REGLAMENTO A LA TARJETA PREPAGO CLUB NACIÓN AMERICAN EXPRESS

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Reglamento a la Tarjeta Prepago Club Nación American Express®

REGLAMENTO A LA TARJETA PREPAGO CLUB NACIÓN AMERICAN EXPRESS® PRIMERO: Propiedad del Producto. El presente producto pertenece en forma exclusiva a Grupo Financiero Bac|Credomatic (en adelante “GFBC”). Mediante el presente Reglamento (en adelante el “Reglamento”) se establecen los términos y condiciones para la emisión y uso del producto denominado “Tarjeta Prepago Club La Nación American Express” (en adelante la “Tarjeta Prepago”) el cual es lanzado de manera conjunta por el Banco BAC San José, S.A., (en adelante “BAC”) y Credomatic de Costa Rica S.A., (en adelante “Credomatic” y/o el “Emisor”) y es comercializado exclusivamente por Credomatic. SEGUNDO: Descripción del Producto. La Tarjeta Prepago consiste en una cuenta bancaria dotada de fondos prepagados de uso limitado, dirigida exclusivamente a personas físicas (en adelante el “Cliente”) para ser utilizada mediante un plástico, en la adquisición de bienes y servicios en establecimientos nacionales afiliados a la marca American Express® y hasta por un límite de consumo disponible previamente acordado entre el Ciente y el Emisor. TERCERO: Requisitos para la Emisión de la Tarjeta Prepago. Los requisitos para la emisión de la Tarjeta Prepago por parte del Emisor a favor del Cliente son los siguientes: (a)

Ser una persona física, mayor de edad con un documento de identificación válido y vigente (cédula de identidad, cédula de residencia o pasaporte con estadía vigente), reconocido por la República de Costa Rica.

(b)

Completar (i) la solicitud de emisión de la Tarjeta Prepago, (ii) la autorización para que el Emisor verifique la información suministrada de conformidad con la normativa aplicable, y (iii) la solicitud para la apertura de una cuenta bancaria en colones en BAC, todo lo anterior, en cualquiera de las sucursales, lugares o medios electrónicos establecidos o que el Emisor habilite para esos fines, para lo cual el Cliente deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en la regulación y en la política interna de BAC para la apertura de cuentas bancarias, según lo establecido en la cláusula 16 de este Reglamento.

(c)

Ser suscriptor del periódico La Nación un diario del Grupo Nación GN, S.A., y estar afiliado al Club La Nación. Los suscriptores del periódico la Nación que deseen afiliarse al Club La Nación, pueden hacerlo llamando al teléfono número 2247-4343, ingresando al sitio web http://suscripciones.nacion.com/ o bien enviando un correo electrónico a la dirección electrónica [email protected]. La persona que ya posea una suscripción al periódico La Nación y pertenezca al Club La Nación puede solicitar su Tarjeta Prepago llamando al teléfono número 2295-9797.

CUARTO: Características de la Tarjeta Prepago. La Tarjeta Prepago tiene las siguientes características: (a)

El saldo disponible dependerá del monto máximo y mínimo contratado por el Cliente y de los subsecuentes depósitos (“recargas”) realizados a la Tarjeta Prepago por el Cliente.

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Reglamento a la Tarjeta Prepago Club Nación American Express®

(b)

Será emitida una Tarjeta Prepago por Cliente y con su solicitud, se podrán expedir tarjetas adicionales a la Tarjeta Prepago cuyo límite de consumo dependerá del disponible de la Tarjeta Prepago principal.

(c)

Podrá ser utilizada para realizar compras o pagos en establecimientos nacionales únicamente afiliados a la marca American Express.

(d)

La edad mínima para solicitar y contratar una Tarjeta Prepago es de 18 años.

(e)

Está inhabilitada para el retiro de efectivo en ventanillas, en cajeros automáticos o para girar cheques contra ésta. El monto disponible de la Tarjeta Prepago únicamente podrá ser utilizado mediante el plástico emitido por el Emisor.

(f)

Las recargas deberán realizarse únicamente en cajeros automáticos de la Red de Cajeros ATM Full del BAC, a través de la sucursal electrónica de BAC o en la red de comercios de RapiBAC.

