SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 11 DE JULIO DE

SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 11 DE JULIO DE 2014 -------------------------------1.- SE APRUEBA EL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

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SESION ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL DIA 11 DE JULIO DE 2014 -------------------------------1.- SE APRUEBA EL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR

2.- DESPACHO DE OFICIOS.- Se acordó aprobar, en sus propios términos, las propuestas contenidas en el informe emitido por el Sr. Letrado Asesor Municipal, con el contenido siguiente: 1) Por D. LORENZO ORDAS PELLITERO se interpuso recurso contencioso-administrativo Nº 60/2012 del Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo Nº 3 de León, contra el Decreto del Concejal Delegado de Economía y Hacienda de fecha 24/05/2012, que desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la liquidación definitiva número 108/2007, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de naturaleza Urbana, por importe de 86.269,54 €. Esta cantidad fue fijada como cuantía del recurso por Decreto del mismo Juzgado, de fecha 21/02/2013. Celebrada la vista del recurso, el Juzgado con fecha 2 de octubre de 2013 y nº 206/2013, dicta Sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal: “Desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por LORENZO ORDAS PELLITERO contra la resolución del Ayuntamiento de León, de 24 de mayo de 2012, que desestima el recurso de reposición formulado contra liquidación del impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana núm. 108/2007. Con imposición de costas a la actora.” Contra esta Sentencia, el recurrente, D. Lorenzo Ordás Pellitero, interpone recurso de Apelación ante el TSJCyLeón, sala de lo Contencioso-Administrativo, donde se tramita bajo el Nº 9/2014. Formulada la impugnación del recurso de Apelación por este Letrado, el TSJCyL dicta Sentencia Nº 810 de 21 de abril de 2014, firmeza que se recibe el 20 de junio de 2014 y cuyo fallo dice: “Que desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Henar Monsalve Rodríguez, en la representación que tiene acreditada en autos, contra la sentencia dictada, el día dos de octubre de dos mil trece, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Núm. 3 de León en esta causa; confirmar y confirmamos dicha sentencia y condenar y condenamos a dicho recurrente a estar y pasar por esta declaración y

2 condena, a cumplirlas y a pagar las costas procesales de esta segunda instancia. Dese al depósito, en su caso, constituido para recurrir el destino legalmente previsto. Hágase saber a los interesados, mediante entrega de copia de esta resolución debidamente autenticada, que la misma es firme.” Procede dar cuenta de las sentencias a la Junta de Gobierno Local para su conocimiento y llevarlas a puro y debido efecto al amparo de los arts. 103 ss. de la LJCA., a cuyo fin, se remite el expediente con copia de la misma al Servicio de Asuntos Económicos –Gestión Tributaria- I.I.V.T.N.U., para que continúe el cobro del importe de la liquidación definitiva número 108/2007, si aún estuviera pendiente. En otro caso, se archivarán las actuaciones sin más trámite, ya que las sentencias confirman la legalidad de la actuación administrativa. La Asesoría Jurídica liquidará las costas a que ha sido condenado el actor en primera y segunda instancia, para su ingreso en la Tesorería Municipal.

2) En relación con el despido de Dª Mónica Moreno Acebes, monitora del Albergue, ponemos en conocimiento de la Junta de Gobierno Local lo siguiente: A) .- ANTECEDENTES.- La Junta de Gobierno Local en sesión de 14 de abril de 2014 adoptó el siguiente acuerdo: “Se ha recibido de la Sala de lo Social del TSJCyL el Auto de fecha 2-42013 dictado en el procedimiento de Ejecución Provisional Nº 8/2013, instado por Mónica Moreno Acebes, monitora del Albergue, del que damos cuenta a la JGL. 1.- Ejecución provisional de la sentencia Nº 1399 de fecha 17/07/2013 del TSJCyL. Sala de lo Social que declaró nulo el despido. De conformidad con el art. 297 LJS, la trabajadora solicitó la ejecución provisional de la citada sentencia. El Ayuntamiento de León puso en conocimiento de la Sala las dificultades que tenía para ello ya que la plaza había sido amortizada y el Servicio se había cerrado. La Sala dictó el Auto de fecha 7/11/2013 en el que se eximió a la trabajadora de prestar sus servicios laborales para el Ayuntamiento de León durante la tramitación del RCUD y ordenó el abono de los salarios y las cotizaciones a la Seguridad Social desde la fecha de la sentencia. Así lo hizo el Ayuntamiento de León hasta el 7/01/2014 en el que se declaró la extinguida la relación laboral por amortización de la plaza y cierre del servicio. 2.- Declaración de la extinción de la relación laboral.

3 El Ayuntamiento de León se acogió a la nueva doctrina del T.S. dictada en sentencia de 22/07/2013 –ratificada en otras posteriores de 14/10/2013, 25/11/2013 y 21/01/2014- y, como consecuencia de la amortización de la plaza y cierre del servicio y siendo la relación laboral de la trabajadora de indefinida no fija, notificó a la interesada la extinción de la relación laboral, que se produjo con efectos del 7/01/2014, fecha en la que causó baja en la Seguridad Social y en el abono de los salarios. 3.- Incidente de ejecución provisional Nº 8/2013 de la Sentencia Nº 1399, de fecha 17/07/2013 del TSJCyL, Sala de lo Social. La trabajadora formuló incidente de ejecución provisional de la sentencia que se sustanció ante la Sala, quien ha dictado el Auto de fecha 2/04/2014, notificado a esta parte el día 3, que contiene la siguiente PARTE DISPOSITIVA: “LA SALA DIJO: Se dejan sin efecto las actuaciones administrativa que impiden la continuación de la ejecución, requiriéndose al Excmo. Ayuntamiento de León a fin de que mantenga el alta en la Seguridad Social y continúe abonando los salarios a Dª Mónica Moreno Acebes”. Argumenta el Auto, expuesto de forma sucinta, lo siguiente: a) la ejecución de la sentencia forma parte del derecho a la tutela judicial efectiva; b) la nueva doctrina contenida en la STS de 22/07/2013 supone un cambio sustancial respecto de la doctrina que mantenía esta Sala y añade que el indefinido no fijo de plantilla constituye una modalidad contractual patológica “y que por dicha situación su lógica conclusión es la extinción, por cobertura reglamentaria o por amortización”, c) la amortización de la plaza es consecuencia del despido objetivo y no constituye ningún hecho nuevo ya que si se extinguiese el contrato por causa económica y no se amortizase la plaza sería un auténtico fraude de ley, d) cuando la Sala declaró nulo el despido, implícitamente estaba anulando la amortización, que es una consecuencia de la nulidad del despido. Este Letrado sostuvo, en el acto de comparecencia ante la Sala, que tanto la nueva doctrina de la STS 22/07/2013 como la amortización de la plaza y cierre del servicio, constituyen hechos nuevos que permitían la extinción de la relación laboral tal como se hizo. Sin embargo, esta argumentación no ha sido acogida por la Sala. Procede poner en conocimiento de la JGL dicho Auto y llevarlo a puro y debido efecto al amparo de los arts. 297 y ss. LJCA a cuyo fin se remite copia de dicho Auto al Servicio de Asuntos Generales para que con participación de todas las Dependencias afectadas (Personal, Nóminas, Intervención, Tesorería y Otras) procedan a realizar las actuaciones administrativas necesarias para el cumplimiento de dicho Auto y en concreto para dejar sin efecto el Decreto del Alcalde de fecha 22-1-2014 que declaró extinguida la relación laboral por amortización de la plaza y cierre del servicio, debiendo dar de alta en la Seguridad Social a dicha trabajadora y abonarle los salarios dejados de percibir, volviendo a

4 la situación que tenía antes del día 7-1-2014 y manteniendo por tanto la ejecución provisional de la sentencia que declaró nulo el despido. Se pone en conocimiento de la JGL que contra la sentencia del TSJCyL que declaró nulo el despido se sigue sustanciando ante el TS el recurso de casación para unificación de doctrina.” B).- RESOLUCION DEL RCUD.- Auto del TS, SALA DE LO SOCIAL, de 4 DE JUNIO DE 2014. Recurso de casación para unificación de doctrina Nº 2410/2013.Es conveniente hacer referencia a los antecedentes. Esta trabajadora, con todos los demás del Albergue Municipal, se incluyó en el despido colectivo negociado en mayo de 2012 con los representantes de los trabajadores y concluyó con acuerdo firmado el 25/05/2012. 1.- Sentencia de primera instancia. La citada trabajadora impugnó el despido y el Juzgado de lo Social Nº 2 de León, Autos 851/2012, dictó sentencia Nº 78 de fecha 26/02/2013 que desestimó íntegramente la demanda y declaró extinguida la relación laboral con efectos de 20/06/2012. 2.- Sentencia de suplicación Esta sentencia del Juzgado fue recurrida en suplicación por la trabajadora ante la Sala de lo Social del TSJCyL, Recurso de Suplicación nº 1079/2013, quien, en sentencia de fecha 17/07/2013, Nº 1399/2013 estimó el recurso, revocó la sentencia y estimó la demanda declarando la nulidad del despido de la actora, condenando al Ayuntamiento de León a su inmediata readmisión, con abono de los salarios dejados de percibir. 3.- Recurso de casación para unificación de doctrina Contra la sentencia de suplicación, el Ayuntamiento de León preparó e interpuso RCUD ante el T.S. El Alto Tribunal ha dictado el Auto de 4 de junio de 2014 notificado a la Procuradora Municipal, el día 30 siguiente, que contiene la siguiente parte dispositiva: “LA SALA ACUERDA: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la letrada Dª Raquel Jaén González, en nombre y representación de la COMISION NEGOCIADORA DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES DEL AYUNTAMIENTO DE LEON y por el letrado D. José Ramón Martín Villa, en nombre y representación del AYUNTAMIENTO DE LEON, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid de fecha 17 de julio de 2013, en el recurso de suplicación número 1079/2013, interpuesto por Dª MONICA MORENO ACEBES, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de los de León de fecha 26 de febrero de 2013, en

