REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE VICEMINISTRO DE POLITICAS Y REGULACIONES DIRECCION DE DESARROLLO SOSTENIBLE

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REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE VICEMINISTRO DE POLITICAS Y REGULACIONES DIRECCION DE DESARROLLO SOSTENIBLE

PONENCIA CRITERIOS PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES MUNICIPALES CON RECURSOS DEL FONDO NACIONAL DE REGALIAS DESTINADOS A PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE

Preparado por: JOSÉ SEVERO GONZALEZ GONZALEZ GRUPO DE POLITICAS Y REGULACIONES TECNICAS- DGDS

Seminario Internacional Tratamiento de Aguas Residuales a través de Humedales Naturales y Artificiales , y Lagunas de Estabilización. Santafé de Bogotá D.C., Noviembre 24, 25 y 26 de 1999

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Elaboró Ing. JOSE SEVERO GONZALEZ G. Coordinador Recursos Hídricos Grupo de Poñíticas y Regulaciones Técnicas -

CRITERIOS PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES MUNICIPALES EN COLOMBIA CON RECURSOS DEL FONDO NACIONAL DE REGALIAS

1. PRESENTACION De conformidad con las facultades extraordinarias concedidas por el Congreso de la República al Ejecutivo mediante la Ley 489 de 1998, se dió paso para que las entidades del Gobierno se adecuaran y fueran actores decisorios mediante la expedición de criterios y lineamientos que orienten los principios constitucionales de eficiencia, eficacia y racionalidad en el desarrollo de la gestión pública. Es así como posteriormente, se expidió el Decreto 1178 de 1999 que reestructuró la Comisión Nacional de Regalías (CNR), creada por la Ley 141 de 1994, con el espíritu de garantizar una adecuada administración, control y vigilancia de los recursos del Fondo Nacional de Regalías, las regalías directas y compensaciones. Las “regalías” en Colombia se fundamentan en el artículo 360 de la Constitución Nacional, por medio del cual se faculta al Estado para percibir, a título de “regalía”, una contraprestación económica por la explotación de los recursos naturales no renovables. A su vez, el Estado debe ceder a título de participación, parte de estas regalías a las entidades territoriales en cuyo territorio se adelantan las explotaciones de estos recursos naturales, así como tambien a los puertos por donde se transporten los mismos o sus productos, en razón a que los municipios y departamentos productores incurren en una serie de costos económicos, sociales y ambientales que deben ser cubiertos. Esta cesión se hace de dos formas, una mediante las regalías directas y compensaciones en la que los recursos son transferidos a los entes territoriales por las empresas explotadoras, y las regalías indirectas las cuales se reparten a través del Fondo Nacional de Regalías. En materia de regalías directas y compensaciones el Estado debe velar por que su transferencia sea efectiva y los recursos se inviertan en proyectos prioritarios contemplados en el Plan de Desarrollo Municipal o Departamental. En el caso de las indirectas las inversiones deben efectuarse de la manera más costo-efectiva en proyectos de preservación del medio ambiente, promoción de

Criterios para la financiación de proyectos de aguas residuales con recursos del FNR.

