TERCERA.- RÉGIMEN JURÍDICO. NATURALEZA JURÍDICA. REGULACIÓN ARMONIZADA. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. JURISDICCIÓN COMPETENTE

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SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA, DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO, CON DESTINO A LAS ENTIDADES PARTÍCIPES ADHERIDAS A LA PRESENTE LICITACIÓN DEL SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN DE CORPORACIÓN MUTUA, ENTIDAD MANCOMUNADA DE MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 68, (EXPTE. 4/12)

ÍNDICE  PREÁMBULO.- IDENTIFICACIÓN DE LAS MUTUAS ADHERIDAS  PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.  SEGUNDA.- DURACIÓN DEL CONTRATO.  TERCERA.RÉGIMEN JURÍDICO. NATURALEZA JURÍDICA. REGULACIÓN ARMONIZADA. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. JURISDICCIÓN COMPETENTE.  CUARTA.- PUBLICACIÓN DE LA LICITACIÓN.  QUINTA.- TECHO DE LICITACIÓN Y PRESUPUESTO DEL CONTRATO.  SEXTA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.  SÉPTIMA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.  OCTAVA.- PROPOSICIONES. DOCUMENTACIÓN A APORTAR.  NOVENA.- PLAZO DE ADMISIÓN Y EXAMEN DE PROPOSICIONES.  DÉCIMA.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.  UNDÉCIMA.- RECURSO ESPECIAL.  DUODÉCIMA.- GARANTÍA DEFINITIVA.  DECIMOTERCERA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.  DECIMOCUARTA.- RESPONSABLE DEL CONTRATO. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO.  DECIMOQUINTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA  DECIMOSEXTA.- PENALIZACIONES.  DECIMOSÉPTIMA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO.  DECIMOCTAVA.- REVISIÓN DE PRECIOS. Pliego de Condiciones Particulares

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 DECIMONOVENA.- CESIÓN DEL CONTRATO.  VIGÉSIMA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.  VIGÉSIMO PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS.  INFORME JURÍDICO.  APROBACIÓN.  ANEXO I - DECLARACIÓN RESPONSABLE  ANEXO II – SOLICITUD  ANEXO III – PROPOSICIÓN ECONÓMICA

PREÁMBULO.- IDENTIFICACIÓN DE LAS MUTUAS ADHERIDAS Las Mutuas que forman parte de CORPORACIÓN MUTUA y se han adherido a la presente licitación son las que a continuación se detallan:  MC Mutual, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 1.  Mutualia, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 2.  Corporación Mutua, entidad mancomunada de mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 68.  Solimat, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 72.  Mutua de Andalucía y de Ceuta, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 115.  Mutua Gallega, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 201.  Unión de Mutuas, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 267.  Mutua de Accidentes de Canarias, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 272.  Ibermutuamur, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 274.

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Con el fin de conseguir una mayor claridad en la interpretación de determinados términos empleados en la redacción del presente Pliego, evitando con ello confusiones que su previa definición puede evitar, se establecen las siguientes precisiones: - CORPORACIÓN MUTUA, Entidad Mancomunada de Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 68: Entidad autorizada mediante Resolución de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social de fecha 23 de enero de 2008, integrada en la actualidad por ocho mutuas. - SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN DE CORPORACIÓN MUTUA: Servicio creado dentro de CORPORACIÓN MUTUA para la adquisición de suministros y servicios o la adjudicación de contratos o la celebración de acuerdos marco para la realización de obras, suministros o servicios destinados, tanto a las Mutuas integradas en CORPORACIÓN MUTUA, como a la propia CORPORACIÓN MUTUA. A los efectos del presente pliego, se identificará con la Entidad que tiene atribuida la resolución del procedimiento de contratación hasta dictar el acuerdo de adjudicación. - ENTIDADES PARTÍCIPES: Conjunto formado por las Mutuas adheridas a la presente licitación así como por la propia CORPORACIÓN MUTUA, en tanto que destinatarias del suministro objeto de licitación. PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO 1.1

El contrato al que se refiere el presente pliego tiene por objeto el suministro de material fungible sanitario con destino a las ENTIDADES PARTÍCIPES, todo ello con arreglo a los términos establecidos en el presente Pliego, así como en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Conforme a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea, el citado objeto se corresponde con la codificación establecida en el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión de las Comunidades Europeas de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, en las siguientes codificaciones de la vigente nomenclatura: 33140000: Material médico fungible.

Las necesidades a satisfacer mediante el presente suministro serán la entrega de los materiales a demanda de las ENTIDADES PARTÍCIPES. 1.3

El empresario se obliga a prestar el suministro objeto del presente expediente de contratación, por los precios unitarios que resulten del contrato adjudicado, sin que la cuantía total de estos se defina con exactitud al tiempo de celebrarse el contrato, quedando subordinado a las concretas necesidades de las ENTIDADES PARTÍCIPES.

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1.4

La ejecución de este contrato, se ajustará además de a las previsiones contenidas en el presente documento, a las condiciones expresadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se acompaña como anexo a éste, y del que forma parte inseparable, así como a la oferta y mejoras que, en su caso, aporte el adjudicatario y sean aceptadas por el Órgano de Contratación.

SEGUNDA.- DURACIÓN DEL CONTRATO El plazo de vigencia del contrato durante el cual el adjudicatario desarrollará el objeto del mismo, será de DOS (2) años, contados -como máximo- desde el mes siguiente a su formalización, pudiendo prorrogarse, antes de su finalización, por mutuo acuerdo de las partes, que deberá formalizarse por escrito, por sucesivos periodos anuales hasta computar un máximo de CUATRO (4) años, de duración total del contrato. No obstante, a los efectos de no perjudicar el normal funcionamiento de las ENTIDADES PARTÍCIPES, en el supuesto de que no se hubiera adjudicado un nuevo contrato a la finalización del mismo, la empresa adjudicataria se compromete a continuar, a demanda, con el suministro hasta el momento en que se produjera la nueva adjudicación, por un período máximo de CUATRO (4) MESES. A título meramente indicativo, está previsto que el inicio de la ejecución de este suministro tenga lugar el día 1 de enero de 2013. TERCERA.- RÉGIMEN JURÍDICO. NATURALEZA JURÍDICA. REGULACIÓN ARMONIZADA. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN. JURISDICCIÓN COMPETENTE. 3.1

El contrato objeto de la presente licitación tendrá la consideración de contrato privado de conformidad con lo previsto en el artículo 20 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, por la referida Ley y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado. En cuanto a sus efectos y extinción, se regirá por el derecho privado. No obstante, las modificaciones del contrato se regirán por lo regulado en el Título V del Libro I de la Ley de Contratos del Sector Público (art. 20.2 TRLCSP). Asimismo, se halla sujeto a regulación armonizada, siéndole de aplicación lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y se licitará a través del Procedimiento Abierto previsto en dicha Ley.

3.2

El adjudicatario acepta de forma expresa someterse a la legislación anteriormente citada y a la normativa que la desarrolla así como al presente Pliego de Condiciones Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen este contrato. De igual forma, el adjudicatario se compromete al cumplimiento de la legislación que durante la ejecución del contrato, por resultar entonces vigente, afecte al objeto del presente procedimiento de contratación.

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3.3

El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes, con respecto al personal que emplee en la prestación del suministro objeto de este contrato, especialmente en lo que respecta a la legislación laboral y fiscal, así como de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. Dicha obligación, se extiende a las normas que puedan promulgarse durante la ejecución del contrato, debiendo el contratista en todo momento acomodar sus actuaciones a dichas normas.

3.4

A la extinción del presente contrato de suministro, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de las ENTIDADES PARTÍCIPES.

3.5

Serán competentes para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos, cada uno de los Juzgados y Tribunales civiles de la capital de provincia que aparezca reflejada a tal efecto en el contrato y que deberá coincidir con el domicilio social o donde se halle el principal establecimiento de cada una de las ENTIDADES PARTÍCIPES, todo ello con renuncia expresa respecto de cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. No obstante, serán competentes para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con las cuestiones litigiosas que afecten a la preparación y adjudicación de los contratos, los Juzgados y Tribunales Contencioso-Administrativo de la ciudad de Madrid, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.

CUARTA.- PUBLICACIÓN DE LA LICITACIÓN 4.1

El SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN enviará el correspondiente anuncio para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (en adelante, D.O.U.E.) e insertará en su “perfil de contratante” alojado en la Plataforma de Contratación del Estado la información relativa a la licitación del presente contrato de suministro, sin perjuicio de que las ENTIDADES PARTÍCIPES también procedan, de forma directa o indirecta mediante remisión a la página Web de CORPORACIÓN MUTUA, a publicarlo en sus “perfiles de contratante”.

4.2

Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se señala que puede accederse al “perfil de contratante” del SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN alojado en la Plataforma de Contratación del Estado mediante un enlace en la siguiente dirección electrónica de la página Web de CORPORACIÓN MUTUA: http://www.corporacionmutua.com

QUINTA.- TECHO DE LICITACIÓN Y PRESUPUESTO DEL CONTRATO 5.1

El techo máximo de licitación para cada uno de los elementos unitarios que comprende el presente contrato de suministro se reseña en el ANEXO I del Pliego de Prescripciones Técnicas (todos los importes son en euros y sin IVA).

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5.2

De conformidad con lo previsto en el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el valor estimado de esta licitación, considerando la posibilidad de la anualidad de prórroga ordinaria, así como las cuatro mensualidades de prórroga forzosa hasta la nueva adjudicación previstas ambas en la cláusula segunda de este pliego, asciende a la cantidad, IVA excluido (las referencias al IVA deberán entenderse realizadas IGIC o IPSI), de: 2013

2014

2015

2016

PREVISION CLAUSULA 2ª

TOTAL

IBERMUTUAMUR

379.152,49 €

379.152,49 €

386.735,54 €

386.735,54 €

126.384,16 €

1.658.160,22 €

MUTUALIA

302.455,99 €

302.455,99 €

308.505,11 €

308.505,11 €

100.818,66 €

1.322.740,86 €

UNION DE MUTUAS

287.737,01 €

287.737,01 €

293.491,75 €

293.491,75 €

95.912,34 €

1.258.369,86 €

SOLIMAT

101.019,17 €

101.019,17 €

103.039,55 €

103.039,55 €

33.673,06 €

441.790,50 €

MUTUA GALLEGA

94.627,38 €

94.627,38 €

96.519,93 €

96.519,93 €

31.542,46 €

413.837,08 €

CESMA

104.572,72 €

104.572,72 €

106.664,17 €

106.664,17 €

34.857,57 €

457.331,36 €

MC MUTUAL

760.557,50 €

760.557,50 €

775.768,65 €

775.768,65 €

253.519,17 €

3.326.171,47 €

MAC

49.387,95 €

49.387,95 €

50.375,71 €

50.375,71 €

16.462,65 €

215.989,97 €

CORPORACION

15.214,04 €

15.214,04 €

15.518,32 €

15.518,32 €

5.071,35 €

66.536,07 €

2.094.724,25 €

2.094.724,25 €

2.136.618,74 €

2.136.618,74 €

698.241,42 €

9.160.927,39 €

5.3

De conformidad con lo previsto en el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, el sistema de determinación del precio que ha de regir esta licitación, será la aplicación de importes unitarios a aplicar en función de los elementos unitarios suministrados. Las estimaciones de consumo reseñados en el presente pliego, se entenderán siempre como orientativas, de forma que el presupuesto máximo autorizado, reseñado en la cláusula anterior, operará como límite máximo al que quedan obligados las ENTIDADES PARTÍCIPES como consecuencia de la ejecución de los respectivos contratos, abonando los elementos unitarios realmente solicitados a la empresa adjudicataria por el importe de los precios unitarios adjudicados.

5.4

Las ENTIDADES PARTÍCIPES disponen en su Anteproyecto de Presupuesto de Gastos del ejercicio de 2013 de los créditos para atender a las obligaciones económicas generadas por esta licitación, durante dicho período, adquiriendo el compromiso de cumplir los trámites necesarios para los ejercicios posteriores con las limitaciones que se determinen en la normas presupuestarias vigentes en cada momento aplicables a las Entidades Mancomunadas y a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.

