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SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 13 DE MAYO DE 2015. Sres. Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. BALTASAR SANTOS GONZÁLEZ Sres. Tenientes de Alcalde: D.ª Mª JESÚS NEIRA SAN ROMÁN D. MANUEL JORDÁN RODRÍGUEZ Sra. Secretaria: Dª. PILAR ARAUJO ARMERO Sr. Interventor: D. VICTOR SOTO LOPEZ Sr. Arquitecto: D. RAIMUNDO ESTEPA GOMEZ No asistentes: Dª. Mª PAZ FRAILE GARCES Dª.CRISTINA LOPEZ HERNANDEZ
En la Consistorial de Navalcarnero, a trece de mayo de dos mil quince, siendo las nueve horas, en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde-Presidente D. BALTASAR SANTOS GONZÁLEZ, asistido por la Secretaria General Dª. PILAR ARAUJO ARMERO, se reunieron los Sres. que al margen se expresan al objeto de celebrar la sesión ordinaria, para la que han sido convocados y tratar los asuntos contenidos en el Orden del Día que, con la antelación reglamentaria, se les remitió. 1º.LECTURA Y APROBACION SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO
LOCAL EL DIA 7 DE MAYO DE 2015. Por unanimidad de los reunidos, se acuerda aprobar el borrador del Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 7 de Mayo de 2015. OBRAS Y URBANISMO. 2º.- SOLICITUD DE ALINEACION OFICIAL, EN LA C/ EL ESCORIAL, NUM. 26, A INSTANCIA DE MARIA JESUS LUCAS BLANCO. Vista la instancia presentada por Dª MARIA JESUS LUCAS BLANCO con NIF: 50.670.796W, solicitando Alineación de la parcela sita en C/ El Escorial núm. 26, (Ref. Catastral: 3805232VK1630N0001OQ). Visto el informe favorable del Arquitecto Municipal, obrante en el expediente, y en base al Decreto 713/2011, de Delegación de Competencias, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: 1.- Conceder la alineación solicitada, previo pago de la cantidad de 36,66 € en concepto de Derechos Municipales. 2.- Aprobar la liquidación nº 325/15. 3º.- PROYECTO DE EJECUCION PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDA UNIFAMILIAR ADOSADA, EN LA C/ INFANTES DE CARRION, NUM. 13, A INSTANCIA DE NATIVIDAD SANCHEZ MARCOS. Examinado el Proyecto de Ejecución presentado a instancia de Dª NATIVIDAD SANCHEZ MARCOS con NIF: 07.519.991-A, para construcción de vivienda unifamiliar adosada en la Parcela 308 del Sector I-4, hoy C/ de los Infantes de Carrión, núm. 13 (Ref. Catastral: 3596116VK1539N0001YA), Barrio El Cid. Vistos los informes favorables del Arquitecto Municipal y del Técnico Jurídico, y en atención a lo dispuesto en el Decreto 713/2011, de Delegación de Competencias, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo de aprobar el referido Proyecto de Ejecución. 4º.- SOLICITUD LICENCIA DE APERTURA DE PARQUE DE RECREO INFANTIL, EN LA C/ LIBERTAD, NUM. 60, A INSTANCIA DE LA MAESTRANZA DE LASO, S.L. Atendido el expediente tramitado a instancia de D. OSCAR MORON ZARZA en representación de LA MAESTRANZA DE LASO, S.L. con CIF: B-86378486, para la actividad calificada sita en C/ Libertad núm. 60, (Ref. Catastral: 4006402VK1640N0004TI), consistente en parque de recreo infantil. Atendidos de igual modo los informes favorables del Técnico Municipal del Departamento de Medio Ambiente, del Ingeniero Técnico Industrial y del Técnico Jurídico. En base al Decreto 713/2011 de Delegación de Competencias, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: 1º. Conceder licencia provisional para la apertura de la actividad, condicionada al cumplimiento de las medidas correctoras señaladas en el Informe de Medio Ambiente, y a lo que resulte de la visita de inspección, que en el plazo máximo de dos meses, se girará por el Técnico Municipal, previo pago de la cantidad de 1.394,97 euros, en concepto de Derechos Municipales. 2º. Aprobar la liquidación núm. 326/15. CONTRATACION. 5º.