Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL D E C R E T A

BOLETIN OFICIAL Nº 154 Jueves 24 de Mayo de 2007 DECRETOS Decreto Nº 00718/07 Corresponde a Expediente Nº 874/2007. Tandil, 15 de Marzo de 2007 Visto

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BOLETIN OFICIAL Nº 154 Jueves 24 de Mayo de 2007 DECRETOS Decreto Nº 00718/07 Corresponde a Expediente Nº 874/2007. Tandil, 15 de Marzo de 2007 Visto las diversas solicitudes de ayuda económica que ingresan al área de Acción Social; y Considerando el informe socioeconómico ambiental, realizado por la trabajadora social; y El aval prestado por la Subsecretaria de Salud y el informe de la Contaduría General.---------------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago por la suma de Pesos Dos Mil Quinientos Veinte ($ 2.520,00) en concepto de ayudas económicas a las personas que se detallan a continuación: COBRA/BENEFICIARIO ALONSO ANGELICA ALTAMIRANO ANTONIO

DNI

IMPORTE

5140168

$

COBRA

45.00 SUP. LA MOVEDIZA

6059493

$

CARDELLO VICTORIA

22086550

$

CARMONA VICTORIA

CI 390210

$

20.00 ORTOPEDIA TANDIL

FERNANDEZ NORMA

17221295

$

27.00 ORTOPEDIA TANDIL

GUTIERREZ BLANCA ELSA

18472265

$

90.00 SUP. LA MOVEDIZA

GUTIERREZ SILVIA

12632742

$

26.00 OPTICA LA PERLA

HIDALGO MARIA ALEJANDRA

23209165

$

78.00 ASOC MUT. EMPL. MUNIC.

MATTOS FAUSTINO OSCARES ELVA ELVIRA

60.00 OPTICA LA PERLA 100.00

5524630

$

80.00

23111007

$

45.00 SUP. LA MOVEDIZA

8188599

$

54.00 OPTICA LA PERLA

SAGANIAS MARIA ALICIA

16712972

$

40.00 VISUAL CENTER

SANCHEZ MARIA ISABEL

18378868

$

3905048

$

28.00 OPTICA LA PERLA

10307501

$

29.00 OPTICA FRANCE

6168587

$

PICAR JOSE

SOSA ELENA SUAREZ STELLA MARIS TORRES NORMA

TOTAL COBRA/BENEFICIARIO ACOSTA ANGELA

DNI 17863096

$

150.00

28.00 OPTICA LA PERLA 900.00

IMPORTE COBRA $ 40.00 GARBELLINI ROBERTO

1 de 115

DOCUM. 11138934

AMARILLO NELIDA ARCHIPRETTI OLGA BEGUIRISTAIN ALICIA BUGNA MARIO EDUARDO CARBEROL GISEL CARRIZO LORENA CASTRILLO CARLOS ALBERTO CIRULLO MARIA CRISTINA CHAPARRO ANDREA ESTELA ALBERTO FELIX MIRTA FERNANDEZ CARMEN NOEMI FERNANDEZ FRANCISCO FERNANDEZ HILDA GARAYOA HAYDEE GOMEZ MARIA BELEN GONZALEZ MA.DE LOS ANGELES GUZMAN MARIA GISELA IRATBORDE ANA V. LEGUIZAMON MARIA ANGELICA LENCINA NELIDA LOZANO MONICA MOLINA FONSECA EDELINA NIETO EUGENIA OJEDA ANGELINA ORAJOVAC LUCRECIA MALVINA PENINO ALICIA PREZIOSO LORENA REYNOSO HECTOR RIVERO TERESA ISABEL ROLANDO CLAUDIA ROMANO MARTA LILIANA SILVA CLAUDIA SOSA RUBI ORLANDO ULLUA JOAQUINA ZARATE LILIANA

10148232 11717848 12970666 5372435 35418967 26659307 13750401 14130069 10502939 5178641 5649693 16159912 17221439 11351835 3047865 30880449 17221770 34853420 4566302 20064120 27197374 23617622 92771257 29754505 14544162 29555309 4087566 26937676 4640177 5997705 17221344 13320752 30598988 5285914 4084340 22744871 TOTAL

$ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $

40.00 40.00 40.00 60.00 50.00 40.00 40.00 40.00 80.00 40.00 40.00 40.00 40.00 50.00 40.00 40.00 40.00 40.00 60.00 50.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 50.00 60.00 40.00 40.00 1,620.00

GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO GARBELLINI ROBERTO

11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934 11138934

Artículo 2º- La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 5.1.4.0. "Ayudas Sociales a personas” dentro de la clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.08. – Subsecretaria de Salud, Programa 29 – Servicio de Salud, Actividad 01 – Prevención y Educación del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------Nº 718/2007

2 de 115

NC

MUNICIPA L DE

Secretario de Economía y Administración

Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

EC UT IV

TA AR DEP

Cr. MATIAS R. CIVALE

O

I N TE N

DIL TAN

DE

IA

M EN T EJ O

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00719/07 Corresponde a Expediente Nº 853/2007. Tandil, 15 de marzo de 2007 Visto las diversas solicitudes de ayuda económica que ingresan al área de Acción Social; y Considerando el informe socioeconómico ambiental, realizado por la trabajadora social; y El aval prestado por la Secretaría de Desarrollo Social y el informe de la Contaduría General.---------------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago por la suma de Pesos Treinta y Nueve Mil Trescientos Diecinueve con Treinta y Seis Centavos ($ 39.319,36) en concepto de ayudas económicas a las personas que se detallan a continuación: COBRA ABAD JUANA ELSA ACKERLEY ZULMA ACOSTA PATRICIA VERONICA AGUERA MARIA LUCIANA AGUERA MARIA LUCIANA ALBARRACIN RODOLFO CESAR ALE CAMILO ALGAÑARAZ MARTA ALGAÑARAZ PAULA M. ALVAREZ MARIA ISABEL ANGEL GERARDO AQUINO ANA MARIA ARANA SILVANA ARANAGA MARIA CRISTINA

DOC IMPORTE 02040478 100.00 06546305 300.00 28802468 150.00 32425082 180.00 32425082 200.00 05310211 300.00 05376726 100.00 13114928 50.00 23306753 320.00 24864995 100.00 16355393 200.00 21309182 280.00 25062649 120.00 22282219 200.00

3 de 115

BENEFICIARIO

DOC

OLIVERA ALEJANDRO

17660188

ARANCIBIA TERESITA ESTER ARCIDIACONO FRANCISCO ARDITO GREGORIO ARHIA NORMA BEATRIZ ARIAS NORMA ARRIAGA MARIA CRISTINA AVALOS MERCEDES ALICIA AVILA MARIA ROSA AZNAR GLADYS BAEZ PAOLA BAEZA ROSA ESTHER BALTORE ANA BARNECHEA GUSTAVO BARRAGAN JUAN CARLOS BARRAGAN JUAN PABLO BARRAGAN MARIA DEL CARMEN BARRAGAN RODOLFO BATTAGLINI ALBA EVANGELINA BERHOUET EZEQUIEL BLANCO MARIA MARTA BOLLA MUEBLES BORGONOVO CLAUDIA BROWN ELIDA BEATRIZ BRUZZANITTI ELIDA INES BRUZZANITTI ELIDA INES BUSTOS ELENA ERMELINDA CABRERA WALTER CARLOS CACCIATO JULIO CESAR CADONA GUILLERMINA CALVO VALERIA CAMBRONERA JOSE CAMBRONERA MARIA ELSA CAMER MASTROPIERRO NOELIA CAMPERO VICTOR CANALES ESTELA HILDA CANTU ANDREA EDITH CARABAJAL RICARDO ALFREDO CARRASCO BLAS ALFONSO CARTELLE CELIA CARTELLE CELIA CASTAÑEIRA LAURA ALICIA CASTRO EDUARDO RAFAEL CELAYA PAMELA CHAURA SANDRA MARINA CHAVEZ OSCAR ALFREDO CICHILLITI MARCOS DANIEL CIROS MARIA VICTORIA

10101950 23296078 10808808 12970733 06709618 32652769 11803480 17769920 12632924 28444651 05164016 25147960 24086130 05373657 25197708 18533622 05367640 21083245 28070746 01127197

150.00 300.00 200.00 150.00 120.00 160.00 150.00 345.00 50.00 75.00 50.00 50.00 250.00 210.00 300.00 100.00 80.00 250.00 150.00 100.00

22985790 04754557 28299102 28299102 14842606 16220047 13824024 27605737 28289390 16473802 13824900 94035147 10681542 04423384 23558126 16721812 16739257 21460180 21460180 31156055 13824154 29019637 27082617 08429143 27827225 26342426

69.00 100.00 150.00 200.00 100.00 50.00 180.00 100.00 150.00 400.00 100.00 350.00 40.00 210.00 180.00 105.00 300.00 300.00 200.00 200.00 100.00 400.00 100.00 200.00 250.00 300.00 300.00

4 de 115

DEL RIO MARIA LAURA

23997447

LEGUIZAMON MONICA BEATRIZ

21574634

CONDE MARIA MARGARITA CONTRERAS NORMA COPPOLA PAULA CECILIA CORBETO NANCY BEATRIZ CORREA NANCY DELFA DACOSTA WALTER MARCELO DATTOLI CRISTINA DAUMES CLAUDIO DEBERNARDI MARIA DI PASCUALE NORMA BEATRIZ DIEGUEZ ALICIA SUSANA DIEGUEZ MARIA JORGELINA DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE

06395705 17221846 23208516 18295129 14461077 25452705 24343354 23997483 16159960 14670226 06275948 28792514 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 DNI 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226

200.00 100.00 50.00 150.00 50.00 300.00 50.00 150.00 80.00 50.00 50.00 220.00 50.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 40.00 60.00 80.00 40.00 120.00 160.00 50.00 40.00 30.00 70.40 40.00 50.00 70.00 40.00 50.00 100.00 90.00

DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE

11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226 11597226

50.00 40.00 40.00 130.00 40.00 30.00 20.00 50.00

DIGIORGIO JORGE

11597226

40.00

5 de 115

ACEVEDO RICARDO 21934639 ACOSTA ANGELA 17863096 ALBARRACIN RODOLFO 05310211 ALGAÑARAZ PAULA 23306753 BERGAMO SUSANA MABEL 11531248 CAMPERO VICTOR 10681542 CARABAJAL RICARDO 16721812 CARRASCO BLAS ALFONSO 16739252 CASADO MARIO 05200694 CASTRILLO MONICA 16473850 CIROS MARIA VICTORIA 26342426 CRISTALDO SONIA 23997271 DIAZ JULIA ELIZABETH 25931983 DIAZ SANTIAGO 18227573 FARIAS MARIA TERESA 10516386 FARINELLI RUBEN 12970830 FRANCK HUGO ANDRES 12717239 GODOY ANGELA ESTER 30001297 ISLAS MARIA TERESITA 05140136 LEDESMA SILVIA 26631031 LEZCANO MARINA VALERIA 26489110 LITARELI ORLANDO 05394853 MARCOS MARIA EUGENIA 32274047 MARTINEZ ROSA 31462819 MOLINA LUCIANA 27827361 MOLINA MERCEDES PETRONA 03977412 NUÑEZ GLADYS 12898693 PEDEMONTE SILVIA ESTER 13320747 PELLIZARI ANA CLAUDIA 24518107 PEREYRA PAULA LORENA 25147907 PEREYRA SILVIA ADRIANA 24339193 PONCE NORMA NOEMI 31999017 RODRIGUEZ RAMON 11156726 SALINAS MALVINA SOLEDAD 29375384

DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DIGIORGIO JORGE DOLCE JULIO ANTONIO MANUEL DOMINGUEZ ADRIANA DOMINGUEZ BETIANA DOMINGUEZ MARIA DEL CARMEN DRIMONI SUSANA DURE ELENA ADELAIDA ECHEVARRIA DELIA ECHEVARRIA PATRICIA DEL CARMEN ECHEVERRIA OLGA EHRAIJE MIRTHA EIZMENDI ANGELICA EKEROTH JUAN CARLOS ELIZAGA VICTOR HUGO ENRIQUEZ ELSA ERRECART MATIAS ESCOBAR GLORIA CRISTINA ESPINDOLA SANDRA CIRIACA ETCHECOIN RICARDO MARIO FARIAS FRANCISCO ALBERTO FARINELLI CARLOS FARINELLI RUBEN OSCAR FARMACIA LA MUTUAL FARMACIA LA MUTUAL FARMACIA LA MUTUAL FERNANDEZ ANGELA MARIA FERNANDEZ MARTHA FERNANDEZ SATURNINA C. FINO DIEGO FERNANDO FITTIPALDI LUCAS FONSECA RUBEN OMAR FRUTOS JOSE PABLO GARCIA SUSANA ELISABET GODOY MARIA LUISA GOMEZ AGUILA ROSSANA VERONICA GOMEZ ERICA GOMEZ MIRIAM GOMEZ MONICA GOMEZ MONICA GRACIELA GOMEZ NORBERTO VENANCIO GONZALEZ ALEJANDRA ROSA GONZALEZ LILIANA GRACIELA

11597226 11597226 11597226 11597226 25172909 03601611 25434832

80.00 60.00 120.00 40.00 210.00 80.00 50.00

11535023 16924734 10101776 02039105

100.00 70.00 50.00 100.00

21574344 17221923 05256034 17862962 17221933 14629744 14544260 26937563 06559208 26937809 13244568 08003366 12717244 12970830

04883187 03903541 22614735 27156037 30378816 05391815 14233920 14842722 13994777

150.00 100.00 120.00 150.00 370.00 33.00 280.00 100.00 100.00 150.00 300.00 80.00 300.00 300.00 51.76 61.20 66.00 230.00 100.00 100.00 170.00 300.00 570.00 400.00 360.00 50.00

18802460 31229381 21870965 14122748 17221634 08375358 23260292 21460029

135.00 100.00 70.00 200.00 50.00 200.00 100.00 100.00

6 de 115

SALOMONE ESTER TERESA VELEZ ALEJANDRA NOEMI VILLABONA MARTIN VISGARRA MARIA EUGENIA AMADEO NATALIA

06064910 20184286 05335380 28299374 29375145

FERNANDEZ NORMA

17221295

ALFARO ANDREA GODOY ANGELA ESTER ZARATE SILVIA SUSANA VILLABONA MARTIN

23698789 30001297 29992239 05335380

MONTIEL ANALIA LUJAN

24865081

GORDILLO Y CARDENAS GRASSI LAZARO CESAR GRAZIDE STELLA MARIS GUERRA ELSA GUERRA PEDRO GUTIERREZ MARTA GUZMAN ALBERTO DANIEL GUZMAN CLAUDIA HELGUERA MARIA SILVIA HERRERA GUSTAVO IBAÑEZ DORA NIDIA IBARBIA JUAN MATIAS IGARABIDE MAURICIO IÑARRA SILVANA CAROLINA IRIART CARLOS ALBERTO JARAMILLO ANA JUAREZ CARINA JUAREZ JESICA ROMINA JUAREZ JORGE ANTONIO

93895535 05383816 22614593 01971226 02869475 12354575 21845437 14669085 20571717 21460160 05672839 05381646 30838130 28200968 23617578 22985641 24640016 29882788 18295003

60.00 110.00 100.00 50.00 80.00 100.00 400.00 50.00 120.00 300.00 50.00 250.00 180.00 100.00 700.00 100.00 80.00 50.00 200.00

LARRAYA ANGEL FERMIN 05481344 LEDESMA GLORIA MABEL 22614578 LEDESMA HECTOR 11088343 LEDESMA MARIA ALBERTINA 11870985 LEDESMA SATURNINA 01751313 LOPEZ CELIA ELIANA 27827268 LOPEZ MIRTA 10097878 LOPEZ OLGA ESTELA 06546364 LOPEZ OSORNIO MARTA 06723869 LOPEZ SUSANA BEATRIZ 13244067 LOYOLA MABEL ESTER 11717928 MAIOLA LEONARDO 27139190 MARCELO MADERAS MARCONI YANINA ANDREA 32181083 MARTIN JUANA 06275942 MARTINEZ BINELLI HUGO MARCELO 16713125 MATTOS LORENA 29019938 MAZZOLA CARMEN NOEMI 06208604 MENDEZ ACEVEDO MARIA ESTER 30880174 MILE SUSANA BEATRIZ 10994401 MIRAGLIA MIRTA EVANGELINA 23647105 MIRANDA MARIA CRISTINA 10101366 MONTERO HORTENCIA MARGARITA 27388160 MORALES MERCEDES DEL CARMEN 92214723 MORENO JUANA ISABEL 05432744

200.00 200.00 150.00 50.00 50.00 100.00 140.00 560.00 50.00 200.00 50.00 100.00 123.00 200.00 70.00 310.00 50.00 150.00 200.00 425.00 50.00 50.00

IRIART GRACIELA NOEMI

22282277

AVALOS KARINA ELIZABETH

22442228

VESTER PATRICIA NOEMI

28682907

VESTER PATRICIA NOEMI

28682907

SALMON JULIO CIRIACO

05305912

ROQUET VERONICA

29154576

160.00 50.00 250.00

7 de 115

MORTEO ENRIQUE CESAR MUÑOZ SILVIA ALEJANDRA MURRONE YESICA NITSCHKEL ISABEL MERCEDES NUÑEZ GLADYS NOEMI NUÑEZ MARISA G. OLIVERA ANDREA FABIANA OLIVERA MARIA HAYDEE ORDOÑEZ LUCIANO ORTOPEDIA TANDIL PAGNOTTI ARGENTINA PAIROUX GISELLE PALAHI ROCIO PAREDES ALFREDO JOSE PARRA JUAN MIGUEL PAZ ANALIA PAZ TERESA PEDEMONTE SILVIA ESTHER PERERA ADRIANA PEREYRA SILVIA ADRIANA PEREZ ARGELINA PEREZ MARIA ROSA PEREZ MARIA VERONICA PEREZ SILVIA PEYREL MARIA SILVINA POLADURA RUBEN ESTEBAN PONCE GRACIELA PORTA MANUEL JOSE PRADO NORA BEATRIZ PUMA ARANA GUILLERMO QUINTANA SANDRA GRACIELA QUINTEROS YOANA RAMIREZ ADRIANA RIOS ELSA RIPOLL JOSEFA MARIA RISSO MARIA ARACELI RIVAROLA MARIA LUJAN RIVAROLA MARIA LUJAN RODRIGUEZ ADRIAN DARIO RODRIGUEZ BLANCA RODRIGUEZ DORA MABEL RODRIGUEZ MARIO RODRIGUEZ RAMON ROJAS DORA RAQUEL ROLLS LUCIA CATALINA ROSSI ESTHER ELVIRA RUIZ FRANCISCO RAMON

16924930 23617581 33343828 12696242 12898693 31227378 24339297 02381567 29754680

530.00 200.00 120.00 75.00 300.00 100.00 650.00 50.00 240.00

16965713 29150731 32067691 08415898 28200498 25147947 34336669 13320747 25174867 13320747 13824985 14913431 20359445 16137917 23779921 24812338 22873791 05387336 14122547 92924298 22184480 35775173 18346183 13824966 16782077 21854099 23997094 23997094 13393386 14162395 26107333 17672688 11156726 04763693 01825759 00497669 01232714

