Sociedades y cooperativas

Economía. Empresas. Sectores económicos. Tamaño. Origen del capital. Explotación. Impuestos. Sociedad colectiva. Sociedad responsabilidad limitada. Cooperativas. Patrimonio. Reservas. Anticipos societarios. Estados financieros. Excedentes

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UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA VICERRECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS PROGRAMA ESPECIAL DE SALIDAS INTERMEDIAS MARACAY − EDO ARAGUA CONTABILIDAD III Integrantes: Maracay, febrero del 2007 Introducción: En el presente trabajo puede encontrar toda la información referente a las empresas, la Sociedad en nombre colectivo, la Sociedad de Responsabilidad Limitada, las Cooperativas y su patrimonio a demás de una descripción completa de los temas referentes al cooperativismo y los documento y libros contables que estos deben llevar durante el transcurso de sus labores. La finalidad de la investigación es contribuir a un mayor conocimiento empírico de las empresas y sus diferentes formas de constitución, viéndose básicamente desde la parte contable ya que es la que principalmente nos concierne en esta materia. Entendiéndose que estos tipos de empresas traen beneficios sociales y económicos dependiendo de los estatutos para su conformación y a su vez puede tener desventajas. EMPRESA Es una organización social que utiliza una gran variedad de recursos para alcanzar sus objetivos y que es construida a partir de conversaciones específicas basadas en compromisos mutuos entre las personas que la conforman Clasificación Por Sectores Económicos • Extractivas: Dedicadas a explotar recursos naturales. Ejemplo: PDVSA. • Servicios: Entregarle sus servicios o la prestación de estos a la comunidad. Ejemplo: Clínicas, salones de belleza, transportes. • Comercial: Desarrolla la venta de los productos terminados en la fábrica. Ejemplo: Supermercados CADA.

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• Agropecuaria: Explotación del campo y sus recursos. Ejemplo: Hacienda, agroindustria. • Industrial: Transforma la materia prima en un producto terminado. Ejemplo: MAVECA. Por Su Tamaño • Grande: Su constitución se soporta en grandes cantidades de capital, un gran número de trabajadores y el volumen de ingresos al año, su número de trabajadores excede a 100 personas. Ejemplo: Coca−cola, POLAR, etc. • Mediana: Su capital, el número de trabajadores y el volumen de ingresos son limitados y muy regulares, número de trabajadores superior a 20 personas e inferior a 100. • Pequeña: Su capital, número de trabajadores y sus ingresos son muy reducidos, el número de trabajadores no excede de 20 personas. • Micro: Su capital, número de trabajadores y sus ingresos solo se establecen en cuantías muy personales, el número de trabajadores no excede de 10 (trabajadores y empleados). • Famiempresa: Es un nuevo tipo de explotación en donde la familia es el motor del negocio convirtiéndose en una unidad productiva. Por El Origen Del Capital • Público: Su capital proviene del Estado o Gobierno. Ejemplo: Alcaldías, Gobernaciones, etc. • Privado: Son aquellas en que el capital proviene de particulares. Ejemplo: Sociedades comerciales. • Economía Mixta: El capital proviene una parte del estado y la otra de particulares. Ejemplo: CANTV, La Previsora S.A. Por La Explotación Y Conformación De Su Capital • Multinacionales: En su gran mayoría el capital es extranjero y explotan la actividad en diferentes países del mundo (globalización). Ejemplo: Mc Donalds • Grupos Económicos: Estas empresas explotan uno o varios sectores pero pertenecen al mismo grupo de personas o dueños. Ejemplo: Las Empresas Cisneros • Nacionales: El radio de atención es dentro del país normalmente tienen su principal en una ciudad y sucursales en otras. • Locales: Son aquellas en que su radio de atención es dentro de la misma localidad. Por El Pago De Impuestos • Personas Naturales: El empresario como Persona Natural es aquel individuo que profesionalmente se ocupa de algunas de las actividades mercantiles, la Persona Natural se inscribe en la Cámara de Comercio, igualmente SOCIEDAD COLECTIIVA Es una sociedad mercantil personalista con responsabilidad ilimitada y solidaria, en la cual todos los socios, bajo un nombre común, se comprometen a participar, en la proporción que se establezca, de los mismos derechos y obligaciones.

