Story Transcript
Subdirección de Gestión Comercial
PLIEGO DE CONDICIONES No. 12-10-002 EVENTO No. EV-12-217-002 PLIEGO DE CONDICIONES EXIGIDO PARA LOS OFERENTES INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LA VENTA BAJO LA MODALIDAD DE CONVOCATORIA ESPECIAL A EMPRESAS SIDERURGICAS Y/O EMPRESAS DE FUNDICION DE CHATARRA, DEL MATERIAL FERROSO RESULTANTE DE LA DESINTEGRACION DE MERCANCÍAS APREHENDIDAS, DECOMISADAS Y ABANDONADAS A FAVOR DE LA NACION, CLASIFICADAS COMO CHATARRA QUE CONFORMAN EL LOTE NUMERO 1 CON UN PESO BRUTO APROXIMADO DE 2.095.417,54.
1. INFORMACION GENERAL
1.1 OBJETO: “LA VENTA DEL MATERIAL FERROSO RESULTANTE DE LA DESINTEGRACIÓN DE MERCANCÍAS APREHENDIDAS, DECOMISADAS Y ABANDONADAS A FAVOR DE LA NACIÓN, CLASIFICADAS COMO CHATARRA”. Cobertura del objeto y localización de las mercancías. Este objeto comprende el lote de mercancías decomisadas y/o abandonadas a favor de la Nación clasificadas como chatarra, consistentes en las unidades o partes usadas y en mal estado de los automóviles, motonaves camperos, camionetas, camiones, tracto camiones, cilindros para gas, maquinaria pesada industrial, motores, auto partes, accesorios, repuestos entre otros, a cargo de las Direcciones Seccionales de Aduanas de: Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena, Cúcuta, Medellín; de Impuestos y Aduanas de: Bucaramanga, Buenaventura, Ibagué, Ipiales, Maicao, Manizales, Pereira, Riohacha, Santa Marta, Sincelejo, Urabá y Valledupar; Delegada de impuestos y Aduanas de Pamplona, que se encuentran relacionadas en el anexo número (1) del presente documento, donde se detalla: Dirección Seccional, número de documento de ingreso, fecha, descripción de la mercancía, unidades, peso bruto aproximado y corresponderá al lote número uno (1). De igual forma se incluirán los lotes que resulten durante la ejecución del contrato, para lo cual una vez se suscriba el Acta de Inicio por las partes del contrato resultante de este proceso de selección, las Direcciones Seccionales deberán informar y remitir dentro de los términos y condiciones establecidos por la Subdirección de Gestión Comercial a la Coordinación de Disposición de mercancías de la misma Subdirección, la información relacionada con las mercancías que conformarán los nuevos lotes. ALCANCE DEL OBJETO: Realizar la descomposición (desintegración y/o desguace) de todos los elementos integrantes de las mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación clasificadas como chatarra, hasta obtener el material ferroso y expedir el certificado de desintegración y/o desguace físico total, en el que se acredite el cumplimiento de la desnaturalización física de todos los elementos integrantes de las mismas, de tal manera que se garantice la inhabilitación definitiva de todas sus partes, cumpliendo con la normatividad legal, técnica y ambiental vigente. Para el caso de las MOTONAVES el contratista solicitará autorización a la DIRECCION GENERAL MARITIMA – DIMAR, para el desguace. Así mismo deberá contar con los servicios del PERITO NAVAL CERTIFICADO e INSCRITO ante la DIRECCION GENERAL MARITIMA – DIMAR quien orientará y definirá la forma, sitio y condiciones como se debe realizar el desguace de la motonave, dando cumplimiento a lo señalado en el artículo 5º numeral 7 del Decreto 2324 de 1984. 2. FUNDAMENTO JURIDICO De conformidad con el artículo primero del Decreto 1071 de 1999 la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. La jurisdicción de la DIAN comprende el territorio nacional, y su domicilio principal es la ciudad de Bogotá, D.C. Su objeto se encuentra descrito en el artículo 4 del mismo decreto el cual consiste en coadyuvar a garantizar la seguridad fiscal del Estado Colombiano y la protección del orden público económico nacional, mediante la administración y control al debido cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, y la facilitación de las operaciones de comercio exterior en condiciones de equidad, transparencia y legalidad. Dentro de las competencias de la DIAN señaladas en el artículo 1º. del Decreto 4048 de 2.008 está la Administración de los impuestos de renta y complementarios, de timbre nacional y sobre las ventas; los derechos de aduana y los demás impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado, bien se trate de impuestos internos o al comercio exterior; así como la dirección y administración de la gestión aduanera, incluyendo la aprehensión, decomiso o declaración en abandono a favor de la Nación de mercancías y su administración y disposición. Seguidamente señala este artículo 1º. que la dirección y administración de la gestión aduanera comprende entre otras el servicio y apoyo a las operaciones de comercio exterior, la aprehensión, decomiso o declaración en abandono de mercancías a favor de la Nación, su administración, control y disposición. Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
1
Subdirección de Gestión Comercial De otro lado la Ley 1450 de 2011 por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 señaló en su artículo 248, que el producto de la venta de las mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Nación, deberá ingresar como recursos propios a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para atender sus gastos. El Decreto 2685 de 1999 establece las normas sobre la Disposición de Mercancías, Aprehendidas, Decomisadas y Abandonadas a favor de la Nación y específicamente en su artículo 526 preceptúa que se podrá disponer de estas mercancías mediante la venta, donación, asignación, destrucción o la dación en pago. La venta a que hace referencia el artículo anterior podrá efectuarse directamente o a través de terceros. Esto en cumplimiento de lo señalado por el artículo 529 del mismo Decreto, el cual a su vez también dispuso que las modalidades de venta así como los requisitos de cada una de ellas, deberán ser aplicadas en los términos y condiciones que establezca la DIAN, los cuales se encuentran en la Resolución 4240 de 2000
3. CRONOGRAMA. No. 1 2
ACTIVIDAD
FECHA
PUBLICACIÓN PROYECTO DE 8 de octubre PLIEGOS Y ENVIÓ DE de 2012 INVITACIONES
FECHA FINAL
NO DÍAS
LUGAR
HORA
12 de octubre de 2012
5 días hábiles
Coordinación de contratos piso 10 edificio sendas
OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGOS
8 de octubre de 2012
11 de octubre de 2012
4 días hábiles
Coordinación de contratos piso 10 edificio sendas
3
RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS
11 de octubre de 2012
16 de octubre de 2012
3 días hábiles
Coordinación de contratos piso 10 edificio sendas
4
PUBLICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO
17 de octubre de 2012
17 de octubre de 2012
1 día hábil
Coordinación de contratos piso 10 edificio sendas
5
VISITAS NO OBLIGATORIA A LOS SITIOS DE ALMACENAMIENTO
18 de octubre de 2012
19 de octubre de 2012
2 días hábiles
En cada uno de los sitios donde se encuentran los bienes
6
DILIGENCIA DE CIERRE Y ACTA DE CIERRE DEL PROCESO DE VENTA
1 día hábil
Coordinación de contratos piso 10 edificio sendas
4 días hábiles
En cada una de las áreas respectivas
31 de octubre de 2012
2 días hábiles
Carteleras de la Subdirección de Gestión Comercial ubicada en la carrera 7 No. 6c-54 piso 13 de Bogotá y en las carteleras del G.I.T. de Comercialización y/o División de Gestión de Recursos Físicos y Financieros de las Direcciones Seccionales señaladas en el pliego de condiciones
1 de 2 de SUSCRIPCIÓN DEL noviembre de noviembre de CONTRATO Y LEGALIZACIÓN 2012 2012
2 días hábiles
Coordinación de Contratos piso 10 edificio sendas
7
8
9
23 de octubre 23 de octubre de 2012 de 2012
VERIFICACIÓN DE 24 de octubre REQUISITOS EXIGIDOS EN de 2012 EL PLIEGO DE CONDICIONES PUBLICACIÓN DEL LISTADO DE CONTRATISTA (ADJUDICATARIO)
30 de octubre de 2012
29 de octubre de 2012
Hasta las 04:00 P.M.
4. UBICACIÓN Y COMPOSICION DEL LOTE A NIVEL NACIONAL DE CHATARRA FERROSA PARA FUNDICION A continuación se detalla la composición del lote de chatarra objeto de venta indicando la Dirección Seccional de la jurisdicción donde está ubicada la mercancía, Almacenadora o sitio de almacenamiento y peso aproximado en kilogramos:
CIUDAD DE UBICACIÓN DE LA MERCANCIA
BARRANQUILLA
BOGOTA
DIRECCION SECCIONAL
TIPO DE MERCANCIAS
BARRANQUILLA
REPUESTOS Y PARTES
BOGOTA
AUTOMOVILES, CAMIONES, CAMIONETAS, MOTOCICLETAS, TRACTOCAMIONES, MONTACARGA, REPUESTOS Y PARTES
ALMACENADORA O SITIO ALMACENAMIENTO
DIRECCION
ALMAGRARIO
CALLE 30 AUTOPISTA AEROPUERTO SOLEDAD ENTRADA BARRIO MANUELA BELTRAN
5
ALMAGRARIO FONTIBON
CALLE 19 No. 120-09 BARRIO SAN PABLO
1
ALMAGRARIO BOSA
AUTOPISTA SUR No 75 D 77
ROLDAN
CRA 100 No 25 B 40
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
TELEFONO Indicativo/Número
1 1
343 67 80 45
5475666 5894000 EXT 11155/54 4042904 EXT 107
2
Subdirección de Gestión Comercial CIUDAD DE UBICACIÓN DE LA MERCANCIA
BUCARAMANGA
BUENAVENTURA
DIRECCION SECCIONAL
BUCARAMANGA
BUENAVENTURA
CALI, BUGA Y YUMBO CALI
TIPO DE MERCANCIAS
MOTORES, REPUESTOS Y PARTES
ALMACENADORA O SITIO ALMACENAMIENTO
DIRECCION
AVIOPARTES
KM 16 VIA BOGOTACHIA AEROPUERTO GUAYMARAL HANGAR 2
1
CIMPEX
CRA 100 No 25 H 39
1
4183770
CONSIMEX
DG. 24 B No 96 B 51
1
2672400 EXT 118
DAPSA PANALPINA
DG 24 C No 96 B 65
1
4011285
ALMAGRARIO
KM 3 CARRETERA PALENQUE CAFÉ MADRID, BUCARAMANGA
7
6762081
ALMAGRARIO
AVENIDA PORTUARIA, INTERIOR SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL DE BUENAVENTURA, BODEGA ALMAGRARIO S.A.
2
2506400 Ext. 26124/125
SOC. PORTURARIA
AVENIDA PORTUARIA, SOCIEDAD PORTUARIA REGIONAL DE BUENAVENTURA, EDIFICIO ADMINISTRATIVO
2
2410700
ALMAGRARIO NUEVA ERA
TERMINAL LOGISTICO VALLE DEL PACIFICO BODEGAS 22 Y 23 KM 6 CALZADA ORIENTAL AUTOPISTA CALIYUMBO
2
6912300
ALMAGRARIO EL CORTIJO
CARRERA 35 No. 12-39 ACOPI-YUMBO
2
6912300 EXT.19139
CONSIMEX
CARRERA 4N No. 52N11, CALI
2
4494668
SNIDER
CALLE 14 No. 37-05 U. ACOPI-YUMBO
2
6650040
ALMAGRAN
CARRERA 32 N° 11 A 125 ACOPI
2
6904133
AINTERCARGA
CALLE 56 No. 4C - 112 CALI
2
4472936
DEPOSITO CRISTAL BUGA
CALLE 1a SUR N° 18 - 89 (BUGA)
2
2387800
CHATARRA Y REPUESTOS AUTOMOTORES
AUTOMOVILES, CMOTOCICLETAS, CAMION, CAMIONETAS, CAMPERO, TRACTOCAMION, MAQUINAS, REPUESTOS Y PARTES
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
TELEFONO Indicativo/Número
3
Subdirección de Gestión Comercial CIUDAD DE UBICACIÓN DE LA MERCANCIA
CARTAGENA
DIRECCION SECCIONAL
CARTAGENA
TIPO DE MERCANCIAS
ALMACENADORA O SITIO ALMACENAMIENTO
DIRECCION
ALMAGRARIO
KM. 1. VIA MAMONAL. SECTOR CEBALLOS
MUELLES EL BOSQUE
BOSQUE AVENIDA PEDRO VELEZ DIAGONAL 20 NO. 48-14
ALMAVIVA
TELEFONO Indicativo/Número
5
6700200
AV CAMILO DAZA # 7A06/106, CUCUTA
7
5875034
ALPOPULAR
AV 7 # 16N-55 ZONA INDUSTRIAL,CUCUTA
7
5783498
GAS PAIS
KM 3,5 VIA PTO SANTANDER, CUCUTA
7
5818000
NORGAS
AV AEROPUERTO ZONA INDUSTRIAL AV 7 No. 20N-55, CUCUTA
7
5780740/5826200
CALLE 19 # 5-66
CALLE 19 # 5-66, CUCUTA
7
5780849
ALMAVIVA
CALLE 0 AVENIDA CAMILO DAZA NO. 7 A06 /106 SUCURSAL VÍA AEROPUERTO ZONA INDUSTRIAL DE LA CIUDAD DE CÚCUTA.