5.5

El suministro objeto de esta licitación se imputarán a la partida presupuestaria 221.6 “Material sanitario para consumo y reposición”.

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SEXTA.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. La valoración global de las ofertas será el resultado de sumar la puntuación obtenida para cada uno de los criterios definidos. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación de esta licitación y su ponderación son los siguientes: CRITERIOS DE VALORACION OFERTA ECONÓMICA INSTALACIONES LOGÍSTICAS APLICACIÓN INFORMATICA CALIDAD DE LOS PRODUCTOS CERTIFICACION UNE-EN ISO 13485

1 2 3 4 5

PONDERACIÓN 45 3 7 40 5

1. OFERTA ECONÓMICA (45 PUNTOS)

Los licitadores presentarán su propuesta económica detallando el precio unitario, sin IVA, para cada elemento unitario, de acuerdo con el modelo de proposición económica que se indica como anexo III. Para valorar los precios unitarios de los elementos unitarios ofertados (PU) se puntuará en base al importe total que resultaría de aplicar los PU ofertados para el ejemplo de suministro contenido en el anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas y que se ha elaborado tomando como referencia los consumos del año 2011. Los PU ofertados no podrán ser superior a los PU establecidos como techo de licitación en el ANEXO I del Pliego de Prescripciones Técnicas. Criterio: Unidad de Medida: Escala de Valoración: Umbral de Satisfacción: Umbral de Saciedad:

Minimizador Euros Lineal 2.094.724,25 Euros El umbral de saciedad: Usp para la ejecución del suministro se fija en función de la siguiente fórmula: Usp = Tm – (Tm x 0,20), donde Tm es el techo máximo de licitación para la ejecución del suministro, de acuerdo con el ejemplo reseñado en el Anexo I.

Se asignará a la oferta más económica, considerada ésta con la limitación del umbral de saciedad reseñado, de acuerdo con el Anexo III la puntuación máxima. Al resto de ofertas se las asignará la puntuación proporcional que le corresponda en función de la oferta más ventajosa determinada por la siguiente fórmula:

 Mín.POf VOf = 45 x  POf  Pliego de Condiciones Particulares

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    SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

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donde

es la valoración de la Oferta;

es la oferta más económica y;

es el precio ofertado por la empresa a valorar.

2. INSTALACIONES LOGISTICAS (3 PUNTOS)

Se valorará hasta un máximo de 3 puntos la disponibilidad de instalaciones logísticas con los que cuenta el licitador para desarrollar el objeto del contrato. Las empresas licitadoras, para poder ser valoradas en este apartado, deberán presentar una Memoria justificativa en la que se relacionen los citados medios, reseñándose al menos, los siguientes aspectos: • Ubicación geográfica y metros cuadrados y cúbicos de las instalaciones.. • Recursos humanos disponibles en cada uno de las instalaciones logísticas. La oferta presentada se valorará de la siguiente manera: Se otorgará 1 punto por cada instalación logística cuya superficie sea superior a 300 metros cuadrados. Se valorará un máximo de un (1) almacén por cada Comunidad Autónoma, hasta alcanzar el máximo de los 3 puntos. Una vez alcanzados éstos ya no se puntuará el exceso.

3. APLICACION INFORMATICA (7 PUNTOS)

Se valorará con un máximo de 7 puntos la disponibilidad de una aplicación accesible a través de la web (tipo extranet) en la que se encuentre a disposición de las ENTIDADES PARTÍCIPES las funcionalidades que se señalan. En todo caso, la aplicación deberá estar plenamente en producción (no en desarrollo). A tal efecto, deberá adjuntarse memoria explicativa que incluya imágenes (pantallazos) de la aplicación y una contraseña y usuario de pruebas para el acceso a la aplicación. 1. Descarga de las fichas técnicas de los productos objeto del contrato. 2. Realización de pedidos a través de la aplicación. 3. Acceso a la trazabilidad de los envíos. 4. Acceso a la facturación de cada una de las mutuas. 5. Informes estadísticos del contrato (nº de envíos, facturación por centro de coste, plazos de entrega, etc.). La aplicación se valorará de la siguiente manera: a) Cuando la aplicación permita realizar la totalidad de funcionalidades descritas: 7 puntos b) Cuando la aplicación permita realizar, al menos, tres de las funcionalidades descritas: 3,5 puntos d) Cuando la aplicación no permita realizar, al menos tres de las funcionalidades descritas: 0 puntos.

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4. CALIDAD DE LOS PRODUCTOS

Se valorará hasta un máximo de 40 puntos. Las empresas, para poder ser valoradas en este apartado, deberán presentar las fichas técnicas de los productos así como una muestra de cada uno de ellos en los casos en que el producto ofertado no se corresponda con aquellos que se hayan determinado específicamente como referente de la calidad solicitada o no se haya especificado dicho referente. En particular, se valorará la adecuación de los productos ofertados a los requerimientos técnicos que se especifican en los Pliegos así como la calidad individual de cada uno de ellos. La presentación de un solo producto que no cumpla con las especificaciones técnicas supondrá la exclusión de la oferta. No obstante, el cumpliendo de las especificaciones técnicas, no presupone la aceptación de aquellos productos que, no alcancen los estándares de calidad de referencia reseñados en su caso o, se consideren de gama baja en los supuestos en que no se haya señalado referencia comercial alguna, ya tenga lugar la comprobación de sus deficiencias en el propio acto de valoración como durante la ejecución contractual, aunque hayan sido valorados en relación con el presente apartado; debiendo ser sustituidos, en tal caso, por los productos de referencia o por otros que sean validados por los equipos técnicos de las mutuas, en el supuesto de resultar adjudicatarios, en lo términos previstos en la Prescripción 3 del “Pliego de Prescripciones Técnicas”. En cualquier caso y, a efectos de valoración, la puntuación que recibirán estos productos será 0. La Calidad de los Productos se valorará de la siguiente manera: a) Se otorgará 1 punto cuando, cumpliendo las especificaciones técnicas, el producto ofertado sea igual al reseñado como estándar de calidad o de igual calidad. De no haberse especificado una referencia comercial, se otorgará esta puntuación cuando el producto se considere de gama media. b) Se otorgarán 2 puntos cuando, cumpliendo las especificaciones técnicas, el producto ofertado sea de calidad superior a la especificada como estándar de calidad. De no haberse especificado una referencia comercial, se otorgará esta puntuación cuando el producto se considere de gama alta. Al licitador que obtenga una puntuación global mayor se le otorgarán 40 puntos, puntuándose de manera proporcional al resto de licitadores. 5. CERTIFICACIÓN UNE-EN ISO 13485

Se valorará con 5 puntos la disponibilidad del Certificado de Sistema de Gestión de la Calidad de Productos Sanitarios UNE-EN ISO 13485. Sólo se considerarán válidos los certificados expedidos a favor de la empresa que haya presentado la oferta, no considerándose los expedidos a nombre de otras empresas del grupo o matriz/filial extranjera. A tal efecto, deberá adjuntarse copia legalizada del certificado.

SÉPTIMA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.

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7.1. Podrán tomar parte en esta contratación, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica financiera y técnica o profesional, y no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias que se señalan en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 7.2. La finalidad o actividad de la empresa que opte a la adjudicación en esta licitación, tendrá que tener relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, así como disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del mismo. 7.3. Podrán también tomar parte en esta licitación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aquellas uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, en las cuales, los interesados quedarán obligados solidariamente ante las ENTIDADES PARTÍCIPES, nombrando un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgarse para cobros y pagos de cuantía significativa. En todo caso, todas las empresas integradas en la unión, deberán acreditar su personalidad y capacidad, aportando asimismo el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal caso de resultar adjudicatarios, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriben y la participación de cada uno de ellos. Este acuerdo de unión, deberá elevarse a Escritura Pública en el caso de que la adjudicación se efectúe en favor de la misma. La duración de las uniones temporales de empresarios, será coincidente con la del contrato hasta su extinción. 7.4. Podrán participar en esta licitación las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el suministro de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. 7.5. Igualmente, podrán contratar con las ENTIDADES PARTÍCIPES las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos en el art. 55 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Las empresas extranjeras, comunitarias y no comunitarias, que pretendan contratar con las ENTIDADES PARTÍCIPES deberán presentar la documentación traducida de forma oficial, como mínimo, al castellano.

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OCTAVA.- PROPOSICIONES. DOCUMENTACIÓN A APORTAR. 8.1. Todo empresario interesado, podrá presentar una proposición, por sí o por medio de representante/s debidamente autorizado/s. A tal efecto, cumplimentará la solicitud cuyo modelo se adjunta como Anexo II al presente pliego, y su sola presentación implica la aceptación incondicional del firmante de todas y cada una de las cláusulas del mismo, así como la declaración responsable de que reúne las condiciones exigidas para tomar parte en el presente procedimiento de contratación (Anexo I). Esta solicitud, se acompañará de forma independiente a los sobres citados a continuación, al objeto de que sea debidamente sellada por el Registro del SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN, indicando el nombre y número de cada uno. 8.2. Los licitadores presentarán, además de la solicitud a que se refiere el apartado anterior, tres sobres cerrados, firmados por el oferente o persona que lo represente, haciendo constar en el exterior de cada uno de ellos el objeto, número de expediente, nombre y apellidos o razón social de la empresa, el número de sobre al que corresponde, y si se trata del sobre correspondiente a la oferta económica, la oferta técnica o el de la documentación personal. 8.3

En el sobre nº 1, figurará la oferta económica formulada por el licitador así como la documentación relativa a los criterios cuya ponderación no dependa de un juicio de valor y se ajuste a una fórmula matemática. En particular, la oferta económica se ajustará a las siguientes reglas 8.3.1. La proposición, debidamente firmada, será formulada en número (los precios unitarios) y letra (la cuantía total), prevaleciendo en caso de discordancia el importe total resultante de la aplicación de los importes unitarios al ejemplo de consumo, con arreglo al modelo unido a este pliego (Anexo III). El precio total de la oferta comprenderá toda clase de gastos e impuestos derivados del contrato incluida la manipulación y transporte, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido (las referencias al IVA deberán entenderse realizadas IGIC o IPSI) que no obstante, será repercutido como partida independiente en los documentos que el adjudicatario presente al cobro. 8.3.2. Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas. 8.3.3. El oferente deberá licitar por la totalidad del objeto del contrato, por cuanto en el presente procedimiento de contratación no se establecen lotes.

8.4. En el sobre nº 2 se incluirá la documentación técnica que se exija en su caso en el Pliego de Condiciones Particulares y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, en orden a la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato especificados en la cláusula sexta (requisitos técnicos) sin que pueda figurar en el mismo ninguna documentación relativa al precio.

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8.4.1. Dado que se establecen en el presente expediente de licitación criterios técnicos cuya cuantificación depende de un juicio de valor, al no ser evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas matemáticas, en este sobre se incluirá la documentación relativa a los criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, así como toda aquella requerida en el pliego que, con carácter general, el licitador estime conveniente aportar. Dichos criterios de adjudicación son los identificados en el cuadro de valoraciones de la cláusula sexta, como: Logística y plan de desarrollo Programa informático Calidad de los productos

8.4.2. Los licitadores deberán presentar, tanto en formato papel como soporte informático (CD, DVD, PEN DRIVE), los documentos necesarios para la valoración y ponderación de sus ofertas con respecto de los criterios de adjudicación establecidos en el presente procedimiento de contratación. En caso de discrepancia, prevalecerá la documentación presentada en formato papel. En particular, deberán aportarse las fichas técnicas de la totalidad de productos. 8.4.3. No se admitirán variantes a la oferta formulada que impliquen la eventual valoración y selección de alternativas sobre la prestación final a obtener. 8.4.4. De acuerdo con lo previsto en el artículo 140 del TRLCSP, el órgano de contratación no podrá divulgar la información facilitada por el licitador que éste haya designado como confidencial en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas. Para ello, el licitador especificará qué aspectos de la oferta tienen dicho carácter.

