Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN [PGO]_CONCEJO DE NOREÑA [ASTURIAS] DOCUMENTO DE APROBA CIÓN IN ICIA L [DAI ] Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA F

4 downloads 174 Views 7MB Size

Recommend Stories


MEMORIA JUSTIFICATIVA
MEMORIA JUSTIFICATIVA DEL COSTE Y RENDIMIENTO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS 2015 La Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2

MEMORIA JUSTIFICATIVA
MEMORIA JUSTIFICATIVA PLAN GENERAL ORDENACIÓN MUNICIPIO DE (ADAPTACIÓN DE URBANA DEL CALVIÀ PTM) Texto Refundido incorporando las prescripci

Story Transcript

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN [PGO]_CONCEJO DE NOREÑA [ASTURIAS] DOCUMENTO DE APROBA CIÓN IN ICIA L [DAI ]

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO AMPARO MARIA - 10828347Q Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO M A R Z O 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria víctor garcía oviedo, arquitecto, coordinador

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N



NUNO PORTAS, arquitecto, 2005

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 2 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

ÍNDICE GENERAL

Tomo 1: MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Tomo 2: NORMAS URBANÍSTICAS

Tomo 3: PLANOS DE INFORMACIÓN, DIAGNÓSTICO Y ORDENACIÓN

Tomo 4: INFORME DE SOTENIBILIDAD ECONÓMICA Y ESTUDIO ECONÓMICO FINANCIERO

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 3 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

SIGLAS, ACRÓNIMOS Y ABREVIATURAS REFERENCIAS GENERALES Y ENTES TERRITORIALES PPT Pliego de Prescripciones Técnicas PCA Pliego de Condiciones administrativas DP Documento de Prioridades DAI Documentos de Aprobación Inicial DAP Documentos de Aprobación Provisional DAD Documentos de Aprobación Definitiva ACA Área Central de Asturias AMCA Área Metropolitana Central de Asturias MT Modelo Territorial MDM Modelo de Desarrollo Municipal DAFO Evaluación Estratégica Integrada GPA Gobierno del Principado de Asturias CUOTA Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Asturias BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias CHC Confederación Hidrográfica del Cantábrico REFERENCIAS LEGISLACIÓN LPC TROTU ROTU TRLS RVLS LRRR PHDHCO LEPP

Ley 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias Decreto 278/2007, 4 diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del suelo Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de valoraciones de la Ley de Suelo Ley estatal 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 4 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

REFERENCIAS PLANEAMIENTO DROT

Decreto 11/1991, de 24 de enero, por el que se aprueban las Directrices Regionales de Ordenación del Territorio PORNA Plan de Ordenación de los Recursos naturales de Asturias, Serv. Publicaciones Principado de Asturias, Oviedo, 1993 POLA Plan Territorial Especial de Ordenación del Litoral Asturiano, 2005 PTE Plan Territorial Especial PGO Plan General de Ordenación NSPM Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipales CAU Catálogo Urbanístico PP Plan Parcial PE Plan Especial SU Suelo Urbano SUR Suelo urbanizable SNU Suelo no urbanizable NR Núcleos Rurales REFERENCIAS PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTE EAE DI DR ISA MA LIC ZEPA

Evaluación Ambiental Estratégica Documento de Inicio Documento de Referencia Informe de Sostenibilidad Ambiental Memoria Ambiental Lugares de Interés Comunitario Zonas de Especial Protección para las Aves

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 5 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

ÍNDICE 0. PRÓLOGO: LA PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) ................................................... 10  0.1 MARCO: LAS CONDICIONES PARTICULARES .............................................................................................................................. 14  0.1.1.  BASES DEL TRABAJO........................................................................................................................................................... 14  0.1.2.  DOCUMENTO DE PRIORIDADES (DP) .............................................................................................................................. 22  0.1.3.  CONTENIDOS DEL DAI ....................................................................................................................................................... 25  0.2.  MÉTODO: CONCEPTOS Y PROCESO ....................................................................................................................................... 32  0.2.1.  INSTRUMENTOS BÁSICOS ................................................................................................................................................... 32  0.2.2.  PREMISAS Y PROCESO ....................................................................................................................................................... 33 

MEMORIA INFORMATIVA ................................................................................................................................................... 36  I. LA HISTORIA URBANA Y EL PATRIMONIO CULTURAL ....................................................................................................... 37  I. 1.  HISTORIA: ANTECEDENTES URBANOS ...................................................................................................................................... 38  I.1.1.  CONFORMACIÓN DEL TERRITORIO ................................................................................................................................. 38  I.1.2.  PROCESO DE INDUSTRIALIZACIÓN................................................................................................................................... 41  I.1.3.  TRANSFORMACIÓN DE LOS ÚLTIMOS TIEMPOS .............................................................................................................. 42  I.2. 

PATRIMONIO: LOS BIENES INVENTARIADOS ........................................................................................................................... 46  I.2.1.   PROTECCIÓN SEGÚN NIVELES .......................................................................................................................................... 46  I.2.2.  INVENTARIO DE PATRIMONIO ........................................................................................................................................... 50 

II. EL ESTADO DE DERECHO ................................................................................................................................................. 52  II.1.  TERRITORIAL: EL PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y PLANIFICACIÓN SECTORIAL...................................................................... 53  II.1.1.  PLANES TERRITORIALES ....................................................................................................................................................... 53  II.1.2.  LAS POLÍTICAS SECTORIALES ............................................................................................................................................. 53  II.2.  MUNICIPAL: PLANEAMIENTO URBANISTICO ........................................................................................................................... 58  II.2.1.  NORMAS SUBSIDIRAIS DE PLANEMAINTO MUNICIPAL (NSPM) 1988/1992 .................................................................. 58  II.2.2.  DESARROLLO DE LAS NSPM .............................................................................................................................................. 61  II.2.3.  PLANEAMIENTO DE LOS CONCEJOS LIMÍTROFES ......................................................................................................... 71  II.2.4.  RECOMENDACIONES PARA EL FUTURO PGO ................................................................................................................ 71  Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 6 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III. EL ESTADO DE HECHO .................................................................................................................................................... 76  III.1.  MEDIO: LAS BASES AMBIENTALES ............................................................................................................................................ 77  III.1.1.  NORMAS SOBRE EVALUACIÓN AMBIENTAL ................................................................................................................... 77  III.1.2.  SOPORTE FÍSICO ................................................................................................................................................................ 82  III.2.  RIESGOS: LAS LIMITACIONES DEL SUELO ............................................................................................................................... 87  III.2.1.  INCENDIOS .......................................................................................................................................................................... 88  III.2.2.  MOVIMIENTOS DE LADERA ............................................................................................................................................... 88  III.2.3.  INUNDACIONES .................................................................................................................................................................. 89  III.3.  SOPORTE: LA ECONÓMIA Y LOS ASENTAMIENTOS URBANOS .............................................................................................. 97  III.3.1.  ACTIVIDADES ECONÓMICAS ........................................................................................................................................... 97  III.3.2.   MORFOLOGÍA URBANA .................................................................................................................................................. 100  III.4.  DOTACIONES: LA ESTRUCTURA URBANÍSTICA ...................................................................................................................... 101  III.4.1.  INFRAESTRUCTURAS. ......................................................................................................................................................... 101  III.4.2.  EQUIPAMIENTOS ............................................................................................................................................................... 103  III.4.3.  SERVICIOS.......................................................................................................................................................................... 105  III.4.4.  ZONAS VERDES Y ESPACIOS LIBRES................................................................................................................................ 107  III.5.  PARTICIPACIÓN: EL CO-DIAGNÓSTICO PARTICIPADO ...................................................................................................... 108  III.5.1.  COORDINACIÓN INTERADMINISTRATIVA E INFORMES SECTORIALES ....................................................................... 108  III.5.2.  SUGERENCIAS Y OBSERVACIONES: EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL DP ........................................................................... 108  III.5.3.  CORPORACIÓN MUNICIPAL .......................................................................................................................................... 110  III.6.  ESTRATEGIA: POLÍTICA MUNICIPAL DE SUELO Y VIVIENDA ................................................................................................. 111  III.6.1.  CONCEPTO BÁSICO ........................................................................................................................................................ 111  III.6.2.  APROXIMACIÓN REFERENCIAL ...................................................................................................................................... 114  III.6.3.  POBLACIÓN Y VIVIENDA ................................................................................................................................................. 115  III.6.4.  MODELO REFERENCIAL ................................................................................................................................................... 121 

MEMORIA JUSTIFICATIVA ................................................................................................................................................. 125  IV. LOS PRINCIPIOS QUE JUSTIFICAN LA ORDENACIÓN ................................................................................................. 126  IV.1.  REVISIÓN: EL NUEVO PGO ..................................................................................................................................................... 127  IV.1.1.  FUNDAMENTOS BÁSICOS ................................................................................................................................................ 127  IV.1.2.  ASPECTOS COMPLEMENTARIOS .................................................................................................................................... 128  Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 7 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

IV.2.  UNIDADES: LAS UNIDADES PAISAJÍSTICAS ........................................................................................................................... 129  IV.2.1.  VILLA (347 Has) ................................................................................................................................................................. 129  IV.2.2.  CELLES (164 Has) .............................................................................................................................................................. 130  IV.2.3.  SANTA MARINA (26 Has) ................................................................................................................................................. 131  IV.3.  DIRECTRICES: LOS OBJETIVOS Y CRITERIOS .......................................................................................................................... 132  IV.3.1.  INTEGRACIÓN SOCIO-ECONÓMICA EN EL ÁREA METROPOLITANA CENTRAL DE ASTURIAS ................................ 132  IV.3.2.  ARTICULACIÓN TERRITORIAL DE LOS ENCLAVES ......................................................................................................... 133  IV.3.3.  CALIDAD URBANA Y RESIDENCIAL ................................................................................................................................ 133  IV.4.  PROPUESTA: EL MODELO TERRITORIAL Y LA PROPUESTA DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA ............................................... 135  IV.4.1.  ESCENARIOS URBANÍSTICOS QUE CONFORMAN EL MODELO ................................................................................. 135  IV.4.2.  PROPUESTAS DE ORDENACIÓN DESDE EL MODELO ELEGIDO .................................................................................. 136 

V. LOS SISTEMAS GENERALES ............................................................................................................................................ 139  V.1.  AGUA: LOS RECURSOS Y LOS VERTIDOS ............................................................................................................................... 140  V.1.1.  ABASTECIMENTO DE AGUA ............................................................................................................................................ 141  V.1.2.  SANEAMIENTO .................................................................................................................................................................. 145  V.2.  ESTRUCTURA: LA PREVISIÓN DE LAS DOTACIONES URBANÍSTICAS ..................................................................................... 150  V.2.1.  SUPRAMUNICIPALES (SISTEMAS TERRITORIALES) ........................................................................................................... 150  V.2.2.  MUNICIPALES (SISTEMAS GENERALES) ........................................................................................................................... 156  V.2.3.  LOCALES (SISTEMAS LOCALES) ....................................................................................................................................... 158 

VI. LA CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL SUELO ...................................................................................................... 161  VI.1.  SUELO URBANO (SU): LAS ÁREAS EDIFICABLES..................................................................................................................... 162  VI.1.1.  DEFINICIÓN DEL SU .......................................................................................................................................................... 162  VI.1.2.  TIPOS DE SUELO ................................................................................................................................................................ 165  VI.1.3.  ORDENANZAS DE EDIFICACIÓN..................................................................................................................................... 169  VI.2.  SUELO NO URBANIZABLE (SNU): LOS TERRENOS RÚSTICOS .................................................................................................. 172  VI.2.1.  FUNDAMENTACIÓN DEL SUELO...................................................................................................................................... 172  VI.2.2.  CATEGORÍAS DEL SNU ..................................................................................................................................................... 175  VI.2.3.  EDIFICACIONES POSIBLES................................................................................................................................................ 179  VI.3.  SUELO URBANIZABLE (SUR): LOS SECTORES DE RESERVA ..................................................................................................... 184  VI.3.1.  IDENTIDAD DEL SUR .......................................................................................................................................................... 184  VI.3.2.  DINÁMICA DE CRECIMIENTO ......................................................................................................................................... 185  Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 8 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

VI.3.3.  SECTORES URBANIZABLES ................................................................................................................................................ 186  VI.4.  ÁREAS DE PREVENCIÓN: LÍMITES PARA LA SEGURIDAD ....................................................................................................... 189 

-EPÍLOGO: RESUMEN, CONCLUSIONES Y PROYECCIONES ............................................................................................ 191  ANEXOS: LOS LISTADOS Y LOS CUADROS ....................................................................................................................... 199  A.1.  PROTECCIÓN: BIENES INVENTARIADOS ................................................................................................................................ 200  A.1.1.  CELLES ................................................................................................................................................................................ 201  A.1.2.  SANTA MARÍA DE NOREÑA ............................................................................................................................................. 203  A.1.3.  SANTA MARINA................................................................................................................................................................. 210  A.2.  ENTIDADES: NÚCLEOS RURALES Y QUINTANAS..................................................................................................................... 212  A.2.1.  NÚCLEOS RURALES (NR) .................................................................................................................................................. 212  A.2.2.  QUINTANAS (por entidad del Nomenclátor)............................................................................................................... 221  A.3.  CUADROS RESUMEN Y COMPARATIVOS. ............................................................................................................................. 223  A.3.1.  COMPARATIVO NSPM, 1988, ESTADO ACTUAL Y PGO, 2014 ................................................................................... 223  A.3.2.  DOTACIONES URBANÍSTICAS .......................................................................................................................................... 224  A.3.3.  PROYECCIÓN DE VIVIENDAS.......................................................................................................................................... 225 

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 9 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

0. PRÓLOGO: LA PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 10 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

