SISTEMA DE GESTION DE CALIDAD
PROCESO ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS GOBERNACION DE CASANARE
ESTUDIO PREVIO
CÓDIGO: RAB00-02-I FECHA: 05/12/2008 VERSION:01 No. ____________
DEPENDENCIA
SECRETARIA GENERAL
CODIGO TABLA RETENCIÓN DOCUMENTAL
1.INFORMACIÓN GENERAL 1.1 FECHA DE PRESENTACIÓN:
Noviembre de 2010
1.2 NOMBRE DE PROYECTO:
No aplica
1.3 CÓDIGO SSEPI:
No aplica
1.4 IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL 1.4.1 NOMBRE:
Seguros
1.4.2 CÓDIGO:
4. ICLD.
1.4.3 FUENTE:
9.0.04.02.01.002.01.08
1.5 COMPONENTE(S) DEL PROYECTO:
No aplica
1.6 ACTIVIDAD(ES) DEL PROYECTO:
No aplica
1.7 PRODUCTO(S) DEL PROYECTO:
Pólizas de Seguro.
1.8 PRODUCTO(S) CONTRATAR
DEL
OBJETO
A
Adquisición póliza de seguro SOAT, para motos adquiridos por convenio interadministrativo N° 0032 y vehículos de propieda d de la Gobernación de Casanare.
1.9 POBLACIÓN BENEFICIADA CON EL Empleados de los vehículos de propiedad de la Gobernación. OBJETO O PRODUCTO A CONTRATAR: 1.10 EMPLEOS ESTIMADOS CON LA DIRECTO(S) INDIRECTO (S) INVERSIÓN 2. CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD 2.1 DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD: La Gobernación de Casanare, es propietaria de furgones, los cuales están en uso permanente, dado los continuos desplazamientos a cubrir las obras y trabajos en diferentes puntos del Departamento. La Administración Departamental cuenta con un parque automotor indispensable para cumplir las funciones inherentes al servicio público de transporte, que realizan los funcionarios fuera de las diferentes dependencias, por ello es necesario que estos vehículos cuenten con los documentos requeridos por las normas de transito como es el seguro Obligatorio SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito), el cual debe ser adquirido por la Gobernación para todos los vehículos automotores de propiedad de la Gobernación, que transiten por el territorio Colombiano, este seguro ampara los daños corporales que causen a las personas en accidentes de tránsito ya sean peatones, pasajeros o conductores. De igual forma a adquirido Motocicletas para la ejecución del Convenio Interadministrativo N° 0032 los cuales en los trámites administrativos se han vencidos los seguros del SOAT, por ello es necesario adquirir los seguros en cuanto para realizar el traspaso de los vehículos a la Policía Nacional se requiere que este seguro se encuentre vigente.
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2.2 ANÁLISIS DE CONVENIENCIA: Es una obligación de la Administración Departamental proteger la vida y bienes como son los vehículos que pertenecen a la Gobernación, y por los que es responsable, por ello debe adquirir el seguro obligatorio SOAT de los furgones y motocicletas seguro que es indispensable para amparar a los conductores, personas y vehículos en cualquier accidente ocasionado en el desarrollo de las funciones propias de la entidad y cumplimiento de las normas establecidas por transito. 2.3 ANALISIS DE OPORTUNIDAD: Es oportuno adquirir el SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito), de conformidad con la Ley 769 de 2002 y la expiración de la vigencia del actual de los SOAT de los vehículos de propiedad de la Gobernación de Casanare y por las que es responsable. 2.4 INTERVENTORIA Y/O SUPERVISIÓN: La SUPERVISIÓN estará a cargo de la Secretaría General de la Gobernación de Casanare o quien esta designe. 3. DEFINICIÓN TÉCNICA 3.1 DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR: Adquisición póliza de seguro SOAT, para motos adquiridos por convenio interadministrativo N° 0032 y ve hículos de propiedad de la Gobernación de Casanare. 3.2 ACTIVIDADES A DESARROLLAR PARA EL LOGRO DEL OBJETO A CONTRATAR: 1. Expedir el seguro SOAT dentro de los respectivos términos, con un término de un (1) año, sin que se presente interrupción alguna del amparo. 2. Cumplir cabalmente con las demás obligaciones y trámites que surgen del presente estudio. 3. Aceptar la supervisión por parte del DEPARTAMENTO. 4. Coordinar con el Supervisor del Contrato el desarrollo del mismo. 