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Liceo Nº 1 “Javiera Carrera” Biblioteca CRA “Marina Silva Maturana”
REGLAMENTO BIBLIOTECA – CRA basado en el PEI Institucional TITULO I Presentación El presente reglamento tiene como objetivo establecer las normas que regulan el uso del material bibliográfico y audiovisual de la biblioteca-‐CRA “Marina Silva Maturana” del Liceo Nº 1 “Javiera Carrera”. Misión. La misión de la Biblioteca del Liceo Nº 1 es apoyar a las alumnas y comunidad escolar en el proceso enseñanza-‐aprendizaje, favoreciendo el desarrollo de habilidades lectoras y de información para su inserción en la educación superior, adaptándose a las necesidades cambiantes de la sociedad de la información. Debe además, desarrollar, mantener y proveer información y conocimiento en apoyo a la docencia, investigación y extensión impartida en el establecimiento, contribuir al quehacer de la institución en todas sus áreas y al cumplimiento de su misión. Por otra parte debe contribuir a la formación intelectual, personal y recreativa (el buen uso del tiempo libre) de las alumnas, docentes y asistentes de la educación que pertenecen al establecimiento.
Visión. Ser un Centro de Recursos líder e innovador, que ayude a las alumnas en su enseñanza-‐aprendizaje ofreciendo recursos de información actualizados, variados y de calidad, anticipándose a sus necesidades, posibilitando el acceso al conocimiento y la cultura de toda la comunidad, contribuyendo a la misión del establecimiento. Objetivos 1) Fomentar la cultura y las inquietudes intelectuales y de investigación de la comunidad. 2) Apoyar los programas de estudios del Liceo Nº 1 “Javiera Carrera”. Para ello debe proveer servicios y productos orientados a apoyar actividades básicas de los integrantes de la comunidad, como: desarrollo de colecciones, creación de catálogos, préstamo de material, asesoría y capacitación en el uso y recuperación de información. 3) Motivar y responder a las demandas de información relativas a la actividad docente, de investigación y de formación integral y armónica de la comunidad. 4) Recopilar, preservar y difundir los documentos realizados por las alumnas en pos del fomento de la lectura y la información. 5) Contar con una biblioteca moderna, con políticas bibliotecológicas pertenecientes a estándares internacionales, actualizados, con información rápida y fácilmente accesible al usuario todo ello en pos de la calidad de los servicios y recursos entregados.
Artículo 1º Usuaria(o)s Cada curso elegirá una Delegada de Biblioteca, la que entregará sus datos a la Encargada de CRA. Su labor es servir de nexo de información entre la biblioteca-‐CRA y su curso. Serán usuarios de la biblioteca las siguientes personas acreditadas con su carné de biblioteca-‐CRA: Alumnas regulares del Liceo Nº 1 de 7º básico a 4º medio. Alumnas de intercambio estudiantil (durante su período en el Liceo) Personal Docente Asistentes de la Educación. Coordinadora de alumno(a)s practicantes. Otros miembros de la comunidad, de acuerdo a solicitud de la Directora TITULO II Servicios de la biblioteca Artículo 2º: Servicios Es indispensable para el otorgamiento de los servicios, la presentación del carné de biblioteca, el cual será retenido hasta la devolución del préstamo. La biblioteca ofrece los siguientes servicios:
Consulta en sala de lectura, préstamo al aula, préstamo a domicilio, préstamo semestral, préstamo de computadores, referencia, referencia electrónica
