Story Transcript
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Tabla de contenido INTRODUCCIÓN
3
PRINCIPIOS Y CRITERIOS
8
PRINCIPIO 1: INCLUSIÓN. LA DIVERSIDAD Y PLURALIDAD DE LOS ACTORES INVOLUCRADOS SON DEBIDAMENTE REPRESENTADOS EN EL PROCESO. 8 PRINCIPIO 2: OPORTUNIDAD Y PERTINENCIA. EL PROCESO PARTICIPATIVO COMIENZA TEMPRANO Y DURA TODO EL CICLO DE VIDA DEL PROYECTO. 9 PRINCIPIO 3: TRANSPARENCIA. TODAS LAS PARTES CUENTAN CON INFORMACIÓN CLARA, COMPLETA, VERAZ Y OPORTUNA. 9 PRINCIPIO 4: INCIDENCIA. EL PROCESO CONTRIBUYE A QUE LOS PARTICIPANTES PUEDAN INCIDIR EN LAS DECISIONES QUE LES AFECTAN. 10 PRINCIPIO 5: PLANIFICACIÓN CONJUNTA. SE INVOLUCRA A LAS PARTES INTERESADAS EN LA PLANIFICACIÓN DEL PROCESO PARTICIPATIVO, DURANTE TODO EL CICLO DE VIDA DEL PROYECTO. 11 PRINCIPIO 6: DESARROLLO LOCAL. LOS PROYECTOS ENERGÉTICOS PROMUEVEN EL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES Y TERRITORIOS RELACIONADOS CON ELLOS, DURANTE TODO SU CICLO DE VIDA, COMPLEMENTAN LA VISIÓN Y PLANES DE DESARROLLO LOCAL, Y POTENCIAN LAS OPORTUNIDADES SOCIALES Y ECONÓMICAS DE SUS HABITANTES. 12 GUÍA DE APLICACIÓN
13
ETAPA DE PREFACTIBILIDAD ETAPA DE FACTIBILIDAD ETAPA DE PERMISOS AMBIENTALES Y SECTORIALES ETAPA DE CONSTRUCCIÓN ETAPA DE OPERACIÓN ETAPA DE CIERRE
14 18 25 30 33 36
2
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Introducción La Agenda de Energía, elaborada por el Ministerio a comienzos del 2014, propone la participación ciudadana y el ordenamiento territorial como uno de sus siete ejes de trabajo, para alcanzar una energía confiable, sustentable, inclusiva y de precio razonable. El Ministerio de Energía está convencido que para un desarrollo energético inclusivo, los proyectos energéticos deben realizarse en forma alineada con las comunidades receptoras. Para esto se deben generar espacios de participación que involucren a las comunidades en el desarrollo de los proyectos energéticos, e impulsar el trabajo asociativo entre empresas y comunidades, en un proceso respetuoso de sus derechos. En ese contexto, el Ministerio de Energía está elaborando una guía de estándar de participación para el desarrollo de proyectos de energía, que busca establecer la forma en que los proyectos energéticos deberían diseñarse y ejecutarse, en términos de su relación con las comunidades, de manera de respetar los derechos que éstas tienen de participar en las decisiones que les incumben. De esta forma, el Ministerio de Energía pone a disposición una metodología de participación que contiene principios y criterios orientadores en esta materia. Para la elaboración de este documento, se ha levantado información de cuatro fuentes principales:
Mesas de Asociatividad y Ordenamiento Territorial que se hicieron en siete regiones del país durante el 2014, con actores de la sociedad civil, del sector público y privado. Donde se identificaron las primeras demandas sobre este tema por parte de los actores relacionados. Revisión bibliográfica, con el análisis y sistematización de 40 textos, incluyendo estándares internacionales, manuales, guías, estudios, casos y mejores prácticas. Consulta a un total de 16 expertos o representantes de grupos de interés a través de entrevistas semi estructuradas. Proceso Participativo con actores interesados en el tema, de la sociedad civil, empresas e instituciones públicas nacionales, regionales y comunales: o Talleres Participativos comunales (Panguipulli, Mejillones y Calama, con una participación promedio de 36 personas por taller), en 2 sesiones. La primera sesión buscó recoger experiencias, observaciones y temáticas para ser consideradas en los estándares participativos y; la segunda, buscó presentar un documento preliminar de la guía de estándar, para verificar si se había recogido apropiadamente los temas planteados en la ronda anterior y profundizar en algunos aspectos no definidos aún. o Una Mesa Nacional de Estándares Participativos, con cuatro sesiones de trabajo, aún en desarrollo, para presentar el documento estándar preliminar y enriquecerlo con el análisis de los distintos actores interesados. 3
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Inicialmente contamos con la asesoría de Fundación Casa de La Paz, quien se adjudicó la licitación desarrollada para elaborar el documento estándar preliminar. Su experiencia y competencia fueron fundamentales para guiar el proceso y desarrollar el documento que luego sería entregado a la Mesa Nacional de Estándares Participativos para su análisis y discusión. Se espera que con la aplicación de esta guía de estándar de participación, los proyectos de energía que se desarrollen en el país, puedan promover una mayor consideración de los intereses y necesidades de las comunidades receptoras, generando proyectos de mayor calidad ambiental y social, al incorporar las opiniones y conocimientos de las comunidades locales y al incidir positivamente en el desarrollo local. Se espera también que este instrumento aporte a la consolidación del capital social y la profundización de las bases democráticas del país, que permita dialogar respecto a proyectos potenciales. Es decir, los distintos actores destinarán tiempo a dialogar sobre un proyecto que puede o no realizarse, en base a la información o acuerdos que en el proceso se obtenga o por razones externas a éste (como coyunturas económicas, costos de oportunidad, etc.). De esta forma, los actores se comprometerán a dialogar sin pre-condiciones de obtener un resultado determinado (aunque pueden defender dicho interés con legitimidad en el diálogo), debiendo manejar apropiadamente sus expectativas y moderar potenciales acciones especulativas, pues va a existir permanentemente la posibilidad que el proyecto se realice o no se realice. Cuando esto sea aceptado, tendremos en Chile una cultura deliberativa frente a posibilidades y no una participación frente a hechos consumados, lo que significa un mayor respeto a la dignidad y los derechos de las personas. En este sentido, la participación de los actores en los procesos de diálogo aquí promovidos no significa que ellos apoyen o no la realización del proyecto energético, sino que están dispuestos a participar de un proceso deliberativo respecto a éste. De esta forma, un proceso realizado utilizando este estándar, podrá ser calificado de exitoso si la decisión tomada de realizar o no un proyecto energético y las definiciones de cómo realizarlo, han considerado los intereses y necesidades de los distintos actores durante el proceso de diálogo. Esta guía de estándar se ha elaborado para que pueda ser utilizada voluntariamente por todos los actores que intervienen en el desarrollo de proyectos energéticos, independientemente si son relacionados con proyectos de generación o transmisión; si son realizados por los titulares ejecutores o por desarrolladores para su venta posterior; si son proyectos que deben entrar al SEIA o no; y si entran a éste por DIA o EIA. Sin embargo, para aquellos proyectos susceptibles de afectar a nuestros pueblos originarios, el Ministerio de Energía se encuentra trabajando una propuesta de guía de estándar específico, elaborado con la participación de los pueblos originarios, de manera de conciliar adecuadamente estos procesos de diálogo con el Convenio 169 de la OIT. No obstante, los pueblos originarios 4
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
pueden participar de los procesos de diálogo que bajo este instrumento se den, lo que no reemplazará ni intervendrá en procesos de consulta indígena que se desarrollen en el territorio. La guía de estándar entrega directrices a los titulares de proyectos energéticos que – en coordinación con el Ministerio de Energía – pueden ser implementadas. Sin embargo, es del interés del Ministerio que estas directrices sean conocidas e incorporadas también por parte de las comunidades y autoridades locales, de manera de ejercer un rol protagónico en su aplicación. Por otra parte, la guía de estándar no reemplaza – sino que complementa y fortalece – otros instrumentos existentes en el Estado como los Instrumentos de planificación territorial, IPTs; la Evaluación ambiental estratégica, EAE; el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA; la consulta previa del Convenio 169, etc. El siguiente diagrama muestra cómo estos instrumentos operan en distintos momentos y para distintas iniciativas, y cómo se retroalimentan y complementan entre ellos:
En el diagrama se puede observar que la evaluación ambiental estratégica tiene sus propios procesos participativos y de consulta indígena, para la evaluación de diversos IPTs, como los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores, los planes seccionales, los planes de ordenamiento territorial y diversas políticas públicas, planes y programas.
5
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Sin embargo, cuando se trata de un proyecto de inversión, la EAE no opera, sino que se utilizarían otros mecanismos de participación como los existentes en el SEIA y - en un futuro próximo – esperamos que el esta guía de estándar pueda complementar los procesos del SEIA, principalmente en las etapas previas y posterior a éste. Con color violeta se muestran las actividades que se proponen en la presente guía de estándar: procesos participativos en las etapas de prefactibilidad y factibilidad, para alimentar el diseño preliminar del proyecto energético, luego promueve procesos participativos durante el proceso de evaluación ambiental que complementa la PAC formal que tiene plazos restringidos de funcionamiento y, también promueve procesos participativos a realizarse durante la etapa de construcción, operación y cierre del proyecto de energía. Esta guía de estándar será un instrumento en permanente actualización, tanto en su contenido como en su carácter, pues en la medida que se vaya aplicando y se vayan generando aprendizajes respecto a él, se analizarán las modificaciones normativas o de contenido necesarias para asegurar su permanencia en el tiempo con mayor efectividad. De esta forma, los objetivos de esta guía de estándar de participación son:
Promover que los proyectos de inversión energéticos que requiere el país, se desarrollen en base al ejercicio y respeto de los derechos sociales, ambientales, territoriales, culturales (tangibles e intangibles) y, económicos de personas y comunidades y, que aporten al desarrollo de los territorios relacionados con el proyecto. Establecer un marco claro de interacción entre las empresas de energía, las comunidades y el Estado, que reduzca las asimetrías existentes, respete los derechos de las partes, identifique el tipo y grado de participación que se requiere en el desarrollo de los proyectos de energía, y promueva la construcción de acuerdos sostenibles entre los distintos actores y comunidades que comparten un territorio.
La guía de estándar ha sido construida en base a cuatro niveles operacionales. El primero, los principios, que busca establecer el horizonte de referencia valórico que orientan las presentes directrices. El segundo nivel, los criterios, que aspiran a que los principios sean traducidos en un mensaje tangible, a través de dimensiones o variables específicas a considerar. El tercer nivel es operativo y de proceso, donde se establecen las acciones que se deberían realizar para implementar un proyecto energético cumpliendo con los principios y criterios señalados, los que deberían mantenerse durante todo el ciclo de vida del proyecto. Finalmente, en un cuarto nivel, se explicitan los indicadores a través de los cuáles estas acciones, criterios y principios deben ser evaluados, tanto a nivel de proceso como de resultados.