100.00 150.00 100.00 150.00 21.00 200.00 120.00 120.00 300.00 120.00 290.00 90.00 100.00 250.00 130.00 200.00 520.00 150.00 100.00 100.00 100.00 80.00 150.00 200.00 150.00 300.00 100.00 100.00 50.00 300.00 100.00 130.00 50.00 60.00 100.00 100.00 420.00 100.00

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BARACCO NESTOR ALEJANDRO

29154699

SALINAS MALVINA SOLEDAD SANCHEZ MABEL BEATRIZ SANCHEZ MARIA ESTER SANCHEZ ROMINA ALEJANDRA SANTOVITO JOSE RAUL SERBETTI LUCRECIA V. SLAIMAN GABRIEL MOHAMED SOSA ANA MARIA SZPIGA FINEES TANDIL MATERIALES TORRES ESTELA LILIANA TREJO SILVIA VARALES ANGELICA MABEL VERDUGO CECILIA VEREA SILVINA VILLALBA ISABEL VILLARRUEL FRANCISCA YUVISA VERONICA VIVIANA ZABALETA SANDRA ZAMPATTI MARIA EUGENIA ZAMPATTI SILVIA ANAHI TOTAL

29375384 18037734 13824317 33537297 10808431 30379245 16067190 18294921 21460084

12063724 21489621 16924762 14532789 23306854 06208751 12632532 20064221 23997390 31676824 23997480

70.00 270.00 80.00 300.00 120.00 75.00 300.00 50.00 150.00 LEGUIZAMON SERGIO 124.00 ANDRES 220.00 100.00 100.00 45.00 300.00 50.00 150.00 50.00 150.00 130.00 70.00 $ 39,319.36

34336716

Artículo 2º- La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 5.1.4.0. "Ayudas Sociales a personas” dentro de la clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02. – Secretaría de Desarrollo Social, Programa 28 – Desarrollo Social, Actividad 3 – Ayuda Social Directa del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------Nº 719/2007

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MUNICIP AL D E T A N D IL

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00720/07 Corresponde a Expte. Nº 855/00/2007 Tandil, 16 de Marzo de 2007. Visto la solicitud de ayuda económica que ingresó al área de Acción Social; y

Considerando el informe socioeconómico ambiental, realizado por

la trabajadora social; y El aval prestado por la Secretaría de Desarrollo Social y el informe de la Contaduría General.----------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago por la suma total de Pesos Novecientos ($ 900,00) en concepto de subsidio otorgado a las personas que mas abajo se detallan: • Monge Gabriel Adrián – DNI. 23.915.709 $ 500,00 • López Georgina – DNI. 28.200.151 $ 200,00 • Bertuzzi Virginia – DNI. 13.750.065 $ 200,00 Total $ 900,00 Artículo 2º- La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 5.1.4.0. "Ayudas Sociales a Personas” dentro de la clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02. – Secretaría de Desarrollo Social, Programa 28 – Desarrollo Social, Actividad 03 – Ayuda Social Directa del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------N° 720/2007

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00721/07 TANDIL, 16 de marzo de 2007. VISTO: La solicitud de los organizadores de la 1era Jornada de Software Libre del Centro de Buenos Aires, y -------------------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: Que el objetivo básico de dicho evento es encontrar alternativas de desarrollo para nuestra región, generando nuevas alternativas tecnológicas y atendiendo a la visión conjunta de la sociedad.------------------------------------------------------------------------------------------Que el Municipio de Tandil no puede estar ajeno a programaciones de esta índole, dando su apoyo y colaboración, como asimismo la mayor difusión del mismo.----------Por ello: El INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDL DECRETA

ARTICULO 1º: Declarase de Interés Municipal la 1era Jornada de Software libre del Centro de Buenos Aires, organizadas en conjunto por la Facultad de Ciencias Exactas de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, el GUBAC y el Centro de Estudiantes de la Facultad de Ciencias Exactas, que se llevará a cabo durante los días 4 y 5 de Mayo de 2007.---------ARTICULO 2º: El presente Decreto es refrendado por el Secretario de Desarrollo Local.-----------ARTICULO 3º: COMUNIQUESE por la Secretaría de Desarrollo Local a la Entidad organizadora, tomen nota Dirección de Prensa, y oportunamente archívese.----------------------------------------------Nº. 721/2007.

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_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00722/07 Corresponde a Nota Nº 2879/2007 Tandil, 16 de marzo de 2007 Visto que el agente municipal Sr. Pablo Iñiguez – Leg. 8153, presenta una situación que se encuadra dentro de los alcances de la partida presupuestaria denominada "Asistencia Social al Personal"; y Considerando los informes producidos por la Dción. de Personal y la Contaduría General.----------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago, a favor del agente municipal, Sr. Pablo Iñiguez – Leg. 8153, por la suma de Pesos Quinientos Veinticinco ($ 525,00) en concepto de subsidio de Asistencia Social al Personal.--------------------------------------------------------Artículo 2º- La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal" dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03 – Secretaría General, Programa 17 – Cultura; Actividad 04 – Eventos Artísticos y Culturales del Presupuesto de Gastos vigente.------------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.---Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNÍQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dción. de Personal, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------Nº 722/2007

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00723/07 Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO: La sanción de la Ordenanza N° 10440 que establece la creación de un Complejo Educativo, Recreativo, Productivo y Turístico en el Cerro La Movediza y su entorno CONSIDERANDO: Que el criterio y espíritu predominante en la Ordenanza mencionada es compartido por el Departamento Ejecutivo, quien ya ha emprendido desde hace tiempo acciones en el sentido apuntado. Que resulta conducente la utilización sugerida de facultades que naturalmente le son propias al Departamento Ejecutivo como lo son las reglamentarias de Ordenanzas sancionadas, facultad de la que hará uso en el momento apropiado. Que la única observación a realizar es la referida al último parrafo del artículo 3°) de la Ordenanza mencionada, en el que se pretende limitar mediante la norma una facultad irrenunciable conferida específicamente por el Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias (LOM), por lo que resulta inaplicable. Que por las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias) en su artículo 108, inciso 2; Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA: Artículo 1° - OBSERVASE parcialmente la Ordenanza N° 10.440 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, a la que se hace referencia en el visto del presente en el siguiente artículo: - Artículo 3° - “Toda obra o contratación que tenga por objeto la presente Ordenanza deberá ser autorizada previamente mediante ordenanza del Concejo Deliberante en los términos del artículo 41, 27 inc. 3 y capítulo II punto h) de la L.O.M.”. Artículo 2° - Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante.

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Artículo 3° - Este Decreto será refrendado por el Sr. Secretario General. Artículo 4° - Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y archívese. Tomen conocimiento la Dirección de Inspección General y Tránsito y archívese. N°723

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00724/07 Corresponde Expte.: 665/07. Tandil, 16 de Marzo de 2007 VISTO: La Ordenanza registrada bajo el Nº 10.410, sancionada por el H. Concejo Deliberante con fecha 22 de febrero de 2007, por la cual se dispone efectuar un relevamiento de cordones de veredas pintados de amarrillo, volver al color original los cordones amarrillos no autorizados y multar a quien previa intimación, no vuelva al color original el cordón que pintó sin autorización.; y CONSIDERANDO: Que el Departamento Ejecutivo estima que hubiera sido pertinente, en relación con el tema tratado, que el H. Concejo Deliberante realizara una resolución o una comunicación de conformidad con sus facultades conforme al artículo 77 incs. c) y d) de la L.O.M. Que si bien el Departamento Ejecutivo no comparte el medio utilizado por el H. Concejo Deliberante si comparte el espíritu de la propuesta. Que en consonancia con lo dicho en el párrafo anterior junto al presente se adjunta Proyecto de Ordenanza donde se aborda el tema propuesto. Que por todo ello, en uso de las facultades otorgadas por “Ley Orgánica de las Municipalidades” (Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias) en su artículo 108, inciso 2); El INTENDENTE de la MUNICIPALIDAD de TANDIL DECRETA Artículo 1° - VETASE la Ordenanza N° 10.410 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, a la que se hace referencia en el visto del presente decreto, en uso de las facultades otorgadas por

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“Ley Orgánica de las Municipalidades” (Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias) en su artículo 108, inciso 2); Artículo 2° - Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante. Artículo 3° - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario General. Artículo 4° - Regístrese, comuníquese dése al “Boletín Municipal” y archívese. Remítase al Honorable Concejo Deliberante. Nº 724/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00725/07 Corresponde Nota Nº 1082/2007 Asunto 60/07 Tandil, 16 de marzo de 2007 VISTO: la Ordenanza Nº: 10439, sancionada por el Concejo Deliberante con fecha 28 de Febrero de 2007, mediante la cual se modifica el Artículo 2º de la Ordenanza 10328/06, el que quedará redactado según fs. 5 de la presente Nota. CONSIDERANDO: las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Ley Orgánica Municipal, por Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias, en el art. 108 inc.2) y concs. Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º - PROMÚLGASE la Ordenanza 10439, sancionada por el Concejo Deliberante de Tandil. Artículo 2º - El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General.

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Artículo 3º- Regístrese, Comuníquese, dése al registro de Ordenanzas, al Boletín Municipal, y archívese. Tome conocimiento, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Departamento de Ordeanimiento Territorial, Dirección de Obras Públicas, Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas, Contaduría General, y oportunamente archívese.Nº: 725/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00726/07 Corresponde a Nota Nº 2695/ TANDIL, 16 de marzo de 2007 VISTO: La solicitud de licencia sin goce de haberes presentada por la agente Raquel Gavarrino; y CONSIDERANDO: Que el artículo 46º) de la Ley 11.757 faculta al Departamento Ejecutivo a otorgar tales franquicias por causas no previstas en dicha norma, que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados; Que ha prestado conformidad la Directora del Area; Que se ha expedido la Dirección de Personal a fojas 3 de la presente; Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL D E C R E T A: Artículo 1º - Otórgase a la agente Raquel Gavarrino –legajo 6929- licencia especial sin goce de haberes a partir del 1º de abril y hasta el 30 de noviembre de 2007, de conformidad con los términos del artículo 46º) de la Ley 11.757.

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Artículo 2º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario General. Artículo 3º - REGISTRESE, NOTIFIQUESE por Dirección de Sistemas Informáticos; tomen conocimiento Dirección de Presupuesto Contaduría General, y pase a la Dirección de Personal para su archivo. Nº 726/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00727/07 Corresponde a Nota 2273/07 TANDIL, 16 de Marzo de 2007 Visto: El informe presentado por la Dirección de Inspección General y Tránsito con respecto a las horas extras trabajadas por los agentes que desarrollaron tareas en el taller de la dependencia desde el 11 de enero al 10 de febrero; y Considerando: Que se han expedido la Dirección de Personal y Contaduría General; Por todo ello; EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL D E C R E T A: Artículo 1º.- Autorízase a abonar a los agentes que seguidamente se detallan, los importes que para cada caso se indican, correspondientes a horas extras realizadas en el período comprendido entre el l1 de enero y el 10 de febrero del corriente año: ♦ Pallero César legajo 7774 $ 404.92 ♦ Romero Cristian legajo 8436 $ 301.22 ♦ García Osvaldo legajo 4623 $ 333.90 ♦ Matías Jorge legajo 8327 $ 260.19 ♦ Najurieta Alberto legajo 5888 $ 365.56

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♦ Pereyra Juan Carloslegajo 8662

$ 220.83

Artículo 2º.- El egreso respectivo impútese a la partida 1.3.1.2. “Horas extras”, de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. –Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01 –Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1.1.1.01.03 -Secretaría General – Programa 20- Inspección y Control Ciudadano – Actividad 02 – Control del Tránsito, del presupuesto de gastos vigente para el corriente ejercicio. Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General. Artículo 4º.- REGISTRESE; comuníquese por Dirección de Inspección General y Tránsito; tomen nota Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Personal para su archivo. Nº 727/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00728/07 Corresponde a Nota N°2660/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO: La solicitud de concurrencia ad-honorem –6hs semanales- carga horaria estipulada en Carrera Profesional, presentada por la Dra. Barbara Guanella al Servicio de Clinica Medica en la especialidad de Dermatología y; CONSIDERANDO: Que cuenta con el aval del Jefe del Servicio de Clinica Medica, Dr. Jorge Gentile, del Comité de Docencia Hospitalaria, de las Direcciones Médica y Administrativa del Hospital Ramón Santamarina y Que es imprescindible la realización del presente acto administrativo. Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL D ECRETA:

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Artículo 1°: Designase a la Dra. Barbara Guanella MP 81587 DNI 25.452.756 en carácter de medico concurrente Ad-honorem –6hs. semanales- en la especialidad de Dermatología dependiente del Servicio de Clinica Medica a partir del día 1º de enero de 2007, según Carrera Profesional Decreto 1306/04 y sus modificatorias Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario General. Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°728/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00729/07

Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO Y CONSIDERANDO: Que el día 28 de abril del cte .año, se realizará en la localidad de María Ignacia (Vela), un baile, a partir de las 23:00 hs, hasta las 06:30 hs.

Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

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DECRETA Artículo 1°- Declárase de INTERES MUNICIPAL el “Baile”, a llevarse a cabo el día sábado 28 de abril del corriente, en el Club Social de la localidad de María Ignacia (Vela), organizado por la Asociación Civil Vela Crece Artículo 2°- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General. Artículo 3°- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tome nota la Dirección de Inspección General y Tránsito, Delegación de María Ignacia (Vela), quién notificará a los requirentes, y oportunamente archívese. N°729/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00730/07 Corresponde a Nota N°2538/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO: y analizado la documentación correspondiente, por las Direcciones del Ente sobre las ausencias injustificadas de los agentes Profesionales del Ente, correspondiente al mes de enero de 2007, y CONSIDERANDO: Las facultades de el Decreto Nº 1202/04, Bonificación por Presentismo, en su Artículo 4º . Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1°: Descuéntese del importe por Presentismo asignado a cada profesional, los porcentajes que a continuación se detallan:

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LEGAJO Nº PROFESIONAL SERVIN CARLOS ESPINOLA CAMILO

8179 10380 8189

SILVA DAMIÁN RISSO SANTIAGO POUME ROSA MORES JAVIER ALTAMIRANO NOEL FARINA ENRIQUE

% DE

CANTIDAD DIAS

DESCUENTO

AUSENTES

30

3

Realizar descuento según bonificación de guardia 10 1

8169

20

2

8087

10

1

10114

10

1

10403

10

1

5740

20

2

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°: 730/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00731/07 Corresponde a Nota N°2539/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO:

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Los informes producidos en relación al cumplimiento horario de los Profesionales del Ente correspondiente al mes de enero de 2007, y CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 1202/04, Bonificación por Presentismo, establece los Derechos y Obligaciones de los Profesionales de la Salud con el cual se regula su cumplimiento. Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1°: Descuéntese del importe por Presentismo asignado a cada profesional, los porcentajes que a continuación se detallan: DESCUENTO LEGAJO Nº PROFESIONAL del presentismo % POUME ROSA MARIA 8087 10 JOSE LUIS EMILIO

3872

6

LARRABIDE RUBEN

4870

8

MACAGNO DIEGO

8063

23

MELI FEDERICO

8138

30

PEREYRA VICTOR

8023

100

PERAZZI MANUEL

10287

10

ALTAMIRANO NOEL

10403

4

RISSO SANTIAGO

8169

33

LOPEZ SONIA LORENA

10345

6

FERNÁNDEZ SOTO SERGIO

10357

23

TORRES MARIA DE LAS MERC

8103

4

MESURADO CARLOS

4542

11

VERDECCHIA PABLO

8157

12

GONZALEZ GUILLERMO

5110

9

NENKIES MARCELO

8134

5

AGUERA DARIO

8141

9

SILVA DAMIÁN

8189

4

SCARNATO OSVALDO A.

9006

15

EQUIZA IRENE

9017

5

ANTUNEZ ALEJANDRO

10147

11

PONCE WALTER

10105

30

22 de 115

LEVY MARIO

6369

3

SCARCELLA ARNALDO

8025

2

MACCHI PABLO

8127

9

COSSER NAVARRO ALICIA

8139

10

CARCIOCHI MARIA

8142

22

GUERRERO NANCY

9004

6

GENTILE CLAUDIO

8012

13

MACHINANDIARENA P.

8093

26

BARRIENTOS JUSTO

10335

6

BLASI ERNESTO

5930

2

OSCANOA ORLANDO

10109

2

HARGUINDEGUY MARIA LAURA

8010

2

PAGLIARO GRACIELA

4450

1

BELEN FRANCISCO

4216

7

PALACIOS ANABELA

10157

9

GENTILE SANTIAGO

10115

16

ROSSI EDUARDO

3921

100

PASTOR JOSE MARIA

5.201

100

PEDRO JORGE EDUARDO

8.016

100

GOMEZ ARN HERNAN D.

8.029

100

DI NUNCIO FRANCO

8147

7

POLETTI VELOSO JULIO

8236

100

RIAT CARLOS CRISTIAN

10.262

100

VARALES ADRIAN N.

10.263

100

MAIDANA ALFREDO D.

10.288

100

DE CASTRO JORGE

8024

14

RICARDO AIDA

8060

27

SERVIN CARLOS

8179

30

AGRIELLO NESTOR

10150

6

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese.

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N°731/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00732/07 Corresponde a Nota N°2654/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007 VISTO :

La nota presentada por el Dr. Gustavo Loza en referencia a la no concurrencia al Hospital Ramón Santamarina a partir del día 19 de febrero de 2007 y,

CONSIDERANDO: Que fuera designado en carácter de consultor ad-honorem mediante Decreto Municipal Nº1621/04 y Que es imprescindible el dictado del presente acto administrativo Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA:

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Artículo 1°: Dese de baja al Dr. Gustavo Loza en carácter de médico consultor a-honorem a partir del día 19 de febrero de 2007, según Carrera Profesional Decreto 1306/04 y sus modificatorias.

Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretaria General. Articulo 3°: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°732/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00733/07 Corresponde a Nota N°2661/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO: La solicitud emanada por el Dr. José Ignacio Drysdale DNI 22.292.839 en carácter de medico reemplazante de guardia en el Servicio de Emergencias Medicas, siendo avalada por el Jefe de Servicio y CODEI y; CONSIDERANDO: Que cuenta con el aval de la Dirección Médica y la Dirección Administrativa del Hospital Ramón Santamarina Que es imprescindible la realización del presente acto administrativo Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CUIDAD DE TANDIL

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D ECRETA: Artículo 1°: Designase al Dr. José Ignacio Drysdale MP 81362 DNI 22.292.839 en carácter de médico reemplazante de guardia en el Servicio de Emergencias Médicas a partir del día 1º de febrero de 2007. Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario General. Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°733

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00734/07 Corresponde a Nota N°2652/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO

La licencia sin goce de haberes por motivos de indole laboral solicitada por la Dra. Maria Concepción Woll LP 10116 Médico de planta asistente –24 hs semanales de la Planta Permanente del Personal Profesional del Hospital Ramón Santamarina a partir del día 5 de marzo de 2007 y hasta el día 4 de junio de 2007

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CONSIDERANDO: Que cuenta con la conformidad de la Dirección Médica y Administrativa del Hospital Ramón Santamarina y Que es imprescindible el dictado del presente acto administrativo Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Otorgase licencia sin goce de haberes a la Dra Maria Concepción Woll LP 10116, Médico de planta asistente –24 hs semanales de la Planta Permanente del Personal Profesional del Hospital Ramón Santamarina a partir del día 5 de marzo de 2007 y hasta el día 4 de junio de 2007 ambos inclusive, según Art. 37 de la Carrera Profesional Decreto 1306/04.

Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario General. Articulo 3°:Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°734/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00735/07 Corresponde a Nota N°2645/2007.

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Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO:

La licencia por motivos particulares, sin goce de haberes solicitada por la agente SONIA E. NIELSEN, Legajo Personal nº 9061 y;

CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el artículo 46º) de la Ley 11757 puede hacer uso de licencia sin goce de haberes por el termino de hasta un año. Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Otórguese a la agente SONIA E. NIELSEN, L.P. Nº 9061, licencia sin goce de haberes desde el 19 DE MARZO DE 2007 y POR EL TÉRMINO DE SEIS MESES. Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General Articulo 3°:Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°735/2007

_____________________________________________________________________________

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Decreto Nº 00736/07 Corresponde a Nota N°2662/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO: Que el Servicio de Ginecología y Obstetricia cuenta con la sección de Obstétricas y; Que a partir del ultimo concurso efectuado las obstétricas tiene carga horaria de planta para desarrollar actividades en consultorios externo y otras actividades relacionadas a la especialidad, incluyendo las actividades de prevención y seguimiento de las pacientes embarazadas y; CONSIDERANDO: Que es necesario la realización del presente acto administrativo. Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA Artículo 1°: Crease la Unidad de Obstetricia, dependiente del Servicio de Ginecología y Obstetricia a partir del día 1º de marzo de 2007, según Carrera Profesional Decreto 1306/04 y sus modificatorias. Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario General. Articulo 3°: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°736/2007

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_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00737/07

Corresponde a Nota N°2643/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO :

La ampliación de la licencia sin goce de haberes solicitada por el agente GUSTAVO BARRAGÁN, Legajo Personal nº 10273 y;

CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el artículo 46º) de la Ley 11757 puede hacer uso de licencia sin goce de haberes por el termino de hasta un año. Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Otórguese al agente GUSTAVO BARRAGÁN, L.P. Nº .10273, ampliación de la licencia sin goce de haberes durante el período comprendido entre el 01 de Marzo de 2007 y hasta el 30 de Junio de 2007, ambos inclusive Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General Articulo 3°:Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°737/2007

30 de 115

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00738/07 Corresponde Nota Nº: 2598/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007.

VISTO:

La nota presentada por vecinos de la zona de la Rural; y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario el dictado del presente acto administrativo,

Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º - RECONÓCESE a la Comisión de la Zona de la Rural” , quedando conformada de la siguiente manera: Presidente:.............................. Sr. Néstor Abel CRUZ Secretaria: .............................. Sra. María Rosa DOS REIS Vocales Titulares: .................. Sra Cristina FARIAS ................................................ Sr. Luis GONZALEZ ................................................ Sra. Rosana GUILLÉN ................................................ Sra. Andrea MARZORATTI Artículo 2º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario General Artículo 3º -Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.

31 de 115

Tome nota Dirección de Inspección General, quien notificará a la Entidad requirente y oportunamente archívese. Nº: 738/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00739/07 Corresponde a Nota N°2646/2007 Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO : La licencia sin goce de haberes solicitada por la agente MARIELA ANABEL SAEZ- Legajo Personal nº 10388- 03-04-05-01-ENFERMERA “D” – 48 hs. Semanales de la Planta Permanente del Ente Descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, desde el 1º de Junio de 2007 y hasta el 1º de Julio de 2007 y

CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el artículo 46º) de la Ley 11757 puede hacer uso de licencia sin goce de haberes por el termino de hasta un añoPor todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Otórguese a la agente MARIELA ANABEL SAEZ, L.P. Nº 10388, licencia sin goce de haberes durante el período comprendido entre el 01 de Junio de 2007 y hasta el 1º de Julio de 2007, ambos inclusive

32 de 115

Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General Articulo 3°:Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°739/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00740/07 Corresponde a Nota N°1737/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO La solicitud realizada por la Supervisión General de Enfermería para la incorporación de un agente para el Hospital Municipal Ramón Santamarina para cubrir reemplazo de vacaciones y que la Auxiliar de Enfermería Sra. ELSA INÉS RIVAS, L.P. nº 10387, ya cumplió funciones dentro de la planta temporaria y que ha dado estricto cumplimiento a los requisitos de admisibilidad e ingreso y

CONSIDERANDO Que para ello es necesario el dictado del presente acto administrativo Por todo ello:

33 de 115

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Designase a la agente ELSA INÉS RIVAS- L.P. Nº 10387, en el cargo de ENFERMERA “D” –03-04-05-01- 48 hs. Semanales dentro de la Planta Temporaria y con carácter de mensualizada desde el 07 de Febrero de 2007 y hasta el 31 de Marzo de 2007. Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General Articulo 3°:Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°740/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00741/07 Corresponde a Nota N°2736/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO

La renuncia presentada por el Técnico Sr. LEONARDO BEPMALE, a sus funciones en el cargo de mayor jerarquía para el que había sido designado y que la Sra. MIRNA CAROLINA CASTILLO, L.P. Nª 10401, había sido designada para reemplazarlo durante el tiempo que durara el cargo y

34 de 115

CONSIDERANDO Que oportunamente fue autorizado por parte de la Dirección del Ente el reemplazo y que para ello es imprescindible el dictado del presente acto administrativo Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Dése de baja la designación de la Sra. MIRNA CAROLINA CASTILLO, L.P. Nº 10401, en el cargo 03-12-02-15- Auxiliar de Hemoterapia- 48 hs. semanales dentro de la Planta de Personal Temporario con carácter de mensualizada a partir del 1º de Abril de 2007. Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General Articulo 3°:Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. N°741/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00742/07 Corresponde Expte. Nº858/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007.

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VISTO: La nota presentada por la Sra. Presidente del Mozarteum Argentino Filial Tandil, mediante la cual solicita la Declaración de Interés Cultural y Municipal de la muestra XXVII TEMPORADA DE ABONO; y CONSIDERANDO: Que la Filial Tandil del Mozarteum Argentino es una institución sin fines de lucro, creada para la difusión de la música clásica, que posibilita la actuación en nuestra ciudad de prestigiosos intérpretes Nacionales y extrangeros. Que desde su primera Temporada Musical, en 1981, esta labor se ha cumplido en forma ininterrumpida, promoviendo la participación de los más jóvenes, universitarios y estudiantes de música de las escuelas locales, con entrada gratuita a los conciertos. Que se encuentra previsto para el Ciclo de Conciertos del corriente año la participación del Trío Clásico de Buenos Aires, Ralph Votapek, el Quinteto de Vientos de la Filarmónica de B. As., como así también el Duo Clara Cernat - Thierry Huilet-. Que cuenta con el aval de la Dirección de Cultura Municipal. Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º- Declárase de INTERES CULTURAL Y MUNICIPAL la Muestra XXVII TEMPORADA DE ABONO MOZARTEUM ARGENTINO, filial Tandil, cuyo Ciclo de Conciertos se encuentra previsto para el transcurso del corriente año. Artículo 2º- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General. Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tome nota Dirección de Cultura, quien notificará a la solicitante, y oportunamente archívese. Nº 742/2007

36 de 115

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00743/07

Corresponde a Nota N°2635/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007. VISTO: La nota presentada por la Sociedad de Obstetricia y Ginecología de la Provincia de Buenos Aires, y; CONSIDERANDO: Que los días 18 y 19 de mayo del corriente año, se realizará en el Hotel Libertador de nuestra ciudad, una Reunión Conjunta S.O.G.B.A-S.O.G.T.A 2007. Que estará a cargo de los Coordinadores Dr. Pablo del Castillo y la Dra. Olga Marega, y los Secretarios Dr. Diego Alvarado y la Dra. Rosa Poume.

Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º- Declárase de INTERÉS MUNICIPAL la “Reunión Conjunta SOGBA-SOGTA”, a realizarse en nuestra ciudad los días 18 y 19 de mayo del corriente año, en el Hotel Libertador de nuestra ciudad.. Artículo 2º- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General. Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tome nota la Subsecretaría de Salud, quien notificará a los requirentes, y oportunamente archívese. Nº 743/2007

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_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00744/07 Tandil, 16 de Marzo de 2007 VISTO: Lo solicitado por la Sra. Rosana Isabel ALVAREZ, en relación a la exigencia de documentación de obra para obtener la habilitación de comercios, o radicación de industrias y/o demás actividades lucrativas de la ciudad de Tandil; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 444/05 y sus ampliatorios Nº2240/05 y 418/2006 y 2226/06 el Departamento Ejecutivo ha otorgado una franquicia temporaria de 180 (ciento ochenta) días para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra correspondiente del edificio a destinar a la actividad comercial. Que la franquicia establecida en el Decreto Nº 444/2005 y sus ampliatorios Nº 2240/05 418/2006 y 2226/06 no constituye una excepción a las normas administrativas de habilitación vigentes, sino una franquicia temporaria, sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias que permitan el control de funcionamiento de las actividades, que debe ejercer esta Municipalidad, a través del área de Inspección General Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL D E C R E T A: Artículo 1º - Otórgase un plazo de 180 días (ciento ochenta días) a la Sra. Rosana Isabel ALVAREZ DNI 21.854.420 para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra para la obtención del Certificado de Uso de Suelo del edificio sito en calle San Martín Nº 852 de esta ciudad, con la finalidad de habilitar una actividad comercial sujeta al contralor Municipal, y sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias.

38 de 115

Artículo 2º- Otórgase un permiso precario para el funcionamiento de la actividad comercial a desarrollarse en el edificio sito en calle San Marín Nº 852’ de esta ciudad, por un plazo de 180 días desde la fecha de emisión del Uso de Suelo conforme, al término del cual deberá estar indefectiblemente regularizada la situación por la cual se otorgó la franquicia establecida en el Art. 1º del presente Acto Administrativo, a efectos de poder otorgarse su habilitación definitiva. Artículo 3º- Dispóngase la clausura del local comercial y por consiguiente el cese de la actividad comercial, en caso de incumplimiento de la obligación de regularizar la situación por la cual se otorgó la autorización para funcionar, hasta tanto no se otorgue el correspondiente Certificado Final de Obra del edificio mencionado en el artículo 1º, y pueda ser levantada la clausura dispuesta. Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General. Articulo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese. Tomen nota la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, los Departamentos de Ordenamiento Territorial y de Obras Privadas, la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección de Bromatología y Dirección de Inspección General. Nº 744/2007

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00745/07 Corresponde a Nota Nº 2682/2007 Tandil, 16 de marzo de 2007 Visto lo dispuesto en el art.40º de la Ordenanza Fiscal vigente que expresa que "El Departamento Ejecutivo podrá conceder a los contribuyentes y otros responsables facilidades para el pago de las tasas, derechos y contribuciones, sus accesorios y multas, con los recaudos y formalidades que al efecto se establezcan.." y sus decretos reglamentarios 928/92 y 2616/93; y

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Considerando las solicitudes de pago en cuotas por deudas atrasadas de tasas municipales efectuadas durante el período comprendido entre el 1º al 28 de Febrero de 2007.-Por todo ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1- Otórgase a los contribuyentes que solicitaron en el período comprendido entre el 1º al 28 de Febrero, ambos de 2007, que se detallan en el anexo del presente y cuyos folios forman parte integrante de este decreto, planes de pago en cuotas para regularizar deudas pendientes de tasas municipales.----------------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2- Dispóngase la paralización de las obras en construcción, cuando a partir de la segunda (2) cuota no se abone en término los planes solicitados para los derechos de construcción.------------------Artículo 3- La modalidad de los planes de pago otorgados será la establecida en los decretos 928/92 y 2616/93 respectivamente, reglamentarios del artículo 40º de la Ordenanza Fiscal vigente.--------------Artículo 4- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Administración.------------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 5- REGISTRESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, tomen nota Dirección de Rentas y Finanzas, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Departamento de Obras Privadas, Administración del Cementerio y Contaduría General, oportunamente ARCHIVESE. ------------------Nº 745/2007

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

PLANES DE PAGO EN CUOTAS SOLICITADOS entre el 1 al 28 de Febrero de 2007 Cuenta

C.U.I.M.

Contribuyente

Tasa

06663/000

2004594543 CABRERA ERASMO IGNACIO

24495/013

2011329511 FEGAN DAVID MARTIN

19750/863

2717863228 OREGIONOI SANDRA ODALI

19760/665

2705649644 RIBAS ROSA MALLARDI DE Y

19770/091

2712947277 FERREIROS SILVIA ISABEL

19830/062

2717863228 OREGIONOI SANDRA ODALI

76

Descrip.

Cuotas

PC/DER. CONS

3

76

PC/DER. CONS

54

D.CEMENTERIO

54 54

Importe

Fecha

$

990.86

12/02/2007

10

$

1,258.00

09/02/2007

8

$

90.50

14/02/2007

D.CEMENTERIO

6

$

125.00

19/02/2007

D.CEMENTERIO

2

$

125.00

08/02/2007

54

D.CEMENTERIO

8

$

133.00

14/02/2007

19850/052

519850052 BREIT EMILIO

54

D.CEMENTERIO

4

$

60.00

06/02/2007

19890/121

519890121 PEREZ ISABEL

54

D.CEMENTERIO

2

$

66.50

20/02/2007

19900/127

519900127 GIANOLLI JOSE MARIA

54

D.CEMENTERIO

3

$

60.00

26/02/2007

19900/673

519900673 ESTEVEZ EVA NATALIA

54

D.CEMENTERIO

2

$

62.25

26/02/2007

19930/929

2716219895 CABIRON LIA MARCELA

54

D.CEMENTERIO

2

$

66.50

09/02/2007

19980/113

519980113 MARCOVECCHIO SILVIA GRACI

54

D.CEMENTERIO

3

$

60.00

15/02/2007

19980/138

519980138 MANERA JUAN JOSE

54

D.CEMENTERIO

4

$

60.00

23/02/2007

20070/102

2721574463 CONFORTE SEERGIO GUSTAVO

54

D.CEMENTERIO

10

$

216.00

26/02/2007

71977/050

2704199509 NERON ANA OFELIA

54

D.CEMENTERIO

12

$

436.80

28/02/2007

$

3,810.41

________________________________________________________________ Decreto Nº 00746/07 Corresponde a Nota N° 1492/2007 Tandil, 16 de marzo de 2007 Visto que la Comisión Permanente de Control y Seguimiento de la Ordenanza 7028/96, CO.PE.CO.S, tiene a cargo el funcionamiento del Hospital Veterinario para castraciones; Considerando La Ordenanza 7028, lo informado por la Dción. de Bromatología y por la Contaduría General.----------------------------------------------------------------------Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Otórgase un subsidio, con cargo de rendición de cuentas, a favor de la Comisión Permanente de Control y Seguimiento (CO.PE.CO.S.), por la suma total de Pesos Ochocientos Noventa y Seis con Diez Centavos ($ 896,10), monto que será aplicado a solventar gastos efectuados para la adquisición de insumos del Hospital Veterinario, debiendo efectizarse a favor de: • Dorney German Alejandro $ 113,40 • Bujacich Alberto Juan $ 710,70

41 de 115



Tassara Pablo Martín Total

$ $

72,00 896,10

Artículo 2º - La erogación a producirse será imputada a la Partida 5.1.7.0. “Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.101. – Departamento Ejecutivo , 1.1.101.08. – Subsecretaría de Salud, Programa 30 – Servicio Bromatológico, Actividad 05 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso. Fuente de Financiamiento 131 – Recursos Afectados de Origen Municipal, Rubro de Afectación: 12.1.01.04.-------------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.---Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dción. de Presupuesto, Contaduría General, y oportunamente archívese.---------------Nº 746/2007

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Cr. MATIAS R. CIVALE Secretario de Economía y Administración

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00747/07 Corresponde a Nota N° 560/2007 Tandil, 16 de marzo de 2007 Visto que la Comisión Permanente de Control y Seguimiento de la Ordenanza 7028/96, CO.PE.CO.S, tiene a cargo el funcionamiento del Hospital Veterinario para castraciones; Considerando La Ordenanza 7028, lo informado por la Dción. de Bromatología y por la Contaduría General.----------------------------------------------------------------------Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA

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Artículo 1º - Otórgase un subsidio, con cargo de rendición de cuentas, a favor de la Comisión Permanente de Control y Seguimiento (CO.PE.CO.S.), por la suma total de Pesos Un Mil Novecientos Cuarenta y Uno con Diez Centavos ($ 1.941,10), monto que será aplicado a solventar gastos efectuados para la adquisición de insumos del Hospital Veterinario, debiendo efectizarse a favor de: • Dorney German Alejandro $ 519,70 • Bujacich Alberto Juan $ 1.421,40 Total $ 1.941,10 Artículo 2º - La erogación a producirse será imputada a la Partida 5.1.7.0. “Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.101. – Departamento Ejecutivo , 1.1.101.08. – Subsecretaría de Salud, Programa 30 – Servicio Bromatológico, Actividad 05 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso. Fuente de Financiamiento 131 – Recursos Afectados de Origen Municipal, Rubro de Afectación: 12.1.01.04.-------------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.---Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dción. de Presupuesto, Contaduría General, y oportunamente archívese.---------------Nº 747/2007

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Cr. MATIAS R. CIVALE Secretario de Economía y Administración

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00748/07 Corresponde a Expte. Nº 585/00/2007 Tandil, 16 de marzo de 2007

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Visto Los servicios artísticos brindados por la Dción. de Cultura con la presentación del Grupo “La Portada” en la “Reinauguración del Hipódromo Local” realizada el pasado 4 de marzo; y Considerando El aval prestado por el Secretario General al cachet artístico y teniendo en cuenta lo informado por la Contaduría General.-------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago a favor del Sr. Mario Sergio Astuena – DNI. 22.086.617 (Grupo La Portada), por la suma de Pesos Cuatrocientos Cincuenta ($ 450,00), en concepto de cachet artístico por la presentación en la “Reinauguración del Hipódromo Local” realizada el pasado 4 de marzo.---------------------------------------------------------------------------Artículo 2º - La erogación a producirse será imputada a la Partida 3.4.9.0. “Otros”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría General, Programa 17 – Cultura, Actividad 04 – Eventos Artísticos y Culturales del Presupuesto de Gastos vigente.------------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.---Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------Nº 748/2007

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_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00749/07

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Corresponde a Nota Nº 9745/00/2006 Tandil, 16 de marzo de 2007 Visto lo establecido en la Ordenanza 9321/04 y lo dispuesto porla Ordenanza 9584/05 ambas normativas en vigencia, Considerando la solicitud de exención de Tasas municipales presentada por la CAMARA EMPRESARIA DE TANDIL, Los antecedentes y documentación agregados a Notas 1985/03, 5420/04, 11637/05 y 9745/06, Los dictámenes al respecto emitidos por la Secretaría Legal y Técnica y la Contaduría General.--------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Exímase en un 100% a la Cámara Empresaria de Tandil, del pago de la Tasa Retributiva de Servicios, Contribuciones por Mejoras, cuenta 407/000 y Servicios Sanitarios, cuenta 2508/000 correspondiente al inmueble de su propiedad, por los periodos que se indican, conforme lo dispuesto por las Ordenanzas 9321/04 y 9584/05 ambas en vigencia.---------------------------------------------------TASAS Retributiva de Servicios Servicios Sanitarios

PARTIDAS 407/000 2.508/000

PERIODO 01/02/2004 al 31/12/2006 01/01/2004 al 30/11/2006

Artículo 2º - Exímase del pago de las tasas y partidas mencionadas en el artículo precedente, por el ejercicio 2007.-------------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º- El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.-Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a conocimiento de la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Secretaría Legal y Técnica, Contaduría General y oportunamente archívese.------------------------------------------------------------------------------------------N° 749/2007

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_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00750/07 Corresponde Nota 1537/00/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007 Visto la solicitud presentada por la firma ALTOS DEL BIERZO S.R.L. en carácter de propietaria de la obra a construir destinada a complejo de cabañas, ubicada en el inmueble designado catastralmente como Circ. 1 Secc. F Manz. 235 Parc.4 y 5; y Considerando el Régimen de Fomento Hotelero promovido por Ordenanza 7848/1999; los beneficios impositivos para los establecimientos hoteleros que adhieran a dicho régimen, establecidos por el artículo 4º) de la normativa mencionada.-----------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º- Exímase del pago del Derecho Construcción correspondiente a la obra destinada a complejo de cabañas, ubicada en el inmueble identificado catastralmente como Circ. 1 Secc. F Manz. 235 Parc. 4 y 5, en el marco de los beneficios impositivos contemplados por la Ordenanza de Fomento Hotelero 7848/99 en vigencia. ------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 3º- REGISTRESE, COMUNIQUESE, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Departamento de Obras Privadas, Dirección de Inspección General, Contaduría General y oportunamente ARCHIVESE.-----------------------------------------------------------

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Nº 750/2007

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_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00751/07 Corresponde a Nota Nº 2253/2007. Tandil, 16 de marzo de 2007 Visto los Arts. 6º ; 7º y 63º de la Ordenanza Fiscal vigente, y Nota 882-04 .D. D. T (Dirección de Descentralización Tributaria-Dirección Provincial de Rentas); y Considerando que la Dirección General de Ingresos Públicos y la UDIP cuenta con un cuerpo de pasantes y de personal que se desempeñarán como oficiales verificadores y notificadores.--------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Desígnase como verificadores y notificadores “Ad Hoc” del Municipio de Tandil, a partir de la sanción del presente acto administrativo y hasta el 31 de diciembre de 2007, a los agentes municipales que prestan servicios bajo la modalidad de pasantes:

• • • • • • •

Legajo Nro. 8435 Espelet Miriam Elizabeth, DNI. 27.082.777. Legajo Nro. 8495.Solimanto Alejo Aldo, DNI. 29.555.447. Legajo Nro. 8496.Zanuzzi Flavia Romina, DNI. 28.145.488. Legajo Nro. 8505.Suarez Josefina, DNI. 31.708.305. Legajo Nro. 8501.Probicito Luciano, DNI. 29.375.337. Legajo Nro. 8372.Avendaño María Inés, DNI. 23.997.270. Legajo Nro. 8615 Mora Gisella, DNI. 32.067.094.

