SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO Miércoles, 23 de setiembre del 2015 Avisos Judiciales Mixto de Canchis.- (23 SET). EDICTOS EDICTO JUDICIA

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Miércoles, 23 de setiembre del 2015

Avisos Judiciales Mixto de Canchis.- (23 SET). EDICTOS EDICTO JUDICIAL.- CAMBIO DE NOMBRE.- POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS, A CARGO DEL JUEZ EDWIN FLORENCIO CRUZ DOMÍNGUEZ; EXPEDIENTE 00244-2015-0-1007-JM-CI-02, CON LA ACTUACIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL ELENA PINO CCORICASA; PEDRO CARDEÑA QUISPE, EN REPRESENTACIÓN DE SU HIJO CRISPIN CARDEÑA DÍAZ; SOLICITA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA CAMBIO DE NOMBRE: RESOLUCIÓN NRO. 02 DE FECHA 02 DE SETIEMBRE DE 2015 “….SE RESUELVE: 1) ADMITIR A TRÁMITE LA SOLICITUD PRESENTADA POR PEDRO CARDEÑA QUISPE EN REPRESENTACION DE SU HIJO CRISPIN CARDEÑA DIAZ, SOBRE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA CAMBIO DE NOMBRE DE PILA DE CRISPIN A CHRISTIAN CARDEÑA QUISPE, 2) TRAMÍTESE EN LA VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. 3) RESÉRVESE EL SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL. SE DISPONE EFECTUAR LAS PUBLICACIONES DEL EXTRACTO DE LA SOLICITUD POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL “EL PERUANO” A NIVEL NACIONAL Y EN EL DIARIO LA REPÚBLICA DE CUSCO A NIVEL REGIONAL. LO QUE SE PONE A CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO EN GENERAL, PARA LOS FINES PERTINENTES. SICUANI, 16 DE SETIEMBRE DE 2015.- ELENA PINO CCORICASA.- Secretario Judicial.- Segundo Juzgado Mixto de Canchis.(23 SET). EDICTO JUDICIAL.- Ante el Primer Juzgado Mixto de Sicuani, a cargo de la señorita Juez titular doctora Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo la actuación del especialista Judicial Alex Macedo Casa, se viene tramitando el Proceso N° 00227-2015-0-1007-JM-CI-01, seguido por OSCAR MAURO ZÚÑIGA PIZARRO: SE RESUELVE: la demanda interpuesta por OSCAR MAURO ZÚÑIGA PIZARRO, sobre Adición de Apellidos de paterno y materno en la partida de nacimiento, de ZÚÑIGA PIZARRO, al momento de la inscripción se ha omitido los apellidos de consignarse el mismo que aparece como OSCAR MAURO, por consiguiente debe de adicionarse y consignarse los apellidos Zúñiga y Pizarro, para que su nombre quede correcto y completo como OSCAR MAURO ZUÑIGA PIZARRO; en tal virtud se dispone su trámite en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO; debiendo cumplirse con la publicación del extracto del auto admisorio mediante Edictos en el Diario Judicial de la localidad así como en el de mayor circulación de la ciudad, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 833° del Código Procesal Civil por el término de ley. Sicuani, 22 de setiembre del 2015.- ALEX MACEDO CASA.Especialista Legal PRIMER JUZGADO MIXTO DE CANCHIS.- (23 SET). EDICTO JUDICIAL.- Ante el Primer Juzgado Mixto de Sicuani, a cargo de la señorita Juez titular doctora Liliam Selene Monasterio Alarcón y bajo la actuación del especialista Judicial Alex Macedo Casa, se viene tramitando el Proceso N° 00224-2015-0-1007-JM-CI-01, seguido por YOLANDA INES ZÚÑIGA PIZARRO: SE RESUELVE: la demanda interpuesta por YOLANDA INES ZUÑIGA PIZARRO, sobre CAMBIO DE ADICION DE APELLIDO, debiendo completarse en el apellido paterno y materno en la partida de nacimiento, debiendo de consignarse los apellidos “ZÚÑIGA PIZARRO”, y no como YOLANDA INES, debiendo ser lo correcto “YOLANDA INÉS ZÚÑIGA PIZARRO”, y con citación del representante del Ministerio Público; en tal virtud se dispone su trámite en la VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO; debiendo cumplirse con la publicación del extracto del auto admisorio mediante Edictos en el Diario Judicial de la localidad así como en el de mayor circulación de la ciudad, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 833° del Código Procesal Civil por el término de ley. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios del recurrente, reservándose su admisión y actuación, para la etapa correspondiente. A LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes los anexos que se acompaña. Sicuani, 22 de setiembre del 2015.- ALEX MACEDO CASA.- Especialista Legal PRIMER JUZGADO MIXTO DE CANCHIS.- (23 SET). EDICTO JUDICIAL.- CAMBIO DE NOMBRE.- POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS, CARGO DEL JUEZ EDWIN FLORENCIO CRUZ DOMÍNGUEZ; EXPEDIENTE 00226-2015-0-1007-JM-CI-02, CON LA ACTUACIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL ELENA PINO CCORICASA; ALI GREGORIO ZÚÑIGA PIZARRO; SOLICITA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA ADICIÓN DE APELLIDOS EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA SOLICITANTE: RESOLUCIÓN NRO. 02 DE FECHA 26 DE AGOSTO DE 2015 “...SE RESUELVE: 1) ADMITIR A TRÁMITE LA SOLICITUD PRESENTADA POR ALI GREGORIO ZÚÑIGA PIZARRO, SOBRE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA ADICIÓN DE APELLIDOS EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO ESPECÍFICAMENTE ZUÑIGA PIZARRO, 2) TRAMÍTESE EN LA VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. 3) RESÉRVESE EL SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, SE DISPONE EFECTUAR LAS PUBLICACIONES DEL EXTRACTO DE LA SOLICITUD POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL “EL PERUANO” A NIVEL NACIONAL Y EN EL DIARIO LA REPÚBLICA DE CUSCO A NIVEL REGIONAL. LO QUE SE PONE A CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL O PARA LOS FINES PERTINENTES. SICUANI, 14 DE SETIEMBRE DE 2015. ELENA PINO CCORICASA.- Secretaria judicial.- Segundo Juzgado Mixto de Canchis.- (23 SET). EDICTO JUDICIAL CAMBIO DE NOMBRE.- POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS A CARGO DEL JUEZ EDWIN FLORENCIO CRUZ DOMINGUEZ EXPEDIENTE 00223-2015-0-1007-JM-CI-02, CON LA SECRETARIA JUDICIAL ELENA PINO CCORICASA; OLGA LUZ ZUÑIGA PIZARRO; SOLICITA AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA ADICION DE APELLIDOS EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA SOLICITANTE: RESOLUCIÓN NRO. 02 DE FECHA 26 DE AGOSTO DE 2015. SE RESUELVE: 1) ADMITIR A TRÁMITE LA SOLICITUD PRESENTADA POR OLGA LUZ ZÚÑIGA PIZARRO, SOBRE AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA ADICIÓN DE APELLIDOS EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO ESPECÍFICAMENTE ZÚÑIGA PIZARRO, 2) TRAMÍTESE EN LA VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO. 3) RESÉRVESE EL SEÑALAMIENTO DE AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL. SE DISPONE EFECTUAR LAS PUBLICACIONES DEL EXTRACTO DE LA SOLICITUD POR UNA SOLA VEZ EN EL DIARIO OFICIAL “EL PERUANO” A NIVEL NACIONAL Y EN EL DIARIO LA REPÚBLICA DE CUSCO A NIVEL REGIONAL. LO QUE SE PONE A CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL, PARA LOS FINES PERTINENTES. SICUANI, 14 DE SETIEMBRE DE 2015, ELENA PINO CCORICASA.- Secretaria Judicial. Segundo Juzgado

