PORVENIR, ABRIL 17 DE 2015 VISTOS

MUNICIPALIDAD DE PORVENIR SECRETARIA MllNlClPAL TIERRA DEL FUEGO MAGALLANES Y ANTAR'I'ICA CHILENA DECRETO ALCALDlClO No PORVENIR, ABRIL 17 DE 2015 HOY

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MUNICIPALIDAD DE PORVENIR SECRETARIA MllNlClPAL TIERRA DEL FUEGO MAGALLANES Y ANTAR'I'ICA CHILENA DECRETO ALCALDlClO No PORVENIR, ABRIL 17 DE 2015 HOY SE DECRETO LO QUE SIGUE: VISTOS 1) El Memo NO69 de fecha 16.04.2015 remitido por el Secretario de Planificación Comunal (S) solicitando decretar las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos que regulan el proceso de licitación 5282-18-LP15 Ampliación y Mejoramiento Cuartel de Bomberos; 2) La providencia de la Alcaldesa que autoriza; 3) Las Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas que regularan el proceso de la Licitación ID:5282-18-LP15 Ampliación y Mejoramiento Cuartel Cuerpo Bomberos transcritas al presente decreto; 4) El Decreto Alcaldicio No 1636 de fecha 28.07.2014 que ratifica el Mandato Completo e Irrevocable suscrito entre el Gobierno Regional y la Municipalidad de Porvenir para la ejecución del Proyecto Código BIP 30135236-0 "Ampliación y Mejoramiento Cuartel Cuerpo de Bomberos de Porvenir; 5) El Ord. 1047 de fecha 04.07.2014 enviado por el Jefe de División de Análisis y Control de Gestión del Gobierno Regional de Magallanes en el cual remite la Resolución Exenta NO177 que aprueba el Mandato Completo e lrrevocable del Proyecto Ampliación y Mejoramiento Cuartel Cuerpo de Bomberos Porvenir; 6) La Resolución Exenta No 177 de fecha 03.07.2014 que aprueba el Convenio de Transferencia de Recursos suscrito entre el Gobierno Regional y la Municipalidad de Porvenir para la ejecución del Proyecto Código BIP 30135236-0 Mejoramiento Cuartel Cuerpo de Bomberos Porvenir; 7) El DS 25012004 del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de Compras Públicas y sus articulos 7 y 19; 8) La Resolución 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República; 9) La Ley N018.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones; 10) La sentencia de Proclamación No 267 del Tribunal Electoral Regional XII Región, de fecha 29.1 1.2012 y el Acta de Sesión de Instalación de Concejo Municipal de Porvenir de fecha 06.12.2012.

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CONSIDERANDO: Que es necesario mejorar integramente las dependencias del Cuartel de Bomberos de Porvenir. DECRETO: lo.APRUÉBESE, las bases y anexos de licitación para la publicación en el sistema de compras públicas de la siguiente contratación que a continuación se transcribe:

BASES ADMINISTRATIVAS PROYECTO: AMPI-IACION Y MEJORAMIENTO CUARTEL CLIERPO DE BOMBEROS, PORVENIR NOMBRE LICITACIÓN: AMPLIACION Y MEJORAMIENTO CUARTEL DE BOMBEROS ID: 5282-18-LP15 1.

GENERALIDADES, OBJETO Y FUNDAMENTO DE LA LICITACIÓN. 1. l . De las qeneralidades.

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La municipalidad, llama a presentar ofertas mediante licitación pública para la ejecución del proyecto individualizado y categorizado "AMPLIACION Y MEJORAMIENTO CUARTEL CUERPO DE BOMBEROS, PORVENIR", cumpliendo los estándares requeridos en concordancia con las bases administrativas, planos de proyecto, especificaciones Técnicas, anexos y aclaraciones que pudieran formularse. La construcción de las obras, será con cargo F.N.D.R. y su ejecución mandatada según lo establece el Decreto Alcaldicio No 1636 de fecha 28.07.2014 que aprueba Convenio para la ejecución del proyecto "AMPLIACION Y MEJORAMIENTO CUARTEL CUERPO DE BOMBEROS, PORVENIR" Código BIP 30135236-0, celebrado entre la Municipalidad de Porvenir y el Gobierno Regional de Magallanes y Antártica Chilena. El contratista, en resumen, no podrá alegar, en la etapa de ejecución de obras, desconocimiento de esta situación, por tanto, los plazos involucrados en las etapas constructivas, particularmente aquellas relacionadas con los estados de pago, toda vez que deberán siempre prospectarse bajo la articulación de este diálogo institucional. No obstante a ello, para efecto de otorgar certeza jurídica al contratista, es pertinente indicar que es el Municipio el responsable de la presente licitación y encargado de entregar toda información oficial, radicando en definitiva en una sola mano todo aspecto administrativo.

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El contrato administrativo para la construcción de la obra licitada, es un acuerdo de voluntades entre la administración municipal y un particular, sometidos al régimen jurídico público. --. del proceso de licitación pública. que conlleva un procedimiento concursal. sea su avance efectivo de la obra. Se realizará

Cada año ha ido aumentando la demanda de los servicios que entregan los bomberos por lo cual deben contar con un cuartel adecuado que les permita albergar un carro de bomba nuevo adicional a lo que está y albergar además su material mayor como el menor y otorgar la mayor seguridad posible al recinto y de esta forma enfrentar en las mejores condiciones la creciente demanda de la población. El proyecto consiste en la Ampliación de 218 m2 correspondientes a una Bodega de hormigón armado y a una sala de máquinas de hormigón armado y albañilería y construcción de cierre perimetral con pandereta de hormigón vibrado de 1,8m de altura lo que permite el mejoramiento del Cierre Perimetral del recinto. 2.

IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN DE LAS OBRAS.

La obra cuya ejecución contrata la l. Municipalidad de Porvenir, a través del proceso de licitación pública denominado "AMPLIACION Y MEJORAMIENTO CUARTEL CUERPO DE BOMBEROS, PORVENIR". Su ejecución se ceñirá a lo dispuesto en los respectivos Planos, Especificaciones Técnicas y otros documentos de la licitación, cuyas partidas de obra y sus cantidades estimativas figuran en el respectivo itemizado. La ubicación de las obras quedan en la Calle Bernardo Phillippi No 080, Comuna de Porvenir.

3.1. Plazos v Etapas de la licitación La publicación de la licitación se realizará dentro del plazo de 2 días corridos de que se encuentre totalmente tramitado el decreto que aprueba las bases administrativas, técnicas y b) Consultas:

c) Respuestas a consultas y aclaraciones:

d) Cierre de propuestas:

e) Apertura electrónica:

f) Plazo de Evaluación de la oferta: g) Adjudicación de la licitación: h) Plazo Firma de contrato:

1) Plazo Duración del Contrato:

1 j) Entrega de terreno: k) Entrega de boleta de garantia de fiel cumplimiento del contrato y póliza de seguro:

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Las consultas deberán ser formuladas por escrito directamente en el foro establecido en Mercado Publico, sistema electrónico de Compras Publicas, dentro del plazo d e 5 días corridos, contados desde la fecha de publicación. Se realizará en un plazo de 2 días hábiles a partir del día hábil siguiente a la fecha de cierre de consultas. Sólo se podra modificar las bases antes de 2 días hábiles del cierre de la propuesta. El plazo de termino que tendrán los oferentes para la presentación de propuestas será de 20 días corridos desde la fecha de publicación de la licitación, y podra ser modificada, antes de que se cumpla la fecha de cierre de propuestas. Por ser un cómputo de días hábiles, no debiese cerrar el plazo en un dia inhábil, con todo si la fecha de cierre de propuestas, cae en día sábado, domingo o feriado, el plazo a considerar será el día hábil siguiente. Se realizará la apertura de las propuestas el día hábil siguiente del cierre de la recepción de las ofertas. El plazo máximo para la evaluación será de 5 días corridos a contar de la fecha de apertura de ofertas. La fecha adjudicación de la licitación será dentro del día hábil siguiente de aprobado el informe de evaluación El plazo para suscribir el contrato con la Municipalidad de Porvenir, será dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha d e enviada la orden de compra al proveedor adjudicado. Plazo Máximo será computado en días corridos desde la fecha en que se haga entrega material del terreno. Sin embargo el plazo corresponderá al establecido por el oferente que se adjudique la propuesta. Plazo de la entrega de terreno, es de 15 días corridos desde la suscripción del contrato, salvo que por mutuo acuerdo y por resolución municipal se modifique el plazo señalado. El plazo para su entrega será máximo el día de la firma del contrato.

NOTAS: Apertura electrónica (Apertura de Oferta Técnica y de Oferta Económica en un mismo acto) Los oferentes deberán presentar su Oferta (considerando aspectos administrativos, técnicos y económicos) dentro del sistema de información, segiin lo establecido en las Bases de licitación. Los aspectos administrativos sólo serán considerados para la admisibilidad de la oferta. con sus respectivas fechas y plazos establecidos, salvo que deba corregirse de algún acto administrativo, segun la Ley N019.880, caso en el cual el mismo acto e indicar la nueva calendarización de los plazos. plazo por regla general será conforme o dispuesto en el articulo 25 de la Ley N019.880. esto es de días que esta bases establezcan que el cómputo sea de días corridos. Por ende se aplicará para estos su reglamento. Con todo, cualquiera sea la forma de computo, los plazos

contenidos en las presentes Bases (ADMINISTRATIVAS, ANEXOS Y TECNICAS)se entenderá que correrán a partir de la medianoche del día en que principian y hasta la medianoche del último día del mismo. Es de responsabilidad de los participantes el oportuno conocimiento de las Aclaraciones y Adiciones a los antecedentes de la licitación, las cuales serán publicados por el portal y por ello formarán parte del contrato que se celebre. Se presumirá conocimiento de ellas por parte de todos los proponentes, para todo efecto. 3.2. Participantes u Oferentes. Podrán participar de esta Propuesta Pública, cualquier persona natural o juridica, del territorio nacional, chilena o extrajera que se encuentren registradas en www.mercado~ublico.cI,al momento de la apertura de la propuesta, que tenga patente municipal al día. No podrán participar aquellas personas que registren alguna inhabilidad indicada en el articulo 4" de la Ley de Compras. No podrán participar quienes se encuentren inhabilitados de celebrar contratos con la Municipalidad de Porvenir, en virtud de lo estipulado en la Ley No 18.695, o bien, se encuentren en litigio contra la Municipalidad en algún tribunal de la república. Los oferentes deberán acreditar que el pago de su patente municipal se encuentra al día, según se estipula en los artículos 23 al 25 del Decreto Ley No 3.063 de 1979, sobre Rentas IMunicipales. Si se comprobase que el oferente ha faltado a la verdad, y resultó ser su oferta la ganadora, el municipio podrá poner término anticipado al contrato, hacer efectiva las garantías respectivas e informar de esta situación a los registros en que el contratista estuviese inscrito, reservándose el derecho de iniciar las acciones legales en contra del contratista negligente. 3.3. Idioma. Todas las ofertas deben ser en español

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3.4. Comunicación con el servicio. Exclusivamente a través del portal www.mercadopublico,cI 3.5. Soporte de documentos. Soporte digital. Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por la Ley de Compras y su Reglamento. 3.6. El Mandante y Unidad Técnica. Mandante: Entidad Patrocinante, Municipalidad de Porvenir Unidad Técnica: Dirección de Obras Municipal La Unidad Técnica designará al Inspector Técnico de la Obra. La Inspección Técnica será la encargada de inspeccionar y supervisar en el terreno la ejecución de las obras. La ITO dejará constancia de sus observaciones acerca del desarrollo de la obra en el libro de obras.

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La inspección y supervisión de la obra no liberará al contratista de ninguna de las obligaciones y responsabilidades que le son propias como ejecutor de aquellas, ni constituirá en caso alguno, aprobación parcial o total de los trabajos ya ejecutados. La ITO podrá autorizar cambios y ordenar modificaciones al proyecto previo visto bueno de la unidad técnica quedando dicha autorización indicada en el libro de obras. Las sugerencias consignadas en el libro de obras por la ITO, que implicaren reparos a la obra que se realiza, deberán ser acatadas de inmediato por el contratista, de lo contrario éstas serán causales de multa y10 término anticipado del contrato. El número de días que posee el contratista para reparar aquello observado por la ITO se establecerá de acuerdo al tipo de problema a subsanar, (el ITO debe indicar la complejidad del problema) para un problema simple que no lleve mayor complejidad el contratista tiene 5 días hábiles y para algún evento más complejo éste posee 15 días hábiles. 3.7. Definiciones. Para la correcta interpretación de los documentos de la licitación y contratación, se establecen las siguientes definiciones: 1. 2. 3.

Servicio o Mandante: l. Municipalidad de Porvenir. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada su oferta para la suscripción del contrato definitivo. Contratista: Aquél, cuya oferta ha sido aceptada y con quien se celebra el contrato.

4. Días Corridos: Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. 5. Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos. ,.-6. --Documentos Oficiales: Certificados, resoluciones, oficios y circulares emitidos por una autoridad pública. ,*cPiarl QeRa Mayor o Caso Fortuito: De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 45" del Código Civil. 8. Le~4e;Compras:La Ley N" 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios

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11. Inspección Técnica de Obras (ITO): Supervisión de la ejecución de las obras conforme a los proyectos aprobados y las normas vigentes que debe la l. Municipalidad de Porvenir, por si mismo o por quien contrate para estos efectos.

12. LGUC: Ley General de Urbanismo y Construcciones. 13. OGUC: Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 14. Obras: Son todas las partidas necesarias para materializar el proyecto definido en los planos, especificaciones técnicas y demás antecedentes incluidos en la presente licitación.

15. Oferente o Proponente: Proveedor que participa en el presente Proceso Licitatorio presentando una oferta o propuesta.

16. Proveedor: Persona natural o jurídica, chilena o extranjera, o agrupación de las mismas, que pueda proporcionar bienes o servicios al Mandante (SERVICIO).

17. Proyecto: Conjunto de antecedentes de la obra que incluye planos, memorias, especificaciones técnicas y presupuesto.

18. Programa de trabajo o carta Gantt: El orden cronológico dentro del plazo del contrato del desarrollo de las diversas etapas, partidas o item de la obra.

19. Valor Pro Forma: Rubros que resultan esenciales para el correcto y oportuno desarrollo de los trabajos encomendados, por lo que debe tratarse de labores que sean el complemento necesario de dichos trabajos, que no estén suficientemente definidas para permitir al Contratista valorarlas, en términos que su realización aparezca indispensable para la completa conclusión y posterior utilización de la obra y que deban ser autorizados al menos por el inspector fiscal y el Director correspondiente. Estas partidas, se señalan en el presupuesto oficial y el proponente debe reproducirlas en su propuesta a título meramente informativo, porque los montos reales no se conocen con anterioridad a la licitación, teniendo el contratista derecho a que el Servicio le reembolse las cantidades efectivas que acredite haber pagado por su ejecución, más el porcentaje que fije el Anexo Complementario o sin ningún recargo, si éste nada dice. Corresponden a trabajos o servicios que debe ejecutar un tercero, necesario para la obra, cuya gestión se encomienda al contratista.

3.8. Reqlamentación del Contrato

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Las licitaciones y contratos se deberán ceñir a la legislación nacional. Además, el contrato estará constituido por los documentos que se detallan a continuación:

1. Ley General de Urbanismo y Construcción DFL NO458175 de Vivienda y Urbanismo 2. Decreto Supremo N V 7 de 1992 de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones 3. Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades 4. Plan Regulador Comunal de Porvenir y su Ordenanza Local 5. Decreto Supremo 17412005 de Vivienda y Urbanismo, que reglamenta el Programa Fondo Solidario de Vivienda, y sus modificaciones

6. Decreto Supremo 127177 de Vivienda y Urbanismo, Reglamento del Registro Nacional de Contratistas del Minvu, y sus modificaciones

7. Decreto No 250 del Ministerio de Hacienda, Reglamento Ley 19.886 de Bases sobre Contratos administrativos de suministro y Prestación de Servicios

8. Las Presentes Bases de Licitación y Contrato 9. Aclaraciones y Modificaciones 10. Anexos 11. Planos y Antecedentes Técnicos También se rige por la normativa especifica que a continuación se describe:

1. Ley 17.336 Propiedad Intelectual 2. Manual de Inspección Técnica de Obras, aprobado por Decreto Supremo NO8512007 de Vivienda y Urbanismo 3. Ley de Aguas Lluvias y sus respectivos planes maestros 4. Normas Técnicas Oficiales del Instituto Nacional de Normalización, I.N.N. serán de aplicación obligatoria en todo aquello que no se opone a disposiciones taxativas de las presentes Bases

5. NCh. 433, Diseño sismico de edificios y sus modificaciones 6. Ley 19.300 sobre Bases del Medio Ambiente y su Reglamento 7. DFL No 382 de 1988 de MOP, aprueba Ley de Servicios Sanitarios 8. DFL No 50 de 2002 de MOP, aprueba el Reglamento de Instalaciones Sanitarias 9. Ley No 8.946 de 1949, Ley de Pavimentación Comunal 10. Ley NV8.290, Ley de Tránsito 11. Legislación Laboral vigente 12. Ley NV8.341, Ley General de Servicios Eléctricos 13. Ley No 18.575,Bases Generales de la Administración del Estado 14. Ley No 19.880,Bases de los Procedimientos Administrativos del Estado 15. Decreto Supremo N~1712010de Vivienda y Urbanismo, que aprueba el Reglamento que fija el diseño sismico de edificios

3.9. Aceptación de los términos de las Bases Administrativas. el proceso, implica la aceptación de los oferentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las ministrativas sin necesidad de declaración expresa. ción de las Bases v Documentos Complementarios. e reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las Bases Administrativas de

Licitación, conforme a los criterios de ecuanimidad que estime conveniente, sin perjuicio de tener presente la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación, materia de este proceso concursal, sin que ello, implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo. Sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloria General de la República y del Tribunal de Contratación Pública. 3.1 1.Documentación que riqe la Contratación. La contratación se regirá por lo previsto en la Ley de Compras y en el Reglamento de Compras, y por el orden de los siguientes documentos, los que en caso de discrepancia, se interpretarán en forma armónica, sin perjuicio de la preeminencia de las Bases: 1. 2.

