SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 24 DE FEBRERO DE Sres. Asistentes:

SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 24 DE FEBRERO DE 2016. Sres. Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. JOSE LUIS ADELL F

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SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 24 DE FEBRERO DE 2016. Sres. Asistentes: Sr. Alcalde-Presidente: D. JOSE LUIS ADELL FERNANDEZ Sres. Tenientes de Alcalde: D. JUAN LUIS JUAREZ SAAVEDRA Dª. LETICIA CORREAS RUIZ Dª. MARIA JOSE CAPPA CANTOS D. JUAN SANTOS BENITO RODRIGUEZ Dª. MARIA JAIME BUENO Concejal de Participación Ciudadana y Transparencia

D. ANTONIO BUSTAMANTE VAZQUEZ Sra. Secretario-Acctal: D. BENIGNO DÍAZ GAZTELU Sra. Interventora Acctal.: Dª. Mª DEL PILAR GARCÍA MARTÍN Sr. Arquitecto: D. RAIMUNDO ESTEPA GOMEZ

En la Consistorial de Navalcarnero, a veinticuatro de Febrero de dos mil dieciséis, siendo las nueve horas, en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Alcalde-Presidente, D. JOSE LUIS ADELL FERNANDEZ, asistido por la Secretario Accidental D. BENIGNO DÍAZ GAZTELU, se reunieron los Sres. que al margen se expresan al objeto de celebrar la sesión ordinaria, para la que han sido convocados y tratar los asuntos contenidos en el Orden del Día que, con la antelación reglamentaria, se les remitió. 1.LECTURA Y APROBACION SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESION ANTERIOR CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EL DIA 17 DE FEBRERO DE 2016.

Por unanimidad de los reunidos, se acuerda aprobar el borrador del Acta de la sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 17 de febrero de 2016. OBRAS Y URBANISMO. 2º.- PROYECTO BASICO Y DE EJECUCION PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDA UNIFAMILIAR VPPL, EN LA AVDA. JURA DE SANTA GADEA, NUM. 126 "BARRIO EL CID", A INSTANCIA DE AMAYA RODRIGUEZ ADAME Y JOSE NOE PATIÑO VELASCO. Examinado el Proyecto Básico y de Ejecución presentado a instancia de Dª AMAYA RODRIGUEZ ADAME y D. JOSE NOE PATIÑO VELASCO con NIF 46.854.388-F y 03.888.716-Z, para la construcción de vivienda unifamiliar VPPL en la Avda. Jura de Santa Gadea núm. 126, (Ref. Catastral: 3295138VK1539N0001IA), Barrio El Cid. Vistos los informes favorables del Arquitecto Municipal y del Técnico Jurídico, y en atención a lo dispuesto en el Decreto 919/2015, de Delegación de Competencias, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Conceder la licencia de obras indicada, previo pago de la cantidad de 5.464,93 euros, en concepto de Derechos Municipales. SEGUNDO.- Aprobar la liquidación núm. 090/16. CONTRATACIÓN 3º.- ADJUDICACION DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE DIRECCION Y ASISTENCIA JURIDICA EN LAS DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 99/2013, Y EN LAS DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 726/2014, PARA EL AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO (MADRID). Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local reunida en sesión celebrada el 25 de noviembre de 2015, se aprobó el expediente y Pliego de Cláusulas administrativas particulares y prescripciones técnicas que regirá la adjudicación, mediante procedimiento negociado sin publicidad, del Contrato del servicio de dirección y asistencia jurídica en las DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 99/2013, en relación con el Proyecto de construcción de un Polideportivo en el Barrio de la Estación y en las DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 726/2014, en relación con los Decretos de Alcaldía ordenando pagos desde diciembre de 2011 hasta abril de 2014, para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), con un tipo de licitación, a la baja, de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 €), más el IVA que corresponda, que se desglosa de la siguiente manera: DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 99/2013: Dirección jurídica hasta la apertura de juicio oral: Lo que falta de instrucción ……………………………………………………….3.000 € Escrito de calificación…………………………………………………………….5.000 € Juicio Oral, en su caso: Preparación………………………………………………………………………..3.000 € Asistencia a juicio: 1.500 € por asistencia, hasta un máximo de 3…...máximo de 4.500 € Asistencia jurídica en caso de recurso y apelación………………….máximo de 10.000 € DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 726/2014: Dirección jurídica hasta la apertura de juicio oral: Lo que falta de instrucción ……………………………………………………...12.000 € Escrito de calificación…………………………………………………………….5.000 € Juicio Oral, en su caso: Preparación………………………………………………………………………..3.000 € Asistencia a juicio: 1.500 € por asistencia, hasta un máximo de 3…...máximo de 4.500 € Asistencia jurídica en caso de recurso y apelación………………….máximo de 10.000 € Solo se facturará por los servicios efectivamente realizados. Posteriormente se procedió a la invitación para tomar parte en el procedimiento a D. MIGUEL ANGEL AUÑON AUÑON, DESPACHO DE LISTA, S.C. y D. CARLOS MASSA AGUILAR, pudiendo presentar oferta en el plazo máximo de quince días naturales siguientes a

la notificación de la invitación, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones. Dentro del referido plazo se presentó oferta por D. MIGUEL ANGEL AUÑON AUÑON. A continuación, por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 7 de enero de 2016, se procedió a la apertura de la única oferta presentada, resultando lo siguiente: Plica nº 1.- Presentada por D. MIGUEL ANGEL AUÑON AUÑON, que enterado del procedimiento negociado sin publicidad tramitado para adjudicar el contrato del servicio de dirección y asistencia jurídica en las DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 99/2013, en relación con el Proyecto de construcción de un Polideportivo en el Barrio de la Estación y en las DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 726/2014, en relación con los Decretos de Alcaldía ordenando pagos desde diciembre de 2011 hasta abril de 2014, para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas. Por el precio de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 €), más el IVA que corresponda, que se desglosa de la siguiente manera: DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 99/2013: A) Dirección jurídica hasta apertura de juicio oral: · Lo que falta de instrucción: 3.000 €, más el IVA que corresponda. · Escrito de calificación: 5.000 €, más el IVA que corresponda. B) Juicio Oral, en su caso: · Preparación juicio oral: 3.000 €, más el IVA que corresponda. · Por cada sesión de asistencia a juicio: 1.500 €, hasta un máximo de 3: máximo de 4.500 €, más el IVA que corresponda. · Asistencia jurídica en caso de recurso y apelación: máximo de 10.000 €, más el IVA que corresponda. C) IVA: El tipo actual es el 21 % y en el caso de que se completara la totalidad de las actuaciones la cuota del impuesto ascendería a 5.355 €. DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 726/2014: A) Dirección jurídica hasta apertura de juicio oral: · Lo que falta de instrucción: 12.000 €, más el IVA que corresponda. · Escrito de calificación: 5.000 €, más el IVA que corresponda. B) Preparación y asistencia a Juicio Oral: · Preparación juicio oral: 3.000 €, más el IVA que corresponda. · Asistencia a juicio: 1.500 € por asistencia, hasta un máximo de 3: máximo de 4.500 €, más el IVA que corresponda. · Asistencia jurídica en caso de recurso y apelación: máximo de 10.000 €, más el IVA que corresponda. C) IVA: El tipo actual es el 21 % y en el caso de que se completara la totalidad de las actuaciones la cuota del impuesto ascendería a 7.245 €. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. A la vista de lo expuesto y tras el estudio de la cuestión, por la Junta de Gobierno Local se acordó que la oferta pasara a su estudio por los Servicios Técnicos Municipales, de cara a determinar la admisibilidad de la propuesta, la subsanación de los defectos de las mismas, si ello fuera procedente y su valoración técnica. Seguidamente, con fecha de 19 de enero de 2016, se emitió informe por el Técnico Jurídico del Ayuntamiento de Navalcarnero, en el que se pone de manifiesto lo siguiente: A la vista de lo expuesto y del Pliego de Cláusulas Administrativas en su cláusula IX. Presentación de Proposiciones. IX.b. Formalidades. Apartados B) y C) del Pliego de Cláusulas Administrativas, así como con la Cláusula X. Criterios de base de adjudicación del Contrato, en relación con las puntuaciones establecidas en la Cláusula V del Pliego de