EDICTO JUDICIAL Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por el señor Juez Dr. Miguel Choque Zea bajo la actuación de la secretaría judicial Juana Paula Huanca Ccapcha; se tramita el Expediente Civil N° 01944-2015-0-1001-JP-CI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución N° 01 Cusco, ocho de setiembre del 2015...SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por FATIMA HUALLPA PILLCO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO N° 530 inscrita en la Municipalidad del Cusco por haberse inscrito el prenombre de su padre como FILIMON siendo lo correcto FELIMON HUALLPA MAMANI, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 21-09- 2015. (23 SET) EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro. 001943-2015-0-1001 -JR-C1-03, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despéicha el Doctor Mario Rafael Ramos Bejar; bajo la actuación de la secretaria judicial Mará Yabar Achata, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Nro. 01 de fecha cuatro de septiembre del año dos mil quince.-Auto admisorio de la Demanda; VISTO (...) Y, CONSIDERANDO (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la petición interpuesta por YLIANA HUALLPA PILLCO, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, del nombre de pila del padre de la recurrente de FILIMON por el de FELIMON y se adicione su apellido materno de “Mamani”, quedando como “FELIMON HUALLPA MAMANI”. debiendo tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO, publíquese el extracto de la solicitud por una sola vez en el diario judicial... H.S. Cusco, 21 de septiembre del año 2015. (23 SET) A TODOS LOS INTERESADOS En el Primer Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la señora Juez Doctora Bony Eve Gamarra Flores, bajo la actuación del Especialista Legal N. Victorio, en el proceso civil Nro. 605-2014-0-1018-JM-CI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 02.- Santiago, quince de octubre del año dos mil catorce.- ... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MANUELA HUARI HUAMA y EFRAIN CCEHUARUCHO HANAMPA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO en contra de VICTORIA MENDEZ VIUDA DE GAMARRA y SUS HEREDEOS LEGALES, con citación de los colindantes Leonor Oros Canal Viuda de Coa, Efraín Huaman Quispe, Felicitas Huari Huaman y Jhonatan Hanampa Huaman, en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado los demandados, por el plazo de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declararse rebeldes; téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, reservándose su admisión para la etapa procesal correspondiente, y agregúese a los autos los anexos adjuntos, y PUBLÍQUESE conforme a ley.Res. 16 de fecha 16 de setiembre del 2015. SE DISPONE: Que en vía de corrección se entienda que el nombre correcto de la actora es Manuela Huari Huaman y del colindante es Jhonnatan Hanampa Janampa, quedando todo lo demás que contiene en forma inalterable.- H. S. (23, 29 SET y 05 OCT) A LOS SUCESORES DE MARÍA GEORGINA QUEVEDO ARAGÓN DE AGUILAR. Ante el Primer Juzgado Mixto de Urubamba, despachado por el señor Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez, bajo la actuación de la Secretaría Judicial Ruth Mary Obada Cruz, se tramita el Proceso Civil Nro. 149-2012-0-1015-JM-CI-01., se emitido la resolución N° 02 de fecha 0509-2012, en el que SE RESUELVE: ADMÍTASE la demanda interpuesta por NICASIA CHAMBI AMAO DE MISME, SATURNINA CHAMBI AMAO DE QUISPE Y PURIFICACIÓN CHAMBI AMAO DE MASIAS, sobre prescripción adquisitiva de propiedad del predio rustico denominado “ACCO ACCO” también denominado CHIMPACHA, ubicado en el Distrito de Yucay, Provincia de Urubamba, Departamento del Cusco con una cabida de 1600 metros cuadrados, en contra de LA SUCESIÓN DE ADOLFO QUEVEDO NN Y MARIA ROSA ARAGON BORNAZ VIUDA DE QUEVEDO con citación del Ministerio de transportes y comunicaciones y la Municipalidad Distrital de Yucay. Debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso ABREVIADO, asimismo; mediante RESOLUCIÓN N° 24 de fecha cuatro de setiembre del año dos mil quince, SE RESUELVE: DECLARAR PROCEDENTE, la solicitud de notificación por edictos solicitada por las demandantes Nicasia Champi Amau, Saturnina Chambi Amau y Purificación Chambi Amau, por lo que se dispone la notificación mediante EDICTOS a los sucesores de quien en vida fue doña MARÍA GEORGINA QUEVEDO ARAGÓN DE AGUILAR, bajo apercibimiento en caso de no apersonarse a este despacho de nombrárseles Curador Procesal conforme a Lev y continuarse con la tramitación del proceso. H.S. Urubamba, 18 de Setiembre del 2015. (23, 29 SET y 05 OCT) EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, a cargo del Despacho del señor Juez doctor: RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se tramita el expediente Nro. 1398-2015, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCION, solicitado por JOSUÉ DIAZ MERCADO, solicita la rectificación de su Partida de Defunción de su progenitor quien en vida fue JOSE ABELARDO DIAZ GUZMAN respecto a los nombres y apellidos de su progenitora (Abuela del demandante) quien en vida fue MARIA ROBERTINA GUZMAN VERA, estando inscrita como “ ROBERTINA GUZMAN DE DIAZ” omitiéndose su primer nombre y segundo apellido, debiendo se lo correcto como “MARIA ROBERTINA GUZMAN VERA Se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 14 de Setiembre del 2015. (23 SET). EDICTO Causa 01292-2015, seguido por CARMEN ROSA SAYCO UMANTITO contra LA SUCESIÓN DE QUIENES EN VIDA FUERON JUAN SAICO BERNA Y CARMELA HUMAN TTITO, sobre CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE HACER consistente en el OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA DE TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD E INSCRIPCIÓN REGISTRAL, se ha dictado Resolución 04.- Cusco, diecinueve de Agosto del año dos mil quince.— VISTOS: Í...1SE RESUELVE: AD-

Miércoles, 23 de setiembre del 2015 MITIR a trámite en la VIA SUMARISIMA la demanda interpuesta por CARMEN ROSA SAYCO UMANTITO contra LA SUCESIÓN DE QUIENES EN VIDA FUERON JUAN SAICO BERNA Y CARMELA HUMAN TTITO, sobre CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE HACER consistente en el OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA DE TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD E INSCRIPCIÓN REGISTRAL; en tal virtud, córrase traslado a los demandados por el plazo de CINCO DIAS con el fin de que absuelvan el traslado de la demanda, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes de conformidad con el artículo 458 del Código Procesal Civil; y, estando a la declaración jurada contenida en la demanda: NOTIFIQUESE A LOS DEMANDADOS con la presente resolución MEDIANTE EDICTOS, bajo apercibimiento de designarse Curador Procesal.-}...).H.S.” Fdo. Juez Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal.- Cusco, 11 Setiembre 2015. (23, 25 y 29 SET). EDICTO SEÑOR (RES, RAS) SUCESION DE ARISTIDES OCHOA PACHECO En el proceso Civil Nro. 1384-2015-0-1001 -JR-CI-04, seguido por ADRIAN EUSEBIO ALATA CONDO Y EVANGELINA JAQUEHUA DE ALATA con SUCESORES DE ARISTIDES OCHOA PACHECO sobre OBLIGACION DE HACER CONSISNTENTE EN EL OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA, bajo la actuación del especialista Legal Arturo Cabrera Orue, la Juez del Cuarto Juzgado Civil del Cusco Dra Fanny Lupe Pérez Carlos, a dispuesto la publicación edictal siguiente: EXTRACTO DE DEMANDA: ADRIAN EUSEBIO ALATA CONDO Y EVANGELINA JAQUEHUA DE ALATA interpone demanda de OBLIGACION DE HACER CONSISNTENTE EN EL OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA para que se le otorgue la escritura publica de la minuta suscrita en fecha 20 de Mayo del año de 1969 respecto del inmueble de 600m2 denominado Lotización Rustica Picchu ubicado en la Hacienda Picchu del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco Resolución Nro, 02 Cusco, 06 de Agosto 2015.- (...LVISTO; el escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta; Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ADRIAN EUSEBIO ALATA CONDO Y EVANGELINA JQUEHUA CHAMPI DE ALATA con LA SUCESION DE ARISTIDES OCHOA PACHECO sobre OBLIGACION DE HACER CONSIETENTE EN EL OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA; en la vía del PROCESO SUMARISIMO, confiérase traslado al demandado por el término de CINCO DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde. Habiendo adjuntado el certificado negativo de Sucesión intestada NOTIFIQUESE a la Sucesión de Arístides Ochoa Pacheco mediante edictos conforme a lo dispuesto por el artículo 165 y siguientes, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- (...).- H.S.- Cusco, 15 de Setiembre del 2015 (23, 24 y 25 SET). EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01813-2014-0-1001-JR-CI-03 seguido por SABINO CUTIPA HUARAYO y JULIA QUISPE PONTECIL , en el que mediante resolución Nro. 11 del 18/05/2015, SE RESUELVE: DISPONER la notificación mediante edictos del demandado ALEX SANDER SUCLLE CCACCA, con el auto admisorio de la demanda contenido en la resolución número cuatro de fecha diez de noviembre del año dos mil catorce, en el Diario Judicial del Cusco, el Diario Judicial de Lima y El Peruano por el plazo de tres días, para cuyo efecto el recurrente debe de recabar los edictos de este Juzgado, dentro del TERCER DÍA de notificado con la presente resolución, bajo responsabilidad; y .mediante Res 04 de fecha 10/11(2014, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por SABINO CUTIPA HUARAYO y JULIA QUISPE PONTECIL, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del terreno urbano ubicado en la Urbanización Los Nogales signado como lote L-2-3-A del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, contra YSABEL CCACCA ZEA, ROSA SUCLLE CCACCA, MAURO CECILIO SUCLLE CCACCA, ALEX SANDER SUCLLE CCACCA, JORGE SUCLLE CCACCA, CELIA SUCLLE CCACCA E ISABEL SUCLLE QUISPE, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. Agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Y Conforme a lo establecido por el artículo 505° del Código Procesal Civil, cítese con la demanda a los colindantes Pedro Gonzáles Huaraya, Lucila Quispe de Cereceda, Modesta Vargas de Holgado y a la Municipalidad Distrital de Sari Sebastián, asimismo efectúese la publicación de un extracto del presente en el diario judicial de esta ciudad y el diario oficial “El Peruano”, por el término de tres días con intervalo de tres días. Y a efecto de notificar a los demandados Ysabel Ccacca Zea, Isabel Suclle Quispe, Alex Sander Suclle Ccacca, Jorge Suclle Ccacca, CUMPLAN los demandantes con presentar la tasa judicial por exhorto a otro distrito judicial teniendo en consideración que se ha de notificar en Madre de Dios, Lima y Poroy, asimismo cumpla con presentar ocho juegos de la demanda, anexos y auto admisorio así como los derechos de notificación para cada uno de los demandados y colindantes, dentro del TERCER DÍA de notificado con la presente resolución, bajo apercibimiento de imponérsele multa de IURP H. S.- Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusco, 15 de Junio de 20/15. (23 SET) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Echaran, que despacha la señora Juez Karina Valia Ochoa Montufar y bajo la actuación del secretario Judicial Leandro Juvenal Lazo Zambrano. se viene tramitando el Proceso Civil N° 27-2015. en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial el cual es como sigue: SE RESUELVE: ADMITIR la petición interpuesta por GINA YESENIA OSCO OYOS. sobre inscripción De Partida de Defunción de su señora madre ALEJANDRINA OYOS CON DO por no estar inscrita en los registros correspondientes, proceso que se deberá tramitar en la vía NO CONTENCIOSA, lo que se publica para los fines de ley. Echarati, 17 de setiembre del 2015 (23 SET). EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil N°- 00170-2015-0-1010-JM-CI-Ol seguido por: Félix Pezo Ttupa y Olga Quispe Sopanta, sobre: Declaración de Propiedad de Derecho por Prescripción Adquisitiva de Dominio del bien inmueble Lote de Terreno ubicado en el Jirón Vilcabamba Nro 1259 (Puerta Garaje), antes conocido como Fracción Manzana “E” Lote Nro 13-A, parte integrante del Lote Xro 13, de la Manzana “E” del Asentamiento Pro Vivienda “Tres de Mayo” (antes conocido como predio rústico mensurado bajo el Nro 16) de la Ciudad de Quillabamba, del Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco, de un Área de terreno de 132.88 m2 y un perímetro de 48.63 m. 1; en contra de Benedicta Cabrera de