8.5. En el sobre nº 3, relativo a la documentación personal, los licitadores incluirán los documentos que seguidamente se relacionan, que podrán presentarse en original o mediante copias auténticas conforme a la legislación vigente: 8.5.1. Índice numerado de los documentos presentados en este sobre, que además consignarán:  Nombre completo de la empresa licitadora y CIF  Persona de contacto  Dirección correo electrónico en que efectuar las notificaciones  Número de teléfono  Número de Fax  Dirección postal 8.5.2. La documentación acreditativa de la capacidad de obrar del licitador, lo que se llevará a cabo de la forma siguiente:

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Si la empresa fuera persona jurídica, mediante la presentación de la Escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, adaptada en sus Estatutos a la vigente legislación sobre la materia; acompañando igualmente la Escritura, inscrita en dicho Registro Mercantil, que contenga los Estatutos vigentes en la actualidad; si no fuera exigible, conforme a la legislación mercantil, dicha inscripción, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. Para los empresarios individuales, será obligatorio la presentación del D.N.I. en vigor, o el documento que, en su caso, legalmente le sustituya (pasaporte, y en su caso, tarjeta comunitaria o autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros, etc.). Particularmente, las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su capacidad de obrar mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I, apartado 2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Por su parte, el resto de empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro Local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En este último supuesto, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso contrario, informe de reciprocidad expedido por la respectiva representación diplomática, en el que se justifique que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración o Sector Público, en forma sustancialmente análoga. 8.5.3. Si el firmante de la proposición actúa en calidad de representante del licitador, deberá acompañarse el documento que acredite la personalidad de este representante (Documento Nacional de Identidad en vigor para españoles o documento que legalmente lo sustituya: pasaporte y, en su caso, tarjeta comunitaria o de autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros, etc.), y, además, poder bastante en Derecho a su favor, debidamente inscrito en el Registro Mercantil si se trata de personas jurídicas por imperativo de la legislación Mercantil, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración de contratos. Pliego de Condiciones Particulares

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8.5.4. Declaración responsable, otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, de la capacidad del licitador para contratar con el Sector Público por no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar definidas en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; igualmente podrá otorgarse ante el SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN mediante el modelo que se adjunta a este Pliego, Anexo I. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial. Dicha declaración responsable, comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la documentación acreditativa de la misma sea requerida del empresario que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa antes de la adjudicación , a cuyo efecto se les concederá un plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, en los que habrá de ser presentada la siguiente documentación:

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a)

Certificación administrativa positiva, expedida por el Órgano Tributario competente, que acredite que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, conforme a lo previsto en el artículo 13, apartados b), c), y d) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

b)

Último recibo abonado del Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, y declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Para las empresas que hayan iniciado su actividad en el transcurso del presente ejercicio económico, será suficiente la presentación de la documentación acreditativa del alta en el impuesto referido. En caso de exención, deberá acreditarse dicha circunstancia.

c)

Certificación administrativa positiva, expedida por el Órgano de Seguridad Social competente, que acredite que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

d)

En su caso, el adjudicatario también deberá presentar -durante este plazo- cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir para la correcta ejecución del contrato.

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8.5.5. La solvencia económica y financiera y técnica o profesional de los licitadores se acreditará de la siguiente forma:

8.5.5.1. Las empresas españolas y las extranjeras no comunitarias y comunitarias acreditarán su solvencia económica y financiera aportando documentación acreditativa de la existencia de una póliza de seguro de responsabilidad civil que venga a garantizar un capital mínimo de UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000.-€), a fin de cubrir cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse de su actuación, Asimismo, se adjuntará copia del justificante bancario que acredite la vigencia de la misma. La póliza e importe a garantizar deberán estar contratados antes de la terminación del plazo de presentación de proposiciones. Igualmente, aportarán declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los tres últimos ejercicios (cerrados a 31 de diciembre), en que se acredite que dicha cifra acumulada es igual o superior a siete millones de euros (IVA excluido). Se adjuntará la documentación justificativa, consistente en las cuentas anuales presentadas en el registro mercantil o en registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en los registros oficiales podrán aportar los libros de contabilidad debidamente legalizados.

8.5.5.2. Las empresas españolas y las extranjeras no comunitarias y comunitarias acreditarán su solvencia técnica o profesional aportando los siguientes certificados:

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• Certificado de garantía de calidad basado en la serie de normas internacionales ISO 9001:2008, europeas EN 29000 o españolas AENOR UNE 66900 y expedidos por organismos conformes con la serie de normas europeas EN 45000 o españolas UNE 65500 o, en su caso, declaración indicando los técnicos o las unidades técnicas, estén o no integradas en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución del suministro, especialmente los responsables del control de calidad, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. • Certificación del Sistema de Gestión Medioambiental de acuerdo con la Norma Internacional UNE-EN ISO 14001 o certificación del Sistema de Gestión Medioambiental, conforme a los requisitos del Reglamento Europeo 761/2001 (EMAS), expedidos por organismos independientes conformes a la legislación comunitaria o a las normas europeas o internacionales relativas a la certificación. Sólo se considerarán válidos los certificados expedidos a favor de la empresa que haya presentado la oferta, no considerándose los expedidos a nombre de otras empresas, aunque se trate de empresas del grupo. Igualmente, aportarán relación de los principales contratos relacionados con el objeto de la presente licitación (excluyéndose de la citada relación aquellos contratos suscritos con las entidades adheridas a la presente licitación), ejecutados en los últimos tres años, avalada, al menos, por cinco certificados de buena ejecución cuyo importe sea igual o superior a 150.000 €/año o tres certificados para aquellos cuyos importe sea igual o superior a 250.000 €/año (todos los importes reseñados, IVA excluido). Estos certificados indicarán el importe, las fechas, la descripción del objeto del contrato y si se llevaron normalmente a buen término. A falta de estos certificados, deberá acreditarse mediante una declaración del empresario.

8.5.6.

Los licitadores deberán disponer de las habilitaciones, licencias o permisos legalmente necesarios que precisen las actividades objeto del contrato, ya sean de carácter estatal, autonómico o local, acreditándose esta circunstancia mediante la aportación de los correspondientes certificados emitidos por la autoridad competente. En particular, se deberá aportar licencia sanitaria expedida por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios o por el correspondiente organismo de las comunidades autónomas para, al menos, una de las siguientes actividades: o Agrupación de productos sanitarios o Importación de productos sanitarios

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Sólo se considerarán válidos los certificados expedidos a favor de la empresa que haya presentado la oferta, no considerándose los expedidos a nombre de otras empresas del grupo 8.5.7

Documentación que acredite tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100 (2%), a los efectos previstos en la cláusula 9.9 de este pliego.

8.5.8.

En la presente licitación no se exige constituir una garantía provisional.

8.5.9.

Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

8.6. Si durante la tramitación de este procedimiento y antes de la adjudicación se produjese extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación. 8.7. Las ofertas económicas presentadas, tanto las admitidas como las que sean rechazadas sin abrir o desestimadas una vez abiertas, quedarán en poder del SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN, para su archivo en el expediente de contratación tramitado. Adjudicado el contrato, la documentación que acompaña a dichas proposiciones económicas quedará a disposición de los interesados, que podrán recogerla por sí o por medio de un representante en las mismas dependencias en que fue entregada. La documentación aportada por el adjudicatario pasará a formar parte del expediente de contratación. 8.8. Los documentos a presentar por los licitadores deberán aportarse sin omisiones, tachaduras ni modificaciones a los mismos por parte de los ofertantes.

NOVENA.- PLAZO DE ADMISIÓN Y EXAMEN DE PROPOSICIONES 9.1. El anuncio de esta licitación se remitirá al Diario Oficial de la Unión Europea, con una antelación mínima de 52 días naturales, a contar desde la fecha de remisión, a aquél en que haya de terminar el plazo para la presentación de proposiciones. Dicho plazo podrá ser reducido en los siguientes casos y con arreglo a los siguientes plazos: -

Cuando se ofrezca acceso por medios electrónicos a los pliegos y a la documentación complementaria: en 5 días Cuando el anuncio se prepare y envíe por medios electrónicos, informáticos o telemáticos: en 7 días.

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Igualmente, el anuncio será publicado en el “perfil de contratante” del SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN en la Plataforma de Contratación del Estado, al día siguiente al de su publicación en el D.O.U.E o, como mínimo, con una antelación no inferior a 20 días naturales a la finalización del plazo de presentación de las proposiciones. 9.2

La solicitud para participar en este procedimiento y los tres sobres conteniendo la documentación señalada en la cláusula anterior y dirigidos a la Mesa de Contratación se presentarán en mano en el Registro de CORPORACIÓN MUTUA, ENTIDAD MANCOMUNADA DE MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 68, C/ Príncipe de Vergara, nº 108, Planta 11, 28.002 de Madrid, durante todos los días laborables en el horario de apertura de dicho Registro, y hasta el día que se señale como último en el anuncio anteriormente referido. El horario de apertura del Registro, a efectos de recepción de ofertas, es: de 8,30 a 14,00 horas, ininterrumpidamente, de lunes a viernes.

9.3

El SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN facilitará como “acuse de recibo”, de la documentación aportada, una copia de la Solicitud (Anexo II) presentado por el propio empresario licitador o su representante, en el que se hará constar el día y hora de dicha presentación.

9.4

El SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN será asistido por una Mesa de Contratación, que estará constituida conforme con lo establecido en el Acuerdo de la Gerencia de Corporación Mutua, de fecha 30 de junio de 2009, y que se encuentra publicada en el Perfil de contratante de CORPORACIÓN MUTUA.

9.5 La Mesa de Contratación procederá, en sesión privada, a calificar los documentos presentados en tiempo y forma, a cuyos efectos, el Presidente ordenará la apertura del sobre nº 3 (documentación personal), con exclusión del relativo a la proposición económica y documentación técnico-económica. Dicha documentación será examinada por la Mesa, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación personal presentada, lo comunicará por fax o correo electrónico a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación. Sin perjuicio de ello, los licitadores podrán igualmente interesarse sobre la eventual existencia de defectos u omisiones en su documentación, mediante llamada telefónica a la Secretaría de la Mesa de Contratación, dentro del plazo antes citado. 9.6

Seguidamente, la Mesa de Contratación abrirá en sesión privada el sobre nº 2 que contenga la documentación técnica cuya valoración esté sujeta a criterios ponderables en función de un juicio de valor, siendo asistida por el equipo asesor que a tales efectos se designe, levantándose acta en todo caso de la sesión.

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Una vez abierto el sobre nº 2 la documentación obrante en la misma podrá ser examinada por los licitadores interesados en la sede de Corporación Mutua o en otra que designe la Mesa de Contratación, por un plazo máximo de tres días. En todo caso, se anunciará en el perfil de contratante de CORPORACIÓN MUTUA el lugar y la fecha para el examen de esta documentación.

9.7. El acto de apertura del sobre que contengan la oferta económica se celebrará ante la Mesa de Contratación, públicamente, en el lugar, día y hora reflejados en el anuncio del presente procedimiento en el D.O.U.E y en el Perfil de contratante de CORPORACIÓN MUTUA, dando ocasión para que los interesados puedan comprobar que los sobres que contienen sus ofertas se encuentran en idénticas condiciones en que fueron entregados. Antes de la apertura de las proposiciones, se dará lectura del acuerdo de la Mesa por el que se determinen los licitadores admitidos y aquéllos que resulten rechazados y las causas de su rechazo. Seguidamente se dará lectura de las puntuaciones obtenidas por cada uno de los licitadores admitidos en aquellos aspectos de la oferta técnica ponderables en función de un juicio de valor, estableciéndose un plazo de tres días hábiles para la revisión de las propuestas técnicas de la totalidad de licitadores admitidos en esta fase, exceptuando aquella documentación que estos hayan designado como confidencial, en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas. En todo caso, se anunciará el lugar y la fecha para el examen de esta documentación. Igualmente, se invitará a los licitadores interesados a que manifiesten las dudas que se les ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias, procediéndose por la Mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes, pero sin que en este momento pueda aquélla hacerse cargo de documentos que no hubiesen sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o en su caso, el de subsanación de defectos u omisiones a que se ha aludido en la cláusula 9.5. A continuación comenzará el acto de apertura de proposiciones económicas. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la misma, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa, en acuerdo motivado. Terminada la lectura de las proposiciones económicas, se invitará a los licitadores a que manifiesten cuantas observaciones o reservas estimen oportunas contra el acto celebrado, las cuales deberán formularse por escrito en el plazo máximo de dos días hábiles siguientes al de dicho acto, dirigidas al representante del Órgano de contratación de CORPORACIÓN MUTUA, el cual, resolverá el procedimiento en el acuerdo de adjudicación del contrato.

