Publicación diaria, excepto festivos. Número 16. Jueves 21 de enero de 2016

Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 16 Jueves 21 de enero de 2016 S u m a r i o JUNTA DE ANDALUCÍA: — Con

16 downloads 26 Views 885KB Size

Recommend Stories


Publicación diaria, excepto festivos. Número 85. Jueves 14 de abril de 2016
Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 85 Jueves 14 de abril de 2016 S u m a r i o JUNTA DE ANDALUCÍA: — Con

Publicación diaria, excepto festivos. Número 81. Sábado 9 de abril de 2016
Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 81 Sábado 9 de abril de 2016 S u m a r i o JUNTA DE ANDALUCÍA: — Cons

Publicación diaria, excepto festivos. Número 128. Sábado 4 de junio de 2016
Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 128 Sábado 4 de junio de 2016 S u m a r i o JUNTA DE ANDALUCÍA: — Con

Publicación diaria, excepto festivos. Número 33. Miércoles 10 de febrero de 2016
Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 33 Miércoles 10 de febrero de 2016 S u m a r i o DIRECCIÓN GENERAL DE

Publicación diaria, excepto festivos. Número 45. Miércoles 24 de febrero de 2016
Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 45 Miércoles 24 de febrero de 2016 S u m a r i o CONFEDERACIÓN HIDROG

Publicación diaria, excepto festivos. Número 72. Miércoles 30 de marzo de 2016
Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 72 Miércoles 30 de marzo de 2016 S u m a r i o CONFEDERACIÓN HIDROGRÁ

Información Diaria Costa Rica jueves 30 de enero de 2014
 Información Diaria Costa Rica jueves 30 de enero de 2014 Información Relevante Nacionales. Precio del dólar cerró en el mercado mayorista a ¢514,2

Story Transcript

Publicación diaria, excepto festivos

Depósito Legal SE-1-1958

Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

S

u

m

a

r

i

o

JUNTA DE ANDALUCÍA: — Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural: Delegación Territorial en Sevilla: Notificaciones de procedimientos sancionadores. . . . . . . . . . . . 3 . DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO: — Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental:. Expedientes de pago de tasaciones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 . ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: — Audiencia Provincial de Sevilla: Sección tercera: Rollo núm. 10823/2015. . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 — Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 2: autos 84/15, 138/13, 1129/12, 373/13 y 553/14; número 6: autos 861/12, 291/12, 1386/11, 96/14, 1151/10 y 415/13; número 7: autos 818/15. . . . . . . . . . . . . . . . . 7 — Juzgados de Instrucción: Utrera.—Número 2: autos 251/10.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 — Juzgados de Primera Instancia: Utrera.—Número 4: autos 315/15.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 . AYUNTAMIENTOS: — Sevilla.—Gerencia de Urbanismo: Notificaciones. . . . . . . . . . . 14 — Albaida del Aljarafe: Cuentas generales ejercicios 2010, 2011, 2012 y 2014.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 — Arahal: Padrones fiscales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 — La Campana: Ordenanza municipal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 Convocatoria para la provisión de una plaza de Arquitecto Técnico / Ingeniero de la edificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 — Dos Hermanas: Reglamentos municipales. . . . . . . . . . . . . . . . . 30 — Lebrija: Expediente de modificación de créditos. . . . . . . . . . . . 31 — Mairena del Alcor: Presupuesto general ejercicio 2016. . . . . . . 31 Cuenta general ejercicio 2014. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 — Montellano: Padrones fiscales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31 — La Puebla de Cazalla: Notificaciones de expedientes sancionadores. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32

— La Puebla de los Infantes: Expediente de modificación de créditos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 — Tocina: Anuncios de licitación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33 . OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS: — Consorcio de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas «Plan Écija»: Padrones fiscales.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36

Jueves 21 de enero de 2016



Número 16

JUNTA DE ANDALUCÍA ————

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0544/15/SAM. Interesado: Don Javier Fernández Carmona. DNI N.º: 28532669L. Acto notificado: Acuerdo de inicio de procedimiento sancionador. Fecha: 26 de noviembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-200 ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/ n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0508/15/SAA. Interesado: Don José Pablo Asensio Rodríguez. DNI N.º: 14622894T. Acto notificado: Acuerdo de inicio de procedimiento sancionador. Fecha: 4 de diciembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-201 ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0429/15/SAM. Interesado: Don Israel Núñez Álvarez. DNI N.º: 48986756E. Acto notificado: Resolución de procedimiento sancionador. Fecha: 1 de diciembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Recurso de alzada en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-202

4

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0576/15/SAM. Interesado: Don Manuel Navarro Mesa. DNI N.º: 44602082E. Acto notificado: Trámite de audiencia de procedimiento sancionador. Fecha: 3 de diciembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-203 ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de pesca. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0535/15/PS. Interesada: Pescados y Mariscos Millán, S.L. DNI N.º: B21317243. Acto notificado: Propuesta de resolución de procedimiento sancionador. Fecha: 10 de diciembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-204 ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0512/15/SAA. Interesado: Don Antonio Luis Núñez Parrilla. DNI N.º: 52294968Y. Acto notificado: Acuerdo de inicio de procedimiento sancionador. Fecha: 9 de diciembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-205 ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0629/15/SAA. Interesado: Don Francisco Cornejo Wellinguer.

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 5

DNI N.º: 47210204J. Acto notificado: Acuerdo de inicio de procedimiento sancionador. Fecha: 10 de diciembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-206 ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0551/15/SAA. Interesado: Don José María Aliau Maestre. DNI N.º: 49027272N. Acto notificado: Acuerdo de inicio de procedimiento sancionador. Fecha: 10 de diciembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-207 ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0569/15/SAM. Interesado: Don Manuel Florencio Ramos. DNI N.º: 28356666N. Acto notificado: Prueba de procedimiento sancionador. Fecha: 14 de diciembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-208 ———— Delegación Territorial en Sevilla Anuncio de la Delegación Territorial de Sevilla, por el que se publica acto administrativo relativo a procedimiento sancionador en materia de sanidad animal. En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el presente anuncio se notifica al interesado abajo referenciado, el siguiente acto administrativo, para cuyo conocimiento íntegro podrá comparecer en la sede de esta Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sita en calle Grecia, s/n (Edificio Administrativo Los Bermejales), Sevilla. Expediente sancionador: SE/0620/15/SAA. Interesado: Don Ricardo Guillén Camacho. DNI N.º: 44606644F. Acto notificado: Acuerdo de inicio de procedimiento sancionador. Fecha: 15 de diciembre de 2015. Recurso o plazo de alegaciones: Alegaciones en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación. En Sevilla a 11 de enero de 2016.—La Delegada de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (artículo 18 del Decreto 342/2012, de 31 de julio, y Orden de 6 de agosto de 2015), M.ª Dolores Bravo García. 8W-209

6

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO ————

Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental Pago de tasaciones motivados por expedientes de expropiación forzosa. Recibidos los libramientos para los pagos acordados en las obras que se especifican, se avisa a los interesados que se relacionan a continuación a fin de que se personen en el lugar y fechas que se indican: Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra. Día 11 de febrero de 2016 — 48-SE-4450. Justiprecio del jurado. Autovía SE-40. Sector este. tramo: La Rinconada (A-4) - Alcalá de Guadaíra (A-92). provincia de Sevilla. 10.00 horas, finca n.º 41-020.0038CP. Ana M.ª Carmen y Dolores Gutiérrez Fernández; Andrés y Juan Rojo Alonso. 10.20 horas, finca n.º 41-050.0033CP. Antonio Alcalá Fernández. 10.40 horas, finca n.º 41-050.0037CP. Antonio Alcalá Fernández. 10.50 horas, finca n.º 41-050.0033. Antonio Alcalá Fernández. 11.00 horas, finca n.º 41-050.0087OT. M.ª Dolores Rollán Alonso. 11.10 horas, finca n.º 41-050.0086OT. PYM Consultores, S.L.; M.ª Isabel Torres Chaves; Miguel Ángel, Rafael ,M.ª José, Inmaculada, Manuel y M.ª Josefa Calvo Judici García. Se deberá aportar Nota Simple actual del Registro de la Propiedad relativa a la finca objeto de la expropiación. Deberán comparecer todos los titulares de derecho afectados con su D.N.I. (Documento Nacional de Identidad); en caso de no poder asistir al acto de pago podrán ser representados por persona provista de poder notarial, ya sea general o especial para este acto, identificándose la persona con la documentación oportuna (Documento Nacional de Identidad), como previene el art. 49.4 del Reglamento, de 26 de abril de 1954, de la Ley de Expropiación Forzosa. En caso de herederos, se acreditará su calidad como tales con los Documentos Públicos (testamento, declaración de herederos, escritura de partición, etc.) y estar todos ellos presentes o contar con el apoderamiento de los ausentes, así como haber pagado el Impuesto sobre Sucesiones. En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento y últimos recibos de pago de dicho arrendamiento. Se le significa que si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago. En el caso de que deseen cobrar por transferencia deberán solicitarlo y enviar la documentación acreditativa que le corresponda debidamente compulsada por Organismo competente, así como certificado del banco indicando que existe la cuenta a nombre del titular del expediente, debiendo ser recibido antes de la fecha indicada para el pago. Sevilla a 12 de enero de 2016.—El Jefe del Servicio de Actuación Administrativa, Rafael Pajarón Sotomayor. 6D-211 ———— Pago de tasaciones motivados por expedientes de expropiación forzosa. Recibidos los libramientos para los pagos acordados en las obras que se especifican, se avisa a los interesados que se relacionan a continuación a fin de que se personen en el lugar y fechas que se indican: Ayuntamiento de Almensilla. Día 9 de febrero de 2016 — 48-SE-4530. Mutuos acuerdos. Autovía SE-40. Sector suroeste. Tramo: Coria del Río (SE-660) - Almensilla (SE-648). 10.00 horas, finca n.º 41-050.0041. Dolores Franco Sánchez. 10.00 horas, finca n.º 41-050.0077. Juan José, Dolores, Manuel y Estrella Cruz Fernández. 10.00 horas, finca n.º 41-050.0078. María del Carmen Ufano Somoza. 10.00 horas, finca n.º 41-050.0080. Carmen Mendoza Gómez. 11.00 horas, finca n.º 41-050.0082. Carmen Mendoza Gómez y Juan Mendoza Gómez. 10.50 horas, finca n.º 41-050.0090. José González Cabello. Se deberá aportar Nota Simple actual del Registro de la Propiedad relativa a la finca objeto de la expropiación. Deberán comparecer todos los titulares de derecho afectados con su D.N.I. (Documento Nacional de Identidad); en caso de no poder asistir al acto de pago podrán ser representados por persona provista de poder notarial, ya sea general o especial para este acto, identificándose la persona con la documentación oportuna (Documento Nacional de Identidad), como previene el art. 49.4 del Reglamento, de 26 de abril de 1954, de la Ley de Expropiación Forzosa. En caso de herederos, se acreditará su calidad como tales con los Documentos Públicos (testamento, declaración de herederos, escritura de partición, etc.) y estar todos ellos presentes o contar con el apoderamiento de los ausentes, así como haber pagado el impuesto sobre sucesiones. En caso de ser arrendatario, deberá presentar contrato de arrendamiento y últimos recibos de pago de dicho arrendamiento. Se le significa que si la finca estuviera gravada por alguna carga, deberá ser acreditada su liberalización antes del pago. En el caso de que deseen cobrar por transferencia deberán solicitarlo y enviar la documentación acreditativa que le corresponda debidamente compulsada por Organismo competente, así como certificado del banco indicando que existe la cuenta a nombre del titular del expediente, debiendo ser recibido antes de la fecha indicada para el pago. Sevilla a 12 de enero de 2016.—El Jefe del Servicio de Actuación Administrativa, Rafael Pajarón Sotomayor. 6D-212

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 7

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ————

Audiencia Provincial de Sevilla ———— SECCIÓN TERCERA Cédula de citación. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha resuelto con fecha de hoy, en el Rollo de Sala número 10823/2015, que se cite en calidad de testigo a: Don Francisco Javier Baena Reina, con D.N.I. 28.920.036-C. Este testigo, no localizado, tiene como último domicilio del que se tiene constancia calle Escultor Sebastián Santos Conj. 5, Blq. 9, planta 1, puerta D, 41.013-Sevilla, y debe comparecer ante la Sala de Audiencias de este Tribunal, sita en Avda. Menéndez Pelayo 2, el próximo día 11 de febrero de 2016, a las 10:00 horas, al objeto de asistir a la celebración del juicio oral, bajo apercibimientos respecto a testigos y peritos (art. 463.1º CP y Arts. 175.5º y 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.) Apercibimientos: 1) Causa con preso: Si no compareciere sin justa causa al primer y sucesivos llamamientos provocando la suspensión del juicio oral, podría incurrir en delito de obstrucción a la justicia, castigado con la pena de 3 a 6 meses de prisión o multa de 6 a 24 meses. 2) Todo ello sin perjuicio de ser conducido por la fuerza pública a disposición del Tribunal, si persistiere en su actitud. (Arts. 463.1º, C.P. de 1995 y 420 de la L.E.Cr). Y para que conste y sirva a efectos de su inserción en él expido y firmo el presente. En Sevilla a 15 de enero de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia, Concepción Díaz-Noriega Sellés. 258-314 ————

