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Programa Joaquim Nabuco 1 Programa Joaquim Nabuco PROGRAMA JOAQUIM NABUCO - MAGISTRADO 1º/2011 - 1 SUPERVISOR: Nayse Hillesheim Asesoría de Asunt

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PROGRAMA JOAQUIM NABUCO - MAGISTRADO 1º/2011 -

1 SUPERVISOR: Nayse Hillesheim Asesoría de Asuntos Internacionales de la Presidencia E-mail: [email protected] Teléfono: + 55 XX (61) 3217-4012 Celular.: + 55 XX (61) 8134-3781

2 COORDINADOR: Erismar Souza Freitas Filho Asesoría de Asuntos Internacionales de la Presidencia E-mail: [email protected] Teléfono: + 55 XX (61) 3217-6505 Celular.: + 55 XX (61) 8182-0554

3 MAGISTRADO INTERCAMBISTA Nombre: Mónica Alejandra Sánchez Abarca Nacionalidad: Chilena Tribunal de origen: Corte Constitucional de Chile Período: 2/5/2011 a 12/5/2011 E-mail: [email protected] Alojamiento: Asesoría de Asuntos Internacionales del STF

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ÍNDICE

Relatoría sobre el Programa de Ambientación para Intercambistas Extranjeros.............................................................5 Visita al Consejo Nacional de Justicia y TV Justicia . ................................................................................................................. 11 Relatoría de las actividades desarrolladas en la Sesión Plenaria del Supremo Tribunal Federal del día 4/5/2011 – Unión homo-afectiva u homosexual........................................................................................................................ 15 Vista al Superior Tribunal de Justicia................................................................................................................................................ 18 Visita al Tribunal Superior de Trabajo............................................................................................................................................... 24 Visita al Tribunal de Justicia de Distrito Federal y Territorios.................................................................................................. 27 Visita a la Procuraduría General de la República......................................................................................................................... 30 Visita a la Central de Atención al Ciudadano................................................................................................................................ 33

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RELATORÍA SOBRE EL PROGRAMA DE AMBIENTACIÓN PARA INTERCAMBISTAS EXTRANJEROS Brasilia, 2 de mayo de 2011 Mónica Sánchez Abarca Tribunal Constitucional de Chile Santiago- Chile

Con fecha 2 de mayo de 2011, se dio inicio al primer día de la pasantía en la que participamos junto a los magistrados de Paraguay y Uruguay. En dicha ocasión fuimos recibidos por la Coordinadora de la Asesoría de Asuntos Internacionales de la Presidencia, quien nos llevó para efectuar la primera presentación acerca de los lineamientos generales que dicen relación con la organización del STF. I- Inicio. Actividad interactiva. (Marília) La exposición comenzó con una actividad efectuada por la sicóloga Marília, quien nos hizo escoger una de las fotografías que se encontraban en la mesa que nos representara mejor en cuanto a cómo nos sentíamos antes de venir al STF y qué expectativas teníamos. Posteriormente, cada uno de nosotros se presentó con su nombre, tribunal de origen y cuál era la labor de cada uno en ese tribunal. Opinión Pienso que la idea de iniciar las exposiciones mediante esta actividad o dinámica grupal fue excelente, ya que nos permitió relajarnos, escuchar las experiencias de los demás, abrirnos sobre nuestras vivencias respecto de nuestros sentimientos acerca de lo que esperamos del programa. II- Presentación. Agenda Ambiental, Responsabilidad Social y Sustentabilidad. (Daniel Teles) Esta fue la segunda presentación a cargo del facilitador Daniel Teles, quien nos expuso la Agenda Ambiental, Responsabilidad Social y Sustentabilidad. La exposición se inició con la presentación de un video explicativo que enseña, de manera muy didáctica, acerca de la responsabilidad ambiental que debemos tener en nuestros trabajos. El video ilustra muy bien, cuáles son nuestras conductas reales sobre el cuidado al medio ambiente y desarrolla las consecuencias que traen nuestras conductas irresponsables. Posteriormente, el expositor nos informó que muchos de los bienes muebles o artículos de trabajo son confeccionados con material reciclado, como por ejemplo, la luminaria. Un segundo aspecto de la exposición tuvo que ver con información relativa a la reinserción social y laboral de personas privadas de libertad. El expositor nos informó que el STF otorga 40 cupos de trabajo remunerado para que se desempeñen en

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labores de mensajería, informática, administrativa y como auxiliares. El señor Daniel Teles expuso que su Departamento se encarga de esta labor de reinserción laboral y que esta idea fue el resultado de un proyecto iniciado el año 2002. Finalmente, nos indicó que este proyecto ha tenido muy buenos resultados, pues del total, un porcentaje del dos por ciento retorna al sistema. Opinión En relación al video, debo manifestar que es muy ilustrativo, pues refleja realmente cuál es nuestra actitud frente al cuidado del medio ambiente y, a la vez, nos enseña y motiva acerca de cómo enfrentar la esta responsabilidad, formando grupos en nuestro propio trabajo a fin de que todos tomen conciencia de cómo podemos recuperar y conservar nuestro planeta. El video fue muy motivador. En Chile existen ciertas políticas de respeto y conservación del medio ambiente, pero es muy limitado, pues sólo está entregado a ciertas medidas de ahorro de energía principalmente cuya responsabilidad depende del Departamento de Administración y Finanzas, en el caso del Tribunal Constitucional, o del Departamento de Recursos Humanos, en el caso del Poder Judicial. En ambos casos, existe un convenio con Unidades especializadas del Estado, como el Instituto de Seguridad Laboral (en caso del Tribunal Constitucional) o la Asociación Chilena de Seguridad (en el caso del Poder Judicial). Sin embargo, no existe una política interna proactiva como ocurre en el STF. Considero que este proyecto es una idea tan simple de implementar, que no tiene grandes costos de implementación y que bastaría presentarla en ambos estamentos chilenos, para que pudiera implementarse con bastante éxito. Creo que sería muy útil obtener todos los antecedentes y medidas que el STF ha efectuado para poder usar esta excelente idea en Chile. Respecto de la reinserción laboral dentro del STF, debo expresar que en Chile no existe medida igual a esta. Creo que la razón es bastante simple: falta de recursos económicos para poder implementarla, sobretodo con el tema de poder remunerar a la persona privada de libertad. Esta situación, está más presente en el Poder Judicial chileno, especialmente en las Cortes de Apelaciones de todo el país y la Corte Suprema. Debe tenerse presente que en el caso del Poder Judicial, éste carece de independencia económica, lo que ocurre en el Tribunal Constitucional de Chile, razón por la cual la implementación de esta novedosa medida sí podría considerarse por parte de este último organismo. En cambio en el Poder Judicial, la situación es diferente, salvo que se proponga al Poder Ejecutivo como un proyecto social del Estado en casos específicos a modo de que financie este proyecto. III- Presentación. Proceso Constitucional. (Christine Peter) La tercera presentación estuvo a cargo de la Asesora Procesal de la Presidencia, quién nos contó que llevaba 15 años trabajando en el STF. A través de un data-show, nos expuso acerca de la Repercusión General del Plenario Virtual del STF perteneciente al Programa Joaquim Nabuco. La presentación decía relación con todo el proceso constitucional del STF, con énfasis al inicio de éste, esto es, a propósito de la enmienda 45 del año 2004, donde se incorporó al artículo 102 de la Constitución que estableció

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un requisito especial de los recursos extraordinarios, que dice relación a demostrar la repercusión general que puede tener una petición o caso, de manera que si se cumple ese requisito, basta la manifestación de dos tercios de los miembros del STF para que se le dé curso a la petición. Expuso una estadística que reflejaba la gran cantidad de presentaciones distribuidas al STF, si bien en el año 1949 fueron distribuidos 3.705 casos, en el año 1999, aumentó a 54.437 causas, el año 2006 llegaron a ser 116.216 casos distribuidos. El año 2006, mediante la ley 11.418, se reglamentó en el Código de Procedimiento Civil la exigencia que contemplaba el art. 102 de la Constitución (art. 543-A), por lo que se exigió como requisito de admisibilidad que el STF no podrá conocer casos o materias que no tengan repercusión general. De esta manera, se nos expuso que para que un recurso tenga el carácter de repercusión general, debe cumplir ciertas características, como por ejemplo que la relevancia tenga un carácter económico, político, social o jurídico, que sobrepase el interés subjetivo de la causa; que tenga un mínimo de 4 votos de los miembros. Otro aspecto relevante que nos expuso Christine, fue el procedimiento de la Presidencia, donde existe una instancia especial en la que se pueden incorporar materias que el Presidente considere relevante. Lo interesante es el proceso de determinación de la relevancia de un asunto. Opinión En relación a la demostración de la repercusión general que puede tener una petición, pienso que la incorporación de las reformas relacionadas con los recursos extraordinarios puede ser perfectamente posible bajo el sistema de precedente, donde las sentencias son vinculantes, como sucede en el sistema judicial de Brasil. Sin embargo, en Chile la situación es distinta, ya que nuestro Código Civil dispone que las sentencias tienen un efecto relativo. En el caso de las sentencias que pronuncia el Tribunal Constitucional, hay que distinguir, pues el efecto relativo ocurre –por ejemplo- con los requerimientos de inaplicabilidad, donde sólo afectará a las partes que de una gestión pendiente que solicitaron un pronunciamiento del Tribunal Constitucional. No obstante, en los casos de control obligatorio de constitucionalidad o en el preventivo, las sentencias tienen un efecto erga omnes. Actualmente, en Chile existe una gran discusión a fin de poder instaurar el sistema de precedente, pero tal inquietud aún no ha sido llevada a ley. En lo que se refiere al tema del procedimiento de la Presidencia, creo que se trata de un aspecto muy interesante por lo novedoso y efectivo de la medida que realmente contribuye a agilizar las peticiones en el sistema procesal del STF. Llama la atención que el Presidente pueda sostener reuniones con miembros de cada tribunal y miembros del STF para parlamentar y exponer una materia que estima relevante, como asimismo que evalúe aspectos como la cantidad de peticiones que se hacen sobre la misma materia.