5 el procedimiento nº 851/2012 seguido a instancia de Dª MONICA MORENO ACEBES contra COMISION NEGOCIADORA DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES DEL AYUNTAMIENTO DE LEON y AYUNTAMIENTO DE LEON, sobre despido. Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, con imposición de costas a la parte recurrente. Contra este Auto no cabe recurso alguno”. Con esta resolución se pone fin a las posibilidades de recurso. Por tanto, la sentencia dictada, en suplicación por el TSJCyL nº 1399/2013 de fecha 17/07/2013, ha devenido firme y por tanto, definitivamente, el DESPIDO ES NULO y el Ayuntamiento de León está en obligación de admitir a la trabajadora en su puesto de trabajo con abono de los salarios dejados de percibir (art. 113 LJS). Se pone en conocimiento de la JGL este Auto del TS para su cumplimiento y en consecuencia declarada firme la sentencia de fecha 17/07/2013, Nº 1399/2013 dictada por la Sala de lo Social del TSJCyL que declaró nulo el despido, procede llevarla a puro y debido efecto al amparo de los artículos 278 y ss. y 287 LJS, a cuyo fin se remite copia del Auto del TS al Servicio de Asuntos Generales para que con participación de todas las Dependencias afectadas (Personal, Nóminas, Intervención, Tesorería y Otras) procedan a realizar, si no se hubieran hecho, las actuaciones administrativas necesarias para la readmisión de la trabajadora a su puesto de trabajo (si ese puesto ya no existiese podrá negociarse con la trabajadora la ubicación concreta y a falta de acuerdo podrá plantearse la resolución en ejecución de sentencia ante el órgano judicial) con abono de las salarios dejados de percibir desde que se produjo el despido. Se tendrán en cuanta las actuaciones realizadas en ejecución provisional de la sentencia, las cantidades abonadas como consecuencia del despido y los salarios que haya podido recibir la trabajadora por otro empleo y por el desempleo. Asimismo se dará de alta en la Seguridad Social, como si el despido no se hubiera producido, teniendo en cuanta también las actuaciones ya realizadas en ejecución provisional de la sentencia. Todo ello deberá realizarse en el plazo más breve posible y en todo caso en el de dos meses –a menos que se fije un plazo inferiorestablecido en el art. 287 LJS. 3) PRIMERO.- Por D. JOSE DANIEL GUTIERREZ SANZ - Personal laboral del Ayuntamiento de León, con categoría profesional de Técnico Superior – Director artístico del Auditorio “Ciudad de León”, bajo la modalidad de Personal de Alta Dirección, se formuló demanda sobre DESPIDO, contra resolución de 9 de marzo de 2012 que dio por extinguida la relación laboral con el Ayuntamiento de León desde esta misma fecha. Esta demanda se tramitó en el Juzgado de lo Social Nº 2 de León con el Número de Autos 496/2012. SEGUNDO.- Celebrado el juicio, el Juzgado dictó Sentencia Nº 544/12 de 26 de Noviembre, cuyo fallo dice:

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“Que desestimando la demanda debo absolver y absuelvo al Ayuntamiento demandado”. TERCERO.- Contra la Sentencia 544/12, D. José Daniel Gutiérrez Sanz, interpone Recurso de Suplicación ante el TSJCyL, -Sala de lo Social- tramitándose con el Nº 861/2013, quien dictó Sentencia de fecha 4 de junio de 2013, con el fallo siguiente: “Que debemos DESESTIMAR Y DESESTIMAMOS el recurso de suplicación formulo por la representación legal de DON JOSE DANIEL GUTIERREZ SANZ contra la sentencia dictada en fecha 26 de noviembre de 2012 por el Juzgado de lo Social número 2 de LEON (autos 496/2012), en virtud de demanda promovida por el recurrente frente al AYUNTAMIENTO DE LEON, sobre DESPIDO. En consecuencia, debemos confirmar y confirmamos el fallo de instancia”. CUARTO.- Por Diligencia de Ordenación de fecha 19 de julio de 2013, se tiene por preparado el Recurso de Casación para Unificación de Doctrina ante el T.S. –Sala de lo Social- por la representación de D. José Daniel. Este recurso se tramita con el Nº 008/0002158/2013. El T.S. dicta Auto, en este recurso, el día 22 de abril de 2014, notificada a la Procuradora representante del Ayuntamiento, el día 3 de junio de 2014, con el fallo del siguiente tenor: “LA SALA ACUERDA: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado D. Jesús Miguélez López, en nombre y representación de D. JOSE DANIEL GUTIERREZ SANZ, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid de fecha 4 de junio de 2013, en el recurso de suplicación número 861/2013, interpuesto por D. JOSE DANIEL GUTIERREZ SANZ, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de los de León de fecha 26 de noviembre de 2012, en el procedimiento nº 496/2012 seguido a instancia de D. JOSE DANIEL GUTIERREZ SANZ contra AYUNTAMIENTO DE LEON, sobre despido. Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente. Contra este Auto no cabe recurso alguno. “ Procede dar cuenta a la Junta de Gobierno Local de las sentencias relacionadas y llevarlas a puro y debido efecto al amparo de los arts. 237 y ss. de la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social, para lo que se remite copia de las mismas al Servicio de Asuntos Generales –Departamento de Personalpara su archivo por no ser necesaria actuación alguna ya que se ha declarado la legalidad de los actos recurridos.

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4) Se ha recibido del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 3 de León, el expediente administrativo y testimonio de la Sentencia firme Nº 133, de 6 de junio de 2014, dictada por ese Juzgado en el recurso contenciosoadministrativo nº 217/2013, seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado, interpuesto por D. JOSE JOAQUIN SEBRANGO BRIZ, contra Resolución dictada en expediente sancionar de tráfico número 2013-001948 por no identificar verazmente al conductor del vehículos, imponiendo una sanción de 600 €. La citada sentencia contiene el siguiente fallo: “Desestimo el recurso contencioso-administrativo interpuesto por JOSE JOAQUIN SEBRANGO BRIZ contra resolución sancionadora dictada por el Ayuntamiento de León en expediente sancionador de tráfico núm. 2013-001948 por no identificar verazmente al conductor del vehículo. Con imposición de costas al actor” Procede dar cuenta de ella a la Junta de Gobierno Local para su conocimiento y llevarla a puro y debido efecto al amparo de los arts. 103 y ss. de la LJCA, a cuyo fin se remite copia de la Sentencia, a la Policía Local para que continúe con la cobranza del importe de la sanción. Si ya se hubiese ingresado, se archivarán las actuaciones sin más trámites, pues la sentencia confirma la actuación administrativa. Se devolverá a la Policía Local el expediente administrativo tan pronto como llegue a esta Asesoría. La Asesoría Jurídica practicará la liquidación de costas a que ha sido condenado el recurrente, para su ingreso en la Tesorería Municipal.

5) Se ha recibido del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 2 de León, el expediente administrativo y testimonio del Decreto nº 62/14 de 31 de marzo de 2014, dictado por ese Juzgado en el recurso contencioso-administrativo nº 140/2013, seguido por los trámites del Procedimiento Abreviado, interpuesto por Dª. MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ FERNANDEZ, contra la desestimación del recurso de reposición interpuesto por la actora contra sanción de tráfico, por importe de 200 €, impuesta en expediente sancionador 20110054324 por infracción del art. 146 del RGC, al no respetar la luz roja no intermitente de un semáforo. El Decreto, en su parte dispositiva acuerda: “Tener por DESISTIDO al recurrente MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ FERNANDEZ declarando la terminación de este procedimiento”.