- PROPUESTA DE ADJUDICACION DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE ASCENSORES DE LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO (MADRID). El expediente para la contratación y el Pliego de condiciones que ha de regir la adjudicación, mediante procedimiento abierto, del contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), fue aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 25 de febrero de 2015, con un tipo de licitación de VEINTIDÓS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA EUROS (22.440,00 €) ANUALES, IVA incluido, de los cuales 18.545,46 € corresponden a la base imponible y 3.894,54 € al IVA, debiendo ser mejorado a la baja. El valor estimado del contrato es de CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (55.636,38 €), sin incluir el IVA, y teniendo en cuenta la duración total y las eventuales prórrogas del contrato. El anuncio de licitación fue publicado en el Perfil de Contratante del órgano de contratación, en el Tablón de Edictos y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 18 de marzo de 2015, finalizando el plazo de presentación de ofertas el siguiente día 6 de abril de 2015, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones. Con fecha de 8 de abril de 2015, tuvo lugar la reunión de la Mesa de Contratación para la apertura de las plicas presentadas al procedimiento, y que según lo que figura en el Libro de Registro de Plicas, resultaron ser: Plica nº 1 presentada por DUPLEX ELEVACIÓN, S.L.U. Plica nº 2 presentada por THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U. Plica nº 3 presentada por BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L. Plica nº 4 presentada por SCHINDLER, S.A. Plica nº 5 presentada por MAC PUAR ASCENSORES, S.L. Plica nº 6 presentada por EULEN, S.A. Plica nº 7 presentada por ASZENDE, S.L.U. Plica nº 8 presentada por FAIN ASCENSORES, S.A. Plica nº 9 presentada por ELEVADORES ELCO, S.L. Seguidamente, se procedió a la apertura del SOBRE A, DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA, observándose tras su estudio que algunas de las plicas presentadas contenían defectos en la documentación aportada, por lo que la Mesa de Contratación acordó notificar la necesidad de subsanación en la documentación presentada, en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la notificación a los licitadores, volviendo a reunirse para la apertura de los SOBRES B. Una vez comprobada la documentación requerida para subsanar, se observó que todas las empresas licitadoras habían cumplido con lo exigido en el requerimiento. A continuación, por la Mesa de Contratación reunida en acto público el día 16 de abril de 2015, se procedió a la apertura de los SOBRES B DE DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN QUE DEPENDAN DE UN JUICIO DE VALOR, de las empresas admitidas al procedimiento, dando lectura al índice y al contenido de la documentación aportada por los licitadores. A la vista de lo expuesto, la Mesa de Contratación acordó que las ofertas admitidas pasasen a su estudio por los Servicios Técnicos Municipales, volviendo a reunirse para la apertura de los SOBRES C. A continuación, por la Mesa de Contratación, reunida en acto público el día 23 de abril de 2015, se dió lectura al Informe de Valoración del SOBRE B DE DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN QUE DEPENDAN DE UN JUICIO DE VALOR, de las plicas presentadas al procedimiento, emitido por los Servicios Municipales con fecha de 20 de abril de 2015, y en el que se pone de manifiesto lo siguiente: Puntuación obtenida por las empresas licitadoras, en relación con el SOBRE B: PLICA EMPRESA PUNTUACIÓN 1 DUPLEX ELEVACIÓN, S.L.U. 15 2 THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U. 17 3 BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L. 10 4 SCHINDLER, S.A. 19 5 MAC PUAR ASCENSORES, S.L. 10 6 EULEN, S.A. 10 7 ASZENDE, S.L.U. 10