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• • • • • • •

Legajo Nro. 8633 Pesce Celeste, DNI. 29.346.097. Legajo Nro. 8385 Cristian Cisneros, DNI. 28.703.802. Legajo Nro. 8370 Balduzzi Paula, DNI. 26.489.446 Legajo Nro. 8320 Perez Fernando, DNI. 30.880.917. Legajo Nro. 8614 Rodríguez Rocio, DNI. 27.340.164. Legajo Nro. 8655 Ponce de Leon Mercedes, D.N.I. 31.734.783 Legajo Nro. 8656 Dalzovo Virginia, D.N.I. 27.827.342

Artículo 2º - Desígnase como verificadores-administrativos del Municipio de Tandil, a partir de la sanción del presente acto administrativo y hasta el 31de diciembre de 2007, a los agentes municipales: • • • • • • • •

Legajo Nro. 8265 Pukas Susana Beatriz, DNI.10.766.416. Legajo Nro. 8318 De Paoli Andrea Verónica, DNI.27.693.546. Legajo Nro. 8035 Farias Sandra Mariela, DNI.22.086.661. Legajo Nro. 8044 Juanenea Ana Guillermina, DNI.22.086.415. Legajo Nro. 7704 Retontaro Silvia Esther, DNI.20.296.444. Legajo Nro. 7910 Di Paola Pompeya, DNI.21.930.028. Legajo Nro 7755 Mendez María Alejandra, DNI 23.004.012. Legajo Nro. 8602 Vairo Marcela Alejandra, DNI 23.777.673

Artículo 3º - La tarea a desarrollar por los agentes detallados en el artículo primero, será la de realizar el relevamiento de los comercios de la ciudad de Tandil y verificación labrando las actas de comprobación de inscripción en los distintos impuestos nacionales y/ o provinciales, tasas, y habilitaciones de comercio, como asimismo comprobar el cierre de comercios y realizar la entrega de intimaciones pertinentes, y/ o la comunicación de cualquier resolución administrativa al efecto, sin perjuicio de seguir desarrollando las tareas internas que se establezcan.------------------------------------Artículo 4º - La tarea a desarrollar por los agentes detallados en el artículo segundo, será la de realizar los cruces de informacion de los datos relevados por los verificadores-notificadores y las verificaciones de los contribuyentes que se estime pertinente, sin perjuicio de seguir desarrollando las tareas que conciernen al cargo que ocupen en la planta municipal.------------------------------------------Artículo 5º - La reglamentación del presente decreto está establecida en los Anexos I y II que forman parte del mismo.----------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 6º - El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y administración.----Artículo 7º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, y tomen nota la Secretaría de Economía y Administración, Dirección General de Ingresos Públicos, Contaduría General, UDIP, Dirección de Personal y oportunamente archívese.------------------------------------------------------------------------------

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ANEXO I PROCEDIMIENTO DE GESTION Y CONTROL DE COMERCIOS En el marco de los Arts. 6º y 22º de la Ordenanza Fiscal Vigente: a - Verificar por medio del relevamiento efectuado por los verificadores/ notificadores ad-hoc la correcta inscripción de los contribuyentes en los distintos impuestos Provinciales y en la Tasa Municipal. b - Exhibir la credencial de oficial verificador/ notificador ad-hoc de la Municipalidad de Tandil, informando un teléfono para corroborar la misma c - El notificador informará del motivo de su presencia en el comercio y solicitará ingresar y permanecer en el comercio, como asimismo la colaboración voluntaria del contribuyente con el/ los actuantes en la verificación. d - El notificador deberá labrar un acta dejando constancia de lugar, día, hora, datos del comercio, persona por quien fue atendida, carácter de la misma, y documentación solicitada e informándolo de las multas por falta de exhibición de la documentación, y de corresponder se lo intima para que dentro del plazo pertinente presente y/ o complete la documentación requerida. Dicha acta se labra tendiendo en cuenta las necesidades de cada Oficina que intervienen en este relevamiento. e - Dejar constancia en el acta labrada de la documentación exhibida y /o presentada al agente, dejando una copia de la misma en el comercio, firmada y sellada por el oficial actuante, invitando al contribuyente a firmarla o dejando constancia de su negativa a firmar. Asimismo dejará constancia de cualquier descargo que quiera efectuar el contribuyente y/ u observación pertinente. f - En el caso en que el comercio se encuentre cerrado u otro comercio activo en el mismo lugar, se procederá a labrar el acta de comercio cerrado, para que se efectúe la baja de oficio en cada una de las Oficinas intervinientes. g - En caso en que de los cruces internos de información surgieran diferencias entre los declarado en la Tasa Unificada de Actividades Económicas y en Ingresos Brutos, se labrarán los

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requerimientos de información e intimaciónes a fin de inferir en cada caso particular, la existencia y monto de la obligación tributaria a abonar. h - En el caso de incumplimiento a los requerimientos de información por parte de los contribuyentes, se estimará de oficio la obligación tributaria sobre base cierta o presunta, con la aplicación de las multas correspondientes. i - El Coordinador General definirá la política tributaria para el relevamiento j - Los agentes de planta municipal nombrados Jefes de Operativos, asignarán las tareas a los notificadores - verificadore; controlarán la información suministrada del relevamiento, determinarán el cruce de información con otras entidades, determinando las diferencias en la obligación tributaria, iniciando los expedientes de cada caso en particular.

ANEXO II

INSTRUCTIVO: RELEVAMIENTO Y CONTROL DE LOS COMERCIOS El constante crecimiento de los comercios habilitados en la ciudad, la obligación de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en la eventualidad de advertir irregularidades, y la normativa que regula la Unidad de Descentralización de Ingresos Públicos (UDIP) de la Dirección Provincial de Rentas de la Provincia, surge la necesidad de establecer un procedimiento para la verificación y control de la actividad comercial. En virtud de ello, se ha elaborado un Plan de Relevamiento y Control de Comercios que permitirá detectar irregularidades, actualizando la base de datos, incorporando un programa en pos de la conciencia, equidad e igualdad tributaria. INTEGRANTES: • • •

Dirección General de Ingresos Públicos Unidad de Descentralización de Ingresos Públicos (UDIP); Agentes Notificadores/Verificadores (16 pasantes)

Cada oficina asignará a un Jefe de Operativo, el cual tendrá a cargo 4 grupos de verificadores, cada grupo estará formado por 2 pasantes, los cuales deberán rendir la información obtenida en el relevamiento, en forma diaria. Dicha información debe ser entregada en forma ordenada por el jefe de operativo, a fin de controlar la documentación y oportunamente darle archivo en el legajo correspondiente.

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OBJETIVOS: 1º) Controlar el cumplimiento, por parte de los contribuyentes, de los tributos que se enuncian a continuación:  Impuestos sobre los Ingresos Brutos  Tasa Unificada de Actividad Económica. 2º) Detectar e inscribir a contribuyentes no registrados. 3º) Inducir al cumplimiento de obligaciones formales de los contribuyentes inscriptos a fin de evitar recargos y multas. 4º) Actualizar la información que se registra en las bases de datos de la Dirección Provincial de Rentas y en la Municipalidad de Tandil., a fin de contar con un padrón actualizado e incorporar la información relevada. 5º) Detectar la evasión y el incumplimiento de las obligaciones fiscales. 6º) Intimar el incumplimiento en el pago de los tributos. PROCEDIMIENTO: TAREAS A REALIZAR • •

Control puerta a puerta Control Interno

1era Etapa: Control puerta a puerta: Guía de Relevamiento para Verificadores/notificadores: a) El control se efectuará por verificadores – notificadores nombrados por Decreto, dicha visita se realizará en pareja de 2 agentes en la zona asignada, se les asignará un listado de contribuyentes inscriptos o que hayan registrado trámites por las tasas municipales b) Se efectuará la primer visita a los contribuyentes, en donde el Verificador/Notificador identificará según la correspondiente credencial ante el titular, responsable o persona que se encuentre en ese momento. El agente pondrá a disposición del mismo un teléfono para corroborar la identidad si lo desea. c) El agente notificador informará el motivo de su presencia en el comercio y solicitará ingresar y permanecer en el comercio, como asimismo la colaboración voluntaria del contribuyente, responsable o persona con el/los actuantes en la verificación. d) En presencia del titular y/o responsable o persona que se encuentre, el agente procederá de la siguiente manera: * Completará en su totalidad y por duplicado el formulario: Acta de Comprobación Formulario 1 y 2.-

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* Se solicitará la documentación que justifique su inscripción: Constancia de Inscripción en: AFIP, Ingresos Brutos, Habilitación Municipal. * En la Constancia de Inscripción de AFIP: el agente debe verificar el número de CUIT, nombre y apellido del titular. En el caso de que el contribuyente sea monotributista, relevar categoría en la cual se encuentra inscripto, verificando en el último pago el monto abonado. Dicha información permitirá comprobar si exhibe el comprobante de la categoría por la cual están abonando el impuesto. * En la Constancia de Ingresos Brutos: se solicitará el certificado de domicilio, el cual demuestra el reempadronamiento en dicho impuesto. En este caso se verificará el número de CUIT, domicilio comercial, controlar si es sucursal, número de partida de inmobiliario. Si fuese contribuyente inscripto en el Convenio Multilateral, formulario que justifique el alta en la Jurisdicción de la Pcia. Buenos Aires. * En la Constancia de Habilitación Municipal: se solicitará el certificado de Habilitación Municipal verificándose el número de cuenta municipal, rubro o actividad habilitada, domicilio del comercio y datos del titular. * Talonarios de comercio: se solicitará el talonario en uso en donde se controlará la vigencia del mismo y/o controlador fiscal o caja registradora. * Se requerirá la firma del receptor del Acta de Comprobación de la Dirección Provincial de Rentas y de la Dirección General de Ingresos Públicos. * En caso en que se negare a recibir y/o firmar, se indicará en el espacio destinado a la firma del contribuyente en los dos ejemplares, la leyenda “se niega a firmar”. e) Se le entregará al contribuyente, responsable o persona que se encuentre en ese momento el duplicado del Acta firmada y sellada por el oficial actuante, dejando constancia en el original el día y hora correspondiente; asimismo se dejará constancia de cualquier descargo que quiera efectuar el contribuyente y / u observaciones pertinentes. f) En el caso en que el comercio no cuente con algún o algunos de los datos solicitados, el agente asesorará al contribuyente sobre el procedimiento que debe efectúar en los próximos días para dar cumplimiento al requerimiento, evitando multas por falta de exhibición de la documentación, y de corresponder se lo intima para que dentro del plazo pertinente presente y/o complete la documentación requerida. g) En el caso en que el comercio se encuentre cerrado u otro comercio activo en el mismo lugar, se procederá a labrar el acta de comercio cerrado formulario 3, para efectuar la baja de oficio en cada una de las Oficinas intervinientes, y posteriormente se solicitará los datos al comercio activo, en el caso en que estuviera. h) Cuando en el relevamiento de la zona, el agente detecte un comercio sin la inscripción, se procederá a emplazarlo en el término que fije el acta respectiva, a regularizar su situación, bajo apercibimiento de la aplicación de las multas correspondientes. i)

Culminado el relevamiento de datos del comercio el notificador/verificador procederá a adherir la oblea que se diseñará al efecto, que determinará que dicho comercio fue relevado.

j)

Posteriormente el Verificador/Notificador entregará al Jefe de Operativo asignado, el legajo con los datos obtenidos de acuerdo al siguiente orden:

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1) Planilla de relevamiento de datos (caratula) por triplicado: Original para la Dirección General de ingresos Públicos, Duplicado para UDIP, Triplicado para el notificador. 2) Formulario 1: Acta de comprobacion (UDIP), el cual debe estar confeccionado con todos los datos solicitados por duplicado: Original para el Contribuyente, Duplicado para UDIP. 3) Formulario 2: Acta de comprobacion (Municipalidad), el cual debe estar confeccionado con todos los datos solicitados por duplicado: Original para el Contribuyente, Duplicado para Dirección General de Ingresos Públicos. 4) Formulario 3: Acta de comprobación de comercio cerrado, el cual debe estar confeccionado con todos los datos solicitados por duplicado: Original y Duplicado para la Dirección General de Ingresos Públicos. Un acta se remite a Inspección General y una copia se adjunta en el legajo correspondiente. 2da Etapa Control Interno: El jefe de operativo procederá a controlar la información suministrada por los agentes verificadores, cargando dichos datos en una base de datos que permita visualizar la información obtenida, constatando si los mismos se encuentran inscriptos. Del análisis anterior, podrá clasificarse a los posibles contribuyentes en: 1) Sujetos no inscriptos en los tributos (Ingresos Brutos, Seg e Higiene) 2) Sujetos inscriptos en los tributos con discrepancias, en cuanto a los datos existentes en las bases de datos. 3) Contribuyentes inscriptos con registros actualizados. 1) En el caso de sujetos no inscriptos: si se permitiera identificar el domicilio del presunto infractor, deberá citarselo a fin de que acredite, dentro de los 15 días de notificado, su inscripción en los tributos correspondientes, o bien regularice su situación. Transcurrido dicho plazo, no registrandose presentación alguna por parte del sujeto, se completará el formulario R-444 con los datos existentes, colocandose en el margen superior la observación “ALTA DE OFICIO”, dicho trámite será efectuado por la UDIP. En el caso de la Habilitación Municipal se remitirá el acta con los datos relevados a la Dirección de Inspección General para verificar la correcta inscripción. Una vez incorporado como contribuyente en la base de datos, se procederá a la intimación de los períodos devengados exigibles a la fecha. 2) Contribuyentes con diferencias en los datos registrados: Con la información que el grupo de verificadores/notificadores suministren a las Oficinas intervinientes en el operativo, se procederá a realizar crucen internos de información con entes como: AFIP, la Dirección de Rentas Provincial, base de datos con que cuenta la Municipalidad de Tandil en la Tasa de Actividad Económica y otras entidades. Al detectarse diferencia en la información suministrada en cualquiera de las entidades diferente a la declarada se procederá a labrar el requerimiento de información en donde se le solicitará la información en cada caso se estime conveniente. Entre la documentación a solicitar:

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Declaraciones Jurada de IVA, Declaraciones Jurada de Ingresos Brutos, Subdiarios Iva/venta, comprobantes de pago de la Tasa unificada de Actividades Económicas, del Impuesto a los Ingresos Brutos, y toda otra documentación que permita inferir en el caso particular, la existencia y el monto de la obligación tributaria. Si el sujeto no se presentara, se procederá a emitir la multa determinada conjuntamente con la determinacion de oficio del monto a abonar. Cuando del control del contribuyente se detecten deudores del Impuesto a los Ingresos Brutos o a la Tasa Unificada de Actividad Económica, se procederá a emitir el aviso de deuda (UDIP) o la intimación (Ingresos Públicos). En el caso de incumplimiento a los requerimientos de información por parte de los contribuyentes, se estimará de oficio la obligación tributaria sobre base cierta o presunta. En todos los casos, se extenderá una constancia escrita de los resultados de la fiscalización, así como de la existencia e individualización de los elementos exhibidos. 3) A aquellos contribuyentes que cuenten con su documentación correcta se le emitirá un certificado en el que constará tal situación.

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00752/07 Corresponde a Expte. Nº 2967/01/2006 Tandil, 19 de marzo de 2007 Visto, que mediante Ordenanza Nº 10.144, se ha establecido un “Premio al Buen Contribuyente 2006”, consistente en el derecho a participar de un sorteo a los contribuyentes de las tasas Retributiva de Servicios y Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal que no posean deudas exigibles con este municipio;

Que por decreto 2.203/06 se han precisado los alcances de la misma, como así también las condiciones que deben reunir los contribuyentes para tener la posibilidad de participar del sorteo; y Considerando, que a efectos de dar mayor transparencia al acto surge necesario determinar el procedimiento a cumplir para la realización del sorteo y excluir taxativamente de participar a aquellos agentes municipales que de una u otra forma están involucrados en la realización del sorteo, como así también de aquellas parcelas que han tenido cambios de titularidad posteriormente a la primera asignación de números,

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Que ha finalizado el plazo para que aquellos contribuyentes que no posean números asignados puedan efectuar su reclamo de reconsideración.--------------------------------Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Establécese que los números válidos en condiciones de participar del sorteo del “Premio al Buen Contribuyente – 2006”, establecido por ordenanza 10.144 serán los que se encuentran comprendidos en el rango que va desde el número 000001 hasta el número 64.524; los cuáles han sido asignados a los contribuyentes de acuerdo a las pautas fijadas por la ordenanza mencionada y el decreto 2.203/06.----------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º - Apruébase el procedimiento a seguir durante el acto del sorteo que se adjunta en el Anexo I del presente. Desígnase al Sr. Secretario de Economía y Administración Cr. Matías Raúl Civale como presidente del sorteo.--------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º - Exclúyase de participar en el sorteo a aquellos contribuyentes que se encuentren detallados en el listado adjunto como Anexo II del presente. Tampoco participará aquel contribuyentes que no sea igual al seleccionado en el momento de efectuar el primer control, realizado al 30 de Junio de 2006, a tal efecto participará el contribuyente seleccionado con el número asignado a ese momento, sin que se asignen nuevos números. ------------------------------------------------------------Artículo 4º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 5º - Regístrese, comuníquese, y publíquese, tomen nota: Secretaría de Gobierno, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección de Rentas y Finanzas, Tesorería Municipal, Dirección de Presupuesto, Contaduría General y oportunamente, archívese.------------------Nº 752/2007

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Anexo I – Decreto Nº 752/2007 Procedimiento de extracción de bolillas para el sorteo del Premio al Buen Contribuyente 2006 – Aprobado por Ordenanza 10.144 y reglamentado por decreto 2.203/2006. Se encuentran en condiciones de participar los números comprendidos en el rango desde el 1 al 64.524. De acuerdo a lo establecido por el Artículo 2º del decreto 2.203, el número ganador será seleccionado al azar, por extracción de bolillas. El procedimiento será el siguiente: 1. Se dispondrán fuera del bolillero Diez (10) bolillas, numeradas cada una del 0 al 9, y se mostrarán a los asistentes.