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El nombre de la sociedad debe formarse con el nombre de los socios, o con el de alguno o algunos de ellos, añadiendo la expresión «y compañía». Hay dos tipos de socios: los industriales, que solamente aportan trabajo, y los colectivos, que aportan trabajo y bienes. La gestión efectiva de la sociedad la hace, habitualmente, los socios colectivos o, de estos, los socios a quién deleguen la administración de la firma. Características • La sociedad colectiva tiene carácter mercantil y se caracteriza porque los socios intervienen directamente en la gestión y responden personalmente de forma ilimitada y solidaria frente a las deudas sociales. • Destaca en este tipo de sociedad su marcado carácter personalista, dada la importancia que adquiere dentro de la misma la persona del socio, que puede aportar no sólo su capital sino también su trabajo (socio capitalista o socio industrial, respectivamente) • La sociedad deberá estar constituida por 2 o más socios y no se requiere la existencia de un capital social mínimo. • La constitución de la sociedad debe formalizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil para tener personalidad jurídica propia. • El nombre de la sociedad estará constituido por los nombres de todos sus socios, o de alguno de ellos, debiendo añadirse en este último caso la expresión "y Compañía", sin que en el nombre de la sociedad se puedan incluir nombres de personas que no sean socios de la misma. • La condición de socio no se puede transmitir libremente. • Todos los socios intervienen directamente en la gestión de la sociedad. • Los socios responden de forma personal. solidaria e ilimitadamente frente a las deudas sociales. • Sólo es adecuada para un número reducido de socios. • Pueden existir socios industriales, que sólo aportan trabajo personal, los que se caracterizan por que no podrán participar en la gestión de la sociedad. • La sociedad se disuelve por la muerte de un socio colectivo, salvo pacto expreso en la escritura de constitución de continuar en la sociedad los herederos del socio difunto o de subsistir entre los socios sobrevivientes. • La condición de socio no puede transmitirse libremente, será necesario el consentimiento de los demás socios Ventajas • La apertura del libro es mas simple y ciertamente es poco común ya que como en esta clase de sociedades los socios poco entregan sus aportaciones en efectivo. • Los actos de los socios obligan a la compañía y como consecuencia a todos los socios. Desventajas • Los terceros que negocian con las sociedades no tienen obligaciones de conocer el régimen interno de la sociedad. • La duración es generalmente limitada, ya que el hecho de retirarse o morir uno de los socios, automáticamente produce la disolución de la sociedad. Apertura La apertura de una Sociedad Colectiva puede efectuarse mediante el aporte de efectivo de los socios o con el aporte de efectivo y otros activos. En los siguientes asientos en el Libro de Diario se ilustra como reflejar contablemente ambas situaciones. 3

Fecha

Fecha

Descripción −−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−− 1 −−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−− Socio # 1, Cuenta aportación

Descripción −−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−− 2 −−−−−−−−−−−−−−−−−−−−−− Caja Socio # 1, Cuenta aportación

Debe

Haber

50.000 Socio # 2, Cuenta aportación 30.000 Socio # 3, Cuenta aportación 20.000 Capital colectivo p/r Constitución de la sociedad Debe

100.000

Haber

50.000 25.000 Socio # 2, Cuenta aportación Socio # 3, Cuenta aportación p/r Compromiso de socios 50% en efectivo c/u.

15.000 10.000

SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA La sociedad de responsabilidad limitada es aquella sociedad mercantil en la que el capital social está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones, y en la que la responsabilidad de los socios se encuentra limitada al capital aportado. El aporte constituye los recursos que serán destinados a conformar el fondo común social, con el cual se crea el patrimonio autónomo de la Sociedad. El aporte realizado más frecuente es en dinero, el cual debe establecerse la época y cantidad en que será entregado a la caja social. Otros aportes permitidos son: En especie, comprende el crédito personal o el aporte por cesión de crédito. Aporte en Industria, solo se admite en las sociedades de personas, en las sociedades de capital, se requiere necesariamente la existencia de un Capital. Generalmente se requiere el pago mínimo del 20% del monto total del Capital Social asignado, salvo los casos especiales de la ley. Características • Tiene personalidad jurídica propia. • Su carácter es mercantil cualquiera que sea la naturaleza de su objeto. • Su constitución se formaliza a través de escritura pública siendo necesaria su posterior inscripción en el Registro Mercantil. • El nombre de la sociedad habrá de incorporar la expresión "Sociedad de Responsabilidad Limitada", "Sociedad Limitada", o su abreviatura S.R.L., S.L. • El capital social debe estar íntegramente suscrito y desembolsado en el momento de la constitución. • El capital social está constituido por las aportaciones de los socios, que podrán ser en metálico, bienes o derechos. • La transmisión de las participaciones sociales se formalizará en documento público. • Los Órganos de la sociedad son: Junta General, Administradores, Respecto a las cuentas anuales, se presentan como en el caso de las sociedades anónimas. • La escritura de constitución debe expresar al menos los siguientes datos: Los nombres, apellidos, estado de los socios, si éstos fueran personas físicas, o la denominación o razón social, si fuesen 4