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FAIN ASCENSORES, S.A. 16 ELEVADORES ELCO, S.L. 10 Seguidamente, al no haber ninguna manifestación al respecto, se procedió a la apertura de los SOBRES C DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DE DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN OBJETIVOS de las plicas presentadas y admitidas al procedimiento, resultando lo siguiente: Plica nº 1.- Presentada por D. JOSÉ Mª DE PEDRO SANZ, en nombre y representación de la empresa DUPLEX ELEVACIÓN, S.L.U., que enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de TRECE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON DIEZ CÉNTIMOS (13.564,10 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 11.210 euros corresponden a la base imponible y 2.354,10 euros corresponden al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. Plica nº 2.- Presentada por D. JUAN CARLOS FEITO SANTIAGO y DON GONZALO GONZÁLEZ GARCÍA, en nombre y representación de la empresa THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U., que enterados del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de ONCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON TREINTA Y DOS CÉNTIMOS (11.485,32 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 9.492,00 euros corresponden a la base imponible y 1.993,32 euros corresponden al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. Plica nº 3.- Presentada por D. CÉSAR SÁNCHEZ OCHOA, en nombre y representación de la empresa BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L., que enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (9.362,49 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 7.737,60 euros corresponden a la base imponible y 1.624,89 euros corresponden al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. Plica nº 4.- Presentada por D. JOSÉ MANUEL NIETO MILLÁN y DON MIGUEL TORIBIO GALÁN, en nombre y representación de la empresa SCHINDLER, S.A., que enterados del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de DIEZ MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO EUROS CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (10.888,97 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 8.999,16 euros corresponden a la base imponible y 1.889,81 euros corresponden al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así
como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. Plica nº 5.- Presentada por D. SEBASTIÁN FIERRO DÍAZ, en nombre y representación de la empresa MAC PUAR ASCENSORES, S.L., que enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de TRECE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO EUROS CON UN CÉNTIMO (13.464,01 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 11.127,28 euros corresponden a la base imponible y 2.336,73 euros corresponden al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. Plica nº 6.- Presentada por Dª. Mª SOLEDAD MARTÍNEZ CAÑAS, en nombre y representación de la empresa EULEN, S.A., que enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de TRECE MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (13.626,18 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 11.261,31 euros corresponden a la base imponible y 2.364,87 euros corresponden al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. Plica nº 7.- Presentada por D. RAFAEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, en nombre y representación de la empresa ASZENDE, S.L.U., que enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de DIEZ MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (10.454,40 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 8.640,00 euros corresponden a la base imponible y 1.814,40 euros corresponden al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. Plica nº 8.- Presentada por D. MIGUEL ANGEL PASTOR VALENCIA, en nombre y representación de la empresa FAIN ASCENSORES, S.A., que enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de ONCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS (11.296,56 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 9.336,00 euros corresponden a la base imponible y 1.960,56 euros corresponden al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. Plica nº 9.- Presentada por D. ANTONIO JAVIER COCA RUBIO, en nombre y representación de la empresa ELEVADORES ELCO, S.L., que enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO EUROS (17.424,00 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 14.400 euros corresponden a la base imponible y 3.024,00 euros corresponden al IVA.
Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. A la vista de lo expuesto, la Mesa de Contratación acordó que las ofertas admitidas pasasen a su estudio por los Servicios Técnicos Municipales, volviendo a reunirse para la propuesta de adjudicación. Con fecha de 23 de abril de 2015, por parte de los Servicios Técnicos Municipales se emitió Informe técnico sobre la adjudicación del contrato, en aplicación de los criterios base para la adjudicación establecidos en el Pliego de condiciones, resultando la siguiente puntuación: Puntuación obtenida por las empresas licitadoras, en relación con el SOBRE C: PLICA EMPRESA PUNTUACIÓN 1 DUPLEX ELEVACIÓN, S.L.U. 55,22 2 THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U. 65,21 3 BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L. 80,00 4 SCHINDLER, S.A. 68,79 5 MAC PUAR ASCENSORES, S.L. 55,63 6 EULEN, S.A. 54,97 7 ASZENDE, S.L.U. 71,64 8 FAIN ASCENSORES, S.A. 66,30 9 ELEVADORES ELCO, S.L. 42,99 Resultando la siguiente PUNTUACIÓN TOTAL: PLICA EMPRESA PUNTUACIÓN 1 DUPLEX ELEVACIÓN, S.L.U. 70,22 2 THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U. 82,21 3 BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L. 90,00 4 SCHINDLER, S.A. 87,79 5 MAC PUAR ASCENSORES, S.L. 65,63 6 EULEN, S.A. 64,97 7 ASZENDE, S.L.U. 81,64 8 FAIN ASCENSORES, S.A. 82,30 9 ELEVADORES ELCO, S.L. 52,99 En el citado Informe, se pone de manifiesto lo que textualmente se indica a continuación: “La media aritmética de las ofertas presentadas es 11.156,60 euros (IVA INCLUIDO). El precio ofertado por BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L. es inferior al 10 % de la media aritmética del total de las ofertas presentadas, considerándose en baja temeraria, siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 152.3 y 152.4 del TRLCSP”. El mencionado Artículo 152.3 del TRLCSP establece que, cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente favorables de que disponga para ejecutar la prestación, la originalidad de las prestaciones propuestas, el respeto de las disposiciones relativas a la protección del empleo y las condiciones de trabajo vigentes en el lugar en que se vaya a realizar la prestación, o la posible obtención de una ayuda de Estado. En el procedimiento deberá solicitarse el asesoramiento técnico del servicio correspondiente. Si la oferta es anormalmente baja debido a que el licitador ha obtenido una ayuda de Estado, sólo podrá rechazarse la proposición por esta única causa si aquél no puede acreditar que tal ayuda se ha concedido sin contravenir las disposiciones comunitarias en materia de ayudas públicas. El órgano de contratación que rechace una oferta por esta razón deberá informar de ello a la Comisión Europea, cuando el procedimiento de adjudicación se refiera a un contrato sujeto a
regulación armonizada. Y el Artículo 152.4 establece que, si el órgano de contratación, considerando la justificación efectuada por el licitador y los informes mencionados en el apartado anterior, estimase que la oferta no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados, la excluirá de la clasificación y acordará la adjudicación a favor de la proposición económicamente más ventajosa, de acuerdo con el orden en que hayan sido clasificadas conforme a lo señalado en el apartado 1 del artículo anterior. A la vista de lo expuesto, con fecha de 24 de abril de 2015 se requirió a la sociedad BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L. para que, en el plazo máximo de diez días hábiles siguientes a la notificación, justificase la valoración de su oferta y precisase las condiciones de la misma, en los términos previstos en el Artículo 152.3 y 4 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en orden a determinar la admisibilidad de la propuesta y la adjudicación del procedimiento. Seguidamente, con fecha de 30 de abril de 2015, la sociedad BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L. presentó escrito con número de registro 005874, justificando la valoración de su oferta y precisando las condiciones de la misma, poniendo de manifiesto lo siguiente: “(…) Los anteriores medios organizativos y técnicos expuestos permiten a ASCENSORES BOSA, S.L. la prestación de su servicio a un precio muy competitivo, a razón de los precios que se especifican en el ANEXO I de mantenimiento preventivo y mantenimiento correctivo valorándose los materiales y la mano de obra estimados (IVA no incluido). Por ello, se considera que la propuesta económica presentada es totalmente viable y ASCENSORES BOSA, S.L., cumple con las exigencias establecidas en el Pliego de condiciones, obteniendo un beneficio industrial aproximado del 10,55 %”. A continuación, con fecha de 6 de mayo de 2015, por parte de los Servicios Técnicos Municipales se emitió Informe en el que se pone de manifiesto que “una vez revisada la documentación presentada por parte de ASCENSORES BOSA, S.L. en relación con el requerimiento efectuado para la justificación de la oferta presentada por parte de la misma para el Servicio de mantenimiento y Conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero, la misma resulta