6
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Los cuatro niveles se presentan en este documento. En la sección 1, los principios y criterios; En la sección 2, el proceso a realizar por parte del proyecto de energía y sus indicadores de medición1. Desde el 11 de agosto de 2015, el presente documento se abrirá a consulta pública. Esperamos nos hagan llegar sus aportes, observaciones, correcciones y ajustes que permitan mejorar la presente guía de estándar para que los intereses de los diversos actores estén debidamente recogidos.
1
Los indicadores de medición están actualmente en proceso de elaboración.
7
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Principios y Criterios Principio 1: Inclusión. La diversidad y pluralidad de los actores involucrados son debidamente representados en el proceso. Objetivo: Promover que en el proceso participativo estén debidamente representados la pluralidad de intereses, y la diversidad de actores con capacidad y mandato para facilitar la legitimidad de las conversaciones y posibles acuerdos.
Criterio 1.1 Pluralidad y Diversidad. Todo el rango de actores tiene la oportunidad de participar, directa y/o indirectamente, a través de sus representantes. La pluralidad se refiere al rango de intereses, opiniones y perspectivas respecto al proyecto; mientras la diversidad hace referencia a la inclusión de todos los actores considerando sus características demográficas, tales como género, nivel socioeconómico, edad y pertenencia a pueblos originarios, entre otras características.
Criterio 1.2 Representatividad. Los representantes de los actores y grupos involucrados son validados por sus representados, para asegurar que cuentan con capacidad, legitimidad y el mandato necesario para representar eficazmente los intereses de sus representados.
Criterio 1.3 Proceso Inclusivo. El proceso de participación incluye instancias y mecanismos que facilitan la participación de los distintos actores interesados, según sus propias características, necesidades y preferencias. Observación: Algunos grupos interesados pueden necesitar apoyo para solventar los gastos que estas instancias generan, y así poder convocar, prepararse y asistir. Por lo tanto, es recomendable que el titular del proyecto energético contemple mecanismos de apoyo para estos efectos (gastos en comunicación, transporte, etc.)
Criterio 1.4. Habilitación de capacidades. Se requiere habilitar capacidades y dar apoyo a los participantes, mediante procesos formativos y asistencia técnica, que permita a los actores interesados, tener una mejor comprensión del proceso participativo y sus alcances; de los procedimientos, permisos y autorizaciones y; de los potenciales impactos del proyecto e implicancias, que les permita desarrollar la participación requerida en las instancias deliberativas y transmitir adecuadamente la información a sus bases. Observación: El Ministerio cumplirá un rol activo en la orientación del proceso de habilitación de capacidades y de identificación de las necesidades de los actores, y en la búsqueda de las formas de financiamiento para dicho propósito. El titular y los actores locales pueden colaborar en la identificación de necesidades, el financiamiento y en proponer ideas para reducir brechas.
8
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Principio 2: Oportunidad y Pertinencia. El proceso participativo comienza temprano y dura todo el ciclo de vida del proyecto. Objetivo: Fomentar que el proceso participativo sea oportuno, comenzando temprano, cuando es más factible influir y mejorar los planes del proyecto. La participación dura hasta que el proyecto y sus impactos finalicen.
Criterio 2.1. Comenzar temprano. El proceso de participación comienza durante las fases de pre factibilidad, con tiempo suficiente para entregar información relevante del proyecto, generar instancias de diálogo y deliberación, y permitir ajustes al diseño del proyecto, alcanzando acuerdos que se reflejen en el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental (EIA o DIA), que ingresará al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).
Criterio 2.2 Continuidad. Las instancias de participación se extienden durante todo el ciclo de vida del proyecto, iniciándose temprano, en la fase pre-factibilidad, y continúa durante la fase de factibilidad, permisos, construcción, operación y cierre.
Principio 3: Transparencia. Todas las partes cuentan con información clara, completa, veraz y oportuna. Objetivos: Promover que los participantes cuenten y tengan acceso a información clara, completa, veraz y oportuna, que sea significativa para ellos, plural y que se comprenda sin duda o ambigüedad.
Criterio 3.1 Disponibilidad. Todos los participantes tienen libre acceso a la información relevante del proyecto que tenga relación con sus intereses y que no ponga en riesgo los intereses del titular.
Criterio 3.2 Comprensible. La información acerca del proyecto es fácil de entender por los participantes. Se debe generar condiciones para su mejor comprensión.
Criterio 3.3 Relevancia. Se proporciona información significativa, completa y veraz, en el momento oportuno para cada fase del ciclo de vida del proyecto, para permitir que los actores involucrados puedan participar eficazmente en discusiones y tomas de decisión.
Criterio 3.4 Fundada y Plural. La información está fundamentada en datos y conocimiento de alta calidad. Se reconoce la existencia de diversas fuentes de información o tipos de conocimiento. En este sentido, se reconoce que el conocimiento local es relevante y útil para la toma de decisión acerca del proyecto. 9
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Principio 4: Incidencia. El proceso contribuye a que los participantes puedan incidir en las decisiones que les afectan. Objetivo: Promover que la participación garantice incidencia, permitiendo a los interesados influir en las decisiones relacionadas con el proyecto que les pudieran afectar.
Criterio 4.1 Voluntad de llegar a Acuerdo. Las partes participan de buena fe, con la voluntad de llegar a un acuerdo beneficioso, para ellas y su relación, que sea justo y equitativo en el largo plazo2. Sin embargo, este acuerdo puede no alcanzarse, lo que debe quedar bien fundamentado, estableciendo si hubo voluntad de llegar a acuerdo.
Criterio 4.2 Ponderación de las distintas opiniones en l a decisión final. Se consideran debidamente las opiniones, intereses y perspectivas comunicadas por los involucrados, en la toma de decisiones acerca del proyecto, en todo el ciclo de vida del proyecto. Se clarifica de antemano cómo los comentarios serán considerados en la toma de decisión.
Criterio 4.3 Comunicación bidireccional. Todos los involucrados son al mismo tiempo emisores y receptores de la información, y tienen acceso a canales de comunicación que permiten una retroalimentación constante entre ellos. Para esto, es relevante que los involucrados sean estables en el tiempo y que se hagan responsables de sus dichos.
Criterio 4.4 Rendición. Se comunica a los involucrados cómo sus aportes fueron considerados en el diseño del proyecto, fundamentando por qué se incorporaron o no en las decisiones finales y, en el caso de generarse acuerdos con las comunidades, se registran y se establecen mecanismos de rendición de cumplimiento que permitan darle seguimiento y exigibilidad en el tiempo.
Criterio 4.5 Mecanismos de gestión de reclamos. Existe un mecanismo de reclamación que puede ser utilizado por cualquier actor interesado para entregar, abordar y hacer seguimiento a reclamos respecto a cualquier aspecto del proyecto y el proceso participativo.
Criterio 4.6 Acceso a mediadores del proceso Existe la posibilidad de solicitar la mediación del proceso de diálogo a un tercero independiente y neutral, que facilite el proceso y la toma de acuerdos.
2
Todo acuerdo deberá estar enmarcado en las obligaciones internacionales que ha adquirido el Estado Chileno en materia de Derechos Humanos, así como los principios y criterios de la presente guía de estándar.
10
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Principio 5: Planificación Conjunta. Se involucra a las partes interesadas en la planificación del proceso participativo, durante todo el ciclo de vida del proyecto. Objetivo: Promover el involucramiento de los participantes en el diseño del proceso, potenciando mayores niveles de pertinencia al considerar sus intereses y necesidades, y mayores posibilidades de implementación.
Criterio 5.1 Co-diseño del proceso. Las partes (empresa y grupos interesados) definen en conjunto el proceso participativo y la agenda de temas a tratar, así como también los mecanismos y metodologías para una participación efectiva de todos, atendiendo los principios de Inclusión, Oportunidad y Pertinencia, Transparencia, e Incidencia y; considerando las necesidades de habilitación de capacidades y su plan de implementación. Sólo una vez que el diseño del proceso a realizar esté acordado, se puede comenzar el diálogo formal.
Criterio 5.2 Instancias de deliberación y diálogo. El proceso de participación incluye instancias de deliberación y diálogo que permiten una interacción fluida y debate constructivo.
Criterio 5.3 Plazos claros, adecuados y flexibles. Los plazos del proceso de participación son establecidos de manera tal que permitan una iteración informada y comprensiva de los asuntos a tratar, considerando sus dinámicas y tiempos, nivel de conocimientos de las temáticas y necesidad de comprensión de los actores locales.
Criterio 5.4 Responsabilidad frente al proceso y sus resultados . Las partes participan del proceso co -diseñado en forma comprometida, sin abandonarlo (salvo buenas razones 3) y sin desconocer su realización y sus resultados.
Criterio 5.5 Mecanismo de Resolución de conflictos Existe un mecanismo previamente acordado para resolver los conflictos que puedan surgir en cualquier fase del ciclo de vida del proyecto, al que puede acudir cualquiera de las partes interesadas .
3
Acreditación de acciones de mala fe o engañosas realizadas por la contraparte.
11
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Principio 6: Desarrollo Local. Los proyectos energéticos promueven el desarrollo de las comunidades y territorios relacionados con ellos, durante todo su ciclo de vida, complementan la visión y planes de desarrollo local, y potencian las oportunidades sociales y económicas de sus habitantes. Objetivo: Ampliar las oportunidades – en forma sostenida – de las comunidades que reciben proyectos energéticos en sus territorios, alcanzando un mayor despliegue de su potencialidad y una mejor calidad de vida, en base al respeto de su vocación territorial, su identidad cultural o cosmovisión y a los contextos territoriales mayores (comunal, regional y nacional), contribuyendo positivamente en aquellos aspectos que sustentan el futuro desarrollo, desde una mirada local y avanzando hacia un desarrollo con cohesión territorial.
Criterio 6.1 Planificación y mirada de largo plaz o. El aporte al desarrollo local de un proyecto energético, debe ser definido en base a la visión local de desarrollo de largo plazo, generando un diagnóstico compartido y un plan de acción que esté en armonía con los instrumentos de planificación comunales y regionales. Las acciones realizadas deben ser registradas y evaluadas en forma periódica para medir su impacto y posibles mejoras.
Criterio 6.2 Fomentar el despliegue de su potencialidad y mejoramiento de su calidad de vida. Las acciones de desarrollo debiesen orientarse a proyectos que promuevan de manera efectiva el potencial de desarrollo local, buscando sinergias entre la vocación del territorio y los proyectos energéticos, abordando aspectos de desarrollo productivo, beneficios colectivos y promoción del desarrollo energético local, entre otros. Se buscará con esto generar valor para los habitantes del territorio, mejorando las condiciones sociales y económicas de los habitantes.
