REGLAMENTO DE SEGURIDAD POLÍGONO DE TIRO S.I.T.A.S. AÑO 2008

REGLAMENTO DE SEGURIDAD POLÍGONO DE TIRO “S.I.T.A.S.” AÑO 2008 1 S.I.T.A.S. REGLAMENTO DE TIRO El uso de las instalaciones destinadas a tiro se re

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD POLÍGONO DE TIRO “S.I.T.A.S.” AÑO 2008

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S.I.T.A.S. REGLAMENTO DE TIRO

El uso de las instalaciones destinadas a tiro se regirá bajo las siguientes normas, recomendando su estricta observancia. Los polígonos de Tiro se rigen por: • Normas de Seguridad del Re.N.AR • Reglamento Interno de Tiro de SITAS • Estatutos Y Reglamentos de SITAS • Normas de Seguridad según la Federación Argentina de Tiro • Normas de Seguridad según Asoc. Argentina de Tiradores con arco • Reglamento Interno de Tiro con Arco de SITAS • Normas de Seguridad de la Asociación Argentina de Tiradores de Avancarga TODA PERSONA QUE NO CUMPLA CON ESTOS REGLAMENTOS NO PUEDE PERMANECER EN LAS INSTALACIONES DEL POLÍGONO NI EN LAS DE LA INSTITUCIÓN

1. Todos los Socios de la Institución e invitados podrán utilizar las instalaciones en días y horarios habilitados por la dirección de Tiro, y estando presentes los instructores de esta entidad. 2. Los No Socios deberán abonar en las Oficinas de cobro de cada polígono el arancel correspondiente a la Línea de Tiro, ú otros aranceles según lo disponga el HCD. 3. Todos los concurrentes al polígono Socios o No Socios deberán exhibir su Credencial de Legitimo Usuario, Tenencia del arma a su nombre y Documento de Identidad para ser registrados y para el socio deberá exhibir su carnet social con cuota al día. 4. Los menores de 21 años, deberán realizar sus practicas acompañados de sus padres, tutores ó encargados quienes también deberán satisfacer lo enumerado precedentemente, solo bajo la supervisión del Instructor de SITAS, según exigencia del Registro Nacional de Armas, y las disposiciones internas de la Entidad 5. Aquellos menores que no utilicen armamento provisto por SITAS para las clases y lo hagan con armamento de terceros, el Legítimo Usuario responsable del arma deberá registrarse en el libro de armamento en cada polígono y permanecer dentro del ámbito del polígono de tiro mientras se dicta la clase.

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6. Los menores que se anoten en cursos y / ó escuelas, deberán traer autorización escrita de mayor responsable, esta nota será archivada en la secretaria del polígono. 7. Todos los Socios y No Socios encuadrados dentro de las Escuelas de Tiro tienen la obligación de utilizar Protectores Auditivos y Protectores Oculares. 8. Las instituciones pertenecientes a las Fuerzas de Seguridad autorizadas por el Consejo Directivo, deben dirigirse por nota al Sr./a Director de Tiro de la Institución, a los efectos de coordinar los días, horarios, plan de entrenamiento, Instructor a cargo, nómina de las personas que llevarán a cabo dichos ejercicios, como así también el detalle del armamento a utilizar, (marca, calibre y nº de serie y munición) 9. Queda prohibida la guarda de armas en la Institución tanto para Socios como para No Socios a partir del 1º de Enero de 2008, según lo decidido por la Dirección de Tiro en el mes de Noviembre de 2007. 10. Aquellos tiradores no socios encuadrados dentro de la Escuela de Tiro de la Entidad y que deseen representarla deportivamente, deberán solicitarlo por nota escrita a la Dirección de Tiro, y en caso de ser autorizado tendrá dos meses de prueba durante los cuales solo abonara el arancel correspondiente a escuela. Después de este período el tirador / tiradora deberá asociarse a la Institución. Caso contrario abonará todos los aranceles de invitado y no podrá representar a la institución bajo ningún concepto. SEGURIDAD 11. Por razones de seguridad, queda prohibido el ingreso y/o permanencia a los recintos de personas que no hayan cumplido todos los requisitos de reglamentos y leyes vigentes, teniendo la facultad de solicitarle que se retire de la institución. 12. La seguridad de los tiradores, oficiales de polígono y los espectadores requiere una atención continua y esmerada en el manejo de las armas y en el desplazamiento dentro del polígono. Es imprescindible que la conducta de todos se ajuste a severas normas de seguridad y autodisciplina, será obligación de los oficiales de polígono exigir y vigilar el cumplimiento de las mismas y tanto los tiradores como los Delegados de Equipo ayudar a que se imponga. 13. En beneficio de la seguridad, un miembro del polígono ó comisario de galería ó tirador puede suspender el tiro en cualquier momento. Los tiradores los Delegados de Equipo deben informar a los árbitros o miembro del polígono de cualquier situación que pueda resultar peligrosa o causar algún accidente. 14. Como medida de seguridad, todas las armas deben manejarse en todo momento con el máximo cuidado. 15. Solo pueden cargarse las armas en el puesto de tiro y únicamente después de que haya dado la orden de cargen, o después de la autorización del Comisario de Barrera.