suficiente para la justificación de lo aportado y por tanto por parte del técnico que suscribe no existe inconveniente alguno para admitir la oferta”. De manera que, la oferta presentada por la sociedad BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L., resulta ser la oferta económicamente más ventajosa, con una puntuación total de 90,00 puntos. Seguidamente, con fecha de 11 de mayo de 2015, se reunió la Mesa de Contratación para la propuesta de adjudicación y se dio lectura al citado Informe de Valoración del SOBRE C DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DE DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN OBJETIVOS, de las plicas presentadas al procedimiento, emitido por los Servicios Municipales con fecha de 23 de abril de 2015, así como al citado Informe de 6 de mayo de 2015, en el que se pone de manifiesto que no existe inconveniente alguno para admitir la oferta presentada por BOSA MONTAJES ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L. A la vista de lo expuesto y de los mencionados informes obrantes en el expediente, la Mesa de Contratación, por mayoría de los reunidos, acordó elevar propuesta al Órgano de Contratación para la adjudicación del contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), a la oferta presentada por BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L. Por todo lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Clasificar, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y admitidas al procedimiento abierto tramitado para la adjudicación del contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), atendiendo a los criterios de valoración señalados en el pliego de condiciones, de la siguiente manera: Primer clasificado.- BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L., que obtiene una puntuación total de 90,00 puntos. Segundo clasificado.- SCHINDLER, S.A., que obtiene una puntuación total de 87,79
puntos. Tercer clasificado.- FAIN ASCENSORES, S.A., que obtiene una puntuación total de 82,30 puntos. Cuarto clasificado.- THYSSENKRUPP ELEVADORES, S.L.U., que obtiene una puntuación total de 82,21 puntos. Quinto clasificado.- ASZENDE, S.L.U., que obtiene una puntuación total de 81,64 puntos. Sexto clasificado.- DUPLEX ELEVACIÓN, S.L.U., que obtiene una puntuación total de 70,22 puntos. Séptimo clasificado.- MAC PUAR ASCENSORES, S.L., que obtiene una puntuación total de 65,63 puntos. Octavo clasificado.- EULEN, S.A., que obtiene una puntuación total de 64,97 puntos. Noveno clasificado.- ELEVADORES ELCO, S.L., que obtiene una puntuación total de 52,99 puntos. SEGUNDO.- Proponer la adjudicación del contrato del servicio de mantenimiento y conservación de ascensores de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), a la oferta presentada por la sociedad BOSA MONTAJE ASCENSORES Y REPARACIONES, S.L., por el precio de NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (9.362,49 €) ANUALES, IVA incluido. De la cantidad anterior 7.737,60 euros corresponden a la base imponible y 1.624,89 euros corresponden al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. TERCERO.- Notificar al adjudicatario propuesto los presentes acuerdos para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y proceda a constituir la garantía definitiva por importe de SETECIENTOS SETENTA Y TRES EUROS CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS (773,76 €), equivalente al 5 % del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo, el adjudicatario deberá aportar la documentación acreditativa de la contratación de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil, antes de la formalización del contrato. CUARTO.- Asimismo, en el mismo plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento deberá presentar la documentación indicada en la cláusula IX.b. APARTADO A), puntos 1 a 8, del Pliego de Condiciones Administrativas, en el caso de que no la hubiera presentado con anterioridad y que se relaciona a continuación: 1. Documento/s que acrediten la personalidad jurídica del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en: 1.1. Documento Nacional de Identidad del licitador, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa. Escritura de Constitución, estatutos o acto fundacional de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, cuando el empresario fuera persona jurídica, Escritura de poder si se actuase por representación y Documento Nacional de Identidad del representante, por fotocopia compulsada. Se advierte que si se produjera la modificación o revocación de la representación otorgada, deberá comunicarlo al Ayuntamiento de conformidad con el Artículo 1.734 del Código Civil. 1.2. Poder Bastanteado por el Secretario, Letrado de la Corporación, por los Servicios Jurídicos, Notario o Letrado con ejercicio en ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación, en relación con el presente procedimiento, y
