PROCESO ADQUIRIR BIENES Y SERVICIOS

Página 1 de 20 Código: 2BS-FR-0034 Fecha: 27/06/2012 PROCESO ADQUIRIR BIENES Y SERVICIOS ACEPTACIÓN DE OFERTA MÍNIMA CUANTÍA Versión: 1 N° S – 201

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Página 1 de 20 Código: 2BS-FR-0034 Fecha: 27/06/2012

PROCESO ADQUIRIR BIENES Y SERVICIOS

ACEPTACIÓN DE OFERTA MÍNIMA CUANTÍA

Versión: 1

N° S – 2016 -

POLICÍA NACIONAL

/ AREAD – GRUCO – 29.25

Bogotá D.C. Señores: DISMONGO S A S Representada Legalmente por HERNANDO GODOY CORTES Calle 69 No.69G-11 Teléfono: 2253837-7532183 Bogotá D.C. Asunto: Aceptación Oferta Proceso PN CESAP MIC 08 - 07 – 54 - 2016 Con toda atención me permito informarle que la propuesta presentada por usted, el 09 de Febrero del 2016, dentro del proceso PN CESAP MIC 76 2016 CUYO OBJETO ES “TRATAMIENTO PARA AGUA DE LAS CALDERAS DEL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS (HOTEL, COCINA Y LAVANDERIA)”. Por la suma de TRES MILLONES DEPESOS M/CTE ($3.000.000), ha sido aceptado por este Centro Social. CONTRATANTE ORDENADOR DEL GASTO CÉDULA DE CIUDADANÍA N°. CARGO DISPOSICIÓN DE NOMBRAMIENTO RESOLUCIÓN DE DELEGACIÓN

CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL. NIT: 830-028-714-3 Teniente Coronel RODRIGO HERNAN MARIN PIEDRAHITA 94.379.905 de Cali ADMINISTRADOR CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS Resolución No 02822 del 16 de Julio de 2014 Resolución N°. 05606 del 31 de Diciembre de 2014

CONTRATISTA

Nombre: DISMONGO S.A.S NIT: 800.176.811-4 Representante Legal: HERNANDO GODOY CORTES C.C: 19.250.137 de Bogotá CIUDAD NOTIFICACIÓN: Bogota D.C. NOTIFICACION JUDICIAL: Calle 69 No. 69G - 11 Email: [email protected] Tel. 2253837

SUPERVISOR DEL CONTRATO

El supervisor del contrato será el Responsable de mantenimiento o quien haga sus veces, quien verificará la ejecución idónea y el cumplimiento del objeto del contrato de acuerdo con las funciones asignadas para el efecto en la resolución No. 3256 del 16 de Diciembre de 2004, por la cual se reglamenta la actividad de los interventores, supervisores y coordinadores de los contratos y/o convenios en el Centro Social de Agentes y Patrulleros de la Policía Nacional.

FORMA DE PAGO

El Centro Social de Agentes y Patrulleros, pagará al CONTRATISTA en forma mensual dentro de los (30) días hábiles siguientes previa satisfacción de los servicios contratados y una vez firmada el acta de recibo a satisfacción y presentación de los documentos requeridos para los respectivos pagos, entregándole los respectivos soportes o anexos, obligación que deberá cumplir el Supervisor del contrato, anexando lo siguiente: A). Factura Comercial o cuenta de cobro debidamente diligenciada por el CONTRATISTA.