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Llancay y contra la Sucesión de Gerardo Llancay Herrera, debidamente representado por su esposa Benedicta Cabrera de Llancay, con citación de los colindantes: Graciela Llancav Cabrera, Hernán Ccorimanya Sallo, Santiago Vargas Usca, Rafael Alvarez Huaman, en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, PUBLIQUESE por tres veces, con intervalo de tres días, para los fines de ley; conforme lo establece 506Q de la norma adjetiva civil. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zuñiga, Fdo. Sri Radha Castro Mellado. Quillabamba, 01 de setiembre del año 2015. (23, 29 SET, 05 OCT). EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 2015 - 940, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CRISOLOGO HUAYHUA PFORA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, con CITACIÓN del REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, proceso SUMARÍSIMO, publiquese el extracto de la presente resolución en el Diario LA REPUBLICA. Firmando la especialista legal, por el Señor Juez. H.S. Cusco, 22 de setiembre del 2015.(23 Set). RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIENTO. Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dra. Yudit Tacuri Chávez, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma se viene tramitando el proceso No01840-2015-0-1001-JP-CI-03 seguido por MILTON FLORES QUILLI sobre RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, Que erróneamente había sido consignado como: MILTÓM, DEBIENDO SER LO CORRECTO: MILTON , lo que se tramita en la vía del proceso no contencioso, lo que se publica, para los fines de ley. Cusco, 08 de Setiembre del 2015. _ (23 SET) EDICTO Expediente Nro. 1039-2009-0-1001-JR-FC-03, Tercer Juzgado de Familia de Cusco, Juez Edwin Bejar. Secretaria Judicial Elizabeth N. Soncco Medrano, en los seguidos por VANIA BARRIONUEVO ALOSILLA contra HOLGUER ROMAINVILLE ROFFNER sobre SEPARACION CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR, se ha proveído lo siguiente: Resolución Nro. 53: Cusco catorce de septiembre del año dos mil quince: “(…)” AL PRIMER OTROSI DIGO: Estando a lo solicitado, notifíquese al demandado vía EDICTO JUDICIAL con la presente y subsecuentes resoluciones. SEGUNDO OTROSI DIGO: Córrase traslado a la otra parte por el plazo de TRES DIAS, a cuyo término con o sin su absolución procédase a practicar la liquidación de alimentos que solicita”. Firma de la Secretaria Elizabeth Nancy Soncco Medrano. Cusco, 16 de septiembre del 2015. (22, 23, 24, SETIEMBRE) EDICTO JUDICIAL PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sr. Juez Dr. ROMULO VICTOR VELASCO CHAVEZ, en el Exp. N° 21-2015-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación del Secretario Judicial Abg. Abel C. Cruz Quintanilla, se ha emitido la resolución N° 01 de fecha 09 de marzo de 2015 que resuelve: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por JACINTA COVARRUBIAS GUZMAN sobre: PRINCIPAL: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE DENOMINADO MEDIO CALZON de una extensión de 0.3396 Hs. Ubicado en el sector de Huamanccaklla del centro poblado de Yanahuara del distrito, provincia de Urubamba, región de Cusco. ACCESORIAMENTE: INSCRIPCIÓN del inmueble en los registros públicos.Debiendo tramitarse en la vía del proceso Abreviado. Córrase traslado a los demandados por el Plazo de 10 días.-NOTIFÍQUESE A LOS COLINDANTES: MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE YANAHUARA; A sus antecedentes los anexos que indica. Pueden apersonarse al proceso las personas que tuviesen derechos de propiedad sobre el predio antes referido.- Se publica el presente para los fines de ley.- Urubamba, 09 de abril de 2015.- (22, 23, 24, SET) EDICTO JUDICIAL RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sr. Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez, en el Expediente Civil Nro: 46-2015-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores, viene tramitándose el proceso en mención en el que se ha emitido la resolución N° 01 de fecha uno de abril del año Dos Mil Quince que RESUELVE: ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por VIDAL BACA PACHECO sobre: RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS, Respecto del predio denominado HATUNRUMIYOC LOTE 5, ubicado en el sector de Pucará del Centro Poblado de Yanahuara y Provincia de Urubamba, a efectos de que el área del mismo se rectifique de 3121.00 m2, con un perímetro de 315.97 mi al área de 5902.00 m2 con un perímetro de 416.03 mi. contra: VICTORIA BACA PACHECO, ROSO HURTADO CONDORI, MASIAS HURTADO CONDORI, LA JUNTA DE USUARIOS DE AGUA DE YANAHUARA representados por su presidente ISAÍAS DURAN CUSIHUAMAN y HOTEL LIBERTADOR TAQUE SAC. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados conforme a Ley bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas. Se publica el presente para los fines de ley. Urubamba, 27 de mayo de 2015. (22, 23, 24, SETIEMBRE) EDICTO JUDICIAL RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sr. Juez Rómulo Víctor Velasco Chávez, en el Expediente Civil Nro: 50-2015-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores, viene tramitándose el proceso en mención en el que se ha emitido la resolución N° 01 de fecha veinticuatro de abril del año Dos Mil Quince que RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por GREGORIA BACA PACHECO representada por Vidal Baca Pacheco sobre: RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS, respecto del inmueble con Unidad Catastral UC 341300, inscrito en la Partida Electrónica N° 11112028, predio denominado Hatunrumiyoc, ubicado en el Centro Poblado de Yanahuara, de la provincia de Urubamba, a efectos de que se rectifique al área de 0.3121 Hectáreas y con un perímetro de 248.17 mi al área real de 0.3112 Hectáreas con un perímetro de 242.99 mi. contra: AMBROCIA BACA PACHECO, MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE YANAHUARA, HOTEL LIBERTADOR TAQUE SAC y ANTOLINA PACHECO CONCHA. Córrase traslado de la demanda a los demandados a efectos de que absuelvan la misma bajo expreso apercibimiento en caso de incumplimiento de declarárseles rebeldes conforme a Ley y CUMPLASE con realizar la notificación por edictos