7
5875035 5875036 5875037
ALPOPULAR
AV. 7 No. 16N - 55 ZONA INDUSTRIAL, CUCUTA
7
5781644
ALMAGRARIO
KM 1 VIA ESPINAL, IBAGUE ZONA INDUSTRIAL
8
2483171
ENERGAS S.A.
KILOMETRO 6 ALTO DE DAZA- VIA AL AEROPUERTO
2
7235818
ALMAGRARIO
CALLE 3 ESTE No. 2-732 VIA PERIMETRAL
2
7734073
ALMAGRARIO
PARAJE ESTAMBUL VIA PANAMERICANA, BODEGA No.3 COOPERATIVA DE CAFICULTORES
6
8738002-8738008 3108960108
RETROEXCAVADORA, GRUA, MAQUINARIA, CAMPERO, MOTORES, REPUESTOS Y PARTES
CUCUTA
CUCUTA
MOTOCICLETAS, AUTOMOVIL, MOTORES, CILINDROS, REPUESTOS Y PARTES
PAMPLONA
IBAGUE
IPIALES
MANIZALES
IBAGUE
REPUESTOS
VEHICULO Y MAQUINARIA
IPIALES
MANIZALES
TRACTOCAMION, CAMIONETA, AUTOMOVILES, REPUESTOS Y PARTES
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
4
Subdirección de Gestión Comercial CIUDAD DE UBICACIÓN DE LA MERCANCIA
DIRECCION SECCIONAL
TIPO DE MERCANCIAS
ALMACENADORA O SITIO ALMACENAMIENTO
DIRECCION
MEDELLIN
MEDELLIN
AUTOMOVILES, MOTORES, MOTOS, REPUESTOS Y PARTES
ALMAGRARIO
CRA 50 No 29SUR140(ENVIGADO)
4
3355200 OP 1 EXT 16112-16121
SINCELEJO
SINCELEJO
AUTOMOVILES, MOTOR Y PARTES
ALMAGRARIO
CALLE 38 CARRETERA TRONCAL OCCIDENTE No. 7-109
5
2827693
URABA
URABA
MOTONOVAE DON THOMAS, CONSTRUIDA EN LAMINAS DE HIERRO
INSTALACION GUARDACOSTA TURBO
PUNTA DE LAS VACAS, GOLFO DE URABA (GUARDIA COSTERA)
4
8272476
PEREIRA(CARTAGO)
MOTOCICLETAS, CAMPERO, MAQUINARIA, REPUESTOS Y PARTES
ALMAGRARIO
6
3321616 - 3321633
PEREIRA
CAMIONETAS
ALMAGRARIO
6
3321616 - 3321633
MAICAO
AUTOMOVILES
ALMAGRARIO
CALLE 15 NO.46-15, RIOHACHA
5
7286770
RIOHACHA
TRACTOCAMION, CAMIONETA, AUTOMOVILES, REPUESTOS Y PARTES
ALMAGRARIO
CALLE 15 NO.46-15, RIOHACHA
5
7286770
PEREIRA
RIOHACHA
SANTA MARTA
AUTOMOVILES, CAMPERO, CAMIONETA, REPUESTOS, PARTES
AUTOMOVILES, MOTORES, REPUESTOS Y PARTES
CRA 2N NO. 1-536 TRONCAL DE OCCIDENTE SECTOR LA ALQUERIA BODEGAS 15-19( DOS QUEBRADAS) CRA 2N NO. 1-536 TRONCAL DE OCCIDENTE SECTOR LA ALQUERIA BODEGAS 15-19( DOS QUEBRADAS)
ALMAGRARIO
CUARTA ENTRADA BARRIO CONCEPCIÓN DIAGONAL AL TERMINAL DE TRANSPORTES, 095 4327000 Ext. 29120 PARQUE INDUSTRIAL SANTA CRUZ. BODEGAS DONADO, SANTA MARTA
ALMAGRARIO
CUARTA ENTRADA BARRIO CONCEPCIÓN DIAGONAL AL TERMINAL DE TRANSPORTES, 095 4327000 Ext. 29120 PARQUE INDUSTRIAL SANTA CRUZ. BODEGAS DONADO, SANTA MARTA
SANTA MARTA
VALLEDUPAR
TELEFONO Indicativo/Número
COMPOSICION DEL LOTE A NIVEL NACIONAL DE CHATARRA FERROSA PARA FUNDICION SUBNUMER AL 1.1
DIRECCION SECCIONAL BARRANQUILLA BARRANQUILLA
No. RESOLUCION APROBACION 1540 DEL 2809-2012
TIPO DE MERCANCIAS REPUESTOS Y PARTES
ALMACENADORA O SITIO ALMACENAMIENTO ALMAGRARIO TOTAL
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
No. KILOSBRUTOS APROXIMADOS POR DEPOSITO 83.325,88 83.325,88
5
Subdirección de Gestión Comercial SUBNUMER AL 1.2
DIRECCION SECCIONAL BOGOTA
No. RESOLUCION APROBACION 1-03-235-407606-00166 DEL 28-09-2012
TIPO DE MERCANCIAS AUTOMOVILES, CAMIONES, CAMIONETAS, MOTOCICLETAS, TRACTOCAMIONES, MONTACARGA, REPUESTOS Y PARTES
ALMACENADORA O SITIO ALMACENAMIENTO ALPOPULAR
BOGOTA BUCARAMANGA
1,4
BUENAVENTURA
001850 DEL 2409-2012
206.912,27
ALMAGRARIO FONTIBON AVIOPARTES
168.203,00
CARTAGENA
2066 DEL 24 09-2012
PEREIRA (CARTAGO)
001160 DEL 2409-2012
CUCUTA
2088 DEL 0310-2012
114,00
TOTAL
259.851,00
CHATARRA Y REPUESTOS AUTOMOTORES
ALMAGRARIO
15.030,46
SOCIEDAD PORTURARIA
2.500,00
TOTAL
17.530,46
ALMAGRARIO NUEVA ERA Y EL CORTIJO
59.534,90
AUTOMOVILE, MOTOCICLETAS, CAMION, CAMIONETAS, CAMPERO, TRACTOCAMION, MAQUINAS, REPUESTOS Y PARTES
RETROEXCAVADORA, GRUA, MAQUINARIA, CAMPERO, MOTORES, REPUESTOS Y PARTES
MOTOCICLETAS, VEHICULOS, PARTES Y REPUESTOS
CARTAGO 1.8
ROLDAN
259.851,00
CARTAGENA 1.7
32,00 409,00 380.550,27
CALI 1.6
CONSIMEX DAPSA PANALPINA TOTAL
BUENAVENTURA 0022 DEL 2409-2012
MOTOCICLETAS, AUTOMOVIL, MOTORES, CILINDROS, REPUESTOS Y PARTES
CONSIMEX
349,00
SNIDER
155,00
ALMAGRAN
590,00
AINTERCARGA
168,00
DEPOSITO CRISTAL BUGA TOTAL
61.834,90
ALMAGRARIO
290.374,43
MUELLES EL BOSQUE
50.160,00
TOTAL
340.534,43
ALMAGRARIO
14.720,00
TOTAL
14.720,00
ALMAVIVA
170.837,13
ALPOPULAR
206.390,40
GAS PAIS NORGAS BODEGAS DIRECCION SECCIONAL CUCUTA 1.9
IBAGUE
TOTAL
IPIALES
MAICAO MAICAO
2.050,81 698,00 3.066,00 383.042,34
CHATARRA FERROSA, MOTORES, REPUESTOS AUTOMOTORES ETC.
ALMAGRARIO TOTAL
4.687,25
1370002012012-1284 DEL 24-09-2012
VEHICULO Y MAQUINARIA
ENERGAS S.A.