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la minería y otros proyectos regionales de inversión definidos como prioritarios en los planes de desarrollo de las entidades territoriales. (art. 361 CN). Los enunciados constitucionales y legales reflejan la voluntad de transformar los recursos económicos obtenidos de la explotación de unos activos naturales no renovables, en activos generadores de condiciones nuevas y sostenibles de desarrollo a mediano y largo plazo. El papel del Estado respecto al Fondo Nacional de Regalías, es el de garantizar una distribución equitativa de sus recursos, que contribuya efectivamente a promover el desarrollo económico, social y ambiental de las diferentes regiones del país. En este orden de ideas, las instituciones deben velar porque la inversión estatal genere el mayor impacto económico, social y ambiental por peso invertido, para lo cual se necesita una adecuada estructura institucional y unos criterios claros que optimicen la inversión de los recursos del Fondo. Teniendo en cuenta que los recursos naturales no renovables son agotables, la oportunidad de obtener los beneficios económicos de que trata la Ley 141 de 1994 es transitoria, por tal motivo se debe optimizar su utilización, mediante la adopción de medidas para corregir las debilidades estructurales y demás factores que influyen de manera negativa en el alcance de los objetivos fijados a la Comisión Nacional de Regalías, más aún si por las condiciones económicas del país las posibilidades de recuperar o corregir inversiones mal aplicadas son muy limitadas. Es así como el Gobierno Nacional dio el primer paso con la reestructuración de la Comisión y complementa esta acción con la definición de criterios que garanticen la óptima inversión de los recursos así como reglas de juego claras para los entes territoriales que soliciten este tipo de recursos. En consecuencia, el Estado empeñado en fortalecer las políticas de la capacidad de gestión, de la autonomía terriotorial y del buen uso de los recursos económicos y financieros, debe establecer de manera concreta, clara y sencilla los criterios bajo los cuales se deben formular y evaluar los proyectos.

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2. DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS DEL FNR

DISTRIBUCION DE LOS RECURSOS DEL FONDO NACIONAL DE REGALIAS Funcionamiento del FNR 0.5 %

Pro yecto s Regionales d e Inversió n 37%

Energización 15%

C ormagdalena 10%

Fomento de la Minería y Vías 12.2 %

Protección d el Med io Am biente 12%

P royectos E specificos de Medio Am biente 11% Otros proyectos especificos 2.2 %

• 33% de los recursos del Fondo son dirigidos a Inversión Ambiental • 12 % ( protección del medio ambiente) se direccionarán por el MMA

Fuente: ley 141 de 1994 y 344 de 1996; Decreto 1178 de 1999

En el caso especifico de los recursos destinados a preservacion del medio ambiente (12% ), el Ministerio del Medio Ambiente es el ente responsable de direccionar los recursos del FNR mediante la expedición de los correspondientes criterios de selección de las áreas temáticas financiables y los criterios especificos que deben cumplir los proyectos que apliquen para cada una de estas áreas temáticas. Además de los criterios que deberán atender las Autoridades Ambientales Regionales correspondientes para expedir el aval técnico a los proyectos ubicados en su jurisdicción.

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DISTRIBUCION DEL 12 % DE LOS RECURSOS DESTINADOS A PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE CARs con régimen especial CDS

15 CARs con menores ingresos Macizo Colombiano

18%

10%

Otras CARs

4%

12%

21%

15%

Descontaminación del Río Bogotá

20% Cuencas Hidrográficas

Amazonas, Choco y San Andres

Fuente. Ley 141 de 1994.

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3. CICLO DE LOS PROYECTOS DEL SECTOR AMBIENTAL EN EL FNR

PROCESO PARA LA SOLI CI TUD DE RECURSOS DEL SECTOR AMBI ENTAL EN EL FNR INICIO

CAR´S FORMULACIÓN DE PROYECTOS (E.T.)

APROBACIÓN?

DIRECCION GENERAL

SI

C.N.R.

M.M.A. (ÁREAS DEL SPNN)

NO

#1

#1

REQUISITOS Y DOCUMENTOS COMPLETOS?

C.N.R.

#2

DISTRIBUCIÓN SECTORIAL

IDENTIFICANDO FALLAS Y/O INCONSISTENCIAS

#2

SI

NO

MINISTERIO 1 MINISTERIO 2

☯ CONCEPTO MOTIVADO SOBRE LA VIABILIDAD TECNICA Y FINANCIERA DE LOS PROYECTOS y SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD.

MINAMBIENTE

☯ REGISTRO EN BPIN.

C.N.R. DISTRIBUCIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS

D.N.P. CONSOLIDACION DIFERENTES MINISTERIOS Y PRESENTAR A LA CNR.

ENVIAR AL D.N.P LOS PROYECTOS

VIABLE? (Tecnica. y financiera)

ELEGIBLES CON CONCEPTO MOTIVADO

SI

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

FIN

NO DIRECCIÓN GENERAL

#2

DEVUELVE A LA

E.T.

