Procesos Fin de Ejercicio 2008 Nómina Logic Win

Procesos Fin de Ejercicio 2008 Nómina Logic Win Logic Win Global Regularización cálculo irpf Altas o modificaciones para procesos de I.R.P.F. Alta de empleados Modificación de empleados ya dados de alta Crear/eliminar detalle de conceptos con subclave Bases complementarias Claves y subclaves del 190 Modificaciones en retenidos de Seg.Social C.P Modelo 110,111,115 C.P. en preimpreso C.P. en PDF Presentación telemática de los Modelos 110/111/115 Modelo 190 Presentación PDF ó Telemático Modelo 180 Modelo 345 Certificados de retenciones y de situación familiar Modelo 10T de Vizcaya en formato PDF Certificados de Situación Familiar Procesos a realizar para empezar a trabajar con un nuevo ejercicio Generador de ejercicios: legales y situación familiar Calendario Página 2 REGULARIZACIÓN CÁLCULO IRPF Si necesita calcular en Diciembre el porcentaje de irpf porque los trabajadores han sufrido cambios en las retribuciones o en la situación familiar y por tanto tiene que regularizar por alguna de las 15 causas que da la Agencia Tributaria, debe acceder a Gestión diaria / Empleado / Mantenimiento y al icono de % Irpf, o a IRPF / Mantenimiento / Cálculo Porcentaje, dentro de las opciones posibles de cálculo debe marcar la de “Regularización Anual en Diciembre”. Esta opción de cálculo la puede realizar tanto si ya se ha calculado algún proceso del mes de diciembre como si no hay ningún cálculo realizado. Opciones: 1.- Hacer el cálculo de regularización sin haber calculado ningún proceso de Diciembre. Hecho el cálculo, grabar el porcentaje calculado y posteriormente hacer los cálculos de Diciembre (proceso mes y paga extra). Considera como Base imponible y retenido anterior los importes acumulados hasta Noviembre. La base imponible calculada es la correspondiente a la nómina y paga extra de Diciembre, que al no existir datos en el histórico, realiza un cálculo interno de dichos procesos de nómina y paga extra de Diciembre con las incidencias existentes en el momento de calcular. 2.- Hacer el cálculo de regularización habiendo calculado sólo el proceso de paga extra de Diciembre. Una vez calculada la paga extra de Diciembre, se regulariza, se graba el porcentaje y luego se calcula el proceso del mes de Diciembre. Considera como Base Imponible y retenido anterior los importes acumulados hasta Noviembre más la paga extra de Diciembre. La base imponible calculada es la correspondiente a la nómina de Diciembre, que al no existir datos en el histórico realiza un cálculo interno de dicha nómina con las incidencias existentes en el momento de calcular. Página 3 3.- Hacer el cálculo de regularización habiendo calculado procesos mes y paga de Diciembre. Si se tiene calculado el mes y la paga extra de Diciembre y posteriormente se regulariza, hay que grabar el porcentaje calculado y luego recalcular sólo el proceso de mes normal de Diciembre. Considera como Base Imponible y retenido anterior los importes acumulados hasta Noviembre más la paga extra de Diciembre. La base imponible calculada es la acumulada en el histórico de la aplicación de la nómina mes normal del mes de Diciembre. Seleccionando la opción de “Agrupar empleados por DNI” tiene en cuenta los acumulados anteriores de empleados con el mismo DNI pertenecientes a la misma empresa o cualquier empresa de la base de datos, (siempre que sólo uno de ellos permanezca de “alta“ y el resto bien tengan fecha de baja o el indicador de No procesar). En este caso desde la carpeta “Juntar DNI” se pueden revisar los empleados cuyos acumulados se sumarán a los de los empleados procesados (empleados con recuadro en la columna E). Si desea que no se sumen los acumulados de algún empleado, sitúe el cursor sobre el registro seleccionado y pulse la tecla “suprimir” o haga clic sobre el recuadro de la columna “E” y pulse el icono de “suprimir”. Nota: Se debe tener en cuenta que para un correcto cálculo del porcentaje de irpf, si tiene trabajadores que durante el año han tenido varias fichas (contratos temporales), deberá haber efectuado y grabado un cálculo de % inicial en el momento de dar de alta estos trabajadores, de forma que en la carpeta de “más datos” de la situación familiar de cada trabajador haya grabado un registro de cálculo. En esta pantalla se graban datos necesarios en el caso de que posteriormente vuelva a dar de alta el empleado y tenga que regularizar el porcentaje de irpf agrupando por dni. Página 4 ALTAS O MODIFICACIONES PARA PROCESOS IRPF. Altas de empleados para procesos de I.R.P.F. • Para dar de alta un empleado acceda a IRPF / Mantenimiento / Acumulados Pulse el icono de “Agregar” e informe los datos identificativos del año, código de empresa y código de Empleado. Aparecerá un mensaje: “Empleado Inexistente, ¿Desea darlo de Alta?”, pulsar el botón de comando “ Aceptar”. Informe los datos de identificación y pulse de nuevo el botón de comando “Aceptar”. Seleccione en “Procesos realizados” el Proceso “Mes” Seleccione el “Tipo de IRPF”, Normal, No sujetos, profesionales etc. y en la línea del mes que corresponda añada las Bases , %, y Retenido. Seguidamente grabe con el icono de “Validar” los datos entrados. Página 5 • Para entrar Bases y Cuotas de IRPF, cuando el empleado fue dado de Alta desde Gestión diaria / Empleado / Mantenimiento y se trate del primer apunte del año: a) Pulse el icono “Agregar”, informe Año, Código Empresa, Código Empleado. b) Seleccione en “Procesos Realizados” el proceso en el cual quiere entrar los acumulados. En “Tipo de IRPF” elija el correspondiente Normal, No sujetos, profesionales, etc. c) Informe la Base, %, y Retenido para cada uno de los meses que corresponda (para modificaciones posteriores proceda según instrucciones del apartado 2 – Modificaciones de empleados ya dados de Alta.) Si las bases y retenidos requieren Desgloses en Subclaves pulse el icono “ver desglose o F5”. Pulse el icono de ”Agregar”. En el Desglose de acumulados se indicará el Código y Descripción del Concepto, la Subclave relacionada con la clave de IRPF, el Importe de la Base de IRPF y el Importe de la Retención de IRPF. (Con el icono completar o la tecla F6 se ven automáticamente los importes). Página 6 Las teclas F5 y F6 sólo actúan sobre rendimientos correspondientes a bases que tienen subclaves en algún concepto definido previamente en empresa. Pulsar el icono ( ) o F5 para volver a la pantalla anterior. Modificaciones de empleados ya dados de Alta. Para realizar modificaciones del IRPF de trabajadores existentes acceda a IRPF / Mantenimiento / Acumulados. a) Pulse el icono de “buscar” ( Empleado. b) c) d) e) ) e informe Año, Código Empresa y Código Seleccione en “Procesos Realizados” el Proceso a modificar. En “Tipo de IRPF” elija el correspondiente (normal, no sujetos, ...) Modifique la Base, % y Retención en los meses correspondientes. Grabe con icono de “validar” los datos entrados. Página 7 Si las bases y retenidos requieren Desgloses en Subclaves pulsar el icono “ver desglose o F5”, y podrá introducir los importes igual que en el punto anterior. En caso de necesitar asignar a diferentes subclaves los rendimientos actualmente acumulados en la opción “IRPF / Mantenimiento / Acumulados”, después de informar la subclave en “Gestión diaria / Empresa / Mantenimiento” en la opción de “Conceptos”, podrá optar por: a) Realizar el cálculo automático de bases a partir de los datos contenidos en los históricos de la aplicación utilizando la opción IRPF / Mantenimiento / Crear/Eliminar subclaves de IRPF. b) Realizar la distribución manual de las mismas desde la opción IRPF / Mantenimiento / Acumulados, mediante las Funciones asignadas a las teclas F5 y F6. Crear o eliminar detalle de conceptos con subclave de IRPF. Nota: Automáticamente, sólo se darán de alta o eliminarán bases y retenciones de aquellos conceptos salariales, del año indicado, que tengan la subclave informada en la pantalla de conceptos. a) b) c) d) Pulsar en IRPF / Mantenimiento / Crear.eliminar subclaves IRPF. Informar los limites y pulsar la tecla Intro Pulsar en la carpeta “Opciones disponibles”. Operativa: § Si desea eliminar las subclaves que hasta la fecha ha tenido el concepto, activar la casilla de verificación de Eliminar registros, y pulsar el botón de comando Procesar. § Si desea crear subclaves, es decir asignar las subclaves ahora definidas en los conceptos, dejar desactivada la casilla de verificación de Eliminar registros, y pulsar el botón de comando Procesar. Página 8 Bases complementarias de IRPF. Para agregar Bases de IRPF complementarias a las calculadas en los distintos procesos de nómina, acceder a IRPF / Mantenimiento / Bases complementarias. Si se informan valores en negativo se restan de los existentes. Estas Bases quedarán reflejadas en los distintos impresos de IRPF. Deberá informar los siguientes datos: 1. Año, Mes, Tipo Proceso, Código empresa, Código empleado. Para poder informar datos, es obligatorio que exista un cálculo de nómina realizado con los anteriores valores. 2. Clave: Tipos de IRPF de especies o dinerarios. 3. Subclave: Subclave relacionada con la clave de IRPF. 4. Base: Importe de la base complementaria según la clave escogida. 5. Retención repercutida: Importe de la retención repercutida. 6. Retención no repercutida: Importe de la retención no repercutida. Página 9 Claves y subclaves para el 190 Claves que se Subclaves Deben Relacionar en el 190 A B 01 02 03 C D E F 01 02 G 01 02 03 H 01 02 03 04 de 05 a 16 I 01 Tipos de Rendimiento Empleados cuenta ajena Pensionistas Abonadas por la Seguridad Social o Clases pasivas Resto Según Art.77 bis Reglamento Prestaciones Desempleo Prestaciones Desempleo pago único Consejeros y administradores Cursos y conferencias Premios literarios, científicos o artísticos(Art.10.1g del Reglamento) Resto Rendimientos actividades Profesionales. Percepciones establecidas con Carácter general en el Art.93.1 Tipo de rendimiento Definido en Gestión diaria/Empresa/Mantenimie nto y Concepto Empleado cta. Ajena Pensionista (1) (1) Consejeros Conferencias Profesionales (3) Percepciones con tipo de retención específico (Representantes de Tabacalera S.A.,recaudadores municipales etc) Percepciones con tipo de retención reducido establecido en el Art.93.1 del reglamento. Rendimientos actividades (2) económicas: agrícolas, ganaderas y forestales y actividades empresariales en estimación objetiva Art.95.6 del Reglamento. Rendimientos del Art.93.4.2 del Reglamento. (2%) Rendimientos del Art.93.4.1 del Reglamento. (1%) Rendimientos del Art.93.5 del Reglamento. Percepciones de las (5) actividades económicas en estimación objetiva Art.95.6.2 del Reglamento. Resto de claves de Navarra Rendimientos actividades (1) económicas, Art.73.2 – b Percepciones en concepto de rendimientos procedentes de Página 10 02 J K 01 02 L 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 la cesión del derecho de imagen. Percepciones por cualquier otro de los conceptos a que se refiere el Art.73.2, letra b del reglamento. Imputación rentas