2.387,00
ALMAGRARIO
83.992,00
TOTAL
86.379,00
ALMAGRARIO
8.952,00
TOTAL
8.952,00
IPIALES 1.11
1.038,00
0001 DEL 2409-2012
IBAGUE 1.10
21,62
ALMAGRARIO
2106 DEL 2409-2012 CALI
4.500,00
MOTORES, REPUESTOS Y PARTES
BUCARAMANGA
1.5
358,38
ALMAGRARIO BOSA
CIMPEX
1.3
No. KILOSBRUTOS APROXIMADOS POR DEPOSITO
00027 DEL 2609-2012
AUTOMOVILES
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
4.687,25
6
Subdirección de Gestión Comercial SUBNUMER AL 1.12
DIRECCION SECCIONAL MANIZALES
No. RESOLUCION APROBACION 1205 DEL 2409-2012
TIPO DE MERCANCIAS TRACTOCAMION, CAMPERO Y MOTOR
ALMACENADORA O SITIO ALMACENAMIENTO ALMAGRARIO
MANIZALES 1.13
MEDELLIN
1.14
PAMPLONA
2551, 2552,2553, 2554, 2555, 2556 DEL 2409-2012
TOTAL
21.959,00
ALMAGRARIO
176.024,08
TOTAL
176.024,08
MOTORES, REPUESTOS Y PARTES
ALMAVIVA
20.727,20
ALPOPULAR
29.053,00
0293 DEL 2409-2012 PAMPLONA PEREIRA
001160 DEL 2409-2012
CAMIONETAS
TOTAL
49.780,20
ALMAGRARIO
9.110,00
TOTAL
9.110,00
ALMAGRARIO
21.800,00
TOTAL
21.800,00
PEREIRA 1.16
RIOHACHA
00001 DEL 2409-2012
VEHICULOS, MOTOR, REPUESTOS YPARTES
RIOHACHA 1.17
SANTA MARTA
001137 DEL 2409-2012
AUTOMOVILES, CAMPERO, CAMIONETA, REPUESTOS, PARTES
ALMAGRARIO
110.860,73
TOTAL
110.860,73
12320123500003 DEL 2409-2012
AUTOMOVILES, MOTOR Y PARTES
ALMAGRARIO
4.410,00
TOTAL
4.410,00
SANTA MARTA 1.18
SINCELEJO SINCELEJO
1.19
URABA
1.20
VALLEDUPAR
21.959,00
AUTOMOVILES, MOTORES, MOTOS, REPUESTOS Y PARTES
MEDELLIN
1.15
No. KILOSBRUTOS APROXIMADOS POR DEPOSITO
0273 DEL 2409-2012
MOTONOVAE DON THOMAS, CONSTRUIDA EN LAMINAS DE HIERR
742 DEL 24-092012
AUTOMOVILES, MOTORES, REPUESTOS Y PARTES
INSTALACION GUARDACOSTA TURBO
URABA
43.000,00
TOTAL
43.000,00
ALMAGRARIO
17.066,00
VALLEDUPAR
TOTAL
TOTAL
17.066,00 2.095.417,54
5. EXHIBICION POR CIUDADES EN SUS SITIOS DE ALMACENAMIENTO La exhibición del lote a nivel nacional de chatarra ferrosa para fundición, se efectuará en cada uno de los sitios donde se encuentra almacenadas las mercancías clasificadas como tal y cuyas direcciones se indican en el numeral 4 del presente Pliego de Condiciones, durante los días 18 y 19 de octubre de 2012 en el horario de 9:00 A.M. a 4:00 P.M. Las visitas por parte de los posibles oferentes no serán de carácter obligatorio. Nota: No se requiere cita previa para ver los bienes por cuanto en cada sitio de exhibición estará un funcionario de la DIAN encargado de coordinar y verificar el ingreso de los asistentes a la exhibición. En caso de que el proponente no realice la visita técnica, LA DIAN asume que éste tiene el conocimiento del estado actual de cada uno de los bienes y que ya ha contemplado todos los costos y gastos que requiere con el fin de establecer su propuesta. La hora de iniciación de cada una de las visitas será a las 9:00 a.m. de los días señalados con los presentes, quienes se registrarán ante el funcionario de LA DIAN designado. Los proponentes no podrán alegar posteriormente desconocimiento de las condiciones o circunstancias que puedan afectar la ejecución o el cumplimiento del contrato objeto de este proceso. Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
7
Subdirección de Gestión Comercial El hecho de que los proponentes no se familiaricen con los detalles y las condiciones para la ejecución del objeto del presente contrato, no se considerará como excusa válida para posteriores reclamaciones. 6. PRECIO BASE DEL LOTE A NIVEL NACIONAL DE CHATARRA FERROSA PARA FUNDICION EL PRECIO BASE POR KILO INCLUIDO IVA DEL LOTE DE CHATARRA DESCRITO ANTERIORMENTE ES DE: $58, oo (CINCUENTA Y OCHO PESOS M/CTE.). Diligencie su oferta en el formato para presentación de ofertas (reclámelo en la exhibición o imprímalo de la publicación), en idioma español, escrito por cualquier medio mecánico; se deben numerar todas las hojas que contiene la oferta, cada una de ellas conformará un folio. 7. PRESENTACIÓN Y RECIBO DE OFERTAS Las ofertas deben ser presentadas por escrito, en el formato adjunto diseñado para tal fin por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, junto con los documentos solicitados, en sobre cerrado, el día 23 de octubre de 2012, en la Coordinación de Contratos de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, ubicada en la Carrera 7 No. 6C – 54 piso 10º del Edificio Sendas de la ciudad de Bogotá, en horario de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., jornada continua, lugar donde estará dispuesta la urna y en las que deberán ser depositados los sobres cerrados, anotando: LOTE A NIVEL NACIONAL DE CHATARRA FERROSA. 8. REQUISITOS MINIMOS Para acreditar el cumplimiento de estos requisitos el proponente debe manifestar por escrito y con su firma que los conoce, los acepta y está en condiciones de cumplirlos, refiriéndose puntualmente a cada uno de ellos. 8.1 Acreditar persona Natural o Jurídica que se ha constituido legalmente como empresas cuyo objeto social está relacionado directamente con la recolección, clasificación, inutilización y fundición de material ferrosos y/o transformación de material ferroso o similar (entendiéndose por similares solo quellas actividades descritas en el objeto social requerido pero sobre otros metales). 8.2 Manifestación de no estar sancionado con suspensión o cancelación de la autorización para el desarrollo de las actividades de que se trate y en general por violación a las normas penales, durante los cinco (5) años anteriores a la presentación de la oferta. Para el caso de Persona Jurídica, esta condición la deben cumplir el Representante Legal y los socios. 8.3 Acreditar dentro de los cinco años anteriores al cierre del presente proceso de venta, experiencia en el desarrollo de actividades iguales o similares al objeto social (entendiéndose por similares solo quellas actividades descritas en el objeto social requerido pero sobre otros metales) a la establecida en el objeto del presente proceso, cuya cantidad certificada sea igual o superior al 100% de la cantidad de kilos brutos estimados dentro del proceso de venta, es decir, 2.101.227,03 kilos brutos. 8.4 Tener como mínimo dentro del territorio Colombiano, dos (2) centros de acopio para el proceso de recolección, clasificación y desnaturalización de todas y cada una de las unidades o partes de los bienes entregados y como mínimo un sitio para la fundición del material ferroso resultante de dicho proceso (indicar ubicación y dirección). Los centros de acopio deberán cumplir mínimo con los siguientes requistos: Inmueble cerrado con muros y con vigilancia las 24 horas. Cumplir con las condiciones medio ambientales para la desnaturalización de los bienes, contar con las áreas debidamente señalizadas para efectos de diferenciar cada sitio donde se ubicarán las mercancías en desarrollo del objeto del contrato. 8.5 Certificado en original expedido por la persona Natural o el Representante Legal de la empresa oferente, donde conste que dispondrá de los equipos (anexar relación), personal idóneo y conocimiento técnico para la desnaturalización de todas y cada una de las unidades o partes automotrices, motores, partes, repuestos, accesorios, maquinaria y demás mercancías que se han incluido en el lote número uno (1) y los demás lotes que se adicionen durante la ejecución del contrato. 8.6 Contar con un PERITO NAVAL CERTIFICADO e INSCRITO ante la DIMAR y el astillero requerido debidamente autorizados por la Capitanía de Puerto de la jurisdicción donde se cuentren las motonaves, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9.2 del presente pliego de condiciones. 9. CONTENIDO DE LAS OFERTAS El oferente debe allegar con su oferta los siguientes documentos: 9.1. FORMATO DE OFERTA DILIGENCIADO: (Documento no subsanable) LA DIAN ha elaborado el Formato No. 1, el cual contiene la información mínima requerida que debe suministrarse para poder efectuar el proceso de verificación de la oferta del proponente. Dicho formato debe venir suscrito por parte del oferente o Representante legal del consorcio o de la unión temporal que se presenta al presente proceso de venta. Toda oferta contendrá como mínimo ciudad, fecha, nombre e identificación del oferente, cédula de ciudadanía o NIT o cédula de extranjería, domicilio, teléfono y/o fax., E-mail, No. del Lote por el cual presenta oferta, valor kilo ofertado, incluido el impuesto al valor agregado IVA, este último en ningún caso podrá ser inferior al precio base por kilo de venta. Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
8
Subdirección de Gestión Comercial Deberá estar debidamente diligenciada según la información del modelo suministrado por LA DIAN y firmada por el proponente. En caso de ser una persona jurídica, unión temporal o consorcio, deberá venir firmada por el representante legal, debidamente facultado en los términos de la ley. El Oferente deberá manifestar bajo la gravedad del juramento que él, ni sus integrantes si el mismo es un Consorcio o una Unión temporal, o ninguno de sus socios tratándose de una persona jurídica han sido sancionados con suspensión o cancelación de la autorización para el desarrollo de las actividades relacionadas con el objeto del presente proceso, y en general por violación de las normas penales y comerciales, durante los cinco años anteriores a la presentación de la oferta. De igual forma el oferente deberá declarar bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del escrito, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en el artículo 8º de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y modificado posteriormente por la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes. El proponente no podrá condicionar su oferta so pena de encontrarse incurso en causal de rechazo. 9.2. CARTAS DE INTENCIÓN: Una expedida por el PERITO NAVAL CERTIFICADO e INSCRITO ante DIMAR anexando los documentos que acrediten tal condición en donde manifieste que en ël prestará sus servicios para la orientación y dirección del proceso de desguace de la motonave incluida en el lote objeto del presente proceso. La otra, expedida por el Representante Legal de un Astillero autorizado por la Capitanía de Puerto de la Jurisdicción de Urabá, lugar donde se encuentra la embarcación includia en el Lote No. 1 del presente proceso, para realizar la orientación y desguace de la misma a nombre del Oferente. En cumplimiento del Decreto 2324 de 1984. NOTA: Si durante la ejecución del contrato se adicionan lotes que incluyan motonaves, el contratista deberá previo al desguace, presentar al supervisor del contrato el (los) astillero(s) que realizará(n) en su nombre las labores de orientación y desguace. Dicho(s) astillero(s) deberá(n) estar igualmente autorizado(s) por la Capitanía de Puerto de la Jurisdicción donde se encuentren dichas motonaves. Por lo anterior, el proponente deberá manifestar bajo la gravedad del juramento dentro de su propuesta, que se compromente a contratar los servicios de los astilleros que se requieran dentro de la ejecución del contrato.
9.3. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL: 9.3.1 Las Personas Jurídicas deben acreditar su existencia legal mediante los siguientes documentos: Certificado de Existencia y Representación Legal expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de venta, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, en el cual conste que la sociedad está registrada o tiene sucursal domiciliada en Colombia, las facultades del representante legal y que el término de duración de ésta no es inferior a la duración del contrato y un año más. Así mismo, su objeto social debe estar relacionado directamente con la recolección, clasificación, inutilización y fundición de material ferroso y/o transformación de material ferroso o similar (entendiéndose por similares solo quellas actividades descritas en el objeto social requerido pero sobre otros metales). El proponente o los integrantes del mismo cuando éste es un Consorcio o una Unión Temporal, al cierre del presente proceso de venta deberán contar con los requisitos previstos, en cuanto al registro o sucursal domiciliada, la indicación de las facultades del representante legal, el término de duración y el objeto social exigidos. En el evento de existir limitante del representante legal para contratar, se debe presentar copia del acta expedida, como lo determina el Código de Comercio, en la que se señale que ha sido facultado por el órgano social competente para comprometer a la sociedad como mínimo hasta por el valor de la oferta presentada, o en su defecto presentar la certificación del Secretario de la Junta u órgano social competente donde conste la autorización correspondiente. En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, este requisito procederá de igual forma para cada una de las sociedades o personas jurídicas que los integren. La fecha de expedición de tal documento, no podrá ser posterior a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de venta. NOTA: Cuando se trate de Cooperativas de Trabajo Asociado, deberá aportar el certificado vigente, expedido por la Superintendencia de Economía Solidaria. (Cuando se trate de Cooperativas cuyo objeto le permita participar en este proceso) 9.3.2 Las Personas Naturales deben presentar cédula de ciudadanía y el certificado de matricula mercantil expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección, expedido por la Cámara de Comercio respectiva. 9.3.3. Personas Jurídicas Privadas Extranjeras y Personas Naturales Extranjeras Se consideran de origen extranjero las empresas que no hayan sido constituidas de acuerdo con la legislación colombiana, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales, y las personas naturales que no tengan la nacionalidad colombiana. Para todos los efectos, las Propuestas de proponentes de origen extranjero se someterán a la legislación colombiana, sin perjuicio de lo cual, para su participación deberán cumplir con las siguientes condiciones: 9 Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
Subdirección de Gestión Comercial 9.3.3.1. Personas Naturales: Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente. 9.3.3.2 Personas Jurídicas: Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los siguientes requisitos: Acreditar su existencia y representación legal,: Para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución, vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la capacidad para comprometerla jurídicamente y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta. En el evento en que conforme a la jurisdicción de incorporación del proponente extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente numeral expedidos por las respectivas autoridades competentes. Si en la jurisdicción de incorporación no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Proponente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de una persona con capacidad para vincular y representar a la sociedad en la conste que: (A) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; (B) la información requerida en el presente numeral; y (C) la capacidad para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay. Acreditar su objeto social principal o complementario. Este debe permitir la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral anterior). Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad. Acreditar capacidad para contratar: El representante legal o su apoderado especial en Colombia debe acreditar la capacidad para suscribir el Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el requisito anterior). Acreditar duración de la sociedad. La duración de la sociedad deberá ser por lo menos igual al Plazo Total Estimado del Contrato y un (1) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el numeral anterior). Autorización para contratar: Si el representante legal tuviere limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el Contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso de venta o de su eventual condición de contratista, deberá adjuntarse una autorización del órgano social competente de la sociedad en la cual se eliminen dichas limitaciones, o si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estos Pliegos, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar contratistas y antes de la suscripción del Contrato. Acreditar la capacidad legal de la sucursal en Colombia: Si la Propuesta fuera suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la capacidad legal de la sucursal y/o de su representante, mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal en una fecha de expedición máximo de un (30) días anteriores a la Fecha de Cierre del presente proceso de venta por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal. Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar contratista, se deberá presentar en la Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar contratista.