C.N.R

(Razones por las que no cumplen).

4. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS La entidad territorial deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Carta de presentación del ente territorial. b) Certificado de la autoridad territorial en que conste que el proyecto se encuentra incluído en el Plan de Desarrollo del Ente Territorial y/o en el Plan Nacional de Desarrollo. c) Aprobación de la Corporación Autónoma Regional, de Desarrollo Sostenible ó la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente, según el caso. d) Elaboración del proyecto en la metodología DNP (BPIN) y Ficha EBI plenamente diligenciada. e) Copia de los estudios, diseños y análisis de costo mínimo.

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f) Mapa de localización del proyecto que indique la ubicación geográfica municipal y veredal. g) Planos del proyecto en la escala apropiada cuando a ello hubiere lugar. 5. CRITERIOS GENERALES DE ELEGIBILIDAD Dada la limitada capacidad presupuestal de la nación para hacer inversión en este tema ante la crisis fiscal, el Ministerio del Medio Ambiente definió las siguientes áreas temáticas de inversión de los recursos del FNR en preservación del medio ambiente, por sus altos beneficios ambientales y sociales 5.1. Areas financiables: a. Tratamiento y disposición final de aguas residuales b. Manejo integral de residuos sólidos c. Reforestación en ecoregiones estratégicas y cuencas abastecedoras de acuedutos d. Proyectos en áreas protegidas y zonas de amortiguación e. Proyectos de investigación en el área ambiental. Es importante hacer claridad que el tratamiento y disposición final de aguas residuales así como el manejo integral de residuos sólidos son servicios públicos complementarios a los de alcantarillado y aseo cuyo responsable directo por el adecuado tratamiento y disposición de estos residuos es el Municipio, como parte de las politicas sectoriales que expida el Ministerio de Desarrollo Económico, en el marco de la ley 142 de 1994 de servicios públicos. Sin embargo, dada la grave problemática de deterioro en la calidad del agua, a causa la la falta de tratamiento y adecuada disposición final de dichos residuos que en muchos casos se usa para abastecer de agua potable a otros municipios ubicados aguas abajo del vertimiento, el sector ambiental en especial algunas Corporaciones Autónomas Regionales con mayores recursos del Sistema Nacional Ambiental SINA iniciaron a mediados de los 80 programas de apoyo al sector de servicios públicos mediante la construcción de sistemas de tratamiento de aguas residuales para reducir los impactos ambientales que dichos residuos generaban sobre el medio ambiente. Segun el documento “Diagnóstico e Inventario de los sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales Municipales existentes en el país y calidad del recurso hídrico nacional con el fin de priorizar inversiones en el sector”, contratado por el Ministerio del Medio Ambiente, se evidencia que la progresiva degradación de la calidad del recurso hídrico, se debe principalmente a la falta de

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tratamiento de las aguas residuales municipales y/o a varios factores que a continuación se relacionan: • La tecnología aplicada no sigue una secuencia lógica (preliminar, primario, secundario) • Existen muchos sistemas de tratamiento incompletos • No se hacen estudios previos de tratabilidad para la selección de la tecnología apropiada. • El criterio para la selección de la tecnología son los BAJOS COSTOS DE INVERSION. • Falta de capacidad técnica, financiera e institucional de los entes territoriales. • No se define previamiente el nivel de tratamiento requerido (norma de vertimiento) • No se garantiza la sostenibilidad financiera de los proyectos en su fase de operación. • Existe diferentes fuentes de financiamiento dispersas que deberían concentrarse en proyectos de impacto regional y mayor costo - efectividad. • Falta de concientización sobre la importancia del tema. • Falta de recurso humano capacitado. Razón por la cual, el sector ambiental interviene dentro del marco de sus competencias para contribuir a resolver esta problemática. Para este efecto además de apoyar la gestión con recursos del FNR, se tiene previsto impulsar la formulación de un plan decenal de carácter interinstitucional para el tratamiento y disposición final de aguas residuales para los municipios del país que registren mayor problemática reflejada en la degradación de la calidad del agua. La gran mayoría de entes territoriales requieren de un amplio programa de fortalecimiento institucional que les permita superar las anteriores dificultades. Adicionalmente, es de anotar que los procesos de descentralización administrativa no han surtido efectos positivos en lo referente al manejo de residuos y tal vez en un futuro próximo se requiera estructurar un organismo ejecutor de carácter nacional con presencia activa en las regiones y localidades. Las acciones adelantadas por el sector ambiental, acompañadas de regulación directa al contaminador y en los dos últimos años con la tasa retributiva por

