Seguridad Aeroportuaria Año de aprobación del informe: 2013

Tema: Año de aprobación del informe: Jurisdicción: Organismo de Control: Organismo Auditado: Objetivo de la auditoria: Período analizado: Año en que s

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Tema: Año de aprobación del informe: Jurisdicción: Organismo de Control: Organismo Auditado: Objetivo de la auditoria: Período analizado: Año en que se realizó: Fuente:

Seguridad Aeroportuaria 2013 Nacional Auditoria General de la Nación Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) Análisis de la gestión en base al Programa ¨Prestación del Servicio de Seguridad Aeroportuaria¨ Ejercicio 2011 Entre Febrero y Junio de 2012 http://www.agn.gov.ar/files/informes/2013_219info.pdf

OBJETIVO La Auditoría General de la Nación (AGN) realizó un examen en el ámbito de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) con el objeto de analizar la gestión del organismo a través del cumplimiento del presupuesto del Programa 22, denominado ¨Prestación del Servicio de Seguridad Aeroportuaria¨ El periodo auditado corresponde al ejercicio 2011. Las tareas de campo se realizaron entre los meses de Febrero y Junio de 2012. El informe fue aprobado el 13/11/2013 bajo la Resolución Nº 219/2013.

SINTESIS La Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) fue creada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 145/20051, en el ámbito del Ministerio del Interior, que luego pasó al Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. La PSA es responsable de la seguridad aeroportuaria del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA)2 integrado por 53 estaciones aeroportuarias. Su misión es brindar seguridad en la aviación civil (AVSEC) y seguridad aeroportuaria, destinada a la prevención, conjuración e investigación de delitos en el ámbito del aeropuerto. Las tareas del equipo auditor se concentraron en el aeropuerto Internacional Jorge Newbery (aeroparque metropolitano) y el aeropuerto Internacional Ministro Pistarini (Ezeiza) porque allí se concentra más de la mitad de la actividad del ente. Para el cumplimiento de sus tareas, se organiza de la siguiente manera: -Una estructura de Conducción y Administración, a cargo de personal civil técnico-especializado;

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Anteriormente funcionaba la Policía Aeronáutica Nacional (PAN) Responsabilidad otorgada por Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, sancionada el 31/05/2006.

-Una estructura Operacional o funcional, compuesta por funcionarios con estado policial; y -Un Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria (ISSA) dedicado a la formación y capacitación del personal civil y policial.

Observaciones efectuadas por los auditores: La organización En el año 2006, por medio de la sanción de la Ley N° 26.102 de Seguridad Aeroportuaria, se impone a la PSA como autoridad superior responsable de la seguridad aeroportuaria del SNA, integrada por 53 estaciones aeroportuarias en todo el país. Sin embargo la situación actual de la PSA en cuanto al ¨personal, medios técnicos e infraestructura edilicia, hace que resulte fácticamente imposible el adecuado y acabado cumplimiento de la totalidad de las misiones y funciones.¨ Esta situación fue informada por el organismo al Ministerio de Seguridad por nota de fecha 08/02/2011. Además destacan los auditores que en 14 de los 53 aeropuertos del SNA el organismo ¨no tiene presencia regular¨ y en ¨donde no cuenta con despliegue alguno.¨ Según los auditores, esta situación se ve agravada porque desde el dictado de la Resolución N° 1285/11-Diciembre de 2011- emitida por el Ministerio de Seguridad, donde se dispone el despliegue de la PSA, junto a la Gendarmería Nacional, en la Terminal de Ómnibus de Retiro, ¨para que lleve a cabo acciones de control de personas, equipajes y encomiendas en el interior de la Terminal¨ (dentro del marco del denominado ¨Operativo Vigía¨)3. Esto, a criterio de los auditores, implica que desde ¨la extensión de la competencia a dicho ámbito agrava la situación expuesta en el punto precedente y desatiende las carencias de recursos.¨