5. Prestar los informes que le solicite el Supervisor del Departamento. 6. Las demás atinentes al objeto contractual. 4. SOPORTE TÉCNICO Y ECONÓMICO 4.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO O PRODUCTO A CONTRATAR: Podrán participar, todas las compañías de seguros oficiales o privadas legalmente constituidas nacionales o extranjeras y domiciliadas en Colombia, que tengan sucursal o agencia con domicilio en el Municipio de Yopal Casanare, que ofrezcan adecuadas condiciones de solvencia, cobertura, precios y servicios. Igualmente deben estar autorizadas por la Superintendencia Financiera para desarrollar su objeto social y operar los ramos propuestos, su constitución como mínimo será la del término del contrato. VEHICULOS VEHICULO Motocicleta Motocicleta Motocicleta
DESCRIPCIÓN Go-motors línea GM 125 modelo 2009, Motor 157FMIO8605012 Go-motors línea GM 125 modelo 2009, Motor 157FMIO8605004 Go-motors línea GM 125 modelo 2009, Motor 157FMIO8605017
IDENTIFICACIÓN Placa RAO 58 B Placa RAO 57 B Placa RAO 56 B
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Motocicleta Furgón Furgón
Go-motors línea GM 125 modelo 2009, Motor 157FMIO8605067 Chevrolet-NKR, Modelo 2008 Chevrolet-NKR, Modelo 2008
Placa RAO 55 B Furgón-OJA079 Furgón-OJA077
AMPAROS POR VICTIMA: - Servicios quirúrgicos (gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios). Hasta 500 S.M.L.V. a la fecha de ocurrencia del accidente. - Incapacidad permanente. 180 S.M.L.V, a la fecha de ocurrencia del accidente. - Muerte. 600 S.M.L.V. a la fecha de ocurrencia del accidente. - Gastos funerarios: 150 S.M.L.V. a la fecha de ocurrencia del accidente. - Gastos de transporte de las víctimas: 10 S.M.L.V. a la fecha de ocurrencia del accidente. 4.2 SOPORTES TECNICOS: El rubro a utilizar es el de Seguros. (4. ICLD. 9.0.04.02.01.002.01.08) de la Secretaría General de la Gobernación de Casanare. 4.3 SOPORTES LEGALES: La ejecución de esta actividad se encuentra soportada legalmente así: • Ley 80 de 1993 • Ley 1150 de 2007 y demás Decretos reglamentarios • Decreto reglamentario 2474 de 2008 • Ley 42 de 1993. • ley 45 de 1990. • Ley 222 de 1983 • Ley 734 de 2002. • Ley 769 de 2002 • Programa de Gobierno, Plan de Desarrollo “Pensando en Todos” 2008-2011 • En cumplimiento a la Ley 598 de 2000 y Decreto 3512, el servicio a prestar se encuentra registrado en el plan de adquisición de bienes y servicios del Departamento de lo cual se anexa certificación emitida por la respectiva secretaria de la junta de compras el cual hace parte integral del estudio previo. • 4.4 SOPORTES AMBIENTALES: No Aplica. 4.5 SOPORTE ECONOMICO: EL DEPARTAMENTO DE CASANARE estima que el costo de la ejecución del objeto contractual a desarrollarse en este proceso, asciende a la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS PESOS ($1.917.600,00) M/CTE, valor que incluye todos los gastos directos e indirectos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato de igual manera se incluye con el presente estudio previo la lista de los vehículos a los cuales se les debe adquirir el SOAT. Para determinar el valor de las primas durante la vigencia 2010, el presupuesto oficial estimado incluye el valor de las primas y los impuestos (IVA) a que haya lugar. CUBS 2.28.5 TOTAL
DESCRIPCIÓN SOAT MOTOCICLETAS SOAT FURGONES
CANT. 4 2
VALOR UNIT. $286.900,00 $385.000,00
VALOR TOTAL $1.147.6000,00 $770.000,00 $ 1.917.600,00
De igual forma se efectuó la consulta de los Precios Indicativos en el SICE y teniendo en cuenta que las propiedades