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B) Recibo a satisfacción que expida el supervisor designado para este contrato, C). Certificación del pago a los aportes de salud y pensión (parafiscales). PARÁGRAFO PRIMERO. Si los documentos en referencia no se reciben dentro del plazo establecido, ó, que recibidos sean devueltos por inconsistencias como la falta de información o mal diligenciamiento de los mismos, el responsable de central de cuentas de CESAP, se Obliga a cancelar la(s) factura(s) al mes siguiente de la fecha programada, siempre y cuando se hubieren subsanado las observaciones y se haya cumplido con el trámite documental dentro del plazo indicado. D. Informe técnico después de cada visita donde indique la relación y las principales actividades ejecutadas por el CONTRATISTA en cada una de las áreas. E. Entregar resultados correspondiente al análisis de la muestra del agua. Para la realización de los pagos debe cumplirse con los trámites administrativos y fiscales vigentes. El contratista también deberá allegar, fotocopia de autoliquidaciones del pago aportes de que trata el Artículo 50 de la Ley 789/02 y Decreto 828/03. EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS efectuará las deducciones a que haya lugar según las obligaciones tributarias que tenga el contratista ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional, de conformidad con la inscripción en el registro único tributario. Cualquier tipo de impuesto, que genere la ejecución del contrato, será a cargo del contratista. Si los documentos en referencia no se reciben dentro del plazo establecido, ó, que recibidos sean devueltos por inconsistencias como la falta de información o mal diligenciamiento de los mismos, el Centro Social de Agentes y Patrulleros, se obliga a la asignación nuevamente de turno, siempre y cuando se hubieren subsanado las observaciones y se haya cumplido con el trámite documental dentro del plazo indicado. Este pago podrá ser modificado previo el cumplimiento de los requisitos de Ley y con autorización del Administrador del Centro Social. El acta de entrega, aunque se encuentre suscrita por el supervisor del contrato, no implica el recibo o aprobación definitiva por parte del CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICÍA NACIONAL, respecto del bien y/o servicio suministrado y por consiguiente, no exime al CONTRATISTA de su responsabilidad en cuanto a la durabilidad, cantidad y buena calidad de lo contratado o de cualquier otra obligación contractual o de responsabilidad civil sea esta contractual o extracontractual. Todas las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del CONTRATISTA, quien no tendrá por ello derecho al pago de intereses de cualquier clase o compensación de ninguna naturaleza. Lo mismo se predicará en el caso en que el CONTRATISTA no elabore y presente las respectivas actas al CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICÍA NACIONAL. NOTA 1: Este pago podrá ser modificado previo el cumplimiento de los requisitos de Ley y con autorización del Administrador del Centro Social. NOTA 2: EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS, efectuará las deducciones a que haya lugar según las obligaciones tributarias que tenga el contratista ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional, de conformidad con la inscripción en el registro único tributario. NOTA 3: Cualquier tipo de impuesto, que genere la ejecución del contrato, será a cargo del contratista. NOTA 4: No se efectuaran pagos sin la entrega de alguno de los documentos citados así mismo de los informes semanales, mensuales (Si aplica) y final, Las memorias para el cobro deben ser claras y bien soportadas y para el pago final se deberá suministrar también los respectivos Paz y Salvos de Sub-Contratistas y Proveedores. Los pagos se harán a la siguiente cuenta:

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CUENTA N°: 298019068 TIPO DE CUENTA: CORRIENTE ENTIDAD FINANCIERA: BANCO DE BOGOTA APROPIACIÓN PRESUPUESTAL

Amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 55-1600000106 del 29/01/2016, expedido por la Jefe de Presupuesto del Centro Social de Agentes y Patrulleros de la Policía Nacional, por el valor de ($3.000.000). Para efectos legales, presupuestales y fiscales, el valor total del contrato asciende a la suma de TRES MILLONES DE PESOS M/CTE ($3.000.000), incluidos todos los costos directos e indirectos a que haya lugar para la ejecución del contrato, así como las deducciones, impuestos tasas y contribuciones de ley; discriminados, con sus características técnicas y valores unitarios contratados así:

ITEM

DESCRIPCION

1

Tratamiento de agua para calderas: hotel;Pirotubular Maincolsa de 80 BPH cantidad 2, cosina; pirotubular Maincolsa de 40 BHP cantidad una (1):Lavanderia Pirotubular Maincolsa de 40 BHP cantiad una (1), total 4 calderas

VALOR

CANTIDAD LITROS

VALOR TOTAL CON IVA

VALOR TOTAL CON IVA PROVEEDOR

620

$2,988,280

$2,988,276.

ESPECIFICACIONES Las contempladas en el anexo N° 1 de esta aceptación de oferta. TÉCNICAS Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la aceptación de oferta, el CONTRATISTA deberá constituir y presentar a favor del CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, , la Garantía Única que cubra los siguientes riesgos: 1. GARANTÍA ÚNICA: a) DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Por el veinte (20%) del valor del contrato, vigente por un término igual a la vigencia del contrato y cuatro meses más. b) CALIDAD DEL SERVICIO: por el cuarenta por ciento (40%) del valor del valor del contrato, vigente por el plazo del contrato y cuatro meses mas c) CALIDAD DEL BIEN: por el treinta por ciento (30%) del valor del contrato, vigente por un término igual a la vigencia del contrato y cuatro meses más GARANTÍA ÚNICA Y SANCIONES

2. SANCIONES

a) MULTA POR INCUMPLIMIENTO PARCIAL.- En caso de mora o incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones derivadas del presente contrato por causas imputables al CONTRATISTA - salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito conforme a las definiciones del artículo 1° de la Ley 95 de 1890 – las partes acuerdan que el CENTRO SOCIAL, mediante acto administrativo, afectará al CONTRATISTA con multas, cuyo valor se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0,5%) del valor dejado de entregar, por cada día de retardo y hasta por quince (15) días calendario que se descontara del saldo que adeude la entidad. Esta sanción se impondrá conforme a la ley y se reportará a la Cámara de Comercio competente de conformidad con lo previsto en el artículo 6° de la ley 1150 de 2007.