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correspondiente conforme a lo dispuesto por el Art. 506° del Código Procesal Civil. Se publica el presente para los fines de ley.- Urubamba, 27 de mayo de 2015. (22, 23, 24, SETIEMBRE) EDICTO JUDICIAL En el Juzgado Mixto de Calca - Cusco, Exp. No. 00093-2015-0-1005-JM-CI-01, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución del 19-08-2015: “...ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARIA MAGDALENA VALER ANGELINO sobre CAMBIO DE APELLIDO, en la Partida de Nacimiento registrada ante la Municipalidad Distrital de Yanatile con el N° 70446045 del año 2013, con citación del REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, tramítese la presente demanda por la vía del NO CONTENCIOSO. Publíquese los Edictos Judiciales conforme a ley. (...). H.S.”.- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga y Secretaria Danitza Páez Medina. Calca, 16 de setiembre de 2015. (22, 23, SET) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canas-Yanaoca, que despacha sr. Juez, Doctor WALD DURAN CHÍCATA, bajo actuación Especialista Judicial” Santiago Calla Quispe, se viene tramitando el PROCESO Civil N° 31-2015-0-1006-PJ-CI-01, se dispuso la publicación de Edicto Judicial, donde, SE RESUELVE: Admitir A TRAMITE LA DEMANDA interpuesta por WALTER LUNA CUADROS, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO de su menor hija Susan Xiomara Luna Suma, en cuanto a los rubros del nombre de pila del padre y del declarante, consignados como “Eleuterio” cuando lo correcto, es su indicado nombre es walter, por haber obtenido Sentencia favorable para cambio de nombre, ante el Juzgado Mixto de esta Provincia Canas, Proceso N° 40-2013-CI como acredita en la anotación al pie de su acta de nacimiento y la copia de la sentencia Respectiva, por lo que su nombre correcto ahora es WALTER LUNA CUADROS, lo que se debe corregirse en el acta de nacimiento de su indicada hija, cuya corrección y cambio de nombre de pila del padre y del declarante se realice en el acta de nacimiento inscrito en el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Canas - Yanaoca, inscrito en fecha 27 de julio del año 2011.- Lo que se publica para los fines de ley. Yanaoca, 07 de Setiembre del 2015. (22, 23, 24, SETIEMBRE) EDICTO NOTIFICACIÓN A LA SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE ANGELICA ESTRADA ORELLANA. En el Proceso Civil Nro. EXPEDIENTE : 03019-2013-0-1001-JR-CI-04, seguida por MARIANO PURIFICACION ESTRADA ORELLANA, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO Y DEL ACTO QUE LO CONTIENE, CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE LAS PARTIDAS REGÍSTRALES N° 11061162 Y 11061166 de la Zona Registral N° X sede Cusco, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora JUEZ DEL CUARTO JUZGADO CIVIL Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal siguiente EXTRACTO DE DEMANDA; MARIANO PURIFICACION ESTRADA ORELLANA interponen demanda sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO Y DEL ACTO QUE LO CONTIENE, CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE LAS PARTIDAS REGÍSTRALES N° 11061162 Y 11061166 de la Zona Registral N° X sede Cusco contra WILFREDO ESTRADA CHACON, LUCIO ESTRADA ORELLANA, a la sucesión del que en vida fue ARISTIDES ESTRADA SILVA conformada por sus herederos legales: ANGELICA ESTRADA ORELLANA, CORNELIO ESTRADA ORELLANA, TEODORA ESTRADA ORELLANA y PAULINA ESTRADA ORELLANA. Resolución Nro. 02.- Cusco, diecisiete de Diciembre Del año dos mil trece.- (...), VISTO: El escrito que contiene la demanda y los anexos que adjunta; y, CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR a tramite la demanda interpuesta por (...) en consecuencia PUBLÍQUESE un extracto de la presente resolución de forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil.- (...).- H.S. firma completa de la Juez Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. Cusco 10 de setiembre del año 2015. (21, 22, 23, SET) EDICTO Expediente Nro. 880-2014-0-1001-JR-FC-03, Tercer Juzgado de Familia de Cusco, Juez Edwin Bejar. Secretaria Judicial Elizabeth N. Soncco Medrano, en los seguidos por JUDITH FURO PEDRAZA contra HARRIS ZELA HUAQUISTO sobre DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO, se ha proveído lo siguiente: Resolución Nro. 02: AUTO ADMISORIO, Cusco diecinueve de mayo del año dos mil quince: SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda inteipuesta por JUDITH FURO PEDRAZA contra HARRIS ZELA HUAQUISTO sobre DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO, Córrase traslado por el plazo de ley. (...). H. S. Firma del señor Juez Edwin Romel Bejar Rojas y de Secretaria Elizabeth Nancy Soncco Medrano. Cusco, 16 de septiembre del 2015. (21, 22, 23, SET) EDICTO JUDICIAL PRESCRJPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO. En la causa N° 00011-2015-O-1008-JM-CI-01, seguido por Roger Maximiliano Boza Cornejo y Luis Beltrán Boza Cornejo, en contra del Estado Peruano representado por la Superintendia de Bienes Estales,, sobre Prescripción adquisitiva de dominio del inmueble urbano ubicado en la calle Manuel Asencio Segura sin numero del distrito de Chamaca, con una área de 1,120.29 metros cuadrados,con las siguientes colindancias, por el Oeste con la calle Manuel Asencio Segura con 21.52 metros lineales; por el Sur con la ribera del riachuelo Choquepucyo con 30.67 metros lineales, por el Este con el pasaje sin nombre con 57.70 metros lineales, y por el Oeste con terrenos agrícolas con 43.75 metros lineales, inmueble que cuenta con edificaciones o construcciones; habiéndose admitido la demanda mediante Resolución N° 02 de fecha 19 de junio del 2015, disponiéndose las publicaciones mediante edictos de un estracto de la demanda: Lo que se pone en conocimiento del publico en general para los fines de ley.- Santo Tomas, 12 de agosto del 2015. (17, 23, 29, SET) EDICTO JUDICIAL PARA LA NOTIFICACIÓN DE LOS DEMANDADOS MONICA PUYOL CUTANDO y ROBERTO FUMO En el Juzgado Mixto de Calca - Cusco, Exp. No. 00044-2015-0-1005-JM-CI-01, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 01 del 08-05-2015: “...ADMITIR la demanda interpuesta por MICHAEL WAYNE WAGNER, contra MONICA PUYOL CUTANDO y ROBERTO FUMO, sobre OBLIGACIÓN DE HACER CONSISTENTE EN “FIRMAR LA MINUTA Y ESCRITURA PUBLICA DE CANCELACIÓN TOTAL DE PRECIO DE VENTA, RATIFICACIÓN DE COMPRA VENTA Y LEVANTAMIENTO DE RESERVA DE PROPIEDAD”, de los siguientes predios: 1) El 38.27% de

Miércoles, 23 de setiembre del 2015

los Derechos y Acciones del inmueble constituido por el predio denominado Parcela 13 del Sector LLamaccaya Rosacaballerayoc, parte integrante del predio matriz Huaraz y Anexos del distrito y provincia de Calca, departamento del Cusco, cuya parcelación se encuentra inscrita en el asiento 02 y 10 de la Partida Electrónica 02054058 del Registro de Predios de la Oficina Registral X Sede Cusco, parcela actualmente identificada con unidad catastral N° 80870 de un área de 0.6293 hectáreas y 2) El 100% de derechos y acciones del inmueble constituido por el predio denominado la Parcela 10 del Sector LLamaccaya Rosacaballerayoc, del Distrito y Provincia de Calca, parte integrante del predo matriz huaraz y Anexos, cuya parcelación se encuentra inscrita en el asiento 02 de la Partida Electrónica N° 02054058 del REsgistro de Predios de la Oficina Registral X, Sede Cusco, parcela con unidad catastral N° 80869 del distrito y provincia de Calca del departamento del Cusco, de un área aproximada de 0.2346 hectáreas; con costas y costos, (...) se dispone su trámite en la VIA DEL PROCESO SUMARÍSIMO, córrase traslado a la parte demandada a efecto de que cumpla con contestar la demanda dentro del plazo de CINCO DÍAS de notificado con la demanda y anexos, previsto por el artículo 554° del Código Procesal Civil, bajo apercibimiento de declarársele rebelde- (...)H.S. Resolución N 03 del 06-08-2015: (...Jnotifiquese mediante EDICTOS judiciales a los demandados Monica Puyol Cutando y Roberto Fumo, con la resolución número uno y la presente resolución a fin de que absuelvan la demanda dentro del plazo legal bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. (...).- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga M. y Secretaria Danitza PáezM. Calca, 02 de setiembre de 2015. (17, 21, 23, SET) EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en.lo Civil del Cusco, Despachado por el Señor Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Nro; 1015-2015 SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por JORGE PAVEL RODRIGUEZ JORDAN y NORMA VIOLETA OCAMPO GARZON, contra LUCILA ANGELICA LAZARTE SANTISTEBAN DE ZELADA, sobre de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA; respecto del inmueble Lote B-4, de la Asociación Pro Vivienda San Martín de Porras, ubicado en el distrito de San Jerónimo, provincia y departamento del Cusco, y en forma acumulativa originaria accesoria la inscripción ante la oficina de Registros Públicos, debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO DE ABREVIADO, y por su mérito CÓRRASE traslado a la parte demandada, por el plazo de DIEZ DÍAS. Conforme lo dispuesto por el artículo 506 del Código Procesal Civil efectúese las notificaciones por edicto judicial. Por tres veces con intervalo de tres días. Firmando la especialista legal, por el Señor Juez. H.S. (17, 23, 29, SET) EDICTO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CONFORME LA LEY 27157, SU REGLAMENTO LA LEY 27333, LEY 26662 Y DEMAS NORMAS, COMUNICO QUE VICTORIA BARAZORDA MONZON, SOLICITA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO A SU FAVOR, DEL INMUEBLE 204 DE PROLONGACION ESPINAR, PARTE INTEGRANTE DE LA CASA QUINTA ESPINAR O QUINTA ESPINAR , DISTRITO COYA, PROVINCIA CALCA, DEPARTAMENTO CUSCO. EL INMUBLE TIENE UN AREA DE UN MIL SEIS CIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (1,605.00 M2), UN PERIMETRO DE 160.64 ML , CO COLINDANCIAS, FRENTE: AUTOPISTA CUSCO-CALCA, CON 42.90 ML, POR LA IZQUIERDA CON LA PROPIEDAD DE EXALTACION PAUCAR PUMA 36.85ML, POR EL FONDO CON PROPIEDAD DE MARIANO HUILLCA LEVANO CON 42.89 Y POR EL LADO DERECHO CON CALLE ESPINAR CON 38.00ML. LOS TITULARES REGISTRALES DEL INMUEBLE MATRIZ DEL QE FORMA PARTE EL INMUEBLE OBJETO DE PRESCRIPCION SON JULIA AURORA BOZA RICALDE, JUAN MANUEL BOZA RICALDE, ZOILA MARGARITA BOZA RICALDE, VILMA BOZA RICALDE AIDA EMPERATRIZ BOZA RICALDE MAGDA BOZA RICALDE, MARIO BOZA RICALDE Y LOS TERCEROS GERARDO MASIAS RICALDE, EXALTACION PAUCAR PUMA, CESAREA MORA COSTILLA VIUDA DE PUELLES, EL CANONIGO DD JOSE BENIGNO ESPINOZA, LA SEÑORA ROSA INES LOVON, DON GERARDO MASIAS RICALDE Y ESPOSA MARIA H. MONGE, A QUIENES SE EMPLAZA POR MEDIO DE LA PRESENTE PARA LOS EFECTOS DE LEY. CALCA, 02 de julio del 2015. MERY SANCHEZ GAMARRA.-ABOGADA NOTARIA.-CORDOVA N° 146-CALCA-CUSCO. ATENTAMENTE. MERY ALINDA SANCHEZ GAMARRA. ABOGADA – NOTARIA PROVINCIA DE CALCA – CUSCO. (17, 23, 29 SETIEMBRE) EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por la Señora Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el Proceso Civil Nro. 01531-2015-0-1001-JR-CI-OI seguido por Benigno Cruz flores, sobre Prescripción Adquisitiva, contra Empresa Antares Rigel SRLTda., en el que se ha dictado la Resolución Nro. 02 de fecha 31 de mayo del 2015 en el que se dispone “...ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por BENIGNO CRUZ FLORES, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA de bien mueble vehículo marca MITSUBISHI, color blanco-azul, modelo CANTER, pon placa N° XH-1308, contra LA EMPRESA ANTARES RIGEL SRLTda., representada por Héctor Rane Anselmo Rodríguez Piazze, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. Agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. AI otrosí.- Teniendo en cuenta que lo solicitado importa una medida cautelar, solicítelo con las formalidades establecidas en la norma procesal. Y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones de un estracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el diario oficial El Peruano y el diario judicial de este distrito judicial, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. H. S.”- Fdo. juez Contreras Campana.-Especialista Legal Huamán Sequeiros.- Cusco, 07 de setiembre de 2015. (15, 18, 23, SET) EDICTO JUDICIAL Que, en el Proceso Civil N° 00158-2015-0-1010-JM-CI, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención en la forma siguiente: Demanda interpuesta por: Savina Huaman Pillco, sobre: Prescripción Adquisitiva de dominio consiguiente en el Otorgamiento de Título de Propiedad del Bien Inmueble Rústico denominado “Palomar Pata” de 0.5684.00 HAS, con un perímetro de 401-39 M.L., ubicado en el Sector de Urpipata Baja, del DISTRITO DE Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco, contra: María Lida Escalante Morveli con citación de los colindantes: José Lovon Amachi, Basilides Padilla Sotomayor y Paulina Morveli de Escalante en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO, en cuya virtud; CÓRRASE traslado a la Demandada y NOTIFIQUESE a los citados con la demanda por el plazo legal establecido.