(g)

La suma de los montos promedio recargados mensualmente por el Cliente, no podrá ser superior a los mil Dólares ($1,000) moneda de los Estados Unidos de América (en adelante “Dólares”) los cuales serán a acreditados a la Cuenta Prepago en colones al tipo de cambio de compra del día establecido en ventanilla por BAC.

(h)

El monto mínimo que el Cliente puede recargar a la Tarjeta Prepago es de mil colones (¢1,000.00).

(i)

Cada recarga realizada por el Cliente, incluyendo la carga inicial, tendrá un costo de cincuenta centavos de dólar (US$0.50) por cada recarga, independientemente del monto de la recarga. Este monto será deducido del monto recargado por el Cliente en cada recarga.

(j)

El saldo disponible podrá ser utilizado únicamente en transacciones en colones para la adquisición de bienes y servicios.

(k)

El saldo disponible de la Tarjeta Prepago no generará intereses o rendimientos a favor del Cliente.

(l)

La reposición en virtud de pérdida, extravío o deterioro de la Tarjeta Prepago tendrá un costo de diez Dólares ($10.00).

(m)

El costo de la anualidad de la Tarjeta Prepago es de dos Dólares (US$2.00).

(n)

El cargo por la inactividad de la Tarjeta Prepago al cumplirse un período ininterrumpido de seis (6) meses de inactividad será de un Dólar (US$1.00) mensual a partir de la fecha en que se cumplan los seis (6) meses de inactividad y hasta que la Tarjeta Prepago vuelta a tener actividad. El Cliente autoriza a BAC y/o el Emisor a deducir dicha suma del disponible de la Tarjeta Prepago cada vez que se produzca la inactividad en períodos ininterrumpidos de seis (6) meses. Cualquier transacción realizada por el Cliente, sea de débito o crédito interrumple el período de seis (6) en curso y da inicio a partir de la fecha de la última

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Reglamento a la Tarjeta Prepago Club Nación American Express®

transacción, al cómputo de un nuevo período de seis (6) meses. En el evento que la Tarjeta Prepago no tenga disponible para realizar la deducción, ésta podrá ser realizada por el Emisor cuando el Cliente realice una recarga a la Tarjeta Prepago. QUINTO: Modificaciones al Reglamento. El Emisor se reserva el derecho de modificar los términos y condiciones del presente Reglamento, así como, las comisiones y cargos mínimos y máximos aplicables a la Tarjeta Prepago. El Cliente entiende y acepta que (i) el presente Reglamento podrá ser revisado, ajustado y actualizado de tiempo en tiempo a discreción de BAC y/o el Emisor en virtud de sus políticas internas y/o para armonizarlo con la normativa regulatoria aplicable. (ii) cualquier modificación realizada al presente Reglamento le será comunicada en el estado de cuenta inmediato posterior a la fecha en que se ha introducido la modificación al Reglamento y le será enviado al correo electrónico del Cliente. El Cliente podrá consultar el Reglamento con las modificaciones en el sitio web [•]. (iii) es su obligación y responsabilidad mantenerse informado de las modificaciones que sufra el presente Reglamento y que el Emisor publique en dicho sitio web. Asimismo, es obligación del Cliente comunicar por escrito al Emisor cualquier cambio en la dirección de correo electrónico que le proporcionó al Emisor al solicitar la Tarjeta Prepago y en caso que no lo haya comunicado así al Emisor, toda comunicación que realice el Emisor en la dirección de correo electrónico originalmente proporcionada por el Cliente se tendrá por bien realizada. Si transcurridos treinta (30) días naturales contados a partir de la fecha en que el Emisor le envió el estado de cuenta al Cliente, éste no le ha informado al Emisor su rechazo a las modificaciones al Reglamento, entonces, se entenderá que el Cliente ha aceptado los nuevos terminos y condiciones establecidos en el Reglamento. SEXTO: Medidas de Seguridad y Contingencias. El Emisor tomará todas las medidas comercialmente razonables para garantizar la integridad de todos los datos, información y transacciones que se realicen con la Tarjeta Prepago. Sin embargo, el Cliente entiende y acepta que, las transacciones que se realicen con la Tarjeta Prepago se llevan a cabo a través de medios electrónicos, los cuales, si no son utilizados de forma responsable y adecuada por parte del Ciente podrían conllevar un riesgo el cual ha sido considerado por el Cliente al optar por la utilización de la Tarjeta Prepago. En ese sentido, el BAC y/o el Emisor no serán responsables por pérdidas económicas, daños o perjuicios (de cualquier naturaleza) ocasionados al Cliente o a terceros, como consecuencia de acciones, omisiones o circunstancias fuera del control de BAC y/o el Emisor o en los que haya mediado, negligencia, culpa o dolo del Cliente. El Cliente entiende y acepta que es el único responsable por el adecuado manejo, custodia y resguardo de la Tarjeta Prepago, contraseña, clave, pin y demás mecanismos y elementos de seguridad de la información personal que provea al utilizar la Tarjeta Prepago y que, cualquier perjuicio, daño, pérdida o situación adversa que ocurra en virtud de un uso inapropiado, negligente, culposo o doloso de la Tarjeta Prepago, los mecanismos de seguridad e información sensible, será de su única responsabilidad sin que se le pueda atribuir ningún tipo de responsabilidad al Emisor y/o al GFBC. El Cliente entiende y acepta que BAC y/o el Emisor tendrán el derecho irrestricto y sin responsabilidad de su parte, de cancelar o suspender la Tarjeta Prepago, cuando en su criterio se presenten circuntancias que lo hagan creer que el Cliente está haciendo un uso inapropiado o indebido de la Tarjeta Prepago. Asimismo, el Cliente entiende y acepta que BAC y/o el Emisor podrán cancelar la Tarjeta Prepago, si el Cliente deja de ser suscriptor del Grupo Nación. El