El Documento de Aprobación Inicial (DAI) del Plan General de Ordenación (PGO) se acompaña del Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) [Forma parte de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE)] y el Catálogo Urbanístico (CAU) de Noreña. De tal manera que nos encontramos inmersos en una Revisión de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipales (NSPM)1988/1992, según art.99 TROTU y 276 del ROTU, de acuerdo al Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT), y a cada una de las determinaciones y documentación de los PGO recogidos en el articulado del 57 al 65 del TROTU y el art.129 y 130 (determinaciones) y 178 al 185 (documentación) del ROTU; en cuanto al CAU art. 72 del TROTU y art 205 al 211 del ROTU y el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) art. 7 a 15 y anexo I de la LEPP . En la elaboración, tramitación, y de los tres textos, teniendo en cuenta que son inclusivos con respecto al PGO, encontraremos las claves para su aprobación. PRIMERO. LA IMPORTANCIA DEL AGUA. La inundabilidad, los recursos y los vertidos. PHDHCO Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. Su implementación, por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, es el problema sectorial más importante del concejo. Y solo por esto ya están justificados los Documentos de Aprobación Inicial (DAI). Noreña cuenta con varios borradores de convenio pero ahora han cambiado las determinaciones. Ahora aparece el concepto de Zonas de Flujo preferente (ZFP, en detrimento de las famosas zonas ordinarias, inundable frecuentes, muy frecuentes y excepcionales). SEGUNDO. EL DOCUMENTO DE PRIORIDADES (DP): LOS OBJETIVOS Y CRITERIOS, EL MODELO TERRITORIAL Y LA PROPUESTA. El Documento de Prioridades (DP) tiene como objetivo central definir El Modelo Territorial (MT), pasado por el filtro del Modelo de Desarrollo Municipal (MDM),conforma el “modelo de la ordenación futura”, principio y fin del DP. Hay que dejar constancia –como se reflejaba en el DP- que el concejo de Noreña recibe demandas del Área Metropolitana del Centro de Asturias (AMCA). De tal manera, que necesitamos dejar claro, desde un principio que el “modelo de ordenación futura” se conforma desde tres escenarios interrelacionados: jurídico (las DROT, PORNA y las NSPM), físicos (Vinculaciones ambientales, y socio-economía) y de imagen (preservación del paisaje). TERCERO. LAS POLÍTICAS SECTORIALES. Informes Sectoriales de Carreteras (Estado y Gobierno del Principado de Asturias), Consejo de Patrimonio... Y todos aquellos necesarios para la tramitación y aprobación del plan. Noreña se ve afectado por multitud de políticas sectoriales. Al final de cuentas, y como señalan muchos autores, el PGO no es más (ni menos) que la coordinación de políticas sectoriales. No se debe espera a tener sus informes, si no, más bien, en el proceso de redacción hay que coordinarse y ponerse de acuerdo.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 11 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

CUARTO. LAS EVALUACIONES AMBIENTALES ESTRATÉGICAS (EAE). Nueva ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental que deroga la Ley 9/2006 de planes y programas, si bien se establece que los planes iniciados sigan con su tramitación, acorde a la legislación de su inicio. (En nuestro caso contamos con el Documento de Referencia, abril de 2008). Así y todo aprovechamos para dejar constancia del cambio de denominaciones: ahora se denomina Documento de Alcance Estratégico (DAE) al Documento de Referencia (DR); Estudio Ambiental Estratégico (EAE) a lo que antes se denominaba Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) y Declaración Ambiental Estratégica (DAE) a lo que antes se llamaba Memoria Ambiental (MA).De todas maneras, y con el fin de no iniciar , de nuevo, todo el procedimiento seguimos con la ley 9/2006 anterior (Pero, además, se piensa adaptar la nueva ley estatal a la normativa autonómica: Proyecto de Ley de Sostenibilidad Ambiental y Protección Ambiental, en fase de tramitación y aprobación). QUINTO. EL PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL. El Catálogo Urbanístico (CAU). El CAU no solo protege elementos y conjuntos, sino, también, ordena. Es un instrumento de planeamiento urbanístico. Desarrolla las determinaciones del PGO (aunque tenga su misma tramitación, y en paralelo). Los Bienes de Interés Cultural (BICs), el Inventario Regional, y aquellos heredados de las NSPM1988/1992, más allá de las recomendaciones de la Dirección de Patrimonio del Gobierno del Principado de Asturias (restos a proteger de los bienes denominados como instalaciones de la guerra civil defensivos), serán la base para confeccionar el futuro CAU. SEXTO. EL ESTUDIO DE VIALIDAD ECONÓMICO-FINANCIERO. No vale todo y a concepto en cuanto a lo que representan los estudios económico- financieros manera, en el marco de la economía sostenible. Hay que justificar que lo connotaciones de sostenibilidad. No consideramos oportuno realizar el Programa “potestativo”.

cualquier precio. Aparece un nuevo clásicos. Como no podía ser de otra que se programe debe tener unas de Actuación (art.184 del ROTU) al ser

SEPTIMO. LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA. La participación ciudadana, más allá de legitimar el PGO mediante la exposiciones públicas, es, además, parte del diagnóstico urbanístico del Plan. No hay una metodología holística de la realidad. De tal manera, que hemos contado desde el principio, con la valoración de la participación ciudadana, pero, además después de la Información pública del DP y de una aprobación inicial fallida. Esto nos permite disponer de un inventario de las “cosas urbanas” a las cuales el PGO debe darle respuesta. OCTAVO. LA NORMALIZACIÓN DE INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO. Es evidente que se puede convertir en una carga para el planeamiento; así y todo, debemos aprovechar, esta nueva redacción, para para ordenarlo todo acorde a los Criterios de Normalización de los Instrumentos de Planeamiento (CNIP) y que promueve la Dirección de Urbanismo de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno del Principado de Asturias. No creemos Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 12 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

que se vaya a aprobar, en esta legislatura, pero no es mayor problema hacerlo, (en su cuestiones fundamentales) y, más allá de los condicionantes de los PPT. NOVENO. LA DOCUMENTACIÓN DEL PGO, CAU Y EAE. Los que establece el PPT, TROTU, ROTU y la LEPP. Pero, y como se ha mencionada anteriormente. De tal manera que al concurrir las mismas informaciones en los tres documentos se dispone de una información que en muchos casos va más allá de las determinaciones jurídicas que le obligan las leyes. Repetir, en los mismos términos en cada uno de los tres documentos, sería reincidir en lo mismo. Y dispondríamos de una información difícil de manejar. DECIMO. LA PROPORCIONALIDAD Y MÁXIMA SENCILLEZ. Aunque existen unos PPT del 2006, el TROTU de 2004 y el ROTU de 2007, de tal manera que debemos buscar un entendimiento entre ellos. Ahora bien, tanto en una caso como en el otro, debemos tener claro, desde el principio, y como lo señala el art.157 del TROTU y el 185 del ROTU que el PGO (se supone que, también, el EAE y CAU deben mantener un principio de “máxima sencillez, inteligibilidad y proporcionalidad” acorde al concejo de Noreña. Algo, que en muchas ocasiones, se pierde por el camino en el proceso de elaboración, tramitación y aprobación del PGO, CAU y EAE En definitiva, y por lo tanto, desde todo lo apuntado: PPT, TROTU y ROTU más allá de la ley ambiental, serán la piedra angular para aprobar inicialmente el Plan General de Ordenación (PGO), Catálogo Urbanístico (CAU) y, el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA). Todo ello conllevará una información pública, con su participación ciudadana correspondiente, según el art. 86 del TROTU y 243 del ROTU. Además, y en lo que hace referencia al trámite ambiental, el art.244 del ROTU. Por último, referente al procedimiento de coordinación interadministrativa –en el tiempo de la información pública- art.33 y 243 del ROTU. Aunque, no está por demás, y, en el caso que nos ocupa, ha habido participación pública anterior al Plan, en la exposición pública del DP y no dejamos de tenerla en cuenta.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 13 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

0.1 MARCO: LAS CONDICIONES PARTICULARES Preservar la imagen histórica del concejo en el Área Metropolitana Central de Asturias (AMCA) De manera muy sintética podemos reseñar las siguientes cuestiones: 0.1.1. BASES DEL TRABAJO A. Promotor El Ayuntamiento de Noreña, en aplicación de la Disposición Transitoria 1.ª, apartado 5.º, del Texto Refundido de Ordenación del Territorio y Urbanismo (en adelante TROTU), en el que se determina la necesidad de que las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal (en adelante NSPM) sean sustituidas por un Plan General de Ordenación (en adelante PGO), y dado que el planeamiento vigente del concejo, conformado por las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal NSPM1988/1992 (aprobadas definitivamente por la CUOTA el 25 de marzo de 1988, BOPA 23-VII1992) respondía a un marco legal (Texto Refundido de 9 de abril de 1976) superado por la entrada en vigor del El Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo (TROTU), el Decreto 278/2007, de 4 de diciembre Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (ROTU), la Ley 1/2001, de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias (LPC) y teniendo como referencia el marco estatal: Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo (TRLS08). De igual manera la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (LEPP) y la Ley estatal 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas (LRRR) B. Objeto. Los Documentos de Aprobación Inicial (DAI) forman parte del proceso de Revisión de las NSPM1988/1992, constituyendo, pues, una etapa del proceso (Contrato 2 de octubre de 2006; Programa de Trabajo, diciembre 2006; Documento de Prioridades, marzo 2007 y un DAI fallido de enero 2010) de adaptación de la norma urbanística. A su vez, está conformado por el Plan General de Ordenación (PGO), la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) y el Catálogo Urbanístico (CAU) C. Antecedentes. En el proceso de redacción del PGO, ISA y CAU, hasta llegar a los presentes Documentos de Aprobación Inicial (DAI), se han sucedido varias fases previas y documentos en los que se van conformando las líneas maestras de la AI. Así: Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 14 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

Pliego de Prescripciones Técnicas, mayo 2006, en el que establecían las bases que habrían de orientar no sólo la presentación de propuestas para la redacción del PGO sino los propios documentos subsiguientes.

-

Propuesta del equipo redactor del PGO, junio 2006, presentado a concurso, respondiendo no sólo al pliego sino sentando las bases iniciales de lo que podría ser el Plan en cuanto a las grandes líneas estratégicas, basadas éstas en un primer análisis de los datos disponibles.

-

Firma del contrato, 2 de octubre de 2006, con Pliegos (iguales a los del concurso) del contrato firmado el 2 de octubre de 2006. Se adjuntan al contrato.

-

Programa de Trabajo (PT), diciembre 2006, primer documento realizado ya dentro del proceso de redacción del Plan.

-

El Documento de Prioridades (DP), aceptado en marzo de 2007 (BOPA nº 70 de 26 de marzo 2008), constituye en tal proceso de redacción del Plan la última de las fases previas; en él se proponían los objetivos, claves y directrices estratégicas para el desarrollo urbanístico sostenible del concejo y para la propia elaboración del Plan, donde tales presupuestos se concretan en planos y normativa.

-

Documento de Referencia (DR), abril 2008, emitido por la Dirección General de Aguas y Calidad Ambiental, (consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural del Gobierno del principado de Asturias) en el que, entre otras cosas, se recogen los criterios ambientales estratégicos y los indicadores de los objetivos ambientales y principios de sostenibilidad aplicables, que no sólo inciden en el preceptivo ISA sino en el propio Plan al que se vincula.

-

Informe sobre el Catálogo Urbanístico, emitido por la Permanente del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias, mayo 2008. Paralelamente al Documento de Prioridades del PGO, se sometió también a información pública el Documento de Prioridades del Catálogo Urbanístico, documento éste que determina o, cuando menos, condiciona la ordenación del concejo, en función del grado de protección de cada elemento o conjunto.

-

Informe de Sugerencias al Documento de Prioridades, 2008 por el servicios de ordenación del territorio. En el Informe de Sugerencias se hace referencia a: Informe del Servicio de Ordenación Territorial y Planeamiento de agosto de 2008; Informe de la Comisaría de Aguas de la Confederación Hidrográfica, mayo 2008; e Informe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias, mayo 2008.

-

Convenio del ayuntamiento de Noreña con la Confederación Hidrográfica del Norte, 2009. Existen dos borradores, pero sin estar firmados, como así nos consta.

-

Entrega de Documento de Aprobación Inicial (DAI) del PGO, CAU e ISA, enero 2010. En el pleno municipal correspondiente, previo acurdo e la Comisión de Urbanismo, no se aprueba por no encontrar los apoyos suficientes

-

Informes Técnicos municipales relativos al PGO, CAU e ISA del concejo de Noreña, enero 2010 y 2013. Informes técnicos (arquitecto municipal), jurídicos (técnico de administración general) y económicos (interventor municipal). En los mismos, además de informar sobre el documento entregado en enero de 2010, se hace referencia a los informes sectoriales siguientes (realizados para el Documento de Prioridades): Ministerio de Medio Ambiente (CHC); Ministerio

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 15 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

de Fomento (dirección general de carreteras del Estado); Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Dirección General de Agua y calidad ambiental); Consejería de Cultura y Turismo (dirección General de Patrimonio Cultural); Consejería de Infraestructuras Política Territorial y Vivienda (Dirección General de Ordenación Territorial y Urbanismo) Desde entonces, hasta ahora, ha estado parado el expediente; y, que, ahora con la nueva entrega de los Documentos de Aprobación Inicial (DAI) ponemos en marcha. D. Objetivos No dejan de ser principios generales. Pero aplicados a un caso concreto: el Área Metropolitana Central de Asturias (AMCA). Se resumen a continuación: 1. Sostenibilidad económica, social y ambiental. Conservar la biodiversidad territorial y asegurar un uso sostenible. Las nuevas políticas ambientales, territoriales y urbanísticas deben tener en cuenta, como primera providencia, la de preservar todos aquellos suelos necesarios para conseguir, o mejorar, la calidad y sostenibilidad del suelo. Incluido en lo anterior se encuentra el denominado ciclo del agua y el Patrimonio natural y cultural. Racionalizar y organizar el consumo de suelo de acuerdo con un modelo territorial globalmente eficiente supone planificar: - Orientando la ocupación de suelo para usos urbanos, industriales e infraestructuras vinculadas. - Asignando usos sin sobrepasar la capacidad de acogida del territorio. - Preservando espacios y elementos relevantes por su valor natural en el contexto del municipio. - No obstante, y en cuanto a lo señalado, la aplicación del concepto de sostenibilidad referido requiere para su aplicación en el PGO de pautas territoriales como las que siguen. 2. Calidad paisajística. Hay que evitar la imagen tan deteriorada, como la que se tiene actualmente, en algunos puntos del concejo, atendiendo a los factores naturales y antrópicos que condujeron al reconocido paisaje noreñense presente, lo que supone no sólo incorporar las figuras de protección existentes sino también facilitar la conservación de la morfología de las entidades de población, la recuperación del tejido construido, el establecimiento de criterios acordes para el crecimiento de los núcleos, la intervención en ámbitos alterados, y la concentración de los usos potencialmente más lesivos para los valores paisajísticos (con el fin de facilitar la corrección de los impactos) 3. Cohesión territorial. Hay que unir las partes que componen el municipio y poner en red los núcleos existentes. La compartimentación del municipio por la autovía y red de carreteras obligan al PGO a adoptar medidas tendentes a aminorar la situación presente, facilitando la accesibilidad local (permeabilizando las distintas áreas) y previendo equipamientos y dotaciones que equilibren la tendencia a la concentración de población, funciones y usos en cada uno de sus asentamientos y su entorno inmediato. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 16 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

