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ALCANCES DE LA ACREDITACIÓN Esta lista de alcances de Acreditación se basa en la nomenclatura estadística de actividades económicas (NACE Rev.2), publicada por la Comisión de la Comunidad Europea en el periódico oficial 39/1, del 30.12.2006, la cual se ocupará para los sistemas de Gestión de Calidad y los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SASST)
Textiles y productos textiles IAF: 4 / Código NACE: DB/13,14 13 Industria textil Esta división comprende la preparación e hilado de fibras textiles, así como de tejidos textiles, el acabado de textiles y prendas de vestir, la fabricación de artículos confeccionados con textiles, excepto prendas (como ropa blanca, mantas, alfombras, cuerdas, etc.). El cultivo de fibras naturales corresponde a la división 01, mientras que la fabricación de fibras sintéticas es un proceso químico clasificado en la clase 20.60. La fabricación de prendas de vestir se considera en la división 14.
13.1 Preparación e hilado de fibras textiles 13.10 Preparación e hilado de fibras textiles Esta clase comprende las operaciones preparatorias sobre fibras textiles y el hilado de fibras textiles. Esta tarea puede realizarse a partir de diversas materias primas, como la seda, la lana, otras fibras animales, vegetales o artificiales y sintéticas, papel, vidrio, etc. Esta clase comprende: - las operaciones preparatorias de fibras textiles: • devanado y lavado de la seda; • desuardado y carbonizado de la lana y teñido de vellones; • cardado y peinado de todo tipo de fibras animales, vegetales y artificiales y sintéticas; - hilado y fabricación de filamento o hilo para tejer o coser, para su comercialización o para un tratamiento ulterior; • espadado del lino; • texturado, torsión, plegado, cableado e inmersión de filamentos sintéticos y artificiales. Esta clase comprende también: - la fabricación de hilo de papel. Esta clase no comprende: - las operaciones preparatorias llevadas a cabo en combinación con la agricultura (véase división 01); - el enriado de plantas portadoras de fibras textiles vegetales (yute, lino, coco, etc.) (véase 01.16); - el desmontaje de algodón (véase 01.63); - la fabricación de fibras y cables sintéticos o artificiales, la fabricación de hilos sencillos (incluidos los hilos de alta tenacidad y el hilo para alfombras y tapices) de fibras sintéticas o artificial es (véase 20.60); - la fabricación de fibras de vidrio (véase 23.14).
13.2 Fabricación de tejidos textiles 13.20 Fabricación de tejidos textiles Esta clase comprende la fabricación de tejidos textiles. Esta tarea puede realizarse a partir de diversas materias primas, como la seda, la lana, otras fibras animales, vegetales o artificiales y sintéticas, papel, vidrio, etc. Esta clase comprende: - la fabricación de tejidos anchos de tejido tipo algodón, lana, lana peinada o seda, incluidos los realizados a base de mezclas o hilos artificiales o sintéticos (poliprópileno, etc.); - la fabricación de otros tejidos anchos utilizando lino, ramio, cáñamo, yute, fibras blandas e hilados especiales. Esta clase comprende también: - la fabricación de tejidos de felpilla o chenilla, de toallería de tejido de rizo, de tejido de gasa vuelta, etc.; - la fabricación de tejidos de fibra de vidrio; - la fabricación de tejidos de carbono y aramida; - la fabricación de pieles de imitación obtenidas por tejido. Esta clase no comprende: - la fabricación de géneros de punto y de labor de ganchillo (véase 13.91); - la fabricación de revestimientos de suelos (véase 13.93); - la fabricación de cintas tejidas (véase 13.96); - la fabricación de telas no tejidas y fieltros (véase 13.99).