9.3.3.3. Validez de los Documentos otorgados en el exterior 9.3.3.3.1 Consularización: De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. 9.3.3.3.2. Apostillaje: Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización señalado en el numeral anterior, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
10
Subdirección de Gestión Comercial se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. Nota: Los Proponentes provenientes de aquellos países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, podrán optar, como procedimiento de legalización de los documentos otorgados en el exterior, la consularización o la Apostilla descritas anteriormente. Los formularios anexos a este Pliego que deben completar los Proponentes, no requerirán de consularización ni apostillaje. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma castellano deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma, traducción que deberá ser efectuada por un traductor oficial debidamente registrado como tal en Colombia. La consularización o Apostilla de los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse en original so pena de tenerse como no presentadas. 9.3.3.4. Apoderado Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso de venta, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente Pliego, así como para representarla judicial o extrajudicialmente y en caso de resultar adjudicatarias del presente proceso, dichas personas deberán establecer una sucursal en Colombia, de conformidad con lo establecido en el Título VIII del Libro Segundo del Código de Comercio (Arts. 469 y ss), teniendo en cuenta que el objeto del contrato materia del presente proceso de venta constituye actividad permanente, según la actividad 2ª del artículo 474 del C. de Co. Por la presentación de la propuesta, el oferente asume la obligación de acreditar a la DIAN, como requisito previo para la suscripción del contrato, que ha constituido la sucursal. El incumplimiento de estas obligaciones dará lugar a la efectividad de la garantía de seriedad de la propuesta. Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que participen en Estructuras Plurales y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes de la Estructura Plural con los requisitos de autenticación, consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución de la Estructura Plural. 9.3.3.5. Reciprocidad En el caso de proponentes constituidos por sociedades civiles o comerciales extranjeras, o de personas naturales extranjeras no residentes en Colombia, los mismos recibirán igual tratamiento que los de origen nacional (en los términos previstos en la Ley 80 de 1993), siempre que exista un Acuerdo, Tratado o Convenio entre el país de su nacionalidad y Colombia, para que a las ofertas de servicios colombianos se les conceda en ese país el mismo tratamiento otorgado a sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la adjudicación de los contratos celebrados con el sector público. En los términos de la Ley 816 de 2003, la reciprocidad que no se funde en un tratado, acuerdo o convenio, se demostrará con la expedición de un informe por parte de la Misión Diplomática Colombiana en el país de origen del Proponente. En los demás casos, se invocará el tratado, acuerdo o convenio en que esté pactado el trato nacional recíproco. Si el Proponente mencionado no presenta este documento a más tardar al cierre de la presente proceso de venta o si lo presenta sin la información requerida en el presente numeral, la propuesta respectiva será rechazada.
9.3.3.6. Personas jurídicas nacionales de carácter público Se considerarán personas jurídicas colombianas de carácter público, aquellas entidades conformadas bajo las leyes de la República de Colombia, que por virtud de la Ley y/o según la participación estatal que se registre en ellas, deban someterse al régimen de derecho público, trátese de entidades del sector central o descentralizadas, del orden nacional o territorial, las cuales deberán cumplir con los siguientes requisitos: (i) Los documentos, actos administrativos y leyes que conforme a la Ley Colombiana sean exigibles para acreditar: (1) su existencia y representación legal, salvo que dicha existencia y representación se deriven de la Constitución o de la ley. (2) que tiene capacidad legal para la celebración y ejecución del Contrato. (3) que su representante legal tiene capacidad legal y presupuestal para presentar la Propuesta y comprometer al ente público correspondiente. (4) que han sido creadas o que se han constituido con anterioridad a la fecha de apertura de la presente Licitación. Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
11
Subdirección de Gestión Comercial (ii) Los documentos presentados deberán haber sido expedidos en cada caso por la autoridad competente, con las formalidades y requisitos exigidos por la ley para su eficacia y oponibilidad ante terceros. En todo caso, deberá presentarse por lo menos la autorización para la suscripción del Contrato, impartida por el órgano competente, y las Vigencias Futuras correspondientes, según las inversiones y gastos que la entidad se proponga realizar para la ejecución del Contrato, siempre que así lo exija el régimen presupuestal que le resulte aplicable. Propuestas Conjuntas En el evento que la propuesta sea presentada en Consorcio o Unión Temporal deberá adjuntar con su propuesta debidamente diligenciado y firmado para cada caso en particular el documento de conformación del Consorcio o la Unión Temporal, de conformidad con lo establecido en el artículo 7o. de la Ley 80 de 1993. (Formularios A y B del Formato Nº 2). Los Consorcios o Uniones Temporales constituidos se comprometen, en caso de ser contratista del presente proceso de venta a permanecer consorciados o unidos durante el tiempo de vigencia del contrato y un año más. Por lo tanto, deberá indicarse expresamente que el Consorcio o Unión Temporal no podrán ser liquidados o disueltos durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integren el Consorcio o Unión Temporal. El proponente presentará este documento a más tardar al cierre del presente proceso de venta, cuando el mismo es un consorcio o una unión temporal. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberán cumplir individualmente con los requisitos establecidos como persona natural o jurídica según sea el caso. En caso en que el documento de conformación del Consorcio o la Unión Temporal no se presente o el mismo no venga debidamente firmado por todos sus integrantes de acuerdo con las condiciones antes señaladas se entenderá por NO PRESENTADA LA PROPUESTA. De igual forma, LA DIAN aceptará cualquier otro modelo de compromiso de Consorcio o Unión Temporal, siempre y cuando éste venga debidamente suscrito por los representantes legales de los miembros del Consorcio o de la Unión Temporal que lo conforman, y contenga la totalidad de la información establecida en los Formularios A y B del Formato Nº 2, según corresponda. 9.4. VERIFICACIÓN DE NO INCLUSIÓN EN EL BOLETÍN DE RESPONSABLES FISCALES. El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, por medio del cual se establece el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal de competencia de las contralorías, exige como requisito indispensable para nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con el Estado, verificar que la correspondiente persona natural o jurídica según se trate, no se encuentra reportada en el boletín de responsables fiscales que publica la Contraloría General de la República con periodicidad trimestral. Con el fin de acreditar el cumplimiento de la anterior obligación, LA DIAN, verificará en el último boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República que el proponente y cada uno de sus integrantes cuando el mismo sea un consorcio o una unión temporal, no se encuentre (n) reportado (s) en dicho boletín. 9.5 CERTIFICACIÓN DEL PAGO DE PARAFISCALES Y APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. Sí el proponente es persona jurídica debe adjuntar con su propuesta, una certificación en la cual acredite el pago de los aportes realizados durante los seis (6) meses anteriores a la fecha definitiva de cierre del presente proceso de selección a los Sistemas de Salud, Pensiones, Riesgos Profesionales, Cajas de Compensación Familiar, ICBF y SENA, de acuerdo con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 y en la Ley 828 de 2003, y en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Dicha certificación debe venir suscrita por el Revisor Fiscal de la sociedad, si el proponente de acuerdo con la Ley lo requiere, o en caso contrario la certificación debe venir suscrita por el Representante Legal de la sociedad proponente. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes cuando los mismos sean personas jurídicas constituidas en Colombia, deberán presentar en forma independiente dicha certificación expedida por el Representante Legal o Revisor Fiscal respectivo y según corresponda. 9.6 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA. De conformidad con el artículo 533 de la Resolución 4240 de 2000, modificado por el artículo 101 de la Resolución 7002 de 2001, las garantías que se constituyan en desarrollo de los procesos de administración y disposición de mercancías aprehendidas, decomisadas o en abandono a favor de la Nación, únicamente podrán ser bancaria o de compañía de seguros. El artículo 534 de de la Resolución 4240 de 2.000, modificada por el artículo 102 de la Resolución 7002 de 2001, establece que garantías se podrán constituir para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de dicha Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
12
Subdirección de Gestión Comercial administración y disposición, y en su literal b) señala la de seriedad de la oferta, cuyo objeto de la póliza es garantizar que el precio propuesto en cualquiera de las modalidades de venta se realice dentro del término fijado en el pliego de condiciones, por el 10% del valor base de la venta. El valor base de la oferta es el resultante de multiplicar el precio unitario del kilo por la cantidad aproximada de kilos brutos; es decir, $ 58 por 2.095.417,54 Kg para un total de $121.534.217,26. De conformidad con lo anterior la garantía de seriedad de la oferta deberá constituirse por un valor de $12.153.421,73. La garantía de seriedad de la oferta deberá constituirse de conformidad con lo establecido en el Decreto 2685 de 1999, Resolución 4240 de 2000 y la Orden Administrativa 0003 de 2001. En consecuencia dicha garantía deberá: Constituirse a favor de la NACIÓN UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES. NIT 800.197.268-4 Establecer claramente el objeto de la garantía. El tomador deberá ser el mismo a quien se adelante el proceso administrativo e identificarse plenamente. Nombre, identificación, dirección y NIT si se trata de personas jurídicas. Renunciar expresamente al beneficio de excusión. Vigencia: 6 meses contados a partir de la fecha de cierre para presentar ofertas. La garantía debe tener incorporadas las condiciones generales de la garantía establecidas para entidades estatales. La garantía deberá establecer la modalidad de venta, fecha de exhibición y el valor base de la mercancía objeto de venta. En ningún caso podrá presentarse una garantía de corrección con anterioridad a la fecha de notificación expedida por la dependencia correspondiente. No será susceptible de modificación de la garantía la información correspondiente al asegurado, número de lote, valor ofertado y fecha de constitución, en consecuencia la oferta será desestimada de conformidad con el artículo 536 de la Resolución 4240 de 2000, modificado por el artículo 105 de la Resolución 7002 de 2001. 9.6.1 MODIFICACIÓN DE LA GARANTIA Cuando se establezca por parte de la Subdirección de Gestión Comercial, el incumplimiento de alguno de los requisitos de la garantía exigidos en este pliego, ésta podrá solicitar al tomador la modificación de la misma, de acuerdo con las indicaciones impartidas por dicha dependencia. En cumplimiento al artículo 536 de la Resolución 4240 de 2000, no será susceptible de modificación en la garantía la información correspondiente al nombre del asegurado / beneficiario e identificación, nombre del lote por el cual oferta, valor asegurado y fecha de constitución, de presentarse estos errores la oferta será rechazada. 10. GARANTIAS CONTRACTUALES 10.6.1. DE CUMPLIMIENTO general del contrato: Por un valor equivalente al TREINTA por ciento (30%) del valor total del contrato (precio base ofertado por kilo multiplicado por el número de los kilos brutos aproximados) y con una vigencia igual a la duración del mismo y seis (6) meses más (plazo señalado para la liquidación de contrato). 10.6.2. CALIDAD DEL SERVICIO: Por un valor equivalente al TREINTA por ciento (30%) del valor del contrato (precio base ofertado por kilo multiplicado por el número de los kilos brutos aproximados) y con una vigencia igual a la duración del mismo y seis (6) meses más (plazo señalado para la liquidación de contrato). 10.6.3. PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Por un valor equivalente al DIEZ por ciento (10%) del valor total del contrato (precio base ofertado por kilo multiplicado por el número de los kilos brutos aproximados) y deberá extenderse por el plazo del contrato (incluido los 6 meses para la liquidación del contrato) y tres (3) años más. 10.6.4. GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL: La responsabilidad extracontractual sólo puede ser amparada mediante póliza de seguro. En la póliza de Responsabilidad Extra Contractual se deberá incluir los siguientes amparos:
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
13
Subdirección de Gestión Comercial MODALIDAD Responsabilidad civil extracontractual Patronal Contratistas y subcontratistas Vehículos propios y no propios Gastos médicos
CUBRIMIENTO 200 S.M.M.L.V. 20% evento 50% Vigencia del valor asegurado de la póliza RCE. 20% evento 50% Vigencia del valor asegurado de la póliza RCE. 20% evento 50% Vigencia del valor asegurado de la póliza RCE. 10% evento 20% Vigencia del valor asegurado de la póliza RCE.
