REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO PYMES EN PROGRESO PARA EMPRESAS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN

ANEXO 16 REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO PYMES EN PROGRESO PARA EMPRESAS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Objetivo ' ' .

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ANEXO 16



REGLAS DE OPERACIÓN DEL FONDO PYMES EN PROGRESO PARA EMPRESAS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN





Objetivo '













'

.

'•

.

1.- El Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información tiene como objetivo general contribuir a que las micro, pequeñas y medianas empresas del sector de tecnologías de la información incrementen sus capacidades, e impulsen su. desarrollo mediante la certificación y adquisición de equipo, maquinaria; mobiliario, software, desarrollo de aplicaciones móviles y/o páginas web. · Definiciones 2.- Para efectos de las presentes Reglas, se entenderá por: l. Apoyos: Los apoyos no retornables que el Gobierno Estatal otorga a quienes resulten Beneficiarios por conducto del Fondo Progreso.

II. Beneficiarios: La población objetivo cuyos proyectos sean aprobados por el Consejo Directivo del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información y a la que se hayan entregado los apoyos correspondientes: · III. Consejo Directivo: El Comité de Financiamiento del Fondo Progreso; IV. Convocatoria: Documento que establece los requisitos, el procedimiento y vigencia para la presentación de solicitudes de apoyo del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información; V. Criterios de Selección: Carac t erísticas de los Proyectos que corresponden a los objetivos Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información y a los mecanismos establecidos para alcanzarlos que por lo tanto los hacen susceptibles de recibir apoyo; VI. Empresa: Unidad de control y decisión que utiliza diferentes insumes para producir bienes o servicios; · VIl. Población Objetivo: Personas físicas con actividad empresarial, micro, pequeñas y medianas empresas pertenecientes al sector de las Tecnologías de la Información, que presten servicios relacionados con las TI, o empresas dedicadas los sectores de alta tecnología como Electrónica, Robótica, Nanotecriología y Biotecnología que requieren incrementar sus capacidades, instaladas .en Aguascalientes.

a



www.aguascalientes.gob.,.,x Av. Universidad No. 1001, Torre Plaza Bosques piso 8, 8osqLfes del Prado C.P. 20127, Aguascalientes. Ags. Teléfono 01 (449) 91 O 26 11



PROGRESO





VIII. Proyecto: Conjunto de acciones que lleva a cabo la población objetivo, para las cuales solicita apoyos del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información; IX. Solicitante: Empresas que presentan proyecto al Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información. X. Fondo Progreso: El Banco Mercantil del Norte, S. A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte, División Fiduciaria, en su calidad-·de Institución ·fiduciaria del Fideicomiso número 743352 denominado como "Fondo de Financiamiento para el Progreso de Aguascalientes". ·. .















.

.

XI. OFISA: La empresa de participación Estatal Mayoritaria denominada Operadora de Fideicomisos del Estado dé Aguascalientes S. A. de C. V., la cual tiene como uno de sus objetos la administración delFondo Progreso mediante el personal administrativo que tiene a su cargo. Presupuesto destinado al Fondo PYMES Tecnologías de la Información

en Progreso para

Empresas de

3.- Los apoyos del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la . Información se aplicarán bajo los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad, oportunidad, eficiencia y temporalidad, así como factibilidad e impacto socioeconómico del proyecto, procurando en todo momento que sea canalizado a través de medios eficaces y eficientes. Tecnologías de la Información, es de $6'000,000.00 (Seis millones de pesos 00/100 m.n.). 4.- El total de recursos destinados al Fondo PYMES en Progreso para Empresas de

5.- El Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información preverá acciones, para evitar la duplicidad en el otorgamiento de los apoyos. Características de los Apoyos

