Práctica Procesal Laboral

Práctica Procesal Laboral PRÁCTICA PROCESAL LABORAL Lectura No. 1 Nombre: Principios del derecho procesal laboral Contextualización Entenderemos
Author:  Vanesa Ruiz Vargas

224 downloads 30 Views 110KB Size

Story Transcript

Práctica Procesal Laboral

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL

Lectura No. 1 Nombre: Principios del derecho procesal laboral

Contextualización

Entenderemos por principios de Derecho Procesal Laboral, a aquellas características o conjunto de reglas que deben contener y guardar los procesos laborales, desde la etapa de inicio hasta su conclusión; es decir, orientan cada una de las etapas procesales a seguir, con determinadas características.

El estudiante comprenderá los elementos básicos que deben regir cualquier proceso laboral, las características y consecuencias de los conflictos de trabajo, la importancia y trascendencia de estos en cualquier organización de trabajo, con la finalidad de obtener las herramientas básicas en materia de proceso laboral.

1

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL

Introducción al Tema En nuestra legislación laboral se encuentran contempladas en el artículo 685, donde se establece que los procesos laborales deben ser públicos, gratuitos, inmediatos, predominantemente orales y conciliatorios además de iniciarse siempre a petición de parte (es decir el trabajador), quien es el encargado de solicitar la intervención de la Autoridad laboral para citar al patrón e iniciar un conciliación antes del inicio de un proceso legal. Definiremos de manera clara y sencilla los principios que deberán regir el proceso laboral: 

Público: Las audiencias serán públicas, pero por la naturaleza de la misma, la autoridad podrá ordenar de oficio realizarla a puerta cerrada o a instancia de parte.



Gratuitos: Todo proceso que se realice a través de tribunales laborales o donde intervengan las autoridades laborales, serán sin cargo alguno, su servicio prestado no generará ningún tipo de prestación o cobro de impuesto de ningún tipo.



Inmediatos: Toda persona tiene derecho a recibir la impartición de justicia de manera pronta y expedita en los plazos y términos procesales que marque la ley.



Orales: La iniciación y sustanciación (desarrollo) del proceso debe realizarse de manera oral, se contrapone el principio de la escritura.



Conciliatorios: Antes del inicio de un proceso formal se buscará en todo momento llegar a la conciliación entre las partes.

2

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL

Explicación Características de los conflictos del trabajo ¿Qué son los conflictos de trabajo? En primer lugar, definiremos el término de conflicto laboral, es importante mencionar que proviene del latín conflictus, que significa lucha, combate o pelea. En nuestros días dicho concepto no ha cambiado del todo, ya que los conflictos los entendemos como sinónimo de controversia, diferencia o litigio, en ambos conceptos sin importar la época, se da por entendido que no existe un acuerdo entre las partes, situación que los contrapone y les genera diferencias de algún tipo. En la materia que nos ocupa, los conflictos del trabajo son aquellos que se originan principalmente cuando se comienzan a deteriorar las condiciones de trabajo o las relaciones entre el patrón y sus trabajadores, por cometer algún tipo de abuso o por falta de comunicación entre estos, cabe señalar que este tipo de conflictos llega a presentarse en cualquier tipo de empresa, macro, mediana y micro, sin importar el tamaño, este tipo de fricciones producen que se lastimen las relaciones de trabajo entre sus integrantes.

Causas ¿Cuáles son las causas de los conflictos? En materia laboral se establece que para que pueda presentarse un conflicto laboral deben presentarse dos características, una de ellas es que los sujetos que intervengan en el conflicto sean personas que intervenga en una relación laboral y la otra característica es que el motivo u origen del malestar o diferencia se encuentre contemplado en la Ley Federal del Trabajo. Así mismo algunos estudiosos del derecho establecen que son 3 los criterios principalmente que dan origen a los conflictos laborales: 1.- En razón de los

3

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL sujetos involucrados; 2.- En función de la naturaleza del Conflicto y 3.- Por el tipo de intereses que afecta.

Las acciones laborales ¿Qué son las acciones laborales? Entenderemos a la acción laboral como aquel derecho por medio del cual el trabajador puede reclamar o hacer valer una prestación que no le ha sido reconocida o satisfecha por su patrón, y es a través de esta acción, que tiene la posibilidad de reclamarla ante una Autoridad Jurisdiccional. Los elementos que debe contener una acción laboral son: 1. Sujetos 2. Causa 3. Objeto Los sujetos son aquellos que intervienen en el ejercicio de la acción, así como el trabajador, o la Autoridad que conoce del asunto, o el patrón quien resultará ser el demandado. La causa es la fundamentación del ejercicio de la acción, es decir el derecho que no fue reconocido o que fue transgredido y el cual es el origen de la acción. Por último el objeto será la petición en estricto sentido que se formule ante el patrón. Clasificación

Las acciones laborales se clasifican en: a) De Condena b) Constitutivas c) Declarativas d) Cautelares o preventivas e) Ejecutivas Éstas se explican en el apartado de para aprender más.