4. Cohesión social. No hay cohesión territorial sin la social. Las dotaciones urbanísticas en primer lugar. No podemos olvidarnos que el plan debe sentar las pautas, y aportar todos aquellos instrumentos que la ley le permiten con el fin de buscar todas aquellas dotaciones (infraestructuras, equipamientos y servicios) con el fin de conseguir un reparto de rentas indirectas. Dar calidad urbana a cada uno de los núcleos que componen el concejo de Noreña estará en el centro del PGO. Más allá de para todo el territorio y zonas adyacentes. 5. Diversificación económica. El territorio como soporte de actividades. La delimitación y normativa referente al Suelo No Urbanizable (SNU) se plantea pensando en la compatibilización de aprovechamientos agroforestales (en menor medida), y residenciales e industriales (cárnicas, sobre todo), lo que implica una diferenciación clara de los usos que se consideran vocacionales, sin que la expansión de unos aprovechamientos limite las posibilidades de supervivencia y mejora de los demás. En definitiva, se ha pretendido establecer parámetros urbanísticos adecuados para que diversificación económica, sostenibilidad y calidad territorial se refuercen entre sí. Por otra parte, el Plan no pierde de vista el contexto de crisis económica y la consecuente reducción de determinadas demandas que venían incidiendo sobre el territorio, con lo que supone de oportunidad para una ordenación más reflexiva y acorde con escenarios de expansión del edificado mucho más modestos. E. Ámbitos Aunque el ámbito propiamente dicho es el término municipal, en un PGO se manejan tres ámbitos o escenarios: 1. Geográfico o territorial. Regionales, metropolitanos y comarcales. La intermedia: el Área Metropolitana del Centro de Asturias (AMCA), que ocupa el 25 % del territorio regional y concentra al 75% de la población, 800.000 habitantes (Asturias: 1.000.000 de habitantes y 10.500Km2). La conforman 18 municipios. 2. Material o municipal El territorio objeto de este Plan es el concejo de Noreña, teniendo en cuenta los siguientes rasgos definitorios: - Su reducida dimensión (sólo 5,29 km²); su población de 5.289 habitantes; y que cuenta con 2.177 viviendas. - Y no deja de ser un “discontinuo incrustado” en el Área Central de Asturias. 3.Ámbitos locales Su configuración en cinco sub-ámbitos territoriales, de los que tres (La Pasera, Serrapicón y Otero) han de computarse en hectáreas, mientras que Noreña y La Felguera sólo totalizan 3,47 y 1,52 km², respectivamente. - Todos los sub-ámbitos están incrustados en el concejo de Siero, lo que necesariamente implica una ordenación concertada o complementaria de éste. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 17 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

- El sub-ámbito con situación más favorable es el de Noreña, más claramente relacionado en consecuencia con el núcleo central del espacio metropolitano asturiano, del que el concejo forma parte, con todo lo que ello significa en cuanto a funcionalidad, accesibilidad, tendencias y problemática. Es necesario señalar que entre Siero y Noreña existen ciertos conflictos respecto de los lindes de sus términos municipales. De hecho, nos encontramos con distintas delimitaciones según las fuentes empleadas, bien sea el catastro, la cartografía del Principado, la del Instituto Geográfico Nacional (en este caso incluso difieren según el año de edición del mapa), o las NSPM. Si bien en varios puntos existen desajustes, los más acusados se encuentran en La Barreda y El Berrón. De ahí que el Plan emplea una delimitación resultado del análisis de todas las mencionadas y de los ajustes apuntados por la corporación municipal. F. Referencias. Se recogen aquí las referencias más significativas; para el resto (fundamentalmente las bibliográficas) se remite al Programa de Trabajo y al Documento de Prioridades: 1. Legislativas Se refiere y comenta, organizada por niveles administrativos y la sectorial, mencionándose aquí sólo la más directa para el PGO (para el resto, véase Programa de Trabajo, diciembre 2006). - Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal (NSPM) del Concejo de Noreña, aprobadas definitivamente por la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Asturias (CUOTA) de fecha 25 de Marzo de 1988 (BOPA 23-VII-1992).

Límites municipales contemplados en distintas fuentes y el aplicado en el presente PGO

- Directrices Regionales de Ordenación del Territorio, Decreto 11/1991, de 24/01 (BOPA 23/II/1991). - Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural (LPC). - Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Asturias (TROTU), aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril (BOPA. núm. 97, 27/IV/2004). Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 18 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

- Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (BOE 29 Abril). - Decreto 278/2007, 4 diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (ROTU, BOPA 15/II/2008). - Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo (TRLS). 2. Documentales - Nomenclátores de población de Noreña y Asturias. - Reseña estadística de los municipios asturianos, años 1978, 1998 y 2002. - Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Asturias, Servicio de Publicaciones Principado de Asturias, Oviedo, 1993. - SADEI: Anuarios de la construcción; Censos de población y vivienda de 1991, 2001 y 2011; Cuentas económicas de la agricultura asturiana; etc. - Plan Director de Obras de Saneamiento del Principado de Asturias, 2002- 2013. - CONSEJERÍA DE CULTURA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (Inédito): “Carta Arqueológica de Asturias. Concejo de Noreña”. - INDUROT: Sistema de información de áreas inundables del Principado de Asturias, Ministerio de Medio Ambiente. - INDUROT: Zonificación del Suelo No Urbanizable, Principado de Asturias, Consejería de Infraestructuras y Política Territorial, 2001. - Cartografía Temática Ambiental del Principado de Asturias (CTAPA). - Catastros de Rústica y Urbana del Municipio de Noreña, Ministerio de Economía y Hacienda, 2014. - Delimitación de espacios fluviales en el concejo de Noreña, CHC y Tragsa, 2009. - Mapa Geológico 1:50.000 Serie Magna, Instituto Geológico y Minero de España, 1972. - Mapa Topográfico Digital del Principado de Asturias, escalas 1:5.000, 1995 y 2003. - Mapa Topográfico Nacional 1:25.000, Centro Nacional de Información Geográfica. - Mapas de peligrosidad y riesgo de inundación, Confederación Hidrográfica del Cantábrico, 2014. - Ortofoto: SigPac, 2003; PNOA, 2011. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 19 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

G. Bases cartográficas Se han empleado las siguientes bases: -Cartografía topográfica del Municipio de Noreña de escala 1:1.000, restituida a partir de un vuelo de 2004. Cabe mencionar que dicha base se encontraba aún en Sistema Geodésico de Referencia European Datum ED50 (ED50) con proyección UTM en huso 30; por ello se hizo necesaria su transformación al Sistema de Referencia oficial, el European Terrestrial Reference System 1989 (ETRS89); para ello se empleó la rejilla NTV2 para el cambio de datum entre ED50 y ETRS89 del Instituto Geográfico Nacional. Además, fue necesaria su actualización a partir de vuelos posteriores. -Catastro de rústica y de urbana de Noreña, de escalas 1/2.000 y 1/1.000, respectivamente de 2014. H. Estructura por clases de entidad Siguiendo la Resolución de 2 de septiembre de 2014, de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, sobre normalización de instrumentos de planeamiento y gestión urbanística para su incorporación al Registro de Planeamiento y Gestión Urbanística y su integración en el Sistema de Información Territorial del Principado de Asturias, el contenido del PGO queda estructurado a través de 20 clases de entidad en formato shapefile; de ellas 18 son aplicación directa de las definidas por la resolución y dos fueron añadidas: una para representar los Núcleos Rurales del concejo de Siero y otra para facilitar la representación de los elementos de CAU en escalas pequeñas. Se manejaron las siguientes clases de entidad:  a01_NR_Siero.shp  n01_AMBITO_INSTRUMENTO.shp  n03_SUELOS_URBANOS.shp  n04_suelos_urbanizables.shp  n05_suelos_no_urbanizable.shp  n06_nucleos_rurales.shp  n07_sistemas_generales_areas.shp  n08_sist_generales_lineales.shp  n09_quintanas.shp  n10_alineaciones.shp  n12_usos_pormenorizados.shp Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 20 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

 n15_unidad_gestion.shp  n19_viarios_proyectados.shp  n22_instrumentos_planeamiento.shp  n23_elementos_catalogados_areas.shp  n23_elementos_catalogados_areas_point.shp  n27_BIC.shp  n29_areas_prevencion_riesgos.shp  n30_dominios_publicos.shp  n31_servidumbres.shp I. Toponimia La Ley del Principado de Asturias 1/1998, de 23 de marzo, de uso y promoción del bable/asturiano (BOPA núm. 213, de 14 de septiembre de 2009), respecto a la toponimia establece que ésta tendrá denominación oficial en su forma tradicional. Para su aplicación se ha publicado el Decreto 112/2009, de 2 de septiembre, por el que se determinan los topónimos oficiales del concejo, al que se deben adaptar, entre otros, los mapas, planos y documentos oficiales. Así, en el presente PGO se emplean los topónimos listados en dicho decreto en el caso del poblamiento, si bien para los accidentes naturales (ríos, sierras, etc.) se siguen empleando la presente en cartografías anteriores al no entrar este contenido en el decreto. J. Autores El equipo [pro]yecta, compuesto por: -

Dirección de equipo/responsable de la contratación; Víctor García Oviedo, arquitecto.

-

Coordinación: Benigno Gómez López, arquitecto.

-

Metodología: Benjamín Méndez García, historiador y geógrafo.

-

Área de proyectos: Miriam González Blanco, arquitecta.

-

Área jurídica: Ignacio Adaro García, abogado.

-

Área ambiental: Marcos Ortega Montequín y Andrea de Con Palacio, geógrafos.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 21 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

-

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Área de patrimonio: Ignacio Valdés Álvarez y Mariano González Catalán, historiadores del arte; y Cristina Riveros Vera, historiadora.

Además, por dos áreas específicas, como asistencia técnica, de la ingeniería AIC: -

Área del agua e infraestructuras: Juan José González Fernández, ingeniero de caminos.

-

Área económica: Eloísa Fernández Delgado, economista.

0.1.2. DOCUMENTO DE PRIORIDADES (DP) Más allá de definir lo que entendemos por Revisión (a diferencia de modificación) lo que queremos dejar constancia, en este apartado, son dos cosas: primera que el plan que se presenta para la aprobación inicial en nada contradice al Modelo Territorial (y su Modelo de Desarrollo Municipal) contenido y definido en el Documento de Prioridades (es anterior a la aprobación del ROTU); y, por otro lado, se cumple todas las determinaciones contendidas en el TROU y ROTU. A. Revisión de las NSPM 1988/1992 De acuerdo con los artículo 99 del TROTU y 276 del ROTU, se entiende por Revisión de un Plan General de Ordenación…> De acuerdo con lo anterior, procederá una nueva revisión del PGO cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: -

Cuando se introduzcan alteraciones del Plan que afecten a la totalidad del territorio abarcado por el Plan o a un ámbito del mismo, las cuales supongan un cambio esencial del régimen urbanístico de la zona afectada con repercusión territorial en el resto de la ordenación establecida

-

Cuando se produzca una reclasificación de terrenos clasificados por el Plan como Suelo No Urbanizable sometido a algún régimen de protección o que constituya un núcleo rural.

Transcurridos diez años desde la aprobación definitiva del Plan se recomienda la realización de un análisis global de su contenido para determinar la conveniencia de su actualización, mediante Adaptación o Revisión, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: -

Aprobación de Directrices de Ordenación Territorial, Planes Territoriales Especiales o programas de actuación territorial cuyas determinaciones requieran para su ejecución la revisión de las previsiones del planeamiento municipal.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 22 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

-

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Variaciones en los indicadores básicos de población, empleo, capacidad económica municipal y otros semejantes cuya resolución requiera una alteración de las determinaciones del Plan General de envergadura superior a la admisible en los procedimientos de modificación puntual o revisión del programa.

Todos los cambios en las determinaciones de un Plan que no justifiquen su revisión, así como aquellos expresamente recogidos por la normativa urbanística, determinarán la adopción del procedimiento de modificación en las condiciones establecidas por los artículos 279 a 281 del ROTU. B. Documento de Prioridades (DP), 2008 En DP es anterior la elaboración, tramitación y aprobación del PGO. Así y todo dispuso de su información pública con sus sugerencias y observaciones correspondientes. Debemos ser conscientes que el DP se realizó en marzo del 2007 (es más fue la base para la emisión de Documento de Referencia por parte del órgano ambiental, CAMA) y responde a los criterios del PPT y del art. 78 del TROTU, ya que no existía en esos momentos el ROTU (diciembre de 2007). De tal manera, que nos interesa repasar sus apartados y dejar constancia que se mantienen en este documento para la aprobación inicial del PGO En nuestro caso, nos interesa dejar constancia de las siguientes cuestiones, a las cuales dio respuesta el DP. Dio respuesta y se siguen manteniendo en todos y cada uno de sus apartados :

1. El Documento de Prioridades de Ordenación que se exigía en los Pliegos de Prescripciones Técnicas (PPT): De tal manera, que aunque no existía el ROTU, sus contenidos son los del art.242 del mismo, actualmente. Esto nos permite enlazar, perfectamente, con el PGO. 2. El DP de marzo de 2007, y que da respuesta a lo apuntado en sus apartados: -

Al igual que pasa actualmente con el art.242 del ROTU (no hacen mención a estudios sectoriales y específicos), ya se tuvo que hacer estudios no previstos, para poder señalar los objetivos y el modelo territorial propuesto

-

Se deja constancia tanto de los objetivos del futuro PGO y que recogemos, como no podía ser de otra manera, en este DAI.

-

Aunque sea una obviedad todo el programa estratégico que conforman los objetivos del PGO están basados en la sostenibilidad.

-

Se aporta un programa estratégico que seguimos manteniendo en este texto (como se puede apreciar en su apartado correspondiente)

3. En cuanto al modelo territorial propuesto y al esquema de ordenación se define claramente siguiendo todos y cada uno de sus puntos: -

La estructura general y orgánica del territorio se mantiene en este DAI (lo denominábamos como ordenación jurídica)

-

El esquema de clasificación del suelo es calcado al del DP, con la salvedades propias de los Informes municipales y

-

La realización, en el tiempo, del enlace este de la ciudad posibilita una mejor movilidad.

