PROYECTOS IMPULSO BASES DE CONVOCATORIA

PROYECTOS IMPULSO BASES DE CONVOCATORIA 2016 – 2017 ÍNDICE 1. Objeto 3 2. Características de los Proyectos Impulso 3 3. Requisitos de participac

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PROYECTOS IMPULSO BASES DE CONVOCATORIA 2016 – 2017

ÍNDICE 1. Objeto

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2. Características de los Proyectos Impulso

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3. Requisitos de participación

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4. Plazo y modo de presentación de las solicitudes

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5. Criterios de asignación y aceptación de normas fijadas

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6. Resolución de la convocatoria y comunicación a los beneficiarios

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7. Formalización de los Proyectos Impulso con las entidades seleccionadas

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8. Datos personales

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9. Utilización de la imagen de los solicitantes, entidades beneficiarias y beneficiarios directos

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10. Aceptación de las bases

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11. Otra información

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Ayudas para la financiación de proyectos sociales dirigidos a la formación ocupacionallaboral de personas con capacidades diferentes o de accesibilidad orientados al empleo Banco Popular Español, con CIF A-28000727 y domicilio social en c/ Velázquez, 64 – Madrid, lanza la quinta convocatoria de Proyectos Impulso cuyo objeto es apoyar la financiación de proyectos sociales dirigidos a la formación ocupacional-laboral de personas con capacidades diferentes o de accesibilidad orientados al empleo. 1. Objeto Banco Popular Español, consciente de las dificultades de integración laboral en el actual contexto económico, quiere contribuir a través de los Proyectos Impulso a apoyar iniciativas que faciliten la empleabilidad de personas con distintas capacidades. Los Proyectos Impulso pretenden fomentar el acceso al empleo de las personas con discapacidad, favoreciendo así la integración sociolaboral de este colectivo y contribuyendo a hacer efectivo el principio de igualdad de oportunidades. 2. Características de los Proyectos Impulso Los Proyectos Impulso podrán solicitarse para financiar proyectos sociales, articulados por entidades del tercer sector, que persigan la integración ocupacional-laboral de personas con capacidades diferentes o la accesibilidad en el empleo. La presentación de un proyecto social a la convocatoria de Proyectos Impulso deberá venir respaldada por un Accionista del Banco Popular, en adelante, el solicitante del Proyecto Impulso. Las características de los Proyectos Impulso son las siguientes:  El importe máximo de cada Proyecto Impulso por entidad beneficiaria será de un máximo de 23.000 euros, no pudiendo suponer en ningún caso más del 75% del coste total del proyecto.  Se financiarán, cómo máximo, tres proyectos sociales. Tanto solicitantes como entidades beneficiarias no podrán presentar más de un proyecto social a la presente convocatoria.  El proyecto deberá tener como objetivo principal la integración laboral de personas con capacidades diferentes a través de la formación ocupacional-laboral o mejora de la accesibilidad en el puesto de trabajo. Los Proyectos Impulso están destinados, fundamentalmente, a financiar costes del personal de intervención directa en el proyecto y otros gastos directamente relacionados con la ejecución del proyecto presentado. Entre los gastos imputados a esta convocatoria no se contempla la financiación de inversiones de inmovilizado ni la subcontratación de las actividades principales del proyecto.  Los Proyectos Impulso no podrán utilizarse para financiar: o Actividades de patrocinios, sensibilización y/o difusión o Estudios, publicaciones o jornadas informativas o Mantenimiento de páginas web corporativas o Gastos corrientes de mantenimiento y funcionamiento genéricos de la entidad solicitante, ni del equipamiento de su sede o Amortización de operaciones crediticias, ni otro tipo de costes financieros  El ámbito de aplicación del proyecto deberá ser España y comprender un plazo de ejecución no superior a 12 meses. La fecha de inicio tendrá que ser posterior a la fecha de concesión del Proyecto Impulso. 3. Requisitos de participación Respecto a los requisitos de participación, se distingue entre quienes pueden solicitar los Proyectos Impulso y las entidades que pueden beneficiarse de los mismos. En este sentido, se establecen los siguientes requisitos de participación:

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Respecto a los solicitantes de los Proyectos Impulso Podrán solicitar los Proyectos Impulso aquellas personas físicas o jurídicas sin ánimo de lucro titulares de acciones del Banco Popular Español, con independencia del lugar de residencia, en el momento de la presentación de la solicitud y de la concesión de la financiación. En el supuesto de que el solicitante deje de reunir este requisito antes de que se haya realizado y levantado el acta del resultado de la convocatoria, se entenderá que dicha participación queda sin efecto. Si el solicitante es persona física, deberá tener relación directa con la entidad social por ser beneficiario, asociado, empleado, voluntario, desempeñar un cargo en la junta directiva o en el patronato. Si el solicitante fuera persona jurídica sin ánimo de lucro, podrá presentarse a sí misma como entidad social beneficiaria a través de un representante legal de la misma. Dicha relación se especificará en el Formulario de Solicitud de la presente convocatoria y se acreditará con documentación al efecto. El solicitante podrá ser beneficiario directo del proyecto objeto de financiación. Las solicitudes serán unipersonales y sólo se admitirá una solicitud por persona física o jurídica sin ánimo de lucro.



Respecto a la entidad beneficiaria de los Proyectos Impulso Las entidades beneficiarias deberán: - Estar legalmente constituida bajo la forma jurídica de asociación, fundación o cualquier otra de entidad sin ánimo de lucro. - En el caso de las asociaciones, estar reconocidas como de utilidad pública por el Ministerio de Interior. - Tener incluidas en sus normas estatutarias la atención de personas con discapacidad para la integración socio-laboral del colectivo. - Tener una antigüedad mínima de 3 años, a contar desde su inscripción en el registro correspondiente. - Estar al corriente de sus obligaciones laborales, fiscales y administrativas con los organismos públicos correspondientes. - Presentar una única candidatura a la actual convocatoria de Proyectos Impulso. - No haber sido beneficiaria en la anterior convocatoria de Proyectos Impulso. - Quedan expresamente excluidas las fundaciones o asociaciones de empresa o grupos de empresas, las obras sociales de las cajas de ahorro y las organizaciones gubernamentales. - Se valorará positivamente, sin ser obligatorio, que la entidad disponga del Sello “ONG Acreditada” de Fundación Lealtad.

4. Plazo y modo de presentación de las solicitudes Las solicitudes de los Proyectos Impulso deberán ser presentadas ante Fundación Konecta, que en esta convocatoria actúa como entidad evaluadora. La presentación podrá tener lugar entre las 9:00 horas del 16 de junio de 2016 y las 18:00 horas del 30 de septiembre de 2016. El formulario de solicitud de la Convocatoria junto a la declaración firmada de aceptación de las Bases de la Convocatoria se enviará por correo postal y por medios telemáticos a la siguiente dirección: Att. Olivia Salido Cobo Fundación Konecta Calle Padilla, 17 28006 Madrid [email protected] T. 91.274.05.45 El resto de la documentación que se indica a continuación se enviará por correo electrónico a la dirección de email indicada. Desde Fundación Konecta se enviará por correo electrónico un acuse de recibo que indique la correcta recepción de las solicitudes y, en su caso, la necesidad de subsanación de alguno de los requisitos indicados en las presentes Bases de Convocatoria.

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La documentación solicitada para la presentación de los Proyectos Impulso, en un primer momento, es la siguiente: 

Respecto al solicitante de los Proyectos Impulso 1. Formulario de solicitud 2. Declaración firmada de aceptación de las Bases de Convocatoria 3. Copia del DNI, NIE o pasaporte del firmante de la solicitud 4. Carta de motivación explicando los motivos por los que solicita el Proyecto Impulso en nombre de la entidad beneficiaria donde se especifique qué relación le une a la entidad en cuestión. 5. En el caso de que el accionista sea una persona jurídica sin ánimo de lucro, se aportará también: a. Copia del CIF de la persona jurídica accionista b. Copia de la escritura de apoderamiento de la persona firmante de la solicitud donde se acredite que esta persona tiene capacidad para representar legalmente a la persona jurídica accionista.