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En lo que respecta al sistema chileno, no existe esta instancia de manera formal ni establecida en una ley, pero los Ministros discuten ciertos lineamientos que pueden ser considerados para unificar criterios en requerimientos que tengan similitud. Finalmente, debo destacar que fue interesante saber que en el STF existe un total aproximado de 1.300 funcionarios, de los cuales alrededor de 1.135 son funcionarios propios del tribunal: dentro de ellos se consideran funcionarios que son de exclusiva confianza de los Ministros y cuyo período vence al terminar el período de cada Ministro. Asimismo, existen unos 200 funcionarios que prestan sus servicios a través de empresas licitadas externas. En Chile, también existen distintas categorías de funcionarios, básicamente se distinguen entre funcionarios de planta, a contrata, bajo el régimen de honorarios y también externos.

IV- Presentación. Estructura Constitucional. (Roberto Bezerra) En esta cuarta presentación, se expuso, a través de un data-show, la estructura organizacional del STF. A través de ella nos informamos que la estructura tiene un carácter organizacional-procesal pero que no implica una relación de dependencia entre los distintos tribunales. Cada uno de ellos es independiente y separado. Sólo están conformados para un mejor procedimiento de las distintas etapas por las cuales puede pasar una petición o causa. En la parte más baja, se encuentran los tribunales de primera instancia, divididos según las materias de que conocen, luego los tribunales superiores que, también divididos por materias (Ej.: Tribunal Superior de Justicia, Tribunal Superior Electoral, Tribunal Superior del Trabajo, etc.) Opinión Es destacable la claridad en el diseño estructural que nos fue presentado. Una de los aspectos que me interesó saber es si las peticiones o presentaciones eran pagadas. En torno a ello se me informó que existen procesos que tienen un costo a cancelar independientemente del costo que deben solventar los interesados a un abogado para que tramite su causa. Esta es una situación que me llamó profundamente la atención, ya que en Chile cualquier requerimiento o presentación que se hace a un tribunal es gratuita (salvo solicitudes especiales que impliquen algún costo adicional, como fotocopias o notificaciones). Es el Estado de Chile que garantiza la gratuidad de los procesos, tanto en el Poder Judicial, como ante el Tribunal Constitucional. Por otra parte, debe destacarse que, al igual que en Chile, en el sistema judicial de Brasil también existe el privilegio de pobreza, lo que asegura un acceso a quien no puede costear su presentación o caso.

V- Presentación. Central de Atendimiento al Ciudadano. (Marcos Alegre)

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Esta última presentación fue iniciada con un video muy potente de la real importancia que tiene el poder comunicarse y provocar ayuda mancomunada frente a un problema que aqueja a cualquier persona. El facilitador Marcos Alegre, expuso la función desarrollada por la Central de Ciudadano y Atención. Al respecto, nos contó que la idea de este Departamento surgió o fue iniciado el año 2008 por una propuesta o inquietud del Ministro Gilmar Mendes, quien tuvo como objetivo establecer un canal de comunicación entre el STF y el ciudadano. Nos relató el inicio de este proyecto a través de determinadas preguntas que se presentaron: a) la primera pregunta fue si la ciudadanía tenía inquietud de saber acerca del STF, si existía una demanda al respecto. La respuesta fue: “sí, existe demanda y mucha”; b) la segunda pregunta que se expuso fue cuáles eran los canales de comunicación y cómo se trataban las materias. La respuesta fue que hasta ese entonces existía un solo medio: el correo institucional vía mail y por medio de cartas materiales; c) la tercera pregunta planteada fue si sólo respondían materias propias del STF o incluían otras consultas diversas que no tenían relación con el STF. Ante la gran demanda de orientación y educación cívica de la ciudadanía, la respuesta fue obvia: respondamos y orientemos en todos los aspectos sin limitaciones (salvo consultas que no esperan respuestas, que son sólo opiniones). Frente a esta situación, a través de la Resolución 361, con fecha 21 de mayo de 2008, fue creada la Central de Ciudadano del STF. Nos informó que, actualmente, este Departamento cuenta con 14 personas que trabajan para orientar a la ciudadanía y responden y canalizar todas las preguntas que llegan al STF. Asimismo, pudimos conocer que hoy, los canales de comunicación ya no es uno sólo, sino que existen varios medios, como el formulario electrónico, e-mail, carta, y personalmente por vía directa. También nos cuenta que en la actualidad, reciben alrededor de 4.000 A 5.000 preguntas diarias, y que los relatos electrónicos tienen un tiempo de respuesta de 48 horas, mientras que los relatos o preguntas por que se realizan mediante cartas, tienen un plazo máximo de 6 días de respuesta. Opinión Quiero hacer especial mención a la labor que realiza este departamento, pues creo que es un verdadero acierto. La realidad en la que se encuentra una persona que no tiene porqué o cómo saber cómo funcionan los diversos organismos del Estado, se sienten desprovistas de información. La ayuda que reciben de la Central de Atendimiento se torna en fundamental para el ciudadano común.

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En nuestro país y dentro del marco de cumplimiento a las normas de transparencia que exige la ley, también existen canales de comunicación iniciados recientemente de manera informal, a través del correo-mail que tienen las páginas web, tanto del Poder Judicial, como del Tribunal Constitucional. En el Poder Judicial existe un link especial llamado “El Presidente responde” donde cualquier persona expone sus inquietudes y pregunta asuntos de diversa índole. La labor de satisfacer estas inquietudes está entregada al Departamento de Comunicaciones del Poder Judicial y las preguntas que dicen relación estrictamente con materias jurídicas son resueltas por los Secretarios Privados de cada Ministro de Corte Suprema de acuerdo a un turno semanal. En el Tribunal Constitucional, la labor se encuentra repartida en razón al medio por el cual se efectúan las preguntas. En razón a ello, de las preguntas que se hacen por escrito, se encarga de resolverlas la Secretaria Abogada del Tribunal Constitucional y, las preguntas y planteamientos de diversa índole efectuados vía e-mail por el correo institucional, son satisfechas por la Oficial Primero Abogado del mismo Tribunal. Como observación final a este módulo, debo hacer presente que en nuestro país existe gran interés en acercarse a la ciudadanía y realizar y mejorar los canales de comunicación que actualmente existen, pues cada vez hay más necesidad de conocer acerca de la labor judicial, jurisdiccional, como de orientación y educación cívica por parte del ciudadano común que también necesita expresarse.

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VISITA AL CONSEJO NACIONAL DE JUSTICIA E A TV JUSTICIA DEL STF  

Brasilia, 3 de mayo de 2011 Mónica Sánchez Abarca Tribunal Constitucional de Chile Santiago- Chile

  El día martes 3 de mayo de 2011, continuamos con el programa contemplado. De esta manera, acompañados por (Vinicius Limongi), comenzamos con una visita al Consejo Nacional de Justicia. Finalmente, visitamos el canal de televisión llamado TV Justicia y Radio Justicia pertenecientes al STF, visita que no habíamos efectuado el día anterior por razones de tiempo. I- Visita al Consejo Nacional de Justicia La exposición se realizó en la Sala donde sesiona el Consejo y estuvo a cargo de Lucas Delgado, quien se desempeña como Asesor de Consejero. En aquella ocasión, nos expuso cómo se gestó este organismo, su composición y atribuciones. El exponente nos informó que este organismo fue creado en diciembre de 2004, a raíz de la reforma del poder judicial, mediante la enmienda constitucional N° 45, e instalado como tal con sede en Brasilia, el 14 de junio de 2005. Composición El órgano máximo del Consejo Nacional de Justicia es el Plenario, que está compuesto por el Presidente del STF, quien preside el Consejo, mas quince miembros, esto es, dos abogados, dos representantes del Ministerio Público, dos representantes de la sociedad civil (uno de la cámara de diputados y uno del senado), y nueve magistrados judiciales. Origen Según nos relató en exponente, el Consejo Nacional de Justicia se creó, principalmente, a raíz de tres principales cuestionamientos y críticas al poder judicial, a saber: a) Un poder poco transparente; b) Los jueces no tenían responsabilidad por sus actos; c) El poder judicial se encontraba desprovisto de políticas judiciales unitarias. Atribuciones o facultades De acuerdo a lo reseñado por el exponente, se nos informó que el Consejo ejerce facultades de control de la gestión administrativa y financiera, encaminada a la definición de planificación estratégica, establecer planes de metas y programas de evaluación institucional del Poder Judicial. También están provistos de facultades