personas jurídicas. En ambos casos debe indicarse la nacionalidad y el domicilio, la denominación o razón social, el objeto social, la duración de la sociedad, el domicilio social y los lugares en que la sociedad vaya a establecer sus sucursales, agencias o delegaciones, el capital social y las participaciones en que se divida, las aportaciones de cada socio, y el valor que deba atribuirse a las aportaciones que no se realizan en dinero, la designación de la persona o personas que vayan a ejercer la administración o representación de la sociedad, Los demás pactos lícitos y condiciones especiales que los socios deseen establecer. • La Junta de socios: La forma de convocarla y constituirla y la forma de deliberar y tomar acuerdos. Ventajas • Los socios tendrán preferencia para adquirir la cuota que vaya a ser cedida y ejercerán este derecho de conformidad con lo que se haya establecido en el contrato social. • Los socios son generalmente muy pocos. Se conocen entre si y la dirección de la sociedad recae usualmente en los propios socios. Desventajas • La compañía de responsabilidad limitada será administrada por una o más personas, socios o no, cuyas atribuciones serán determinadas en el documento constitutivo. • Están obligados a formar en el plazo máximo de tres meses contados a partir del término del ejercicio social, el balance con cuentas de ganancia y perdida y la propuesta de distribución de beneficios. Apertura Concepto Tesorería Capital social Concepto Gastos por naturaleza Tesorería

Debe −

Debe −

Haber

Haber −

Concepto Gastos de constitución Gastos de primer establecimiento Tesorería

Debe − −

Concepto Amortización de gastos de establecimiento Gastos de constitución Gastos de primer establecimiento

Debe −

Haber



Haber − −

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COOPERATIVAS Una cooperativa es una asociación de personas, los socios cooperativistas, que se unen de forma voluntaria para satisfacer en común sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales mediante una empresa que es de propiedad colectiva y de gestión democrática. Patrimonio De Una Cooperativa Según boletines publicados por SUNACOOP, el patrimonio de las cooperativas representa los recursos financieros básicos con que cuentan estas asociaciones. Este patrimonio esta conformado por los aportes de asociados, representados en certificados de aportación y por los certificados rotativos. Los certificados de asociación también forman parte del patrimonio pero, como generalmente su valor es muy bajo, no son muy significativos. También se encuentran los certificados de inversión que se emiten para reforzar los activos de la cooperativa: adquisición de máquinas, ampliación de edificios e instalaciones, etc. Este tipo de certificados ganan intereses, puede ser adquiridos por no asociados y puede ser vendido o traspasado. Estos certificados deben ser aprobados a la Asamblea y enviarse copia certificada del Acta y último Balance General a la SUNACOOP, también debe notificarse al Organismo de Integración. Forma de aportar: Para formar el Patrimonio ningún asociado puede aportar la totalidad de los recursos económicos. El Patrimonio lo aportan todos los asociados−productores o todos los asociados, consumidores, es decir que quienes producen o consumidor son los que aportan. Toma de decisiones: El Patrimonio se utiliza ejerciendo la democracia en la decisión que tomen los asociados. Cada persona representa un voto, independientemente de la cantidad de dinero que haya aportado. • Prioridad: El asociado, su trabajo o sus ahorros son más importantes que el patrimonio. • Finalidad: El Patrimonio sirve para producir Excedentes que se distribuyen (si así lo desean) entre los asociados según su trabajo o el uso que hayan hecho de los servicios de la cooperativa. Cuentas Integrantes De El Patrimonio De Una Cooperativa El Patrimonio de las cooperativas, está compuesto generalmente por los siguientes rubros: • Capital social • Reserva legal • Reservas estatutarias • Ajustes al patrimonio • Otros rubros • Excedentes Tipos De Certificados Los Certificados de Aportación y Asociación son documentos con los cuales se demuestran los aportes por parte de los asociados a la Asociación Cooperativa para la constitución del capital necesario. Estos títulos son los que respaldan los ingresos económicos que la cooperativa recibe por parte de sus asociados para iniciarse. Presentan las siguientes características: • Personalizados: El certificado tiene el nombre del socio, no se emiten al portador. • Intransferibles: Los derechos del titulo corresponden a la persona a la que fue emitido, no es negociable, no se puede vender, ni entregar en garantía 6

