuáles son las herramientas que el político utiliza para comunicarse con la ciudadanía?3 ¿Cuáles son las herramientas que los ciudadanos utilizan para conocer a sus candidatos, a sus representantes y para exigirles que rindan cuentas? ¿Con qué criterios los medios de comunicación catalogan de bueno o malo a determinado representante? Por otro lado, del estudio surgió que: Los políticos “compran los votos” y los “giles” los siguen. Estos son pobres e ignorantes y votan porque reciben “electrodomésticos por los votos”. Finalmente “ellos pueden hacer lo que quieran y nadie los puede tocar, entonces no les importa. Saben que nadie los puede tocar y hacen lo que quieren…”. Los políticos son impunes.

3 Esta cuestión es debatida en las entrevistas en profundidad realizadas con líderes políticos en el siguiente libro ‘Partidos Políticos para la democracia II. Los políticos y la ciudadanía’.

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Compradores de votos

Impunes

Engañadores Los políticos son:

Corruptos

Irresponsables

Recomendaciones A la ciudadanía: 

La política: un mal necesario

Informarse sobre

La política y la democracia: interpretaciones

quiénes son sus

teóricas… creencias asumidas?

representantes 

Explorar y utilizar

Los clichés negativos también tienen su cara positiva:

la interpretación teórica respecto de la política y la vías para democracia. Hasta qué punto esta interpretación teórica se vuelve creencia asumida es difícil de comprobar. Sin embargo y a pesar de sus efectos negativos, “la política es un mal necesario”. La democracia es aceptada y los partidos aparecen como instituciones esenciales que hacen a su funcionamiento. Hay aceptación del sistema pero no satisfacción con su desempeño.

“Lo que falla no es el sistema político sino las personas elegidas.

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Como sistema de administración de un país me parece que es lo más perfecto que hay pero bueno, o falla la gente que elegimos o fallamos los que elegimos a determinadas personas…”.

“Las experiencias que tenemos desde 20 años a esta altura es que la democracia, o lo que representa la democracia, es algo que no es lo que uno esperaba pero evidentemente tiene que existir”.

Y entonces, qué hacemos? En el discurso explícito, aparece la necesidad del cambio, la reforma. Y surge otro cliché: “la reforma política”. Y el problema es que la insatisfacción es tal que se desliza la adhesión a “cualquier propuesta de reforma política”. Cualquier reforma política puede tener efectos adversos a los esperados por ello la situación requiere de mayor análisis y reflexión. No se sabe qué reformar y menos aún cómo hacerlo. Según la visión de los ciudadanos quiénes no pueden o no deben participar de la reforma son los políticos. ¿Es posible una reforma de la política sin los políticos? Esta visión obtura la posibilidad de pensar siquiera una reforma. ¿Es posible pensar una reforma educativa sin los maestros? ¿Es posible pensar una reforma de la policía sin los policías? Las reformas se producen sobre la base del empuje de lo nuevo, lo alternativo y lo diferente sobre lo conocido y en una primera etapa convive lo viejo con lo nuevo. Como afirma Guillermo O’Donnell, en un escenario optimista “esperaría que una parte decisiva de la clase política llegue a reconocer la calidad autodestructiva de los ciclos y procesos y resuelva cambiar los términos en los que compite y 25

gobierna”4. No siempre ésto sucede. La convicción, el compromiso y el liderazgo político para el cambio son esenciales. Pero también lo son la convicción, el compromiso y la demanda de la ciudadanía al respecto. Esta reforma de la política y sus instituciones (cuáles?) debe ser discutida ampliamente por sus protagonistas: los líderes políticos, los partidos, y, por la sociedad. En este camino, debemos: -

definir los objetivos y las metas,

-

tener mecanismos de medición de los resultados,

-

diseñar una reforma sobre la base de los efectos que se busca lograr y sopesar las ventajas y las desventajas, además de prever los efectos negativos o no deseados que puedan surgir de ella.

Lo que no se dice De las discusiones en los diferentes grupos de ciudadanos no aparecen algunas cuestiones que merecen ser destacadas: 1. no hay referencias partidarias. 2. no se utilizan categorías ideológicas. 3. no hay un registro consciente de los distintos mecanismos de representación. “Ser peronista”, “ser radical” o “pertenecer a las filas del Partido Socialista” no son frases que se escuchen con frecuencia entre los participantes de nuestro estudio. Las nuevas generaciones no tienen idea alguna del fenómeno de la identificación partidaria. En muchos casos, puede darse por la falta de acercamiento de los partidos hacia estos sectores, por el desinterés de los jóvenes o por el traspaso de la frustración de generaciones anteriores. También puede ser un legado negativo

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Guillermo O´Donnell, “Democracia delegativa” en Contrapuntos (1997) Buenos Aires: Paidós. Página 304.

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de la dictadura de los setenta y por que no, de la histórica inestabilidad del régimen democrático y también del usual desprecio por las instituciones representativas en favor de liderazgos carismáticos que todo lo pueden. Si no hay registro de identificaciones o pertenencias partidarias, menos aún aparecen rastros de categorías ideológicas. La ideología entendida como recetario no existe. Pero tampoco existe la ideología entendida como orientación del discurso y las acciones en un claro y determinado sentido. Más allá de ello, vale la pena indagar en la existencia de cuerpos de ideas y valores que representan una ideología pensada de manera alternativa a las visiones tradicionales. La inexistencia de un registro consciente de los mecanismos de representación afecta a los partidos políticos (al igual que a otras instituciones representativas como las Legislaturas, por ejemplo). Los dirigentes no son reconocidos como “representantes” de sus dirigidos. La distancia entre representantes y representados es amplia y el voto parece no funcionar como puente de la representación. Vale la pena recordar que el mecanismo de la representación política a través de los partidos políticos en la Argentina ha tenido un desarrollo particular interrumpido por los sucesivos golpes de Estado en el siglo XX y la característica ‘movimientista’ de la política nacional. En consecuencia, el desafío parece ser doble: construir la legitimidad de los mecanismos de representación y promover un diseño institucional alternativo y novedoso para los clásicos canalizadores, los partidos. Respecto del voto, no parece ser novedad que es condición necesaria en la democracia representativa pero no suficiente. Abre la posibilidad de reflexionar como ciudadanos y ciudadanas respecto de cuál puede ser nuestro rol más allá del voto durante los años de gestión de los gobiernos y la oposición. Se introducen

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así conceptos y prácticas como la de la rendición de cuentas y la mirada vigilante y alerta de la sociedad sobre el proceso de toma de decisiones y el diseño de políticas públicas. Se trata ésta de una deuda de la democracia argentina caracterizada por los expertos como democracia no institucionalizada o delegativa. Esta democracia delegativa genera oportunidades para la concentración de poder, la toma rápida de decisiones sin la generación de los necesarios consensos, la falta de debate público y la debilidad permanente de las instituciones. “Una democracia no institucionalizada se caracteriza por el poco alcance, la debilidad y la baja densidad de las instituciones políticas existentes. El lugar de esas instituciones queda ocupado por otras prácticas no formalizadas pero firmemente afirmadas – el clientelismo, el patrimonialismo y la corrupción” (O’Donnell, op. cit, pág. 293). La ciudadanía tiene efectivamente un rol que asumir y cumplir a fin de generar una sinergia positiva con los liderazgos políticos y los partidos. La desatención produce vacíos para el oportunismo, la impunidad y el hacer sin responsabilidad. Desde los diferentes roles es importante asumir los desafíos y las responsabilidades que emergen en el presente. ¿Qué se dice en forma virtual? (SUBTITULO) En los grupos focales hay temas de los que no se habla explícitamente pero que emergen virtualmente en las discusiones. Es posible identificar tres cuestiones fundamentales: 1. la trilogía ilusión – desilusión – engaño 2. el poder 3. la ciudadanía “víctima”

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El engaño ha sido mencionado más arriba como uno de los porqués de la desconfianza hacia la política. Este engaño es el producto de un proceso anterior y es el que transforma a la ilusión en desilusión. Se evidencia “ilusión” inicial frente a la política, generalmente en momentos de elecciones, aunque desmedida. Se asigna a los políticos y a la política la responsabilidad global por todo lo que sucede (generalmente lo malo). La política alimenta esa ilusión y luego al no satisfacer las demandas ni las expectativas, la ilusión se transforma automáticamente en desilusión y luego en engaño. Por otro lado, el poder es propiedad de los políticos y está lejos de la “gente común”. Además, se percibe que la posibilidad de influir en las decisiones que afectan a todos, es mínima o inexistente. Esta percepción genera desmotivación a participar en cuestiones de interés público. En ese contexto, los partidos políticos no aparecen como canales atractivos para la participación. Siguiendo con este razonamiento, si somos engañados y el poder está lejos y es impenetrable, surge el “pueblo víctima”. La resignación, los reproches y la furia impotente son las reacciones a la victimización. “Esos políticos” vienen y se llevan nuestras ilusiones, que traicionan la palabra, que roban y se enriquecen, que sólo piensan en ellos mismos. “Nosotros” resistimos, hacemos el aguante, nos sentimos engañados y somos víctimas de una manga de corruptos que sólo piensa en ellos mismos. La victimización no es buena consejera. Se caracteriza la pasividad o la furia y ninguno de estos extremos construyen horizontes colectivos sustentables. Actitudes ciudadadanas ante lo político, la política y los políticos Aparecen cuatro tipos de actitudes que parecemos tomar frente a la cuestión política:

29

1. “Los razonables” tienen un interés por la problemática y tienden a adaptarse. Dentro del contexto general de la evaluación negativa, los razonables pueden discriminar y diferenciar. Poseen expectativas funcionales. Son capaces de valorar algunos aspectos y de algún modo se sienten involucrados. 2. “Los dependientes” son desinteresados aunque tienden a adaptarse. Poseen expectativas protectoras. Aceptan de algún modo los límites de la realidad pero desde el desinterés. Buscan algo o alguien en quien depositar expectativas sin modificar su posición pasiva. 3. “Los furiosos” están interesados pero no tienen capacidad adaptativa. Cuestionan lo político global e indiscriminadamente. Sus expectativas son mesiánicas. Esperan la llegada de un “ángel purificador” que borre con todo lo conocido. 4. “Los excluidos” son totalmente desinteresados y, en consecuencia, no tienen expectativas. Se sienten excluidos y se autoexcluyen de todo vínculo con lo político. Están desesperanzados aunque se puede inferir que, en forma latente, su expectativa es tener alguna expectativa.

Los argentinos y la política: Fase cuantitativa del estudio



Encuesta de opinión a nivel nacional.



Entrevistados hombres y mujeres de 18 años y más con residencia en Ciudad de Buenos Aires, Gran Buenos Aires, Mar del Plata, Rosario, Córdoba, Mendoza, San Miguel de Tucumán, Neuquén, Olavaria, San Luis del Palmar y un punto rural de la provincia de Buenos Aires.



Realizada entre el 7 y el 18 de abril de 2006.



Muestra de 1200 casos, probabilística.

30



Margen de error estimado +/- 2.8 %.



Nivel de confianza 95%.

Más allá de los trabajos internacionales conocidos que muestran el desencanto de los latinoamericanos con la democracia y específicamente con los partidos políticos, este trabajo incluyó una encuesta con ciudadanos que arrojó los siguientes resultados

64%

46%

“los partidos políticos no buscan consenso, en

“los partidos políticos promueven

ellos deciden unos pocos”.

el debate público”.

48%

49 %

“los partidos políticos ayudan a la

“los partidos políticos permiten el acceso a

renovación de la clase política”.

puestos de poder desde los cuales se puede defender el bien común”.

54%

50%

“los partidos políticos fomentan la división de la

“los partidos políticos ayudan a

sociedad”.

fortalecer la democracia”.

55% “los partidos políticos no son representativos de los intereses ciudadanos”.

31

43% “los partidos políticos ayudan a generar consenso entre las diferentes formas de pensar que existen en la sociedad”. Al analizar las respuestas se detecta un mecanismo de retroalimentación negativa en la visión que los encuestados tienen de los partidos políticos: Los partidos no satisfacen a la ciudadanía, pero son considerados importantes para la democracia. -

Para los encuestados, los partidos políticos no son democráticos a la hora de tomar decisiones, en ellos es una elite de dirigentes la que decide sobre los pasos que debe seguir el partido y no existen espacios de deliberación y participación de todos los integrantes del mismo.

-

Consideran que los partidos políticos fomentan la división de la sociedad. Como se dijo anteriormente, los partidos políticos deben representar a “partes” de la sociedad y no fomentar su división. Sin embargo más de la mitad de los consultados, entienden que los partidos generan división entre los ciudadanos.

-

El tercer punto negativo, y quizás el de mayor gravedad, es que el 50% de los consultados considera que los partidos políticos no son representativos de los intereses de los ciudadanos. Los partidos políticos están lejos de los intereses de las “partes” de la sociedad que deberían representar.

Sin embargo… -

Casi el 45% de los consultados consideran que los partidos políticos ayudan a generar consenso en las diferentes formas de pensar de la sociedad y promueven el debate público. ¿Hay alguna contradicción en los ciudadanos? No, sucede que la mitad de los consultados pueden opinar que los partidos políticos generan división en la sociedad y la otra mitad que ayudan a generar consenso. Sin embargo aquí lo importante es resaltar

32

que los partidos políticos en su tipo ideal deben ayudar a generar consenso entre las diferentes partes que representan. -

La mitad de los consultados consideran que los partidos políticos ayudan a la renovación de la clase política y permiten el acceso a los puestos de poder desde los cuales se puede defender el bien común. Aquí se observa que una importante parte de la sociedad entiende cual es el rol de los partidos, más allá de su funcionamiento real.