Criterio 6.3 Evaluación del impacto local. Se promueve la evaluación de impacto social de las acciones tendientes a promover el desarrollo local, de manera de asegurar que éstas sean un real aporte para mejorar la calidad de vida de las personas.
12
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Guía de Aplicación Esta sección presenta las acciones fundamentales para la implementación de la guía de estándar propuesta en las distintas etapas del ciclo de vida de un proyecto energético, orientado principalmente al titular. Se identifica cuáles son las acciones de diseño/ingeniería que realiza el titular en cada etapa, y se define las acciones de relacionamiento y participación con la comunidad que se debiera realizar para cumplir con estas directrices. Por otra parte, se entrega un breve detalle de cuáles son los roles de los distintos actores para una óptima implementación de las mismas. En el siguiente diagrama se puede observar en términos generales todas las etapas del proyecto energético, y las acciones generales que el titular debe realizar para cumplir con esta guía de estándar, junto con los hitos donde participa el Ministerio de Energía o los mecanismos que pone a disposición.
13
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Etapa de Prefactibilidad No existe un límite nítido que separe la etapa de pre factibilidad y factibilidad. Los titulares de proyectos usan estas categorías indistintamente dependiendo del tipo de proyecto. No obstante, son estas etapas donde es posible alcanzar el máximo potencial en la aplicación de un modelo de participación como el que se propone en esta guía de estándar de participación. Por tanto, la recomendación principal es desarrollar la participación temprana en el momento que se disponga de un significativo nivel de información del proyecto y en que, al mismo tiempo, aún estén abiertas distintas alternativas de diseño de éste. Sólo así es posible garantizar que los resultados del proceso de participación sean efectivos. Para efectos de esta guía de estándar, se considera la etapa de Pre-Factibilidad, como aquella etapa inicial en el desarrollo del proyecto, donde la empresa se encuentra trabajando con información de carácter general que alimenta los análisis que determinarán en forma preliminar la viabilidad social, ambiental, técnica, legal, económica del proyecto, y que serán profundizados en la etapa posterior con estudios específicos. ¿Qué hace el titular del proyecto en la etapa de pre factibilidad? • • • • •
Análisis de alternativas de localización, tecnología y otros aspectos del proyecto. Idea de proyecto con diseño general. Análisis preliminar de instrumentos normativos, territoriales, planes de desarrollo y sitios de valor patrimonial relacionados con el proyecto. Evaluación de recursos disponibles y requeridos, y de limitaciones técnicas, sociales y territoriales, para cada alternativa analizada. Estimación inicial de costos y financiamiento.
Orientaciones para implementar la guía de estándar 1. El titular del proyecto deberá identificar el área territorial del potencial proyecto y sus distintas alternativas. 2. El titular del proyecto deberá comunicar al Ministerio de Energía su intención de desarrollar un proceso temprano de participación, de acuerdo a la guía de estándar de participación del Ministerio, aportando los antecedentes necesarios para ello. El Ministerio analizará si el proyecto cumple con los criterios previamente definidos. De ser así, el Ministerio tomará contacto con actores locales del territorio donde se instalaría el potencial proyecto para informar e identificar el interés en desarrollar el proceso participativo. Si el Ministerio concluye que existen las condiciones para iniciar un proceso temprano de participación, le
14
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
comunicará al titular la pertinencia y los siguientes pasos a seguir de acuerdo a la presente guía de estándar participativo. 3. Realizado lo anterior, el titular se deberá enfocar en identificar, de manera preliminar, posibles partes interesadas y partes afectadas4. Se tratará de una identificación preliminar de actores, pues no se contará aún con la total claridad respecto al proyecto, características e impactos como para poder identificar todo el amplio espectro de actores. Sin embargo, este proceso de identificación se irá profundizando y ampliando en las etapas siguientes. 4. Las partes interesadas y afectadas podrían incluir: comunidades o personas que podrían verse directamente afectadas; las autoridades relevantes (locales – alcalde y concejales -, regionales, tradicionales, etc.); organizaciones sociales relevantes y líderes informales de las comunidades afectadas y sus representantes [Principio 1]. Se puede hacer, por ejemplo, un listado de dichos actores junto con observaciones preliminares acerca de sus posibles intereses y percepciones acerca del proyecto en etapa de pre factibilidad. 5. Para lo anterior, el titular tomará contacto con actores a nivel local, líderes o representantes de la comunidad y del gobierno local, tanto para ayudar con el proceso de identificación de todo el rango de partes interesadas y afectadas, como para entregarles información preliminar de la idea de proyecto [Principios 2 y 3]. 6. El titular deberá informar al Ministerio de Energía, la identificación de actores interesados y afectados, así como los mecanismos a través de los cuáles se entregará información sobre el proyecto a la comunidad y se levantarán percepciones y opiniones por parte de ésta, en esta etapa. El Ministerio analizará dicha información con los actores locales y otros servicios públicos relevantes (como CONADI), realizará observaciones y entregará orientaciones al titular, con el objeto que estén considerados todos los actores relevantes y los mecanismos definidos sean apropiados, de acuerdo a los principios y criterios de esta guía de estándar. 7. El Ministerio de energía promoverá el correcto desarrollo del proceso de diálogo y propondrá mecanismos de facilitación del diálogo entre el titular y los actores locales, mecanismos de capacitación y/o asesorías para la comunidad si es necesario, y mecanismos de transparencia del proceso y los acuerdos, que no tengan conflicto de interés. 8. El titular del proyecto debe asegurarse que sus empresas proveedoras y contratistas conozcan y actúen en concordancia con los principios y criterios de la presente guía de estándar de participación, así como con los acuerdos establecidos con los actores locales. 4
Para la identificación de las partes afectadas e interesadas ver la Herramienta Evaluación Participativa de los Actores Involucrados.
15
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
9. El titular del proyecto comienza a realizar el proceso participativo de entrega de información del potencial proyecto y a recibir observaciones y opiniones de parte de los actores locales. 10. Como se trata de una etapa de pre-factibilidad, es probable que exista poca información específica sobre el proyecto; sin embargo, en los mecanismos definidos de entrega de información, se comunicará a los actores clave de la comunidad la intención de realizar un proyecto en la zona y se ofrecerá información5 sobre el tipo de proyecto que se está considerando implementar. Al comunicar dicha información, se considerarán las características de las partes interesadas, por ejemplo tasas de analfabetismo y accesibilidad de internet, para así permitir que la información esté disponible en un formato que sea adecuado para las distintas partes [Principio 3]. También es recomendable comunicar los plazos del proyecto y sus etapas e informar sobre cómo y cuándo los avances, serán compartidos [Principio 5].
11. Como en esta etapa existe poca información definida sobre el proyecto, no será factible conocer aún o incorporar a las partes interesadas finales en el proceso participativo [Principio 4]. Sin embargo, desde un comienzo6 se puede compartir la información disponible sobre el proyecto y considerar las opiniones que los actores clave entreguen, tales como sus percepciones y aprehensiones iniciales sobre la idea del proyecto, identificar aspectos de la cultura local y sus tradiciones, usos locales de los espacios contemplados para el proyecto o alrededores, valor espiritual o cultural del territorio, visión de desarrollo local de acuerdo a la vocación del territorio, entre otras cosas. Asimismo, se puede analizar desde ya con los actores claves cuáles son los mejores procesos, mecanismos, medios o vías para facilitar su participación en etapas futuras [Principio 3, Principio 4 y Principio 5]. 12. Al finalizar esta etapa, se deberá compartir los resultados relevantes y pertinentes para los actores locales, los estudios de pre-factibilidad, las razones por las cuales se ha decidido proseguir o no a la etapa de factibilidad, así como la racionalidad de optar por seguir desarrollando una determinada localización o tecnología. Se deberá explicar apropiadamente qué observaciones de la comunidad fueron acogidas y de qué manera, y cuáles no lo fueron, justificando lo anterior en base a la medida en que el proyecto se adapta o complementa la visión de desarrollo local expresada por los actores locales. Si se ha decidido proseguir a la etapa de factibilidad, también se deberá compartir los próximos pasos para el desarrollo del proyecto y para la participación en torno al mismo, y acordar con la comunidad algunos requisitos y características (de forma y contenido) para el desarrollo de los estudios en la etapa siguiente [Principio 4]7. 5
Para iniciar un proceso de difusión de información respecto al proyecto, y su posterior retroalimentación comunidad-empresa, ver las Herramientas: Modelo General para Procesos Colaborativos y Sistemas de información permanente entre la empresa, la comunidad y las autoridades. 6 Ver las Herramientas. Análisis de Alternativas en combinación con el Modelo General para Procesos Colaborativos y; Sistemas de información permanente entre la empresa, la comunidad y las autoridades. 7 El desarrollo de este punto debe sustentarse en las Herramientas: Modelo General para Procesos Colaborativos y; Sistemas de información permanente entre la empresa.
16
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
13. Esta etapa culmina con un acta de cierre donde queden establecido el proceso, los avances, los acuerdos alcanzados y los disensos por resolver.
Actores y Roles Ministerio de Energía Contacto inicial con actores locales. Observar y orientar identificación inicial de actores locales y mecanismos de intercambio de información. Promover la correcta implementación de la guía de estándar por parte de los actores involucrados. Orientar a los diversos actores en cómo participar de los procesos que establece la guía de estándar de participación. Promover mecanismos para dar orientación técnica a comunidades o grupos de interés que lo soliciten. Promover espacios de facilitación y/o mediación, ya sea de manera directa o indirecta, entre los actores locales y el titular del proyecto, para impulsar un correcto entendimiento entre las partes. Promover iniciativas tendientes a disminuir asimetrías de información y de capacidades para el correcto desarrollo de la participación.