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9.8

La Mesa elevará al representante del Órgano de contratación de CORPORACIÓN MUTUA, las proposiciones presentadas por los licitadores, junto con el Acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso, la ponderación de los criterios indicados en la cláusula sexta del presente pliego.

9.9

En caso de igualdad entre dos o más ofertas, desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que tuviera en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 (2%) y que estuviera dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social. Si varias empresas licitadoras, de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa, acreditaran lo requerido en el párrafo anterior, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.

DÉCIMA.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 10.1. El SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN, vista la propuesta del licitador que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, procederá a requerir del mismo la documentación prevista en el artículo 151.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y a adjudicar el contrato o, en su caso, a declararlo desierto, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. El representante del Órgano de contratación de CORPORACIÓN MUTUA podrá apartarse de la propuesta efectuada motivando, en todo caso, su acuerdo con referencia a los criterios de adjudicación establecidos en el presente pliego. El representante del Órgano de contratación de CORPORACIÓN MUTUA no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en este pliego. 10.2. La adjudicación deberá recaer dentro del plazo máximo de tres meses, a contar desde la apertura de las proposiciones. De no dictarse el acuerdo de adjudicación dentro de los plazos señalados, los licitadores tendrán derecho a retirar su proposición. 10.3 Serán nulas de pleno derecho, las adjudicaciones de contratos en favor de personas que carezcan de la capacidad de obrar o de la solvencia necesaria, o que estén incursas en cualquiera de las prohibiciones recogidas en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 10.4

La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante del SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN, en la Plataforma de Contratación del Estado. La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer, conforme al artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, recurso suficientemente fundado

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contra la decisión de adjudicación y, en particular expresará los extremos previstos en el apartado 4 del artículo 151 de la referida norma. Será de aplicación a la motivación de la adjudicación la excepción de confidencialidad contenida en el artículo 153 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 10.6. Cuando no proceda la adjudicación del contrato al licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria el SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN podrá efectuar una nueva designación de otro licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo designado haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación señalada en el apartado 8.5.4 de este Pliego.

UNDÉCIMA.- RECURSO ESPECIAL 11.1. De conformidad con lo establecido en los art. 40 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, serán susceptibles de recurso especial • •



Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación. Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores. Los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores.

Los defectos de tramitación que afecten a actos distintos de los mencionados podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN o al representante del Órgano de contratación, a efectos de su corrección, y sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los interesados al recurrir el acto de adjudicación. 11.2. El recurso podrá interponerse por las personas físicas y jurídicas cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso y, en todo caso, por los licitadores. 11.3. Será competente para resolver este recurso el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. 11.4. La iniciación del procedimiento y el plazo para interponer este recurso especial se sustanciará en los términos previstos en el art. 44 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

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La presentación del escrito de interposición deberá hacerse en el Registro del SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN de Corporación Mutua, c/ Príncipe de Vergara nº 108, Planta 11, 28.002 de Madrid o en el Registro del órgano competente para resolver el recurso. 11.5. Si el acto recurrido es el de adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación hasta que se resuelva expresamente el recurso especial. 11.6. El procedimiento para tramitar los recursos especiales en materia de contratación se regirá por las disposiciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con las especialidades que se recogen en el art. 46 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 11.7. Contra la resolución del recurso sólo procederá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10, letras k y l del apartado 1 y en el artículo 11, letra f de su apartado 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. DUODÉCIMA.- GARANTÍA DEFINITIVA Atendiendo a la naturaleza del suministro objeto de esta licitación, y conforme con lo regulado en el artículo 104 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, no se exigirá la constitución de garantía definitiva. DECIMOTERCERA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 13.1.

La formalización del contrato no podrá efectuarse antes de que transcurran quince (15) días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. Si ello no fuera posible, por causa imputable al adjudicatario, procederá, previa audiencia del interesado, la indemnización de los daños y perjuicios causados.

13.2.

El documento en que se formalice el contrato será en todo caso un documento privado. No obstante, se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el adjudicatario, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento. Cuando en el presente Pliego o en el de Prescripciones Técnica se emplee el término “contrato”, se deberá entender cada uno de los contratos suscritos por la adjudicataria con las ENTIDADES PARTÍCIPES.

13.3.

En dicho documento de formalización, el adjudicatario prestará su conformidad al presente pliego, al de Prescripciones Técnicas que le es Anexo y, en su caso, a las mejoras admitidas.

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13.4.

El documento contractual no podrá incluir estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos, concretados, en su caso, en la forma que resulte de la proposición del adjudicatario, o de los precisados en el acto de adjudicación del contrato de acuerdo con lo actuado en el procedimiento, de no existir aquéllos.

13.5.

No se podrá iniciar la ejecución del contrato sin su previa formalización.

DECIMOCUARTA.- RESPONSABLE DEL CONTRATO. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO. 14.1 Las ENTIDADES PARTÍCIPES podrán designar un responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. Dicha designación se realizará en el documento contractual a suscribir. 14.2 A efectos del pago del precio, cada una de las ENTIDADES PARTÍCIPES estipulará en su respectivo contrato la periodicidad de facturación y forma de presentación (atendiendo a las estructuras territoriales de cada ENTIDAD PARTICIPE) conforme la práctica habitual en cada una de ellas, incorporándose, en todo caso, por el adjudicatario a la correspondiente factura, la fotocopia del albarán, a los efectos de su tramitación por cada una de las ENTIDADES PARTÍCIPES. En todo caso, será obligatorio la remisión de las facturas en el mismo formato electrónico utilizado en la realización de los pedidos a efectos de facilitar las oportunas comprobaciones y, sin perjuicio de su remisión en papel. Las facturas serán abonadas, por transferencia bancaria, en el plazo máximo que en cada caso establezca la normativa vigente a partir de su presentación a cada ENTIDAD PARTÍCIPE según corresponda.

DECIMOQUINTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 15.1 El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido a las cláusulas de este Pliego, al de Prescripciones Técnicas y a las mejoras ofertadas por el adjudicatario y admitidas por el Órgano de contratación. 15.2 Cualquier gasto necesario para la ejecución del contrato y no contemplado expresamente en los pliegos anteriormente mencionados para el cumplimiento del objeto contractual, serán de cuenta de la empresa adjudicataria. 15.3 El contratista será responsable de la calidad técnica de los elementos suministrados, así como de las consecuencias que se deduzcan para cada una de las ENTIDADES PARTÍCIPES o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. El suministro a prestar por la empresa contratista deberá cumplir cuantas normas de carácter general sobre los mismos hayan sido dictadas por la Unión Europea, Administración del Estado, Autonómica o Local, sin perjuicio de las específicas que hayan podido establecerse en los pliegos que rigen esta contratación.

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Las Entidades Partícipes se reservan el derecho, en cualquier momento de la ejecución del contrato, de solicitar la sustitución de cualesquiera productos de los que, tras su utilización por parte del personal sanitario de las mutuas, se constaten deficiencias en su usabilidad, resistencia o adecuación a sus funcionalidades. Los productos sustitutivos deberán ser aprobados por el equipo técnico sanitario que se designe, salvo en los casos en que se suministre aquellos productos (referencias comerciales) que en el presente pliego se señalen como referentes de calidad para cada uno de ellos. 15.4 Durante la vigencia del contrato derivado de esta contratación, la empresa adjudicataria se compromete a contar con la organización necesaria de personal para cumplir los trabajos encomendados por las ENTIDADES PARTÍCIPES siendo ejecutados por trabajadores con la calificación profesional necesaria, así como con la calidad técnica y la diligencia técnica que precisan las tareas. Es responsabilidad de la empresa adjudicataria y de sus coordinadores impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y las directrices a sus trabajadores, siendo las ENTIDADES PARTÍCIPES ajenas totalmente a estas relaciones laborales. Así mismo, corresponde a la empresa adjudicataria la vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos de cualquier otra manifestación de las facultades del empleador. El personal asignado por la empresa adjudicataria para la prestación del suministro objeto del contrato depende, a todos los efectos legales, de la misma, quien actúa como entidad contratante independiente, por lo que tanto sus agentes como sus empleados no son considerados, ni de derecho ni de hecho, como trabajadores de las ENTIDADES PARTÍCIPES, si no que estarán vinculados laboralmente única y exclusivamente con la empresa adjudicataria, formando parte de su cuadro de personal. En relación con las personas que la empresa adjudicataria contrate para realizar el suministro objeto de la presente licitación, las ENTIDADES PARTÍCIPES quedan al margen de todo compromiso en materia de Seguridad Social. 15.5 La empresa adjudicataria tendrá debidamente contratado y asegurado a todo el personal que designe para realizar la prestación. Las ENTIDADES PARTÍCIPES podrán solicitar copia de la documentación legal que vincula laboralmente a las personas designadas para llevar a cabo los trabajos, así como las declaraciones de alta en la Seguridad Social de dichas personas. En el caso de que la empresa adjudicataria no presentase la documentación señalada anteriormente, las ENTIDADES PARTÍCIPES podrán rescindir (tanto individualmente como en conjunto) el contrato automáticamente, previa comunicación fehaciente a la adjudicataria. Se cumplirá lo dispuesto en el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores. Con la factura, las ENTIDADES PARTÍCIPES podrán solicitar la acreditación del cumplimiento de las obligaciones sociales (laborales y de Seguridad Social), y todo esto en relación con el personal necesario para la ejecución del contrato resultante de la contratación. Pliego de Condiciones Particulares

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La empresa adjudicataria del suministro mantendrá en todo momento indemne a las ENTIDADES PARTÍCIPES tanto durante la vigencia del contrato derivado de esta contratación como después de acabado el mismo, por cualquier causa, ante cualquier reclamación que sea consecuencia, directa o indirecta, de las relaciones que se establezcan entre la adjudicataria del suministro y su personal. 15.6 El contratista se obliga a mantener durante la vigencia del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil de igual importe al reseñado en la cláusula 8.5.5.2.a), a fin de cubrir cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse de su actuación. 15.7 El contratista estará obligado a guardar sigilo, durante un plazo de cinco años, respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo. Esta obligación se hace expresamente extensiva al personal que emplee en la ejecución del contrato, y con ocasión de la documentación o información de la que aquél pueda tener conocimiento dentro o fuera de las dependencias de las ENTIDADES PARTÍCIPES, debiendo guardar absoluto secreto en relación con dicha documentación o información. De igual manera, las ENTIDADES PARTÍCIPES respetarán la confidencialidad de la información y documentación así calificada por los empresarios y, en particular, los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de la oferta. En todo caso, el contratista asume la obligación de respetar la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal. DECIMOSEXTA.- PENALIZACIONES Se establece un sistema de penalizaciones para el caso de que el contratista, por causas a él imputables, incumpla las condiciones esenciales de ejecución del suministro que constituye el objeto de este contrato, consistente en la reducción de un porcentaje del importe de la factura total del mes siguiente al que se haya incurrido en la falta. Dicha penalización será detraída de las facturaciones que se presenten a las ENTIDADES PARTÍCIPES, en atención a cual sea la afectada por el incumplimiento. A estos efectos, tendrá la consideración de incumplimiento: •

Los retrasos en el pedido, respecto de los plazos establecidos en el pliego de prescripciones técnicas.



El suministro del pedido incompleto de los materiales solicitados en el pedido. Se considera que un pedido es incompleto cuando se suministra menos del 80% del importe de los materiales solicitados.



Las pérdidas, daños o roturas en los materiales suministrados en el pedido.