13.3 Acabado de textiles 13.30 Acabado de textiles Esta clase comprende el acabado de textiles y prendas de vestir, es decir, el blanqueo, teñido, apresto y actividades similares. Esta clase comprende: - el blanqueo y teñido de fibras textiles, hilos, tejidos y artículos textiles, incluidas las prendas de vestir; - el apresto, secado, vaporizado, encogimiento, remendado, sanforizado y mercerizado de materias textiles y de artículos textiles, incluidas las prendas de vestir. Esta clase comprende también: - el blanqueo de pantalones vaqueros; - el plisado y labores análogas sobre textiles; - la impermeabilización, el encolado, el engomado y la impregnación de prendas de vestir adquiridas; - estampación en tamiz de seda en textiles y prendas de vestir. Esta clase no comprende: - la fabricación de tejidos impregnados, bañados, recubiertos o estratificados con caucho, en los casos en que éste constituye el componente principal (véase 22.19).
13.9 Fabricación de otros productos textiles Este grupo comprende la fabricación de productos obtenidos a partir de textiles, excepto las prendas de vestir, como los artículos confeccionados con textiles, alfombras y moquetas, cuerda, cintas tejidas, artículos de pasamanería, etc.
13.91 Fabricación de tejidos de punto Esta clase comprende: - la fabricación y el tratamiento de géneros de punto y de labor de ganchillo: • tejidos de rizo y de pelo; • tejidos de mallas anudadas para visillos y cortinas fabricados con máquinas Raschel o similares; • otros géneros de punto y de labor de ganchillo. Esta clase comprende también: - la fabricación de pieles de imitación obtenidas mediante tricotaje. Esta clase no comprende: - la fabricación de tejidos de mallas anudadas para cortinas y visillos hechos con encajes fabricados en máquinas Raschel o similares (véase 13.99); - la fabricación de prendas de punto y de labor de ganchillo (véase 14.39).
13.92 Fabricación de artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir Esta clase comprende: - la fabricación de artículos confeccionados con cualquier material textil, incluidos los géneros de punto y la labor de ganchillo: • mantas ordinarias y de viaje; • ropa de cama, mesa, baño y cocina; • acolchados, edredones, almohadones, pufes, almohadas, sacos de dormir, etc.; - la fabricación de artículos confeccionados de moblaje: • cortinas, visillos, cenefas, estores, cubrecamas, cubiertas de mobiliario o máquinas, etc. • lonas, tiendas de campaña y otros artículos análogos de acampada, velas para embarcaciones, toldos de todas clases, cubiertas sueltas para vehículos automóviles, maquinaria o mobiliario, etc.; • banderas, gallardetes, estandartes, etc.; • bayetas, arpilleras para fregar y artículos similares, chalecos salvavidas, paracaídas, etc. Esta clase comprende también: - la fabricación de los componentes textiles de las mantas eléctricas; - la fabricación de tapices tejidos a mano Esta clase no comprende: - la fabricación de artículos confeccionados con materias textiles para uso técnico (véase 13.96).
13.93 Fabricación de alfombras y moquetas Esta clase comprende: - la fabricación de revestimientos textiles para suelos: • alfombras, tapetes, felpudos y esteras, baldosas. Esta clase comprende también:
- la fabricación de revestimientos para suelos de fieltros punzonados. Esta clase no comprende: - la fabricación de felpudos y esteras de materias trenzables (véase 16.29); - la fabricación de revestimientos de suelos a base de corcho (véase 16.29); - la fabricación de revestimientos de suelos resistentes, como los de vinilo o linóleo (véase 22.23).
13.94 Fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y redes Esta clase comprende: - la fabricación de cuerdas, cordeles, bramantes y cordajes de fibras textiles, cintas y similares, estén o no impregnados, bañados, recubiertos o revestidos de caucho o materias plásticas - la fabricación de redes de punto anudado hechas de cordelería; - la fabricación de productos de cordelería y de redes: redes para pescar, andullos para embarcaciones, cojines de descarga, eslingas, cuerdas o cables equipados con anillas metálicas, etc. Esta clase no comprende: - la fabricación de redecillas para el pelo (véase 14.19) - la fabricación de cable metálico (véase 25.93).
