SEGUNDA: CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS ACTIVIDADES:

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Concejalía de Educación y Universidad C/ Maestro Victoria, 22 – Tfno. 91 664 83 71 28923 – ALCORCÓN (Madrid)

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR EN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES EDUCATIVAS INCLUIDAS EN EL “PLAN AMPLIACIÓN DE ACTIVIDADES PARA LA EDUCACIÓN Y LA CONCILIACIÓN” DURANTE EL CURSO 2013/2014.

PRIMERA: OBJETO: La adjudicación que se acuerda tendrá por objeto la prestación del Servicio consistente en impartir fuera del horario escolar, las actividades incluidas en el Plan de “ Ampliación de actividades para la Educación y la Conciliación” en los centros educativos del municipio.

SEGUNDA: CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS ACTIVIDADES: Tendrán un carácter lúdico-educativo y será desarrollada por un/a monitor/a en un grupo de alumnos/as con un máximo de 15 y un mínimo de 6 participantes. Las actividades se realizarán en los días lectivos, fuera del horario escolar. El número máximo de horas semanales por centro destinadas a la realización de las mismas será el que se indica en la tabla siguiente: Centros en el Horas Año 2013 Plan semanales por centro 12 semanas 2592 horas 24 9 máximo

Año 2014

Total

21 semanas 4536 horas 7128 horas máximo máximo

Objetivos: En relación a los centros educativos: 1. Apoyar los proyectos educativos de los centros mediante actividades específicas de refuerzo educativo, lúdicas, culturales y deportivas una vez finalizado el horario lectivo. 2. Ofrecer ampliación de horario de apertura para todos los centros.

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En relación con el alumnado : 3. Contribuir a la formación integral del alumnado mediante una oferta variada de actividades en las que de forma transversal se fomenten valores de convivencia que faciliten su adaptación social. En relación con las familias: 4. Contribuir a la conciliación de la vida familiar y laboral mediante la ampliación del horario de apertura de los centros. Las actividades ofertadas en este programa podrán ser de los siguientes tipos : 1. Apoyo a las actividades curriculares del centro (apoyo al estudio, inglés, , animación a la lectura, matemáticas , lengua etc.). 2. Actividades lúdicas, deportivas, artísticas y culturales (multideporte o iniciación deportiva, teatro, pintura, ludoteca, etc.). Las actividades se realizarán durante el período lectivo con un mínimo de 1 hora y un máximo de 5 horas semanales.

TERCERA: CONDICIONES TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: a) En la prestación del servicio, el contratista deberá someterse en todo momento a las instrucciones, directrices y observaciones que se le formulen desde la Concejalía de Educación con el fin de obtener la consecución de los objetivos propuestos con la máxima eficacia y coordinación en la gestión del mismo. b) El servicio se prestará en los lugares, dependencias y centros municipales que fije la Concejalía de Educación y Universidad, habitualmente será en Centros de Educación Infantil y Primaria. No obstante, la Concejalía de Educación se reserva la facultad de modificarlos en atención al interés público. c) El horario se concretará en cada centro, el inicio de las mismas será una vez finalizadas las clases. d) La Concejalía de Educación y Universidad podrá suspender las actividades que no alcancen los mínimos exigidos en función de las

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matrículas realizadas o del exceso de bajas producidas durante el curso, lo que será comunicado, al comienzo del curso o en el momento de producirse, a la empresa adjudicataria del servicio, no dando derecho a indemnización alguna. e) El adjudicatario será responsable del buen uso de la maquinaria, aparatos y demás material a utilizar en la prestación del servicio que sea propiedad municipal o de los Centros. f) La empresa adjudicataria estará obligada a prestar el servicio de forma que se garantice la continuidad del Programa y del Personal asignado a los mismos con el fin de seguir una misma metodología. g) La empresa adjudicataria tendrá en cuenta, en la elaboración de la programación específica de las actividades, los objetivos generales establecidos por el centro educativo para cada actividad.

CUARTA: CONTROL Y EVALUACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE LOS TALLERES. La Concejalía de Educación deberá tener constancia del programa de cada actividad al menos 20 días antes de su inicio, donde se indicará: denominación de la misma, nombre del monitor asignado, centro y horario en que se imparte, rango de edad a la que va dirigido, objetivos concretos que se pretende, contenidos específicos, la metodología con la que se aplica, la evaluación del mismo, así como una relación del material fungible que la empresa aporta para el desarrollo de la misma. La empresa adjudicataria informará de las variaciones en las actividades que pudieran producirse durante la puesta en marcha del programa, de las incidencias que sucedan durante el curso y de las variaciones diarias de asistencia a las mismas. La Concejalía de Educación podrá emitir informe técnico sobre la idoneidad de los monitores/as a los responsables de la empresa adjudicataria y fijarán reuniones de coordinación, siempre que lo estime oportuno, con los responsables designados por la empresa adjudicataria para el adecuado seguimiento del funcionamiento de los cursos, de su interrelación con otros, de su proyección exterior y de todas aquellas cuestiones técnicas y metodológicas que estime conveniente para el buen funcionamiento de las actividades.