El importe de las penalizaciones se determinará en función del siguiente cuadro cuando se alcance el número de incidencias que en él se indica, no siendo acumulativas entre sí dentro de Pliego de Condiciones Particulares

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cada una de las categorías de incumplimientos (retrasos, suministro incompleto y pérdida, daño o rotura). En cualquier caso, el suministro incompleto o las pérdidas, daños o roturas del material implicarán la obligación del adjudicatario de suministrar el material correctamente sin coste adicional y en los plazos previstos en los pliegos. INCUMPLIMIENTO ENTRE 3 Y 5 PEDIDOS MENSUALES

2% DE LA FACTURACIÓN MENSUAL

INCUMPLIMIENTO 6 Y 10 PEDIDOS MENSUALES

5% DE LA FACTURACIÓN MENSUAL

DECIMOSÉPTIMA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Sin perjuicio de los supuestos previstos en este pliego de sucesión en la persona del contratista, prórroga del plazo de ejecución y cesión del contrato, el contrato que se formalice por el presente procedimiento sólo podrá modificarse en los casos y con los límites establecidos en el Título V del Libro I del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. No obstante, durante el periodo de vigencia del contrato, tanto CORPORACION MUTUA y las ENTIDADES PARTICIPES como el adjudicatario podrán proponer la mejora de las características técnicas de los distintos elementos que constituyen el objeto del presente contrato sin incremento de precio de los mismos.

DECIMOCTAVA.- REVISIÓN DE PRECIOS El precio de este contrato no será objeto de revisión durante el plazo inicial de ejecución previsto en la cláusula 2 de este Pliego. Sólo en el supuesto de que se acuerde prorrogar el contrato, procederá la revisión de precios, exclusivamente para dicho período de prórroga, mediante la actualización de los importes unitarios sin que el aumento sea superior al incremento del Índice General de Precios al Consumo (I.P.C.) publicado oficialmente, correspondiente a los doce meses anteriores al inicio de la prórroga. DECIMONOVENA.- CESIÓN DEL CONTRATO. Ninguna de las partes podrá ceder ni transmitir los derechos u obligaciones que se derivan de este contrato sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte. Toda cesión o transmisión de derechos u obligaciones contrarias a esta cláusula será nula de pleno derecho. No se considerará cesión la sustitución de las ENTIDADES PARTÍCIPES por otra Entidad de su misma naturaleza y condición jurídica, cuando ello sea debido a procesos de fusión o absorción que resulten autorizados por la autoridad administrativa competente a tal efecto.

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Igualmente, tampoco se considerará cesión, si durante la ejecución del contrato se produjese extinción de la personalidad jurídica de una empresa adjudicataria por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial. Sucediéndose en su posición la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite su solvencia en las condiciones exigidas en el presente Pliego de Condiciones Administrativas Particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación.

VIGÉSIMA.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 20.1.

Serán causas de resolución del contrato las siguientes: 1.- El incumplimiento en la prestación del suministro acordado por el adjudicatario en cuantías superiores a las estipuladas en la cláusula decimosexta o su reiteración en tres meses dentro de un plazo de 6 meses consecutivos. 2.- La disolución de cualquiera de las partes, sin perjuicio de que la otra parte pueda acordar la continuación del contrato con sus sucesores. Se exceptúa la disolución por causa de fusión o absorción. 3.- La declaración de concurso o la declaración de insolvencia, siempre que lo permita la legislación concursal vigente. 4.- El mutuo acuerdo entre las partes. 5.- El incumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones legales relativas a la Seguridad Social o tributarias. 6.- Aquellas otras que se establezcan en la legislación aplicable.

20.2.

20.3.

Asimismo, podrán motivar la resolución del contrato, las causas siguientes: 1.

Incurrir el contratista durante la vigencia del contrato en alguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público

2.

El incumplimiento de la obligación del contratista y su personal de guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes de que conozca con ocasión de la ejecución del contrato, en los términos previstos en la cláusula 15.7 de este Pliego.

La resolución será potestativa para aquella parte a la que no le sea imputable la circunstancia que diera lugar a la misma. Resuelto el contrato se procederá a su liquidación por las cantidades devengadas y no pagadas, sin perjuicio de las indemnizaciones por daños y perjuicios que a favor de una u otra parte fueran procedentes. Cuando el contrato se resuelva por causa imputable a alguna de las partes, procederá la indemnización de los daños y perjuicios que se establezcan, bien por vía judicial o extrajudicial.

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20.4.

La resolución será potestativa para aquella parte a la que no le sea imputable la circunstancia que diera lugar a la misma. En el supuesto de acontecer, las causas de resolución enumeradas en los apartados anteriores, podrán ser aplicadas por las ENTIDADES PARTÍCIPES de forma individual o conjuntamente, así como por el adjudicatario con cualesquiera de éstas.

VIGESIMOPRIMERA .- CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS El adjudicatario vendrá obligado a guardar la más estricta confidencialidad sobre el contenido del contrato así como los datos o información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la ejecución del mismo, pudiendo únicamente poner en conocimiento de terceros aquellos extremos que las ENTIDADES PARTÍCIPES autoricen por escrito, y a usar dicha información a los exclusivos fines de la ejecución del contrato. El acceso del adjudicatario a los datos de carácter personal contenidos en los ficheros titularidad de las ENTIDADES PARTÍCIPES para la prestación del suministro objeto del presente Pliego, no tendrá la consideración legal de comunicación o cesión de datos a los efectos previstos en la Ley Orgánica 15/1999, de 23 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante, LOPD), sino de acceso por cuenta de tercero según lo previsto en el artículo 12 de la citada Ley Orgánica. Tales datos de carácter personal serán propiedad exclusiva de las ENTIDADES PARTÍCIPES, extendiéndose esta titularidad a cuantas elaboraciones realice el adjudicatario con ocasión del cumplimiento del contrato. A los efectos anteriores, el adjudicatario tendrá la condición de encargado del tratamiento y se sujetará al deber de confidencialidad y seguridad de los datos personales a los que tenga acceso conforme a lo previsto en la normativa que resulte aplicable, obligándose específicamente a lo siguiente: - A utilizar y aplicar los datos personales a los exclusivos fines del cumplimiento del objeto del contrato. - A adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias establecidas en el artículo 9 de la Ley Orgánica 15/1999 y en las normas reglamentarias que la desarrollen, que garanticen la seguridad de los datos personales y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos objeto de tratamiento y los riesgos a que los mismos estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. En todo caso se obliga a aplicar las medidas de seguridad del nivel que correspondan en función de los datos a tratar de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, por el que se regulan las Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal. - A mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación del suministro. - A no comunicar o ceder los datos del fichero a otra persona, ni siquiera para su conservación, debiendo destruir los datos personales a los que haya tenido acceso, así como los resultados derivados de su tratamiento, al igual que cualquier soporte o Pliego de Condiciones Particulares

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documentos en los que conste algún dato de carácter personal objeto de tratamiento, salvo que las ENTIDADES PARTÍCIPES requieran que les sean devueltos. - A guardar secreto profesional de todos los datos de carácter personal que conozca o a los que tenga acceso en ejecución del contrato. Igualmente se obliga a custodiar e impedir el acceso a los datos de carácter personal a cualquier tercero ajeno. Las anteriores obligaciones se extienden a toda persona que pudiera intervenir en cualquier fase del tratamiento por cuenta del adjudicatario. - A comunicar y hacer cumplir a sus empleados las obligaciones establecidas en los apartados anteriores y, en particular, las relativas al deber de secreto y medidas de seguridad. En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal por el que se regula el derecho de información en la recogida de datos de carácter personal, se informa al adjudicatario que los datos necesarios para el cumplimiento y ejecución de la contratación objeto de este Pliego, así como los datos que facilite sobre sus empleados con la misma finalidad, serán incorporados a unos ficheros automatizados titularidad de las ENTIDADES PARTÍCIPES, ante quienes podrán ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la citada Ley Orgánica, dirigiendo escrito según corresponda al: •

• • • • • • • •

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN, sito en Madrid, calle Príncipe de Vergara nº 108 planta 11, 28002. MC MUTUAL, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 1, sito en Barcelona, calle Josep Tarradellas nº 14-18, 08029 MUTUALIA, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 2, sito en Bilbao, calle Henao nº 26, 48009. SOLIMAT, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 72, sito en Toledo, calle Ronda Buenavista nº 9, 45005. MUTUA DE ANDALUCIA Y DE CEUTA, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 115, sito en Ceuta, avenida Nuestra Señora de Otero, 51002. MUTUA GALLEGA, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 201, sito en Culleredo, Monte Alfeirán, s/n, 15174. UNION DE MUTUAS, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social nº 267, sito en Castellón, Avenida del Lledó nº 69, MUTUA DE ACCIDENTES DE CANARIAS, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social número 272, sito en Santa Cruz de Tenerife, calle Robayna nº 2, 38008 IBERMUTUAMUR, mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social nº 274, sito en Madrid, calle Ramírez de Arellano nº 27, 28043.

El adjudicatario se compromete y obliga a informar a sus empleados de las advertencias legales indicadas en los párrafos anteriores.

INFORME JURÍDICO: Pliego de Condiciones Particulares

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El presente Pliego de Condiciones Particulares para la contratación del suministro de material fungible sanitario, para las ENTIDADES PARTÍCIPES de Corporación Mutua, adheridas a esta licitación, mediante procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y con varios criterios de adjudicación, ha sido informado favorablemente por el Servicio Jurídico correspondiente, con fecha 19 de septiembre de 2012. El Asesor Jurídico de CORPORACION MUTUA,

Juan Ignacio Aguirre González

APROBACIÓN: Visto el presente Pliego de Condiciones Particulares para la contratación del suministro de material fungible sanitario, para las ENTIDADES PARTÍCIPES de Corporación Mutua, adheridas a esta licitación junto con el Pliego de Prescripciones Técnicas que se acompaña como anexo a éste, y del que forma parte inseparable, esta representación del SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN, conforme lo establecido en el artículo 115.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, ha tenido a bien dar su aprobación. Madrid, a 20 de septiembre de 2012. El Gerente,

Heraclio Corrales Romeo

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ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES PARA CONTRATAR QUE SE ESTABLECEN EN EL ARTÍCULO 60.1 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO

Don ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------, con D.N.I. nº ----------------------------, y domicilio en ---------------------------------------- c/ ------------------------------------------------------------------------------------------- nº ------, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa -------------------------------------------------------------------------------------con N.I.F. --------------------------, a la cual represento por su calidad de -------------------------------. Ante el representante del SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN, y en relación con la licitación convocada por CORPORACIÓN MUTUA, Entidad Mancomunada de Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, número 68 para adjudicar el contrato para el suministro de material fungible sanitario, para las ENTIDADES PARTÍCIPES, mediante procedimiento abierto, expediente nº 4/12.

DECLARO RESPONSABLEMENTE

Que ni el firmante de la declaración ni la persona física/jurídica a la que represento, ni ninguno de sus administradores o representantes, se hallan incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar que se definen en el artículo 60.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, no concurriendo, en consecuencia, circunstancia alguna de las descritas en la indicada referencia legal. Asimismo, y de forma expresa, se hace constar que la persona física/jurídica a la que represento se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Y para que conste y surta los efectos oportunos, se expide y firma la presente declaración, en --------------------------------------------, a -------------- de ----------------------------------------- de 2012 Firma y sello del licitador

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ANEXO II - MODELO DE SOLICITUD

Don -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------, con DNI nº -------------------------------, y domicilio en ---------------------------------------------- c/ ---------------------------------------------------------------- nº -----------------, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la empresa ------------------------------------------------------------------------------------------por su calidad de -----------------------------------------; teléfono: ------------------------------------ fax:----- ----------------------------- Correo electrónico: ---------------------------------------------------------EXPONE Que, enterado del anuncio publicado en el Perfil de Contratante de CORPORACIÓN MUTUA, y de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del suministro de material fungible sanitario, para las ENTIDADES PARTÍCIPES en la licitación convocada por CORPORACIÓN MUTUA, Entidad Mancomunada de Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, número 68, mediante procedimiento abierto, expediente nº 4/12, y estando interesado en su licitación SOLICITA: Tomar parte en la mencionada contratación, para lo cual acompaña, junto con esta solicitud, los tres sobres que se citan en el apartado 8.2. del Pliego de Condiciones Particulares que rige la adjudicación. En el sobre número 1 figura la oferta económica y aquella sujeta a criterios de valoración objetivos, en el sobre número 2 contiene la documentación técnica que se valorará según criterios que dependan de un juicio de valor, y en el sobre número 3 se acompañan los documentos relativos a la documentación personal, de acuerdo a las indicaciones de la cláusula 8.5 de dicho pliego.

