"PREVENCIÓN DE RIESGOS CON ALUMNADO EN CONFLICTO SOCIAL"

GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES DIRECCION GENERAL DE PROMOCION EDUCATIVA PROYECTO: "PREVENCIÓN DE RIESGOS CON ALUMN

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GOBIERNO DE CANARIAS CONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES DIRECCION GENERAL DE PROMOCION EDUCATIVA

PROYECTO:

"PREVENCIÓN DE RIESGOS CON ALUMNADO EN CONFLICTO SOCIAL"

II CIRCULAR DE FUNCIONAMIENTO DEL PROYECTO CURSO 2.003-2.004

Tras dos cursos de andadura en este proyecto, nos disponemos a atravesar la recta final; el tercer curso de una experiencia piloto, que pretende dejar reflejada en una evaluación, lo más rigurosa posible, toda la información necesaria para disponer de argumentos, que permitan tomar a los responsables de la Administración Educativa las decisiones más adecuadas en relación al mismo.

1.- Identificación del Proyecto.-

Mod. AG0011

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Diseño y aprobación: junio 2.001. Periodo de ejecución: cursos escolares 01/02, 02/03, 03/04. Ubicación Administrativa: Área de Acciones Compensadoras. Dirección General de Promoción Educativa. Características definitorias: experiencia piloto, desarrollada en paralelo en una zona de Tenerife y otra de Gran Canaria, centrada en la mejora de la convivencia y en la prevención del conflicto, desde una perspectiva interdisciplinar, con una intervención sistémica desde el ámbito educativo, basada en la investigación-acción y sometida a continua revisión del proceso, con fines de réplica o generalización, en función de los resultados de la evaluación.

León y Castillo, 57 - 5ª, 6ª y 7ª plantas - 35003 Las Palmas de Gran Canaria - Teléfono: 928 30 76 00 - Fax: 928 30 76 61

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2.- Objetivos generales a trabajar en este curso.- Afianzar en el profesorado de los centros del proyecto, un compromiso sólido de implicación en el tratamiento integrador del alumnado en conflicto social, así como en la consecución de los objetivos relacionados con mejora de la convivencia. - Trabajo colaborativo y cooperativo entre los centros de la misma zona con el aprovechamiento mutuo de recursos, actividades y experiencias, así como con acuerdos que faciliten el traslado terapéutico de un alumno/a, cuando ésta sea la respuesta indicada ante el conflicto social. - Consolidar en el centro el uso de estrategias preventivas que eviten la escalada del conflicto, a través de sus propios recursos humanos, realizando una labor de contención con el alumnado disruptivo y ofreciendo una respuesta dialogada a los conflictos, a través de la mediación. -

Impulsar la red comunitaria específica de cada zona.

3.- Centros implicados en el proyecto este curso.-

En Tenerife: • IES Las Veredillas • IES San Matías

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En Gran Canaria: • IES Islas Canarias • IES San Cristóbal

4- Equipo responsable del proyecto.-

Mod. AG0011

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En Tenerife: • • • •

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Cristo Barbuzano González, trabajadora social. Eparquio Agustín Delgado Lorenzo, psicólogo. Antonio Elías Fernández Torres, profesor de secundaria. Elva Sánchez Martín, maestra.

Sede: C/ Taburiente nº 2. Ofra. Santa Cruz de Tenerife. Teléfono: 922-652141 / Fax: 922-657022 Correo electrónico: [email protected]

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- En Gran Canaria: • • • • -

Antonio Arencibia Arencibia, profesor secundaria. Juana Mª Mederos García, psicóloga. Mary Carmen Muñoz García, maestra. Susana Suárez Suárez, trabajadora social.

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Sede: C/ Francisco Inglot t Artiles, nº 33. - Zárate. 35016 Las Palmas de Gran Canaria. Teléfono: 687056242

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Coordinación del proyecto: • Rita Ojeda Socorro, psicóloga.