de fecha no superior a los seis meses anteriores al inicio del plazo de presentación de ofertas. 1.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una Unión Temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben la proposición, aportando un documento en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla, firmado por el representante de cada una de las empresas, indicando la participación de cada una de ellas en la U.T.E., y la designación de la persona o entidad que ha de ostentar la representación de la agrupación ante la Administración. 2. Declaración responsable del licitador otorgada ante la Autoridad Judicial, Administrativa, Notario u Organismo cualificado, haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el Artículo 60 del TRLCSP y Leyes de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid, y resto de legislación vigente, referida al ejercicio corriente. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes de conformidad con los Artículos 13, 14 y 15 del RGLCAP. 3. Alta en el IAE y último recibo de pago, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, acompañado de una declaración responsable, referida al ejercicio corriente, de no hallarse dado de baja en la matrícula del impuesto. Si estuviere exento, alta en el IAE mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, acompañado de una declaración responsable, referida al ejercicio corriente, de no hallarse dado de baja en la matrícula del impuesto y de que se encuentra exento en el pago del mismo. En el caso de que el licitador no se encuentre dado de alta en el IAE, o no lo esté en la cuota que corresponda para el ejercicio de la actividad empresarial, deberá indicarlo debidamente en la documentación mediante declaración responsable, y en el caso de resultar adjudicatario, darse de alta en la matrícula del mismo en el municipio de Navalcarnero y dentro del epígrafe objeto de la contratación, antes de la formalización del contrato. 4. Declaración responsable expresando el compromiso de contratación de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil en caso de resultar adjudicatario, aportando justificación acreditativa de tal requisito, junto con el recibo justificante del pago, antes de la formalización del contrato. 5. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera del licitador, de conformidad con lo estipulado en la CLÁUSULA VI. CAPACIDAD PARA CONTRATAR, Acreditación de la solvencia del presente Pliego, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa (de conformidad con el Artículo 75 del TRLCSP en su redacción vigente actualmente). 6. Documentos acreditativos de la solvencia técnica, de conformidad con lo estipulado en la CLÁUSULA VI. CAPACIDAD PARA CONTRATAR, Acreditación de la solvencia del presente Pliego, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa (de conformidad con el Artículo 78 del TRLCSP en su redacción vigente actualmente). 7. Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 8. Asimismo, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración Pública, en forma sustancialmente análoga. QUINTO.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. SEXTO.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. SEPTIMO.- Notificar los presentes acuerdos a todos los licitadores. OCTAVO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos. FACTURAS Y CERTIFICACIONES DE OBRAS. 6º.- ACTA DE PRECIOS CONTRADICTORIOS DE LAS OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DEL ESPACIO RESULTANTE TRAS LA DEMOLICION DE LAS CASAS PARROQUIALES EN LA IGLESIA NUESTRA SEÑORA DE LA ASUNCION. A la vista del Acta de Precios Contradictorios de las obras de acondicionamiento del espacio resultante tras la demolición de las casas parroquiales en la iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de Navalcarnero, presentada por D. Enrique Prieto del Río, en representación de la sociedad CONTRATAS Y OBRAS ENRICAR, S.L adjudicataria de las obras y D. Raimundo Estepa Gómez, en representación del Ayuntamiento de Navalcarnero, S.L. Y visto asimismo el informe favorable emitido por la Intervención Municipal, en virtud de lo establecido en el art. 217 de la Ley de Contratos del Sector Público, por el que se regulan los precios de las unidades de obra no previstas en el proyecto aprobado, y visto el informe del Arquitecto Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Aprobar el referido Acta de Precios Contradictorios, correspondiente a las obras de acondicionamiento del espacio resultante tras la demolición de las casas parroquiales en la iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de Navalcarnero, presentada por por D. Enrique Prieto del Río, en representación de la sociedad CONTRATAS Y OBRAS ENRICAR, S.L adjudicataria de las obras y D. Raimundo Estepa Gómez, en representación del Ayuntamiento de Navalcarnero, S.L. SEGUNDO.- Aprobar un gasto por importe de SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON DOS CÉNTIMOS (6.354,02 Euros) en concepto de incremento del importe total de adjudicación debido a la aprobación de los citados precios contradictorios. TERCERO.- Notificar el presente acuerdo al contratista adjudicatario de las obras. CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos. 7º.- APROBACION DE FACTURAS CORRESPONDIENTES CONTRATOS Y CONCESIONES SEGUN RELACION 28/2015.JGL.