b) MULTA POR LA NO CONSTITUCIÓN

DENTRO DEL TÉRMINO Y EN LA FORMA PREVISTA EN EL CONTRATO, O EN ALGUNO DE SUS MODIFICATORIOS DE LA

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PÓLIZA DE GARANTÍA ÚNICA: Cuando el CONTRATISTA, no constituya dentro del término y en la forma prevista en el contrato, o en alguno de sus modificatorios alguno de los requisitos de ejecución, el CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, podrá mediante acto administrativo afectar al CONTRATISTA, con multa, cuyo valor se liquidará con base en un cero punto dos por ciento (0,2%) del valor total del contrato, por cada día de retardo y hasta por diez (10) días, al cabo de los cuales EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, podrá optar por declarar la caducidad del contrato.

c) PENAL PECUNIARIA.- De conformidad con lo previsto en los artículos 1592 y 1599 del Código Civil Colombiano, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total de las obligaciones derivadas del presente contrato (aceptación de oferta), EL CONTRATISTA pagará al CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, a título de pena pecuniaria, una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato (aceptación de oferta), cuando se trate de incumplimiento total del mismo y proporcional al incumplimiento parcial del contrato (aceptación de oferta) y que no supere el porcentaje señalado. Para efectos de calcular el monto del incumplimiento parcial relativo a la obligación de plazo de ejecución, se empleará la misma fórmula de estimación de valor contemplada en el literal a) del presente acápite. El pago de la cláusula penal pecuniaria estará, amparado mediante póliza de seguros en las condiciones establecidas en la presente aceptación de oferta. PARÁGRAFO.APLICACIÓN DEL VALOR DE LAS SANCIONES PECUNIARIAS: Una vez notificada la resolución por medio de la cual se hace efectiva alguna de las sanciones aquí estipuladas, el CONTRATISTA dispondrá de quince (15) días calendario para proceder de manera voluntaria para a su pago. Las multas no serán reintegrables aún en el supuesto que el CONTRATISTA dé posterior ejecución a la obligación incumplida. En caso de no pago voluntario y una vez en firme la resolución que imponga multas, podrá tomarse del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o acudir a cobro coactivo. NOTA 1: EN LA PÓLIZA DEBERÁ CONSTAR EXPRESAMENTE QUE SE AMPARA EL PAGO DE LAS MULTAS Y DE LA PENAL PECUNIARIA CONVENIDAS Y QUE LA ENTIDAD ASEGURADORA RENUNCIA AL BENEFICIO DE EXCUSIÓN. ASÍ MISMO, SE INDICARÁ QUE EN EL EVENTO EN QUE POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA, EL ASEGURADOR RESOLVIERA CONTINUAR COMO CESIONARIO Y CON LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y LA ENTIDAD ESTATAL CONTRATANTE ESTUVIERE DE ACUERDO CON ELLO, EL CONTRATISTA GARANTIZADO ACEPTARÁ DESDE EL MOMENTO DE LA CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA, LA CESIÓN DEL CONTRATO A FAVOR DEL ASEGURADOR. EN TODO CASO, DEPENDIENDO DEL TIPO DE MECANISMO DE COBERTURA ELEGIDO, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO 1510 DE 2013.

PLAZO DE EJECUCIÓN

NOTA 2 : SI EL CONTRATISTA SE NEGARE A CONSTITUIR EL MECANISMO DE COBERTURA DE LOS RIESGOS, ASÍ COMO PRESENTARLO EN LOS TÉRMINOS, CUANTÍA Y DURACIÓN ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, PODRÁ DECLARAR LA CADUCIDAD DEL PRESENTE CONTRATO. El plazo para la ejecución del presente contrato será de 12 meses y/o hasta agotar el presupuesto de este contrato, lo primero que ocurra, contado a partir de la aprobación por parte de la Administración de la garantía única.

LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIO MONEDA DEL CONTRATO

El CONTRATISTA, hará entrega del objeto del contrato en el Centro Social de Agentes y Patrulleros ubicado en la diagonal 44 No• 68B-30 de la Ciudad de Bogotá D.C, sin costo adicional para el contratante por concepto de transporte, embalajes y / o demás gastos.

VIGENCIA

La Vigencia del contrato será igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.