Respecto a la entidad beneficiaria de los Proyectos Impulso 6. Certificado del representante legal de la entidad en el que conste la composición nominal de los miembros de la Junta Directiva u órgano de gobierno de la entidad solicitante. 7. Copia de los estatutos debidamente legalizados. 8. Copia de la inscripción de la entidad en el registro que le otorgó la personalidad jurídica. 9. En el caso de las asociaciones, declaración de utilidad pública por el Ministerio del Interior 10. Memoria de actividades del último ejercicio de la entidad 11. Balance y cuenta de resultados normalizados (adaptados al Plan General Contable) de los dos últimos ejercicios, ambos documentos firmados por el representante legal de la entidad. 12. Copia de la resolución/resoluciones de aportación del resto de la financiación del proyecto, o copia de la solicitud en caso de estar pendiente la resolución. 13. Certificado firmado por el representante de la entidad en que conste que ésta se compromete a aportar directamente, o mediante terceros, la diferencia entre el coste total del proyecto y el importe solicitado. 14. Alta del Impuesto sobre Actividades Económicas o en su caso Alta Censal modelo 036. 15. Certificado de la Tesorería de la Seguridad Social de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones laborales. 16. Certificado de la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias. 17. Certificado en el que conste que todos los miembros de la Junta Directiva de la entidad solicitante están conformes con la realización del proyecto, firmado por todos ellos. 18. En el caso de que la entidad haya sido acreditada Fundación Lealtad, documento que demuestre dicha acreditación.

En caso de que fuera necesario, el equipo de evaluación de solicitudes de Fundación Konecta se reserva el derecho a demandar con posterioridad documentación adicional. En cualquier caso, Fundación Konecta garantiza la confidencialidad de toda la documentación aportada por los solicitantes, así como por las entidades beneficiarias. Serán excluidas de la convocatoria aquellas solicitudes que se presenten fuera del canal establecido, que no se ajusten a las bases, que presenten carencias relevantes en la documentación a incluir o cuyo Formulario de Solicitud no haya sido cumplimentado en todos sus apartados. La presentación a esta convocatoria presupone por parte de los solicitantes y las entidades beneficiarias la plena aceptación de las presentes Bases y de la resolución final, que tendrá carácter irrevocable. 5. Criterios de asignación y aceptación de normas fijadas Fundación Konecta será la entidad encargada de la recepción de los proyectos sociales y de la evaluación de los mismos. Los criterios de selección de los proyectos serán los establecidos por Fundación Konecta, atendiendo al mejor aprovechamiento de los recursos y al impacto en el empleo directo que puede tener el proyecto para los beneficiarios del mismo. 5