VIGENCIA DE AMPAROS + El término de ejecución del contrato Para cada evento y por el término de ejecución del contrato. Para cada evento y por el término de ejecución del contrato. Para cada evento y por el término de ejecución del contrato. Por evento Por el término de ejecución del contrato
10.7. REGISTRO ÚNICO TRIBUTARIO- RUT El proponente debe estar inscrito en el Registro Único Tributario – RUT antes de la fecha de cierre del presente proceso. Lo anterior de conformidad con lo preceptuado en artículo 19 de la Ley 863 de 2003; en consonancia con el Decreto Reglamentario 2788 de 2004, Decreto 3426 de 2004, Resolución 8502 de 2004 y Resolución 8346 de 2004. Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes debe estar inscrito. 10.8. ORGANIGRAMA DE LA EMPRESA El proponente deberá aportar con la propuesta el organigrama de la Empresa o Empresas en donde se pueda establecer las áreas y sus representantes que tienen la capacidad de tomar decisiones y resolver cualquier tipo de situación de orden operativo, técnico, humano o logístico. 11. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA 11.1. Cuando el oferente no cumpla con los requisitos mínimos. 11.2. La comprobación que el proponente o alguno de sus integrantes, cuando se presente en consorcio o unión temporal, se hallan incursos en alguna o algunas de las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para proponer o contratar, establecidas sobre la materia en la legislación colombiana vigente. 11.3. Cuando el proponente ejecute cualquier acción tendiente a influir o presionar a las personas encargadas de la evaluación de las propuestas o la adjudicación del contrato. 11.4. Cuando se cuente con información suficiente que objetivamente permita presumir hechos que puedan generar delitos o infracciones administrativas. En este caso, además de rechazar al proponente se dará aviso a las autoridades competentes. 11.5 La no presentación de la garantía de seriedad de la propuesta. 11.6. Cuando el proponente, una vez requerido por LA DIAN, no allegue los documentos, las aclaraciones y/o explicaciones solicitadas. 11.7. Cuando las propuestas se presenten extemporáneamente o no se presenten en el lugar establecido en este Pliego de Condiciones. 11.8. Cuando el término de duración de existencia de la persona jurídica que ostente la calidad de proponente, sea inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más, o cuando el término de duración de la persona jurídica integrante del consorcio o unión temporal sea inferior al plazo de ejecución del contrato y un (1) año más. 11.9. Cuando el proponente o alguno de sus integrantes estén reportados en el boletín Fiscal que expide la Contraloría General de la República como responsables fiscales y/o en el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causales de Inhabilidad (SIRI) de la Procuraduría General de la Nación. 11.10. Cuando el oferente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución a que se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio. 11.11. Cuando el Formato de Oferta esté sin firma del Oferente (Persona Natural) o Representante Legal (Persona Jurídica, consorcio o unión temporal). 11.12 Cuando el valor ofertado por kilo sea inferior al precio base de venta por kilo. 11.13. Cuando la oferta presente tachones o enmendaduras en el valor ofertado en número o en letras, siempre y cuando no se pueda determinar su valor en letras. 11.14 Cuando en el Formato No. 1 de la oferta no se tenga diligenciado el campo de valor ofertado. 11.15. Cuando el oferente se encuentre reportado por incumplimiento en el pago en eventos de venta efectuados por la Entidad. 11.16 Cuando la fecha de expedición de la póliza de seriedad de la oferta sea posterior a la fecha de cierre del presente proceso. Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
14
Subdirección de Gestión Comercial 11.17. Cuando la garantía de seriedad presente error en el nombre del asegurado / beneficiario e identificación, numero del lote por el cual oferta, valor ofertado y fecha de constitución. 11.18. Cuando en los casos que establece el art. 536 de la Resolución 4240 de 2000, sea solicitada la modificación de la garantía de seriedad y esta no sea presentada con la respectiva modificación, dentro de los términos y condiciones señalados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. 11.19. Cuando el número de kilos certificados y aportados por el proponente para acreditar su experiencia sea inferior al mínimo de kilos requeridos. 11.20. Cuando el oferente o uno de sus integrantes se encuentre incurso dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidades establecidas por la ley. 11.21. No podrán ofertar las personas naturales o jurídicas a quienes se les haya hecho efectiva la garantía de seriedad de oferta por incumplimiento en eventos anteriores de venta de mercancías aprehendidas, decomisadas y abandonadas, en la DIAN en los últimos cinco (5) años. 11.22 Cuando el proponente condicione su oferta. 12. VERIFICACION DE OFERTAS 12.1. APERTURA DE LA URNA El día 23 de octubre de 2012 a las 04:00 P.M. siendo la hora de terminación para el depósito de los sobres, se dará apertura a la urna y las ofertas, las cuales serán rubricadas por un funcionario encargado del evento y se leerán en el siguiente orden: 1) Nombre del Oferente, 2) Número de folios y 3) Valor ofertado por kilo incluido IVA. De lo actuado se dejará constancia en el acta de apertura y cierre de urna y en la Planilla Relación de Ofertas, las cuales serán suscritas por los encargados del evento y los oferentes que al momento estén presentes. 12.2 VERIFICACION DE DATOS Y REQUISITOS MINIMOS Durante el término establecido para el estudio de las ofertas, es decir los días 24 al 29 de octubre de 2012, será verificado el cumplimiento de los requisitos mínimos y cumplimiento de los documentos anexos. Los evaluadores dentro de este plazo a través de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos y la Subdirección de Gestión Comercial, solicitarán aclaraciones y/o documentos habilitantes para que los proponentes subsanen dentro del término que establezca LA DIAN en el oficio de solicitud, so pena de RECHAZO definitivo de la propuesta. 13. EVALUACIÓN DE LA OFERTA Entre las ofertas que cumplan con la totalidad de la documentación y los requisitos mínimos establecidos, se efectuara la verificación del valor ofertado. A la oferta económica que presente el mayor valor, le será adjudicado el lote. 14. ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN Según la evaluación realizada y verificación del cumplimiento de los requisitos y documentos exigidos, se fijará el resultado mediante publicación del NOMBRE DEL CONTRATISTA, los días 30 y 31 de octubre de 2012, en la cartelera de la Subdirección de Gestión Comercial ubicada en la Carrera 7 No. 6C-54 piso 13 de Bogotá y en la cartelera de la División de Gestión Administrativa y Financiera de las Direcciones Seccionales señaladas a continuación: SUB-NUMERAL
DIRECCION SECCIONAL
DIRECCION CARRERA 30 AVENIDA HAMBURGO EDIFICIO ADUANAS PISO 6
TELEFON INDICATIVO/No.
1.1
BARRANQUILLA
1.2
BOGOTA
1.3
BUCARAMANGA
1.4
BUENAVENTURA
CALLE 3 No.2A-18 EDIFICIO DIAN
052-2422405-2423653
1.5
CALI
CARRERA 3 No. 10-60 PISO 6º.
052-6818756 AL 97
1.6
CARTAGENA
AVENIDA CARRERA 68 NO 19-81 PISO 4º. CALLE 36 No. 14-03 PISO 4º.
MANGA 3 AVENIDA CALLE 28 No. 25-76
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
055-3448022-3799090
2610149-4256360 057-6309444
055-6607663- 6607700
15
Subdirección de Gestión Comercial
1.7
PEREIRA (CARTAGO)
CARRERA 15 No. 14-05 EDIFICIO PINARES PLAZA
056-3150500
1.8
CUCUTA
AV. 7 No. 19 N -21 EDIFICIO ADUANA VIA AEROPUERTO
057-5780849-5783297
1.9
IBAGUE
CARRERA 3 No.9-01 EDIFICIO NACIONAL
058-2611066-2614423
1.10
IPIALES
CARRERA 6 No. 15-23
052-7732278-7732208-7732282
CALLE 16 FRENTE BASE MILITAR JOSE ANTONIO GALAN
1.11
MAICAO
1.12
MANIZALES
1.13
MEDELLIN
1.14
PAMPLONA
CARRERA CENTRO
1.15
PEREIRA
CARRERA 15 No. 14-05 EDIFICIO PINARES PLAZA
1.16
RIOHACHA
1.17
SANTA MARTA
1.18
SINCELEJO
1.19
URABA
1.20
VALLEDUPAR
CALLE 22 No. 23-17
056-8854646-8830996-8833149
CARRERA 52 No. 42-43 5
No.
055-7252122-7252076-7252036
4936974- 4936883 3-94
CALLE 2 No. 6-48 CARRERA 5 No. 17-04 CALLE 3 No. 18-77 AVENIDA LA PLAYA CALLE 16 No. 9-30 EDIFICIO CAJA AGRARIA
057-5682523 056-3150500 055-7272218-217221420-727248424652291 0554-211153-213071 0552-826424-822549 054-8272210-8272069 0555-706843-746059
En caso de empate de las ofertas con relación al valor ofertado, se dirimirá por sorteo con la presencia de la Directora de Gestión de Recursos y Administración Económica de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o su delegado, mediante el sistema de balotas, lo anterior de conformidad con lo establecido por el Parágrafo del artículo 470 de la Resolución 4240 de 2000. Una vez hecha la adjudicación y transcurridos quince (15) días a partir de la fijación del listado de adjudicación, los demás oferentes podrán retirar su garantía de seriedad de la oferta, mediante solicitud escrita dirigida a la Subdirección de Recursos Físicos.. 15. PLAZO DE EJECUCION, VALOR DEL LOTE ADJUDICADO Y FORMA DE PAGO 15.1 PLAZO DE EJECUCION: Será de un (1) año contado a partir de la suscripción del acta de inicio previa aprobación de la garantía el cual se discrimina así: El retiro, desnaturalización y/o desguace, clasificación, fundición de la chatarra y disposición final de todos sus residuos, que conforman el lote No. 1 deberá hacerse dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la suscripción del acta de inicio del contrato derivado del presente proceso de venta. Las adiciones de los lotes de chatarra se podrán realizar desde la suscripción del acta de inicio del contrato, y deberán seguir el mismo proceso señalado para el Lote No 1 objeto de adjudicación. En todo caso el contratista no podrá sobrepasar el término de un año establecido para la ejecución del contrato para cumplir con las obligaciones derivadas de las adiciones de los lotes de chatarra. 15.2 VALOR DEL CONTRATO Este será indeterminado, pero determinable tal como se menciona a continuación: Se tomará inicialmente el valor de la oferta adjudicada incluido IVA y se multiplicará por la cantidad de kilos brutos aproximados establecidos por la Entidad en sus estudios previos. Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
16
Subdirección de Gestión Comercial Sin embargo será al momento de liquidar el contrato cuando se determine su valor real, que corresponderá al valor del kilo ofertado multiplicado por la cantidad de kilos de material ferroso obtenido. NOTA: el valor por kilo se mantendrá durante toda la ejecución del contrato, es decir, que los lotes que se llegaren a adicionarse también serán pagados por el contratista al precio por kilo incluido IVA adjudicado dentro del proceso de venta.
15.3 FORMA DE PAGO: Se realizaran pagos parciales bajo el siguiente procedimiento: Teniendo en cuenta que no se puede determinar el número de kilos de material ferroso al momento de la entrega, el contratista deberá cancelar como anticipo y previo al pesaje y retiro de la mercancía el valor equivalente al 50% del número total de kilos brutos aproximados, multiplicado por el valor ofertado y adjudicado. Este pago se deberá hacer de la siguiente manera: Cada Dirección Seccional deberá informar al contratista el valor a consignar como anticipo por sitio de almacenamiento de conformidad con el número total de kilos brutos aproximados de mercancías que se encuentran en cada sitio de almacenamiento. Los pagos se podrán realizar de contado por ventanilla, en efectivo, cheque de gerencia o transferencia electrónica en las cuentas que para el efecto establezca la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. La copia al carbón de la consignación o constancia de la transacción, debe ser entregada dentro los dos (2) días hábiles siguientes a partir de la fecha que se informó para consignar dicho valor al Grupo Interno de Trabajo de Comercialización de la División de Gestión Administrativa y Financiera o quien haga sus veces en cada Dirección Seccional o en la Coordinación Nacional de Inventarios de la Subdirección de Gestión Comercial ubicada en la Carrera 7 No 6C-54 piso 13 de Bogotá D.C. Esta última certificará el pago, previa verificación del ingreso a la cuenta bancaria, informando a cada Dirección Seccional. Una vez recibida la certificación en la Dirección Seccional, ésta procederá a autorizar el retiro de las mercancías. Suscrita el acta de desnaturalización se determinará el número de kilos de material ferroso obtenido y se procederá a calcular el valor real de la venta. Este valor se obtiene de multiplicar el número de kilos de material ferroso por el valor ofertado y adjudicado y se harán los cruces respectivos del valor obtenido frente al anticipo. Si se presenta saldos pendientes por consignar por parte del contratista, éste deberá realizar la respectiva consignación por la diferencia, dentro de los dos(2) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción de dicha acta y deberá entregarla dentro de este mismo plazo (2 días hábiles) al Grupo Interno de Trabajo de Comercialización de la División de Gestión Administrativa y Financiera o quien haga sus veces en cada Dirección Seccional o en la Coordinación Nacional de Inventarios de la Subdirección de Gestión Comercial ubicada en la Carrera 7 No 6C-54 piso 13 de Bogotá D.C. Si existiere saldo a favor del contratista, éste podrá solicitar que dicho valor le sea aplicado como anticipo de venta ante la misma u otra Dirección Seccional, según el caso, para lo cual la Coordinación Nacional de Inventarios expedirá la respectiva certificación. Verificado el pago, la Dirección Seccional correspondiente procederá a expedir la factura de venta. 16. OBLIGACIONES 16.1 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA 16.1.1 Acatar la Constitución, la ley, las normas legales y procedimentales establecidas por el gobierno nacional y demás disposiciones pertinentes. 16.1.2 Ejecutar el presente contrato con las especificaciones técnicas exigidas en el presente documento, en los estudios previos y en el pliego de condiciones, so pena de hacerse acreedor a las multas estipuladas en el contrato. 16.1.3 El contratista se obliga a mantener fijo el precio ofertado en la propuesta durante la ejecución y hasta la liquidación del contrato. 16.1.4 Dar estricto cumplimiento a las condiciones establecidas en el presente documento y en los estudios previos mediante el cual se determinan los requerimientos para la venta del material ferroso objeto del presente contrato. 16.1.5 Colaborar con la DIAN para que el objeto contratado se cumpla y garantizar que este sea de la mejor calidad. 16.1.6 Acatar las instrucciones que para el desarrollo del contrato le imparta la DIAN por conducto de los supervisores del contrato. 16.1.7 Dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de los sistemas de seguridad social, salud y pensiones. 16.1.8 Cumplir con las condiciones técnicas, jurídicas, económicas, financieras, ambientales y comerciales presentadas en la propuesta. 16.1.9 Reportar de manera inmediata cualquier novedad o anomalía, a los supervisores del contrato.