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16. Por ningún motivo, se puede llenar o cargar el cargador, ni la recámara del arma antes que se dé la orden de carguen o fuego libre. 17. Luego del último disparo, el tirador debe cerciorarse antes de abandonar la línea de tiro, que no queden cartuchos o balines en la recámara o en el cargador. 18. Está prohibido el manejo del arma cuando hay personal delante de la línea de tiro. 19. Todas las armas que se encuentran dentro del polígono, deben permanecer descargadas, excepto en el puesto de tiro y después de que se haya dado la orden de carguen ó después de la autorización del comisario de barrera. 20. Después de la práctica, el arma podrá dejarse sobre la mesa de tiro solamente después de sacar los cartuchos y/o el cargador, con corredera o cerrojo abierto debiendo estar en una dirección segura (APUNTANDO HACIA EL CAMPO DE TIRO) 21. En el polígono, cuando el arma no esta en la línea de tiro, siempre deberá mantenerse en su caja ó funda, salvo en circunstancias autorizadas por un oficial de polígono, pero siempre descargada 22. Cuando se imparte la orden o señal de ALTO EL FUEGO debe detenerse el tiro inmediatamente. Cuando la orden DESCARGAR es dada, todos los tiradores deben descargar sus armas, vaciar los cargadores y ubicarlas sobre la mesa de tiro. El tiro solo puede reiniciarse cuando la orden de CARGAR, FUEGO LIBRE O COMENZAR es dada nuevamente. 23. El juez u otro oficial de polígono apropiado serán los responsables de dar las ordenes de CARGAR y COMENZAR, ALTO, DESCARGAR y otras ordenes necesarias. El Oficial de polígono también debe asegurarse que las órdenes sean obedecidas y que todas las armas sean manejadas con cuidado. 24. Está prohibido el uso de munición perforante, munición trazadora, incendiaria, cartuchos breneke y/o posta en todos los polígonos. En los stands de tiro deportivo solo se puede usar proyectiles de plomo o algún material dúctil similar. 25. Está terminantemente prohibido entrar con bebidas alcohólicas a los polígonos de esta Institución. No se autorizará realizar prácticas de tiro de cualquier de las disciplina que se realizan en estos polígonos a aquellas personas que hayan bebido en exceso. 26. En todos los stands de tiro está prohibido fumar, tanto para los tiradores como a los espectadores. 27. Protección de los oídos: Todos los tiradores que se encuentren en la línea de tiro tienen la obligación de utilizar protección auditiva. Todas aquellas personas que se encuentren en las cercanías de la línea de tiro, se les recomienda el uso de tapones, orejeras o cualquier otra protección similar para los oídos.