2. Se efectuaran Cinco (5) extracciones del bolillero, correspondiendo cada extracción a las siguientes ubicaciones que compondrán el número ganador: 1º Extracción 2º Extracción 3º Extracción 4º Extracción 5º Extracción

DECENA DE MIL (Quinto número desde la derecha) UNIDAD DE MIL (Cuarto número desde la derecha) CENTENA (Tercer número desde la derecha) DECENA (Segundo número desde la derecha UNIDAD (Primer número desde la derecha)

Para cada extracción se agregarán y retirarán bolillas al bolillero de acuerdo a los números comprendidos en el rango válido, según lo siguiente: 2.1. En la primer extracción SOLO se ingresaran al bolillero los números 0, 1, 2, 3, 4, 5 y 6. 2.2. Para la segunda extracción se EXTRAERA del bolillero el número 6. Si la primer extracción arrojó como resultado el número 6 también se extraerá del bolillero el número 5. 2.3. Para la tercer extracción, se ingresaran al bolillero todas las bolillas. Si el resultado de la primer extracción fue un 6 y de la segunda un 4, se ingresará la bola número 5. 2.4. Para la cuarta extracción, se ingresaran al bolillero todas las bolillas. A excepción que las 3 primeras extracciones hayan sido un 6, un 4 y un 5, donde se extraerán las bolillas numero 3, 4 y 5. 2.5 Para la quinta extracción, se ingresaran al bolillero todas las bolillas. A excepción que las 4 primeras extracciones hayan sido un 6, un 4, un 5 y un 2, donde se ingresarán solamente las bolillas numero 3 y 4. 3. Luego de cada extracción será extraída una bolilla, el presidente del sorteo tomará nota del número resultante y, la ingresará nuevamente al bolillero para comenzar la siguiente extracción.

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4. Una vez elegido el número, se verificará en el sistema informático si es un número válido y no se encuentra asignado a un contribuyente taxativamente excluido del sorteo; de no ser así se dará como número ganador. Caso contrario se realizará nuevamente la elección de número entre los restantes, así siguiendo hasta obtener un contribuyente válido.

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Anexo II – Decreto Nº 752/2007

Legajo 8328 4625 8054 8254 6113 8021 10414 8573 8146 8445 8609 8351 8249 4783 8383 7341 8302 8303 8252 8253 8250 8630 8243 8300 8350 8247 8566 8236 5372 5979 8258 6094 7238 5253 4128 8423 8245 5852 8620 3478 8312 8259 8647

Tipo Doc. DNI LE DNI LE DNI DNI DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI LE DNI LE DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI

Doc. 22678440 5367778 23779584 7637028 16924891 6676268 12544311 30229446 17863189 5380371 16117079 10102671 25931543 11717786 29555356 10808765 24988441 28669807 16219983 6685431 13750160 22866239 25197738 22671507 14629743 11138996 5365807 28669330 5375821 16626780 13503219 13320563 6870915 14544215 12717066 22282220 14122835 11717563 5524635 11329752 17935112 26107044 14842607

Apellido y Nombre Acosta Mauricio Adolfo Aldasoro Eduardo Alberto Allasia Guillermo Gustavo Balbin Carlos Jose Barroso Adrian Marcelo Berestain Elsa Elena Binando Daniel Jorge Bruni, Bernardo Castro Claudia Andrea Chenlo Omar Alberto Chervero Silvina Churruca Luis Omar Civale Matias Raul Civalleri Mario Civalleri Pablo Cocina Mabel Alicia Condino, Maria Haydee Correa Yanina Natalia Crovo Ruben Cuccarolo Rosa Antonia Catalina Dieguez Ruben Oscar Donato Leandro Dorta Andres Daniel Echeverria Martin El Hage Elias Simon Elichiribehety Julio Equiza Hector Escribano, Gastón Escribano, Hugo Espino Marcela Espondaburu Pedro Horacio Fernandez Carlos Alberto Fernandez Lino Osvaldo Fernandez Veronica Maria Ferreira Patricia Francisca Ferreyra Zulma Fanny Frolik Juan Pablo Garcia Allende, Oscar Alberto Garcia Raul Camilo Gauna Delia Nora Gnocchini Indiana Claudia Grasso, Luciano Grieco Alfredo Jorge

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DE DE DE DE DE DE HMRS HCD DE DE DE DE DE DE DE DE HCD DE DE DE DE DE DE DE DE DE HCD HCD HCD DE DE DE DE DE HMRS DE DE HMRS DE DE DE HCD DE

8549 4676 8390 8392 8255 8675 8264 5361 8571 8237 8234 8326 7962 6095 8263 8246 8298 5421 8452 7934 3344 8239 7648 8251 8541 4007 8261 8265 6720 8508 8152 8248 8295 7096 8256 8330 8589 8032 8159 8262 8564

LE DNI DNI DNI DNI DNI LC DNI DNI DNI DNI DNI DNI LE LE DNI DNI DNI DNI LC DNI DNI DNI DNI DNI LE DNI DNI LE DNI DNI LE DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI DNI

5370242 11521500 28299034 28200362 18037574 12401094 5930714 14416064 16924579 8787541 28229110 25798781 20296436 5383874 5369029 11413796 21854081 10799838 13320762 6676248 10102073 24053130 16473984 25452697 18580446 8003360 12059442 10766416 8429938 22671440 11329679 5048173 18343881 16713170 25197871 16491764 14561675 16211030 26650789 18037903 10799882

Grierson Ricardo Omar Groh Omar Andres Guerendiain Guillermo Ibarra Jimenez Leonardo Matias Idone Hector Santiago Ilero Carlos Ruben Islas Mirta Noemi Jensen Luis Edgardo Labaroni Jose Luis Laplace, Ligia Ledesma Rodriguez, Facundo Linares Santiago Llorens Hector Vicente Lunghi Miguel Angel Madarieta Abel Osvaldo Maggiori Oscar Alberto Martignoni Natalia Martin Pedro Roberto Martinez Miguel Antonio Mastropierro Analia Mercedes Montoya Ricardo Morando, Gastón Morel Juan Claudio Nicolini Marcos Leandro Ochandorena Pablo Gerardo Olivera Omar Roberto Palacios, Ernesto Pukas Susana Renis Jorge Santiago Rios Analia Corina Rodriguez Graciela Roige Angel Carlos Rossetti Andrea Zulema Saliani Graciela Laura Santos, Marina Tamburelli Adriana Beatriz Teruggi Oscar Alberto Trapote Sergio Guillermo Tringler Matias Francisco Vulcano Jose Leonardo Zubigaray Edgardo Luis

DE DE DE DE DE DE DE DE DE HCD HCD DE DE DE DE DE DE DE DE DE DE HCD DE DE DE DE HCD DE DE DE DE HMRS DE DE HCD DE DE HMRS HMRS DE DE

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00753/07

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Corresponde a Expte. Nº 1960/00/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007 Visto que en la próxima Semana Santa, se pondrá en escena el espectáculo artístico cultural denominado “Jesús, el Nazareno”; y Considerando Los gastos que derivan la concreción del evento y teniendo en cuenta el aval prestado por el Secretario General, y lo informado por la Dirección de Presupuesto conjuntamente con la Contaduría General.-------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General, a extender Orden de Pago Extrapresupuestaria, a favor del agente municipal, Sr. MARIO PASCUAL PINA (Director Gral. del espectáculo “Jesús, El Nazareno”), por la suma de Pesos Tres Mil ($ 3.000,00) en concepto de Caja Chica para solventar gastos menores e imprevistos originados por la puesta en escena del referido espectáculo. -------------Artículo 2º - La erogación a producirse será imputada a la partida 24000 “Cajas Chicas”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. – Secretaría General, del Presupuesto de Gastos vigente. Fuente de Financiamiento 131 – Recursos Afectados de Origen Municipal – Rubro de Afectación 12.2.01.05.-----------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.---Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------N° 753/2007

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00754/07 Corresponde a Expte. Nº 890/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007 Visto las diversas solicitudes de ayuda económica que ingresan al área de Acción Social; y Considerando el informe socioeconómico ambiental, realizado por la trabajadora social; y El aval prestado por la Secretaría de Desarrollo Social y el informe de la Contaduría General.---------------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago por la suma de Pesos Novecientos Veinte ($ 920,00) en concepto de ayudas económicas a las personas que se detallan a continuación: • Contreras, Myriam – DNI. 27.605.610 $ 120,00 • Casanova, Alicia – DNI. 16.450.665 $ 120,00 • Alvárez, Ana – DNI. 13.114.872 $ 200,00 • Gayoso, Jesús – L.E. 5.385.225 $ 480,00 Cobra: Echequin, Ricardo – DNI. 13.244.568 Total $ 920,00 Artículo 2º- La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 5.1.4.0. "Ayudas Sociales a personas” dentro de la clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02. – Secretaría de Desarrollo Social, Programa 28 – Desarrollo Social, Actividad 3 – Ayuda Social Directa del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------Nº 754/2007

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Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00755/07 Corresponde Expte. Nº 820/00/2007 Tandil, 19 de Marzo de 2007. Visto que por razones de servicio agentes de distintas áreas Municipales debieron trabajar fuera de su horario habitual; y Considerando que debe proceder a abonarse el trabajo realizado, en concepto de tareas especiales; El informe de la Dción. de Personal y la Contaduría General; El presente acto administrativo como excepción al Artículo 3º) del Decreto Nº 5.360 y dentro del marco de la Ley 11.757 - Art. 14 - Inc. P).----------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º) Autorízase a otorgar, por el período comprendido entre el 07 de enero y el 09 de marzo inclusive, ambos de 2007, un adicional por “Dedicación Horaria Transitoria”, a los agentes que más abajo se detalla y por el porcentaje que para cada caso se menciona, ascendiendo el monto total a erogar a la suma de Pesos Once Mil Setecientos Cincuenta y Cinco con Veinticinco Centavos ($ 11.755,25): Legajo 7910 7978 4064 7792 5581 7813 624 7874 4367

Repartidor DI PAOLA POMPEYA IBARRA PABLO G. LAPANO LIDIA GILABERT GERMAN BUSTAMANTE SUSANA CHOPA MARCELO FESEMBECK PEDRO SAPORITI WALTER F. OXOBY JAVIER E,

Porcentaje 31.41 10.57 18.20 20.66 15.55 21.17 30.25 21.43 16.65

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Total 224.25 75.50 199.25 147.50 136.75 173.00 266.00 109.00 182.25

6420 3308 8213 9056 7755 5315 6275 4905 6634 6064 7785 5897 7751 4441 5115 7664 4129 5733 7857 4780 5459 532 7639 7757 5976 5827 4605 8190 7178 6160 5295 7348 6182 6494 4882 8156 8214 7620 3625 8427 7303 8509 6010 3256 6568 7761 6181 5135 4949 4937

DEL ORO ANA MARIA GURRUCHAGA JUAN CELA MATIAS LECUONA TAMARA MENDES ALEJANDRA BALLESTEROS PATRICIA ARRIEN EVANGELINA ARTAZA RAUL CONDE ISIDORA ESTER LINARES GRACIELA TOLOSA ESTELLA PINEDA RAMON OSCAR CEJAS CLAUDIA BELIZAN CLAUDIA ROBERTI CESAR SOUTHWELL ANDREA D. LAPERA CLAUDIO RICARDO DEL COLLADO OSCAR NACARATTI ARIEL BARRAZA NANCY BERNAOLA MARIA CORONEL NORMA VAZQUEZ MARIELA SORIA ANA TESTA SANDRA ROLANDO WALTER ISTILLARTE ERNESTO CAMPOS VANESA ROLDAN SANDRA ROSSI ANA CAROLINA GILABERT CLAUDIA FERNANDEZ GUILLERMINA PEREZ LUIS PALAZZO MARIA LUISA ABRAHAN RICARDO MARETOLI LAURA ERDOCIA CESAR A. TARRES ROMINA CARESIA LUIS MINEO SANDRA BILBAO ALICIA MABEL RESER CECILIA CALDERON MARTA ANGELICA DEPOLLIER ELSA BEATRIZ IBARRA VICTOR CASSAROTTI LUIS ATILIO SOUTO LUIS ALBERTO BARRIO DANTE HUGO LABADIE HECTOR MAYA MARTA

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14.74 35.22 37.73 10.50 14.50 15.07 11.59 14.84 17.59 10.39 17.53 44.24 17.61 25.05 14.27 21.99 19.93 23.12 19.57 13.79 19.50 14.70 19.15 11.35 15.16 19.03 17.12 27.07 28.96 13.31 26.73 13.27 20.90 12.77 15.45 21.39 28.28 14.40 29.95 37.45 23.09 22.30 23.40 10.13 21.39 31.62 20.76 19.71 27.31 21.08

120.50 251.50 201.75 75.00 108.25 165.00 94.75 130.50 143.75 113.75 93.75 249.25 125.75 220.25 125.50 157.00 175.25 130.25 139.75 121.25 139.25 129.25 136.75 99.75 108.25 107.25 122.25 144.75 206.75 117.00 235.00 145.25 149.25 112.25 126.25 152.75 151.25 77.00 244.75 200.25 123.50 119.25 119.00 82.75 152.75 225.75 148.25 140.75 195.00 150.50

4941 4449 6389 5340 6537 4474 5579 5568 6285 5633 7772 8504 7777 5446 8188 8313 8314 8037 8357

SOSA ADOLFO MULAZZI MARIA INES MIQUEO ISABEL PALAVECINO ANGEL PENALBA JOSE PINA MARIA TERESITA RAINIERI MONICA RAINIERI LILIANA LUNA SILVANA PAPINI EDUARDO RODRIGUEZ DARIO ORDENES ENRIQUE CABALLERO DANIEL BERISIARTUA GUTMAN LUJAN COTABARREN CECILIA RODRIGUEZ MELISA QUIROGA VANESA FREIRIA MARTÍN

36.80 17.26 18.56 21.81 16.96 22.41 22.15 11.58 20.24 17.15 40.73 19.70 26.47 24.23 24.87 14.54 27.07 11.27 50.21

262.75 151.75 132.50 238.75 102.00 160.00 194.75 126.75 144.50 128.00 224.00 93.75 159.25 133.25 133.00 77.75 144.75 60.25 268.50

Artículo 2º) La erogación a producirse será imputada a las Partidas 1.3.1.3. “Por Dedicación Horaria Transitoria” dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02 – Secretaría de Desarrollo Social, 1.1.1.01.03.- Secretaría de General, 1.1.1.01.04. Secretaría de Economía y Administración, 1.1.1.01.05 – Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, 1.1.1.01.06. – Secretaría de Desarrollo Local, 1.1.1.01.10. Secretaria Legal y Técnica, del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º ) El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º) REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Dción de Personal del Ente Descentralizado, Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Dción. de Personal de la Municipalidad, y oportunamente archívese.--------------------------------------------------------------------Nº 755/2007

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ Decreto Nº 00756/07 Corresponde a Nota N°1789/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007. VISTO La necesidad de gestionar los pases a planta permanente de todos aquellos agentes que se desempeñan dentro de la Planta Temporaria en carácter de mensualizados y que cuentan con 1 año de antigüedad en dicha condición y CONSIDERANDO Que para ello es necesario realizar el acto administrativo correspondiente Por todo ello: EL ENTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA: Artículo 1° Pasar a planta permanente a los siguientes agentes dependientes del Hospital Municipal Ramón Santamarina: Legajo Personal

Fecha Ingreso

Apellido y Nombre

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Fecha Pase a Pta. Pte.

10385 10390

Gómez, Pablo Andrés Rivas, Mabel Ruth

12-12-2005

01-03-2007

03-01-2006

01-03-2007

Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General. Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. Nº:756/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00757/07 Corresponde Nota NºExpte. N°534/2007.

Tandil, 19 de Marzo de 2007

VISTO: La nota presentada por la Directora de Cultura; y CONSIDERANDO: Que el día 28 de julio del corriente año, se celebrará el Día del Payador. Que este notable arte popular es una expresión artística y genuina del patrimonio cultural bonaerense Que el payador fue el primer artista que recorrió, en gira, los pueblos de la provincia, no conociéndose, hasta los primeros años de este siglo, otro cancionero que el interpretado por los payadores, y que el Estilo, la Milonga y la Cifra eran el verdadero y único Canto Nacional aceptado por todas las poblaciones argentinas sin excepción.

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Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º- Declárase de INTERÉS MUNICIPAL el “Día del Payador”, a llevarse a cabo el día 28 de julio del corriente año. Artículo 2º- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General. Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tome nota Dirección de Cultura quién notificará a los requirentes, y oportunamente archívese.

Nº 757/2007 _____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00758/07 Corresponde a Expte. N°886/2007 Tandil, 19 de marzo de 2007.

VISTO: La nota presentada por la Directora de Cultura; y CONSIDERANDO: Que los días 12 y 13 de mayo del corriente año, se realizará en nuestra ciudad el Tercer Encuentro Regional de Terapias Holísticas. Que en este habrá talleres vivenciales manejado por profesionales locales, conferencias, exposiciones y stands nacionales.

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Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º- Declárase de INTERÉS MUNICIPAL el “Tercer Encuentro Regional de Terapias Holísticas” a llevarse a cabo los días 12 y 13 de mayo en el Salón KI del Complejo MICLUB. Artículo 2º- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General. Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tome nota Dirección de Cultura, quien notificará a los requirentes, y oportunamente archívese.

Nº 758/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00759/07

Corresp. Nota Nº: 1855/2007 Tandil, 19 de marzo de 2007. VISTO: La documentación presentada por la ASOCIACIÓN CIVIL “ TRANSITO SEGURO Y ORDENADO” CONSIDERANDO:

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Que el objeto social de la Entidad tiene relación con actividades educativas, sociales, culturales, etc. que resultan de sumo interés para el Municipio, Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º - Reconocer como Entidad de Bien Público e inscribir en los Registros de esta Municipalidad a la ASOCIACIÓN CIVIL “TRANSITO SEGURO Y ORDENADO”, con sede en la Garibaldi Nº 1168 de la ciudad de Tandil. Artículo 2º- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General. Artículo 3º : Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Notifíquese por la Secretaría Legal y Técnica a través del Área de Personas Jurídicas y oportunamente archívese.

