Story Transcript
REINTEGRO LABORAL
Fecha de Vigencia: Septiembre 30 de 2015 Versión: 01 Página: 1 de 7
PROCEDIMIENTO PARA EL REINTEGRO LABORAL DE LOS TRABAJADORES QUE PRESENTEN AUSENTISMO POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL O AUSENTISMO POR ENFERMEDAD COMUN INTRODUCCION: El proceso de Reintegro Laboral está enmarcado dentro de pilares normativos y filosóficos de la Rehabilitación profesional, especificado en el Sistema General de Riesgos Profesionales, mediante el cual se pretende abordar los casos de accidente laboral, enfermedad laboral y enfermedad común que ameriten una reincorporación del trabajador a partir de una estrategia integral de atención, la cual se implementará en conjunto con el trabajador, el medico laboral de la institución, la ARL y las EPS. OBJETIVOS: •
Lograr restablecer en el menor tiempo posible, la calidad de vida del trabajador.
•
Permitir la recuperación de la habitualidad del trabajo de las personas que presenten una enfermedad o accidente laboral.
•
Lograr el desempeño seguro de roles laborales con el apoyo de la empresa, el médico laboral, la ARL y la participación de los trabajadores objeto de programa.
•
Restaurar la dinámica y la armonía familiar del trabajador, que pudo ser alterada por un proceso de incapacidad posterior a una enfermedad o a un accidente laboral.
•
Promover el regreso del trabajador a su actividad laboral en condiciones que favorezcan su condición funcional y emocional.
BENEFICIOS • • • •
El procedimiento de reintegro laboral le permitirá a la sociedad Velasquez Candamil SAS implementar un proceso planificado para el abordaje del ausentismo laboral. Minimizar el impacto en los cambios de la productividad del trabajador. Cumplir con la normatividad en materia de salud y seguridad en el trabajo. Evidenciar el compromiso empresarial como parte de la responsabilidad social de Verlasquez Candamil SAS.
PROCEDIMIENTO:
REINTEGRO LABORAL
•
Fecha de Vigencia: Septiembre 30 de 2015 Versión: 01 Página: 2 de 7
PLANEACION
POLITICA: Velásquez Candamil SAS cuenta con la política en salud y seguridad mediante la cual se evidencia el compromiso con relación a la gestión del ausentismo laboral y reintegro laboral enmarcado en la normatividad. RESPONSABLE: La coordinación y el seguimiento del proceso de reintegro laboral estarán a cargo de la Coordinadora Administrativa y la Coordinadora de Convivencia. HERRAMIENTAS: Para llevar a cabo el proceso de información del ausentismo laboral se utilizarán indicadores y estadísticas que permitan visualizar la caracterización del mismo, las causas, cifras, análisis general de las condiciones de salud de los trabajadores, en relación con el accidente laboral, la enfermedad laboral, y la enfermedad común, y realizar controles. INDICADORES: Se revisaran permanentemente mínimo cada mes. NORMATIVIDAD: El programa de reintegro está enmarcado en la resolución 2346 del 2007 decreto 776 del 2002 y ley 351 de 1997. •
INFORMACION Y SENSIBILIZACION
La comunicación del reintegro laboral se hará mediante reunión con Coordinación Académica, Coordinación de convivencia, Coordinación Administrativa, miembro del Copasst y Rectoría. Velásquez Candamil SAS comunicara permanentemente, mediante procesos de inducción y re inducción a los trabajadores, la importancia de presentar de manera oportuna las incapacidades. El consejo académico, la Coordinadora Administrativa, los miembros del Copasst, además de conocer el proceso de reintegro se involucraran en la preparación de los puestos de trabajo y el proceso de recomendaciones de acuerdo al evento y el reconocimiento de tareas criticas objeto del reintegro laboral. •
IMPLEMENTACION ADAPTACION LABORAL
REINTEGRO LABORAL
Fecha de Vigencia: Septiembre 30 de 2015 Versión: 01 Página: 3 de 7
Velasquez Candamil SAS garantizará las evaluaciones ocupacionales post incapacidad, con el médico contratado para los exámenes ocupacionales. Los jefes inmediatos serán los encargados del acompañamiento al trabajador durante su tiempo de reincorporación y participarán en la elaboración del informe de cumplimiento a recomendaciones. Coordinación Administrativa con el acompañamiento de la ARL o la EPS, realizarán las inspecciones a los puestos de trabajo críticos o de reincorporados. Velasquez Candamil SAS, realizará los cambios administrativos para la adaptación laboral y las modificaciones o mejoras requeridas para garantizar un proceso seguro y efectivo. Igualmente se garantizará el seguimiento al comportamiento del ausentismo posterior a los procesos de reintegro laboral, reincidencia, cumplimiento de recomendaciones y controles administrativos. Se tendrá en cuanta a los trabajadores. VERIFICACION DE RESULTADOS Velasquez Candamil SAS, contará con estadísticas de gestión del reintegro laboral que permitan: • • • •
Comparar cifras de ausentismo en el periodo actual y el anterior Registro de indicadores de accidentalidad, y enfermedades laborales y comunes. Gestión de los casos severos y cierre de casos Mejoras en los puestos de trabajo a partir de las inspecciones de seguridad.