Miércoles, 23 de setiembre del 2015 Por consiguiente PUBLÍQUESE por tres veces, con intervalo de tres días, para los fines de ley; conforme lo establece el artículo 506° de la norma adjetiva civil. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zúñiga, Fdo. Sri Radha Olimpia Castro Mellado. ATENTAMENTE. SRI RADHA OLIMPIA CASTRO MELLANO SECRETARIA JUDICIAL. ( 17, 23, 29, SET) REMATE SEGUNDO REMATE PÚBLICO En el expediente N9 02076-2010-0-1001-JR-CI-O, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero seguido por el BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK S.A.A. en contra de EUSTAQUIO CUTIRE QUISPE y DEUA QUISPE FLORES, el señor Juez del Tercer Juzgado Civil de Cusco, doctor Jhon Aleck Alfaro Tupayachi, con actuación de la Especialista Legal abogada Leydy Soto Castillo, ha dispuesto se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE PUBLICO del inmueble que a continuación se detalla: INMUEBLE ubicado en la calle Arica, lote 18 de la manzana A-l del Centro Poblado Urcos, distrito Urcos, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; inscrito en la partida N9 31004289 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral X-Sede Cusco, en donde figuran su área, medidas perimétricas y demás características. AFECTACIONES: (1) Embargo en forma de inscripción a favor del Banco Internacional del Perú -Interbank S.A.A. hasta por S/. 46,000.00 y que es materia del presente proceso. (2) Embargo en forma de inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. hasta por S/. 36,000.00. No se conocen otros gravámenes. VALOR DE TASACIÓN: El valor de tasación es de S/. 32,912.50 (Treinta y dos mil novecientos doce 50/100 Nuevos Soles). PREGO BASE: 5/. 18,650.42 (Dieciocho mil seiscientos cincuenta con 42/100 Nuevos Soles). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate tendrá lugar en la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil Laboral de Cusco, ubicada en la Corte Superior de Justicia de Cusco, sita en la Av. El Sol s/n. - Cusco, el día 28 de setiembre del 2015 a horas 11.OO Am, y será efectuado por el Martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con Registro N° 65 DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea S/. 3,291.25 (Art. 735 del Código Procesal Civil); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble. Los honorarios del Martillero Público más IGV., deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate (Art. N° 732 del C.P.C.). Especialista Legal: abogada Leydy Soto Castillo.- Martillero Público: Sr. José C. E. Chirinos Escobedo, Reg. N= 65 (Telfs. - 959600795-958747379). Cusco, setiembre 2015. (22, 23, 24, 25, 28, 29, SETIEMBRE) AVISO PRIMER REMATE PÚBLICO En el proceso civil N° 03089-2006-0-1001-JR-CI-04. Seguido por ESTEFANIA MELO FERNADEZ, contra MILTON NICOLAS JARA RAMIREZ, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. El Señor Juez del Tercer Juzgado Civil - Sede Central del Cusco DR. JHON ALECK ALFARO TUPAYACHI, con la actuación de la Especialista Legal Dra. PAMELA DESIREE ALTAMIRANO MAYCA, ha dispuesto convocar a PRIMER REMATE PÚBLICO del siguiente bien mueble: DESCRIPCION Y CARACTERISTICAS DEL BIEN A REMATAR: Bien ubicado en el lote N° 02, de la Manzana “D”, de la Urbanización Ucchullo, Distrito, Provincia y Departamento del Cusco, con un Área Total de 153.20 m2, de 554.60 ml., como consta en la Valorización presentada por el Arq. Washington Raúl García y el Ing. Ángel Roberto Almanza, aprobado y que se encuentra en expediente. Con los lineros siguientes; POR EL FRENTE (ESTE): con la plaza España en línea recta de 7.20 ml. POR EL LADO DERECHO ENTRANDO (NORTE): con el lote N° 01, en línea recta de 20.20 ml. POR EL LADO IZQUIERDO ENTRANDO (SUR): con el lote N° 03, en línea recta de 19.70 ml. POR EL FONDO (OESTE): con propiedad de la Sra. Sabina Bueno, en línea recta de 7.50 ml. Inmueble de concreto armado y ladrillo, de 04 niveles, y una azotea, cuenta con agua, desagüe, energía eléctrica, alumbrado público, pista, veredas, teléfono, TV cable e internet, de 10 años de antigüedad. Inscrito en la Partida 02036427, de los Registros Públicos de esta ciudad. AFECTACIONES DEL BIEN: EMBARGO: Se traba embargo en forma de inscripción sobre el 7.14% de los derechos y acciones de la propiedad del Demandado Milton Nicolás Jara Ramírez, hasta por la suma de DOCE MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS (USA $12,000.00). VALOR DE LA TASACION: La valorización convencional del inmueble descrito asciende a la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 68/100 DOLARES AMERICANOS (USA $ 265,892.68), DONDE EL 7.14% CORRESPONDIENTE A LA PROPIEDAD DEL DEMANDADO ES LA SUMA DE DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 74/100 DOLARES AMERICANOS (USA $ 18,984.74). PRECIO BASE DEL REMATE: El precio base de la postura para el Primer Remate Público son las dos terceras partes del valor de tasación de la porción correspondiente al Demandado, dando la suma de DOCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 49/100 DOLARES AMERICANOS (USA $12,656.49). LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: La Diligencia se llevará a cabo en el local de la Oficina de Administración de Módulo Civil, sito en el Segundo Piso del Palacio de Justicia, ubicada en Avenida Sol S/N, de la ciudad del Cusco, el día LUNES 28 DE SETIEMBRE DEL 2015, a las ONCE HORAS DEL DIA. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE EFECTUARA EL REMATE: El remate público será efectuado por el Martillero Público INGENIERO CARLOS HUGO ALATRISTA SALOMA. CEL. 984909086. DE LOS POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del Remate presente en efectivo o depósito a nombre del juzgado en cheque de gerencia del Banco de la Nación; una cantidad no menor de 10% (diez por ciento) del valor de la tasación del bien, según sea su interés. No está obligado a este depósito el ejecutante o el tercero legitimado. Asimismo se deberá adjuntar el arancel judicial original por derecho de participación en remate público. Los Honorarios del martillero Publico más los impuestos de ley serán cancelados al Finalizar el Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Cusco, 04 de Setiembre del 2015. ING. CARLOS HUGO ALATRISTA SALOMA, MATILLERO PUBLICO, REGISTRO SUNARP NRO. 300. (18, 21, 22, 23, 24, 25, SETIEMBRE) SEGUNDO REMATE JUDICIAL EN EL PROCESO SOBRE DIVISIÓN Y PARTICIÓN DE BIENES, EXPEDIENTE N°03253-2008-0-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República