Nº:759/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00760/07 Tandil, 19 de Marzo de 2007 VISTO: Lo solicitado por el Sr. Martin Adrian CHACHERO, en relación a la exigencia de documentación de obra para obtener la habilitación de comercios, o radicación de industrias y/o demás actividades lucrativas de la ciudad de Tandil; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 444/05 y sus ampliatorios Nº2240/05 y 418/2006 y 2226/06 el Departamento Ejecutivo ha otorgado una franquicia temporaria de 180 (ciento ochenta) días para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra correspondiente del edificio a destinar a la actividad comercial.

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Que la franquicia establecida en el Decreto Nº 444/2005 y sus ampliatorios Nº 2240/05 418/2006 y 2226/06 no constituye una excepción a las normas administrativas de habilitación vigentes, sino una franquicia temporaria, sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias que permitan el control de funcionamiento de las actividades, que debe ejercer esta Municipalidad, a través del área de Inspección General Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL D E C R E T A: Artículo 1º - Otórgase un plazo de 180 días (ciento ochenta días) a el Sr. Martín Adrián CHACHERO DNI 24.518.218 para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra para la obtención del Certificado de Uso de Suelo del edificio sito en calle Avellaneda Nº 745 de esta ciudad, con la finalidad de habilitar una actividad comercial sujeta al contralor Municipal, y sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias. Artículo 2º- Otórgase un permiso precario para el funcionamiento de la actividad comercial a desarrollarse en el edificio sito en calle Avellaneda Nº 745 de esta ciudad, por un plazo de 180 días desde la fecha de emisión del Uso de Suelo conforme, al término del cual deberá estar indefectiblemente regularizada la situación por la cual se otorgó la franquicia establecida en el Art. 1º del presente Acto Administrativo, a efectos de poder otorgarse su habilitación definitiva. Artículo 3º- Dispóngase la clausura del local comercial y por consiguiente el cese de la actividad comercial, en caso de incumplimiento de la obligación de regularizar la situación por la cual se otorgó la autorización para funcionar, hasta tanto no se otorgue el correspondiente Certificado Final de Obra del edificio mencionado en el artículo 1º, y pueda ser levantada la clausura dispuesta. Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General. Articulo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese. Tomen nota la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, los Departamentos de Ordenamiento Territorial y de Obras Privadas, la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección de Bromatología y Dirección de Inspección General. Nº 760/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00761/07 Tandil, 19 de marzo de 2007 VISTO: Lo solicitado por Neumáticos Valicente S.A, en relación a la exigencia de documentación de obra para obtener la habilitación de comercios, o radicación de industrias y/o demás actividades lucrativas de la ciudad de Tandil; y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 444/05 y sus ampliatorios Nº2240/05 y 418/2006 y 2226/06 el Departamento Ejecutivo ha otorgado una franquicia temporaria de 180 (ciento ochenta) días para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra correspondiente del edificio a destinar a la actividad comercial. Que la franquicia establecida en el Decreto Nº 444/2005 y sus ampliatorios Nº 2240/05 418/2006 y 2226/06 no constituye una excepción a las normas administrativas de habilitación vigentes, sino una franquicia temporaria, sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias que permitan el control de funcionamiento de las actividades, que debe ejercer esta Municipalidad, a través del área de Inspección General Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL D E C R E T A: Artículo 1º - Otórgase un plazo de 180 días (ciento ochenta días) a Neumáticos Valicente S.A para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra para la obtención del Certificado de Uso de Suelo del edificio sito en calle Maipú Nº 723 de esta ciudad, con la finalidad de habilitar una actividad comercial sujeta al contralor Municipal, y sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias. Artículo 2º- Otórgase un permiso precario para el funcionamiento de la actividad comercial a desarrollarse en el edificio sito en calle Maipú Nº 723 de esta ciudad, por un plazo de 180 días desde la fecha de emisión del Uso de Suelo conforme, al término del cual deberá estar indefectiblemente regularizada la situación por la cual se otorgó la franquicia establecida en el Art. 1º del presente Acto Administrativo, a efectos de poder otorgarse su habilitación definitiva. Artículo 3º- Dispóngase la clausura del local comercial y por consiguiente el cese de la actividad comercial, en caso de incumplimiento de la obligación de regularizar la situación por la cual se otorgó la autorización para funcionar, hasta tanto no se otorgue el correspondiente Certificado Final de Obra del edificio mencionado en el artículo 1º, y pueda ser levantada la clausura dispuesta. Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General.

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Articulo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese. Tomen nota la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, los Departamentos de Ordenamiento Territorial y de Obras Privadas, la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección de Bromatología y Dirección de Inspección General. Nº 761/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00762/07

Corresponde a Nota N°2836/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007. VISTO: Que la agente Sra. MARÍA MAGDALENA CENA, Legajo Personal Nº 10040 presentó un nuevo certificado médico hasta el 18 de Marzo de 2007 y

CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el articulo 46 de la Ley 11.757 puede hacer uso de Licencia Especiales con Goce Integro de haberes por causas no previstas en dicho estatuto Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Otórguese a la agente MARÍA MAGDALENA CENA, L.P. nº 10040, la ampliación de la Licencia Especial con Goce Integro de Haberes con cargo al Art. 46) de la Ley 11.757 por el periodo comprendido desde el 17 de Febrero de 2007 hasta el 18 de Marzo de 2007, ambos inclusive.

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Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General. Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. Nº:762

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00763/07

Corresponde a Nota N°2834/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007. VISTO: La extensión de la licencia por motivos particulares, sin goce de haberes solicitada por la agente, Sra. ALEJANDRA CONTRERAS- Legajo Personal nº 10269 y;

CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el artículo 46º) de la Ley 11757 puede hacer uso de licencia sin goce de haberes por el termino de hasta un año. Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Extiéndase la licencia sin goce de haberes a la agente Sra. ALEJANDRA CONTRERAS, Legajo Personal nº 10269, Personal de Enfermería- Enfermera “C” 03.08.04.1448hs. semanales del Hospital Municipal Ramón Santamarina, a partir del 01 de Mayo de 2007 por el término de treinta (30) días. Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General

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Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. Nº:763/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00764/07

Corresponde a Nota N°2837/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007. VISTO : Que la agente Sra. YOLANDA MABEL MERLO, Legajo Personal Nº 4340 presentó un nuevo certificado médico hasta el 26 de Marzo de 2007 y

CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el articulo 46 de la Ley 11.757 puede hacer uso de Licencia Especiales con Goce Integro de haberes por causas no previstas en dicho estatuto Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Otórguese a la agente YOLANDA MABEL MERLO, L.P. nº 4340, la ampliación de la Licencia Especial con Goce Integro de Haberes con cargo al Art. 46) de la Ley 11.757 por el período comprendido entre el 25 de Febrero de 2007 y el 26 de Marzo de 2007, ambos inclusive.

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Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. Nº:764/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00765/07

Corresponde a Nota N°2838/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007. VISTO: La vacante producida por la baja por acogerse al beneficio jubilatorio de la agente SOFÍA VILLANUEVA, y que la Sra. MIRTA JACQUELINE CORONEL, DNI 22.282.255, ha dado cumplimiento a los requisitos de admisibilidad e ingreso y CONSIDERANDO: Que para ello es necesario el dictado del presente acto administrativo Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Designase a la Srta.. MIRTA JACQUELINE CORONEL, D.N.I. Nº 22.282.255, en el cargo de MUCAMA-06-02-05-10- 40 hs. Semanales, en la Planta Temporaria de Personal Mensualizado, a partir del 01 de Marzo de 2007. Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General. Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.

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Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. Nº:765/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00766/07

Corresponde a Nota N°2839/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007. VISTO: Las necesidades del Servicio de Laboratorio del Ente, y que la agente GLADYS ESTHER RIVAS, L.P. Nº 10402, ya fue designada para realizar reemplazos en dicho servicio y CONSIDERANDO: Que para ello es necesario el dictado del presente acto administrativo Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Extiéndase la designación de la agente GLADYS ESTHER RIVAS-L.P. Nº 10402TÉCNICO DE LABORATORIO “A”-03-12-02-13- 48hs. Semanales, dentro de la Planta de Personal Temporario con carácter de mensualizado, desde el 1º de Abril de 2007 y por el término de un (1) mes. Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por Secretaría General. Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese.

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Nº:766/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00767/07 Corresponde a Nota N°2845/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007. VISTO:

La solicitud de interrupción de licencia sin goce de haberes por motivos de indole personal solicitada por la Dra. Delicia Cesio LP 8034 a partir del día 1º de mayo de 2007 y

CONSIDERANDO: Que cuenta con la conformidad de la Dirección Médica y Administrativa del Hospital Ramón Santamarina y Que es imprescindible el dictado del presente acto administrativo Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Interrumpase la licencia sin goce de haberes a la Dra. DELICIA CESIO LP 8034, a partir del día 1º de mayo de 2007 según Carrera Profesional .

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Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario General. Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. Nº:767/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00768/07 Corresponde a Nota N°2840/2007. Tandil, 19 de marzo de 2007. VISTO: La solicitud emanada por el Dr. Maximiliano de Rodrigo DNI 24.699.702 en carácter de medico reemplazante de guardia en el Servicio de Emergencias Medicas en la especialidad de Cirugía General, siendo avalada por el Jefe de Servicio y CODEI y; CONSIDERANDO: Que cuenta con el aval de la Dirección Médica y la Dirección Administrativa del Hospital Ramón Santamarina Que es imprescindible la realización del presente acto administrativo--Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL D ECRETA: Artículo 1°: Desígnese al Dr. Maximiliano de Rodrigo DNI 24.699.702 en carácter de medico reemplazante de guardia en el Servicio de Emergencias Medicas a partir del día 1º de febrero de 2007. Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario General Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese.

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Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. Nº:768/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00769/07 Corresponde a Expte. Nº 854/00/2007 Tandil, 19 de marzo de 2007 Visto la realización de las IV Jornadas Técnicas del Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales – Ce.A.T.S. en la ciudad de Paraná – Entre Ríos, entre los días 28; 29 y 30 de marzo del corriente año, a las que concurrirá el Secretario de Economía y Administración; y Considerando El gasto derivado del mismo y que al respecto se ha expedido la Contaduría General.----------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General, a extender Orden de Pago a favor de MARAN S.A. – C.U.I.T. 33-68110008-9, por la suma de Pesos Ochocientos Cuarenta y Seis ($ 846,00), en concepto de gastos derivados de alojamiento del Secretario de Economía y Administración, Cr. Matías Civale durante su estadía en la ciudad de Paraná – Entre Ríos donde concurrirá en representación de esta Municipalidad para asistir a las IV Jornadas Técnicas del Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales – Ce.A.T.S.-----------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º - La erogación a producirse será imputada a la partida 3.4.7.0. “Servicios de Hotelería”, dentro de la Clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.04. – Secretaría de Economía y Administración, Actividad 01 – Administración Financiera del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------------------------------------------------

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Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.----Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Secretaria General, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------Nº. 769/2007.

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00770/07 Corresponde a Nota Nº 1866/2006 Tandil, 19 de marzo de 2007 Visto Que A.PRO. NO. VID. (Asociación Pro Ayuda al no Vidente y Disminuido Visual) solicita un subsidio para atender gastos de funcionamiento de la Institución); y Considerando Que al respecto se ha expedido la Dción. de Presupuesto y la Contaduría General.-----------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago, con cargo de rendición de cuentas, a favor de A.PRO.NO.VID (Asociación Pro Ayuda al no Vidente y Disminuido Visual), por la suma de Pesos Cincuenta y Nueve con Cincuenta y Ocho Centavos ($ 59,58), en concepto de subsidio otorgado a la Institución para atender gastos de funcionamiento.-----------------------------------Artículo 2º - La erogación a producirse será imputada a la Partida 5.1.7.0 “Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro” y dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.01 – Conducción

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Superior, Actividad 01 – Conducción de la Gestión, Subactividad 01 – Gestión Administrativa del Presupuesto de Gastos vigente.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º - Insístese ante Contaduría General la erogación dispuesta en este acto administrativo, a efectos de lo que, al respecto, prescribe el artículo 186º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.---Artículo 4º - El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Desarrollo Social.---------------Artículo 5º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, y oportunamente archívese.---------------------------------------------------------------Nº 770/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00771/07 Corresponde a Nota Nº 2150/2007 Tandil, 19 de marzo de 2007 Visto que el Consejo Escolar Tandil, tramita el pago de la factura correspondiente al consumo de gas natural del período 01/07, de la Panadería San Mateo, Considerando La Ordenanza Nº 8746 que convalida el Convenio celebrado oportunamente; El informe de la Dción. de Presupuesto y la Contaduría General.------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º- Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago, a favor del Consejo Escolar Tandil por la suma de Pesos Doscientos Cincuenta y Siete con Ocho Centavos ($

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257,08) con cargo de rendición de cuentas, en concepto de apoyo financiero para atender gastos derivados del funcionamiento de la panadería San Mateo – consumo de gas natural período 01/07, de acuerdo al convenio oportunamente suscripto – Ordenanza 8746.--------------------------------------------------------Artículo 2º - La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 5.1.4.0. "Ayudas Sociales a personas” dentro de la clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02. –Secretaría de Desarrollo Social, Programa 28 – Desarrollo Social, Actividad 3 – Ayuda Social Directa del Presupuesto de Gastos en vigencia.---------------------------------------------------------Artículo 3º- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.----Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNÍQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------N° 771/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00772/07 Corresponde a Nota Nº 515/2007 Tandil, 19 de marzo de 2007 Visto la solicitud de ayuda económica que ingresó al área de Acción Social; y Considerando el informe socioeconómico ambiental, realizado por la trabajadora social; y El aval prestado por la Secretaría de Desarrollo Social y el informe de la Contaduría General.----------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA

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Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago a favor de Miguel Pagnacco S.A., por la suma total de Pesos Setecientos Veintitrés con Sesenta Centavos ($ 723,60) en concepto de subsidio otorgado al Sr. Daniel Díaz Molina– DNI. 25.884.892 en carácter de ayuda económica para la adquisición de materiales de construcción que serán utilizados en su vivienda familiar.----------Artículo 2º- La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 5.2.1.0. "Ayudas Sociales a Personas” dentro de la clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.01. – Conducción Superior, Actividad 01 – Conducción de la Gestión, Subactividad 01 –Gestión Administrativa del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------N° 772/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00773/07 Corresponde Nota 2393/00/2007. TANDIL, 19 de marzo de 2007 Visto SOC. CIVIL ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (O.S.D.E.) Filial Tandil, solicita la exención de la Tasa Unificada de Actividades Económicas, correspondiente al presente ejercicio; Que la institución solicitante se encuentra inscripta con la partida: 7.340/000, desarrollando la actividad de obra social;y Considerando favorables emitidos por la Dirección de Asuntos Legales, agregados a notas 1823/2000 y 1041/2003; La documentación presentada por la institución solicitante;

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Lo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente, en su Capítulo 90º, Inc. 3 “Exenciones”, Apartado 3.6..------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º) Exímase a la ASOC. CIVIL ORGANIZACIÓN DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS (O.S.D.E.) Filial Tandil, del pago de la Tasa Unificada de Actividades Económicas, en la cual se encuentra inscripta baja la Partida Nº 7.340/000, según lo establecido por el art. 90º, inc. 3, Apartado 3.6. de la Ordenanza Fiscal en vigencia.-------------------------------------------Artículo 2º) El beneficio otorgado mediante el artículo 1º del presente, tendrá vigencia por el ejercicio fiscal corriente. ------------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º) El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º) REGISTRESE, COMUNIQUESE, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente archívese.-------------------------Nº 773/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00774/07 Correspondiente Exp. 1593/00/2007 TANDIL, 19 de marzo de 2007 Visto que la ASOC. DE MARCAPASOS DE TANDIL, solicita la exención de la Tasa Unificada de Actividades Económicas, Tasas Retributiva de Servicios y Servicios Sanitarios correspondientes al inmueble de su propiedad ubicado en L.N.Alem Nº 1510 de Tandil, para el ejercicio 2007; Que la institución solicitante se encuentra inscripta con la partida: 18.812/000, a partir del 1 de Septiembre de 2000; Que la institución mencionada a presentado la documentación exigida a en el marco de la reglamentación vigente a efectos del

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otorgamiento de dichos beneficios, la cual se encuentra agregada en Notas 8653/00/2001 y 4565/00/2004; y Considerando que de los antecedentes obrantes en dichas actuaciones surge los principios y propósitos para los cuales ha sido creada y que los objetivos y finalidades de la institución no tienen fines de lucro; Lo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente, en su Capítulo 90º, Inc. 3 “Exenciones”, Apartado 3.6.1. y lo dispuesto por la Ordenanza 9321/04; El Decreto 809/2001 y el dictamen de la Dirección de Asuntos Legales, agregado a nota 8653/2001.-----------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º) Exímase a la ASOCIACION DE MARCAPASOS DE TANDIL, del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene, en la cual se encuentra inscripta baja la Partida Nº 18.812/000, por el ejercicio 2007, según lo establecido por el art. 90º, inc. 3, Apartado 3.6.1. de la Ordenanza Fiscal en vigencia.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º) Exímase en un 100% a la ASOC. DE MARCAPASOS DE TANDIL, del pago de las Tasas Retributiva de Servicios, Servicios Sanitarios y Contribuciones por Mejoras del año 2007, Partidas: 10.672/000 y 4.947/000, correspondientes al inmueble de su propiedad, ubicado en L.N.Alem Nº 1510, conforme lo establecido en la Ordenanza en vigencia 9321/04. -------------------Artículo 3º) El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración..-----------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 4º) REGISTRESE, COMUNIQUESE, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente archívese.-------------------------Nº 774/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00775/07

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Corresponde Nota 14734/00/2006. TANDIL, 19 de marzo de 2007 Visto que la ASOC. CIVIL RINCON SOLIDARIO, solicita la renovación de la exención de la Tasa de Seguridad e Higiene, para el ejercicio 2007; Que la institución solicitante se encuentra inscripta con la partida: 19.391/000; Que la misma a presentado la documentación exigida a en el marco de la reglamentación vigente a efectos del otorgamiento de dicho beneficio; y Considerando que de la documentación presentada surge que los objetivos y finalidades de la institución no tienen fines de lucro, cumpliendo con los principios y propósitos para los cuales ha sido creada; Lo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente, en su Capítulo 90º, Inc. 3 “Exenciones”, Apartado 3.6.-------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º) Exímase a la ASOC. CIVIL RINCON SOLIDARIO, del pago de la Tasa de Seguridad e Higiene, en la cual se encuentra inscripta baja la Partida Nº 19.391/000, según lo establecido por el Art. 90º, inc. 3, Apartado 3.6. de la Ordenanza Fiscal en vigencia.------------------------------------------Artículo 2º) El beneficio otorgado mediante el artículo 1º del presente tendrá vigencia por el ejercicio fiscal corriente. ------------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º) El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º) REGISTRESE, COMUNIQUESE, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente archívese.-------------------------Nº 775/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00776/07 Corresponde a Nota Nº 07/02570/00 Tandil, 19 de marzo de 2007 Visto Que el contribuyente ha solicitado en la nota agregada al presente, la unificación de sus cuentas en una cuenta madre, con la finalidad de facilitar el procedimiento de pago de la Tasa Unificada de Actividades Económicas.---------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º) Autorizase a la Dirección de Rentas a Finanzas a liquidar la tasa Unificada de Actividades Económicas en una única cuenta principal que aglutine todas las cuentas del contribuyente, que se considerarán sucursales según el siguiente detalle: CTA. PRINCIP

SUC.