• Valor Similar: La emisión de cada certificado tiene el mismo valor nominal. • Obligantes: El poseedor debe cancelar el monto del porcentaje que establece sus estatutos al momento de su adquisición y esta obligado a cancelar el resto. • Proporcionales: En función de la necesidad de recurso de la cooperativa, la capacidad de los socios y de su participación en las operaciones de la misma. • Reintegrables o redimibles: El socio poseedor de un certificado puede exigir su reintegro, al momento de retirarse de la cooperativa, igualmente, en caso de muerte, los herederos pueden solicitar el reintegro del monto cancelado. Los Certificados de Asociación y los de Aportación se emiten cuando se constituye una cooperativa, la diferencia entre ellos es que los certificados de asociación no son reintegrables por cuanto sus montos son pequeños, cuando se esta constituyendo una cooperativa cualquier pago de los gastos que deba hacerse durante el proceso de constitución son los que conforman los certificados de asociación, mientras que los de aportación son los conformados para constituir el capital de la cooperativa y son reintegrables. Tipos De Reservas Las normas cooperativitas, contemplan apartar tres reservas que equivalen al 30% de los beneficios del período. Ese 30% se distribuye de la siguiente manera: • 20% reserva ayuda a la escuela: Esta reserva es para compra de materiales de limpieza y otras necesidades de la escuela. • 5% reserva especial: Esta reserva es para eventualidades que se les presenten a la cooperativa. • 5% reserva educativa: Esta reserva es para los cursos educativos a los socios directivos.

Para la distribución de los beneficios se divide el monto de los beneficios netos entre el monto de los aportes de los socios activos y el resultado de eso se multiplica por el aporte individual de cada socio.

• Cantidad a distribuir: Esta equivale al 70% de los beneficios del período, o sea, los beneficios del período menos las reservas. • Cantidad por cada peso: Es lo que corresponde al socio por cada peso ahorrado. • Mobiliarios y Equipos: Estos forman parte del activo (bienes) de la cooperativa, por lo que hay que contemplarlos en el reporte financiero Anticipos Societarios El artículo Nº 35 de la LEAC establece que en las cooperativas, los asociados que aportan su trabajo, pueden percibir anticipos societarios a cuenta de los excedentes de la cooperativa. Los estatutos de la cooperativa establecerán la forma de cómo van a percibirlos y su proporción para cada asociado. Por lo general, se establece un monto de anticipo diario para cada asociado, es decir, que según lo que trabaje el asociado, este podrá recibir su anticipo societario acorde a su trabajo, se debe aclarar que el hecho de que el asociado perciba este anticipo periódicamente (quincenal, mensualmente) no significa que tenga carácter de salario, el concepto de cooperativismo, es que un grupo de personas se agrupan para trabajar juntos obteniendo un beneficio económico común al mismo tiempo que proporciona un beneficio a la sociedad, lo que la diferencia de las empresas mercantiles en las cuales los trabajadores perciben un dinero productos de un trabajo para un fin de un particular.