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proceso para la cancelación o suspensión de la Tarjeta Prepago será el previsto por el proceso operativo definido por BAC para las cuentas bancarias. SETIMO: Forma de Uso de la Tarjeta Prepago. La Tarjeta Prepago es de uso personal del Cliente, es intransferible y no puede ser objeto de comercialización en forma alguna. La Tarjeta Pregago será entregada únicamente al Cliente, una vez verificados el cumplimiento de los requisitos aquí establecidos La Tarjeta Prepago debe ser utilizada exclusivamente para fines lícitos y apegados a la moral y las buenas costumbres. El Cliente, al hacer uso de la Tarjeta Prepago declara bajo la fe de juramento, que ninguno de los beneficios derivados del uso de la Tarjeta Prepago serán utilizados para fines ilícitos o en relación con fondos relacionados con actividades ilícitas. El Cliente que consienta el uso de su Tarjeta Prepago por parte de terceros, será responsable directo por el uso que se le dé a la Tarjeta Prepago y por cualquier daño directo o indirecto que se hubiese ocasionado. El Cliente acepta y se compromete a indemnizar y a mantener indemne a GFBC, a sus sociedades subsidiarias, relacionadas, vinculadas, sucesoras, asociadas y/o afiliadas, sean o no parte del GFBC, como también a sus socios, directores, gerentes, asesores y demás funcionarios de las mismas, contra todos los costos (incluidos los costos y honorarios de cualquier defensa legal que se estime pertinentes) y contra cualesquiera eventuales condenatorias por daños o perjuicios, directa o indirectamente, derivados de cualquier reclamo presentado por terceros en virtud de cualquier incumplimiento. La Tarjeta Prepago y cualquier información, productos o servicios relacionados con ésta, se proporcionan según lo dispuesto en este Reglamento, sin garantía de ningún tipo, expresa o implícita, lo cual es aceptado y entendido por el Cliente al aceptar la Tarjeta Prepago. El Cliente acepta que el Emisor, BAC y GFBC no están obligados a indemnizar ningún daño o perjuicio al Cliente, cualquiera que sea su naturaleza (consecuente, indirecto, punitivo, especial o fortuito, previsto o imprevisto, entre otros) derivados de: (i) la utilización o de la imposibilidad de utilizar la Tarjeta Prepago; (ii) la utilización de la información ingresada o proporcionada por el Ciente; (iii) la utilización del Cliente de la información obtenida a través de la Tarjeta Prepago o las decisiones tomadas por el Cliente con base en dicha información (iv) el uso inaproppiado que le dé el Cliente o terceros a la Tarjeta Prepago, a su contraseña, y/o su información. OCTAVO: Robo, Sustracción o Extravío de la Tarjeta Prepago. La custodia y el manejo de la Tarjeta Prepago y los fondos disponibles en ésta, son responsabilidad única y exclusiva del Cliente, quién expresamente exime de cualquier responsabilidad legal al Emisor, BAC y GFBC por cualquier transacción o cargos por compras realizadas por terceros. En caso de robo, sustracción o extravío de la Tarjeta Prepago, el Cliente deberá notificar inmediatamente al Emisor para solicitar el bloqueo y reposición del plástico. Las transacciones realizadas anteriormente a dicho aviso, serán consideradas por el Emisor como válidas y aceptadas por el Cliente. A partir de dicho aviso el Emisor procederá inmediatamente a bloquear el saldo disponible en dicha Tarjeta Prepago.