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1001-JR-CI-01, SEGUIDO POR ENCARNACION VILCA DELGADO VDA. DE HUAMAN Y FERNANDO HUAMAN PEÑA, EN CONTRA DE VILMA HUAMAN LOPEZ, FEDERICO WASHINGTON HUAMAN LOPEZ, AUGUSTA LUZ MARINA HUAMAN LOPEZ, JUAN PABLO HUAMAN LOPEZ, ANA ADELMA HUAMAN LOPEZ, ALEJANDRO HUAMAN LOPEZ Y GIANNY TEJEIRA HUAMAN, CON INTERVENCION DE TERCEROS, SUCESOR PROCESAL DE ELIZABETH HUAMAN CARBAJAL Y CURADOR PROCESAL SUCESION DE AURORA REGINA HUAMAN LOPEZ. LA JUEZ DEL QUINTO JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, DRA. SOLINA MAYBEE APAZA BEJAR, ESPECIALISTA LEGAL RAFAEL CASTILLO CANAL, HA NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, CON REG. N°190. QUIEN HA SEÑALADO CON LA FACULTAD CONFERIDA, LA DILIGENCIA DEL SEGUNDO REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 02 DE OCTUBRE DEL 2015, A LAS 12:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN EL LOCAL DE ADMINISTRACION LABORAL-CIVIL, SEGUNDO PISO, SITO EN LA AV. EL SOL 239, CUSCO, CUSCO. SOBRE EL 50% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES DE LOS SIGUIENTES BIENES INMUEBLES: INMUEBLE N°1: INMUEBLE UBICADO EN EL JR. ATAHUALLPA N°314, URB. TAWANTINSUYO, DEL DISTRITO DEL CUSCO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, EL AREA, LINDERIOS Y DEMAS CARACTERISTICAS DEL INMUBLE SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO.02065665 DE LA ZONA REGISTRAL N°X SEDE CUSCO, SUNARP-CUSCO, TASACION TOTAL (DEL 50% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES): US$.275,330.00 DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE (15% MENOS DEL PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE), US$.156,020.34 DOLARES AMERICANOS. DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.27,533.00 DOLARES AMERICANOS), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA A SU NOMBRE O DEPÓSITO JUDICIAL EN EL BANCO DE LA NACIÓN, MAS EL PAGO DEL ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS A PARTICIPAR EN REMATE JUDICIAL DE BIENES INMUEBLES. AFECTACIONES Y CARGAS: 1) NO REGISTRA Y SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. INMUEBLE N°2: INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE INTICCAHUARINA N°350, DEL DISTRITO DEL CUSCO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, EL AREA, LINDERIOS Y DEMAS CARACTERISTICAS DEL INMUBLE SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA REGISTRAL NRO.02027189 DE LA ZONA REGISTRAL N°X SEDE CUSCO, SUNARPCUSCO, TASACION TOTAL (DEL 50% DE LOS DERECHOS Y ACCIONES): US$.133,353.00 DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE (15% MENOS DEL PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE) US$.75,566.70 DOLARES AMERICANOS. DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.13,335.30 DOLARES AMERICANOS), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA A SU NOMBRE O DEPÓSITO JUDICIAL EN EL BANCO DE LA NACIÓN, MAS PAGO DEL ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS A PARTICIPAR EN REMATE JUDICIAL DE BIENES INMUEBLES. AFECTACIONES Y CARGAS: 1). NO REGISTRA Y SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO AL FINAL DEL ACTO QUE SON EL 5% MAS IGV, DEL PRECIO VENDIDO CONFORME AL ART 18° DEL DECRETO SUPREMO N° 008-2005-JUS. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. N° 190, CEL 959648263, RPM: #959648263, NEXTEL. 981068447 ó 106*8447 CUSCO, 2015-09-08. (17, 18, 21, 22, 23, 24 SETIEMBRE) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por Scotiabank Perú S.AA. contra Josefina Barrionuevo Lloclle como tercero no ejecutante Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. representada por Celia Celina Florez Gallegos sobre Ejecución de Garantías, en el Expediente N° 0u677-2013-0-1001-JRCI-01, el Quinto Juzgado Civil de Cusco a cargo de la Señora Juez Doctora Solina Maybee Apaza Béjar y Especialista Legal Doctora Vilma Vargas Trujillo, ha autorizado al Martillero Público Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán con registro N° 263, sacar a Remate Público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: con un área de 2.0346 hectáreas, ubicado en el Sector La Rinconada, Valle Vilcanota, Distrito de Andahuaylillas, Provincia de Quispicanchi y departamento de Cusco, cuyo dominio, linderos y demás características corren inscrita en la Partida N° 11096078 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. VALOR DE TASACIÓN: US$ 87,782.00 Dólares Americanos (Ochenta y siete mil setecientos ochenta y dos con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 58,521.33 Dólares Americanos (Cincuenta y ocho mil quinientos veintiuno con 33/100 Dólares Americanos) equivalentes a las dos terceras partes de la tasación. AFECTACIONES: Hipoteca: Constituida por la propietaria del predio inscrito en esta partida a favor del Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma de US$ 87,782.00 dólares americanos, según Escritura Pública de fecha 04/08/2010, inscrito en el asiento D00003 de la Partida N° 11096078 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registra! N° X - Sede Cusco, otorgado ante Notario Público Orlando Pacheco Mercado. Fecha de inscripción 09/08/2010. Embargo: La Juez titular del Primer Juzgado Civil de Cusco, Sandra Contreras Campana, con la actuación de la Especialista Legal Elmer Canal Yepez, dentro del proceso N° 01850-2011-0-1001-JP-CI-01 seguido por Mi Banco - Banco De La Microempresa S.A., contra Josefina Barrionuevo Lloclle, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, mediante Resolución N° 15 de fecha 12/08/2013 ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre la presente partida hasta por la suma S/. 100,000.00 Nuevos Soles. Asi consta de los partes judiciales remitidos mediante Oficio N” 952-2013-MCCL-lJCC-CSJC-ECY de fecha 25/07/2013. Inscrito en el asiento D005 de la Partida N° 11096078 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. Fecha de Inscripción 28/08/2013. Anotación de demanda: la Juez de Primer Juzgado Civil del Cusco, Dra. Sandra Contreras Campana, con actuación del Especialista Legal Boris Juvenal Santos De Gala, mediante Resolución N°02 de fecha 08/08/2015 ha admitido la Medida Cautelar de Anotación de la Demanda ordenando la anotación de la “...demanda interpuesta por SCOTIABANK PERU S.A. representado por Jorge Luna Tupayachi en contra de Josefina Barrionuevo LLoclle sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria...” sobre el inmueble materia de esta partida; la demanda ha sido admitida mediante Resolución N° 02 de fecha 08/04/2013. Así consta de las resoluciones emitidas en el Proceso Civil N° 00677-2013-63-1001-JR-CI-01, cuyos partes han sido remitidos con oficio N° 1097-2013-MCCL-1JCC-CSJC-BCD. Inscrito en el asiento D00006 de la Partida N° 11096078 del Registro de Propiedad inmueble de ¡a Zona Registral N° X - Sede Cusco. Fecha de Inscripción 15/05/2015. Embargo: Mediante Resolución N° 09 de fecha 08/06/2015 el Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis, Dr. Wald Duran Chicata, bajo la actuación de la Especialista Legal Rosinelia Acó Corrales, ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre el predio materia de esta partida de propiedad de Josefina Barrionuevo Lloclle, hasta por la suma de S/. 30,000.00 (Treinta mil con 00/100 Nuevos Soles). Así consta de la referida resolución dictada en el expediente N° 00236-2014-21-1007-CI-02, en los seguidos por Caja Municipal de

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Ahorro y Crédito de Cusco S.A., contra Josefina Barrionuevo Lloclle, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, cuyos partes judiciales han sido remitidos con Oficio N° 418-2015-2.JPLCSCSJC-PJ-RAC de fecha 30/06/2015. Inscrito en el asiento D00007 de la Partida N1 11096078 del Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. Fecha de Inscripción 16/07/2015. FECHA Y HORA DEL REMATE: miércoles 30 de Setiembre del 2015, a horas 08:30 de la mañana. LUGAR DE REMATE: En la oficina de la Administración del Módulo Civil del Cusco ubicado en el Segundo Nivel de la Corte Superior de Justicia del Cusco, sito en la Avenida El Sol N° 239, Cusco. LOS POSTORES: Deberán 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda; y el Arancel judicial respectivo consignando el Juzgado, número de expediente y el documento de identidad o RUC, con copia del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de gerencia si el oblaje se realiza con dicho instrumento. 4) En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de estos. El Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario y se cancelara al finalizar la diligencia de remate de conformidad con la Ley del Martillero Público N° 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del Decreto Supremo N° 008-2005-JUSj y están afectos al IGV. El remate será efectuado por Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán, Abogado, Martillero Público, Registro N° 263, celular 999 003 423. (17, 18, 21, 22, 23, 24, SETIEMBRE) EDICTOS PENALES EDICTO PENAL EXP. N° 889-2015-0-1001-JR-PE-01 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica al investigado MARIO GABINO QUIÑONES ROMAN la Resolución Nro. 06, de fecha 16 de setiembre de 2015, mediante el cual. SE DISPONE: CITAR a las partes a la audiencia pública para fines de resolver el pedido de constitución en ACTOR CIVIL a petición del Procurador Publico del Ministerio del Ambiente, para el día miércoles 14 de octubre del 2015 a horas 11:00 minutos de la mañana (hora exacta) a llevarse adelante, en la sala de audiencias del Juzgado investigación Preparatoria Especializada en Delitos Ambientales del Cusco, de la Corte Superior de Justicia Sede Cusco, sito en el tercer piso del Palacio de Justicia, con citación del Fiscal. el abogado de los imputados y la parte Agraviada. Firmado: Edson Ormachea Acurio Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO PENAL EXP. N° 889-2015-0-1 001-JR-PE-01 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica al investigado MARIO GABINO QUIÑONES ROMAN la resolución N° 01 de fecha 20 de abril de 2015, mediante el cual Por estas consideraciones SE RESUELVE: RECEPCIONAR la comunicación de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Cusco, contra ROLANDO MIRANDA PAREDES, EMERSON QUISPE CRUZ, JOSE FLORENCIO BAEZ QUISPE, MARIO GABINO QUIÑONES ROMAN, ANCELMO QUIÑONES ROMAN y CATY YANINA QUIÑONES QUECAÑO por la presunta comisión del Delito Ambiental en su modalidad de Delito de Minería Ilegal previstos en nuestra legislación nacional en el artículo 307-A del Código Penal, en agravio del ESTADO PERUANO, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. Notifíquese a los imputados EMERSON QUISPE CRUZ, JOSE FLORENCIO BAEZ QUISPE, MARIO GABINO QUIÑONES ROMAN, ANCELMO QUIÑONES ROMAN y CATY YANINA QUIÑONES QUECAÑO en su domicilio real a efectos de que en 24 horas de notificados designen al abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar abogado Defensor Publico por el Órgano Jurisdiccional. Firmado: Edson Ormachea Acurio (03VZ, 21, 22,23 /09/2015) Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. Firmado: Verónica Boza Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO PENAL EXP. N° 645-2015-0-1001-JR-PE-O1 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica a Edwin Fernando Cerrillo Zapana la resolución N° O 1 de fecha 24 de marzo de 2015, mediante el cual en la PARTE RESOLUTIVA: RECEPCIONAR la comunicación de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Cusco, contra EDWIN FERNANDO CERRILLO ZAPANA por la presunta comisión del Delito Ambiental contra los Recursos Naturales en su modalidad de Trafico de productos forestales maderables previstos en nuestra legislación nacional en el artículo 310-A del Código Penal, en agravio del ESTADO, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. Firmado: Edson Ormachea Acurio Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE)