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disciplinarias encaminadas a corregir las conductas de los jueces, reciben las quejas, peticiones efectuadas vía electrónica y representaciones efectuadas por la ciudadanía o de los mismos integrantes del poder judicial respecto de la conducta de los jueces, servidores auxiliares, etc. De esta manera, el Consejo Nacional juzga los procesos disciplinarios e impone sanciones que pueden concluir con la remoción. Asimismo, velan por la autonomía del Poder Judicial y por el cumplimiento del Estatuto de la Magistratura, emitiendo disposiciones normativas y recomendaciones. Por otra parte, el Consejo Nacional propone políticas judiciales con el objeto de propender a la eficiencia de los servicios judiciales, mejorar las prácticas judiciales y lograr una mayor celeridad en la resolución de conflictos. Un ejemplo de esto último consiste en la implementación e incentivo para que las personas en conflicto lleguen a conciliaciones, como también la implementación de políticas para evitar la sobrepoblación carcelaria, respecto de la cual nos informamos de la existencia del programa denominado “comenzar de nuevo” dirigido a la reinserción laboral de las personas que fueron privadas de libertad. Finalmente, tuvimos la oportunidad de conocer la Corregedoría Nacional de Justicia y nos entrevistarnos con algunos jueces auxiliares. En esa ocasión, nos mostraron su labor judicial y cómo reciben las quejas presentadas por los ciudadanos, que principalmente dicen relación con la tardanza en la dictación de sus fallos. Opinión La creación y composición de este organismo es muy interesante. Creo que ello es el fiel reflejo de una preocupación constante del Poder Judicial y del STF por estar al servicio de la ciudadanía, para propender a una justicia eficiente y transparente. En Chile también se discuten estas problemáticas y existe una preocupación constante por abordarlas de la mejor manera, pero personalmente creo que tenemos deficiencias que fundamentalmente tienen origen en la separación de funciones y atribuciones. En efecto, en primer lugar, hay que tener presente que el Poder Judicial chileno es separado y distinto al Tribunal Constitucional, ambos son órganos autónomos con facultades totalmente independientes. Chile es un país unitario, en que existen tres poderes: el Poder Ejecutivo (a cuya cabeza se encuentra el Presidente de la República), el Poder Legislativo (representado por la Cámara de Diputados y el Senado), y el Poder Judicial, cuyo máximo autoridad es la Corte Suprema, que tiene la facultad directiva y correccional de todos los tribunales del país que dependen de ella, bajo una estructura piramidal de subordinación y dependencia: Corte Suprema (con 21 Ministros)

Cortes de Apelaciones (divididas por territorios jurisdiccionales a lo largo del país)

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Tribunales de Primera instancia Las labores de implementación y gestión de políticas judiciales es ejercido por la Corte Suprema, y la gestión administrativa, financiera, de beneficios laborales y sociales se ha entregado a un órgano separado pero subordinado a la Corte Suprema, llamado Corporación Administrativa del Poder Judicial, compuesto por funcionarios que no son de carrera. Para que los Ministro de la Corte Suprema puedan acometer esas funciones no jurisdiccionales, se conforman además, en Comisiones integrado por al menos tres Ministros en cada uno de ellos, por ejemplo, la Comisión de Recursos Humanos, Comisión de Reforma a la Justicia de Familia, Comisión de Reforma Procesal Penal, Comisión de Relaciones Institucionales. De esta manera, en el Poder Judicial la facultad disciplinaria, para velar por el buen desempeño de la labor de los jueces está la Corte Suprema que tiene facultades disciplinarias. Es la Corte la que, en casos que exista un reclamo formal, abre un proceso especial para investigar la existencia y efectividad del actuar tanto del juez o Ministro, como de cualquier funcionario de tribunal o Corte a lo largo del país. Por otro lado, se encuentra el Tribunal Constitucional de Chile, que es un órgano totalmente autónomo e independiente y que debe velar por el respeto de la “supremacía constitucional”. Las facultades disciplinarias, de política organizacional, económica, social en el Tribunal Constitucional, se entregan al Presidente y al Tribunal Pleno. Para poder asumir tales tareas, también trabajan en Comisiones Especiales integradas por al menos dos Ministros. Las labores de Administración Financiera se entregan al Departamento de Administración y Finanzas que depende de la Secretaria del Tribunal Constitucional. Las tareas de seguridad laboral, atención e público, recepción de reclamos, etc. también son encargados a la Secretaría del Tribunal. Como puede advertirse, el corazón del Tribunal Constitucional se encuentra en su Secretaría. Así las cosas, las decisiones de política judicial son tomadas por cada organismo de manera separada. Sin embargo, creo que hay ciertos aspectos de la experiencia en el STF que deberían considerarse para implementarlas en Chile, especialmente la posibilidad de establecer políticas judiciales en conjunto, entre la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional, y, a su vez, crear más canales de comunicación con los otros poderes de Estado y ciudadanía. II- Visita a TV Justicia y Radio Justicia Esta visita final, pudimos conocer la actividad periodística y comunicacional del STF. Este Departamento fue iniciado durante el año 2002 y cuenta, actualmente con 150 funcionarios, algunos de ellos trabajan por turnos las 24 horas al día manteniendo una transmisión constante. Visitamos los estudios de grabación, el lugar donde se transmite el noticiero y el estudio multifuncional, como asimismo la oficina de edición y dependencias generales de redacción de noticias y contenidos. También pudimos ingresar al estudio en que transmite la Radio Judicial.

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Opinión Los recursos con los que cuenta TV Justicia y Radio Justicia, provienen directamente del STJ, lo que llama la atención, pues el servicio que presta es de tal envergadura que obviamente requiere de un considerable apoyo económico. Al respecto, me interesé en preguntar cuál era el rating de audiencia que registraba este canal de señal abierta, ante lo cual se me dijo que actualmente tenían un punto de rating, lo que no es menor, pues ellos estimaban que esa cifra posiblemente podía ir subiendo, ya que se estaban dando cuenta que el público cada vez más se interesaba por conocer y aprender acerca del sistema judicial. En respuesta a esa inquietud, nos contaron que están haciendo programas de educación cívica, por ejemplo, me llamó mucho la atención un video muy didáctico que explicaba la situación y problemática que puede ocurrir con las conductas inapropiadas que toman las personas que no conocen acerca de las normas sobre la medianería. La verdad es que en nuestro país estamos bastante lejos de generar este canal de comunicación que, personalmente aprecio que sería de muchísima ayuda. Sin embargo, esta experiencia creo debe ser transmitida para debatir ideas al respecto para que en un futuro espero no muy lejano poder hacer educación judicial y cívica para acercar al usuario común.

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RELATORÍA DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN LA SESIÓN PLENARIA DEL DÍA 4/5/2011 – UNIÓN HOMO-AFECTIVA U HOMOSEXUAL Brasilia, 4 de mayo de 2011 Mónica Sánchez Abarca Tribunal Constitucional de Chile Santiago- Chile

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El día miércoles 4 de mayo de 2011, tuvimos la oportunidad de asistir a la Sesión Plenaria donde se dio inicio a la audiencia pública de discusión acerca de las peticiones en las que se solicita el reconocimiento de la unión de personas del mimo sexo como entidad familiar.

Previamente Erismar Souza Filho nos dio una breve explicación de los tipos de controles constitucionales de que conoce el STJ. De esta manera, nos relató que en Brasil existe el control difuso -que tiene efectos entre partes- y el control concentrado –con efecto erga omnes. Para los efectos de entender un poco cómo se gestó el conocimiento del STJ acerca del reconocimiento homo-afectivo, nos explicó que este asunto es materia de control concentrado, y como tal nos planteó que, en este tipo de control, existen cinco causales por las que llega a conocer el STJ, a saber: 1.- ADI = Acción Directa de Inconstitucionalidad; 2.- ADC = Acción Directa de Constitucionalidad; 3.- ADPF = Acción Directa de Incumplimiento de Precepto Fundamental; 4.- ADI por Omisión = Acción Directa de Incumplimiento por Omisión; 5.- ADI Interventiva = Acción Directa de Incumplimiento Interventiva. Para el caso que nos ocupa, fue interesante saber que el proceso cuya discusión presenciaríamos tuvo un doble inicio. En primer lugar -y bajo el rol ADI 4277- el Gobernador del estado de Río de Janeiro, Sergio Cabral, solicitó al STJ la eliminación que existe dentro de la normativa jurídica del Estado de Río de Janeiro, de la interpretación discriminatoria que excluye derechos a las parejas homosexuales, asegurando los beneficios previstos en las normas estaduales a las uniones estables o concubinarias homo-afectivas. Por otra parte, mediante el proceso denominado ADPF 132, la Procuraduría General de la Republica de Brasil, solicitó un pronunciamiento al STJ para que se declarara inconstitucional el art. 1723 de Código Civil, norma que es posterior a la Constitución de Brasil. El señor Presidente del STF, Ministro Cezar Peluso, dio inicio a la sesión y tuvo la deferencia de hacer presente a la audiencia que nos encontrábamos asistiendo a ella dentro del marco de una visita de los Estados de Chile, Uruguay y Paraguay, indicando nuestros nombres. El señor Presidente señala que se otorgará un tiempo de 15 minutos para que tanto el Procurador General de la República, como el Gobernador de Río de Janeiro, procedan a fundamentar sus peticiones. Otorgada la palabra, el Ministro Relator de la presente causa señor Carlos Ayres Britto, expuso acerca de los procesos que dieron inicio a este juzgamiento conjunto.