Terminal de Cargas en Ezeiza. La empresa Terminal de Cargas Argentina SA (TCA) opera los depósitos fiscales de carga. En Ezeiza cuenta con plataformas, edificios, almacenes, estacionamientos, entre otros en una superficie aproximada de 173.000m2, incluyendo 3

http://www.psa.gov.ar/

60.000m2 de depósitos, 13.000m2 de playas de maniobras y cámaras frigoríficas con capacidad para 17.000m3 de carga perecedera. Los auditores han detectado que la empresa ¨carece de un control regular y permanente por parte de PSA, la que no cuenta con recursos materiales y humanos suficientes para cumplir con su misión en ese ámbito.¨ El organismo no ejerce control efectivo sobre el ingreso de mercadería de contrabando, tarea que debe realizar en conjunto con la Aduana, por ocurrir en jurisdicción de la PSA, solo lo hace en el control de explosivos, por pedido de las compañías aéreas internacionales. Los auditores han corroborado a través de visitas ¨la ausencia total de oficiales de la PSA¨ en los predios de TCA.

Control de Vuelos No Regulares. Con fecha 28/01/2011 se reúne el Comité Nacional de Seguridad Aeroportuaria, tal como se establece en la Ley N° 26.102, con representantes de diversos organismos del Estado, (DNM, DGA, SENASA, ORSNA, ANAC, entre otros). Entre los principales problemas que se trataron se destacó que la PSA no controlaba (hasta ese momento) los vuelos no regulares (privados) en forma ordinaria o de rutina. Esta situación quedó en evidencia, según relatan los auditores, cuando en un vuelo privado salido del aeropuerto de Morón, transportando aproximadamente mil kilogramos de narcóticos, llegara a España, previa escala en Ezeiza, sin haber sido inspeccionado, originando conflictos y causas penales entre España y Argentina. Como conclusión de esta reunión, el Ministerio de Seguridad dicta la Resolución N° 175/2011 con fecha 14/04/2011, donde se aprueba un procedimiento para el Control de la Aviación Comercial No Regular y de la Aviación General. Los auditores han analizado la puesta en vigencia de dichos procedimientos detectando las siguientes cuestiones: -No se amplió la cantidad de aeropuertos controlados por PSA, solo en 39 aeropuertos de un total de 53. Esta situación es la misma que antes de la reunión del Comité antes mencionada. -Los controles a los vuelos no regulares consisten en la implementación de formularios de declaración general y de manifiesto de cargas. Estos formularios se realizan antes de los controles migratorios siendo factible que

la PSA efectúe inspecciones en la nave, bodega y alojamiento de suministros, en base a un análisis de riesgo que le merezca al vuelo. ¨No se detectaron evidencias sobre una mayor integración entre actividades preventivas y las investigaciones.¨ -En Ezeiza existe una patrulla móvil con dos oficiales para el control de aproximadamente 20 vuelos diarios no regulares. La PSA no conoce con anticipación a los tripulantes, pasajeros y matricula de la aeronave, toda vez que el ANAC no comunica arribos y despegues. -No se implementó una base de datos integral donde se reúna la información para uso común de la comunidad aeroportuaria. -Los auditores concluyen que luego del dictado de la Res. 175/11 y hasta la finalización de las tareas de campo, las acciones llevadas a cabo por la PSA, ¨no evidenciaron una modificación significativa¨

Hechos Relevantes en la Seguridad Preventiva- Narcotráfico y Delitos contra la Propiedad Respecto a casos relacionados con el narcotráfico, se detectaron casos a través de acciones en el despacho por vía aérea y courrier. La detección de estos casos se incrementaron desde mayo de 2011 en base a una nueva directiva emanada por la Dirección General de Seguridad Privada, ya que ¨comenzaron a abrirse las sacas de correo y registrar cada pieza postal mediante maquinas de rayos X, en vuelos o despachos considerados de riesgo.¨ Sin embargo para los auditores ¨no se han advertido elementos que demuestren la integración entre actividades preventivas y actividades de inteligencia¨…¨dado que en todos los casos relevados el procedimiento de detección fue la advertencia de actitudes sospechosas de los imputados.¨ Respecto de los delitos contra la propiedad, se observa que la mayoría de los casos se vincula con el robo o hurto de equipaje. En los casos analizados por los auditores, en el 70% de los mismos no se logra individualizar al sospechoso, explicado en parte porque las imágenes del Centro de CCTV son de baja calidad, por la falta de cámaras en el lugar donde se reporta el hecho o por falta de ángulo de registro.