-

Finalmente el 50% de los ciudadanos consideran que los partidos políticos ayudan a fortalecer la democracia.

En los datos analizados se puede utilizar la teoría del vaso lleno o del vaso vacío. Se comprende claramente cuál es el rol de los partidos políticos, lo importante que son para la democracia, pero al mismo tiempo surge claramente que están muy disconformes con su funcionamiento. Según el 55 % de los consultados, no son representativos de los intereses de los ciudadanos. Esta alarma vinculada a las expectativas y al desempeño de los partidos suena pesadamente en la democracia argentina. Depende de los responsables de los partidos escucharla o no. No hacerlo implicará más de lo mismo y la erosión lenta pero segura de los principios de legitimidad de la democracia representativa. Hacerlo podría abrir caminos alternativos para la representación. Tensiones organizativas de los partidos y cuestiones problemáticas Durante el primer semestre de 2005, Poder Ciudadano realizó una serie de talleres deliberativos con integrantes de distintos partidos políticos argentinos y en varios distritos del país. En esta jornada de discusión que fue individual con cada uno de ellos, se buscó identificar fallas organizativas que los afectan y que de ser resueltas, podrían abrir un camino diferente en su vínculo con la ciudadanía.. Los partidos convocados individualmente a realizar este ejercicio fueron: •

Partido Justicialista (La Matanza, Provincia de Buenos Aires)

33



Partido Recrear (Tucumán)



Partido Justicialista (Salta)



Nuevo Morón (Municipio de Morón, Provincia de Buenos Aires)



Partido Socialista (Santa Fe)



ARI (Provincia de Buenos Aires)

Estos partidos de distrito y la agrupación municipal fueron seleccionados por sugerencia del Consejo Asesor del programa dada la debilidad de las estructuras nacionales de los partidos. En la construcción de esta pequeña muestra se tuvieron en cuenta algunas variables: ubicación geográfica, posición en el gobierno o en la oposición, orientación ideológica. Se buscó que los participantes de cada taller fueran dirigentes y militantes del partido además de respetar el equilibrio de género y edades. Durante la jornada de trabajo, los participantes fueron invitados a reflexionar sobre algunos ejes específicos: a) las transformaciones recientes del contexto en el que intervienen los partidos, b) la imagen interna y externa del partido, c) los problemas y las necesidades para un mejor desempeño. En todos los casos, se diagnosticaron problemas y se construyó una pequeña agenda de necesidades para la reforma. Todos los participantes reconocieron la crisis de confianza de los partidos y la creciente fragmentación del sistema. Temas prioritarios identificados para la reforma o el fortalecimiento: 1) el financiamiento ordinario 2) la capacitación 3) la comunicación externa e interna del partido

34

4) la tensión entre los militantes del partido y los funcionarios en el gobierno 5) las afiliaciones

El trabajo de los talleristas buscó generar un clima de confianza para que los participantes de los diferentes encuentros pudieran sentirse en total libertad para opinar sobre el funcionamiento, fortalezas y debilidades de la vida de su partido. Una vez generado ese espacio, los participantes lograron identificar y diagnosticar las necesidades de los partidos. El tema del financiamiento surgió como una incógnita en la mayoría de los participantes, indicando que son las autoridades máximas del partido (distrito) las que conocen y se ocupan del tema del financiamiento del partido. La información sobre el financiamiento de la organización, en la mayoría de los casos, no esta disponible para los afiliados. En cuanto a la capacitación, en la mayoría de los talleres surgió que el partido no ofrecía esquemáticamente cursos de capacitación para dirigentes y miembros. Se hizo referencia en varios casos a charlas y conferencias que ofrecía el partido. Pero pocos conocían algún programa de capacitación. Como se observará más adelante los partidos políticos disponen de fondos para capacitación de dirigentes y están obligados a utilizarlos con ese fin. La mayor crítica surgió en cuanto a la comunicación interna del partido con los afiliados. En la mayoría de los casos la comunicación es nula. Se denunció mayoritariamente que los afiliados son llamados sólo a la hora del comienzo de la campaña electoral. “...para pegar afiches”, “…para repartir chapas”, etc. Como observaremos en casi todos los apartados de esta publicación, las nuevas tecnologías permiten acercar a las organizaciones con los ciudadanos, en este

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caso con los afiliados. La responsabilidad aquí es compartida, entre el partido que no comunica y el afiliado que no exige comunicación. Lo mismo sucede en el caso de la comunicación externa que es casi nula. En tiempos electorales, comunican los ‘candidatos’, pocas veces lo hacen los partidos. En épocas no electorales, los partidos no tienen la costumbre de acercarse a los ciudadanos. Son inexistentes las campañas de afiliaciones en los medios de comunicación o campañas de concientización. Los partidos no comunican posiciones respecto determinadas cuestiones. No mantienen una presencia pública constante. Se asemejan cada vez más a estructuras aisladas encerradas en su propia lógica. Sin embargo, como se verá más adelante, el número de afiliados a los partidos tradicionales va en aumento constante. Por supuesto que la comunicación no debe circunscribirse a la solicitud de afiliaciones, tampoco se observan rendiciones de cuentas públicas por parte de los partidos o audiencias de discusión sobre planes alternativos de gobierno. Al fin y al cabo, un partido político si no está en el gobierno debería mostrarse preparado para ejercerlo en la próxima oportunidad. Nada de ésto surgió de los talleres, la comunicación interna y externa sólo se circunscribe a la época de elecciones, internas (pocos partidos utilizan este mecanismo) o generales, y sólo con el objetivo de maximizar las posibilidades electorales. La tensión entre los funcionarios y los militantes surgió claramente en dos de los talleres realizados. Los afiliados y simpatizantes de los partidos sentían como una traición el alejamiento de las bases del partido de aquellos que asumían un cargo público sea como representantes o como funcionarios. Los afiliados entendían que éstos se tenían que mantener cerca del partido y utilizar recursos del mismo. Especialmente la crítica aparecía en aquellos casos en que los funcionarios o representantes no utilizaban recursos humanos del partido y contrataban a expertos en diversas materias para ocupar cargos públicos en el gobierno.

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Surgen entonces dos reclamos interconectados claramente. Por un lado los afiliados observan que los partidos no les ofrecen espacios de capacitación y por el otro, no son tenidos en cuenta a la hora de cubrir cargos para los cuales se necesita estar capacitado. Entonces la capacitación interna de los afiliados que se muestren interesados en trabajar en la función pública o en el interior de los partidos surge como una cuestión importante en la relación partido – afiliados.

El último tema identificado fue el de las afiliaciones. Más allá del análisis específico que se hará en los próximos capítulos, el tema de los afiliados estuvo relacionado con los cuatro temas anteriores. Principalmente los afiliados comentaron que se los margina de las decisiones que toma el partido y que se los utiliza sólo en épocas electorales tal como se mencionó anteriormente. Los afiliados no observan espacios de participación dentro del partido político. Y reclaman que es “la mesa chica” la que toma las decisiones, la misma que no abre espacios para la participación. En definitiva estamos hablando de la baja democratización de los partidos políticos en Argentina. La búsqueda y afiliación de ciudadanos responde a dirimir asuntos internos de los partidos (al respecto observaremos las apreciaciones de Ana María Mustapic) y no a sumar nuevos afiliados que le insuflen nuevas ideas y empuje a la organización.

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Capítulo 2. Funcionamiento de los partidos políticos (TITULO) Para estrechar la brecha entre los representantes y representados, es necesaria una mayor participación de los ciudadanos, tanto dentro de los partidos políticos como en otros espacios de participación que tienen incidencia en la realidad ciudadana. La política ha cambiado en nuestro país en los últimos 20 años y hoy por hoy los partidos políticos no son los únicos que inciden en la política o seleccionan los temas a ser abordados por ella. El sector privado, el sindicalismo, el periodismo y las organizaciones de la sociedad civil son espacios que interactúan con los partidos en la misma arena. Pero como fuera mencionado, estos avances no quitan que los partidos políticos continúan siendo instituciones fundamentales para el sistema democrático. Son ellos los que monopolizan las candidaturas, y sólo a través de ellos se pueden llegar a ocupar un cargo representativo. En este capítulo desarrollaremos algunos conceptos clave sobre su origen y funcionamiento, así como de las normas que los regulan y especialmente la necesidad de un acercamiento de los partidos a los ciudadanos y de los ciudadanos a los partidos.

.

¿Cómo se organiza un partido político? (SUBTIT) Para comenzar es necesario tener en cuenta el marco de normas que regulan el funcionamiento de los partidos políticos. En nuestro país contamos con: la ley 23.298 Orgánica de Partidos Políticos sancionada en 1985 y modificada en 2002 por la ley 25.611, que regula la creación y el funcionamiento de los partidos políticos. A través de esta ley se garantiza a los ciudadanos el derecho de asociación política para agruparse en partidos políticos democráticos. En 1994, la Constitución Nacional reconoció el status de los partidos políticos, garantizó el financiamiento público para ellos y previó que sólo puede modificarse el régimen

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que los regula a través de una ley del Congreso nacional. Todo ciudadano argentino tiene derecho a participar en política a través de los partidos políticos. Los partidos políticos no están reservados para una elite, sino que todo ciudadano que quiera formar parte del mismo debe acercarse a su sede y afiliarse para ser parte de la organización.

Otra norma que regula el funcionamiento de los partidos es la ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos y las Campañas Electorales. Los partidos como toda organización necesitan de recursos para funcionar. La ley de financiamiento impone pautas acerca de los montos que entrega el Estado a los partidos y límites a los donantes privados (ciudadano y empresas). Esto quiere decir que no cualquiera puede donar dinero a un partido (por ejemplo un ciudadano extranjero) y que no se puede donar cualquier cifra, sino que la ley impone ciertos límites al respecto. Los requisitos para fundar un partido político difieren en tanto se trate de organizaciones de distrito o nacionales. Si uno de los 34 partidos existentes en la argentina no conforman los intereses de un ciudadano… ¿Cómo debe hacer este para crear uno nuevo? El partido político debe tener un nombre. Éste no puede contener designaciones personales, ni derivadas de ellas, ni las expresiones “argentino”, “nacional”, “internacional” ni sus derivados, ni aquellas cuyo significado afecten o puedan afectar las relaciones internacionales. Tampoco puede contener palabras que exterioricen antagonismos raciales, de clases o religioso. Debe, además, distinguirse razonable y claramente del nombre de otros partidos. Una agrupación política puede solicitar personalidad jurídico-política como partido 39

de distrito si cumple con los siguientes requisitos:  Labrar un acta de fundación y constitución que acredite la adhesión de un número de electores no inferior al cuatro por mil del total de los inscriptos en el registro electoral del distrito correspondiente;  Dar un nombre al partido;  Redactar la declaración de principios y programa o bases de acción política del partido  Dictar la carta orgánica;  Componer el acta de designación de las autoridades promotoras las que convocarán a elecciones para constituir las autoridades definitivas del partido, conforme con la carta orgánica y dentro de los seis meses de la fecha del reconocimiento definitivo;  Establecer un domicilio partidario y acta de designación de los apoderados;  Contar con los libros de inventario, de caja, y de actas, dentro de los dos meses de obtenido el reconocimiento a los fines de su rubricación;  Presentar todos los trámites ante la Justicia Federal con competencia electoral hasta la constitución definitiva de las autoridades partidarias a través de las autoridades promotoras, o los apoderados, quienes serán solidariamente responsables de la veracidad de lo expuesto en las respectivas documentaciones y presentaciones. Para ser un partido de orden nacional, y así poder presentar candidatos a cargos nacionales (diputados, senadores, presidente) se necesita que partidos de al menos 5 distritos tengan el mismo nombre, declaración de principios, programa o bases de acción política, carta orgánica y solicitar su reconocimiento en tal carácter ante el juez federal con competencia electoral. Además de los requisitos anteriores, deben cumplir los siguientes:  Dar testimonio de la resolución que le reconoce personalidad jurídicopolítica;

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 Elaborar la declaración de principios, programa o bases de acción política y carta orgánica nacional;  Labrar el acta de designación y elección de las autoridades nacionales del partido y de las autoridades de distrito;  Establecer un domicilio partidario central y acta de designación de los apoderados.

El que busca encuentra

Eliminado: ¶ * En el anexo de esta publicación encontrará una lista completa con los datos de todos los partidos nacionales reconocidos por el Ministerio del Interior.

Teniendo en cuenta que el Ministerio del Interior reconoce 34 partidos nacionales y 622 de distrito, ¿es necesario crear un partido nuevo? Recomendaciones para quien quiere incursionar en la vida partidaria: -

Hacer un profundo análisis de los partidos existentes (cartas orgánicas, historia, referentes, etc.)

-

Acercarse a aquel con el que más se identifique ideológicamente

-

Comprender que, como toda organización, tiene una historia y un organigrama. Sólo la participación activa hará que su voz sea escuchada atentamente.

-

No acercarse al partido con expectativas de “candidato” sino para aportar un granito de arena a un espacio político.

Carta Orgánica (SUBTIT) La Carta Orgánica es la ley fundamental de cada partido. En ella rigen los poderes, los derechos y obligaciones partidarias a la que sus autoridades y

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afiliados deben responder obligatoriamente como miembros de la organización. Regula aspectos tan variados como:



Acta fundacional



Afiliaciones



Elección de autoridades partidarias



Composición y funciones de los órganos de gobierno interno



Principios políticos.