por cesión de derechos de imagen. Premios Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales en montes públicos. Rentas exentas Dietas y asignaciones para gastos de viaje. Prestaciones públicas por actos de terrorismo Art.7.a)Ley Ayudas afectados virus de inmunodeficiencia. Art. 7.b)Ley Pensiones por lesiones o mutilaciones Art.7.c)Ley Indemnizaciones por despido o cese del trabajador exenta Art. 7.e)Ley Prestaciones por incapacidad. Permanente o Absoluta Art. 7.f)Ley Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente. Art. 7.g)Ley Prestaciones familiares por Hijo a cargo Art. 7.h)Ley Cantidades percibidas con motivo del acogimiento de personas. Art. 7.i)Ley Becas para cursar estudios Art. 7.j)Ley Premios literarios, artísticos o científicos Art. 7.i)Ley y Art.2 del Reglamento Ayudas a deportistas de alto nivel Art. 7.m) Ley y Art.3 del Reglamento Prestaciones desempleo exentas. Art.7.n)Ley (1) Premios (1) Exento de retención Gratifi. extras por participación e misiones Internacionales Art. 7.o) Ley y Art. 4 Reglamento Rendimientos exentos percibidos por Trabajo en el extranjero Art. 7.p) Ley y Art. 5 Reglamento Prest. Por entierro o sepelio. Art. 7.s.) Ley Página 11 17 18 19 20 21 M Exentos por hepatitis C. Art.7.s) Ley Rentas obtenidas por personas con discapacidad correspondientes a aportaciones a sistemas de previsión social. Art.7 .w)Ley. Prest. Ley promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia. Art.7 .x) Ley. Prestaciones y ayudas familiares públicas vinculadas al nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores, que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra-z)del.art-7Ley del Impuesto. Otras rentas exentas, no relacionadas en otras subclaves Rendimientos a los que resulte Empleado Cta. Ajena (4) de aplicación el régimen especial “Copa América 2007” (1) - Estos rendimientos SOLO se pueden informar desde la opción IRPF / Mantenimiento/ Bases complementarias. (2) - Estos rendimientos se pueden informar desde IRPF / Mantenimiento / Acumulados Los rendimientos acumulados en la clave “H” (Agrícolas y ganaderos) la aplicación los asigna a la subclave 02 cuando el porcentaje de retención aplicado sea el 1%, en los demás casos se asigna la subclave 01. (3) - Los rendimientos profesionales acumulados de forma manual sin detallar la subclave, informados desde la opción Irpf / Mantenimiento / Acumulados, se identificarán en el 190 de forma automática con la subclave 01 si el tipo de retención es el 15% y con la 03 si el tipo de retención es el 7%. (4) - Informando “Sí” en el campo “Copa América 2007” de la opción IRPF / Mantenimiento / Situación familiar, los rendimientos que se encuentren acumulados como Empleado cta. Ajena se identificarán en el 190 con la clave “M”. (5) -Estos rendimientos aparecerán automáticamente relacionados con la clave “H” subclave 04 si los tenía informados en IRPF/ Mantenimiento/ Acumulados en la clave de “Profesionales” con el tipo de retención 1%. Página 12 Modificaciones en retenidos de Seguridad Social. Para hacer modificaciones de Retenidos de Seguridad Social, el trabajador debe estar de alta y tener acumulados de IRPF. a) Acceda a IRPF / Mantenimiento / Retenido seguros sociales. b) Pulse el icono “buscar” e informe Año, Código Empresa y el Código Empleado al que se debe de acumular los descuentos. c) d) Seleccione en “Procesos Realizados” el proceso a modificar e informe los importes correspondientes ( en los meses en los que también se tengan acumulados de IRPF). Seguidamente grabe con el icono de “Validar”. Página 13 MODELOS 110, 111 Y 115 Impresión del borrador en A4 de la carta de pago. -Entrar en IRPF / Borradores y cartas de pago. -En "Entrada de límites" informar la empresa y acceder a la carpeta de "Opciones disponibles". Informar "Ejercicio", "Mes", "Fecha pago" y "Proceso" (mensual o trimestral). Marcar la opción "C.P.110/111” y pulsar el icono de “Procesar”. Esta opción sólo será válida para imprimir el modelo 110/111 o el 115 en formato borrador en A4, no apto para su presentación. Nota: Si alguna de las opciones de “Autonomías” está desactivada, significa que no tiene acceso a esa opción, si desea trabajar con alguna de estas autonomías desactivadas, deberá contactar con su distribuidor habitual para adquirir el módulo correspondiente. • Si la C.P.110/111 o C.P.115 se lista por segunda vez y ha habido modificaciones en los acumulados de irpf saltará la pantalla del “Acumulador de Empresas”. Esta pantalla muestra el importe que tenemos grabado en la Pantalla de “Entregas a cta”. (columna Importe C.P. Anterior) y el importe que está calculando (columna Importe C.P.Actual). Si quiere que se actualice el importe de la “Entrega a cuenta” se debe pulsar el botón de comando “ACTUALIZAR” “Todas” o “Selección” dependiendo de los límites introducidos. Página 14 • Si se pulsa el icono “Salir” para finalizar y hay registros sin actualizar, se conservan los importes de la carta de pago anterior. (lo acumulado en la pantalla de Entregas a Cuenta). Si se marca la casilla de verificación de “Editar Acumulados” se podrá modificar el contenido de dicha pantalla. Página 15 Nota: Recordar que el proceso de Cartas de Pago del mes de Diciembre actúa siempre por diferencia (las sumas de los Acumulados de IRPF de todo el año a nivel de Empleado menos todas las Cartas de Pago acumuladas en IRPF / Mantenimiento / Entregas a cuenta). C.P. 110 ó 115 en PDF (Impresión con el programa de la Agencia Tributaria) a) Entrar los límites en “Entrada de limites” y en “Opciones disponibles” marcar lo que interesa listar, acceder a la carpeta de “Impresión Agencia Tributaria” b) Seleccionar la impresora con la que se quiere imprimir, ya sea Láser o inyección de tinta c) Pulsar el botón de comando “Generar PDF” para iniciar el proceso de impresión. (El modelo 111 no se imprime en este formato). Página 16 La pantalla de la derecha de “Irpf Vizcaya” sólo es útil a efectos de impresión del modelo 110 de Vizcaya. En el caso de que existan errores en el proceso, el programa mostrará en pantalla los datos que están incorrectos para que proceda a su corrección y posteriormente vuelva a generar el pdf. El fichero de errores se llama PDFSERR.TXT y se guarda en C:\LogicWin\Temp\cppdf>. Página 17 MODELOS 110/111/115 PARA LA PRESENTACIÓN POR VIA TELEMÁTICA Para las empresas que tengan que presentar el Mod.110, 111 ó 115 del Territorio Común a través de Internet: Recuerde: A partir del tercer trimestre del 2008 es obligatoria la presentación telemática de los modelos 110 de todas las empresas cuyo NIF empiece por A ó B (sociedades anónimas o limitadas) -Entrar en IRPF / Borradores y cartas de pago. -En "Entrada de límites" informar la empresa y acceder a la carpeta de "Opciones disponibles". Informar "Ejercicio", "Mes", "Fecha pago" y "Proceso" (mensual o trimestral). Marcar las opciones "C.P.110/111”, “Telemáticos CP. T.Común” y pulsar el icono de “Procesar”. El programa genera el fichero NOMEEEE.TXT (donde EEEE son las últimas 4 posiciones del código de EMPRESA), en los siguientes directorios: Para el modelo 110 C: (Si es red unidad de datos)\ AEAT\TELEM\TCOMUN\AAAA\TT\110\ASE Donde “AAAA” es el ejercicio “TT” es el trimestre (1T, 2T, etc) “ASE” son las tres primeras posiciones del código de empresa Para el modelo 111 C:(Si es red la unidad de datos)\ AEAT \TELEM\TCOMUN\AAAA\MM\111\ASE Donde “AAAA” es el ejercicio “MM” es el mes (01, 02, etc) “ASE” son las tres primeras posiciones del código de empresa Para el modelo 115 C: (Si es red unidad de datos)\ AEAT \TELEM\TCOMUN\AAAA\TT\115\ASE C:(Si es red la unidad de datos)\ AEAT \TELEM\TCOMUN\AAAA\MM\115\ASE Donde “AAAA” es el ejercicio “MM” es el mes (01, 02, etc) “TT” es el trimestre (1T, 2T, etc) “ASE” son las tres primeras posiciones del código de empresa Notas: - El teléfono y persona de contacto que se debe incluir en el archivo que contiene los datos de la carta de pago se debe informar desde la opción Diseños / Asesor / Persona contacto Impresos Iprf. Página 18 - Puede informar la cuenta bancaria para realizar el ingreso telemático desde la opción Gestión diaria / Empresa / Mantenimiento, en la pestaña de “Bancos-Varios”. Deberá rellenar la cuenta bancaria en la casilla de “Carta de pago” e informar SI en la casilla de “Ingr.Telem.” Una vez finalizado el proceso le aparecerá la siguiente pantalla: Página 19 MODELO 190 Plazo y forma de presentación: Dependiendo del número de apuntes o registros de percepción que proceda incluir en el modelo 190, la presentación de la declaración anual de las retenciones e ingresos a cuenta del I.R.P.F. correspondientes al ejercicio 2007, deberá realizarse en la forma y plazo que en cada caso corresponda. En los supuestos de empresas con menos de 15 registros: - Del 1 al 31 de Enero del 2008 para presentaciones en Pdf, (Módulo de impresión de la AEAT). - Del 1 al 31 de Enero del 2008 vía Internet (Debiendo disponer el declarante de un certificado de usuario admitido por la AEAT). Empresas entre 16 y 49.999 registros: - Del 1 al 31 de Enero del 2008 vía internet (Debiendo disponer el declarante de un certificado de usuario admitido por la AEAT). Recuerde que: Es obligatoria la presentación por vía internet a todas las empresas cuyo NIF empiece por A ó B (sociedades anónimas o limitadas) cualquiera que sea el nº de registros. Nota: La presentación por Internet del modelo 190 requerirá que el declarante disponga de un certificado de usuario admitido por la AEAT para generar la firma electrónica. En la página de internet www.agenciatributaria.es puede consultarse la relación de Entidades Certificadotas Autorizadas por la Agencia Tributaria a estos efectos. Requisitos mínimos REQUISITOS MINIMOS: - Sistema operativo Windows 2000, NT, XP. o 100% compatibles. - 128 MB de memoria RAM mínima. - Disco duro con espacio libre mínimo de 10 MB - Impresora de inyección ó láser con resolución mínima de 300 ppp. - Desactivar el modo económico de ahorro de tinta de la impresora. - Desactivar la posibilidad de Impresión a ambas caras. - Seleccionar tipo de papel A4, orientación vertical. - Se recomienda inhabilitar la impresión a color. - Tener instalada la Máquina Virtual JAVA para Windows v.1.6 - Tener instalado Adobe Acrobat Reader - Si existen errores el sistema le presenta en pantalla el archivo:ERRORPDF.190 con el contenido de los mismos. La descripción de los errores codificados se encuentra en el directorio C:\ LogicWin \exes\nomina\Pdf190\Valida> como ERROR190.TXT. Página 20 Otros datos a incluir en la relación nominal: Los datos del apartado datos adicionales del impreso (rendimientos de Ceuta o Melilla, discapacidad del contribuyente, tipo de relación, aportaciones a mutualidades, etc.) se cumplimentan a partir de los contenidos informados en Gestión diaria / Empleado / Mantenimiento en la opción de “Situación familiar”. Si el mismo empleado esta dado de alta varias veces con diferente código de empleado y el mismo tipo de relación, se imprimirá la información correspondiente al código de empleado que