8 Se da cuenta de este Decreto a la Junta de Gobierno Local para su conocimiento y llevarlo a puro y debido efecto al amparo de los arts. 103 y ss. de la LJCA, a cuyo fin se remite el expediente, con copia del Decreto, a la Policía Local para que, en virtud de la resolución firmada por el Sr. Concejal Delegado de la Policía Local y Tráfico, de 30 de octubre de 2013, que fue presentada por el Sr. Letrado del Ayuntamiento en el acto del juicio, y dado que en esta resolución se estima la totalidad de las pretensiones de la recurrente en relación con este expediente, se procederá a : 1.- Revocar las actuaciones practicadas en el expediente sancionador 2011-0054324, y 2.- A la devolución del importe de la sanción, si este hubiera sido ingresado, en otro caso, se archivará el expediente sin más trámite

3.- EXPEDIENTES DE AUTORIZACIÓN Y DISPOSICIÓN DE GASTOS.SE ADOPTAN LOS SIGUIENTES ACUERDOS: - Autorizar y Disponer un gasto total de 6.800,99 euros (IVA incluido) con cargo a la aplicación presupuestaria 02.92900.63900 del Presupuesto de gastos de 2014 a favor de la Empresa Telecomunicaciones Merino S.A. con NIF A24216954 por la contratación del suministro e instalación de switch brocade con conexión fibra óptica para Palomera por ser el de menor importe de las cuatro ofertas solicitadas. El precio a abonar por el Ayuntamiento por las prestaciones contratadas ascenderá a un máximo de 6.800,99 euros (IVA incluido), que será abonado en el plazo de cuarenta días a contar desde la ejecución total del objeto del contrato. La ejecución del contrato deberá realizarse en los términos siguientes (deben concretarse al menos los extremos siguientes): Entrega inmediata en Centro Deportivo de la Palomera (Avda. Emilio Hurtado s/n) Plazo Inmediato En todo lo no establecido en el presente acuerdo, la ejecución de este contrato se regulará por lo establecido en el TRLCSP para los contratos de servicios y en el pliego tipo para este tipo de contratos del Ayuntamiento de León, y que consta publicado en la página Web municipal en el apartado denominado “perfil del contratante”. El presente acuerdo sustituye a la formalización del contrato, que no es necesaria en función de lo establecido en el artículo 156.2 del texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

9 - APROBAR la autorización y disposición del gasto correspondiente a las facturas de suministro de gas de diferentes dependencias municipales, por la empresa GAS NATURAL SERVICIOS, SDG, S.A., CON CIF A08431090, por importe total de 65.287,09 euros. - “Autorización y disposición de un gasto por importe de 9.807,17 € (IVA incluido) a favor de la casa PEYALFE S.L. con CIF B-24563777 por el suministro de semillas para campos de hierba natural, con cargo a la partida presupuestaria 09.34230.22115 del presupuesto prorrogado del 2013 para el ejercicio económico del 2014, y todo ello según las cláusulas establecidas en el contrato menor tramitado al efecto.”

4.- CONTRATO DE EXPLOTACIÓN DE LOS BARES DE LAS PISCINAS MUNICIPALES SÁENZ DE MIERA Y LA PALOMERA: PRÓRROGA.- Vista la propuesta que formula la Adjuntía de Contratación del Servicio de Asuntos Generales, así como el informe previo favorable emitido por la Concejalía de Deportes y el Informe del Sr. Interventor Municipal de Fondos y, de conformidad con lo establecido en los arts. 23 y 303 del TRLCSP y el apartado E.1 del Cuadro de Características Particulares, en referencia a la prórroga del mismo, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción de acuerdo en los términos siguientes: Primero.- Acordar la prórroga del Contrato de “Explotación de los bares de las piscinas municipales de Sáenz de Miera y La Palomera”, adjudicado definitivamente a la entidad “BERCAR6693, S.L.” representada por D. Bernardo Martínez García con DNI 09.761.092 F, de conformidad con lo establecido en los arts. 23 y 303 del TRLCSP y el apartado E.1 del Cuadro de Características Particulares, prórroga por dos años a contar una vez transcurridos los dos años de plazo de ejecución del contrato desde la fecha de formalización del mismo, siendo la fecha de su formalización el 28 de junio de 2012, su finalización por transcurso de los dos años de duración tiene lugar el 28 de junio 2014, con posibilidad de prórroga por otros dos años más, hasta el 28 de junio de 2016. Segundo.- Requerir a la adjudicataria a fin de que dentro del plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquél en que hubiera recibido este requerimiento, presente en el Negociado de Contratación, Tercera Planta del edificio de Ordoño II, nº 10, de León, la documentación justificativa de haber constituido la garantía definitiva y complementaria por el periodo de tiempo prorrogado (2 años), por importe igual a la ya constituida para la adjudicación del contrato que asciende a la cantidad de 1.960,00 por cada una de las mismas (5% del importe de adjudicación sin IVA), así como recibo de pago acreditativo de la disposición de póliza de Seguro de Responsabilidad Civil con periodo de validez igual o superior al prorrogado.

10 Tercero.- Notificar el presente acuerdo a “BERCAR6693, S.L.” representada por D. Bernardo Martínez García con DNI 09.761.092 F, a la Concejalía de Deportes, y a la Intervención Municipal de Fondos.”

5.- CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE REPARACIÓN DE LA CUBIERTA DEL EDIFICIO DEL COLEGIO DE HUÉRFANOS FERROVIARIOS.Vista la propuesta que formula la Adjuntía de Contratación, en relación con la contratación de las “Obras de reparación de la cubierta del edificio del Colegio de Huérfanos Ferroviarios (C.H.F.)”, cumplidos los trámites previos en el expediente de contratación, en ejercicio de las competencias delegadas por la Alcaldía mediante Decreto de fecha 21-06-2011, se acuerda: 1º.- Aprobar el expediente de contratación de las obras de referencia, utilizando el procedimiento negociado sin publicidad con tramitación ordinaria en función de su cuantía y características. 2º.- Aprobar la Memoria Valorada redactada por el Sr. Arquitecto Municipal de la Oficina de Proyectos, D. Miguel Martínez Puente que obra en el expediente, que constituye el Pliego de Prescripciones Técnicas rector del contrato y el Cuadro de Características Particulares, incorporando copia de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Modelo aprobados para contratos de obras publicados en el Perfil del Contratante en fecha 08-10-2010, adecuados en lo que no estén vigentes a las nuevas disposiciones legales, con Certificación original de dicho acuerdo y copia del informe jurídico que lo acompaña. 3º.- Aprobar el gasto a que asciende la presente contratación, que importa 199.670,99 euros, IVA incluido al 21%. Figura incorporado informe del Sr. Interventor Municipal de Fondos, en el que se fiscalice favorablemente el expediente de contratación y el gasto correspondiente y el documento contable de reserva de crédito en el Ejercicio 2014 RC de fecha 03-07-2014 por importe de 199.670,99 euros, con nº de operación 220140010747 Partida Presupuestaria 2014/02.92900.63900 (otras inversiones de reposición-incendio). 4º.- Continuar con los trámites que sean necesarios hasta la definitiva conclusión del expediente administrativo, procediendo al archivo del expediente incoado en el negociado de contratación con el nº 12/2014 relativo a las citadas obras, iniciado con fecha 24-02-2014, al haberse modificado la Memoria Valorada y por tanto la cuantía de la misma.

6.- CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO DE UN VEHÍCULO CON CESTA DE TRABAJO CON DESTINO AL SERVICIO MUNICIPAL DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN.- Vista la propuesta del Negociado de Contratación, según la cual el presente expediente de contratación fue aprobado por la Junta de Gobierno Local el día 14-04-2014. Efectuados los

11 trámites administrativos oportunos, la Mesa de contratación constituida al efecto formuló el día 16-06-2014 propuesta de adjudicación a favor de la única empresa que ha finalizado el proceso licitatorio (“Talleres Velila, S.A.” con CIF A08428658) , una vez propuesta la exclusión de la Plica nº 1 presentada por la entidad “Mycsa, S.A.” con CIF A- 28491637 al haber presentado en el sobre A relativo a la Documentación Administrativa, erróneamente, el modelo de Oferta Económica correspondiente al sobe C. Publicada la propuesta de adjudicación en el perfil del contratante el día 1606-2014 y requerido el contratista propuesto como adjudicatario para la aportación de la garantía definitiva, de conformidad con lo expuesto en el art. 151.2,3,4 del TRLCSP (RDL 03/2011 de 14 de noviembre), el contratista propuesto como adjudicatario ha depositado la garantía definitiva, documento CON de fecha 30-062014 por importe de 2.250,00 euros, con nº operación 320140002328, así como documento justificativo de estar al corriente con las obligaciones del Ayuntamiento de León de fecha 17-06-2014, Certificado de estar al corriente con la obligaciones tributarias con el Estado de fecha 16-05-2014, y Certificado en relación con las obligaciones de Seguridad Social de fecha 16-05-2014, cotejados ambos en el Negociado de Contratación en fecha 30-06-2014, y póliza del seguro de responsabilidad civil concertado con la entidad “AXA Seguros Generales, Seguros y Reaseguros, con último recibo que cubre hasta 01-07-2014, por lo que deberá presentarse nuevamente el actualizado, obrando la restante documentación en el sobre A, presentado inicialmente. En la presente propuesta de adjudicación consta incorporado el preceptivo informe emitido por la Intervención Municipal de Fondos, fiscalizando sin reparos la presente propuesta en la modalidad previa limitada, adjuntando documento contable A con número de operación 220140006367, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 219.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. En consecuencia, la Junta de Gobierno Local, en ejercicio de las competencias que confiere la delegación efectuada por el Sr. Alcalde Presidente en Decreto de fecha 22-06-2011, adoptará el siguiente ACUERDO. 1º.Declarar la exclusión de la Plica nº 1 presentada por la entidad “Mycsa, S.A.” con CIF A- 28491637 al haber presentado en el sobre A relativo a la Documentación Administrativa, erróneamente, el modelo de Oferta Económica correspondiente al sobe C, todo ello de conformidad con lo establecido en la Cláusula 12.6 del Pliego de Cláusulas Administrativas Modelo rector de la convocatoria. 2º.- Adjudicar el expediente denominado “Suministro de un vehículo con cesta de trabajo con destino al Servicio Municipal de Alumbrado Público del Excmo. Ayuntamiento de León”, a favor de la empresa “Talleres Velila, S.A.” con CIF A- 08428658, al ser la única plica que continúa admitida en el proceso de contratación y cumplir con los requisitos exigidos en el mismo. El importe de la