A
DIVERSOS
En virtud de la delegación efectuada por Decreto de Alcaldía número 713/2011 de 13 de junio de 2011 en su apartado tercero.7 y vistas las facturas que se detallan en la relación adjunta REF: 28/015.JGL, correspondientes a la realización de diversos contratos, y a la vista de los Informes de Intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo aprobar las facturas emitidas por el adjudicatario que se relaciona a continuación: - NAVALSERVICE, S.L. Contrato de “Servicio de control de accesos a la Casa Consistorial”, factura nº 113 de importe 8.053,11 euros. 8º.- APROBACION DE FACTURAS CORRESPONDIENTES CONTRATOS Y CONCESIONES SEGUN RELACION 29/2015.JGL.
A
DIVERSOS
En virtud de la delegación efectuada por Decreto de Alcaldía número 713/2011 de 13 de junio de 2011 en su apartado tercero.7 y vistas las facturas que se detallan en la relación adjunta REF: 29/015.JGL, correspondientes a la realización de diversos contratos, y a la vista de los Informes de Intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos,
adopta el acuerdo de aprobar las facturas emitidas por el adjudicatario que se relaciona a continuación: - NAVAGRUP ESCUELA, S.L. Contrato de “Organización y gestión Casa de Niños Campanilla”, factura nº 5 de importe 8.333,33 euros. - NAVAGRUP ESCUELA, S.L. Contrato de “Organización y gestión Escuelas municipales infantiles”, facturas nº 4 de importe 14.121,43 euros y nº 6 de importe 18.112,97 euros. 9º.- APROBACION DE FACTURAS CORRESPONDIENTES CONTRATOS Y CONCESIONES SEGUN RELACION 30/2015.JGL.
A
DIVERSOS
En virtud de la delegación efectuada por Decreto de Alcaldía número 713/2011 de 13 de junio de 2011 en su apartado tercero.7 y vistas las facturas que se detallan en la relación adjunta REF: 30/015.JGL, correspondientes a la realización de diversos contratos, y a la vista de los Informes de Intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo de aprobar las facturas emitidas por el adjudicatario que se relaciona a continuación: - FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A. Contrato de “Recogida y transporte de residuos sólidos urbanos y limpieza urbana y mantenimiento y limpieza de zonas verdes”, factura nº SM1637/1000718 de importe 228.503,52 euros. 10º.- APROBACION DE FACTURAS CORRESPONDIENTES A DIVERSOS CONTRATOS Y CONCESIONES SEGUN RELACION 31/2015.JGL. En virtud de la delegación efectuada por Decreto de Alcaldía número 713/2011 de 13 de junio de 2011 en su apartado tercero.7 y vistas las facturas que se detallan en la relación adjunta REF: 31/015.JGL, correspondientes a la realización de diversos contratos, y a la vista de los Informes de Intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo de aprobar las facturas emitidas por el adjudicatario que se relaciona a continuación: - FERNANDEZ GUTIERREZ EUGENIO Contrato de “Alquiler Nave C/ Ferrocarril, 12”, factura nº 16/2015 de importe 2.420,00 euros. 11º.- APROBACION DE FACTURAS CORRESPONDIENTES A DIVERSOS CONTRATOS Y CONCESIONES SEGUN RELACION 32/2015.JGL. En virtud de la delegación efectuada por Decreto de Alcaldía número 713/2011 de 13 de junio de 2011 en su apartado tercero.7 y vistas las facturas que se detallan en la relación adjunta REF: 32/015.JGL, correspondientes a la realización de diversos contratos, y a la vista de los Informes de Intervención, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo de aprobar las facturas emitidas por el adjudicatario que se relaciona a continuación: - NAVAGRUP ESCUELA, S.L. Contrato de “Organización y gestión escuelas municipales infantiles”, facturas nº 11 de importe 14.538,96 euros y nº 12 de importe 17.757,83 euros. CONVENIOS. 12º.