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Procesos Fin de Ejercicio 2008 Nómina Logic Win

Logic Win Global

Regularización cálculo irpf Altas o modificaciones para procesos de I.R.P.F. Alta de empleados Modificación de empleados ya dados de alta Crear/eliminar detalle de conceptos con subclave Bases complementarias Claves y subclaves del 190 Modificaciones en retenidos de Seg.Social

C.P Modelo 110,111,115 C.P. en preimpreso C.P. en PDF Presentación telemática de los Modelos 110/111/115

Modelo 190 Presentación PDF ó Telemático

Modelo 180 Modelo 345 Certificados de retenciones y de situación familiar Modelo 10T de Vizcaya en formato PDF Certificados de Situación Familiar Procesos a realizar para empezar a trabajar con un nuevo ejercicio Generador de ejercicios: legales y situación familiar Calendario

Página

2

REGULARIZACIÓN CÁLCULO IRPF Si necesita calcular en Diciembre el porcentaje de irpf porque los trabajadores han sufrido cambios en las retribuciones o en la situación familiar y por tanto tiene que regularizar por alguna de las 15 causas que da la Agencia Tributaria, debe acceder a Gestión diaria / Empleado / Mantenimiento y al icono de % Irpf, o a IRPF / Mantenimiento / Cálculo Porcentaje, dentro de las opciones posibles de cálculo debe marcar la de “Regularización Anual en Diciembre”. Esta opción de cálculo la puede realizar tanto si ya se ha calculado algún proceso del mes de diciembre como si no hay ningún cálculo realizado.