-

Se aporta un inventario de patrimonio natural y cultural (el CAU se tramita en paralelo)

-

Se adoptan aquellos suelos donde se considera que son de urbanización prioritaria en la política de suelo y vivienda (en el documento que adjuntamos se desarrolla este apartado)

-

Se hace mención (muy por encima) de los procesos de renovación, y mejora urbana que se pueden dar en la villa de Noreña (actualmente con la ley denominada de las tres R –Rehabilitación, Regeneración y Renovación- se puede profundizar en la misma

Por último, y en cuanto a lo que hace referencia a la hoja de ruta de la tramitación se deja constancia de la misma. Tanto del PGO, del CAU y de la EAE.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 24 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

0.1.3. CONTENIDOS DEL DAI Por ello, la presente Memoria modula sus contenidos con estas premisas legalmente establecidas, optando por unificar la memoria informativa y justificativa para el tratamiento de las determinaciones que en casos son comunes y genéricas. Teniendo presente el hecho de dar cumplida respuesta a cada uno de las determinaciones establecidas por el artículo 179 del ROTU, sin dejar de lado cuestiones baladís, sobre las que dadas sus peculiaridades podría haberse evitado su tratamiento, posibilidad que ofrece el citado artículo 185 del ROTU (Pliego de Prescripciones Técnicas) Artículo 178.- Documentos del Plan General de Ordenación 1. Las determinaciones del Plan General de Ordenación a que hacen referencia las secciones anteriores se desarrollarán en los siguientes documentos: a) Memoria, que establecerá los objetivos del Plan, y contendrá las conclusiones de la información urbanística condicionante de la ordenación, y justificará el modelo elegido y las determinaciones de carácter general y de carácter específico establecidas. La Memoria se modulará en sus contenidos en función de las características del concejo y consiguiente nivel de desarrollo de sus determinaciones, e incluirá, en su caso, los pertinentes estudios complementarios sobre suelo, vivienda, tráfico y transportes. Asimismo analizará y justificará de forma especial la situación y las propuestas del Plan sobre la relación del concejo con su ámbito territorial, especialmente con los contenidos en el planeamiento territorial vigente. También incluirá un diagnóstico ambiental del concejo, fijando los indicadores de sostenibilidad. En todo caso, habrá de motivarse expresamente toda eventual falta de seguimiento de las determinaciones, contenidas en los instrumentos de ordenación del territorio y en la normativa sectorial aplicable, que solo tuvieran carácter indicativo (art. 65.a) TROTU). b) Normas urbanísticas aplicables a los distintos tipos de suelo, conteniendo las determinaciones de ordenación, programación y gestión, en su caso, así como la regulación de las condiciones y plazos de urbanización y edificación, con el grado de desarrollo propio de los objetivos y finalidades del Plan en cada clase de suelo (art. 65.b) TROTU). c) Planos de información y de ordenación del territorio comprendido, con la precisión y escala adecuadas para su correcta comprensión (art. 65.c) TROTU). d) Estudio económico y financiero, que contendrá la evaluación del coste de ejecución de las dotaciones urbanísticas públicas al servicio de la población y de las actuaciones públicas, con indicación del carácter público o privado de la iniciativa de financiación, justificando las previsiones que hayan de realizarse con recursos propios del Ayuntamiento. Su contenido será proporcionado a la complejidad de la ordenación y características del concejo (art. 65.d) TROTU). e) El Plan General de Ordenación podrá contener un Programa de actuación que establezca los objetivos y estrategia de su desarrollo a medio y largo plazo para todo el territorio comprendido en su ámbito, las etapas cuatrienales de desarrollo del Plan en el suelo urbanizable, plazos en que haya de darse cumplimiento a los deberes de cesión, equidistribución, urbanización, o plazos para convertir la parcela en solar, según el sistema de actuación, y plazos para edificar. En el supuesto de áreas sujetas a reforma interior, el plazo para la aprobación del planeamiento respectivo (art. 65.e) TROTU). Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 25 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

2. El Plan General de Ordenación podrá incluir Programas de Edificación o Rehabilitación Forzosa. 3. El contenido de la documentación se atemperará a las características del concejo, con los criterios del artículo 185. A. Contenidos del PGO, EAE y el CAU Que se concretan en: 1. Plan General de Ordenación (PGO) Se contienen en el artículo 65 del TROTU y el artículo 178 del ROTU, a modo de simple introducción de los mismos: - Memoria Informativa y Justificativa: art. 179 del ROTU. Cuyo contenido debe responder a las determinaciones establecidas en el artículo 179 del ROTU, el cual hace una extensa relación de aquellos aspectos a abordar en un documento como este; su cumplimiento se lleva a cabo de forma mimética, esto es, dando respuesta a cada uno de los apartados que en dicho artículo se contienen en el orden que los mismos aparecen. - Normas Urbanísticas: art. 181 del ROTU. Normas aplicables a las distintas clases de suelo; contiene las determinaciones de la ordenación: el qué, el cuánto y el cómo de cada suelo. - Planos de Información, Diagnóstico y Ordenación: art.182 del ROTU. Dan el soporte gráfico que hace entender las propuestas desarrolladas en el resto de documentos, sobre la base de la estructura de propiedad, siempre que ello sea posible. - Estudio Económico Financiero [Estudio de Sostenibilidad Económica]: art. 183 y 184 del ROTU. En cumplimiento de las determinaciones establecidas en el TROTU Y ROTU, evalúa el coste de ejecución de las dotaciones urbanísticas o actuaciones públicas, ponderándose el impacto de la actuación en las Haciendas Públicas afectadas por la implantación y el mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes. - Progrma de Actuación. Art.184 del ROTU. Consideramso que por su carácter discrepcional y apoyandodos en el principio de máxima sencillez y proporcionalidad, no es necesario. 2. Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) Por aplicación de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se conforma en los siguientes documentos:

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 26 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

Documento de Referencia (DR): Lo emite el órgano ambiental en abril de 2008, a partir de los datos contenidos en el Documento de Prioridades aceptado en marzo de 2007 (BOPA nº 70 de 26 de marzo 2008), en el que ya se adelantaban los contenidos y objetivos del PGO y CAU.

-

Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA): este es el informe objeto de la Aprobación Inicial. Documento elaborado en paralelo y que completa la información apartada en el PGO; sobre su contenido se realizan las consultas pertinentes.

-

Memoria Ambiental (MA): cuyo objeto es valorar la integración de los aspectos ambientales en la propuesta del PGO, analizando la previsión de los impactos significativos de la aplicación del PGO.

-

Incrustación de la Memoria Ambiental en el PGO. Una vez aprobada la memoria ambiental se acoplará las determinaciones del PGO, en aquellas cuestiones que le órgano ambiental haya considerado oportuno.

3. Catálogo Urbanístico (CAU) El contenido documental es regulado en el artículo 72 del TROTU y el artículo 211 del ROTU: - Memoria: Descriptiva y justificativa, en la que se establezcan los criterios de catalogación y el proceso de obtención de información para elaborarlo, así como la adecuación a la normativa urbanística y sectorial aplicable. - Planos: Situación del bien catalogado, con identificación de la parcela y representación de su entorno de protección, en su caso. - Fichas: De cada elemento catalogado. En las que se incluirá el nivel de protección, datos identificativos, fotografías, descripción de sus características constructivas, estado de conservación y prescripciones para mejorarlo, uso actual y propuesto. - Normas Urbanísticas: Incluirán los grados de protección, con expresión escrita del resultado pretendido. Individualizando cada inmueble catalogado, especialmente los de Protección Integral. Especial trascendencia tiene por su alcance y contenido el artículo 57 del TROTU, en el cual se deja constancia, a los efectos de su ponderación respecto del contenido de los documentos que conforman el Plan, el principio de máxima sencillez y máxima proporcionalidad: Su contenido es desarrollado por el artículo 185 del ROTU, en la misma línea. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 27 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

B. Memoria del PGO. Mención especial es el art.179 del ROTU, que hace referencia a la Memoria del PGO, y cuyo articulado ha sido la base para confeccionar este texto, con las salvedades siguientes, que iremos intercalando en su articulado, y dándole “máxima sencillez proporcionalidad” [teniendo como referencia los Pliegos de Prescripciones Técnicas (PPT)]:

Artículo 179.- Memoria 1. La Memoria del Plan General de Ordenación se dividirá en Memoria Informativa y Memoria Justificativa, sin perjuicio de la aplicación de los criterios que se introducen en el artículo 185 para dar satisfacción a los principios de máxima sencillez y proporcionalidad. 2. La Memoria Informativa describirá las condiciones y valores naturales, ambientales y culturales, las características demográficas y socioeconómicas y la situación de las infraestructuras del concejo. En particular, la Memoria Informativa describirá los siguientes aspectos: a) Síntesis histórica de la evolución demográfica y socioeconómica, con especial referencia al período transcurrido desde la aprobación del anterior instrumento de planeamiento general. Se realiza, como queda constancia el apartado correspondiente de esta Memoria. b) Planeamiento urbanístico vigente con anterioridad con el siguiente alcance: 1º. Descripción del planeamiento general anterior, incluidas sus modificaciones y el planeamiento de desarrollo derivado del mismo, indicando fechas de aprobación definitiva y de publicación. 2º. Grado de cumplimiento de dicho planeamiento. Como se puede apreciar queda claramente reflejado en la Memoria c) Análisis del planeamiento urbanístico vigente de los concejos limítrofes para justificar la necesidad o no de la congruencia de la clasificación y calificación de suelo con los terrenos colindantes de otros municipios. Ibídem d) Determinaciones establecidas por el planeamiento territorial y la planificación sectorial y su grado de vinculación. Ibídem. e) Análisis de la posible incidencia y de las afecciones impuestas por la legislación sectorial que sea de aplicación en el territorio objeto del Plan. Ibídem

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 28 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

f) Descripción, entre otros, de los valores naturales, paisajísticos, ambientales, históricos, científicos, arqueológicos y culturales que sean meritorios de algún tipo de protección Ibídem g) Aprovechamiento de que sea susceptible el territorio, desde el punto de vista agrícola, forestal, ganadero, cinegético, minero y otros. Se incluye en apartado que hace referencia al medio h) Descripción de los posibles riesgos naturales o tecnológicos que puedan concurrir en los del concejo. Ibídem i) Situación del dominio público, especialmente en lo que se refiere a las limitaciones y servidumbres que se deriven de su protección. Se incluye en el apartado del planeamiento territorial j) Análisis detallado de la formación y evolución de los núcleos urbanos y de los núcleos de población en el suelo no urbanizable del concejo y de sus peculiaridades urbanísticas y edificatorias. Se incluye en su apartado correspondiente: soporte k) Análisis de los sistemas de estructuración territorial existentes o previstos con incidencia supramunicipal y su conexión con las dotaciones urbanísticas municipales. En particular se tendrá en cuenta las servidumbres y limitaciones derivadas de ellos, con independencia de su titularidad pública o privada. Se incluye en su apartado correspondiente: sistemas l) Obras programadas y política de inversiones públicas que influyan en el desarrollo urbano o estén previstas en la planificación sectorial de las Administraciones públicas. Esta fuera de la escala de Noreña m) Estudios complementarios sobre suelo, vivienda, tráfico y transportes y aquellos otros aspectos que se consideren necesarios para plantear la nueva ordenación urbanística. Consideramos el de suelo y vivienda, el resto, no lo tenemos en cuenta por la escala de Noreña n) Resultado de los trámites de participación pública en el proceso de elaboración del Plan. Se incluye en el planteamiento por considerarlo sustantivo en la redacción de un PGO o) Cualesquiera otros aspectos que se consideren oportunos para un adecuado diagnóstico y una mejor propuesta de ordenación No consideramos nada reseñable que no esté incluido Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 29 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

3. La memoria justificativa del Plan General de Ordenación tiene como objeto fundamental señalar los principios y parámetros que inspiran la ordenación urbanística propuesta. Entre sus contenidos habrá de figurar: a) Justificación de la conveniencia y oportunidad de la formación del Plan General de Ordenación. Se sigue al pie de la letra b) Diagnóstico territorial, urbanístico y ambiental, que contendrá las conclusiones de la información urbanística derivada de la Memoria Informativa que ha de servir para plantear las diversas alternativas contempladas en la ordenación urbanística propuesta para el concejo. Lo adaptamos a nuestras circunstancias c) Objetivos y criterios de la ordenación urbanística propuesta de entre las que se plantean en el diagnóstico territorial, urbanístico y ambiental. Se sigue al pie de la letra d) Justificación del modelo territorial elegido y de la propuesta de ordenación urbanística plasmada en las determinaciones de carácter general y específico establecidas, contrastándolo con las determinaciones del planeamiento territorial vigente en función de su carácter de normas, objetivos o recomendaciones. En todo caso, habrá de motivarse expresamente toda eventual falta de seguimiento de las determinaciones contenidas en los instrumentos de ordenación del territorio y en la normativa sectorial aplicable, que sólo tuvieran carácter indicativo. Ibídem. e) Previsiones para el desarrollo de los sistemas generales. En particular: 1º. Para los relativos a servicios urbanos de abastecimiento y saneamiento se señalarán los estándares de consumo y vertidos que permitan el garantizar la suficiencia y adecuación de los mismos a la normativa sectorial, conforme a las previsiones de población y actividad del Plan. 2º. Se realizará un estudio de tráfico que evalúe la suficiencia de la red viaria existente a la que vayan a acometer los nuevos desarrollos de suelo urbanizable para, en caso contrario, establecer los nuevos sistemas generales o el refuerzo de los existentes que se precisen y que, en todo caso, deberán contabilizarse como gastos de urbanización. Se estructura siguiendo el esquema tradicional pero no consideramos la escala de Noreña para realizar el estudio de tráfico; es más, ni siquiera aparece en los PPT. f) Cuadros de síntesis de clasificación y calificación de suelo con, al menos, los siguientes contenidos: 1º. Superficies destinadas a cada una de las clases y categorías de suelo. 2º. En suelo urbano consolidado, número y denominación de las zonas de ordenanza distintas. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 30 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

3º. En suelo urbano no consolidado, número de unidades de actuación, aprovechamientos medio de cada una o, en su caso, su agrupación, junto con el sistema de gestión propuesto. 4º. En suelo urbanizable sectorizado, número de sectores, el aprovechamiento medio de cada uno y, en su caso, su agrupación para su desarrollo mediante planeamiento de desarrollo. 5º. Sistemas generales propuestos, en su caso, su vinculación a suelo urbano no consolidado o suelo urbanizable sectorizado y el modo de obtención de los terrenos. 6º. Ámbitos previstos para su desarrollo mediante Estudios de Detalle o Planes Especiales. Se desarrolla en todos y cada uno de sus apartados. g) Definición y justificación de los coeficientes de ponderación propuestos entre los distintos usos para el cálculo del aprovechamiento medio. Justificadamente, dichos coeficientes podrán ser modificados por el planeamiento que establezca la ordenación detallada. No se utilizan estos coeficientes, aparecen en las Normas Urbanísticas, cuyo valor es 1. h) Planeamiento de desarrollo que se asume por el nuevo Plan General de Ordenación. Lo incluimos, detalladamente, en las Normas Urbanísticas i) Señalamiento de las circunstancias con arreglo a las cuales sea procedente, en su momento, la revisión del Plan. Lo incluimos, detalladamente, en las Normas Urbanísticas siguiendo las determinaciones del art.99 del TROTU y 276 del ROTU En definitiva, y como se puede observar, cumplimos en la Memoria, las determinaciones del art.199 del ROTU. De igual manera lo hacemos para La Normas Urbanísticas, art. 181 del ROTU, Loa planos art. 182 del ROTU, El Estudio Económico Financiero 183 del ROTU, Programa de Actuación, art.184 del ROTU, no lo consideramos oportuno aunque la decisión última es municipal.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 31 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