12 presente adjudicación asciende a un valor de 45.000,00 euros, más IVA al 21% por importe de 9.450,00 euros, lo que totaliza 54.450,00 euros, que es conforme con el Modelo establecido, recogiendo asimismo mejoras tales como Nº de Servicios de mantenimiento oficial que el licitador posee en la provincia de León, (Talleres Tailon: Carretera de León-Benavente Km.11,2, 24231, Cembranos, León, teléfono 987303826, Sr. Agustín), y (Talleres Velilla, S.A. Madrid, Avenida del Guijar nº 20. 28500, Arganda del Rey, Madrid, teléfono 671075856, Sr. Antonio Hernández, urgencias 24 h), años adicionales de garantía global del chasis, por encima de los exigidos como mínimos en el pliego técnico, incluyendo cobertura de materiales y mano de obra, según las condiciones recogidas en el pliego; 1 año para la plataforma elevadora MOVEX, precio por hora de taller en las instalaciones de la empresa licitadora, el cual se mantendrá al menos dos años desde la fecha en que se supere la garantía del camión objeto del suministro; 46 €/hora. Todo lo cual cumple las exigencias de los pliegos rectores de esta contratación. 3º.- A la vista de la exclusión referida resulta imposible determinar orden decreciente de adjudicación. 4º. - Requerir al adjudicatario para formalizar el correspondiente contrato de acuerdo con lo establecido en el pliego que rige la presente contratación, en documento administrativo, en el plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir de la recepción de la notificación del presente acuerdo, comunicación que podrá realizarse por medio de correo electrónico, de conformidad con lo permitido en el art. 151.4 del TRLCSP. 5º.- Notificar el presente acuerdo a todos los licitadores que concurrieron a este proceso de contratación, a la Intervención Municipal de Fondos, y al Sr. Técnico Industrial Municipal como responsable del presente expediente. 6º.- Autorizar a la Concejala Delegada de Urbanismo, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, Dª Belén Martín Granizo López, la facultad de firmar el contrato administrativo y cuantos documentos resulten necesarios para la finalización del expediente.”

7.- EXPEDIENTE DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.- Se acordó aprobar el informe propuesta emitido por la Técnico de la Unidad de Responsabilidad Patrimonial, que cuentan con el visto bueno del Concejal Delegado de Hacienda y Régimen Interior, con el contenido siguiente: “Visto el expediente de responsabilidad patrimonial núm. 36/14, instruido a nombre de D. Luis Martínez González con domicilio a efectos de notificaciones en León, Avda. Ordoño II, 19, actuando en representación de D. José Luis Mateos Torices y de Herederos de D. Gregorio Mateos Torices, con ocasión de reclamación de indemnización de daños y perjuicios sufridos a consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos de esta administración municipal

13 dependientes, respecto del cual la Técnico que suscribe, tiene el honor de emitir el siguiente informe: 1º.-Que mediante escrito que tuvo entrada en el registro general de este Excmo. Ayuntamiento en fecha 12/03/13, por la representación de “D. José Luis Mateos Torices y otro” se incoa procedimiento de responsabilidad patrimonial de esta administración municipal en cuya virtud solicita la indemnización de daños y perjuicios valorables económicamente en 4.089,56 €, en concepto de gastos devengados por aval formalizado ante el Ayuntamiento de León, con fecha 18/11/09, por “Banco Popular Español, SA”, con núm. en el Registro Especial de Avales 0184/00554, en favor de D. José Luis y D. Gregorio Mateos Torices, en garantía del importe de 33.350,28 €, como consecuencia del expediente de infracción urbanística núm. 180/08. 2º.- Que en instrucción del procedimiento al objeto de la comprobación y constatación de los hechos alegados por la solicitante como fundamentación del derecho esgrimido por la misma, y consultados las antecedentes obrantes en el expediente sancionador núm. 180/08, por sendas infracciones urbanísticas en Ctra. Santander, km. 6.” resultan los datos siguientes a) Sentencia devenida firme núm. 262/12, de 12 de noviembre, del Juzgado de lo CA núm. 3 de León recaída en el tramitación del procedimiento ordinario (PO) núm. 64/10 (acumulados: PO núm. 65/10; PO núm. 7/10 del Juzgado CA núm. 1; y PO núm. 2/10 del Juzgado CA núm. 2) correspondiente al expediente sancionador por infracción urbanística núm. 180/08, anulando el decreto de Alcaldía Presidencia de fecha 15/11/10, que desestimaba los recursos de reposición interpuestos frente al decreto del mismo órgano de fecha 13/10/09, de resolución del expediente sancionador, y del que a su vez objeto de aval b) Documento de aval de fecha 18/11/09, constituido ante este Ayuntamiento por “Banco Popular Español, SA” a favor de D. José Luis y D. Gregorio Mateos Torices por importe de 33.350,28 €, correspondiente a las liquidaciones que a continuación se indican y con origen en decreto de Alcaldía Presidencia de 13/10/09, de resolución del expediente sancionador por infracción urbanística núm. 180/2008. Liquidaciones con núm. 20093324089ST36L000003 y 20093324089ST36L000004, a nombre de D. José Luis Mateos Torices, por importes de. 7.479,00 € y 9.196,14 € respectivamente. Liquidaciones con núm. 20093324089ST36L000005 y 20093324089ST36L000006, a nombre de D. Gregorio Mateos Torices, por importes de 7.479,00 € y 9.196,14 € respectivamente. (En el documento de aval de fecha 18/11/09 y por error se hizo mención, únicamente, a las liquidaciones con núm. 20093324089ST36L000005 y 20093324089ST36L000006, si bien la cuantificación del importe avalado era correcta (33.350,28 €), siendo dicha deficiencia objeto de subsanación mediante posterior escrito de la entidad bancaria de 26/04/10, indicando que dicho importe

14 avadado comprendía, además de las dos últimas liquidaciones indicadas, las liquidaciones con núm. 20093324089ST36L000003 y 20093324089ST36L000004). c) Escrito de D. Luis Martínez González de fecha 29/11/02, actuando en representación de D. José Luis y D. Gregorio Mateos Torices, de solicitud de autorización cancelación de aval de fecha 18/11/09, siendo objeto de contestación mediante decreto de Alcaldía Presidencia de 11/12/12, resolviendo estimar la referida solicitud, cancelación que tuvo lugar con fecha 03/01/13. d) Escrito de “Banco Popular Español, SA” de fecha 14/01/13 cuantificando en 4.089,56 € los gastos generados durante el período 18/11/09 - 03/01/13 por el aval constituido en garantía del importe de 33.350,28 €, correspondiente a las liquidaciones que con ocasión del expediente por infracción urbanística núm. 180/08, fueron expedidas a nombre de D. Gregorio Mateos Torices, (liquidaciones núms. 20093324089ST36L000005 y 20093324089ST36L000006), y de D. José Luis Mateos Torices.(liquidaciones núms. 20093324089ST36L000003 y 20093324089ST36L000004). [Estas dos últimas liquidaciones por error, no fueron objeto de mención expresa en el escrito de “Banco Popular Español, SA” de fecha 14/01/13, si bien deben entenderse incluidas en el importe global garantizado de 33.350,28 € reflejado en el mismo. Así se despende del escrito formulado por dicha entidad bancaria con fecha 26/04/10, de subsanación de la deficiencia existente en el documento de aval de fecha 18/11/09, documento de subsanación según el cual “el aval presentado por esta entidad bancaria con fecha 18 de noviembre de 2009 a favor de D. José Luis Mateos Torices y D. Gregorio Mateos Torices ante el Ayuntamiento de León, inscrito en Registro Especial de Avales con el núm. 0184/00554, garantiza hasta el importe total de 33.350,28 Eur. (Treinta tres mil trescientos cincuenta euros con veintiocho céntimos) la suspensión del procedimiento ejecutivo, no sólo de las liquidaciones núm. 20093324089ST36L000005 y 20093324089ST36L000006, sino también de las liquidaciones núm. 20093324089ST36L000003 y 20093324089ST36L000004, giradas por dicho Ayuntamiento como consecuencia del expediente de infracción urbanística núm. 180/08.”]. e) Escrito presentado en este Ayuntamiento con fecha 06/03/14 por D. Luis Martínez González, en representación de D. José Luis Mateos Torices y de Herederos de D. Gregorio Mateos Torices, adjuntado copia del Acta Notarial de fecha 07/05/13, de Declaración de Herederos de D. Gregorio Mateos Torices, en el que se designa heredera a Dña. Regina Elena Mateos Rodilla sin perjuicio de la cuota vidual que corresponde a su viuda Dña. Mercedes Rodilla Navarro. En la apartado final “DECLARO” de la referida Acta de Notoriedad de Declaración de Herederos de fecha 07/05/13 se señala expresamente que “(…) b) que a mi juicio, de los hechos declarados notorios y por aplicación directa de los preceptos legales atinentes, resulta evidente que la única heredera abintestato de

