PROYECTO DE DERECHOS HUMANOS: Divulgación y fortalecimiento de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario en el departamento de

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PROYECTO DE DERECHOS HUMANOS: “Divulgación y fortalecimiento de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario en el departamento de Casanare. DIFUSIÓN, PROMOCIÓN Y SENSIBILIZACIÓN DE LA LEY 1098 DE 2006 INFANCIA Y ADOLESCENCIA Y 1620 DE 2013 CONVIVENCIA ESCOLAR, CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA PERTENECIENTE A LA EDUCACIÓN MEDIA VOCACIONAL EN LOS MUNICIPIOS DE YOPAL, SABANALARGA, VILLANUEVA, MONTERREY, TAURAMENA, AGUAZUL, CHAMEZA, RECETOR.

INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1098/2006 OBJETIVO

Garantizar las condiciones materiales y afectivas necesarias para el ejercicio pleno de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes, con especial énfasis en los derechos en mención. Reconociendo a la familia como contexto primario para el desarrollo armónico, la construcción de relaciones basadas en el respeto de las diferencias y como ámbito primordial de socialización y de formación de virtudes y aptitudes cívicas y democráticas.

INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1098/2006 1098/2006

5. CLASIFICACIÒN DE DERECHOS

1. FINALIDAD

2. OBJETO

4. CORRESPONSABILIDAD

3. RESPONSABILIDAD

INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA 1098/2006 1. FINALIDAD Garantizar a los niños, las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna.

2. OBJETO Establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.

3. RESPONSABILIDAD El Presidente de la República, los gobernadores y alcaldes son los encargados del diseño, la ejecución y la evaluación de las políticas públicas de infancia y adolescencia en los ámbitos nacional, departamental, municipal y distrital, esta responsabilidad es indelegable y conlleva a la rendición pública de cuentas.

4. CORRESPONSABILIDAD

EL ESTADO

En la Dirección, Coordinación, promoción, y Educación, la Prestación de servicios, en la vigilancia y restitución de los derechos.

SOCIEDAD COMUNIDAD

FAMILIA

Prioridad efectiva entorno del desarrollo de los NNA.

Núcleo primario de protección y desarrollo.

5. CLASIFICACIÒN DE DERECHOS

PROTECCION

EXISTENCIA

DESARROLLO

CIUDADANIA

5. CLASIFICACIÒN DE DERECHOS EXISTENCIA (Preservar la vida)

Salud materna Familia

Nutrición alimentación

Todos vivos , sanos y con familia

5. CLASIFICACIÒN DE DERECHOS

DESARROLLO (Mejores personas)

Educación de calidad Vacunas

Afecto - amor Fisico - Mental Ser mejores Personas

5. CLASIFICACIÒN DE DERECHOS

CIUDADANIA

Participación

Libres

Registro civil Nombre

Vivir en Sociedad

Igualdad

5. CLASIFICACIÒN DE DERECHOS

PROTECCIÓN Violencia intrafamiliar

Trabajo infantil

Violencia sexual

Maltrato

Ni un adolescentes en actividad perjudicial  Ni un adolescente Consumiendo Sustancias Psicoactivas.

PROTECCIÓN VIOLENCIA INTRAFAMILIAR SEXUAL

FISICA ABANDONO

EMOCIONAL ECONOMICA

VERBAL

NO VERBAL

 Explotación a beneficio de otros.  Manera de coartar el desarrollo personal  Menores trabajadores  Trabajos peligrosos  Mendicidad

NEGLIGENCIA O DESCUIDO    

Mal nutrición Accidentes Retraso escolar Enfermedades recurrentes

ACOSO ABUSO

VIOLACION

PROTECCIÓN

Cuando se obliga a una persona a tener cualquier tipo de contacto sexual contra su voluntad, afectándola física y emocionalmente.

VIOLENCIA SEXUAL ACOSO

VIOLACIÓN

ABUSO

Persecución hacia alguien en contra de su voluntad, sometiéndolo a sus deseos sexuales.

Comportamiento que consiste en tocar o acariciar el cuerpo de otra persona en contra de su voluntad

Es un acto de violencia física y emocional que incluye la penetración.