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El beneficio económico de los asociados no debe calcularse en base a los aportado a la cooperativa, sino al trabajo que realice para ella, es por eso que las cooperativas aplican los anticipos societarios de forma periódica para que los asociados reciban en proporción a sus esfuerzos, aun si el socio ingresó durante ese año lo que recibe en anticipo societario es proporcional a lo trabajado durante ese año, sin importar la antigüedad o cuanto aportó para ingresar. Anteriormente, los anticipos societarios formaban parte del Activo Circulante Exigible a Corto Plazo, dado que se consideraba como una cuenta por cobrar al socio por parte de la cooperativa hasta el cierre del ejercicio, al determinar los excedentes este cancelaría esta cuenta, sin embargo esta aplicación presentaba inconvenientes por cuanto podía presentarse el caso de que al cierre del ejercicio los excedentes eran menores a los anticipos, además que no puede considerarse un exigible ya que el anticipo no se devuelve a la cooperativa sino que sólo egresa. Es por ello que SUNACOOP actualizó su plan de cuentas, ahora los anticipos societarios forman parte de los otros egresos, que disminuirá los excedentes luego de deducir las reservas y los costos y gastos generales. El tratamiento contable cuando la cooperativa entrega estos anticipos es el siguiente: Fecha 31−XX−XX

Detalle Anticipos Societarios Banco P/R Anticipos entregados a los socios

Debe XXXX

Haber XXXX

Al cierre del ejercicio para cerrar esta cuenta el registro es el siguiente: Fecha 31−XX−XX

Detalle Excedentes Anticipos Societarios P/R Anticipos entregados a los socios

Debe XXXX

Haber XXXX

Los Libros Principales De Contabilidad Obligatorios, En Esta Sociedad. • Libro registro de socios. • Libro registro de aportaciones al capital social. • Libros de actas de la Asamblea General, del Consejo Rector, de los liquidadores y, en su caso, del Comité de Recursos y de las juntas preparatorias. • Libro de inventarios y cuentas anuales y Libro diario. • Cualesquiera otros que vengan exigidos por disposiciones legales. Todos los libros sociales y contables serán diligenciados y legalizados, con carácter previo a su utilización, por el Registro de Sociedades Cooperativas. También son válidos los asientos y las anotaciones realizados por procedimientos informáticos o por otros procedimientos adecuados, que posteriormente serán encuadernados correlativamente para formar los libros obligatorios, los cuales serán legalizados por el Registro de Sociedades Cooperativas en el plazo de cuatro meses desde la fecha de cierre del ejercicio. Los libros y demás documentos de la cooperativa estarán bajo la custodia, vigilancia y responsabilidad del Consejo Rector, que deberá conservarlos, al menos, durante los seis años siguientes a la trascripción de la última acta o asiento a la extinción de los derechos u obligaciones que contengan, respectivamente. Libros Auxiliares 8

Son los libros de contabilidad donde se registran en forma analítica y detallada los valores e información registrada en los libros principales. Cada empresa determina el número de auxiliares que necesita de acuerdo con su tamaño y el trabajo que se tenga que realizar. En ellos se encuentra la información que sustenta los libros mayores y sus aspectos más importantes son: • Registro de las operaciones cronológicamente. • Detalles de las actividades realizadas. • Registro del valor del movimiento de cada sub−cuenta Tipos de libros auxiliares • Cuentas de control • Sub−cuentas • Auxiliar de compras y ventas • Auxiliar de vencimientos Sellado de Libros Los libros de las Cooperativas y demás Organismos de Integración deben ser llevados a el (Dirección General de los Registro y del Notariado) Registro Mercantil para que los puedan foliar. Balance de Comprobación Las Cooperativas y los Organismos de Integración deben enviar a la superintendencia nacional de Cooperativas, dentro de los (30) días consecutivos, a partir de la terminación de cada trimestre: el Balance de Comprobación y la Conciliación Bancaria del último mes respectivo al trimestre, con sus soportes bancarios. Estados financieros Las Cooperativas y Órganos de Integración deberán celebrar la Asamblea Anual de Asociados dentro de los tres (3) meses siguientes a la terminación de su ejercicio económico, debiendo remitir a la Superintendencia Nacional de Cooperativas, dentro de los (15) quince días hábiles siguientes a su realización, los siguientes documentos: • Copia del acta de la Asamblea Ordinaria Anual de Asociados • Los estados financieros básicos correspondientes al ejercicio económico terminado y presentados en la asamblea, codificados de acuerdo al Plan Único de Cuentas emanado de la Superintendencia Nacional de Cooperativas, con los siguientes anexos integrantes: El Estado de Flujo de Efectivo, y Movimiento de las Cuentas de Patrimonio. • Memoria y Cuenta de todas las instancias. • Plan anual de actividades y su respectivo Presupuesto aprobado por la Asamblea • Listado de Asociados a la fecha. Estructura de Estado de Resultados: Mediante el siguiente ejemplo se demuestra como debería de estar estructurado un estado de resultados de un estado de resultados. Ejemplo: Cooperativa Médica del Valle y de Profesionales Estado de Resultados enero a diciembre 31 de 2004 INGRESOS OPERACIONALES