0.2.MÉTODO: CONCEPTOS Y PROCESO El paisaje como mirada, síntesis y método Como esquema metodológico general, hay que recordar que la redacción del PGO es un proceso en el que interviene el Ayuntamiento, como promotor, y participan tanto las instituciones concernidas como la ciudadanía en general, además del equipo redactor. Pero, y además, con la máxima importancia se encuentran las políticas sectoriales que afectan al ámbito espacial del concejo. En todo caso, cada documento o etapa del proceso de planificación sirve de base al siguiente, de manera que parte de los materiales en los que se concreta se incorporan, completados o adaptados cuando procede, mientras que otros sólo forman parte de alguna de las sucesivas “entregas”, evitando las reiteraciones que no se consideran imprescindibles. Se trata de soslayar sobre el papel, en todo caso, tanto la reiteración textual como la diferenciación clásica entre información y ordenación, procurando la integración de ambas fases del proceso para sustentar una planificación coherente. Por otra parte, el presente DAI es el primero que puede considerarse propiamente PGO, siendo los anteriores previos, aunque necesarios para concretar directrices y estrategias territoriales en éste. En tal sentido, en el presente capítulo se formulan sintéticamente los planteamientos generales que sustentan la ordenación como base sobre la que se asientan los contenidos preceptivos. 0.2.1. INSTRUMENTOS BÁSICOS A. Paisaje (Imagen) Se parte de que el Plan asuma los postulados jurídicos y políticos de la Convención Europea del Paisaje 2000, en el sentido de que todo territorio es paisaje y de que cada territorio se manifiesta en la especificidad de su paisaje. Se trata de un enfoque relativamente innovador en el sentido de que se considera al paisaje como una cualidad de todo el territorio, no contemplando separadamente sólo determinados paisajes destacados por sus rasgos naturales; además, se considera el paisaje como un componente de la calidad de vida de los ciudadanos y una demanda social. Son razones que impiden disociar paisaje y gestión del territorio; una gestión que ha de integrar paisajísticamente los cambios, potenciando los valores relacionados con el uso sostenible del territorio. Con todo, debe partirse del hecho de que los enclaves noreñenses se asientan dentro del área metropolitana central asturiana, donde los límites municipales apenas se corresponden con los límites físicos que el territorio presenta. De todos modos, y especialmente en el caso de la parroquia de Noreña, la actividad humana ha ido “dibujando” a lo largo del tiempo ciertos caracteres diferenciadores de su entorno, que son los que deben potenciarse por su singularidad y por otorgar una personalidad concreta a la Villa condal. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 32 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

B. Ambiente (Protección). El planeamiento constituye un instrumento básico en la configuración de un modelo territorial sostenible, potenciando los enfoques ecológicos y tomando en consideración la capacidad de carga del territorio. En tal sentido, el desarrollo urbanístico sostenible planteado combina las necesidades de crecimiento con la preservación de los recursos naturales y de los valores paisajísticos, arqueológicos, históricos y culturales, de tal manera que se garantice la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras. Por eso, para el desarrollo urbanístico sostenible de Noreña se plantean modelos de ocupación del suelo que evitan la dispersión en el territorio, que favorecen la rehabilitación y la renovación del hábitat y la preservación y la mejora de los sistemas de vida tradicionales en las áreas rurales, y, en definitiva, que favorecen la cohesión social. Así, para dar respuesta a estos planteamientos, se parte del análisis y establecimiento de protección a aquellas áreas susceptibles de episodios naturales catastróficos y/o cuyos caracteres naturales y conservación los configura como espacios de alto interés ambiental. Del mismo modo, se pretende que el edificado se estructure de un modo compacto, que evite el uso abusivo de un bien no renovable como es el suelo y que limite el consumo de energía y agua. C. Territorio (Urbano) Es evidente que la incrustación de un concejo en el centro del centro de Asturias condiciona, desde el principio, cualquier valoración que se haga del mismo. Además, hay que tener en cuenta que su configuración espacial no deja de ser un “accidente” histórico; de tal manera que muchas de sus demandas no dejan de ser exógenas y hay que tenerlas en cuenta. Fundamentalmente hay que valorarlo desde una triple perspectiva: rural, urbano y rural-urbano. Si consideramos su pequeña dimensión no hará más que confundirnos y llevarnos a un callejón sin salida. Por lo tanto, debe tenerse una visión territorial, más allá de la urbana que viene condicionada por el objeto del encargo. 0.2.2. PREMISAS Y PROCESO A. Premisas (síntesis) Bajo tales perspectivas, la metodología aplicada se ancla en las siguientes premisas: -

La escala del municipio, que es el segundo menor de España (tras Mondariz Balneario, Pontevedra) y el menor de Asturias, pero que dentro del Área Central se ha consolidado como un espacio de gran dinamismo económico, demográfico y edificatorio.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 33 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

El objeto del proceso: la adaptación de la Normativa Urbanística vigente a las nuevas condiciones legales (TROTU y ROTU, entre otras) y la integración y adaptación de normativas de rango supramunicipal, ya sean de ámbito regional, nacional o europeo. Es el caso de las Directrices de Ordenación del Territorio, el Inventario Regional de Patrimonio, la Directiva Hábitats, la protección de cauces de la Confederación Hidrográfica del Norte, etc.

-

Las Unidades Paisajísticas, que tras el diagnóstico recogido en el Documento de Prioridades (donde se definieron como unidades territoriales) pasaron a constituir el armazón del Plan en la misma medida en que son el resultado de la configuración geohistórica del concejo.

-

La integración del Catálogo Urbanístico, elaborado simultáneamente al Plan.

-

La evaluación ambiental, que precondiciona la ordenación física del territorio, al tomarse en consideración las directrices para el ISA del Documento de Referencia (emitidas sobre la base del Documento de Prioridades) y la necesaria previsión para que el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) resulte favorable, teniendo en cuenta que tal Informe es un instrumento de identificación, descripción y evaluación de los efectos significativos probables sobre el medio que pudieran derivarse de la aplicación del Plan (Ley 9/2006).

-

El diagnóstico estratégico y el consecuente Modelo Territorial Futuro que se estableció en el Documento de Prioridades y que queda matizado con los resultados de la prescriptiva participación institucional y ciudadana.

-

La relación con los agentes institucionales relacionados con el Plan, para la concreción de la ordenación del concejo, especialmente con la Corporación local, así como con la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, la Consejería de Educación y Ciencia o el Ayuntamiento de Siero, entre otros.

B. Procedimiento (composición) Se sigue un proceso que definiremos de mixto, con las siguientes características: -

En general, se utiliza el esquema clásico de parte descriptiva- informativa, diagnóstico y propuestas, pero en algunos apartados de este Documento de AI el diagnóstico de aspectos concretos va en el bloque correspondiente de propuestas, también concretas.

-

Se procura evitar así la repetición de contenidos, cuando del diagnóstico se deduce inseparablemente la propuesta correspondiente de ordenación y, además, permite el control por parte de las administraciones actuantes. En concreto, es la parte que hace referencia al ambiente, patrimonio, el agua y las dotaciones.

-

Es inevitable que el suelo no urbanizable, por lo mencionado anteriormente, centre el análisis de una manera particularizada; es más, hay que justificar (objeto fundamental de la Memoria) las razones para incorporar parte del SNU en el proceso urbanizador, al ser un bien particularmente escaso en Noreña.

Como es evidente, todo lo anteriormente descrito se contrasta con las NSPM1988/1992, actualmente vigentes, máxime cuando en el momento de su redacción y aprobación, el País (y la Comunidad otro tanto) estaba al margen de los Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 34 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

debates actuales: calidad ambiental y crecimientos sostenibles, más allá de las directrices europeas y las políticas sectoriales. Y, por último, la participación ciudadana, que va más allá de la calidad democrática; si no que es parte de la propia metodología; como Diagnóstico Participado. (Pero, además, nos sirve como parte de la interrelación entre el Plan, la Evaluación Ambiental y el Catálogo).

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 35 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

MEMORIA INFORMATIVA Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 36 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

I. LA HISTORIA URBANA Y EL PATRIMONIO CULTURAL Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 37 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

I. 1.HISTORIA: ANTECEDENTES URBANOS La conformación del concejo como hecho discontinuo en el Centro de Asturias El estudio de la Historia del concejo resulta relevante por cuanto implica el análisis de la dinámica económica y social del concejo, que se traduce no sólo en la huella que ha dejado en el espacio geográfico sino sobre todo porque facilita, discerniendo constantes y tendencias, la toma de decisiones de ordenación. Y ello no sólo en cuanto a las líneas y directrices estratégicas sino también en el detalle de la ordenación, complementado por las prescripciones que resultan del Catálogo Urbanístico. La mayor de las particularidades del concejo es la de hallarse dentro del territorio de otro, el de Siero, constituyéndose en varias unidades aisladas: el histórico condado de Noreña, en el centro de Siero; y otras dos demarcaciones de menor tamaño, La Felguera (Celles), al norte de núcleo histórico, y La Pasera (Santa Marina), limítrofe con Langreo. Estas peculiaridades geográficas sólo pueden ser explicadas atendiendo al desarrollo histórico y condicionan decisivamente la ordenación del territorio. I.1.1. CONFORMACIÓN DEL TERRITORIO El concejo tiene su origen en la consolidación administrativa de un enclave señorial de la baja Edad Media (un coto y sus pertenencias anexas). Esta particularidad tiene especial incidencia en la organización contemporánea del territorio, así como en la entidad y características del patrimonio históricoartístico, en cuanto a que está ligado en cierta medida a las distintas familias y dignidades que ostentaron el cargo de conde a lo largo de los distintos períodos de su historia. A. Orígenes En las etapas precedentes de su historia no hay ningún dato particularizado respecto de la evolución de Siero. Sin embargo, sobre la posible humanización en la época prehistórica apenas se cuenta con ningún vestigio. A pesar de esta circunstancia, teniendo en cuenta las características de Siero, parece lógico deducir que estas tierras fueron lugar de habitación de los primitivos pobladores de la región. En este sentido, los primeros indicios documentados de asentamientos prehistóricos Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Detalle de la división territorial municipal en el s. XVIII. Noreña no aparece independiente de Siero. Tomás López

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 38 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

corresponden a hallazgos y vestigios del neolítico (de hace unos cinco milenios) localizados en La Pasera. El camino de peregrinación a San Salvador de Oviedo (anteriores al s. VIII), anterior a la compostelana, que aún hoy se mantiene en la memoria urbana (Calle Camino del Peregrino, Plaza de la Cruz), se presenta como eje vertebrador del primigenio asentamiento medieval. Con el tiempo a lo largo de dicho eje se fueron instalando distintos puntos de atracción como son la Iglesia parroquial y la Capilla del Ecce Homo. Hasta el momento ha sido imposible establecer con exactitud el origen y/o evolución temprana de los límites territoriales de este concejo. Todos los especialistas coinciden en afirmar que el nombre de Noreña, como topónimo delimitador de un territorio, no aparece en ningún documento hasta comienzos del siglo XII. Existió con anterioridad el topónimo relativo al río (hay escritos que hacen referencia al río Noreña ya en el siglo X), pero referido a un lugar poblado no aparece hasta 1151. B. Condado de Noreña La constancia documental de este territorio como independiente y con jurisdicción propia no comienza hasta el siglo XIV, vinculado al linaje de Rodrigo Álvarez de las Asturias. A comienzos del s. XIV el pequeño solar de Noreña se segregó de la demarcación administrativa de Siero, territorio que acababa de incorporarse al ya vasto patrimonio de los Álvarez de las Asturias. De este período se conoce el emplazamiento del palacio-fortaleza o casa de armas de los Álvarez de las Asturias (cerca de la actual iglesia), desde el que se controlaría el territorio de Noreña, y cuyos restos en el s. XIX aún eran perceptibles. Noreña constituía, por tanto, un coto señorial laico en manos del linaje originario de aquel lugar, que contaba con “so casa fuerte” en el solar contiguo a la iglesia parroquial. A la muerte de Rodrigo Álvarez (1369), el señorío de Noreña ocuparía más o menos el territorio que se dibuja en la actualidad. Más tarde, el conde Alfonso fue desposeído de sus señoríos en Asturias en el año 1382 tras enfrentarse a su hermano el rey Juan I. Como consecuencia de ello fue desposeído. El rey hizo merced de los bienes confiscados, entregando el condado al Obispo D. Gutierre, e incorporando a la corona el resto de los bienes. A partir Trazado de la vía romana desde el oriente de Asturias hasta de entonces los sucesores en la silla episcopal ovetense fueron Lucus Asturum FERNÁNDEZ OCHOA, C., Asturias en la época condes de Noreña con facultad de cobrar tributos, nombrar romana, 1982, pp. 53-55. alcaldes y demás cargos del señorío, corriendo en adelante la Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 39 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

historia de este condado pareja a los dictados de los obispos de Oviedo y segregándose, de facto, de la demarcación territorial de Siero (concejo de realengo). Fue en ese momento cuando se determina la peculiar configuración territorial de Siero, el único concejo que alberga en su interior otro término municipal. Por lo que se refiere a la población del territorio, pocos son los documentos que dan noticia de ella hasta los siglos XVII y XVIII, en los que los diversos recuentos de población de que se dispone revelan un constante incremento demográfico: 192 vecinos (19 forasteros) en el año 1626; 361 en 1703 y 395 a mediados del siglo XVIII. C. Conformación del Concejo La situación jurisdiccional del territorio de Noreña no variaría hasta el siglo XIX, cuando, por decreto de 1826, desaparecieron los cotos jurisdiccionales de señorío, entre ellos Noreña (y sus lugares agregados), que perdía el carácter de Ayuntamiento con que contaba bajo el señorío obispal y pasaba a integrarse en el municipio de Siero, desde el 1º de enero de 1827. El título de conde de Noreña, desde el mencionado decreto de 1826, pasó a tener un mero carácter honorífico hasta 1954, fecha en la que desaparece, siendo el último conde monseñor Francisco Javier Lauzurica. El 19 de enero de 1834 (a diferencia de los otros lugares de antigua jurisdicción señorial como La Paranza, Marcenado o San Juan de Arenas) alcanzaría su independencia jurisdiccional, conservando los cotos que le pertenecían (La Felguera y La Pasera).

Grabado con el castillo de Noreña. FANJUL CABEZA, J.M., http://personal.telefonica.terra.es/web/midominiodeespacioweb/ web/pagina.htm

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

C/ Fray Ramón en la primera mitad del s. XX.