15 D. GREGORIO MATEOS TORICES es su única hija, llamada DÑA REGINA HELENA MATEOS RODILLA, sin perjuicio de la cuota legal usufructuaria que como legítima corresponde a su viuda, DOÑA MARIA MERCEDES RODILLA NAVARRO.” 4º.- Que siguiendo con la instrucción del procedimiento, no habiendo sido propuesta prueba a practicar ni considerando procedente solicitar nuevo informe a tener en cuenta en la resolución definitiva del expediente, por esta unidad administrativa de responsabilidad patrimonial y en aplicación de lo preceptuado en el Art. 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en conocimiento de la parte interesada la apertura del trámite de audiencia al objeto de que, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al recibo de dicha comunicación se pudieran formular las alegaciones y/o presentar los documentos y justificaciones que se estimaren pertinentes, poniéndose asimismo el expediente a la vista a con relación detallada de los documentos obrantes en el mismo, presentándose por la representación de las interesados escrito con fecha 14/04/14 solicitando la continuación el procedimiento. 5º.- Que en cumplimiento del mandato normativo del art. 4.1, letra i) de la Ley 1/2002, de 9 de abril, Reguladora del Consejo Consultivo de Castilla y León, instruido el expediente en los términos expuestos se remite copia del mismo al citado organismo, con informe técnico y propuesta de resolución estimatoria de la pretensión aducida por la parte interesada en orden a la indemnización de daños y perjuicios valorables económicamente en 4.089,56 €, en concepto de gastos de mantenimiento devengados durante el período 18/11/09 (fecha de formalización) 03/01/13 (fecha de cancelación) por el aval prestado ante este Ayuntamiento de León por “Banco Popular Español, SA”, en favor de D. José Luis y D. Gregorio Mateos Torices, en relación con el expediente sancionador por infracción urbanística núm. 180/08, y ello a la vista de la sentencia devenida firme núm. 262/12, de 12 de noviembre, del Juzgado de lo CA núm. 3 de León, a resultas de la cual fue objeto de anulación el decreto de Alcaldía Presidencia de 13/10/09, de resolución del referido expediente sancionador, del que a su vez dimanaban las liquidaciones por importe total de 33.350,28 €, en cuya garantía de pago fue constituido el aval en cuestión 6º.- Que con fecha 05/06/14 se recibe dictamen del Consejo Consultivo de Castilla y León solicitado según lo expuesto, y en cuya virtud, analizados los hechos y los fundamentos de derecho que en el mismo se contienen, podemos comprobar que dicho Organismo comparte el criterio estimatorio de la propuesta de resolución sometida a los efectos al entender, con remisión a la doctrina del Consejo de Estado sobre la materia (por todos, Dictamen nº 87/98, de 02/04/98) que cuando el acto administrativo es incorrecto el interesado no tiene la obligación jurídica de soportar consecuencia alguna derivada del mismo, en el caso presente, los gastos de mantenimiento de aval en un procedimiento de infracción urbanística, considerando asimismo adecuado el importe solicitado por la

16 interesada y coincidente con el gasto de generado por el aval desde la fecha de su formalización hasta la fecha de su cancelación, esto es, 4.089,56 €. Añadiendo a su vez el mencionado dictamen que dicho importe indemnizatorio deberá ser objeto de actualización, a la fecha de finalización de expediente de responsabilidad patrimonial, con arreglo al índice de precios al consumo fijado por INE (artículo 141.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de RJAP y PAC) dando lugar a un importe indemnizatorio total de 4.121, 05 € (4.089,56 € en concepto de principal- + 31,49 € en concepto de actualización correspondiente al período 03/01/03 –fecha cancelación aval- 11-07-14 (ficha finalización expediente responsabilidad patrimonial). CONSIDERANDO lo preceptuado en los artículos 139 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el R. D. 429/1993, de 26 de marzo, de desarrollo de los mismos., y al vista de cuanto antecede, la Técnico que suscribe propone a la Junta de Gobierno Local la adopción del siguiente acuerdo: ESTIMAR la pretensión aducida por D. Luis Martínez González (NIF: 09.702.035-Z) con domicilio a efectos de notificaciones en León, Avda. Ordoño II, 19, actuando en representación de D. José Luis Mateos Torices y de Herederos de D. Gregorio Mateos Torices, en orden a la declaración de responsabilidad patrimonial de esta Administración Municipal y subsiguiente indemnización de daños y perjuicios valorables económicamente en 4.089,56 €, en concepto de gastos de mantenimiento devengados durante el período 18/11/09 (fecha de formalización) - 03/01/13 (fecha de cancelación) por el aval prestado ante este Ayuntamiento de León por “Banco Popular Español, SA”, en favor de D. José Luis y D. Gregorio Mateos Torices, en relación con el expediente sancionador por infracción urbanística núm. 180/08, y ello a la vista de la sentencia devenida firme núm. 262/12, de 12 de noviembre, del Juzgado de lo CA núm. 3 de León, a resultas de la cual fue objeto de anulación el decreto de Alcaldía Presidencia de 13/10/09, de resolución del referido expediente sancionador, del que a su vez dimanaban las liquidaciones por importe total de 33.350,28 €, en cuya garantía de pago fue constituido el aval en cuestión, debiendo ser dicho importe, 4.089,56 €, objeto de actualización a la fecha de finalización del expediente de responsabilidad patrimonial, con arreglo al índice de precios al consumo fijado por INE (artículo 141.3 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de RJAP y PAC) dando lugar a un importe indemnizatorio total de 4.121, 05 € (4.089,56 € en concepto de principal- + 31,49 € en concepto de actualización correspondiente al período 03/01/03 –fecha cancelación aval- 11-07-14 (fecha finalización expediente responsabilidad patrimonial), correspondiendo la autorización y disposición del gasto por importe de 4.121,05 € a la Junta de Gobierno Local y el reconocimiento de la obligación y la orden de pago de dicho importe al Sr. Concejal Delegado de Haciendo y Nuevas Tecnologías”.

17 8.- CONTRATO SERVICIOS SANITARIOS DE ENFERMERÍA EN LA RESIDENCIA DE MAYORES “VIRGEN DEL CAMINO” 2014.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Personal y Régimen Interior, en ausencia de la Concejala delegada de Familia, Bienestar Social y Mayores, que cuenta con informe sin reparos de la Intervención Municipal de fecha 8 de julio de 2014, con el contenido siguiente: “Vista la Providencia de Inicio de la Concejala delegada de Familia, Bienestar Social y Mayores de 1 de julio de 2014, por el que se promueve la incoación del expediente para la contratación de servicios sanitarios en la Residencia de Mayores “Virgen del Camino”, durante el periodo vacacional, y teniendo en cuenta, 1. Los presupuestos aportados por dos de las tres entidades a las que se había solicitado presupuesto, en los que se hacen constar los precios ofertados por hora para el servicio médico y de enfermería, tal y como exige la legislación vigente: -

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Presupuesto presentado por el Hospital San Juan de Dios, con CIF R2400100J, correspondiente a la prestación de servicios Asistenciales, con un precio unitario de 48,00 €/hora de médico de guardia y de 28,00 €/hora de D.U.E. Presupuesto presentado por SERVICIOS PROFESIONALES MÉDICO DE CABECERA, S.L., con CIF B24655953. Presentado en contestación a la solicitud remitida a la Orden Hospitalaria de La Regla, por un importe total de 7.600,00 € por el tiempo indicado por los dos profesionales sanitarios.

2. Los informes del Director de la Residencia de Mayores Virgen del Camino en los que se pone de manifiesto la necesidad de cubrir el servicio sanitario prestado en la Residencia de Mayores Virgen del Camino durante el periodo vacacional, en los siguientes términos: -

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Guardia médica desde el 4 al 29 de agosto de 2014 ambos incluidos, que totalizan 19 días con una intensidad de dos horas diarias, de lunes a viernes, a excepción del día 15 de agosto. El presupuesto para las 38 horas de prestación suponen la cantidad de mil ochocientos veinticuatro euros. La prestación del servicio de enfermería deberá realizarse durante 8 días en el mes de julio, en horario de tarde y a media jornada. Asimismo será necesaria la sustitución durante 11 días del mes de agosto a jornada completa.

3. El informe de la Intervención General del Ayuntamiento de León, de fecha 8 de julio de 2014, emitido sin reparos.

18 4. Los art.138.3 y 111 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público establecen que se consideran contratos menores los de cuantía inferior a 18.000 €, cuya tramitación sólo requerirá la aprobación del gasto y la incorporación de la factura, pudiendo adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y con habilitación profesional necesaria. 5. La competencia originaria del Alcalde, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera de la Ley 30/2007, de 30 de noviembre, Ley de Contratos del Sector Público, y la delegación en la Junta de Gobierno Local de 22 de junio de 2011. Se procede a la adopción del siguiente A C U E R D O: PRIMERO.- Contratar con el Hospital San Juan de Dios, con CIF R2400100J, la prestación de los servicios sanitarios en la Residencia de Mayores Virgen del Camino, que comprenderá el servicio médico de guardia, durante 19 días del mes de agosto, desde el día 4 al 29 de agosto, ambos incluidos, excepto el día 15, durante dos horas diarias.( 38 horas en total) y servicio de enfermería durante ocho días del mes de julio, en horario de tarde a media jornada y 11días del mes de agosto a jornada completa, lo que supone 112,5 horas de prestación. SEGUNDO.- El precio a abonar por el Ayuntamiento por los servicios médicos señalados será de 48 € la hora y por el servicio de enfermería, 28,00 €/la hora. El importe correspondiente a 38 horas asciende a 1.824,00 € por el servicio médico y por el servicio de enfermería son 112,5 horas, lo que supone un importe total de 3.150,00 €. En consecuencia se autoriza y dispone un gasto a favor de Hospital San Juan de Dios, con CIF R2400100J, por un importe total de 4.974,00 €. TERCERO.- La ejecución del contrato deberá realizarse en los términos siguientes:  Prestaciones que se contratan: - Servicios médicos de guardia en la Residencia de Mayores Virgen del Camino. - Servicio de enfermería en la Residencia de Mayores Virgen del Camino  Plazo - El servicio médico será prestado desde el día 4 al 29 de agosto de 2014, ambos incluidos, que totalizan 19 días con una intensidad de dos horas diarias, de lunes a viernes, a excepción del día 15 de agosto. - El servicio de enfermería será prestado durante 8 días en el mes de julio, en horario de tarde y a media jornada y 11 días en el mes de agosto a jornada completa.

