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Montevideo, 5 de setiembre de 2012
Informe N° 690/2012
Sr. Gerente de Regulación de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) Ing. Alfredo Piria
Ref. Propuesta de UTE de incremento tarifario en setiembre 2012 y febrero 2013
Análisis de cambios propuestos en la estructura tarifaria
1. Tarifas de modalidades de consumo de menor porte: residencial, general, alumbrado. La propuesta de UTE plantea aumentos diferenciales para las distintas categorías tarifarias:
1. 1. Tarifa Residencial Simple (TRS)
Si bien para la TRS se plantea un ajuste en promedio igual al aumento medio tarifario, se propone un ajuste mayor al primer escalón tarifario para los cargos por consumo (hasta 100 kWh) y, en consecuencia, un menor ajuste para los escalones siguientes. Se comparte el criterio tendiente a simplificar esta opción tarifaria, en atención a que desde 2010 existe una categoría tarifaria alternativa para los consumidores residenciales de bajo consumo, la Tarifa de Consumo Básico Residencial (TCBR). El efecto de este cambio en el peso relativo del primer escalón de consumo sobre la facturación mensual es mínimo, del orden de menos de 1%. El siguiente es un gráfico comparativo elaborado simulando la facturación mensual para distintos niveles mensuales de consumo, según la tarifa TRS y TCBR con el supuesto de una potencia contratada de 2.2 kW. Comparación de tarifas 6000
$ por mes facturados
5000
4000
3000
2000
1000
666
684
630
648
594
612
558
576
522
540
486
504
450
468
414
432
378
396
342
TRS
360
306
324
270
288
234
252
198
216
162
180
126
144
90
108
72
54
36
0
18
0
TCBR
Se observa que la facturación de la TCBR se mantiene por debajo de la de la TRS hasta un nivel de consumo mensual del orden de 230 kWh. Este “punto de corte” se mantiene en un nivel similar al existente al momento de creación de la opción tarifaria TCBR. El siguiente presenta la comparación de ambas tarifas en términos de pesos por kWh (monómico)
Costo monómico comparado 9.00
8.00
7.00
$/kWh
6.00
5.00
4.00
3.00
2.00
1.00
50
80
110
140
170
200
230
260
290
320 kWh
350 /mes
380
410
440
470
500
530
560
590
620
650
680
de consumo
Dado el diseño de la TCBR para un consumo de 100 kWh la tarifa monómica por kWh alcanza el mínimo. 1. 2. Tarifa General Simple (TGS) Esta tarifa ha venido teniendo ajustes menores que el ajuste medio tarifario. Se comparte la fundamentación de UTE en el sentido de ajustar las tarifas a los costos relativos. En la medida que los costos relativos de esa categoría se encuentran por debajo de la tarifa promedio de la categoría es adecuado ir acortando ese apartamiento. En esta tarifa se ajusta el cargo por potencia contratada (CPC), para acercarlo al CPC de la TRS. Se comparte el criterio, dado que no se observa razón alguna para una diferenciación de ese cargo entre los clientes de dichas categorías. Cabe aclarar que no se pretende a través del CPC en las tarifas de bajo porte – a diferencia de las de gran porte- recoger todos los costos de red, lo que en general se considera inadecuado para consumidores de bajo consumo dado que podría transformarse en una barrera al acceso al servicio.
1. 3. Tarifa Doble Horario Residencial (TDHR) y doble horario Alumbrado Público (TDHAP)
Se comparte el criterio de aplicar el mayor incremento en la medida de acercarlas hacia los correspondientes costos relativos.