21903/000 22183/000

CUIM

TITULAR

COMERCIO

Nº NOTA

RUBROS

27-24498579 Marisco Karina P.

9 de Julio Nº 795

Prendas de Vestir Zapatería y Zapatillerías

2570/07

27-24498579 Marisco Karina P.

9 de Julio Nº 509

Prendas de Vestir

2570/07

Artículo 2º) La cuenta principal tributará la tasa en función de la mayor alícuota , mínimo o valor fijo del grupo de cuentas que posea el contribuyente, según corresponda.--------------------------------------Artículo 3º) Autorizase a la Dirección de Rentas y Finanzas a modificar o dar de baja las cuotas devengadas en las cuentas afectadas, según cada caso particular.--------------------------------------------Artículo 4º) El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Administración.------------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 5º) Regístrese, Comuníquese, dése al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, tomen nota Dirección. de Rentas y Finanzas, Contaduría General, Dirección de Presupuesto, Tesorería Municipal, Departamento de Control, Delegaciones Municipales de Vela y Gardey y oportunamente archívese.-------------------------------------------------------------------------------Nº 776/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00777/07 Corresponde a Nota Nº 2826/2007. TANDIL, 19 de marzo de 2007 Visto la ASOC. PRO AYUDA AL NO VIDENTE Y DISMINUIDO VISUAL, solicita la renovación de la exención de la Tasa Unificada de Actividades Económicas, para el ejercicio 2007, Que la institución solicitante se encuentra inscripta con la partida: 17.970/000, Que la misma a presentado la documentación exigida a en el marco de la reglamentación vigente a efectos del otorgamiento de dicho beneficio, la cual se encuentra agregada a los expedientes 1534/00/2003, 726/00/2004 y Notas 5257 y 7017/2004; y Considerando que de la documentación presentada surge que los objetivos y finalidades de la institución no tienen fines de lucro, cumpliendo con los principios y propósitos para los cuales ha sido creada, Lo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente, en su Capítulo 90º, Inc. 3 “Exenciones”, Apartado 3.6.-------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º) Exímase a la ASOC. PRO AYUDA AL NO VIDENTE Y DISMINUIDO VISUAL, del pago de la Tasa Unificada de Actividades Económicas, en la cual se encuentra inscripta baja la Partida Nº 17.970/000, según lo establecido por el art. 90º, inc. 3, Apartado 3.6. de la Ordenanza Fiscal en vigencia.---------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º) El beneficio otorgado mediante el artículo 1º del presente tendrá vigencia por el ejercicio fiscal corriente. ------------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º) El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º) REGISTRESE, COMUNIQUESE, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente archívese.-------------------------Nº 777/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00778/07 Corresponde Nota 10169/00/2006 Tandil, 19 de marzo de 2007 Visto establecido en la Ordenanza 9321/04 y lo dispuesto por Ordenanza 9584/05 ambas en vigencia;y Considerando de exención de tasas municipales, correspondientes al inmueble de su propiedad ubicado en Avellaneda Nº 658 de la localidad de María Ignacia Vela, presentada por el CENTRO VELENSE DE JUBILADOS Y PENSIONADOS; Que el inmueble fue adquirido por la institución según Actuación Notarial rubricada por el Esc. Nicolás Pizzorno, de fecha 19/11/1997; Que según Resolución 0349 dictada por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, la institución obtuvo su inscripción en el mes de Febrero de 2005; Que la solicitante ha cumplido con la presentación de la documentación exigida, la cual se encuentra agregada a Nota 6388/2006 y 10169/06; El dictamen emitido por la Asesoría Legal.-------------------------------Por ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º) Exímase en un 100%, al CENTRO VELENSE DE JUBILADOS Y PENSIONADOS, del pago de la Tasa Retributiva de Servicios y Contribuciones por Mejoras, correspondiente al inmueble de su propiedad ubicado en Avellaneda Nº 658 de María Ignacia Vela, Nomenclatura Catastral Circ. VI Secc. D Manz. 93 Parcela 6 A – Partida: 42.581/000, por el período comprendido entre el 01/03/2005 al 31/12/2006 inclusive.--------------------------------------------------------------------Artículo 2º) El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 3º) REGISTRESE, COMUNIQUESE, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y

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oportunamente archívese.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nº 778/2007

A CI N E D N E T N I

Cr. MATIAS R. CIVALE Secretario de Economía y Administración

MUNICIP AL D E T A N D IL

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00779/07 Corresponde a Nota Nº 1711/07 TANDIL, 19 de marzo de 2007 VISTO: La solicitud de designación de dos agentes para desempeñarse como inspectores de tránsito, efectuada por el Director de Inspección General y Tránsito; y CONSIDERANDO: Que se han expedido las Direcciones de Personal y Presupuesto, según informes que lucen a fs. 6 y 8 respectivamente; Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1º - Desígnase a los señores Germán Guillermo Gramuglia –DNI 22.086.767- y Guillermo Daniel Nolasco de la Madrid –DNI 26.107.306- dentro de la Planta Temporaria de la Dirección de Inspección General y Tránsito, en carácter de mensualizados, con remuneración equivalente a la fijada para la categoría 34 “Administrativo A régimen de 48 horas semanales” del escalafón vigente para el personal mensualizado, por el período comprendido entre el 1º y el 31 de marzo del corriente año. Artículo 2º.- A partir de la designación dispuesta en el artículo precedente, el agente Nolasco de la Madrid cesará en su condición de pasante.Artículo 3º - El egreso respectivo se deberá apropiar a las partidas 1.2.1.1. “Personal Mensualizado” y demás específicas del inciso Gastos en Personal, dentro de la clasificación institucional 1 –Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. –Administración Municipal, 1.1.1. –Administración Central, 1.1.1.01. –Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03. –Secretaría General – Programa 20 – Inspección y Control Ciudadano, Actividad 02 -Control del Tránsito, del Presupuesto de Gastos vigente.

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Artículo 4º - Insístese ante Contaduría General la erogación dispuesta por el presente en virtud de lo establecido en el artículo l86 de la Ley Orgánica Municipal. Artículo 5º.- El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario General. Artículo 6º - REGISTRESE, NOTIFIQUESE por Dirección de Inspección General y Tránsito; tomen conocimiento Dirección de Presupuesto, Contaduría General, y pase a la Dirección de Personal para su archivo definitivo. Nº 779/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00780/07

Corresponde a Nota 2792/07 TANDIL, 20 de Marzo de 2007 VISTO: La presentación efectuada por la agente María Carla Mucklowe, informando sobre su imposibilidad de cumplimentar el régimen de 35 horas semanales; y CONSIDERANDO: Que ha prestado conformidad el Secretario de Desarrollo Social a fojas 3 de la presente; Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1º - Redúzcase de 35 a 30 horas el régimen horario semanal de la agente María Carla Mucklowe –legajo 7797- a partir del 1º de abril de 2007.Artículo 2º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario General. Artículo 3º - REGISTRESE, NOTIFIQUESE por Secretaría de Desarrollo Social, tomen conocimiento Contaduría General, Dirección de Presupuesto, y pase a la Dirección de Personal para su archivo definitivo. Nº 780/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00781/07

Corresponde a Nota 2793/07 TANDIL, 20 de marzo de 2007 VISTO: La presentación efectuada por la agente María Cristina Fernández, informando sobre su imposibilidad de cumplimentar el régimen de 35 horas semanales; y CONSIDERANDO: Que ha prestado conformidad el Secretario de Desarrollo Social a fojas 3 de la presente; Por todo ello EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1º - Redúzcase de 35 a 30 horas el régimen horario semanal de la agente María Cristina Fernández –legajo 7960- a partir del 1º de abril de 2007.Artículo 2º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario General. Artículo 3º - REGISTRESE, NOTIFIQUESE por Secretaría de Desarrollo Social, tomen conocimiento Contaduría General, Dirección de Presupuesto, y pase a la Dirección de Personal para su archivo definitivo. Nº 781/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00782/07 Corresponde a Nota Nº 844/2007 Tandil, 20 de marzo de 2007. Visto Que la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 56 “Francisco Juldain”, solicita un subsidio para atender gastos de funcionamiento de la Institución; y Considerando El aval prestado por el Secretario de Desarrollo Social y teniendo en cuenta que al respecto se ha expedido la Contaduría General.-------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago a favor de la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 56 “Francisco Juldain”, por la suma de Pesos Un Mil ($ 1.000,00), en concepto de subsidio otorgado, con cargo de rendición de cuentas, a la Institución mencionada y para atender gastos de funcionamiento.--------------------------------------------------------------------------------Artículo 2º - La erogación respectiva se imputará a la Partida 5.1.5.1. "Transferencias a Otras Instituciones de Enseñanza”, dentro de la Clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.01. – Conducción Superior, Actividad 01 – Conducción de la Gestión, Subactividad 01 – Gestión Administrativa del Presupuesto de Gastos vigente. Fuente de Financiamiento 131 – Recursos Afectados de Origen Municipal, Rubro de Afectación 12.2.14.00.-----Artículo 3º - El presente decreto será Administración.----

refrendado por el Secretario de Economía y

Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.-----------------------------------------------------------------

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N° 782/2007

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Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00783/07 Corresponde Expte. Nº 879/00/2007 Tandil, 20 de marzo de 2007 Visto la solicitud efectuada por la Secretaría de Desarrollo Social, para el otorgamiento de subsidio por el Fondo de Ayuda Solidaria, para la Sra. María Elena Astiz – DNI. 11.717.850; y Considerando las Ordenanzas Nº 7336/98; 7594/98 y 7747/99 y el Decreto Nº 7527/99; Lo informado al respecto por la Comisión de Salud y Acción Social del Honorable Concejo Deliberante, Dción. de Presupuesto y la Contaduría General --------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago a favor de Nueva Clínica Chacabuco – C.U.I.T. 30-54595734-1, por la suma de Pesos Dieciocho Mil Ochocientos ($ 18.800,00) en concepto de subsidio por el Fondo de Ayuda Solidaria, otorgado por la Comisión de Salud y Acción Social del Honorable Concejo Deliberante, avalado por la Secretaría de Desarrollo Social, a la Sra. María Elena Astiz – DNI. 11.717.850.---------------------------------------------------------Artículo 2º - La erogación a producirse será imputada a la Partida 5.1.8.0 “Subsidios Fondo de Ayuda Solidaria – Ordenanza 5972”y dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.08 – Subsecretaría de Salud, Programa 29 – Servicio de Salud, Actividad 02 - Administración y Coordinación del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio. (Fuente de Financiamiento 131) Rubro de Afectación 12.1.17.00.-----------------------------------------------------Artículo 3º - El presente Decreto será refrendado por el Administración.----

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Secretario de Economía y

Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------

N° 783/2007 _____________________________________________________________________________ A CI N E D N E T N I

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___ Decreto Nº 00784/07

Tandil, 20 de Marzo de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que el día 15 de abril del cte .año, se realizará en la localidad de María Ignacia (Vela), un baile, a partir de las 24:00 hs, hasta las 06:30 hs.

Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1°- Declárase de INTERES MUNICIPAL el “Baile”, a llevarse a cabo el día 15 de abril del corriente, en el Club Velense de la localidad de María Ignacia (Vela), organizado por la Agrupación Estudiantil Chulopatikos 08. Artículo 2°- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario General. Artículo 3°- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tome nota la Dirección de Inspección General y Tránsito, Delegación de María Ignacia (Vela), quién notificará a los requirentes, y oportunamente archívese. N° 784/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00785/07 Corresponde a Nota N°2846/2007. Tandil, 20 de marzo de 2007 VISTO

La renuncia presentada por el Dr. LEONEL PABLO MARCONI L.P. 8101 al cargo de Medico de Guardia Asistente –36hs. semanales- de la planta permanente de personal profesional en la especialidad de Ginecología y Obstetricia y,

CONSIDERANDO: Que es imprescindible el dictado del presente acto administrativo Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA: Artículo 1°: Acéptese la renuncia presentada por el Dr. LEONEL PABLO MARCONI L.P. 8101 al cargo de Medico de Guardia Asistente –36hs. semanales- de la planta temporaria de personal profesional en la especialidad de Ginecología y Obstetricia, a partir del día 11 de diciembre de 2006, según Carrera Profesional Decreto 1306/04 y sus modificatorias.

Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretaria General.

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Artículo 3º- Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Subsecretaría de Salud, Direcciones y Departamentos del Ente descentralizado Hospital Municipal Ramón Santamarina, y oportunamente archívese. Nº:785/2007

_____________________________________________________________________________

___ Decreto Nº 00786/07 Corresponde a Expte. Nº 916/2007. Tandil, 21 de marzo de 2007 Visto las diversas solicitudes de ayuda económica que ingresan al área de Acción Social; y Considerando el informe socioeconómico ambiental, realizado por la trabajadora social; y El aval prestado por la Secretaría de Desarrollo Social y el informe de la Contaduría General.---------------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago a favor del Sr. Walter Eduardo Morales – DNI. 12.063.525, por la suma de Pesos Doscientos Cincuenta ($ 250,00) en concepto de ayuda económica otorgada por la Secretaría de Desarrollo Social .--------------------------------------------Artículo 2º- La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 5.1.4.0. "Ayudas Sociales a personas” dentro de la clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02. – Secretaría de Desarrollo Social, Programa 28 – Desarrollo Social, Actividad 3 – Ayuda Social Directa del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.-

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Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------Nº . 786/2007.

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00787/07 Corresponde a Expte. Nº 918/2007. Tandil, 21 de marzo de 2007 Visto las diversas solicitudes de ayuda económica que ingresan al área de Acción Social; y Considerando el informe socioeconómico ambiental, realizado por la trabajadora social; y El aval prestado por la Secretaría de Desarrollo Social y el informe de la Contaduría General.---------------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago por la suma de Pesos Trescientos Sesenta y Uno ($ 361,00) en concepto de ayudas económicas a las personas que se detallan a continuación: • Ponce Norma Noemí – DNI. 31.999.017 $ 150,00 • Coronel Ruben – DNI. 16.712.948 $ 211,00 Total $ 361,00 Artículo 2º- La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 5.1.4.0. "Ayudas Sociales a personas” dentro de la clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02. – Secretaría de Desarrollo Social, Programa 28 – Desarrollo Social, Actividad 3 – Ayuda Social Directa del Presupuesto de Gastos vigente.---------------------------------------------------------------

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Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------Nº . 787/2007.

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00788/07 Corresponde Nota 2633/00/07 Tandil, 21 de marzo de 2007 Visto que distintos contribuyentes en carácter de ex combatientes de las acciones bélicas desarrolladas en el Atlántico Sur en 1982, solicitan la renovación de la exención de tasas municipales para el presente ejercicio; y Considerando lo establecido por Ordenanza 6489/94 y su Decreto reglamentario 4769/94; Que quienes solicitan el beneficio de exención, son considerados Veteranos de Guerra, conforme la información remitida por parte de las Fuerzas Armadas mediante nota 5032/2003.------------------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º- Exímase en un 100 % del pago de las Tasas Retributiva de Servicios, Servicios Sanitarios y contribuciones por mejoras correspondientes al año 2007, a los contribuyentes cuyas partidas se detallan a continuación, según lo establecido por la Ordenanza 6489/94 en vigencia: Contribuyente

Tasa Retributiva de Servicios

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Tasa Servicios Sanitarios

DE LA FUENTE PABLO F.

26.907/009

16.283/010

BARRERA LUIS DANIEL

26.907/020

16.283/021

MOUNHO CARLOS A.

26.907/049

16.283/050

FERRARO CARLOS ALBERTO

26.907/025

16.283/026

LOPEZ JAVIER OMAR

35.213/213

36.691/000

JORGE FRANCISCO CARLOS

15.977/000

18.833/000

VARGAS CARLOS

26.907/062

16.283/063

ARROYO HORACIO

26.907/011

16.283/012

RES JORGE ELIAS

14.533/003

15.592/003

GARCIA LEONARDO

15.254/000

10.166/000

PIRANI NATALIO

26.907/050

16.283/051

SCHINDLER JOSE

26.907/040

16.283/041

NIGRA CARLOS ALBERTO

6.514/000

14.864/000

ZANUZZI CARLOS M.

14.533/013

15.592/013

GONZALEZ LUIS ANTONIO

26.520/000

24.097/000

PIZARRO HUGO GERARDO

3.195/000

2.169/000

VIOLA LEONARDO

2.285/001

4.303/002

ARTEAGA MARCELO

21.541/050

31.250/000

VALENZUELA JORGE

3.692/000

9.842/001

Artículo 2º- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Administración.------------------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º- REGISTRESE, COMUNIQUESE, dése al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente Archívese.------------------------------------------------------------------------------------------------------------Nº

788/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00789/07 Corresponde Nota 230/2007 TANDIL, 21 de marzo de 2007 Visto que la CAMARA DE COMERCIANTES MINORISTAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA Secc. Tandil, solicita la exención de la Tasa Unificada de Actividades Económicas, correspondiente al presente ejercicio, Que la institución solicitante se encuentra inscripta con la partida: 21.832/000, para la prestación de servicios al comercio minorista; y Considerando el dictamen favorable emitido por la Dirección de Asuntos Legales, agregado a la nota 5656/06; La documentación presentada por la institución solicitante; Lo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente, en su Capítulo 90º, Inc. 3 “Exenciones”, Apartado 3.6.-------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º) Exímase a la CAMARA DE COMERCIANTES MINORISTAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA Secc. Tandil, del pago de la Tasa Unificada de Actividades Economicas, en la cual se encuentra inscripta baja la Partida Nº 21.832/000, según lo establecido por el art. 90º, inc. 3, Apartado 3.6. de la Ordenanza Fiscal en vigencia.----------------------------------------Artículo 2º) El beneficio otorgado mediante el artículo 1º del presente, tendrá vigencia por el ejercicio fiscal corriente. -------------------------------------------------------------------------------------------Artículo 3º) El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.Artículo 4º) REGISTRESE, COMUNIQUESE, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente archívese.-------------------------Nº 789/2007

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O D V E I T P U A C R E TA EJ ME de 101 NTO 115

Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00790/07

Corresponde a Expediente Nº 05-00879-00 Tandil, 21 de marzo de 2007. VISTO: las presentes actuaciones y teniendo, en cuenta lo determinado por Ley 9289/79; EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º - Incorpórase al régimen determinado por el Art.12 de la Ley 9289/79 inciso g), modificatoria de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la ejecución de la obra de Red de Cloacas en la calle POZOS 700-vereda par-cuadra incompleta-entre Costa Rica y Panama-y-COSTA RICA 00-vereda par—entre Pozos y Rivas.; obra declarada de utilidad pública y pago obligatorio para los vecinos afectados por Ordenanza Nº 9774Artículo 2º - Apruébanse las condiciones determinadas en la presentación efectuada por la Comisión Vecinal, y la Empresa COPETANGAS LIMITADA, como asimismo los contratos firmados con los vecinos frentistas. Artículo 3º - Todos los vecinos afectados por las obras que no efectuaran sus pagos dentro de los treinta días contados a partir de la fecha de vencimiento de los plazos estipulados, incurrirán en mora de pleno derecho sin necesidad de previa interpelación. En tal sentido se podrán considerar cumplidos los plazos pendientes y exigir el total de lo adeudado como si se tratara de una obligación de plazo vencido, de acuerdo al Art. Nº 46 de la sección V de la Ordenanza Obras Públicas Nº 1772/73. Artículo 4º - Apruébanse las planillas de prorrateo que correspondan a las obras objeto del presente decreto y los planos generales de detalle y cómputo métrico realizado por la Empresa COPETANGAS LIMITADAArtículo 5º - El Inspector de las obras por parte de la Municipalidad actuará en conjunto con el que designe el ente prestatario del servicio y será designado por la Subsecretaría de Planeamiento y Obras Públicas. Artículo 6º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas. Artículo 7º - Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tomen nota Dirección General de Obras Sanitarias, Contaduría General, Dirección de Rentas y Finanzas y vuelva a la dependencia mencionada en primer término para la prosecución de su trámite. Nº. 790/2007.