Opciones: 1.- Hacer el cálculo de regularización sin haber calculado ningún proceso de Diciembre. Hecho el cálculo, grabar el porcentaje calculado y posteriormente hacer los cálculos de Diciembre (proceso mes y paga extra). Considera como Base imponible y retenido anterior los importes acumulados hasta Noviembre. La base imponible calculada es la correspondiente a la nómina y paga extra de Diciembre, que al no existir datos en el histórico, realiza un cálculo interno de dichos procesos de nómina y paga extra de Diciembre con las incidencias existentes en el momento de calcular. 2.- Hacer el cálculo de regularización habiendo calculado sólo el proceso de paga extra de Diciembre. Una vez calculada la paga extra de Diciembre, se regulariza, se graba el porcentaje y luego se calcula el proceso del mes de Diciembre. Considera como Base Imponible y retenido anterior los importes acumulados hasta Noviembre más la paga extra de Diciembre. La base imponible calculada es la correspondiente a la nómina de Diciembre, que al no existir datos en el histórico realiza un cálculo interno de dicha nómina con las incidencias existentes en el momento de calcular. Página 3

3.- Hacer el cálculo de regularización habiendo calculado procesos mes y paga de Diciembre. Si se tiene calculado el mes y la paga extra de Diciembre y posteriormente se regulariza, hay que grabar el porcentaje calculado y luego recalcular sólo el proceso de mes normal de Diciembre. Considera como Base Imponible y retenido anterior los importes acumulados hasta Noviembre más la paga extra de Diciembre. La base imponible calculada es la acumulada en el histórico de la aplicación de la nómina mes normal del mes de Diciembre. Seleccionando la opción de “Agrupar empleados por DNI” tiene en cuenta los acumulados anteriores de empleados con el mismo DNI pertenecientes a la misma empresa o cualquier empresa de la base de datos, (siempre que sólo uno de ellos permanezca de “alta“ y el resto bien tengan fecha de baja o el indicador de No procesar). En este caso desde la carpeta “Juntar DNI” se pueden revisar los empleados cuyos acumulados se sumarán a los de los empleados procesados (empleados con recuadro en la columna E).

Si desea que no se sumen los acumulados de algún empleado, sitúe el cursor sobre el registro seleccionado y pulse la tecla “suprimir” o haga clic sobre el recuadro de la columna “E” y pulse el icono de “suprimir”. Nota: Se debe tener en cuenta que para un correcto cálculo del porcentaje de irpf, si tiene trabajadores que durante el año han tenido varias fichas (contratos temporales), deberá haber efectuado y grabado un cálculo de % inicial en el momento de dar de alta estos trabajadores, de forma que en la carpeta de “más datos” de la situación familiar de cada trabajador haya grabado un registro de cálculo. En esta pantalla se graban datos necesarios en el caso de que posteriormente vuelva a dar de alta el empleado y tenga que regularizar el porcentaje de irpf agrupando por dni.

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4

ALTAS O MODIFICACIONES PARA PROCESOS IRPF.

Altas de empleados para procesos de I.R.P.F. •

Para dar de alta un empleado acceda a IRPF / Mantenimiento / Acumulados

Pulse el icono de “Agregar” e informe los datos identificativos del año, código de empresa y código de Empleado. Aparecerá un mensaje: “Empleado Inexistente, ¿Desea darlo de Alta?”, pulsar el botón de comando “ Aceptar”. Informe los datos de identificación y pulse de nuevo el botón de comando “Aceptar”.

Seleccione en “Procesos realizados” el Proceso “Mes” Seleccione el “Tipo de IRPF”, Normal, No sujetos, profesionales etc. y en la línea del mes que corresponda añada las Bases , %, y Retenido.

Seguidamente grabe con el icono de “Validar”

los datos entrados.

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5



Para entrar Bases y Cuotas de IRPF, cuando el empleado fue dado de Alta desde Gestión diaria / Empleado / Mantenimiento y se trate del primer apunte del año: a) Pulse el icono “Agregar”, informe Año, Código Empresa, Código Empleado. b) Seleccione en “Procesos Realizados” el proceso en el cual quiere entrar los acumulados. En “Tipo de IRPF” elija el correspondiente Normal, No sujetos, profesionales, etc. c) Informe la Base, %, y Retenido para cada uno de los meses que corresponda (para modificaciones posteriores proceda según instrucciones del apartado 2 – Modificaciones de empleados ya dados de Alta.)

Si las bases y retenidos requieren Desgloses en Subclaves pulse el icono “ver desglose o F5”.

Pulse el icono de ”Agregar”. En el Desglose de acumulados se indicará el Código y Descripción del Concepto, la Subclave relacionada con la clave de IRPF, el Importe de la Base de IRPF y el Importe de la Retención de IRPF. (Con el icono completar o la tecla F6 se ven automáticamente los importes). Página

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Las teclas F5 y F6 sólo actúan sobre rendimientos correspondientes a bases que tienen subclaves en algún concepto definido previamente en empresa.

Pulsar el icono (

) o F5 para volver a la pantalla anterior.

Modificaciones de empleados ya dados de Alta. Para realizar modificaciones del IRPF de trabajadores existentes acceda a IRPF / Mantenimiento / Acumulados. a) Pulse el icono de “buscar” ( Empleado. b) c) d) e)

)

e informe Año, Código Empresa y Código

Seleccione en “Procesos Realizados” el Proceso a modificar. En “Tipo de IRPF” elija el correspondiente (normal, no sujetos, ...) Modifique la Base, % y Retención en los meses correspondientes. Grabe con icono de “validar” los datos entrados.

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Si las bases y retenidos requieren Desgloses en Subclaves pulsar el icono “ver desglose o F5”, y podrá introducir los importes igual que en el punto anterior.

En caso de necesitar asignar a diferentes subclaves los rendimientos actualmente acumulados en la opción “IRPF / Mantenimiento / Acumulados”, después de informar la subclave en “Gestión diaria / Empresa / Mantenimiento” en la opción de “Conceptos”, podrá optar por: a) Realizar el cálculo automático de bases a partir de los datos contenidos en los históricos de la aplicación utilizando la opción IRPF / Mantenimiento / Crear/Eliminar subclaves de IRPF. b) Realizar la distribución manual de las mismas desde la opción IRPF / Mantenimiento / Acumulados, mediante las Funciones asignadas a las teclas F5 y F6.

Crear o eliminar detalle de conceptos con subclave de IRPF. Nota: Automáticamente, sólo se darán de alta o eliminarán bases y retenciones de aquellos conceptos salariales, del año indicado, que tengan la subclave informada en la pantalla de conceptos.

a) b) c) d)

Pulsar en IRPF / Mantenimiento / Crear.eliminar subclaves IRPF. Informar los limites y pulsar la tecla Intro Pulsar en la carpeta “Opciones disponibles”. Operativa:

§

Si desea eliminar las subclaves que hasta la fecha ha tenido el concepto, activar la casilla de verificación de Eliminar registros, y pulsar el botón de comando Procesar.

§

Si desea crear subclaves, es decir asignar las subclaves ahora definidas en los conceptos, dejar desactivada la casilla de verificación de Eliminar registros, y pulsar el botón de comando Procesar.

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Bases complementarias de IRPF. Para agregar Bases de IRPF complementarias a las calculadas en los distintos procesos de nómina, acceder a IRPF / Mantenimiento / Bases complementarias.

Si se informan valores en negativo se restan de los existentes. Estas Bases quedarán reflejadas en los distintos impresos de IRPF.

Deberá informar los siguientes datos: 1. Año, Mes, Tipo Proceso, Código empresa, Código empleado. Para poder informar datos, es obligatorio que exista un cálculo de nómina realizado con los anteriores valores. 2. Clave: Tipos de IRPF de especies o dinerarios. 3. Subclave: Subclave relacionada con la clave de IRPF. 4. Base: Importe de la base complementaria según la clave escogida. 5. Retención repercutida: Importe de la retención repercutida. 6. Retención no repercutida: Importe de la retención no repercutida.