Bases Administrativas y los respectivos Anexos; Aclaraciones y Modificaciones a las Bases o a las Especificaciones Técnicas entregadas por el Municipio, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes, y respuestas a consultas de los oferentes. 3. Planos generales y de detalle del proyecto. 4. Oferta del proponente. 5. Presupuesto Oficial. 6. Resolución de Adjudicación. 7. El Contrato. 3.12,Aclaraciones Si los oferentes, producto del análisis de las Bases de Licitación, Especificaciones Técnicas, Planos, Anexos, Formatos u otros antecedentes, encontrasen que es necesario solicitar aclaraciones que contribuyan a un mejor entendimiento de lo solicitado por parte de la Municipalidad, podrán formular Preguntas al proceso a traves del sistema de información. Deberán hacerlo dentro de los plazos establecidos, detallados en el Calendario de la licitación.

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El municipio podrá hasta 2 hábiles días antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas publicar a través de Mercado Público aclaraciones que complementarán o entregarán mayor información respecto de la licitación, en lo que sea pertinente a juicio de la unidad licitante, o modificaciones que podrán cambiar elementos no sustanciales. Será responsabilidad de los interesados el oportuno examen de las aclaraciones y modificaciones desde el Portal Mercado Público y no podrán hacer reclamo alguno si su oferta no cumple por desconocimiento de ellas. No se aceptará ningún tipo de consulta fuera del sistema de información, cuya respuesta significase otorgar cierta ventaja (en términos de información para preparar la oferta) respecto del oferente que consulta sobre el resto de los oferentes que quisieran ofertar. Lo anterior, en concordancia con el articulo No 27 del Reglamento Ley N019.886. 3.14.Aviso o Publicación El llamado a licitación pública se hará mediante publicación en el sistema de chile compra. Además las Bases se publicarán en el sistema de información www.mercadopublico.cI y a través del sitio web de la municipalidad de Porvenir, w . m u n i ~ o r v e n i r . c. l 3.15.Valor de las bases. Las Bases estarán disponibles en forma gratuita a traves del sistema de Información.

Los gastos en que incurra el oferente con motivo de la presente licitación, serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del Municipio. 3.17.Plazo para la Eiecución de la Obra El plazo de ejecución de las obras será computado conforme lo señalado en las presentes Bases, en dias corridos, será máximo del plazo ofertado por el contratista ganador y quedará establecido en la resolución de adjudicación, contados en días corridos y regirá a contar de la fecha de firma del Acta de Entrega de Terreno, y hasta la fecha de solicitud de recepción final de la misma a la ITO, y no podrá exceder más allá del plazo indicado en el decreto de adjudicación. Los días feriados y festivos no podrán ser considerados motivo plausible para deducir del cómputo del plazo para ejecutar la obra. El párrafo anterior podrá modificarse sólo mediante Adición o modificación de contrato. En dicha circunstancia será solamente en casos fortuitos o de fuerza mayor, acreditada mediante Decreto Municipal. En este escenario, el Contratista deberá solicitar por escrito a la Unidad Técnica el aumento, acompañando todos los antecedentes necesarios para respaldar su solicitud. El I.T.0, debera dejar constancia del ingreso de la solicitud y respuesta de la misma en el libro de obra. La unidad técnica deberá generar informe a la alcaldía dentro de 5 días hábiles sobre la pertinencia de la solicitud. La alcaldía debera resolver a través de decreto administrativo en el plazo máximo de 3 días hábiles si autoriza o no el aumento , la solicitud de aumento solo podrá solicitarse hasta 15 días corridos antes del término de las obras ución de adjudicación. El plazo aumentado será aquel que determine la municipalidad en base a los

antecedentes fundantes del caso fortuito o fuerza mayor, en todo caso no podrá ser superior a la duración del impedimento Si es autorizado el aumento de plazo, se deberá prorrogar la vigencia de la garantía según lo indica las presentes Bases. En dicho plazo máximo, las obras deberán estar terminadas, lo que implica estar en condiciones de entregarse al uso público, libres de escombros, excedentes u otros materiales que entorpezcan el tránsito peatonal y vehicular. En caso de atraso en el término oportuno de las obras, se aplicará la multa indicada en el punto designado para regular tales efectos. La entrega de terreno se efectuará en un plazo no superior a 15 días corridos, contados desde la fecha de la firma del contrato, salvo que por mutuo acuerdo y por decreto municipal se modifique el plazo señalado. Será de responsabilidad del Adjudicatario presentar oportunamente una copia protocolizada del contrato a la unidad técnica a cargo y coordinar con el Jefe del Departamento o la I.T.O. respectiva, la ocurrencia de dicha entrega dentro del plazo indicado. Todo documento que el contratista quiera ingresar al municipio debe ser por via de oficina de partes. En dicha unidad el funcionario a cargo deberá cotejar la efectividad de los documentos que se acompañen pudiendo dejar observaciones estampados en el documento que se acompaña. 3.18.Visita a Terreno. Se entiende por Visita a Terreno, la convocatoria que el MANDANTE realiza para que los oferentes puedan observar, en terreno, las condiciones y estado actual de la obra a intervenir, el entorno y en general, aumentar in situ, el conocimiento sobre el objeto de la licitación, perfeccionando así antecedentes de la licitación.

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Los oferentes deberán acreditar está circunstancia adjuntando una declaración simple en el cual se indique Nombre, RUT y firma del Representante Legal o Contratista, documento que se deberá anexar al proceso licitatorio y posteriormente al libro de obra para el caso del oferente ganador. Los oferentes que participen con sus ofertas, no podrán alegar desconocimiento del terreno y todas las implicancias que ello signifique; los oferentes, o bien, el contratista, no tendrán derecho alguno, a establecer reclamos, objeciones, modificación de su oferta económica o bien, solicitar algún tipo de indemnización, amparado en las características del Terreno y las eventualidades que éste, pudiese presentar y que no fueron consideradas en alguno de los documentos que conforman las Bases de Licitación que regulan esta Licitación, incluyendo la etapa de Preguntas. La visita a terreno es de carácter obligatorio, y se efectuará en la fecha indicada en el calendario de licitación. Los oferentes que participen deberán presentarse en la oficina de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Porvenir, en la hora indicada para firmar el acta respectiva, el oferente que no llegué a la hora y lugar indicado no tendrá derecho a reclamo y no podrá participar en el proceso de licitación. Se exigirá una declaración ante notario del representante legal de cada empresa que participe en el proceso de licitación. 3.1 9.Presupuesto Oficial El presupuesto oficial de la presente licitación es de M$115.190.000 (Cinto Quince Millones Ciento Noventa Mil Pesos.) 3.20.Precio de Contrato.

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El contrato será a Suma Alzada, esto sin invariable, sin ningún tipo de reajuste ni interés aplicable a su cuantia. El precio que el oferente debe ofertar se deberá expresar en la forma señalada en el Anexo 10 que corresponderá al valor de la obra totalmente terminada, incluyendo todo gasto que irrogue el cabal cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demande la ejecución de las obras contratadas y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales. El precio de la oferta incluirá, para cada ítem, todos los gastos concernientes a maquinarias y equipos, remuneraciones o pagos por mano de obra, leyes sociales, suministro, adquisición, fletes y almacenamiento de todos los materiales y elementos requeridos para la ejecución de las obras. Asimismo, están incluidos todos los transportes desde cualquier distancia de aquellos materiales obtenidos y procesados por el Contratista, así como el transporte a botaderos, de todos los materiales de desecho. También, se considerarán incluidos el costo que implique obtener las debidas recepciones SEC de las instalaciones de luz y gas además de la recepción de la instalación de agua potable, en el precio de la oferta; los gastos generales; utilidades; impuestos y el valor pro forma (excepto el I.V.A. que se debe informar por separado). 4.

DE L A OFERTA. PROCESO DE PRESENTACI~N. 4.1. Presentación de la Oferta v Admisibilidad.

Los oferentes deberán presentar sus propuestas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, establecido en el Cronograma de Actividades. lidad aceptará un máximo de una (1) propuesta por proponente. En caso que, un proponente presente más de una ISERVICIO o MUNICIPIO, aceptará sólo la primera, en orden cronológico de ingreso al portal Mercado Público. pone de los Antecedentes u oferta Administrativos, de la Oferta Técnica y de la Oferta Económica, según se

detalla en los siguientes puntos 4.1.1., 4.1.2. y 4.1.3. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación. Las ofertas deberán ajustarse a la formalidad exigida en las bases de Licitación; su no cumplimiento es causal de inadmisibilidad del proceso de licitación. Las condiciones o requisitos especificos que el oferente describa para su oferta y que no hayan sido solicitados por la Municipalidad expresamente en las bases de licitación (incluyendo la etapa de respuestas y10 aclaraciones), no serán válidos como parte de su oferta. 4.1.1. Antecedentes Administrativos. Los oferentes deberán presentar, a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según se indica en cronograma de actividades, los siguientes documentos firmados por su representante legal: Anexos Administrativos 1.

Anexo 1: Identificación del Oferente o designación del coordinador del oferente.

Identificación completa de representante legal y de los profesionales a cargo de la obra y del autocontrol, durante toda la obra. 2.

Anexo 2 (Persona Natural), Anexo 3 (Persona Juridica): Declaración Jurada de Inhabilidades. Declaración Jurada Simple que acredite que los oferentes no se encuentran afectos a algunas de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado; las que están señaladas en el artículo 4", de la Ley No 19.886, modificada por la Ley No 20.088 y que además los oferentes Personas Jurídicas no se encuentran afectos a algunas de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado señaladas en los articulas 8 y 10 de la ley 20.393, según se trate de Persona Natural o Juridica.

3.

Anexo 4: Declaración Jurada de Aceptación de antecedentes de la Licitación

4.

Anexo 5: Declaración de capacidad económica.

5. Imagen de Boleta de garantía Seriedad de la Oferta Sin formato 6.

Comprobante de Pago Patente Municipal al dia. Sin formato

7.

Fotocopia Cédula Identidad (Persona Natural) o fotocopia de RUT (persona jurídica). Sin Formato 4.1.2. Antecedentes Técnicos

La oferta técnica del oferente debe ser ingresada en el portal Mercado Público, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según el Cronograma de Actividades.

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La oferta técnica deberá incluir los documentos que se indican a continuación "ANEXO TÉCNICO" ajustándose a las indicaciones especificas y a los formatos de presentación que para cada caso se señalan. Anexos Técnicos 1.

Anexo 6: Experiencia en obras. La experiencia en obras construidas deberá ser acreditada. Las obras informadas deberán encontrarse terminadas dentro de los últimos cuatro años.

2.

Copia de certificados Municipales de Recepción Definitiva u otro a fin. La experiencia consignada en el formulario señalado precedentemente, se acreditará mediante copias de certificados municipales de recepción definitiva de las respectivas obras. Sin formato.

3.

Anexo 7: Carta Compromiso del Equipo de Profesionales. Los certificados y currículos del equipo profesional serán entregados como parte de los Documentos Anexos 7 .

4.

Cronograma General, Programa de Trabajo y Programación Financiera, que consta de: 4.1. Anexo 8: Programa de Trabajo consignado en Carta Gantt, considerando periodos cada 30 días, en formato Microsoft Project 2000 o Excel, señalando fecha de inicio, término y duración en dias, de cada item de la obra, de acuerdo a lo señalado en las Bases Técnicas. 4.2. Anexo 9: Programación Financiera de las obras, expresada en porcentaje, que considere una adecuada relación con el programa de trabajo. a Terreno: Deberá subir el anexo certificado por la Unidad encargada de la visita a terreno, dicha entregada en el dia y lugar indicado en el calendario del proceso de licitatorio.

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La oferta económica debe ser ingresada al portal Mercado Público, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según el Cronograma de Actividades. La oferta económica, deberá incluir los documentos que se indican a continuación, "Anexo Económico" ajustándose a las indicaciones especificas y a los formatos de presentación que para cada caso se señalan. Las cantidades de obras, los precios unitarios y la columna de totales serán expresados en $ y en números enteros; los porcentajes de Gastos Generales, Utilidades e IVA. El IVA se calculara conforme la tasa vigente, Nota: previo a confeccionar su presupuesto detallado, el oferente deberá detallar la correcta aplicación de las fórmulas en la columna total del ítemizado. Anexos Económicos 1.

Anexo 10: Presupuesto Detallado: Será de acuerdo al Formato del ítemizado proporcionado por el Municipio, en las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. Deberá ser presentado en Formato Excel, indicando las cantidades de obras y los precios unitarios de cada una de las partidas de la obra de acuerdo al itemizado entregado por el Municipio y que no podrá ser modificado por el oferente. Debe ser en pesos chilenos.

Este presupuesto disponible, incluye todos los costos asociados al proyecto (partidas, gastos generales, utilidades, IVA, flete, imprevistos, etc.). Consideraciones de la oferfa económica.

c.

El presupuesto disponible informado, incluye el pago de impuestos, seguros, etc La tramitación y obtención de los permisos de construcción, medioambientales, viales y aquellos relacionados con los servicios básicos, serán de costo y cargo del Contratista. La disposición final del movimiento de tierra que no se reutilice deberá ser enviada al vertedero municipal, pagando el derecho municipal respectivo. El ITO aprobará el material a reutilizar y aquel que será enviado al vertedero. 4.2. Formalidad de la Oferta La oferta completa está compuesta por sólo 14 anexos o archivos. Los antecedentes administrativos están compuestos por (8) archivos, de los cuales 5 son anexos administrativos y 3 archivos sin formatos. Su no incorporación o bien incorporación incompleta producirá la inadmisibilidad. Una vez que pase el examen de admisibilidad no se le otorgará puntaje alguno. Los anexos son los siguientes: ANEXOS 1, 2, 3, 4, y 5. Los archivos de la oferta técnica están compuestos por (6) archivos, de los cuales están compuestos por 5 anexos y un archivo sin formato. Los anexos son los siguientes: ANEXOS 6, 7, 8, 9 y 11 Estos ANEXOS deberán presentarse en el sistema de información como ANEXO TECNICO.

6.

Los archivos de la oferta económica (l), deberán presentarse en el sistema de información como ANEXO ECONOMICO. Anexo N" 10. 5. ADMISIBILIDAD. Para que las ofertas sean admisibles, deberán contener la totalidad de los archivos anexos solicitados en las ofertas técnica, Administrativa y económica, todos debidamente firmados, y cumplir con los requisitos descritos en las presentes bases. Admisibilidad Técnica, será aquella relacionada con la coherencia entre lo solicitado y lo ofertado. Admisibilidad financiera e económica, será aquella relacionada con el valor total de la propuesta, incluyendo impuestos, seguros, etc. Si excede el presupuesto disponible, sera causal de inadmisibilidad. Admisibilidad administrativa, será aquella relacionada con la verificación de la entrega y vigencia de los antecedentes solicitados. Sólo si la oferta cumple, a juicio y análisis de la comisión de evaluación con la admisibilidad técnica, financiera y administrativa, será considerada para el sistema de Ponderación de Ofertas. Causales de inadmisibilidad de ofertas, causales que se verán en el acto de apertura.

1.

La presentación de documentos adulterados, incompletos o ilegibles.

2. No respetar los Formatos adjuntos en estas "BASES". 3.

No presentar debidamente firmados por el proponente o su representante legal los documentos que se entreguen. incompletas en el Formulario de Oferta. a en el Valor Final indicado en Formulario de Oferta y el Presupuesto detallado. n cambiados (ejemplo: anexo 5 se sube como anexo administrativo, Boleta de garantía se sube como anexo

8. Modificación unilateral, de uno o más archivos, por parte del oferente. 9. Documento de Garantía por Seriedad de la Oferta, no cumple con los requisitos especificados solicitados 10. La oferta económica excede el presupuesto disponible. 6.

APERTURA DE OFERTAS.

El acto de apertura electrónica de la ofertase efectuará a través del sistema de información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en las bases. Dicho trámite será realizado por una Comision de Apertura designada por decreto alcaldicio. Dicho decreto deberá ser subido antes de la apertura Esta licitación para los efectos del art. 34 del reglamento de la ley 19.886, se entiende de una sola etapa, esto es que el acto de apertura se procede abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. La Secretaria Municipal, en su calidad de ministro de fe, por su parte, el mismo día de la apertura electrónica deberá levantar un acta donde indicará el cotejo de las boletas de garantia de seriedad de la oferta, la oportunidad y formalidad de las mismas, indicando finalmente que oferente ha cumplido o no con dicha trámite Los proponentes podrán efectuar observaciones por escrito dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del sistema de información. El plazo para tener por subsanada dicha 0 b ~ e ~ a ~ es iÓn de dos dias hábiles. No serán válidas las ofertas que se presenten fuera del día y hora, o en un lugar distinto al señalado en las bases administrativas.

C

Se deja expresamente establecido que, frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del portal Mercado Público, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, se realizará inmediatamente subsanado el problema, para dar continuidad administrativa al proceso. En caso de imposibilidad fáctica de hacer la apertura electrónica en la fecha indicada en el calendario de actividades se realizará al día hábil siguiente, previa certificación de la entidad municipal y del Portal de la Dirección de Compras Públicas. Asimismo, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del Portal Mercado Público, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, este último tendrá un plazo de 24 horas, contado desde el inicio del acto de apertura, para presentar al Municipio, un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, que ratifique dicha circunstancia, con el objeto de regularizar su situación ante la comisión respectiva y el resto de los oferentes de la licitación. En tal evento, se admitirá que el oferente haga entrega en soporte papel de los Antecedentes y de la Oferta Técnica y Económica en la oficina de partes del Municipio, en sobre cerrado, indicando el número de licitación. Adicionalmente, deberá contar con el código de reclamo, efectuado al Sistema de Información de Compras y Contratación Publica, al momento de no poder ingresar la información.