Juzgados de lo Social ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 84/2015. Negociado: D. N.I.G.: 4109144S20120005770. De: Don Juan Sobrino Soldado. Contra: Extrayobra, S.L. y Fogasa. Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social numero dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 84/2015, a instancia de la parte actora don Juan Sobrino Soldado, contra Extrayobra, S.L. y Fogasa sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado decreto de 30 de septiembre de 2015 del tenor literal siguiente: Decreto 623/15 La Secretaria Judicial, doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. En Sevilla a 30 de septiembre de 2015. Antecedentes de hecho Primero.— Juan Sobrino Soldado ha presentado demanda de ejecución frente a Extrayobra, S.L. Segundo.— Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 20.04.15 por un total de 11.757,25 euros en concepto de principal, más la de 2.351,45 euros calculados provisionalmente para intereses y costas. Tercero.— No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial, sin que por el citado organismo se haya presentado escrito de oposición o designado nuevos bienes de la ejecutada. Fundamentos de derecho Único.— Disponen los arts. 250 y 276 de la Ley 36/2011 (LRJS) que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Parte dispositiva Acuerdo: Declarar a la ejecutada Extrayobra, S.L., en situación de insolvencia por un total de 11.757,25 euros en concepto de principal, más la de 2.351,45 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 de la Ley 36/2011 (LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n.º de cuenta de este Juzgado n.º debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta

8

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Extrayobra, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 30 de septiembre de 2015.—La Secretaria Judicial, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 6W-10111 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 138/2013 a instancia de la parte actora don Óscar de la Cruz Martínez contra Fondo de Garantía Salarial y Cligena S.A. sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 16 de junio de 2015 (desistimiento) del tenor literal siguiente: Decreto núm. 446/15 Secretaria Judicial doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. En Sevilla a 16 de junio de 2015. Antecedentes de hecho Primero: El 5 de febrero de 2013 tuvo entrada en este Juzgado de lo Social número 2 de Sevilla demanda presentada por Óscar de la Cruz Martínez frente a Fondo de Garantía Salarial y Cligena S.A. siendo citadas las partes para el acto de conciliación/juicio el día 9 de junio de 2015 a las 9:30 horas. Segundo: Al acto de conciliación/juicio no ha comparecido la parte demandante dando lugar al desistimiento de la acción entablada. Fundamentos de derecho Único: Si el actor, citado en legal forma, no comparece ni alega justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, (artículo 83.2 L.R.J.S). Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. Parte dispositiva Acuerdo: — Tener por desistido a Óscar de la Cruz Martínez de su demanda frente a Fondo de Garantía Salarial y Cligena S.A.. — Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución. Notifíquese la presente resolución Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Artículo 188 y 189de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social- Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social- Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Cligena S.A. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 4 de noviembre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 36W-11055 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1129/2012 a instancia de la parte actora doña Rosario Fernández Aguilera contra Fondo de Garantía Salarial y Asociación de Joyeros Relojeros y Orfebres de Sevilla sobre Social Ordinario se ha dictado resolución de fecha 4 de noviembre de 2015 (Sentencia) del tenor literal siguiente: Fallo Que estimando la demanda sobre reclamación de cantidad interpuesta por la parte actora frente a la demanda, debo condenar y condeno a la empresa Asociación de Joyeros Relojeros y Orfebres de Sevilla a que abone a doña Rosario Fernández Aguilera la suma reclamada de 9.272,09 euros por los conceptos expresados más los intereses en la forma descrita en el FD Primero in fine; y todo ello

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 9

sin hacer expreso pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de su responsabilidad directa y/o subsidiaria en los casos en que fuera legalmente procedente. Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado Asociación de Joyeros Relojeros y Orfebres de Sevilla actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 4 de noviembre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 36W-11378 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 373/2013, a instancia de la parte actora doña María Hilda Valladares Toaquiza, contra Mosaic Hispania, S.L., Ofelia Robles Manzanete, Masilia Híspalis, S.L. y Puerto Quintero, S.L., sobre social ordinario se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente: Sentencia número 371/15. Dictada en Sevilla el día 17 de septiembre de 2015 por el Juez sustituto de este Juzgado, Ilmo. señor don Enrique Emilio Martínez Fernández. Fallo: 1.—Estimo la demanda presentada por doña María Hilda Valladares Toaquiza frente a Mosaic Hispania, S.L. Puerto Quintero, S.L., Masilia Híspalis, S.L.. y Ofelia Robles Manzanete, en reclamación de cantidad. 2.—Condeno a Mosaic Hispania, S.L. y Ofelia Robles Manzanete a que pague a doña María Hilda Valladares Toaquiza la cantidad total de 3.679,54 euros por los conceptos de salarios ya indicados. 2.—Condeno a Mosaic Hispania, S.L., Puerto Quintero, S.L., Masilia Híspalis, S.L. y Ofelia Robles Manzanete a que pague a doña María Hilda Valladares Toaquiza la cantidad total de 5.804,13 euros por los conceptos de indemnización por despido ya indicados. Esta sentencia no es firme, pues contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del T.S.J.A. (Sevilla), cuyo anuncio podrá efectuarse mediante manifestación de la parte o de su Abogado o Representante en el momento de hacerle la notificación, por comparecencia ante este Juzgado o por escrito de la parte o de su Abogado o Representante, todo ello en el plazo improrrogable de cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de esta Sentencia. Así, por esta mi Sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado Mosaic Hispania, S.L. Masilia Híspalis, S.L. y Puerto Quintero, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 15 de octubre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, María Fernanda Tuñón Lázaro. 258-10534 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 2 Doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia. En los Autos número 553/2014, a instancia de Antonio Almagro Pruaño contra Mantenimiento Kirsh SLU, Patricio Bocarando Gutiérrez, Auxiliares Kirsch SLU y Kirsch Segurygroup SL, en la que se ha dictado Dior cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: Diligencia de Ordenación de la Letrada de la Administración de Justicia señora doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. En Sevilla a 21 de octubre de 2015. Con el anterior escrito, fórmese pieza separada. Se tiene por formalizado en tiempo recurso de suplicación, y en consecuencia, confiérase traslado a las partes recurridas a fin de que dentro del plazo de cinco días presenten escritos de impugnación con sus copias correspondientes para traslado a las partes,si les conviniere y, transcurrido dicho plazo, y, en su caso el de alegaciones del apartado 2 del artículo 197 LRJS, háyanse presentado o no escritos en tal sentido y previo traslado de las alegaciones si se hubieran presentado, elévense las presentes actuaciones a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla mediante atento oficio, dentro de los dos días siguientes, según previene el artículo 197.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Asimismo se advierte a la parte recurrida que, la impugnación deberá llevar la firma de Letrado o Graduado Social Colegiado para su admisión a trámite, quien deberá ostentar la representación legal de la parte o en su defecto el escrito deberá llevar la firma de ambos, conforme establece el artículo 198 de la LRJS, deberá hacer constar en su escrito de impugnación de recurso un domicilio a efectos de notificaciones en la localidad en que radica la sede del TSJ de Andalucía. Notifíquese esta resolución a las partes haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de reposición dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación. Lo mandó y firma. Doy fe. Diligencia: Seguidamente, se envían cartas certificadas con acuses de recibo, conteniendo la anterior diligencia de ordenación, para su notificación a las partes, uniéndose copia del escrito de formalización del recurso anunciado, a la de la parte recurrida. Doy fe. Y para que sirva de notificación en legal forma a Mantenimiento Kirsh SLU, Auxiliares Kirsch SLU y Kirsch Segurygroup SL, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto. Dado en Sevilla a 11 de noviembre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Fernanda Tuñón Lázaro. 36W-11436

10

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 283/2014. Negociado: J. N.I.G.: 4109144S20120009544. De: Juan David Núñez Filter y José Manuel Fernández Andrades. Contra: Fonta - Soto Instalaciones, S.L. Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número seis de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 861/12, Ejecución: 283/2014, a instancia de la parte actora Juan David Núñez Filter y José Manuel Fernández Andrades contra Fonta -Soto Instalaciones, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de subrogación del Fondo de Garantía Salarial de fecha 28/10/15 del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: Acuerdo: 1. Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. 2. Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince días para que manifiesten si desean constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Letrada de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación al demandado Fonta -Soto Instalaciones, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 28 de octubre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, María de los Ángeles Peche Rubio. 4W-10864 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 177/2013. Negociado: J. N.I.G.: 4109144S20120003304. De: Francisco Hernández Arellano. Contra: Seguridad Sansa. Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número seis de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 291/12, Ejecución: 177/2013 a instancia de la parte actora Francisco Hernández Arellano contra Seguridad Sansa sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de subrogación de fecha 28/10/15, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: Acuerdo: Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Letrada de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación al demandado Seguridad Sansa actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 28 de octubre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, María de los Ángeles Peche Rubio. 4W-10871 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 199/2012. Negociado: J. N.I.G.: 4109144S20110016558. De: Fernando J Cerero Carrasco. Contra: Innova-Cable, S.L. Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número seis de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1386/11, Ejecución 199/2012, a instancia de la parte actora Fernando J. Cerero Carrasco contra Innova-Cable, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de subrogación de fecha 2 de febrero de 2015 y 16 de febrero de 2015, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: Acuerdo: 1. Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. 2. Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince días para que manifiesten si desean constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial.

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 11

Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Secretaria Judicial. Parte dispositiva: Declaro parte en esta ejecución a Fernando J. Cerero Carrasco en la cantidad no satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Innova-Cable, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 29 de octubre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, María de los Ángeles Peche Rubio. 4W-11069 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Procedimiento: 1057/12. Ejecución de títulos judiciales 96/2014. Negociado: A. N.I.G.: 4109144S20120011682. De: José Pablo Romero Campón y Eduardo Escalante Martín. Contra: Restauración La Canela, S.L. Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número seis de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 96/2014, a instancia de la parte actora don José Pablo Romero Campón y Eduardo Escalante Martín, contra Restauración La Canela, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto de fecha 27 de octubre de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: Acuerdo: 1. Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. 2. Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince días para que manifiesten si desean constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Letrada de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación al demandado Restauración La Canela, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 27 de octubre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, María de los Ángeles Peche Rubio. 4W-10870 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 122/2012. Negociado: J. N.I.G.: 4109144S20100012637. De: María del Pilar Bejarano Llamas, Raquel Selva Bejarano, Dolores Díaz Ortega, Manuela León Graciano, Antolín Isidro Corrales, Francisco Angulo Martos, Remedios Ruiz Gallardo, María Mercedes Lizana León y Dolores Sánchez Ortiz. Contra: Tils Curt, S.L. Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1151/10, Ej: 122/2012 a instancia de la parte actora María del Pilar Bejarano Llamas, Raquel Selva Bejarano, Dolores Díaz Ortega, Manuela León Graciano, Antolín Isidro Corrales, Francisco Angulo Martos, Remedios Ruiz Gallardo, María Mercedes Lizana León y Dolores Sánchez Ortiz contra Tils Curt, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resoluciones de fecha 15/07/14 y 22/09/14, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: Acuerdo: 1. Tener como parte en esta ejecución al Fondo de Garantía Salarial. 2. Requerir a los trabajadores afectados o a sus representantes por término de quince días para que manifiesten si desean constituirse como ejecutantes en la parte no satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese la presente resolución.