Y a tal efecto, expresamente DECLARA a) Que reúne todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos para contratar con el SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN, en su condición de Entidad integrante del sector público. b) Que acepta incondicionalmente la totalidad de las cláusulas del Pliego de Condiciones Particulares y del Pliego de Prescripciones Técnicas que rigen esta licitación.

En ------------------------------------ a ----- de

------------------------- de

2012

Firma y sello del licitador

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ANEXO III - MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

Don ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------, con DNI nº --------------------------------, y domicilio en ---------------------------------------------- c/ ------------------------------------------------------------------------------------------- nº ------------------, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa ---------------------------------------------------------------------con N.I.F.------ ---------------------------------, a la cual representa por su calidad de -------------------------------------------. PRIMERO: Que, enterado de las condiciones y requisitos que se exigen para la adjudicación del contrato para el suministro de material fungible sanitario, convocado por CORPORACIÓN MUTUA, Entidad Mancomunada de Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, número 68 para las ENTIDADES PARTÍCIPES, adheridas a esta licitación, mediante procedimiento abierto, expediente nº 4/12, se compromete a tomar a su cargo la ejecución del mismo, con estricta sujeción al Pliego de Condiciones Particulares y al de Prescripciones Técnicas que los definen.

Los precios unitarios a aplicar a esta contratación serán los siguientes (incluirán todo tipo de gasto, salvo el IVA, IGIC o IPSI):

Descripción

CONSUMO

1

PUNCIÓN, INCISIÓN Y ADMINISTRACIÓN

1.1

AGUJA HIPODÉRMICA 0,5 X 16 (25G X 5/8") CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

21800

1.2

AGUJA HIPODÉRMICA 0,6 X 25 (23G X 1") CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

16850

1.3

AGUJA HIPODÉRMICA 0,8 X 40 (21G X 1,5") CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

158800

1.4

AGUJA HIPODERMICA 0,8 X 50

600

1.5

AGUJA HIPODÉRMICA 0,9 X 25 (20G X 1") CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

44100

1.6

AGUJA HIPODÉRMICA 0,8 X 25 (20G X 1") CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

4600

1.7

AGUJA HIPODÉRMICA 0,9 X 40 (20G X 1") CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

800

1.8

AGUJA HIPODÉRMICA 1,1 X 35 (19G X 1")

4000

1.9

AGUJA HIPODÉRMICA 1,1 X 40 (19G X 1,5") CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

17679

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PRECIO UNITARIO OFERTADO

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PRODUCTO OFERTADO

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1.10

AGUJA HIPODÉRMICA 1,2X49 (18G X 1/2") CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

2900

1.11

AGUJA HIPODÉRMICA 0,4X0,4

2100

1.12

AGUJA PARA EXTRACCIÓN DE SANGRE 0,8 X 25 21G CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

1300

1.13

AGUJA PARA PUNCIÓN LUMBAR CON INTRODUCTOR 25G X 90 MM

100

1.14

AGUJA PARA PUNCIÓN LUMBAR CON INTRODUCTOR 27G X 90 MM

790

1.15

AGUJA PARA PUNCIÓN LUMBAR TIPO QUINCKE/YALE 22G

200

1.16

AGUJA TUOHY 18G 120 MM (CON ALAS)

500

1.17

AGUJA TUOHY 18G 80 MM (CON ALAS)

500

1.18

ALARGADERA DE EXTENSIÓN 150 CM

205

1.19

ALARGADERA DE EXTENSION 100 CM

1394

1.20

CATETER VENOSO CORTO CON PUNTO DE ADICIÓN 14G LONG. 50 MM CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

1371

1.21

CATETER VENOSO CORTO CON PUNTO DE ADICIÓN 16G LONG. 50 MM CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

1406

1.22

CATETER VENOSO CORTO CON PUNTO DE ADICIÓN 18G LONG. 32 MM CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

4597

1.23

CATETER VENOSO CORTO CON PUNTO DE ADICIÓN 20G LONG. 32 MM CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

5574

1.24

CATETER VENOSO CORTO CON PUNTO DE ADICIÓN 22G LONG. 25 MM CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

1078

1.25

CATETER VENOSO CORTO CON PUNTO DE ADICIÓN 24G LONG. 19 MM CON DISPOSITIVO DE SEGURIDAD

200

1.26

CONEXION EN Y GRANDE

497

1.27

CONEXIÓN SIN AGUJA 1 VÍA CON TAPÓN

3556

1.28

DISPOSITIVO DE SEGURIDAD PARA LA EXTRACCIÓN DE HOJAS DE BISTURÍ ESTÉRIL

10

1.29

EQUIPO DE SUERO CON PUNTO DE ADICIÓN

24551

1.30

EQUIPO EN Y PARA IRRIGACIÓN CONTINUA DE SUERO FISIOLÓGICO

856

Pliego de Condiciones Particulares

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SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

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CORPORACIÓN MUTUA

1.31

HOJA BISTURI ESTÉRIL EN TODAS SUS MEDIDAS

51313

1.32

HOJA DE BISTURI CON MANGO TERMINAL ESPÁTULA DE UN SOLO USO CON DISPOSITIVO DE BIOSEGURIDAD EN TODAS SUS MEDIDAS

7659

1.33

JERINGA 3 CUERPOS 50 ML CONCÉNTRICA CONO CATETER

597

1.34

JERINGA DE 3 CUERPOS 10 ML LUER CONCÉNTRICA

29097

1.35

JERINGA DE 3 CUERPOS 2 ML LUER CONCÉNTRICA

50508

1.36

JERINGA DE 3 CUERPOS 20 ML LUER CONCÉNTRICA

9079

1.37

JERINGA DE 3 CUERPOS 5 ML LUER CONCÉNTRICA

125284

1.38

JERINGA DE 3 CUERPOS 10 ML LUER EXCÉNTRICA

7900

1.39

JERINGA DE 3 CUERPOS 50 ML LUER EXCÉNTRICA

245

1.40

JERINGA DE INSULINA 1 ML ESCALA U-30 CON AGUJA 29G Y

2176

1.41

JERINGA DE INSULINA 1ML ESCALA 100 UI CON AGUJA 29G Y DISPOSITIVO BIOSEGURIDAD

777

1.42

JERINGA DE INSULINA 1 ML ESCALA U-30 CON AGUJA 0,5X16

1450

1.43 1.44

LLAVE 3 VIAS LLAVE 3 VIAS CON ALARGADERA

5101 1600

1.45

PALOMITA DE SEGURIDAD CON CONEXIÓN LUER 21G 19 21 Y 23 MM

2597

1.46

REGULADOR DE CAUDAL PARA SETS DE INFUSIÓN

541

1.47

TAPÓN CON LUER LOCK BLANCO

12025

1.48

TAPÓN CON LUER LOCK Y TOMA DE INYECCIÓN AMARILLO

1050

1.49

VASO MEDICACION

39000

1.50

AGUJA SPINOCAN 0,53 X 120 MM/25GX4 3/4"

219

1.51

AGUJA SPINOCAN 0,70 X 120 MM/22GX4 3/4"

256

1.52

AGUJA SPINOCAN 0,70 X 40 MM/22GX1 1/2"

225

1.53

CANULA PERIBULBAR 23 G 0,64X30 mm

27

1.54

CANULA PERIBULBAR 25 G 0,50X30 mm

25

1.55

CANULA PERIBULBAR 27 G 0,40X25 mm

30

1.56

CANULA RETROBULBAR 25 G 0,50X40 mm

10

1.57

PLACA PACIENTE UNIVERSAL BISTURI ELECTRICO

920

Pliego de Condiciones Particulares

- 35 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

1.58

PLACA PACIENTE BIOLOBULADA BISTURI ELECTRICO

550

2

RESPIRATORIO

2.1

GUIA FIADOR DE INTUBACIÓN TRAQUEAL

13

2.2

MASCARILLA LARINGEA CON CURVADURA ANATÓMICA DESECHABLE Nº 3

43

2.3

MASCARILLA LARINGEA CON CURVADURA ANATÓMICA DESECHABLE Nº 4

88

2.4

MASCARILLA LARINGEA CON CURVADURA ANATÓMICA DESECHABLE Nº 5

140

2.5

MASCARILLA LARINGEA CON CURVADURA ANATÓMICA DESECHABLE Nº 6

63

2.6

MASCARILLA OXIGENO ADULTO 7 CONCENTRACIONES

270

2.7

SONDA NASAL OXIGENO ADULTO 1.8 M

891

2.8

TUBO ENDOTR OR-NAS ANILLADO CON BALON Nº 6,5 7, Nº 7,5, Nº 8 Y Nº 8,5

283

2.9

TUBO ENDOTR ORO-NASAL, CON BALON DE BAJA PRESIÓN,EN TODAS SUS MEDIDAS

421

2.10

TUBO OROFARINGEO AIREACION TIPO GUEDEL (MAYO) EN TODAS SUS MEDIDAS

665

2.11

RESPIFLO AGUA EST. CON HUMIFICADOR

58

3

HIGIENE Y PROTECCIÓN

3.1

ABSORBENTE DE CELULOSA 40 X 60

26184

3.2

ABSORBENTE DE CELULOSA 60 X 60

6665

3.3

ABSORBENTE DE CELULOSA 60 X 90

11983

3.4

ABSORBENTE DE CELULOSA 80 X 180

5654

3.5

BATA CONSULTA SIN MANGAS

6117

3.6

BATA NO IMPERMEABLE CON MANGAS.

427

3.7

BRAGA DE UN SOLO USO VARIAS TALLAS

2411

3.8

BRAZALETE IDENTIFICACION ADULTO

2000

3.9

CREMA HIDRATANTE Y PARA MASAJE 500 ML

1661

3.10

CREMA PROTECTORA DE MANOS 100 ML

210

3.11 3.12 3.13

LECHE DE MASAJE 1000 ML ESPONJA CON JABÓN GORRO DE CIRUGÍA CON GOMA

79 28455 14920

Pliego de Condiciones Particulares

- 36 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

3.14

GORRO DE CIRUGÍA PARA HOMBRE

6900

3.15 3.16

GORRO DE CIRUGÍA PARA MUJER GUANTE PLÁSTICO NO ESTÉRIL

5000 22551

3.17

GUANTE VINILO SIN POLVO NO ESTÉRIL TALLA P, M Y G

459150

3.18

GUANTE NITRILO SIN POLVO NO ESTÉRIL TALLA P, M, G Y EG

254250

3.19

GUANTES ANTIRADIACIÓN ESTÉRIL Nº 6.5, 7.5, 8, 8.5 Y 9

247

3.20

GUANTES LATEX SIN POLVO NO ESTÉRIL TALLA P, M Y G

1086385

3.21

GUANTES QUIRÚRGICOS ESTÉRILES Nº 6, 6.5, 7, 7.5, 8, 8.5 Y 9

49975

3.22

GUANTES QUIRÚRGICOS ESTÉRILES SIN POLVO con indicador antipinchazo Nº 6.5, 7, 7.5, 8 Y 8.5

8815

3.23

GUANTES QUIRÚRGICOS ESTÉRILES SIN POLVO Nº 6.5, 7, 7.5, 8 Y 8.5

29736

3.24

GUANTES QUIRÚRGICOS NO LATEX Nº 6.5, 7, 7.5 Y 8.5

40945

3.25

GUANTES ESTÉRILES SIN POLVO tallas P, M y G

9530

3.26

MASCARILLA QUIRURGICA TIPO II 3 CAPAS CINTAS

16020

3.27

MASCARILLA 3 CAPAS GOMAS

9950

3.28

MASCARILLA QUIRÚRGICA ANTIFLUÍDOS CON FILTRO FFP2

147

3.29

POLAINA DE TEJIDO SIN TEJER DESECHABLE TALLA G (CALZAS)