Actores locales (comunidad) Solicitar al Ministerio de Energía información sobre la guía de estándar, normativas aplicables, y apoyo técnico en caso de ser necesario. Informarse sobre el proyecto y próximos pasos, por ejemplo al reunirse con el titular, y estar abiertos a escuchar información inicial. Realizar reuniones comunitarias para discutir abiertamente elementos generales del proyecto; identificar necesidades de apoyo para enfrentar mejor el proceso, identificar intereses y necesidades propias para conversar con el titular, incluyendo formación de mano de obra, considerar el uso de infraestructura y servicios locales en el proyecto (embarcaciones, servicios de alimentación y alojamiento, etc.), entre
Titular del proyecto Manifestar al Ministerio de Energía, su interés en implementar un proceso de participación de acuerdo a la guía de estándar de participación. Contar con un equipo especializado y suficiente para el relacionamiento comunitario, idealmente con presencia estable en el territorio. Mantener informadas a todas las áreas de la empresa, proveedores y contratistas, respecto de la planificación, realización y resultados de las distintas actividades del proceso participativo y de acercamiento a la comunidad, promoviendo el alineamiento interno transversal en torno al trabajo con comunidades y actores locales. Realizar estudio preliminar de actores clave. Realizar espacios de acercamiento a actores clave para ofrecer información sobre la idea de proyecto, análisis de alternativas, plazos de estudios, proceso de participación, mecanismos de comunicación y el cómo la empresa planea compartir los resultados iniciales de estudios en aspectos sociales, ambientales y económicos. Autoridades locales Solicitar al Ministerio de Energía información sobre la guía de estándar, normativas aplicables, y apoyo técnico de ser necesario. Disposición a que se desarrolle un proceso participativo en sus zonas. Compartir información con Ministerio de Energía respecto a los actores locales. Informarse sobre el proyecto, por ejemplo al reunirse con el titular, y estar abiertos a escuchar información inicial. Realizar minutas públicas de la(s) reunión(es) sostenidas. Informar a la comunidad respecto al proyecto e instancias de participación. Participar en las reuniones de la empresa con la comunidad.
17
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
otras consideraciones. Evaluar formas de participación en las etapas siguientes si las hubiera. Solicitar a la empresa que se levanten minutas públicas de las reuniones y que éstas estén disponibles para toda la comunidad. Mantener debidamente informados a sus bases o representados.
Solicitar a la empresa la consideración de RRHH locales, el uso de infraestructura y servicios locales en el diseño del proyecto.
Etapa de Factibilidad Esta etapa comienza una vez que el titular del proyecto ha determinado que existen antecedentes que indican como viable el desarrollo del proyecto, pero que necesitan ser enriquecidos. Es la etapa en la que se desarrollan estudios específicos tanto técnicos, como económicos, legales, sociales y ambientales. En esta etapa se busca establecer con un grado considerable de confiabilidad, la viabilidad detectada preliminarmente y el proyecto queda listo para ser ingresado al sistema de evaluación de impacto ambiental. ¿Qué hace el titular en la etapa de factibilidad? • • • • •
Diseño del proyecto e ingeniería de detalle. Gestión de financiamiento. Realización de estudios técnicos, económicos y legales. Realización de estudios ambientales y sociales, identificación de impactos, de medidas de mitigación, reparación y compensación. Evaluar, en base a la magnitud del proyecto y sus impactos, si deberá someterse al Sistema de Evaluación Ambiental y bajo que modalidad (DIA o EIA).
Orientaciones para implementar la guía de estándar 1. Durante la fase de factibilidad, el proceso participativo se debe intensificar. Para lo anterior, es importante actualizar y profundizar la identificación de actores, para asegurar que efectivamente se ha considerado a todas las partes interesadas y afectadas, para así poder compartir información con ellas y ofrecerles la oportunidad de participar –directamente o a través de sus representantes-, en conversaciones acerca del proyecto, su diseño y sus posibles impactos [Principio 1 y Principio 3]. 2. En la identificación de las partes interesadas y afectadas8, se debe tomar en consideración elementos de diversidad, por ejemplo género, etnia, edad, entre otros; y la pluralidad de 8
Para la identificación de actores claves ver herramienta de evaluación participativa de actores.
18
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
intereses que pudieran estar presentes: comerciantes, ecologistas, turismo, agricultores, entre otros. [Principio 1]. Para lo anterior, se debe elaborar un diagnóstico socio-ambiental y/o un mapa de actores clave, para entender no solamente quiénes son las partes afectadas o partes interesadas, sino también cuáles son las relaciones entre ellas, sus intereses y necesidades en relación al proyecto, perspectivas de desarrollo, etc. 3. Para esto, la identificación realizada en la etapa de prefactibilidad puede ser una muy buena base para complementar y actualizar. Una vez actualizada, debe ser puesta en conocimiento del Ministerio de Energía, para que realice observaciones y oriente respecto a ella, en base a los principios y criterios de la presente guía de estándar, y conversaciones sostenidas con otros servicios públicos relevantes de la zona. 4. El titular debe diseñar un plan preliminar de participación para la etapa de factibilidad, considerando los actores identificados y sus características. Este plan preliminar debe presentarlo al Ministerio de Energía, para que sea observado y recibir orientaciones respecto a él. El plan debe establecer claramente cómo será la interacción entre las partes (empresa – actores clave y comunidad interesada y afectada), considerando elementos que incluyen, entre otros, oportunidades y plazos de participación previstas para cada etapa del desarrollo del proyecto; las vías de comunicación que se utilizarán; los mecanismos de participación que se utilizarán (por ejemplo reuniones, asambleas, mesas de trabajo, etc.) y cómo se ponderarán las observaciones, opiniones y perspectivas que los actores involucrados posean respecto al proceso y el proyecto [Principio 2, Principio 4 y Principio 5]. Dichos elementos deben tomar en consideración las características específicas de las partes afectadas, por ejemplo: lengua o idioma adecuado, horarios laborales, accesibilidad de internet, dificultad para desplazarse al lugar de las reuniones, etc. [Principios 1 y 3]. 5. Una vez observado por el Ministerio de Energía (la identificación de partes afectadas e interesadas y el plan preliminar de participación), se deben acordar con los actores locales [Principio 5]. En caso de considerarse necesario, el Ministerio propondrá mecanismos para que un tercero neutral realice el proceso de identificación de actores. Este proceso es central para el éxito de las etapas siguientes, por lo que se debe destinar el tiempo necesario para sentar las bases de un buen proceso de diálogo. Esto significa acordar con los actores locales si se requiere incorporar a otros actores al proceso de diálogo (para que representen todos los intereses), cuál será la forma de elegir los representantes de dichos actores, cuáles serán los mecanismos de diálogo, cuáles serán los plazos en los que se desarrollará este proceso y que permita la suficiente deliberación de los actores locales, cómo se difundirá lo que vaya ocurriendo en el proceso de diálogo, quiénes necesitan apoyo para nivelar asimetrías, qué apoyos necesitan, cuáles serán las reglas del diálogo, cómo se van a 19
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
tomar decisiones, cómo se van a considerar las opiniones tanto de los actores directamente afectados y los actores externos, si se necesitará un facilitador, en qué actividades sería pertinente la participación del Ministerio de energía, entre otras cosas9. Esto puede hacerse en reuniones abiertas a toda la comunidad o a través de reuniones establecidas con sus representantes10. El plan final debe ser acordado con los actores involucrados con el objeto de asegurar que facilite su participación [Principio 1 y Principio 5]. La versión final del plan de participación debe ser compartida con los actores involucrados través de las vías de comunicación establecidas en el mismo y enviado al Ministerio de Energía, para su seguimiento. 6. El titular del proyecto debe asegurarse que sus empresas proveedoras y contratistas conozcan y actúen en concordancia con los principios y criterios del presente estándar, así como con los acuerdos establecidos con los actores locales. 7. Además del Plan de Participación, el titular deberá establecer un mecanismo de gestión de reclamos durante la etapa de factibilidad [Principio 4]. Este mecanismo será utilizado durante todo el ciclo de vida del proyecto y debe ser actualizado y ajustado de acuerdo a las necesidades y avances en cada etapa11. La propuesta de diseño del mecanismo puede ser incluida en el Plan de Participación y, por tanto, ser observado por el ministerio y validado con los actores clave. Si no fue incluido en el plan de participación, debe ser validado con los actores clave en otra instancia. 8. El Titular del proyecto inicia implementación del plan de participación compartiendo información del proyecto, para recibir opiniones y solicitudes respecto a éste. 9. El Ministerio de Energía promoverá el correcto desarrollo del proceso de diálogo y propondrá mecanismos de facilitación del diálogo entre el titular y los actores locales, mecanismos de capacitación y/o asesorías para la comunidad si es necesario, y mecanismos de transparencia del proceso y de los acuerdos, buscando evitar los conflictos de interés. 10. Los actores locales participan de las actividades contempladas en el plan de participación, se capacitan y asesoran si es necesario, de manera de participar en condiciones simétricas.
9
Ver herramientas para sentar las bases para un proceso de diálogo. Ver Herramientas. Modelo General para Procesos Colaborativos y Sistemas de información permanente entre la empresa. 11 Ver Herramientas. Modelo General para Procesos Colaborativos y Sistemas de información permanente entre la empresa. 10
20
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
11. Una de las tareas más importantes para la participación durante la etapa de factibilidad es involucrar a las partes interesadas en la elaboración de la DIA o EIA y, desarrollar un proceso en el que puedan opinar e influir en las decisiones relacionadas con el proyecto que pudieran afectarles, a través de instancias de diálogo y deliberación [Principio 4]. Para lo anterior, el titular deberá compartir toda la información pertinente y relevante del proyecto [Principio 3], por ejemplo: la propuesta de diseño, la propuesta de ubicación, la línea de base, los potenciales impactos positivos y negativos; propuestas iniciales para medidas de mitigación y compensación; los alcances del proyecto en general y la propuesta de plan de contingencias o emergencias y propuesta de plan de cierre12. Asimismo, puede conversarse en esta etapa, de qué manera el potencial proyecto podría respetar, potenciar y complementar la visión de desarrollo que tienen los actores locales. Dicha información debe ser compartida a través de medios acordados en el Plan de Participación, asegurando que esté en un formato claro, fácil de entender y adecuado para todas las partes interesadas [Principio 1]. La información debe ser compartida con antelación suficiente para que los actores involucrados puedan tener el tiempo para analizarla y comprenderla –potencialmente con la ayuda de expertos técnicos– antes de instancias deliberativas o espacios de participación y dialogo con la empresa [Principio 1, Principio 2 y Principio 5]. 12. Las instancias de diálogo y deliberación buscan que las distintas partes se escuchen, entiendan y debatan, poniendo en común las diversas perspectivas e intereses presentes y lleguen a acuerdos sobre qué puntos deberían ser modificados o incluidos y/o, qué condiciones deberían cumplir para poder ser incorporados [Principio 4] o, en su defecto dar a conocer de manera fundamentada el por qué no pueden ser integrados. 13. Los estudios que se desarrollen y la información que se levante en esta etapa debería provenir de diversas fuentes. En particular, debe ser posible que la comunidad, expertos técnicos y otros actores sugieran elementos adicionales a estudiar, incluyendo por ejemplo saberes ancestrales13 [Principios 3]. Dichos elementos adicionales pueden incluir, posibles impactos sociales o ambientales, medidas de mitigación, y opciones de diseño y ubicación no contempladas inicialmente por el titular. El propósito de incluir de esta manera a los actores involucrados en la elaboración de la DIA o EIA es asegurar que éste sea lo más completo y legítimo posible al momento de ser ingresado al SEA. 12
Ver Herramientas Definición Participativa de Alcances de Estudios Ambientales. Otras herramientas pertinentes, además de las ya indicadas, son todas aquellas orientadas al flujo de información entre actores que se hayan acordado en el plan de participación, por ejemplo: Instancias Colectivas (Panel Ciudadano), Oficina de Contacto Ciudadano, Espacio Abierto, Café del Mundo y Reuniones grupales 13 Ver Herramientas. Búsqueda Conjunta de Información, Definición Participativa de Alcances de Estudios Ambientales y Monitoreo Participativo.