12

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Secretaria Judicial. Parte dispositiva: Declaro parte en esta ejecución a María del Pilar Bejarano Llamas, Raquel Selva Bejarano, Dolores Díaz Ortega, Manuela León Graciano, Antolín Isidro Corrales, Francisco Angulo Martos, Remedios Ruiz Gallardo, María Mercedes Lizana León y Dolores Sánchez Ortiz por la cuantía no satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial. Notifíquese la presente resolución. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Secretaria Judicial. Y para que sirva de notificación al demandado Tils Curt, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 18 de septiembre de 2015.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio. 4W-9757 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 6 Procedimiento: 415/2013 Ejecución de títulos judiciales 110/2014. Negociado: M. N.I.G.: 4109144S20130004441. De: Laura Velázquez Beltrán. Contra: Fondo de Garantía Salarial y Alimentos Congelados Nazarenos Alcoma, S.L.L. Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número seis de los de esta capital y su provincia. Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 415/2013, Ejecución número 110/2014, a instancia de la parte actora Laura Velázquez Beltrán contra Fondo de Garantía Salarial y Alimentos Congelados Nazarenos Alcoma, S.L.L. sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución de fecha 21/10/15, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva: Acuerdo: Declarar al ejecutado Alimentos Congelados Nazarenos Alcoma, S.L.L., en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 32.851,43 euros de principal más 6.570,28 euros presupuestados para intereses legales y costas del procedimiento. Archivar las actuaciones previa anotación en los libros de Registro correspondientes de este Juzgado, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes del ejecutado sobre los que trabar embargo. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el número de cuenta de este Juzgado número 4025.0000.00.0415.13 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguido del código «31 Social-Revisión.» Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social- Revisión.» Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. El Letrado de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación al demandado Alimentos Congelados Nazarenos Alcoma, S.L.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Sevilla a 21 de octubre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, María de los Ángeles Peche Rubio. 4W-10666 ———— SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7 Procedimiento: Despidos/ceses en general 818/2015. N.I.G.: 4109144S20150008901. De: Don José Ramón Lledo Gómez Millán. Contra: Telvent Global Services, S.L.U., Telvent Interactiva, S.A., Telvent Git, S.A., Fogasa y Ministerio Fiscal. En virtud de Diligencia de Ordenación, de fecha 15 de enero de 2016, dictada por la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 7 de Sevilla, en los autos número 818/2015, seguidos a instancias de José Ramón Lledo Gómez Millán contra Telvent Global Services, S.L.U., Telvent Interactiva, S.A., Telvent Git, S.A., Fogasa y Ministerio Fiscal, sobre despidos, se ha acordado citar a Telvent Global Services, S.L.U., como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 4 de febrero de 2016 a las 10.00 h y a las 10.30 h, para asistir, respectivamente, a los actos de conciliación y/o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en Avda. de la Buhaira núm. 26, edificio Noga, planta 6.ª debiendo comparecer personalmente, o por personal que

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 13

esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado. Y para que sirva de citación a Telvent Global Services, S.L.U., para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, y su colocación en el tablón de anuncios. En Sevilla a 15 de enero de 2016.—La Letrada de la Administración de Justicia (Firma ilegible.) 6W-293 ————

Juzgados de Instrucción ———— UTRERA.—JUZGADO NÚM. 2 Procedimiento: J. faltas 251/2010. Negociado: L. N.º Rg.: 1268/2010. N.I.G.: 4109543P20100006204. De: Susana Aguilar Campanario y Encarnación Simón Sánchez. Contra: Isaac Tomillo Ruiz y Pedro Rodríguez Villa. Doña Belén Pascual Hernando, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de esta ciudad. Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas n.º 251/2010, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2. Utrera (Sevilla). Juicio de faltas 251/2010. Sentencia n.º 194/2011 En Utrera (Sevilla) a 5 de diciembre de 2011. Antecedentes de hecho Primero.— Los presentes autos fueron incoados en virtud de denuncias formuladas por Susana Aguilar Campanario, empleada de Emilia Molina, S.L. (Benetton) y Encarnación Simón Sánchez, empleada de Intersport, frente a Isaac Tomillo Ruiz y Pedro Rodríguez Villa, por una presunta falta de hurto, dando lugar al procedimiento de juicio de faltas. Segundo.— Previa la tramitación procesal correspondiente, fueron convocadas las partes a juicio oral, estando todas legalmente citadas, con la asistencia únicamente de Susana Aguilar Campanario y Letrado de Emilia Molina, S.L. Tercero.— Dada la naturaleza de la falta objeto de enjuiciamiento, ha intervenido el Ministerio Fiscal. Hechos probados Único.— Se declara probado que sobre las 19:30 horas del día 7 de julio de 2010, los acusados Isaac Tomillo Ruiz y Pedro Rodríguez Villa entraron en las tiendas de Emilia Molina, S.L. (Benetton) e Intersport sitas en calle de las Mujeres, de Utrera (Sevilla), sustrayendo en el primer establecimiento varias prendas de ropa por valor de 218,55 euros, recuperadas en condiciones de volver a ser puestas a la venta, y en el segundo establecimiento 3 bañadores por valor de unos 70 euros respecto a los que no se reclama indemnización. Fundamentos de derecho Primero.— Los hechos declarados probados son constitutivos de la falta de hurto, prevista en el art. 623.1 del Código Penal, por las razones que a continuación se expresan: La única versión de la que se dispone es la de la denunciante Susana Aguilar Campanario, de la tienda Emilia Molina, S.L., ante la incomparecencia de todos los demás. En el acto del juicio se ratificó en su denuncia y explicó que sonó la alarma y la Guardia Civil pudo interceptar a los autores, reconociendo la propia declarante la ropa que portaban como la que habían sustraído del establecimiento. En el propio atestado consta que los autores reconocieron ser los autores del hurto. Segundo.— En consecuencia, Isaac Tomillo Ruiz y Pedro Rodríguez Villa son responsables, en concepto de autores, de la falta referida en el fundamento jurídico primero de esta sentencia, por lo que se le impone a cada uno de ellos una pena de 40 días de multa con una cuota diaria de 4 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 CP en caso de impago (1 día de privación de libertad por cada 2 cuotas impagadas). Tercero.— En cuanto a la responsabilidad civil regulada en los arts. 109 a 122 del Código Penal, no procede puesto que Intersport no ha reclamado y la tienda Emilia Molina, S.L., recuperó las prendas en condiciones de ser puestas a la venta. Cuarto.— El Letrado de la tienda Emilia Molina, S.L., ha solicitado que se declare en la presente Sentencia el derecho de esta entidad a que disponga libremente de los bienes aprehendidos que tienen en calidad de depositarios, petición que lógicamente debe ser admitida. Quinto.— Las costas procesales se entienden impuestas por la Ley a los criminalmente responsables de todo delito o falta (art. 123 CP), y comprenderán los derechos e indemnizaciones ocasionados en las actuaciones judiciales, incluyendo siempre los honorarios de la acusación particular en los delitos sólo perseguibles a instancia de parte (art. 124 CP). Fallo Condeno a Isaac Tomillo Ruiz y Pedro Rodríguez Villa como autores responsables de falta de hurto del art. 623.1 CP a la pena, para cada uno de ellos, de 40 días de multa con una cuota diaria de 4 euros con la responsabilidad personal subsidiaria del art. 53 CP en caso de impago (1 día de privación de libertad por cada 2 cuotas impagadas). Se les condena también al pago de las costas procesales. Se declara expresamente el derecho de la entidad Emilia Molina, S.L., a disponer libremente de las prendas de ropa aprehendidas en la presente causa y que la entidad posee actualmente en concepto de depositario.

14

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, a contar a partir del día siguiente a la fecha de la notificación, que habrá de presentarse ante este Juzgado y del que conocerá la Audiencia Provincial de Sevilla. Así por esta Sentencia lo pronuncia, manda y firma don Mario de las Heras Blanco, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Utrera. Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Isaac Tomillo Ruiz, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el «Boletín Oficial» de de Sevilla, expido la presente. En Utrera a 19 de noviembre de 2015.—La Letrada de la Administración de Justicia, Belén Pascual Hernando. 6W-11555 ————

Juzgados de Primera Instancia ———— UTRERA.—JUZGADO NÚM. 4 Doña María del Pilar Higueras Abolafia, Magistrada/Juez del Juzgado de Primera Instancia número cuatro de esta ciudad. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de dominio, Reanudación de tracto sucesivo 315/15 a instancia de Josefa Bocanegra Moya, Alicia Melgar Bocanegra, Rosario María Melgar Bocanegra y María Milagros Melgar Bocanegra, expediente de dominio para la inmatriculación de la siguiente finca: Finca registral núm. 2326 inscrita en el Registro de la Propiedad de Morón de la Frontera, al folio 161, Libro 68, Tomo 468, Inscripción 6.ª de fecha 12 de septiembre de 1921. El inmueble urbano objeto del presente expediente de dominio consiste en una vivienda sita en la actual calle Real, núm. 62 de la localidad de El Coronil. Urbana: Casa marcada con el número cincuenta y ocho de la calle Real, después Canalejas y Treinta y Uno de Julio de la villa de El Coronil. Linda por la derecha de su entrada con la del número cincuenta y seis; por la izquierda con la del número sesenta y por la espalda con corrales de casas de la calle Nueva. No consta su medida superficial. Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. En Utrera a 1 de octubre de 2015.—El Letrado de la Administración de Justicia. (Firma ilegible.) 36W-10856-P

AYUNTAMIENTOS ————

SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y número de Registro 6707, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 8 de mayo de 2015, relativo a la parcela RS-5 del API-DE-03, calle Medina Azahara de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 21 de diciembre de 2012, fecha en la que fueron recibidas las obras de urbanización de la 2.ª fase del Proyecto de Urbanización del SUNP-TO-2 «Torreblanca Sur». El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72 de 28 de marzo de 2015, publica texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 21 de diciembre de 2014, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro, Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 8 de mayo de 2015, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 4611 de 23 de julio de 2015, de esta autoridad sobre delegación de firma. Vengo en disponer Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la parcela RS-5 del API-DE-03, calle Medina Azahara de esta ciudad (Ref. Catastral 2213714TG4421S0001RI), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, avenida Carlos III de Sevilla.

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 15

Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres (3) meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.» Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias. En Sevilla a 9 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución número 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), M.ª Luisa Arcos Fernández. 8W-12112 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y número de Registro 6704, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 8 de mayo de 2015, relativo a la parcela RS-8 del API-DE-03, calle Medina Azahara de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 21 de diciembre de 2012, fecha en la que fueron recibidas las obras de urbanización de la 2.ª fase del Proyecto de Urbanización del SUNP-TO-2 «Torreblanca Sur». El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72 de 28 de marzo de 2015, publica texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 21 de diciembre de 2014, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro, Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 8 de mayo de 2015, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 4611 de 23 de julio de 2015, de esta autoridad sobre delegación de firma. Vengo en disponer Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la parcela RS-8 del API-DE-03, calle Medina Azahara de esta ciudad (Ref. Catastral 2213717G4421S0001II), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, avenida Carlos III de Sevilla. Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres (3) meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.» Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias. En Sevilla a 9 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución número 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), M.ª Luisa Arcos Fernández. 8W-12113

16

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y número de Registro 6713, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 8 de mayo de 2015, relativo a la parcela IMC-6.1 del API-DE-03, calle Vía Nova de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 21 de diciembre de 2012, fecha en la que fueron recibidas las obras de urbanización de la 2.ª fase del Proyecto de Urbanización del SUNP-TO-2 «Torreblanca Sur». El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72 de 28 de marzo de 2015, publica Texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 21 de diciembre de 2014, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro. Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 8 de mayo de 2014, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 4611 de 23 de julio de 2015, de esta autoridad sobre delegación de firma. Vengo en disponer Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la parcela IMC-6.1 del API-DE-03, calle Vía Nova de esta ciudad (Ref. Catastral 151580TG4411N0001YL), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, avenida Carlos III de Sevilla. Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1.964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres (3) meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.» Lo que se le notifica para su conocimiento y efectos oportunos, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.1b del Decreto 365/64, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y en cumplimiento de lo indicado por la Dirección General de Patrimonio mediante escrito de 19 de marzo de 2014, en el que se significa que la competencia en esta materia corresponde a la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio. En Sevilla a 2 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución número 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), M.ª Luisa Arcos Fernández. 8W-12114 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y número de Registro 6711, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 8 de mayo de 2015, relativo a la parcela RU-5 del API-DE-03, calle Vía Augusta de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 21 de diciembre de 2012, fecha en la que fueron recibidas las obras de urbanización de la 2.ª fase del Proyecto de Urbanización del SUNP-TO-2 «Torreblanca Sur». El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72, de 28 de marzo de 2015, publica texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 21 de diciembre de 2014, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte (20) días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro, Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 8 de mayo de 2015, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 4611 de 23 de julio de 2015, de esta autoridad sobre delegación de firma.

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 17

Vengo en disponer Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la parcela RU-5 del API-DE-03, calle Vía Augusta de esta ciudad (Ref. Catastral 2114401TG4421S0001UI), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, avenida Carlos III de Sevilla. Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres (3) meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.» Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias. En Sevilla a 3 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución número 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), M.ª Luisa Arcos Fernández. 8W-12115 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y número de registro 6709, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 8 de mayo de 2015, relativo a la parcela RS-2 del API-DE-03, calle Medina Azahara de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 21 de diciembre de 2012, fecha en la que fueron recibidas las obras de urbanización de la 2.ª fase del Proyecto de Urbanización del SUNP-TO-2 «Torreblanca Sur». El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72, de 28 de marzo de 2015, publica texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 21 de diciembre de 2014, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte (20) días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado registro, Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 8 de mayo de 2015, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 4611, de 23 de julio de 2015, de esta autoridad sobre delegación de firma. Vengo en disponer Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la parcela RS-2 del API-DE-03, calle Medina Azahara de esta ciudad (Ref. Catastral 2213711TG442150001MI), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, avenida Carlos III de Sevilla. Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

18

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias. En Sevilla a 3 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución número 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), M.ª Luisa Arcos Fernández. 8W-12116 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y número de Registro 6715, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 8 de mayo de 2015, relativo a la parcela IMB-2 del API-DE-03, calle Vía Apia de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 21 de diciembre de 2012, fecha en la que han fueron recibidas las obras de urbanización de la 2.ª fase del Proyecto de Urbanización del SUNP-TO-2 «Torreblanca Sur». El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72, de 28 de marzo de 2015, publica texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 21 de diciembre de 2014, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte (20) días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro, Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 8 de mayo de 2015, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 4611, de 23 de julio de 2015, de esta autoridad sobre delegación de firma. Vengo en disponer Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la parcela IMB-2 del API-DE-03, calle Vía Apia de esta ciudad (Ref. Catastral 1618701TG4411N0001OL), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, avenida Carlos III de Sevilla. Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.» Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias. En Sevilla a 2 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución número 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), M.ª Luisa Arcos Fernández. 8W-12117 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y número de registro 6714, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 8 de mayo de 2015, relativo a la finca sita en la parcela IMB-5.2 del API-DE-03, calle Vía Nova de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 21 de diciembre de 2012, fecha en la que fueron recibidas las obras de urbanización de la 2.ª fase del Proyecto de Urbanización del SUNP-TO-2 «Torreblanca Sur».