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9

Claves y subclaves para el 190 Claves que se Subclaves Deben Relacionar en el 190 A B 01 02 03 C D E F 01

02 G 01 02

03

H

01 02 03 04

de 05 a 16 I 01

Tipos de Rendimiento

Empleados cuenta ajena Pensionistas Abonadas por la Seguridad Social o Clases pasivas Resto Según Art.77 bis Reglamento Prestaciones Desempleo Prestaciones Desempleo pago único Consejeros y administradores Cursos y conferencias Premios literarios, científicos o artísticos(Art.10.1g del Reglamento) Resto Rendimientos actividades Profesionales. Percepciones establecidas con Carácter general en el Art.93.1

Tipo de rendimiento Definido en Gestión diaria/Empresa/Mantenimie nto y Concepto Empleado cta. Ajena Pensionista

(1) (1) Consejeros Conferencias

Profesionales (3)

Percepciones con tipo de retención específico (Representantes de Tabacalera S.A.,recaudadores municipales etc) Percepciones con tipo de retención reducido establecido en el Art.93.1 del reglamento. Rendimientos actividades (2) económicas: agrícolas, ganaderas y forestales y actividades empresariales en estimación objetiva Art.95.6 del Reglamento. Rendimientos del Art.93.4.2 del Reglamento. (2%) Rendimientos del Art.93.4.1 del Reglamento. (1%) Rendimientos del Art.93.5 del Reglamento. Percepciones de las (5) actividades económicas en estimación objetiva Art.95.6.2 del Reglamento. Resto de claves de Navarra Rendimientos actividades (1) económicas, Art.73.2 – b Percepciones en concepto de rendimientos procedentes de Página 10

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la cesión del derecho de imagen. Percepciones por cualquier otro de los conceptos a que se refiere el Art.73.2, letra b del reglamento. Imputación rentas por cesión de derechos de imagen. Premios Ganancias patrimoniales derivadas de los aprovechamientos forestales en montes públicos. Rentas exentas Dietas y asignaciones para gastos de viaje. Prestaciones públicas por actos de terrorismo Art.7.a)Ley Ayudas afectados virus de inmunodeficiencia. Art. 7.b)Ley Pensiones por lesiones o mutilaciones Art.7.c)Ley Indemnizaciones por despido o cese del trabajador exenta Art. 7.e)Ley Prestaciones por incapacidad. Permanente o Absoluta Art. 7.f)Ley Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente. Art. 7.g)Ley Prestaciones familiares por Hijo a cargo Art. 7.h)Ley Cantidades percibidas con motivo del acogimiento de personas. Art. 7.i)Ley Becas para cursar estudios Art. 7.j)Ley Premios literarios, artísticos o científicos Art. 7.i)Ley y Art.2 del Reglamento Ayudas a deportistas de alto nivel Art. 7.m) Ley y Art.3 del Reglamento Prestaciones desempleo exentas. Art.7.n)Ley

(1) Premios (1)

Exento de retención

Gratifi. extras por participación e misiones Internacionales Art. 7.o) Ley y Art. 4 Reglamento Rendimientos exentos percibidos por Trabajo en el extranjero Art. 7.p) Ley y Art. 5 Reglamento Prest. Por entierro o sepelio. Art. 7.s.) Ley Página 11

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M

Exentos por hepatitis C. Art.7.s) Ley Rentas obtenidas por personas con discapacidad correspondientes a aportaciones a sistemas de previsión social. Art.7 .w)Ley. Prest. Ley promoción de la autonomía personal y atención a personas en situación de dependencia. Art.7 .x) Ley. Prestaciones y ayudas familiares públicas vinculadas al nacimiento, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores, que estén exentas en virtud de lo establecido en la letra-z)del.art-7Ley del Impuesto. Otras rentas exentas, no relacionadas en otras subclaves Rendimientos a los que resulte Empleado Cta. Ajena (4) de aplicación el régimen especial “Copa América 2007”

(1) - Estos rendimientos SOLO se pueden informar desde la opción IRPF / Mantenimiento/ Bases complementarias. (2) - Estos rendimientos se pueden informar desde IRPF / Mantenimiento / Acumulados Los rendimientos acumulados en la clave “H” (Agrícolas y ganaderos) la aplicación los asigna a la subclave 02 cuando el porcentaje de retención aplicado sea el 1%, en los demás casos se asigna la subclave 01. (3) - Los rendimientos profesionales acumulados de forma manual sin detallar la subclave, informados desde la opción Irpf / Mantenimiento / Acumulados, se identificarán en el 190 de forma automática con la subclave 01 si el tipo de retención es el 15% y con la 03 si el tipo de retención es el 7%. (4) - Informando “Sí” en el campo “Copa América 2007” de la opción IRPF / Mantenimiento / Situación familiar, los rendimientos que se encuentren acumulados como Empleado cta. Ajena se identificarán en el 190 con la clave “M”. (5) -Estos rendimientos aparecerán automáticamente relacionados con la clave “H” subclave 04 si los tenía informados en IRPF/ Mantenimiento/ Acumulados en la clave de “Profesionales” con el tipo de retención 1%.

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Modificaciones en retenidos de Seguridad Social. Para hacer modificaciones de Retenidos de Seguridad Social, el trabajador debe estar de alta y tener acumulados de IRPF. a) Acceda a IRPF / Mantenimiento / Retenido seguros sociales. b) Pulse el icono “buscar” e informe Año, Código Empresa y el Código Empleado al que se debe de acumular los descuentos. c) d) Seleccione en “Procesos Realizados” el proceso a modificar e informe los importes correspondientes ( en los meses en los que también se tengan acumulados de IRPF). Seguidamente grabe con el icono de “Validar”.

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MODELOS 110, 111 Y 115 Impresión del borrador en A4 de la carta de pago. -Entrar en IRPF / Borradores y cartas de pago. -En "Entrada de límites" informar la empresa y acceder a la carpeta de "Opciones disponibles". Informar "Ejercicio", "Mes", "Fecha pago" y "Proceso" (mensual o trimestral). Marcar la opción "C.P.110/111” y pulsar el icono de “Procesar”. Esta opción sólo será válida para imprimir el modelo 110/111 o el 115 en formato borrador en A4, no apto para su presentación.

Nota: Si alguna de las opciones de “Autonomías” está desactivada, significa que no tiene acceso a esa opción, si desea trabajar con alguna de estas autonomías desactivadas, deberá contactar con su distribuidor habitual para adquirir el módulo correspondiente. •

Si la C.P.110/111 o C.P.115 se lista por segunda vez y ha habido modificaciones en los acumulados de irpf saltará la pantalla del “Acumulador de Empresas”. Esta pantalla muestra el importe que tenemos grabado en la Pantalla de “Entregas a cta”. (columna Importe C.P. Anterior) y el importe que está calculando (columna Importe C.P.Actual). Si quiere que se actualice el importe de la “Entrega a cuenta” se debe pulsar el botón de comando “ACTUALIZAR” “Todas” o “Selección” dependiendo de los límites introducidos.

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Si se pulsa el icono “Salir” para finalizar y hay registros sin actualizar, se conservan los importes de la carta de pago anterior. (lo acumulado en la pantalla de Entregas a Cuenta).

Si se marca la casilla de verificación de “Editar Acumulados” se podrá modificar el contenido de dicha pantalla.

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Nota: Recordar que el proceso de Cartas de Pago del mes de Diciembre actúa siempre por diferencia (las sumas de los Acumulados de IRPF de todo el año a nivel de Empleado menos todas las Cartas de Pago acumuladas en IRPF / Mantenimiento / Entregas a cuenta).

C.P. 110 ó 115 en PDF (Impresión con el programa de la Agencia Tributaria)

a) Entrar los límites en “Entrada de limites” y en “Opciones disponibles” marcar lo que interesa listar, acceder a la carpeta de “Impresión Agencia Tributaria” b) Seleccionar la impresora con la que se quiere imprimir, ya sea Láser o inyección de tinta c) Pulsar el botón de comando “Generar PDF” para iniciar el proceso de impresión. (El modelo 111 no se imprime en este formato).

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La pantalla de la derecha de “Irpf Vizcaya” sólo es útil a efectos de impresión del modelo 110 de Vizcaya. En el caso de que existan errores en el proceso, el programa mostrará en pantalla los datos que están incorrectos para que proceda a su corrección y posteriormente vuelva a generar el pdf. El fichero de errores se llama PDFSERR.TXT y se guarda en C:\LogicWin\Temp\cppdf>.

