Ref. Propuesta de UTE de incremento tarifario en setiembre 2012 y febrero 2013

Montevideo, 5 de setiembre de 2012 Informe N° 690/2012 Sr. Gerente de Regulación de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) Ing.

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Montevideo, 5 de setiembre de 2012

Informe N° 690/2012

Sr. Gerente de Regulación de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) Ing. Alfredo Piria

Ref. Propuesta de UTE de incremento tarifario en setiembre 2012 y febrero 2013

Análisis de cambios propuestos en la estructura tarifaria

1. Tarifas de modalidades de consumo de menor porte: residencial, general, alumbrado. La propuesta de UTE plantea aumentos diferenciales para las distintas categorías tarifarias:

1. 1. Tarifa Residencial Simple (TRS)

Si bien para la TRS se plantea un ajuste en promedio igual al aumento medio tarifario, se propone un ajuste mayor al primer escalón tarifario para los cargos por consumo (hasta 100 kWh) y, en consecuencia, un menor ajuste para los escalones siguientes. Se comparte el criterio tendiente a simplificar esta opción tarifaria, en atención a que desde 2010 existe una categoría tarifaria alternativa para los consumidores residenciales de bajo consumo, la Tarifa de Consumo Básico Residencial (TCBR). El efecto de este cambio en el peso relativo del primer escalón de consumo sobre la facturación mensual es mínimo, del orden de menos de 1%. El siguiente es un gráfico comparativo elaborado simulando la facturación mensual para distintos niveles mensuales de consumo, según la tarifa TRS y TCBR con el supuesto de una potencia contratada de 2.2 kW. Comparación de tarifas 6000

$ por mes facturados

5000

4000

3000

2000

1000

666

684

630

648

594

612

558

576

522

540

486

504

450

468

414

432

378

396

342

TRS

360

306

324

270

288

234

252

198

216

162

180

126

144

90

108

72

54

36

0

18

0

TCBR

Se observa que la facturación de la TCBR se mantiene por debajo de la de la TRS hasta un nivel de consumo mensual del orden de 230 kWh. Este “punto de corte” se mantiene en un nivel similar al existente al momento de creación de la opción tarifaria TCBR. El siguiente presenta la comparación de ambas tarifas en términos de pesos por kWh (monómico)

Costo monómico comparado 9.00

8.00

7.00

$/kWh

6.00

5.00

4.00

3.00

2.00

1.00

50

80

110

140

170

200

230

260

290

320 kWh

350 /mes

380

410

440

470

500

530

560

590

620

650

680

de consumo

Dado el diseño de la TCBR para un consumo de 100 kWh la tarifa monómica por kWh alcanza el mínimo. 1. 2. Tarifa General Simple (TGS) Esta tarifa ha venido teniendo ajustes menores que el ajuste medio tarifario. Se comparte la fundamentación de UTE en el sentido de ajustar las tarifas a los costos relativos. En la medida que los costos relativos de esa categoría se encuentran por debajo de la tarifa promedio de la categoría es adecuado ir acortando ese apartamiento. En esta tarifa se ajusta el cargo por potencia contratada (CPC), para acercarlo al CPC de la TRS. Se comparte el criterio, dado que no se observa razón alguna para una diferenciación de ese cargo entre los clientes de dichas categorías. Cabe aclarar que no se pretende a través del CPC en las tarifas de bajo porte – a diferencia de las de gran porte- recoger todos los costos de red, lo que en general se considera inadecuado para consumidores de bajo consumo dado que podría transformarse en una barrera al acceso al servicio.

1. 3. Tarifa Doble Horario Residencial (TDHR) y doble horario Alumbrado Público (TDHAP)

Se comparte el criterio de aplicar el mayor incremento en la medida de acercarlas hacia los correspondientes costos relativos.