Prescripciones Técnicas, se observa que la única oferta presentada al procedimiento cumple con lo establecido en los citados Pliegos. A la vista del citado Informe y una vez subsanados los requerimientos efectuados a la empresa licitadora dentro del plazo concedido al efecto, por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 27 de enero de 2016, se acordó proponer la adjudicación del contrato a la oferta presentada por D. MIGUEL ANGEL AUÑON AUÑON, por el precio de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 €), más el IVA que corresponda. Asimismo, por la Junta de Gobierno Local se acordó notificar al adjudicatario propuesto los mencionados acuerdos para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, procediese a constituir la garantía definitiva por importe de tres mil euros (3.000,00 €), equivalente al 5% del importe de adjudicación, todo ello de conformidad con el Artículo 151.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Dentro del plazo de diez días hábiles concedidos al efecto, D. MIGUEL ANGEL AUÑON AUÑON ha procedido a constituir la garantía definitiva por el importe indicado. A la vista de lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Declarar válido el acto de licitación. SEGUNDO.- Adjudicar el contrato del servicio de dirección y asistencia jurídica en las DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 99/2013, en relación con el Proyecto de construcción de un Polideportivo en el Barrio de la Estación y en las DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 726/2014, en relación con los Decretos de Alcaldía ordenando pagos desde diciembre de 2011 hasta abril de 2014, para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), a la oferta presentada por D. MIGUEL ANGEL AUÑON AUÑON, por el precio de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 €), más el IVA que corresponda, que se desglosa de la siguiente manera: DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 99/2013: A) Dirección jurídica hasta apertura de juicio oral: · Lo que falta de instrucción: 3.000 €, más el IVA que corresponda. · Escrito de calificación: 5.000 €, más el IVA que corresponda. B) Juicio Oral, en su caso: · Preparación juicio oral: 3.000 €, más el IVA que corresponda. · Por cada sesión de asistencia a juicio: 1.500 €, hasta un máximo de 3: máximo de 4.500 €, más el IVA que corresponda. · Asistencia jurídica en caso de recurso y apelación: máximo de 10.000 €, más el IVA que corresponda. C) IVA: El tipo actual es el 21 % y en el caso de que se completara la totalidad de las actuaciones la cuota del impuesto ascendería a 5.355 €. DILIGENCIAS PREVIAS PROCEDIMIENTO ABREVIADO 726/2014: A) Dirección jurídica hasta apertura de juicio oral: · Lo que falta de instrucción: 12.000 €, más el IVA que corresponda. · Escrito de calificación: 5.000 €, más el IVA que corresponda. B) Preparación y asistencia a Juicio Oral: · Preparación juicio oral: 3.000 €, más el IVA que corresponda. · Asistencia a juicio: 1.500 € por asistencia, hasta un máximo de 3: máximo de 4.500 €, más el IVA que corresponda. · Asistencia jurídica en caso de recurso y apelación: máximo de 10.000 €, más el IVA que corresponda. C) IVA: El tipo actual es el 21 % y en el caso de que se completara la totalidad de las actuaciones la cuota del impuesto ascendería a 7.245 €. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. TERCERO.- Notificar al adjudicatario los presentes acuerdos para proceder a la formalización del contrato, que deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación, de conformidad con el Artículo 156 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. No obstante, el contratista podrá

solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo a su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización. CUARTO.- Publicar la formalización del contrato en el Perfil del contratante del Órgano de Contratación, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. QUINTO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos. 4º.- PROPUESTA DE ADJUDICACION DEL CONTRATO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LAS INSTALACIONES DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS DE LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES DEL AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO (MADRID). El expediente para la contratación y el Pliego de condiciones que ha de regir la adjudicación, mediante procedimiento abierto, del contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), fue aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 9 de diciembre de 2015, con un tipo de licitación de CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO EUROS CON DIECISEIS CÉNTIMOS (14.878,16 €) ANUALES, IVA incluido, debiendo ser mejorado a la baja; de los cuales 12.296,00 euros corresponden a la base imponible y 2.582,16 € al 21% de IVA. El anuncio de licitación fue publicado en el Perfil de Contratante del órgano de contratación, en el Tablón de Edictos y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 7 de enero de 2016, finalizando el plazo de presentación de ofertas el siguiente día 22 de enero de 2016, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones. Con fecha de 28 de enero de 2016, tuvo lugar la reunión de la Mesa de Contratación para la apertura de las plicas presentadas al procedimiento, y que según lo que figura en el Libro de Registro de Plicas resultaron ser: Plica nº 1 presentada por JOMAR SEGURIDAD, S.L.U. Plica nº 2 presentada por GREMOBA, S.L. Plica nº 3 presentada por EXTINTORES TORRIJOS, S.L. Plica nº 4 presentada por AREO FLAM, S.L. Plica nº 5 presentada por PACISA FIRE SERVICE, S.L. Plica nº 6 la presente numeración queda ANULADA, mediante Diligencia de 25 de enero de 2016 de la responsable de Registro, a la vista de lo que señala el Libro de Registro de Plicas, siendo doce el número de empresas presentadas. Plica nº 7 presentada por ENFIRE, S.L. Plica nº 8 presentada por COMERCIAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, S.A. Plica nº 9 presentada por INVISEG SISTEMAS, S.L. Plica nº 10 presentada por INSTALACIONES PRESUR, S.L. Plica nº 11 presentada por EIVAR OBRAS E INGENIERIA, S.A. Plica nº 12 presentada por ZENITH TOLEDO, S.L. Plica nº 13 presentada por ELSAMEX, S.A. Seguidamente, se procedió a la apertura de los SOBRES A, DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA de las plicas presentadas, observándose tras su estudio que las plicas presentadas contenían defectos en la documentación aportada. A la vista de lo expuesto, la Mesa de Contratación acordó notificar la necesidad de subsanación en la documentación presentada en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la notificación a los licitadores, volviendo a reunirse para la apertura del SOBRE B. Una vez comprobada la documentación requerida para subsanar, se observó que las empresas licitadoras GREMOBA, S.L., EXTINTORES TORRIJOS, S.L., ENFIRE, S.L., INVISEG