Consulta en sala de lectura: Está regido por el horario de biblioteca y el material, solicitado debe ser devuelto, a más tardar, 10 minutos antes del cierre. Préstamo al aula: La solicitud y devolución del material debe hacerlo personalmente el Profesor(a) completando el formulario correspondiente, una alumna responsable puede hacerse cargo del traslado del material. El préstamo rige solamente durante las horas de clases. Préstamo a domicilio: Cada usuaria puede solicitar un (1) préstamo de material bibliográfico de ficción por una semana, renovable por igual período y de acuerdo a demanda, el material bibliográfico de no ficción se prestará por un máximo de 3 días y sin posibilidad de renovación. En ningún caso dos ejemplares del mismo título. Quedan excluidas del préstamo, las colecciones de referencia, publicaciones periódicas, colecciones especiales, ejemplares únicos, obras de gran valor o que no están disponibles en el mercado, documentos editados en el Liceo y material multimedial. Préstamo semestral: Se comprende como préstamo semestral, el que se entrega a docentes y profesionales del liceo con fines académicos. Su duración máxima será de un (1) semestre lectivo, pudiendo ser renovado. Se hará efectivo mediante formulario que justifique tal petición. Este material debe ser devuelto a fin de año para el inventario correspondiente. Referencia: Servicio de búsqueda de información, solicitado por la usuaria. Referencia electrónica: Servicio de búsqueda de información en la web, a pedido de la usuaria. Préstamo de computadores: El préstamo del computador personal o de escritorio se realizará a las alumnas que acrediten, mediante carné de biblioteca, su calidad de socia, el préstamo será por un
máximo de 30 minutos y de acuerdo a demanda. El objetivo es la búsqueda de información y no se permitirá su uso para otros fines. TITULO III Sanciones Artículo 3º Sanciones Las sanciones que se detallan en los artículos siguientes, se aplicarán a todos la(o)s usuaria(o)s que hubiesen infringido las obligaciones derivadas de la utilización general de la Biblioteca -‐ CRA. Atrasos en la devolución Toda usuaria que se encuentre en mora en la devolución del material bibliográfico y multimedial, se hará acreedora de las siguientes sanciones: Consulta en sala de lectura: La salida no autorizada del material bibliográfico y multimedial se sancionará con una (1) semana de suspensión de los servicios y registro en la hoja de vida. Préstamo a domicilio: El atraso en la devolución de préstamos diarios, se sancionará con la suspensión de los servicios de acuerdo al número de días de atraso. Tratándose de material bibliográfico o multimedial en extremo valioso o de carácter histórico o patrimonial, se registrará la situación en su hoja de vida. Persistencia de atrasos: Se evaluará la permanencia como socia del CRA a aquella usuaria que persista en sus atrasos.
Pérdida de material En caso de pérdida o deterioro de material, el usuario deberá restituir el mismo título a la brevedad. En caso de no cumplimiento se registrará tal hecho en hoja de vida. No se podrá acceder a préstamo hasta regularizar su situación. Se informará mensualmente a la Delegada de Biblioteca y/o Profesor Jefe, la situación de morosidad del curso, cuando corresponda. TITULO IV Normas de conducta. Disposiciones Generales Artículo 4º Normas de Conducta durante la permanencia en Biblioteca Las alumnas deben tener una conducta acorde a la situación: Mantener silencio, permitiendo a las demás usuarias la concentración para su estudio. Hablar en voz baja. Uso de lenguaje apropiado a una alumna javierina. Buenos modales con sus compañeras y personal del Biblio-‐CRA. No consumir alimentos ni bebidas. Las manos deben estar lavadas antes y después del uso del material del CRA. Cuidar el material prestado, así también el mobiliario de la sala de lectura.
Disposiciones generales Se entregará un certificado de solvencia, solicitado por la autoridad correspondiente, que acredita no morosidad en biblioteca (material bibliográfico, audiovisual o multas), en los siguientes casos: Alumnas que se retiran del Liceo Nº 1 “Javiera Carrera”, Municipalidad de Santiago. Alumna(o)s en práctica profesional que finalicen su período lectivo Funcionarios que cesan sus funciones en el Liceo Nº 1 “Javiera Carrera”, o se trasladen de lugar de trabajo. Artículo 5º. -‐ Toda situación no contemplada en el presente reglamento será resuelta por la Jefa de UTP, en su función de Coordinadora CRA.