6.- El Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la lnformadón otorgará subsidios observando las siguientes disposiciones: l. Todos los apoyos otorgados serán para impulsar el desarrollo de empresas que acrediten ser parte del sector ante el Centro de Competitividad e lnnovadón del Estado (CECOI), como personas físicas con actividad empresarial, micro, pequeñas y medianas empresas pertenecientes al sector de las Tecnologías de la Información o que presten servidos relacionados con las TI, empresas dedicadas a los sectores de alta tecnología como Electrónica, Robótica, Nanotecnologia y Biotecnología, instaladas en Aguascalientes.



www.aguascalientes.gob.mx Av. Universidad No. 1001. Torre Plaza Bosques oiso 8. Bosques del Prado C.P. 20127, Aguascal1entes, Ags. Teléfono 01 (449) 910 26 11



Secretaria de 1

E:

DESAR OLLO .· ECONOMICO ¡ . r.









11. Los tipos, porcentajes y montos de apoyo máximos por concepto serán los que se indican a continuación, en una proporción de 80:20, considerando 80% como participación del recurso estatal y 20% aportación del propio beneficiario, bajo un tipo de apoyo o bien mezcla de los autorizados en las presentes Reglas de Operación, sin que en ningún caso los apoyos puedan rebasar el tope de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 m.n.):



'·• .'



PORCENTAJE TIPO DE-APOYO CERTIFIGACION , : · 80% MAQUINARIA · Y/O EQUIPO. Y/0 80% MOBILIARIO SOFTWARE 80% DESARROLLO DE 80% APLICACIONES MÓVILES Y/0 PÁGINAS WEB





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MONTO MAXIMO . $50,000:00 $50,000.00

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$50,000.00 $50,000.00

111. Todas las erogaciones efectuadas deberán estar directamente relacionadas con el objetivo del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información;











IV.. Tod¡¡s las erogaciones con cargo a los apoyos serán posteriores a IC! fecha de notificación del apoyo por parte del Consejo Directivo, por lo que· no se. apoyarán proyectes que hayan sido pagados antes de esa fecha. · V. Sólo se· apoyará la compra de maquinaria, equipo y mobiliario nuevo. VI. No se apoyarán gastos relacionados con capital de trabajo, vehículos. infraestructura ni pagos de pasivos.

Requisitos de Elegibilidad

7.- Serán elegibles para acceder a los Apoyos del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información, sin· discriminación alguna, los solicitantes que reúnan los requisitos siguientes: l. Ser una persona física con actividad empresarial, micro, pequeña o mediana empresa perteneciente al ·sector de las Tecnologías de .la Información o que preste servicios relacionados con las TI o pertenezca a un sector de alta tecnología como lo son Electrónica, Robótica, Nanotecnología 'y Biotecnología, instalada en Aguascalientes;· para lo cual deberán presentar una carta expedida por el Centro de Competitividad e Innovación del Estado (CECOI), en dónde se acredite que efectivamente el solicitante es elegible para participar. 11. Estén al corriente de sus obligaciones fiscales.