- CONVENIO PARA LA IMPARTICION DEL TALLER DE BOLILLOS EN EL CENTRO MUNICIPAL DE LA TERCERA EDAD CASIMIRO ARENAS MOLINA. Vista la propuesta de la Concejal-Delegada de Bienestar Social, en la que manifiesta que, siendo interés de este Ayuntamiento, a través de la Concejalía de la Bienestar Social, la impartición de un Taller de Bolillos en el Centro Municipal de la Tercera Edad Casimiro Arenas Molina, de Navalcarnero, sito en la C/ Pozo Concejo, número 9, y siendo consciente el Ayuntamiento del beneficio que para los usuarios del Centro Municipal de la Tercera Edad conlleva la prestación de dicho servicio. Y que las Administraciones Públicas, en virtud del Artículo 88 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, pueden celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al Ordenamiento Jurídico ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado. A la vista de lo expuesto, y en virtud del Artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Decretos de Alcaldía 713/2011 y 475/2012, de acuerdo con lo dispuesto en el Apartado Primero de la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación con su Artículo 51.2, y Artículos 43 y 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales; y visto el informe del Interventor Accidental, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Formalizar un Convenio entre el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid) y DOÑA JOSEFINA VELA MANJAVACAS, con el fin de llevar a cabo la impartición del Taller de Bolillos en el Centro Municipal de la Tercera Edad Casimiro Arenas Molina, de Navalcarnero, sito en la C/ Pozo Concejo, número 9. SEGUNDO.- El Convenio tendrá vigencia desde la fecha de formalización del mismo hasta el mes de junio de 2015 inclusive. TERCERO.- Notificar a DÑA. JOSEFINA VELA MANJAVACAS los presentes acuerdos para que proceda a la formalización del convenio dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde dicha notificación. CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos. URGENCIA.- Fuera del Orden del Día, se presenta para su aprobación por la Junta de Gobierno Local, el asunto que a continuación se relaciona y cuyo expediente se aporta en este acto. URGENCIA 1ª.- AMPLIACION DEL PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO DEL ESPACIO RESULTANTE TRAS LA DEMOLICION DE LAS CASAS PARROQUIALES DE NAVALCARNERO. A la vista de la instancia presentada por D. ENRIQUE C. PRIETO DEL RÍO, actuando en representación de CONTRATAS Y OBRAS ENRICAR S.L, adjudicataria de las obras de Acondicionamiento del Espacio Resultante tras la Demolición de las Casas Parroquiales de Navalcarnero, por la que solicita ampliación de Mes y Medio del plazo de ejecución de las mencionadas obras y con el informe favorable del Arquitecto Municipal, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Conceder la ampliación del plazo de ejecución de las obras de Acondicionamiento del Espacio Resultante tras la Demolición de las Casas Parroquiales de Navalcarnero, por CONTRATAS Y OBRAS ENRICAR S.L, en mes y medio, empezando a contar la mencionada ampliación desde el día 8 de mayo de 2015, debiendo terminar las obras el 23 de junio del presente. SEGUNDO.- Notificar al contratista los presentes acuerdos. TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.
13º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. No se formularon. Y no siendo otro el objeto de la presente sesión, el Sr. Alcalde Presidente dio por finalizado el acto, siendo las nueve horas y cinco minutos, autorizándose la presente Acta con las firmas del Sr. Alcalde-Presidente y la Secretaria, de conformidad con las disposiciones vigentes.