El proceso de evaluación será interno, se efectuará de acuerdo con los criterios establecidos en las Bases y estará a cargo de una Comisión Evaluadora, la cual estará integrada por las personas indicadas por decreto municipal que será subida al portal. Esta Comisión podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes para el cumplimiento de su labor. 7.1. De la Comision y Verificación de la correcta presentación de las propuestas La Comisión de Evaluación será designada por Decreto Alcaldicio, la cual estará integrada por a lo menos tres funcionarios, preferentemente con conocimiento en construcción. Los miembros de la Comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. El plazo máximo para la evaluación, por parte de la Comisión Evaluadora, será de 5 días corridos contados desde la apertura de ofertas. La Comisión Evaluadora, en primer lugar, verificará respecto de cada propuesta que haya sido presentada, siguiendo las indicaciones entregadas en las Bases y que no exista ninguna deficiencia en la presentación que pueda alterar los principios de igualdad entre los oferentes y de estricta sujeción a las bases, contenidos en los artículos 6" y 10" de la Ley No 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y articulo 37, 38, 39, y 40 del reglamento, Decreto Supremo NO250 del 2004 del Ministerio de Hacienda. Deberá corroborar la formalidad de los archivos presentados en cada oferta, comprobando la igualdad de los archivos presentados con los solicitados. Si no existe concordancia entre los archivos no se podrá evaluar la oferta. Por ejemplo, Presentación del Formulario de Oferta con rectificaciones o enmiendas, y10 discordancias con el Presupuesto Detallado, anexo 10. Con todo las licitaciones se adjudicarán a quien de manera integral realice la mejor oferta, tanto en lo económico, técnico y con lo previsto en el articulo 6" de la Ley No 19.886, y los artículos 10 y 41 de su reglamento, T r la combinación más ventajosa entre todos los beneficios del bien que se pretende adquirir y todos pr entes y futuros. no atendiendo sólo a precio de la oferta, por lo que el adjudicatario será aquél que, en ta más ventajosa.

.

.

Sin perjuicio de lo anterior, la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, quienes deberán responder dentro de las 48 horas siguientes de formulada la solicitud, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones, no les confieran a estos, una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal Mercado Público. Artículo 40 del Decreto Supremo No 250, que establece el Reglamento de la Ley No 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Por lo anterior, la oferta más conveniente para esta entidad licitante, será la que obtenga el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación. La entidad licitante se encuentra en la obligación de rechazar las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las bases. El incumplimiento de formalidades en la presentación de ofertas, producirá la ineficacia de la propuesta de un oferente en la medida en que se constate que la omisión tipificada cause desmedro a los derechos del Estado, reste transparencia al proceso o rompa el principio de igualdad de los licitantes, de modo que la conducta infractora privilegie a uno de ellos en perjuicio de los demás. No procede la aceptación parcial de las ofertas, por cuanto, se pretende contratar prestaciones únicas, por lo cual sólo se podrá concursar por todo el proyecto licitado y por las vias señaladas. 7.2. Criterios v Factores de Evaluación. Las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las Bases y demás documentos de la licitación, serán sometidas a un proceso de evaluación. El proceso de evaliiación contempla un componente técnico y otro económico, los cuales serán valorizados en base 100, con dos decimales redondeado al decimal más próximo para efecto de todo cálculo y representación. Cada componente será evaluado de forma independiente. La sumatoria de los puntajes de cada componente ponderados de acuerdo a la tabla publicada a continuación, determinará el puntaje final de la oferta.

C

1. 2.

Evaluación Oferta Técnica (EOT) 40% (30% experiencia y 20% plazo) Evaluación Oferta Económica (EOE) 50% (50% precio)

Así las cosas, los anexos administrativos, serán considerados para su admisibilidad, por tanto no serán considerados a esta etapa de evaluación de la oferta propiamente tal. Del mismo modo, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes, la presentación de antecedentes que permitan corroborar la exactitud de la información contenida en uno o más de los documentos que componen su propuesta. Dicha solicitud deberá ser fundada y atendida dentro del plazo de dos dias hábiles. Asimismo, la Comisión Evaluadora dentro del plazo otorgado para evaluar, esto es 10 días hábiles, podrá solicitar información a los medios de contacto informados por los oferentes en los correspondientes anexos, con el objeto de corroborar la veracidad del contenido de los mismos. 7.3. Criterios de Evaluación. La evaluación de las Ofertas se efectuará aplicando los siguientes criterios de evaluación:

7.3.1. Experiencia (30 '/O).

C

La mayor cantidad de obras construidas en los ultimos 4 años calendario por el oferente, contados desde el llamado a Licitación.

Para los efectos de la aplicación de la fórmula Evaluación que se indica precedentemente, se aplicarán los parámetros o criterios de evaluación que se indican a continuación: Anexo 6. Cantidad de obras construidas con respaldo de documento que den fe de recepción definitiva sin observaciones. A modo de ejemplo, copia de la recepción final de otros municipios, oficios del Serviu, etc.

40 puntos 20 puntos 5 puntos

Más de 10 obras Entre 5 y 10 obras Menos de 5 obras Anexo 7. Carta de compromiso de equipo de profesionales.

1

Un minimo de 2 Profesionales con experiencia sobre 4 a más rC

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.

*A.

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Un mínimo de 3 Profesionales con experiencia sobre 2 a 4 años. Un mínimo de 4 Profesionales con experiencia sobre 1 a 2 años.

1

1

10 puntos 5 puntos

rán excluyentes entre SI y solo podrán ser presentadas en uno de los dos Anexos indicados en este por el oferente será multiplicado por el porcentaje correspondiente al ítem, el cual equivale al 30%.

7.3.2. Plazo de ejecución (20%). Obtendrá el mayor puntaje aquel oferente que presente la mejor oferta en el menor plazo en su totalidad, se deberá considerar el plazo máximo de 100 días y un mínimo de 80 dias de construcción total. Los dias son corridos. Según Anexo No 8.

El puntaje obtenido por el oferente será multiplicado por el porcentaje correspondiente al item, el cual equivale al 20%. 7.3.3. Precio (50 %). El puntaje de la oferta económica será calculado de la siguiente manera: Anexo 10: 100 puntos a la menor oferta. Las restantes se ponderarán en base a la oferta menor, en una relación oferta menor 1 oferta analizada x 100 El resultado será la suma de ambas líneas multiplicado por el porcentaje correspondiente al item, el cual equivale al 50% Para los efectos de la aplicación de la fórmula "Evaluación de la oferta económica" que se indica precedentemente, se aplicarán los parámetros que se indican a continuación:

C

1) Oferta menor: Este parámetro corresponde a la menor de todas las ofertas económicas presentadas y que cumple con todos los requerimientos de las presentes bases.

2)

Oferta analizada: corresponde al TOTAL de la oferta presentada por el oferente.

7.4. Puntaie total. El puntaje total final corresponderá a la sumatoria de la Experiencia, Plazo y Precio. Puntaje Total = (Experiencia 30%) + (Plazo de ejecución 20%) + (Precio 50%) 7.5. Informe de la Comisión Evaluadora. La Comisión Evaluadora, deberá emitir un Informe, dirigido a la Alcaldesa, el cual deberá contener un resumen del proceso de licitación con todos sus participantes, funciones y evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que ha obtenido cada uno de los respectivos proponentes, como asimismo indicar si uno o más de los proponentes quedó fuera de las bases y el o los motivos que lo justifica; todo, en la oportunidad establecida en el cronograma de licitación de estas bases. Dicho informe culminará con una recomendación para la Alcaldesa

C

La Alcaldesa podrá solicitar tanto a la unidad técnica como a la comisión de evaluación, mayores antecedentes del proceso, del estudio de evaluación, de la proposición resolutiva o cualquier otro que, en definitiva, considere significativo y sustantivo para resolver sobre la adjudicación. El acta de evaluación deberá ser decretada y subida al sistema para efecto de notificar a los proponentes. 7.6. Mecanismo de resolución de empate. Los criterios para resolver un eventual empate entre oferentes, se les aplicará las siguientes reglas, según el orden de prelación que se indica, pudiendo pasar a la siguiente regla, sólo si persiste el empate:

(i) La oferta con mayor puntaje en su oferta económica. (ii) La empresa que acredite mayor capacidad económica. Si el empate persiste, será la Alcaldesa, quien definirá acorde con los mejores intereses del Servicio y la ejecución de la obra. La oferta que obtenga el mayor puntaje, obtendrá el Primer Lugar, y si cumple con todos los demás requisitos, será considerada la oferta ganadora y su oferente, deberá firmar el respectivo contrato. Las demás ofertas se ordenarán en orden descendente según puntaje final obtenido, a la espera de la resolución de la licitación. ,A..- --5.

7.7. Errores u omisiones detectadas durante la evaluación.

rt40,del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, en caso de errores u omisiones detectadas durante la comisión podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las vicios u omisiones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás

competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información. La comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar la oferta o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación debiendo presentarse en un lapso de tiempo máximo de 48 horas, contados desde que la comisión solicite la corrección a través del portal www.mercadopublico.cI . En caso de existir errores de tipeo que no alteren el valor final de la oferta, la Municipalidad de Porvenir, si lo estima necesario, podrá solicitar aclaraciones. Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes Bases de licitación, el municipio deberá decretar fundadamente el motivo por el cual ha acaecido el cambio de fecha y su nueva fecha a adjudicar y luego informar en el sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación.

8. ADJUD~CAC~ÓNDE LA PROPUESTA. La adjudicación de la propuesta será resuelta por la Alcaldesa, en base al informe entregado por la comisión con respaldo de la unidad técnica, ordenado de Menor a Mayor Valor de Oferta. La Resolución o acto administrativo que resuelve sobre la adjudicación de la Licitación será publicada en la página www.mercado~~iblico.cl , en el ID correspondiente y en la página www.muniporvenir.cl. La fecha adjudicación de la licitación será dentro del día hábil siguiente de aprobado el informe de evaluación. Los oferentes a quienes no se les haya adjudicado el Contrato, no tendrán derecho a pretender indemnización alguna.

C

9.

DE LA FACULTAD DE DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Compras, la Municipalidad podrá declarar desierta la licitación, cuando no se presentan ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del municipio. 10. DE LA FACULTAD DE READJUDICAR. La municipalidad podrá re-adjudicar la licitación, al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: 1)

Si el contrato no se firma en el plazo estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.

2) Si el adjudicatario no entrega la Garantia de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y respectiva póliza de seguro. 3) 4) 5)

6)

C

Si el adjudicatario se desiste de su oferta o no compareciera a la entrega de terreno. Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del articulo 40 de la Ley de Compras, o no, proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo indicado, con todo debe estar registrado antes de la firma del respectivo contrato. Si se constata que el oferente adjudicado presentó documentación falsa o adulterada.

11. GARANTIAS. 11.1.Por Seriedad de la Oferta. El oferente participante en la propuesta, deberá entregar una Boleta de garantía pagadera a la vista por un monto $50.000, extendida a favor de la Ilustre Municipalidad de Porvenir, como garantia de seriedad de la oferta, con una vigencia mínima de 90 (noventa) días corridos a contar de la fecha de apertura de la oferta de acuerdo a lo establecido en el calendario de la licitación. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista, y tener el carácter de irrevocable. Presentación: Deberá ser entregada en original y a través del sistema de información como parte de los anexos administrativos. La boleta original, deberá ser ingresada por oficina de partes de la Municipalidad de Porvenir, ubicada en calle Padre Mario comuna de Porvenir, Tierra del Fuego, Región de Magallanes y Antártica Chilena, el día de cierre de la Zavattaro N"34, licitación hasta las 09: horas, fecha que será señalada en el calendario de la licitación y verificada en el acta entregada por la Secretaria Municipal, al momento de la apertura de las ofertas. Moneda: Pesos Chilenos ($). Plazo Vigencia: mínimo 90 días corridos contados desde el dia de la apertura de ofertas. La municipalidad, podrá hacer efectiva esta boleta en cualquiera de los siquientes casos: a) Si el proponente, se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma. mprobare falsedad de cualquiera de los documentos constitutivos de la oferta. suscribe el contrato o no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chile o del plazo establecido en el cronograma de actividades de la licitación para la firma del contrato entrega en forma oportuna la Boleta de Garantia de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.

e)

Si el contratista no comparece a la entrega de terreno, o cualquier otra causal que faculte a la re adjudicación.

Toda oferta que no esté acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta, será rechazada por la municipalidad por no ajustarse a los términos de las presentes Bases. Forma devolución: para oferentes no adjudicados, contra presentación de carta del oferente solicitando la devolución, la que se hará efectiva por parte de la Municipalidad una vez que se haga entrega de terreno al oferente que resulte adjudicatario de la propuesta. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la Boleta de fiel cumplimiento de contrato. Dicha diligencia debe ser a través de una presentación ingresada a la oficina de partes del municipio. La garantía deberá contener la siguiente glosa: "Para qarantizar la seriedad de la oferta de la propuesta pública: AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO CUARTEL DE BOMBEROS, ID: 5282-18-LP15" La boleta de garantia será custodiada por el Departamento de Administración y Finanzas (Tesoreria) del municipio Este documento, en su totalidad, se constituye como requisito de admisibilidad para la aceptación de ofertas en el acto de apertura, por lo tanto, su no presentación en la forma requerida, significa que la oferta no será aceptada. La Municipalidad considerará ingresado este documento, solo una vez recibido en la oficina de partes, no se puede considerar el retiro desde los servicios de transporte como fecha de ingreso de la boleta, la responsabilidad en la entrega es del oferente no del municipio.

C

11.2.Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. El adjudicatario deberá entregar como garantía de fiel cumplimiento de contrato, antes de la firma del contrato en dependencias de oficina de partes de la municipalidad de Porvenir, ubicado en Calle Padre Mario Zavattaro No 434, Porvenir, segundo piso, una Boleta de Garantía a la vista, extendida a favor de la Ilustre Municipalidad de Porvenir por una suma equivalente al 5% del valor adjudicado con una vigencia igual al plazo mínimo total ofertado contado desde el día de la entrega de terreno, más 60 (sesenta) días hábiles, cuyo objeto y finalidad será la de garantizar el cumplimiento de cada una y todas las obligaciones del contrato, bases administrativas generales y especificaciones técnicas, la normativa vigente en la materia del contrato y demás documentos que regulan la presente propuesta pública. La caución o garantia deberá ser pagadera a la vista, y tener el carácter de irrevocable Instrumentos aceptados: boletas de garantia Monto: 5 % del monto Moneda: Pesos Chilenos ($) Plazo Vigencia: Vigencia mínima, plazo mínimo total ofertado, más 60 días hábiles

C

Forma de devolución: mediante solicitud escrita del contratista, adjuntando certificado de recepción final al proyecto, y previa entrega de instrumento que garantiza la buena ejecución de las obras. La boleta de garantías deberán ser remitidas por el Municipio, a los respectivas unidades financieras será su custodiada. La garantia deberá contener la siguiente glosa: "Para qarantizar el Fiel Cumplimiento de la propuesta pública: AMPLIACION Y MEJORAMIENTO CUARTEL DE BOMBEROS, ID: 5282-18-LP15" La boleta de garantia será custodiada por el Departamento de Administración y Finanzas (Tesoreria) del municipio En caso de aumento de plazo en la ejecución de las obras, se deberá garantizar mediante otra boleta de garantia pagadera a la vista cuya vigencia deberá ser, por el plazo concedido más 60 (sesenta) días hábiles. La Boleta de Garantía, tomada por aumento de plazo o ampliación de obras, deberá ser entregada dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del decreto que concede la modificación del contrato y la respectiva suscripción o firma del respectivo anexo. Dicho anexo debe ser protocolizado. La boleta de garantia de fiel cumplimiento de contrato se hará efectiva en caso de incumplimiento de las obligaciones que impone

n la individualización de la glosa o de la vigencia, podrá la entidad licitante a través de oficio notificador ordenar bstante ello, se dejará constancia de la recepción de la misma dentro de plazo. El contratista tendrá un plazo de a subsanar sopena de poner término al contrato.

11.3.Garantía de Buena Eiecución de las Obras Instrumentos aceptados: boletas de garantia Monto: 5 % del monto Moneda: Pesos Chilenos ($) Plazo Vigencia: 6 meses contados desde la fecha de recepción final sin observaciones. El plazo se computará desde la fecha de término de las obras indicada en el Acta de Recepción. La caución o garantia deberá ser pagadera a la vista, y tener el carácter de irrevocable. Forma de devolución: La garantia por concepto de buena ejecución de las obras, será devuelta a solicitud escrita del contratista, adjuntando el Acta de Recepción Definitiva. La garantia deberá contener la siguiente glosa: "Para qarantizar la buena eiecución de la propuesta pública: AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO CUARTEL DE BOMBEROS, ID: 5282-18-LP15" 12. DEL CONTRATO El adjudicatario debe estar inscrito y habilitado en el registro de proveedores del estado "Chile Proveedores", antes de la suscripción del contrato.

C

El oferente que resulte adjudicatario de la propuesta, suscribirá el contrato con La Municipalidad de Porvenir, y deberá presentar los antecedentes legales necesarios que se soliciten, además se hará cargo de los costos de protocolización. Se entiende formar parte del contrato las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, planos, sus aclaraciones y Anexos. El plazo para suscribir el contrato con la Municipalidad de Porvenir, será dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de emitida la orden de compra. La Municipalidad de Porvenir redactará el contrato. Antes de suscribir el contrato, el contratista deberá entregar los siguientes antecedentes: a) b) c) d) e) f)

Certificado de inscripción en el registro de contratista del portal de mercado público, en el caso que no la tuviese. Certificado que acrediten que las obras en ejecución con otras entidades públicas o privadas con sus respectivos saldos. Certificado de alguna empresa autorizada, que señale que no registra documentos protestados ni deudas en mora. Plan de contingencia. Boleta de Garantia de Fiel cumplimiento del contrato. Póliza de seguro.

El precio del contrato será determinado por la oferta ganadora de la licitación y corresponderá a la obra totalmente terminada, sin derecho a ningún tipo de reajustes.