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Sede: C/ León y Castillo, nº 57, planta 7ª 35003 Las Palmas de Gran Canaria. Teléfono: 928-307629; 928-307604 / Fax: 928-307659 Correo electrónico: [email protected]

5.- Actuaciones previstas.El proyecto contempla el desarrollo de diversos programas que inciden tanto en la convivencia del centro en general, como en la situación particular de determinados alumnos y alumnas, llevándose a través de los mismos la intervención desde los niveles básicos y generales que atienden la globalidad, a los niveles específicos que atienden la particularidad de las situaciones.

Mod. AG0011

Los programas a trabajar son los siguientes: -

Programa de Formación y Asesoramiento al profesorado, Programa de Mediación para la resolución-gestión pacífica de los conflictos, dirigido a toda la comunidad educativa, Programa de Tratamiento del Conflicto Social, dirigido al alumnado que con frecuencia es protagonista de conflictos de convivencia en el centro y presenta graves conductas disruptivas.

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6.- Implementación del proyecto en cada uno de los centros.La situación que gira en torno a la convivencia y al alumnado en conflicto social en cada centro es diferente, tanto por las características intrínsecas al contexto, como por el proceso seguido por sus miembros para generar mecanismos y recursos propios como respuesta a los conflictos. De este modo se acuerda entre equipos directivos, inspección y el propio equipo dinamizador de este proyecto, un plan de trabajo concreto en cada centro. Las propuestas de trabajo planteadas han de ser integradas en la P.G.A. y coordinadas en los centros determinados como Centros de Atención Preferente, con el personal técnico referente dispuesto en el PROCAP desde el Área de Acciones Compensadoras de la Dirección General de Promoción Educativa. Se trata de una experiencia cooperativa, por lo que el centro colaborará con las actuaciones del equipo, implicándose en las mismas desde un posicionamiento de corresponsabilidad e interés común. Interés que busca el mantenimiento del bienestar social y la convivencia pacífica en la comunidad educativa.

7.- El Programa de PROFESORADO".-

"FORMACIÓN

Y

ASESORAMIENTO

DEL

El diseño de la formación es una propuesta de este proyecto, siendo considerado el contenido de la misma, un elemento clave para propiciar la participación e implicación comprometida del profesorado. El desarrollo del programa se acordará con el equipo directivo del centro y se coordinará con el CEP correspondiente, acreditándose la formación al profesorado que la realice.

Mod. AG0011

8.- El Programa de "MEDIACIÓN".Se ofrecerá al centro como alternativa para la respuesta-gestión de los conflictos de convivencia. El diseño del programa no está preestablecido en el proyecto, ya que se diseña conjuntamente con personal docente del centro. El nivel de ejecución del programa en cada uno de los centros es diferente, así como las características del modelo de mediación que se quiere desarrollar.

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Desde el proyecto se pretende apoyar, colaborar y cooperar, con los responsables del programa en el centro, ofreciendo vías de sensibilización de la comunidad educativa, fórmulas de formación y preparación de mediadores, así como realización de mediaciones, para disponer de la primeras experiencias en el centro. Desde el centro se potenciará la cultura de la mediación, a través del trabajo en tutorías y del apoyo del profesorado, regulando su uso en el RRI como una manera de responder a los conflictos, y facilitando desde la organización del centro el servicio de mediación.

9.- El Programa de "TRATAMIENTO DEL CONFLICTO SOCIAL".Este programa se plantea como un modo de abordar situaciones de conflicto social dentro del centro. En el mismo, se utilizarán estrategias como "el tutor personal o afectivo", "la adaptación conductual", "la intervención familiar", “la coordinación con recursos socio-sanitarios y/o de ocio y tiempo libre”, etc., tratando siempre de dar una respuesta integradora desde una intervención sistémica. El programa de tratamiento está diseñado en fases sucesivas o modalidades de intervención. La aplicación del criterio de efectividad en cada fase y para caso particular, determinará el alta en el tratamiento, la continuidad en la modalidad de intervención o la derivación a la fase siguiente.