REINTEGRO LABORAL
Fecha de Vigencia: Septiembre 30 de 2015 Versión: 01 Página: 4 de 7
PROCESO 1. NOTIFICACION DEL ACCIDENTE O LA ENFERMEDAD LABORAL, O INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD COMUN 2. DIRECCINAMIENTO 3. INVESTIGACION
4. CAPTURA Y REMISION DEL CASO A LA ARL O EPS EN CASO DE ENFERMEDAD COMUN
4. SEGUIMIENTO AL CASO.
3.
ELABORACION DE REGISTROS Y CONSOLIDACION DE LA INFORMACIO
5. ELABORACION DE ESTUDIOS N DE PUESTOS DE TRABAJO O INSPECCION
6. ADECUACION DE AMBIENTE DE TRABAJO
7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES
8. EVALUACION Y MEJORAMIENTO DEL PROCESO
•
INDICADORES:
INDICADORES DE PROCESO: 1. Cobertura en capacitaciones realizadas a: COPASST, Coordinadores de Areas, Brigadistas, trabajadores relacionados con el tema de reintegro. 2. Evaluaciones de puestos de trabajo realizados 3. Seguimiento de casos versus los programados. INDICADORES DE RESULTADO: 1. 2. 3. 4.
No de reintegros laborales / No de Accidentes laborales No de reintegros efectivos/ No total de reintegros. No de consultas por caso Ausentismo laboral comparado con el histórico: Promedio de días de incapacidad en el periodo/promedio días de incapacidad en el periodo anterior histórico.
REINTEGRO LABORAL
Fecha de Vigencia: Septiembre 30 de 2015 Versión: 01 Página: 5 de 7
5. Satisfacción de los trabajadores con el proceso de gestión de reincorporación adelantado. FASES PARA EL REINTEGRO LABORAL DE ACUERDO AL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA REHABILITACION Y REINCORPORACION LABORAL DE LOS TRABAJADORES 1. Describir el reintegro laboral después de incapacidad por ENFERMEDAD GENERAL, ENFERMEDAD LABORAL O ACCIDENTE LABORAL, generadas por: IPS, EPS, ARL, Médico laboral de la institución. 2. El tiempo de definición del reintegro, verificación y seguimiento de las condiciones del trabajador serán dadas por las instituciones de Salud, según sea el caso. 3. La empresa realizara un seguimiento o verificación del proceso de trabajo con base en las recomendaciones del médico de acuerdo al caso. 4. Identificación de casos: Estos serán identificados por FURAT, FUREP, e incapacidades que sean reportadas a la institución o dentro del Sistema de Vigilancia Epidemiológico desarrollado: Diagnósticos considerados como graves de acuerdo a la resolución 1401 del 2007 y los determinados por los médicos tratante. 5. El diagnóstico preliminar será dado por: IPS, EPS, ARL, y Empresa dentro del Sistema de Vigilancia Epidemiológico. 6. El tratamiento lo determinarán las entidades de seguridad social que correspondan: IPS, EPS, ARL y AFP. 7. El concepto de rehabilitación será determinado por las entidades de seguridad social: IPS, EPS, ARL y AFP y Médico laboral de la empresa. 8. En los casos donde no existe recomendación por las entidades antes mencionadas, el proceso de evaluación se realizara por Medico Laboral contratado por la institución. 9. En los casos donde se detectan dentro del Sistema de Vigilancia Epidemiológico desarrollados en la institución, se tomaran las medidas recomendadas según el caso y /o serán remitidas a la EPS del trabajador, respectiva. 10. La empresa Facilitará al trabajador el proceso de reincorporación a su puesto de trabajo o a la actividad laboral y/o ocupacional. El trabajador debe participar en forma activa en la construcción del plan, aportando ideas, concertando propuestas con el Coordinador Administrativo, Coordinador de Convivencia, Rector, formalizando compromisos frente al plan de rehabilitación propuesto. Estos compromisos quedarán registrados en Acta de Reincorporación.