2. Tarifas de modalidades de consumo de gran porte (medianos y grandes consumidores), y de consumos de zafra estival.
2. 1. Tarifa Grandes Consumidores en baja tensión 6.4-15-22 kV (GC1 y GC2) No se plantea un ajuste diferenciado al medio. UTE expresa en su informe técnico que estas tarifas no se apartan significativamente de los costos relativos. 2. 2. Tarifa Grandes Consumidores en Substrasmisión 63 y 31.5 kV (GC3 y GC4), Medianos consumidores y de Zafra Estival (MC3 y Z3) Se considera adecuada la necesidad de iniciar un proceso de adecuación de estas tarifas de forma de hacerlas consistentes con los peajes aprobados para clientes en las tensiones comprendidas. De esta forme se apuntaría a cumplir con lo que establece el art. 74 del Reglamento de Distribución. Los cargos por peajes vigentes para tensiones de 30 y 60 kV, son los siguientes: Tramo horario $/kW Punta
165,88
Llano
97,93
Valle
19,99
Artículo 74. La tarifa del servicio de distribución a usuarios servidos por otros suministradores será establecida de manera tal que, en lo que al costo agregado por el Distribuidor se refiere, sea indiferente para el usuario ser abastecido por el distribuidor o por otro suministrador. Las tarifas actuales recogen en el cargo por consumo de energía, no solamente costos referidos a energía sino también parte del costo de redes. Por ende, el cargo por potencia solo recoge parcialmente el costo por uso de las redes. El ajuste supone un inicio de rebalanceo, aumentándose gradualmente el peso del cargo por potencia en mayor medida que los cargos por energía, tal como se presenta en el siguiente cuadro:
MC3 Z3 CG3 CG4
Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual
tipo de cambio de cálculo
valores propuestos en pesos en dólares 84.40 3.90 1.157 0.05 2.517 0.12 4.211 0.19 408.30 18.86 180.30 8.33 1.744 0.08 2.031 0.09 4.248 0.20 408.30 18.86 119.40 5.52 1.127 0.05 2.087 0.10 4.667 0.22 8,507.00 393.04 51.50 2.38 1.127 0.05 2.087 0.10 4.377 0.20 8,507.00 393.04
valores vigentes % variación en pesos en dólares 79.40 3.67 6.30% 1.084 0.05 6.73% 2.384 0.11 5.58% 3.988 0.18 5.59% 390.30 18.03 4.61% 170.40 7.87 5.81% 1.648 0.08 5.83% 1.920 0.09 5.78% 4.015 0.19 5.80% 390.30 18.03 4.61% 111.00 5.13 7.57% 1.057 0.05 6.62% 1.977 0.09 5.56% 4.443 0.21 5.04% 8,133.30 375.78 4.59% 43.70 2.02 17.85% 1.057 0.05 6.62% 1.977 0.09 5.56% 4.076 0.19 7.38% 8,133.30 375.78 4.59%
21.644
Se observa que, para las distintas categorías consideradas, el ajuste en el cargo por potencia es mayor que el promedio. En este sentido se irían acercando a los cargos por peajes, iniciando una convergencia necesaria para cumplir con el art. 74 mencionado. Será necesario continuar el proceso de convergencia, en la medida que los cargos por peajes sigan siendo más elevados que los cargos por potencia. Asimismo los cargos por potencia de las tarifas GC3 y GC4 deben irse igualando dado que los peajes reconocen iguales costos por redes en los niveles de tensión de cada categoría (31.5 y 63 kV respectivamente). Los cargos por peajes son los siguientes:
Como ejemplo, para un consumidor con carga plana, por 1 kW de potencia contratada y máxima, el cargo por peaje sería de 4 US$/kW. $/kW
horas
US$/kW
Punta
165.88
4 663.52
7.66
Llano
97.93
13 1,273.09
4.52
Valle
19.99
7 139.93
0.92
promedio curva plana
86.52
24 2,076.54
4.00
Debe tenerse en cuenta asimismo –tal como se menciona en el informe de UTEque la base de cálculo de los cargos por potencia es diferente en el caso de los peajes (potencia contratada) y en la tarifa (potencia máxima medida, actualmente con un mínimo en el 50% de la contratada). Se comparte ir cambiando la base de cálculo e la tarifa en este aspecto, considerándose pertinente aumentar de 50% a 70% el mínimo por la potencia contratada. El informe de UTE simula la facturación para una tarifa GC3 en dos escenarios: consumo plano y sin consumo en punta. Reproduciendo los cálculos se llega a las cifras de los cuadros siguientes:
Consumo Plano Potencia contratada MW Potencia demandada
Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energia valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico
Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh
88,800 177,576 616,824 426,528 1,220,928 8,133 1,317,861 55
95,520 189,336 651,144 448,032 1,288,512 8,507 1,392,539 58