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Secretaría de

1

€,.·

DESARROLLO · ECONÓMICO ·. ···· •





















PROGRESO III. No estén recibiendo apoyos de otros programas estatales y/o federales que impliquen sustituir su aportación o duplicar apoyos. IV. No haber recibido recursos por parte del Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM), en cédula que incluyera equipamiento para el solicitante en particular, en los últimos tres años. La disposición anterior no aplica a cédulas de proyectos con más de una empresa beneficiada. V. Anexar a su solicitud de apoyo la documentación solicitada en la convocatoria respectiva, incluyendo una documento en dónde se explique la .situación actual de la empresa, la justificación de la solicitud del apoyo y los beneficios que se esperan obtener con el apoyo. VI. Cuando las cotizaciones que se presenten estén en dólares, el tipo de cambio se fijará el día en que se presente la solicitud, tomando como base de referencia el tipo de cambio a la venta de la página del Banco de México, para lo cual se firmará el formato respectivo. 8.- No se otorgarán apoyos a servidores públicos del Fondo Progreso, de la Secretaría de Desarrollo Económico ni del Centro de Competitividad e Innovación del Estado. Tampoco a cónyuges o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o civiles de los servidores públicos que participen formalmente en el comité de evaluación y/o autorización de los apoyos; así como a personas morales que tengan en sus consejos directivos empresariales, socios o miembros que se encuentren en la misma situación y las demás personas que al efecto serefieran en la legislación estatal aplicable en materia de responsabilidad de los servidores públicos. Criterios de Selección 9.- Los criterios de selección con los que el Consejo Directivo aprobará los proyectos presentados, serán los siguientes: l. Que el proyecto comprenda uno o varios tipos de apoyo señalados en la tabla descrita en la regla 6. 11. Que el proyecto contribuya a incrementar el capital humano certificado en capacidades especializadas que facilite la realización de actividades de mayor valor agregado, para lo cual se requerirá que la certificación sea realizada por empresas o consultoras reconocidas; 111. Que el proyecto contribuya a incrementar el número de empresas certificadas en procesos especializados que facilite la realización de actividades productivas de mayor valor agregado, para lo cual se requerirá que la certificación sea realizada por empresas o consultoras reconocidas;



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Secretaria de

DESARROLLO ECONÓMICO

















PROGRESO IV. Que el proyecto contribuya a incrementar los activos de las empresas, adquiriendo maquinaria, equipo o software. V. Que el proyecto contribuya a incrementar los activos intangibles de las empresas a través del desarrollo de aplicaciones móviles y/o páginas web. Derechos y Beneficiarios

Obligaciones

de

los

10,- Los Beneficiarios tendrán los siguientes derechos: l. Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y no discriminatorio.·

11. Recibir con oportunidad los apoyos para la realización de los proyectos aprobados por el Consejo Directivo;

111. Recibir notificación por escrito de la aprobación, observaciones, recomendaciones cancelación de su proyecto emitidos por el Consejo Directivo.

o

11.- Son obligaciones de los beneficiarios: l. Firmar el convenio respectivo con el Fondo Progreso previo al otorgamiento de los apoyos del Fondo;

11. Suscribir un pagaré en favor del Fondo Progreso previo al otorgamiento de los Apoyos del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información, para garantizar la debida aplicación de los recursos al proyecto apoyado;. 111. Cumplir con los tiempos, indicadores, entregables, compromisos generales y particulares del Proyecto aprobado por el Consejo Directivo;

y lineamientos

IV. Conservar los documentos originales, conforme a las disposiciones fiscales vigentes, que comprueben el ejercicio y gasto de dichos apoyos; V. Aceptar y facilitar la realización de visitas de evaluación, supervisión e inspección que realizará el personal designado por el Gobierno del Estado, con el fin de evaluar el proyecto aprobado por el Consejo Directivo y el cumplimiento de las obligaciones del Beneficiario.

VI. Realizar el pago para la formalización del convenio ante Notario Público, así como por la constancia que se realice para la verificación de la aplicación correcta de los apoyos, de acuerdo a la normatividad vigente.





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PROGRESO



VIl. Comprobar la inversión realizada de acuerdo a la solicitud de apoyo de la· siguiente manera:





TIPO DE APOYO CERTIFICACION











Y/0

MAQUINARIA MOBILIARIO.,



SOFTWARE

o





EQUIPO

Y/O



DESARROLLO DE APLICACIONES MÓVILES Y/0 P ÁGINA S WEB



• • •

• • •

COMPROBACION CFDI y XML de las facturas pagadas Memoria fotográfica del equipo adquirido(Equipos completos y fuera de su empaque así como del número de serie) CFDI y XML de las facturas pagadas Memoria fotográfica del software adquirido (Imágenes de pantalla) CFDI v XML de las facturas pagadas Memoria fotográfica de la aplicación o página web (Imágenes de pantalla) CFDI y XML de las facturas pagadas