REINTEGRO LABORAL
Fecha de Vigencia: Septiembre 30 de 2015 Versión: 01 Página: 6 de 7
11. En el caso en que se cumplan los tiempos estipulados en las recomendaciones de las entidades de salud y no se dé la valoración por los mismos, se realizara contacto por parte de la institución con las entidades o medico laboral contratado. 12. Se garantizará la inducción o re inducción según sea el caso en el ambiente laboral propuesto. 13. Se verificará el desempeño del trabajador en su apreciación subjetiva, en términos de seguridad y confort laboral ocupacional. Quedará registrado en Acta de seguimiento. 14. Comprobará el rendimiento del trabajador en términos de productividad. Descritos en Acta de Reincorporación y el Acta de Seguimiento. 15. Se realizará seguimiento a las recomendaciones por Enfermedad general, según el diagnóstico dado por EPS, y según evolución del trabajador, una vez reincorporado, mensualmente, según el caso y al finalizar las recomendaciones. Acta de Seguimiento. 16. Los seguimientos por Enfermedad laboral: periodos de seguimiento de 2, 3, 6 y 12 meses, según evolución y adaptación del trabajador. 17. Los seguimientos por Accidente laboral: se define el tiempo dependiendo de las recomendaciones que se envíen por ARL, el reporte también se realiza por parte de la empresa. Acta de Seguimiento. CIERRE DE LOS CASOS: Los casos se cerrarán una vez estabilizada la patología o cumplido el tiempo de las recomendaciones, con el acompañamiento de los médicos de las entidades de acuerdo al caso. Al cerrar el caso se puede determinar la normalización del oficio habitual o el cumplimiento de las recomendaciones emitidas. Se dejará contemplado en el acta de cierre de casos. Se realizará la encuesta de satisfacción del trabajador con relación al proceso y se tendrá en cuenta la percepción de los jefes de área con relación al objetivo y su cumplimiento.
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
REINTEGRO LABORAL
Fecha de Vigencia: Septiembre 30 de 2015 Versión: 01 Página: 7 de 7
ANEXO RESPONSABILIDADES POR NIVELES Coordinador Administrativo y/o Coordinador de Salud y Seguridad en el trabajo: • • • •
Informar al Rector (a) y/o Jefe del proceso involucrado cuando se presente un evento de accidente de trabajo, enfermedad profesional o enfermedad general y que sea objeto del programa de reintegro laboral. Convocar reunión para gestión del proceso de reintegro laboral, en donde se involucra, Rector, jefe inmediato, Coordinador Administrativo y el trabajador. Documentar esta reunión en el formato de acta de reintegro laboral. Realizar seguimiento del caso del trabajador reintegrado, para esto debe diligenciar el formato de seguimiento laboral del caso. Solicitar valoración por parte del médico laboral de la empresa, siempre al momento del reintegro y al finalizar las recomendaciones.
Jefe inmediato: • •
Realizar seguimiento del caso del trabajador reintegrado, para esto debe diligenciar el formato de seguimiento laboral del caso. Realizar seguimiento dentro de la primera semana y al finalizar las recomendaciones. Notificar de manera oportuna a la Coordinadora Administrativa y/o a Coordinación de Seguridad y Salud en el trabajo si el trabajador no logra una buena adaptación, o no sigue las actividades asignadas, incumpliendo las recomendaciones especificadas en el acta de reintegro. De igual manera si el trabajador le reporta exacerbación de la sintomatología.
El trabajador: • •
•
Cumplir con las recomendaciones emitidas por el médico tratante. Continuar asistiendo a su tratamiento médico, reportando a la Coordinadora Administrativa y/o Coordinación de Seguridad y Salud en el trabajo las correspondientes constancias de asistencia a las valoraciones médicas y tratamientos de rehabilitación. Reportar a su jefe inmediato, Coordinación Administrativa y/o Coordinación de Seguridad y Salud en el trabajo cualquier cambio en su estado de salud que tenga que ver con el evento por el que se realizó la Gestión de Reintegro, que se presente durante y después del cumplimiento de las recomendaciones médicas.