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MODELOS 110/111/115 PARA LA PRESENTACIÓN POR VIA TELEMÁTICA

Para las empresas que tengan que presentar el Mod.110, 111 ó 115 del Territorio Común a través de Internet: Recuerde: A partir del tercer trimestre del 2008 es obligatoria la presentación telemática de los modelos 110 de todas las empresas cuyo NIF empiece por A ó B (sociedades anónimas o limitadas) -Entrar en IRPF / Borradores y cartas de pago. -En "Entrada de límites" informar la empresa y acceder a la carpeta de "Opciones disponibles". Informar "Ejercicio", "Mes", "Fecha pago" y "Proceso" (mensual o trimestral). Marcar las opciones "C.P.110/111”, “Telemáticos CP. T.Común” y pulsar el icono de “Procesar”. El programa genera el fichero NOMEEEE.TXT (donde EEEE son las últimas 4 posiciones del código de EMPRESA), en los siguientes directorios: Para el modelo 110 C: (Si es red unidad de datos)\ AEAT\TELEM\TCOMUN\AAAA\TT\110\ASE Donde “AAAA” es el ejercicio “TT” es el trimestre (1T, 2T, etc) “ASE” son las tres primeras posiciones del código de empresa Para el modelo 111 C:(Si es red la unidad de datos)\ AEAT \TELEM\TCOMUN\AAAA\MM\111\ASE Donde “AAAA” es el ejercicio “MM” es el mes (01, 02, etc) “ASE” son las tres primeras posiciones del código de empresa Para el modelo 115 C: (Si es red unidad de datos)\ AEAT \TELEM\TCOMUN\AAAA\TT\115\ASE C:(Si es red la unidad de datos)\ AEAT \TELEM\TCOMUN\AAAA\MM\115\ASE Donde “AAAA” es el ejercicio “MM” es el mes (01, 02, etc) “TT” es el trimestre (1T, 2T, etc) “ASE” son las tres primeras posiciones del código de empresa Notas: - El teléfono y persona de contacto que se debe incluir en el archivo que contiene los datos de la carta de pago se debe informar desde la opción Diseños / Asesor / Persona contacto Impresos Iprf.

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-

Puede informar la cuenta bancaria para realizar el ingreso telemático desde la opción Gestión diaria / Empresa / Mantenimiento, en la pestaña de “Bancos-Varios”. Deberá rellenar la cuenta bancaria en la casilla de “Carta de pago” e informar SI en la casilla de “Ingr.Telem.”

Una vez finalizado el proceso le aparecerá la siguiente pantalla:

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MODELO 190 Plazo y forma de presentación: Dependiendo del número de apuntes o registros de percepción que proceda incluir en el modelo 190, la presentación de la declaración anual de las retenciones e ingresos a cuenta del I.R.P.F. correspondientes al ejercicio 2007, deberá realizarse en la forma y plazo que en cada caso corresponda. En los supuestos de empresas con menos de 15 registros: - Del 1 al 31 de Enero del 2008 para presentaciones en Pdf, (Módulo de impresión de la AEAT). - Del 1 al 31 de Enero del 2008 vía Internet (Debiendo disponer el declarante de un certificado de usuario admitido por la AEAT). Empresas entre 16 y 49.999 registros: - Del 1 al 31 de Enero del 2008 vía internet (Debiendo disponer el declarante de un certificado de usuario admitido por la AEAT). Recuerde que: Es obligatoria la presentación por vía internet a todas las empresas cuyo NIF empiece por A ó B (sociedades anónimas o limitadas) cualquiera que sea el nº de registros. Nota: La presentación por Internet del modelo 190 requerirá que el declarante disponga de un certificado de usuario admitido por la AEAT para generar la firma electrónica. En la página de internet www.agenciatributaria.es puede consultarse la relación de Entidades Certificadotas Autorizadas por la Agencia Tributaria a estos efectos. Requisitos mínimos REQUISITOS MINIMOS: - Sistema operativo Windows 2000, NT, XP. o 100% compatibles. - 128 MB de memoria RAM mínima. - Disco duro con espacio libre mínimo de 10 MB - Impresora de inyección ó láser con resolución mínima de 300 ppp. - Desactivar el modo económico de ahorro de tinta de la impresora. - Desactivar la posibilidad de Impresión a ambas caras. - Seleccionar tipo de papel A4, orientación vertical. - Se recomienda inhabilitar la impresión a color. - Tener instalada la Máquina Virtual JAVA para Windows v.1.6 - Tener instalado Adobe Acrobat Reader - Si existen errores el sistema le presenta en pantalla el archivo:ERRORPDF.190 con el contenido de los mismos. La descripción de los errores codificados se encuentra en el directorio C:\ LogicWin \exes\nomina\Pdf190\Valida> como ERROR190.TXT.

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Otros datos a incluir en la relación nominal: Los datos del apartado datos adicionales del impreso (rendimientos de Ceuta o Melilla, discapacidad del contribuyente, tipo de relación, aportaciones a mutualidades, etc.) se cumplimentan a partir de los contenidos informados en Gestión diaria / Empleado / Mantenimiento en la opción de “Situación familiar”. Si el mismo empleado esta dado de alta varias veces con diferente código de empleado y el mismo tipo de relación, se imprimirá la información correspondiente al código de empleado que no tenga fecha de baja, o el que tenga la fecha de baja posterior. Si el mismo empleado está dado de alta varias veces con diferente código de empleado y diferente “tipo de relación”, se imprimirá tantas veces como “tipo de relación” diferente tenga. Si además tuvieran informadas reducciones del art. 17.2 de la ley, aportaciones a mutualidades, colegios de huérfanos y detracciones de clases pasivas, con mas de un “tipo de relación” deberán revisarlo para evitar que se dupliquen los importes. Los trabajadores que en la pantalla de situación familiar tengan informados hijos/ascendientes y en los campos de cálculo inicial y descendientes/ascendientes de “más datos” tengan 0, al procesar el 190 se imprimirá el valor que corresponda con los hijos informados.

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IMPRIMIR MODELO OFICIAL 190 Para realizar este proceso acceda a IRPF / Listados del 190 / Modelos 190. Opciones: Presentación en papel continuo “Preimpreso”. Como en años anteriores no se contempla la opción de imprimir los modelos oficiales del 190 en papel preimpreso, no obstante si lo desea puede seguir imprimiendo el borrador que habitualmente imprime el programa para comprobar los datos que posteriormente saldrán en el pdf o fichero telemático. Recuerde que para poder imprimir este modelo 190 a modo de borrador deberá informar “preimpreso” en la casilla de “Presentar en..”.

Presentación en papel blanco (Impresión en PDF con el programa de la Agencia Tributaria con Impresoras de Inyección ó Láser) o Telemático de la AEAT y Vizcaya. a) Después de informar los límites en “Entrada de límites” de Asesor, Empresa y Empleado, acceda a la carpeta de “opciones disponibles” b) Informe el Ejercicio y las Autonomías. c) En el campo “Presentar en...” escoja PDF/Telemát... d) Marque en “Formulario” Modelo 190. e) Acceda a la carpeta “PDF´s y Telemático”

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Informar si las entregas a cuenta de los rendimientos en especie se repercuten al trabajador. Con las siguientes situaciones:

A – Marcando “SI” se está forzando la impresión de la casilla “Ingresos a cuenta repercutidos” de la Relación del Modelo 190. B – Marcando “NO” no se imprimirá la casilla “Ingreso a cuenta repercutidos”.

Los rendimientos en especie correspondientes a las Claves A a D, actúan según los criterios definidos dentro de Gestión diaria / Empresa / Mantenimiento en la opción de “Conceptos”.. La forma de actuar de cada clave de IRPF es la siguiente:

Clave de IRPF

Actuación

Especie Claves A a D

La retención se repercute y se imprime en la casilla “Ingresos a cuenta repercutidos”.

Especie Claves A a D sin descuento

No se realiza retención ni entrega a cuenta. Sólo se imprime la casilla “Valoración “.

Especie Claves A D no La entrega a cuenta no se repercute al empleado. No se imprime la casilla “Ingresos a cuenta repercutidos”. repercutido

El criterio de repercusión de las entregas a cuenta de los productos en especie informados en cualquier clave de percepción desde la opción IRPF / Mantenimiento / Bases complementarias, se define directamente al informar los datos.

Indique como quiere repercutir el importe a cuenta del valor en especie al perceptor y pulse “Aceptar”.