C

El contrato se regirá bajo la modalidad de Suma Alzada, esto es por un valor invariable, sin reajuste ni intereses de ningún tipo y de acuerdo a la normativa establecida en estas Bases. Déjese establecido que el valor de la oferta ganadora, y por tanto, el precio del contrato, incluye todo gasto que irrogue el cumplimiento del mismo, sea directo o indirecto o a causa de él, aún el costo de las garantias. En el evento de aprobarse Aumentos de Obras Ordinarias ylu Obras Extraordinarias, el contratista deberá adicionar una boleta bancaria de garantia o una boleta por el nuevo monto total del contrato, por una suma equivalente al cinco por ciento del monto de éstas, aplicando el mismo procedimiento y cuya vigencia deberá ser superior en 90(noventa) días al plazo total concedido. Para efectos del cálculo del monto de la boleta del contrato, como asimismo la boleta adicional por aumento de obra ordinaria y obra extraordinaria, se considerará el valor de la U.F a la fecha d e apertura de la Licitación. Si el oferente ganador de la licitación, se desistiera de su oferta, negándose a suscribir el contrato o a cumplir las demás obligaciones de las bases de licitación, la Municipalidad podrá hacer efectiva la boleta de garantia por concepto Seriedad de la Oferta, y adjudicar al oferente que obtuvo el segundo lugar; si este rechazare la oferta, al que haya obtenido el tercer lugar, y asi, hasta que se completen todas las ofertas y siempre y cuando no signifique algún tipo de perjuicio para la Municipalidad, y el monto de la oferta no sea superior al presupuesto total disponible para la ejecución del proyecto. Si el contratista una vez firmado el contrato no inicia su ejecución, dará derecho a la Municipalidad para poner término anticipado al mismo, y ésta, podrá hacer una nueva adjudicación de la Propuesta o llamar a una nueva Licitación. Al contratista negligente, se le harán efectivas las garantias y responsabilidades correspondientes.

con la garantia a que se refiere el número precedente, una póliza de seguro, el monto de contrato para la indemnización por daños a terceros. Esta garantia

se devolverá una vez suscrita el Acta de Recepción Final de todas las obras. En caso de aumento de plazo del contrato, la empresa contratista deberá entregar en la prorroga que contemple el nuevo plazo de vigencia de esta póliza. La póliza de responsabilidad civil deberá contener en forma explicita una cláusula de rehabilitación y renovación automática hasta la recepción definitiva de las obras. Ella no debe estar condicionada unilateralmente por el asegurador. Esta póliza, cuya prima deberá ser pagada al contado, contendrá en forma especifica, dentro de la glosa correspondiente, la materia asegurada, el número y fecha de la resolución que adjudica el contrato y los daños e indemnizaciones referidos, sin exclusiones en cuanto al origen de esos daños. El incumplimiento de esta obligación dará derecho a poner término anticipado al contrato La póliza no podrá estar sujeta a condición alguna. 12.2.Anticipos a Cuenta del Paao del Subsidio. El contratista deberá entregar una (o más) boleta(s) bancaria(s) de garantía, extendida a nombre de la Municipalidad, por un valor total equivalente al monto del anticipo otorgado, expresada(s) en U.F, -valorizado a la fecha del acto administrativo que lo aprueba, la (S) que tendrá(n) por objeto caucionar su correcta restitución, debiendo contener la siguiente glosa: "Ampliación y Mejoramiento de Sede Adulto Mayor, Porvenir". El contratista deberá extender las respectivas cauciones por el periodo previsto para el TOTAL REINTEGRO DEL ANTICIPO, considerada la programación financiera de las obras sobre las que incidan, en todo caso, en tanto no sea restituido en su totalidad el respectivo anticipo.

C

12.2.1. Otorgamiento:

a) b) c) d)

El anticipo de dinero serán otorgados mediante decreto municipal. El anticipo de dinero se pagarán en forma reajustada, de acuerdo a la variación del valor de la U.F., entre la fecha de la apertura de la propuesta o del acuerdo de precio en su caso, y la fecha de su pago. El anticipo de dinero se garantizarán por el contratista mediante boleta bancaria de garantía a favor de la Municipalidad. La boleta bancaria de garantía se deberá expresar en U.F., por un valor equivalente al monto del anticipo otorgado.

Con todo, por concepto de valorización de la UF, el municipio no podrá quedar en saldo en contra, absorbiendo dicho costo la empresa contratista. 12.2.2. Devolución:

1. 2.

3. 4. 5.

El anticipo en dinero será descontado reteniendo de cada estado de pago ordinario un porcentaje igual al que representa el anticipo concedido respecto al valor del contrato, hasta enterar el monto del mismo. Si se disminuye la cantidad de obra del contrato, en los estados de pago más inmediatos se retendrán las sumas necesarias para ajustar los porcentajes de devolución del anticipo conforme a la proporción antes señalada. La boleta bancaria de garantía deberá mantenerse vigente hasta que sea devuelto en su totalidad el anticipo. La Unidad responsable del contrato comunicará formalmente a la Unidad de finanzas, la devolución total del anticipo otorgado. La boleta bancaria de garantía será devuelta mediante resolución una vez completada la devolución del anticipo. 12.2.3. Obligaciones anexas del contrato.

1.

2.

3.

El Contratista deberá solicitar y cancelar los permisos que originen las obras del presente llamado a licitación en los respectivos servicios: A modo ejemplar: permiso de edificación, subdivisión o loteo simultaneo, Permiso de recepción de obra, permisos de Serviu, Aguas Magallanes S.A., Gasco S.A., Edelmag S.A., SEC., Etc. Además es menester dejar claro que no sólo deberá cancelar sus derechos, sino que además deberá ejecutar su tramitación y correspondientes recepciones a su costa. En suma, será responsabilidad y cargo del contratista, obtener a su costa la totalidad de la información y permisos de edificación, estructurales e instalaciones que fueren necesarios para la ejecución de las obras ante los organismos correspondientes. El contratista, bajo su exclusiva responsabilidad y cargo, deberá consultar cualquier otra obra que sea necesaria para la recepción y habilitación de las obras de la presente licitación, siempre que ello, sea atribuible a la naturaleza de la ejecución contratada. Por lo anterior, en el caso de los suministros básicos, su costo quedará fijada en las respectivas factibilidad técnicas, por ende el contratista no podrá ignorar su contenido y deberá cubrir a cabalidad el costo diseñado que ello le signifique. El contratista podrá subcontratar partidas especiales de la obra o algunas actividades específicas, con la debida autorización de la Unidad Técnica, según normativa legal vigente. La empresa contratista deberá adoptar todas las medidas de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena, incluyendo pavimentos u otras obras públicas o privadas existentes, edificaciones, cercos, caminos, senderos, árboles, que se encuentren ubicados en o cerca del sitio de las obras y no se demolerá o retirará ninguna propiedad, sin la aprobación previa del I.T.O., lo cual no eximirá al contratista de su responsabilidad por eventuales daños a terceros. En los lugares donde cualquier edificación o propiedad se encuentren próximas a las obras deberá protegerse de forma tal se conserve estable y la empresa contratista deberá asumir la responsabilidad de subsanar opinión de la I.T.O., sea atribuible a la realización de las obras, o a consecuencias de ellas. La esta cláusula, incluirá: la reparación de cualquier daño que haya sido causado por: asentamiento o contratadas en obras de canalización y servicios existentes, con tal que estás sean

adyacentes a las calles en que se ejecuten los trabajos; o por aniegos y derrames provocados por las obras que ejecutan. Durante la ejecución de las obras el contratista deberá mantener las vías de acceso limpias de todo material proveniente de la obra. Los escombros provenientes de la obra deberán retirarse diariamente de la vía pública. El adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el D. S. No 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que, en su articulo 2", establece lo siguiente: "Los vehiculos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire". Asimismo, a objeto de evitar, en lo posible, la formación de polvo, se deberán humedecer los sectores en que se produzca movimientos de tierra en la obra. Será de exclusiva responsabilidad del contratista el cuidado de los materiales y de las obras, desde su inicio hasta su recepción. El contratista deberá respetar la nómina de profesionales y personal o trabajadores señalados en los anexos presentados. El contratista no podrá omitir su valorización monetaria. El contratista para la ejecución de las obras se debe contar con su equipo profesional: a. b. c.

Profesional competente residente a cargo de la obra. Profesionales competentes ayudantes del residente. Profesionales de Especialidades. Profesional Competente para instalaciones de especialidades.

El ITO exigirá al Oferente Adjudicado o contratista la permanencia señalada de los profesionales aceptados para la obra. De ser necesario cambiar alguno de ellos, el Oferente Adjudicado deberá presentar al ITO una solicitud del cambio, explicando los motivos del mismo y acompañado del currículum del profesional propuesto para el reemplazo, el cual deberá cumplir el mismo perfil del profesional a reemplazarse. Documentos a presentar de los profesionales señalados anteriormente: Se debe presentar el currículum vitae y certificado de titulo de cada uno de los profesionales, indicando claramente la experiencia en obras a la que se propone ejecutar, entendiendo por tal infraestructura u obras civiles, equivalentes a lo indicado en los anexos presentados. A los profesionales se les exigirá dedicación exclusiva durante la respectiva jornada. Siendo la I.T.O. la responsable de controlar e informar el cumplimiento de la obligación de permanencia en obra del profesional responsable de ella. Cada ausencia injustificada de los profesionales en la obra, dará lugar a la aplicación de la multa establecida en el titulo denominado "Multas", de estas BASES. El reemplazo de alguno(s) de (I)(los) profesional(es), ya sea de los que suscribe(n) la carta compromiso o de sus sucesores, sólo podrá realizarse a solicitud expresa del contratista con Vo Bo del I.T.O. De proceder a alguno de estos reemplazos, los nuevos profesionales deberán cumplir con los mismos requisitos de los titulares, especificados en la respectiva oferta. 12. En relación al cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales del personal empleado en la obra, el adjudicatario deberá tener presente las disposiciones contenidas en la Ley No 20.123, que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios y, las exigencias contenidas en la Circular No 148 del 2911212006 (Dirección del Trabajo), las que se consideran conocidas de los Sres. Oferentes. Ambos antecedentes se encuentran disponibles en w . d t . q o b . c l . 13. Las disposiciones de la citada Circular son igualmente aplicables al personal de los subcontratistas que se desempeñen en la obra. 14. A fin de facilitar el cumplimiento de dichas disposiciones el Adjudicatario deberá remitir a la I.T.O. en un plazo no superior a 5 dias hábiles contados desde la Protocolización del correspondiente contrato, el listado completo de los trabajadores subcontratados con individualización completa, la que deberá mantener actualizada semanalmente. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a la aplicación de una multa conforme lo dispuesto en el Título denominado Multas, de estas "BASES". 15. El contratista deberá someterse a las órdenes o instrucciones que la I.T.O. imparta por escrito en el Libro de Inspección, sobre las obras u otros aspectos del contrato, conforme a los términos y condiciones del mismo. Dichas órdenes deberán ser cumplidas por el contratista en el plazo indicado por la I.T.O., pudiendo apelar de ellas dentro de los dos días hábiles siguientes a su notificación, ante la alcaldía, quien resolverá breve y sumariamente. Todo contrato puede ser alterado si hay acuerdo entre las partes y en concordancia con las presentes Bases. 16. El letrero indicativo de Obras, será elaborado e instalado en el lugar de faenas, según Especificaciones Técnicas y10 indicaciones de la Unidad Técnica, dentro de los 10 dias corridos contados desde la entrega de terreno de la Obra. 17. Será responsabilidad del contratista, el pago de los consumos domiciliarios generados por la construcción, por los servicios de utilidad pública, tales como agua potable, alcantarillado y electricidad, hasta su recepción por parte de la Unidad Técnica. 18. Además se debe realizar el retiro de la Instalación de Faenas, letrero de obra, limpieza y perfilado del terreno, El plazo máximo para ello corresponde a 10 días corridos. 19. El contratista deberá entregar antes de iniciar la construcción de cada partida el PAC al ITO para su visto bueno. y---.

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P#(IBR~MADE TRABAJO Y FINANCIERO.

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el Programa de Trabajo y el correspondiente Programa Financiero presentados en la propuesta por la Municipalidad previa aprobación de ITO. Para ello tendrá un plazo máximo de 5

días corridos, a contar del día en que se levante el Acta de Entrega de Terreno. Estos documentos regularan el contrato entendiéndose que forman parte de él. Si por cualquier circunstancia el contratista no entregare dicho programa, o bien, a juicio de la municipalidad, el que presentare se estimare inadecuado, este municipio estará facultado para fijar y establecer el programa de trabajo y financiero que permita desarrollar y terminar las obras dentro del plazo de ejecución señalado en cada caso.

14. MODALIDAD DE PAGO. Los estados de pago se presentarán y tramitarán ante la Municipalidad de Porvenir, a través de la oficina de partes Los Estados de Pago serán determinados por la l. T. O., de acuerdo con el avance físico de las obras, y con lo indicado por el contratista en su oferta. Se deberán presentar como antecedentes para cursar los estados de pago, los siguientes documentos en oficina de partes (original y tres copias simples):

1. Carátula o solicitud de Estado de Pago 2. Solicitud de estado de Pago deberá adjuntar los siguientes documentos: Primer Estado de Pago: o Informes Tecnicos visado por ITO y Director de Obras Carta de lngreso del contratista Carátula de estado de pago Estado de Pago Factura extendida a nombre de la l. Municipalidad de Porvenir Contratos de trabajos de sus trabajadores Liquidación de Sueldo de todos los Trabajadores Certificado emitido por la inspección del trabajo que de fe del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. Copia pago de derechos municipales por permiso de construcción. Copia permiso de construcción Copia acta entrega de terreno Copia simple del contrato Copia boleta de garantía lnforme de Avance relacionado con el estado de pago solicitado VOBOdel ITO al lnforme de Avance Comprobantes de Ingreso Municipal, por los impuestos específicos contemplados en la ordenanza de cobro de derechos municipales, relacionados con la ejecución de obras. Fotografías (archivo digital) del proceso de construcción, relacionados con el lnforme de Avance. Listado de trabajadores. Segundo y otros Estados de Pago y Siguientes: o Informes Técnicos visado por el ITO y Director de Obras Carta de lngreso del contratista Carátula de estado de pago Estado de Pago Factura extendida a nombre de la l. Municipalidad de Porvenir Liquidación de Sueldo los Trabajadores Certificado emitido por la inspección del trabajo que de fe del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores. lnforme de Avance relacionado con el estado de pago solicitado VOBOdel ITO al lnforme de Avance Comprobantes de lngreso Municipal, por los impuestos específicos contemplados en la ordenanza de cobro de derechos municipales, relacionados con la ejecución de obras. Fotografías (archivo digital) del proceso de construcción, relacionados con el lnforme de Avance. Listado de trabajadores. Ultimo Estado de Pago: (El último estado de pago se realizará una vez recibida (recepción final) la obra conforme a las presente bases. Informes Técnicos visado por el ITO y Director de Obras o Carta de lngreso del contratista Carátula de estado de pago Estado de Pago o Factura extendida a nombre de la l. Municipalidad de Porvenir Sueldo de los Trabajadores cumplimiento de las obligaciones laborales y

lnforme de Avance relacionado con el estado de pago solicitado VOBOdel ITO al lnforme de Avance Comprobantes de Ingreso Municipal, por los impuestos específicos contemplados en la ordenanza de cobro de derechos municipales, relacionados con la ejecución de obras. Fotografías (archivo digital) del proceso de construcción, relacionados con el lnforme de Avance. Listado de trabajadores. El pago se hará en Pesos Chilenos. Será según la programación financiera establecida en las bases

15. INSPECCIÓN TÉCNICA DE L A OBRA. La Inspección Técnica será la encargada de inspeccionar y supervisar en el terreno la ejecución de las obras La ITO dejará constancia de sus observaciones acerca del desarrollo de la obra en el libro de obras. El libro de obra debe considerar una copia virtual (copia escaneada del libro original). La inspección y supervisión de la obra no liberará al contratista de ninguna de las obligaciones y responsabilidades que le son propias como ejecutor de aquellas, ni constituirá en caso alguno, aprobación parcial o total de los trabajos ya ejecutados. La ITO podrá autorizar cambios y ordenar modificaciones al proyecto previo visto bueno de la unidad técnica quedando dicha autorización indicada en el libro de obras.

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Las sugerencias consignadas en el libro de obras por la ITO, que implicaren reparos a la obra que se realiza, deberán ser acatadas de inmediato por el contratista, de lo contrario éstas serán causales de multa y10 término anticipado del contrato. El número de días que posee el contratista para reparar aquello observado por la ITO se establecerá en el libro de obra y será de acuerdo al tipo de problema a subsanar, dicho plazo podra fluctuar de 5 a 15 días hábiles dependiente de la complejidad el contratista. Si la I.T.O., formulare observaciones, el contratista deberá subsanarlas y no podrá excusarse alegando que las obras cuentan con recepción de otros servicios. Será responsabilidad de la I.T.O., cuidar que las obras recibidas por otros servicios no generen inconvenientes para la ejecución de otras partidas que considere el contrato. El incumplimiento de una orden no apelada, faculta a la I.T.O., para paralizar las faenas hasta que dicha orden sea acatada o para hacer ejecutar la orden por cuenta y cargo del contratista, sin perjuicio de aplicar una multa de 5 U.F., por cada dia de incumplimiento. Las órdenes o resoluciones de la I.T.O., incluidas aquéllas que recaigan en los reclamos deducidos por el contratista, se entenderán suficientemente notificadas a éste, por su anotación en el Libro de Inspección. Esta forma de notificación no excluye otras que el Municipio pueda adoptar. Si el contratista no estuviere de acuerdo con la resolución del I.T.O., podrá reclamar de ello por escrito, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, la alcaldesa, cuyo dictamen será definitivo. Si después de resueltos los reclamos, el contratista se resistiere a acatar las órdenes impartidas, la alcaldesa podrá, previa notificación hecha con ocho días de anticipación, poner término administrativamente y en forma anticipada al contrato conforme a lo dispuesto en las bases.

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16. CESIÓN DE DERECHOS. No se permite, excepto en el caso de fusión, absorción o división de la empresa contratista, situación en que las obligaciones se traspasarán al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en el contrato. En estos casos, el contratista deberá informar al Municipio a la brevedad posible, respecto de la fusión, absorción o división. Además, el Municipio podra solicitar al continuador legal la entrega de una nueva boleta de garantía que reemplazará a la que haya entregado el contratista de acuerdo a estas bases. 17. ACTA DE ENTREGA DE TERRENO.