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
17
Subdirección de Gestión Comercial 16.1.10 Guardar total reserva de la información que por razón del proceso de venta le sea entregada, ya que es de propiedad de la DIAN, salvo requerimiento de autoridad competente. 16.1.11 Presentar cuando sean requeridos los comprobantes de afiliación y pago de los aportes a los sistemas de salud y pensión del personal destinado a la prestación del servicio junto con el comprobante de pago del subsidio familiar y la afiliación a la A.R.P. 16.1.12 Las demás obligaciones que se deriven de la ejecución del proceso de venta. 16. 2. OBLIGACIONES ESPECIALES DEL CONTRATISTA 16.2.1 Remitir dentro de los tres días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, el cronograma indicando las fechas de retiro de las mercancías por cada ciudad, lugar de acopio, fecha de arribo al lugar de acopio y fecha de desintegración. 16.2.2 Designar e Informar a la Subdirección de Gestión Comercial dentro de los tres días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, el nombre de la persona que coordinará las actividades derivadas del presente contrato, a través de la cual se canalizarán todas las comunicaciones y actividades a desarrollar. 16.2.3 El contratista deberá contar con la capacidad logística y operativa para desarrollar el objeto del contrato, en las condiciones establecidas en el pliego de condiciones. 16.2.4 Autorizar mediante poder autenticado a las personas designadas para el retiro de las mercancías de los diferentes sitios de almacenamiento. 16.2.5 Suscribir el acta de inicio conjuntamente con la DIAN, una vez se encuentre aprobado el cronograma por parte de la Entidad. 16.2.6 Consignar en la cuenta establecida por la DIAN el valor del anticipo objeto del presente contrato, así como los valores adicionales a consignar de conformidad con su ejecución. 16.2.7 Verificar que las mercancías entregadas correspondan a las derivadas del contrato adjudicado objeto del presente proceso de venta. Cualquier inconsistencia deberá dejar constancia en el acta de entrega e informar por escrito a la respectiva Dirección Seccional y Subdirección de Gestión Comercial. 16.2.8 Recibir la totalidad de las mercancías clasificadas como chatarra en el estado y sitio en que se encuentren. 16.2.9 Suscribir el acta de entrega de mercancías clasificadas como chatarra, con el Jefe el Grupo Interno de Trabajo de Comercialización de la División de Gestión Administrativa y Financiera o quien haga sus veces en cada Dirección Seccional o el (los) funcionario (s) designado (s) para el efecto. 16.2.10 Retirar las mercancías del sitio de almacenamiento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega. 16.2.11 Asumir los costos de bodegaje que se causen por el almacenamiento de las mercancías que no se hayan retirado dentro los 5 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega. 16.2.12 Disponer de medios de transporte para el traslado de mercancías clasificadas como chatarra utilizando vehículos tipo furgón precintables y para el transporte de automotores se deberán utilizar medios idóneos. 16.2.13 Contar dentro del territorio nacional como mínimo con dos (2) centros de acopio, para el almacenaje, clasificación y desnaturalización de todas y cada una de las unidades o partes de los bienes entregados y como mínimo un sitio para la fundición del material ferroso resultante de dicho proceso. Dichos sitios deberán cumplir con las condiciones establecidas en los requisitos mínimos del presente pliego de condiciones. 16.2.14 Trasladar las mercancías del sitio de almacenamiento a los sitios de acopio para su desintegración y posterior fundición, y responder por la custodia de las mismas hasta su fundición. 16.2.15 Contar con el personal capacitado y suficiente, dotado de elementos de seguridad necesarios para la realización de todas las actividades que se deriven del presente proceso. 16.2.16 Contar con los equipos y maquinaria necesarios requeridos para la desintegracion de las unidades automotrices, motores, autopartes y demás mercancias clasificada como chatarra y fundicion del material ferroso resultante de dicho proceso. 16.2.17 Tener báscula para el pesaje de la mercancía clasificada como chatarra y el material ferroso resultante de la desintegración de estás mercancías o en su defecto señalar el lugar en donde se realizará el mismo. 16.2.18 Permitir el ingreso al sitio de desnaturalización de funcionarios delegados por la DIAN para la supervisión del proceso. 16.2.19 Realizar el proceso de desintegración total, definitiva e irreversible de todas y cada una de las unidades o partes automotrices, motores, partes, repuestos, accesorios, maquinaria y demás mercancías que se han incluido en el LOTE NUMERO 1 y los que se adicionen durante la ejecución, eliminando las características de identificación que se encuentren grabadas, impresas, adheridas sobre las mercancías (marcas, modelos, seriales, números, etc.), Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
18
Subdirección de Gestión Comercial garantizando su inutilización de tal manera que no sean reutilizables en el futuro. Dicha labor se hará bajo control y supervisión del funcionario (s) designado(s) por la Dirección Seccional para tal efecto. 16.2.20. Contratar los servicios de un perito naval debidamente certificado e inscrito ante la Dirección General Marítima (DIMAR) para el desguace de la motonave y solicitar el respectivo permiso a la DIMAR para realizar dicho proceso. Asi como contar con los servicios del astillero debidamente autorizado por la Capitanía de puerto de la jurisdicción donde se encuentra la motonave. 16.2.21 Realizar el desguace de la motonave de conformidad con lo señalado en el numeral 18.7 del presente documento. 16.2.22 Disponer directamente o través de terceros de los residuos sólidos, líquidos y deshechos resultantes del proceso, cumpliendo con los estándares, normatividad medioambiental vigente para garantizar su adecuado manejo y protección del medio ambiente. 16.2.23 Abstenerse de comercializar directa o indirectamente partes o piezas de las mercancías objeto de desintegración o desnaturalización. 16.2.24 Asumir todos los gastos que se generan en el presente proceso de ejecución del contrato señalados en el presente documento. 16.2.25 Suscribir las actas de entrega y de desnaturalización señaladas en los numerales descritos en el presente documento. 16.2.26 Enviar periódicamente la Subdirección de Gestión Comercial los certificados de desintegración, fundición de material ferroso y disposición final de residuos no ferrosos, en la medida en que se desarrolle el cronograma del proceso ejecutado por ciudad programada. 16.2.27 Remitir al Grupo Interno de Trabajo de Comercialización de la Division de Gestion Administrativa y Financiera o dependencia que haga sus vences en la Dirección Seccional correspondiente dentro de los términos establecidos en el presente documento, copia al carbón de la consignación, o documento equivalente que acredite el pago, para la respectiva expedición de la certificación del pago y expedición de la factura de venta. De conformidad con el artículo 538 del Decreto 2685 de 1999, la propiedad de las mercancías adjudicadas se acreditará mediante resoluciones motivadas, contratos o facturas que se expidan como resultado del proceso de enajenación, y constituirán para todos los efectos legales el título de dominio de las mercancías enajenadas. 16.2.28 Expedir certificaciones señaladas en el presente documento. 16.2.29 Presentar las garantías expedidas por una compañía de seguros o bancaria vigilada por la superintendencia Financiera. 17. SUPERVISION La supervisión del presente contrato será ejercida por el Subdirector de Gestión Comercial conjuntamente con los Directores Seccionales de Aduanas, de Impuestos y Aduanas, Delegada de Impuestos y Aduanas, sobre los bienes ubicados en su respectiva jurisdicción, quienes de acuerdo con el objeto, la naturaleza y las características de este contrato tendrán las funciones, atribuciones y responsabilidades establecidas en las disposiciones legales para el ejercicio de la supervisión, las establecidas en la Resolución Interna No. 5112 de 2001, las otorgadas por el numeral 16 del artículo 39 del Decreto 4048 de 2008 y en especial las que se indican a continuación: 17.1 OBLIGACIONES DE LOS DIRECTORES SECCIONALES Los Directores Seccionales a través del Grupo Interno de Trabajo de Comercialización o quien haga sus veces deberán: 17.1.1 Verificar que el contratista cumpla con todas y cada una de sus obligaciones. 17.1.2 Realizar la entrega de la mercancía clasificada como chatarra, debidamente inventariada y pesada, en el estado y sitio en que se encuentre. 17.1.3 Suscribir el Acta de Entrega conjuntamente con el delegado por el contratista y el delegado por el responsable de la custodia de la mercancía. 17.1.4 Velar por la custodia de la mercancía durante su traslado hasta los sitios de acopio para su desnaturalización. 17.1.5 Solicitar a la Coordinación de Servicios Generales de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, la inclusión en la póliza de transporte, la mercancía a trasladar. 17.1.6 Informar por escrito al contratista, el nombre e identificación del (los) funcionario(s) delegado(s) para supervisar el proceso de desnaturalización o desintegración de la mercancía clasificada como chatarra. 17.1.7 Vigilar que la desnaturalización de la mercancía clasificada como chatarra, se realice de manera total de tal forma que las unidades o partes no puedan ser recuperables. 17.1.8 Suscribir el acta de desnaturalización conjuntamente con el contratista. Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
19
Subdirección de Gestión Comercial 17.1.9 Verificar el pesaje del material ferroso. 17.1.10 Verificar que el pago de la mercancía se realice dentro del término estipulado y en la forma prevista en el presente documento. 17.1.11 Recibir el soporte de pago de la chatarra y solicitar la certificación del ingreso a la Coordinación Nacional de Inventarios. 17.1.12 Comunicar a la Subdirección de Gestión Comercial, cualquier inconsistencia que se presente en la ejecución del proceso. 17.1.13 Elaborar los egresos correspondientes de la mercancía clasificada como chatarra, cuando ésta se encuentre en depósitos habilitados y Regionales, así como verificar que las almacenadoras emitan el documento egreso correspondiente. 17.1.14 Organizar la carpeta del evento de conformidad con los lineamientos establecidos en la orden administrativa 003 de 2.001. 17.1.15 Remitir a la Coordinación de Disposición de Mercancías de la Subdirección de Gestión Comercial copia de las Actas de entrega. 17.1.16 Remitir a la Coordinación Nacional de Inventarios de la Subdirección de Gestión Comercial, los informes correspondientes a la venta, tales como: Reporte Mensual de Ventas y Reporte mensual de ingreso a Bancos. 17.1.17 Enviar a la Coordinación de Nacional de Inventarios de la Subdireccion de Gestion Comercial la relación de los egresos generados por la venta de la mercancía clasificada como chatarra. 17.1.18 Expedir la facturación en desarrollo del presente contrato. 17.2 OBLIGACIONES DEL SUBDIRECTOR DE GESTIÓN COMERCIAL 17.2.1 Suscribir con el contratista el acta de inicio del contrato, previa aprobación del cronograma. 17.2.2 Aprobar el cronograma para el retiro de las mercancías y darlo a conocer a las Direcciones Seccionales. 17.2.3 Dar los lineamientos y autorizar las adiciones para la conformación de los nuevos lotes de chatarra a las Direcciones Seccionales. 17.2.4 Facilitar los documentos que requiera la DIRECCION GENERAL MARITIMA – DIMAR para el desguace de las motonaves. 17.2.5 Solicitar y tramitar ante el Subdirector de Gestión de Recursos Físicos, con la debida justificación y anticipación, las modificaciones, aclaraciones, adiciones, prorrogas, suspensiones y demás situaciones contractuales que se requieran durante la ejecución del contrato . 17.2.6 Consolidar las quejas que se presenten con ocasión de la ejecución del contrato y requerir al contratista para que se tomen los correctivos a que haya lugar. 17.2.7 Fijar plazos para la realización de los correctivos y hacer el seguimiento respectivo para verificar que éstos se cumplan 17.2.8 Liquidar el contrato en los términos estipulados en el contrato y la Ley. IMPORTANTE: Se recuerda la obligación de los supervisores de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) según el cual: ―La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato. Los supervisores están facultados para solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y serán responsables por mantener informada a la Entidad contratante de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles, o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente.