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28. Protección de los ojos: Todos los tiradores que estén en la línea de tiro tienen la obligación de usar anteojos de tiro o cualquier protección similar mientras estén realizando sus prácticas deportivas. 29. Los Alumnos de las Escuelas de Tiro tienen la obligación de utilizar Protectores Auditivos y Protección Ocular adecuada para la práctica de la actividad. 30. Terminantemente prohibido la exposición de armas fuera del polígono. 31. Las armas deben salir del polígono enfundadas en sus estuches y/o cajas. Las armas no pueden estar visibles en ninguna de sus partes y debiendo estar descargadas. Las municiones tampoco pueden estar en forma visible. 32. Ningún tirador puede movilizarse por las galerías del polígono con su arma cerrada. Esta debe estar descargada, abierta y sin cerrojo en caso de ser arma larga. 33. La portación de un arma corta y/o larga esta estrictamente prohibida a los socios y/o invitados en todo el ámbito de la Institución. (excepto fuerzas armadas) La violación de esta norma es considerada falta gravísima, causante de expulsión inmediata de la institución.

34. Comisario de la galería de tiro a) El Comisario es la máxima autoridad dentro de la galería de tiro, mientras se practica la actividad. b) El comisario prohibirá la permanencia en la galería de tiro a toda persona que haga uso imprudente, negligente o peligroso de su arma. Asimismo podrá negarle el acceso a la galería hasta que dicha persona demuestre que es apto para manejar su arma con seguridad c) El comisario podrá inspeccionar todas las armas y municiones, y prohibir las que a su juicio sean inseguras o las que no estén en buen estado de funcionamiento. d) El comisario de barrera es el responsable de hacer valer el cumplimiento de estas normas. e) El comisario debe advertir y/ó retirar a una persona del polígono por disturbios, palabras obscenas o malos ejemplos. f) El comisario deberá comunicar al Director/a de Tiro, todo inconveniente de disciplina que se suscite dentro del polígono. Queda a su único criterio del comisario de barrera, la aplicación de las siguientes sanciones: . Advertencia . Expulsión inmediata.

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35. Uso de las Instalaciones: a) Se disparará solamente al blanco que corresponda a su línea de tiro asignada por el comisario. b) Toda persona que dispare en forma cruzada, a los rieles, a los soportes de blancos, a las paredes, piso parabalas, aves o animales que ingresaren al campo de tiro, será retirada del recinto y se le solicitará la correspondiente sanción disciplinaria y resarcimiento económico de los daños causados a través de la Dirección de Tiro. c) La venta de municiones, armas, accesorios, etc. queda sujeta a expresa autorización de las Autoridades de la Institución. La venta de municiones a los concurrentes al polígono de tiro será en las Oficinas de cobro habilitadas en cada uno de los polígonos. 36. Acceso a la línea de tiro a) El puesto de tiro solo debe estar ocupado por un tirador y/o acompañado por instructor, (si es necesario). b) Las personas que no realizan prácticas de tiro, deberán permanecer fuera de la galería. c) El tirador no podrá traspasar la línea de tiro (ingresar al campo). d) Se permitirá usar un arma por vez. Si el tirador ingresara a la línea de tiro con más de un arma, las que no utilice deberá permanecer enfundada o en su estuche y descargada. e) Toda arma o elemento dejado en la línea de tiro queda bajo la absoluta responsabilidad de su propietario. 37. Procedimiento de tiro a) Tome ubicación en la línea de tiro asignada, adoptando una posición clásica de tiro. b) Apunte el arma siempre en dirección a la zona de blancos. c) No está permitido el desenfundado rápido para hacer fuego desde la cintura, abanicar revólveres de acción simple ni pistolas, ni el accionamiento de pistola, (ametrallar). d) No esta permitido cambiar de línea de tiro con un arma cargada ni entregar un arma cargada a otro tirador. e) La regulación de miras telescópicas se realizará únicamente bajo la supervisión del Comisario de barrera.

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38. La entrada para invitados contempla: a) Solo Ingreso a la Institución. b) En caso de que el tirador hiciere uso de uno de los polígonos y deseare utilizar otro, podrá hacerlo abonando previamente, un nuevo turno registrándose nuevamente. c) El estacionamiento será abonado en la entrada. d) Los puntos: a) b) y c) pueden cambiar según criterio del HCD, de SITAS. 39. LIMITE DE RESPONSABILIDAD El Presente reglamento se encuentra exhibido en lugar visible en todos los Polígonos de la Sociedad. A partir de esta publicidad todos los Socios e Invitados concurrentes a la Sociedad Italiana de Tiro a Segno, (S.I.T.A.S.), quedan debidamente advertidos sobre el manejo y uso de armas de fuego, deslindando la responsabilidad de la sociedad en caso de perdida, lesión o daños personales materiales como consecuencia de la descarga de armas de fuego. Asimismo aceptan la obligatoriedad del uso de protectores auditivos y anteojos protectores quedando bajo exclusiva responsabilidad del tirador, ya que ellos fueron debidamente aconsejados.