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 40 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

I.1.2. PROCESO DE INDUSTRIALIZACIÓN Para comprender la situación socio-económica actual del concejo de Noreña es imprescindible remontarse al surgimiento de las primeras actividades industriales, previo análisis de los antecedentes que enmarcan la aparición de las primeras industrias cárnicas o chacineras. A. Industrialización En el siglo XIX, a la par que se logra la independencia jurisdiccional, se produce en Noreña el despegue económico ligado a un primitivo desarrollo que no puede considerarse aún industrial pero que introduce ya algunos elementos que preludian la misma. Pronto a la tradicional artesanía del calzado, cuyos orígenes se remontan al siglo XVI intentó incorporar algunos de los avances derivados de la industrialización (avances que no eran ajenos a la región, pues ya en 1784 se empleó en Noreña la máquina de coser por primera vez). En la primera etapa de la industrialización asturiana, es la industria del curtido del cuero la actividad emblemática de Noreña. La de los zapatos fue industria tradicional, en manos de gremios; una anécdota histórica ilustra su pasado esplendor; se cuenta que el rey Carlos III, en conversación con el arzobispo de Sevilla, Alonso Marcos de Llanes, natural de Noreña, se había referido a su villa natal como una “insignificante aldea de Asturias”, a lo que replicó el noreñense: “Cierto, pero no lo será tanto cuando tiene doscientos zapateros”. La elaboración artesanal de productos cárnicos y chacineros también era una actividad sustantiva, aunque en menor medida. Las carnes frescas, saladas, secas o embutidas, no sólo abastecían las tres grandes ciudades de la región, sino que prácticamente monopolizaban todos los núcleos importantes de población de las cuencas carboníferas asturianas, llegando también fuera de Asturias. A este despegue contribuyó la apertura de las líneas de ferrocarril Gijón-Pola de Laviana en 1856 (Ferrocarril de Langreo) y Oviedo-Infiesto en 1891 (Compañía de los Ferrocarriles Económicos de Asturias). La primera de ellas de ancho internacional atravesaba el concejo procedente de Gijón de norte a sur, aunque Noreña no contó con apeadero propio hasta 1903. Hasta entonces los vecinos e industriales de la Villa precisaban desplazarse hasta la cercana estación de El Berrón. En este sentido, la segunda línea, de Oviedo-Infiesto, ésta ya de trocha métrica, fue programada sin tener en cuenta las necesidades del concejo de Noreña, puesto que su trayecto se proyectó aprovechando la topografía de la cuenca del Nora y la existencia previa de la estación de El Berrón. Aun así, su apertura supuso una mejora de las comunicaciones de la industria noreñense, facilitando el transporte y la salida de los productos cárnicos y chacineros primero a la capital (Oviedo) y después por todo el norte peninsular (Santander, Bilbao, San Sebastián). Por otra parte, aunque la especialización industrial de Noreña en las actividades relacionadas con la chacinería produjo el declive relativo del curtido y de la industria zapatera, todavía en 1944 se facturaban anualmente más de 5.000 pares, además de guarnicionería general. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 41 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

B. Transformación socio-económica reciente Durante la segunda mitad del siglo XX y de manera especial durante las dos últimas décadas de la centuria, Noreña vivió una transformación económica que se ha hecho perceptible también en su dinámica demográfica y social. El desarrollo de nuevas actividades económicas ha discurrido, no obstante, en paralelo al mantenimiento de los tradicionales sectores de la actividad industrial del concejo, permitiendo consolidar una producción más diversificada y competitiva. En términos poblacionales, Noreña se ha mostrado también como un concejo muy activo, habiendo incrementado su población, gracias al reflujo de habitantes proveniente de concejos vecinos y de fuera de Asturias. Hoy es una villa en la que dominan claramente los servicios (la mitad de los empleos), pero en la que la industria alimenticia sigue siendo la principal y característica actividad, con casi la cuarta parte del total de empleos. Las fábricas de productos cárnicos, las de curtidos de cuero y el trabajo artesano de este material fueron secularmente su seña de identidad. Las carnes frescas, saladas, secas o embutidas, no sólo abastecían a las grandes ciudades de la región, sino que prácticamente monopolizaban el mercado y en pocos lugares de España se desconocían sus embutidos, que también cruzan el Atlántico y llegan a varios países americanos. I.1.3. TRANSFORMACIÓN DE LOS ÚLTIMOS TIEMPOS Del primitivo núcleo de la Villa no se conserva ninguna edificación. Los vestigios arquitectónicos más antiguos son a su vez los más significativos, siendo estos los palacios de Rebollín y Miraflores, la Torre del Reloj, la Iglesia de Santa María o alguna casa de labriego, como la de Adriano Díaz, todas ellas construcciones cuyos orígenes no van más allá de los siglos XVI o XVII. Durante el periodo de mayor apogeo industrial (mediados del XIXmediados del XX) se produce el gran cambio en la morfología urbana de Noreña. Las antiguas edificaciones y las pequeñas fábricas dedicadas a la manufactura artesanal del calzado dan paso a nuevos inmuebles dedicados a albergar mayor cantidad de trabajadores, procedentes de las más diversas áreas de la región y atraídos por la floreciente industria noreñense. Con el fin de albergarlos se construyeron viviendas plurifamiliares (algunas de ellas financiadas por los propios empresarios, como las viviendas de la calle de la iglesia), en ocasiones con dos alturas, como las de las calles Regino Escalera y Pío XII. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Casas para obreros en la C/ de La Iglesia.

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 42 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

La actividad chacinera desarrollada en la Villa ha condicionado su estructura urbana así como las tipologías edificatorias predominantes o la aparición de elementos arquitectónicos característicos, como los pequeños vanos en los altillos de algunas casas para secar los embutidos, observándose aún hoy la convivencia de tipologías edificatorias mixtas con usos industriales y residenciales en una misma parcela. En la actualidad aún se puede observar el rastro de la actividad cárnica en la trama urbana de Noreña; y aquella que no se encuentra en el propio centro urbano sigue manteniendo su impronta en la vida urbana debido a las escasas dimensiones del municipio. Los malos olores que algunas industrias producen es en estos momentos uno de los principales problemas urbanos sin resolver. Instalaciones de la Fábrica de La Luz, abiertas en 1913, eran Como huellas de estas actividades aún se conservan fábricas por entonces las más modernas y mecanizadas. fundadas a finales del siglo XIX y principios del s. XX, que poco a poco fueron sustituyéndose por modernas instalaciones. Sucedió así con el matadero municipal que había constituido el punto culminante en el desarrollo de este tipo de industria con su construcción en 1944, ya que suponía la centralización de las diversas labores asociadas. Algunos otros ejemplos de esta especializada producción y su renovación paulatina lo constituyeron fábricas como curtidos Lorenzo Villa, que estuvo situada junto al ayuntamiento, o la fábrica La Carmina, de la familia Valdés Rionda, siendo las más destacadas, la fábrica de La Luz, o la de los hermanos Köpke, de la casa Ya, en el barrio de La Reguera (hoy sobre la parcela se levanta el CDISI, centro educativo privado). Durante el siglo XIX se produce el ensanche de la Villa hacia espacios hasta entonces poco tocados, con edificaciones como las de la Iglesia (donde aún puede verse en algunos inmuebles la fecha de construcción) o la calle Sorribas. Durante este siglo hacen aparición dos importantes infraestructuras que han condicionado el desarrollo urbanístico de la Villa: la carretera carbonera (1842) hoy AS-246, y el ferrocarril de Langreo (1856) en la actualidad FEVE. Ambos elementos han venido haciendo las veces de barreras para la expansión de la Villa hacia el este. A ello se suma la disposición del cauce del Noreña lo que ha condicionado que buena parte de los crecimientos residenciales de la Villa se han canalizado por el sur, teniendo como eje la calle Nueva. Reconstrucción del paso del Ferrocarril de Langreo entre San Martín de Cines y Rebalde. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Han sido los últimos 100 años cuando la población de Noreña ha experimentado un mayor crecimiento: Según los datos catastrales

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 43 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

en 1900 el municipio albergaba 2.048 habitantes y 455 inmuebles, dato que en tan sólo cuarenta años había experimentado un fuerte incremento al contar en 1940 con 2.562 vecinos y 594 inmuebles. A pesar de contar con casi tres mil vecinos, Noreña no dispondrá de agua corriente pública hasta la década de los cincuenta. Será durante el último cuarto del siglo XX y principios del siglo XXI cuando la población aumente de forma exponencial al llegar durante el 2008 a los 5.289 habitantes y 1.889 inmuebles. Este último desarrollo queda reflejado urbanísticamente con la aparición de nuevas zonas residenciales a partir de los noventa: los Vayones, La Mata, el Rebollín o la zona que engloba la calle Condado de Noreña. Estos crecimientos se han concentrado en la periferia de la Villa, surgiendo en todas ellas nuevas tipologías edificatorias. Aparecen así las viviendas unifamiliares adosadas, como las del barrio de La Mata o del Rebollín; encontrándonos asimismo soluciones habitacionales con mayor aprovechamiento, como las viviendas en bloque en la calle Nueva. Entorno al “Espinero”, lugar donde se ubicaba el antiguo macelo municipal, se ha optado por soluciones mixtas, levantándose viviendas unifamiliares y bloques de baja densidad. En otros casos nos encontramos con la aparición de urbanizaciones periféricas, caso de Los Vayones, caracterizadas por una total falta de adaptación morfológica urbana y tipológica con el entorno semirural donde se ubican. Durante la segunda mitad del s. XX se incorporaron a la trama urbana distintas dotaciones y nuevas industrias que han contribuido a una nueva distribución urbana. Un signo de progreso fue la traída de agua pública en 1954. Hasta entonces el abastecimiento era explotado, desde 1929, por la familia Rionda. Su municipalización hizo que se mejorara el servicio, aumentando el caudal de la traída, hasta entonces bastante escaso, lo que favoreció a la floreciente industria. En 1960 se inauguró el Instituto de Enseñanza Secundaria, ocupando una parcela frente a la iglesia y Cementerio, en origen propiedad episcopal. Por esa época, el por entonces alcalde de Noreña Alejandro Ortea decidió comprar para la corporación municipal unos terrenos en los Riegos. En 1970 se construye el nuevo Matadero Central, abriéndose una nueva área con vocación industrial al oeste de la Villa, en los márgenes de la Calle Oviedo. En la década de los ochenta, dentro de una coyuntura económica local favorables se levantan nuevas y La villa en 1920. Instituto Geografico y Estadistico, 1920 modernas instalaciones deportivas (polideportivo, 1982), que se (Archivo Historico de Asturias) establecen en los terrenos municipales comprados dos décadas antes en Los Riegos; y ya en 1993 se ubican los talleres DAF, al otro lado de la As-246, lo que propició la aparición en la Villa de un nuevo área industrial a ambos márgenes de la AS-246. En definitiva, Noreña ha crecido partiendo de un poblamiento disperso en los márgenes de un camino que comunicaba Oviedo con el oriente de Asturias, transitado habitualmente por peregrinos que hacían el camino hacia la Catedral del Salvador en Oviedo, lo que ha dejado más de un vestigio en la toponimia del núcleo. La situación estratégica, a pocos Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 44 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

kilómetros de la capital asturiana, y en los márgenes del río Noreña, hizo que pronto fuera un territorio disputado por la nobleza y el poder real. Los sucesos históricos hicieron que acabara en manos de la mitra ovetense. La llegada de la carretera carbonera primero y el Ferrocarril de Langreo después, son dos hitos históricos que han condicionado el crecimiento del núcleo que, por la orografía y el nuevo cinturón creado, éste se ha realizado exclusivamente hacia el oeste. La industrialización y el progreso económico continuado ha propiciado que durante el siglo XX Noreña haya sido urbanizada más intensamente, de forma que aun preservando el entramado viario irregular del pasado, han ido apareciendo equipamientos, dotaciones, infraestructuras y unidades edificatorias propias de un área urbana. Aun así sigue preservando una imagen de cierta calidad ambiental urbana, potenciada por el predominio de tipologías edificatorias de poca densidad y entrañable estética.

Noreña 1955 (Gaspar Fdez. Cuesta, El espacio urbano de Pola Siero, Noreña y Lugones. Geografía de Asturias, La Nueva España)

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 45 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

I.2.PATRIMONIO: LOS BIENES INVENTARIADOS El patrimonio natural y cultural La Ley 1/2001, de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias (LPC), establece la obligación de incluir dentro del PGO determinaciones generales sobre aquellos bienes inmuebles que por su interés histórico, artístico, arqueológico, etnográfico, o de cualquier otra naturaleza cultural, merezcan conservación y defensa. Para llegar a conformar el Inventario que desarrolla, en paralelo, el Catálogo Urbanístico, hace falta detallar el registro de los elementos que se encuentran en estos momentos amparados por diferentes figuras jurídicas. I.2.1. PROTECCIÓN SEGÚN NIVELES A. NSPM1988/1992 Las Normas Subsidiarias del municipio de Noreña (BOPA 23.07.1992) establecieron una relación de edificaciones que deben ser conservadas por su valor histórico, artístico o medio-ambiental, como elementos urbanos que constituyen piezas importantes del legado histórico. Igualmente establecieron la prohibición de realizar cualquier tipo de obra sin autorización previa de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en aquellos lugares en los que existieran o se presupusiera la existencia de yacimientos arqueológico o paleontológicos. A tales efectos, sin entenderla como cerrada, adjuntaban la siguiente relación:  Yacimientos: “El Fiensu" en la parroquia de Santa María de la Pasera.  Estructuras funerarias: “El Fiensu" en la parroquia de Santa María de la Pasera. Para el resto de los bienes inmuebles, las Normas establecieron tres categorías de protección y el listado de elementos o conjuntos Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Plano de áreas sujetas a protección ambiental según NNSS de Noreña (BOPA 23.07.1992)

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 46 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

objeto de cada categoría de protección que se relacionan a continuación. 1. Protección integral En la categoría Integral se protege la totalidad de cada edificación en ella incluida, preservando, por tanto, sus características arquitectónicas, su forma de ocupación del espacio y los demás rasgos que contribuyen a singularizarlo como elemento integrante del patrimonio edificado.  Grupo escultórico de Pedro Alonso Bobes.  Iglesia Parroquial de Noreña.  Palacio de Rebollín o de los Llanes.  Kiosco de música.  Torre del Reloj.  Palacio de Miraflores  Capilla del Ecce-Homo.  Colegio Educación Especial.  Chalet de la Familia Rionda.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 47 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

2. Protección estructural En la categoría Estructural se protege la apariencia del edificio y se favorece la conservación de los elementos básicos que definen su forma de articulación, uso u ocupación del espacio. C. Mártires de la Cruzada, 1 C. General Acevedo y Pola, 2 C. Mártires de la Cruzada, 2 P. Fray Ramón, 1 C. Mártires de la Cruzada, 18 P. Fray Ramón, 5 P. Fray Ramón, 17 P. Fray Ramón, 29 PI. Eulalia del Busto, 7 C. Sorribas, 5 C. Sorribas, 9 C. Sorribas, 15 C. Sorribas, 25 C. de la Iglesia, 33 C. Camilo Alonso Vega, 12 Pl. del Generalísimo, 5 Pl. del Generalísimo, 4 Pl. del Generalísimo, 5 C. Doctor Cuesta Olay, 2 C. Doctor Cuesta Olay, 6 C. Doctor Cuesta Olay, 8 C. Doctor Cuesta Olay, 12

C. Doctor Cuesta Olay. 18 C. Doctor Cuesta Olay. 20 Pl. del Generalísimo, 1 P. Fray Ramón, 16 P. Fray Ramón, 18 P. Fray Ramón, 4 C. Isla de Cuba, 6 P. Fray Ramón, 6 P. Fray Ramón, l2 Pl. de La Cruz, 2 Pl. del Generalísimo, 9 Pl. del Generalísimo, 10 Pl. del Generalísimo, 11 Pl. del Generalísimo, 7 Pl. del Generalísimo, 2 C. Ramón Pérez de Ayala, 6 C. Ramón Pérez de Ayala, 8 C. del Reloj, 14 C. Pedro Alonso, 11 C. Pedro Alonso, 13 C. Pedro Alonso, 8 C. Pedro Alonso, 10

C. Pedro Alonso, 22 Pl. de La Cruz, 10 Pl. de La Cruz, 13 Pl. de La Cruz, 15 C. Socarrera, 7 Pl. de La Cruz, 18 Pl. de La Cruz, 19 C. Pío XII, 13 Avda. Flórez Estrada, 1 Avda. Flórez Estrada, 9 Avda. Flórez Estrada, 11 C. Pío XII, 2 C. Regino Escalera, 4 C. Truébano, 2l C. Truébano, l7 C. Truébano, 5 C. Peregrino, 18 C. La Soledad, 12 C. de La Mata, 2 Cn. Peregrino, s / n .