4

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL

Elementos y clasificación ¿Cómo se clasifican los conflictos laborales? Es importante señalar la clasificación de los conflictos en función de su naturaleza, la doctrina, la jurisprudencia y la ley, quienes consideran que atendiendo a la naturaleza o contenido del conflicto, éstos pueden ser: Orden jurídico: Nacen por la aplicación e interpretación de las normas de trabajo, legales o contractuales. Por ejemplo: la inconformidad con el pago de tiempo extraordinario o la negativa a integrar los informes pactados en el contrato. Orden económico: Se refieren al establecimiento o a la modificación de las condiciones laborales, o bien, a la suspensión o terminación de las relaciones colectivas de trabajo. Así mismo los conflictos se clasifican con base en el interés afectado, en individuales y colectivos. Individuales: Consideraremos los individuales como aquellos conflictos que afectan el interés particular de cada uno o varios trabajadores, por ejemplo: la aplicación de un descuento indebido a un trabajador; el despido de cinco empleados a quienes se sorprendió sustrayendo herramienta de la fábrica. Colectivos: Por otro lado los conflictos colectivos serán aquellos que afectan el interés sindical, gremial, de los trabajadores. Ejemplos: la negativa patronal a celebrar un contrato de trabajo; el cierre arbitrario de una empresa o negociación por parte del patrón.

Prescripción Como recordaremos la prescripción es la pérdida o adquisición de un derecho por el transcurso del tiempo. En materia del trabajo las acciones prescriben en

5

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL un año, a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, tal y como lo establece el numeral 516 de la LFT. En derecho laboral la prescripción se interrumpirá por el simple hecho de presentar la demanda o alguna otra promoción presentada en la Junta de Conciliación y Arbitraje, esto si la persona a cuyo favor corre la prescripción reconoce el derecho de aquella contra quien prescribe.

Excepciones A lo anteriormente señalado, existen también excepciones a tal regla general y son las que se establecen de conformidad al numeral 517 de la Ley Federal del Trabajo, por ejemplo: las acciones del patrón para despedir a sus trabajadores, para disciplinar sus faltas y para realizar los descuentos en sus salarios, prescribirán en un mes, mismo que comenzará a partir del día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de separación o se compruebe el error o pérdidas imputables al trabajado, así también la acción de los trabajadores para separarse del trabajo, los cuales correrán a partir de la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de separación. Otro supuesto es cuando los empleados sean separados de su trabajo, esta acción prescribirá en dos meses y cuando los trabajadores deseen solicitar la indemnización por riesgo de trabajo, o las acciones de sus beneficiarios por causa de algún riesgo de trabajo o la ejecución de laudos en las Juntas de Conciliación y Arbitraje de los convenios celebrados en ellas, éstas prescribirán en un término de 2 años.

6

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL

Conclusión

Es importante conocer los elementos de un conflicto laboral, en qué supuestos se puede denominar como tal y las vías para resolverlo; no debemos perder de vista que para regular los conflictos laborales en México existe la Ley Federal del Trabajo, en la cual se contempla tanto a trabajadores en lo individual como trabajadores en colectivo o sindicalizados que, aunque tienen sus propias normas y regulaciones, no dejan de regirse por esta Ley. La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje es un organismo descentralizado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que se encarga de resolver los conflictos laborales de competencia federal, que se susciten entre los factores de la producción, mediante la conciliación y el arbitraje, para mantener el equilibrio en las relaciones de trabajo y preservar la paz social. Los conflictos de trabajo no sólo deben verse como un obstáculo, sino como un área de oportunidad en toda organización, ya que se puede aprender de los errores cometidos para evitar repetirlos y así mejorar la comunicación en las mismas, ya que éste es un factor primordial que da origen a las diferencias entre las partes.

7

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL

Para aprender más En razón de los Individuos Involucrados. Clasificación de las causas La clasificación está referida a las diversas combinaciones que se presentan cuando los sujetos que intervienen en las relaciones laborales entran en conflicto. Las relaciones con los sujetos que son parte activa del conflicto laboral son por lo general entre: I.

Trabajadores y patrones.

II.

Trabajadores.

III.

Patrones.

La primera clase de conflicto son las controversias más usuales, ya que cada parte representa intereses contrapuestos dentro del proceso de producción, el capital y el trabajo. Este tipo de controversias son muy numerosas, algunos ejemplos de ellas son las siguientes: a) Las controversias nacidas de un despido injustificado. b) Los conflictos por el incumplimiento de un contrato colectivo. c) Los conflictos derivados de una revisión contractual que terminan en una d) huelga En función de la naturaleza del conflicto Esta clase de conflictos son los que se dan entre los trabajadores, son contrarios a la idea tradicional de fraternidad del grupo laboral, ya que en el sustrato de la clase trabajadora debería de existir la unidad como núcleo. Los conflictos entre trabajadores tienen diversas fuentes, entre ellas las siguientes: a. Entre trabajadores de una misma empresa en su mayoría son por cuestiones de preferencia, antigüedad y ascensos.