40. RECUERDE SIEMPRE: a) La máxima seguridad se logra a través de una estricta disciplina. b) Fuera del puesto de tiro el arma debe estar siempre descargada y dentro del estuche o funda. c) Apunte el arma en Dirección Segura y con el dedo fuera del disparador hasta estar listo a disparar al blanco asignado. d) Jamás vuelva hacia la galería la boca de un arma. e) Está terminantemente prohibido transitar fuera del polígono con las armas sin funda o estuche. EL CONOCIMIENTO DE ESTAS NORMAS DE SEGURIDAD ES PARTE ESENCIAL DE LOS DERECHOS QUE SE RESERVA Y EJERCE LA ENTIDAD. -

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Estas medidas serán elevadas para la aplicación de las sanciones que correspondiera al Departamento Tiro, cuyos integrantes por simple mayoría, aplicarán la sanción establecida en el Estatuto y darán conocimiento al HCD de la entidad. - El conocimiento y el cumplimiento o no, en el ámbito del Dpto. de Tiro, implica la renuncia a cualquier apelación fuera del ámbito de la aplicación de estas normas.

AVANCARGA Este Reglamento tiene su base y es complemento de:

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. Estatuto y Reglamento Interno de SITAS . Reglamento Interno del Departamento Tiro de SITAS . Reglamento de Tiro para Competencias, Versión 2001 de la Asociación Argentina de Tiradores de Avancarga.

1.

Está terminantemente prohibido fumar en la línea de tiro.

2.

No debe cargarse ningún arma antes de recibir la señal de Fuego Libre.

3.

Todas las armas deberán descebarse durante el Alto el Fuego Provisorio y sus martillos se colocarán en la posición de seguro, quedando prohibida la manipulación de las armas durante el alto el fuego.

4.

Todas las armas deberán descargarse al recibir la señal de Alto el fuego de finalización de la tirada, a tal efecto se autorizará efectuar la descarga del arma a tierra.

5.

En el momento de tirar el tirador no deberá tener mas de trece (13) cargas preparadas, o catorce (14) en caso de que el tirador desee efectuar un tiro de calentamiento.

6.

Se encuentra prohibido el uso de Pólvora Negra de fabricación casera, de Pólvora Viva y/o nuevas pólvoras sucedáneas.

7.

La munición a utilizar deberá ser de plomo puro o aleación y no podrán ser utilizadas balas encamisadas.

8.

Se admite el uso de vainas construidas a partir de otros calibres, para las armas de retrocarga de pólvora negra

9.

Está prohibido el disparo de fulminantes, cebo o carga antes de la señal de Fuego Libre.

10.

Las armas no han de cebarse (pólvora en la cazoleta o fulminante en la chimenea) antes de que estén apuntando hacia el blanco.

11.

Todas las armas tienen que estar sin cebo y situadas en una posición de seguridad durante el Alto el Fuego Provisorio.

12.

Está prohibido manipular pólvora en envases abiertos en los puestos de tiro. La pólvora de carga deberá estar envasada en recipientes de una sola carga con tapa.

13.

Está prohibido cargar pólvora directamente al caño desde polvoreras. La pólvora de cebo estará en un solo envase conteniendo no más de 16gr, (250 grains).

14.

Se deberá resguardar las cargas de la acción directa del sol. Queda expresamente prohibido cargar recipientes abiertos, deberán tener tapa.

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15.

Fulminantes: Debido a su peligrosidad, se deberán mantener al resguardo del sol y las chispas. En el puesto de tiro se tendrán únicamente los fulminantes necesarios para la competencia y se mantendrá la caja cerrada.

16.

Apisonamiento: la bala debe estar asentada firmemente contra la carga de pólvora.