13.95 Fabricación de telas no tejidas y artículos confeccionados con ellas, excepto prendas de vestir Esta clase comprende todas las actividades relacionadas con la fabricación de textiles y productos confeccionados con éstos no especificadas en las divisiones 13 ó 14, que incluyen un gran número de procesos y una amplia gama de artículos producidos.
13.96 Fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial Esta clase comprende: - la fabricación de cintas tejidas, incluidas las consistentes en urdimbre sin trama unidas por medio de un adhesivo - la fabricación de tejidos impregnados, bañados, recubiertos o estratificados con materias plásticas - la fabricación de hilo metalizado y de hilo recubierto metalizado, de cuerda de hilo de goma recubierta de materia textil, de hilo o cinta textil recubiertos, impregnados, bañados o revestidos con caucho o materias plásticas - la fabricación de tejido de cordelería para neumáticos y de hilo sintético o artificial de alta tenacidad - la fabricación de tejidos para manguitos, mangueras, cintas transportadoras o de transmisión (reforzadas o no con metal u otro material), gasas y telas para cerner, tejidos filtrantes - la fabricación de adornos de automoción Esta clase no comprende: - la fabricación de cintas transportadoras o de transmisión de tejidos, hilos o cuerdas impregnados, bañados, recubiertos o estratificados con caucho, en los casos en que éste constituye el componente principal (véase 22.19) - la fabricación de planchas u hojas de caucho celular o plástico combinadas con textiles únicamente con fines de refuerzo (véase 22.19 y 22.21) - la fabricación de tela de cable metálico tejido (véase 25.93)
13.99 Fabricación de otros productos textiles n.c.o.p. Esta clase comprende: - la fabricación de etiquetas, insignias, etc. - la fabricación de artículos de pasamanería: trenzas, borlas, pompones, etc.
- la fabricación de fieltro - la fabricación de tules y de tejidos de mallas anudadas, de encajes en pieza, en tiras o en motivos, de bordados - la fabricación de otros tejidos tratados o bañados: telas para calcar y de transparencias para dibujar de telas preparadas para la pintura de bocarán y de tejidos textiles análogos empleados como refuerzo de tejidos con baño de goma o sustancias amiláceas - la fabricación de artículos textiles diversos para uso técnico: mechas textiles, manguitos (camisas) incandescentes y tejidos tubulares empleados en su fabricación - la fabricación de cintas de tela sensibles a la presión - la fabricación de lienzos preparados para pintar y telas para calcar; - la fabricación de cordones de zapatos - la fabricación de borlas y pompones para maquillaje Esta clase no comprende: - la fabricación de revestimientos para suelos de fieltros punzonados (véase 13.93) - la fabricación de guata y artículos textiles de guata: compresas higiénicas, tampones, etc. (véase 17.22)
14 Confección de prendas de vestir Esta división abarca todo tipo de confección (confeccionada en serie o a medida), en todos los materiales (cuero, tejidos, punto, ganchillo, etc.), de todo tipo de prendas (exteriores, ropa interior para hombre, mujer y niño, ropa de trabajo, ropa de calle e informal, etc.) y accesorios. No se hace distinción entre prendas para adultos y para niños, o entre prendas modernas y tradicionales. La división 14 comprende también la industria peletera (pieles y prendas de vestir).
14.1 Confección de prendas de vestir, excepto de peletería Este grupo comprende la fabricación de prendas de vestir. El material utilizado puede ser de cualquier tipo, y estar bañado, impregnado o engomado.