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
20
Subdirección de Gestión Comercial 18. ACTIVIDADES EN LA EJECUCION: 18.1. PESAJE: El Jefe del Grupo Interno de Trabajo de Comercialización DE la División de Gestión Administrativa y Financiera o quien haga sus veces en cada Dirección Seccional, o el (los) funcionario (s) que éste designe para el efecto y el (los) funcionario (s) de la Almacenadora o encargado (s) de la custodia de las mercancías, en presencia del contratista o la (s) persona (s) designadas por él, harán el pesaje en las básculas de la Almacenadora o sitio donde se encuentren almacenadas las mercancías, de cada ítem objeto de disposición en su FORMA TOTAL Y ESTADO ACTUAL. En caso de NO contar con báscula, situación que certificará la Almacenadora o Encargado de la custodia, la mercancía podrá ser pesada en la báscula más cercana al lugar del depósito, teniendo que ser precintado el vehículo (tipo furgón) que transportará la mercancía. En cualquier caso, el reporte o tiquete de la báscula deberá marcarse con el número de ITEM y DIIAM, conservándose como soporte anexo al acta de entrega que se diligencie. En caso que la báscula no arroje tiquete o reporte, se deberá dejar constancia en la misma Acta, donde se adicionará la relación de cada ITEM y DIIAM, con su respectivo peso. Para el traslado de la mercancía se debe tener en cuenta que el medio de transporte utilizado debe ser precintado. Para el de automotores debe realizarse en medios idóneos y autorizados por el Supervisor del contrato o su delegado. Los gastos que se generen por este traslado correrán por cuenta del contratista. En este caso la DIAN afectará sus pólizas que amparan la mercancía, hasta el sitio de pesaje. Una vez pesada, el contratista asume con supervisión de la DIAN, la seguridad y manipulación de la mercancía clasificada como chatarra para procesar y los costos que se puedan derivar. 18.2. MERCANCIAS EXISTENTES EN ALMACEN GENERAL DE DEPOSITO: Para aquellas mercancías que se encuentran ubicadas en Almacenes Generales de Depósito - AGD con los cuales tiene contrato la DIAN, es obligación de los AGD realizar la entrega al contratista de la mercancía clasificada como chatarra debidamente pesada, bajo la supervisión de un funcionario de la DIAN. La manipulación y posteriores pesajes en caso de tener costo, correrán por cuenta del contratista. 18.3 MERCANCIAS ALMACENADAS EN OTROS SITIOS: Para aquellas mercancías que se encuentren ubicadas en sitios diferentes a los AGD, es decir, depósitos habilitados, instalaciones de la DIAN, parqueaderos, entidades públicas y particulares, dentro y fuera del perímetro urbano, el contratista deberá asumir los costos de transporte hasta la báscula más cercana, o en el que destine el contratista para tal fin, previa aprobación por parte de la DIAN. En caso que dicho pesaje tenga costo, éste deberá asumirse por parte del contratista. 18.4. ENTREGA: Realizado el pesaje, el (los) funcionario (s) de la Almacenadora o encargado (s) de la custodia de las mercancías, entregará al contratista o la (las) persona (s) designadas por éste, bajo supervisión del Jefe el Grupo Interno de Trabajo de Comercialización de la División de Gestión Administrativa y Financiera o quien haga sus veces en cada Dirección Seccional, o el (los) funcionario (s) que éste designe para el efecto, la mercancía en su forma total y estado actual, dentro de la misma Almacenadora o sitio donde se encuentren almacenadas, para iniciar el proceso de DESINTEGRACION. A dicha acta se le anexará copia del recibo de consignación, certificación del pago por parte de la DIAN, tiquete o reporte de báscula del correspondiente pesaje, los cuales harán parte integral del evento que conformará la Dirección Seccional, copia del Acta deberá ser enviada por correo electrónico o físico a la Subdirección de Gestión Comercial el día hábil siguiente a la fecha de suscripción de la misma. El acta contendrá como mínimo: Fecha del Acta de Entrega Nombre de la Dirección Seccional Nombre de la dependencia responsable del proceso Nombre del contratista Identificación del contratista NIT o C.C. Nombre e identificación de las personas autorizadas por el contratista Valor pagado por parte del contratista y certificado por la DIAN. Número y fecha de los DIIAM, ítem, descripción de la mercancía, cantidad y peso. Peso total de la mercancía entregada para desnaturalizar. Peso del vehículo vacío al momento del ingreso al depósito o sitio de almacenamiento (reporte báscula) Peso del vehículo cargado con la mercancía a retirar (reporte báscula) Nombre y firma de la (s) persona (s) que intervienen en la diligencia (Funcionarios Almacenadora o Encargados de la custodia, Funcionario(s) DIAN, contratista o personal autorizado por éste). Observaciones 18.5. TRASLADO AL SITIO DE ACOPIO Y RECIBO: Una vez suscrita el acta de entrega, el contratista deberá retirar las mercancías del sitio de almacenamiento dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del acta de entrega. Vencido este término los bodegajes causados por el almacenamiento correrán por cuenta del contratista. Para el traslado de la mercancía se debe tener en cuenta que el medio de transporte utilizado debe ser precintado. Para el caso de vehículos, serán transportados en medios de transporte idóneos para este fin.
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
21
Subdirección de Gestión Comercial El Jefe del GIT de Comercialización o quien haga sus veces deberá solicitar a la Coordinación de Servicios Generales de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, la inclusión a la póliza de transporte de la mercancía a trasladar, de acuerdo con los lineamientos establecidos por dicha dependencia. Igualmente Coordinará con el Jefe del GIT de Comercialización o quien haga sus veces de la Dirección Seccional sede de acopio, para el recibo y verificación de la mercancía entregada al contratista. Una vez recibida la mercancía en el sitio de acopio y previo al descargue, el contratista en presencia del funcionario comisionado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para tal fin, deberá pesar el camión y/o medio de transporte utilizado, y se dejará registro fotográfico de dicha diligencia. El tiquete de pesaje deberá ser parte integral del acta de desintegración correspondiente. 18.6. DESINTEGRACION: El contratista o la(s) persona(s) designada(s) por este deberán realizar el proceso de desintegración TOTAL, DEFINITIVA e IRREVERSIBLE de todas y cada una de las unidades o partes automotrices, motores, partes, repuestos, accesorios, maquinaria y demás mercancías que se han incluido en el LOTE NUMERO 1 Y LOS QUE SE ADICIONEN A NIVEL NACIONAL DE CHATARRA FERROSA, eliminando las características de identificación que se encuentren grabadas, impresas, adheridas sobre las mercancías (marcas, modelos, seriales, números, etc.), garantizando su inutilización de de tal manera que no sean reutilizables en el futuro. Dicha labor se hará bajo control y supervisión del funcionario (s) designado(s) por la Dirección Seccional para tal efecto. 18.7 PARA EL DESGUACE DE MOTONAVES: Para el caso de las MOTONAVES o partes de éstas que se encuentre sobre aguas en los muelles indicados como sitio de almacenamiento, el contratista solicitará autorización a la DIRECCION GENERAL MARITIMA – DIMAR, para el desguace de las motonaves. Así mismo contratará los servicios del PERITO NAVAL CERTIFICADO e INSCRITO ante la DIRECCION GENERAL MARITIMA – DIMAR, quien orientará y definirá la forma, sitio (donde se encuentre o Astillero Autorizado) y condiciones como se debe realizar el desguace de la motonave, dando cumplimiento a lo señalado en el Decreto 2324 de 1984. La Subdirección de Gestión Comercial expedirá los certificados y facilitará los documentos que la DIRECCION GENERAL MARITIMA – DIMAR le solicite al contratista, como responsable del desguace de las motonaves, entre ellos: Listado de contratista (Adjudicatario), Resoluciones que resuelven la situación jurídica de las mismas y ordenan su decomiso a favor de la Nación, entre otros. 18.8 CLASIFICACION DE MATERIALES: El contratista o la(s) persona(s) designada(s) por este, deberán clasificar el material ferroso, los residuos sólidos, líquidos y demás deshechos que resulten del proceso de desintegración o desnaturalización. El material ferroso que resulte del proceso de desintegración y/o desguace será pesado para determinar la cantidad de kilos obtenidos, y se suscribirá un acta de desintegración y/o desguace por cada Dirección Seccional en donde se dejará constancia de los kilos de material ferroso obtenido, la cual debe ser firmada por el (los) funcionario (s) designado(s) por la Dirección Seccional y por el contratista o quien éste delegue y formará parte del acta de desnaturalización constituyéndose como documento soporte para la expedición de la factura de venta por parte de la Dirección Seccional correspondiente. El acta debe contener como mínimo la siguiente información Fecha del Acta de Desnaturalización Fecha del Acta de Entrega de mercancía clasificada como chatarra Nombre de la Dirección Seccional Nombre de la dependencia responsable del proceso Nombre del contratista Identificación del contratista NIT o C.C. Nombre e identificación de las personas autorizadas por el contratista Valor consignado (anticipo) Peso total del material ferroso resultante (reporte báscula). Valor real de la venta Saldo a favor o en contra del contratista. Nombre y firma de las personas que participaron en la diligencia. Observaciones A dicho documento se le debe anexar el tiquete de constancia del peso que arroje la báscula. 18.9. DISPOSICION FINAL DE MATERIALES El contratista deberá garantizar que la disposición final del material ferroso será la fundición. De igual forma deberá certificar la desintegración de las mercancías recibidas y la fundición del material ferroso. Dentro de la certificación se deberá manifestar que dichas mercancías no saldrán al mercado de repuestos o elementos usados. También deberá garantizar y certificar que la disposición final de los residuos sólidos, líquidos y deshechos resultantes del proceso se hizo cumpliendo las normas de manejo medioambiental, consagradas en la ley 253 de 1996 y los Decretos 1609 de 2002 y 4741 de 2005 y las demás normas que regulen la materia. Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
22
Subdirección de Gestión Comercial Las certificaciones deberán ser entregadas en la medida en que se desarrolle el cronograma del proceso ejecutado por ciudad programada, a la Subdirección de Gestión Comercial, indicando fechas, procedimientos, cantidad o peso y descripción de los materiales dispuestos. 19. OTRAS ACTIVIDADES: Las demás actividades relacionadas con el proceso como clasificación del material ferroso, residuos, deshechos, cargue, descargue, transporte, servicios de básculas, almacenamiento de la chatarra desnaturalizada y los gastos que se puedan generar, incluyendo los impuestos, tasas, contribuciones de carácter nacional y/o territorial, costos directos e indirectos aplicables, serán a cargo del contratista. 20. COSTOS Y GASTOS A CARGO DEL CONTRATISTA El contratista será responsable de los gastos que se generen por pesaje cuando en los depósitos no se cuente con básculas, igualmente deberá asumir los demás costos y gastos en que se incurran durante el proceso de ejecución del contrato tales como: cargue, descargue, traslado desde el sitio de almacenamiento hasta el lugar de desintegración, desguace, labores de desintegración (gastos de personal y alquiler de equipos o herramientas, etc.), pesaje, disposición final de residuos y las demás erogaciones a que haya lugar. 21. INDEMNIDAD DE LA DIRECCION A LA DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES: El Contratista mantendrá indemne a LA DIAN contra todo reclamo, demanda, acción legal, y costos que pueda causarse o surgir por daños o lesiones a personas o propiedades de terceros, ocasionados por el Contratista o su personal, durante la ejecución del objeto de este contrato, cuando haya lugar a ello. 22. MULTAS: Las partes acuerdan que en caso de retardo o incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el contrato, los estudios previos y el pliego de condiciones, se causará a favor de LA DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES una multa equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de atraso en el cumplimiento de las obligaciones, sin que el valor total de ellas pueda llegar a exceder el diez por ciento (10%) el valor total del contrato. 23. PENAL PECUNIARIA: Si el Contratista no diere cumplimiento en forma total o parcial al objeto o a las obligaciones emanadas del contrato, los estudios previos y el pliego de condiciones, pagará a LA DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, el diez por ciento (10%) del valor total del mismo, como estimación anticipada de perjuicios, sin que lo anterior sea óbice para que se impongan las multas a que haya lugar y/o reclamación por los perjuicios ocasionados. 24. APLICACIÓN DE LAS MULTAS Y DE LA PENAL PECUNIARIA: El valor de las Multas y de la Cláusula Penal Pecuniaria, se hará una vez quede en firme el procedimiento legal establecido en el Estatuto Anticorrupción, pudiendo la DIAN descontar los valores respectivos del valor de los pagos que ésta deba efectuar al Contratista, si ello fuere posible, o haciendo efectiva la garantías constituidas a favor de la entidad en el contrato. 25. LIQUIDACIÓN: El plazo para liquidación del contrato será de (6) seis meses, contados a partir de la finalización del término de ejecución del contrato, el cual es de un año contado a partir de la suscripción del acta de inicio suscrita por las partes. 26. TITULARIDAD La propiedad de las mercancías adjudicadas se acreditará con la factura que expida la Dirección Seccional donde se encuentra ubicada la mercancía desnaturalizada, como resultado del proceso de enajenación. En la factura se debe expresar exclusivamente por kilos de Chatarra, incluyéndose una nota en la que se especifique que la mercancía se vende como tal y no podrá ser reconstruida, ni comercializada como la parte o pieza original. 27. INHABILIDADES ESPECIALES Sin perjuicio de las existentes en la Constitución, ley o reglamentos NO PODRAN OFERTAR:
1). Los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, su cónyuge o compañero (a) permanente, ni las personas que se encuentren vinculados a éstos dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil. 2). Las Personas Naturales o Jurídicas a las cuales les fueron aprehendidas y decomisadas o que se encontraban a su nombre cuando fueron declaradas en abandonado a favor de la Nación, las mercancías que se encuentran clasificadas Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
23
Subdirección de Gestión Comercial en el lote de Chatarra a nivel Nacional. Lo anterior, conforme a lo estipulado en el parágrafo 3º del artículo 530 del Decreto 2685 de 1999.