19  Lugar: Los servicios médicos serán prestados en la propia Residencia de Mayores. En todo lo no establecido en el presente acuerdo, la ejecución de este contrato se regulará por lo establecido en el TRLCSP para los contratos de servicios y en el pliego tipo para este tipo de contratos del Ayuntamiento de León y que consta publicado en la página WEB municipal en el apartado denominado “perfil del contratante”. El presente acuerdo sustituye a la formalización del contrato, que no es necesaria en función de lo establecido en el artículo 156 de Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.”

9.- CONCURRENCIA A LA CONCESIÓN DE AYUDAS CONVOCADA POR LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD (FB) PARA 2014.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Técnico de Administración General del Servicio de Medio Ambiente, que cuenta con el visto bueno de la Concejala Delegada de Medio Ambiente y Urbanismo, cuyo contenido es el siguiente: “La Fundación Biodiversidad es una fundación del sector público estatal sin ánimo de lucro, cuya actividad se desarrolla en el ámbito de la conservación, estudio y uso sostenible de la biodiversidad y en el de la cooperación a la sostenibilidad del desarrollo. Entre estas actividades se encuentra la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de actuaciones de interés, en relación directa con los fines de la Fundación previstos en sus Estatutos. Para el año 2014, ha tenido lugar la “Convocatoria de concesión de ayudas de la Fundación Biodiversidad, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral, el cambio climático y la calidad ambiental 2014”. El plazo para la presentación de solicitudes concluye el día 15 de julio de 2014. BASES Y CONDICIONES DE LAS AYUDAS.Las Bases que rigen la convocatoria de estas ayudas pueden resumirse del siguiente modo: 1. Serán objeto de las referidas ayudas sólo actividades que guarden una relación directa con alguna de las Líneas Estratégicas que integran el Plan de Actuación de la FB (biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral,

20 cambio climático y calidad ambiental). El Ayuntamiento de León optará mediante proyectos relacionados con la Biodiversidad terrestre. 2. El importe máximo de la ayuda concedida no puede superar el 50 por ciento del total del presupuesto del proyecto presentado, debiendo de asumir la entidad solicitante el otro 50 %. Este importe puede ser asumido en forma de costes de personal, de manera que la aportación municipal puede justificarse con los salarios del personal municipal que trabaje en el proyecto; pudiendo asimismo ser cofinanciado con otras ayudas. 3. El plazo de ejecución de los proyectos será como máximo de un año, pudiendo existir ampliación justificada. 4. La documentación a aportar es la siguiente:   

Formulario de solicitud rellenado de forma on-line Marco lógico, según formato oficial facilitado por la FB y que se adjunta en el expediente Conforme del representante legal con la propuesta a presentar a la Fundación Biodiversidad.

PROPUESTA DE PARTICIPACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE LEÓN Estando interesado el Servicio de Medio Ambiente en la obtención de alguna de estas ayudas, se propone participar en dicha Convocatoria, con dos proyectos confeccionados por la Técnico de Medio Ambiente, y que se describen, resumidamente, como sigue: 1. Del banco al huerto, un itinerario de biodiversidad urbana. Este proyecto persigue la realización de un itinerario de biodiversidad en la zona sur de la ciudad de León, en las riberas de los ríos Bernesga y Torío, desarrollando actividades de interpretación ambiental y de conservación en el Coto Escolar y en los Huertos de ocio, creando una estructura continua y favoreciendo el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales de forma que contribuya a la valorización de nuestro patrimonio natural. IMPORTE TOTAL (Impuestos incluidos) 56.599,46 € Ayuda solicitada a la Fundación Biodiversidad, en 28.299,73 € euros Porcentaje de la ayuda solicitada sobre el 50 % presupuesto 2. La Biodiversidad de León a través de sus parques y zonas verdes.

21 El proyecto pretende concienciar a la población local y visitante del municipio de León, sobre la biodiversidad animal y vegetal del territorio, resaltando los valores naturales del mismo. Para ello, se elaborarán una serie de fichas didácticas de trabajo centradas en diferentes lugares de interés del término municipal: parques, jardines, riberas fluviales, etc. las cuales contendrán una parte informativa y otra más de tipo práctico, de forma que se buscará la implicación e interacción activa de los usuarios con los elementos naturales del entorno. TOTAL (Impuestos incluidos) 60.173,44 € Ayuda solicitada a la Fundación Biodiversidad en 30.086,72 € euros Porcentaje de la ayuda solicitada sobre el 50 % presupuesto Tratándose de un expediente cuya consecuencia, en su caso, será la obtención de ingresos para el Ayuntamiento, por parte de la Intervención de Fondos deberá procederse, en su caso, a la toma de razón contable de la cantidad concedida, procediendo a la fiscalización del expediente con posterioridad. De obtenerse la ayuda solicitada, deberá notificarse a la Intervención y a la Tesorería Municipal, para su conocimiento y efectos correspondientes, en cuanto supone un ingreso para la Administración. Expuesto lo anterior, se propone a la Junta de Gobierno Local la adopción de ACUERDO en los siguientes términos: UNICO.- Aprobar la concurrencia del Ayuntamiento de León a la Convocatoria de concesión de ayudas de la Fundación Biodiversidad, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, biodiversidad marina y litoral, el cambio climático y la calidad ambiental 2014, mediante la presentación de dos proyectos, que responden a la siguiente descripción: 1. “Del banco al huerto, un itinerario de biodiversidad urbana”. Este proyecto persigue la realización de un itinerario de biodiversidad en la zona sur de la ciudad de León, en las riberas de los ríos Bernesga y Torío, desarrollando actividades de interpretación ambiental y de conservación en el Coto Escolar y en los Huertos de ocio, creando una estructura continua y favoreciendo el mantenimiento de los procesos ecológicos esenciales de forma que contribuya a la valorización de nuestro patrimonio natural. IMPORTE TOTAL (Impuestos incluidos) 56.599,46 € Ayuda solicitada a la Fundación Biodiversidad, en 28.299,73 € euros

22 Porcentaje de presupuesto

la

ayuda

solicitada

sobre

el

50 %

2. “La Biodiversidad de León a través de sus parques y zonas verdes”. El proyecto pretende concienciar a la población local y visitante del municipio de León, sobre la biodiversidad animal y vegetal del territorio, resaltando los valores naturales del mismo. Para ello, se elaborarán una serie de fichas didácticas de trabajo centradas en diferentes lugares de interés del término municipal: parques, jardines, riberas fluviales, etc. las cuales contendrán una parte informativa y otra más de tipo práctico, de forma que se buscará la implicación e interacción activa de los usuarios con los elementos naturales del entorno. TOTAL (Impuestos incluidos) 60.173,44 € Ayuda solicitada a la Fundación Biodiversidad en 30.086,72 € euros Porcentaje de la ayuda solicitada sobre el 50 % presupuesto

El 50 por ciento no incluido en la solicitud de ayuda puede ser asumido en forma de costes de personal, de manera que la aportación municipal puede justificarse con los salarios del personal municipal que trabaje en el proyecto. Asimismo puede ser cofinanciado con otras ayudas. De obtenerse la ayuda solicitada, deberá notificarse a la Intervención y a la Tesorería Municipales, para su conocimiento y efectos correspondientes, en cuanto supone un ingreso para la Administración.”

10.- PROYECTO DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE PABELLÓN ANEJO A LA ESCUELA MUNICIPAL DE HOSTELERÍA “CARLOS CIDÓN”: APROBACIÓN.SE ACORDÓ: Aprobar el proyecto denominado “Ejecución de pabellón anejo a la escuela municipal de Hostelería Carlos Cidón”, redactado por la Arquitecta del Ayuntamiento de León y Directora Técnica del Instituto Leonés de Renovación Urbana y Vivienda, S.A. (ILRUV), Dª Begoña Gonzalo Orden y las Arquitectas del citado Instituto Dª Mónica Prada Corral y Dª Mª Ángeles Gabela Merino, sociedad a la que el Ayuntamiento de León, mediante encomienda de gestión, ha encargado su redacción. El presupuesto de ejecución material del proyecto se estima en la cantidad

23 de OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (88.949,52 €), IVA incluido.”