SISTEMAS, S.L., INSTALACIONES PRESUR, S.L., ZENITH TOLEDO, S.L. y ELSAMEX, S.A., habían subsanado correctamente la documentación solicitada dentro del plazo de tres días hábiles concedido al efecto. Sin embargo, una vez realizada la notificación del requerimiento al licitador AREO FLAM, S.L., por correo certificado con acuse de recibo el día 3 de febrero de 2016, el citado licitador no había procedido a subsanar la documentación que se le solicitaba en el plazo establecido de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, si no que había procedido a subsanarla el día 8 de febrero de 2016, fuera del plazo concedido al efecto, puesto que el último día de subsanación era el día 6 de febrero. A la vista de lo expuesto y de conformidad con el informe emitido por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento con fecha de 9 de febrero de 2016, y sobre la base del principio de igualdad, pilar fundamental de la contratación administrativa, dado que el licitador AREO FLAM, S.L., había tenido el plazo de quince días naturales de presentación de documentación a contar desde la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, así como el plazo de tres días hábiles de subsanación establecido en el Pliego de Condiciones, por la Mesa de Contratación en reunión celebrada con fecha de 12 de febrero de 2016 acordó excluir de la licitación la oferta presentada por la sociedad AREO FLAM, S.L., al no haber dado cumplimiento al requerimiento efectuado dentro del plazo concedido al efecto. A continuación, en el citado acto de la Mesa de Contratación, de fecha 12 de febrero de 2016, procedió a la apertura de los SOBRES B DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN OBJETIVOS, de las empresas admitidas al procedimiento, resultando lo siguiente: Plica nº 1 presentada por D. AGUSTÍN VIDAL ALONSO, en nombre y representación de la sociedad JOMAR SEGURIDAD, S.L.U., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - DIEZ MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS (10.369,88 €) ANUALES, IVA incluido; de los cuales 8.570,15 € corresponden a la base imponible y 1.793,73 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos, oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO (968,00 €) IVA incluido; de los cuales 800,00 € corresponden a la base imponible y 168,00 € al IVA. Plica nº 2 presentada por D. GREGORIO MODESTO BAÑOS, en nombre y representación de la sociedad GREMOBA S.L., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS (9.753,93 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 8.061,10 €, corresponden a la base imponible, y 1.692,83 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos, oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: DOS MIL CIENTO SETENTA Y OCHO EUROS (2.178,00 €) IVA incluido; de los cuales 1.800,00 € corresponden a la base imponible y 378,00 € al IVA. (Mejoras valoradas económicamente, que se desarrollan en el dossier de mejoras que acompaña la proposición, incluida dentro del SOOBRE B). Plica nº 3 presentada por D. CESAR TORRIJOS CABALLERO, en representación de EXTINTORES TORRIJOS, S.L., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - DOCE MIL SETENTA Y TRES EUROS CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (12.073,38 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 9.978 €, corresponden a la base imponible y 2.095,38 € al 21 % de IVA.

Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos, oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: CUATROCIENTOS VEINTITRES EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (423,50 €) TRIMESTRALES, IVA incluido; de los cuales 350,00 € corresponden a la base imponible y 73,50 € al IVA. (En el documento mejoras, se adjunta la descripción de la partida económica del mantenimiento correctivo). Plica nº 5 presentada por D. LUIS RODRÍGUEZ DEL ALAMO, en representación de la sociedad PACISA FIRE SERVICE, S.L., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS (8.349,00 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 6.900,00 € corresponden a la base imponible y 1.449,00 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: DOS MIL OCHENTA Y UN EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (2.081,20 €), IVA incluido; de los cuales 1.720,00 € corresponden a la base imponible y 361,20 € al IVA. (Mejoras valoradas económicamente, que se desarrollan en el dossier de mejoras que acompaña la proposición, incluida dentro de SOBRE B). Plica nº 7 presentada por D. FRANCISCO ENCINAR CARBALLAL, en representación de la sociedad ENFIRE, S.L., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO EUROS CON DIECISEIS CÉNTIMOS (14.878,16 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 12.296,00 €, corresponden a la base imponible y 2.582,16 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: CATORCE MIL SEISCIENTOS CUATRO EUROS CON SETENTA CÉNTIMOS (14.604,70 €), IVA incluido; de los cuales 12.070,00 € corresponden a la base imponible y 2.534,70 € al IVA. (Mejoras valoradas económicamente, que se desarrollan en el dossier de mejoras que acompaña la proposición, incluida dentro del SOBRE B). Plica nº 8 presentada por D. MANUEL RODRÍGUEZ CAÑAS, en representación de COMERCIAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, S.A., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON CINCUENTA EUROS (9.259,50 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 7.650,00 €, corresponden a la base imponible y 1.609,50 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS EUROS (1.452,00 €), IVA incluido; de los cuales 1.200,00 € corresponden a la base imponible y 252,00 € al 21 % de IVA. Plica nº 9 presentada por D. ROBERTO JESÚS BOLDÚ DE LUELMO, en representación de INVISEG SISTEMAS, S.L., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se

compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - DIEZ MIL SEISCIENTOS NOVENTA EUROS CON NOVENTA Y CINCO CÉNTIMOS (10.690,95 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 8.835,50 € corresponden a la base imponible y 1.855,45 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON CUARENTA Y UN CÉNTIMOS (4.796,21 €), IVA incluido; de los cuales TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES EUROS CON OCHENTA Y UN CÉNTIMOS (3.963,81 €) corresponden a la base imponible y OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS (832,40 €) al 21 % de IVA. (Desglose de actuaciones previstas valoradas económicamente, que se desarrollan en el dossier que acompaña a la proposición, incluida dentro del SOBRE B). Vista la incongruencia entre las cantidades expresadas en letra y número, a la vista de lo expuesto se deduce que la cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato es de CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS EUROS CON VEINTIUN CÉNTIMOS (4.796,21 €) IVA incluido, que resulta de la suma de la cantidad expresada en letra en concepto de base imponible más el IVA correspondiente. Plica nº 10 presentada por D. LAUREANO PASCUAL GEANNINI, en representación de la entidad INSTALACIONES PRESUR, S.L., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (8.554,94 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 7.070,00 €, corresponden a la base imponible y 1.484,74 € al IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: MIL SETECIENTOS DIEZ EUROS CON NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (1.710,94 €), IVA incluido, de los cuales 1.414,00 € corresponden a la base imponible y 296,94 € al IVA. Plica nº 11 presentada por D. MIGUEL POVEDANO GRANDE, en representación de la sociedad EIVAR OBRAS E INGENIERIA, S.A., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - CATORCE MIL SETECIENTOS UN EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (14.701,50 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 12.150,00 € corresponden a la base imponible y 2.551,50 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: DOS MIL SEISCIENTOS UN EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (2.601,50 €), IVA incluido; de los cuales 2.150,00 € corresponden a la base imponible y 451,50 € al IVA. (Mejoras valoradas económicamente, que se desarrollan en el dossier de mejoras que acompaña la proposición, incluida dentro del SOBRE B). Plica nº 12 presentada por D. FRANCISCO CABELLO RAMÉ, en representación de la sociedad ZENITH TOLEDO, S.L., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - ONCE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS (11.158,62 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 9.222,00 € corresponden a la base imponible y 1.936,62 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: MIL DOSCIENTOS DIEZ EUROS (1.210,00 €), IVA incluido; de los cuales 1.000,00 € corresponden a la base imponible y 210,00 € al 21 % de IVA.

Plica nº 13 presentada por D. RAÚL CRISTÓBAL GARCÍA, en representación de la sociedad ELSAMEX, S.A., enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas, por el precio de: - TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE EUROS CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (13.287,69 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 10.981,56 € corresponden a la base imponible y 2.306,13 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: CERO EUROS (0,00 €). Declarando los licitadores que conocen y aceptan, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. Seguidamente, por la Mesa de Contratación, se acordó que las ofertas pasasen a su estudio por los Servicios Técnicos Municipales, volviendo a reunirse para la propuesta de adjudicación. A continuación, en la Mesa de Contratación, en sesión celebrada con fecha de 19 de febrero de 2016, se dio lectura al Informe de Valoración del SOBRE B DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DE DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN OBJETIVOS, de las plicas presentadas al procedimiento, emitido por los Servicios Municipales con fecha de 15 de febrero de 2016, en el que se pone de manifiesto lo siguiente: TOTAL NOMBRE

PLICA 1 PLICA 2 PLICA 3 PLICA 5 PLICA 7 PLICA 8 PLICA 9 PLICA 10 PLICA 11 PLICA 12 PLICA 13

MANT, PREVENTIVO JOMAR SEGURIDAD, S.L. 64.41 GREMOBA, S.L. 68.48 EXTINTORES TORRIJOS, S.L. 55.32 PACISA FIRE SERVICE, S.L. 80.00 ENFIRE, S.L. 44.89 COMERCIAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, 72.13 S.A. INVISEG SISTEMAS, S.L. 62.48 INSTALACIONES PRESUR, S.L. 78.07 EIVAR OBRAS E INGENIERIA, S.A. 45.43 ZENITH TOLEDO, S.L. 59.86 ELSAMEX, S.A. 50.27