28. OBSERVACIONES Si Usted, señor oferente tiene dudas acerca de la información aquí suministrada, puede acercarse al Despacho de la Subdirección de Gestión Comercial ubicada en la Carrera 7 No. 6C – 54 Piso 13 de Bogotá, en el horario de 9:00 a.m. a 5:00 p.m. ó a la División de Gestión Administrativa y Financiera o quien haga sus veces de las Administraciones señaladas en el numeral 8 del presente documento, en horario de 9:00 AM a 4:00 PM. NOTA: LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES SE PERMITE INFORMAR AL PUBLICO EN GENERAL, QUE PARA PARTICIPAR EN LOS DIFERENTES EVENTOS QUE ORGANIZA, NO SE REQUIERE DE NINGUN TIPO DE INTERMEDIARIOS, CADA EVENTO SERA ATENDIDO POR UN FUNCIONARIO DE LAS ADMINISTRACIONES QUIEN ESTARA DEBIDAMENTE IDENTIFICADO PARA TAL FIN Y DISPUESTO A RESOLVER CUALQUIER INQUIETUD.
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
24
Subdirección de Gestión Comercial FORMATO No. 1 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES FORMATO PARA PRESENTACION DE OFERTAS
CIUDAD
FECHA
Día
Mes
Año
1.- DATOS DEL OFERENTE Razón Social:
Nit.:
Nombre del Representante Legal:
C.C. No.
C.E. No.
De:
Ciudad:
Dirección:
Teléfono:
Fax:
A.A.
E-mail:
2.- INFORMACION DEL LOTE OBJETO DE VENTA: LOTE No.
VALOR BASE INCLUIDO I.V.A
VALOR OFERTADO INCLUIDO I.V.A
$58=
3.- INFORMACION DE LA GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:
No. DE GARANTIA
FECHA DE EXPEDICION
Día
Mes
NOMBRE COMPAÑÍA ASEGURADORA
Año
EL ORIGINAL DE LA GARANTIA ACOMPAÑA LA OFERTA PRESENTADA POR EL LOTE NUMERO: ________ Con el trámite y la firma de la presente propuesta, dejo constancia que conozco todas y cada una de las condiciones exigidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, las cuales se especifican en el pliego suministrado en el lugar de exhibición. Igualmente, manifiesto expresamente que la empresa no tiene como socios a funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, ni cónyuge, ni compañero (a) permanente de funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y que los socios no se encuentran vinculados a éstos por parentesco, hasta el segundo grado de afinidad, cuarto de consanguinidad o primero civil.
_________________________________________________________ FIRMA DEL OFERENTE O REPRESENTANTE LEGAL, EN ORIGINAL NOTA: No se tendrá en cuenta la oferta sin firma o con tachaduras.
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
25
Subdirección de Gestión Comercial FORMATO No. 2 Formatos Compromiso consorcial y compromiso de unión temporal A. FORMATO COMPROMISO CONSORCIAL Entre, (persona jurídica)--------------------, domiciliados en ----------------, constituida mediante Escritura No. -------otorgada en—de 19--- en la Notaría ---- de --------, representada en éste acto por --------, mayor de edad y vecino de ----, identificado con la cédula de ciudadanía No. ------------ de -------, quien obra en su carácter de --------------, con amplias atribuciones al efecto, por una parte, y (persona jurídica)--------------------------------, domiciliada en ---------, constituida mediante Escritura No. --------- otorgada el --- de ---- de 199---- en la Notaría -----de----------------representada en este acto por -----------------, mayor de edad y vecino de ------------, identificado con la cédula de ciudadanía No. -------------- de -------------, quien obra en su carácter de ---------------------------, con amplias atribuciones, hemos determinado celebrar un compromiso o convenio consorcial que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Este compromiso se celebra con el fin de integrar, como en efecto se integra por medio del presente documento, un consorcio entre ------------- y -------------------------- y ------------------------ y ------------------------------ que se denominará_________, para efectos de presentar una oferta conjunta para el PLIEGO DE CONDICIONES No. 12-05-001 EVENTO No. EV-12-217-001, cuyo objeto es “LA VENTA DEL MATERIAL FERROSO RESULTANTE DE LA DESINTEGRACIÓN DE MERCANCÍAS APREHENDIDAS, DECOMISADAS Y ABANDONADAS A FAVOR DE LA NACIÓN, CLASIFICADAS COMO CHATARRA”. SEGUNDA: Por virtud de lo anterior nos comprometemos, desde ahora por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo, igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por LA DIAN. TERCERA: Queda expresamente convenido que los consorciados respondemos solidariamente por el cumplimiento total de la oferta y de la ejecución del contrato; en consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de los citados eventos, afecta a todas las personas que lo conforman. CUARTA: Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren el consorcio. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita de por LA DIAN. QUINTA: Se hace constar, además, que quienes estamos suscribiendo este compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en nombre suyo, no solamente para los efectos del presente convenio sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto del compromiso consorcial como de la adjudicación del contrato que de ella se derive. SEXTA.-DURACIÓN: que la duración del compromiso consorcial se extenderá desde la firma del presente compromiso, por todo el plazo de ejecución del contrato que nos sea adjudicado y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- DIRECCIÓN: Para todos los efectos ante DIAN se consignan a continuación las direcciones donde funcionan las oficinas de los consorciados, a saber: -----------------------------. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que LA DIAN puede dirigirse al consorcio a la siguiente dirección: --------------------------------. Para todos los efectos los integrantes del Consorcio designamos de común acuerdo a ------------, identificado con C.C. No............. como representante del mismo. Para constancia se firma a los __________ FIRMAS NOMBRE DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
26
Subdirección de Gestión Comercial
FORMATO No. 2 B. FORMATO COMPROMISO UNIÓN TEMPORAL Entre, (persona jurídica) -----------------, domiciliados en --------------- constituida mediante Escritura Pública No.-------otorgada en ------- de 199--- en la Notaría ---- de -----------, representada en éste acto por -------------------------------mayor de edad y vecino de --------------, identificado con la cédula de ciudadanía No.-------------------- de -----------, quien obra en su carácter de ------------------ con amplias atribuciones al efecto, por una parte, y (persona jurídica) -------------------------------, domiciliada en -----, constituida mediante Escritura No.-------------- otorgada el ----- de 199----, mayor de edad y vecino de ----------- identificado con la cédula de ciudadanía No. -- de --------, quien obra en su carácter de -----------, con amplias atribuciones hemos determinado celebrar un compromiso de unión temporal que se denominará_________ y se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: Este compromiso se celebra con el fin de integrar, como en efecto se integra por medio del presente una oferta conjunta para el PLIEGO DE CONDICIONES No. 12-05-001 EVENTO No. EV-12-217-001, cuyo objeto es “LA VENTA DEL MATERIAL FERROSO RESULTANTE DE LA DESINTEGRACIÓN DE MERCANCÍAS APREHENDIDAS, DECOMISADAS Y ABANDONADAS A FAVOR DE LA NACIÓN, CLASIFICADAS COMO CHATARRA”. SEGUNDA: Por virtud de lo anterior nos comprometemos desde ahora, por medio del presente documento, tanto a presentar una oferta conjunta, como a celebrar y ejecutar el contrato respectivo, igualmente en forma conjunta y dentro de las condiciones exigidas por LA DIAN. TERCERA: Queda expresamente convenido que las personas que integramos esta Unión Temporal respondemos solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y de la ejecución del contrato, en consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de los citados eventos afecta a todos los integrantes que la conforman. Para efectos de la aplicación de las sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y de la orden, convenimos que los términos y extensión de nuestra participación de la ejecución del contrato, es la siguiente: ______________________________. Igualmente nos comprometemos a no modificar los términos y la extensión de las actividades señaladas anteriormente sin el consentimiento previo y escrito de LA DIAN. CUARTA: Celebrado el contrato, queda convenido que no podrá haber cesión del mismo entre los miembros que integren la Unión Temporal. Cuando se trate de cesión a terceros, se requerirá de la autorización previa, expresa y escrita de LA DIAN QUINTA: Se hace constar, además que quienes estamos suscribiendo este compromiso disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en nombre suyo, no solamente para los efectos del presente convenio sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto de la Unión Temporal como de la selección y del contrato que de ella se derive. SEXTA.- DURACIÓN: que la duración del compromiso de unión temporal se extenderá desde la firma del presente compromiso, por todo el plazo de ejecución del contrato que nos sea adjudicado y un (1) año más. No obstante lo anterior, en el evento en que no ocurriere la liquidación dentro del año siguiente a la terminación del contrato, la duración se extenderá hasta la liquidación del contrato. SÉPTIMA.- DIRECCIÓN: Para todos los efectos ante LADIAN., se consignan a continuación las direcciones donde funcionarán las oficinas de las personas que integran la Unión Temporal a saber: -----------. No obstante lo anterior, se acepta desde ahora que LA DIAN., puede dirigirse a la siguiente dirección----Para todos los efectos los integrantes de la Unión Temporal de común acuerdo designamos a -------- como representante de la misma. Para constancia se firma en -------------------a los -------FIRMAS NOMBRE DOCUMENTO DE IDENTIFICACIÓN
Carrera 7ª Nº 6C-54 piso 13 PBX 607 98 63 - www.dian.gov.co
27