11.- PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL SECTOR NC 08-05 SAN PEDRO NORTE: FINALIZACIÓN DEL PERIODO DE GARANTÍA Y CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA.SE ACORDÓ: 1º.- Comunicar a D. José Luis Suárez Sánchez, en su condición de Presidente de la Junta de Compensación del Sector de suelo urbano no consolidado NC 08-05 (San Pedro Norte) del Plan General, entidad que ostenta la condición de urbanizador del citado Sector, la finalización del plazo de garantía de las obras de urbanización así como al Registro de la Propiedad, a efectos de que se proceda, en su caso, a la cancelación de la nota de afección de las fincas, tal como se prevé en el art. 206.g) del Reglamento de Urbanismo. 2º.- Autorizar la cancelación y devolución del aval depositado en este Ayuntamiento por la Junta de Compensación del Sector de suelo urbano no consolidado NC 08-05 (San Pedro Norte) en garantía de la ejecución de las obras de urbanización, por importe de SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CUATRO EUROS CON CINCO CENTIMOS (71.904,5 €), según Carta de pago expedida por este Ayuntamiento (económica 70002, avales con referencia Ayuntamiento), quedando el urbanizador relevado de toda responsabilidad en relación con las mismas, salvo lo dispuesto en el artículo 236 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, respecto de posibles vicios ocultos. A efectos de devolución del Aval, el interesado deberá entregar en la Intervención Municipal, el documento original de la Carta de Pago acreditativa del depósito del mismo.”

12.- EXPEDIENTES DE LICENCIA DE OBRA.- Se acordó aprobar en sus propios términos los dictámenes emitidos por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el 8 de julio de 2014, cuyo contenido son los siguientes: 12.1.- OTORGAMIENTO DE LICENCIAS.“A la vista de los informes emitidos en sentido favorable por los Servicios Técnicos y Jurídicos Municipales, se acuerda: - Conceder a ASCENSORES BURGASDIHER, licencia de obras para instalación de ascensor en la calle Avda. de Quevedo nº 28, cuyo expediente fue iniciado mediante solicitud del interesado presentado el 23 de mayo de 2014. Las

24 obras mencionadas deberán realizarse conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud. Se acuerda asimismo comunicar al interesado que, al finalizar las obras, se deberá presentar el Certificado Final de las mismas firmado por el Director de la obra con el fin de que por parte de los Servicios Técnicos Municipales pueda practicarse la inspección de dichas obras, para poder comprobar el ajuste de las mismas a la licencia concedida. - Conceder a LUIS MIGUEL GONZÁLEZ SOTO, licencia de obras de legalización para derribo de edificio en la calle Vista Alegre nº 17 .Si quedara alguna obra por ejecutar, habrán de realizarse de con el proyecto presentado el 13 de junio de 2014 y bajo la dirección de los Técnicos que figuran en la solicitud de licencia, haciéndose constar, asimismo, que la demolición se efectuará de acuerdo con las siguientes condiciones: 1.- Se regarán con abundancia las fábricas y demás elementos de construcción, a fin de que se produzca el menor polvo posible. 2.- Los escombros y materiales, procedentes del derribo se bajarán de la obra haciendo uso de maromas, poleas, espuertas y otros aparatos o máquinas que faciliten su descenso, prohibiéndose arrojarlos desde lo alto, así como el empleo en fachada de tolvas y canaletas. 3.- Los materiales procedentes del derribo, se transportarán en vehículos convenientemente protegidos y cubiertos, para evitar el desprendimiento de escombros y polvo en el trayecto. 4.- Se prohíbe la utilización de explosivos en las demoliciones, salvo autorización expresa del Ayuntamiento. 5.- Será obligatoria la instalación de una valla de características adecuadas, para evitar que los materiales procedentes del derribo puedan causar daños o molestias a quienes transiten por la vía pública. 6.- No se interceptará el tránsito por la vía pública con materiales y escombros, que deberán estar situados en el espacio delimitado por la valla. Una vez terminadas las obras, deberá aportarse al expediente un Certificado Final de las mismas, redactado y visado por Técnico competente a efectos de la baja definitiva del edificio en el Registro de Edificios sujetos a la ITC. - Conceder a D. MANUEL SOTO CARBAJO, licencia de obras para derribo de nave, cuadra y pajar en la calle Calvo Sotelo nº 34 de Trobajo del Cerecedo, debiendo realizar las obras de conformidad con el proyecto presentado el 6 de junio de 2014 y bajo la dirección de los Técnicos que figuran en la solicitud de licencia, haciéndose constar, asimismo, que la demolición se efectuará de acuerdo

25 con las siguientes condiciones: 1.- Se regarán con abundancia las fábricas y demás elementos de construcción, a fin de que se produzca el menor polvo posible. 2.- Los escombros y materiales, procedentes del derribo se bajarán de la obra haciendo uso de maromas, poleas, espuertas y otros aparatos o máquinas que faciliten su descenso, prohibiéndose arrojarlos desde lo alto, así como el empleo en fachada de tolvas y canaletas. 3.- Los materiales procedentes del derribo, se transportarán en vehículos convenientemente protegidos y cubiertos, para evitar el desprendimiento de escombros y polvo en el trayecto. 4.- Se prohíbe la utilización de explosivos en las demoliciones, salvo autorización expresa del Ayuntamiento. 5.- Será obligatoria la instalación de una valla de características adecuadas, para evitar que los materiales procedentes del derribo puedan causar daños o molestias a quienes transiten por la vía pública. 6.- No se interceptará el tránsito por la vía pública con materiales y escombros, que deberán estar situados en el espacio delimitado por la valla. Una vez terminadas las obras, deberá aportarse al expediente un Certificado Final de las mismas, redactado y visado por Técnico competente a efectos de la baja definitiva del edificio en el Registro de Edificios sujetos a la ITC. - Conceder a DÑA. GUMERSINDA SAN MARTÍN SALVADOR, licencia de obras de legalización de la construcción de piscina cubierta y dos y casetas de servicios en la calle Generalísimo 9 de Trobajo del Cerecedo. Si alguna obra quedara por ejecutar se realizará conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud. - Conceder a PROPERTY LET, S.L. licencia de obras para reforma de vivienda situada en la calle Arcipreste de Hita, 4 - 3º C, de conformidad con el Proyecto de Ejecución presentado el 12 de junio de 2014 y bajo la dirección de los Técnicos designados en la solicitud.

12.2.- RENUNCIA DE LICENCIA.“De conformidad con lo establecido en los artículos 90 y 91 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se acordó aceptar la renuncia que se formula con fecha 20 de mayo de 2014 por Dña. Mª AZUCENA RAMOS LÓPEZ respecto a la licencia de obras para construcción de vivienda unifamiliar

26 en la calle San Ignacio nº 1, procediendo la extinción de sus efectos y el archivo del expediente. Del presente acuerdo se dará traslado al Servicio de Asuntos Económicos, Adjuntía de Gestión Tributaria, a fin de que se practiquen las liquidaciones tributarias correspondientes.”

13.- EXPEDIENTES DE LICENCIA DE ACONDICIONAMIENTO DE LOCALES.- Se acordó aprobar en sus propios términos los dictámenes emitidos por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el 8 de julio de 2014, cuyo contenido son los siguientes: “A la vista de los informes emitidos en sentido favorable por los Servicios Técnicos y Jurídicos Municipales, se acuerda: Conceder a MNJ INMUEBLES, S.L., licencia de obras para derribo y acondicionamiento local destinado a peluquería, situado en la calle Medul nº 28. Las obras mencionadas deberán realizarse conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud, presentada el 5 de mayo de 2014. De conformidad con lo dispuesto en el art. 58 de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, por el interesado se presentará en este Ayuntamiento la preceptiva comunicación previa de inicio de la actividad en la que se justificará suficientemente la adecuación de la misma al supuesto de hecho previsto en el epígrafe 972.1 recogida en el Anexo a la Ley 12/2012 de 26 de diciembre de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de Determinados Servicios, con la advertencia de que si la actividad desarrollada no tiene cabida en los supuestos de hecho previstos en el citado Anexo no se podrá continuar con el ejercicio de la misma, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar conforme a lo dispuesto en la citada norma. - Conceder a D. MARCOS JAVIER MENÉNDEZ ALONSO, licencia de obras para acondicionar local destinado a centro de estética, situado en la calle Bernardo del Carpio nº 11 . Las obras mencionadas deberán realizarse conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud, presentada el 6 de noviembre de 2013. De conformidad con lo dispuesto en el art. 58 de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, por el interesado se presentará en este Ayuntamiento la preceptiva comunicación previa de inicio de la actividad en la que se justificará suficientemente la adecuación de la misma al supuesto de hecho previsto en el epígrafe 972.2 recogida en el Anexo a la Ley 12/2012 de 26 de diciembre de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de Determinados Servicios, con la advertencia de que si la actividad desarrollada no tiene cabida en los supuestos de hecho previstos en el citado Anexo no se podrá continuar con el ejercicio de la misma, sin perjuicio de las responsabilidades

27 a que hubiera lugar conforme a lo dispuesto en la citada norma. - Conceder a GONZÁLEZ CARREÑO, C.B., licencia de obras para acondicionar local destinado a FARMACIA, situado en la calle Daoiz y Velarde nº 16. Las obras mencionadas deberán realizarse conforme al proyecto presentado y bajo la dirección de los técnicos que figuran en la solicitud, presentada el 29 de mayo de 2014. De conformidad con lo dispuesto en el art. 58 de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, por el interesado se presentará en este Ayuntamiento la preceptiva comunicación previa de inicio de la actividad en la que se justificará suficientemente la adecuación de la misma al supuesto de hecho previsto en el Anexo V (apartado u) de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, con la advertencia de que si la actividad desarrollada no tiene cabida en los supuestos de hecho previstos en el citado Anexo V no se podrá continuar con el ejercicio de la misma, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiera lugar conforme a lo dispuesto en la citada norma.