MANT. CORRECTIVO 1.33 2.98 2.32 2.85 20.00 1.99 6.57 2.34 3.56 1.66 0.00

PUNTUACIÓN 65.74 71.46 57.64 82.85 64.89 74.12 69.04 80.42 48.99 61.51 50.27

Por lo que la suma de las diferentes puntuaciones otorga la MAXIMA PUNTUACIÓN a la mercantil PACISA FIRE SERVICES, S.L., que resulta ser de 82.85 puntos sobre 100,00, siendo la oferta económicamente más ventajosa. A la vista de lo expuesto y de los mencionados informes obrantes en el expediente, la Mesa de Contratación, acordó elevar propuesta al Órgano de Contratación para la adjudicación del contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), a la oferta presentada por la sociedad PACISA FIRE SERVICE, S.L. Por todo lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Excluir de la licitación la oferta presentada por la empresa AREO FLAM, S.L., sobre la base del principio de igualdad, pilar fundamental de la contratación administrativa, al no haber dado cumplimiento al requerimiento efectuado dentro del plazo concedido al efecto. SEGUNDO.- Clasificar, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y admitidas al procedimiento abierto, del contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), atendiendo a los criterios de valoración señalados en el pliego de condiciones, de la siguiente manera:

Primer clasificado: PACISA FIRE SERVICE, S.L., que obtiene una puntuación total de 82.85 puntos. Segundo clasificado: INSTALACIONES PRESUR, S.L. que obtiene una puntuación total de 80,42 puntos. Tercer clasificado: COMERCIAL DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, S.A., que obtiene una puntuación total de 74,12 puntos. Cuarto clasificado: GREMOBA, S.L., que obtiene una puntuación total de 71,46 puntos. Quinto clasificado: INVISEG SISTEMAS, S.L., que obtiene una puntuación total de 69,04 puntos. Sexto clasificado: JOMAR SEGURIDAD, S.L., que obtiene una puntuación total de 65,74 puntos. Séptimo clasificado: ENFIRE, S.L., que obtiene una puntuación total de 64,89 puntos. Octavo clasificado: ZENITH TOLEDO, S.L., que obtiene una puntuación total de 61,51 puntos. Noveno clasificado: EXTINTORES TORRIJOS, S.L., que obtiene una puntuación total de 57,64 puntos. Décimo clasificado: ELSAMEX, S.A.., que obtiene una puntuación total de 50,27 puntos. Décimo primer clasificado: EIVAR OBRAS E INGENIERIA, S.A., que obtiene una puntuación total de 48,99 puntos. TERCERO.- Proponer la adjudicación del contrato del servicio de mantenimiento preventivo de las instalaciones de protección contra incendios de las dependencias municipales del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), a la oferta presentada por la sociedad PACISA FIRE SERVICE, S.L., por el precio de: - OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS (8.349,00 €), ANUALES, IVA incluido; de los cuales 6.900,00 € corresponden a la base imponible y 1.449,00 € al 21 % de IVA. Asimismo en relación con los criterios de valoración objetivos oferta lo siguiente: - Cantidad ofertada para el mantenimiento correctivo de las instalaciones objeto del contrato: DOS MIL OCHENTA Y UN EUROS CON VEINTE CÉNTIMOS (2.081,20 €), IVA incluido; de los cuales 1.720,00 € corresponden a la base imponible y 361,20 € al IVA. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. CUARTO.- Notificar al adjudicatario propuesto los presentes acuerdos para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, proceda a presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva, por importe de SEISCIENTOS NOVENTA EUROS (690,00 €), equivalente al 5 % del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo el adjudicatario propuesto deberá aportar la documentación acreditativa de la contratación de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil, antes de la formalización del contrato. QUINTO.- Asimismo, en el mismo plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, el adjudicatario propuesto deberá presentar la documentación indicada en la cláusula IX.b. APARTADO A), puntos 1 a 9, del Pliego de Condiciones Administrativas, en el caso de que no la hubieran presentado con anterioridad y que se relaciona a continuación: 1. Documento/s que acrediten la personalidad jurídica del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en: 1.1. Documento Nacional de Identidad del licitador, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa. Escritura de Constitución, estatutos o acto fundacional de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, cuando el empresario fuera persona jurídica, Escritura de poder si se actuase por representación y Documento Nacional de Identidad del representante, por fotocopia compulsada.

Se advierte que si se produjera la modificación o revocación de la representación otorgada, deberá comunicarlo al Ayuntamiento de conformidad con el Artículo 1.734 del Código Civil. 1.2. Poder Bastanteado por el Secretario, Letrado de la Corporación, por los Servicios Jurídicos, Notario o Letrado con ejercicio en ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación, en relación con el presente procedimiento, y de fecha no superior a los seis meses anteriores al inicio del plazo de presentación de ofertas. 1.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una Unión Temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben la proposición, aportando un documento en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla, firmado por el representante de cada una de las empresas, indicando la participación de cada una de ellas en la U.T.E., y la designación de la persona o entidad que ha de ostentar la representación de la agrupación ante la Administración. 2. Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el Artículo 60 del TRLCSP y Leyes de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid, y resto de legislación vigente, referida al ejercicio corriente. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, de conformidad con los Artículos 13, 14 y 15 del RGLCAP. 3. Alta en el IAE y último recibo de pago, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, acompañado de una declaración responsable, referida al ejercicio corriente, de no hallarse dado de baja en la matrícula del impuesto. Si estuviere exento, alta en el IAE mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, acompañado de una declaración responsable, referida al ejercicio corriente, de no hallarse dado de baja en la matrícula del impuesto y de que se encuentra exento en el pago del mismo. En el caso de que el licitador no se encuentre dado de alta en el IAE, o no lo esté en la cuota que corresponda para el ejercicio de la actividad empresarial, deberá indicarlo debidamente en la documentación mediante declaración responsable, y en el caso de resultar adjudicatario, darse de alta en la matrícula del mismo en el municipio de Navalcarnero y dentro del epígrafe objeto de la contratación, antes de la formalización del contrato. 4. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera del licitador, de conformidad con lo estipulado en la CLÁUSULA VI. CAPACIDAD PARA CONTRATAR, Acreditación de la solvencia económica y financiera del presente Pliego, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa (de conformidad con el Artículo 75 del TRLCSP y Artículo 11.4.a del RGLCAP). 5. Documentos acreditativos de la solvencia técnica, de conformidad con lo estipulado en la CLÁUSULA VI. CAPACIDAD PARA CONTRATAR, Acreditación de la solvencia técnica o profesional del presente Pliego, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa (de conformidad con el Artículo 78 del TRLCSP y Artículo 11.4.b del RGLCAP). 6. Declaración responsable expresando el compromiso de contratación de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil en caso de resultar adjudicatario, aportando justificación acreditativa de tal requisito, junto con el recibo justificante del pago, antes de la formalización del contrato. 7. Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