El terreno, se entregará en forma total al Contratista mediante Acta firmada por éste, la Unidad Técnica y el ITO designado. En dicha Acta quedará establecida la fecha de inicio y término del Contrato, según el plazo ofertado. La entrega de terreno debera ejecutoriarse en un plazo máximo de 15 días corridos contados desde la fecha de firma del contrato entre las partes. Salvo que se indique otro plazo en conformidad a lo establecido en el articulo 77 de la Ley 19.886 y su reglamento. Esta circunstancia deberá ser por resolución fundada y de mutuo acuerdo con el contratista. En este acto de entrega de terreno debera constar la entrega de las respectivas boletas de garantia y póliza de seguro. 18. LIBRO DE OBRA Y OTRO.

oficina de la obra, un Libro de Obras, con hojas autocopiativas y foliadas en triplicado, el cual será sta y estará siempre a disposición y a cargo del jefe de obra, el cual podra ser requerido por el ITO, ilidad del contratista, constatar la existencia de observaciones que el ITO o la propia Unidad Técnica correspondientes visitas a terreno.

Los controles se registrarán en dicho libro, cuya primera copia será para el Jefe de Obra, la segunda para el ITO, quedando en el libro la tercera copia, previa firma del Jefe de Obra, ITO y Responsable de la Unidad Técnica. El ITO dejará constancia en el Libro de Obras, de las deficiencias, atrasos, incumplimiento que advierta y de cualquier otra obsewación, cuando corresponda dará un plazo para saldar o cumplir con los trabajos. Se mantendrá una copia virtual en poder del I.T.O. Al comenzar la obra, el ITO deberá registrar en el libro de obras las siguientes copias: Boletas de Garantia y póliza de seguro. Acta de entrega de Terreno. Decreto Alcaldicio que aprueba el acta de entrega de terreno. Contrato y su Decreto Alcaldicio que lo sanciona. Decreto Alcaldicio de Adjudicación. Plan de contingencia. Además el ITO deberá llevar un archivador especial que contenga toda la información laboral de los trabajadores del contratista adjudicado. Digase, nómina, contrato, liquidaciones de sueldo, copia del anexo 7 y 10, solicitud de subcontrataciones y certificados emitidos por la inspección del trabajo.

19. RECEPCIÓN DE LA OBRA. 19.1.Recepción Final

C

Una vez terminado los trabajos, el Contratista solicitará por escrito, mediante Libro de Obras, al ITO, la Recepción de la Obra, éste constatará la correcta ejecución de las obras y fiel cumplimiento de lo señalado en el contrato, especificaciones técnicas y Bases Administrativas, una vez corroborado lo anterior, la ITO, indicará en el Libro de Obra la fecha en que el Contratista puso término a los trabajos e informará al Responsable de la Unidad Técnica, quien a continuación, designará una comisión de recepción final del proyecto. No obstante lo anterior, en la solicitud para la Recepción de la Obra, el contratista deberá adjuntar el certificado de Recepción otorgado por la Dirección de Obras Municipales en virtud de las atribuciones que la Ley General de Urbanismo y Construcciones les otorgará. La comisión recepcionará las obras y, verificará el fiel cumplimiento de lo señalado en el contrato, las especificaciones técnicas, planos y las Bases Administrativas. Una vez verificada la correcta ejecución de la obra, se dará curso a la Recepción Final, y se levantará el Acta respectiva, que será firmada por los miembros que corresponda. Se consignará como fecha de término de la obra la que haya indicado la ITO en el "Libro de Obras". 19.2.Acta de la Comisión de Recepción. Si, de la verificación efectuada a la obra en la Recepción Final, según corresponda, resultase que los trabajos no están ejecutados en conformidad con los planos, especificaciones y normas técnicas y10 se ha constatado que se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, u otra observación atingente a la ejecución de las obras, no se dará curso a la Recepción, estableciendo un Acta de Recepción Provisional, fijándose por la comisión el o los plazos que estimen convenientes en días corridos, para que el contratista ejecute a su costo los trabajos o reparaciones que en ella se determinare. Este plazo no estará afecto a multa o sanción. La comisión, o alguno de sus integrantes, no podrán exigir trabajos que no estén relacionados con el objeto contratado y que explicitamente no se encuentren detallados en las especificaciones técnicas, las aclaraciones, el libro de obras o sean parte constitutiva de obras extraordinarias, debidamente contratadas. No obstante, el plazo a que se hace mención, no podrá superar los 30 días corridos, salvo que, fundadamente, se establezca un plazo superior. Una vez ejecutado por el contratista los trabajos observados, este solicitará mediante libro de obra a la ITO la recepción final, quién informará a la comisión respectiva, a fin de recepcionar los trabajos observados. Si el contratista, no ejecutase los trabajos necesarios para subsanar las observaciones y10 no cumpliese con el plazo establecido para ello, la Municipalidad podrá hacer efectiva la Garantia por "Fiel Cumplimiento de Contrato" y poner término al contrato y además como sanción el plazo otorgado para subsanar las observaciones, se contabilizarán como días de atraso aplicando las multas que por este concepto están indicadas en las presentes Bases. 19.3.Recepción Definitiva Al término del plazo de 6 meses, contados desde la fecha del Acta de Recepción Final y a petición escrita del Contratista, la comisión designada por la Unidad Técnica procederá a la Recepción Definitiva de la Obra. Si de la visita a la obra, efectuada por la comisión designada por la Unidad Técnica, estimare que hubiera observaciones en ella ejecutados por el contratista, dicha comisión levantará un Acta de Recepción Definitiva con á un plazo, que no podrá exceder los 30 días corridos, para corregir los defectos observados. tase los trabajos necesarios para subsanar las obse~acionesy10 no cumpliese con el plazo establecido d dará aviso a (los) Registro(s) de Contratista(s) en que estuviese inscrito, comunicando este hecho a las

instituciones a la cual pertenecen dichos Registro(s), a fin de que ésta(s) le apliquen las sanciones que contemplen sus regulaciones, pudiendo además hacer efectiva la garantia. 19.4.Los certificados que se deben presentar con motivo de la rece~ciónde las obras son los siquientes. Certificado de la respectiva Inspección del Trabajo, que acredite que no existen reclamos pendientes de índole laboral, y certificado de la institución de previsión correspondiente, que acredite que no registra deuda previsional por sus trabajadores, relativos al mes que precede al de recepción de las obras. (Dictamen No 31.252, de fecha 07 de julio de 2008, de Contraloria General de la República). Comprobantes, boletas o facturas, por pago de suministro de servicios básicos, (electricidad, agua potable, telefonía, conexión lnternet y10 banda ancha), pertinentes a la Instalación de Faenas (sea propia o arrendada, según corresponda), para acreditar que no existen deudas pendientes por dichos conceptos, relativos al mes que precede al de dicha recepción; o en su defecto, una declaración jurada avalando la propia provisión de estos servicios.

a)

b)

Certificados que corresponden a los servicios de urbanización, instalaciones y recepción municipal

C)

Dichos certificados exigidos deberán ser entregados a la Comisión Receptora al momento de su constitucion en las obras. Si no fuere así, la Comisión Receptora suspenderá la Recepción de la Obra hasta que los certificados exigidos le sean entregados y levantará un acta que será firmada por los miembros asistentes, por el I.T.O. y por el contratista, si lo desea, dejando constancia del hecho. En este caso la fecha de término de las obras será aquella en que se entreguen todos los certificados, aplicándose las multas que corresponda. Se exceptuarán de esta exigencia aquellos certificados que hubieren sido solicitados con oportunidad por el contratista pero el municipio correspondiente no lo hubiere entregado a momento de la recepción de las obras. En caso de falta de reglas aplicables frente a las recepciones se aplicará en el siguiente orden de prelación. DFL 458, en lo pertinente los artículos 144 y 145 y siguientes y artículo 5.2.6. de la OGUC regulado por DS 47 y las bases administrativas

C

20. SANCIONES Y MULTAS. 20.1 .Por atraso en la entreqa de obras: El contratista está obligado a cumplir durante la ejecución del contrato con los plazos acordados, y si se produjere un atraso injustificado, a juicio de la autoridad correspondiente, de un 40% o más con respecto al avance de las actividades consultadas, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de la aplicación de las multas que se fijen en las presentes bases. En caso de atraso en el plazo establecido para la ejecución de los trabajos (incluyendo sus modificaciones), se aplicará una multa de un uno por mil del monto del contrato, por cada día de atraso. Se entenderá por atraso, el tiempo de término de la obra posterior al plazo de término final establecido, incluidas las modificaciones de contrato (si las hubiere). Las multas también se aplicarán si es que existiese documentación pendiente de otro organismo o servicio, que el contratista deba ingresar al expediente de la obra, aunque ésta haya concluido. En todo caso el monto total por concepto de multa no podrá exceder del 40°:0 del valor del contrato; superado este porcentaje, se hará efectiva la Boleta de garantia por Fiel Cumplimiento de Contrato u otras que se encuentren vigentes a la fecha. Si el monto de la multa fuese superior al valor del estado de pago final (incluida las retenciones si hubiere) dicha diferencia será cubierta con la (S) Boleta (S) de Garantía (S), que cauciona el fiel cumplimiento de contrato y buena ejecución de las obras. Si aún quedase un saldo por recuperar de multa, se procederá a transigir extrajudicialmente o mediante la cobranza judicial por parte de la Municipalidad.

C

20.2.Por ausencia iniustificada del "Jefe de Obra" El contratista designará un "Jefe de obra" para dirigir las faenas, el cual deberá permanecer siempre durante la jornada de trabajo de esta. Su designación se comunicará y dejará por escrito en el libro de obras, deberá contar con el VOBOde la Unidad Técnica y se entenderá que éste se encuentra ampliamente facultado para representar al contratista en todos los asuntos relacionados con la obra. Si el ITO constata la ausencia injustificada del "Jefe de Obra" designado, se aplicará una multa de 5 UF diarias por cada día que constate la ausencia del "Jefe de Obra", dejando registrado este hecho en el respectivo libro de obra, estipulando fecha del día de esta falta. Esta multa sera descontada del Estado de Pago que corresponda u otro procedimiento que indique la unidad jurídica del municipio. 20.3.Por atraso en la instalación del letrero indicativo de obras Si el contratista no cumple con la instalación del letrero indicativo de obras en el plazo establecido, se aplicará una multa de 5 UF por cada día de atraso, que se descontará del próximo estado de pago. 20.4.Por atraso en la provisión y10 existencia del Libro de Obra la provisión y10 existencia del Libro de Obra en el lugar de la obra, se aplicará una multa de 5 UF descontará del próximo estado de pago. y sin causa justificada, la multa será de 50 UF, y el contratista deberá proporcionar un nuevo

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Libro de Obras y reconstruir la información contenida en el libro original, que se descontará del próximo estado de pago. Si se extravia, en forma temporal, la multa será de 5 UF por cada dia perdido, que se descontará del próximo estado de pago 20.5.Por calidad de materiales En caso de que el ITO constate que los materiales utilizados no cumplen la calidad comprometida por el oferente, se encuentran defectuosos o no son los idóneos para cumplir con los trabajos encomendados, se aplicará una multa equivalente a 50 UF por cada partida de materiales detectada, que serán descontados del próximo estado de pago; el contratista deberá cumplir1 reponer en relación a lo indicado por el ITO. Con tres multas de este tipo durante la ejecución de obras, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato por incumplimiento grave del contratista, y hacer efectiva la boleta correspondiente. 20.6.Por transqredir normas de hiqiene v sequridad en la obra El contratista deberá respetar normas y procedimientos de seguridad para sus trabajadores presentes en las faenas, en relación a las indicaciones minimas establecidas por las diversas mutuales (uso de casco de seguridad, guantes, zapatos, arnés si realiza trabajo en altura, etc.). Si se constata en la obra, por parte del ITO, algun incumplimiento de este tipo, se aplicará una multa equivalente a $50.000 (cincuenta mil pesos) por cada falta registrada, que serán descontados del próximo estado de pago. Con quince multas de este tipo durante la ejecución de obras, la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato por negligencia del contratista respecto de la seguridad de sus trabajadores, y hacer efectiva la boleta correspondiente. 20.7.Por incumplimiento de las suqerencias consiqnadas en el libro de obras por la ITO.

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Por incumplimiento de órdenes impartidas por la Inspección Técnica y consignadas en el libro de obras, el equivalente a 1 UTM diaria, si estas no se cumplen dentro del plazo otorgado para ello, descontada en el estado de pago inmediatamente posterior a la aplicación de la multa. Se considerará el valor de la UTM correspondiente al mes de aplicación de la multa. 20.8.0tras multas: 1. 2. 3.

4. 5.

Se aplicará una multa de 2 U.F. diarias por negarse a proporcionar datos que se le soliciten, por el ITO. Se aplicará una multa 2 L1.F. por cada ausencia no justificada de algun profesional de aquellos señalados en las BASES. Se aplicará una multa de 2 U.F. diarias, si el avance de las obras se encuentra más de un 10% bajo los % acumulados en cada período de 30 dias. El cómputo del plazo para el cálculo de la multa estará vigente mientras el contratista no compruebe que conforme al programa ha recuperado el atraso. Se aplicará una multa de 5 U.F. diarias, por demora en el cumplimiento de la obligación de actualizar el listado de trabajadores a que hace referencia en un punto anterior. Otro tipo de sanciones, así como sus multas, serán definidas por el ITO (sin embargo, el monto de cada multa no podrá ser superior al 5 UF del monto total contratado), quien deberá contar con la aprobación del Responsable de la Unidad Técnica, y su aplicación será mediante Decreto Alcaldicio. El contratista podrá apelar este tipo de sanciones y multas a la señora Alcaldesa.

No obstante lo anterior, la opción de apelación del contratista, prescribirá a los 3 dias hábiles contados desde la fecha en que la ITO comunica la sanción, consignada en el Libro de Obra. 20.9.Consideraciones Globales

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El valor referencia1 de la UF corresponderá al del ultimo día del total de dias de atraso, del mes en curso Si la sumatoria en la aplicación de multas, supera el 40% del monto total contratado, la Municipalidad, podrá poner término anticipado al contrato, haciendo efectiva las garantias respectivas. Las multas serán descontadas en el estado de pago siguiente a la fecha en que fueron aplicadas, en el último estado de pago, o con cargo a las garantías, si aún quedare un saldo que completar, u otro procedimiento que establezca la Municipalidad de Porvenir. Todas las multas podrán ser apeladas por el contratista, mediante presentación escrita de sus argumentos atenuantes, dirigida a la Alcaldesa quien en definitiva, sancionará si procede la multa, se aumenta el monto de la misma, o se rebaja. No obstante lo anterior, el Concejo Municipal actuará segun derechos, facultades y competencias que le otorgue la Ley No 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de fiscalización a la Gestión Municipal.

21. CONTINGENCIAS El contratista al firmar el contrato deberá presentar un plan de contingencias al I.T.0, frente a los siguientes hechos: accidentes en la via; derrame de sustancia peligrosas en la faena, en tránsito y en almacenamiento; incendios; explosiones; accidente laborales; Deberá incorporarse al libro de obra.

y - 2 % . SUBCONTRATOS odrá subcontratar parte de las obras, sin perjuicio de lo cual, será siempre el Contratista el que mantendrá la Municipio por la calidad, contenido y oportunidad de las obras contratadas y por los daños directos, perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por el Contratista, sus dependientes o subcontratistas,

en conformidad a la ley Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratista un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por otros documentos que garanticen la veracidad de dichos montos y estado de cumplimiento respectivo a los trabajadores de la empresa oferente. Asimismo, se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos los derechos que le asisten a la municipalidad, de ser informado y de retención indicados en los incisos 2" y 3" de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley. El Contratista deberá solicitar al funcionario designado como, Inspector Técnico de Obras (ITO), la autorización para que intervengan los subcontratistas en la ejecución de las obras.

23. RESPONSABILIDADES. 23.1 .Responsabilidad v cuidado de las obras. El contratista será el único responsable, hasta la recepción final, según plan de trabajo, por el suministro, suficiencia, estabilidad, seguridad, protección, construcción, demolición, retiro, transporte y mantención, de la totalidad de los elementos que componen la obra, y adoptar las medidas para asegurarlas de todo riesgo, debiendo reponerlos, reconstruirlos o re-ejecutarlos a su costa, en casos que se pierdan o resulten dañados o inadecuados. El contratista responde por la calidad de la obra y de los materiales empleados por el término de 5 años a contar desde la fecha de la recepción provisional. 23.2.Responsabilidad en Obras Accesorias v Provisorias.

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El costo de todas las obras accesorias y provisorias necesarias para realizar las contratadas, se considerará incluido en el valor del contrato. 23.3.Remuneraciones e Imposiciones de los Trabaiadores. El pago de las remuneraciones a los trabajadores, cotizaciones y otros pagos que corresponda efectuar al contratista, se realizará en estricto apego a la legislación vigente. Si el contratista no acredita a la fecha de la presentación del estado de pago respectivo, el pago de remuneraciones y leyes sociales de los trabajadores de la obra, no se pagará el estado de pago. 23.4.Daños a instalaciones de Terceros. Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de las obras se cause a instalaciones de terceros, será de responsabilidad y costo exclusivo del contratista. El Contratista deberá adoptar todas las medidas de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena y asumirá la responsabilidad de subsanar cualquier daño, que en opinión del Inspector Técnico, sea atribuible a la realización de las obras, o a consecuencia de ellas.