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 19

El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72, de 28 de marzo de 2015, publica texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 21 de diciembre de 2014, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte (20) días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro, Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 8 de mayo de 2015, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 4611, de 23 de julio de 2015, de esta autoridad sobre delegación de firma. Vengo en disponer Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la parcela IMB-5.2 del API-DE-03, calle Vía Nova de esta ciudad (Ref. Catastral 1714502TG4411S0001TR), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, avenida Carlos III de Sevilla. Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común». Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias. En Sevilla a 2 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución número 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), M.ª Luisa Arcos Fernández. 8W-12118 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y número de Registro 6708, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 8 de mayo de 2015, relativo a la parcela RS-3 del API-DE-03, calle Medina Azahara de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 21 de diciembre de 2012, fecha en la que fueron las obras de urbanización de la 2.ª fase del Proyecto de Urbanización del SUNP-TO-2 «Torreblanca Sur». El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72, de 28 de marzo de 2015, publica texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 21 de diciembre de 2014, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro, Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 8de mayo de 2015, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 4611, de 23 de julio de 2015, de esta autoridad sobre delegación de firma. Vengo en disponer Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la parcela RS-3 del API-DE-03, calle Medina Azahara de esta ciudad (Ref. Catastral 2213712TG4421S0001OI), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el

20

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

siguiente a la notificación de esta Resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el Edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, avenida Carlos III de Sevilla. Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres (3) meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.» Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias. En Sevilla a 9 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución número 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), M.ª Luisa Arcos Fernández. 8W-12119 ———— SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y número de Registro 6712, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 8 de mayo de 2015, relativo a la parcela IMC-6.2 del API-DE-03, calle Vía Nova de esta ciudad, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el 21 de diciembre de 2012, fecha en la que fueron recibidas las obras de urbanización de la 2.ª fase del Proyecto de Urbanización del SUNP-TO-2 «Torreblanca Sur». El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza reguladora del registro municipal de solares y edificaciones ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia número 72, de 28 de marzo de 2015, publica texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas no comprendidas en el Centro Histórico es de dos (2) años desde la fecha en que se encuentren libres de edificación, habiendo vencido el mismo el pasado 21 de diciembre de 2014, sin que conste el comienzo de las correspondientes obras. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte (20) días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro, Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 8 de mayo de 2015, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución número 4611, de 23 de julio de 2015, de esta autoridad sobre delegación de firma. Vengo en disponer Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la parcela IMC-6.2 del API-DE-03, calle Vía Nova de esta ciudad (Ref. Catastral 1515802TG4411N0001GL), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el Edificio número 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, avenida Carlos III de Sevilla. Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.» Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias. En Sevilla a 2 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia P.D. La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución número 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), M.ª Luisa Arcos Fernández. 8W-12120

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 21

SEVILLA Gerencia de Urbanismo Con fecha 30 de noviembre de 2015 y nº 6720 de Registro, el Sr. Gerente se ha servido decretar lo siguiente: «Por la Sección técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos se ha emitido informe con fecha 16 de octubre de 2015, relativo a la finca sita en C/ Pagés del Corro n.º 37 de esta ciudad, con referencia catastral nº 3922042TG3432S0001LJ, en el que consta que la misma constituye un solar libre de edificación al menos desde el año 1999. El plazo fijado por el artículo 2.4 la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas («Boletín Oficial» de la provincia n.º 72 de 28 de marzo de 2015 publica Texto íntegro modificado), para dar cumplimiento al deber de edificar para los solares localizados en zonas comprendidas en el Centro Histórico es de un año desde la fecha en que se encuentren libres de edificación. Sobre la citada finca consta una licencia de nueva planta concedida el 25 de julio de 2007 -expte. 2828/06 LU-, por lo que dicho plazo quedó interrumpido, si bien la misma ha sido caducada por acuerdo de la Comisión Ejecutiva de 15 de julio de 2015, lo que conlleva la revocación automática de la interrupción producida sobre el indicado cómputo, de conformidad con el artículo 5 de dicha Ordenanza. La no iniciación de la edificación de las parcelas y solares en el indicado plazo, previa audiencia a las personas propietarias por veinte días, comporta la inclusión de la parcela o solar en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, de conformidad con el artículo 150.1 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la citada Ordenanza, por lo que procede iniciar procedimiento para la inclusión de la referida finca en el citado Registro, Visto el informe emitido por la Sección Técnica del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos con fecha 16 de octubre de 2015, las disposiciones anteriormente citadas, las facultades conferidas por el artículo 27 de los Estatutos de la Gerencia de Urbanismo, así como la resolución nº 4611 de 23 de julio de 2015 de esta autoridad sobre delegación de firma. Vengo en disponer: Primero.—Incoar procedimiento administrativo para la inclusión en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas de la finca sita en C/ Pagés del Corro nº 37 de esta ciudad (Ref. Catastral 3922042TG343250001LJ), por incumplimiento del deber de edificar. Segundo.—Conceder, conforme a lo previsto en el artículo 150.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y 3.3 de la Ordenanza Reguladora del Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas trámite de audiencia previa, en su caso, a la inclusión en el citado Registro, advirtiéndoles que durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de esta Resolución, podrán formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes, a cuyos efectos podrá examinar el expediente en el Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos, ubicado en el Edificio nº 5 de la sede de esta Gerencia, sita en el Recinto de la Cartuja, Avda. Carlos III de Sevilla. Tercero.—Notificar y publicar los presentes acuerdos de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 15.1.b) y c) del Decreto 635/1.964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro Municipal de Solares. Cuarto.—En base a la complejidad objetiva de la tramitación del procedimiento (publicación en Boletines Oficiales, información registral de las Oficinas del Registro de la Propiedad donde radique el inmueble) así como el volumen de inmuebles afectados por este tipo de procedimiento, ampliar al máximo legal el plazo para su resolución y notificación, es decir tres meses más, de conformidad con lo establecido por el artículo 42.6 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.» Lo que se hace público para general conocimiento de conformidad con los artículos 58 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 15.1 b), c) y d) del Decreto 635/1964, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Edificación Forzosa y Registro de Solares. Durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia, podrán los interesados examinar el expediente y alegar, en dicho plazo, lo que tuvieran por conveniente, aportando o proponiendo las pruebas que consideren necesarias. Sevilla, 14 de diciembre de 2015.—El Secretario de la Gerencia.—P.D.: La Jefa del Servicio de Gestión y Convenios Urbanísticos (Resolución nº 658, de 22 de febrero de 2007, completada el 14 de julio de 2015), Mª Luisa Arcos Fernández. 25W-12165 ———— ALBAIDA DEL ALJARAFE En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas celebrada con fecha 14 de diciembre de 2015, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2010, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. En Albaida del Aljarafe a 8 de enero de 2016.—El Alcalde, José Antonio Gelo López. ———— En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas celebrada con fecha 14 de diciembre de 2015, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2011, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. En Albaida del Aljarafe a 8 de enero de 2016.—El Alcalde, José Antonio Gelo López. ———— En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas

22

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

celebrada con fecha 14 de diciembre de 2015, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2012, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. En Albaida del Aljarafe a 8 de enero de 2016.—El Alcalde, José Antonio Gelo López. ———— En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas celebrada con fecha 14 de diciembre de 2015, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes. En Albaida del Aljarafe a 8 de enero de 2016.—El Alcalde, José Antonio Gelo López. 6W-137 ———— ARAHAL Don Miguel Ángel Márquez González, Alcalde–Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad. Hace saber: Que por esta Alcaldía se dictaron Decretos números 38/2016 y 39/2016 de fecha 12 de enero de 2016, cuyos tenores literales son los siguientes: Decreto Número 38/2016. Vistos los Padrones y artículos reguladores de la gestión de las Tasas que a continuación se relacionan: 6ª) Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos. 13ª) Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas, barriles y otras instalaciones análogas con finalidad lucrativa. 14ª) Tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico. 16ª) Tasa por instalación de quioscos en la vía pública. 18ª) Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase. 19ª) Tasa por el servicio de mercado. 36ª) Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local con cajeros automáticos de entidades bancarias y financieras. Visto lo dispuesto en el artículo 11 de la Ordenanza general de gestión y recaudación de los tributos y otros ingresos de derecho público. Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas, de conformidad con la legislación vigente, por medio del presente vengo en resolver: Primero.—Aprobar los Padrones fiscales de las tasas que a continuación se relacionan: 6ª) Tasa por recogida de residuos sólidos urbanos. 13ª) Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas, barriles y otras instalaciones análogas con finalidad lucrativa. 14ª) Tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico. 16ª) Tasa por instalación de quioscos en la vía pública. 18ª) Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y las reservas de aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase. 19ª) Tasa por el servicio de mercado. 36ª) Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local con cajeros automáticos de entidades bancarias y financieras. Segundo.—Exponer al público, por espacio de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para que puedan ser examinados por los interesados y se puedan presentar las reclamaciones pertinentes en las oficinas municipales, en horario de atención al público de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 horas. Tercero.—Elevar dichos padrones a definitivos si en dicho plazo no se presentan reclamaciones. Cuarto.—Dar cuenta a los Servicios Económicos, para su conocimiento y efectos oportunos. Decreto Número 39/2016. Visto que en virtud de los dispuesto en los artículos 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y 24 del Reglamento General de Recaudación de 29 de julio de 2005, en los tributos de cobro periódico por recibo, una vez notificada la liquidación correspondiente al alta en el respectivo registro, padrón o matrícula, podrán notificarse colectivamente las sucesivas liquidaciones mediante edictos que así lo adviertan. Visto lo dispuesto en las Ordenanzas fiscales reguladoras de dichas Tasas. Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas, de conformidad con la legislación vigente, por medio del presente vengo en resolver: Primero.—Proceder a publicar en el «Boletín Oficial» de la provincia y en el tablón del Ayuntamiento el anuncio con el tenor literal siguiente: «Se pone en conocimiento de los contribuyentes obligados al pago y público en general los periodos de ingreso en voluntaria de los recibos de las tasas que a continuación se relacionan:

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 23

13ª) Tasa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas, barriles y otras instalaciones análogas con finalidad lucrativa del 1 de septiembre al 20 de noviembre de cada ejercicio. 14ª) Tasa por puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público e industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico, desde el día 16 del primer mes del semestre hasta el día 15 del segundo, excepto en el supuesto de aprovechamientos en el mercado de los jueves, que será por trimestres naturales desde el día 16 del segundo mes hasta el día 15 del tercer mes. 16ª) Tasa por instalación de quioscos en la vía pública, por trimestres naturales, desde el día 16 del primer mes del trimestre hasta el 15 del segundo mes. 19ª) Tasa por el servicio de mercado, mensualmente dentro de la primera quincena del mes siguiente a cada uno de los devengados. 36ª) Tasa por aprovechamiento especial del dominio público local con cajeros automáticos de entidades bancarias y financieras, del 15 al 31 de mayo de cada ejercicio. Lugares de pago: En la entidad colaboradora que en cada caso se determine, previa presentación de las cartas de aviso de pago que se entregan a los interesados por el personal del Ayuntamiento o se envían a sus domicilios. Apremio: Transcurrido el plazo de ingreso en voluntaria se inicia el periodo ejecutivo, que determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio. Segundo.—Dar cuenta a los Servicios Económicos, para su conocimiento y efectos oportunos. Lo que se hace público para general conocimiento. En Arahal a 12 de enero de 2016.—El Alcalde–Presidente, Miguel Ángel Márquez González. 8W-217 ———— LA CAMPANA Don Manuel Fernández Oviedo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de La Campana (Sevilla), en sesión ordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2015, acordó la aprobación inicialmente la Ordenanza Municipal de Transparencia del Ayuntamiento de La Campana y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo, debiéndose publicar su texto de manera íntegra en el «Boletín Oficial» de la provincia para su entrada en vigor. El expediente estará a disposición de los interesados en la Secretaría del Ayuntamiento. En La Campana a 5 de enero de 2016.—El Alcalde-Presidente, Manuel Fernández Oviedo. 6D-172 ———— LA CAMPANA Don Manuel Fernández Oviedo, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Campana (Sevilla). Hace saber: Por resolución nº 03/2016, de 8 de enero, dictado por la Alcaldía Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de La Campana (Sevilla), se han aprobado las bases y la convocatoria para cubrir la plaza de personal funcionario Arquitecto Técnico/Ingeniero de la edificación para este Ayuntamiento, en régimen de interinidad, y a través del sistema de concurso-oposición. Dichas bases reguladoras que regirán la convocatoria responden al siguiente tenor literal: «Bases que han de regir el proceso selectivo para provisión por funcionario interino de una plaza de Arquitecto Técnico/ Ingeniero de la Edificación, por concurso-oposición, incluida en la plantilla de personal funcionario de esta Corporación Primera.— Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la regulación del proceso selectivo de funcionario interino, a través del procedimiento de selección de concurso-oposición y en el marco del artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para la cobertura de una plaza vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, concretamente de Arquitecto Técnico/Ingeniero de la Edificación. En el supuesto de que se produjere el cese del funcionario interino nombrado por alguna de las causas articuladas en el artículo 63 del precitado texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; de concurrir en el futuro alguno de los supuestos del artículo 10.1 del mismo texto legal, o en caso de ser necesaria la sustitución de funcionario de carrera que desempeñe similar puesto de trabajo, la presente convocatoria servirá asimismo, de conformidad con el artículo tercero de la Orden 1461/2002, de 6 de junio, al objeto de elaborar relación de candidatos para su nombramiento como funcionario interino, salvo que la Administración optare por efectuar una nueva convocatoria pública. Los créditos derivados de los gastos que impliquen el nombramiento del funcionario interino seleccionado se imputarán con cargo a las aplicaciones del Presupuesto General del Ayuntamiento de La Campana. Segunda.— Legislación aplicable. Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Esta-