Se obtuvo un registro de delitos cometidos por personal que presta servicios en el ámbito aeroportuario. Entre los años 2005 hasta mayo de 2012, los imputados que pertenecen a la comunidad aeroportuaria representa el 8,17% del total de imputados (309 personas sobre 3782). De los cuales el 13% corresponde a personal de PSA, el 16% de ellos corresponde a personal de seguridad privada y el 13% a personal de Intercargo SA. ¨La detección de un imputado perteneciente a la comunidad aeroportuaria en la comisión de un delito no impide su continuidad laboral.¨ esto es porque los procesos judiciales se prolongan en el tiempo. Recursos Humanos Tal como se mencionó anteriormente, la PSA no cuenta con los recursos humanos necesarios para realizar las tareas. Según protocolos y directivas en Aeroparque debería haber entre 600 y 636 oficiales, sin embargo solo había al 31/12/2011 304 oficiales. ¨ La dotación adecuada para Ezeiza se estimó entre 848 y 860 oficiales, siendo su dotación al cierre del 2011 de 528 policías.¨ También destacan los auditores que de la planta de personal hay un ausentismo significativo en algunas unidades operacionales, motivado en licencias por enfermedad de tratamiento prolongado, donde en Ezeiza y Aeroparque representan el 53% y el 68% respectivamente del ausentismo. Instituto Superior de Seguridad Aeroportuaria (ISSA). La incorporación de oficiales a la fuerza para que la PSA cumpla con todas las tareas encomendadas por la Ley N° 26.102, ¨depende de la capacidad que desarrolle el ISSA para concretar el egreso de oficiales, sin que el Instituto haya podido cumplir la meta prevista¨. Para el ejercicio bajo análisis fue previsto el egreso de 466 oficiales, sin embargo solo egresaron 272 oficiales. Según fuera explicado al equipo auditor, esta sobredimensión de la meta física se originó en que se atendió a la demanda de personal efectuada por la Dirección General de Seguridad Aeroportuaria Preventiva, sin tener en cuenta la infraestructura propia para la formación de oficiales. En consecuencia, se detectó la subejecución de la partida presupuestaria que recae en Gastos de Personal (inciso 1), porque el incremento salarial ocurrido durante el ejercicio

se afrontó sin solicitar el incremento de partidas, con los fondos destinados a los oficiales que no egresaron. Con la infraestructura actual del ISSA no se puede cumplir con la formación de oficiales. Según analizaron los auditores, de los 4 locales que tiene destinados a funcionar como aulas, una de ellas tiene capacidad para 60 alumnos y las tres restantes para 30 estudiantes cada una, por lo tanto, tal como se observó anteriormente, la meta de más de 400 oficiales, ¨no se podía alcanzar con la infraestructura existente.¨ También puntualizan los auditores, que ¨no se advierte que el ISSA esté en camino de resolver el problema y paliar este déficit de recursos humanos de la PSA.¨ Respecto de la formación básica de los oficiales durante el ejercicio bajo análisis, se realizó en forma intensiva pero en plazos abreviados. Se cumplió con un programa de 1800 horas que se reducen a 867 horas si se depuran del programa los talleres, seminarios y prácticas. Tampoco cuentan con un programa curricular estable. Seguridad Privada Según la Ley N° 26.102, sobre la cual venimos trabajando, establece que la PSA es quien regula, habilita y fiscaliza los servicios de seguridad aeroportuario prestados por terceros, personas físicas o jurídicas4. El control de las actividades las realiza la Dirección de Habilitación y Control de la Seguridad Privada Aeroportuaria, que depende directamente de la Dirección Nacional. Además del control y habilitación se encarga del régimen de infracciones y sanciones. Según analizaron y observaron los auditores, no se efectúa un análisis de cada empresa de seguridad privada que permita formarse una opinión sobre los prestadores del servicio. Entre los datos que recopila, no registra infracciones por empresas sino por año calendario, lo que impide aplicar el régimen de sanciones vigentes. No reciben comunicación de los partes policiales que se reportan, teniendo en cuenta que el 16% de la imputabilidad de los delitos cometidos por personal aeroportuario recae en vigiladores privados. La normativa que determina la cuantificación de las multas fueron fijadas en 1999 sin que a la fecha se hayan modificado. Además destacan los auditores que la amplitud 4