17.

Anteojos de Seguridad: El uso de Anteojos de Seguridad es obligatorio.

18.

El uso de Protectores Auditivos es obligatorio para todos los tiradores y Oficiales de la Galería de Tiro.

19.

Las armas deben estar en condiciones de tiro que ofrezcan seguridad.

20.

En la carga no deberá sobrepasarse el límite recomendado para la pólvora negra moderna.

21.

Fallas de Tiro: El Tirador deberá mantener el arma dirigida hacia el blanco, hasta que se realice la descarga completa.

22.

Incidentes: Cuando un incidente o defecto de tiro no pueda ser resuelto inmediatamente por el propio tirador, el tirador deberá informar al Oficial de la línea de tiro antes de tomar alguna medida.

23.

El manejo de las armas cargadas con falla, deberá realizarse con la máxima seguridad para todas las personas que se encuentren en el stand de tiro, debiendo respetar las normas de seguridad implementadas por el R.E.N.AR.

ARQUERÍA Este Reglamento tiene su base y es complemento de: . Estatuto y Reglamento Interno de SITAS . Reglamento Interno del Departamento Tiro de SITAS . Reglamento de FATARCO (Federación Argentina de Tiro Con Arco) NORMAS GENERALES 1. Todo tirador deberá notificarse del contenido del presente, y se le entregará una copia del mismo. 2. El incumplimiento parcial o total de algunas cláusulas de este reglamento será sancionado según marcan los Reglamentos, y/o hasta con expulsión definitiva del Polígono de Arquería. 3. Todo Tirador deberá usar sus flechas totalmente identificadas con nombre completo o iniciales, con excepción de las flechas utilizadas por la escuela para los cursos correspondientes.

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ESTA PROHIBIDO: 1 - Entrar al polígono interior y/o exterior con un arco, flecha y/o ballesta sin tener la instrucción de manejo de los mismos. – En caso de alumnos, no pueden tirar en ausencia del Instructor o la persona autorizada para tal fin. 2 - Entrar al polígono exterior para tirar, en ausencia del Instructor o persona autorizada como veedora del campo. En caso de no encontrarse el Instructor o el veedor de campo, el tirador podrá utilizar solamente el polígono interior (IN DOOR) 3 - Entrar con bebidas alcohólicas al polígono tanto exterior, interior, o a cualquiera de los restantes polígonos de la Institución. 4 - El uso de cualquier tipo de arma de fuego, proyectil o cualquier cosa que dañe contenciones e instalaciones, con excepción de arco, flecha y/o ballesta (con la autorización correspondiente) 5 - Tensar el arco con o sin flecha, fuera de la línea de tiro. 6 - Apuntar la flecha hacia el cielo. 7 - Apuntar a un blanco que se encuentre en línea oblicua al tirador. 8 - Apuntar a una persona, animal o cosa, susceptible de sufrir algún daño. 9 - Apuntar a silueta humana ó humanoide 10- Fijar publicidad no autorizada por la Institución. 11-Utilizar puntas de flechas o dardos de ballesta para cacería, que puedan dañar las contenciones y/o instalaciones. NORMAS DE CONVIVENCIA: 1

- No demorar la línea de tiro

2

- Tener presente SIEMPRE el avisar cuando se encuentre libre la línea de tiro con la palabra ´´LIBRE´´.

3

- Aguardar el momento para ir a buscar las flechas al blanco, la totalidad de los tiradores del momento.

4

- Hablar en voz baja en el polígono interior, exterior y en todos los polígonos restantes de la Institución.

5

- El tirador deberá apuntar, solamente al blanco que se encuentra frente a él.

6

- No tocar equipos ajenos ni de la Institución, sin el permiso correspondiente.

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7

- Prohibido la venta de equipos y/o accesorios de arquería a toda persona ajena a la Institución.

******************************************************************* **Se entregará una copia del presente reglamento a toda persona que lo solicite**. **Este reglamento será publicado en los polígonos una vez aprobado por el HCD de SITAS.** *******************************************************************

DIRECCION DE TIRO

Aprobado el 31 de marzo de 2008, por el HCD de SITAS

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