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Hizo hincapié que en relación al ADPF 132, el Procurador aludido fundamenta su petición solicitando básicamente la aplicación de la técnica de interpretación de la Constitución, de acuerdo a los incisos segundo y quinto del artículo 19 y los incisos primero del artículo 33, todos del Decreto Ley 220, de 1975, Estatuto de los Servidores Públicos del Estado de Río de Janeiro. En general, el Gobernador pide que se utilice la técnica de interpretación que permita la eliminación de cualquier convivencia estable de la intelección en desmedro de funcionarios homosexuales, en comparación con la autoridad que se atribuye a la unión estable de funcionarios heterosexuales. Señaló que la acción presentada por el Procurador tiene como objeto central someter el artículo 1.723 del Código Civil a una interpretación conforme a la Constitución. Por otra parte, también se refiere a la acción ADI 4277, presentada por el Gobernador de Río de Janeiro. Posteriormente, el señor Presidente dio la palabra al Procurador General de la República, señor Roberto Gurgel, y luego al Gobernador del Estado de Río de Janeiro, señor Roberto Barbosa. Una vez terminadas las intervenciones aludidas, el señor Presidente procedió a invitar a los representantes de varias asociaciones privadas en calidad de amici curiae para que expusieran sus argumentaciones, otorgándose un tiempo máximo de exposición de 5 minutos cada uno. Opinión La experiencia fue muy enriquecedora. Me llamó la atención la relatoría del Ministro Ayres Britto, quien no sólo hizo una exposición breve acerca de los contenidos de las peticiones, sino que también manifestó su parecer jurídico. En efecto, en nuestro país la función de relatoría está entregada a funcionarios abogados de vasta trayectoria judicial o de ejercicio jurídico. Tanto en el Tribunal Constitucional de Chile, como en el Poder Judicial, se encuentra entregada a los “relatores”: en el caso del Tribunal Constitucional existen cuatro relatores que son elegidos por el Pleno del mismo Tribunal mediante concurso público. En el caso del Poder Judicial, específicamente en la Corte Suprema, los relatores son jueces de carrera y son elegidos por concurso interno por el Pleno de ese máximo tribunal. Como puede advertirse los Ministros no ejercen esta función, y quizás se deba a que se propende para que el juez o Ministro sea absolutamente independiente para pronunciarse. Debo señalar que en el Tribunal Constitucional, en determinados casos, también se sesiona de manera similar a la que presenciamos hoy: las audiencias en esos casos son públicas y se admiten la intervención de la sociedad - representada por organizaciones -como amicus curiae. Es lo que sucedió, por ejemplo, con el proceso de inconstitucionalidad del artículo 38 ter de la Ley N° 18.933, denominada Ley de Isapres. En este proceso el propio Tribunal Constitucional decidió iniciar de oficio el proceso. El resultado de ello fue la dictación de la respectiva sentencia con fecha seis de agosto de dos mil diez (Rol N° 1710-10 INC), que declaró inconstitucionales (con efecto erga omnes) de los numerales 1, 2, 3 y 4 del inciso tercero del artículo 38 ter aludido.

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En Chile no se encuentra reconocida la unión homosexual bajo aspecto alguno. Sin embargo, recientemente al Tribunal Constitucional se presentó un requerimiento por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago en la que se pidió un pronunciamiento acerca de la constitucionalidad del artículo 102 del Código Civil que dispone en lo que interesa : “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente para toda la vida, …”. Se trata del requerimiento Rol N° 1881-10 INA, ingresado el 27 de diciembre de 2010, y tiene que ver con un recurso de protección interpuesto ante la Corte de Apelaciones de Santiago por tres parejas homosexuales en contra de Oficial de Registro Civil adjunto. En efecto, este funcionario público denegó la solicitud de una de las parejas para contraer matrimonio y, respecto de las otras dos parejas homosexuales, el mencionado funcionario no accedió a la convalidación o reconocimiento de esos matrimonios homosexuales celebrados válidamente en Canadá y Argentina, respectivamente. Este proceso fue declarado admisible el 6 de enero de 2011 y se encuentra actualmente en tramitación. En el caso eventual que se dicte sentencia que acoja este requerimiento, el efecto consistirá en la declaración de inaplicabilidad de la norma del artículo 102 del Código Civil sólo para esas tres parejas homosexuales, no tendrá efecto erga omnes. Como puede apreciarse, es muy importante la discusión generada en el Pleno del STF, sobre todo si se tiene en consideración que con fecha 5 de mayo del presente el STF por unanimidad reconoce la unión homo-afectiva como unión familiar. De esta manera, resulta de mucho interés poder acceder a las presentaciones, discusiones, materiales, jurisprudencia y doctrina presentada en la vista conjunta de las acciones ante el STF.

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VISTA AL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA  

Brasilia, 5 de mayo de 2011 Mónica Sánchez Abarca Tribunal Constitucional de Chile Santiago- Chile

  El día jueves 5 de mayo de 2011, y dentro del marco del programa, visitamos las instalaciones del Superior Tribunal de Justicia (STJ). I- Entrevista con el Vicepresidente del STJ - Gabinete STJ Acompañados por Vinicius Limongi, fuimos recibidos por el Vicepresidente del STJ, Ministro Felix Fischer, acompañado por su gabinete. En aquella ocasión pudimos intercambiar ideas, apreciaciones e informarnos acerca de la labor que se realiza en el STJ. El Ministro nos compartió que el STJ es la última instancia de la justicia brasilera para las causas de carácter infra-constitucional, principalmente relacionadas con el ámbito penal y público-administrativo. Nos expone que el STJ está compuesto por 33 Ministros divididos en 13 zonas o jurisdicciones. También expresó que este Tribunal fue creado por la Constitución de 1988 y se instaló al año siguiente (el primero proceso N° 001 es del año 1989). Asimismo, nos cuenta que el STJ se denominaba Tribunal Federal de Recursos. En cuanto al funcionamiento, nos indicó que se sesiona en Salas compuestas por 5 Ministros en cada una y que existe un total de 6 Salas. Le pregunté cuál era el flujo aproximado de ingresos de procesos que llegaban al conocimiento del STJ, a lo que el Ministro Felix Fischer me informó que el ingreso mensual es de alrededor de 10.000 causas mensuales y el ingreso anual alcanza un total aproximado de 300.000 causas. El señor Ministro nos comparte la suma importancia que tiene para él la posibilidad de intercambio entre los judiciales, pues les permite observar lo que deben perfeccionar y a la vez, poder contribuir con su experiencia a otros países al ser Brasil el mayor país de América Latina. Al finalizar la reunión protocolar, el señor Vicepresidente hizo extensivo sus saludos a los Ministros que componen nuestros sistema judicial en Chile y, muy gentilmente nos entregó un ejemplar de la Constitución de la República Federal de Brasil y un libro ilustrado del STJ, junto a una tarjeta de saludos firmada por él. II- Entrevista con los canales de televisión y radio A continuación, los canales de televisión nos pidieron poder ser entrevistados de manera separada y pese a que no estaba contemplado en el programa, accedimos a dicha petición. En general querían saber la por qué visitábamos el sistema judicial de Brasil y qué importancia tenía para nuestros países esta experiencia. La visita fue publicada como noticia en la página web del STJ, en el siguiente link: http://www.stj.jus.br/portal_stj/publicacao/engine.wsp?tmp. area=398&tmp.texto=101702

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III- Visita a las dependencias del proceso de digitalización de expedientes Fuimos recibidos por la encargada doña Teresa, quien nos hizo un breve resumen de las distintas etapas de las que se compone el proceso de digitalización de expedientes. Nos cuenta que antes de implementar este proceso, el tiempo que llevaba el ingreso de éstos para que fuera entregado a los Ministro era de 100 días, mientras que ahora se ha reducido a 7 días. Nos cuenta que el proceso de digitalización consta de distinta etapas y en cada una de ellas existe un grupo considerable de personas que trabajan divididas por departamentos. De esta manera, los pasos son los siguientes: Primer paso: recepción de los expedientes que se entregan a cada funcionario por orden de llegada. Estos funcionarios deben ingresar los datos más fundamentales de la causa. Segundo paso: limpieza de los expedientes. Es una etapa previa que consiste precisamente en limpiar los expedientes para que puedan ser escaneados. Nota: entre el primer y segundo paso existen 17 funcionarios. Tercer Paso: digitalización de expedientes. Nos informan que cada funcionario alcanza a digitalizar un promedio 5 a 6 expedientes diarios. Estos funcionarios trabajan por turnos de 6 horas, y existen 2 turnos. De esta manera, existe un total de 88 trabajadores, de los cuales 44 trabajan en la mañana y otros 44, en el turno de tarde. El aspecto más conmovedor fue saber que esos funcionarios eran todos sordomudos, que tienen asignado un traductor especial para comunicarse con las demás personas que no tienen esa incapacidad auditiva. Nos cuentan que la idea de incorporar a personas no oyentes comenzó a implementarse el año 2009. Las edades de estos funcionarios fluctúan desde los 18 hasta los 40 años, y sus respectivos contratos tienen una duración anual, pudiendo renovarse por el mismo período de tiempo. Cuarto paso: validación. Se trata de un sector donde la mayoría son estudiantes de derecho o con alguna capacitación especial que se encargan de comparar, hoja por hoja, el expediente material o físico con el expediente digital. El trabajo de estos funcionarios validadores termina con un certificado que debe emitir cada vez que terminan de revisar un expediente. Quinto paso: indexación. En este proceso, otros funcionarios se encargan de vincular cada pieza del expediente a un link. Es decir, deben relacionar las actuaciones más importantes con el documento que lo contiene de acuerdo a una pauta o listado de datos prefijados, que fue producto de un estudio efectuado por una comisión especial que determinó cuáles eran las etapas procesales más esenciales que deben ser registradas. Finalmente, una vez efectuada la labor de indexación, los expedientes son nuevamente devueltos al tribunal de origen.