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Reglamento a la Tarjeta Prepago Club Nación American Express®

El Emisor pone a disposición del Cliente el teléfono del Centro de Atención Telefónico número 2295-9797 para realizar las siguientes gestiones: reposición de tarjeta pérdida, robada o extraviada, con atención las veinticuatro (24) horas del día, los trescientos sesenta y cinco (365) días del año. El Emisor recomienda al Cliente guardar el número del Centro de Atención Telefónico dentro de sus contactos. NOVENO: Sobre Contracargos. El Cliente podrá interponer reclamos en las sucursales del Emisor dentro de los treinta (30) días calendario después de realizada la transacción, sobre transacciones realizadas o no en establecimientos, siempre que tales reclamos no estén relacionados con el robo, hurto o extravío de la Tarjeta Prepago, así como el uso por terceros o cualquier otro acto ilícito. Transcurrido este plazo, cualquier transacción, movimiento o cargo realizado a la Tarjeta Prepago se entenderá como aceptado por el Cliente. En caso de reversiones por compras anuladas por el comercio, el Cliente deberá conservar y presentar posteriormente al Emisor, el correspondiente voucher anulado emitido por dicho establecimiento y llenar un formato de contracargo en cualquier sucursal del Emisor. El Emisor dispondrá de un plazo no mayor de seis (6) meses contados a partir de la fecha de recibido del reclamo para dar respuesta al Cliente o de hasta treinta (30) días calendario en caso de que el cargo reclamado haya sido originado por el Emisor. DECIMO: Programa de Beneficios. La Tarjeta Prepago está asociada a la plataforma de beneficios del Grupo Nación, por lo que la Tarjeta Prepago del Cliente participará en todas las promociones publicadas en www.club.nacion.com. Adicionalmente participará en toda la red de beneficios de Credomatic en la plataforma de BAC Beneficios y las promociones de Credomatic y American Express. El Emisor podrá modificar a su discreción y sin aviso previo las condiciones y vigencia del programa de beneficios cuando así lo considere necesario. La Tarjeta Prepago no participa en el programa de acumulación de Puntos Viva asociados a la tarjeta de Crédito Club La Nación American Express® de Credomatic, ni a ningún otro programa de acumulación de puntos de Credomatic y/o BAC. DECIMO PRIMERO: Vigencia. La fecha de vencimiento de la Tarjeta Prepago es la que se indica impresa en ésta y tendrá vigencia de dos tres (3) años a partir de la fecha de su emisión. Al vencerse el plazo, la Tarjeta Prepago se bloqueará automáticamente. En caso de que la Tarjeta Prepago tenga saldo disponible al momento del vencimiento, el Cliente podrá solicitar la renovación de su Tarjeta Prepago por medio del Centro de Atención Telefónico para continuar utilizando el saldo remanente. Si transcurridos tres (3) meses desde el vencimiento de la Tarjeta Prepago el Cliente no ha gestionado su renovación, el Cliente autoriza expresa e irrevocablemente a BAC y/o el Emisor a conservar como propia y disponer a su discrección, de cualquier suma que se encuentre depositada en la Tarjeta Prepago al momento de dar de baja la información de dicha Tarjeta Prepago. DECIMO SEGUNDO: Tratamiento de la Información Personal. El Cliente al aceptar utilizar la Tarjeta Prepago y proporcionar información personal entiende, acepta y autoriza que: (a)

Existirá una base de datos propiedad del GFBC, la cual será para uso interno o bien para uso con fines comerciales asociados a la relación con el socio comercial Grupo Nación del cual el Cliente es suscriptor.