Agrupaciones juveniles y/o universitarias

Recomendaciones a los partidos Teniendo en cuenta que la Carta Orgánica rige el funcionamiento del partido como organización, es importante que ella esté siempre presente y vigente durante todo el transcurso de la vida partidaria. Tanto los partidos con varias décadas de existencia como los partidos creados recientemente, deben comenzar a incorporar cláusulas que permitan una mayor transparencia en el funcionamiento interno del partido y una mayor participación del afiliado en la vida partidaria. Se recomienda que la Carta Orgánica del partido esté a disposición de cualquier ciudadano que quiera consultarla ya que se trata de información de interés público.

Cartas orgánicas publicadas en el sitio de la Secretaría Electoral de cada distrito Distrito

Cantidad de partidos

Cantidad que publican Cartas Orgánicas

42

Capital Federal

27

24

Catamarca

27

20

Chaco

22

4

Chubut

11

4

Córdoba

38

10

Corrientes

31

8

Entre Rios

15

15

Formosa

40

2

Jujuy

21

0

La Pampa

S/D

S/D

La Plata

56

S/D

La Rioja

7

7

Mendoza

19

15

Misiones

25

0

Neuquén

S/D

S/D

Río Negro

14

14

Salta

27

14

San Juan

30

9

San Luis

27

S/D

Santa Cruz

13

0

Santa Fe

29

20

Santiago del Estero

29

10

Tierra del Fuego

24

21

Tucumán

37

11

Total

569

208

Fuente: Elaboración propia.

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Caducidad y extinción de los partidos políticos (SUBTIT)

¿Cuándo termina la vida de un partido político? Los partidos políticos pueden caducar o extinguirse. Caducan cuando se cancela la inscripción del partido en el registro y pierde la personería política. Las siguientes situaciones hacen que un partido caduque •

No convoca a elecciones partidarias internas durante el término de cuatro años.



No participa en ningún distrito en tres elecciones consecutivas sin la debida justificación.



No entregue al juez competente el acta de elección de autoridades



No tener en su poder los siguientes libros rubricados y sellados por le juez federal con competencia electoral correspondiente: libro inventario, libro caja (con documentación correspondiente), libro de actas y resoluciones, ficheros de afiliados (en comité central)

¿El partido caduca para siempre? No, los afectados pueden solicitar nuevamente su personería política después de celebrada la primera elección, previa intervención del representante del partido y del procurador fiscal federal.

Una pequeña pero sustanciosa reforma Antes de ser reformada la Ley Orgánica de los Partidos Políticos estipulaba que caducaba todo partido que no alcanzase en dos elecciones sucesivas el 2% del padrón electoral en ningún distrito. Es por ello que en el Período que va de 2002 a 2006 se puede observar un crecimiento de los partidos en actividad.

Esta es la evolución de los partidos reconocidos y caducados desde el 44

retorno de la democracia hasta la actualidad5: 1983-

1987-

1991-

1995-

1999-

2003-

1986

1990

1994

1998

2002

2006

Reconocidos

376

212

152

152

194

259

Caducados

33

71

220

136

115

148

343

484

416

432

511

622

Total Partidos en actividad

Fuente: Cámara Nacional Electoral.

¿Cuándo se extingue un partido político? (SUBTIT) Cuando un partido político se extingue se da fin a su existencia legal y se procede a su disolución. Un partido político puede extinguirse, según la ley organica de los mismos, por las siguientes razones: •

Por las causas que determine la carta orgánica;



Por la voluntad de los afiliados, expresada de acuerdo con la carta orgánica;



Cuando autoridades del partido o candidatos no desautorizados por aquéllas, cometieren delitos de acción pública;



Por impartir instrucción militar a los afiliados u organizarlos militarmente.

El partido político extinguido no podrá ser reconocido nuevamente con el mismo nombre, la misma carta orgánica, declaración de principios, programa o bases de acción política, por el término de seis años. Los bienes del partido extinguido tendrán el destino establecido en la carta orgánica, y en el caso de que ésta no lo determine, ingresarán al "Fondo Partidario Debe tenerse en cuenta que se toma como cifra inicial la de los partidos reconocidos en 1983: 306. Sobre esta cifra se hicieron los cálculos correspondientes.

5

45

Permanente". Los libros, archivos, ficheros y emblemas del partido extinguido, quedarán en custodia de la Justicia Federal con competencia electoral, la que pasados seis años y previa publicación en el Boletín Oficial por tres días podrá ordenar su destrucción. Estos son los partidos políticos extinguidos por distrito de acuerdo a la información entregada por la Cámara Nacional Electoral: Partidos extinguidos por distrito

Distrito

Nombre

Reconocimiento Extinción

Vecinal de la Ciudad de Capital Federal

Buenos Aires

01/08/91

16/02/93

Capital Federal

Partido Popular independiente

04/08/97

19/02/02

Confederación Encuentro Santa Fe

Progresista

12/05/97

20/08/04

Formosa

Acción Cívica Provincial

10/08/01

29/07/05

Capital Federal

Nueva Esperanza Social (NES) 04/07/03

09/06/06

Fuente: Cámara Nacional Electoral

Plataforma electoral (SUBTIT) Antes de la elección de candidatos, los organismos partidarios deben sancionar una plataforma electoral o ratificar la anterior de acuerdo con la declaración de principios, el programa o bases de acción política. Una copia de la plataforma y la constancia de la aceptación de las candidaturas por los candidatos, deben ser remitidas al Juez Federal con competencia electoral en el momento de la oficialización de las listas. .

46

Capítulo 3 Afiliaciones (TITULO) Una sociedad civil movilizada a través de la participación cívica es esencial para el fortalecimiento de las instituciones de un país. El Informe sobre Desarrollo Humano 1993 del PNUD define la participación cívica como un proceso, no un suceso, que relaciona estrechamente a los ciudadanos con los procesos económicos, sociales, culturales y políticos que afectan sus vidas. 6 Es en este sentido, la participación no es sólo un derecho, sino también una obligación. Porque la participación cívica en los asuntos públicos no se limita simplemente al acto de votar, sino que implica pensar la dimensión activa de la ciudadanía, es decir, “saberse partícipe”. En este “sentirse partícipe” una, y de ninguna manera la única, de las opciones es involucrarse en un partido político, entendiendo a su vez este involucramiento como un proceso en el que las personas toman parte activa no sólo en la resolución de problemas de su entorno, sino además en y desde la entidad en la que pueden desarrollar acciones. Requisitos para afiliarse a un Partido Político (SUBTITULO) En principio es necesaria la voluntad del ciudadano o ciudadana de formar parte de un partido político. Una vez definida esta condición básica deberán acercarse al comité del partido al cual se desee pertenecer, y solicitar la afiliación. En segundo lugar, en Argentina la Ley Orgánica de Partidos Políticos7 dispone de los siguientes requisitos para afiliar a los ciudadanos a un partido político: a) Que el interesado esté domiciliado en el distrito en que solicita la afiliación;

6

Nociones Esenciales, N° 8, octubre de 2002, Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo; Oficina de Evaluación Ley Orgánica de los Partidos Políticos N° 23.298, de acuerdo al Art. 23, Capítulo I, Título IV.

7

47

b) Comprobar la identidad con la libreta de enrolamiento, libreta cívica o documento nacional de identidad; c) Presentar por cuadruplicado una ficha de solicitud que contenga: nombre y domicilio, matrícula, clase, sexo, estado civil, profesión u oficio y la firma o impresión digital, cuya autenticidad deberá ser certificada en forma fehaciente por el funcionario público competente o por la autoridad partidaria que determinen los organismos ejecutivos, cuya nómina deberá ser remitida a la Justicia Federal con competencia electoral: la afiliación podrá también ser solicitada por intermedio de la oficina de correos de la localidad del domicilio, en cuyo caso el jefe de la misma certificará la autenticidad de la firma o impresión digital. El Ministerio del Interior suministra a los partidos fichas de solicitud de afiliación, siempre y cuando aquellos estén reconocidos como tales o en formación. Sin embargo los partidos pueden confeccionar sus propias fichas conformes al modelo realizado por el Ministerio del Interior, respetando medida, calidad del material y demás características. La ley establece que la calidad de afiliado se adquiere una vez que los organismos partidarios competentes aprueben la solicitud respectiva, o automáticamente en el caso que el partido no la considerase dentro de los quince días hábiles de haber sido presentada. Una ficha de afiliación se entrega al interesado, otra es conservada por el partido y las dos restantes se remiten a la Justicia Federal con competencia electoral. Los partidos pueden, ajustándose a las disposiciones e instrucciones del juzgado, llevar bajo su responsabilidad el registro de afiliados y el padrón partidario, sin otra participación de la Justicia Federal con competencia electoral, que la relativa al derecho de inspección y fiscalización que ejerce el juez de oficio o a petición de parte interesada.

48

Modelo de ficha de afiliación8

8

El modelo de ficha de afiliación es réplica de la página www.mininterior.gov.ar

49

¿Quiénes no pueden afiliarse a un partido político? (SUBTITULO) La ley prohíbe afiliar a un partido político a: a) Los excluidos del padrón electoral, a consecuencia de las disposiciones legales vigentes; b) El personal superior y subalterno de las Fuerzas Armadas de la Nación en actividad, o en situación de retiro cuando haya sido llamado a prestar servicios; c) El personal superior y subalterno de las fuerzas de seguridad de la Nación o de las provincias, en actividad o retirados llamados a prestar servicios; d) Los magistrados del Poder Judicial nacional, provincial y tribunales de faltas municipales. ¿Puede un ciudadano estar afiliado a dos o más partidos? (SUBTITULO) La ley prohíbe la doble afiliación expresamente. La afiliación a un partido implica la renuncia automática a toda afiliación anterior y su extinción. También se extinguirá por renuncia, expulsión o violación de lo establecido en la carta orgánica del partido o en caso de que el ciudadano adoptara una situación de las que la ley prohíbe afiliar, como las mencionadas anteriormente, debiendo cursarse la comunicación correspondiente al juez federal con competencia electoral. Existe un registro de afiliados que está constituido por el ordenamiento actualizado de las fichas de afiliación, el cual se encuentra en poder de los partidos y de la Justicia Federal con competencia electoral. El padrón partidario es de carácter público. Debe ser confeccionado por los partidos políticos, o por la Justicia Federal. En el primer caso, actualizado y autenticado, se remitirá al juez federal con competencia electoral antes de cada elección interna o cuando éste lo requiera.

50

Afiliaciones en Argentina (TITULO) Conforme a las conclusiones extraídas de los grupos focales organizados por Poder Ciudadano para esta publicación, la ciudadanía argentina atraviesa una época de profundo descreimiento en los partidos políticos. Sin embargo, esta falta de confianza no se ve reflejada en la cantidad de afiliaciones a los partidos políticos, de orden nacional al menos, desde el retorno democratico. En 1989, al finalizar el primer período presidencial en democracia, los ciudadanos y ciudadanas afiliados a partidos políticos, de orden nacional, llegaban a un total de 7.001.096. En el primer semestre de 2006, 17 años y 3 elecciones presidenciales después, el total es de 8.352.141, es decir 1.351.045 afiliados más. “La crisis de adhesión motivó en las fuerzas políticas la captación de afiliaciones fraudulentas. Existen al menos tres métodos de afiliación ilegítima: falsificar las firmas de los adherentes, presentar datos reales pero obtenidos a través de un engaño o conseguir las fichas a cambio de una contraprestación, ya sea trabajo, alimentos o dinero9.” “El origen dudoso de las afiliaciones queda en evidencia a través de las estadísticas electorales, que exhiben una discordancia inverosímil con la percepción social de los partidos. En efecto, como si la caída en los niveles de participación o el descrédito de los sectores dirigentes fueran postales de un país lejano, la cantidad de afiliados de los partidos mayoritarios se mantiene prácticamente inalterable desde 1989, incluso con leves aumentos de adherentes10”. Datos: El Partido Justicialista ascendió de 3.167.083 afiliados en 1989 a 3.737.110 en 2003. En el mismo período la Unión Cívica Radical trepó de 2.310.209 afiliados a 9

Di Natale, Martín; Gallo, Alejandra, y Nabot, Damián (2005) La escalera invisible. Mecanismos de ascenso en la clase política. Buenos Aires: Fundación Konrad Adenauer - Editorial La Crujía. 10 Ídem.

51

2.604.275 a pesar de que en 2003 realizó la peor elección presidencial de su historia, al alcanzar apenas el 2.34 % del total, es decir 453.000 votos. Cuadro 1 Evolución de la cantidad de afiliados en los partidos mayoritarios11

Evolución de la cantidad de afiliados en los partidos mayoritarios 4500000

Cantidad de afiliados

3500000

3646551

3167083 2813011

3000000 2500000

3884167

3831873

4000000

2600030

2310209

2541298

PJ UCR Frente Grande Partido Socialista

2000000 1500000 1000000 500000

0

0 1989

60267 0 1995

273674 0

249507 107510

2001

2004

Años Fuente: Cámara Nacional Electoral

Por otro lado cabe preguntarnos ¿Qué tipo de afiliados son estos siete millones de personas? El primer interrogante es si se afiliaron por propia voluntad, como antes se mencionó. Segundo, si tienen una participación activa en la vida del partido. Y tercero si saben que aún están afiliados al partido político. De estos interrogantes observaremos si los afiliados son “activos” o sólo son un “número”. Si estos 6 millones de afiliados (2.7 de cada 10 argentinos están

11

Ídem

52

afiliados a los partidos políticos) fueran activos, los partidos políticos no tendrían ningún problema de participación, todo lo contrario, serían organizaciones dinámicas, en continua renovación y aceitadas organizaciones en contacto directo con los ciudadanos. Sin embargo, es poco probable que esos afiliados sean activos, más bien da la impresión que son sólo una cifra en las arcas de los partidos políticos que alimenta el poder territorial de ciertos liderzgos. ¿Por qué a los partidos les interesa tener más afiliados de los que en realidad necesita? Según Ana María Mustapic, “Detrás de cada dirigente hay, pues, un puñado de “punteros” que se cotizan de acuerdo con el número de afiliados o “fichas” que aducen controlar. La importancia de las afiliaciones como moneda de intercambio en la competencia interna se pone de manifiesto en el inusitado número de afiliados que registran los partidos. … Nadie ignora que estas cifras no son genuinas pero a los fines de nuestro argumento interesa subrayar que reflejan una necesidad que, por lo menos en parte, va al encuentro de las reglas de juego de la competencia interna” 12. Siguiendo este análisis, “el número de afiliados es un criterio de distribución de cargos en la estructura de poder”13. Traer nuevos afiliados al partido posiciona con fuerza a los jefes territoriales en la lucha interna del partido.