3. Protección ambiental En la categoría Ambiental se protege el conjunto del ambiente urbano, evitando las actuaciones que pudieran atentar contra la trama y la calidad imperante en los edificios protegidos y defendiendo la armónica integración entre lo nuevo y los elementos arquitectónicos incluidos en los niveles Integral y Estructural. Las áreas objeto de protección ambiental se grafían en el plano que se reproduce a continuación. B. Bienes de Interés Cultural (BICs) Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 48 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

La Ley 1/2001 del Patrimonio Cultural de Asturias determina que tendrán la consideración de Bienes de Interés Cultural aquellos bienes más relevantes del Patrimonio Cultural de Asturias que, por su valor singular, se declaren como tales mediante Decreto del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias. En este sentido, Noreña no cuenta con ningún bien o elemento propio declarado como tal, aunque sí con un pequeño tramo (no llega a cien metros) perteneciente al Camino de Santiago, bien supramunicipal declarado como BIC (Decl. 22/06/2006) cuyo tramo francés proveniente de la costa y en dirección a El Berrón - Oviedo afecta al límite sur de la parroquia de Noreña. El Catálogo Urbanístico en tramitación paralela a este PGO propone para su declaración como BIC la Torre del Reloj. Las razones propuestas para su inclusión son: -

Valor de singularidad: la variante tipológica de torre reloj tiene escasos ejemplos en Asturias, siendo esta torre de especial relevancia tanto por su buena conservación como por mantener maquinaria relojera del s. XVIII.

-

Valor histórico: como construcción civil del s. XVIII, vinculada primero a la actividad edilicia del concejo, tras su nacimiento, como construcción carcelaria o como regulador de la jornada laboral de la actividad industrial chacinera de Noreña.

-

Hito urbano que forma parte de las señas de identidad de un concejo.

C. Inventario Regional El Inventario de Patrimonio Cultural de Asturias creado por la ley vigente no recoge por el momento ningún bien localizado en el concejo de Noreña. Se proponen para su inclusión en el Inventario todos los bienes a los que el Catálogo Urbanístico asigna el nivel de protección Integral, incluyendo el Palacio del Rebollín, protegido parcialmente. D. Carta arqueológica La Ley 1/2001 del Patrimonio Cultural de Asturias prevé que la Consejería de Educación y Cultura documentará el conjunto de las zonas protegidas, aun con efectos preventivos, por su interés arqueológico, para conformar la Carta Arqueológica de Asturias. Asimismo, delimitará su extensión, recogiendo los usos del suelo, normas de protección y cautelas que afecten a las mismas. Noreña cuenta con la Carta Arqueológica del concejo, llevada a cabo en el año 1984 por iniciativa de la Consejería de Cultura del Principado de Asturias, a cargo del arqueólogo Vicente Rodríguez Otero, en la que se recogen dos yacimientos de cronología prehistórica: material lítico de El Fiensu y túmulos de El Fiensu. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 49 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

En 1989 el arqueólogo Rogelio Estrada García localizó dos nuevos yacimientos durante los trabajos de control y seguimiento del Proyecto del Gasoducto de Langreo y los incorporó a la Carta: material lítico de El Fiensu II y túmulo y material lítico en superficie de “La Campa la Mata”. E. Inventario de Patrimonio Cultural de Asturias (IPAA) El Inventario de Patrimonio Arquitectónico de Asturias fue elaborado por la Consejería de Cultura a finales de los noventa. Tal documento no tiene actualmente ningún valor normativo (no se ha tramitado), aunque como criterio general es norma que los Catálogos Urbanísticos lo tengan en cuenta a la hora de afrontar su elaboración. En este sentido, el Inventario del Patrimonio Arquitectónico de Asturias recoge los siguientes elementos situados en el concejo de Noreña:

FICHA

PARROQUIA

POBLACIÓN

NO-1

STA. MARÍA DE NOREÑA

NOREÑA

NO-2

STA. MARÍA DE NOREÑA

NOREÑA

NO-3

STA. MARÍA DE NOREÑA

NOREÑA

NO-4 NO-5 NO-6

STA. MARÍA DE NOREÑA STA. MARÍA DE NOREÑA STA. MARÍA DE NOREÑA

NOREÑA NOREÑA NOREÑA

NO-71

STA. MARÍA DE NOREÑA

NOREÑA

DIRECCIÓN AVDA. DEL PEREGRINO Nº 9 CALLE DE LA IGLESIA CALLE PEDRO ALONSO Nº 11 CALLE EL RELOJ, Nº16 PLAZA DEL REBOLLÍN

DENOMINACIÓN FUNDACIÓN RIONDA IGLESIA PARROQUIAL DE SANTA MARÍA CHALÉ RIONDA TORRE DEL RELOJ PALACIO DEL REBOLLÍN PALACIO DE MIRAFLORES

CALLE DR. CUESTA OLAY 3, FRAY RAMÓN

I.2.2. INVENTARIO DE PATRIMONIO Tanto los elementos merecedores de protección como las determinaciones específicas para cada uno de ellos deben incluirse en un Catálogo Urbanístico (objeto de tramitación conjunta con el Plan, pero en expedientes separados), teniendo en cuenta que el artículo 26 del Decreto Legislativo 1/2004 otorga a los Catálogos Urbanísticos el rango de instrumento de ordenación urbanística. De modo que el Catálogo es vinculante para el planeamiento, que no podrá

1

Ficha extraviada del documento de referencia disponible en la Consejería de Cultura para su consulta por los profesionales y/o investigadores.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 50 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

alterar la condición urbanística de los bienes, espacios o elementos en él incluidos; además, en caso de contradicción entre las determinaciones del Catálogo Urbanístico y las del planeamiento, prevalecerán las del Catálogo. En tal sentido, y dado que Noreña cuenta con numerosas y destacadas piezas de patrimonio arquitectónico e industrial, derivadas de su característica actividad cárnica, y con piezas etnográficas interesantes, así como con enclaves de valor arqueológico, el Plan no sólo tiene en cuenta e incorpora las determinaciones derivadas de la Ley 1/2001, sino que considera la protección del patrimonio como una de las claves para la sostenibilidad del modelo territorial futuro que se propone, para procurar la generación de sinergias que resalten la identidad propia del territorio noreñense a través de sus singularidades patrimoniales, en la línea de la Ley de Patrimonio asturiana, que es muy ambiciosa en este sentido. Consecuentemente, en la presente Memoria se incluye el Inventario por tipos de patrimonio (natural, arqueológico, arquitectónico, etnográfico e industrial) de los elementos incluidos en el Catálogo Urbanístico. Por último, hay que dejar constancia que se ha tenido en cuenta, como no podía ser de otra manera, el Informe realizado por el Servicio de Patrimonio del Gobierno del Principado de Asturias como sugerencia al Documento de Prioridades. Además, en la presente Memoria sólo se incluye el listado de elementos inventariados (Anexo I), remitiendo al Catálogo Urbanístico (redactado simultáneamente) para consultar más detalles sobre tales elementos.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 51 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

II. EL ESTADO DE DERECHO Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 52 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

II.1. TERRITORIAL: EL PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y PLANIFICACIÓN SECTORIAL Las determinaciones establecidas por el planeamiento territorial y la planificación sectorial II.1.1. PLANES TERRITORIALES Se toma como referencia los dos más importantes , y fundamentales: A. Directrices Regionales de Ordenación del Territorio (DROT)1991 Desde un punto de vista de la Ordenación territorial se han observado los criterios definidos en el Decreto 11/91, de 29 de Enero, el que se aprueban las Directrices Regionales de Ordenación del Territorio de Asturias, estableciendo recomendaciones que han sido aplicadas en la estrategia del PGO. No obstante, hay que tener en cuenta que en la actualidad están en fase de avance las nuevas Directrices de Ordenación del Territorio de conformidad con lo establecido en el artículo 46.2 TROTU. B. Plan de Ordenación de Recursos Naturales de Asturias (PORNA) 1994 Asimismo, en la elaboración del PGO se ha contemplado el contenido de las disposiciones de la Ley del Principado de Asturias 5/91, de 5 de abril, de Protección de los Espacios Naturales, y el Decreto 38/94, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales de Asturias (PORNA). II.1.2. LAS POLÍTICAS SECTORIALES Por lo que respecta a la legislación sectorial no Autonómica que es de aplicación, se tienen en cuenta aquellos elementos con los que cuenta el territorio que se ordena (agua, ferrocarriles, carreteras, tendidos eléctricos, ruido entre otras), en función de las afecciones y servidumbres derivadas de la protección del dominio público y de los sistemas de estructuración territorial. Dichas afecciones deben ser respetadas en su integridad, de modo que aquellos suelos incluidos o afectados por las mismas conservarán su identidad y régimen actual, estando sometidos a las limitaciones previstas en las legislaciones específicas vigentes. A. Aguas La elaboración del Plan General de Ordenación de Noreña está condicionada por un elemento natural como es el agua que conforma el dominio público hidráulico. Los estudios de inundabilidad existentes lo condicionan. La extensa proliferación de legislaciones de carácter sectorial ha cobrado un protagonismo especial, así en materia de Dominio Público Hidráulico, la observancia de los contenidos regulados en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 53 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, el Real Decreto 9/2008, de 11 de Enero por el que se modifica el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, la Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, el Real Decreto 399/2013, de 7 de Junio, Por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. El plan entiende que se trata de una situación novedosa sobre la cual se están vertiendo numerosas interpretaciones jurídicas que se dejan despejadas de acuerdo con la regulación legal que el Plan Hidrológico ha incorporado. B. Ferrocarriles La legislación aplicable viene definida en la Ley 16/1987 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y su Reglamento aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre. La Ley 29/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario y su reglamento aprobado por Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre. La limitación fundamental en cuanto al PGO es la necesidad de incluir los terrenos que ocupen las infraestructuras ferroviarias que formen parte de la Red Ferroviaria de Interés General como Sistema General ferroviario, asegurándose no incluir determinaciones que impidan o perturben el ejercicio de las competencias atribuidas al administrador de infraestructuras ferroviarias. Se respeta la zona de dominio público, la zona de protección, la línea límite de edificación establecida en la legislación sectorial, que suponen limitaciones de uso para cada una de estas zonas. C. Carreteras Las carreteras que actualmente circundan y se integran en Noreña son: . A-64, autopista Oviedo-Santander. . N- 634, carretera estatal punto de unión con Oviedo – Santander. . AS-1, autovía minera, punto de enlace con las cuencas y Gijón . AS- 246, carretera comarcal. Las carreteras estatales y las carreteras del Principado de Asturias y sus terrenos colindantes con el dominio público viario están sujetos a las limitaciones y servidumbres impuestas por la Ley estatal de carreteras 25/1988, de 29 de julio y su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre así como la Ley8/2006, de 13 de noviembre de carreteras del Principado de Asturias.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 54 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

D. Energético 0.Energía Eléctrica. La normativa está conformada por la Ley 24/ 2013 de 26 de Diciembre del sector eléctrico y su normativa de desarrollo. Siendo el suministro de energía eléctrica un servicio de interés económico general. De producirse afecciones en las instalaciones de energía eléctrica, estas deberán estar sujetas a dicha normativa sectorial. 2. Gas. Ley 34/1998, de 7 de Octubre, de Hidrocarburos; RD 1914/1997, Gas Instalaciones y suministro, Orden de 18 de Noviembre de 1974, reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos e instrucciones MIG. Se recogen por el Plan las servidumbres de paso y limitaciones propias de esta actividad, si bien cuando proceda la ocupación del subsuelo por instalaciones y canalizaciones a profundidad y con las características que se señalen en su regulación se estará a lo establecido en su legislación sectorial. E. Telecomunicaciones La ley 9/ 2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones. El Plan dará cabida a dichas instalaciones, redes públicas de comunicaciones electrónicas en todas sus modalidades. Por su alcance actual el Plan regulará específicamente la instalación de Estaciones Base de Telefonía Móvil, dado su carácter de servicio público es regulado, introduciendo la necesidad de mimetización y compartición de dichas infraestructuras, evitando el impacto paisajístico que estas pueden suponer. F. Obras Públicas De acuerdo con la el apartado 2 de la Disposición Adicional 2ª, de la Ley 13/2003, de 23 de Mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. El Plan incorporará dentro de su contenido las medidas necesarias para acomodar sus determinaciones a aquel. De forma que, dado que los planes y proyectos de competencia estatal prevalecen sobre los instrumentos de ordenación urbanística, su realización será considerada un uso autorizable en el Suelo No Urbanizable, en otros suelos estará sometida a la consecución de la preceptiva licencia, por lo que de esta forma se da respuesta a dicho mandato legal.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 55 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

G. Montes y terrenos forestales Su regulación se encuentra contenida en la ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y la Ley del Principado de Asturias 3/2004, de 23 de noviembre, de Montes y Ordenación Forestal. La regulación sectorial hace que el Plan incorpore las medidas de protección y restauración propias de esta legislación, relativas a actividades urbanísticas, ocupaciones temporales, o causas motivadas por el fuego. H. Bienes Culturales Las limitaciones referidas a los espacios culturales protegidos están reguladas en la Ley 16/1985 de 25 de junio de Patrimonio Histórico Español y en la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de Patrimonio Cultural. Los entornos de Protección de los Bienes de Interés Cultural (BIC) que lleva aparejada su declaración serán respetados por el Plan, ya que sus determinaciones constituyen un límite para este. I. Cementerios Regulados en el Decreto 72/1998, de 26 de Noviembre de policía sanitaria mortuoria del Principado de Asturias. El Plan incluye el estudio de las necesidades en relación al servicio de cementerio que se prevén en el municipio. En el entorno de suelo destinado a este fin, se crea una zona de protección de 40m de ancho medidos desde el perímetro exterior. A partir de la misma se creará una franja de 210m de ancho en la que los usos vienen limitados por el contenido de dicha ley. (Usos productivos o dotacionales, Vivienda Unifamiliar, usos ganaderos) J. Comercio y Turismo En materia de comercio la legislación aplicable está constituida por la Ley del Principado de Asturias 9/2010, de 17 de Diciembre, de Comercio Interior y las Directrices Sectoriales de Equipamiento Comercial del Principado de Asturias, cuya revisión ha sido efectuada por el Decreto 119/2010, de 15 de Septiembre. La Ley 7/2001, de 22 de Junio, de Turismo, establece limitaciones al Plan, establecerá para la implantación de establecimientos turísticos en Suelo No Urbanizable el pleno respeto al espacio natural edificado y circundante, de forma que en esta clase de suelo se potencia para uso turístico, la rehabilitación del patrimonio edificado existente. K. Accesibilidad Se regula por el Real Decreto 173/2010, de 19 de febrero, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, en materia de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad. Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 56 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. L. Servidumbres Acústicas Se definen en el RD 1367/2007 sobre la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, de Ruido. El planeamiento urbanístico debe tener en cuenta las previsiones establecidas en la citada ley, en las normas dictadas en su desarrollo y en las actuaciones administrativas realizadas en ejecución de aquélla. Por su importancia en la ordenación futura, se deben enumerar las afecciones sectoriales de primer orden que concurren en el municipio citando a su vez la legislación aplicable en cada caso. Condicionan en mayor o menor medida el contenido del PGO.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 57 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

II.2. MUNICIPAL: PLANEAMIENTO URBANISTICO Las NSPM1988/1992, a mantener, modificar o ampliar en el marco de la nueva legislación Las NSPM comportan el estado de derecho del concejo, de tal manera que la redacción del PGO debe enfrentarse a tres situaciones de partida: primera, legalizar lo existente; segunda, modificar aquello que se considera que no reúne condiciones para solventar los problemas actuales; tercera, planificar nuevos crecimientos, teniendo en cuenta las demandas actuales. Además, hay que tener en cuenta: -

La nueva metodología aplicada a los nuevos planes, lo que implica estrategias de suelo y vuelo que sin alterar el paisaje den cabida a los nuevos usos y aprovechamientos, enmarcados en el concepto de planes sostenibles.