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y especificaciones de los bienes a contratar identificados en el CUBS por la entidad, se encontró la codificación a nivel tres: 2.28.5 (Otras pólizas de seguros), por tanto se encuentra temporalmente exento de las obligaciones frente al SICE, como lo establece el Decreto 3512 del 2003, Articulo 18 excepciones aplicables al SICE literal a) “Adquisición de servicios y obra pública que no estén codificados en el CUBS.”, y el Acuerdo 0004 Articulo 4 literal B del comité para la operación del SICE. 5. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN Que en cumplimiento de los objetivos y fines del Estado, y teniendo en cuenta las fuentes que se utilizaron en relación con la necesidad de la contratación, se observa que la modalidad de selección será la Selección Abreviada, aplicando el procedimiento para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, teniendo en cuenta lo previsto en el parágrafo del artículo 17 del Decreto 2474 de 2008 modificado por el artículo 1 del Decreto 3576 de 2009. 6. RIESGOS DE LA CONTRATACIÓN, COBERTURAS Y JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN Los riesgos previsibles que pueden afectar el equilibrio económico del contrato en su ejecución de acuerdo a las características del mismo son los siguientes: TIPIFICACIÓN DEL RIESGO
6.1 DESCRIPCIÓN DE LOS POSIBLES RIESGOS:
RIESGOS PREVISIBLES Riesgo comercial y financiero: riesgos normales que deben ser previstos por el contratista al momento de presentar la oferta, tales como el incremento de precios, aumento de impuestos, desfinanciación, entre otros. Este riesgo lo debe asumir el contratista en un cien por ciento (100%). El riesgo de ejecución: se refiere al no cumplimiento durante la ejecución del contrato de las condiciones técnicas y/obligaciones establecidas el estudio previo, tales como especificaciones de los productos, obras o servicios, términos de entrega de los mismos. Este tipo de riesgo será asumido por el contratista. RIESGOS IMPREVISIBLES
Nota: Para el caso de licitaciones públicas, los pliegos de condiciones deberán señalar el momento en el que, con anterioridad a la presentación de las ofertas, los oferentes y el Departamento revisarán la asignación de riesgos con el fin de establecer su distribución definitiva.
6.2 COBERTURA DEL RIESGO
6.3 JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, en los contratos de empréstito, en los interadministrativos y en los de seguros, objeto del presente proceso no es obligatoria la exigencia de mecanismos de garantía para amparar el riesgo de incumplimiento de las obligaciones. Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica del contrato que se va a celebrar y conforme a lo expresado en la Ley, los factores de selección que permiten la escogencia del ofrecimiento más favorable para la entidad son los siguientes: PROCESO VERIFICACIÓN
FACTORES CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN
CONSECUENCIA HABILITA/INHABILITA
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EVALUACIÓN
EXPERIENCIA
HABILITA/INHABILITA
CAPACIDAD FINANCIERA
HABILITA/INHABILITA
CAPACIDAD TÉCNICA
HABILITA/INHABILITA
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
HABILITA/INHABILITA
PRECIO
PUNTUACIÓN
CALIDAD (PROPUESTA TÉCNICA) PONDERACIÓN CALIDAD Y PRECIO RELACIÓN COSTO - BENEFICIO
PUNTUACIÓN PUNTUACIÓN VALORACIÓN MONETARIA
7. CONDICIONES DEL OBJETO CONTRACTUAL 7.1 TIPO DE CONTRATACIÓN:
Contrato de Seguro
7.2 OBJETO A CONTRATAR:
ADQUISICIÓN PÓLIZA DE SEGURO SOAT, PARA MOTOS ADQUIRIDOS POR CONVENIO INTERADMINISTRATIVO N° 0032 Y VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DE LA GOBERNACIÓN DE CASANARE.
7.3 PLAZO:
UN (1) AÑO.
7.4 LUGAR DE EJECUCIÓN:
Yopal, Casanare.
7.5 PRESUPUESTO OFICIAL
7.6 FORMA DE PAGO:
UN MILLÓN NOVECIENTOS DIECISIETE MIL SEISCIENTOS PESOS ($1.917.600,00) M/CTE. Se pagará el ciento por ciento (100%) o el valor total de la prima dentro de los quince (15) días siguientes a la entrega de las pólizas respectivas. Para ello, se deberá allegar todos documentos necesarios para el diligenciamiento de la respectiva obligación contraída y contar con el visto bueno del Supervisor que se designe para el contrato. 8. RESPONSABLES DEL ESTUDIO PREVIO
ELABORÓ ESTUDIO PREVIO: Nombre: HEVELIN XIOMARA GIL RENDÓN Cargo: Profesional Contratada FIRMA:
REVISÓ ESTUDIO PREVIO: Nombre: WALTER FERNEY MARIÑO GOYENECHE Cargo: Director Servicios Administrativos FIRMA:
JAIRO BOSSUET PÉREZ BARRERA Secretario General
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