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vertimientos1 han sido la respuesta del sector para preservar la calidad del recurso hídrico en el país. Sin embargo, queda claro que los entes territoriales son los responsables directos de la contaminación de su población y en esta medida deben adoptar esquemas de inversión los beneficien. La respuesta hasta el momento es muy pobre, sólo se han construído plantas de tratamiento de aguas residuales en el país en el 12% de los municipios. Esto sin contar las que no están operando actualmente mayor información al respecto se registra en el documento mencionado.

SITUACION ACTUAL NO HAY EQUIDAD

CUENCA ALTA PTAP PTAP RIO

CUENCA BAJA

EL ORDENAM I ENTO Y PLANI FI CACI ON DE LAS PRI NCI PALES CORRI ENTES HI DRI CAS CREA VI SI ON REGI ONAL PARA PRI ORI ZAR LOS CENTROS URBANOS QUE AM ERI TAN CON M AYOR URGENCI A EL TRATAM I ENTO DE LAS AGUAS RESI DUALES

No se han establecido criterios de calidad por tramos con base en usos y capacidad de asimilación SITUACION DESEADA

PTAR PTAR

Se ha establecido objetivos de calidad por tramos con base en los usos del recurso y la capacidad de carga

El Ministerio del Medio Ambiente orienta una parte de los recursos de preservación del medio ambiente hacia este tipo de proyectos en los entes territoriales, como un apoyo a la gestión ambiental municipal, sin quitarle la responsabilidad que la ley asignó a estos organismos y al Ministerio de

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Enfocada primordialmente a la contaminación orgánica ya por el momento solo se cobra por la carga contaminante de DBO y sólidos suspendidos totales.

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Desarrollo Económico. Lo anterior no significa que las responsabilidades de los entes territoriales en estos temas sean adoptadas por las autoridades ambientales, sino que el SINA pretende aportar un capital que atraiga recursos para su desarrollo. 5.2. Cofinanciación: El municipio deberá demostrar que el proyecto cuenta con al menos el 10% de su valor total como esfuerzo del ente territorial para desarrollar el proyecto. Este valor debe ser de recursos frescos y como lo exige la Dirección General de la Comisión Nacional de Regalías deben estar certificados. 6. CRITERIOS RESIDUALES

ESPECIFICOS

PARA

TRATAMIENTO

DE

AGUAS

6.1. Criterios de elegibilidad a) Actividades objeto de financiación • Rehabilitación, optimización y/o ampliación de sistemas de tratamiento de aguas residuales. • Construcción de sistemas de tratamiento de aguas residuales

b) Cobertura de alcantarillado • Demostrar una cobertura de alcantarillado de minimo el 80 % c) Colectores e interceptores • Deben estar construidos o garantizada su ejecución paralelamente d) Biodegradabilidad • Relación DQO/DBO entre 1 y 2.2. Valores que se encuentren por fuera del rango, indican la presencia de sustancias contaminantes no biodegradables de origen industrial predominantemente, cuyo tratamiento no puede ser asumido por el ente territorial. El criterio pretende incentivar la gestión ambiental en la fuente contaminadora a cargo del usuario. e) Efluente tipico de aguas residuales municipales