Pesos colombianos

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Lo anterior teniendo en cuenta que el comité evaluador del proceso de Mínima cuantía PN CESAP MIC 76 2016 nombrados mediante resolución No.0043 del 03 de Febrero de 2016, por medio de acta No. 0140 del 17 de Febrero de 2016, recomienda al Teniente Coronel RODRIGO HERNAN MARIN PIEDRAHITA Administrador Centro Social de Agentes y Patrulleros de la Policía Nacional, adjudicar el proceso PN CESAP MIC 76 2016 cuyo objeto es “TRATAMIENTO PARA AGUA DE LAS CALDERAS DEL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS (HOTEL, COCINA Y LAVANDERIA).” a la firma DISMONGO S A S, identificada con Nit No 800.176.811-4, Representada legalmente por HERNANDO GODOY CORTES identificado con cedula de ciudadanía No 19.250.137, en atención a que cumplió técnica, jurídica y económicamente y de conformidad con los términos establecidos en la invitación que rigió el proceso y la oferta presentada.

Teniente Coronel RODRIGO HERNAN MARIN PIEDRAHITA Administrador del Centro Social de Agentes y Patrulleros

Elaboro: JOSE ORLANDO MONTOYA _______________ Reviso: YUDY HERRERA RODRIGUEZ_____________ Reviso: CAPITAN YOLANDA ALFONSO BOHORQUEZ _______________

Diagonal 44 No 68B-30 Teléfonos 6057675 [email protected]

centrosocialdeagentes.gov.co

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ANEXO N° 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS El Contratista se compromete a entregar el bien y/o a prestar los servicios de acuerdo a lo estipulado en su oferta y sus anexos; a lo señalado en la invitación para el proceso de contratación N° PN CESAP MIC 76 2016 y sus anexos, a lo consignado en las adendas y/o aclaraciones que se hayan hecho a la invitación mediante el cual se llevó a cabo el proceso de contratación N° PN CESAP MIC 76 2016; a lo consignado en esta aceptación de oferta y de acuerdo al cuadro de especificaciones técnicas que se muestra a continuación. CONDICIONES TECNICAS

ÍTEM

1

DESCRIPCIÓN

CANTIDAD DE LITROS

Tratamiento de agua para calderas: Hotel;Pirotubular Maincolsa de 80 BHP Cantidad dos (2), Cocina,; Pirotubular Maincolsa de 40 BHP Cantidad una (1). Lavandería; Pirotubular Maincolsa de 40BHP cantidad una (1), total 4 calderas

620

CONDICIONES TECNICAS GENERALES ITEM

1

2

CONDICIONES TECNICAS MINIMAS Tratamiento de agua de calderas 2 hotel y 1 lavandería este tratamiento es de tipo inorgánico, constituido por sales de fosfatos, correctores de alcalinidad, potencial de hidrógeno, correctores de lodos, secuestrantes de oxígeno, etc., que previenen la oxidación, incrustación y la corrosión de las superficies metálicas.MAT 11 controla la dureza del agua, neutraliza el oxígeno libre por medio de los sulfitos y demás aditivos que permiten mantener el agua dentro de los parámetros fisicoquímicos óptimos de mantenimiento de agua de calderas.

Tratamiento de agua de caldera cocina grado alimenticio Este tratamiento MAT 11 de agua para calderas grado alimenticio, de tipo inorgánico, constituido por sales de fosfatos, correctores de alcalinidad, potencial de hidrógeno, correctores de lodos, secuestrantes de oxígeno, etc., previenen la oxidación, incrustación y la corrosión. Controla la dureza del agua, neutraliza el oxígeno libre por medio de los sulfitos y demás aditivos que permiten mantener el agua dentro de los parámetros fisicoquímicos. Óptimos de mantenimiento de agua de calderas. Es formulado tanto para calderas pirotubulares como acuatubulares; El vapor que sale de la caldera con este tratamiento, está ausente de especies químicas que lo hacen adecuado para la industria de alimentos en forma directa o indirecta.

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Evaluar la dosificación frecuencia y eficacia de los químicos usados.

3

Ubicación de bombas dosificadoras que serán instaladas y programadas por parte del asesor además de una revisión mensual del estado de las mismas.

4

Evaluar el funcionamiento y mantenimiento del suavizador

5

Visita mensual recoger muestra del agua y realizar análisis de las características fisicoquímicas y organolépticas para conocer el estado de las calderas y realizar informe e emitirlo al supervisor del contrato.

6

Teniente Coronel RODRIGO HERNAN MARIN PIEDRAHITA Administrador del Centro Social de Agentes y Patrulleros

Elaboro: JOSE ORLANDO MONTOYA Reviso: YUDY HERRERA RODRIGUEZ Reviso: CAPITAN YOLANDA ALFONSO BOHORQUEZ

Diagonal 44 No 68B-30 Teléfonos 6057675 [email protected]

centrosocialdeagentes.gov.co

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