Mod. AG0011

El Procedimiento a seguir contempla: 1) Derivación al programa: con criterios acordados en cada centro. 2) Fase de evaluación: diagnóstico y diseño del PEI (Programa Educativo Individualizado). 3) Valoración del proceso. Momento que se contempla tras cada fase de tratamiento por la Comisión de Valoración. 4) Fase de CONTENCIÓN: desarrollo del PEI en el centro. Duración mínima de un mes y medio. Requiere la implicación del equipo educativo del alumno/a y del departamento de orientación del centro. 5) Fase de TRASLADO TERAPÉUTICO: desarrollo del PEI en el centro acogente. Requiere la implicación del equipo educativo acogente y del departamento de orientación del nuevo centro. 6) Fase de AULA PUENTE: desarrollo del PEI en aula externa al centro. 7) Fase de acompañamiento y seguimiento.

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10.- La Comisión de Valoración.En cada centro se formará una comisión destinada a valorar la situación de conflicto social y de cada alumno/a protagonista de la misma, cuando éste o ésta se ha derivado al programa de Tratamiento del Conflicto Social. La comisión estará formada por: -

El inspector/a. El orientador/a. El director/a o jefe/a de estudios. Un representante del equipo de tratamiento. La coordinadora del proyecto, que además realizará la función de secretaria.

La comisión se reunirá: Al menos una vez por trimestre; y cuantas veces se considere necesario convocarla de forma extraordinaria, al menos por dos miembros de la comisión, que así se lo comunicarán a la secretaría de la Comisión. Las tareas a desempeñar son: •

Corresponde a la Comisión:

- Leer y aprobar si procede el acta de cada reunión. - Estudiar y en su caso aprobar el PEI elaborado para cada alumno/a en cada una de las fases del Programa de Tratamiento. - Acordar los criterios de éxito considerados en cada caso para decidir el alta, la continuidad en el tipo de intervención o la derivación a la fase siguiente del Programa.

Mod. AG0011

- Estudiar y en su caso aprobar las propuestas de alta en el Tratamiento, o derivación a la fase siguiente del Programa, referidas a cada uno de los casos atendidos. - Establecer el diagnóstico en cuanto al "nivel de gravedad de la situación conflictiva" en que se encuentra el alumno/a. Dicha valoración se hará en base a un instrumento diagnóstico común a todas las comisiones y confeccionado a tal efecto, que se adjunta a esta circular. - Asumir y respetar la decisión emitida por el Inspector/a de la Comisión cuando no se llegue a un acuerdo consensuado y/o mayoritario por los miembros de la Comisión,

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Corresponde al inspector/a:

- Decidir, en relación a cualquier alumno/a sujeto a valoración, cuando no se haya logrado un acuerdo consensuado y/o mayoritario por los miembros de la Comisión. - Gestionar el acuerdo con otro centro y con el inspector/a correspondiente, para el traslado terapéutico de un alumno/a, a propuesta de la Comisión, velando por el correcto procedimiento a seguir según se plantea en esta Circular. - Aprobar la derivación de un alumno/a a la fase de Aula Puente, a propuesta de la Comisión, velando por el correcto procedimiento a seguir según se plantea en esta Circular. •

Corresponde a la secretaria:

- Convocar a los miembros de la Comisión, al menos una vez al trimestre, y de forma extraordinaria, tantas veces como sea solicitado al menos por dos miembros de la Comisión. - Redactar el acta de cada reunión de la Comisión y presentarla para su lectura y aprobación en la siguiente reunión. - Disponer en cada reunión de los datos actualizados sobre la situación de cada alumno/a atendido en el Programa. - Disponer en cada reunión de los datos actualizados sobre las listas de espera en cada una de las fases del Programa si las hubiera, determinadas en función de la capacidad de respuesta del equipo de Tratamiento y ordenadas bajo el criterio de prioridad según el nivel de conflictividad diagnosticado en la Comisión. •

Corresponde al representante del equipo de tratamiento:

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Presentar a la Comisión la evaluación y diagnóstico realizado al alumno/a desde el Programa.