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• Valor de la DBO5,20ºC entre 200 - 500 mg/l Valores inferiores indican alta dilución por consumos excesivos de agua por parte de los usuarios y/o porque a la red de alcantarillado se han conectado quebradas o drenajes producto de infiltraciones. Estas situaciones son indeseables porque generan grandes volúmenes de agua residual a tratar que implica construir grandes estructuras para el tratamiento e inversiones cuantiosas e innecesarias. Valores superiores indican presencia de materia orgánica de origen diferente a las actividades humanas cotidianas, cuyo tratamiento no es responsabilidad del ente territorial sino del usuario generador en la fuente antes de la descarga a la red de alcantarillado. 6.2. Criterios de viabilidad tecnica y financiera La viabilidad busca establecer si el proyecto se puede hacer o no. Para ello se establecieron tres categorías: la técnica que define si el proyecto cumple los requerimientos técnicos necesarios para su desarrollo, es decir si utiliza la tecnología apropiada, si responde a las necesidades identificadas, etc; la financiera que analiza si el proyecto cuenta con los recursos necesarios y los costos son los apropiados; y la institucional si el ejecutor del proyecto es el idóneo. • Viabilidad Técnica: Esta viabilidad técnica revisa el cumplimiento de los parámetros de diseño y especificaciones técnicas del proyecto para lo cual deberá cumplir con lo establecido en el RAS/982. En ningún caso la viabilidad técnica lleva impicito el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normatividad ambiental. • Viabilidad Financiera: La viabilidad financiera está compuesta por la cofinanciación de la inversión, la cofinanciación de la operación y el rango de costos. Para que el evaluador identifique estos elementos deberán diligenciarse los formatos FS-01 y FS-02 del módulo 3 de la Metodología General BPIN No. 001. En caso de especificar recursos provenientes del cobro de tarifas y/o ingresos por venta de productos y servicios, en observaciones se debe explicar detalladamente como se obtienen estos recursos.

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Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable yu Saneamiento Básico ras/98 del Ministerio de Desarrollo Económico

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1. Cofinanciación de la inversión: Análisis de las fuentes de cofinanciación de la inversión del proyecto en cuanto a porcentajes en el total de la inversión y garantía de su participación. En este elemento se verifica que los recursos que el ente territorial identifica como parte del proyecto sean reales. El ente territorial deberá identificar los componentes que constituyen su inversión y especificar si existe cofinanciación para cada uno de ellos. Podrán existir diferentes tipos de cofinanciación de acuerdo a los porcentajes que coloquen las diferentes entidades que participarán en el proyecto, la matriz de cofinanciación se presenta según el área financiable. El ente territorial debe colocar mínimo el 10% del valor total de la inversión del proyecto. 2. Financiación de la operación y el mantenimiento ente territorial deberá garantizar alternativas para cubrir operación y el mantenimiento del proyecto durante su vida ente territorial debe estimar y proyectar los gastos mantenimiento del proyecto a diez años.

del los útil. de

proyecto: El costos de la Para esto, el operación y

Los costos deben desagregarse por componente del proyecto, y de acuerdo al tipo de fuente de financiación que será utilizada para cubrirlos (i.e. recursos del municipio, de otras entidades, por el cobro de tarifas, ingresos por venta de productos o servicios resultantes del proyecto, etc.). Los costos de operación deben incluir los costos de personal, administración, maquinaria (incluyendo depreciación, mantenimiento, combustible), insumos, etc. El ente territorial debe obtener los recursos para cubrir todos los gastos de operación y mantenimiento del proyecto a lo largo de su vida útil. Se debe demostrar el compromiso de las otras entidades que asumirán costos de operación y mantenimiento, así como la disponibilidad de los recursos del municipio destinados al funcionamiento del proyecto. Estos recursos deben estar certificados para un período mínimo de 3 años. Para mejorar la sostenibilidad del proyecto en el largo plazo, se recomienda financiar una parte importante de los costos operativos por medio del establecimiento de tarifas al usuario, en aquellos casos en que sean aplicables, obteniendo así una fuente más estable de financiación para los costos de funcionamiento. 3. Rango de costos: Este criterio permite establecer valores indicativos de los costos de inversión y operación de los proyectos según el área financiable. El objetivo es que el evaluador pueda identificar proyectos que