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EDICTO PENAL EXP. N°00700-2015-0-1 001-JR-PE-01 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, bajo la tramitación de la Especialista de Causa María del Pilar Sánchez Vargas, se notifica al ciudadano JOSE LUIS CHAPARRO LANDIVAL la siguiente resolución: Resolución N° 01 Cusco, veintisiete de marzo Del año dos mil quince.¬ III. PARTE RESOLUTIVA: 1. RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por La Fiscalía Provincial Especializada en Materia Ambiental de Cusco, contra EDUARDO PALOMINO TTICA, WILDO OWALDO COSI ALVAREZ, JOSE LUIS CHAPARRO LANDIVAR, MAGNO HUAMÁN MENDOZA y VITALI BOICHTIANOU, por la presunta comisión de delitos ambientales en las modalidades siguientes: Delito contra bosques o formaciones boscosas, sub-tipo Tala y Destrucción de Formaciones Boscosas tipificado en el articulo 310 del Código Penal; por el delito de Minería Ilegal, tipificado en el articulo 307-A del Código Penal, introducido mediante Decreto Legislativo 1102 en agravio del Estado Peruano representado por el Procurador Publico Especializado en Delitos Ambientales, a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia material en el proceso. 2. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los imputados, quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la Policía. 3. PRECISAR que el curso de la prescripción de la acción penal no podrá prolongarse más allá de un tiempo acumulado equivalente al plazo ordinario de prescripción mas una mitad de dicho plazo reconocido por la norma penal para el delito materia de investigación en el Despacho Fiscal; dejándose constancia que habiendo formalizado la Investigación Preparatoria, el representante del Ministerio Publico ha perdido la facultad de archivar la investigación sin la intervención del Órgano Jurisdiccional. 4. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa de los imputados EDUARDO PALOMINO TTICA, WILDO OWALDO COSI ALVAREZ” MAGNO HUAMÁN MENDOZA y VIT ALI BOICHTIANOU , al haberse advertido que no cuentan con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará al Coordinador de los Defensores de Oficio en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designado a él mismo. 5. COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a Impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; así mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso 6. PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para su revisión, expedición de copias u otros fines que correspondan. 7. ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito (en formulario oficial cuando corresponda) y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. 8. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabados en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido, debiendo redactarse las actas solo como constancias de su desarrollo. 9. ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 10. AUTORIZAR a las partes la utilización del correo electrónico para la notificación de las resoluciones, equiparable al domicilio procesal, la misma que deberá ser comunicada al juzgado y será excluyente a la notificación por cédula en lo que sea pertinente. 11. EXHORTAR al representante del Ministerio Público a efecto de que cumpla con informar a este Despacho Judicial las variaciones de domicilio que realicen las partes procesales, bajo responsabilidad del mismo, de los actos que deriven de la no observación al presente item. 12. NOTIFICAR la presente resolución al imputado en su domicilio real y al agraviado en su domicilio real y procesal obrante en autos, y al Ministerio Público en su correo electrónico. 13. COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el 21 de Julio del 2015, en caso se opte por el plazo ordinario establecido en el artículo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos. H.S. Firmado: Edson Ormachea Acurio Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO TUTELAR Expediente Nro. 1956-2015-0-1001-JR-FT-03, Tercer Juzgado de Familia de Cusco, Juez Edwin Bejar. Secretaria Judicial Elizabeth Nancy Soncco Medrano, en los seguidos por el Ministerio Público contra Livio Haquehua Quispe en agravio de Margarita Chito Amao, sobre Violencia Familiar en su modalidad de maltrato físico y psicológico, se ha proveído lo siguiente: Resolución Nro. 01: AUTO ADMISORlO, Cusco nueve de septiembre del año dos mil quince: Admitir a trámite la demanda interpuesta por el Ministerio Público sobre Violencia Familiar en su modalidad de maltrato físico y psicológico contra LIVIO HAQUEHUA QUISPE en agravio de MARGARITA CHILO AMAO (...) Córrase traslado al demandado por el plazo de cinco días bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (...). H. S. Firma del señor Juez Edwin Romel Bejar Rojas y de la Secretaria Elizabeth Nancy Soncco Medrano. Cusco, 15 de septiembre del 2015. Firmado: Elizabeth Soncco Medrano Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. ((21, 22, 23, SETIEMBRE)

Miércoles, 23 de setiembre del 2015

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro. : 01 014-2014-42-1 001-JR-PE-03 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (/os) acusado(s): GUSTAVO VABAR CRUZ Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad. Resolución Nro. 04 Cusco, treinta y uno de Agosto del año dos mil quince.- DE OFICIO: Por disposición superior y por la excesiva carga procesal que tienen a la fecha los juzgados unipersonales de esta sede judicial, la audiencia señalada en el presente proceso penal para el dio 22 de Setiembre del año 2015 a horas 11:00 A.M. en la Quinta Sala Penal, no se verificara. Y de conformidad al estado del proceso corresponde señalar nueva fecha y hora de audiencia para el verificativo de Juicio Oral el día VEINTIUNO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS 12:00 A.M. la misma que se verificará EN LA QUINTA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Módulo Penal ubicada en el tercer piso del Palacio de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos dictados en autos. Notifíquese a las partes procesales. Cusco, 17 de Setiembre de/ 2075. Firmado: Verónica Boza Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) NOTIFICACION VIA EDICTO A LA PERSONA DE EDGAR ALBERTO CARBAJAL VALVERDE y NILTON RODOLFO MOREANO MORAÑES Ante el Segundo Juzgado Penal unipersonal de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr Edwin Del Pozo Condori, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Verónica L. Boza B. se viene tramitando el Proceso Penal signado con el N° 1387-2014-7-1001-JR¬PE-02, seguido contra EDGAR ALBERTO CARBAJAL VALVERDE y NILTON RODOLFO MOREANO MORAÑES, por la presunta comisión del Delito de hurto agravado, en agravio de Grimaldo Ccohua Apaza, Res. Nro. 1 de fecha 03-06¬2015.1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa seguida contra: EDGAR ALBERTO CARBAJAL V AL VERDE, Y NILTON RODOLFO MOREANO MORALES, Para el día VEINTISESI DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas 09:00 A.M. HORA EXACTA en la PRIMERA Sala de Audiencias ubicada en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco Cusco 09 de setiembre del 2015. Firmado: Verónica Boza Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO PENAL El Juez del Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Canchis, Julio Cesar Céspedes Murillo, en el Proceso Penal N2 154-2012-17-1007 -JR-PE-01: seguido contra EDWIN APAZA CASA, por la presunta comisión del Delito de LESIONES CULPOSAS, en agravio de LUIS CAHUANA BARRIOS y OTROS bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Fidel Alvaro Ramirez Choquehuanca, ha resuelto comunicar al agraviado LUIS CAHUANA BARRIOS, con el tenor la resolución N° 01 de fecha 20 de mayo del 2013. ACUSACIÓN DIRECTA Resolución Nro. 01 Sicuani, veinte de mayo Del año dos mil trece.¬ DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de acusación penal directa, que antecede con código de digitalización N° 1487-2013 Y conforme a lo previsto en el artículo 350° del CPP; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DíAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación Probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en custodia de este despacho, para los fines que correspondan. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada.¬ Firmado: Julio Cesar Céspedes Murillo Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO PENAL. EXPEDIENTE PENAL N° 09-2005-0-1001-SP-PE-02. SALA PENAL LlQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO. SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar. Por disposición del Colegiado de la Sala Penal Liquidadora transitoria del Cusco se cita y emplaza al acusado LUIS ANDERSON MAGUIÑA ÁL V AREZ, a fin que se ponga a derecho y responda los cargos formulados en su contra en el proceso penal N ° 09-¬2005-0-1001-SPPE-02, acusado por el delito de robo agravado en agravio de Carla Rivas García. Cusco 14 de Setiembre del 2015. , Firmado: Yohanna Gallegos Paucar Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO PENAL. EXPEDEINTE PENAL N° 052-2010-0- 1 001-SP-PE-01. SALA PENAL LlQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO. SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar. Por disposición del Colegiado de la Sala Penal Liquidadora transitoria del Cusco se cita y emplaza al acusado VÍCTOR CHOQUE CHACON, a fin que se ponga a derecho y responda los