12 13

Mustapic Ana María, “Qué pasa con la reforma política”, UTDT – CONICET, 01/03/03 Mustapic Ana María en La Nación “Los partidos partidos aún tienen 7 millones de afiliados”, 10/10/04.

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Recomendaciones

A los partidos políticos: - Revisar los padrones partidarios de manera gradual y a través de una consulta abierta con sus miembros - Considerar a los afiliados como parte del partido y no como un instrumento de acumulación de poder - Generar espacios para la participación y la toma de decisiones d elos afiliados - Invitar a los afiliados a reuniones periódicas para debatir temas de la vida partidaria o política del país, provincia o municipio - Mantener a los afiliados informados sobre las actividades y actualidad del partido. - Organizar campañas públicas fuera de los tiempos electorales a fin de comprometer la participación y el interés de los afiliados A los afiliados: -

Participar de la vida activa del partido al cual se afilió Exigir al partido que lo involucre en sus actividades Solicitar información sobre la actualidad del partido Desafiliarse de aquel partido que ya no representa sus intereses

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Cuadro 2 Porcentaje de afiliados por partidos14 Frente Grande 3,37%

Partido Socialista 1,45%

Otros 11,64%

PJ UCR Otros Frente Grande Partido Socialista

PJ 49,23% UCR 34,31%

Fuente: Cámara Nacional Electoral

Cuadro 3

14

Ídem

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Afiliados por Partidos15 4000000

PJ; 3616480

3500000 3000000 UCR; 2529947 2500000 2000000 1500000 1000000 500000

PS; 111543

ARI; 50797

PS

ARI

0 PJ

UCR

2006 Fuente: Cámara Nacional Electoral

15

Ídem

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Políticas de afiliación en diferentes partidos16 (TITULO)

A modo de ejemplo citamos a continuación las Cartas Orgánicas de algunos partidos respecto de sus políticas de afiliaciones.

Políticas de afiliación del ARI La Carta Orgánica del ARI reconoce como sus afiliados a los ciudadanos que habiéndose adherido a su programa, se encuentren inscriptos en los registros oficiales que lleven los órganos locales del partido. Establece que las cartas orgánicas locales determinarán las condiciones de afiliación de los ciudadanos y reglamentarán la inscripción y participación partidaria de los simpatizantes y de los extranjeros. Los ciudadanos afiliados al partido ejercerán el gobierno y la dirección del mismo por intermedio de los organismos creados por la Carta Orgánica Nacional y por los que se establezcan en las respectivas Cartas Orgánicas locales. Según este partido no pueden ser afiliados, y en caso de serlo perderían su calidad de tales y serían eliminados del padrón a: Los que figurasen como inhabilitados en el padrón electoral nacional o incurriesen en las mismas causas de inhabilitación con posterioridad a su inscripción. Los que no cumplan con lo preceptuado en esta Carta Orgánica, programas y demás disposiciones del Partido. Los que hubieren intentado dolosamente su inscripción múltiple en el padrón partidario y los que hayan cooperado en dichas maniobras. Los que hayan sido condenados por delitos contra el patrimonio público, mal uso de facultades o atribuciones o ilícitos semejantes, actos ilegales de represión y corrupción o delincuencia organizada. Los que adulterasen su documento de identidad. A.

Los ciudadanos que hubieren desempeñado funciones que por su jerarquía, importancia institucional o política, o que por sus facultades de decisión, importe una directa participación en los gobiernos de facto.

B.

Los ciudadanos cuya afiliación haya sido cancelada en virtud de cualquier causa por disposición de la autoridad partidaria competente.

Finalmente este documento afirma que todos los afiliados al Partido tienen los mismos derechos y deberes, debiendo orientar sus actividades de acuerdo con las normas fijadas por la Carta Orgánica, con los principios éticos, programáticos y los lineamientos fijados por las instancias deliberativas del Partido. www.ari.org.ar

16

Han sido tomados como ejemplos dos un partido histórico y uno joven, ambos de orden nacional.

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Políticas de afiliación Partido Justicialista (SUBTITULO) El Partido Justicialista reconoce como afiliados a todos los ciudadanos de ambos sexos que soliciten su afiliación y sean admitidos por las autoridades competentes partidarias. A la vez advierte que no podrán afiliarse los ciudadanos incluidos en las prohibiciones que establece la Ley 23.298. Los afiliados ejercerán la dirección, gobierno y fiscalización del Partido, según las disposiciones de la Carta Orgánica y la de los organismos partidarios de distrito que está organiza. La afiliación se extingue: por renuncia; por desafiliación y expulsión. Este partido define en su Carta Orgánica que todos los afiliados tienen iguales derechos y obligaciones. Ningún afiliado o grupo de afiliados puede atribuirse la representación del Partido, o de sus organismos o de otros afiliados. Específicamente están obligados a observar los principios y bases de acción política aprobados por el Partido y en su hora, la plataforma electoral, mantener la disciplina partidaria, cumplir estrictamente las disposiciones de sus organismos, votar en las elecciones internas y contribuir a la formación del patrimonio del partido, según las disposiciones que se dicten al respecto por las autoridades partidarias. Y además, tienen derecho a ser elegidos, sea para desempeñar funciones dentro de la organización, como así también para las electivas y ejecutivas en el Gobierno. El Partido Justicialista reconoce como adherentes al Partido, los argentinos menores de 18 años y los extranjeros. Deben solicitarlo y recibir constancia de su adhesión. Gozarán de los mismos derechos y obligaciones que los afiliados, excepto las electorales. www.pj.org.ar

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Políticas de afiliación de Recrear para el Crecimiento (SUBTITULO) Según esta Carta Orgánica para ser afiliado se requiere básicamente cumplir con los requisitos legales establecidos en la ley 23.298; Sin embargo especifica que los afiliados tienen derecho a: a) Peticionar ante las autoridades partidarias; b) Elegir y ser elegido conforme a las prescripciones del estatuto del partido, su reglamentación y las de la Ley Orgánica de los partidos políticos; c) Examinar el registro de afiliación y solicitar y obtener certificación de la propia. Y a su vez son deberes de los afiliados: a) Contribuir a la realización de las actividades partidarias; b) Acatar y sostener las resoluciones y directivas partidarias; c) Informar a las autoridades partidarias cuando se halle incurso en cualquier causal de pérdida de derechos electorales o impedido de ser electo candidato a cargos públicos o cargos internos partidarios; Por otro lado este documento informa que pueden ser adherentes al Partido los argentinos de dieciséis años hasta cumplir los dieciocho años y los extranjeros. La adhesión deberá manifestarse por escrito y la junta ejecutiva resolverá sobre su aceptación. Los adherentes tienen los mismos derechos y obligaciones que los afiliados, excepto los electorales. www.recrearargentina.org

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Políticas de afiliación de la Unión Cívica Radical – UCR (SUBTITULO) Según esta Carta Orgánica constituyen la UNION CIVICA RADICAL los ciudadanos que habiéndose adherido a su programa, se encuentren inscriptos en los registros oficiales que lleven los órganos locales del partido. Los ciudadanos afiliados al partido ejercerán el gobierno y la dirección del mismo por intermedio de los organismos creados por estos estatutos y por los que se establezcan en los respectivos estatutos locales. Los afiliados serán convocados a asamblea por cada organismo local, a fin de que expresen su juicio sobre los asuntos incluidos en el Orden del Día, y en especial sobre los informes del Comité Nacional y la representación parlamentaria y sobre los problemas de la orientación partidaria nacional, debiendo las asambleas exponer su opinión y elevar sugerencia a la Convención Nacional, la que deberá ser informada de todas las decisiones que aquellas adopten Cada organización partidaria debe establecer el régimen de funcionamiento de asamblea de afiliados que asegure su efectiva participación en las deliberaciones y determinaciones partidarias. Este documento no hace referencia específica a quienes sí pueden o quienes no pueden afiliarse al partido. www.ucr.org.ar

¿Cómo desafiliarse de un partido político?

Aquellos afiliados a un partido político que quieran desafiliarse del mismo deberán hacerlo por escrito al partido político correspondiente. Si el ciudadano quiere garantizar su desafiliación más allá del partido puede presentarse por escrito ante el Juez Federal Electoral correspondiente. En el escrito deberá constar nombre, tipo y número de documento, último domicilio que registre en su documento, y firma con certificación notarial, judicial, policial o ratificada ante la Secretaría Electoral.

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Capítulo 4. Financiamiento de los partidos políticos (Título)

El proceso de consolidación del sistema democrático en América latina en los últimos años puso de manifiesto una importante paradoja: por un lado, los partidos políticos se convirtieron en un actor fundamental de la vida política; sin ellos, la democracia no es posible. Pero por otro lado, en la mayoría de los países latinoamericanos existe un generalizado descontento y cuestionamiento hacia las organizaciones partidarias. En particular, reina en la ciudadanía una profunda desconfianza por la manera en que los partidos financian sus actividades. Numerosos escándalos de corrupción relacionados con el financiamiento político han provocado que la relación política y dinero pase a ser uno de los ejes centrales en los debates acerca de cómo mejorar el sistema democrático. ¿Qué se entiende por financiamiento político? En sentido restringido, es el dinero recaudado por los partidos y los candidatos para sustentar los gastos en las campañas electorales, así como el dinero utilizado en actividades permanentes (difusión de ideas, valores y programas; capacitación y formación de dirigentes, etc.). En sentido amplio, es todo el dinero que se utiliza en cuestiones relacionadas con la política democrática. Puede incluir el dinero que las organizaciones invierten en las actividades de lobby para aprobar una legislación específica, el que se utiliza en acciones legales con implicaciones políticas y el que se invierte para inducir a la opinión política mediante los periódicos y otros medios de comunicación. Si bien los partidos políticos siempre necesitaron dinero, en los últimos años sus necesidades financieras se agudizaron: el uso de los medios de comunicación masiva –principalmente la televisión- se ha vuelto cada más influyente en la definición de una elección, por lo que las campañas electorales resultan cada vez más costosas. Sumado a esto, no debe obviarse

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la sensible disminución de los ingresos percibidos por los partidos, provenientes de las cuotas de sus afiliados, y que en otro tiempo constituyeron una fuente de financiamiento sumamente importante. La combinación de estos factores expuso a los partidos políticos a una situación de fuerte dependencia ante posibles donantes, quienes con frecuencia pretenden influir -mediante sus contribuciones- en la toma de decisiones gubernamentales. La progresiva importancia que ha adquirido el financiamiento de la política se ha manifestado en una oleada de reformas normativas en los distintos países de Latinoamérica, que tuvieron como objetivo regular y transparentar el uso del dinero con fines políticos. Argentina constituye un claro ejemplo de ello: el financiamiento político, a partir de 1994, adquiere estatus constitucional.

Características del sistema de financiamiento en Argentina (Subtítulo)

La Constitución Nacional, a partir de su reforma en 1994, garantiza el financiamiento público, esto es, los aportes que los partidos políticos reciben por parte del Estado para financiar sus actividades.

Estado

Partidos políticos

En la propia Constitución Nacional los partidos quedan consagrados como instituciones fundamentales del sistema democrático, por lo que resulta lógico

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entonces que el Estado contribuya a su sostenimiento. El artículo 38 de la ley suprema, referido a los partidos políticos, sostiene en el tercer y cuarto párrafo: “El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos.” En definitiva, “Quedan consagrados constitucionalmente dos principios: el financiamiento público de los partidos y la obligación de los mismos de rendir cuenta sobre el uso de las contribuciones que perciben”17 . En mayo de 2002, en vistas de reglamentar tales preceptos constitucionales, el Congreso argentino sancionó la ley 25.60018, regulatoria del financiamiento de los partidos políticos y de las campañas electorales a nivel nacional. Esta ley dispuso un amplio sistema de regulaciones. Entre otras cuestiones, obligó a los partidos a rendir cuentas tanto de su financiamiento ordinario como del de campaña, estableció límites y prohibiciones a las contribuciones privadas, fijó un límite máximo de gastos para las campañas, etc. Rendición de cuentas

Estado (Financiamiento público)

Personas físicas y jurídicas

Partidos políticos

(Financiamiento privado) 17

Sabsay, Daniel; “La Financiación de la Política en Iberoamérica”, pág 3.

18

Esta ley fue modificada parcialmente ese mismo año, por el entonces Presidente Eduardo Duhalde, a través del decreto 990/02.