2. Tarifas de modalidades de consumo de gran porte (medianos y grandes consumidores), y de consumos de zafra estival.

2. 1. Tarifa Grandes Consumidores en baja tensión 6.4-15-22 kV (GC1 y GC2) No se plantea un ajuste diferenciado al medio. UTE expresa en su informe técnico que estas tarifas no se apartan significativamente de los costos relativos. 2. 2. Tarifa Grandes Consumidores en Substrasmisión 63 y 31.5 kV (GC3 y GC4), Medianos consumidores y de Zafra Estival (MC3 y Z3) Se considera adecuada la necesidad de iniciar un proceso de adecuación de estas tarifas de forma de hacerlas consistentes con los peajes aprobados para clientes en las tensiones comprendidas. De esta forme se apuntaría a cumplir con lo que establece el art. 74 del Reglamento de Distribución. Los cargos por peajes vigentes para tensiones de 30 y 60 kV, son los siguientes: Tramo horario $/kW Punta

165,88

Llano

97,93

Valle

19,99

Artículo 74. La tarifa del servicio de distribución a usuarios servidos por otros suministradores será establecida de manera tal que, en lo que al costo agregado por el Distribuidor se refiere, sea indiferente para el usuario ser abastecido por el distribuidor o por otro suministrador. Las tarifas actuales recogen en el cargo por consumo de energía, no solamente costos referidos a energía sino también parte del costo de redes. Por ende, el cargo por potencia solo recoge parcialmente el costo por uso de las redes. El ajuste supone un inicio de rebalanceo, aumentándose gradualmente el peso del cargo por potencia en mayor medida que los cargos por energía, tal como se presenta en el siguiente cuadro:

MC3 Z3 CG3 CG4

Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual

tipo de cambio de cálculo

valores propuestos en pesos en dólares 84.40 3.90 1.157 0.05 2.517 0.12 4.211 0.19 408.30 18.86 180.30 8.33 1.744 0.08 2.031 0.09 4.248 0.20 408.30 18.86 119.40 5.52 1.127 0.05 2.087 0.10 4.667 0.22 8,507.00 393.04 51.50 2.38 1.127 0.05 2.087 0.10 4.377 0.20 8,507.00 393.04

valores vigentes % variación en pesos en dólares 79.40 3.67 6.30% 1.084 0.05 6.73% 2.384 0.11 5.58% 3.988 0.18 5.59% 390.30 18.03 4.61% 170.40 7.87 5.81% 1.648 0.08 5.83% 1.920 0.09 5.78% 4.015 0.19 5.80% 390.30 18.03 4.61% 111.00 5.13 7.57% 1.057 0.05 6.62% 1.977 0.09 5.56% 4.443 0.21 5.04% 8,133.30 375.78 4.59% 43.70 2.02 17.85% 1.057 0.05 6.62% 1.977 0.09 5.56% 4.076 0.19 7.38% 8,133.30 375.78 4.59%

21.644

Se observa que, para las distintas categorías consideradas, el ajuste en el cargo por potencia es mayor que el promedio. En este sentido se irían acercando a los cargos por peajes, iniciando una convergencia necesaria para cumplir con el art. 74 mencionado. Será necesario continuar el proceso de convergencia, en la medida que los cargos por peajes sigan siendo más elevados que los cargos por potencia. Asimismo los cargos por potencia de las tarifas GC3 y GC4 deben irse igualando dado que los peajes reconocen iguales costos por redes en los niveles de tensión de cada categoría (31.5 y 63 kV respectivamente). Los cargos por peajes son los siguientes:

Como ejemplo, para un consumidor con carga plana, por 1 kW de potencia contratada y máxima, el cargo por peaje sería de 4 US$/kW. $/kW

horas

US$/kW

Punta

165.88

4 663.52

7.66

Llano

97.93

13 1,273.09

4.52

Valle

19.99

7 139.93

0.92

promedio curva plana

86.52

24 2,076.54

4.00

Debe tenerse en cuenta asimismo –tal como se menciona en el informe de UTEque la base de cálculo de los cargos por potencia es diferente en el caso de los peajes (potencia contratada) y en la tarifa (potencia máxima medida, actualmente con un mínimo en el 50% de la contratada). Se comparte ir cambiando la base de cálculo e la tarifa en este aspecto, considerándose pertinente aumentar de 50% a 70% el mínimo por la potencia contratada. El informe de UTE simula la facturación para una tarifa GC3 en dos escenarios: consumo plano y sin consumo en punta. Reproduciendo los cálculos se llega a las cifras de los cuadros siguientes:

Consumo Plano Potencia contratada MW Potencia demandada

Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energia valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico

Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh

88,800 177,576 616,824 426,528 1,220,928 8,133 1,317,861 55

95,520 189,336 651,144 448,032 1,288,512 8,507 1,392,539 58

1,220,928 98

1,288,512 103

7.57% 6.62% 5.56% 5.04% 5.54% 4.59% 5.67% 5.67%

Peaje

potencia valle potencia llano potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf

19,990 97,930 165,880 283,800 2,678 570,278

Factura actual potencia 88,800 7% otros componentes 1,229,061 93% Total 1,317,861 100% Factura con ajuste a peaje potencia 283,800 19% otros componentes 1,229,061 81% Total 1,512,861 100% Incr total factura

15%

dif peaje cargo tarif pot 220%

Consumo con 0% en punta Potencia contratada MW Potencia demandada

Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energía valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico

Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh

88,800 177,576 616,824 794,400 8,133 891,333 37

95,520 189,336 651,144 840,480 8,507 944,507 39

794,400 64

840,480 67

7.57% 6.62% 5.56% 5.80% 4.59% 5.97% 5.97%

Peaje

potencia valle potencia llano potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf

19,990 97,930 117,920 2,678 238,518

Factura actual potencia otros componentes Total

88,800 10% 802,533 90% 891,333 100%

Factura con ajuste a peaje potencia 117,920 13% otros componentes 802,533 87% Total 920,453 100% Incr total factura

3%

dif peaje cargo tarif pot 33%

Para los dos escenarios considerados se observa que el cargo por potencia pesa en la facturación en el orden de 7% y 10%. De ajustarse el cargo por potencia al valor de peaje el total facturado tendría un incremento de 15% y 3%. Esto muestra la sensibilidad del porte del ajuste dependiendo del comportamiento de la demanda (curva de carga) de cada cliente. Respecto a los cargos por consumo de energía, los mismos se proyectan (para los escenarios considerados) en 103 US$/MWh y 67 US$/MWh. Debe tenerse en cuenta que el costo de abastecimiento de energía calculado por UTE conjuntamente con esta propuesta es del orden de US$/MWh 130. Para la tarifa GC4 se presentan los siguientes cuadros:

Consumo Plano Potencia contratada MW Potencia demandada

Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energia valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico

Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh

34,960 177,576 616,824 391,296 1,185,696 8,133 1,228,789 51

41,200 189,336 651,144 420,192 1,260,672 8,507 1,310,379 55

1,185,696 95

1,260,672 101

17.85% 6.62% 5.56% 7.38% 6.32% 4.59% 6.64% 6.64%

Peaje

potencia valle potencia llano potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf

19,990 97,930 165,880 283,800 567,600

Factura actual potencia 34,960 3% otros componentes 1,193,829 97% Total 1,228,789 100% Factura con ajuste a peaje potencia 283,800 19% otros componentes 1,193,829 81% Total 1,477,629 100% Incr total factura

20%

dif peaje cargo tarif pot 712%

Consumo con 0% en punta Potencia contratada MW Potencia demandada

Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energía valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico

Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh

34,960 177,576 616,824 794,400 8,133 837,493 35

41,200 189,336 651,144 840,480 130 881,810 37

794,400 64

840,480 67

Peaje

potencia valle potencia llano potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf

19,990 97,930 117,920 235,840

dif peaje cargo tarif pot 237%

Factura actual potencia otros componentes Total

34,960 4% 802,533 96% 837,493 100%

Factura con ajuste a peaje potencia 117,920 13% otros componentes 802,533 87% Total 920,453 100% Incr total factura

10%

17.85% 6.62% 5.56% 5.80% -98.40% 5.29% 5.29%

Para los dos escenarios considerados se observa que el cargo por potencia pesa en la facturación en el orden de 3% y 4%. De ajustarse el cargo por potencia al valor de peaje el total facturado tendría un incremento de 20% y 10%. Respecto a los cargos por consumo de energía, los mismos se proyectan (para los escenarios considerados en 101 US$/MWh y 67 US$/MWh que también están por debajo del costo de abastecimiento de energía de la última proyección de UTE, aún recogiendo parte del costo por redes.

2. 3. Tarifa Grandes Consumidores en Trasmisión, 150 kV (GC5) Para esta categoría valen en general los comentarios realizados en 2.2. respecto a la necesidad de iniciar un proceso de adecuación de estas tarifas de forma de hacerlas consistentes con los peajes ya aprobados, dando cumplimiento al art. 74 del Reglamento de Distribución.