1,220,928 98
1,288,512 103
7.57% 6.62% 5.56% 5.04% 5.54% 4.59% 5.67% 5.67%
Peaje
potencia valle potencia llano potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf
19,990 97,930 165,880 283,800 2,678 570,278
Factura actual potencia 88,800 7% otros componentes 1,229,061 93% Total 1,317,861 100% Factura con ajuste a peaje potencia 283,800 19% otros componentes 1,229,061 81% Total 1,512,861 100% Incr total factura
15%
dif peaje cargo tarif pot 220%
Consumo con 0% en punta Potencia contratada MW Potencia demandada
Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energía valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico
Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh
88,800 177,576 616,824 794,400 8,133 891,333 37
95,520 189,336 651,144 840,480 8,507 944,507 39
794,400 64
840,480 67
7.57% 6.62% 5.56% 5.80% 4.59% 5.97% 5.97%
Peaje
potencia valle potencia llano potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf
19,990 97,930 117,920 2,678 238,518
Factura actual potencia otros componentes Total
88,800 10% 802,533 90% 891,333 100%
Factura con ajuste a peaje potencia 117,920 13% otros componentes 802,533 87% Total 920,453 100% Incr total factura
3%
dif peaje cargo tarif pot 33%
Para los dos escenarios considerados se observa que el cargo por potencia pesa en la facturación en el orden de 7% y 10%. De ajustarse el cargo por potencia al valor de peaje el total facturado tendría un incremento de 15% y 3%. Esto muestra la sensibilidad del porte del ajuste dependiendo del comportamiento de la demanda (curva de carga) de cada cliente. Respecto a los cargos por consumo de energía, los mismos se proyectan (para los escenarios considerados) en 103 US$/MWh y 67 US$/MWh. Debe tenerse en cuenta que el costo de abastecimiento de energía calculado por UTE conjuntamente con esta propuesta es del orden de US$/MWh 130. Para la tarifa GC4 se presentan los siguientes cuadros:
Consumo Plano Potencia contratada MW Potencia demandada
Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energia valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico
Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh
34,960 177,576 616,824 391,296 1,185,696 8,133 1,228,789 51
41,200 189,336 651,144 420,192 1,260,672 8,507 1,310,379 55
1,185,696 95
1,260,672 101
17.85% 6.62% 5.56% 7.38% 6.32% 4.59% 6.64% 6.64%
Peaje
potencia valle potencia llano potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf
19,990 97,930 165,880 283,800 567,600
Factura actual potencia 34,960 3% otros componentes 1,193,829 97% Total 1,228,789 100% Factura con ajuste a peaje potencia 283,800 19% otros componentes 1,193,829 81% Total 1,477,629 100% Incr total factura
20%
dif peaje cargo tarif pot 712%
Consumo con 0% en punta Potencia contratada MW Potencia demandada
Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energía valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico
Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh
34,960 177,576 616,824 794,400 8,133 837,493 35
41,200 189,336 651,144 840,480 130 881,810 37
794,400 64
840,480 67
Peaje
potencia valle potencia llano potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf
19,990 97,930 117,920 235,840
dif peaje cargo tarif pot 237%
Factura actual potencia otros componentes Total
34,960 4% 802,533 96% 837,493 100%
Factura con ajuste a peaje potencia 117,920 13% otros componentes 802,533 87% Total 920,453 100% Incr total factura
10%
17.85% 6.62% 5.56% 5.80% -98.40% 5.29% 5.29%
Para los dos escenarios considerados se observa que el cargo por potencia pesa en la facturación en el orden de 3% y 4%. De ajustarse el cargo por potencia al valor de peaje el total facturado tendría un incremento de 20% y 10%. Respecto a los cargos por consumo de energía, los mismos se proyectan (para los escenarios considerados en 101 US$/MWh y 67 US$/MWh que también están por debajo del costo de abastecimiento de energía de la última proyección de UTE, aún recogiendo parte del costo por redes.
2. 3. Tarifa Grandes Consumidores en Trasmisión, 150 kV (GC5) Para esta categoría valen en general los comentarios realizados en 2.2. respecto a la necesidad de iniciar un proceso de adecuación de estas tarifas de forma de hacerlas consistentes con los peajes ya aprobados, dando cumplimiento al art. 74 del Reglamento de Distribución.