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superan excesivamente los costos tradicionales para el tipo de proyectos que están formulando, o profundizar el análisis técnico en proyectos cuyo costo sea bajo para su tipo. El rango de costos se construye especificando un costo promedio de acuerdo a proyectos desarrollados en esas áreas en el país y determinando la varianza de la muestra. Con estos datos se establecen los costos máximos y mínimos para definir el rango. En caso de no existir esta información, se acudirán a datos internacionales y se tomarán como referencia para establecer costos máximos de los proyectos. • Viabilidad institucional: Las instituciones a cargo del proyecto deben tener una adecuada capacidad de gestión, de acuerdo a las necesidades del proyecto. Para identificar esta capacidad es necesario que se diligencie el Numeral 2.4. Aspectos Institucionales del Anexo 2 Información complementaria sobre el proyecto, de la Metodología 022 del DNP. Este formato permite conocer las características de la entidad que ejecutará el proyecto, para poder determinar la viabilidad respecto al ejecutor del proyecto. Adicionalmente el ente territorial deberá especificar los factores externos que podrían afectar el adecuado funcionamiento del proyecto en el futuro. Así mismo, deberá determinar la disponibilidad de los elementos requeridos para la adecuada operación del proyecto hacia el futuro, incluyendo las fuentes de financiación, y la institucionalidad. Para ello se debe diligenciar el formato FS03 del módulo 3 de la Metodología General No. 001, siguiendo las instrucciones de la guía, para proveer la información pertinente al evaluador. Adicionalmente se solicita incluir información referente a las instituciones a cargo, y vinculadas, del proyecto. Se recomienda que los proyectos seleccionados no tengan una dependencia importante de factores que tengan una alta posibilidad de ocurrir, y que afecten significativamente la operación y el logro de los indicadores del proyecto. Debe existir una posibilidad razonable de ejecutar las acciones y coordinación necesarias para contrarrestar los factores adversos al funcionamiento del proyecto, permitiendo mejorar la probabilidad de logro y cumplimiento de los objetivos del proyecto.

7. CRITERIOS INVERSIONES

DE

ELEGIBILIDAD

PARA

LA

PRIORIZACION

DE

A) Ubicación del vertimiento respecto a la corriente receptora:

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Cuando se trata de sanear una cuenca se debe comenzar por el tramo de cuenca alta, pues normalmente estos Municipios asumen la posición econométrica del “Viajero Gratis” Eliminando esta condición se logra volver sostenible el ciclo de la gestión de abastecimiento de agua haciendo comparables los costos unitarios de potabilización del agua. Los beneficios percibidos se reflejan en: i) Menores costos de potabilización para los municipios aguas abajo; ii) Disponibilidad de recursos de los municipios de aguas abajo para invertirlos en recolección y tratamiento de sus propios efluentes y; iii) Mayor impacto en la descontaminación de las aguas que aquellos proyectos situados en las partes bajas y que pueden estar recibiendo aguas ya contaminadas por los municipios que se encuentran en las partes altas de la cuenca, por lo cual no hay una mejoría notoria en la calidad del recurso. De otra parte, se encuentra lógico comenzar la labor de descontaminación desde los afluentes a las cuencas principales. La siguiente es la categorización de cuencas realizada para el país:

∂ Cuenca Primaria: Cuando el (los) vertimiento (s) o se realiza(n) al Oceano o directamente a un afluente del mismo. •

Cuenca Secundaria: Cuando el (los) vertimiento (s) se realiza(n) directamente a una corriente hídrica afluente de una cuenca primaria

÷

Cuenca Terciaria: Cuando el (los) vertimiento (s) se realiza(n) o fluye desde las cuenca alta hasta encontrar a una corriente hídrica afluente de una cuenca secundaria.