8. Asimismo, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración Pública, en forma sustancialmente análoga. 9. Declaración responsable del cumplimiento de la obligación de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad para empresas con 50 o más trabajadores, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (según modelo-Anexo III del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares). Alternativamente se podrá presentar un certificado de la empresa en el que conste el número global de trabajadores en plantilla y el número particular de trabajadores con discapacidad. En el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas. SEXTO.- Notificar a todos los licitadores los presentes acuerdos. SÉPTIMO.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. OCTAVO.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. NOVENO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos. 5º.- PROPUESTA DE ADJUDICACION DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL DE PINTURA PARA EL AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO (MADRID). El expediente para la contratación y el Pliego de condiciones que ha de regir la adjudicación, mediante procedimiento abierto, del contrato de suministro de material de pintura para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), fue aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2015, con un tipo de licitación como presupuesto máximo del contrato de CIENTO VEINTIUN MIL EUROS (121.000,00 €) ANUALES, IVA incluido; de los cuales 100.000,00 euros corresponden a la base imponible y 21.000,00 euros al 21% de IVA. El anuncio de licitación fue publicado en el Perfil de Contratante del órgano de contratación, en el Tablón de Edictos y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el día 20 de enero de 2016, finalizando el plazo de presentación de ofertas el siguiente día 4 de febrero de 2016, de conformidad con lo establecido en el Pliego de Condiciones. Con fecha de 8 de febrero de 2016, tuvo lugar la reunión de la Mesa de Contratación para la apertura de las plicas presentadas al procedimiento, y que según lo que figura en el Libro de Registro de Plicas resultó ser: Plica nº 1 presentada por DECOBLAN-J.G., S.L. Seguidamente, se procedió a la apertura del SOBRE A, DE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA de la plica presentada, observándose tras su estudio que la misma contenía defectos en la documentación aportada. A la vista de lo expuesto, la Mesa de Contratación acordó notificar la necesidad de subsanación en la documentación presentada en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la notificación al licitador, volviendo a reunirse para la apertura del SOBRE B. Una vez comprobada la documentación requerida para subsanar, se observó que la empresa licitadora DECOBLAN-J.G., S.L., había subsanado correctamente la documentación solicitada dentro del plazo de tres días hábiles concedido al efecto. A continuación, por la Mesa de Contratación reunida en acto público con fecha de 16 de febrero de 2016, se procedió a la apertura del SOBRE B DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN OBJETIVOS, de la empresa admitida al procedimiento, resultando lo siguiente: Plica nº 1 presentada por Gustavo Blanco, en representación de la sociedad DECOBLANJ.G., S.L., que enterado del procedimiento abierto tramitado para adjudicar el contrato de suministro de material de pintura para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), se

compromete a ejecutarlo atendiendo al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas. - Con el siguiente porcentaje de descuento sobre los precios (importes sin IVA) indicados en el Anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas: 12 % porcentaje de descuento. Asimismo, en relación con los criterios de valoración objetivos, oferta lo siguiente: - Oferta el siguiente plazo de entrega: 12 o 24 horas a partir de la recepción fehaciente del pedido. Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. A la vista de lo expuesto, la Mesa de Contratación acordó que la oferta pasase a su estudio por los Servicios Técnicos Municipales, volviendo a reunirse para la propuesta de adjudicación. Seguidamente, por la Mesa de Contratación reunida con fecha de 22 de febrero de 2016, se dio lectura al Informe de Valoración del SOBRE B DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA Y DE DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE VALORACIÓN OBJETIVOS, de la plica presentada al procedimiento, emitido por los Servicios Municipales con fecha de 17 de febrero de 2016, en el que se pone de manifiesto lo siguiente: PLICA NÚMERO 1. DECOBLAN JG S.L. 1. Oferta económica: 12 % de descuento sobre los precios. Puntuación 80 puntos. 2. Mejoras: plazo de entrega 24 horas. Puntuación 20 puntos. La única oferta aportada para el concurso resulta conforme a lo dispuesto en pliego técnico. A la vista de lo expuesto y del mencionado informe obrante en el expediente, la Mesa de Contratación acordó elevar propuesta al Órgano de Contratación para la adjudicación del contrato de suministro de material de pintura para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), a la oferta presentada por la sociedad DECOBLAN-J.G., S.L. Por todo lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Proponer la adjudicación del contrato de suministro de material de pintura para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), a la única oferta presentada por D. Gustavo Blanco, en representación de la sociedad DECOBLAN-J.G., S.L., con el siguiente porcentaje de descuento sobre los precios (importes sin IVA) indicados en el Anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas: 12 % de descuento. Asimismo, en relación con los criterios de valoración objetivos, oferta el siguiente plazo de entrega: 12 o 24 horas a partir de la recepción fehaciente del pedido.

Declarando el licitador que conoce y acepta, en todos sus términos, las condiciones de la convocatoria, así como todos los extremos recogidos en el Pliego de Condiciones. Haciendo constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego para contratar con la Administración Pública. SEGUNDO.- Notificar al adjudicatario propuesto los presentes acuerdos para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, proceda a presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva, por importe de CINCO MIL EUROS (5.000,00 €), equivalente al 5 % del importe de adjudicación (presupuesto máximo del contrato), excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido. Asimismo el adjudicatario propuesto deberá aportar la documentación acreditativa de la contratación de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil, antes de la formalización del contrato. TERCERO.- Asimismo, en el mismo plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, el adjudicatario propuesto deberá presentar la documentación indicada en la Cláusula IX.b. APARTADO A), puntos 1 a 9, del

Pliego de Cláusulas Administrativas, en el caso de que no la hubiera presentado con anterioridad, y que se relaciona a continuación: 10. Documento/s que acrediten la personalidad jurídica del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en: 10.1. Documento Nacional de Identidad del licitador, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa. Escritura de Constitución, estatutos o acto fundacional de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, cuando el empresario fuera persona jurídica, Escritura de poder si se actuase por representación y Documento Nacional de Identidad del representante, por fotocopia compulsada. Se advierte que si se produjera la modificación o revocación de la representación otorgada, deberá comunicarlo al Ayuntamiento de conformidad con el Artículo 1.734 del Código Civil. 10.2. Poder Bastanteado por el Secretario, Letrado de la Corporación, por los Servicios Jurídicos, Notario o Letrado con ejercicio en ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación, en relación con el presente procedimiento, y de fecha no superior a los seis meses anteriores al inicio del plazo de presentación de ofertas. 10.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una Unión Temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben la proposición, aportando un documento en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla, firmado por el representante de cada una de las empresas, indicando la participación de cada una de ellas en la U.T.E., y la designación de la persona o entidad que ha de ostentar la representación de la agrupación ante la Administración. 11. Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el Artículo 60 del TRLCSP y Leyes de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid, y resto de legislación vigente, referida al ejercicio corriente. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, de conformidad con los Artículos 13, 14 y 15 del RGLCAP. 12. Alta en el IAE y último recibo de pago, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, acompañado de una declaración responsable, referida al ejercicio corriente, de no hallarse dado de baja en la matrícula del impuesto. Si estuviere exento, alta en el IAE mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa, acompañado de una declaración responsable, referida al ejercicio corriente, de no hallarse dado de baja en la matrícula del impuesto y de que se encuentra exento en el pago del mismo. En el caso de que el licitador no se encuentre dado de alta en el IAE, o no lo esté en la cuota que corresponda para el ejercicio de la actividad empresarial, deberá indicarlo debidamente en la documentación mediante declaración responsable, y en el caso de resultar adjudicatario, darse de alta en la matrícula del mismo en el municipio de Navalcarnero y dentro del epígrafe objeto de la contratación, antes de la formalización del contrato. 13. Documentos acreditativos de la solvencia económica y financiera del licitador, de conformidad con lo estipulado en la CLÁUSULA VI. CAPACIDAD PARA CONTRATAR, Acreditación de la solvencia económica y financiera del presente Pliego, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa (de conformidad con el Artículo 75.1 del TRLCSP y Artículo 11.4.a del RGLCAP). 14. Documentos acreditativos de la solvencia técnica, de conformidad con lo estipulado en la CLÁUSULA VI. CAPACIDAD PARA CONTRATAR, Acreditación de la solvencia técnica o profesional del presente Pliego, mediante original o por fotocopia compulsada por quien ostente la representación pública administrativa (de conformidad con el Artículo 77.1 del TRLCSP y Artículo 11.4.b del RGLCAP). 15. Declaración responsable expresando el compromiso de contratación de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil en caso de resultar adjudicatario, aportando justificación acreditativa de tal requisito, junto con el recibo justificante del pago, antes de la formalización del contrato.

16. Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 17. Asimismo, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración Pública, en forma sustancialmente análoga. 18. Declaración responsable del cumplimiento de la obligación de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad para empresas con 50 o más trabajadores, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 42.1 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (según modelo-Anexo III del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares). Alternativamente se podrá presentar un certificado de la empresa en el que conste el número global de trabajadores en plantilla y el número particular de trabajadores con discapacidad. En el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas. CUARTO.- De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta. QUINTO.- El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. SEXTO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos. FACTURAS 6º.- APROBACION DE FACTURAS CORRESPONDIENTES CONTRATOS Y CONCESIONES SEGUN RELACION 14/2016.JGL.

A

DIVERSOS

En virtud de la delegación efectuada por Decreto de Alcaldía número 919/2015 de 25 de junio de 2015 en su apartado tercero 7 en la Junta de Gobierno Local y vistas las facturas que se detallan en la relación adjunta REF: 14/2016.JGL, correspondientes a la realización de diversos contratos, y a la vista de los Informes de Intervención, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo de aprobar las facturas emitidas por los adjudicatarios que se relacionan a continuación: - FERNANDEZ GUTIERREZ, EUGENIO Contrato de “Alquiler nave C/ Ferrocarril 12 P.I. Alparrache”, facturas nº Electricidad 2/2016 de importe 283,34 euros, nº Agua 1/2016 de importe 22,53 euros y nº 1/2016 de importe 2.040,00 euros. - ORTEGA GALLEGO, FRANCISCO JAVIER Contrato de “Alquiler Casa de la Lonja”, factura nº 131 de importe 454,73 euros. - EIFFAGE ENERGIA, S.L. Contrato de “Mantenimiento y conservación de la climatización, calefacción y agua caliente distintas dependencias del Ayuntamiento”, factura nº 16VAB00004 de importe 2.975,50 euros. 7º.- APROBACION DE FACTURAS CORRESPONDIENTES CONTRATOS Y CONCESIONES SEGUN RELACION 15/2016.JGL.

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DIVERSOS

En virtud de la delegación efectuada por Decreto de Alcaldía número 919/2015 de 25 de junio de 2015 en su apartado tercero 7 en la Junta de Gobierno Local y vistas las facturas que se detallan en la relación adjunta REF: 15/2016.JGL, correspondientes a la realización de diversos contratos, y a la vista de los Informes de Intervención, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo de aprobar las facturas emitidas por los adjudicatarios que se relacionan a continuación : - NAVALSERVICE, S.L. Contrato de “Servicio de control de accesos a la Casa Consistorial”, factura nº 9 de importe 8.053,11 euros. 8º.- APROBACION DE FACTURAS CORRESPONDIENTES CONTRATOS Y CONCESIONES SEGUN RELACION 19/2016.JGL.

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DIVERSOS

En virtud de la delegación efectuada por Decreto de Alcaldía número 919/2015 de 25 de junio de 2015 en su apartado tercero 7 en la Junta de Gobierno Local y vistas las facturas que se detallan en la relación adjunta REF: 20/2016.JGL, correspondientes a la realización de diversos contratos, y a la vista de los Informes de Intervención, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo de aprobar las facturas emitidas por los adjudicatarios que se relacionan a continuación : - FERNANDEZ GUTIERREZ EUGENIO Contrato de “Alquiler Nave C/ Ferrocarril, 12 P.I. Alparrache”, factura nº 5/2016 de importe 2.420,00 euros. - PONCE DE LEON ABOGADOS, S.L.P. Contrato de “Asesoramiento y defensa jurídica en materia de recursos humanos y función pública”, factura nº J003/2016 de importe 1.502,42 euros. SANCIONADORES Se incorpora a la sesión el Sr. Juan Luis Juárez Saavedra. 9º.- RESOLUCION EXPEDIENTE SANCIONADOR INSTRUIDO A JUSTO MONTOYA MAYA (83/15). Habiéndose instruido procedimiento sancionador en este Ayuntamiento, con el número 083/15, vistas las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO: El día 20 de julio de 2015, a las 01:45 horas, la Policía Local del Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid) descubrió, en la calle Río Ebro a la altura del número 8 del término municipal, que Don Justo Montoya Maya estaba quebrando la normal convivencia ciudadana al estar tocando las palmas mientras escuchaba música proveniente de un móvil, generando un ruido excesivo. Dicha actuación vulneró la normativa local y, por ello, se levantó la preceptiva acta-denuncia policial. SEGUNDO: Ulteriormente se dio traslado de estos hechos a los Servicios Jurídicos municipales para la incoación del oportuno expediente sancionador. Dicho expediente se incoó el 4 de septiembre de 2015, con posterioridad fue recepcionada la notificación del acuerdo de inicio de dicho expediente donde se le otorgaron 15 días hábiles para efectuar las alegaciones, aportar los documentos y formular las pruebas necesarias para su defensa que estimara pertinentes. TERCERO: Ante la falta de alegación alguna se realizó la propuesta de sanción definitiva por parte del Departamento Jurídico. A estos hechos le son aplicables los siguientes: FUNDAMENTOS JURIDICOS Los hechos que se imputan a Don Justo Montoya Maya están tipificados por el artículo 18.f de la ordenanza municipal de Convivencia Ciudadana de la Villa Real de Navalcarnero como infracción leve. Las infracciones leves pueden ser sancionadas con multa de hasta 300 euros. A la vista del expediente jurídico del Instructor, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos:

PRIMERO: Sancionar a Don Justo Montoya Maya con DNI 50.354.529-P, con domicilio en la calle Río Ebro nº 2, bajo 2, de Navalcarnero (Madrid). Imponiéndole una sanción de 30 Euros, como responsable de la infracción administrativa recogida en el artículo 11.1 de la ordenanza municipal de Convivencia Ciudadana de La Villa Real de Navalcarnero, tipificada en el artículo 18.f como infracción leve, cuya sanción se establece en el artículo 19.1 de la meritada Ordenanza. SEGUNDO: Notificar al denunciado la presente resolución administrativa, advirtiéndole que transcurrido el período voluntario para su pago se procederá a la vía ejecutiva, conforme al Real Decreto 939/2005 por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. TERCERO: Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de este acuerdo. ALCALDÍA 10º.- SOLICITUD A LA DIRECCION GENERAL DE SALUD DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL ESTABLECIMIENTO DE FARMACIA EN LOS BARRIOS DE EL PINAR Y LA DEHESA. 1º).- Como todos recordamos, pues sus efectos aún no han, ni mucho menos, concluido, desde el año 2008 la región de Madrid, al igual que el resto del país, ha sufrido una contracción en la marcha de su economía cuyos perversos efectos afectan a todas las áreas y servicios imaginables. Nuestro histórico municipio de Navalcarnero no ha escapado, como es lógico, de los mismos y, ciertamente, la parálisis económica que vivimos ha afectado con mayor intensidad a aquellas zonas que estaban en pleno desarrollo urbanístico como son los Barrios de El Pinar, San Andrés, San Isidro o el Barrio de la Dehesa, englobados en la llamada zona nueva de nuestro término municipal. 2º).- La finalidad de este escrito de petición, al igual que otros que se están tramitando, es que, dentro de las posibilidades de actuación que tienen las diferentes Administraciones Públicas, se vaya paliando la insuficiencia de servicios que sufren aquellos ciudadanos que residen en los citados barrios. 3º).- Concretamente se solicita, en aplicación del artículo 8.1.b) de la Ley 1/1998 de 25 de noviembre de la Comunidad de Madrid, que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales incoe un procedimiento de oficio para la apertura de una nueva oficina de farmacia dentro de la Zona Farmacéutica 8.3.5 Navalcarnero (urbana) incluida en el Distrito 8.3 de acuerdo al Decreto 115/1997 de 18 de septiembre por el que se establece la planificación farmacéutica, los criterios de valoración de conocimientos académicos y experiencia profesional, los horarios y turnos de guardia y el procedimiento en materia de autorizaciones de oficinas de farmacia en la Comunidad de Madrid. 4º).- El artículo 32.5 de la Ley 1/1998 de 25 de noviembre así como el artículo 3º.1 del Decreto 115/1997 de 18 de septiembre establecen el módulo de población para la apertura de una nueva oficina de farmacia en 2.800 habitantes pudiendo abrirse una nueva oficina con una fracción superior a 2.000 habitantes. Con los datos del padrón municipal de habitantes que se adjuntan a este escrito, la población residente en la zona nueva alcanza la cifra de 5.539 habitantes que, si bien están divididos en dos grandes zonas (Barrio de la Dehesa por un lado y Barrios de San Andrés, San Isidro y Del Pinar por otro) superan ampliamente, en su conjunto, la cifra de población solicitada por la legislación autonómica. 5º).- Se ruega se tenga en consideración esta petición para incoar el procedimiento solicitado en aras de una mayor calidad de vida de los ciudadanos que, por otro lado, es la finalidad que persigue la moderna Administración. Por todo lo expuesto la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo de hacer suya la propuesta de Alcaldía y trasladar el presente acuerdo a la