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Opinión Personalmente, una de las experiencias más impactantes fue la de tener la oportunidad conocer la oportunidad de trabajo que el STJ le proporciona a las personas con discapacidad, en este caso, no oyentes. Es interesante saber que para poder hacer efectiva esta incorporación laboral se externalizó el trabajo de digitalización a través de convenios especiales entre el STJ y las distintas fundaciones. Estas fundaciones se encargan de prestar el servicio y proporcionan el traductor. Asimismo, es destacable que tener en consideración que parte importante de estos funcionarios son jóvenes y para algunos, este constituye su primer trabajo remunerado (que asciende a la cantidad aproximada de R$ 700 mensuales), lo que evita el evidente desempleo que normalmente sufren las personas con discapacidad. Nos contaron que el Poder Judicial del Brasil está preocupado por cumplir con las normas ISO y que actualmente, la Secretaría Judiciaria es la que cuenta con esa certificación. En relación a la digitalización de expedientes, debo destacar que en Chile, el Tribunal Constitucional es el único organismo que tiene digitalizados los expedientes íntegramente. En efecto, este proceso se enmarcó dentro de un proyecto iniciado el año 2009 a fin de cumplir con las normas de transparencia con el objeto principal de acercar al usuario al Tribunal. De esta manera, cualquier persona, puede ingresar al sitio web del Tribunal Constitucional y ver un expediente completo. Por otra parte, hice presente que en el Tribunal Constitucional de Chile existe sólo un funcionario que se encarga de efectuar la labor de digitalización de cada expediente de manera completa, además de vincular cada actuación tanto del tribunal como de las partes a un link. Creo que en algún momento, quizás esta labor requerirá de más funcionarios, en la medida que el ingreso aumente, por lo que considero de sumo interés tener en cuenta la idea implementada por el STJ. IV- Visita a las Salas de sesiones A continuación, en compañía del señor Carlos Eduardo, visitamos las Salas donde sesiona el STJ. En aquella ocasión participamos de la sesión de la Primera Sala, y su distribución se puede apreciar según el siguiente esquema: Un representante del Ministerio Público

Presidente de la Sala (un Ministro)

Ministro 1 Ministro 3

Personal asistente (Personal de colaboración del Presidente)

Ministro 2 Ministro 4 Taquígrafo

Abogado exponente

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P ú b l i c o

La sesión es iniciada por el Ministro que preside y luego otorga la palabra al Ministro Relator, quién expone un resumen del asunto y también da su parecer acerca del conflicto suscitado. Posteriormente, se otorga la palabra al o los abogados que realizan sus presentaciones orales, mientras todo lo actuado está siendo registrado por el taquígrafo y por el registro de audio. En el STJ, existen tres secciones especializadas de juzgamiento y cada sección está formada por dos Salas y cada sala está integrada por cinco Ministros: la Primera Sección está compuesta por la Primera y Segunda Sala – que ven materias de derecho administrativo y tributario-; la Segunda Sección, integrada por la Tercera y Cuarta Sala –que deciden asuntos de derecho privado, examinar las cuestiones de Derecho Civil y Comercial-; y la Tercera Sección, que está compuesta por la Quinta y Sexta Sala –que ven materias de Derecho Penal, hábeas corpus y de seguridad social, acciones de cesación contra los ministros de Estado y de asuntos de derecho público y privado no están cubiertos por la Primera y Segunda secciones. Opinión A - Diseño arquitectónico. Me llamó la atención el diseño de arquitectura. Curiosamente, pudimos apreciar que el cielo o techo del edificio está confeccionado con material auto-limpiante, con un diseño profesional y muy bien pensado. A su vez, resulta interesante el diseño de arquitectura de las salas, ya que éstas se encuentran dispuestas como un anfiteatro, donde el público se encuentra ubicado en la parte superior y los Ministros en la parte inferior. Ante esta observación, el encargado me contó que este diseño se hizo para representar que “la justicia está al servicio del pueblo y no al revés”: B - Cuidado al medio ambiente. Una vez más, al igual que en las instalaciones del STF, en el Superior Tribunal de Justicia (STJ), en cada planta o piso existe un lugar definido y muy bien dispuesto para el desecho. Se trata de depósitos de basura divididos por color, donde cada receptáculo tiene señalado cada tipo de desecho, como puede apreciarse en la siguiente imagen:

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C - Relatoría. Es interesante conocer que en todos los tribunales visitados, esta función es desempeñada por uno de los Ministros que integra cada sesión, ya que en nuestro país se encuentra depositada en funcionarios especiales que no son Ministros. V- Visita a la Corte Especial Esta Corte constituye el máximo tribunal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y está compuesta por el Presidente y los 15 Ministros más antiguos del mismo. La jurisdicción de la Corte Especial no está sujeta a la especialización y su competencia se encuentra regulada en el artículo 11 del Reglamento Interno del STJ, como por ejemplo, el juzgamiento de los procesos criminales originarios, habeas corpus, dirime los asuntos jurídicos suscitados entre los demás tribunales, como sucede con los conflictos de competencia entre las distintas. Igualmente, le compete aprobar, en lo que le atañe, los resúmenes de jurisprudencia del STJ acerca de determinadas materias y que sirven de base para otras instancias de la justicia brasileña, entre otros. VI- Participación en charlas educativas A continuación, tuvimos la ocasión de ingresar a una de las Salas del STJ, donde estaban dando una charla educativa a estudiantes escolares. Estas charlas son efectuadas por funcionarios abogados o con preparación especial. En esta oportunidad, los alumnos –que venían de asistir a una sesión de una de las Salas- eran instruidos acerca de lo que vieron, se les explica cómo es el funcionamiento del STJ, como también se les explica cómo se ingresa al Poder Judicial, para qué sirve la profesión de abogado y, en general, se les efectúa una clase general de educación cívica. Opinión Lo que más me llamó la atención es que sólo se invitan a estudiantes escolares que pertenecen a colegios públicos. Asimismo, que las charlas eran efectuadas específicamente por los mismos funcionarios del STJ. En Chile, también se hacen recorridos con visitas a sesiones. En el Caso de la Corte Suprema, el Departamento de Comunicaciones de la Corte Suprema es quien se encarga de efectuar las visitas y en ellas participan tanto colegios públicos como privados, como también estudiantes de derecho de todas las Universidades que imparten la carrera. En estos casos, un funcionario del citado Departamento sirve de guía y los estudiantes deben estar acompañados de un profesor de la institución educacional a la que pertenecen, quién es el que les explica acerca de lo que vieron de manera conjunta con el funcionario de la Corte Suprema. En el caso del Tribunal Constitucional de Chile, se reciben visitas a toda persona interesada en conocer las instalaciones del Tribunal, en especial por tratarse de una construcción del tiempo de la Colonia, el público constantemente está interesado en visitar sus instalaciones. Por otra parte, el tribunal Constitucional tiene un Departamento de Ceremonial y Protocolo que, dentro de otras funciones, se encarga de programar las vistas de Universidades y Colegios tanto públicos como privado, en que sus alumnos tienen la posibilidad de asistir a sesiones del Tribunal Pleno. Posteriormente, participan de charlas explicativas efectuadas por el Jefe del Departamento que es abogado, junto al profesor que acompaña a los estudiantes.