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23.5.Señalización y Sequridad de Faenas. De acuerdo con las normas establecidas para la Prevención de Riesgos que establece la legislación vigente, el contratista deberá mantener la seguridad en el trabajo, instalando las señalizaciones y medidas de seguridad en conformidad a las normas legales que regulan esta materia, para lo cual deberá equipar a su personal con todos los elementos de seguridad adecuados. 23.6.Asequramiento de la Calidad en Obras de Construcción. El contratista es responsable de cumplir con los requisitos y especificaciones técnicas del contrato, realizar a su costo y cargo los ensayos y análisis necesarios para el debido control de la calidad de las obras, que se hayan señalado en las especificaciones técnicas y le sean requeridos por el ITO. Para aquellos materiales y10 partidas que así lo requirieren, en conformidad con las especificaciones técnicas, deberán efectuarse informes y controles de calidad, los cuales serán solicitados directamente por el ITO y realizados por algún organismo certificado competente. El número y tipos de ensayos de calidad será el estipulado por las especificaciones técnicas o, en su defecto, por los que soliciten los organismos receptores de obras correspondientes. Los gastos que se originen por estos conceptos serán de cargo del Contratista. El Contratista no podrá dar inicio a las obras, sin antes haber obtenido el VoBo al procedimiento y al protocolo de la partida que desea iniciar. Para tal efecto, el Contratista deberá entregar al ITO, antes del inicio de cada partida, el Plan de Aseguramiento de Calidad (PAC). Este PAC deberá contener los procedimientos y los protocolos de control de las partidas. .7.Responsabilidad civil Dor daños a terceros. ista deber programar y ejecutar los trabajos de manera de permitir el tránsito de las personas en condiciones f - 4 d a d y será de su cargo proveer toda la señalización y protección de accidentes, De ser necesario, el

contratista considera entre otras medidas la instalación y mantención de paraderos y cruces peatonales, accesos y pasos de vehiculos y señalización diurna y nocturna. En todo caso el contratista deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Manual de Señalización de Tránsito, Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para trabajos en la Vía del Ministerio de Transporte, Manual de Control de Riesgos en Obras de Construcción (Señales para Obras en Vía Pública) de la Asociación Chilena de Seguridad.

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El Contratista deberá cumplir con las siguientes disposiciones legales, relacionadas con la Higiene y Segundad Industrial, Tránsito y otras materias a fines, sin que este listado sea taxativo: Ley No 16.744168 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y sus modificaciones Sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales". Decreto No 40169 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y sus modificaciones Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales". Decreto No 54169 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y sus modificaciones "Aprueba Reglamento sobre la Constitución y Funcionamientos de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad". Decreto No 594199 del Ministerio de Salud. "Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Mínimas en los Lugares de Trabajo". Decreto No 50188 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social "De la Obligación de Informar a los Trabajadores de los Riesgos Laborales". Decreto N" 30188 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social "Modifica Decreto No 54 de 1969". Ley No 18.290184 del Ministerio de Justicia "Ley del Tránsito". Decreto Supremo No 78 de 2012 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que aprueba el "Manual de Señalización de Tránsito". Ley No 20.069 del año 2005 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social "Concede Acción Publica Tratándose de Infracciones a las Normas Relativas al Trabajo de Menores". Ley No 18.620, "Código del Trabajo". En particular Título III "Del seguro Social contra Riesgos de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales". Ley No 17.798 y modificada por el D.S. No 400178, el cual fue modificado por la Ley N" 20.061 del año 2005 del Ministerio del Interior "Sobre Control de Armas y Explosivos". Decreto No 6612007 del Ministerio de Economia, Fomento y Reconstrucción "Aprueba Reglamento de lnstalaciones Interiores y Medidores de Gas". Decreto No 226182 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción "Requisitos de Seguridad para la Instalaciones y Locales de Almacenamiento de Combustible". Decreto N" 160 de 2008 del Min. de Economia, F. y Rec. "Aprueba Reglamento de Segundad para las instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos". Norma N.Ch. Eléct. 412003 Electricidad. "lnstalaciones de Baja Tensión" Norma IV.S.E.G.5 En 197'1 Electricidad. "lnstalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes". Norma N.S.E.G.6 En 1971 Electricidad. "Cruces y Paralelismo". Decreto No 146 de 1997 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia de la República. "Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas'. Decreto No 133 de 1984 de los Ministerios de Salud y Minería. "Reglamentos sobre Autorización para lnstalaciones Radioactivas o Equipos Generadores de Radiaciones ionizantes, Personal que se desempeñan en ellas u opere tales Equipos y otras Actividades Afines". DFL No 1189 MINSAL "Determina materias que requieren Autorización Sanitaria Expresa". Decreto No 298194 MINTRATEL "Reglamento Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos". Ley No 20.123 que regula Trabajo en Régimen de Subcontratación, el funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios. Manual de Vialidad Llrbana REDEVLI DS Ex. No 827 de 5112108, publicado DO, 2 de Enero 2009. Cualquier accidente que afecte a terceros, motivado por el incumplimiento de estas normas, será de la exclusiva responsabilidad del Contratista.

24. TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. La Unidad Técnica propondrá a la Municipalidad, si fuera necesario, que unilateralmente, tome posesión de la obra y ponga término al respectivo contrato. La Municipalidad, si asi lo considera, podrá poner término administrativamente, en forma anticipada y sin forma de juicio, al contrato y tomar posesión de la obra con todos los materiales y plantel pertenecientes al contratista, en los sigiiientes casos: a) b) c) d)

Si el contratista no concurriere, dentro de la fecha establecida en las bases, a la entrega del terreno en caso que procediere o no iniciare las obras o servicios dentro del plazo que se hubiere estipulado en las bases. Si el contratista fuere declarado en quiebra, o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieren impagos por más de 90 días. Si los contratistas o algunos de los socios administradores fueran condenado por algún delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima lo fuere algún miembro del Directorio o el Gerente. Si durante la ejecución de los trabajos, el objeto del contrato quedare con defectos graves que no pudieren ser subsanados y obligaren a modificaciones sustanciales del proyecto o programa. se paralizare sin causa justificada por un tiempo superior al 40% del plazo de ejecución del mismo. atrasos injustificados a juicio de la autoridad correspondiente, de un 40% o más con respecto al avance de s consultadas. De la misma manera, si hay un atrasado sin ajuste a la carta gantt presentada, salvo que la

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i) j) k) 1)

La utilización de materiales de calidad inferior a la especificada, el incumplimiento en el pago de los sueldos, salarios y leyes sociales, o en el pago de proveedores y, en general, cualquier otro caso de incumplimiento grave de las obligaciones del contrato de parte del Contratista. Por incumplimiento de las instrucciones impartidas y consignadas en el libro de obras, por la ITO o informadas por escrito al contratista por la ITO o por la Unidad Técnica. Por tener una multa superior al 40% del valor total del contrato por concepto de atraso. Por incumplimiento de cualquier obligación que la unidad técnica justificaré y acreditaré que reviste el carácter de grave. Fallecimiento del contratista y liquidación de la empresa adjudicada.

La Municipalidad, a través de la Unidad Técnica se encuentra facultada para calificar los hechos que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, por parte del contratista o cualquiera otra causal enumerada en este punto. En todo término anticipado de contrato se realizará una Recepción Definitiva, para la cual se designará, mediante decreto, una comisión de al menos 3 funcionarios. Dicha comisión levantará un Acta que señalará el día, avance ejecutado, daños y perjuicios ocasionados (si los hubiere) al momento de la paralización de las obras. En estos casos de término anticipado del contrato se procederá a valorizar la obra ejecutada de acuerdo a los precios del mismo. En este proceso se dará valor "cero" a toda obra que deba ser rehecha. La Unidad Técnica podra continuar los trabajos en la forma que estime conveniente y solicitar al mandante retener el valor de la obra mal ejecutada y descontar los perjuicios en los mayores costos de terminación de la obra y todo otro mayor gasto que se ocasione, directa o indirectamente, por el incumplimiento del contrato. El saldo resultante le será pagado al contratista. Si existiere saldo negativo, la Unidad Técnica podra solicitar al mandante hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, descontando de su valor dicho saldo.

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25. UTILIZACIÓN DE LAS OBRAS. Durante el plazo que medie entre la Recepción Final de una obra v su Recepción Definitiva, la Municipalidad utilizará dicha obra en calidad de marcha blanca, en la forma que estime conveniente e inclusive podrá entregar a sus us;arios su uso y goce de las mismas. De existir inconvenientes o defectos en las obras por causa imputable al contratista, la Unidad Técnica exigirá a éste las reparaciones correspondientes; de no cumplir con lo exigido, se hará efectiva las garantías vigentes.

26. FINIQUITO. Una vez practicada la Recepción Definitiva, se procederá a efectuar la liquidación del contrato y realizar la devolución de las garantías correspondientes. La liquidación del contrato deberá ser efectuada por la Unidad Técnica y notificada al contratista. Los reclamos u observaciones a la liquidación del contrato deberán formularse dentro de 12 días hábiles contados desde la fecha de notificación. Dicha reclamo debe ser por escrito y serán ingresados a Oficina de Partes.

27. ACCIDENTES FORTUITOS1 DE FUERZA MAYOR1 IMPREVISTOS.

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Los incendios y demás accidentes fortuitos que deterioren o derriben las obras y10 que ocasionen pérdidas de materiales de la institución, o bien, que afecten vidas y10 bienes de terceros, serán soportados exclusivamente por el contratista, a menos que la Municipalidad califique el caso, previa comprobación, como de fuerza mayor y ajeno a toda previsión o bien que la obra haya sido recibida. En todo caso, si el perjuicio tiene su origen en algún defecto de construcción de la obra o de los materiales empleados en ella, sera siempre responsable el contratista.

28. DOMICILIO. Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la Justicia Ordinaria a la cual se someten desde ya las partes, fijando para tales efectos como domicilio la Comuna de Porvenir. 29. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO. Las partes de común acuerdo podrán modificar el contrato tal como dispone el articulo 77 de la ley 19.886 y su reglamente y10 en los siguientes casos: 1.- Cuando por causa justificada y debidamente acreditada se acuerde ampliar el plazo de la ejecución de la obra, con ello la ampliación del plazo que rige el contrato. Con todo, el aumento de plazo o prórroga en ningún caso puede exceder el tiempo que dure el impedimento o la culminación del nuevo proceso licitatorio. 2.-Obras extraordinarias y aumentos y disminución de obras, en los términos que se detallan en las cláusulas que siguen. ..-- - .-

a mayor, entendiéndose por tal cuando concurren copulativamente los siguientes elementos: a) la esto es, que provenga de una causa totalmente ajena a la voluntad del afectado, quien no debe haber na a su ocurrencia; b) la imprevisibilidad del hecho, es decir, que no se haya podido prever dentro de entes, y c) la irresistibilidad del hecho, vale decir, que no se haya podido evitar ni aun en el evento de

oponerle las defensas idóneas para lograr tal objetivo. Conforme al criterio sustentado en el dictamen No 35.996, de 2005, se ha reconocido que se configura una causal de fuerza mayor, en el caso de dictarse, durante la vigencia de un contrato, leyes o actos de autoridad que establezcan nuevas exigencias que hagan variar las condiciones inicialmente convenidas, al introducir nuevos elementos no contemplados en el ordenamiento jurídico vigente al momento de la celebración del contrato. En tal sentido en la medida que las modificaciones al marco normativo vigente a la época de celebración del contrato en cuestión no hayan podido ser previstas, en general, por los oferentes a la correspondiente licitación y que hayan significado alterar la equivalencia de las prestaciones asumidas por los contratantes, resultarán procedentes las modificaciones contractuales tendientes a restablecer dicha equivalencia. El aumento del plazo deberá ser garantizada con la respectiva Boleta de Garantía en los términos antes señalados, esto es, tomada por el aumento de plazo o ampliación de obras, y debera ser entregada dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de notificación del decreto de modificación del contrato y la suscripción del anexo de contrato. La entidad licitante debera dar cumplimiento a las formalidades de todo acto administrativo. Las resoluciones o decretos que dispongan la modificación o término del contrato deben ser fundados y acreditada con antecedentes fundantes. Será obligación del contratista mantener la vigencia de la boleta de garantía de fiel cumplimiento del contrato, por lo que debera entregar una nueva boleta en caso que expire su vigencia, por el monto total de la obra.

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Corresponde resciliar un contrato cuando de común acuerdo, la Municipalidad y el contratista deseen poner término y liquidar anticipadamente el contrato. Con tal objeto, la parte interesada en resciliar deberá formular una presentación por escrito y, la otra parte, aceptarla. Se perfeccionará esta resciliación mediante Decreto. Se rescilia el contrato sin indemnización para las partes, devolviéndose las boletas de garantía pertinentes.

31. FALLECIMIENTO DEL CONTRATISTA O 1-IQIIDACIÓN

DE LA EMPRESA.

En caso de fallecimiento del contratista o liquidación de la persona jurídica que se adjudicó el contrato, procederá a la liquidación anticipada del contrato, y si ella arroja un saldo a favor del contratista, esta les será entregada a sus herederos conjuntamente con las garantías, y retenciones, una vez suscrito el finiquito correspondiente. No obstante lo anterior, la Municipalidad previo informe favorable de la Unidad técnica respectiva, podrá convenir con la sucesión del contratista para la continuación de las actividades, mediante la suscripción del contrato correspondiente, respetándose las condiciones, los valores del contrato primitivo y reemplazándose las garantías existentes. 32. PARALIZACIÓN DE OBRAS. La Municipalidad de Porvenir a través de la Unidad Técnica, se reserva el derecho de paralizar el total o parte de las Obras, a través del libro de obras. Sin embargo, esta situación podrá ser apelada por el Contratista al Jefe Superior del Servicio, quien en definitiva, dará o no curso a la paralización.

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El contratista no podrá solicitar aumento de plazos si la paralización se debiere a causa de deficiencias de cualquier tipo producidas por él. De producirse por fuerza mayor ajena a acciones del contratista se evaluará el aumento de plazo si correspondiere. Los gastos de paralización de las Obras serán por cuenta y cargo del Contratista, siempre y cuando esta paralización se deba a motivos producidos por acciones del contratista. Si la paralización se extendiera por un plazo superior a dos meses, el Contratista tendrá derecho a exigir que se dé por terminada la obra, solicitando la liquidación anticipada del contrato, hasta la etapa en que se encuentre físicamente ejecutada. El Contratista deberá proteger y conservar las obras de manera que ha a juicio de la Unidad Técnica, le satisfaga los resguardos establecidos. Debido a la paralización se realizará una recepción final, de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases.

33. AUMENTO Y DISMINUCIÓN DE OBRAS. La Municipalidad actuando a través de la Inspección Técnica, podrá aumentar y10 disminuir obras, de acuerdo a informe efectuado por la Inspección Técnica en tanto dichas modificaciones no signifiquen un aumento del valor del contrato por sobre el monto aprobado y disponible. En cualquier caso, el contratista no podrá ejercer ninguna acción legal o pretender indemnización alguna 34. OBRAS EXTRAORDINARIAS. . .. -

...

durante el Estudio, Ejecución de las Obras y10 Proyectos, la Unidad Técnica, podrá ordenar por escrito al en su opinión sean adicionales a los establecidos en el Contrato, y cuyas caracteristicas sean diferentes a tenidas en este, para llevar a mejor término las obras contratadas, a dichos trabajos se les denominarán

Obras Extraordinarias. Si no se llegase a acuerdo respecto al monto de la obra extraordinaria, la Municipalidad consultará el presupuesto de la obra extraordinaria a otro contratista, a fin de terminar, modificar o completar Estudios, Obras yio Proyectos contratados. Toda ejecución de obras extraordinarias deberá ser aprobada por Decreto y deberá incorporarse al contrato inicial mediante una ampliación del mismo. Lo mismo sucederá en caso de aumentarse el plazo inicial estipulado en el contrato. Las obras extraordinarias deberán garantizarse. Los aumentos y disminuciones de las prestaciones y las obras extraordinarias del objeto contratado que se agreguen, no podrán sobrepasar en conjunto hasta el 40% del monto del contrato inicial, y siempre que se encuentren enmarcados dentro del presupuesto disponible.

35. RECHAZO DE OBRAS Y10 MATERIALES. El contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras, o reemplazar los materiales que no sean aceptados por la ITO. La Municipalidad de Porvenir podrá, cuando lo estime conveniente, ordenar el empleo de elementos o materiales pertenecientes al municipio. En caso de atraso en la entrega de estos elementos o materiales por parte del Municipio, el plazo de la ejecución deberá prorrogarse por el mismo período de la demora en la entrega, en la parte afectada por la demora.

36. RETIRO DE MATERIALES RECHAZADOS.

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La I.T.0 podrá ordenar el retiro fuera de las zonas de faenas, de los materiales que sean rechazados por la mala calidad cuando exista peligro de que dichos materiales sean empleados en la obra sin su consentimiento.

37. AUTORIZACIONES Y PERMISOS. El Contratista suscribirá las solicitudes de autorizaciones y realizará todos los trámites, a su propio costo, tendientes a obtener los permisos de edificación e instalaciones y la aprobación de los planos respectivos, ajustándose al cumplimiento de lo estipulado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción y a las ordenanzas locales. El Contratista efectuará cualquier pago que pudiese demandarse en relación con la construcción, a la Municipalidad o al Servicio respectivo, como por ejemplo, garantía de ruptura de pavimentos, ocupación de calles, etc., como también las multas que pudieran tener como causa de la trasgresión, por parte de aquel o de sus dependientes, a las leyes y reglamentos u ordenanzas que regulen aquella. 38. PAGO DE DERECHOS.

Será de cuenta y cargo del Contratista el pago de todos los derechos municipales que hubiere de efectuar en relación con la obra que se ejecuta. Así también como la concurrencia de otros derechos impositivos, que no sean de origen municipal, y que sean necesarios para ejecutar la obra siempre y cuando se encuentren dentro del presupuesto oficial que dio origen a la aprobación de los recursos para materializar la obra. JORGE URRUTIA MOLDES SECRETARIO DE PLANlFlCAClON COMUNAL (S) l. MUNICIPALIDAD DE PORVENIR

ESPECIFICACIONES TECNICAS

AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO CUARTEL CUERPO DE BOMBEROS, PORVENIR.