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El sistema presentará la siguiente pantalla para IRPF Estatal:

f) Seleccione el “Tipo”: “Papel en A4” o “Telemático Indiv” g) Si ha seleccionado “Papel en A4”, indicar “Copia adicional para el interesado” e “Impresora”. h) Pulse en el botón PDF del “190” para iniciar la impresión o para generar el fichero telemático. La impresión del Borrador, Certificado de retenciones y Etiquetas de empleado se inicia desde el botón “Procesar” de la pantalla “Límites modelo 190” Si ha seleccionado “Telemático Indiv” para las empresas que presenten el Mod. 190 del Territorio Común a través de Internet, el programa genera el fichero NOMEEEE.TXT (donde EEEE son las últimas 4 posiciones del código de EMPRESA), en el siguiente directorio: C: (Si es red unidad de datos)\ AEAT \TELEM\TCOMUN\AAAA\0A\190\ASE Donde “AAAA” es el ejercicio “ASE” son las tres primeras posiciones del código de empresa En el caso que haya optado por la impresión del 190 en Pdf, si el programa de validación detecta errores le mostrará en pantalla cual es el dato incorrecto, que deberá proceder a corregir y volver a generar el Pdf. Nota: En las presentaciones del 190 en pdf, no aparecerá impreso el declarante.

domicilio del

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Si la Empresa pertenece a Vizcaya el sistema le presenta la siguiente pantalla:

Indicar “Copias”, “Textos”, “Impresora” , Debe informar el nombre y los apellidos de las personas físicas para listar el Certificado 10T. Seleccione el tipo: “Individual, colectivo o telemático”. Pulse en el botón PDF del “190” para iniciar el proceso. Pulse el botón “C”ertificado de retenciones, para su impresión en formato PDF. La impresión del Borrador, y Etiquetas de empleado se inicia desde el botón “Procesar” de la pantalla “Límites modelo 190” Indique como quiere repercutir el importe a cuenta del valor en especie al perceptor y pulse “Aceptar”. Presentación en soporte magnético. Igual que el año anterior no se admite la presentación del modelo 190 en soporte magnético. Nota: Estas instrucciones están sujetas a cambios de última hora que se puedan producir en el programa que nos proporciona la Agencia Tributaria para la realización del modelo 190 y 180. En el momento de confeccionar el manual aún no se disponía de la versión definitiva de dicho programa.

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MODELO 180 Plazo y forma de presentación: Igual que para el modelo 190, las empresas con más de 15 perceptores deberán realizar presentación obligatoria por vía telemática, no pudiéndose presentar dicha declaración en soporte magnético. Recuerde que: Es obligatoria la presentación por vía internet a todas las empresas cuyo NIF empiece por A ó B (sociedades anónimas o limitadas) cualquiera que sea el nº de registros. Para realizar este proceso acceda a IRPF / Listados del 180 / Modelos 180. Puede realizar los siguientes procesos: Presentación en papel continuo “Preimpreso”. Como en años anteriores, no se contempla la opción de imprimir los modelos oficiales del 180 en papel preimpreso, no obstante si lo desea puede seguir imprimiendo el borrador que habitualmente imprime el programa para comprobar los datos que posteriormente saldrán en el pdf o fichero telemático. Recuerde que para poder imprimir este modelo 180 a modo de borrador deberá informar “preimpreso” en la casilla de “Presentar en..”. Después de informar los limites en “Entrada de limites” de Asesor, Empresa y Empleado, acceda a la carpeta de “Opciones disponibles”.

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Informe el “Ejercicio” y las “Autonomías”. Escoja en “Formulario”, Modelo 180. Pulse “Procesar” para obtener los listados que ha pedido. Presentación en papel blanco (Impresión con programa de la Agencia Tributaria con Impresoras de Inyección ó Láser.) Después de informar los limites en “Entrada de limites” de Asesor, Empresa y Empleado, acceda a la carpeta de “Opciones disponibles”. Informe el “Ejercicio” y las “Autonomías”. En el campo “Presentar en…” escoja PDF. Marque en “Formulario” Modelo 180 Acceda a la pestaña PDF’s y Telemático. El sistema presentará la siguiente pantalla para IRPF Estatal:

Indicar “Copia adicional para el interesado” e “Impresora”. Pulse en el botón de comando PDF del “180” para iniciar la impresión. Nota: En las presentaciones del 180 en pdf, no aparecerá impreso el domicilio del declarante. Página 27

La impresión del Borrador, Certificado de retenciones y Etiquetas de empleado se inicia desde el botón de comando “Procesar” de la pantalla “Límites modelo 180”.

Si ha seleccionado “Telemático Indiv” para las empresas que presenten el Mod.180 del Territorio Común a través de internet, el programa genera el fichero NOMEEEE.TXT (donde EEEE son las últimas 4 posiciones del código de la Empresa), en el siguiente directorio: C:\(si es una red unidad de datos)\AEAT\TELEM\TCOMUN\AAAA\0A\180\ASE> Donde “AAAA” es el ejercicio. “ASE” son las tres primeras posiciones del código de empresa. Presentación individual en soporte magnético. Igual que el año anterior no se admite la presentación del modelo 180 en soporte magnético. PRESENTACIÓN MODELO 345 En este modelo se consigna el resumen de aportaciones realizadas por las empresas a planes de pensiones a favor de sus trabajadores. Antes de proceder a generar el modelo se deberán informar una serie de datos relativos al plan de pensiones que deberán quedar grabados en el soporte para su posterior correcta validación. Para informar estos datos acceder a Gestión diaria / Empresa / Mantenimiento, en la pestaña "IRPF G/A".

Para obtener el soporte acceder a IRPF / Listados del 345 / Modelos 345. Informar el código de la empresa a procesar y acceder a Opciones Disponibles. En Autonomías marcar la que corresponda e informar que la presentación se hará en "Disquete individual o colectivo" o “Telemático”. Marcar la opción de borrador, si así se desea, y seguidamente "Procesar". Página 28

Para Territorio Común la presentación se realizará en formato telemático y la validación se realizará automáticamente a través del programa de validación de la AEAT, mostrando una pantalla de errores en caso de que los haya, para poder corregirlos antes de enviar el modelo. No obstante, se mantiene la opción de disquete para su posible grabación.

Accediendo a la pestaña de “Telemático” se activará el botón 345 para proceder a la generación del fichero que se grabará con el nombre NOMEEEE.TXT (donde EEEE son las 4 últimas posiciones del código de la EMPRESA) y se ubicará en el siguiente directorio: C: (Si es red unidad de datos)\ AEAT \TELEM \TCOMUN\ AAAA\ 0A \345 \ASE \> Donde “AAAA” es el ejercicio “ASE” son las 3 primeras posiciones del código de la empresa.

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Si el programa de validación detecta errores le mostrará en pantalla cual es el dato incorrecto, que deberá corregir y volver a generar el fichero. Para Vizcaya y Guipúzcoa la presentación se realizará en disquete.

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Durante el proceso aparecerá la pantalla de "Asignación del número de justificante". Este número no se debe informar pero sí la "Persona con quién se relaciona". Después de la impresión de etiquetas se deberá proceder a la grabación del fichero. En el caso de presentaciones individuales el fichero se presenta con el nombre IXXXXXXX.345 (siendo XXXXXXX el código de la empresa). En caso de presentaciones colectivas se deberán rellenar los datos de la pantalla del Presentador y el nombre del fichero será C345.345. Una vez selecciona el fichero pulsar el botón de comando "Grabar". Este fichero quedará grabado en el disquete con el nombre de FP2008. La validación del soporte se llevará a cabo a través del programa prevalidador de la Diputación Foral, una vez validado el fichero, desde este mismo programa, se podrá imprimir la HojaResumen.

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La información traspasada a este modelo será la existente en: •

Para Territorio Común: IRPF / Mantenimiento / Acumulados como Tipo "Planes de pensiones" y/o "Planes de pensiones alternativos" (Contribuciones de la empresa o entidad colaboradora a Planes de Pensiones o Mutualidades de Previsión Social).

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Para Vizcaya y Guipúzcoa: Gestión diaria / Empleado / Mantenimiento de nóminas ó Gestión diaria / Empleado / Consultas de nómina acumulado en el concepto 847. (Aportaciones EPSV / Planes de Pensiones).

Estos acumulados quedarán relacionados con las siguientes claves y subclaves: - Planes de Pensiones: Clave C-Subclave 1 - Planes de Pensiones Alternativos: Clave D- Subclave 3 - Aportaciones EPSV / Planes de Pensiones : Clave C-Subclave 1. Existe una opción para modificar estas claves que por defecto asigna la aplicación. Para ello se deberá acceder a IRPF / Listados del 345 / Traspaso de bases. Marcar el tipo de base del cual quiere modificar la clave y/o subclave y elegir por cual quiere sustituirla mediante la lista desplegable.

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En el caso de no tener estas bases acumuladas, se podrá optar por entrarlas a mano con la clave y subclave que corresponda. En estos casos se deberá informar desde IRPF / Listados del 345 / Mantenimiento bases, donde se podrá informar el período necesario, la empresa y los empleados que se vean afectados y la clave y subclave con su importe. Esta será la información que le recogerá para generar el modelo 345.

Prevalidación. La prevalidación del soporte se llevará a cabo a través del programa prevalidador de la AEAT o Diputación Foral, según corresponda. Una vez validado el fichero, desde este mismo programa, se podrá imprimir la Hoja-Resumen.