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VII- Visita a la Sala de Plenario del STJ. (última parte del programa del día) En esta gran Sala sesiona el Consejo compuesto por todos los Ministros del STJ y se constituye como órgano que resuelve los asuntos administrativos que dicen relación con la responsabilidad de los jueces. Asimismo, en esta gran sala se efectúan los juramentos de los miembros que integran el STJ. Aquí se vota para elegir Presidente y al Vicepresidente del STJ, que son renovados cada dos años. Igualmente, en este Pleno se ven materias administrativas relacionadas con las Reglas de Procedimiento del Tribunal Supremo y sus modificaciones, así como los nombres que integran las listas de triples de los magistrados, jueces, abogados y fiscales que han de componer el STJ. Opinión Lo más impresionante fue el enorme espacio que está destinado para que funcione el Consejo. Frente a ello, pregunté cuál era la razón, a lo que me informaron que ello se debe principalmente a que cuando hay un juramento de Ministro del STJ la cantidad de invitados es considerable (normalmente se efectúan 3.000 invitaciones). lAs demás sesiones no son públicas. Otro aspecto interesante es nuevamente su arquitectura que siempre tiene un sentido. Especialmente dispuesta en una extensa muralla frente a los Ministros se encuentra una gran escultura. Se trata de una mano con un ojo en su centro y, según me informaron, significa que “la justicia está siendo observada”. La imagen puede apreciarse a continuación:

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VISITA AL TRIBUNAL SUPERIOR DE TRABAJO  

Brasilia, 6 de mayo de 2011 Mónica Sánchez Abarca Tribunal Constitucional de Chile Santiago- Chile

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Cumpliendo con el programa estipulado, con fecha viernes 6 de mayo de 2011, acompañados por Vinicius Limongi, concurrimos a efectuar la visita al Tribunal Superior del Trabajo (TST). I- Recepción y entrevista con juez Alejandro Acevedo Fuimos recibidos por las personas del Departamento de Ceremonial y Protocolo del TST, quienes nos acompañaron a la Presidencia, ocasión en la que nos entrevistamos con el juez Alejandro Acevedo en representación del Presidente del TST. En dicha oportunidad sostuvimos una agradable conversación, donde fuimos informados acerca de la labor, estructura y funcionamiento del tribunal. En rasgos generales, el juez Alejandro Acevedo nos cuenta que el TST –con su sede en Brasilia- constituye una instancia extraordinaria, tiene jurisdicción en todo el territorio nacional y su función principal radica en uniformar la jurisprudencia laboral. En cuanto a su composición, según lo establece el artículo 111-A de la propia Constitución de la República, el TST se encuentra integrado por 27 Ministros (con un requisito de edad que va desde un mínimo de 35 años hasta 65 años como máximo), entre los cuales, la quinta parte está compuesta por abogados de libre ejercicio y por miembros del Ministerio Público del Trabajo que tengan, al menos, diez años de experiencia profesional. La parte restante, la componen demás jueces de carrera que integran los Tribunales Regionales del Trabajo. Estos Ministros son nombrados por el Presidente de la República previa aprobación por la mayoría absoluta del Senado Federal. En cuanto al ingreso de causas, nos informó que éstas alcanzaron el año 2010 a un total aproximado de 204.211 causas. En cuanto a las causas falladas durante el mismo año, fueron alrededor de 211.979. Actualmente, hasta el mes de marzo de 2011, existe un ingreso total de 35.832 causas y han fallado un total de 38.832 procesos, manteniendo una cantidad de 163.572 causas pendientes de fallo de años anteriores. Por otra parte, en cuanto a la estructura orgánica de la judicatura laboral, nos indica que en el tramo superior se encuentra el TST, luego, la segunda instancia se encuentra constituida por 24 Tribunales Regionales del Trabajo (TRTs) y, en la primera instancia, se encuentran los Tribunales del Trabajo. A fin de tener un panorama general de la cantidad de jueces que componen los TRTs, el siguiente es el listado: 1ª Región (Rio de Janeiro) 54 jueces; 2ª Región (São Paulo) 94 jueces; 3ª Región (Minas Gerais) 36 jueces; 4ª Región (Rio Grande do Sul) 36 jueces;

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5ª Región (Bahia) 29 jueces; 6ª Región (Pernambuco) 18 jueces; 7ª Región (Ceará) 8 jueces; 8ª Región (Pará) 23 jueces; 9ª Región (Paraná) 28 jueces; 10ª Región (Distrito Federal/Tocantins) 17 jueces; 11ª Región (Amazonas) 8 jueces; 12ª Región (Santa Catarina) 18 jueces; 13ª Región (Paraíba) 8 jueces; 14ª Región (Rondônia) 8 jueces; 15ª Región (Campinas/SP), 36 jueces; 16ª Región (Maranhão) 8 jueces; 17ª Región (Espírito Santo) 8 jueces; 18ª Región (Goiás) 8 jueces; 19ª Región (Alagoas) 8 jueces; 20ª Región (Sergipe) 8 jueces; 21ª Región (Rio Grande do Norte) 8 jueces; 22ª Región (Piauí) 8 jueces; 23ª Región (Mato Grosso) 8 jueces; 24ª Región (Mato Grosso do Sul) 8 jueces. Finalmente, nos señaló que en esta Magistratura existe la Escuela Nacional de Formación y Perfeccionamiento de Magistrados del Trabajo (ENAMAT), cuya labor y funcionamiento sería presentado luego de esta reunión. II- Visita a ENAMAT (www.enamat.gov.br) A continuación, concurrimos a conocer la Escuela Nacional de Formación y Perfeccionamiento de Magistrados del Trabajo (ENAMAT) que funciona en el mismo edifico del TST. Fuimos recibidos por su Vice-Director, el Ministro Horacio Raymundo de Senna Pires y por el Ministro Walmir Oliveira da Costa, ambos son Ministros del TST. Junto a los señores Ministro, tuvimos una charla expositiva con una presentación en data-show -a cargo del juez Gio Olson- acerca del Poder Judicial y ENAMAT. En general, nos enteramos que esta Escuela fue instituida por el Tribunal Superior del Trabajo (TST) como un órgano autónomo, el 1° de junio de 2006. Tiene como objeto fundamental la selección, formación y perfeccionamiento de jueces del trabajo. El Ministro Horacio Senna Pires nos cuenta que, actualmente, existe un total de 3.200 jueces del trabajo a nivel nacional. Asistimos a un curso de perfeccionamiento que se estaba realizando en una de las aulas de ENAMAT. En aquella ocasión se impartía a los jueces del trabajo, un curso acerca de la relación del juez con la prensa. Opinión

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Quiero destacar una frase que constituye algo así como lo que llamamos en Chile eslogan o lema, a saber: “ENAMAT, donde la justicia va a la escuela”. A diferencia de lo que ocurre en Chile, este organismo prepara a quienes ya se encuentran investidos en su calidad de juez. En efecto, en la reunión sostenida con los señores Ministros, hice ver esa diferencia, informándoles que en el Poder Judicial chileno, para ingresar a la carrera judicial, previamente debe ingresar por concurso a la Academia Judicial de Chile (que vendría a ser el símil de ENAMAT) y, luego de sólo aprobado el curso, puede el postulante ser juez. Los Ministros manifestaron su interés al respecto, pues, según me contaron, existe la idea de agregar un sistema de selección previa similar a la que se hace en Chile, pues, en el caso de Brasil, todo abogado que cumpla algunos requisitos especiales y luego de concursar, puede ser juez. No existe un examen de selección previa. Resultó muy interesante participar del curso que se impartía ese día, ya que los jueces eran instruidos acerca del comportamiento y ciertos consejos para poder enfrentar una entrevista de cualquier especie con la prensa. Pedí algún material y me dieron un pequeño cuadernillo que contiene los consejos y datos acerca de lo que debe hacer un juez que se enfrenta a una entrevista. En Chile, según mi opinión personal, no existe una preparación tan integral como ésta. Dada la importancia que existe de entregar a la ciudadanía una información clara y cercana acerca de la labor judicial, es indispensable tener este tipo de herramienta. Finalmente, no puedo dejar de destacar que el edificio que alberga el TST está perfectamente diseñado. En efecto no se siente ruido, pese a que hay muchas personas trabajando no se ve demasiada gente, al contrario, el ambiente es de tranquilidad, el que se ve reforzado por el hermoso paisaje urbanísticos y de sus alrededores. El edificio cuenta con 96.000 metros cuadrado, perfectamente dispuestos.

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VISITA AL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE DISTRITO FEDERAL Y TERRITORIOS TJDFT  Brasilia, 9 de mayo de 2011 Mónica Sánchez Abarca Tribunal Constitucional de Chile Santiago- Chile



El día 9 de mayo, acompañados por Vinicius Limongi, y junto a las estudiantes pasantes de Argentina y Chile, concurrimos a efectuar una visita al Tribunal de Justicia del Distrito Federal y Territorios (TJDFT). I- Recepción y entrevista con los Jueces (desembargadores) del TJDFT. Presentación en data-show: Programa Comunitario.

Fuimos recibidos por las personas del Departamento de Ceremonial y Protocolo del TST, quienes nos acompañaron a la Presidencia, ocasión en la que nos entrevistamos con los desembargadores de Primera instancia, don Eduardo Henrique Rosas (del Sexto turno en materia de Propiedad Pública del Distrito Federal) don James Eduardo da Cruz de Moraes Oliveira (del primer turno en materia Civil de Brasilia). Previamente nos hicieron una presentación en data-show acerca de un programa denominado “Programa de Justicia Comunitaria”. Según nos explican, este programa fue creado en el mes de octubre del año 2000 y cuyo objetivo principal fue democratizar la justicia, entregando al ciudadano y a las comunidades la posibilidad de solucionar sus propios conflictos de manera autónoma. Para ello, el programa prepara a determinadas personas -que son líderes de su comunidad y que se encuentran interesados en participar- para que hagan las veces de lo que podríamos denominar agentes conciliadores o mediadores. Las personas de la comunidad en conflicto acuden ante este mediador y pueden llegar a un acuerdo voluntario que se firma por escrito ante la mediadora. Este acuerdo no pasa a ser visado o aprobado para que se cumpla, salvo en caso de incumplimiento por alguna de las partes, caso en el cual, el cumplimiento de dicho acuerdo puede solicitarse forzadamente por en tribunal de primera instancia. Nos cuentan que, actualmente, este programa se encuentra instalado en las ciudades satélites de Ceilândia e Taguatinga y cuenta con 40 agentes comunitarios. Composición y jurisdicción El Tribunal de Justicia del Distrito Federal y Territorios (TJDFT), se encuentra compuesto por 325 desembargadores, de los cuales 35 corresponden a desembargadores de segunda instancia. Los desembargadores de segunda instancia funcionan en Salas Civiles y Criminales: existen seis Salas en materia civil y dos Salas en materia criminal. A su vez, dos Salas juntas conforman una Cámara. En este caso existe una Cámara Criminal y tres Cámaras Civiles. Finalmente, los desembargadores de segunda instancia también funcionan en Pleno, para resolver acerca de materias de carácter administrativo.