24

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

tuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionario de Administración Local; Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionario Civiles de la Administración General del Estado, y Orden APU 1461/2002, de 6 de junio. Tercera.— Requisitos de los aspirantes. Para participar en el proceso selectivo de concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o tener otra nacionalidad, que conforme a la normativa comunitaria vigente en España le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que se halla definida en el Tratado de la Unión Europea y normativa de desarrollo. También podrán ser admitidos, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. b) Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. c) No estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad de las establecidas en la normativa vigente en la función pública. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. e) Estar en posesión de la titulación exigida o en condiciones de obtenerla: Titulación Universitaria de Arquitecto Técnico o Grado en Ingeniería de la Edificación. En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá acreditarse la correspondiente homologación, a tenor de lo regulado en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado. f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. g) Además, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos: • Dominio de herramientas ofimáticas y de uso de Internet a nivel de usuario. • Dada la naturaleza de las funciones a desarrollar y la necesidad de movilidad para la implementación y desarrollo de las mismas, se requerirá estar en posesión del Permiso de Conducir B1. Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente al presentar la solicitud a la que se adjuntará copia compulsada del DNI y de la titulación exigida o resguardo de haber abonado los derechos para su expedición, salvo, el de las letras c, d y f, que lo serán antes de efectuarse el nombramiento de funcionario interino. Cuarta.— Solicitudes. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán, conforme al modelo que acompaña como Anexo II a las presentes bases, su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de La Campana, manifestando que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos, acompañada de la siguiente documentación: • Fotocopia compulsada del DNI vigente o en su caso, del documento oficial de renovación del mismo, pasaporte o documento nacional equivalente en el caso de extranjeros. • Fotocopias compulsadas de las titulaciones exigidas en la convocatoria: Titulación Universitaria de Arquitecto Técnico o Grado en Ingeniería de la Edificación. • Fotocopia compulsada del Carnet de Conducir B1 vigente. • Fotocopias compulsadas de certificados de cursos que acrediten el dominio de herramientas ofimáticas y de uso de Internet a nivel de usuario. • Autobaremación según Anexo II. • Fotocopias compulsadas de documentación acreditativa de cuantos méritos deseen les sean valorados a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. (contratos de trabajo debidamente inscritos en los Servicios Públicos de Empleo o, en su caso, actas de toma de posesión y cese; título académico de Arquitecto; certificados de cursos y/o masters; certificados emitidos por órganos competentes de la Administración Pública respectiva de haber participado en la redacción de instrumentos de planeamiento general o de desarrollo, así como modificaciones de los mismos). • Informe de Vida Laboral. • Currículum Vitae. De finalizar el plazo de presentación de instancias en día hábil en el que el Registro Municipal de Entrada de Documentos se encuentre cerrado, se entenderá finalizado el plazo el primer día hábil siguiente. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con minusvalía en grado igual o superior al 33% que lo soliciten las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización. Cuando la disminución acreditada del aspirante afecte a su capacidad productiva o mecánica para el desarrollo de las pruebas o ejercicios de que se trate en el tiempo señalado, podrá admitirse excepcionalmente la ampliación en un tercio del tiempo prevista para su realización.

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 25

En este sentido, y además de los documentos anteriormente mencionados, deberá aportar con la solicitud de participación en el proceso selectivo el certificado acreditativo de tal condición, de su capacidad para desempeñar las funciones de la plaza convocada y de las adaptaciones necesarias para la correcta realización de los ejercicios, expedido por el órgano directivo competente de la Consejería de Políticas Sociales o por el órgano competente de la Administración General del Estado o de las restantes Comunidades Autónomas. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de La Campana sito en Avda. Fuentes de Andalucía, s/n, del municipio de La Campana (Sevilla) o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los aspirantes, con la indicada solicitud, presentarán la documentación en castellano (original o copia compulsada) que acredite los méritos a valorar en el concurso de méritos, según el contenido del baremo que posteriormente se describe, no admitiéndose la presentación ni valoración de méritos referidos a fecha posterior a la de expiración de presentación de solicitudes o acreditados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art.71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya citada. Tendrá la consideración de defecto no subsanable la solicitud extemporánea así como la documentación aportada a efectos de méritos a valorar en la fase de concurso. Quinta.— Admisión de aspirantes. La lista provisional de admitidos y excluidos se hará pública mediante edicto en el tablón de anuncios y página web oficial del Ayuntamiento de La Campana con carácter previo al inicio del proceso selectivo a efectos de posible subsanación de documentación en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la lista provisional. Expirado el plazo de presentación de instancias y, en su caso, plazo de subsanación de deficiencias, se publicará edicto en el tablón de anuncios y pagina web oficial del Ayuntamiento de La Campana concretando la lista definitiva de admitidos/as al proceso selectivo. Sexta.— Órgano de selección. El Órgano que efectúe la selección estará integrado por cinco miembros, con un Presidente y cuatro Vocales, asistidos por un Secretario, que actuará con voz y sin voto. La composición será la siguiente: Presidente (con voz y voto): Don Francisco Javier Fernández Berrocal, Secretario General del Ayuntamiento de La Campana. Vocales (con voz y voto): • Don Daniel Luis Toledano Rodríguez, Secretario Interventor del Ayuntamiento de La Luisiana. • Don Manuel Martín Trujillo, Secretario Interventor del Ayuntamiento de Cañada Rosal (Sevilla). • Don Manuel Márquez Pigner, Arquitecto del Ayuntamiento de La Luisiana. • Don José Antonio Calderón León, Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Cañada Rosal. Secretario (con voz y sin voto): Don Joaquín Caro Naranjo, Administrativo del Ayuntamiento de La Campana. El Órgano de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, del Secretario y de la mitad al menos de los Vocales. Asimismo, el Órgano de Selección podrá disponer la incorporación al mismo de asesores especialistas que colaborarán con aquél en el ejercicio de sus especialidades técnicas, que actuarán con voz y sin voto. Los miembros del Órgano de Selección deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas de acceso a la función pública en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. A tal efecto, el Presidente/a del Órgano de Selección exigirá a los miembros del mismo declaración de no hallarse incurso/a en circunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que, de oficio, deba el/la afectado/a notificarlo al órgano de pertenencia. Cualquier interesado/a podrá promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias. Las dudas y/o reclamaciones que puedan originarse sobre la interpretación en la aplicación de las Bases de la presente Convocatoria, serán resueltas por el Órgano de Selección. En caso de empate es el Presidente del Órgano de Selección el que goza de voto de calidad. Todos los miembros del Órgano de Selección tendrán derecho a percibir las asistencias que correspondan con arreglo a la ley. En relación a las cuantías rige el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, o, en su caso, la disposición aplicable en el momento de la realización del proceso selectivo. Las resoluciones del Órgano de Selección vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992, 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. La voluntad del Órgano de Selección, en vista a la calificación de las pruebas, podrá formarse por unanimidad de sus miembros, por mayoría de los miembros del mismo, así como por media aritmética de las calificaciones individualmente asignadas por cada miembro del Órgano de Selección. En todo caso, corresponderá a la Presidencia del Órgano de Selección dirimir los empates con su voto de calidad. Séptima.— Orden de selección. Para establecer el orden en que habrá de efectuarse la selección se estará al resultado del sorteo que se realizará por el Órgano de Selección antes del comienzo del proceso selectivo.

26

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

El Órgano de Selección establecerá el calendario para la realización de la selección. Los candidatos serán convocados en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Órgano de Selección. Octava.— Proceso de selección. El proceso de selección comprenderá dos fases: oposición y concurso. A) Fase de concurso: La fase de concurso será previa a la de oposición. Los aspirantes deberán presentar los documentos que acrediten los méritos del concurso, mediante originales o fotocopias compulsadas en unión de la solicitud. El Órgano de Selección, una vez constituido, examinará los documentos aportados por cada aspirante y determinará la puntuación correspondiente. La puntuación máxima por la fase de concurso será de 10 puntos. El concurso se valorará conforme al siguiente baremo: A. Experiencia profesional (hasta un máximo de 5 puntos): • Por cada mes completo de servicios efectivos prestados en la Administración Local (Ayuntamientos) en plazas análogas a la plaza objeto de las presentes Bases: 0,20 puntos, hasta un máximo de 5 puntos. • Por cada mes completo de servicios efectivos prestados en otras Administraciones Públicas (Mancomunidades de Municipios, Consorcios, Diputaciones Provinciales, Comunidades Autónomas y Estado) en plazas análogas a la plaza objeto de las presentes Bases: 0,15 puntos, hasta un máximo de 5 puntos. • Por cada mes completo de servicios efectivos prestados en entes instrumentales de Administraciones Públicas en plazas análogas a la plaza objeto de las presentes Bases: 0,10 puntos, hasta un máximo de 5 puntos. • Por cada mes completo de servicios efectivos prestados en empresas privadas en plazas análogas a la plaza objeto de las presentes Bases: 0,05 puntos, hasta un máximo de 5 puntos. La prestación de los servicios en la Administración Pública se acreditará mediante fotocopias debidamente compulsadas de los contratos de trabajo debidamente inscritos en los Servicios Públicos de Empleo (o, en su caso, actas de toma de posesión y cese). Con carácter alternativo a lo anterior, mediante certificado emitido por órgano competente de los mismos, en el que deberá constar las funciones desarrolladas, denominación del puesto de trabajo, con especificación del grupo y categoría, que ocupe o haya ocupado, con expresión del tiempo de servicios prestados y jornada laboral, dependencia a la que está o ha estado adscrito y relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo. La prestación de los servicios en entes instrumentales de Administraciones Públicas o en empresas privadas se acreditará mediante fotocopias debidamente compulsadas de los contratos de trabajo debidamente inscritos en los Servicios Públicos de Empleo. Asimismo, el aspirante habrá de adjuntar certificado en que consten las funciones desarrolladas a efectos de acreditar su correspondencia con la plaza convocada. Los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente, excepto que la reducción obedezca a alguno de los supuestos previstos en la normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados de familiares y demás supuestos fundados en la conciliación de la vida familiar y laboral. B. Formación (hasta un máximo de 4 puntos): • Por estar en posesión del título de Arquitecto, 4 puntos. • Por realización de «máster» o cursos de especialización con una duración igual o superior a 1.500 horas, 3 puntos. • Por la realización de cursos que guarden relación directa con las funciones propias del puesto de trabajo de Arquitecto Técnico/Ingeniero de la Edificación, 0,01 puntos por hora de formación. Solamente puntuarán aquellos «máster» o cursos cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza convocada. En cualquier caso, habrán de haber sido convocados por una Administración Pública, organismos dependientes de la misma o colegios profesionales. En el supuesto de que hayan sido convocados por entidades distintas a las mencionadas anteriormente deberán estar homologados por el INAP, IAAP u organismo análogo de la Comunidad Autónoma correspondiente o hallarse incluidos en el correspondiente acuerdo de formación continua en las Administraciones Públicas. La titulación de Arquitecto se justificará con fotocopia compulsada del título o certificado acreditativo de haber abonado los derechos de expedición de mismo. Los «máster» o cursos recibidos se acreditarán mediante certificado del organismo que lo impartió u homologó o, en su caso, el título o diploma obtenido, donde conste el número de horas lectivas. En caso de no justificarse la duración del curso y horas lectivas, éste no será objeto de valoración. C. Otros méritos (hasta un máximo de 1 punto): Por la redacción de cualquiera instrumentos de planeamiento general o de desarrollo, así como modificaciones de los mismos, incluidas las modificaciones puntuales, siendo necesarios que hayan sido aprobados definitivamente por la Administración Pública competente: 0,50 puntos por instrumento. No será objeto de valoración las colaboraciones o participaciones parciales en la redacción de los mismos. La redacción de los instrumentos de planeamiento general o de desarrollo, sus modificaciones y modificaciones puntuales, se acreditarán mediante certificado emitido por órgano competente de la Administración Pública respectiva, en el que deberá constar, al menos, técnico redactor, fecha de aprobación definitiva y acuerdo de Administración Pública que lo aprobó definitivamente. Terminada la calificación de la fase de concurso se publicará su resultado en el tablón de anuncios y en la página web oficial del Ayuntamiento de La Campana y en la misma publicación se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse de realizarse el primer ejercicio de la fase de oposición en llamamiento único para todos los aspirantes admitidos definitivamente. Los anuncios de la celebración de la siguiente prueba de la fase de oposición se harán públicos por el órgano de selección en el precitado tablón de anuncios, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación al comienzo de esta segunda prueba. No se admitirá reclamación o alegación alguna la publicación del anuncio con la relación de aprobados del proceso selectivo, fijándose por el Órgano de Selección día, hora y lugar a tales efectos.