14.11 Confección de prendas de vestir de cuero Esta clase comprende: - la fabricación de prendas de vestir confeccionadas con cuero o cuero artificial o regenerado, incluidos los accesorios de cuero para actividades industriales, como los delantales de cuero para soldadura Esta clase no comprende: - la fabricación de prendas de vestir de piel (véase 14.20) - la fabricación de guantes y gorros de deporte de cuero (véase 32.30) - la fabricación de prendas ignífugas y prendas protectoras de seguridad (véase 32.99)
14.12 Confección de ropa de trabajo Esta clase no comprende: - la fabricación de calzado (véase 15.20) - la fabricación de prendas ignífugas y prendas protectoras de seguridad (véase 32.99) - la reparación de prendas de vestir (véase 95.29) 14.13 Confección de otras prendas de vestir exteriores Esta clase comprende:
- la confección de otras prendas exteriores con tejidos, géneros de punto y ganchillo, tela no tejida, etc., para hombres, mujeres y niños: • abrigos, trajes, conjuntos, chaquetas, pantalones, faldas, etc. Esta clase comprende también: - la sastrería a medida - la fabricación de componentes de los productos consignados Esta clase no comprende: - la confección de prendas de vestir de piel (excepto sombrerería) (véase 14.20) - la confección de prendas de vestir de caucho o materias plásticas, no unidas por costuras sino simplemente pegadas (véanse 22.19 y 22.29) - la fabricación de prendas ignífugas y prendas protectoras de seguridad (véase 32.99) - la reparación de prendas de vestir (véase 95.29)
14.14 Confección de ropa interior Esta clase comprende: - la confección de ropa interior y de dormir con tejidos, género de punto y ganchillo, encaje, etc. para hombres, mujeres y niños: • camisas, camisetas, calzoncillos, pijamas, camisones, batas, blusas, bragas, sostenes, corsés, etc. Esta clase no comprende: - la reparación de prendas de vestir (véase 95.29)
14.19 Confección de otras prendas de vestir y accesorios Esta clase comprende: - la confección de prendas para bebés, prendas para la práctica de deportes, prendas de esquí, trajes de baño, etc. - la fabricación de sombreros y gorras - la fabricación de otros accesorios de vestir: guantes, cinturones, chales, corbatas, corbatines, redecillas para el pelo, etc. Esta clase comprende también: - la confección de gorros de piel - la fabricación de calzado de materias textiles sin suela incorporada - la fabricación de componentes de los productos consignados Esta clase no comprende: - la fabricación de gorros de deporte (véase 32.30) - la fabricación de cascos de seguridad (excepto gorros de deporte) (véase 32.99) - la fabricación de prendas ignífugas y prendas protectoras de seguridad (véase 32.99) - la reparación de prendas de vestir (véase 95.29)
14.2 Fabricación de artículos de peletería 14.20 Fabricación de artículos de peletería Esta clase comprende: - la confección de artículos de peletería: • prendas de vestir y accesorios de piel • artículos de piel ensamblada, como las pieles obtenidas por estirado (operación de cortado y recosido), y láminas, tapetes, cintas, etc. • artículos de peletería diversos: alfombras, pufes sin rellenar, trapería para la limpieza industrial Esta clase no comprende:
- la producción de pieles en bruto (véanse 01.4 y 01.70) - la producción de cueros y pieles en bruto (véase 10.11) - la fabricación de pieles de imitación (tela de pelo largo obtenida por tejido y tricotaje) (véanse 13.20 y 13.91) - la fabricación de gorros de piel (véase 14.19) - la fabricación de prendas de vestir guarnecidas con piel (véase 14.19) - la preparación y el teñido de pieles (véase 15.11) - la fabricación de calzado con partes de piel (véase 15.20)
14.3 Confección de prendas de vestir de punto 14.31 Confección de calcetería Esta clase comprende: - la fabricación de artículos de calcetería, incluidos calcetines, medias ordinarias y medias pantalón
14.39 Confección de otras prendas de vestir de punto Esta clase comprende: - la confección de prendas en tejido de punto y otros artículos confeccionados modelados directamente: jerseys, chaquetas de punto, chalecos y artículos similares. Esta clase no comprende: - la fabricación de tejidos de punto y de labor de ganchillo (véase 13.91); - la fabricación de calcetería (véase 14.31)