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QUINTA: OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 1.- Cumplir el contrato de acuerdo a las prescripciones recogidas en el presente Pliego y en el de Condiciones Generales Económico-Administrativas. 2.- Presentar un proyecto anual, para cada una de las actividades del Programa de Ampliación con, al menos, 20 días de antelación en relación con el inicio del correspondiente proyecto. 3.- Al finalizar las distintas actividades, se entregará a los responsables de la Concejalía de Educación una memoria del desarrollo y evolución de las mismas 15 días después de su finalización, teniendo en cuenta los siguientes apartados: 4.1.1 4.1.2 4.1.3 4.1.4 4.1.5 4.1.6 4.1.7 4.1.8

Número de asistentes. Grado de satisfacción de los asistentes. Trabajos realizados. Grado de consecución de los objetivos. Modificaciones realizadas en función de las necesidades. Valoración de los resultados. Propuestas de mejora para el próximo curso. Memoria económica.

4.- El adjudicatario deberá contratar una Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil y de Accidentes de los participantes en las actividades. 5.- En el proyecto, la entidad deberá especificar las obligaciones y deberes de los monitores/as contratados y coordinadores, indicando qué tareas pueden ser asumidas por ellos de forma voluntaria, entre ellas es requisito indispensable la asistencia de los/as monitores/as 10 minutos antes del inicio de la actividad para realizar la correcta recogida del alumnado siguiendo el procedimiento acordado con cada centro educativo, todo ello incluido en el precio del contrato . 6.- El adjudicatario se hará responsable del control de entrada al Centro y del cierre de las puertas una vez finalizadas las actividades, de acuerdo con las directrices que en cada momento marque la Concejalía de Educación. 7.- Los monitores, o en su caso el/la coordinador/a, deberán comunicar a la mayor brevedad, cualquier incidencia reseñable o que se considere fuera de lo normal. La información se remitirá por correo electrónico o personalmente en la Concejalía en una ficha de registro de incidencias.

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8.- El adjudicatario aportará el material fungible necesario para el desarrollo de cada actividad. 9.- Para asegurar el correcto funcionamiento del programa el adjudicatario aportará coordinadores dedicados exclusivamente a esta función: Un mínimo de dos coordinadores/as con un una jornada de 30 horas semanales cada uno/a incluidas en el precio del contrato. 10.- La contratación de los monitores debe ser acorde con el Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural en vigor. 11- Al inicio de la actividad se informará a las familias mediante un documento escrito (octavilla o similar) del programa básico de la misma (objetivos, contenidos etc.), del monitor o monitora asignado/a y de las normas de funcionamiento. Dicha información deberá ser proporcionada a lo largo del curso al alumnado de nueva incorporación. 12- El adjudicatario se someterá a la legislación vigente en materia de Protección de datos y Prevención de riesgos laborales y a las directrices establecidas por técnicos municipales especialistas en dichas áreas.

SEXTA: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. Los licitadores deberán aportar: El programa que se desarrollará en cada actividad, incluyendo: o Objetivos. o Actividades. o Metodología. o Desarrollo sesión tipo. o Criterios de seguimiento y evaluación. Relación de monitores/as para el desarrollo de las sesiones. Como mínimo un monitor/a por cada grupo. -

SÉPTIMA: ELEMENTOS A APORTAR POR EL AYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento de Alcorcón pondrá a disposición de la entidad adjudicataria para el desarrollo y ejecución del servicio:

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Los lugares, dependencias y centros públicos necesarios para el desarrollo de los talleres. Inscripción en los talleres.

OCTAVA: DENOMINACIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LOS TALLERES Y ACTIVIDADES: DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES Exponemos a continuación la tipología de actividades solicitadas por los centros que puede estar sujeta a variaciones según las necesidades de los mismos: DEPORTIVAS: Predeporte, Patinaje, Multideporte, Ajedrez, Yoga, Gimnasia rítmica, Baloncesto, Fútbol, Voleibol ARTÍSTICAS: Música y Movimiento, Teatro, Baile Moderno, Dibujo y pintura, Manualidades, Guitarra. LÚDICAS: Juegos cooperativos, Ludoteca, Cuentacuentos, Juegos populares y tradicionales. APOYO ESCOLAR: Francés, Inglés , Matemáticas, Lengua, Apoyo al estudio, Hacemos los deberes. METODOLOGÍA: Se utilizará una metodología lúdica y participativa. Los/as monitores/as adecuarán los procedimientos y conocimientos al desarrollo evolutivo de cada uno de los participantes. Se promoverán valores de cooperación y respeto mutuo entre todos los participantes. Alcorcón, 19 de abril de 2013

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