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 27

B) Fase de oposición: La fase de oposición comprenderá a su vez dos ejercicios (teórico y práctico). b.1) Celebración de los ejercicios: Todos los ejercicios de la fase de oposición serán eliminatorios. Entre la finalización del primer ejercicio y el inicio del segundo deberá trascurrir un mínimo de cuarenta y ocho horas. Los aspirantes serán convocados en llamamiento único. La no presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado comportará automáticamente la pérdida de su derecho a participar en él y en los sucesivos, quedando excluido del proceso selectivo. El Órgano de Selección, salvo razones que justifiquen lo contrario, adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición sean corregidos sin conocer la identidad de los aspirantes. b.2) Ejercicios y calificación: La oposición constará de los siguientes ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio: 1º. Teórico. Consistirá en contestar por escrito, en un plazo máximo de sesenta minutos, un cuestionario de 50 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, elaborado por el Órgano de Selección inmediatamente antes de su realización, en relación a los contenidos de programa que consta como Anexo I de esta convocatoria. Cada pregunta contestada correctamente se puntuará con 0,20 puntos. Las preguntas no contestadas no puntuarán y las contestadas erróneamente restarán 0,10 puntos. La puntuación máxima a obtener en este ejercicio será de 10 puntos y para superarlo los aspirantes deberán obtener al menos 5 puntos. 2º. Práctico. Consistirá en resolver dos supuestos prácticos propuestos por el Órgano de Selección, durante un tiempo máximo de tres horas. Dichos supuestos constarán de una o varias cuestiones a resolver y estarán dirigidos a apreciar la capacidad de los aspirantes para desempeñar las tareas cuya realización corresponda a la plaza convocada y relacionado con las materias específicas comprendidas en el programa establecido en el Anexo I. La puntuación máxima a obtener en este ejercicio será de 10 puntos y para superarlo los aspirantes deberán obtener al menos 5 puntos. Novena.— Calificación definitiva. El orden de clasificación definitiva vendrá determinado por la suma de las clasificaciones obtenidas en las fases de Concurso y Oposición. La puntuación máxima será de 30 puntos (10 puntos fase de concurso y 20 puntos fase de oposición). En caso de empate, se resolverá el mismo a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición, y en segundo lugar, a favor del aspirante que hubiere obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se dirimirá el mismo mediante sorteo público, previa convocatoria a los interesados. Se considerará aprobado el/la aspirante con mayor puntuación final, sin perjuicio de que el Órgano de Selección pueda proponer, asimismo, a la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de La Campana la designación de suplentes siempre que se hubiere superado el proceso selectivo a efectos de posibles sustituciones. Una vez terminada la fase de Concurso y de la fase de Oposición, el Órgano de Selección hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación y en la página web oficial del Ayuntamiento de La Campana, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento propuesta del aspirante que deberá obtener el nombramiento. Dicho anuncio concretará día, hora y lugar a efectos de posibles reclamaciones o alegaciones. Décima.— Presentación de documentación. El aspirante que hubiera superado el Concurso-Oposición y figure en la propuesta que eleva el Órgano de Selección al Sr. Alcalde para su nombramiento, presentará en el Ayuntamiento, dentro del plazo máximo de cinco días naturales a partir de la publicación de la lista de seleccionados en el tablón de edictos y pagina web oficial, los siguientes documentos: A. Declaración acreditativa de los extremos exigidos en la Base Tercera y documentación no aportada junto a la solicitud de entre la reseñada en la precitada Base (apartados c), d) y f)). B. Declaración de no estar incurso en causa de incompatibilidad o, de estarlo, actuar conforme a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el candidato propuesto no presentara su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad. En este caso, la propuesta se considerará hecha a favor del aspirante que, habiendo superado la fase de Oposición, siga al último propuesto por orden de puntuación, debiendo presentar la documentación anteriormente indicada en el plazo de cinco días naturales. Cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados antes del nombramiento o toma de posesión se estará a lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Undécima.— Nombramiento y toma de posesión. Finalizado el proceso selectivo, el Órgano de Selección hará pública la relación definitiva de candidatos con especificación de la puntuación total obtenida por cada aspirante, por orden de puntuación. Dicha relación será elevada al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de La Campana con propuesta de aceptación. Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al aspirante seleccionado, a la Alcaldía Presidencia del municipio de La Campana a efecto del correspondiente nombramiento. Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas, el aspirante será nombrado funcionario interino, y deberá tomar posesión en el plazo de 48 horas, a contar del siguiente al que le sea notificado el

28

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se determina la fórmula de juramento o promesa para la toma de posesión de cargos o funciones públicas. El nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. En idéntico plazo deberá ejercer la opción prevista en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre. De no tomar posesión en el plazo indicado, se entenderá que renuncia a todos los derechos derivados del proceso selectivo. El cese del funcionario interino se producirá, además de por las causas previstas en el artículo 63 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento, es decir, cuando se proceda a la cobertura por funcionario de carrera. Decimosegunda.— Incidencias. El Órgano de Selección quedará autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la selección. A estos efectos, los acuerdos se adoptarán por mayoría de los miembros presentes. Decimotercera.— Recursos. Contra las presente bases que agotan la vía administrativa se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo ha dictado (artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local modificado por la Ley 11/1999 y artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común) o, alternativamente, recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, dentro del plazo de dos meses (artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 10, 45 y 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). En ambos casos, el plazo se computará desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. Anexo I: Temario fase de oposición: Temario común Tema 1.— La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. La reforma constitucional. Tema 2.— El régimen local: Significado y evolución histórica. La administración local en la constitución. El principio de autonomía local: Significado, contenido y límites. Las competencias municipales. Tema 3.— El municipio: Concepto y elementos. El término municipal: El problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica. La población municipal. El padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros. Tema 4.— El personal al servicio de las entidades locales: Concepto y clases. La función pública local: Organización, selección y situaciones administrativas de los funcionarios. El personal laboral. Régimen disciplinario. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Exigencia de responsabilidad patrimonial. Responsabilidad penal. Tema 5.— El procedimiento administrativo: Sus fases. Tema 6.— Los recursos administrativos (i): Principios generales. Recurso administrativo de alzada. Recurso administrativo potestativo de reposición. Recurso administrativo extraordinario de revisión. Tema 7.— El acto administrativo. Concepto y clases. Motivación, notificación y publicación. Principios generales de la eficacia. Ejecutividad. Nulidad, anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos. Límites de la invalidez. Conversión, conservación y convalidación de los actos administrativos. La revisión de oficio. Tema 8.— Actividad de las administraciones públicas. Derechos de los ciudadanos. Registros. Términos y plazos. Tema 9.— Órganos colegiados en la administración pública. Régimen y composición. Convocatoria. Sesiones. Actas. Especial referncia al régimen de sesiones de órganos colegiados en las entidades locales. Tema 10.— Clases de contratos administrativos en el real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de contratos del sector público. Procedimientos de contratación administrativa. Garantías en materia de contratación administrativa. Formalización de contratos. Modificaciones y extinciones. Tema 11.— El presupuesto de las entidades locales. Elaboración y aprobación. Control y fiscalización. Tema 12.— El libre acceso a las actividades y servicios y su ejercicio. La apertura de establecimientos mercantiles e industriales. La declaración responsable y régimen de autorización. Tema 13.— El Estatuto de Autonomía para Andalucía de 2007. Antecedentes. Estructura y contenido esencial. Derechos sociales, deberes y políticas públicas. Competencias y organización territorial de la comunidad autónoma. La reforma del estatuto. Tema 14.— Responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas. Principios. Responsabilidad concurrente. Indemnización. Procedimientos de responsabilidad patrimonial. Responsabilidad de derecho privado. Tema 15.— Modos de gestión de los servicios públicos en la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. Temario específico Tema 1.— El urbanismo. Normativa en materia urbanística. La Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. Estructura y contenido. Tema 2.— El real decreto legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo y rehabilitación urbana. estructura y contenido. Tema 3.— La ley de ordenación de la edificación. Exigencias técnicas y administrativas de la edificación. Agentes de la edificación. Tema 4.— Régimen urbanístico del suelo. La clasificación urbanística. Tema 5.— Cédula urbanística. Contenido y procedimiento de concesión. Tema 6.— El planeamiento urbanístico (I). instrumentos de la ordenación urbanística. Instrumentos de planeamiento. Generalidades. Tema 7.— El planeamiento urbanístico (II). planes generales de ordenación urbanística: Concepto y objeto. Planes de desarrollo: Concepto, objeto y determinaciones.

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 29

Tema 8.— El planeamiento urbanístico (III). Determinaciones complementarias sobre ordenación, programación y gestión. Elaboración, vigencia e innovación de los instrumentos de planeamiento. Competencia y procedimiento. Tema 9.— La gestión urbanística. Los sistemas de actuación. Tema 10.— La reparcelación. Concepto y contenido. Procedimiento de aprobación. Tema 11.— Los proyectos de urbanización. Concepto y contenido. Procedimiento de aprobación. La conservación y la recepción de las obras de urbanización. Tema 12.— El deber de conservación y rehabilitación. La ruina urbanística. Las órdenes de ejecución de obras de conservación y mejora. La ruina física inminente. Tema 13.— La disciplina urbanística (I). Concepto y contenido. Normativa reguladora. El reglamento de disciplina urbanística de Andalucía: Estructura y contenido. Tema 14.— Las infracciones urbanísticas y sanciones. Procedimiento sancionador. Tema 15.— Declaración de situación legal de fuera de ordenación de edificación sita en suelo no urbanizable. Supuestos de procedencia. Normativa aplicable y procedimiento a seguir. Tema 16.— Declaración en situación de asimilado al régimen fuera de ordenación. supuestos de procedencia. Normativa aplicable y procedimiento a seguir. Tema 17.— Concepto, objeto y alcance de las licencias urbanísticas. Tema 18.— Tipos de licencias urbanísticas. Actos sujetos a licencia. Licencias por fases y parciales. Tema 19.— Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento de licencias urbanísticas. Tema 20.— Prórroga de licencia de obras. Tema 21.— La inspección urbanística. Tema 22.— Protección de la legalidad urbanística: El reestablecimiento del orden jurídico perturbado y reposición de la realidad física alterada. Tema 23.— Normativa de seguridad y salud en las obras de construcción. El estudio de seguridad y salud. Contenido. Elaboración y aprobación del plan de seguridad y salud. Obligaciones del coordinador y contratista en la ejecución de obras. El libro de incidencias. Tema 24.— La accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas. Normativa de aplicación. Condiciones de diseño de espacios públicos y edificios. Tema 25.— Suministro de agua. Generalidades, caracterización y cuantificación de las exigencias. Diseño. Dimensionado. construcción. Productos de construcción, mantenimiento y conservación. Tema 26.— Cubiertas inclinadas, planas, transitables y no transitables. Criterios de diseño. Materiales de cubrición. Tema 27.— Estructuras de fábrica. Materiales. Muros de fábrica tradicionales. Sistemas de ejecución, conservación y mantenimiento. Tema 28.— Cimentaciones: Tipos, cimentaciones especiales, recalces y mejoras de terreno. Hormigón armado: Componentes, ejecución y puesta en obra. Estructutas porticadas. Tema 29.— Forjados. Tipos. Elementos que los componen. Ejecución y control. Tema 30.— Normas subsidiarias de planeamiento del municipio de la campana (I). Desarrollo y ejecución de instrumentos de ordenación y edificación: Planes parciales, estudios de detalle, proyectos de urbanización, proyectos de edificación y proyectos de actividades e instalaciones. Tema 31.— Normas subsidiarias de planeamiento del municipio de la campana (II). Suelo urbano: Derechos y deberes de los propietarios, condiciones de edificabilidad y volumen, clases de uso. Tema 32.— Normas subsidiarias de planeamiento del municipios de la campana (III). Suelo no urbanizable. Suelo no urbanizable protegido. Suelo no urbanizable sin protección. Normas generales del suelo no urbanizable y condiciones para instalaciones y edificaciones en el mismo. Tema 33.— Normas subsidiarias de planeamiento del municipio de la campana (IV). Protección del patrimonio histórico, artístico y cultural. Obligaciones de los propietarios, casco antiguo, catálogo y espacios urbanos protegidos. Tema 34.— Ordenanza municipal reguladora del ejercicio de actividades del municipio. Definiciones. Exclusiones. Licencia de actividades: Contenido de informe técnico. Especialidades del procedimiento de licencias para actos sujetos a calificación ambiental. Tema 35.— Visados obligatorios. Excepciones a los casos de visado obligatorio. Visado de trabajos con proyectos parciales. colegio profesional competentes para visar los trabajos profesionales. Tema 36.— Marco normativo del medio ambiente y los residuos en el ámbito estatal, autonómico y local. Tema 37.— Instrumentos de prevención y control ambiental. Autorización ambiental integrada. Autorización ambiental unificada. Evaluación ambiental de planes y programas. Calificación ambiental. Tema 38.— Vigilancia, inspección y control ambiental. Régimen sancionador. Restauración del daño al medio ambiente. Tema 39.— Definición y régimen aplicable a los residuos de construcción y demolición. Objeto y ámbito de aplicación de la normativa sobre residuos de construcción y demolición. Clasificación de residuos de construcción y demolición y de obras en el municipio de la campana. Tema 40.— Actores de la generación y la gestión de los residuos de construcción y demolición. Obligaciones del productor, poseedor y gestor de residuos de construcción y demolición. Tema 41.— Procedimiento de ejecución de obras mayores y gestión de los residuos de construcción y demolición en ellas producidos en el municipio de la campana. Procedimiento de ejecución de obras menores y gestión de los residuos de construcción y demolición en ellas producidos en el municipio de la campana. Tema 42.— Determinación de los costes y garantías en obras de construcción y demolición en el municipio de la campana. procedimiento de retorno y/o ejecución de la fianza una vez finalizada la obra.