CG5

Las tarifas GC5 también recogen en el cargo por consumo de energía, parte del costo de redes. El siguiente cuadro presenta la comparación entre la situación vigente y la propuesta

Potencia max medida valor/kW Energìa valle valor/kWh Energìa llano valor/kWh Energìa punta valor/kWh Cargo fijo mensual

valores propuestos en pesos en dólares 36.40 1.68 1.126 0.05 2.076 0.10 3.619 0.17 8,507.00 393.04

valores vigentes % variación en pesos en dólares 30.60 1.41 18.95% 1.053 0.05 6.93% 1.939 0.09 7.07% 3.379 0.16 7.10% 8,133.30 375.78 4.59%

Se observa un ajuste mayor en el componente de cargo por potencia, que en los cargos de energía. De todas formas los cargos por peajes se encuentran en valores superiores. A tal efecto se reproducen los cálculos del informe de UTE considerando, como en las tarifas ya consideradas, dos escenarios comparativos (consumo plano y consumo cero en punta).

Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr.

Consumo Plano Potencia contratada MW Potencia demandada

1 0.8 potencia energia valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico

Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh

24,480 176,904 604,968 324,384 1,106,256 8,133 1,138,869 47

29,120 189,168 647,712 347,424 1,184,304 8,507 1,221,931 51

1,106,256 89

1,184,304 95

18.95% 6.93% 7.07% 7.10% 7.06% 4.59% 7.29% 7.29%

Peaje Factura actual potencia 24,480 2% otros componentes 1,114,389 98% Total 1,138,869 100% potencia fuera p potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf

Factura con ajuste a peaje 127,060 potencia 127,060 10% 127,060 otros componentes 1,114,389 90% Total 1,241,449 100% 254,120 Incr total factura 9%

dif peaje cargo tarif pot 419%

Consumo con 0% en punta Potencia contratada MW Potencia demandada

Cargo en un mes Situación actual $ Propuesta $ % incr. 1 0.8 potencia energía valle energía llano energía punta total energía fijo total monomico

Energía $ Precio Unit. energía en dólares US$/MWh

24,480 176,904 604,968 781,872 8,133 814,485 34

29,120 189,168 647,712 836,880 8,507 874,507 36

781,872 63

836,880 67

18.95% 6.93% 7.07% 7.04% 4.59% 7.37% 7.37%

Peaje Factura actual potencia otros componentes Total potencia fuera p potencia punta total peaje cargo fijo total peaje + cf

24,480 3% 790,005 97% 814,485 100%

77,070 Factura con ajuste a peaje potencia 77,070 9% 790,005 91% 77,070 otros componentes Total 867,075 100% 154,140 Incr total factura 6%

dif peaje cargo tarif pot 215%

Se observa que los peajes correspondientes presentan valores significativamente mayores a los cargos por potencia de la tarifa (419% y 215%). El pedo de cargo por potencia en la factura es de 2% y 3% en cada escenario. De ajustarse el cargo por potencia al valor de peaje el total facturado tendría un incremento de 9% y 6%. Los precios unitarios de la energía que se proponen se mantienen por debajo de la última proyección de UTE del costo promedio de abastecimiento de la demanda (US$/MWh 95 y 67 respectivamente). 3. Conclusiones. •

Para las tarifas de bajo porte o De acuerdo al informe de UTE se continúan aplicando ajustes diferenciados para irlas haciendo consistentes con los costos relativos. Este criterio se comparte. o Se plantea un ajuste en el primer escalón de la TRS, ajuste simplificador que se comparte y de peso muy menor en la facturación de la tarifa. Por otra parte para ese rango de consumo los clientes tienen posibilidad de optar por la TCBR. o Se comparte el criterio de ir acercando el cargo por potencia contratada entre las categorías TGS y TRS.



Para las tarifas de mayor porte, se plantean varios criterios: o Ir generando una convergencia entre el cargo por potencia de las distintas categorías tarifarias y los peajes correspondientes. Se

comparte este criterio, que por otra parte implica cumplir con lo establecido en el art. 74 del Reglamento de Distribución. o Se plantea ir cambiando la base de cálculo del cargo por potencia pasando de aplicar de la potencia máxima medida a la potencia contratada. Se considera adecuado este criterio. o Asimismo comparte ir recogiendo en los cargos por energía los costos de abastecimiento de la demanda de largo plazo.

Ec. Sergio Pérez de la Llana Gerencia de Regulación

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