CG5
Las tarifas GC5 también recogen en el cargo por consumo de energía, parte del costo de redes. El siguiente cuadro presenta la comparación entre la situación vigente y la propuesta
Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual
valores propuestos en pesos en dólares 36.40 1.68 1.126 0.05 2.076 0.10 3.619 0.17 8,507.00 393.04
valores vigentes % variación en pesos en dólares 30.60 1.41 18.95% 1.053 0.05 6.93% 1.939 0.09 7.07% 3.379 0.16 7.10% 8,133.30 375.78 4.59%
Se observa un ajuste mayor en el componente de cargo por potencia, que en los cargos de energía. De todas formas los cargos por peajes se encuentran en valores superiores. A tal efecto se reproducen los cálculos del informe de UTE considerando, como en las tarifas ya consideradas, dos escenarios comparativos (consumo plano y consumo cero en punta).
Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr.
Consumo Plano Potencia contratada MW Potencia demandada
1 0.8 potencia energia valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico
Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh
24,480 176,904 604,968 324,384 1,106,256 8,133 1,138,869 47
29,120 189,168 647,712 347,424 1,184,304 8,507 1,221,931 51
1,106,256 89
1,184,304 95
18.95% 6.93% 7.07% 7.10% 7.06% 4.59% 7.29% 7.29%
Peaje Factura actual potencia 24,480 2% otros componentes 1,114,389 98% Total 1,138,869 100% potencia fuera p potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf
Factura con ajuste a peaje 127,060 potencia 127,060 10% 127,060 otros componentes 1,114,389 90% Total 1,241,449 100% 254,120 Incr total factura 9%
dif peaje cargo tarif pot 419%
Consumo con 0% en punta Potencia contratada MW Potencia demandada
Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energía valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico
Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh
24,480 176,904 604,968 781,872 8,133 814,485 34
29,120 189,168 647,712 836,880 8,507 874,507 36
781,872 63
836,880 67
18.95% 6.93% 7.07% 7.04% 4.59% 7.37% 7.37%
Peaje Factura actual potencia otros componentes Total potencia fuera p potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf
24,480 3% 790,005 97% 814,485 100%
77,070 Factura con ajuste a peaje potencia 77,070 9% 790,005 91% 77,070 otros componentes Total 867,075 100% 154,140 Incr total factura 6%
dif peaje cargo tarif pot 215%
Se observa que los peajes correspondientes presentan valores significativamente mayores a los cargos por potencia de la tarifa (419% y 215%). El pedo de cargo por potencia en la factura es de 2% y 3% en cada escenario. De ajustarse el cargo por potencia al valor de peaje el total facturado tendría un incremento de 9% y 6%. Los precios unitarios de la energía que se proponen se mantienen por debajo de la última proyección de UTE del costo promedio de abastecimiento de la demanda (US$/MWh 95 y 67 respectivamente). 3. Conclusiones. •
Para las tarifas de bajo porte o De acuerdo al informe de UTE se continúan aplicando ajustes diferenciados para irlas haciendo consistentes con los costos relativos. Este criterio se comparte. o Se plantea un ajuste en el primer escalón de la TRS, ajuste simplificador que se comparte y de peso muy menor en la facturación de la tarifa. Por otra parte para ese rango de consumo los clientes tienen posibilidad de optar por la TCBR. o Se comparte el criterio de ir acercando el cargo por potencia contratada entre las categorías TGS y TRS.
•
Para las tarifas de mayor porte, se plantean varios criterios: o Ir generando una convergencia entre el cargo por potencia de las distintas categorías tarifarias y los peajes correspondientes. Se
comparte este criterio, que por otra parte implica cumplir con lo establecido en el art. 74 del Reglamento de Distribución. o Se plantea ir cambiando la base de cálculo del cargo por potencia pasando de aplicar de la potencia máxima medida a la potencia contratada. Se considera adecuado este criterio. o Asimismo comparte ir recogiendo en los cargos por energía los costos de abastecimiento de la demanda de largo plazo.
Ec. Sergio Pérez de la Llana Gerencia de Regulación