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI

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Intendente Municipal

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Ing. MARIO CIVALLIERI Secretario de Planeamiento y Obras Públicas

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00791/07 Corresponde a Nota Nº 2694/2007 Tandil, 22 de marzo de 2007 Visto que Personal dependiente de la Secretaría de Economía y Administración –Contaduría General, trabajó fuera de su horario habitual por estrictas razones de servicio; y Considerando Lo establecido en la Ley 11.757 - Artículo 14º Inc. p), y Lo informado por la Dirección. de Personal, la Dción. de Presupuesto y la Contaduría General.--------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Establécese para los agentes dependientes de la Secretaría de Economía y Administración que más abajo se detallan una bonificación mensual de hasta el 25% del sueldo básico de cada uno de ellos y por el período que para cada caso se indica: Contaduría General Soria, Ana – Leg. 7757 Echevarría Luciana – Leg. 7976 Mulazzi, María Inés – Leg. 4449

12/03 al 30/04/2007 01/03 al 30/04/2007 01/03 al 30/04/2007

Secretaría Legal y Técnica Palavecino Paula – Leg. 8420

05/02 al 30/04/2007

Artículo 2º - La erogación a producirse será apropiada a la Partida 1.3.1.3. “Por Dedicación Horaria Transitoria” y 1.1.3.2. “Por Extensión Horaria”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.10. – Secretaría Legal y Técnica, Actividad 01 – Administración y Coordinación del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.-----------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.-

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Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Personal y oportunamente archívese.-----------------------------------------N° 791/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00792/07

Corresponde a Expte. Nº 883/2007 Tandil, 22 de marzo de 2007 Visto que en el inmueble sito en calle Argerich 968 funciona el “Centro de Salud Barrio Palermo”; y Considerando El gasto en concepto de energía eléctrica y que al respecto se ha expedido la Contaduría General y la Dción. de Presupuesto.---------------------------------

Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago a favor de la Usina Popular y Municipal de Tandil SEM, por la suma de Pesos Sesenta y Tres con Noventa y Tres Centavos ($ 63,93) en concepto de consumo de energía eléctrica (Período 03/2007) del inmueble sito en calle Argerich 968 donde funciona la sala de Primeros Auxilios Barrio Palermo.---------------------------------Artículo 2º - La erogación a producirse será apropiada a la partida 3.1.1.0. “Transferencia a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro” dentro de la Clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.08 – Subsecretaría de Salud, Programa 33 – Atención Primaria de la Salud, Actividad 02 – Centros de Salud del Presupuesto de Gastos vigente.---Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.-

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Artículo 4º - Regístrese, Comuníquese, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, y oportunamente archívese.--------------------------------------------------------------Nº 792/2007

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00794/07

Corresponde a Expte. Nº 903/00/2006 Tandil, 22 de marzo de 2007. Visto este Depto. Ejecutivo mediante la Dirección de Deportes otorga subsidios a diferentes Instituciones deportivas; y Considerando Que al respecto se ha expedido la Dción. de Presupuesto y la Contaduría General.-----------------------------------------------------------------------------

Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago por la suma total de Pesos Quince Mil Seiscientos ($ 15.600,00) a favor de las Instituciones deportivas que mas abajo se mencionan y en concepto de subsidio otorgado, con cargo de rendición de ceuntas, a cada una de ellas y por el importe que para cada caso se consigna, para atender gastos derivados del funcionamiento de las mismas: • Asociación de Bochas Ciudad de Tandil $ 2.000,00 • Asociación Civil Club Social y Deportivo Kramer $ 1.100,00 • Asociación Tandilense de Atletas Master $ 1.500,00 • Tandil Cicles Club $ 1.000,00 • Escuela Shan Ryu Argentina de Karate y Judo $ 1.000,00

105 de 115

Asociación Tandilense de Patín 1.000,00 • Centro Aeromodelista Tandil 1.000,00 • Centro Náutico del Fuerte 2.000,00 • Uncas Rugby Club 5.000,00 Total 15.600,00

$



$ $ $ $

Artículo 2º - La erogación a producirse será imputada a la Partida 5.1.7.0 “Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro” y dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.02 – Secretaría de Desarrollo Social, Programa 16 Desarrollo Deportivo, Actividad 01 – Actividades Recreativas y Deportivas del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio. --------------------------------------------------------------------------------Artículo 3 - El presente Decreto será refrendado por el Administración.----

Secretario de Economía y

Artículo 4 - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------

Nº 794/2007

A CI N E D N E T N I

Cr. MATIAS R. CIVALE Secretario de Economía y Administración

MUNICIP AL D E T A N D IL

O D V E I T P U A C R E TA ME O EJ NT

Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00795/07

Corresponde Expte. Nº: 865/2007.

Tandil, 22 de marzo de 2007.

106 de 115

VISTO:

La nota presentada por vecinos de la calle Juan B. Justo al 100; y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario el dictado del presente acto administrativo,

Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1º - RECONÓCESE a la Comisión de la Zona de la calle Juan B. Justo al 100” , quedando conformada de la siguiente manera: Presidente:.............................. Sr. Luis GRONDONA Vicepresidente:....................... Sra. CICCIMARRA Secretario ............................... Sra. Gabriela PARRA Vocales Titulares: .................. Sra Claudia Patricia KRESSI Artículo 2º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario General Artículo 3º -Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tome nota Dirección de Inspección General, quien notificará a la Entidad requirente y oportunamente archívese. Nº: 795/2007

_____________________________________________________________________________ ___

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Decreto Nº 00796/07

Corresponde a Nota N°14828/2006. Tandil, 22 de marzo de 2007. VISTO: La solicitud de Concurrencia Ad Honorem presentada por la Lic. en Psicología Leticia Inés Moroso DNI 23.779.848 y el aval de la Jefa del servicio de Salud Mental, CODEI y Dirección Médica del Hospital Municipal Ramón Santamarina; y CONSIDERANDO:

Que dado cumplimiento a los requisitos de admisibilidad e ingreso según Carrera profesional Decreto 1306/04. Por todo ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL DECRETA Artículo 1°: Designase a la Lic. en Psicología Leticia Inés MOROSO DNI 23.779.848 en carácter de concurrente Ad-Honorem-12 hs semanales, en el Servicio de Salud Mental según Carrera Profesional Decreto 1306/04 y sus modificatorias, a partir del día 2 de enero de 2007. Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario General. Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal” y archívese. Tome nota la Subsecretaría de Salud y pase a las Direcciones y Oficinas pertinentes del Hospital Municipal Ramón Santamarina, quién notificará a los requirentes, y oportunamente archívese. N° 796/2007

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_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00797/07 Tandil, 22 de Marzo de 2007

VISTO: Lo solicitado por la Sra. Ana Claudia GUALDIERI, en relación a la exigencia de documentación de obra para obtener la habilitación de comercios, o radicación de industrias y/o demás actividades lucrativas de la ciudad de Tandil; y

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 444/05 y sus ampliatorios Nº2240/05 y 418/2006 y 2226/06 el Departamento Ejecutivo ha otorgado una franquicia temporaria de 180 (ciento ochenta) días para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra correspondiente del edificio a destinar a la actividad comercial. Que la franquicia establecida en el Decreto Nº 444/2005 y sus ampliatorios Nº 2240/05 418/2006 y 2226/06 no constituye una excepción a las normas administrativas de habilitación vigentes, sino una franquicia temporaria, sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias que permitan el control de funcionamiento de las actividades, que debe ejercer esta Municipalidad, a través del área de Inspección General

Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL D E C R E T A: Artículo 1º - Otórgase un plazo de 180 días (ciento ochenta días) a la Sra. Ana Claudia GUALDIERI DNI 20.377.221 para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra para la obtención del Certificado de Uso de Suelo del edificio sito en calle Falucho Nº 1260 de esta ciudad, con la finalidad de habilitar una actividad comercial sujeta al contralor Municipal, y sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias. Artículo 2º- Otórgase un permiso precario para el funcionamiento de la actividad comercial a desarrollarse en el edificio sito en calle Falucho Nº 1260 de esta ciudad, por un plazo de 180 días desde la fecha de emisión del Uso de Suelo conforme, al término del cual deberá estar indefectiblemente regularizada la situación por la cual se otorgó la franquicia establecida en el Art. 1º del presente Acto Administrativo, a efectos de poder otorgarse su habilitación definitiva. Artículo 3º- Dispóngase la clausura del local comercial y por consiguiente el cese de la actividad comercial, en caso de incumplimiento de la obligación de regularizar la situación por la cual se otorgó la autorización para funcionar, hasta tanto no se otorgue el correspondiente Certificado Final de Obra del edificio mencionado en el artículo 1º, y pueda ser levantada la clausura dispuesta. Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General.

109 de 115

Articulo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese. Tomen nota la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, los Departamentos de Ordenamiento Territorial y de Obras Privadas, la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección de Bromatología y Dirección de Inspección General. Nº 797/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00798/07 Tandil, 22 de Marzo de 2007

VISTO: Lo solicitado por la Sra. María Eugenia ALONSO, en relación a la exigencia de documentación de obra para obtener la habilitación de comercios, o radicación de industrias y/o demás actividades lucrativas de la ciudad de Tandil; y

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 444/05 y sus ampliatorios Nº2240/05 y 418/2006 y 2226/06 el Departamento Ejecutivo ha otorgado una franquicia temporaria de 180 (ciento ochenta) días para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra correspondiente del edificio a destinar a la actividad comercial. Que la franquicia establecida en el Decreto Nº 444/2005 y sus ampliatorios Nº 2240/05 418/2006 y 2226/06 no constituye una excepción a las normas administrativas de habilitación vigentes, sino una franquicia temporaria, sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias que permitan el control de funcionamiento de las actividades, que debe ejercer esta Municipalidad, a través del área de Inspección General

Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL D E C R E T A: Artículo 1º - Otórgase un plazo de 180 días (ciento ochenta días) a la Sra. María Eugenia ALONSO DNI 27.707.930 para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u

110 de 115

otorgado el certificado Final de Obra para la obtención del Certificado de Uso de Suelo del edificio sito en calle Mitre Nº 628 de esta ciudad, con la finalidad de habilitar una actividad comercial sujeta al contralor Municipal, y sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias. Artículo 2º- Otórgase un permiso precario para el funcionamiento de la actividad comercial a desarrollarse en el edificio sito en calle Mitre Nº 628 de esta ciudad, por un plazo de 180 días desde la fecha de emisión del Uso de Suelo conforme, al término del cual deberá estar indefectiblemente regularizada la situación por la cual se otorgó la franquicia establecida en el Art. 1º del presente Acto Administrativo, a efectos de poder otorgarse su habilitación definitiva. Artículo 3º- Dispóngase la clausura del local comercial y por consiguiente el cese de la actividad comercial, en caso de incumplimiento de la obligación de regularizar la situación por la cual se otorgó la autorización para funcionar, hasta tanto no se otorgue el correspondiente Certificado Final de Obra del edificio mencionado en el artículo 1º, y pueda ser levantada la clausura dispuesta. Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General. Articulo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese. Tomen nota la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, los Departamentos de Ordenamiento Territorial y de Obras Privadas, la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección de Bromatología y Dirección de Inspección General. Nº 798/2007

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00799/07 Tandil, 22 de marzo de 2007.

VISTO: Lo solicitado por Servicios de Emergencias Tandil S.R.L, en relación a la exigencia de documentación de obra para obtener la habilitación de comercios, o radicación de industrias y/o demás actividades lucrativas de la ciudad de Tandil; y

CONSIDERANDO:

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Que mediante Decreto Nº 444/05 y sus ampliatorios Nº2240/05 y 418/2006 y 2226/06 el Departamento Ejecutivo ha otorgado una franquicia temporaria de 180 (ciento ochenta) días para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra correspondiente del edificio a destinar a la actividad comercial. Que la franquicia establecida en el Decreto Nº 444/2005 y sus ampliatorios Nº 2240/05 418/2006 y 2226/06 no constituye una excepción a las normas administrativas de habilitación vigentes, sino una franquicia temporaria, sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias que permitan el control de funcionamiento de las actividades, que debe ejercer esta Municipalidad, a través del área de Inspección General

Por todo ello: El INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL D E C R E T A: Artículo 1º - Otórgase un plazo de 180 días (ciento ochenta días) a Servicios de Emergencias Tandil S.R.L para la presentación de la documentación técnica convalidada y/u otorgado el certificado Final de Obra para la obtención del Certificado de Uso de Suelo del edificio sito en calle Santamarina Nº 67 de esta ciudad, con la finalidad de habilitar una actividad comercial sujeta al contralor Municipal, y sin perjuicio de cumplimentar otras obligaciones establecidas por otras normas reglamentarias. Artículo 2º- Otórgase un permiso precario para el funcionamiento de la actividad comercial a desarrollarse en el edificio sito en calle Santamarina Nº 67 de esta ciudad, por un plazo de 180 días desde la fecha de emisión del Uso de Suelo conforme, al término del cual deberá estar indefectiblemente regularizada la situación por la cual se otorgó la franquicia establecida en el Art. 1º del presente Acto Administrativo, a efectos de poder otorgarse su habilitación definitiva. Artículo 3º- Dispóngase la clausura del local comercial y por consiguiente el cese de la actividad comercial, en caso de incumplimiento de la obligación de regularizar la situación por la cual se otorgó la autorización para funcionar, hasta tanto no se otorgue el correspondiente Certificado Final de Obra del edificio mencionado en el artículo 1º, y pueda ser levantada la clausura dispuesta. Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario General. Articulo 5º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Oficial” y archívese. Tomen nota la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, los Departamentos de Ordenamiento Territorial y de Obras Privadas, la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Dirección de Bromatología y Dirección de Inspección General. Nº 799

112 de 115

_____________________________________________________________________________ ___ Decreto Nº 00800/07

Corresponde a Expediente Nº 942/2007. Tandil, 22 de marzo de 2007. Visto las diversas solicitudes de ayuda económica que ingresan

al área de Acción Social; y Considerando el informe socioeconómico ambiental, realizado

por la trabajadora social; y El aval prestado por la Subsecretaria de Salud y el informe de la Contaduría General.---------------------------------------------------------------------------------------------------Por todo ello, en uso de sus facultades EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL DECRETA Artículo 1º - Autorízase a Contaduría General a extender Orden de Pago por la suma de Pesos Tres Mil Ciento Noventa y Seis ($ 3.196,00) en concepto de ayudas económicas a las personas que se detallan a continuación: BENEFICIARIO AGÜERO ARIEL ARROQUI LEONARDO BISET PATRICIA BUDUBA BLANCA CARDELLO VICTORIA CAROSELLI HECTOR ABELARDO CASAL VANESA CASTAÑO DANIELA CLARO STELLA MARIS DOMINGUEZ MARIA DEL CARMEN FERNANDEZ CRISTINA FRANCO PARICIA IGARZABAL LUCRECIA LUJAN FELICINDA OCHOA VERONICA ANDREA PANARALO JULIO RODRIGUEZ BLANCA SANCHEZ MARIA ISABEL

COBRA/BENEFICIARIO

DOC. 22282697 21571559 14842551 5649671 22086550 5260862 31227969 29755464 12467820 11535023 18688072 16924917 26208855 13524868 20331230 13672787 14162395 18378868 TOTAL DNI

IMPORTE $ 150.00 $ 100.00 $ 250.00 $ 60.00 $ 30.00 $ 30.00 $ 45.00 $ 45.00 $ 45.00 $ 45.00 $ 150.00 $ 100.00 $ 100.00 $ 26.00 $ 120.00 $ 50.00 $ 20.00 $ 150.00 $ 1,516.00 IMPORTE

COBRA

OPTICA LA PERLA SUP. LA MOVEDIZA SUP. LA MOVEDIZA SUP. LA MOVEDIZA SUP. LA MOVEDIZA VISUAL CENTER VISUAL CENTER OPTICA LA PERLA OPTICA LA PERLA

COBRA

DOCUM.

MASTOY GLADYS MABEL

17101013

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

ARCA CLAUDIA

32498980

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

VANONI STELLA MARIS

12063477

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

RIOS LUCILA

92673967

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

LOPEZ ANGELICA ISABEL

34759703

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

CUARTEROLA CLAUDIA

24339144

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

GONZALEZ MYRIAM GRACIELA

21160168

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

113 de 115

ORAJOVAC LUCRECIA

29555309

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

5392615

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

MARIN VELIA

12717013

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

NIEVES NANCY

16159925

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

HIDALGO CARMEN

23322424

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

HERRERA GUSTAVO

21460160

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

SALAS CRISTINA

93885522

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

RAVENNA ELIZABETH

24343433

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

MUÑOZ MARIA ALEJANDRA

21460152

$

50.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

CAGNI MARIANA

25147623

$

50.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

GUZMAN MONICA H.

18295157

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

5524630

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

CURCIO MIRTA

18294900

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

VERON NATALIA GUILLERMINA

26937440

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

RICCO VIRGINIA

33866859

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

GOMINGUEZ BETIANA

25434832

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

3492587

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

CHAPARRO ANDREA

20502939

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

ACOSTA ANGELA

17863096

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

ALGAÑARAZ CARMEN S.

10799639

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

CARDELLO VICTORIA

22086550

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

PONCE LORENA

30714544

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

REYNOSO HECTOR

4640177

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

CUELI CAROLINA

3544632

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

GUERRA ELSA NOEMI

1971226

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

GIGENA NELIDA

4785187

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

GUTIERREZ MARIA V.

26937871

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

GIMENA DEMONTE BECKER

26265907

$

60.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

LOPEZ FATIMA

14544126

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

PEREZ ANGELICA

13824985

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

RAMIREZ MAURICIO

20044110

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

MUCCI GRISELDA

18595123

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

ALANIS PATRICIA LUJAN

23650803

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

MENNA ANGELA

13651090

$

40.00 GARBELLINI ROBERTO

11138934

TOTAL

$

VILLA ROBERTO

MATTOS FAUSTINO

SOSA FLORENTINA

1,680.00

Artículo 2º- La erogación respectiva se imputará con cargo a la Partida 5.1.4.0. "Ayudas Sociales a personas” dentro de la clasificación Institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.08. – Subsecretaria de Salud, Programa 29 – Servicio de Salud, Actividad 01 – Prevención y Educación del Presupuesto de Gastos vigente.--------------------------------------------------------------------Artículo 3º - El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.-

114 de 115

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Dr. MIGUEL ANGEL LUNGHI Intendente Municipal

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Secretario de Economía y Administración

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Artículo 4º - REGISTRESE, COMUNIQUESE, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General y oportunamente archívese.----------------------------------------------------------------Nº . 800/2007.

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