Mod. AG0011

- Aportar a la Comisión toda la información posible que ayude a establecer el diagnóstico sobre el nivel de gravedad de la situación conflictiva. - Proponer a la Comisión el PEI elaborado por el equipo de tratamiento para cada alumno/a en tratamiento, para solicitar su aprobación. - Proponer a la Comisión las altas o derivaciones a otras fases del tratamiento que se estimen convenientes, para solicitar su aprobación.

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11.- Procedimiento a seguir en el Tratamiento de Contención.El protocolo establecido para proceder a dicha medida contiene los siguientes documentos: - Solicitud del centro al representante del Programa de Tratamiento, para derivar a un alumno/a al mismo: documento C1. - Admisión del alumno/a en el Programa: documento C2. - Diagnóstico del conflicto social: documento C3. - PEI: documento C4.

12.- Procedimiento para realizar un Traslado Terapéutico.El protocolo establecido para proceder a dicha medida contiene los siguientes documentos: - Propuesta acordada por la Comisión de Valoración del centro derivante: documento TT1. - Autorización del padre, madre o tutor legal: documento TT2. - Acuerdo-compromiso firmado por representantes del centro derivante, del centro acogente y de la inspección: documento TT3. - PEI aprobado por la Comisión de Valoración del centro acogente: documento TT4. - Propuesta acordada por la Comisión sobre la permanencia del alumno/a en el centro acogente o su retorno al centro de procedencia: documento TT5.

13.- Procedimiento para incorporar a un alumno/a en el Aula Puente.

Mod. AG0011

El protocolo establecido para proceder a dicha medida contiene los siguientes documentos: - Propuesta acordada por la Comisión de Valoración del centro: documento AP1. - Autorización del padre, madre o tutor legal: documento AP2. - Acuerdo-compromiso firmado por representantes del centro, del aula puente y de la inspección: documento AP3. - PEI aprobado por la Comisión de Valoración del centro acogente: documento AP4. - Acuerdo de la Comisión sobre la fase final de tratamiento del conflicto social: documento AP5.

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14.- Características del Programa de Tratamiento del Conflicto Social. - La población destinataria será: alumnado que estén cursando la etapa de Enseñanza Secundaria Obligatoria, los equipos educativos de este alumnado y sus familias, pertenecientes a los cinco centros implicados en este proyecto. - No serán beneficiarios de este programa aquellos alumnos/as con absentismo total. Dicho alumnado debe ser derivado a los equipos de absentismo de los servicios sociales de los ayuntamientos. - Tampoco será objeto de tratamiento aquel alumnado que esté inmerso en situaciones de conflicto social cuando éstas no trascienden a la manifestación de conflictividad en su convivencia en el centro. - La intervención directa con el alumno/a durante el periodo que permanezca en el Programa de Tratamiento no constituye aisladamente el programa de intervención. El verdadero programa es la integración de las acciones necesarias derivadas de todos los agentes que deben estar implicados en el mismo. Familia, recursos de la comunidad y sobre todo cooperación y compromiso del profesorado de su centro, son imprescindibles para generar el cambio esperado. - Los criterios de derivación al Programa serán acordados en cada uno de los centros entre el equipo del proyecto y el equipo directivo, tras haber escuchado las propuestas de los equipos educativos y del departamento de orientación. - La admisión de un alumno/a en el Programa de Tratamiento, cuando se considere completo el número de situaciones a atender simultáneamente, quedará en trámite de lista de espera, según orden de solicitud, en función de la capacidad de respuesta del equipo responsable del tratamiento. - La evaluación psicosocial del alumno/a, el diagnóstico de la situación y el diseño del primer PEI, no debe exceder de dos semanas a partir de la fecha de admisión del alumno/a en el Programa.