xxxxx 9

Intereses créditos comerciales Intereses créditos consumo Intereses créditos vivienda Intereses inversiones temporales Intereses fondo de liquidez Dividendos, participaciones y excedentes Comisiones y/o honorarios Intereses compromiso de reventa Otros ingresos financieros Utilidad en valoración de inversiones Recuperaciones Cuotas de admisión y/o afiliación COSTOS DE VENTAS Intereses depósitos de ahorro ordinario Intereses depósito de ahorro a término Intereses ahorro contractual Otros GASTOS DE ADMINISTRACIÓN Gastos del personal Gastos generales Gastos financieros RESULTADO OPERACIONAL ANTES DE PROVISIONES, DEPRECIACIONES Y AMORTIZACIONES PROVISIONES Inversiones Cartera de créditos Otras AMORTIZACIONES DEPRECIACIONES RESULTADO OPERACIONAL NETO INGRESOS NO OPERACIONALES Ingresos No Operacionales GASTOS NO OPERACIONALES Gastos No Operacionales RESULTADO NO OPERACIONAL NETO IMPUESTO A LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS RESULTADO DEL EJERCICIO

Xxx Xxx Xxxx Xxx Xxx Xxx Xxx Xxxx Xxx Xxx Xxxx Xxxx Xxxx Xxxx Xxxx Xxx Xxxx Xxxx Xxxx Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxx xxx Xxxx Xxxx Xxx Xxxx Xxxxx xxxx Xxxx xxxxxxxx

Excedentes Es el sobrante del producto de las operaciones totales de la cooperativa, deducidos de los costos y los gastos generales, las depreciaciones y provisiones, después de deducir el (1%) del producto de las operaciones totales se destinara a los fondos de emergencia, educación y protección social por partes iguales:

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El destino de los excedentes lo decide La asamblea o reunión general de asociados. Con los excedentes se puede incrementar los recursos para el desarrollo de fondos y proyectos que redunden en beneficio de los asociados y la acción cooperativa y podrán destinarlos para ser repartidos entre los asociados por partes iguales como reconocimiento al esfuerzo colectivo o en proporción a las operaciones efectuadas con la cooperativa, al trabajo realizado en ella y sus aportaciones. Conclusión: Finalmente las empresas son ejercicios profesionales de una actividad económica planificada, con la finalidad o el objetivo de intermediar en el mercado de bienes o servicios, y con una unidad económica organizada en la cual ejerce su actividad profesional el empresario por sí mismo o por medio de sus representantes. De ahí que la empresa es la institución clave de la vida económica, manifestación de la creatividad y libertad de las personas. Esencialmente, es un grupo humano al que unos hombres le aportan capital, otros, trabajo y, otros más, dirección y con las finalidades económicas. Además de esto existen variadas formas de constituir empresas entre las que podemos contar; la sociedad colectiva definida como una sociedad dedicada, en nombre colectivo y bajo el principio de responsabilidad personal, ilimitada, solidaria y subsidiaria de los socios por las deudas sociales; a la explotación de una actividad económica o industria mercantil . También tenemos conocimiento de la sociedad de responsabilidad limitada es una empresa mercantil en la que el capital está dividido en cuotas sociales de distinto valor, con títulos innegociables ni denominables acciones y en la que la responsabilidad de los socios se circunscribe exclusivamente al capital aportado por cada uno. Y por ultimo pero no menos importante la Cooperativa que constituye la forma más genuina de entidad de economía social. Y cuyo patrimonio representa los recursos financieros básicos con que cuentan estas asociaciones. El Patrimonio de las cooperativas, está compuesto generalmente por los siguientes rubros: Capital social, Reserva legal, Reservas estatutarias, Ajustes al patrimonio, Otros rubros, Excedentes.

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