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En diciembre de 2006, el Congreso de la Nación sancionó la nueva ley de financiamiento de los partidos políticos y las campañas electorales (Nº 26215), que modifica ciertos aspectos de la ley 25600 (como por ejemplo, la prohibición de contratar publicidad a terceros; o el aumento del tope de gastos permitidos en una elección), aunque lo sustancial sigue vigente. Hay que tener en cuenta que Argentina tiene un régimen de gobierno federal, por lo que las provincias del país –más la Ciudad de Buenos Aires- tienen autonomía para legislar en materia electoral y de partidos políticos. Tan es así, que en Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, la ley 268 regula desde 1999 el financiamiento de los partidos políticos en las campañas electorales. De esta manera, en el distrito porteño coexisten dos normativas en materia de financiamiento. Mientras que para la elección de cargos nacionales – diputados y senadores nacionales, y Presidente y Vicepresidente de la Nación- rige la ley 26215, la elección de Jefe y Vicejefe de gobierno, y diputados por la Ciudad- está regulada por la ley 268. Descripción del marco normativo: la ley 26.215 (Subtítulo) El financiamiento mixto (Subtítulo)

Existen tres tipos de sistemas de financiamiento: uno, basado exclusivamente con aportes públicos; otro, con fondos únicamente privados (empresas y/o individuos); y por último, uno mixto, es decir, un sistema dual que combina el financiamiento público y privado. Es éste último que la ley 26215 establece como sistema de financiamiento en Argentina. A excepción de Venezuela, donde el financiamiento es exclusivamente privado – el Estado no financia a los partidos-, en el resto de los países de Latinoamérica el sistema de financiamiento también es mixto.

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Este tipo de sistema de financiamiento apunta a evitar la excesiva dependencia de los partidos políticos tanto del Estado como de intereses particulares. En efecto, si el financiamiento es exclusivamente público, el riesgo que se corre es que los partidos terminen siendo agencias burocráticas del Estado, con la consiguiente pérdida de independencia. Como contrapartida, cuando los recursos provienen únicamente de fuentes privadas, el flujo de dinero suele desequilibrar la competencia política favoreciendo a algunos partidos en desmedro de otros violando un principio básico: la garantía de la igualdad de oportunidades entre los partidos en competencia. Además, un sistema de financiamiento privado propicia condiciones más favorables para la comisión de actos de corrupción19. En el financiamiento político pueden ser frecuentes los “intercambios de favores”: una empresa podría realizar una donación o contribución a la campaña de un determinado partido político, quien luego, una vez en el gobierno, “devuelve el favor” a su donante mediante una política o medida determinada (como por ejemplo, una licitación). El financiamiento público entonces aparece como una buena manera de neutralizar o al menos disminuir la influencia de intereses particulares en la ejecución de políticas del gobierno de turno. Al mismo tiempo, garantiza un mínimo de equidad en la competencia electoral entre los distintos actores políticos. Financiamiento público ordinario y electoral (Subtítulo)

Los fondos que el Estado distribuye a los partidos políticos son utilizados para financiar sus actividades regulares (desenvolvimiento institucional y capacitación y formación política) y para las campañas electorales. 19 El concepto de corrupción hace referencia al abuso del poder que se les ha confiado por parte de líderes políticos para obtener ganancias, con el objetivo de aumentar su poder o su riqueza. (Global Corruption 2004).

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En Argentina, el Ministerio del Interior de la Nación es el organismo encargado de administrar el “Fondo Partidario Permanente”, nombre con el que se designa al conjunto de fondos públicos asignados a los partidos políticos para financiar sus actividades regulares, mientras que el “Aporte Extraordinario” se utiliza para campañas electorales. En la ley anual de presupuesto queda determinado el monto total del Fondo Partidario Permanente. En cuanto a su distribución, el veinte por ciento (20 %) se reparte en forma igualitaria entre todos los partidos reconocidos, y el ochenta por ciento (80 %) en forma proporcional a la cantidad de votos que el partido hubiera obtenido en la última elección de diputados nacionales. La ley 26215 establece que este 80 % se distribuye sólo entre los partidos y alianzas que obtuvieron el uno por ciento (1 %) de votos del padrón electoral. Cabe destacar que los partidos deben destinar por lo menos el veinte por ciento (20 %) de lo que reciban para desenvolvimiento institucional al financiamiento de actividades de capacitación para la función pública, formación de dirigentes e investigación. Respecto del financiamiento para las campañas electorales, también se combinan en su distribución los criterios de igualdad y proporcionalidad: treinta por ciento (30 %) del monto asignado por el presupuesto, en forma igualitaria; setenta por ciento (70 %) del monto asignado por el Presupuesto, en forma proporcional a la cantidad de votos que el partido o alianza hubiera obtenido en la última elección de diputados nacionales. También en este caso el 70 % se distribuye únicamente entre los partidos que obtuvieron el uno por ciento (1 %) de votos del padrón electoral.

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A continuación, se detallan los montos que los partidos y alianzas recibieron del Estado para financiar tanto sus actividades regulares como para la campaña electoral20, en el período 2001 – 2005. Año

Fondo Partidario

Fondo

Permanente

extraordinario (para

(en pesos)

campaña electoral) (en pesos)

2001

19.030.000

No hubo elecciones

2002

19.016.000

No hubo elecciones

2003

18.997.776

16.151.868

2004

18.997.776

No hubo elecciones

2005

18.997.776

52.900.001

2006

18.998.000

No hubo elecciones

2007

25.125.947

61.197.000

Fuente: Elaboración propia sobre los datos publicados en el sitio Web del Ministerio de Economía y Producción de la Nación (www.mecon.gov.ar).

20

En el período que se toma como referencia hubo dos procesos electorales a nivel nacional: las elecciones presidenciales y legislativas en 2003, y las elecciones legislativas de 2005.

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Recomendaciones

A los partidos políticos -

Presentar ante la Justicia Federal con competencia electoral el informe previo y el informe final de las donaciones recibidas y los gastos realizados en campaña electoral Publicar estos informes en sus respectivos sitios web Acercar a los afiliados información sobre los fondos que maneja el partido Adoptar prácticas transparentes de financiamiento para las campañas de internas del partido Analizar y comprender las diferentes normativas (locales y nacionales) referentes al correcto financiamiento de una campaña antes de que comience el proceso electoral Concientizar a todos los integrantes del partido de la importancia de realizar una campaña transparente Definir políticas transparentes de recaudación de fondos entre sus miembros

A los ciudadanos Informarse sobre cuánto y cómo puede un ciudadano aportar a un partido político para colaborar económicamente con su campaña o su financiamiento cotidiano - Informarse sobre qué partidos cumplieron con la legislación establecida y de esa forma obtener mayor información a la hora de votar acerca de quiénes donan a las campañas del partido de su interés Sobre la campaña electoral (Subtítulo) -

En junio de 2002, la ley 25.610 introduce una serie de modificaciones al Código Nacional Electoral, principalmente referidas a la campaña electoral. A efectos de reducir los gastos crecientes y exorbitantes que se venían registrando en las últimas campañas, y que eran objeto de fuertes críticas por parte de la opinión pública, los legisladores apuntaron a reducir su período de duración: la nueva disposición estipula que la campaña para la elección de diputados y senadores nacionales puede iniciarse sesenta (60) días corridos antes de la fecha fijada para el comicio, mientras que para la elección de presidente y vicepresidente el período de campaña es de (90) días antes del

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comicio”. Para ambas elecciones, la campaña debe concluir cuarenta y ocho (48) horas antes de la iniciación del comicio”. Con el mismo objetivo, la ley 25.610 también restringió el tiempo para realizar publicidad en medios de comunicación con fines proselitistas a los treinta y dos (32) días previos a la fecha fijada para el comicio. El Código Nacional Electoral define la campaña electoral como “el conjunto de actividades realizadas con el propósito de promover o desalentar expresamente la captación del sufragio a favor, o en contra, de candidatos oficializados a cargos públicos electivos nacionales.” Aclara que “las actividades académicas, los debates, conferencias, presentación de planes y proyectos, la realización de congresos y simposios, no serán considerados como partes integrantes de la campaña electoral”. Más allá del intento, lo cierto es que resulta sumamente difícil en la práctica establecer con precisión qué puede considerarse (y qué no) actividad proselitista. La complejidad del asunto reside en que en la delimitación del período en que puede realizarse la campaña electoral interviene (y puede llegar a oponerse en ciertas ocasiones) otro derecho, que es el de la libertad de expresión. La letra del Código dice “candidatos oficializados” como se resaltó antes. Esto favorece interpretar que: cuando todavía no están oficializados por la Justicia Federal electoral pueden promover su figura sin ningún tipo de restricción. Por ello, carteles que aparecen publicitando la imagen de una persona y dicen ‘Fulanito, Buenos Aires 2007’, no están dirigidos a captar el voto sino a publicitar la figura de esa persona que tiene total derecho a hacerlo. Respecto del uso de los recursos públicos en la campaña electoral, la ley 25.610 establece que la publicidad de los actos de gobierno, durante el

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período de campaña electoral, no puede contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales. Prohíbe además, durante los siete (7) días anteriores a la fecha fijada para la celebración del comicio, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.” Restricciones a los partidos políticos (Subtítulo)

De acuerdo con Daniel Zovatto, las restricciones y/o prohibiciones a los partidos políticos constituyen una de las variables más importantes para establecer la relación entre financiación y corrupción, ya que permite establecer la legalidad o ilegalidad de las contribuciones. En el caso de Argentina, la ley 26.215 establece una serie de restricciones y prohibiciones sobre las contribuciones que los partidos políticos pueden recibir. El artículo 34 de la citada ley, establece que los partidos políticos no pueden aceptar o recibir, directa o indirectamente:

a) Contribuciones o donaciones anónimas. b) Contribuciones o donaciones de entidades centralizadas o descentralizadas, nacionales, provinciales, interestaduales, binacionales o multilaterales, municipales o de la Ciudad de Buenos Aires. c) Contribuciones o donaciones de empresas concesionarias de servicios u obras públicas de la Nación; las provincias, los municipios o la Ciudad de Buenos Aires. d) Contribuciones o donaciones de personas físicas o jurídicas que exploten juegos de azar.

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e) Contribuciones o donaciones de gobiernos o entidades públicas extranjeras. f) Contribuciones o donaciones de personas físicas o jurídicas extranjeras que no tengan residencia o domicilio en el país. g) Contribuciones o donaciones de personas que hubieran sido obligadas a efectuar la contribución por sus superiores jerárquicos o empleadores. h) Contribuciones o donaciones de asociaciones sindicales, patronales y profesionales. Además, en el artículo 16 de la ley 26.215, se fijan límites a los montos de las contribuciones que los partidos políticos pueden recibir: a) de una persona jurídica, superiores al monto equivalente al uno por ciento (1 %) del total de gastos permitidos; b) de una persona física, superiores al monto equivalente al dos por ciento (2 %) del total de gastos permitidos. Por último, en el artículo 44 de la misma ley, queda fijado un límite de gastos: “El partido y sus candidatos en conjunto, con motivo de la campaña electoral, no podrán recibir un total de recursos privados que supere el monto equivalente a la diferencia entre el tope máximo de gastos de campaña fijados por esta ley y el monto del aporte extraordinario para campaña electoral correspondiente al partido o alianza“. Obligaciones para los partidos políticos (Subtítulo)

La ley de financiamiento en cuestión establece una serie de obligaciones para los partidos políticos, que tienen que ver principalmente con la rendición de cuentas y el acceso a la información. El objetivo perseguido es dotar de mayor transparencia el manejo de los fondos partidarios, y junto a ello, facilitar la

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tarea de los organismos de control. A continuación, se detallan las obligaciones que recaen sobre los partidos políticos: Financiamiento ordinario: (Subtítulo)



Depositar los fondos ordinarios y electorales en una única cuenta por distrito (en el Banco de la Nación Argentina o bancos oficiales), a nombre del partido y a la orden conjunta o indistinta de hasta cuatro miembros del partido (dos de ellos deben ser el presidente y el tesorero). Los partidos deben llevar la contabilidad detallada de todo ingreso y egreso de fondos, con indicación del origen y destino de los mismos y de la fecha de operación y del nombre y domicilio de las personas intervinientes.



Dentro de un lapso de 90 días una vez finalizado cada ejercicio, los partidos deben presentar ante la Justicia Federal con competencia electoral del distrito correspondiente, el estado anual de su patrimonio y la cuenta de ingresos y egresos del ejercicio. Deben presentar una lista completa de las personas físicas y jurídicas que hayan realizado aportes económicos en el período, detallando datos de identificación personal, identificación tributaria y monto y fecha del aporte.

Financiamiento electoral: (Subtítulo)



Los partidos y alianzas que presenten candidatos a cargos públicos electivos

nacionales

(Presidente,

Vicepresidente,

diputados

y

senadores nacionales) deben designar un responsable económicofinanciero y un responsable político de campaña por distrito. Junto con el presidente y el tesorero del o los partidos son responsables por el cumplimiento de las disposiciones legales.

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Todos los gastos efectuados con motivo de la campaña electoral deben documentarse a través de una Constancia de Operación para la Campaña Electoral en la que deben constar: la identificación tributaria del partido o alianza y de la parte co-contratante, el importe de la operación, el número de la factura correspondiente, y, el número del cheque destinado al pago. Deben registrarse en los libros contables.



Diez días antes del comicio, los partidos deben presentar ante el Juzgado Federal con competencia electoral de su distrito, un informe detallado de los aportes públicos y privados recibidos, con indicación de origen y monto, así como de los gastos incurridos con motivo de la campaña electoral, con indicación de ingresos y egresos que estén previstos hasta la finalización de la misma.