Mod. AG0011

- El PEI de un alumno/a responderá sólo a los objetivos, estrategias e indicadores de evaluación de una fase del programa, teniendo en cuenta que la derivación a una fase posterior siempre requiere el fracaso del tratamiento en la fase anterior. - La elaboración de un PEI a desarrollar en cualquier fase del Programa, no excederá nunca de dos semanas, a partir de la fecha de admisión del alumno/a en la nueva fase. - Los resultados de la fase de Contención se someterán a valoración de la Comisión, nunca antes de un mes y medio de tratamiento. Dicha valoración puede ser solicitada por cualquier miembro de la citada Comisión.

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- La fase de Contención no tiene establecida un tiempo máximo de tratamiento, pero sí debe contemplar siempre los criterios de evaluación del tratamiento, que justifiquen la continuidad o no del mismo. - La valoración de una fase del tratamiento y la propuesta de derivación a una fase sucesiva, pueden gestionarse en una misma Comisión de valoración. - Los resultados de la fase de Traslado Terapéutico se someterán a valoración de la Comisión, nunca antes de mes y medio desde la fecha de incorporación del alumno/a en el centro acogente. Dicha valoración puede ser solicitada por cualquier miembro de la citada Comisión. El tiempo máximo que estará un alumno/a en esta fase, contemplado desde el primer día de acogida en el nuevo centro, será de dos meses. - Finalizada la fase de Traslado Terapéutico con resultados positivos, se procederá al traslado de matrícula del alumno/a al nuevo centro. - Finalizada la fase de Traslado Terapéutico con resultados negativos, se derivará al alumno/a a la fase de Aula Puente, siempre que se cuente con la autorización del padre, madre o tutor legal y así se haya aprobado en la Comisión de Valoración. - Los resultados de la fase de Aula Puente se someterán a valoración de la Comisión, nunca antes de un mes desde la fecha de admisión del alumno/a en el Aula Puente. Dicha valoración puede ser solicitada por cualquier miembro de la citada Comisión. El tiempo máximo que estará un alumno/a en esta fase, contemplado desde el primer día de acogida en el Aula, será de tres meses. - El máximo de alumnos/as que pueden coincidir simultáneamente en fase de Aula Puente es de ocho.

Mod. AG0011

- En cada caso se habrá especificado en el PEI el proceso a seguir para la reintegración del alumno/a en su centro o bien el itinerario educativo alternativo que se pretende seguir con el alumno/a. - Los criterios de alta en el programa obedecerán a resultados exitosos tras alguna fase del tratamiento en el Programa, o bien, a criterios de fracaso en el tratamiento, en cuyo caso se habrá intentado el desarrollo de tres PEI diferentes, uno para cada fase del programa, sin lograr los objetivos planteados en ninguna de ellas. El alta en el Programa será una determinación de la Comisión de valoración.

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15.- La red comunitaria específica de zona.- El trabajo en red social requiere fundamentalmente del compromiso de los profesionales de los diferentes recursos que trabajan de forma cooperativa sobre un problema común: los conflictos sociales; y con un objetivo común: el bienestar social de los miembros de la comunidad. - El centro determinará a su representante en la red comunitaria específica de zona, procurando que se trate de un miembro del departamento de orientación, quién asistirá de forma estable a las reuniones planificadas en la misma. - Dicho representante aportará toda la información disponible desde el centro sobre el alumno/a objeto de intervención, a la vez que asumirá los compromisos que desde el centro puedan responderse, a partir de los acuerdos trabajados en la red.

Mod. AG0011

- El representante del centro llevará al contexto de red comunitaria aquellos casos de conflicto social detectados, que desde la valoración del departamento de orientación, precisan cooperación de recursos externos al centro para disponer la respuesta integrada que se precisa.

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