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Reglamento a la Tarjeta Prepago Club Nación American Express®

(b)

La información será tratada de forma confidencial, para uso interno (de forma directa o indirecta) por parte del GFBC y sus sociedades controladas, vinculadas, sucesoras, asociadas y/o afiliadas, sean o no parte del GFBC. Con la aceptación de la Tarjeta Prepago y este Reglamento, el Cliente autoriza a que su información sea compartida entre las entidades antes descritas. No obstante el anterior compromiso de confidencialidad, la información del Cliente podrá ser revelada en caso de que una autoridad competente, sea administrativa o judicial, así lo requiera al Emisor o a las entidades que forman parte del GFBC.

(c)

El destinatario de la información del Ciente es el GFBC, así como sus sociedades controladas, vinculadas, sucesoras, asociadas y/o afiliadas, sean o no parte de éste.

(d)

El Cliente podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación ante el Emisor en cualquiera de sus sucursales.

(e)

La información provista podrá ser almacenada o replicada en servidores ubicados dentro o fuera del territorio.

(f)

El Emisor no venderá, alquilará o compartirá la información personal del Cliente con terceros de ninguna manera, salvo con el Grupo Nación del cual el Cliente es suscriptor.

(g)

La información proporcionada por el Cliente al Emisor ha sido entregada de manera voluntaria, con conocimiento de lo dispuesto en el Reglamento y que no ha existido vicio alguno al formarse o manifestar su voluntad, pues ha sido el resultado de valorar la bondad y beneficios de utilizar la Tarjeta Prepago, los cuales asume bajo entera responsabilidad.

DECIMO TERCERO: Plazo. El presente producto es por tiempo indefinido. No obstante lo anterior, el Cliente entiende y acepta que el mismo podrá ser finalizado por BAC y/o el Emisor de común acuerdo con el Grupo Nación en cualquier momento y sin responsabilidad de su parte, comunicando tal circunstancia al Cliente en su estado de cuenta y otorgándole un plazo prudencial para que retire el saldo disponible en la ventanilla de BAC o lo utilice en la adquisición de bienes o servicios. DECIMO CUARTO: Cuenta Inactiva. Será considerada como una Tarjeta Prepago inactiva a aquella que no haya tenido ninguna transacción sea de debito o crédito en un período de seis (6) meses. El Cliente entiende y acepta que el BAC y/o el Emisor tendrán el derecho irrestricto y sin responsabilidad de su parte, de cancelar la Tarjeta Prepago que se encuentre inactiva y autoriza expresa e irrevocablemente a BAC y/o el Emisor a conservar como propia y disponer a su discrección, de cualquier suma que se encuentre depositada en la Tarjeta Prepago al momento de su cancelación. DECIMO QUINTO: Adhesión al Reglamento. Todo Cliente deberá tener pleno conocimiento de los términos y condiciones contenidos en este Reglamento. La solicitud, la aceptación, la recepción o la ejecución de cualquier transacción con la Tarjeta Prepago por parte del Ciente, serán consideradas por el Emisor como una manifestación expresa que el Cliente ha tenido acceso, ha leído, ha entendido y ha aceptado el Reglamento y en consecuencia ha decidido contratar libremente la Tarjeta Prepago.

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Reglamento a la Tarjeta Prepago Club Nación American Express®

DECIMO SEXTO: Marco Contractual Aplicable. El Cliente entiende y acepta que el marco contractual aplicable a la Tarjeta Prepago en lo que respecta única y específicamente a la cuenta bancaria, será el establecido en el Multicontrato de productos y/o servicios financieros utilizado por BAC. Todos los demás productos y/o servicios financieros allí establecidos distintos de la cuenta bancaria quedan excluidos. BAC y/o el Emisor se reservan el derecho discrecional de habilitar en el futuro otros productos y/o servicios financieros complementarios de los establecidos en el Multicontrato a la Tarjeta Prepago, lo cual será oportunamente informado al Cliente para su aceptación o rechazo. En virtud de lo anterior, el Cliente entiende y acepta que los únicos servicios que recibirá por el uso de la Tarjeta Prepago son los establecidos expresamente en el presente Reglamento. DECIMO SETIMO: Versión y Fecha de Ejecución. El presente documento constituye la versión número uno (1) del Reglamento y entró en vigencia el día [•].

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