21
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
14. En instancias de negociación o deliberativas [Principio 4] respecto a ciertos elementos del proyecto, podrá estar presente el Ministerio de Energía como observador o un tercero neutral de consenso elegido por las partes involucradas como garante o veedor14. Los temas, procesos y resultados de toda negociación deben ser transparentes para todas las partes interesadas y afectadas [Principio 3]. Es recomendable que los acuerdos sobre los aportes al desarrollo local por parte del titular, se alcancen sólo cuando el proceso informativo y participativo en torno al proyecto mismo (impactos en la infraestructura y el territorio, en el uso de recursos naturales y biodiversidad, seguridad y riesgos ambientales o para la salud de las personas, impactos en sistemas de vida, costumbres y patrimonio cultural material o inmaterial, proximidad a recursos o áreas protegidas, entre otros) se encuentre en su etapa final [Principio 6]. Esto es, cuando la comunidad entienda claramente los alcances e impactos del proyecto y tenga una postura clara e informada respecto al mismo. Las partes deben tener siempre presente que cualquier negociación o acuerdo sobre posibles aportes del proyecto al desarrollo local no implica una aceptación del proyecto por parte de las comunidades. En este marco de inversión en el desarrollo local entran temas como la contratación de mano de obra local, los encadenamientos productivos que la empresa puede realizar con proveedores locales, el potenciamiento de actividades productivas locales, los aportes al desarrollo social y económico de la comunidad, entre otras cosas [Principio 6]. 15. Para permitir el diálogo, deliberación y negociación señalados en los dos puntos anteriores [Principio 4], se recomienda optar por espacios específicos para realizar estas conversaciones, como por ejemplo las mesas de trabajo, asegurando que todas las partes interesadas tengan la oportunidad de participar a través de sus representantes15. Para lo anterior, se debe solicitar que las partes afectadas definan quiénes las representarán durante el proceso [Principio 1]. Puede ser recomendable utilizar un tercero imparcial para ayudar a configurar y facilitar los espacios de diálogo, incluyendo el ayudar a identificar quiénes debieran participar y a asegurar que los representantes sean debidamente validados. Este tercero imparcial puede ser el Ministerio de Energía u otro actor elegido y validado por las partes. Se promoverá la existencia de mecanismos de nivelación de asimetrías tales como capacitaciones, asesorías o estudios para asegurar que todos los actores, incluyendo los representantes de grupos vulnerables, tengan las capacidades necesarias para poder participar eficazmente [Principio 1]. 14
Ver Herramientas Modelo General para Procesos Colaborativos, Sistema de Información permanente entre la empresa, la comunidad y las autoridades, e Instancias Colectivas. 15 En lo que respecta a los espacios pertinentes para realizar las conversaciones e involucrados se pueden revisar las Herramientas Modelo General para Procesos Colaborativos, Instancias Colectivas, Representación Comunitaria y Reuniones Grupales. Para instalación de capacidades que puedan requerir determinados actores ver Herramienta, Talleres de Participación.
22
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
16. Al final de esta etapa, se deberá compartir con las partes afectadas e interesadas, la versión final de la propuesta del proyecto, o de la DIA o EIA que serán sometidos al SEIA, además de cualquier acuerdo alcanzado en el marco de una negociación directa. Lo anterior puede incluir un documento explicativo que dé cuenta de los elementos asociados a las perspectivas locales que fueron consideradas en el diseño y en la DIA o EIA, así como aquellos que no fueron incorporados y por qué no fueron incorporados16. Es importante compartir la manera en que las deliberaciones y negociaciones durante esta etapa afectaron o no a la propuesta final del titular [Principio 4]. 17. La etapa se cierra con un acta de cierre, donde quede establecido el proceso realizado, las características del proyecto y en qué medida se consideraron los aportes de los actores locales y las razones de no ser consideradas si así lo fuera, los acuerdos alcanzados en esta etapa y los disensos. Asimismo, debe acordarse en este momento el plan de participación para la siguiente etapa, que será un complemento a las actividades del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El Ministerio de Energía promoverá que los acuerdos alcanzados cumplan con los compromisos internacionales del Estado Chileno y estará presente en esta sesión de cierre. 18. Para proyectos, que por su magnitud e impactos, no requieran ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y, por lo tanto, no hayan elaborado DIA o EIA, se recomienda entregar a los actores claves información fundada de las ponderaciones y consideraciones incorporadas al proyecto provenientes del proceso de participación con la comunidad y evaluar en conjunto con los representantes y líderes de las partes interesadas, el Ministerio de Energía y autoridades locales, los mecanismos o herramientas para garantizar los posibles compromisos adquiridos en el proceso de participación.
Actores y Roles Ministerio de Energía Promover la correcta implementación de la guía de estándar por parte de los actores involucrados. Promover que el titular del proyecto identifique exhaustivamente las partes interesadas y afectadas. Observar el plan de participación propuesto por titular del proyecto y orientar en su mejoramiento.
Titular del proyecto Identificar a las partes interesadas y afectadas, con sus características. Trabajar con las partes interesadas para ajustar y validar el plan de participación preliminar y el mecanismo de reclamación. Compartir información acerca de la propuesta del proyecto y de los estudios en desarrollo. Generar espacios de deliberación y negociación para considerar posibles ajustes al proyecto, a
16
Ver Herramienta Sistemas de información permanente entre la empresa, la comunidad y las autoridades, establecidas en el plan de participación, por ejemplo: Instancias Colectivas (Panel Ciudadano), Oficina de Contacto Ciudadano, Espacio Abierto, Café del Mundo y Reuniones grupales
23
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA Instar a que el proceso se desarrolle de acuerdo a la guía de estándar y al plan de participación. Promover que existan mecanismos para acceder a facilitadores, asesorías para las comunidades afectadas, capacitación y orientación de expertos para mejorar sus capacidades para la participación y el diálogo. Promover los esfuerzos por parte del titular en convocar instancias de participación en torno al diseño e impactos del proyecto. Participar, en las instancias clave del proceso de participación para velar por el desarrollo del proceso de acuerdo a la guía de estándar o, a razón de la solicitud específica de las partes interesadas. Promover que toda discusión preliminar sobre posibles aportes del proyecto al desarrollo local no implique una aceptación previa del proyecto por parte de la comunidad o actores involucrados. Instar a que los compromisos y acuerdos adquiridos en la etapa, queden respaldados ya sea a través de su incorporación a la DIA o EIA para ser sometidos a evaluación y posible ratificación a través de la RCA o; evaluando con la comunidad, autoridades locales y empresa el mecanismo más adecuado para velar por su cumplimento para proyectos que no ingresan al Sistema de Evaluación Ambiental.
Actores locales (comunidad) Informarse sobre el proyecto, por ejemplo al reunirse con el titular y estar abiertos a considerar la información que éste proporciona. Ofrecer opiniones respecto a la identificación de actores, el plan de participación y el mecanismo de reclamación. Participar activamente en distintas actividades de participación con las otras partes interesadas, considerando que participar no implica estar a favor del proyecto ni restringe la posibilidad de oponerse posteriormente a éste, a través de vías administrativas y judiciales u
la DIA o EIA y a los estudios a realizar. Conocer y/o hacer un levantamiento de la visión de desarrollo local y analizar los posibles aportes o impactos que las alternativas de proyecto estudiadas pueden generar sobre ésta. Ponderar observaciones que las partes pudieran realizar en torno al proyecto e incorporarlas en acuerdos o estudios que serán sometidos a evaluación. En el caso de observaciones que no sean consideradas emitir un documento público con su justificación. Compartir los resultados de la participación durante esta fase. Mantener informadas a todas las áreas de la empresa respecto de la planificación, realización y resultados de las distintas actividades del proceso participativo y de acercamiento a la comunidad, promoviendo el alineamiento interno, e involucrarlas directamente cuando sea necesario. Informar al equipo a cargo de la elaboración del DIA/EIA y solicitar su participación y apoyo en actividades del proceso participativo cuando sea necesario. Velar porque los compromisos y acuerdos adquiridos en la etapa queden respaldados ya sea a través de su incorporación a la DIA o EIA para ser sometidos a evaluación ambiental y posible ratificación a través de la RCA o, evaluando con la comunidad, autoridades locales y Ministerio de Energía el mecanismo más adecuado para velar por su cumplimento para proyectos que no ingresan al Sistema de Evaluación Ambiental.
Autoridades locales Informarse sobre el proyecto, por ejemplo al reunirse con el titular, y estar abiertos a escuchar información. Realizar minutas públicas de la(s) reunión(es) sostenidas. Facilitar información al titular para identificar y contactarse con actores de la comunidad. Velar porque todos los grupos de interés estén informados y convocados a participar. Ayudar a asegurar que el plan de participación y mecanismo de reclamación sea adecuado, tomando en consideración las características de
24
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA otras que se estimen convenientes. la comunidad. Realizar reuniones comunitarias para discutir Informar a la comunidad respecto del proyecto elementos del proyecto en forma interna, sus e instancias de participación. propios intereses respecto a éste y, evaluar Participar en las actividades de participación. formas de participación y representación de Promover la identificación de oportunidades de comunidades y organizaciones no formales. desarrollo local. Solicitar a la empresa que se levanten minutas Instar a que los compromisos y acuerdos públicas de las reuniones y que éstas estén adquiridos en la etapa queden respaldados ya disponibles para toda la comunidad. sea a través de su incorporación a la DIA o EIA De estimarlo necesario, solicitar asesoría de un para ser sometidos a evaluación ambiental y tercero neutral, capacitaciones o facilitadores. posible ratificación a través de la RCA o, evaluar Rendir cuentas públicas en caso de haber con la empresa, comunidad local y Ministerio recibido asistencia técnica, capacitación o de Energía el mecanismo más adecuado para recursos para reuniones deliberativas internas. velar por su cumplimento para proyectos que no ingresan al Sistema de Evaluación Evaluar las asesorías recibidas. Ambiental. Identificar oportunidades para el desarrollo local y compartirlas con el titular del proyecto. Mantener debidamente informadas a sus bases o representados. Instar a que los compromisos y acuerdos adquiridos queden respaldados ya sea a través de su incorporación a la DIA o EIA para ser sometidos a evaluación ambiental y posible ratificación a través de la RCA. Otros actores (ONGs, universidades, etc.) Prestar asistencia técnica a las comunidades directamente afectados por el proyecto (si éstas lo solicitan), con la finalidad de que cuenten con todos los elementos para fundar sus planteamientos; ayudarlos a generar y entender información acerca del DIA/EIA y el proyecto. Difundir información calificada relacionada con el proyecto relevante para la participación eficaz en el proceso, de todos los actores. Participar de las instancias a las que se convoca a los actores interesados.