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cargos formulados en su contra en el proceso penal N ° 052-2010-0¬-1001-SP-PE-01, acusado por el delito de violación sexual de menor de edad en agravio de V.C.H.R. Cusco 14 de Setiembre del 2015. . Firmado: Yohanna Gallegos Paucar Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO PENAL. EXPEDIENTE PENAL N° 0698-2002-0-1001-SP-PE-02. SALA PENAL LlQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO. SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar. Se cita, y emplaza al acusado HERNRY JESUS BEJAR BEJAR, para que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue por el delito de violación sexual en agravio de la menor de iniciales C.R.A. Firmado: Yohanna Gallegos Paucar Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) NOTIFICACIÓN VIA EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 1410-2014-60, seguido en contra de Gilmar Jiménez Huamani, por la presunta comisión del delito contra La Seguridad Publica, en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción de Vehículo motorizado en Estado de Ebriedad en grado de consumado, en agravio de la Sociedad, tramitado ante el Primer Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el Sr. Juez Ignacio Ortega, bajo la actuación de la especialista de causa Yolanda Vallenas, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado GILMAR JIMÉNEZ HUAMANI, con la Nro. 4 de fecha 17-09-2015,que la audiencia de juicio oral para el día 27 de abril del 2016 a horas doce del meridiano en la décima sala, ubicada en el tercer piso del Palacio de Justicia acto al que debe de concurrir obligatoriamente, subsistiendo los apercibimientos decretados en la resolución de fecha 20-09-15.. Cusco, 17 de Setiembre del 2015. Firmado: Yolanda Vallenas Quiroga Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO SOBRE ABANDONO DE MENOR. ¬ Expediente Nro.362-2014, Juzgado de Familia La Convención, Juez: Dra. Morales, en la Investigación: sobre, abandono Moral i Material, de los menores Diego Alonso Simarini Niño y Pedro Simarini Niño:Se NOTIFIQUE: A los padres, ROBERT SIMARINI CHALE y VERONICA NIÑO POLO y/o Familiares. Con la resolución Nro. 1, comparezcan ante el Juzgado fin presten su declaración respecto del abandono de sus hijos, de lo contrario se Declarará el Estado de dono Moral y Material, con fines de adopción- Juez Dra. Morales y Secretario Condori – Quillabamba 08 de setiembre del 2015 Firmado: Siomara Morales Mar Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro. : 00515-2014-55-1 00l-JR-PE-01 JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CUSCO SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) acusado (s): GARCIA KULQUI, EDWIN Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos que se le atribuye por la comisión del delito de Violación de la Libertad Sexual en agravio del menor de iniciales V.K.H.Q. representado por su progenitora Maria Enriqueta Quinta Condori. (...) _Resolución Nro. 01 Cusco. Veinticinco de Agosto del año dos mil quince.- SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa seguida contra EDWIN GARCIA KULQUI acusado por la presunta comisión del delito contra la Libertad en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual sub tipo violación sexual de persona con retardo mental en agravio de la menor de inciales V.K.H.Q. conducta prevista y sancionada por el artículo 172 del Código Penal. Para el día QUINCE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas 08:00 A.M. HORA EXACTA en la CUARTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL ubicado en el tercer piso del Palacio de Justicia. (.. .). Audiencia de fecha 15/09/2015 dispuso: JUEZ PONENTE: Al no ser posible la instalación del juicio oral se dispone reprogramar la audiencia para el día VIERNES DIECISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS a verificarse en la Cuarta Sala de audiencias del Módulo Penal. quedando debidamente notificados los presentes. se dispone reiterar la notificación al domicilio real del acusado y a su celular 955-694182. así como se dispone la publicación de los edictos respectivos. Debiendo consignarse los cargos en la siguiente audiencia. Todo bajo apercibimiento. En caso no concurra el acusado Edwin Garcia Kulqui. De declarársele reo ausente. Setiembre del 2075. Firmado: Verónica Boza Berdejo Por 3 dias consecutivos en el termino de ley. (21, 22, 23, SETIEMBRE) EDICTO PENAL AL SEÑOR: IVAN CHOQUE SALCEDO El Señor Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria, de la Corte Superior de Justicia de Cusco, DR. AQUILES QUINTANILLA BERRlOS ha dispuesto se notifique al imputado IVAN CHOQUE SALCEDO en el Proceso Nro 2011-2014-6-1001-JR-PE-06 seguido contra el antes indicado, por el delito de VlOLACION SEXUAL DE MAYOR DE EDAD en agravio de la persona de iniciales H.M.A; bajo la actuación de la Especialista Judicial ESMERALDINA CHOQUEHUANCA HILASACA ha resuelto notificar al imputado con la siguiente resolución: TRASLADO DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO Resolución Nro. O1: Cusco, veintiocho de abril

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Del año dos mil quince.¬ SE DISPONE: CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTlLES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solicitud de archivo; de conformidad al numeral 2 del artículo 345° del Código Procesal Penal, ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento a señalarse en su oportunidad.- 1 DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado Ivan Choque Salceda, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del (los) investigado(s) para sustituirlo por abogado de su libre elección, comunicándolo en forma inmediata al Juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública, Abog, Miluska Marlene Baca Beltrán en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de tenerse por designada a la misma. REQUERIMIENTO (EXTRACTO).- GLORIA DIANA ESCALANTE AEDO, Fiscal Adjunta Provincial Penal Titular del Primer Despacho de Investigaci6n de la Segunda Fiscalia Provincial Penal Corporativa del Cusco. HECHOS DENUNCIADOS: De los hechos denunciados, se tiene que, la agraviada de iniciales H.M.A. refiere que el día diecisiete de febrero del dos mil catorce dej6 a su menor hijo de un año y diez meses al cuidado del padre Ivan Choque Salceda, el mismo que es el imputado, con quien mantuvo una relación sentimental y que a la fecha en que ocurrieron los hechos ya estaban separados, es así que el día dieciocho de febrero del dos mil catorce a las dieciocho horas aproximadamente que retorna a su domicilio- no encuentra al denunciado ni a su menor hijo, por lo que sale a buscarlo y al no encontrarlo lo espera en el domicilio, donde a las veintiún horas aproximadamente llega el denunciado en estado de ebriedad con su hijo en brazos, así luego de que la denunciante hace dormir a su hijo, el denunciado se hecho obligando a la denunciante a hacer lo mismo, la que al negarse fue despojada de sus prendas de vestir, quedando completamente desnuda procediendo a ultrajarla sexualmente y en vista que su miembro viril no se erectaba procedió a meter sus dedos dentro de la vagina de la denunciante, hechos ocurridos hasta aproximadamente las cinco de la mañana del día siguiente, para luego a las cinco y treinta horas aproximadamente el denunciado le dijo que viajaría a Puno y que se llevaría a su menor hijo, por lo que la agraviada pensando en cómo impedirlo, aceptó acompañarlo hasta el terminal donde al llegar y ver a un Policía se acercó, pidiendo ayuda, señalando que el imputado le había quitado a su menor hijo y violado sexualmente, quien la llevó a la Comisaria PNP de Familia y luego a la Comisaria PNP de Sipaspucyo. SOUCITUD: EL SOBRESEIMIENTO de la investigación seguida contra IVAN CHOQUE SALCEDO por el delito contra la Libertad, en la modalidad contra la Sexual, sub tipo Violación Sexual de mayor de edad en agravio de la persona de iniciales H.M.A.; por la causal contenida en el literal d) del inciso 2) del Artículo 344° del Código Procesal Penal pues el hecho denunciado no es típico; por lo que en consecuencia SE ARCHIVE DEFINITIVAMENTE la presente investigaci6n a favor de la imputada. (21, 22, 23, SETIEMBRE) PRIMER JUZGADO PENAL INVESTIGACION PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 680-2015-49-2701-JR.PE-01 JUEZ: CARLOS ADALBERTO ROMAN GIL ESPECIALISTA JUDICIAL: PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZAR NUMERO DE RESOLUCIÓN 01 de fecha 17 de setiembre del 2015 SE CITA al investigado JULIO CESAR HUAMANORCCO GOMEZ, por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub tipo Violación Sexual de menor de edad en agravio de menor de iniciales P.J.V.S., representada por su progenitura Irma Clorinda Serrano Navarro, para el DíA 19 DE OCTUBRE DEL 2015. A LAS 08:00 DE LA MAÑANA [hora exactal para la realización de la AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA, la que se llevará a cabo en la Primera Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sito en la avenida Ernesto Rivero N° 722 de esta ciudad. Firmado: Patricia Cruz Salazar Por tres días, consecutivos en el termino de ley (22, 23, 24, SETIEMBRE) EDICTO PENAL Exp. 0026-2011-62 -1001-IR-PE-02. SEÑORA: SINAIT BRIGITTE SIERRA CASTILLO. Ante el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Ignacio Ortega Mateo, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamanttica, se CITA Y EMPLAZA a la Acusada SINAIT BRIGITTE SIERRA CASTILLO, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Exp. 0026-2011-62 -1001-IR-PE-02, que se le sigue por delito Hurto Agravado, en agravio de Donny Alexander González Ramos, en la Audiencia de Juicio programado para el día 27-ABR-2016, a HS. 09.30. en la 1° sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de

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