∂ • ÷ ÷ ∂ ÷ •

• ∂

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La combinación de estos dos criterios se presenta en la siguiente tabla con sus respectivos puntajes: Ubicación del vertimiento en la corriente PRIMARIA receptora Cuenca ALTA 75 Cuenca MEDIA 40 Cuenca BAJA 15

Tipo de cuenca SECUNDARIA TERCIARIA 90 55 25

100 65 35

Para evaluar este criterio se necesita que la Autoridad Ambiental Regional dentro del aval certifique la localización del vertimiento para entrar a la tabla. B) Capacidad de Asimilación del Recurso La capacidad de asimilación de sustancias contaminantes, en este caso la carga orgánica medida a través de la DBO5,20ºC por parte del cuerpo receptor puede estar determinada por la observación de tres variables simples: • La pendiente del cuerpo receptor; • El régimen de caudal de la corriente receptora ( permanente o transitoria) • El impacto del vertimiento sobre la corriente receptora: Medido como el porcentaje de incremento en la DBO5,20ºC con base en un balance de masas simple. El cuerpo receptor se afectará más en la medida que su pendiente tienda a ser llana dado que dispminuye siu capacidad de oxigenación natural. Las corrientes transitorias se afectan mucho más que las permanentes por la escasez de caudales en ciertas épocas del año. El factor de impacto se construye de la siguiente manera3: I (imp) = M x (Ce-Cr) Donde I (imp) = Indice de impacto del efluente contaminante sobre la calidad del cuerpo receptor (incremento proporcional de la concentración de la sustancia contaminante en el cuerpo receptor). M= 1/ (Cr x (1 + Qr/Qe)) Ce=Concentración de la sustancia contaminante en el efluente Cr=Concentración de la sustancia contaminante en el cuerpo receptor 3

Balance de masas Simple

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Qe=Caudal del efluente Qr=Caudal del receptor

% impacto DBO 0-20% 21%-65% > 66%

CORRIENTE PERMANENTE Pendiente Alta Media Llanura

Alta

30 40 50

60 70 80

40 50 60

50 60 70

CORRIENTE TRANSITORIA Pendiente Media Llanura 70 80 90

80 90 100

Para evaluar este criterio se necesita que la Autoridad Ambiental Regional reporte la informaciópn minima requerida para aplicar la formula citada y tabla anterior: • • • • •

Caudal medio anual de la corriente receptora Concentración de DBO5,20ºC de la corriente receptora Caudal de diseño del sistema de tratamiento (lt/seg) Concentración de DBO5,20ºC del efluente a tratar Pendiente del cuerpo receptor en el sitio del vertimiento: Alta (Escarpe): Media: Baja (Sabana o llanura):

Mayor de 35º; Entre 34º - 5º, Menor de 4º

C) Uso principal del recurso aguas abajo Los vertimientos que afecten usos del agua prioritarios desde el punto de vista social y ambiental recibirán los mayores puntajes dentro de la elegibilidad que realiza el sector ambiental. La siguiente tabla presenta la calificación de elegibilidad en los principales usos determinados. USO

DOMESTICO

FLORA Y FAUNA

AGRICOLA Y/O PECUARIO

RECREACIONAL

INDUSTRIAL Y/O TRANSPORTE

PUNTAJE

100

90

60

40

30

D) Impacto Regional Se impulsalos proyectos en los cuales varios Municipios formen asociaciones de responsabilidad compartida economías de escala y presenten proyectos con visión de saneamiento integral de la corriente receptora afectada por los vertimientos. Esto no implica forzar a construir un único sistema de tratamiento, sino una solución de impacto regional a nivel de cuenca hidrográfica que conlleva obligaciones y deberes compartidos entre los entes territoriales para

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operar eficientemente el sistema de tratamiento correspondiente en el caso de sistemas individuales y velar por que los demás entes territoriales asociados realicen lo propio.

Proyectos Individuales 30

Proyectos regionales por Cuenca 100

Estos criterios se ponderaran de tal forma que reflejen la politica de impulsar proyectos de impacto regional que muestren una real efectividad en la recuperación de la calidad del agua en la corriente receptora y la no afectación de los usos actuales y potenciales aguas abajo del vertimiento. Además, de los criterios antes mencionados se aplicarán criterios de priorización de tipo económico en lo referente al cumplimiento del rango de costos y la eficiencia de remoción de la contaminación por peso invertido (costo efectividad de la inversión), la sostenibilidad financiera y el esfuerzo financiero o contrapartida garantizada.

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