77022

3.30

RASURADORA NO ESTÉRIL

12535

3.31

ROLLO PARA PAPEL DE CAMILLA 60 Y 68 CM

19688

3.32

TALLA NO ESTÉRIL 100 CM X 200 CM BLANCA

6954

3.33

TALLA NO ESTÉRIL 100 CM X 200 CM VERDE

13824

3.34

TALLA NO ESTÉRIL 75 CM X 180 CM BLANCA

27650

4

JABONES, ANTISÉPTICOS Y DESINFECTANTES

4.1 4.2 4.3 4.4

ALCOHOL ETÍLICO 70% 500 ML ALCOHOL ETÍLICO 70% 250 ML ALCOHOL ETÍLICO 70% 1000 ML ALCOHOL

1664 1849 115 1296

4.5

POVIDONA IODADA JABONOSA 7,5% 500ML

59

4.6

POVIDONA IODADA SOLICION 10% 10 ML

6290

4.7

POVIDONA IODADA SOLICION 10% 125 ML

1644

4.8 4.9

CEPILLOS CON CLORHEXIDINA CEPILLOS CON POVIDONA

6478 6762

Pliego de Condiciones Particulares

- 37 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

4.10

CEPILLOS SECOS

3753

4.11

CLORHEXIDINA JABONOSA 4% 500 ML

355

4.12

DESINFECTANTE DE SUPERFICIES SIN ALDEHIDOS EN SPRAY

545

4.13

DETERGENTE DESINFECTANTE EN POLVO EN SOBRES

1933

4.14 4.15

JABON LIQUIDO 1000 ML JABON LIQUIDO 125 ML

625 514

4.16

SOLUCION ALCOHOLICA PARA LA ANTISEPSIA DE MANOS 500 ML CON DOSIFICADOR

317

4.17

PERÓXIDO DE HIDRÓGENO 3% 10VV 500 ML

61

4.18

PERÓXIDO DE HIDRÓGENO 3% 10VV 250 ML

2425

5

BOLSAS, DRENAJES Y SONDAS

5.1

BOLSA ORINA 2 LITROS CON VÁLVULA ANTIRETORNO Y SALIDA

289

5.2

CANULA YANKAUER SIN CONTROL CH12 26 CM

49

5.3

CANULA YANKAUER SIN CONTROL CH18 25 CM

245

5.4

CANULA YANKAUER SIN CONTROL CH22 25 CM

150

5.5 5.6

CONTENEDOR ORINA 100 ML CONTENEDORES DE ORINA 2 L

6147 37

5.7

DRENAJE DE REDÓN 500 ML MÁS SONDA

173

5.8

DRENAJE PENROSE ESTÉRIL DE 13 MM LÁTEX

46

5.9

DRENAJE PENROSE ESTÉRIL DE 19 MM LÁTEX

222

5.10

SONDA ASPIRACION CON CONTROL VARIOS Nº

760

5.11 5.12

SONDA DE REDÓN CH10 SONDA DE REDÓN CH12

225 96

5.13

SONDA FOLEY 2 VIAS BALÓN DE 10 ML CH12, CH14, CH16 Y CH18

245

5.14 5.15

SONDA RECTAL CH22 Y CH28 TUBO SILICONA 25 M

20 250

5.16

TUBULADURA DE ASPIRACIÓN QUIRÚRGICA

1832

5.17

CUCHILLETE 15º DESECHABLE DE 0,1 MM

64

5.18

ESPONJA ABSORVENTE PARA MICROCIRUJIA

1204

6

MATERIAL PARA CURAS Y VENDAJES

6.1

ADHESIVO TEJIDO SIN TEJER 10 CM X 10 M

1092

6.2

ADHESIVO TEJIDO SIN TEJER 15 CM X 10 M

388

6.3

ADHESIVO TEJIDO SIN TEJER 5 CM X 10 M

677

Pliego de Condiciones Particulares

- 38 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

6.4

ADHESIVO TEJIDO SIN TEJER 20 CM X 10 M

46

6.5 6.6

ALGODON HIDRÓFILO 100 G ALGODON HIDRÓFILO 250 G

1223 204

6.7

APOSITO ADHESIVO RECORTABLE 6CMX5M

637

6.8

APÓSITO ADHESIVO DE TEJIDO SIN TEJER CON TEJIDO CENTRAL ESTÉRIL 6 CM X 7 CM

127180

6.9

APÓSITO ADHESIVO DE TEJIDO SIN TEJER CON TEJIDO CENTRAL ESTÉRIL 9 CM X 10 CM

27950

6.10

APÓSITO ADHESIVO DE TEJIDO SIN TEJER CON TEJIDO CENTRAL ESTÉRIL 9 CM X 15 CM

29535

6.11

APÓSITO ADHESIVO DE TEJIDO SIN TEJER CON TEJIDO CENTRAL ESTÉRIL 9 CM X 20 CM

3486

6.12

APÓSITO NO ADHESIVO DE SILICONA 7,5 CM X 10 CM

12853

6.13

APÓSITO OFTÁLMICO SIN ADHESIVO ESTÉRIL 56 X 70

2190

6.14

APÓSITO OFTÁLMICO SIN ADHESIVO NO ESTÉRIL 56 X 70

2614

6.15 6.16 6.17

APÓSITO PLÁSTICO AEROSOL APÓSITOS PARA VÍA CENTRAL APÓSITOS PARA VÍAS

238 2111 5583

6.18

APOSITO QUIRURGICO EN FORMA DE TORUNDA TALLA 0 17 HILOS C/ CONTRASTE RADIOLOGICO

300

6.19

BANDA FRIO CALOR 15 CM X 60 CM

150

6.20

BOLSA FRIO INSTANTANEO 1 SOLO USO

1509

6.21 6.22 6.23

BOLSA REUTILIZABLE FRIO-CALOR COMPRESA CELULOSA 4X5 CELULOSA 500 G 4 CAPAS

914 64 342

6.24

CINTA ADHESIVA NEUROMUSCULAR PARA KINESIOTAPPING COLOR AZUL, NARANJA, NEGRO Y ROJO

2032

6.24

COMPRESA ESTÉRIL ALARGADA DE 17 HILOS 45X45 SOBRE INDIVIDUAL

7705

6.25

COMPRESA ESTÉRIL ALARGADA DE 17 HILOS 45X45 SOBRE 3 UNIDADES

24282

6.26

COMPRESA ESTÉRIL ALARGADA DE 17 HILOS 45X45 C/ CONTRASTE RADIOLOGICO SOBRE 5 UNIDADES

13481

6.27

COMPRESA TEJIDO SIN TEJER 5 CM * 5 CM

47000

6.28

CROSS TAPE NATURAL

1060

6.29

ESPARADRAPO DE PAPEL 1.25 CM X 10 M

1405

Pliego de Condiciones Particulares

- 39 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

6.30

ESPARADRAPO DE PAPEL 2,5 CM X 10 M

5393

6.31

ESPARADRAPO DE PAPEL 5 CM X 10 M

1032

6.32

ESPARADRAPO DE PLÁSTICO 2.5 CM X 10 M

1114

6.33

ESPARADRAPO DE PLÁSTICO 5 CM X 10 M

952

6.34

ESPARADRAPO DE TEJIDO PARA VENDAJES FUNCIONALES 2 CM X 10 M

250

6.35

ESPARADRAPO DE TEJIDO PARA VENDAJES FUNCIONALES 3,75 CM X 10 M

663

6.36

ESPARADRAPO DE TEJIDO PARA VENDAJES FUNCIONALES 5 CM X 10 M

413

6.37

ESPARADRAPO DE SEDA 1.25 CM X 10 M

3257

6.38

ESPARADRAPO DE SEDA 2,5 CM X 10 M

4739

6.39

ESPARADRAPO DE SEDA 5 CM X 10 M

1882

6.40

ESPONJA DE GELATINA ABSORBENTE HEMOSTÁTICA 20 CM X 7 CM X 0,05 CM

198

6.41 6.42 6.43

GASA ESTÉRIL DE 15 HILOS 20X40 GASA ESTÉRIL DE 17 HILOS 20X20 GASA ESTERIL 17 HILOS 20X40

2648 618418 34838

6.44

GASA NO ESTÉRIL DE 15 HILOS 20X30

473200

6.45

INSTRUMENTO PARA EL RASPADO DE TEJIDO BIOLÓGICO

70

6.46 6.47 6.48 6.49

LENTINAS QUIRÚRGICAS LENTINAS QUIRÚRGICAS LENTINAS QUIRÚRGICAS LENTINAS QUIRÚRGICAS

18 25 200 190

6.50

MICROESPONJAS PARA USO QUIRÚRGICO CON PUNTA DE 15 MM

2292

6.51

SUERO FISIOLÓGICO PARA IRRIGACION 100 ML

10541

6.52

SUERO FISIOLÓGICO PARA IRRIGACION 250 ML

4346

6.53

SUERO FISIOLÓGICO PARA IRRIGACION 5000 ML

150

6.54

SUERO FISIOLÓGICO PARA IRRIGACION 3000 ML

2973

6.55

SUERO FISIOLÓGICO PARA IRRIGACION 500 ML

2541

6.56

SUTURA CUTÁNEA S/3 PAPEL 12 CM X 100 MM

3061

6.57

SUTURA CUTÁNEA S/5 PAPEL 6 CM X 75 MM

11089

6.58

SUTURA CUTÁNEA S/5 PAPEL 4 CM X 38 MM

3833

Pliego de Condiciones Particulares

- 40 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

6.59

TALLA ESTÉRIL ABSORBENTE 50X75

27326

6.60

TALLA ESTÉRIL FENESTRADA 50X75

8880

6.61

TIRA DE GASA 2 CM X 5 M ESTÉRILES

114

6.62

TIRA DE PLÁSTICO 72 MM X 19 MM

209232

6.63

TIRA DE PLÁSTICO REDONDA DIAMETRO 22 MM

14365

6.64

VENDA DE GOMAESPUMA 7,5 CM X 20 M

1851

6.65

VENDA DE PROTECCIÓN SINTÉTICA BAJO YESO 10 CM X 2,7 M

37631

6.66

VENDA DE PROTECCIÓN SINTÉTICA BAJO YESO 15 CM X 2,7 M

26712

6.67

VENDA DE PROTECCIÓN SINTÉTICA BAJO YESO 7,5 CM X 2,7 M

1355

6.68

VENDA DE PROTECCIÓN SINTÉTICA BAJO YESO 5 CM X 2,7 M

5183

6.69

VENDA DE YESO FRAGUADO RÁPIDO 10 CM X 2,7 M

12598

6.70

VENDA DE YESO FRAGUADO RÁPIDO 15 CM X 2,7 M

15045

6.71

VENDA DE YESO FRAGUADO RÁPIDO 5 CM X 2,7 M

4345

6.72

VENDA ELÁSTICA ADHESIVA 10 CM X 2,5 M

2984

6.73

VENDA ELÁSTICA ADHESIVA 5 CM X 2,5 M

3132

6.74

VENDA ELÁSTICA ADHESIVA 7,5 CM X 2,5 M

8778

6.75

VENDA ELÁSTICA COHESIVA 6 CM X4M

13162

6.76

VENDA ELÁSTICA COHESIVA 10 CM X 4 M

5323

6.77

VENDA ELÁSTICA COHESIVA 8 CM X4M

5995

6.78

VENDA ELÁSTICA DE CREPE 10 CM X 10 M

33687

6.79

VENDA ELÁSTICA DE CREPE 15 CM X 10 M

822

6.80

VENDA ELÁSTICA DE CREPE 4 CM X 10 M

5182

6.81

VENDA ELÁSTICA DE CREPE 4 CM X5M

7365

6.82

VENDA ELÁSTICA DE CREPE 7 CM X4M

6421

6.83 6.84 6.85 6.86

VENDA MALLA 10 CM X 10 M VENDA MALLA 15 CM X 10 M VENDA MALLA 5 CM X 5 M VENDA MALLA 7 CM X 5 M

4202 806 19515 4360

Pliego de Condiciones Particulares

- 41 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

6.87

VENDAJE TUBULAR DE MALLA TALLA 1 X 10 METROS (DEDOS GRUESOS Y MUÑECAS)

580

6.88

VENDAJE TUBULAR DE MALLA TALLA 2 X 10 METROS (MANOS)