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Organización interna En relación a su organización, ésta puede advertirse del siguiente organigrama:

Movimiento de causas En cuanto al ingreso de causas, los jueces nos informaron que durante el año 2010, ingresó un total aproximado de 200.000 causas, de las cuales se encuentran falladas un porcentaje equivalente al noventa y dos por ciento (92%). Solicité información acerca de la cantidad de causas que tienen con atraso de años anteriores, y me indicaron que ellas alcanzan un porcentaje aproximado de un 15 por ciento (15%) del total. Ahora bien, también se nos señaló que, teniendo la preocupación justamente por el retardo en el fallo de causas antiguas, el Consejo Nacional de Justicia estableció a nivel de tribunales de primera instancia una gestión de metas, en la que se solicitó como el cumplimiento en el fallo de la totalidad de las causas pendientes registradas al año 2006. Dicha meta ha sido cumplida en un noventa por ciento (90%). Jurisprudencia A rasgos generales, los señores desembargadores nos informaron que en materia administrativa, destacan materias como las siguientes: a.- Suministro gratuito de la medicina respecto de personas que no dispongan de recursos económicos para costearlos. En este caso, el TJDFT estimó esta obligatoriedad continua del Estado, pues es la Constitución la que dispone la promoción de la salud estatal para la persona; b.- Pago en efectivo de vacaciones servidor público y su incidencia en el impuesto sobre la renta. El TJDFT estimó que no se puede recuperar el impuesto sobre la renta correspondiente a las vacaciones de un funcionario público cuando se convierte en un pago en dinero efectivo. II- Visita audiencia en sala criminal Tuvimos la oportunidad de presenciar una audiencia en juzgaba un delito tributario. La Sala, estaba compuesta por 4 desembargadores, más el representante de la

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procuraduría general y el abogado de la defensa del imputado que se encontraba privado de libertad. Debo hacer presente que el Presidente de dicha Sala, Desembargador Romão Cícero de Oliveira, tuvo la deferencia de presentarnos ante la audiencia, nombrándonos uno a uno e informando que nuestra visita se enmarca dentro del Convenio con las Cortes del MERCOSUR, Programa Joaquim Nabuco, para magistrados y profesionales abogados. Opinión En relación a la información de flujo de causas ingresadas al TJDFT, sostuve una conversación con el desembargador Eduardo Henrique Rosas, quien me comentó que pese a las políticas de educación y mejoramiento en la resolución alternativa de conflictos, el ingreso de causas no ha disminuido, sino que sigue aumentando. Al respecto, concordamos que era muy probable, que una de las razones de este aumento constante sea justamente la educación cívica judicial que recibe el ciudadano que conoce sus derechos y cómo puede acceder a la justicia y, por otro lado, un factor interesante estaría constituido por los medios de comunicación cuya repercusión tiene mayor llegada a nivel país. Es preciso destacar el “Programa de Justicia Comunitaria”, ya que, si bien es cierto, en Chile existe la institución de la Mediación como método alternativo de solución de conflictos, ésta se encuentra a cargo de personas profesionales que se preparan a través de un curso especializado que imparten Universidades e Institutos aprobados. Además, los acuerdos alcanzados en una mediación deben ser aprobados judicialmente para que tengan la fuerza obligatoria. Finalmente, no existe en Chile esta figura de “facilitador” que se entrega a una persona común. Otra vez llama la atención el diseño arquitectónico. En este caso, la Sala donde funciona el Pleno del TJDFT, fuera de estar dispuesta como un gran anfiteatro, en una de sus paredes, un gran mural colorido representaba la frase “la justicia alcanza al ciudadano”. Asimismo, comenté con el desembargador Eduardo Henrique Rosas la noticia publicada en la página web del STJ acerca de una acción en la que un hincha demandó por daño moral al árbitro de fútbol en razón a que considera que por su error en el arbitraje, su equipo había perdido. El desembargador me indicó que también había visto la noticia y que llama la atención por lo novedoso del fundamento para pedir el daño moral. Los jueces están muy interesados en conocer la labor judicial desempeñada en nuestros países y destacan la importancia que tiene este programa de intercambio. Nuestra visita fue publicada en su sitio web, como puede advertirse en el siguiente link: http://www.tjdft.jus.br/trib/imp/imp_not.asp?codigo=15891

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VISITA A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - PGR Brasilia, 10 de mayo de 2011 Mónica Sánchez Abarca Tribunal Constitucional de Chile Santiago- Chile

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Con fecha 10 de mayo, acompañados por Vinicius Limongi, y junto a las estudiantes pasantes de Argentina y Chile, concurrimos a efectuar una visita a la Procuraduría General de la República (PGRM), que pertenece al Ministerio Público Federal. I- Recepción y entrevista con el Contralor adjunto Fuimos recibidos por las personas del Departamento de Ceremonial y Protocolo de la Procuraduría. Posteriormente, nos recibió el Subprocurador General de la República, señor Edson Almeida, con quién sostuvimos una reunión muy cordial e interesante. Organización Luego de hacer las respectivas presentaciones de rigor, el Subprocurador nos cuenta que a la cabeza del Ministerio Público se encuentra el Procurador General de la República, quien tiene la representación de la Fiscalía Federal y el Ministerio Público Federal, además de actuar como abogado de las elecciones generales.

(información extraída de la página web: http://www.pgr.mpf.gov.br/conheca-o-mpf/estrutura/organograma)

Asimismo, nos indica que dentro del Ministerio Público de Brasil se encuentran los Ministerios Públicos de los Estados (MPE) y el Ministerio Público de la Unión (MPU). En este último, a su vez, están comprendidos el Ministerio Público Federal, el Ministerio Público del Trabajo, el Ministerio Público Militar y el Ministerio Público del Distrito Federal y Territorios.

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Nombramiento

En cuanto los nombramientos, nos expresa que el Procurador General, es elegido y nombrado por el Presidente de la República, previa aprobación por mayoría absoluta del Senado; a diferencia de los que ocurre con los demás fiscales estaduales, que son elegidos por el Gobernador respectivo de una terna. Los requisitos para acceder al cargo, consiste en tener un mínimo de 35 años de edad y haberse desempeñado como fiscal en el Ministerio Público por un período de tiempo no inferior a 10 años. El tiempo de duración en el cargo se extiende hasta los 70 años de edad, salvo impedimento o renuncia. Atribuciones Nos informa que, según lo consagra la Constitución de la República Federal de Brasil, el Procurador General de la República siempre debe ser oído en las acciones de inconstitucionalidad y en los procesos que son de competencia del Supremo Tribunal Federal (STF). Es lo que pudimos constatar en la sesión del Pleno del STF cuando se discutió el reconocimiento de las uniones homo-afectivas como unión estable. En este aspecto, el Procurador nos advierte una peculiaridad. En efecto, señala que la Fiscalía del Ministerio Público no sólo le competen materias de carácter penal, sino que también le compete ver materias en las que se encuentren involucrados derechos colectivos, derechos del consumidor, derecho medio ambiental, protección a las minorías éticas, derechos humanos y defensa del patrimonio cultural. Por otra parte, expresa que se trata de un organismo independiente de los poderes del Estado, y le corresponde la defensa del orden jurídico, del régimen democrático y de los intereses sociales e individuales indisponibles. Destaca también, que en el Ministerio Público no existe relación de subordinación en su estructura funcional, señala que no hay una estructura piramidal que implique que existe jerarquía. Infraestructura Nos informa que en Brasilia, la Procuraduría funciona en tres edificios y en el que hoy visitamos, fue inaugurado el año 2002 y proyectado por el famoso arquitecto Oscar Neimeyer, quien los concibió como dos cilindros: uno sobre tierra y el otro, suspendido. La idea del arquitecto fue representar que los fiscales requieren de tiempo para pensar de manera independiente y abstraída, por lo que en el cilindro suspendido se encuentran éstos. En cambio, toda la parte administrativa se encuentra en el cilindro anclado a tierra, pues pensó que esta parte requiere de una labor más concreta y aterrizada.