Sesenta días después de finalizada la elección, los partidos deben presentar ante el Juzgado Federal con competencia electoral de su distrito, un informe final detallado de los aportes públicos y privados recibidos, con indicación de origen y monto, y también, de los gastos de la campaña electoral.



Ambos informes deben ser presentados por los partidos en soporte papel y en un diskette a fin de facilitar la publicación de los mismo en Internet por parte de los Juzgados Federales con competencia electoral.

El juez federal con competencia electoral correspondiente ordenará la publicación inmediata de la información sobre los informes previos y finales en el sitio Web del Poder Judicial de la Nación. Además, los partidos políticos deben difundir en un diario de circulación nacional el sitio Web donde se encuentran publicados los estados contables anuales completos con los listados de donantes.

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Los informes financieros pueden ser consultados en la sede del juzgado por cualquier ciudadano e incluso solicitar copia. La solicitud no requiere expresión de causa y el costo de las copias corre a cargo del solicitante. Órganos de control21 (Subtítulo)

En la Argentina, el control del financiamiento de los partidos políticos y de las campañas está a cargo de la Justicia Federal con competencia electoral, lo que significa que hay 24 jueces federales, uno por cada distrito electoral, quienes tienen la tarea de velar por el cumplimiento de la normativa vigente. La Cámara Nacional Electoral, por su parte, es el tribunal de segunda instancia –su actuación se da únicamente en caso de una apelación. Las funciones de la Justicia Electoral están vinculadas a la existencia, organización y actividades de los partidos políticos. Así, ejerce el control y fiscaliza su financiamiento en los términos de la ley 26.215. Además, los jueces se encargan de formar, corregir e imprimir las listas provisionales y los padrones definitivos; atender los reclamos de los ciudadanos y apoderados de los partidos políticos sobre los datos consignados en ellos; disponer su exhibición; ordenar las tachas de los electores inhabilitados y agrupar a los electores por mesas electorales; y designar los lugares en donde funcionarán las mesas y a las autoridades que las tendrán a cargo. La Cámara Nacional Electoral, por su parte, tiene a su cargo el Registro Nacional de Electores, el Registro Nacional de Afiliados a los Partidos Políticos, el Registro General de Cartas de Ciudadanía, el Registro de inhabilitados para el ejercicio de los derechos electorales, el Registro General de Consulados, el Registro de Electores Residentes en el exterior, el Registro de faltas electorales y el Registro de nombres, símbolos, emblemas, números 21

La información presentada en este apartado ha sido extraída principalmente del sitio Web del Poder Judicial de la Nación. (www.pjn.gov.ar).

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de identificación, cuentas bancarias y responsables financieros de los Partidos Políticos. Régimen de sanciones (Subtítulo)

En la introducción se ha hecho mención a la progresiva relevancia que el financiamiento político adquirió en los últimos años en América Latina, y que se ha manifestado en la emergencia de legislaciones en los distintos países, en muchos casos con un fuerte énfasis en el régimen de sanciones en caso de violación de la ley. En Argentina, la ley 26215 establece una serie precisa de sanciones, que pueden ser divididas en tres tipos: ♦ Pecuniarias: Suspensión del financiamiento público: - por recibir o depositar fondos en distintas cuentas de las previstas por la ley. - por recibir contribuciones o donaciones en violación con lo que establece la ley. - por no respetar los límites de gastos establecidos en la ley.

♦ Multas: _ Multa de igual monto que la contribución o donación y hasta el décuplo de dicho monto, para la persona física o jurídica que efectuare donaciones a los partidos políticos prohibidas por la ley. _ Por presentación extemporánea de los informes previo y finales, una multa equivalente al cero coma dos por ciento (0,2 %), por cada día de demora del total de fondos públicos que le correspondieren a la agrupación política en la próxima distribución del fondo partidario permanente. ♦ Administrativas: Inhabilitación para el ejercicio de sus derechos de elegir y ser elegido en las elecciones a cargos públicos nacionales, y en las elecciones de autoridades de los partidos políticos para el ejercicio de cargos públicos y partidarios: Por la utilización de cuentas distintas de las establecidas en la ley.

75

Esta sanción recae sobre el presidente y tesorero del partido, y los responsables de campaña electoral. La misma sanción corresponde a aquellas personas físicas, así como propietarios, directores y gerentes o representantes de personas jurídicas que efectúen o reciban contribuciones o donaciones privadas.

Buenas prácticas (Subtítulo)

En la consecución de un sistema de financiamiento transparente, debe advertirse que no alcanza únicamente con un régimen de sanciones, por más completo que sea éste. Es esencial que, más allá de lo estipulado por la ley, los actores involucrados en el financiamiento político se comprometan activamente en adoptar ellos mismos prácticas en pos de la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la información. En ese sentido, los partidos deben tomar conciencia de lo importante que es la transparencia y la publicidad del origen de los fondos y el destino de los gastos con el que financian sus actividades permanentes y electorales. Hay que tener en cuenta que el financiamiento de las campañas electorales se encuentra regulado por la ley 26215, pero no ocurre lo mismo con el dinero utilizado para financiar las elecciones internas. Por ello resulta vital que los partidos, más allá de lo estipulado por la ley, adopten prácticas y sistemas de financiamiento transparentes. Por su parte, los donantes, individuales y corporativos, deben conocer la legislación, saber de la existencia de restricciones y límites, evaluar si éstos se aplican en su caso, exigir la Constancia de Operación de Campaña Electoral una vez efectuada la donación y tratar, siempre, de hacer un depósito o transferencia a la cuenta bancaria única que los partidos deben abrir en toda campaña electoral. En el caso de los donantes corporativos o

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empresarios, sería un gran aporte la publicidad de sus donaciones en sus sitios de Internet. Por último, los ciudadanos deben aprehender que la información sobre quiénes financian las campañas electorales y cómo los partidos dicen gastar ese dinero es fundamental a la hora de decidir el voto.

Sobre la implementación de la ley 25.600. La experiencia de Poder Ciudadano. (Subtítulo)

Esta ley, antes de ser modificada, se ha aplicado en dos ocasiones: la primera, con motivo de las elecciones presidenciales y legislativas de 2003. La segunda, en octubre de 2005, cuando se llevaron adelante elecciones legislativas nacionales. De acuerdo con un informe del Dr. Santiago Corcuera22, en las elecciones presidenciales y legislativas de 2003, ha habido una baja cantidad de agrupaciones políticas que cumplieron con la presentación de los informes de ingresos y gastos de campaña. Con respecto al informe previo, sólo ochenta y ocho (88) de las trescientas seis (306)

agrupaciones que participaron en la

elección presidencial (lo que representa un 28 %) efectuaron su presentación; mientras que el informe final fue presentado por noventa y dos (92) agrupaciones, esto es, un 30 %.

Asimismo, el nivel de cumplimiento de la apertura de la cuenta única por parte de las agrupaciones políticas fue mayor: un 60 % cumplió con este requisito. Por su parte, fue alto también el nivel de cumplimiento de las agrupaciones que cumplieron con la designación del responsable económico – financiero y del responsable político de campaña: un 62 % ha dado cumplimiento de este punto.

22 Los datos fueron extraídos del informe realizado por el Juez de la Cámara Nacional Electoral, Dr.Santiago H. Corcuera: “Evaluación de los procesos electorales recientes –2002/2003- y de la primera aplicación de la ley 25.600”

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En 2005, por su parte, Poder Ciudadano realizó el monitoreo de rendición de gastos de campaña de los partidos políticos que presentaron candidaturas para cargos legislativos nacionales. La Cámara Nacional Electoral diseñó, para esta elección, un software a fin de facilitar y homogeneizar los datos a cargar por los partidos y alianzas. Ello ha facilitado su publicidad en Internet y una lectura más ordenada de la información. Constituye, en ese sentido, uno de los avances más importantes en la promoción de la transparencia en el financiamiento político. Las presentaciones se efectuaron ante los Juzgados Federales con competencia electoral de todos los distritos del país. Por primera vez es posible consultar los reportes de gastos en el sitio Web del Poder Judicial de la Nación: www.pjn.gov.ar. Sin embargo, no todos los informes financieros aparecen publicados en Internet. A continuación, se detalla la cantidad de agrupaciones políticas que estaban obligadas, por la ley, a realizar la rendición de gastos de campaña, y el número de informes que aparecen publicados en el sitio Web del Poder Judicial de la Nación

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Distrito

Cantidad De Partidos

Cantidad de informes

Obligados a Presentar

Financieros Publicados

Informes

en www.pjn.gov.ar

Buenos Aires

53

45

Catamarca

24

16

Ciudad Bs. As 28

26

. Córdoba

38

30

Corrientes

31

10

Chubut

10

6

Formosa

41

19

Entre Ríos*

8

16

Chaco

20

18

Jujuy

20

12

La Pampa

6

6

La Rioja*

5

7

Mendoza

20

18

Misiones

25

21

Neuquén

17

4

Río Negro

14

12

Salta

21

16

San Luis

26

5

San Juan

30

20

Santa Cruz

6

1

Santa Fe*

19

31

Stgo

del 15

8

del 23

8

Tucumán

37

5

Total

537

360

Estero Tierra Fuego

79

Fuente: Elaboración propia sobre la base de datos publicados en

www.pjn.gov.ar y www.mininterior.gov.ar . * En el caso de las alianzas electorales, la obligación de presentar informes rige tanto para las alianzas como para los partidos que las integran. Sin embargo, en la columna donde se registran la cantidad de partidos y alianzas obligados a presentar informes financieros, no se contabilizan la cantidad de partidos que integran cada alianza. Es por ello que en los distritos de Entre Ríos, La Rioja y Santa Fe la cantidad de informes financieros publicados es superior a la cantidad de partidos y alianzas obligados a presentar los informes. Se publican entonces 360 informes financieros, los cuales son analizados a continuación agregando datos distrito por distrito. De esta manera, un ciudadano tiene la posibilidad de conocer, por ejemplo, cuál fue el gasto total en el que incurrieron los partidos y alianzas en cada uno de los distritos del país.

Datos agregados del financiamiento de la campaña electoral de octubre de 2005 por distrito (en pesos) (Subtítulo) Distrito

Ingresos

Aporte

Donaciones

Otros

Gastos

Gastos

Totales

Público

privadas

Ingresos

Totales

Publicidad

11.343.806

3.866.425

3.744.002

1.091.133

11.957.539

3.783.279

Deudas

Préstamos

2.212.589

400.646 8.357

TV Buenos Aires Catamarca

354.389

66.420

239.058

0

345.448

66.662

19.311

Cap. Fed.

6.115.354

817.303

3.903.582

116.201

6.527.624

2.676.540

812.080

141.079

Córdoba

3.020.103

431.417

2.518.660

247.691

3.143.588

346.420

558.552

492.093

Corrientes

175.223

122.869

10.500

6.844

162.074

7.792

19.763

18.217

Chubut

114.407

26.210

68.457

0

141.624

56.015

45.598

74.603

Entre Ríos

473.206

126.470

77.509

63.774

459.643

28.411

132.356

225.898

Formosa

636.533

116.134

93.716

194.422

625.664

30.276

81.540

70.379

Chaco

627.799

309.665

39.688

23.139

607.097

19.156

41.553

30.171

Jujuy

280.034

161.602

25.760

2.007

173.858

13.260

55.541

17.631

La Pampa

465.965

127.670

67.00

163.343

465.288

73.883

22.576

23.392

80

La Rioja

393.514

86.251

269.343

0

389.707

149.388

8.764

3.612

Mendoza

2.064.525

508.362

1.024.859

383.870

2.116.497

797.398

107.678

102.720 28.329

Misiones

862.728

304.459

355.562

14.837

886.348

95.208

47.176

Neuquén

553.846

103.683

450.162

1

527.403

36.998

0

17.154

Río Negro

707.727

108.385

136.600

334.102

689.619

130.177

191.247

81.462

Salta

899.610

432.669

15.277

13.711

877.532

122.070

33.111

181.234

San Luis

375.095

9.854

0

53.383

345.623

60.863

39.107

5.259

San Juan

684.291

120.498

316.825

85.473

675.241

276.805

86.333

66.363

Santa

7.525

7.525

-

0

7.508

-

0

0

Santa Fe

3.119.874

1.460.041

765.177

292.948

2.633.550

808.614

145.829

33.521

Stgo del

685.322

154.174

266.050

0

676.626

43.939

57.692

29.430

269.548

37.184

160.852

40.373

248.101

92.596

4.500

19.631

Tucumán

170.754

60.754

0

0

139.721

0

100.000

29.900

Total

34.401.178

9.566.024

14.481.639

3.127.252

34.822.923

9.715.750

4.822.899

2.101.081

Cruz

Estero Tierra del Fuego

Elaboración propia sobre la base de datos publicados en www.pjn.gov.ar

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Conclusiones: (Subtítulo)

Poder Ciudadano arribó a las siguientes conclusiones:



Contabilizando todos los informes financieros a los que pudo acceder Poder Ciudadano (360), se deduce que los partidos y alianzas (cuyos informes finales han sido publicados por las Justicia Federal con competencia electoral) han gastado, con motivo de la campaña electoral, un total de 34.822.923 de pesos.



Del total de egresos señalados 9.715.750 de pesos fueron en concepto de publicidad en televisión, lo que representa el 28 % del total.



En la provincia de Buenos Aires es el distrito donde se registraron los gastos más elevados: con 45 informes examinados, los gastos totales ascienden a 11.957.539 pesos. En la Ciudad de Buenos Aires, los egresos de las agrupaciones políticas ascienden a 6.527.624 pesos, habiendo relevado 26 informes financieros.