321

6.89

VENDAJE TUBULAR DE MALLA TALLA 3 X 10 METROS (BRAZO Y PIE)

299

6.90

VENDAJE TUBULAR DE MALLA TALLA 4 X 10 METROS (PIERNA Y MUSLOS PEQUEÑOS)

292

6.91

VENDAJE TUBULAR DE MALLA TALLA 5 X 10 METROS (CABEZA Y MUSLOS GRUESOS)

398

6.92

VENDAJE TUBULAR DE MALLA TALLA 6 X 10 METROS (TÓRAX Y ABDOMEN)

263

6.93

VENDAJE TUBULAR DE MALLA TALLA 7 X 10 METROS (TRONCOS GRUESOS)

115

6.94

VENDAJE TUBULAR DE MALLA TALLA 8 X 10 METROS (TRONCOS MUY GRUESOS)

95

6.95

VENDAJE TUBULAR ELÁSTICO COMPRESIVO (A) 4,5 CM X 10 METROS

56

6.96

VENDAJE TUBULAR ELÁSTICO COMPRESIVO (B) 6,3 CM X 10 METROS

129

6.97

VENDAJE TUBULAR ELÁSTICO COMPRESIVO (C) 6,8 CM X 10 METROS

474

6.98

VENDAJE TUBULAR ELÁSTICO COMPRESIVO (D) 7,5 CM X 10 METROS

923

6.99

VENDAJE TUBULAR ELÁSTICO COMPRESIVO (E) 8,5 CM X 10 METROS

995

6.100

VENDAJE TUBULAR ELÁSTICO COMPRESIVO (F) 10 CM X 10 METROS

703

6.101

VENDAJE TUBULAR ELÁSTICO COMPRESIVO (G) 12 CM X 10 METROS

352

6.102

VENDAJE TUBULAR ELASTICO COMPRESIVO (J) 17,5 CM X 10 M

30

6.103

VENDAJE TUBULAR EXTENSIBLE TALLA 1 X 20 METROS (DEDOS PEQUEÑOS )

87

6.104

VENDAJE TUBULAR EXTENSIBLE TALLA 2 X 20 METROS (DEDOS MEDIOS)

206

6.105

VENDAJE TUBULAR EXTENSIBLE TALLA 3 X 20 METROS (DEDOS CON APOSITO)

244

Pliego de Condiciones Particulares

- 42 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

6.106

VENDAJE TUBULAR EXTENSIBLE TALLA 4 X 20 METROS (MANOS Y BRAZOS)

247

6.107

VENDAJE TUBULAR EXTENSIBLE TALLA 5 X 20 METROS (PIERNAS)

562

6.108

VENDAJE TUBULAR EXTENSIBLE TALLA 6 X 20 METROS (PIERNAS GRUESAS)

255

6.109

VENDAJE TUBULAR EXTENSIBLE TALLA 7 X 20 METROS (TRONCO DELGADO)

32

6.110

VENDAJE TUBULAR EXTENSIBLE TALLA 8 X 20 METROS (TRONCO GRUESO)

28

7

ORTESIS Y SOPORTES INMOVILIZACIÓN

7.1

BANDA EPICONDILITIS UNIVERSAL

2017

7.2 7.3 7.4

BASTON TIPO INGLES ALUMINIO CABESTRILLO CODERA TALLAS 1, 2 Y 3

8343 2316 448

7.5

COLLARIN CERVICAL SEMIRIGIDO TGDE

392

7.6

COLLARIN CERVICAL SEMIRIGIDO TMED

530

7.7

COLLARIN CERVICAL SEMIRIGIDO TPEQ

248

7.8

COLLARIN CERVICAL CONTINUO 9 CM X 4M

85

7.9

EQUIPO DE TRACCIÓN CONTINUA PARA MIEMBROS INFERIORES

177

7.10

FAJA ABDOMINAL TALLA P, M Y G

1652

7.11

FAJA COSTAL CABALLERO/SEÑORA 90 CM, 100 CM Y 110 CM

1224

7.12

FAJA LUMBOSACRA CON VARILLAS TALLA P, M, L, XL, XXL Y 3XL

1630

7.13

FERULA DE GOMAESPUMA Y ALUMINIO 1 CM X 50 CM, 1,5 CM X 50 CM, 2 CM X 50 CM

1265

7.14

FERULA DE GOMAESPUMA Y ALUMINIO 2,5 CM X 50 CM

1326

7.15

FERULA DE GOMAESPUMA Y ALUMINIO 5 CM X 50 CM

481

7.16

FERULA STACK Nº 1, 2, 3, 4, 5, 5.5, 6Y7

3971

7.17

INMOVILIZADOR DE HOMBRO

4136

7.18

MEDIA CORTA DE COMPRESIÓN FUERTE TALLAS 3, 4, 5

1289

7.19

MEDIA CORTA DE COMPRESIÓN NORMAL TALLAS 7, 8, 9, 10, 11 Y 12

2398

7.20

MEDIA LARGA DE COMPRESION NORMAL TALLAS 2,4,6

395

Pliego de Condiciones Particulares

- 43 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

7.21

MUÑEQUERA METACARPIANA CON FERULA IZQUIERDA Y DERECHA TALLAS P, M Y G

1253

7.22

MUÑEQUERA METACARPIANA TALLAS P, M Y G

3394

7.23

MUÑEQUERA METAPULGAR TALLAS 1,2,3

1085

7.24

MUSLERA TALLAS 1, 2 Y 3

191

7.25

RODILLERA TALLAS 6, 7, 8, 9, 10, 11 Y 12

3367

7.26

TACO DE GOMA PARA BASTON INGLES

1329

7.27

TOBILLERA TALLAS 6, 7, 8, 9, 10, 11 Y 12

5193

7.28 7.29 8 8.1 8.2 8.3 8.4 8.5 8.6

ZAPATO PARA ESCAYOLADOS TOVIPIE ALPARGATAS DE YUTE ESTÉRILIZACIÓN BOBINA MIXTA 100 MM X 200 M BOBINA MIXTA 150 MM X 200 M BOBINA MIXTA 210 MM X 200 M BOBINA MIXTA 200 MM X 300 M BOBINA MIXTA 50 MM X 200 M BOBINA MIXTA 75 MM X 200 M

8.7

CEPILLO PARA LAVADO DE INSTRUMENTAL

24

8.8

PAPEL PARA EL SECADO DE INSTRUMENTAL

120

8.9

CINTA ADHESIVA INDICADORA POR VAPOR EN BOBINA

130

8.10

HOJA TEJIDO SIN TEJER 120 CM X 120 CM

565

8.11

HOJA TEJIDO SIN TEJER 100 CM X 100 CM

3150

8.12

HOJA TEJIDO SIN TEJER 90 CM X 90 CM

1000

8.13

HOJA TEJIDO SIN TEJER 60 CM X 60 CM

2250

8.14

HOJA TEJIDO SIN TEJER 75 CM X 75 CM

250

8.15

HOJA TEJIDO SIN TEJER 50 CM X 50 CM

1250

8.16

PAPEL CREPADO 90 CM X 90 CM

500

8.17

PAPEL CREPADO 120 CM X 120 CM

2700

8.18

PAPEL CREPADO 75 CM X 75 CM

250

8.19

BOBINA MIXTA CON FUELLE 10 X 5 CM

1

8.20

BOBINA MIXTA CON FUELLE 15 X 5 CM

6

8.21

BOBINA MIXTA CON FUELLE 20 X 5,5 CM

11

8.22

BOBINA MIXTA CON FUELLE 25 X 6,5 CM

1

8.23

BOBINA MIXTA CON FUELLE 30 X 8 CM

1

Pliego de Condiciones Particulares

304 321 71 56 15 5 2 35

- 44 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

8.24

SOBRE ESTERILIZACION DE 133 X 254 CM

25784

8.25

SOBRE ESTERILIZACION DE 90 X 230 CM

20067

9 9.1 9.2

DIAGNÓSTICO Y EXPLORACIÓN DEPRESOR ESTÉRIL DE PLÁSTICO ELECTRODOS PARA ECG ADULTO

9.3

ESPECULUM OTOSCOPIO ADULTO MEDIDA 4 MM CONEXIÓN

1314

9.4

ESPECULUM OTOSCOPIO ADULTO MEDIDA 4 MM CONEXIÓN

669

9.5

ESPECULUM OTOSCOPIO ADULTO MEDIDA 4 MM CONEXIÓN

1060

9.6

FIJADOR PARA REVELADO DE PLACAS RADIOGRÁFICAS - 1

483

9.7 9.8

GEL ECO ULTRASONIDOS 250 ML GOMA ELÁSTICA DE LÁTEX

4210 273

9.9

REVELADOR DE PLACAS RADIOGRÁFICAS - 1

475

9.10 10

TERMÓMETRO DIGITAL OTROS

10.1

AGUA DESTILADA NO ESTÉRIL 5 LITROS

615

10.2

ACEITE PARA LA LIMPIEZA DE INSTRUMENTAL

14

10.3

ACEITE PARA MASAJE 1 L

75

10.4

CREMA REPARADORA ESPECIFICA PARA EL CUIDADO DE ZONAS POSTCICATRIZALES

1419

10.5 10.6

DEDILES NUM 1-7 VASELINA 30 G

556 443

10.7

EXTRACTOR DE GRAPAS EPIDERMICAS DE UN SOLO USO

87

10.8

GRAPADORA DE PIEL DE UN SOLO USO

156

10.9

SUTURA NO ABSORBIBLE DE MULTIFILAMENTO TRENZADO DE SEDA. AGUJA TRIANGULAR 1/2 CIRCULO

1300

10.10

SUTURA NO ABSORBIBLE DE MULTIFILAMENTO TRENZADO DE SEDA. AGUJA TRIANGULAR 1/2 CIRCULO

1110

10.11

SUTURA NO ABSORBIBLE DE MULTIFILAMENTO TRENZADO DE SEDA. AGUJA TRIANGULAR 1/2 CIRCULO

894

10.12

SUTURA NO ABSORBIBLE DE MULTIFILAMENTO TRENZADO DE SEDA. AGUJA TRIANGULAR 1/2 CIRCULO

400

10.13

SUTURA NO ABSORBIBLE DE MULTIFILAMENTO TRENZADO DE SEDA. AGUJA TRIANGULAR 1/2 CIRCULO

170

Pliego de Condiciones Particulares

12833 25655

114

- 45 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

SERVICIO ESPECIALIZADO DE CONTRATACIÓN

CORPORACIÓN MUTUA

10.14

PARAFINA PARA USO PROFESIONAL 1 KG

3248

10.15

PARAFINA PARA USO PROFESIONAL 5 KG

72

10.16

ROTULADOR ESTÉRIL

769

10.17

ELECTRODOS NEUROESTIMULACION 5X9

9675

10.18

ELECTRODOS NEUROESTIMULACION 5X5

8692

Lo que aplicando al cuadro ejemplo de suministro señalado como ejemplo en el anexo I del Pliego de Prescripciones Técnicas supondría la cantidad total de: …………………………………………………………………………..…………€ (en cifra, IVA excluido) SEGUNDO.- Que, a los efectos previstos en la cláusula sexta del presente pliego, la empresa licitadora dispone / no dispone de la Certificación de Sistema de Gestión de la Calidad de Productos Sanitarios UNE-EN ISO 13485, adjuntándose, en su caso, copia legalizada de la misma.

TERCERO: Que a todos los efectos debe de entenderse que, dentro de la presente oferta, ha sido comprendido no solo el precio del suministro objeto de contratación, sino asimismo la totalidad de gastos que se definen en el Pliego de Condiciones Particulares obligatorios para el contratista, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido IGIC o IPSI. CUARTO: Que se compromete a la estricta observancia de las disposiciones vigentes con respecto al personal que emplee en la ejecución del contrato, especialmente en materia de legislación laboral, de Seguridad Social, de Prevención de Riesgos Laborales y de Protección de Datos.

En ------------------------------------ a ----- de

------------------------- de

2012

Firma y sello del licitador

Pliego de Condiciones Particulares

- 46 -

SUMINISTRO DE MATERIAL FUNGIBLE SANITARIO

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