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Visita al memorial de la Procuraduría Luego de terminada la reunión, el señor Fiscal Edson Almeida, muy gentilmente nos invitó a efectuar una visita al Memorial del TJ-DFT dispuesto, según nos comenta, en un lugar donde antes funcionaba el comedor o restaurante de la Procuraduría. En este museo, se relataba de manera muy práctica y clara la historia de este organismo, a través de grandes láminas con ilustraciones y claros esquemas.. Opinión Un tema interesante fue saber que el Ministerio Público no tiene una competencia limitada a las materias de carácter criminal, como sí ocurre en Chile, donde la competencia del Ministerio Público es sólo penal. Por otra parte, en relación a su estructura organizativa, claramente es más compleja que la que poseemos en Chile. En nuestro país, el Ministerio Público un organismo autónomo, no forma parte de ninguno de los tres Poderes del Estado. Su función principal consiste en dirigir la investigación de los delitos, llevar a los imputados a los tribunales, como asimismo, dar protección a víctimas y testigos. A la cabeza del Ministerio Público se encuentra el Fiscal Nacional. A su vez, existen 18 Fiscalías Regionales, cada una de las cuales son dirigidas por un Fiscal Regional y un equipo directivo. La Fiscalía trabajan en colaboración con Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) y los organismos auxiliares como el Servicio Médico Legal, el Servicio de Registro Civil e Identificación, y el Instituto de Salud Pública. En lo que atañe a la digitalización de expedientes que llegan a su conocimiento, pese a considerar que ha significado una buena herramienta de trabajo, reconoce – personalmente- que no se fía mucho de los expedientes digitales, ya que en ocasiones se ha encontrado con documentos mal ingresados o piezas que no figuran en él. Dice preferir aún la confiabilidad de tener en sus manos el expediente físico.

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VISITA A LA CENTRAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO  

Brasilia, 11 de abril de 2011 Mónica Sánchez Abarca Tribunal Constitucional de Chile Santiago- Chile

  Junto a los Magistrados Miryam Peña -de Paraguay- y Edgardo Ettlin -de Uruguay-, con fecha 11 de mayo del presente año, concurrimos a realizar nuestra visita a la denominada “Central de Atendimiento Ciudadano”. Nos recibió la Asesora de Presidencia, doña Marisa de Souza Alonso, quien tiene a su cargo este departamento. En su despacho sostuvimos una reunión muy interesante acerca de la labor que desempeña este departamento. I- Acerca del Programa de Atendimento Un poco de historia Marisa nos cuenta que este esta central nació de una inquietud frente a la gran cantidad de cartas que recibían de las personas que requerían de orientación. En efecto, corroborando la información que el funcionario Marcos Alegre nos entregó el primer día de nuestra pasantía, Marisa nos cuenta que este proyecto ideado por el Ministro Gilmar Mendes, con el objeto de establecer un canal de comunicación entre el STF y el ciudadano, ya que se dieron cuenta que existía mucha necesidad o demanda de información: el ciudadano se sentía desamparado frente al aparato estatal que veía cada vez más lejano e inaccesible. Según nos explican, el ciudadano común piensa que si no se puede conseguir algo en el STF no se puede alcanzar solución alguna en otro lugar, por eso recurrían y recurren al STF. Cuando se tomó la decisión de abordar el proyecto, debieron plantearse ciertos cuestionamientos previos para poder comenzar con su implementación. De esta manera, los cuestionamientos que se hicieron junto al Ministro aludido fueron los siguientes: a) la primera pregunta fue si la ciudadanía tenía inquietud de saber acerca del STF, si existía una demanda al respecto. La respuesta fue: “sí, existe demanda y mucha”; b) la segunda pregunta que se expuso fue cuáles eran los canales de comunicación y cómo se trataban las materias. La respuesta fue que hasta ese entonces existía un solo medio: el correo institucional vía mail y por medio de cartas materiales; c) la tercera pregunta planteada fue si sólo respondían materias propias del STF o incluían otras consultas diversas que no tenían relación con el STF. Ante la gran demanda de orientación y educación cívica de la ciudadanía, la respuesta fue obvia: respondamos y orientemos en todos los aspectos sin

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limitaciones (salvo consultas que no esperan respuestas, que son sólo opiniones). Teniendo, entonces, claro el servicio y finalidades que prestaría este departamento, a través de la Resolución 361, con fecha 21 de mayo de 2008, fue creada la Central de Atendimiento Ciudadano del STF. Organización Nos cuentan que este departamento se encuentra situado bajo la dependencia de la Secretaría General de la Presidencia como uno de los cuatro departamentos relacionados con la tramitación de las causas y comunicaciones:

Ubicación en sitio web del STF: (http://www.stf.jus.br/portal/principal/principal.asp) Este departamento tiene dispuesto dos lugares en los que el usuario puede acceder de manera muy simple: uno de ellos se ubica en la parte superior; y otro, más abajo, en un link especialmente destacado, como puede advertirse a continuación:

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Volumen de consultas Frente a esta inquietud que le planteamos, Marisa de Souza, nos cuenta que, en la actualidad, esta Central recibe alrededor de 150 a 200 cartas físicas diarias y aproximadamente 1.000 solicitudes de información enviados por correo electrónico. La mayoría de estas cartas y correos dicen relación con reclamos por la tardanza de jueces en fallar sus causas, otras por las cuales solicitan les expliquen sentencias dictadas, como también solicitudes de información respecto de otros organismos estatales, a lo que este departamento redirecciona a los órganos respectivos para que éstos reciban y se encarguen de esos requerimientos. Infraestructura Cuentan con un espacio adecuado para desempeñar las labores que presta todo el personal, donde los funcionarios digitalizan cartas físicas, las incorporan al sistema

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computacional que poseen y las contestan. Lo mismo ocurre con los mails que se envían, los cuales se responden en un tiempo breve. Asimismo, existe un formulario que se debe llenar y que facilita bastante la labor del funcionario que responderá la consulta. Igualmente es preciso señalar que también reciben consultas que se efectúan por personas que concurren directamente al STF. Opinión Como lo señalé en un relatorio anterior, en nuestro país y dentro del marco de cumplimiento a las normas de transparencia que exige la ley, también existen canales de comunicación iniciados recientemente de manera informal, a través del correo-mail que tienen las páginas web, tanto del Poder Judicial, como del Tribunal Constitucional. Para el caso que nos convoca, en el Tribunal Constitucional la labor se encuentra repartida en razón al medio por el cual se efectúan las preguntas. De esta manera, las preguntas que se hacen por escrito, son resueltas por la Secretaria Abogada del Tribunal Constitucional y, las preguntas y/o planteamientos de diversa índole efectuados vía e-mail por el correo institucional, son satisfechas por la suscrita, señora Oficial Primero Abogado del mismo Tribunal. El Tribunal Constitucional está permanentemente preocupado de esta situación, que también palpa de manea directa. En su interés por acercarse a la ciudadanía y realizar y mejorar los canales de comunicación que actualmente existen, el Tribunal Constitucional nos encomendó esta labor. Sin embargo, puede reconocerse que estamos en una etapa inicial, no poseemos programa informático, razón por la cual se hace muy interesante poder aprender del sistema que opera en esta Central de Atendimiento e igualar su sistema para optimizar el nuestro en este aspecto. A modo personal, pienso que quizás podrían considerarse comenzar un proyecto en conjunto con la Corte Suprema que también podría servirle la experiencia lograda por este departamento del STF. II- Acerca del Programa Comenzar de nuevo. Junto al funcionario Marcos Alegre, Marisa de Souza nos indica que el STF ha implementado paralelamente otro programa denominado Comenzar de Nuevo dirigido específicamente a las personas privadas de libertad que se encuentran cumpliendo el último tiempo de su condena, con buena conducta. Estos condenados deben estar sometidos al régimen semi-cerrado, pues posibilita que trabajen en el día y vuelvan a dormir en la noche en el centro de reclusión respectivo. La labor que realizan es remunerada, lo que posibilita también el mejoramiento de su vida. A fin de tener una visión más real y directa, Marisa de Souza nos invita a tener una reunión con uno de los beneficiarios del programa que se encuentran actualmente trabajando en este departamento. Se trata de Erivelton, quien nos comparte su exquisita experiencia en este pasar. Nos enteramos que se encuentra cumpliendo el último tiempo de su condena bajo –lo que en Chile llamamos reclusión nocturna- por un crimen alto y que se encuentra participando en este programa hace dos años. Cuando llegó no sabía nada de computación, ya que el tiempo de encierro completo

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provoco una importante desactualización, en especial en lo que a informática se refiere. Nos cuenta orgulloso que hoy está encargado de digitalizar las cartas que llegan al STF, como asimismo de responderlas, dentro de las cuales le ha tocado leer cartas de personas que se encuentran como él estuvo años atrás. Actualmente existen 40 cupos, de los cuales sólo 10 de ellos se encuentran liberados para ser llenados mediante concurso. Opinión La peculiaridad de este programa es que es el mismo Tribunal que recibe determinado tipo de presos para que cumplan funciones en el mismo STF. Aunque se podría afirmar que su implementación conlleva ciertos riesgos -sobre todo si consideramos el lugar donde el privado de libertad estará prestando servicios remunerados-, la Central de Atendimiento no ha tenido problemas de esta especie. Finalmente, al preguntarle cuál serían los costos y beneficios que este programa ha traído, me indicó que ha sido beneficioso para ambos, ya que por un lado el recluso vuelve a sentirse útil, por otro, se ha producido un efecto realmente bueno para los funcionarios, ya que han aprendido a no discriminar y a entender que se trata de personas que sólo necesitan una oportunidad.

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