CERTIFICADOS DE RETENCIONES Y DE SITUACIÓN FAMILIAR Certificado de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF (Rdtos. de Trabajo, Premios, Exentos y Actividades económicas) Acceda a IRPF / Listados del 190 / Certificado retenciones (También se permite obtener el certificado, pulsando en IRPF/Listados del 190/Modelos 190).. Después de informar los límites acceda a la carpeta “Opciones disponibles”. Seleccione el “Ejercicio” del proceso y la “Fecha de presentación del 190” Activar la casilla de verificación correspondiente a la “Autonomía”. Seleccione en “Formulario” para la impresión en papel blanco (A4 ó 66 líneas) o en papel preimpreso.

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Pulsar el botón de comando “procesar” para iniciar la impresión. Indique como quiere repercutir el importe a cuenta del valor en especie al perceptor y pulse “Aceptar”.

. MODELO 10T DE VIZCAYA EN FORMATO PDF Antes de proceder a trabajar con esta opción deberá instalar los programas de impresión de la Diputación Foral. Acceda a IRPF / Listados del 190 / Certificado retenciones (También se permite obtener el certificado, pulsando en IRPF/Listados del 190/Modelos 190).. Después de informar los limites acceda a la pestaña “Opciones disponibles”. Seleccione el “Ejercicio” del proceso y la “Fecha de presentación del 190” Activar la casilla de verificación correspondiente a la “Autonomía”. En este caso Vizcaya. Acceda a la carpeta PDF´s. Informe las copias para la administración y si quiere los textos en Castellano o en Euskera. Debe informar el nombre y los apellidos de las personas fisicas para listar el Certificado 10T. Pulse el botón “C” ertificado de retenciones, para su impresión.

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Certificado de Arrendamientos urbanos. Acceda a IRPF / Listados del 180 / Certificado retenciones (También se permite obtener el certificado, pulsando en IRPF/Listados del 180/Modelos 180). Los pasos a seguir para realizar este proceso son los mismos que se detallan en el punto 1º (Rdtos. de trabajo, Premios, exentos y Actividades económicas). Es necesario informar el “Número del justificante” para su impresión en el Certificado. Certificado de Situación Familiar /(Comunicación de datos al pagador). Modelo 145 Acceda a IRPF / Listados del 190 / Certificado situación familiar. Después de informar los limites acceda a la carpeta “Opciones disponibles”. Seleccione el “Ejercicio” del proceso y la “Fecha de entrega” de las declaraciones. Seleccione en “Formulario” para la impresión en papel blanco o en papel preimpreso.

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Pulsar el botón de comando “Procesar” para iniciar la impresión. Nota: Los procesos de “Resumen anual 190, Resumen perceptores 190, Certificado retención (en preimpreso o papel blanco) y Certificado de situación familiar (en preimpreso o papel blanco)”, se pueden realizar desde la opción “Irpf / Listados preseleccionados” dependiendo siempre de lo que tenga informado en “Diseños / Asesor / Mantenimiento (Indicadores 190)” y “Gestión diaria / Empresa / Mantenimiento (pestaña IRPF G/A)”.

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PROCESOS A REALIZAR PARA EMPEZAR A TRABAJAR CON UN NUEVO EJERCICIO La aplicación de Nómina 10 Logic Win Global permite trabajar en una misma base de datos con dos ejercicios simultáneamente. Si dispone del Módulo Multiejercicio, no existe limite en el número de Ejercicios. Si no dispone del Módulo Multiejercicio, en el momento de realizar algún proceso de un tercer ejercicio le mostrará la siguiente pantalla:

Si usted marca la opción “2” le aparecerá una segunda pantalla en la que ha de seleccionar el ejercicio a borrar y en “Base de Datos destino” deberá escribir el nombre (con el que quiere guardar la información de ese ejercicio) con la extensión MDB. Seguidamente pulsar el botón de comando de “Borrar Procesos”. Seguir la misma operativa para todos los ejercicios a borrar/guardar.

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CREACIÓN DE LEGALES , SITUACIÓN FAMILIAR Y CALENDARIOS. Legales y situación familiar Calendario y fiestas locales. Estas opciones incorporan en la aplicación los registros necesarios para empezar a trabajar con un nuevo ejercicio. En general los datos creados desde esta opción tienen el carácter de provisionales y se deberán revisar con posterioridad a medida que se vaya disponiendo de la información definitiva correspondiente. Algunos de estos datos son actualizados automáticamente por Logic Control. Se detallan a continuación los datos generados y posteriores acciones aconsejadas: Legales / Porcentajes / Mantenimiento: Se crean los registros correspondientes al mes de Enero a partir del último existente en el ejercicio origen (Se crean para la empresa estándar 0000000). El usuario deberá actualizar las versiones a medida que se disponga de normativa que modifique los datos creados. Las habituales versiones de actualización suministradas por Logic Control adaptan estos datos a las disposiciones legales. Irpf / Mantenimiento / Situación familiar: Se crean los datos de situación familiar para el cálculo del IRPF a partir de los existentes en el ejercicio origen, borrando los datos correspondientes a Base y retención del cálculo inicial, descendientes con derecho a bonificación, (Pantalla de Mas Datos-Valores histórico) rendimientos y reducciones correspondientes al artículo 17.2. El usuario debe actualizarlo a medida que los empleados le comuniquen los datos. Gestión diaria / Calendario / Mantenimiento: Se dan de alta los calendarios correspondientes a los municipios seleccionados. Las fiestas nacionales y autonómicas las actualiza Logic Control con la versión correspondiente, las fiestas municipales las debe informar el usuario en caso de necesitarlas.

Legales y situación familiar. Opción para dar de alta los datos legales y situación familiar de un ejercicio a otro. Los datos legales se dan de alta sólo para la empresa estándar (0000000). Acceda a Utilidades-Traspasos / Generador de ejercicios / Legales y situación familiar. Después de informar los límites acceda a la carpeta “Opciones disponibles”. Informar el “ejercicio origen” y el “ejercicio destino”. Activar la casilla de verificación “eliminar registros existentes” si este proceso se ejecuta por segunda vez y desea eliminar los registros existentes del primer traspaso, que hubiera en la situación familiar del trabajador. Activar la casilla de verificación “Inicializar causas regulariz” para borrar las causas de regularización existentes. Pulsar el botón “Procesar” para iniciar el proceso. Página 39

Nota: Sage Logic Control facilitará a todos sus Clientes en el momento en que salgan publicados en el BOE., todos los datos legales que desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional (Se incorpora sobre la empresa estándar 0000000). Si usted ha creado el legal para el ejercicio 2008 este quedará sustituido por el que Logic Control le actualice. Nota: Hay que tener en cuenta que si antes de recibir la versión con los datos legales se ha dado de alta un legal propio para una determinada empresa, este no se actualizará al instalar la versión sino que se debe proceder a actualizarlo manualmente o eliminarlo si va a utilizar el de la empresa estandar, ya que de lo contrario podría provocar cálculos incorrectos en los procesos de nómina durante el año.

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Calendario: Creación automática de Fiestas Locales. Opción para generar de forma automática los calendarios anuales y las fiestas municipales de las empresas. Acceda a Utilidades-Traspasos / Generador de ejercicios / Fiestas locales Pulse el botón “Seleccionar” para que aparezcan los municipios de las empresas y el “año” a generar. Sitúe el cursor encima del municipio deseado y teclee el día y el mes de la fiesta de la población. Si desea no generar el calendario de algún municipio, seleccione el registro y pulse el botón De comando “Suprimir Sel”. Pulse el botón de comando “Crear Calen” para generar los calendarios de las poblaciones que estén en la lista de selección.

Si desea visualizar el calendario anual generado con las fiestas Nacionales, Autonómicas y Municipales de la Población seleccionada o listarlo, pulse el botón “Ver Calen”.

(Para poder listar los calendarios es preciso disponer de una impresora gráfica).

De esta forma se crearán los calendarios estándar para cada municipio. Para proceder a crear el calendario propio para cada empresa o si no utiliza las fiestas locales y quiere crear los calendarios de forma automática con las fiestas nacionales y autonómicas, deberá acceder a Gestión diaria / Calendario / Mantenimiento, informe el año, seleccione la empresa y pulse el botón de comando “Crear todos” .

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Una vez creado el calendario le aparecerá esta imagen ( que el calendario está creado.

) en la columna “Existe”, significa

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