En el rubro ingresos, en tanto, las agrupaciones políticas declararon haber percibido, según consta en los informes financieros inspeccionados, un total de 34.401.178 de pesos, cifra casi equivalente a los gastos totales (34.822.923).



Casi la mitad del total de ingresos indicados (14.481.639 de pesos, es decir, un 42 %)) provinieron de contribuciones privadas; mientras que en concepto de aporte público el monto asciende a 9.566.024 pesos, lo que representa el 27 % del total percibido.



Cabe señalar, por último, que las agrupaciones políticas declararon mantener deudas, producto de la campaña electoral, por un monto de

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4.822.899 pesos. En el distrito en el que partidos y/o alianzas registran la deuda más abultada es la provincia de Buenos Aires, con un monto de 2.212.589 pesos. En segundo lugar aparecen otros tantos de la Ciudad de Buenos Aires, con 812.080 pesos, y en tercer lugar, alianzas y partidos de Córdoba, con 558.552 pesos. Es importante destacar que los balances financieros de algunos partidos presentan deudas con proveedores que han recibido inversión en Publicidad Oficial del Poder Ejecutivo Nacional (Véase “Gastos e ingresos de los partidos en la Ciudad y la provincia de Buenos Aires. Informe final del monitoreo del financiamiento de la campaña electoral nacional de 2005” en www.poderciudadano.org).

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Capítulo 5. Democracia Interna en los Partidos Políticos. (Título)

La crisis de los partidos despierta el interés por el problema de la democracia interna de los partidos, desde una perspectiva organizativa. Es imposible pensar en una democracia consolidada sin partidos políticos democráticos. En ese sentido, resulta clave analizar el funcionamiento interno y las estructuras de las organizaciones partidarias. El concepto de democracia interna hace referencia a los procesos internos de toma de decisiones y prácticas de un partido político, fundamentalmente en lo que respecta a los criterios de selección de autoridades partidarias y candidatos a cargos públicos. Su abordaje requiere emprender un análisis en dos niveles: uno general, basado en leyes nacionales, y que alcanzan, desde luego, a todos los partidos políticos; y otro individual, centrado en el análisis de las cartas orgánicas de los partidos políticos. Para este segundo nivel de análisis se han seleccionado cuatro partidos: dos de ellos, -el Justicialista (PJ) y la Unión Cívica Radical (UCR)tradicionales, y los otros dos –Afirmación para una Republica Igualitaria (ARI) y Recrear para el Crecimiento- de formación más recientes. Selección de candidatos a cargos públicos (Subtítulo)

Los partidos políticos en Argentina tienen la facultad exclusiva para presentar candidatos a cargos públicos. El monopolio en la nominación implica que ningún ciudadano puede postularse como candidato de manera independiente; debe necesariamente contar con una estructura partidaria que lo avale. Resulta clave, entonces, analizar los mecanismos a través de los cuales los partidos definen las candidaturas por su incidencia en la calidad de la representación política. Los partidos seleccionaron sus candidatos a cargos públicos de diversas maneras a través del tiempo. Hasta el año 2002, tuvieron libertad para decidir el modo de selección de candidatos. La ley orgánica de Partidos Políticos (No 23.298)

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establecía que cada partido debía funcionar de conformidad con el método democrático interno, mediante elecciones periódicas de autoridades, organismos partidarios y candidatos, en la forma que determinara cada partido. En el período 1983 – 2001, los partidos políticos han recurrido fundamentalmente a tres métodos de selección de candidatos: Acuerdos entre elites: los candidatos son elegidos por los dirigentes con más

poder dentro del partido, generalmente de manera informal, sin reglas claras y uniformes. Los demás miembros del partido no participan del proceso. Elecciones en asamblea: la proclamación de candidatos queda a cargo de un

determinado órgano de gobierno partidario, compuesto de delegados elegidos por el voto de los afiliados. Elecciones internas: existen dos variantes: en la primera, denominada internas

cerradas, los candidatos participan de una elección en la que votan los afiliados partidarios. La segunda variante, conocida como internas abiertas, la participación en el proceso electoral incluye a los ciudadanos en general, estén o no afiliados a un partido. La UCR implementó, en el período señalado, elecciones internas cerradas. En su Carta Orgánica se establecía: “Los candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación se elegirán por cargo y en una sola lista o fórmula, a simple pluralidad de sufragio por voto directo, secreto y obligatorio de los afiliados de la República considerada a esos efectos como único distrito.” El Partido Justicialista, por su parte, históricamente eligió sus candidatos por acuerdo entre las cúpulas partidarias. Todo pareció cambiar en julio de 2002, con la sanción de la ley 25.611, que obligó a los partidos políticos a seleccionar sus candidatos para cargos nacionales a

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través de internas abiertas. Hay quienes sostienen que este tipo de normas constituyen una indebida intromisión en los asuntos internos de los partidos. Los partidos, señalan, deberían poder decidir la manera de elegir sus candidatos. Sin embargo, es importante remarcar que la Constitución Nacional garantiza la democracia interna de los partidos, y la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos. La ley 25.611 se basó en este precepto constitucional. Debe tenerse en cuenta, además, que el procedimiento por el cual se elige un candidato no es un asunto meramente intra partidario, sino de interés público. En un contexto signado por una profunda crisis de representación, dicha ley apuntó a democratizar la vida interna de los partidos, otorgándole la posibilidad a la propia ciudadanía de participar e influir en la selección de los candidatos de los partidos políticos No obstante, la ley de internas abiertas fue derogada, en diciembre de 2006 por el Congreso de la Nación, sin haber sido implementada prácticamente en sus cuatro años de vida. Vale recordar que debería haber sido implementada por primera vez para las elecciones presidencias y legislativas en 2003. Sin embargo, a raíz de las disputas internas en el Partido Justicialista, un decreto del Poder Ejecutivo habilitó por única vez a los partidos a no cumplir con esta obligación para seleccionar a los candidatos a Presidente de ese año. Para las elecciones legislativas de octubre de 2005 pocos partidos llevaron adelante este procedimiento. Por esa razón, el Congreso decidió su derogación, y la entrada en vigencia, nuevamente, de la ley 23298. Por la prácticamente nula utilización del procedimiento de internas abiertas, queda pendiente el debate acerca de su conveniencia o no. ¿Significa un avance en términos de participación ciudadana? ¿Contribuye verdaderamente a mejorar la calidad de la representación? ¿Puede afectar la disciplina partidaria? Estas cuestiones forman parte de un extenso y complejo debate.

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Aquellos que critican la obligación de realizar elecciones internas, señalan que en otros países donde se implementa este procedimiento, el nivel de participación ciudadana en las elecciones internas suele ser muy bajo, por lo que la gravitación de los aparatos partidarios en los resultados sigue siendo determinante. Además, argumentan que su implementación genera la necesidad de contar con mayores recursos para financiar las campañas internas, favorece un mayor clientelismo, genera desigualdad en la competencia entre líneas internas, e incrementa la posibilidad de intromisión externa en cada partido. De todas maneras, no deben extraerse conclusiones terminantes. El debate permanece abierto. Para una correcta evaluación acerca de la conveniencia de adoptar o no este procedimiento, debe necesariamente tenerse en cuenta el contexto socio político y cultural en el cual va a implementarse.

Recomendaciones

A los partidos políticos: -

Fomentar la competencia interna en el seno del partido, proponiendo diferentes opciones a los afiliados para seleccionar a sus candidatos. Realizar elecciones internas para la selección de candidatos.

A los afiliados: -

Exigir la realización de elecciones internas partidarias. Participar de la vida interna del partido exigiendo prácticas democráticas a la hora de seleccionar candidatos.

Selección de autoridades partidarias (Subtítulo)

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Como se ha dicho en la introducción, el modo en que se eligen las autoridades de un partido no está regulado por ninguna ley, sino que cada organización partidaria tiene autonomía para decidirlo. La ley 23.298, sancionada en 1985, garantiza en su artículo 1, el derecho de los partidos políticos a su constitución, organización, gobierno propio y libre funcionamiento. Esto significa que cada partido es libre para elegir su propia forma de gobierno, siempre y cuando respete el principio constitucional de una organización y funcionamiento democrático. A continuación, se describen los órganos de gobierno a nivel nacional de ARI, PJ, Recrear para el Crecimiento y la UCR sobre la base de lo estipulado en sus respectivas Cartas Orgánicas. Hemos seleccionados cuatro partidos nacionales, dos tradicionales y dos de reciente creación a fin de que el lector tenga una idea precisa de lo que algunos partidos regulan respecto de su gobierno interno. No se trata, por supuesto, de un análisis exhaustivo de todos los partidos, sino un ejemplo tomando algunos casos particulares. El ARI tiene una Asamblea Nacional, que es el órgano legislativo, y una Dirección Nacional, órgano ejecutivo. Los delegados ante la Asamblea Nacional son elegidos por el voto directo, universal y secreto de los afiliados, siendo la duración de sus mandatos de cuatro años, pudiendo ser reelegidos. La Asamblea Nacional es el organismo de máxima jerarquía partidaria y está constituida por delegados de las provincias elegidos del siguiente modo: cada provincia tiene asegurado un mínimo de dos delegados titulares, con la posibilidad de incorporar un asambleísta por cada cinco por ciento obtenido en la última elección legislativa, y un asambleísta por cada veinticinco mil votos obtenidos en la última elección nacional. La Junta Ejecutiva Nacional, por su parte, está constituida por nueve (9) miembros, elegidos por el voto directo de los miembros de la Asamblea Nacional, siendo la duración de sus mandatos de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos.

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La Junta Ejecutiva Nacional del Partido se elige del siguiente modo: compiten en la elección todas las listas que tengan un aval mínimo del 10% de los asambleístas. En caso de que haya una sola Lista, es declarada inmediatamente ganadora. Cuando hay dos (2) o más, las listas que obtengan un mínimo del 25% de los votos válidos tendrán representación proporcional en la Junta Ejecutiva Nacional. En todos los casos, la lista ganadora ocupará, por lo menos, la mitad más uno de los cargos. Otro órgano de gobierno del ARI es la comisión de Ética, que entiende toda cuestión relacionada con la conducta y disciplina de los afiliados, y constituye la última instancia de apelación partidaria. En el caso de considerar que existe una falta en la conducta del afiliado la Comisión de Ética quedará facultada para aplicar las siguientes sanciones, según la gravedad de la falta: apercibimiento, amonestación, suspensión de la afiliación, cesantía de la afiliación. Los integrantes de la Comisión de Ética son designados por la Asamblea Nacional, y duran en su cargo cuatro (4) años. El PJ tiene como órganos de gobierno nacionales al Congreso Nacional y al Consejo Nacional. El Congreso es su organismo supremo y representa directamente a la soberanía partidaria. Sus miembros duran en sus mandatos cuatro años y son elegidos de manera directa por los afiliados o por los respectivos Congresos distritales en la siguiente proporción: cada distrito electoral designa tres delegados y, además, uno por cada cinco mil afiliados y fracción menor a dicho número. Respecto del Consejo Nacional, está integrado por ciento diez miembros, que duran cuatro años en sus mandatos. Además, tienen derecho a participar como miembros plenos los Gobernadores afiliados al Partido, los Presidentes de Distrito, los Presidentes de los Bloques Parlamentarios Nacionales y los Presidentes de ambas Cámaras del Congreso Nacional. Entre los integrantes del Consejo Nacional diecisiete miembros corresponderán al movimiento obrero; diez al sector femenino y diez a la juventud, siendo los restantes representantes de los Distritos.

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El Consejo posee una Mesa Directiva de veinticuatro miembros, y se compone de un Presidente; un Vicepresidente; un Vicepresidente primero; un Vicepresidente segundo; un Vicepresidente tercero; un Secretario General, un Tesorero y un Tesorero Suplente y las Secretarías y Vocalías a designar. El PJ también tiene un Tribunal de Disciplina, compuesto por doce miembros titulares y tres suplentes, preferentemente abogados o escribanos, que durarán cuatro años en sus funciones, y no podrán formar parte de otros organismos partidarios. Son elegidos por el Consejo Nacional. Respecto de Recrear para el Crecimiento, los órganos de gobierno a nivel nacional son: la Asamblea Nacional y la Junta Ejecutiva Nacional. Además cuenta con un Tribunal de Disciplina, una Comisión Revisora de Cuentas, y una Junta Electoral Nacional. La autoridad superior del partido es la Asamblea Nacional, formada por delegados elegidos por las provincias y la ciudad autónoma de Buenos Aires. En cada distrito se elige un número de delegados igual a la mitad de la representación que a cada uno le corresponde en las cámaras de Diputados y de Senadores de la Nación. La dirección ejecutiva del partido está a cargo de una Junta Ejecutiva Nacional integrada por un presidente, un vicepresidente primero, un vicepresidente segundo, un vicepresidente tercero, un secretario, un prosecretario, un tesorero, un protesorero, 7 vocales titulares y 5 vocales suplentes, elegidos por la Asamblea Nacional. Los mandatos de todas las autoridades partidarias duran dos años, pero pueden ser renovados por un período igual. Cuando un candidato haya sido reelecto no puede ser elegido para el mismo organismo partidario sino con intervalo de un período. El Tribunal de Disciplina Nacional, por su parte, entiende en todas las cuestiones relacionadas con la conducta de los integrantes de los órganos de gobierno nacionales cuando mediare denuncia por parte de cualquier afiliado. Se compone de cinco miembros titulares y tres suplentes elegidos por la Asamblea Nacional. Sus integrantes no pueden ejercer otros cargos partidarios o públicos. 90

La UCR tiene un órgano legislativo, la Convención Nacional, y otro ejecutivo, el Comité Nacional. La Convención Nacional se compone de delegados elegidos por la Capital Federal y las provincias, por voto directo, secreto y obligatorio de los afiliados. Duran cuatro años en sus funciones, con la posibilidad de ser reelegidos. El número de delegados enviados a la Convención Nacional por cada provincia debe ser igual a la representación que poseen en la Cámara de Diputados de la Nación. Los miembros de la Convención deben reunir las condiciones exigidas para ser diputado nacional, estar inscriptos en el padrón de afiliados con la antigüedad de tres años y no ser delegados al Comité Nacional ni Legisladores Nacionales. La Convención nombrará de su seno una Mesa Directiva, conformada por un presidente, un vicepresidente primero, un vicepresidente segundo y cuatro secretarios. El Comité Nacional, por su parte, está compuesto por delegados elegidos en número de cuatro por los afiliados de cada provincia y Capital Federal. Los miembros titulares y suplentes del Comité Nacional no pueden ser delegados a la Convención Nacional. Sus miembros duran dos años en el ejercicio de sus funciones, pudiendo ser reelegidos. El Comité Nacional debe elegir una Mesa Directiva formada por un Presidente, tres Vicepresidentes, nueve secretarios, un Tesorero y un Pro-Tesorero. Otro órgano de gobierno es el Tribunal de Conducta y Disciplina, cuya función consiste en desarrollar una acción permanente y orientadora en materia de ética pública, buenas prácticas, prevención y mediación de conflictos, control o corrección de los comportamientos en contradicción con la ética y los principios del partido en que incurrieren sus afiliados El Tribunal está integrado por tres miembros titulares y tres suplentes designados por la Convención Nacional.