El total del personal de seguridad privada es de 3.720 personas y el personal policial perteneciente a la PSA al cierre del ejercicio 2011 ascendía a 2.419 personas. El 96% del personal de empresas de seguridad privada se concentra en Ezeiza y Aeroparque.

del rango de las multas no está sujeto a algún mecanismo de graduación predeterminado. Los auditores observaron la concentración de las actividades de seguridad privada en pocas empresas. Por ejemplo en Aeroparque, el 81% del personal de seguridad privada proviene de 2 empresas y en Ezeiza el 74% del personal se concentra en 3 empresas. Esta situación contrasta con la responsabilidad de PSA que debe impedir la formación de monopolios zonales. Del relevamiento practicado, los auditores han observado que ¨existen infracciones reiteradas en el accionar de empresas de seguridad que darían lugar a la suspensión de la empresa, no aplicándose la sanción para no afectar la prestación del servicio de seguridad privada.¨ Respecto de la capacitación del personal de seguridad privada, la PSA determina los cursos requeridos, sus contenidos y habilita a las instituciones para brindarlos. Estas entidades presentan las siguientes características salientes: -Centro de Instrucción, Perfeccionamiento y Experimentación (CIPE). Se encargaba de la capacitación en seguridad privada hasta el año 2009, después se lo reemplaza por alguno de los siguientes. -CENEA SRL, denominado Red Lincoln. Este centro es al que acude la mayoría del personal desde el año 2009, se especializa en bachillerato acelerado. -Red de Formación Profesional Asoc. Civil. Aunque su objeto social no refleja expresamente actividades afines a seguridad, también tiene presencia en la capacitación de vigiladores. -Sur Security Consulting SRL. Tiene especialización en la formación y capacitación aeroportuario, sin embargo no se han relevado vigiladores capacitados en esta entidad. Seguridad en la Aviación – AVSEC La PSA es la responsable de la seguridad y protección de la aviación civil internacional. Por Disposición PSA N° 74/2010 se aprobó el Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil que establece las normas, métodos y procedimientos de seguridad, y prevé la elaboración de planes de seguridad, por parte de todos los integrantes de la comunidad aeroportuaria. Respecto de estos programas de seguridad, los auditores detectaron que se presentaron 96 programas, de los cuales

solo se aprobó uno a la fecha de relevamiento (el presentado por la concesionaria de Aeropuertos Argentina 2000 SA) y se encuentran en proceso de análisis 76 programas. Hay compañías internacionales de aviación que no presentaron su programa (como Air France, Alitalia, KLM, entre otras), hay otras entidades que recibieron observaciones por parte de la Dirección y que no han sido corregidos (como LAN y Lufthansa). Entre las compañías de aviación no regular han presentado su programa de seguridad solo 14 empresas sobre un total de 42 compañías. Destacando que Intercargo SA, empresa de propiedad del Estado Nacional y con significativa presencia en el SNA en prestación del servicio de rampas, ¨no ha presentado su programa de seguridad.¨ Por otro lado, la empresa TCA SA, de la que habláramos antes, presentó su programa de seguridad y fue aprobado en el 2004 por la PAN5, por lo que se encuentra desactualizado respecto a la normativa vigente.

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Policía Aeronáutica Nacional, organismo previo a la creación de la PSA por DNU N° 145/2005.

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