Dirección General de Salud de la Comunidad de Madrid solicitando la apertura de una nueva oficina de farmacia en la denominada zona nueva de nuestro municipio. 11º.- SOLICITUD A LA SOCIEDAD ESTATAL DE LOTERIAS Y APUESTAS DEL ESTADO DE APERTURA DE UN NUEVO CENTRO DE LOTERIA EN LOS BARRIOS DEL PINAR Y LA DEHESA. 1º).- Como todos recordamos, pues sus efectos aún no han, ni mucho menos, concluido, desde el año 2008 la región de Madrid, al igual que el resto del país, ha sufrido una contracción en la marcha de su economía cuyos perversos efectos afectan a todas las áreas y servicios imaginables. Nuestro histórico municipio de Navalcarnero no ha escapado, como es lógico, de los mismos y, ciertamente, la parálisis económica que vivimos ha afectado con mayor intensidad a aquellas zonas que estaban en pleno desarrollo urbanístico como son los Barrios de El Pinar, San Andrés, San Isidro o el Barrio de la Dehesa, englobados en la llamada zona nueva de nuestro término municipal. 2º).- La finalidad de este escrito de petición, al igual que otros que se están tramitando, es que, dentro de las posibilidades de actuación que tienen las diferentes Administraciones Públicas (espacio en el que se encuadra la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado), se vaya paliando la insuficiencia de servicios que sufren aquellos ciudadanos que residen en los citados barrios. 3º).- Puesto que la legislación vigente establece que los titulares de las Administraciones Públicas que regentan los establecimientos de Loterías y Apuestas del Estado se seleccionarán mediante concursos públicos a través de los cuales se obtienen las necesarias licencias generales para poder desarrollar la actividad del juego, creemos necesario que, desde esta Alcaldía-Presidencia, se promueva la realización de un concurso público para atender a un importante número de ciudadanos que están muy lejos, físicamente, de aquellos establecimientos de Loterías y Apuestas del Estado ubicados en el centro del municipio de Navalcarnero (Madrid) Se adjuntan datos del Padrón Municipal de Habitantes que recogen el número de ciudadanos/as que habitan en los Barrios de La Dehesa, Barrio del Pinar así como los Barrios de San Andrés y San Isidro cuya suma alcanza el número de 5.539. 4º).- Más servicios, más actividades, más ocio, como el que aquí se solicita (instalación de un nuevo centro de Lotería Nacional ya sea integral o mixto en la denominada zona nueva), implica una mayor calidad de vida para los vecinos y ello atraerá nuevos residentes con los que, poco a poco, lentamente, dadas las dificultades actuales, se irán cumpliendo aquellos retos de bienestar y calidad de vida que todo Gobierno Local, así como cualquier Administración Pública, con independencia de su nivel territorial, tiene para con sus ciudadano. Por todo lo expuesto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta el acuerdo de hacer suya la propuesta de Alcaldía y trasladar el presente acuerdo a la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado solicitando la instalación de un nuevo centro de Lotería Nacional ya sea integral o mixto en la denominada zona nueva de nuestro municipio. 12º.- DATA CUENTA DECRETOS DE ALCALDIA. Seguidamente se da cuenta del Decreto Nº 361/2016, de fecha 22 de Febrero de 2016, que copiado literalmente en su parte dispositiva es del siguiente tenor: “El expediente para la contratación y el Pliego de condiciones que ha de regir la adjudicación del contrato para la prestación de los servicios de ayuda a domicilio, para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), mediante procedimiento abierto y por urgencia, fue aprobado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 28 de julio de 2010. La celebración del contrato y su adjudicación definitiva a la oferta presentada por la UTE denominada ALDESA SERVICIOS Y MANTENIMIENTO, S.A. Y LAGUNDUZ, 2, S.L. UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESAS” LEY 18/1982, DE 26 DE MAYO, ABREVIADAMENTE “UTE ASM-LAGUNDUZ NAVALCARNERO II”, fueron acordadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 15 de septiembre de 2010; formalizándose el correspondiente contrato

administrativo para la prestación de los servicios de ayuda a domicilio, para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), con fecha de 30 de septiembre de 2010. De conformidad con la Cláusula Cuarta del contrato, el plazo de duración del contrato se fija en dos años, a contar desde el momento de la formalización del mismo, si bien se podrá prorrogar anualmente de manera expresa y de común acuerdo entre ambas partes, antes de la finalización de aquél, hasta el plazo máximo de cuatro años, en los términos del Artículo 279 de la LCSP. Posteriormente, por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha de 17 de octubre de 2012, se adoptó el acuerdo de prorrogar el Contrato administrativo para la prestación de los servicios de ayuda a domicilio, para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), por el plazo de un año. Y finalmente, por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha de 12 de febrero de 2014, se aprobó la prórroga del contrato administrativo para la prestación de los servicios de ayuda a domicilio, para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), por un plazo de un año; así como la modificación del mismo, de mutuo acuerdo y por razones de interés público que hacían conveniente la modificación del contrato. Formalizándose el correspondiente contrato administrativo relativo al modificado nº 1 de la prestación de los servicios de ayuda a domicilio, para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), con fecha de 7 de marzo de 2014. Con fecha de 16 de febrero de 2016, por parte de la Concejalía de Bienestar Social se pone de manifiesto que la actual adjudicataria del servicio de ayuda a domicilio, la UTE ASMLAGUNDUZ NAVALCARNERO II, no ha procedido a cubrir una plaza de auxiliar, dejando desatendidos a cinco usuarios de los servicios de ayuda a domicilio. Por lo que, considerándose un servicio social esencial, por el Ayuntamiento de Navalcarnero se propone la celebración de un contrato para la prestación de los servicios de ayuda a domicilio, ante la necesidad de cubrir los ser vicios de atención personal y doméstica de los usuarios. Todo ello con el fin de evitar daños o perjuicios a los usuarios del servicio de ayuda a domicilio y a sus familiares, y siendo un servicio financiado por el Ayuntamiento y el Convenio suscrito con la Comunidad de Madrid para el desarrollo de los servicios sociales de atención primaria y promoción de la autonomía personal. Y de manera temporal, transitoria y urgente, mientras se tramite el nuevo procedimiento abierto para la adjudicación del contrato del servicio de ayuda a domicilio, dada la situación actual y las características y peculiaridades del servicio, resultando ineludible dar continuidad al servicio en tanto se resuelva la adjudicación. A la vista de lo expuesto, en virtud de lo establecido en los Artículos 5, 10, 19.1.a), 113 y 301 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Y en uso de las facultades que me atribuye el Artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de acuerdo con lo dispuesto en el Apartado Primero de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Y haciendo constar que debido a las razones expuestas de emergencia social, no consta en el expediente informe de fiscalización de la Intervención de Fondos Municipales. HE RESUELTO PRIMERO.- Avocar para este acto la delegación efectuada en la Junta de Gobierno Local en el Decreto de Alcaldía 919/2015, debido a razones de urgencia. SEGUNDO.- Contratar para la prestación del servicio de ayuda a domicilio para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), a FRANCISCO MORALA GARCÍA, en representación de la sociedad GERON SERVICIOS ASISTENCIALES, S.L., por los siguientes importes: precio hora 16 € IVA incluido y precio hora festiva 17 € IVA incluido. TERCERO.- La contratación se realiza de manera temporal y transitoria, para evitar daños o perjuicios a los usuarios del servicio de ayuda a domicilio y a sus familiares, dada la situación actual y las características y peculiaridades del servicio, resultando ineludible dar continuidad al servicio. El contrato dejará de tener efecto en cuanto se produzca la formalización del contrato del servicio de ayuda a domicilio para el Ayuntamiento de Navalcarnero (Madrid), con el adjudicatario del procedimiento abierto que se está tramitando por el Ayuntamiento,