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Recomendación

A los partidos políticos Realizar periódicamente elecciones de autoridades partidarias y selección de candidatos a través de mecanismos democráticos y participativos que incorpore a los afiliados a la toma de decisiones del partido

Territorialización (Subtítulo)

En el apartado anterior se dio cuenta de los órganos de gobierno de los partidos políticos a nivel nacional. Aún resta interiorizarse en la organización que éstos adoptan en el nivel provincial. De acuerdo al análisis de las cartas orgánicas de los partidos seleccionados en este estudio, se advierte que éstos mantienen una estructura de gobierno federal, es decir, poseen, por un lado, órganos de gobierno a nivel nacional, y por otro, órganos de gobierno en cada una de las provincias. Un ejemplo de este tipo de estructura de gobierno lo representa el partido radical, que en su Carta Orgánica establece: “La Unión Cívica Radical será gobernada en el orden nacional por la Convención Nacional y el Comité Nacional. En el orden provincial, en la Capital Federal y en los territorios nacionales lo será por los organismos señalados en sus estatutos locales. Las autoridades partidarias de las provincias, territorios nacionales y de la Capital Federal aceptarán los preceptos que estimen convenientes para el gobierno y administración del partido.” Como se puede observar, las organizaciones provinciales dentro del partido gozan de un importante grado de autonomía respecto de la organización nacional. Tienen, por ejemplo, facultad para elegir a sus propios representantes políticos. Además, disponen de un margen de maniobra bastante amplio para decidir acerca de sus reglas internas, si bien es cierto que la gran mayoría de los partidos

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establecen ciertas reglas comunes, que deben ser cumplidas por las organizaciones en todos sus niveles. Retomando el ejemplo de la UCR, en su carta orgánica quedan fijadas las siguientes reglas comunes: a) Disponer la amplia publicidad del padrón de afiliados, asegurando su fiscalización. b) Implementar el voto directo, secreto y obligatorio de los afiliados y la representación de las minorías que alcancen el veinticinco por ciento de los votos válidos emitidos para la elección de todos los cargos y candidaturas partidarias. c) Establecer un régimen de funcionamiento de asamblea de afiliados que asegure su efectiva participación en las deliberaciones y determinaciones partidarias. d) Organizar el gobierno del partido por un organismo deliberativo, un cuerpo ejecutivo, elegido por el voto directo y un tribunal de conducta que se renueve totalmente cada dos años. e) Establecer un régimen patrimonial del partido y la publicidad y fiscalización de sus recursos y egresos y la contribución periódica de los afiliados. f) Reglamentar el ejercicio de los derechos de iniciativa, revocatoria y referéndum de los afiliados que aseguren la vigencia de su poder de decisión en los asuntos parlamentarios. g) Asegurar representaciones femeninas en cada organismo partidario. h) Fijar la exigencia de los dos tercios de los votos válidos emitidos para la reelección en el mismo cargo público electivo, debiendo entenderse que no existe reelección cuando ha transcurrido un período intermedio de dos años o cuando el ejercicio del cargo no hubiere excedido de la mitad del término legal.

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i) Reglamentar acerca de las incompatibilidades entre cargos en la administración política y cargos del partido, y entre estos y los electivos, evitando la acumulación y estableciendo la descentralización de representaciones partidarias. j) Establecer en cuanto fuere posible la simultaneidad de las elecciones de autoridades partidarias y de candidatos a cargos públicos electivos. Como se dijo, más allá de ciertas reglas comunes que deben cumplir, es destacable la autonomía que tienen las organizaciones provinciales que integran un partido político. Dicha autonomía, señala Mustapic, da lugar a una estructura de poder descentralizada, y en consecuencia, a una política partidaria territorial. Hay que destacar, por otra parte, la influencia decisiva que tienen los afiliados en cada uno de los órganos de gobierno distritales. El predominio de mecanismos de elección directos para ocupar cargos públicos o partidarios tiene como consecuencia, señala Mustapic, que a pesar de las variaciones que pueden exhibir las organizaciones partidarias en el nivel provincial, en todos los casos el poder de decisión se encuentra, en última instancia, en la masa de afiliados y no en órganos colegiados. A esto se le suma otro factor, que es que los requisitos necesarios para presentar listas electorales no son muy restrictivos. Comenta Mustapic “Una revisión de las cartas orgánicas distritales de la UCR y el PJ revela que, en general, es preciso reunir el apoyo de un determinado número de afiliados para formar una lista (…) para los puestos más importantes, el número requerido difícilmente supere los 1.000 afiliados. Los costos para iniciar una carrera partidaria dentro de la organización son, entonces, bajos, lo que no significa que el ascenso sea fácil.”

Buenas prácticas. (Subtítulo)

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Por buenas prácticas entendemos un conjunto de conductas, procedimientos, reglas de juego, que los partidos políticos adoptan por voluntad propia, más allá de lo que determina la legislación, en pos de lograr mayores niveles de democracia interna. Para la consecución de este objetivo, es fundamental, entre otras cosas, fomentar una mayor y mejor competencia interna en el proceso de selección de autoridades y de candidatos a cargos públicos, promover la transparencia en el proceso de toma de decisiones y en el uso de recursos financieros, y publicitar la información partidaria. Una de las formas más eficaces para contribuir a generar una mejor y mayor competencia interna en el proceso de selección de autoridades partidarias, es impedir la reelección consecutiva de autoridades, promoviendo la alternancia de dirigentes. Un ejemplo de ello es Recrear para el Crecimiento: en su Carta Orgánica establece que si bien los mandatos de todas las autoridades partidarias pueden ser renovados, un candidato reelecto no puede ser elegido para el mismo organismo partidario sino con intervalo de un período. Es importante, además, adoptar mecanismos que eviten la concentración del poder. Para ello, resulta fundamental establecer un régimen de incompatibilidades entre el ejercicio de cargos partidarios con funciones electivas o de gobierno. Asimismo, debe garantizarse la representación femenina en las cúpulas partidarias y la distribución de cargos en las listas superando la cuota estipulada por la ley de cupo femenino23 (Nº 24.102). La Carta Orgánica del ARI, por ejemplo, establece que el partido debe garantizar, en la integración de los órganos de gobierno, de representación y de resolución, y al postular candidatas y candidatos plurinominales, que ningún género cuente con una representación mayor al 70% (setenta por ciento).

23

Esta ley, sancionada en 1991, estipula que los partidos deben componer sus listas para cargos públicos con al menos un 30 por ciento de mujeres y en posiciones que posibiliten su elección (una mujer cada dos hombres)

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Un partido político es una organización compleja, en la cual sus miembros manejan distintos recursos de poder. Uno de ellos –fundamental por otra parte- es la información. No puede lograrse una efectiva democratización, si la información vital de un partido es asunto de unos pocos. En vista de ello, debe transparentarse el proceso de toma de decisiones internas a partir de su publicidad a través de un mecanismo de bajo costo como Internet. Asimismo, los partidos deben ofrecer un pleno acceso de la ciudadanía - no sólo de sus afiliados-, a información de interés público como su presupuesto, el destino de los recursos obtenidos del Fondo Partidario Permanente y los aportes públicos de campaña, los aportes privados para su mantenimiento ordinario o para las campañas electorales, la declaración jurada patrimonial integral de sus autoridades y candidatos, el padrón de afiliados.

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Capitulo 6: Conclusiones

La transformación de los partidos en instituciones modernas, democráticas, transparentes y participativas, emerge como una necesidad para lograr el fortalecimiento de otras instituciones de la república. Es por eso que se resalta con énfasis la necesidad de democratizar a los partidos políticos para adaptarlos a las necesidades de la sociedad que no se ve reflejada en la actual forma de actuar de estas instituciones. No se trata de crear nuevos partidos, ni de cambiar sus autoridades o representantes, ni de reemplazar a una generación por otra. Se trata de generar partidos que comiencen a utilizar prácticas que los acerquen a la ciudadanía. De que los afiliados puedan participar y tengan un espacio donde hacerlo. De que los partidos se muestren ante los ciudadanos como una alternativa viable, transparente y democrática. Que ese proceso incluya la renovación de autoridades periódica, la igualdad en el acceso a la información entre todos los integrantes del partido, y la selección de candidatos entre diferentes corrientes internas. Respecto de los partidos políticos que reclama la ciudadanía y las adaptaciones que éstos deben cumplimentar, Peter Hain sostiene para el caso británico que “necesitamos crear un nuevo partido que le dé a los afiliados la oportunidad de involucrarse en varias formas, un partido al cual sus miembros pueden vigilar externamente y tengan la posibilidad de participar en el debate de políticas e influenciar en él, y al mismo tiempo un partido en el cual se sientan como en casa aunque no ganen sus argumentaciones”24. La propuesta de Hain no se aleja para nada de las necesidades de los partidos argentinos. Los ciudadanos y los afiliados no quedan al margen de la responsabilidad de esta crisis. Los ciudadanos deben informarse antes de votar, de esa forma premiar y castigar a aquellos partidos que les proponen a los mejores candidatos y a los que 24

Peter Hain,“The Future Party”, CATALYST, Pág. 4

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mejor los representan controlando su gestión día a día, exigiendo respuestas a sus preguntas y debatiendo acerca de las diferentes alternativas posibles de toda decisión política. Aquellos que tengan vocación o estén interesados por la cosa pública deben acercarse a los partidos para que éstos se nutran de nuevas visiones e ideas. Por su parte, los afiliados tienen la obligación de exigir transparencia en la toma de decisiones dentro de los partidos y mayor participación en su interior. Cuanto mayor sea la participación de los ciudadanos en la vida de los partidos, mejor van a funcionar estos. Se genera una mayor transparencia cuando muchos ojos controlan el funcionamiento de una institución. Más miembros debiera ser equivalente a mayor dinamismo, más debates sobre políticas, más tiempo y recursos para las campañas y un enlace transparente con la sociedad civil. Surge la necesidad de que los partidos se transparenten, que sus afiliados se acerquen a ellos, que tengan espacios donde participar, y que esos espacios sean mostrados por los partidos al público como un avance en la generación de un nuevo vínculo, una nueva confianza. Dejemos algunas preguntas sin responder, pero que sin embargo nos servirán de guía a los ciudadanos y a los partidos políticos para encarar el camino de la reforma y el fortalecimiento: Sobre los afiliados: ¿Cuál es el rol de los afiliados en el partido? ¿Qué hace el

partido para incentivar la afiliación? ¿Para qué quiere el partido afiliados? Sobre los jóvenes: ¿Qué rol cumplen en los partidos? ¿Cómo se organizan las

divisiones inferiores del partido? ¿Cuánto mira el partido a esas divisiones inferiores a la hora de armar el equipo más competente?

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Sobre los medios de comunicación: ¿Cuánta responsabilidad tienen en la mala

imagen de los políticos y los partidos? ¿Cuáles son los parámetros para determinar si un legislador o un gobernador es bueno o malo en el ejercicio de sus funciones? Sobre la comunicación y las nuevas tecnologías: ¿existen boletines mensuales

de los partidos políticos hacia los afiliados y ciudadanos en general? ¿Los partidos utilizan a Internet como un medio para acercarse a los afiliados y a la ciudadanía? ¿Puéde Internet utilizarse como una herramienta para transparentar a los partidos políticos. ¿La política ‘puerta a puerta’ no es un viejo y tradicional pero exitoso mecanismo para redimir a la política, sobre todo en los niveles locales? Sobre los ciudadanos: ¿Abandonaremos la actitud pasiva de víctimas para

apropiarnos del rol que nos corresponde y demandar y controlar a nuestros representantes? ¿Estamos dispuestos a correr el riesgo de participar en política con el objetivo de romper los esquemas que criticamos o finalmente los reproduciremos?

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