OBRA:

CALLE BERNARDO PHlLLlPPl # 080, PORVENIR

UBICACION: MANDANTE:

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PORVENIR

PLAZO EJECUCIÓN:

90 D ~ A SCORRIDOS

GENERALIDADES Las siguiente Especificaciones Técnicas corresponden al proyecto denominado "Ampliación y Mejoramiento Cuartel Cuerpo de Bomberos de Porvenir", ubicado en la Calle Bernardo Phillippi # 080, Porvenir. Las-.- obras proyectadas se ejecutarán de acuerdo a las siguientes referencias: . - .-.

y especialidades +

1 Ii

--

Normas Chilenas Oficiales del Instituto de Normalización. Leyes, Decretos y Disposiciones Reglamentarias vigentes, relativas a permisos, aprobaciones, derechos, impuestos e inspecciones fiscales, a los Planos de Arquitectura e Instalaciones, y a los detalles emitidos o que se emitan como complemento. Los materiales e implementos que se especifican para la ejecución de las obras definitivas, serán nuevos de primera calidad dentro de s u especie, conforme a normas INN, e indicaciones del fabricante, en los casos que se señale, cumpliendo con los estándares de garantia, calidad y seguridad de Norma Chilena, y contar con el V0 B0 de la Inspección Fiscal de Obra (IFO). Los materiales de uso transitorio son opcionales para el Contratista, sin perjuicio de los requisitos de seguridad y garantia del trabajo y bajo la responsabilidad del mismo. El contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptados por el Inspector de la obra. El contratista deberá considerar incluidos a su presupuesto todos aquellos detalles menores de las partidas de la obra que signifiquen un correcto acabado de esta, de acuerdo a la técnica construcción, aún cundo no estén expresamente indicado en esta especificación o en planos. PRESCRIPCIONES DE SEGURIDAD Se deben considerar la Ley 16.744 y las Bases Administrativas de Prevención de Riesgos Laborales para Contratos de Ejecución y de Concesiones de Obras Públicas, las Norma NCH clasificadas como F.5.2. SEGURIDAD EN EJECUCIÓN DE OBRASPROTECCION PERSONAL del Catálogo de Normas Chilenas Oficiales. En especial las normas NCH. 347 OF 55, NCH 348 OF 53, NCH 349 OF 55, NCH 350 OF 60, NCH 436 OF 51, que dice relación con seguridad en: demolición, andamios, excavaciones, instalación provisoria eléctrica, prevención de accidentes del trabajo. RESCRlPClON DE MATERIALES La totalidad de los materiales especificados, se entienden de primera calidad dentro de su especie, debiendo su provisión ajustarse estrictamente a las normas y ensayos para cada uno de ellos o a las instrucciones de los fabricantes.

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En cuanto a las denominaciones comerciales de estos materiales, modelos y marcas referidas, dentro de las presentes Especificaciones, estas se realizarán cuando no existan nombres genéricos de los mismos y deberán entenderse como una referencia de prioridad, dentro de la calidad propuesta por el consultor, pudiendo el Contratista proponer una alternativa, siempre y cuando se encuentre dentro de la misma calidad especificada, o superior a ésta. INSPECCIÓN DE OBRAS La Unidad Técnica encargada de fiscalizar el buen desarrollo de las obras, será el Departamento de Obras Municipales, de la Municipalidad de Porvenir. DE LAS INSPECCIONES. El contratista deberá someterse a las ordenes del lnspector de la obra, ordenes que se impartirán siempre por escrito (libro de obra foliado con dos copias Manifold) que será llevado por el contratista o capataz de la obra conforme a los términos y condiciones del contrato. El incumplimiento de cada orden será sancionada con una multa descontada del presupuesto oficial, por cada día durante el cual no sea acatado. La multa se aplicará sin forma de juicio y se deducirá de los estados de pago, de las retenciones hechas al contratista o de la garantía del contrato, si aquellos no fueran suficientes. En caso de reincidencia, el lnspector de la obra dará cuenta por escrito al organismo que financia el proyecto, y este aplicará las sanciones que le indique su reglamento o en su defecto, el no cumplimiento por 2" vez de la misma tarea dará término al contrato de forma inmediata. El lnspector Fiscal de obra podrá exigir la separación de cualquier subcontratista, (si los hubiere) empleado u operario del contratista por insubordinación, desordenes, incapacidad u otro motivo grave, debidamente comprobado a juicio del Inspector, quedando siempre responsable el contratista de los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada. El contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptados por el Inspector de la obra. El Inspector de la obra podrá ordenar el retiro fuera de la zona de las faenas, de los materiales que sean rechazados por mala calidad, cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en la obra sin su presencia y consentimiento.

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INSTALACION DE FAENAS. Comprende los gastos del contrato, seguro contra incendio y contra accidentes del trabajo, boletas o documentos de garantía, gastos de los certificados de los servicios y lo relativo a trabajos preliminares, construcciones e instalaciones provisorias. La Empresa Constructora deberá construir en lugares adecuados, locales provisorios para el buen funcionamiento de la obra y serán a cargo de esta. LETRERO INDICATIVO DE OBRA El contratista deberá ejecutar y emplazar el letrero indicativo de obra, de acuerdo a los requerimientos preestablecidos del Mandante. Este letrero indicador de la obra se emplazará de tal forma que se destaque y llame la atención, no se aceptará la coloeació~de otros letreros próximos a su costado, debiendo ser instalado dentro de los primeros 10 días siguientes a partir de la fec% 8e"ldejtrega de terreno. ''Ea;: falta de chlwirción de este letrero en la fecha indicada será causal de una multa del 0,2 % por día de atraso del presupuesto 'p Je.& 'ddberá se 'nstalado en una altura de 2.4m desde el suelo, sobre una estructura metálica. El revestimiento será de ' i do so N " 24 de la Municipalidad de Porvenir una vez terminada la Obra,

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3.

OBRA GRUESA

Con respecto a los items de obra gruesa para la sala de máquinas, éstos también contemplan los trabajos necesarios para realizar la construcción de la nueva bodega emplazada en los planos de arquitectura.

3.1.

LIMPIEZA TERRENO:

Para la limpieza, despeje y emparejamiento de las áreas a intervenir, se deberá eliminar toda materia que interfiera con la futura instalación, además de un emparejamiento del área. Es de exclusiva responsabilidad del contratista absorber cualquier discrepancia entre los antecedentes entregados y el área a intervenir, no será responsabilidad del mandante el desconocimiento de esta partida.

3.2.

TRAZADO Y NIVELES

Se demarcarán de acuerdo a la información detallada en los planos de arquitectura y de fundaciones (proyecto de ingeniería), siguiendo las indicaciones del Ingeniero Calculista, el que junto con el Consultor y la ITO deberán aprobar los trazados y niveles, previa rectificación en el terreno. Al interior, y Alrededor en 1.20 m aprox. del perímetro de la planta a levantar, se ejecutará un cerco constituido por una tabla de 1x4" y piquetes colocados a 1.O0 m. el nivel superior (perfectamente nivelado) del cerco estará a lo menos a 1.20 m por sobre el nivel del terreno natural. Sobre las tablas se trazarán los ejes de fundación en color rojo, y posteriormente los ejes de los muros estructurales en color azul.

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3.3.

EXCAVACIONES Y MOVIMIENTOS DE TIERRA

3.3.1.

Rellenos y esparcimientos

Los rellenos y esparcimientos se ejecutarán con tierra proveniente de las excavaciones sólo si son de calidad adecuada y descartando arcillas expansivas, materias orgánicas, desechos y escombros Los rellenos se realizarán por capas horizontales y sucesivas. 3.3.2.

Excavaciones para nivelación

Según el trazado de la obra se realizarán las excavaciones y10 rebajes de tierra necesarias para dar estricta cabida y nivelación al emplazamiento de la obra. Se considerarán los movimientos de tierra que sean necesarios para establecer los niveles indicados en planos de arqliitectura. 3.3.3.

Excavaciones para cimientos

Las excavaciones se ejecutarán para dar estricta y correcta cabida a las fundaciones proyectadas en planos y detalles de estructuras. La profundidad y nivelación de los sellos de fundación será revisada y aprobada por el Calculista, previo al vaciado de los hormigones. 3.3.4.

Mejoramiento de suelo

El Calculista analizará la calidad del suelo existente, y en caso de ser inadecuado y requerir mejoramiento de su calidad determinará la solución, salvo existan indicaciones en el informe de mecánica de suelo. 3.3.5. Compactaciones

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La compactación se realizará con compactador mecánico y por capas húmedas y sucesivas no superiores a 20 cm de espesor. 3.3.6.

Ensayos

En caso de ser necesarios se exigirán ensayos de la calidad de las faenas, los que serán de cargo del Contratista de la obra. 3.3.7.

Extracción de escombros

Toda la tierra excavada que no sea apta para rellenos será retirada de la obra, previo al inicio de cualquier otra faena de construcción.

3.4.

CIMIENTOS Y SOBRECIMIENTOS

3.4.1.

Consolidación de terreno

Previo al inicio de cualquier faena de vaciado de hormigones y ejecución de cimientos, sobrecimientos y radieres se comprobará que el terreno y las excavaciones estén perfectamente consolidados. 3.4.2.

Emplantillados de acuerdo a planos, detalles y especificaciones de estructuras en lo relativo a dosificaciones y

1

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Los cimientos y sobrecimientos se ejecutarán de acuerdo a planos, detalles y especificaciones de estructuras en lo relativo a dosificaciones de hormigones y secciones de los componentes de las armaduras. Previo al vaciado de los hormigones se ejecutarán (si las hubiese) las pasadas para alcantarillado y los ductos de instalaciones que sean necesarios, evitando picados posteriores. 3.4.4.

Nivelación

Una vez ejecutadas las obras de fundaciones se comprobará la correcta nivelación de las terminaciones de las faenas, previo al inicio de las obras complementarias.

3.5.

BASES DE PAVIMENTOS

3.5.1.

Estabilizado del suelo

Todo el estabilizado del suelo se realizara de acuerdo a planos, detalles y especificaciones de estructuras en lo relativo a materiales, capas y espesores de los componentes del estabilizado. 3.5.2.

Radieres de hormigón

Los radieres se ejecutarán sobre capa de ripio apisonado, y de acuerdo a planos, detalles y especificaciones de estructuras en lo relativo a dosificaciones de hormigones y secciones de los componentes de las armaduras y10 mallas. La superficie de los radieres quedará perfectamente nivelada y para su ejecución se preverán y considerarán los niveles necesarios para recibir los revestimientos de terminación definitiva del piso, debiendo quedar estos últimos al nivel indicado para piso terminado. Previo al vaciado de los hormigones se ejecutarán las pasadas para alcantarillado y los ductos de instalaciones que sea necesarios (si las hubiese), evitando picados posteriores.

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3.6.

ESTRUCTURA RESISTENTE ELEMENTOS VERTICALES

3.6.1.

Hormigón armado

Todos los paramentos verticales de hormigón armado tales como muros y pilares, se ejecutarán de acuerdo a planos, detalles y especificaciones de estructuras en lo relativo a dosificaciones de hormigones, diseño y secciones de los componentes de las armaduras, tipo de aceros, y eventuales procedimientos de ejecución. La terminación, y efecto de sobresalir, los pilares y vigas aprox 2 cm. de los muros de albañileria será semejante a la existente en el Cuerpo de Bomberos. Durante el proceso de hormigonado se empotrarán los anclajes metálicos necesarios para desarrollar los elementos de techumbre. 3.6.2.

Albañilerías de ladrillo

Todas las albañilerías serán albañileria confinada con relleno de ladrillo prensado (hecho a maquina), tipo princesa o similar, los detalles serán de acuerdo a planos de cálculo estructural, logrando una imagen estética de la construcción semejante al Cuerpo de Bomberos existente en el mismo predio. El mortero de pega será de mezcla de cemento y arena, según especificaciones de estructuras. Se tendrá especial cuidado en la instalación de espárragos y10 escalerillas de refuerzo en hiladas y su correcto anclaje a los elementos de hormigon armado, de acuerdo a especificaciones de estructuras, y se cuidará la ejecución del endentado y10 traba de la albañileria en los elementos de hormigon.

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3.7.

ESTRUCTURA RESISTENTE ELEMENTOS HORIZONTALES

3.7.1.

Hormigón armado

Todos los paramentos horizontales de hormigon armado tales como vigas, cadenas, dinteles, y10 soleras, se ejecutarán de acuerdo a planos, detalles y especificaciones de estructuras en lo relativo a dosificaciones de hormigones, diseño y secciones de los componentes de las armaduras, tipo de aceros, y eventuales procedimientos de ejecución. La terminación, y efecto de sobresalir aprox 2 cm. de los muros de albañileria será semejante a la existente en el Cuerpo de Bomberos. Durante el proceso de hormigonado se empotrarán los anclajes metálicos necesarios para desarrollar los elementos de techumbre.

3.8.

ESTRUCTURA DE TECHUMBRE

Los envigados y10 cerchas de techumbre se realizarán con madera regional lenga de primera calidad, arriostrados por costaneras de lenga, de dimensiones y distanciamientos de acuerdo a planos, detalles y especificaciones de estructuras. Sobre las costaneras de la estructura de techumbre se instalarán Tableros de OSB de 15mm de espesor, cuidando el calce con sus apoyos, juntas recomendadas en el cálculo, desplazamientos y correcta dirección de las fibras en sentido perpendicular alas costaneras. Se consultarán todos los componentes de áreas abiertas, contemplando vigas, tapacanes y cualquier otro elemento de terminación. Como alternativa a las cerchas de madera, la techumbre se podrá ejecutar con perfiles metálicos de Metalcom Estructural, de dimensiones de dimensiones y distanciamientos de acuerdo a planos, detalles y especificaciones de estructuras.

3.9: --

/-

CUBIERTA ierro Galvanizado Onda Zincalum de 0,5mm de espesor tipo emballetada. La cubierta se ejecutará de por el fabricante, tanto para los elementos de fijación y accesorios para montaje como para las condiciones to. La pendiente minima de la cubierta será de un 5%. La cubierta se impermeabilizará con Papel Fieltro S, con traslapos de 15cm como mínimo, y apoyados sobre los Tableros de OSB de 15mm de espesor.

3.1 0.

PROTECCIONES H~DRICAS

Toda la hojalateria incluyendo forros sobre muros, encuentros de cubierta con muros, cumbreras, canales y bajadas de aguas lluvias, corta goteras, lima hoyas, ductos de ventilaciones, embullados, sombreretes, y todos los necesarios para la correcta ejecución de la partida, se realizarán en planchas de Fierro Galvanizado de 0,5mm de espesor. Los empalmes irán traslapados y todos los pliegues serán ejecutados en máquina. La instalación de la hojalateria considerará el sometimiento de los elementos a dilatación térmica, previendo el uso de lainas u otros elementos que aseguren la dilatación y permitan la durabilidad de la instalación. Se considerarán todos los ellos e impermeabilizantes que sean necesarios para la correcta ejecución de las terminaciones de la hojalateria. 4.

TERMINACIONES

Se ejecutará de acuerdo a recomendaciones y especificaciones de fabricante. Para toda la superficie interior de los cielos bajo cubierta se utilizará lana de vidrio de 100mm de espesor, u otra que asegure el cumplimiento de la normativa vigente, debiendo cubrir la totalidad de la superficie en forma continua eliminando infiltraciones de aire, y cubriendo los componentes que conformen la estructura del cielo falso.

4.2.

REVESTIMIENTOS EXTERIORES

4.2.1.

lrnperrneabilizaciones exteriores

Toda la impermeabilización se ejecutará de acuerdo a lo indicado y especificado por el fabricante. Para la aplicación de cada uno de los impermeabilizantes las superficies quedarán sin rebarbas, discontinuidades, grietas, fisuras y residuos de materiales, debiendo lucir limpias y secas. Se impermeabilizarán todos los muros y paramentos exteriores con aplicación de Hidro-repelente Transparente QHC-172 de Cave o producto similar. El proceso de aplicación asegurará una perfecta impermeabilización y adherencia con los materiales.

C

4.3.

REVESTIMIENTOS INTERIORES

4.3.1.

Estucos interiores

Todos los paramentos visibles interiores de albañileria y de hormigón armado se estucarán con mortero hidrófugo de cemento y arena en proporción 1:3, se terminarán con textura granular lisa para los que reciban pintura. Previo a la ejecución de los estucos se limpiarán las superficies eliminando polvos y grasas, y se removerán clavos, alambres, y todo material excedente. Sobre los elementos de hormigón se ejecutará un puntereado grueso, y los estucos se mantendrán húmedos durante su período de curado. Como alternativa se podrán enlucir en yeso, en proporción de 20 litros de agua por saco de yeso, realizándose en una primera capa delgada y en una segunda de afinado con yeso puro hasta obtener un espesor de 2 a 3mm. 4.3.2.

lrnperrneabilizaciones interiores

Toda la impermeabilización se ejecutará de acuerdo a lo indicado y especificado por el fabricante. Para la aplicación de cada uno de los impermeabilizantes las superficies quedarán sin rebarbas, discontinuidades, grietas, fisuras y residuos de materiales, debiendo lucir limpias y secas. Se impermeabilizarán todos los muros y paramentos interiores con lgol de Sika o producto similar. El proceso de aplicación asegurará una perfecta impermeabilización y adherencia con los materiales.

C

4.4.

CIELO RASO

4.4.1.

Monoliticos de yeso cartón

Se ejecutarán con Sistema Volcometal en Perfiles Matalcom de acero galvanizado de alta resistencia, con Paneles de Yeso-Cartón RF (Resistente al Fuego) en planchas de 15mm de espesor forradas por ambas caras y de cantos rebajados para juntura invisible. Las planchas se colocarán después de comprobar la correcta instalación, rigidez y nivelación de la estructura soportante, constatándose la instalación de los ductos sobre cielo falso.

4.5.

PAVIMENTO

4.5.1.

Afinado de Radier

A la Sala de Máquinas se aplicará un afinado de radier para obtener una superficie rigida, plana, limpia. Debido a que no es posible la colocación de cerámico u otro tipo de revestimiento de pavimento por las toneladas de peso que poseen los carros de bombero.

4.6.