prorrateándose en su caso el precio del contrato por el tiempo que quede por cumplir del mes que corresponda. CUARTO.- Notificar al adjudicatario los presentes acuerdos para que proceda a formalizar el contrato administrativo antes del 29 de febrero de 2016, o, en su caso, la escritura pública, que será a su costa. QUINTO.- Dar cuenta de los presentes acuerdos a la Junta de Gobierno Local en la primera sesión que se celebre. SEXTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.” URGENCIA.- Fuera del Orden del Día, se presenta para su aprobación por la Junta de Gobierno Local, los asuntos que a continuación se relacionan y cuyos expedientes se aportan en este acto, declarándose de urgencia por unanimidad de los reunidos: URGENCIA 1ª.- NORMAS QUE REGULAN LA CESION TEMPORAL DEL TEATRO MUNICIPAL Y EL AUDITORIO DEL CENTRO DE ARTES ESCENICAS (CAE) Y PRECIOS PUBLICOS POR SU UTILIZACION. Desde la Concejalía de Cultura de este Ayuntamiento se viene desarrollando una amplia programación cultural por lo que se apuesta por facilitar el acercamiento de la cultura al municipio. Se llegó a un acuerdo con la Compañía Hispalírica para realizar un Concierto de Año Nuevo que consistía en que alquilarían el Teatro por un importe de 792,00 € tal y como regula las ‘Normas que regulan la cesión temporal del Teatro Municipal y el Auditorio del Centro de Artes Escénicas (CAE) y precios públicos por su utilización’ siempre que se llegase a un total de 200 entradas vendidas, de otra manera no se les cobraría la tasa acogiéndonos al punto 7.8 que textualmente dice: “Cuando en virtud de contrato o acuerdo con artistas, compañías o entidades en general para la puesta en escena de un espectáculo que sea considerado como entroncado en los objetivos, fines y líneas generales de la Concejalía de Cultura, de especial relevancia, de calidad contrastable, de promoción de artista y compañías, de gran aforo y/o de especial interés cultural para el público de Navalcarnero se podrá considerar la propia obra, objeto de puesta en escena, como pago en especie de la cuota exigible, quedando ésta reducida hasta un 100%”. La venta de entradas fue inferior a 200 localidades se considera necesario, al no haber supuesto ningún gasto por su realización y sí un beneficio para la programación de Navidad (hay que tener en cuenta también que el concierto tiene un caché de 6.500 euros y así nos consta en un documento previo que había sido remitido a esta Concejalía). La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Declarar el espectáculo realizado el 2 de enero de 2016 de especial relevancia, calidad contrastada e interés cultural para el público de Navalcarnero. SEGUNDO.- Aplicar una reducción de un 100% sobre la liquidación practicada por la Intervención Municipal con núm. 293/15 aprobada por Decreto 1728/2015, de fecha 9 de diciembre. TERCERO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución del presente acuerdo. URGENCIA 2ª.- CESION DE STANDS DURANTE LA CELEBRACION DE LA XXVII FERIA DEL LIBRO DE NAVALCARNERO. Como viene siendo habitual, los próximos días 1, 2 y 3 y de abril se celebrará la XXVII edición de la Feria del Libro de Navalcarnero. Con el fin de seguir promoviendo la cultura en el municipio de Navalcarnero, y habiendo manifestado distintas librerías, editoriales y distribuidoras su deseo de participar en la celebración del mencionado evento, es de interés del Ayuntamiento de Navalcarnero ceder el uso de los diferentes stands de la Feria del Libro de Navalcarnero, durante los días 1, 2, y 3 de abril de 2016. Y considerando que las Administraciones Públicas, en virtud del Artículo 88 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pueden celebrar acuerdos, pactos, convenios o

contratos con personas tanto de derecho público como privado, siempre que no sean contrarios al Ordenamiento Jurídico ni versen sobre materias no susceptibles de transacción y tengan por objeto satisfacer el interés público que tienen encomendado. A la vista de lo expuesto, y en virtud Artículo 21 de la Ley de Bases de Régimen Local y Decreto de Alcaldía 1083/2007, de acuerdo con lo dispuesto en el Apartado Primero de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en relación con su Artículo 40.2, y Artículos 43 y 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades locales; la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los reunidos, adopta los siguientes acuerdos: PRIMERO.- Formalizar los Convenios de cesión de los stands de la Feria del Libro de Navalcarnero, que se celebrará los días 1, 2 y 3 de abril de 2016, con el fin de colaborar en la promoción de la cultura en el municipio de Navalcarnero (Madrid). SEGUNDO.- Los stands serán utilizados el día 31 de marzo para el montaje, y los días 1, 2 y 3 de abril para la Feria, en el siguiente horario: Viernes: De 11.00 a 14.00 horas y de 17.00 a 21.00 horas. Sábado y Domingo: De 11.00 a 14.30 horas y de 17.00 a 21.00 horas. El desmontaje de los stands se deberá realizar el día 3 de abril a partir de las 21.00 horas. TERCERO.- Como contraprestación a la cesión de uso, los beneficiarios de los convenios harán entrega al Ayuntamiento de Navalcarnero de un donativo consistente en un lote de libros, cuyo valor se concretará en los convenios correspondientes. CUARTO.- Los beneficiarios de los convenios deberán depositar una fianza por importe de noventa euros (90.- €), en concepto de garantía, y que responderá de los daños y perjuicios que se deriven de la ejecución del convenio. QUINTO.- Notificar los presentes acuerdos a los interesados. SEXTO.- Facultar al Sr. Alcalde para la firma de cuantos documentos sean precisos para la ejecución de los presentes acuerdos.

9º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. No se formulan.

Y no siendo otro el objeto de la presente sesión, el Sr. Alcalde Presidente dio por finalizado el acto, siendo las nueve horas y quince minutos, autorizándose la presente Acta con las firmas del Sr. Alcalde-Presidente y el Secretario-Acctal, de conformidad con las disposiciones vigentes.

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