30

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

Tema 43.— Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo (I). Conceptos y criterios generales para la realización de las valoraciones. Tema 44.— Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo (II). Valoración en situación de suelo rural. Tema 45.— Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo (III). Valoración en situación de suelo urbanizado. Anexo II Solicitud de admisión a la convocatoria para la provisión, en régimen de interinidad, de personal funcionario Arquitecto Técnico/ Ingeniero de la edificación del Ayuntamiento de La Campana 1.— Datos personales: Apellidos: ______________________________________________________________ Nombre: _______________________________________________________________ DNI: __________________________________________________________________ Teléfono/s: _____________________________________________________________ Dirección: ______________________________________________________________ C.P., Municipio y provincia: ________________________________________________ 2.— Plaza solicitada:  Arquitecto Técnico/Ingeniero de la edificación del Ayuntamiento de La Campana. Nota: Los títulos y otros documentos acreditativos se adjuntarán a la presente solicitud en el siguiente orden (originales o fotocopias debidamente compulsadas): • Fotocopia compulsada del DNI o en su caso, del documento oficial de renovación del mismo. • Fotocopia compulsada del carné de conducir B1. • Fotocopia compulsada de título académico exigido o justificante de haber abonado las tasas de expedición. • Fotocopia compulsada de titulaciones académicas superiores a la exigida. • Curriculum Vitae. • Informe de Vida Laboral. • Fotocopia compulsada de contratos de trabajo acreditativos de la experiencia profesional (personal laboral) o actas de toma de posesión y cese (personal funcionario). • Certificado en que consten las funciones desarrolladas a efectos de acreditar su correspondencia con la plaza convocada. • Certificaciones de realización de cursos convocados por una Administración Pública, organismos dependientes de la misma o colegios profesionales. En el supuesto de que hayan sido convocados por entidades distintas a las mencionadas anteriormente deberán estar homologados por el INAP, IAAP u organismo análogo de la Comunidad Autónoma correspondiente o hallarse incluidos en el correspondiente acuerdo de formación continua en las Administraciones Públicas, organizados por la Administración Pública u Organismos Públicos Oficiales, relacionados con las funciones a desempeñar en el puesto a cubrir. • Certificado emitido por órgano competente de la Administración Pública respectiva, en el que deberá constar, al menos, técnico redactor, fecha de aprobación definitiva y acuerdo de Administración Pública que aprobó definitivamente instrumentos de planeamiento general o de desarrollo, así como modificaciones de los mismos, incluidas las modificaciones puntuales. 3.— Autobaremación fase concurso: A. Experiencia profesional (hasta un máximo de 5 puntos y conforme a base octava): __________ puntos. B. Formación (hasta un máximo de 4 puntos y conforme a base octava): ___________ puntos. C. Otros méritos (hasta un máximo de 1 punto y conforme a base octava): _______ puntos. En La Campana a _____ de _________________ de 2016.— Fdo: _________________________________» Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de La Campana, previo al contencioso-administrativo que podrá interponer, en su caso, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en la circunscripción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En La Campana a 11 de enero de 2016.—El Alcalde-Presidente, Manuel Fernández Oviedo. 6D-171 ———— DOS HERMANAS Don Francisco Toscano Sánchez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad. Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2015, ha acordado la aprobación inicial de la modificación de los Reglamentos de prestación del servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable y otras actividades conexas a los mismos y regulador de prestación del servicio de saneamiento (vertido y depuración). De conformidad con lo previsto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local el expediente se someterá a información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días, para la presentación de reclamaciones y sugerencias que deberán ser resueltas por el Pleno en el plazo de un mes. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 31

El expediente se podrá examinar en las dependencias del Ayuntamiento, sitas en Plaza de la Constitución, 1, de lunes a viernes en horario de 9.00 a 14.00 horas. Dos Hermanas a 5 de enero de 2016.—El Alcalde, Francisco Toscano Sánchez. 6W-38 ———— LEBRIJA Que el Pleno de esta Corporación, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el día 21 de diciembre, aprobó provisionalmente el expediente de modificación de créditos número 1/2015, de créditos extraordinarios, dentro del presupuesto prorrogado 2014, y habiendo transcurrido el plazo de exposición pública exigido legalmente tras su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, número 298, de 26 de diciembre de 2015, sin que se hayan presentado reclamaciones, se entienden aprobados definitivamente. Todo ello y de conformidad con el artículo 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a continuación se procede a su publicación. El resumen por capítulos del citado expediente es el siguiente: Aplicaciones de gastos Aplicación presupuestaria

02.920.46301

Descripción

Transf. deuda Mancomunidad Total gastos

Euros

2.278.000 2.278.000

FINANCIACIÓN

Altas en concepto de ingresos Concepto

913.01 913.02

Descripción

Préstamo BBVA Mancomunidad Préstamo La Caixa Mancomunidad Total ingresos

Euros

1.078.000 1.200.000 2.278.000

Contra la aprobación definitiva del expediente podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción. Lo que se hace saber para general conocimiento. En Lebrija a 18 de enero de 2016.—El Secretario General, Cristóbal Sánchez Herrera. 36W-274 ———— MAIRENA DEL ALCOR Aprobado provisionalmente por el Pleno de esta entidad local, en sesión celebrada el día 14 de enero de 2016, el Presupuesto General de la misma para el ejercicio 2016, así como la plantilla que comprende todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual, ambos documentos estarán de manifiesto al público en la Intervención de Fondos de este Ayuntamiento, en cumplimiento del artículo 169 del TRLRHL aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se aprueba su Reglamento presupuestario, por un plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de inserción del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno, en los términos establecidos por los artículos 170 del TRLRHL y 22 del Real Decreto citados. El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el indicado período no se presentan reclamaciones, de conformidad con los artículos 169.1 de la Ley y 20.1 del Real Decreto. En caso contrario, el Pleno dispondrá un plazo de un mes para resolverlas, que se contará a partir del día siguiente a la finalización de la exposición al público. Las reclamaciones se considerarán denegadas, en cualquier caso, si no se resolviesen en el acto de aprobación definitiva. En Mairena del Alcor a 15 de enero de 2016.—El Alcalde, Ricardo A. Sánchez Antúnez. 36W-272 ———— MAIRENA DEL ALCOR Habiendo sido informada favorablemente la cuenta general de la entidad local, correspondiente al año 2014, por la Comisión Especial de Cuentas de este Ayuntamiento, en sesión celebrada con fecha 11 de enero de 2015, y de conformidad con lo establecido en el artículo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público la misma, por plazo de quince días, durante los cuales y ocho más, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones. En Mairena del Alcor a 12 de enero de 2016.—El Alcalde, Ricardo A. Sánchez Antúnez. 6W-179 ———— MONTELLANO Don Curro Gil Málaga, Alcalde–Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: Que ha tenido a bien aprobar mediante resolución de fecha 17 de noviembre de 2015, el padrón de tasa por ocupación de puesto en el mercado de abastos, correspondiente al cuarto trimestre del año 2015, estableciendo el período de pago en voluntaria previsto en la Ley General Tributaria. Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio

32

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

y devengarán el recargo del 20% de apremio, intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan. Lo que se hace público para general conocimiento y a los debidos efectos, quedando el Padrón expuesto al público en la Oficina de la Policía Municipal, sita en plaza de Nuestro Señor del Gran Poder número 2, durante el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia. Durante el plazo de exposición al público, los legítimos interesados podrán examinarlo y formular las reclamaciones oportunas. En Montellano a 17 de noviembre de 2015.—El Alcalde–Presidente, Curro Gil Málaga. 8W-11543 ———— MONTELLANO Don Curro Gil Málaga, Alcalde–Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa. Hace saber: Que ha tenido a bien aprobar mediante resolución de fecha 17 de noviembre de 2015, el padrón por ocupación de vía pública por mercadillo, correspondiente al cuarto trimestre del año 2015, estableciendo el período de pago en voluntaria previsto en la Ley General Tributaria. Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo del 20% de apremio, intereses de demora y en su caso, las costas que se produzcan. Lo que se hace público para general conocimiento y a los debidos efectos, quedando el Padrón expuesto al público en la Oficina de la Policía Municipal, sita en Plaza de Nuestro Señor del Gran Poder número 2, durante el plazo de quince días contados a partir de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia. Durante el plazo de exposición al público, los legítimos interesados podrán examinarlo y formular las reclamaciones oportunas. En Montellano a 17 de noviembre de 2015.—El Alcalde–Presidente, Curro Gil Málaga. 8W-11544 ———— LA PUEBLA DE CAZALLA Doña Dolores Crespillo Suárez, Alcaldesa en funciones de esta villa. Hace saber: Que intentadas las notificaciones de resoluciones dictadas el pasado 17 de septiembre de 2015,  a las personas que seguidamente se citan, en relación a los expedientes sancionadores, que se encuentra tramitando es Ayuntamiento en materia de venta ambulante, y en cumplimiento de los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica extracto de dichas resoluciones: Dada cuenta, de que por denuncias de la Policía Local se puso de manifiesto como hechos denunciados ejercer la venta ambulante careciendo de la autorización municipal correspondiente (infracción muy grave) por parte de los denunciados que seguidamente se citan. Resultando: Que se han emitido los preceptivos informes de la Técnico de Administración General en el que se indicaba la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir para llevar a cabo la tramitación del correspondiente expediente sancionador en materia de comercio ambulante. Considerando: Que el artículo 25, C) de la Ordenanza Municipal reguladora del Comercio Ambulante en el término municipal de La Puebla de Cazalla, que establece que constituye infracción muy grave, carecer de la autorización municipal correspondiente. Que la comisión de infracciones calificadas como muy graves llevan aparejada multa de 3.001 a 18.000 euros. Lo dispuesto en el artículo 26 de la citada Ordenanza Municipal en relación a la graduación de sanciones. Que el Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, está regulado en el Real  Decreto 1398/1993, de 4 de agosto. Los principios del procedimiento sancionador regulados en los artículos 134, y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Resuelvo: Primero.—Incoar expediente sancionador por infracción administrativa muy grave en materia de comercio ambulante, hecho del que se presume responsable a las personas que se citan. Segundo.—Nombrar Instructor del Procedimiento, quien impulsará el mismo en todos sus trámites hasta su resolución definitiva y a quien le será de aplicación el régimen de recusación y abstención establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Tercero.—Que en virtud del artículo 137.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, «Los hechos constatados por funcionarios a los que se reconoce la condición de autoridad, y que se formalicen en documento público observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio sin perjuicio de las pruebas que en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan señalar o aportar los propios administrados.» y por tanto, se presume la culpabilidad de la denunciada y se propone como sanción, multa de 3.001,00 euros, a salvo de las conclusiones que se puedan derivar de la tramitación del expediente sancionador. Cuarto.—Conceder al interesado (según el Reglamento de Potestad Sancionadora se entenderá, entre otros, interesado al inculpado) un plazo de audiencia de quince días a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación de la presente resolución, para presentar cuantas alegaciones, documentos o información estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse. De no efectuar tales alegaciones en el plazo señalado, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 1398/1993. Quinto.—Acordar la suspensión del procedimiento por el tiempo que medie entre la notificación del requerimiento de documentación y el transcurso del plazo concedido, de conformidad con el artículo 42.5 de la Ley 30/1992.