PUERTAS Y VENTANAS

DQs los procesos se ejecutarán en talleres conforme a lo indicado por el fabricante y serán realizados por empresas calificadas y

V i

cada tipo o sistema. Las puertas y ventanas se ejecutarán según lo indicado en planos de detalles forma y se instalarán perfectamente a plomo, escuadra, nivel y a la altura correspondiente. Todas las as en obra, previo a cualquier faena de ejecución de la partida. En las perfilarías de aluminio se tendrá y uniones, evitando daños que comprometan la calidad del material y del anodinado, y el contacto

con sustancias corrosivas. En caso que el aluminio quede en contacto con otros materiales se instalará, a modo de separación, resina sintética especial. Los perfiles de aluminio se presentarán sin poros, ralladuras, sopladuras, torceduras y alabeos, y quedarán perfectamente rectos, nivelados, aplomados sellados y afianzados a los muros. Se considerarán las juntas de dilatación apropiadas para mantener los elementos en su posición original y conservar sus alineamientos. Los elementos de ensamble, fijación y sellos serán de materiales protegidos de la corrosión y de color similar a los perfiles. Los burletes serán de primera calidad y del calibre adecuado para cada vidrio. Las puertas incluirán la cerrajería, quincallería y elementos de fijación especificados por el fabricante, debiendo el Contratista utilizar los accesorios para cada uno de sus sistemas como cierres, manillas, tiradores, seguros, picaportes, guías, escuadras, felpas, burletes y otros necesarios. 4.6.1.

Puertas Metálicas enrollables eléctricas

Para la zona de Sala de Máquinas se consultan 4 puertas metálicas enrollables eléctricas, con sistema automatizado. En caso de falta de corriente el funcionamiento de la puerta debe ser manual, sin necesidad de tener que desbloquear el motor, ya que su desbloqueo debe ser automático. 4.6.2.

Puerta exterior de aluminio

Para la bodega se utilizará una puerta con bastidor de aluminio 45 mm. de espesor y de ancho variable según recinto además de una puerta que permita el ingreso de un vehículo, las dimensiones se indican en los planos. Se deberán dejar colgadas 10 mm. respecto al piso terminado. 4.6.3.

Puerta interior de aluminio

Se utilizarán puertas de placa abatible construidos con bastidor de aluminio 45 mm. de espesor y de anchos variables según recinto. Se deberán dejar colgadas 10 mm. respecto al piso terminado. 4.6.4.

Ventanas

Serán en Pefileria de Aluminio en Anodinado Mate, en perfiles tubulares rectangulares y piezas estándar de Alumno o similar.

4.7.

MARCO DE PUERTA

Se utilizará Marco Metálico Cintac modelo 4.2. o similar. Los marcos se anclarán al muro o tabique en tres puntos en cada pierna y uno en el cabezal.

Todas las manillas, guarniciones, bisagras, cerraduras, quicios, sistemas de suspensión, y otros necesarios serán los especificados por el fabricante de la perfilaría en color aluminio mate o cromado, salvo indicación contraria. Todas las hojas de puertas consultarán tres bisagras de acero y se instalarán topes de goma color negro para todas las hojas de puertas que lo requieran. La quincallería se entregará limpia, aceitada y en correcto funcionamiento. Cada puerta metálica enrollable deberá poseer su cerradura adecuada.

4.9.

C

VIDRIOS

Serán de primera clase, deberán estar exentos de sopladoras, defectos de transparencia, incrustaciones, manchas y deformaciones. El espesor de los vidrios se determinará de acuerdo a sus superficies y normas. Se contemplarán todos los elementos necesarios para dar terminación y sellado a los vidrios.

4.1 0.

PINTURAS

Se utilizarán pinturas de primera calidad marca Ceresita o similar. La ejecución de las pinturas se ceñirá a lo indicado y especificado por el fabricante, respetando sus limitaciones climáticas. Antes de iniciar las faenas de pintura el Contratista efectuará muestras en obra para determinar los colores definitivos. Todas las superficies se lijarán y limpiarán con solventes, escobillad, chascones o raspadores, aspiradores de polvo o con aire a presión según sea necesario, eliminando aceites y grasas, salpicaduras, manchas fallas, fisuras o grietas que requieran posteriores reparaciones. Se aplicarán las manos necesarias para cubrir homogéneamente todas las superficies y serán como mínimo dos manos de pintura en intervalos no inferiores a 24 horas. Para su recepción, las pinturas estarán libres de imperfecciones, manchas y rallas. 4.10.1.

-

Látex acril vinílico

Todos los paramentos interiores se pintarán con Latex acril-vinilico en color a definir por el Arquitecto. Previamente se prepararán las superficies, y la aplicación será de 2 manos para la terminación definitiva. Todos los paramentos exteriores se pintarán con Latex acril-vinnilico en color a definir por el Arquitecto. Tolos los cielos monoliticos se pintarán con Latex acril-vinnilico color blanco brillante. Previamente empastarán con Pasta Muro F15 que posteriormente se lijarán eliminando imperfecciones y dejando una terminación lisa y pareja. Se aplicarán 2 o 3 manos hasta dejar una superficie pareja. No es necesario realizar trabajos de pintura interior en la zona de bodega.

hormigón se especifican en los planos

5.

INSTALACIONES

Todas las instalaciones, sin excepción, se desarrollarán según normas vigentes, planos, memorias de cálculos, especificaciones e indicaciones del proyectista de la especialidad, que tendrá el proyecto técnico visado en su factibilidad por el servicio correspondiente. Las obras seran ejecutadas y10 dirigidas por instaladores autorizados por los servicios correspondientes, que considerarán todas las faenas indicadas y las complementarias que sean necesarias para el correcto funcionamiento de cada instalación. Una vez finalizadas las instalaciones desarrollarán los proyectos definitivos, las memorias de cálculos finales, y solicitarán a las factibilidades y certificados que se requieran para la aprobación y recepción definitiva de las obras, incorporando al proyecto las modificaciones producidas en terreno. Todos los proyectos de instalaciones seran presentados al Arquitecto y al representante del Mandante, para su aprobación.

5.1.

INSTALACIÓN ELECTRICA

Se considera una extensión y regularización de la instalación eléctrica existente, destinada a las obras proyectadas en los planos. Las instalaciones deberán quedar en perfectas condiciones, en funcionamiento, y normalizadas. El contratista tendrá a su cargo la ejecución del proyecto eléctrico y la presentación del mismo a los servicios competentes hasta obtener la certificación SEC de la instalación.

5.1 . l . Materiales

C

Este item considera la compra de la totalidad de los materiales necesarios para la ejecución de estos trabajos. Las siguientes especificaciones se realizan como complemento a las determinadas por la especialidad, y tienen como finalidad especificar modelos y tipos de materiales a emplear, determinándose de acuerdo a planos de especialidad. Debiendo seguir en su especificación y ejecución el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Electricidad aprobadas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

5.1.2.

Canalizaciones

Serán tuberías de PVC naranjo de diámetros de 16mm en la disposición que los planos indiquen, todas las curvas que se requieran efectuar para la instalación, se realizarán deben hacerse sin dañar el tubo aplicando aire caliente o con equipos dobladores especiales. Todas las canalizaciones deben conectarse a sus respectivas cajas de derivación mediante fittings salida de cajas, adheridas con pegamento para PVC, de manera que se obtenga una fuerte unión de toda la canalización.

5.1.3.

Enchufes, Interruptores, Cajas

Los conductores que se utilizarán para la instalacion eléctrica serán cobre de sección circular, del tipo A cumpliendo las características de Nch360 of54. 5.1.4. Conductores Los conductores que se utilizarán para la instalación eléctrica serán cobre de sección circular, del tipo A cumpliendo las características de Nch360 of54. Serán de la Linea MADECO del tipo NYA o similar alternativo de 2,5mm, para el circuito de enchufes, y tipo NYA de 1,5 mm2, para el circuito de alumbrado de acuerdo a dimensiones nominales de la Nch369 of52. Los revestimientos del alambre serán con aislante termoplástico de policloruro de vinilo.

C

5.1.5. Equipos de alta eficiencia Considera la instalación de equipos de alta eficiencia de 2'36 w sobrepuestos, la cantidad será de acuerdo a lo indicado en el proyecto respectivo, el cual será generado por el contratista.

5.2.

5.2.1.

CALEFACCIÓN SALA DE MAQUINAS Calefactores Aéreos

Se consideran 2 calefactores aéreos marca Modine, modelo PDP 300a, UNlT HEATER de alta eficiencia o similar alternativo de capacidad 300.000 BTU. Para su instalación se deberá construir una nueva estructura de soporte y un nuevo circuito de gas natural.

5.3.

5.3.1.

EX'TRACCION DE AIRE Extractor de Aire

Se consulta la instalación de un Extractor Tubular Helicoidal TCFB 1 TCFT o similar con su respectiva campana, ésta será de zincalum de 0.5mm con emballetado reforzado americano. Su dimensión de 1000 X 500 X 400mm aproximadamente, este considera la evacuación de aire forzado mediante conducido por tubo de 400 mm, escantillón y gorro estanco de condiciones climáticas concluir de forma que no produzca filtraciones hacia el interior de las dependencias del Edificio en

6.

ASEO Y ENTREGA

Limpieza General y entrega: Los recintos deberán quedar limpios, pavimentos, muros y cielos sin manchas, en general en perfectas condiciones para ser utilizados en forma inmediata, como también los exteriores libres de escombros y perfectamente aseados. Todos los escombros y restos de la obra deberán trasladarse en camiones con lona y a botaderos autorizados. Una vez terminada la obra deberá ser recibida, previo informe de la IFO y la presentación de los certificados de todas las instalaciones y de la Inspección del Trabajo. Entre el tiempo que media desde la Recepción Provisoria y la Recepción Definitiva, el contratista tendrá a su cargo la solución de todos los desperfectos resultantes de las deficiencias de funcionamiento Sebastián Velásquez Álvarez Ingeniero en Construcción Asesor Técnico SECPLAC Municipalidad de Porvenir Porvenir, Mayo 201 3 ANEXO 1 FICHA IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE

LICITACI~NNO: NOMBRE LICITACIÓN: COMUNA(S): OFERENTE: A.-IDEN'~IFICACIÓN OFERENTE NOMBRE DEL OFERENTE: PERS. NATURAL O J U R ~ D I C A : RUT: DIRECCI~N: FONO: FAX: B.- REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE: RUT: PROFESION: DIRECCI~N ..................................................................... FONO: ..................................................................... C. PROFESIONAL A CARGO DE LA OBRA .................................................................... NOMBRE: RUT: .................................................................... PROFESI~N: .................................................................... DIRECCI~N ..................................................................... FONO: ..................................................................... D. PROFESIONAL A CARGO DE AUTOCONTROL NOIVBRE: .................................................................... RUT: .................................................................... PROFESI~N: .................................................................... DIRECCI~N .................................................................... FONO: ..................................................................... E. P R O F E S I O N A L A C A R G O P R E V E N C I O N D E R I E S G O S .................................................................... NOMBRE: RUT: .................................................................... PROFESI~N: .................................................................... DIRECCI~N ..................................................................... FONO: ..................................................................... F. P R O F E S I O N A L A R E A D E P R O G R A M A C I O N NOMBRE: .................................................................... RUT: .................................................................... PROFESION: ................................................................. DIRECCION ..................................................................... FONO: ..................................................................... G. P R O F E S I O N A L A A R E A D E T O P O G R A F I A NOMBRE: .................................................................... RUT: .................................................................... PROFESI~N: .................................................................... DIRECCI~N ..................................................................... FONO: ..................................................................... FIRMA (Licitante o representante legal)

.......................................................................................................................................

ANEXO 2 DECLARACION JURADA SIMPLE (Persona Natural) Yo Cédula Nacional de Identidad No domiciliado en declaro bajo juramento, que no me encuentro afecto a algunas de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado; las que están señaladas en el Art. 4 de la Ley No 19.886, modificada por la Ley No 20.088. FIRMA: NOMBRE:

IMPORTANTE: CUALQUIER MODIFICACIÓN CORRECCIÓN Y10 AGREGADO DEJA SIN VALIDEZ LA PRESENTE DECLARACION. ANEXO 3 DECLARACION JURADA SIMPLE (Persona Juridica)

C

Yo Cédula Nacional de Identidad No domiciliado en en calidad de Representante Legal de la empres declaro bajo juramento, que esta Empresa no se encuentra afecta a ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado; contempladas en el Art. 4 de la Ley No 19.886, modificada por la Ley No 20.088 y que esta Empresa no se encuentra afecta a ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado; contempladas en los Art. 8 y 10 de la Ley No 20.393.-

FIRMA REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE RAZON SOCIAL REPRESENTADA

En

a

de

del

IMPORTANTE: CUALQUIER MODIFICACIÓN CORRECCIÓN Y10 AGREGADO DEJA SIN VALIDEZ LA PRESENTE DECLARACI~N.

ANEXO 4 DECLARACION JURADA DE ACEPTACION DE ANTECEDENTES DE LA LlClTAClON

C

LICITACI~NNO: NOMBRE LICITACIÓN: COMUNA(S): OFERENTE: RUBRO CATEGOR~Adel Registro Nacional de Contratistas MlNVU

DECLARA: 1. Haber estudiado todos los antecedentes y haber verificado la concordancia entre los planos y especificaciones técnicas. 2. Haber visitado el terreno y conocer: su relieve, topografía, calidad y todas las demás caracteristicas superficiales, geológicas, climáticas u otras que pudieren incidir directamente en la ejecución de las obras. 3. Haber verificado las condiciones de abastecimiento de materiales y vialidad de la zona. 4. Estar conforme con las condiciones generales del proyecto. FIRMA (Licitante o representante legal)

ANEXO 5 CAPACIDAD ECONOMICA DEL OFERENTE LICITACI~NNO: NOMBRE LICITACIÓN: COMUNA(S): OFERENTE: INFORMACION SOBRE CONTRATOS VIGENTES DEL OFERENTE El Oferente deberá llenar los cuadros que se insertan a continuación. En caso de no presentar saldo de obra en alguno de ellos, deberá dejarlo expresamente establecido bajo su firma, en los cuadros correspondientes.

1.

CONTRATOS CON SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN LOCAI-IDAD

OBRA

MONTO CONTRATADO (ACTUALIZADO)

SALDO DE OBRAS (ACTUALIZADO)

l

TOTAL SALDO OBRAS 2.

MONTO CONTRATADO (ACTUALIZADO)

OBRA

1

1

SALDO DE OBRAS (ACTUALIZADO)

1

TOTAL SALDO OBRAS

1

$

CONTRATOS CON OTRAS INSTITUCIONES MACIQNALES O EXTRANJERAS LOCALIDAD

1

SALDO DE OBRAS (ACTUALIZADO)

MONTO CONTRATADO (ACTUALIZADO)

OBRA

I

1

TOTALSALDOOBRAS

I

4.

$

CONTRATOS CON MINISTERIO DE OBRAS P~IBLICAS LOCALIDAD

3.

1

1

$

CONTRATOS PRIVADOS PERMISO MUNICIPAL

No FECHA

COMUNA

SALDO DE OBRAS (ACTUAI-IZADO

MONTO PRESUPUESTO

I

1

TOTAL SALDO OBRAS

1

$

FIRMA (Licitante o representante legal) PORVENIR,.. .................................................................. precedentes, relativa a las obras contratadas y saldos de éstas, deberá ser de cualquier obra que esté ejecutando el oferente, o la indicación de montos suficiente, a juicio de la autoridad que corresponda. para no considerar o todo ello, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones correspondientes conforme lo (V. y U.) y sus modificaciones.

1

ANEXO 6 EXPERIENCIA EN OBRAS PROYECTO ID INDICAR LOS PRlNlClPALES CONTRATOS EJECUTADOS EN LOS ULTIMOS 4 ANOS, RELACIONADOS CON LA MATERIA DE LA LlClTAClON

1

1 1

MANDANTE

FECHA CONTRATO

DURACION CONTRATO

1

1

MONTO CONTRATADO

1

TRABAJOS REALIZADOS

1 OBRAS

LlBlCAClON DE LA OBRA

l

FIRMA (Licitante o representante legal) PORVENIR, ................................................................................................................................................................ ANEXO 7 CARTA COMPROMISO DEL EQUIPO PROFESIONAL LICITACI~NNO; NOMBRE LICITACIÓN: COMUNA(S): OFERENTE: Mediante el presente documento, los profesionales que suscriben, comprometen integrar el Equipo Profesional durante el desarrollo de las obras, de acuerdo a lo definido en el Anexo Complementario. NOMBRE COMPLETO

CARGO

PROFESION

1

ANOS EXPERIENCIA

FIRMA (Licitante o representante legal) PORVENIR,.. ......................................... ANEXO 8 CARTA GANTT FECHA:

LlClTAClON No: NOMBRE LICITACION: COMUNA (S): OFERENTE:

Programa de Trabajo (partida

1 Fecha 1

Duración

1

Fecha

1

Meses

1

FIRMA

PORVENIR ...........................

FIRMA (Licitante o representante legal)

. ................................................................................................................................. ANEXO 9 PROGRAMACION FINANCIERA

LlClTAClON No: NOMBRE LlClTAClON COMllNA (S): OFERENTE: DlAS ACllMULADOS

PERIODO

% PARCIAL

FIRMA (Licitante o Representante Legal) Fecha

LlClTAClON No: NOMBRE LICITACION: COMUNA (S): OFERENTE:

4.6.4.6.1.-

ANEXO 10 PRESLIPLIESTO DETALLADO CLUB DE JINETEADA FECHA:

Pi~erfasy Ventanas Puertas Metálicas Enrollables eléctricas Puerta Exterior de Aluminio Puerta Exterior de Aluminio

Unidad

Unidad

% ACUMULADO

Puerta Exterior de Aluminio (3 x

6.-

/ ASEO Y ENTREGA Subtotal

1

Total

FIRMA (Licitante o representante legal)

PORVENIR,................................................................................................................................................................ ANEXO 11 MEJORAMIENTO DEL PROYECTO

NOMBRE LICITACIÓN: ITEM

...............................................................................

1

VALOR

1

OBSERVACIONES

FIRMA (Licitante o representante legal) PORVENIR ,................................................................................................................................................................ 2O.DESIGNESE a la Secretaria de Planificación Comunal, como encargada del proceso licitatorio, quien deberá cautelar por el cumplimiento del calendario de la licitación y como Unidad Técnica de la ejecución del proyecto, a la Dirección de Obras Municipales.

el portal www.mercador>ublico.cl e

MAClNVSlJUMljma DISTRIBUCION:

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