Etapa de Permisos Ambientales y Sectoriales Es la etapa correspondiente a la evaluación y tramitación de permisos ambientales y sectoriales que deben ser obtenidos por los proyectos energéticos antes del inicio de su construcción, de acuerdo al marco regulatorio chileno actual. La evaluación ambiental de proyectos, ya sea a través de Estudios de Impactos o Declaraciones de Impactos, lleva consigo un conjunto importante de permisos sectoriales establecidos en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental que deben ser tramitados en el marco de la evaluación ambiental. Además de los permisos ambientales existen otros permisos y autorizaciones que se requieren antes de la puesta en marcha de los proyectos energéticos y que serán tramitados en esta etapa. Se espera que las Empresas que hayan desarrollado un proceso de participación en las etapas anteriores y que hayan obtenido buenos resultados, medidos en función de los indicadores de 25
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
resultados propuestos en el presente instrumento, puedan transitar por la etapa formal de participación ciudadana (PAC en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental) con menores dificultades en lo que respecta a la relación con las comunidades. Cabe señalar que la PAC formal permite presentar el proyecto a la comunidad, recibir observaciones y responder a ellas en las Adendas, en un proceso que está reglamentado en términos de plazos y acciones posibles. En este sentido, no es una instancia de diálogo y negociación con la comunidad que permita construir de manera tan efectiva acuerdos que en esta etapa ya debiesen existir y que hagan viable el proyecto, como si lo permite la participación en etapas de prefactibilidad y factibilidad que promueve la presente guía de estándar. Es por esto que, si no se desarrollaron procesos participativos previos a esta fase o sus resultados fueron insatisfactorios, se debe analizar si es más pertinente planificar y realizar un proceso de participación que pueda incorporar los principios y criterios de la presente guía de estándar de participación. Lo anterior debe considerar que la existencia de procesos previos de participación - no debidamente conducidos - habrá profundizado las desconfianzas y afectará probablemente las posibilidades de alcanzar buenos resultados de no mediar señales claras de que se invita a participar con responsabilidad y buena fe. Por lo tanto, el llamado es a realizar desde el inicio un proceso participativo en etapas de prefactibilidad, acorde a la presente guía de estándar. Las acciones que se presentan para esta etapa, asumen que las partes involucradas alcanzaron resultados sustantivos en un proceso temprano de participación. ¿Qué hace el titular del proyecto en la etapa de permisos ambientales y sectoriales? • • • • •
Ingreso de DIA o EIA al sistema de evaluación de impacto ambiental. Respuesta a las observaciones realizadas por los Servicios Públicos y ciudadanía a la DIA o EIA presentada. Obtención de Resolución de Calificación Ambiental positiva (RCA). Tramitación de permisos sectoriales. Gestión de permisos ambientales, sectoriales y autorizaciones necesarias para la construcción y puesta en marcha del proyecto.
Orientaciones para implementar la guía de estándar: 1.
El proceso de participación debe continuar en esta etapa [Principio 2]; sin embargo, el ritmo de la participación será menos intensa en relación con las etapas precedentes. Para el caso de los proyectos que se someten al sistema de evaluación de impacto ambiental, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) realizará un proceso formal de participación ciudadana (PAC), como parte de su proceso para evaluar ambientalmente el proyecto. Por lo tanto, la 26
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
participación que promueve la guía de estándar en esta etapa, será un complemento a las actividades que se realice en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Dado que los procesos de tramitación son usualmente extensos, el titular deberá asegurar que las vías de participación y comunicación establecidas en el Plan de Participación formulado al cierre de la etapa de factibilidad, se mantengan abiertas, para así fomentar la continuidad de las relaciones e interacciones entre las partes interesadas17[Principio 4]. 2. El Ministerio de Energía mantendrá en esta etapa su preocupación por promover el correcto desarrollo del proceso de diálogo y que existan mecanismos de facilitación del diálogo entre el titular y los actores locales, mecanismos de capacitación y/o asesorías para la comunidad de ser necesario, y mecanismos de transparencia del proceso y de los acuerdos, evitando potenciales conflictos de interés. 3. Para proyectos que ingresan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el titular debe asegurarse que la DIA o EIA, integre todos los acuerdos alcanzados en la etapa anterior. El titular puede además solicitar que dichos acuerdos sean incorporados debidamente en la RCA, mediante medidas voluntarias. Esto con el objeto que los acuerdos puedan ser fiscalizados por la Superintendencia de Medioambiente, fortaleciendo así su credibilidad. 4. El titular implementa el plan de participación acordado. 5. Al ingresar el proyecto al SEIA, el titular se deberá asegurar que todas las partes cuenten con información clara acerca de la propuesta de proyecto ingresado (DIA o EIA) [Principio 3]. Para proyectos que adscribieron a la presente guía de estándar en etapa temprana, esta información ya debería ser conocida por las partes afectadas que participaron durante la etapa anterior. Por otro lado, es importante difundir información acerca del proceso de evaluación formal, en especial sus plazos y las oportunidades de participación ciudadana, pues mientras más actores participen, mayor validez tendrá el proceso. Si bien el SEA compartirá dicha información a través de sus vías formales, el titular y otros actores también pueden apoyar su difusión, en particular a través de las vías de comunicación establecidas en el plan de participación. Lo anterior reforzará la participación ciudadana. 6. En las instancias formales de participación establecidas por el SEA, el titular debe compartir información sobre el proyecto de acuerdo a lo establecido en la presente guía de estándar, especialmente el principio 3 y sus criterios, y teniendo en consideración los temas que son de mayor interés para la comunidad (características del proyecto e impactos de éste). 7. Durante el plazo de participación ciudadana establecido por el SEA, cualquier ciudadano u organización de la sociedad civil puede entregar comentarios y observaciones a la DIA o EIA ingresado a evaluación. La participación y las negociaciones realizadas durante la etapa previa
17
Ver Herramientas Sistemas de información permanentes entre la empresa, la comunidad y las autoridades, y Herramienta Representación Comunitaria. Estas orientaciones son válidas para los puntos siguientes de este acápite que hagan referencias a los temas aquí expuestos.
27
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
de factibilidad no restringen la capacidad de los actores involucrados de expresar sus perspectivas acerca del proyecto durante esta etapa de evaluación formal. 8. Si durante el proceso de evaluación existen observaciones importantes de aspectos socioambientales desde la comunidad u otros grupos de interés, se puede informar de éstos de manera pública y, en caso de resultar pertinentes, someterlos a diálogo con los actores clave y en especial con quienes presentaron dichas observaciones para conocer mejor sus perspectivas y mejorar la pertinencia de las posibles adecuaciones o respuestas. 9. De todas formas, se deberá informar a la comunidad – a través de los mecanismos establecidos en el plan de participación - la respuesta formal o adenda que ingresará el titular al SEIA, respondiendo a las observaciones realizadas tanto por la ciudadanía como por los servicios públicos [Principio 3 y Principio 4]. 10. Durante la etapa de permisos, el mecanismo de reclamación establecido durante la etapa anterior debiera seguir funcionando [Principio 4]. Lo anterior para ayudar a mantener las vías de comunicación abiertas y gestionar posibles problemas que puedan surgir mientras se espera la evaluación del proyecto18. No le corresponde al titular abordar reclamaciones relacionadas con el proceso de evaluación propiamente tal, ni con el proceso de participación ciudadana formal. 11. Una vez que las autoridades tomen su decisión respecto al proyecto y sus permisos, el titular debe informar a los actores clave y partes interesadas respecto a los resultados [Principio 3]. Si bien el SEA compartirá dicha información a través de sus vías formales, el titular y otros actores también pueden difundirla a través de las vías de comunicación establecidas en el Plan de Participación. En estas instancias, el titular deberá informar también los plazos e hitos que continúan para el proyecto, si la Resolución de calificación ambiental fue favorable. 12. Una vez que las partes interesadas y afectadas ya cuentan con información respecto a los siguientes hitos y plazos del proyecto, se deberá formular con ellos un plan de participación para la etapa de construcción en forma detallada y, de manera más general, para las siguientes etapas. 13. Este plan de participación debe ser enviado al Ministerio de Energía para su observación y seguimiento. 14. Una vez obtenidos los permisos ambientales, sectoriales y autorizaciones del proyecto, el titular deberá asegurar que todas las partes afectadas e interesadas cuentan con información clara acerca de los próximos pasos para el desarrollo del proyecto (por ejemplo los plazos de construcción), del cumplimiento de eventuales acuerdos alcanzados y de las siguientes instancias de participación [Principio 5].
18
Ver Herramienta Mecanismo de Reclamaciones.
28
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Actores y Roles Ministerio de Energía Titular del proyecto Promover la correcta implementación de la guía de Mantener abiertas las vías de comunicación estándar, orientando a titulares y actores locales. e información con las partes interesadas y afectadas. Promover que los posibles acuerdos alcanzados entre comunidades y titular sean debidamente Ofrecer instancias de participación considerados en la evaluación y queden adicionales a la PAC formal. establecidos en la RCA o, para proyectos que no se Compartir información durante cada paso someten a evaluación ambiental, promover que se de la evaluación formal del proyecto. concreten mecanismos que aseguren su Velar porque se incluyan compromisos o cumplimiento. acuerdos del proceso de participación en la Promover mecanismos para contratar facilitadores, RCA o se desarrollen los mecanismos capacitaciones y asesores para que las comunidades necesarios para fiscalizarlos, de no entrar en afectadas puedan tener una participación más eficaz la RCA. en las instancias de participación y diálogo. Disponibilidad para financiar, vía fondo Informar que los acuerdos sobre posibles aportes ciego u otras instancias pertinentes, del proyecto al desarrollo local no implican una iniciativas tendientes a disminuir las aceptación previa del proyecto por parte de la asimetrías de información, tales como comunidad o actores involucrados. capacitaciones y asesorías neutrales. Observar el plan de participación para la etapa de construcción, elaborado por el titular y la comunidad, y orientar respecto a él. Actores locales (comunidad) Autoridades locales Solicitar información acerca del DIA/EIA, el proceso Participar en las instancias de de evaluación formal y el proceso PAC. participación que ofrece el Servicio de Evaluación Ambiental. Participar en proceso de PAC formal y entregar comentarios y observaciones al DIA/EIA, en caso de Apoyar a todas las partes involucradas con tenerlos. la difusión de información sobre la evaluación del proyecto y permisos Solicitar el apoyo de asesores o capacitaciones que sectoriales. faciliten su participación en el proceso de evaluación de impacto ambiental, haciendo uso de Participar en instancias suplementarias de los mecanismos de financiamiento que sean información, comunicación y diálogo susceptibles de implementarse por parte del ofrecidas por el titular. Ministerio. Instar a que el titular gestione e implemente el mecanismo para garantizar Participar en instancias suplementarias de información, comunicación y diálogo ofrecidas por posibles acuerdos en casos de proyectos el titular. que no se someten a evaluación ambiental. Mantener debidamente informadas a sus bases o representados. Rendir cuentas públicas en caso de que haya solicitado fondos para contratar asesores. Evaluar las asesorías contratadas. Otros actores (ONGs, universidades, etc.) Entregar comentarios y observaciones al DIA/EIA, en caso de tenerlos. Entregar información relacionada con el proyecto o relevante para la participación eficaz en el proceso de todos los actores. Participar de las PAC y en otras instancias de participación que se generen.