14.- EXPEDIENTES DE LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN.- Se acordó aprobar en sus propios términos el dictamen emitido por la Comisión Municipal Informativa de Urbanismo, Patrimonio, Infraestructuras y Desarrollo Sostenible, en reunión celebrada el 8 de julio de 2014, cuyo contenido es el siguiente: “A la vista de los informes emitidos en sentido favorable por los Servicios Técnicos y Jurídicos Municipales, se acuerda: - Conceder a MURCIEGO CONSTRUCCIONES Y REFORMAS, S.L., licencia de primera ocupación para vivienda unifamiliar situada en la parcela 65 del Sector Carbajal 2. El presente acuerdo deberá ser notificado a la Sociedad Mixta Aguas de León, S.L., y previa petición por la interesada, se proceda a la concesión de los distintos suministros de agua, electricidad, gas y telefonía.”

15.- ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN DIRECTA OTORGADA AL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN POR IMPORTE DE 405.000 € PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE DESEMPLEADOS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL.- Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Personal y Régimen Interior, cuyo contenido es el siguiente: “Vista el oficio de fecha 18 de junio de 2014 del Gerente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, con entrada en el Registro General de la Corporación el siguiente día 20, por el que se remite la Resolución de fecha 13 de junio de 2014 del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se concede una subvención directa al Ayuntamiento de León para la

28 contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general, y a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en las bases rectoras de la misma, se propone a la Junta de Gobierno Local, atendiendo a las atribuciones que le son conferidas en virtud de Delegación efectuada mediante Decreto de Alcaldía de fecha 22 de junio de 2011, la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO.- Tomar conocimiento de la Resolución de fecha 13 de junio de 2014 del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se concede una subvención directa al Ayuntamiento de León por importe de 405.000 € (CUATROCIENTOS CINCO MIL EUROS) como apoyo a la contratación temporal de desempleados, preferentemente jóvenes menores de 30 años y mayores de 45 años que sean parados de larga duración, para la realización de obras y servicios de interés general y social. SEGUNDO.- Aceptar la subvención de referencia y solicitar el anticipo del 66% del importe de la misma, mediante la remisión del modelo normalizado recogido en el Anexo I de la Resolución de fecha 13 de junio de 2014 del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León. TERCERO.- Facultar de forma expresa y tan ampliamente como en Derecho se requiera, a la Sra. Concejal Delegada del Servicio de Personal y Régimen Interior Dña. Nuria Lesmes Flórez, para que proceda a la ejecución del presente acuerdo, mediante la redacción y firma de los documentos necesarios para la consecución del fin referido.”

16.- ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN DIRECTA OTORGADA AL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN POR IMPORTE DE 175.000 € PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE DESEMPLEADOS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL. Se acordó aprobar la propuesta formulada por la Concejala Delegada de Personal y Régimen Interior, cuyo contenido es el siguiente: “Vista el oficio de fecha 18 de junio de 2014 del Gerente del Servicio Público de Empleo, con entrada en el Registro General de la Corporación el siguiente día 20, por el que se remite la Resolución de fecha 13 de junio de 2014 del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se concede una subvención directa al Ayuntamiento de León para la contratación temporal de desempleados en situación de exclusión social para la realización de obras y servicios de interés general, y a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en las bases rectoras de la misma, se propone a la Junta de Gobierno Local, atendiendo a las atribuciones que le son conferidas en virtud de Delegación efectuada mediante Decreto de Alcaldía Presidencia de fecha 22 de junio de 2011, la adopción del siguiente ACUERDO:

29

PRIMERO.- Tomar conocimiento de la Resolución de fecha 13 de junio de 2014 del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por la que se concede una subvención directa al Ayuntamiento de León por importe de 175.000 € (ciento setenta y cinco mil euros) como apoyo a la contratación temporal de desempleados en situación de exclusión social para la realización de obras y servicios de interés general y social. SEGUNDO.- Aceptar la subvención de referencia y solicitar el anticipo del 66% del importe de la misma, mediante la remisión del modelo normalizado recogido en el Anexo I de la Resolución de fecha 13 de junio de 2014 del Presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León. TERCERO.- Facultar de forma expresa y tan ampliamente como en Derecho se requiera, a la Sra. Concejal Delegada del Servicio de Personal y Régimen Interior Dña. Nuria Lesmes Flórez, para que proceda a la ejecución del presente acuerdo, mediante la redacción y firma de los documentos necesarios para la consecución del fin referido.”

URGENCIA.- Fuera del Orden del Día y previa declaración de urgencia, se acordó incluir el siguiente asunto: 17.- APROBACIÓN DEL PROGRAMACIÓN ARTÍSTICAS Y CULTURALES VERANO 2014.

DE

ACTIVIDADES

SE ACUERDA: PRIMERO.- APROBAR la Programación de actividades artísticas y culturales verano 2014, denominada ‘TITIRIENPLAZA 2014’, organizada por la Concejalía de Fiestas, Cultura Leonesa y Patrimonio según detalle adjunto: COMPAÑÍA

16-jul

CHARO JAULAR

16-jul

CHARO JAULAR

“La primera vez que nací con los cuentos” “La primera vez que nací con los cuentos”

TROPOS TEATRO

“El sastrecillo valiente”

18:30h

Parque de las Cortes Leonesas

TROPOS TEATRO

“El sastrecillo valiente”

20:30h

Plaza de las Cortes Leonesas

30-jul

LA PICARA LOCUELA

“Juego de Polichinelas”

18:30h

Plaza de las Cortes Leonesas

30-jul

LA PICARA LOCUELA

“Juego de Polichinelas”

20:30h

Plaza de las Cortes Leonesas

6-ago

A XANELA DO MAXÍN

“El murmullo del Mar”

18:30h

Plaza de Botines

A XANELA DO MAXÍN

“El murmullo del Mar”

20:30h

Plaza de Botines

TEATRO ARBOLÉ

“Títeres de cachiporra”

18:30h

Plaza de Botines

23-jul 23-jul

6-ago 13-ago

OBRA

HORA

FECHA

18:30h 20:30h

LUGAR

Plaza de las Cortes Leonesas Plaza de las Cortes Leonesas

30 13-ago

TEATRO ARBOLÉ

“Títeres de cachiporra”

20:30h

Plaza de Botines

20-ago

TÍTERES SIN CABEZA

“No sin mi unicornio”

18:30h

Plaza Santo Martino

20-ago

TÍTERES SIN CABEZA

“No sin mi unicornio”

20:30h

Plaza Santo Martino

TÍTERES CACHIRULO

“Olé, Olé”

18:30h

Plaza Santo Martino

TÍTERES CACHIRULO

“Olé, Olé”

20:30h

Plaza Santo Martino

27-ago 27-ago

SEGUNDO.- Aprobar el texto del contrato que se suscribirá con la entidad adjudicataria, CENTRO DRAMÁTICO LEONÉS, con CIF V- 24330342 y domicilio social a efectos de notificación en la C/ Menéndez y Pelayo 4 Bajo, 24007 León, para la realización de la actividad, que se aporta como documento adjunto. TERCERO.- AUTORIZAR un gasto total 8.000,00 € (IVA incluido), para la ejecución de la programación ‘TITIRIENPLAZA 2014’distribuidos como se indica a continuación con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se detallan del presupuesto de la Concejalía de Fiestas, Cultura Leonesa y Patrimonio, para el ejercicio 2014.  Nº: 08.33420.22718 (Actuaciones Culturales, CULTURA) 220140001461 de fecha 18/02/2014., por importe de 5.400,20 €.

RC



 Nº: 08.33420.22799 (Otros trabajos de empresas y profesionales, CULTURA), con RC nº: 220140000571, de fecha 03/02/2014, por importe de 2.599,80 €. CUARTO.- DISPONER a favor de la entidad CENTRO DRAMÁTICO LEONÉS, con CIF V- 24330342 y domicilio social a efectos de notificación en la C/ Menéndez y Pelayo 4 Bajo, 24007 León, un gasto por importe de 8.000,00 € (IVA incluido), en concepto de cachets por 14 actuaciones (7 días dos pases diarios), equipamiento técnico, sonido y material gráfico publicitario del programa ‘TITIRIENPLAZA 2014’ con cargo a las aplicaciones presupuestarias que se detallan del presupuesto de la Concejalía de Fiestas, Cultura Leonesa y Patrimonio, para el ejercicio 2014.  Nº: 08.33420.22718 (Actuaciones Culturales, CULTURA) 220140001461 de fecha 18/02/2014., por importe de 5.400,20 €.

RC



 Nº: 08.33420.22799 (Otros trabajos de empresas y profesionales, CULTURA), con RC nº: 220140000571, de fecha 03/02/2014, por importe de 2.599,80 €”.

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