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 33

Sexto.—Notificar poniendo en conocimiento del interesado que el presente acto no pone fin a la vía administrativa y, que por tratarse de un acto de mero trámite, contra el mismo no cabe recurso, sin perjuicio de que pueda interponer el que estime conveniente. Séptimo.—Notificar la presente resolución al denunciante de acuerdo con el artículo 13.2 del R.D. 1398/1993, y dar conocimiento al Instructor del procedimiento, a los efectos oportunos. Personas que se citan: Último Expte. N.º Interesado y DNI Domicilio Conocido

1669/2015 Juan Luis Boza Caro. 47****78X 41701 Dos Hermanas 1699/2015 Basilio Buzón Fernández. 34****34V 41449 Alcolea del Río 2438/2015 José Antonio Reyes Flores. 44****39Y 41710 Utrera Lo que se hace público para general conocimiento, significando que: El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en las dependencias de este Ayuntamiento, pudiéndose consultar las mismas en horario de oficina. Se concede al interesado un plazo de audiencia de quince días a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, para presentar cuantas alegaciones, documentos o información estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse. Se le advierte que se trata de un acto de trámite y como tal no procede la interposición de recursos contra el mismo. No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo para dictar y notificar la resolución será un mes, desde su interposición (artículo 117 de la Ley 30/1992). La Puebla de Cazalla a 16 de diciembre de 2015.—La Alcaldesa en funciones, Dolores Crespillo Suárez. 4W-12296 ———— LA PUEBLA DE LOS INFANTES A efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al que se remite el artículo 177.2 del mismo texto y artículo 20.3, en relación al 38.2 del Real Decreto 500/ 1990, de 20 de abril, se hace público que, con fecha 23 de noviembre de 2015, se aprobó inicialmente por el Pleno de la Corporación el expediente de modificación de créditos 11/5015 (transferencia de crédito entre partidas) publicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla n.º 284, de 9 de diciembre de 2015, y al no haberse presentado reclamaciones en el periodo concedido, se considera definitivamente aprobada la modificación, cuyo resumen es el siguiente: El resumen por capítulos del citado expediente es el siguiente: Gastos con créditos en baja: Capítulo

1 2 6 Gastos con altas de crédito: Capítulo

1 2 4

Denominación

Euros

Gastos de personal Gastos en bienes corrientes y servicios Inversiones reales Total créditos en baja

136.253,00 16.000,00 27.079,00 179.332,00

Denominación

Euros

Gastos de personal Gastos en bienes corrientes y servicios Transferencias corrientes Total créditos en alta

10.000,00 134.000,00 35.332,00 179.332,00

Contra esta aprobación, que es definitiva, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, conforme a lo dispuesto en los artículos 23 y 38.3 del Real Decreto 500/1990. En La Puebla de los Infantes a 30 de diciembre de 2015.—El Alcalde, José María Rodríguez Fernández. 6W-32 ———— TOCINA Por la Corporación de este Ayuntamiento, en sesión plenaria celebrada el día 26 de noviembre de 2015, han sido aprobados los Pliegos de Cláusulas Administrativas particulares y de Prescripciones Técnicas que han de regir en la adjudicación del contrato administrativo de servicios «Servicio de Ayuda a Domicilio», mediante procedimiento abierto y trámite ordinario, anunciándose su licitación como sigue: 1.— Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Tocina. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General.

34

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

c) Obtención de documentación e información: Secretaría General. 1) Dependencia: Secretaría General. 2) Domicilio: Plaza de España, n.º 1. C.P. 41340. 3) Localidad y código postal: Tocina - 41310. 4) Teléfono: 954.74.03.24. 5) Fax: 954.74.06.08. 6) Correo electrónico: [email protected]. 7) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dipusevilla.es. 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: El día anterior al del final del plazo de presentación de proposiciones. d) Número de expediente: PEA/2/2015. 2.— Objeto del contrato: a) Tipo: Contrato administrativo de servicios. b) Descripción: Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio. c) Lugar de ejecución: Municipio de Tocina. 1) Localidad y código postal: Tocina - 41310. d) Plazo de ejecución: Cuatro años. e) Admisión de prórroga: Posibilidad de dos prórrogas anuales hasta un máximo de seis años incluidos los cuatro iniciales. f) CPV: 85310000-5 (servicios de asistencia social). 3.— Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Criterios de adjudicación: Varios criterios de adjudicación que figuran en la Cláusula 10.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares. 4.— Presupuesto base de licitación: a) Importe sin IVA: 1.363.087,72 euros. b) Importe IVA incluido: 1.417.611,23 euros. Precio máximo por hora de servicio: a) 12,50 euros sin IVA. b) 0,50 euros IVA. c) 13,00 euros IVA incluido. Todo ello sometido a las variaciones que publique la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía. 5.— Garantías exigidas: Provisional: No se exige. Definitiva: 5% del presupuesto base de licitación sin IVA. 6.— Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación del contratista: No. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Si, demostrable en las formas especificadas en la cláusula 16ª del pliego de cláusulas administrativas particulares. c) Otros requisitos específicos: Estar acreditado como Entidad de Servicio Sociales para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio por la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía. 7.— Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentación: Quince (15) días naturales, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación del presente anuncio de licitación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. b) Modalidad de presentación: Ajustado al modelo que figura como Anexo I en el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Registro General del Ayuntamiento de Tocina. 2) Domicilio: Plaza de España, n.º 1. 3) Localidad y código postal: Tocina - 41340. 4) Forma de presentación: La documentación habrá de presentarse en la forma regulada en las Cláusulas 15.ª y 16.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares. 8.— Apertura de ofertas: a) Descripción: Al tercer día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de ofertas, en la forma que se especifica en la cláusula 18.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares. b) Lugar: Salón de Plenos de este Ayuntamiento, sito en Plaza de España, n.º 1,C.P. 41340-Tocina. 9.— Gastos de publicidad: Por cuenta del adjudicatario, hasta un máximo de 300,00 euros. En Tocina a 2 de diciembre de 2015.—El Alcalde, Francisco José Calvo Pozo. 6W-12061-P

Jueves 21 de enero de 2016

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16 35

TOCINA Por la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 17 de diciembre de 2015, han sido aprobados los Pliegos de Cláusulas Administrativas particulares y de Prescripciones Técnicas que han de regir en la adjudicación del contrato administrativo de servicios denominado «Servicio de limpieza de edificios, dependencias e instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Tocina», mediante procedimiento abierto y trámite de urgencia, anunciándose su licitación como sigue: 1.— Entidad adjudicadora: a) Organismo: Ayuntamiento de Tocina. b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General. c) Obtención de documentación e información: Secretaría General. 1) Dependencia: Secretaría General. 2) Domicilio: Plaza de España, n.º 1. C.P. 41340. 3) Localidad y código postal: Tocina - 41310. 4) Teléfono: 954.74.03.24. 5) Fax: 954.74.06.08. 6) Correo electrónico: [email protected]. 7) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dipusevilla.es. 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: El día anterior al del final del plazo de presentación de proposiciones. d) Número de expediente: PEA/3/2015. 2.— Objeto del contrato: a) Tipo: Contrato administrativo de servicios. b) Descripción: Servicio de limpieza de edificios, dependencias e instalaciones deportivas del Ayuntamiento de Tocina. c) Lugar de ejecución: Edificios municipales situados en Tocina y Los Rosales. 1) Localidad y código postal: Tocina - 41310 - Los Rosales-41330. d) Plazo de ejecución: Un año. e) Admisión de prórroga: No. f) CPV: 90911200 (servicios de limpieza de edificios). 3.— Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Urgente. b) Procedimiento: Abierto. c) Criterios de adjudicación: Varios criterios de adjudicación que figuran en la Cláusula 17.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares. 4.— Presupuesto base de licitación: a) Importe sin IVA: 173.000,00 euros. b) Importe IVA incluido: 209.330,00 euros. 5.— Garantías exigidas: Provisional: No se exige. Definitiva: 5% del importe de adjudicación sin IVA. 6.— Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación del contratista: No. b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Si, demostrable en las formas especificadas en la Cláusula 15.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares. c) Otros requisitos específicos: No. 7.— Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentación: Ocho (8) días naturales, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación del presente anuncio de licitación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. b) Modalidad de presentación: Ajustado al modelo que figura como Anexo I en el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares. c) Lugar de presentación: 1) Dependencia: Registro General del Ayuntamiento de Tocina. 2) Domicilio: Plaza de España, n.º 1. 3) Localidad y código postal: Tocina - 41340. 4) Forma de presentación: La documentación habrá de presentarse en la forma regulada en las Cláusulas 14.ª y 15.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares. 8.— Apertura de ofertas: a) Descripción: Al tercer día hábil siguiente al de finalización del plazo de presentación de ofertas, en la forma que se especifica en la cláusula 18.ª del Pliego de Cláusulas Administrativas particulares. b) Lugar: Salón de Plenos de este Ayuntamiento, sito en Plaza de España, n.º 1,C.P. 41340-Tocina. 9.— Gastos de publicidad: Por cuenta del adjudicatario. En Tocina a 16 de diciembre de 2015.—El Alcalde, Francisco José Calvo Pozo. 6W-12215-P

36

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 16

Jueves 21 de enero de 2016

OTRAS ENTIDADES ASOCIATIVAS PÚBLICAS ————

CONSORCIO DE ABASTECIMIENTO Y SANEAMIENTO DE AGUAS «PLAN ÉCIJA» La Presidenta del Consorcio. Hace saber: Aviso de la aprobación del Padrón Fiscal de abastecimiento de agua, alcantarillado y depuración de Arahal. Por Resolución de la Presidencia de este Consorcio para Abastecimiento y Saneamiento de Aguas Plan Écija, n.º 1/2016 de fecha 12 de enero de 2016, se ha procedido a la aprobación del Padrón de contribuyentes de las siguientes Tasas, correspondientes al 4.º trimestre de 2015, del municipio siguiente, gestionado por su ente instrumental y medio propio ARECIAR: Arahal — Tasas por la prestación del Servicio de Abastecimiento de agua potable en baja y otras actividades conexas. Compuesta de 7.973 recibos. — Tasas por la prestación del Servicio de Alcantarillado y servicios conexos. Compuesta de 7.973 recibos. — Tasas por la prestación del Servicio de Depuración y servicios conexos. Compuesta de 7.973 recibos. — Canon de Mejora Compuesta de 7.973 recibos. — Canon Autonómico Compuesta de 7.973 recibos. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, los Padrones aprobados se exponen al público en la Sede central del Consorcio y oficinas de la Agencia de Régimen Especial Ciclo Integral Aguas del Retortillo (ARECIAR), por un plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla. Esta exposición, por un período de quince días a partir de la correspondiente publicación servirá de notificación colectiva de todos los contribuyentes, en los términos establecidos en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria. Contra las liquidaciones incorporadas a los Padrones respectivos podrán los interesados interponer recurso de reposición, ante la Presidencia del Consorcio para Abastecimiento y Saneamiento de Aguas Plan Écija, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente a la finalización del periodo de exposición al público de los Padrones Fiscales. La interposición del recurso no suspende la eficacia de las liquidaciones correspondientes, salvo en caso de aportación por el contribuyente de algunas de las garantías establecidas en el apartado i) del artículo anterior. Contra la desestimación del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a partir de la notificación desestimatoria del recurso o seis meses desde que se produzca la desestimación presunta. También se interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno. El plazo de pago voluntario finalizará el día 21 de marzo de 2016. El pago se realizará mediante cualquiera de los medios de pago previstos en la Ordenanza Fiscal. Transcurrido el plazo señalado para el periodo voluntario se iniciará el periodo ejecutivo que determina el derecho a cobrar el recargo de apremio y los intereses de demora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley General Tributaria; se satisfará un recargo del 5% si se abona la deuda tributaria antes de la notificación de la providencia de apremio, sin intereses de demora; el recargo será del 10% cuando se liquide la deuda tributaria con posterioridad a la notificación de la providencia de apremio y dentro del plazo establecida en ésta, sin intereses de demora; finalmente el recargo de apremio será del 20% cuando no se haya ingresado la totalidad de la deuda tributaria con posterioridad al plazo concedido en la providencia de apremio y deberán satisfacerse los intereses de demora, que corresponda, desde el inicio del periodo ejecutivo. Écija a 12 de enero de 2016.—La Presidenta del Consorcio, Rosario Andújar Torrejón. 6W-187

TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . . 2,10 Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41 Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla. ——— Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla. Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: [email protected]

Diputación Provincial - Imprenta

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.