29
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Etapa de construcción Esta etapa comienza una vez que el titular ha obtenido los permisos ambientales, sectoriales y autorizaciones necesarias para el desarrollo del proyecto y puede comenzar con las actividades relacionadas con la construcción de instalaciones que permitirán concretizar la operación del proyecto energético. ¿Qué hace el titular del proyecto en la etapa de construcción? • • • •
Compra de equipos y materiales. Construcción de obras (afluencia de RR.HH.). Tránsito de maquinaria y transporte pesado. Montaje de equipos.
Orientaciones para implementar la guía de estándar: 1. El titular deberá realizar una actualización del mapa de actores19 con el objetivo de corroborar que están representados la diversidad y pluralidad de actores afectados e interesados, pues pudieran aparecer nuevos actores involucrados o intereses no incluidos en etapas previas [Principio 1]. 2. En esta etapa es posible evidenciar posibles impactos del proyecto, pero en un periodo (en relación a la operación) sustancialmente más corto respecto a otras etapas, por ello resulta importante mantener la calidad de la relación establecida en etapas previas con la comunidad. 3. El titular debe asegurarse que sus empresas proveedoras y contratistas conozcan y actúen en concordancia con los principios y criterios de la presente guía de estándar, así como con los acuerdos establecidos con los actores locales. 4. El titular deberá implementar el plan de participación acordado al cierre de la etapa anterior, en el que se espera se incluyan por lo menos, instancias abiertas, permanentes y bidireccionales de comunicación, mecanismos de gestión de reclamos, mecanismos de diálogo respecto a los impactos y mecanismos de monitoreo participativo de los acuerdos y de la RCA. A continuación se detallan. 5. El titular deberá mantener canales abiertos para entregar información y recibir observaciones20 (reuniones periódicas, casas abiertas, líneas telefónicas gratuitas u otros), en los que todos los actores puedan entregar o recibir información de primera fuente respecto a los impactos o perturbaciones que se puedan generar [Principio 3]. 19
Ver la Herramienta Evaluación Participativa de Actores Involucrados. Ver Herramientas Sistemas de información permanentes entre la empresa, comunidad y las autoridades, como también, herramientas puntuales como por ejemplo: Instancias Colectivas (Panel Ciudadano), Oficina de Contacto Ciudadano, Espacio Abierto, Café del Mundo y Reuniones grupales. 20
30
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
6. Deberá mantener un mecanismo de gestión de reclamos y quejas [Principio 4], evaluando continuamente su eficacia y eficiencia, y posibles ajustes o cambios. De igual forma, deberá comunicar periódicamente a la comunidad las principales quejas recibidas, las soluciones dadas y los tiempos de respuesta. 7. El titular deberá conversar con la comunidad, las medidas propuestas para evitar, prevenir o mitigar impactos; así como, conversar impactos no previstos y diseñar en conjunto medidas de mitigación para los mismos21. 8. El titular deberá promover instancias de monitoreo participativo22 que le permitan a la comunidad ser parte del control del proceso, ya sea en la construcción del proyecto mismo como en las respuestas entregadas por el titular frente a las quejas y reclamos emanados desde los actores locales. 9. El titular debe evaluar, ajustar, mantener y monitorear en conjunto con la comunidad23, el cumplimiento de posibles acuerdos y compromisos establecidos previamente, observando lo señalado respecto a la incidencia de la comunidad durante todo el desarrollo del proyecto [Principio 4], incluyendo lo referente a plazos y formas de involucramiento de la comunidad (plan de participación) en las etapas posteriores a la aprobación ambiental [Principio 5]. 10. En esta etapa el titular también debe actualizar y ajustar, en conjunto con la comunidad, los planes de actuación de emergencia e informarlos debidamente a toda la comunidad. 11. Por último, se recomienda la mantención o instalación de instancias de trabajo con la comunidad a fin de aprovechar las oportunidades de articulación o sinergias para el desarrollo local, que pudieran presentarse con el proyecto. De existir acuerdos relacionados con la posibilidad que mano de obra local se integre a trabajar en el proyecto energético o de encadenamientos productivos relacionados, se recomienda al titular que durante esta etapa realice aprestos, capacitación o procesos formativos para preparar o capacitar a los actores locales que pudieran desarrollar dichos emprendimientos o que se integrarán a las faenas u operación. 12. Esta etapa se concluye con un acta de cierre donde quede establecido la evaluación que hacen los actores del cumplimiento de los acuerdos correspondientes a la etapa, el funcionamiento de los diversos mecanismos implementados y los acuerdos para la etapa siguiente.
21
Ver además Herramientas Búsqueda Conjunta de Información y Monitoreo Participativo, en lo que apunta al diseño conjunto de medidas mitigatorias, ver Herramientas de trabajo colectivo como, Modelo General para Procesos Colaborativos, Instancias Colectivas y Reuniones Grupales. 22 Ver Herramienta Monitoreo participativo. 23 En el caso que la comunidad no se encuentre disponible para implementar algunas de las acciones sugeridas para esta etapa o las posteriores, el titular deberá implementar las mismas e informarlas debidamente a la comunidad.
31
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
13. En el caso que surjan conflictos entre el titular y la comunidad, que no pueden ser resueltos a través de los mecanismos arriba mencionados, el Ministerio de Energía promoverá que existan mecanismos para proveer de mediadores que generen un proceso de diálogo que permita resolver y transformar el conflicto en una oportunidad para llegar a acuerdos beneficiosos para todas las partes, así como capacitaciones y asesorías para los actores locales, de ser necesario.
Actores y Roles Ministerio de Energía: Promover la correcta implementación de la guía de estándar y orientar a los actores involucrados. Instar al cumplimiento de acuerdos previos. Promover el cumplimiento del plan de participación entregado por el titular Acompañar, de manera selectiva, algunas instancias claves del proceso de participación o a razón de la solicitud específica de las partes interesadas. Promover la identificación de oportunidades de desarrollo local.
Actores locales (comunidad) Participar en instancias donde sea posible examinar las oportunidades de desarrollo que podría reportar el proyecto para la comunidad. Promover dentro de la comunidad la utilización de mecanismos de reclamaciones y quejas y dar seguimiento a los mismos. Dar seguimiento a los potenciales acuerdos alcanzados y exigir su implementación. Informar al Ministerio de energía el eventual incumplimiento por parte del titular de compromisos adquiridos y acuerdos realizados. Participar en instancias de monitoreo participativos, y hacer llegar sus observaciones al titular y todas las instancias y organismos que consideren pertinentes. Participar en conjunto con la empresa en el diseño, evaluación y ajustes de los diversos mecanismos de participación.
Titular del proyecto: Actualizar mapa de actores. Implementar Plan de Participación. Implementar instancias de información, participación y comunicación con la comunidad para hacer frente a posibles impactos previstos y no previstos. Mantener, evaluar y ajustar mecanismos de reclamaciones o quejas. Evaluar, en conjunto con la comunidad, la pertinencia de implementar instancias de monitoreo participativo. Implementar oportunidades de desarrollo local en conjunto con la comunidad. Actualizar con participación de la comunidad, mecanismos de actuación en caso de emergencias. Disponibilidad para financiar, a través de mecanismos pertinentes, las iniciativas participativas dispuestas para esta etapa. Autoridades locales Apoyar a todas las partes involucradas con la difusión de información sobre la construcción del proyecto. Asistir a actividades de participación, por ejemplo reuniones entre el titular y la comunidad. Promover la identificación e implementación de oportunidades de desarrollo local. Instar al cumplimiento de los acuerdos y compromisos adquiridos. Difundir los mecanismos de gestión de reclamos existentes. Colaborar en la identificación de impactos no previstos, en la evaluación de las medidas de prevención y mitigación propuestas por el titular y hacerlas llegar al titular. Participar en la elaboración y difusión del plan de emergencias.
32
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Mantener debidamente informados a sus bases o representados. Otros actores (ONGs, universidades, etc.) Participar en instancias de monitoreo participativo y colaborar con conocimiento técnico en este proceso. Colaborar en la identificación de impactos no previstos, en la evaluación de las medidas de prevención y mitigación propuestas por el titular y hacerlas llegar al titular Promover la identificación e implementación de oportunidades de desarrollo local.
Etapa de Operación En esta etapa comienza la puesta en marcha del proyecto de energía, ya sea de generación o de transmisión. La duración de esta etapa dependerá de cada proyecto. ¿Qué hace el titular del proyecto en la etapa de operación? • • • •
El proyecto comienza sus operaciones. Transporte de materiales e insumos destinados a la operación. Transporte de trabajadores. Mantención de instalaciones.
Orientaciones para implementar la guía de estándar: 1. Una vez que el proyecto comienza su operación existe el riesgo de descuidar la participación, pues las etapas más intensas del proceso han sido superadas. Sin embargo, en esta etapa se requiere una buena convivencia con los vecinos para lograr desarrollar el proyecto en condiciones óptimas y para que la energía sea sentida por los vecinos como un aporte a los territorios y a sus comunidades. 2. Para lograr esto, el titular debe ser proactivo promoviendo la permanencia de los espacios de comunicación y participación comunitaria propuestos en el plan de participación, evaluándolos de manera permanente e implementando ajustes de acuerdo a necesidades y criterios compartidos con la comunidad. 3. El titular debe asegurarse que sus empresas proveedoras y contratistas conozcan y actúen en concordancia con los principios y criterios de la presente guía de estándar, así como con los acuerdos establecidos con los actores locales. 4. Al inicio de esta etapa, el titular deberá actualizar -en conjunto con la comunidad - el plan de participación [Principio 5], detallando los mecanismos para la etapa de operación. Debe tener en consideración, una actualización del mapa de actores [Principio 1], en forma periódica durante toda la operación, pues es posible que nuevos actores aparezcan24.
24
Ver Herramientas, Evaluación Participativa de Actores y Representación Comunitaria.