8

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL b. Entre sindicatos por conflictos de naturaleza colectiva, que giran en relación a la titularidad de derechos y acciones sindicales. c. Entre trabajadores y sindicatos, se refiere a controversias entre un sindicato y sus agremiados por motivos originados en la indebida aplicación de las cláusulas de ingreso o separación, o de los estatutos. Por el tipo de intereses que afecta Esta última clase es la que se da entre los patrones, no constituye una auténtica posibilidad en la sociedad en la que vivimos, como no la tiene el sindicalismo patronal. La hipótesis es factible de que exista y el legislador consideró apropiado contemplarla para efectos de eliminar cualquier duda legal en este sentido.

Clasificación de las acciones laborales De condena, son aquellas que pretenden del demandado una acción de dar, hacer o no hacer, buscando que en todo momento se ejercite la acción del demandado en la ejecución del laudo. Las constitutivas, son aquellas que tiene a la mano el trabajador para modificar, extinguir algún tipo de derecho u obligación o creación de una situación jurídica. Las declarativas, son aquellas donde se busca reconocer una relación jurídica y terminar con una situación de incertidumbre, consiste en hacer cierto el derecho. Las cautelares o preventivas, son las que permiten lograr una medida de seguridad para el proceso (por ejemplo embargo). Las ejecutivas, como su nombre lo refiere son aquellas que se ejecutan de conformidad a lo resuelto en el laudo. Desde el punto de vista material puede clasificarse también en:

9

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL 

Acción de dar: Realizar una obligación, por ejemplo la entrega de una cosa (liquidación).



Acción de no hacer: Abstenerse de realizar una conducta.



Acción de hacer: Esta tiene como efecto el hacer algo, como realizar la reinstalación de un trabajador.



Acción individual: Protege los derechos del trabajador en forma personal (como su nombre lo dice individual).



Acción colectiva: A través de un sindicato, protegiendo derechos colectivos para modificar condiciones de trabajo.



Acción contradictoria: Ésta se presenta cuando se da el ejercicio de una invalida a otra (Por ejemplo de una liquidación a una reinstalación).



Acción reconvencional: Es la constituida por una contrademanda.

Es así como podemos ratificar que la acciones laborales son las facultades que otorga el Estado al Trabajador para provocar el ejercicio del derecho a través de la intervención de la Autoridad Jurisdiccional, con la finalidad de obtener una fallo que generalmente se traduce en una declaración y modificación de una relación jurídica. Algunos ejemplos de acciones laborales son: La reinstalación, cumplimiento de contrato individual o revisión de contratos colectivos, pago de prestaciones devengadas y no reconocidas, (antigüedad, aguinaldo, salarios), ejecución de laudos, rescisiones de contrato laboral.

Ejemplos de las excepciones Es importante señalar que la ley establece las causas por medio de las cuales restringe que comience a correr el término de la prescripción y estos casos serán tratándose contra incapaces mentales, si no se hayan discernido su tutela conforme a lo que establece la ley y contra trabajadores militares al servicio en tiempo de guerra.

10

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL Ejemplifiquemos lo anterior en la siguiente tabla: 1 mes (Art. 517 1 año (art. 516 2 meses (art. 2 años (art. 519 No opera la LFT)

1.-

LFT)

Acción Las

despedir trabajador faltas

al de

518 LFT)

acciones Las

y un

trabajo de trabajo de trabajador para militares

año

descuentos en que establecen separados los

2.- Acción del trabajador para

su trabajo

de

demás su trabajo

casos particular

reclamar pago servicio

a trabajadores

excepción de lo que

salarios;

prescripción

acciones 1.- Acción del 1.-Contra

por prescribirán en los

efectuar

separarse

LFT)

en

de

de 2.-Acción

de

beneficiarios por causa de muerte

por

riesgos

de

trabajo; 3.-Acción para

laudos

activo

en tiempo de

sean indemnización;

ejecutar

en

los

guerra; 2.-Contra incapaces mentales

11

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL

Actividad de Aprendizaje

Instrucciones: Con el objetivo de fortalecer los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, realizarás un reporte donde expliques con ideas claras de los principios del derecho procesal laboral, causas, conflictos y elementos. Puedes realizarlo en cualquier programa, al final tendrás que guardarlo como PDF, con la finalidad de subirlo a la plataforma de la asignatura. Recuerda que ésta actividad te ayudará a registrar el avance de la lectura, así como las ideas centrales para que te sea más sencillo su entendimiento.

12

PRÁCTICA PROCESAL LABORAL

Referencias



Buen Lozano, N., & Morgado Valenzuela, E. (1997). Instrucciones de Derecho del Trabajo. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas.



García Gil, B. (s/f). Derecho Procesal Laboral. s/l: s/e.



Guerra Ochoa, M. (s/f). Procedimiento en el Derecho Laboral. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.



Tenak Suck, R., & Italo Morales, H. (1989). Derecho Procesal del Trabajo. s/l: Trillas.



Vanegas López, E. (2007). Procedimiento laboral mexicano. México: Instituto Politécnico Nacional Dirección de Publicación.

13

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.