TIPOS DE ABUSO SEXUAL

INTRAFAMILIAR

EXTRAFAMILIAR

PROTECCIÓN MALTRATO

PSICOLOGICO Y EMOCIONAL

FISICO

LEVES

Son reparables en un corto tiempo de tratamiento

MODERADAS

Requieren atención por parte de un profesional y conlleva mayor tiempo, dedicación tanto al niño y su familia

Toda forma de relación agresiva, mal uso de su autoridad por parte de un adulto hacia un menor de edad. ABUSO SEXUAL

GRAVES

No tienen retroceso y sus secuelas acompañan a la victima toda la vida.

PROTECCIÓN TRABAJO INFANTIL

Art. 35. Ley 1098 /2006 - Código de Infancia y Adolescencia:  El límite fijado por el convenio que es 15 años.  Ser autorizado por el Inspector de Trabajo o, en su defecto, por el Ente Territorial Local.  Gozarán de las protecciones laborales a trabajar  Que no sea en actividades prohibidas o en una o varias de las peores formas de trabajo infantil.  Se les garantice los derechos propios del trabajo como son las prestaciones sociales y la seguridad social.

PROTECCIÓN

FACTORES DE RIESGO  Abuso de alcohol  Consumo de sustancias psicoactivas  Comunicación muy pobre entre la familia.  Ausencia de los padres biológicos  Falta de credibilidad hacia el menor  Falta de supervisión por parte de los padres de familia.

FACTORES DE PROTECCIÓN  Promover vínculo afectivo entre los padres y sus hijos.  Buscar solución a las dificultades  Evitar separaciones entre los padres  Trato respetuoso entre la familia  Apoyar sus proyectos  Motivación  Establecer pautas de crianza (horarios, correcciones

Ni un adolescentes en actividad perjudicial  Ni un adolescente Consumiendo Sustancias Psicoactivas.

SENSIBILIZACION DE LEY 1620 DE 2013 “Por la cual se crea El Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar”

OBJETIVO Contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la Ley General de Educación -Ley 115 de 1994.

COMITÉS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad, la prevención y mitigación de la violencia escolar en los niveles educativos de preescolar, básica y media y reducción del embarazo en la adolescencia,

COMITÉ NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

COMITÉS MUNICIPALES, DISTRITALES Y DEPARTAMENTALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR

COMITÉS ESCOLARES DE CONVIVENCIA -COLEGIOS

COMITÉS ESCOLARES DE CONVIVENCIA Principales funciones  Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.  Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar.  Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar frente a situaciones específicas de conflicto, que no pueden ser resueltos por este comité.

Integrantes  El rector del establecimiento educativo, quien preside el comité.  El personero estudiantil.  El docente con función de orientación.  El coordinador cuando exista este cargo.  El presidente del consejo de padres de familia.  El presidente del consejo de estudiantes.  Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

“FORMAR PARA LA CIUDADANÍA” LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PODRÀN CONTAR CON CAPACIDADES PARA: Expresar, discutir y disentir pensamientos, ideas, sentimientos, con argumentos claros, reconociendo y respetando otras formas de pensar, sentir y actuar. Ejercer plenamente sus derechos y cumplir con sus deberes, tomar decisiones autónomas, informadas y responsables frente a esos derechos en cualquier ámbito de su vida. Proteger su bienestar y el de otros; que entiendan la dinámica de la naturaleza y valoren y defiendan los recursos naturales. Construir ambientes propicios para su desarrollo integral.

DERECHOS FUNDAMENTALES

DERECHOS SOCIALES

PROTEGER Y GARANTIZAR EL DESARROLLO INTEGRAL DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

DERECHOS CULTURALES

DERECHOS FUNDAMENTALES A la vida A la integridad física y moral A la libertad personal A la seguridad personal A la igualdad ante la ley A la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión A la libertad de expresión y de opinión DERECHOS SOCIALES DERECHOS CULTURALES A participar en la vida cultural del país A gozar de los beneficios de la ciencia A la investigación científica, literaria y artística

A la alimentación Al trabajo A la seguridad social A la salud A la vivienda A la educación

Adalia González Burgos Proyecto de Derechos Humanos Cel: 3204919703

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