33
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
5. Este Plan de Participación y sus actualizaciones, deben ser enviados al Ministerio de Energía, para su conocimiento y seguimiento. 6. El plan de participación debería contener por lo menos25: mecanismos de información y retroalimentación de aspectos relevantes de la operación26 (especialmente en lo relativo a operación de la planta, impactos y emergencias) destinado a evitar, mitigar o resolver los posibles perjuicios que pueden provenir de su funcionamiento [Principio 3 y 5]; instancias de monitoreo participativo de compromisos de la RCA; monitoreo de la implementación de acuerdos alcanzados, mecanismos de reclamaciones y quejas [Principio 3 y 4]. 7. El titular debe actualizar e implementar un plan de contingencia – que involucre a los representantes de la comunidad – que sea capaz de hacer frente a accidentes o eventualidades que pueden afectar la integridad física o la salud de las comunidades que rodean al proyecto27. Esta estrategia debe haber sido elaborada y actualizada con participación de la comunidad. 8. Se recomienda implementar mecanismos que promuevan el desarrollo local con una mirada de largo plazo y con vistas a fomentar el despliegue de la potencialidad y mejoramiento de la calidad de vida de los actores locales [Principio 6]. Estos mecanismos deben contemplar la participación de los diversos actores locales. El titular debiese incluir en las mesas de trabajo las temáticas fundamentales relacionadas con fondos de desarrollo o inversión social estratégica; además de evaluar alternativas para compartir beneficios o utilidades de la operación, privilegiando las personas y comunidades afectadas a través de corporaciones o fundaciones con amplia representación local28. 9. En el caso que surjan conflictos entre el titular y la comunidad, que no pueden ser resueltos a través de los mecanismos arriba mencionados, el Ministerio de Energía promoverá que existan mecanismos para proveer de mediadores que generen un proceso de diálogo que permita resolver y transformar el conflicto en una oportunidad para llegar a acuerdos beneficiosos para todas las partes, así como capacitaciones y asesorías para los actores locales, de ser necesario.
25
Ver Herramientas Mecanismo de Reclamación, Modelo General para Procesos Colaborativos, Sistemas de información permanentes entre la empresa, la comunidad y las autoridades, Instancias Colectivas, Oficina de Contacto Ciudadano, Día de Puertas Abiertas, Espacio Abierto, Café del Mundo, Talleres de Participación y Reuniones Grupales. 26 Ver Herramientas, Monitoreo Participativo y Auditoría de derechos humanos. 27 Ver Herramienta, Planes de Emergencia 28 Ver Herramientas, Búsqueda Conjunta de Información, Monitoreo Participativo, Instancias Colectivas en sus distintas versiones destacando el Comité de Desarrollo Local y Talleres de Participación
34
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Actores y Roles Ministerio de Energía: Promover la correcta implementación de la guía de estándar y orientar a los actores involucrados. Promover el cumplimiento del plan de participación entregado por el titular. Instar al cumplimiento de acuerdos previos y aquellos relacionados con el desarrollo local. Apoyar con orientación técnica a comunidades o grupos de interés que lo soliciten. Promover, de manera selectiva o a solicitud específica de las partes interesadas, la articulación de actores locales y grupos de interés para la identificación e implementación de oportunidades de desarrollo local.
Actores locales (comunidad) Participar en el monitoreo participativo de compromisos de la RCA y en instancias de entrega de información. Cumplir acuerdos alcanzados en etapas previas. En caso de renovación de liderazgos locales, informar de éstos en instancias de participación permanente y asegurar el buen traspaso de la información a los nuevos representantes. Monitorear y evaluar beneficios e iniciativas de desarrollo local, comprometidos por el titular para esta etapa. Mantener debidamente informados a sus bases o representados. Utilizar y monitorear el funcionamiento de mecanismos de reclamaciones del titular.
Titular del proyecto: Vincularse activamente con la comunidad local. Cumplir acuerdos alcanzados en etapas previas. Revisar y actualizar periódicamente mapa de actores relevantes e intereses. Actualizar en conjunto con la comunidad el plan de participación. Implementar y evaluar mecanismos permanentes de recepción y entrega de información; monitoreo participativo; gestión de reclamos y quejas. Elaborar con participación de la comunidad, e implementar una estrategia de gestión de accidentes y emergencias relativas al funcionamiento de las instalaciones, en la que esté debidamente considerada e informada la comunidad local. Evaluación e implementación permanente de oportunidades de desarrollo local relacionadas con la operación. Autoridades locales Asistir a actividades participativas, por ejemplo reuniones entre el titular y la comunidad; monitoreo participativo, entre otros. Promover la identificación e implementación de oportunidades de desarrollo local. Instar al cumplimiento de los acuerdos y compromisos adquiridos Colaborar en la identificación de impactos no previstos, en la evaluación de las medidas de prevención y mitigación propuestas por el titular y hacerlas llegar al titular. Participar en la implementación y difusión del plan de emergencias
Otros actores (ONGs, universidades, etc.) Apoyar a las comunidades en la evaluación y monitoreo de los compromisos de la RCA, produciendo información veraz y relevante respecto a los impactos ambientales y sociales de la operación. Ayudar a difundir información acerca de las operaciones del proyecto o información técnica relevante para la participación eficaz en el proceso de todos los actores. Promover la identificación e implementación de oportunidades de desarrollo local.
35
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
Etapa de Cierre En esta etapa se produce el cese de actividades relacionadas con la operación del proyecto energético. Aunque se trata de la última etapa del proyecto, su planificación debe ser proyectada desde etapas tempranas, incluyendo medidas de seguridad, ambientales y sociales relacionadas. ¿Qué hace el titular del proyecto en la etapa de cierre? • Decreta el cierre de la operación. • Proceso de desmantelamiento. • Limpieza, reorganización y reparación del lugar donde se emplazaban las instalaciones.
Orientaciones para implementar la guía de estándar: 1. El proceso de cierre puede conllevar grandes inquietudes en la comunidad local tanto en términos sociales (¿qué pasará con el empleo y la provisión local de insumos y servicios?), como ambientales (¿cómo se asegurará la restitución y limpieza del lugar donde estaba emplazada la instalación?). Por ello, el proceso de cierre del proyecto debe ser diseñado con la suficiente antelación para evitar situaciones de incertidumbre de las partes afectadas, incluyéndoles a ellos mismos dentro de la planificación29. 2. En la etapa de factibilidad el titular debió proyectar el cierre de sus operaciones y los aspectos ambientales relacionados; no obstante, al igual que en las etapas previas y en razón de la larga vida operativa de los proyectos energéticos, el titular deberá actualizar este plan en conjunto con los actores claves con la debida anticipación al inicio de la etapa de cierre (es decir en la etapa de operación)30. Para ello deberá entregar información detallada y relevante del plan de cierre y del estado actual del territorio, las tecnologías disponibles, normativa vigente, entre otros [Principio 3]. Deberá informar además acerca de los principales hitos y plazos, los que se evaluarán en conjunto con los actores locales [Principio 5]. 3. El titular debe asegurarse que sus empresas proveedoras y contratistas conozcan y actúen en concordancia con los principios y criterios de la presente guía de estándar, así como con los acuerdos establecidos con los actores locales. 4. Al inicio de esta etapa, el titular deberá actualizar el plan de participación, para hacer frente a los desafíos y necesidades de esta etapa. Esta actualización debe hacerse en conjunto con los actores locales y debe ser enviada al Ministerio de Energía.
29
Ver Herramientas, Búsqueda conjunta de Información, Definición Participativa de Alcance de Estudios Ambientales y Monitoreo Participativo. 30 Ver Herramientas relacionadas al plan de participación: Modelo General para Procesos Colaborativos, Sistemas de información permanentes entre la empresa, la comunidad y las autoridades, Instancias Colectivas, Reuniones Grupales.
36
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
5. El Ministerio realizará observaciones al plan de participación y orientará al titular para su implementación de acuerdo a los principios y criterios de la guía de estándar de participación. 6. El Ministerio promoverá el correcto desarrollo del proceso de diálogo y participación, y la existencia de mecanismos de facilitación, capacitación y asesorías para nivelar las asimetrías existentes. 7. Resulta importante mantener y actualizar el mecanismo de gestión de reclamos en forma adecuada a esta etapa, para hacer frente a las inquietudes que tendrán los actores locales respecto al futuro de la zona, una vez que el proyecto termine sus funciones31. 8. El titular deberá actualizar en colaboración con los actores locales y autoridades competentes un plan de acción en caso de emergencias32 y un plan del proceso de cierre. 9. Por último, la empresa debe velar por reducir los impactos sociales que pudiera producir el cese de sus operaciones en cuanto a efectos sobre el empleo, encadenamientos productivos y servicios asociados al funcionamiento del proyecto. Para ello se recomienda trabajar en conjunto con actores claves y autoridades, para elaborar un plan de continuidad que asegure la persistencia de las estrategias de desarrollo local una vez que la planta se retire. Esto puede incluir, por ejemplo, planes de reconversión laboral y de redefinición del uso de los espacios utilizados por las instalaciones.
Actores y Roles Ministerio de Energía: Promover la correcta implementación de la guía de estándar y orientar a los actores involucrados. Observar y dar seguimiento al plan de participación para esta etapa. Instar al cumplimiento de las medidas y acuerdos de desarrollo local. Acompañar instancias claves del proceso de participación.
Titular del proyecto: Transparencia y disponibilidad en la entrega de la información respecto al cierre. Presentación de un plan de cierre para discutir con los actores locales y de toda la información correspondiente (hitos, actividades, plazos). Evaluar junto a la comunidad la continuidad de las estrategias de desarrollo local implementadas, con posterioridad al cierre de la faena. Elaboración o actualización del plan de emergencias para etapa de cierre.
Actores locales (comunidad) Participación activa de los acuerdos relativos al plan de cierre. Apertura a nuevas instancias de desarrollo local
Autoridades locales Apoyar a todas las partes involucradas con la difusión de información sobre el cierre del proyecto.
31
32
Ver Herramienta, Mecanismo de Reclamación. Ver Herramienta, Planes de Emergencia.
37
Guía de Estándar de Participación para proyectos de energía Versión Preliminar para consulta pública División de Participación y Diálogo Social MINISTERIO DE ENERGÍA
posteriores al fin de la operación. Evaluación del proyecto desde el inicio hasta el cierre (entrevistas, encuestas, etc.).
Participar en actividades de elaboración e implementación del plan de cierre, en el marco de sus competencias. Velar porque el terreno y las actividades sociales y económicas se reconviertan apropiadamente, en el marco de sus competencias.
Otros actores (ONGs, universidades, etc.) Difundir información acerca del cierre del proyecto o información técnica relevante para la participación eficaz en el proceso de todos los actores.
38