La decisión sobre la adjudicación de los proyectos correrá a cargo de un Comité de Aprobación independiente constituido específicamente para esta iniciativa y que estará formado por representantes del tercer sector y expertos en materia de discapacidad. La única condición añadida al proceso de concesión es la comprobación por parte del Banco Popular de que el solicitante sea efectivamente Accionista del Banco. En caso de que los Proyectos Impulso no queden cubiertos con las solicitudes de los Accionistas del Banco, la convocatoria podrá declararse desierta. 6. Resolución de la convocatoria y comunicación a los beneficiarios El fallo y resolución del Comité de Aprobación será inapelable y tendrá lugar el 15 de noviembre de 2016. En caso de que, tras la evaluación de los proyectos y con aplicación de los criterios de selección habitualmente establecidos por Fundación Konecta, se estime que ninguna de las propuestas presentadas alcanzan el nivel de excelencia necesario para una óptima ejecución o no alcanzarían los objetivos fijados por esta convocatoria, la convocatoria podría declararse desierta. La resolución se comunicará a cada uno de los solicitantes de la convocatoria, independientemente del resultado de la misma, antes del 22 de noviembre de 2016 a través de correo electrónico enviado por Fundación Konecta. Adicionalmente, Banco Popular informará a los solicitantes y entidades seleccionadas acerca de la concesión de los Proyectos Impulso por correo electrónico según los datos personales que figuren en el Formulario de Solicitud aportado. En el caso de que alguno de los solicitantes y entidades seleccionadas no puedan ser localizados en un plazo de siete días naturales desde el fallo del Comité de Aprobación con el fin de recabar su aceptación, se adjudicará el Proyecto Impulso a los siguientes candidatos que hayan resultado con la puntuación más alta por detrás de los seleccionados inicialmente. 7. Formalización de los Proyectos Impulso con las entidades seleccionadas La colaboración se formalizará mediante la firma de un convenio entre Banco Popular y las entidades cuyos proyectos hayan sido seleccionados, previa entrega de documentación acreditativa de las facultades de representación del firmante. El convenio se enmarcará dentro de las medidas que adopta Banco Popular Español con respecto al Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. La realización de los proyectos y su titularidad serán de exclusiva responsabilidad de la entidad beneficiaria de la ayuda. El incumplimiento del proyecto presentado o de las bases de estas convocatorias dará lugar a la anulación de la financiación del proyecto. El desembolso de la ayuda concedida se realizará en una cuenta de Banco Popular, de acuerdo con lo establecido en el convenio de colaboración. Para proceder al mismo, la entidad beneficiaria deberá aportar los certificados de la Tesorería de la Seguridad Social y de la Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de estar al corriente de sus obligaciones laborales y fiscales, respectivamente, con una antigüedad máxima de un mes desde la fecha de expedición. Las entidades beneficiarias de la colaboración se comprometen al reintegro de las cantidades recibidas en los siguientes casos:  Incumplimiento de la obligación de justificación, una vez transcurrido el periodo de ejecución del proyecto financiado.  Incumplimiento de objetivos para los que la colaboración fue concedida.  Supuestos en que los gastos no se llevasen a cabo por cualquier causa o se modificasen sustancialmente los proyectos sin autorización expresa de Banco Popular.  Inobservancia de cualquier otra condición que haya servido para la concesión de la colaboración.

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8. Datos personales Aquellos solicitantes a los que sea concedido un Proyecto Impulso aceptan que los datos personales que proporcionan con motivo de la convocatoria, a través de la documentación presentada, pasen a formar parte de un fichero de Fundación Konecta con la finalidad de gestionar su solicitud y participación íntegra en el Proyecto Impulso de conformidad con lo dispuesto en sus Bases incluida la difusión por cualquier medio de comunicación de información sobre el fallo de la convocatoria. Según lo establecido en la LO 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, Fundación Konecta informa que los datos personales que se faciliten serán incorporados a un fichero de datos de su propiedad y tratados con la finalidad de gestionar su solicitud y participación íntegra en el Proyecto Impulso de conformidad con lo dispuesto en sus Bases. Los solicitantes, si lo desean, podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación dirigiéndose por escrito a Fundación Konecta a la siguiente dirección: Att. Olivia Salido Cobo Fundación Konecta – CIF. G-84227313 Calle Padilla, 17 28006 Madrid T. 91.274.05.45 Asimismo, si lo desean pueden pedir más información sobre el ejercicio de estos derechos en la dirección de correo electrónico: [email protected] 9. Utilización de la imagen de los solicitantes, entidades beneficiarias y beneficiarios directos La participación en la presente convocatoria implica la autorización a Banco Popular Español para poder utilizar el nombre e imagen de los beneficiarios en comunicaciones de carácter publicitario o informativo relacionadas con los Proyectos Impulso. A tales efectos, se solicitará posteriormente la cesión de los derechos de explotación a los interesados o, en su caso, a sus padres/tutores por escrito, de conformidad con la legislación vigente en la materia. 10. Aceptación de las bases La participación en la convocatoria supone la aceptación de estas Bases en su totalidad. Banco Popular Español se reserva el derecho de modificar las condiciones de la convocatoria en cualquier momento e incluso podría solicitar su anulación antes de la fecha de terminación de la misma, siempre que concurra causa justificada de fuerza mayor para ello. En todo caso, se compromete a comunicar las bases modificadas, o en su caso, la anulación de la promoción en su conjunto, de forma que todos los participantes tengan acceso a dicha información. 11. Otra información Para obtener más información general los interesados pueden dirigirse a: Att. Olivia Salido Cobo Fundación Konecta Calle Padilla, 17 28006 Madrid [email protected] T. 91.274.05.45

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