VIII. En general, cumplir en todos sus términos con lo dispuesto en las presentes Reglas de Operación y las demás disposiciones jurídicas y administrativas aplicables. Del Consejo Directivo 12.- El Consejo Directivo será el Comité de Financiamiento del Fondo Progreso. 13.- Respecto al Fondo, son facultades y obligaciones del Consejo Directivo: l. Aprobar, en su caso los proyectos a ser apoyados; 11. Aprobar la(s) convocatoria(S) para la presentación de solicitudes de Apoyos del Fondo; 111. Realizar las observaciones o recomendaciones pertinentes a los solicitantes respecto a los proyectos presentados. IV. Evaluar la conclusión de los Proyectos a través de la comprobación realizada por el beneficiario así como de las visitas de seguimiento y/o verificación que realicen otras dependencias y resolver lo conducente; V. Resolver sobre asuntos relacionados con la administración y operación del Fondo; VI. Con el fin de lograr que los recursos públicos asignados al presente programa sean administrados con eficiencia, eficacia, economía y racionalidad para cumplir los objetivos

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PROGRESO

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GOBIERNO DE AGUASCALIENTES

O





CENTRO de COMPETITIVIDAD

e INNOVACIÓN del Estado 1

de AGUASCALIENTES

a los que está destinado, el Consejo Directivo podrá autorizar la modificación de los montos globales de cada convocatoria, siempre que esto permita beneficiar a un mayor número de solicitantes y exista disponibilidad presupuestaria, y



VIl. En general, todas las facultades y obligaciones necesarias para la consecución de los

objetivos del Fondo. ... , . -: -'-!

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·Instancia Normativa





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::·.

La instancia ·normativa del Fondo PYMES en Progreso, para Empresas de Tecnologías de· la Información será el Gobierno del Estado de 'Aguascalientes a través del Consejo Directivo.

·14.-



15.- Lo no previsto en las presentes Reglas de Operación será resuelto por el Consejo Directivo, de conformidad con la legislación aplicable. 16.- La interpretación para efectos administrativos de las presentes Reglas, estará a cargo del Consejo Directivo.















Operación

17.- Para acceder a los apoyos del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información, los solicitantes deberán presentar ante el Centro de Competitividad e Innovación del Estado (CECOI) la solicitud de apoyo, la cual deberá ser acompañada con la documentación que acredite el cumplimiento de los Requisitos de Elegibilidad establecidos en las reglas 7 y 8 de este instrumento.

18.- Una vez que la solicitud de apoyo cumpla con todos los requisitos establecidos, se considerará como formalmente presentada, por lo que se le asignará un número de folio y se sellará estableciendo fecha y hora de recepción. 19.- Con la solicitud de apoyo completa, el Centro de Competitividad e Innovación del Estado (CECOI) realizará una pre-evaluación de los proyectos y se enviará al Consejo Directivo con las observaciones pertinentes de cada proyecto, quien emitirá la resolución que corresponda. 20.- Una vez aprobada la solicitud, el Beneficiario dentro de los 20 días naturales

siguientes a la notificación de la aprobación, deberá firmar un convenio y un pagaré en donde se comprometa a cumplir con todas y cada una de las obligaciones contenidas en las presentes reglas de operación, así como a utilizar debidamente los recursos que se le otorgarán a manera de subsidio, apercibido de que si no comparece en dicho término, se le tendrá por desechada su solicitud sin responsabilidad alguna para el Fondo, los miembros del Consejo Directivo u otras instancias que intervengan en el proceso, debiendo informarse de dicha situación al Consejo Directivo.



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DESAi{ Oll/ C.. ECONOMICO;

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21.- Firmado el convenio y el pagaré descritos en el punto anterior, el Comité Técnico del Fondo Progreso o la persona que éste designe, emitirá las instrucciones al fiduciario para que se entregue el cheque al beneficiario por el monto del apoyo otorgado, quien tendrá 30 días hábiles para ejercer el recurso y comprobar con facturas y fotografías el buen uso del mismo.

















22. Una vez ejercido el recurso y el beneficiario realice la debida comprobación del destino del recurso mediante las facturas correspondientes a su nombre, el personal que designe el Gobierno del Estado tendrá 10 días hábiles para revisar dicha documentación. ··

....:

., .

:23.•.. Una :vez revisada la documentación, y en caso de ser necesario, el personal designado por el Gobierno del Estado inspeccionará física y aleatoriamente la existencia de la maquinaria, equipo y/o mobiliario que se haya adquirido. Los beneficiarios deberán tomar las fotografías pertinentes, que acrediten su asistencia a la certificación· o que se hayan efectuado las adquisiciones correspondientes.

24.- Una vez que se cumpla a cabalidad el procedimiento anterior, se devolverá el pagaré suscrito por el beneficiario y se archivará el expediente, dándolo por concluido. 25- Eri caso de que se incumpla con lo establecido en el punto anterior, el Fondo Progreso tendrá la facultad de iniciar las acciones sancionadoras correspondientes. e iniciar las gestiones para la recuperación de los recursos entregados al beneficiario. 26.- La convocatoria permanecerá abierta hasta el 15 de marzo de 2016, fecha en la que cerrará !a recepción de solicitudes, no obstante, esta pudiera ser suspendida antes del cierre en caso de que los recursos se hayan agotado con anterioridad. Sanciones 27.- El Consejo Directivo podrá cancelar los Apoyos otorgados a los Beneficiarios y

solicitar el correspondiente reintegro de los recursos, cuando incurran en lo siguiente: l. Incumplan cualquier obligación o disposición prevista en las presentes Reglas de Operación, o los demás instrumentos jurídicos que suscriban para el otorgamiento de los Apoyos; ·

11. No acepten la realización de visitas de supervisión e inspección, cuando así se les solicite, con el fin de verificar la correcta aplicación de los apoyos otorgados y el cumplimiento a las presentes reglas de operación.

111. Presenten información o documentación falsa sobre la aplicación de los recursos y los finiquitos de los tipos de apoyo aprobados, y





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Secretaria de 1

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DESAR OLLO 1 , .,;) ECONOMICO \ . ' -





















IV. Exista reincidencia en cualquiera de las conductas anteriormente señaladas o las acciones u omisiones en que incurra el Beneficiario sean tales que pongan en riesgo el cumplimiento de los objetivos del Proyecto o del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información. En su caso, el monto del reintegro total o parcial será determinado por el Consejo Directivo dependiendo la gravedad del incumplimiento. 28.- Sin perjuicio de lo anterior, el Consejo Directivo del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información podrá requerir al Beneficiario para que, dentro del plazo que se determine, subsane las omisiones o irregularidades detectadas. 29.- En todo caso El Fondo Progreso se reserva el derecho a ejercer la acción legal pertinente, así como realizar el cobro de los recursos en caso de incumplimiento. La cancelación de los Apoyos será sin responsabilidad alguna para el Fondo Progreso o el Centro de Competitividad e Innovación del Estado por los gastos o erogaciones en que el Beneficiario haya incurrido. Transparencia

29.- Para garantizar la transparencia en el ejercicio de los recursos, se instrumentarán las siguientes acciones: l. OFISA publicará en el Periódico Oficial del Estado y en el portal de Internet del Fondo Progreso y del Centro de Competitividad e Innovación del Estado (CECOI), las presentes reglas de operación, así como las convocatorias para la presentación de solicitudes de apoyo del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información, previa autorización del Consejo Directivo;

11. OFISA llevará a cabo labores de difusión y promoción a través del Centro de Competitividad e Innovación del Estado (CECOI) y organismos empresariales relacionados con el objetivo del Fondo PYMES en Progreso para Empresas de Tecnologías de la Información, entre otros.

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