-

Por eso se repasa, de manera somera, la situación actual del planeamiento desde el punto de vista del PGO que se propone en este documento, para incidir en los aspectos que se consideran claves y encuadrarlos en el planteamiento general.

En síntesis, se trata de informar (justificar) la propuesta, a la vez que evidenciar los problemas de las NSPM, vigentes, por contraste con la realidad territorial, ambiental y cultural. II.2.1. NORMAS SUBSIDIRAIS DE PLANEMAINTO MUNICIPAL (NSPM) 1988/1992 Las Normas Subsidiarias de Planeamiento (NSPM) de Noreña, aprobadas definitivamente por la CUOTA, el 25 de marzo de 1988 (BOPA 23-VII-1992) texto Refundido de fecha 23 de Julio de 1992. Son unas normas que se enfrentaban a una situación totalmente diferente, por lo que se está ante un nuevo plan en todos los sentidos, más allá del cambio legislativo. 1. Territorialmente. En las NSPM el territorio del concejo era tratado aisladamente. Aquí el enfoque se centra en su posición en medio del Área Metropolitana Central Asturiana (AMCA). Esta idea ha estado presente en todos estos años y ha condicionado tanto el presente como la imagen de su futuro. Por ello el PGO trata de sentar las bases desde esta visión territorial, adoptando las medidas que permitan captar las sinergias que el AMCA crea, materializadas en la demanda de vivienda y suelo de tipo productivo, fundamentalmente. 2. Ambientalmente. El medio es el punto de partida que no sólo legaliza el plan si no que lo legitima, porque un PGO que no sea capaz de justificar las necesidades de agua (cumpliéndolas) y sus vertidos (cubriéndolas), además del consumo generalizado de suelo, está condenado al fracaso. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 58 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

3. Culturalmente. Porque la necesidad de preservar los bienes naturales y patrimoniales es parte sustantiva de los nuevos planes, por constituir tales bienes las señas de identidad del Concejo. Ello significa que, bajo el prisma del paisaje y la sostenibilidad, el planeamiento ahora se fundamenta, por contraste con las NSPM: A. Estructura General Partiendo de la lectura de estructura general, el PGO recoge la voluntad de ir más allá de la visión limitada a los suelos que emana de las determinaciones de las NSPM, como se anticipaba en el Documento de Prioridades de marzo de 2007, para, sin alterar su vocación, dar al territorio del concejo una nueva visón metropolitana, con una serie de condicionantes: -

Ordenar en torno al río Noreña, como gran eje vertebrador del concejo.

-

Consolidar la trama urbana, cerrando la Villa.

-

Crear nuevos suelos con vocación Industrial, continuando con los criterios de la NSPM.

-

Proponer un gran anillo verde de separación del núcleo urbano del resto.

-

Definir el sector de Miraflores como la gran área de las dotaciones del futuro; entre otras, solucionando las derivadas de encontrarse las zonas escolares en ámbitos inundables.

-

Ordenar las zonas intermedias entre la N-634 (propia del Área central) y el río Noreña (la Villa)

En definitiva: lo que buscan las NSPM es la incardinación de Noreña en el AMCA, aunque de manera muy incipiente. Es más lo que se dice que lo que se hace. B. Suelo Urbano (SU) y Urbanizable (SUR) El PGO establece condiciones más específicas que las NSPM: -

Las Condiciones Generales de Uso han sido objeto de modificación total, con una adaptación a las necesidades actuales (tras haber transcurrido casi diecisiete años desde la entrada en vigor de las NSPM).

-

En lo relativo al Suelo Urbano, más allá de las Ordenanzas de edificación, se ha optado por introducir novedades que se adaptan más a los objetivos de la ordenación propuesta por el Plan, y se han incluido una serie de planes finalistas, o en proceso, que permitan llevar una gestión en paralelo a la aprobación del PGO.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 59 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

En cuanto al Suelo Urbanizable, se adapta a la nueva regulación legal en la que se da un giro radical en la concepción de esta clase de suelo respecto de la Ley del Suelo del ‘98, definiéndose esta categoría de modo positivo y no con el carácter residual otorgado por la Ley de 1998, en consonancia con la concepción positiva defendida en el DP. Se utiliza idéntico mecanismo que para el suelo urbano y se evita un fraccionamiento como el recogido en las NSPM. También se crean sectores de Suelo Urbanizable, con el objetivo de satisfacer las necesidades de vivienda sometida a algún tipo de protección existente en el municipio. Para la gestión, se prevé también aplicar un criterio similar al utilizado en el Suelo Urbano en los sectores en proceso, de modo que tal gestión pueda hacerse en paralelo con la aprobación del PGO.

-

Mención especial, por lo que representa sectorialmente, es la introducción de afecciones, entre las que la más importante es la delimitación de zonas inundables del informe del 112 gestionadas por la Confederación Hidrográfica.

Vamos, que las carencias de las NSPM se intentará dar respuesta en el futuro PGO. C. Suelo No Urbanizable (SNU) Ante el tratamiento “muy rural” que las NSPM dan al SNU, a pesar de su situación en el AMCA, el PGO, deberá tener en cuenta: -

Destacar la inadecuación de las NSPM a la legislación vigente, al contemplarse la existencia de un Suelo No Urbanizable genérico que ha sido objeto de transformación en Suelo No Urbanizable de Interés (mayoritariamente) en virtud de lo dispuesto en la Disposición transitoria 1ª TROTU. La clasificación de los usos se encuentra perfectamente adaptada a lo establecido para los suelos no urbanizables en el artículo 123 TROTU.

-

En cuanto al SNU de Núcleo Rural, dada la ubicación de gran parte de estos suelos en el municipio con respecto a la malla urbana, se considera necesaria la adopción de nuevos criterios respecto a los mismos, pues el análisis concreto de tales núcleos lleva a que sean considerados suelos Urbanos en virtud del artículo 113 del TROTU y 299 del ROTU.

Por último, dos apreciaciones generales: -

Durante el periodo de información pública del DP, así como a raíz del informe del Servicio de Planeamiento y Ordenación del Territorio de la Dirección de Ordenación del Territorio y Urbanismo (SOTPLA), se han evidenciado unas necesidades bien distintas, que han obligado a un ajuste de lo anterior, buscando la escala de las intervenciones propuestas.

-

Los aspectos generales de la Normativa contenida en las NSPM han sido objeto de adaptación a la nueva regulación vigente (TROTU, TRLS y el ROTU) en aquellos aspectos que puedan afectar al régimen de la propiedad del suelo.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 60 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

II.2.2. DESARROLLO DE LAS NSPM Como base para el PGO se llevó a cabo el estudio del planeamiento proyectado por las NSPM1988/1992, con el fin de integrarlo en el Plan, para lo cual se diferencian dos estados concretos del proceso de Gestión, Tramitación y Ejecución de obras, términos que se adoptan con el objeto de simplificar en la medida de lo posible el análisis del planeamiento, poniendo los acentos en la fase de gestión administrativa propia, así como en la ejecución material de las obras de urbanización: -

Tramitación, es el relativo a la situación administrativa en el que se encuentra, bien sea porque existe expediente iniciado o finalizado en el Ayuntamiento (en dichos casos se concreta su estado), o bien porque no se haya iniciado procedimiento alguno.

-

Ejecución se refiere al estado de las obras de urbanización con las que concluyen los procesos de gestión (recepción de la obras de urbanización).

Estos dos estados servirán para determinar y definir la proyección (véase la Normativa) futura, dando una visión de conjunto que sirve para evaluar el grado de éxito logrado en la gestión del planeamiento previsto en las NSPM, así como para tratar de buscar soluciones en aquellos casos en los que no ha sido posible iniciar o finalizar los procesos de gestión. A. Modificaciones Puntuales de las NSPM1988/1992 Se ha llevado acabo un número importante de modificaciones puntuales del planeamiento, las cuales afectan a las NSPM vigentes, de las que dos de ellas (Modificación El Castrillón, y modificación de SAU residencial Los Vallones) no han llegado al trámite de aprobación definitiva al haber quedado suspendida su tramitación, lo que explica el diferente tratamiento que se les ha dado en este documento. Se lleva a cabo la descripción de las modificaciones siguiendo para ello su orden cronológico, señalando la clase de suelo afectado por la modificación, así como una breve referencia al contenido y objetivos de las mismas. 1. Modificación El Castrillón (Suspendida) -

Fecha modificación: 1989

-

Estado actual: Aprobación Provisional 31/08/1989. (Expediente declarado histórico por no obtener aprobación definitiva).

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 61 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

2. Modificación de SAU residencial Los Vallones (Suspendida) -

Fecha modificación: 1992

-

Estado actual: Aprobación Provisional 31/1/1992 (Expediente declarado histórico por no obtener aprobación definitiva).

3. Modificación de SAU residencial Los Vallones -

Fecha modificación: Octubre 1993

-

Clase de suelo: Suelo Urbanizable.

-

Objeto: Revisión de la delimitación del suelo urbanizable del concejo.

-

Estado actual: Aprobación Definitiva 25/10/1993

4. Modificación de la parcelación en núcleo rural y zonas de interés -

Fecha modificación: Marzo 1996

-

Clase de suelo: suelo no urbanizable

-

Objeto: modificado de los artículos 249, 330, y 337 de las normas subsidiarias del concejo, ya que en los mismos se consideraba ilegal la parcelación en suelo no urbanizable.

-

Estado actual: Aprobación Definitiva 28/3/1996

5. Modificación de la UA-4 -

Fecha modificación: Agosto 1996

-

Clase de suelo: Suelo Urbano.

-

Objeto: cambia la ordenación de dicha unidad, cambiando un diseño urbano adoptado por las NSPM, se mantienen los aprovechamientos y cesiones aprobadas, y así se crean cuatro frentes de edificación paralelos frente a uno existente en la UA4.

-

Estado actual: Aprobación Definitiva 29/8/1996

6. Modificación del Plan Parcial 1/98 -

Fecha modificación: Agosto 2001

-

Clase de suelo: Suelo Urbanizable.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 62 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

Objeto: detección de una falla en el terreno que discurría longitudinalmente en la parcela, para evitar riesgos futuros se busca una solución para materializar el aprovechamiento.

-

Estado actual: Aprobación Definitiva 01/08/2001

7. Modificación NSPM de la UA 2 -

Fecha modificación: Septiembre 2001

-

Clase de suelo: Suelo Urbano

-

Objeto: compensar las fuertes cargas y diferencias en edificabilidad en el área de esta unidad, en particular entre las UA 1 y UA2, aumentando la superficie ocupada, ajardinada y edificable, en detrimento de la superficie urbanizada

-

Estado actual: Aprobación Definitiva 17/10/2001

8. Modificación de la antigua fábrica “Productos Ya” -

Fecha modificación: 2003

-

Clase de suelo: Suelo no Urbanizable.

-

Objeto: Cambio de suelo no urbanizable, núcleo rural, a suelo no urbanizable genérico donde se desarrollaría un Plan Especial.

-

Estado actual: Aprobación Inicial 25/01/2003

9. Modificación puntual del artículo 212 de las NSPM -

Fecha modificación: Julio 2004

-

Clase de suelo: suelo urbano

-

Objeto: dar una calificación urbanística adecuada a aquellas industrias situadas en suelo urbano que han cesado su actividad con anterioridad a la aprobación de las NSPM. Se califican como zonificación “industria compatible con vivienda”, por lo tanto incluido en los desarrollos en hilera. Al desarrollarse las actuaciones en hilera se producirían desequilibrios en la volumetría del conjunto de la manzana que era necesario corregir.

-

Estado actual: Aprobación Definitiva 14/07/2004

10. Modificación de la UA-3 -

Fecha modificación: 2006

-

Clase de suelo: Suelo Urbano

-

Objeto: cambia la ordenación de dicha unidad, con cambio de su diseño urbano

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 63 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

-

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Estado actual: pendiente de aprobación inicial en el Ayuntamiento de Noreña, pese a recibir el informe favorable del Consejo de Patrimonio de fecha 29/01/2007, informe solicitado debido a la proximidad de la Unidad al Palacio del Rebollín.

11. Modificación PERI Olivares -

Fecha modificación: 2004

-

Clase Suelo: Suelo Urbano

-

Objeto:

-

Estado actual: Aprobación Definitiva.

B. Áreas: Planes Especiales Se ordenan cronológicamente, reproduciendo para su descripción el esquema antes aludido. PLAN ESPECIAL FUENTE DE ESPINO Objeto: Construcción de viviendas de promoción pública en la Calle Fuente Espino. Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal. Aprobado definitivamente por acuerdo CUOTA de fecha 6 de Junio de 1997.Publicado en BOPA de fecha 30 de Junio de 1997. Ejecución de Obras: Finalizada. PLAN ESPECIAL ESCUELA DE IMAGEN Y SONIDO Objeto: Implantación de la escuela de imagen y sonido en la Reguera CA y B. Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal 2/001/2004. Aprobado definitivamente por acuerdo municipal de fecha 27 de Marzo de 2008. Publicado en BOPA de fecha 6 de Mayo de 2008. Ejecución de Obras: Sin iniciar. PLAN ESPECIAL PRADO DE LA BARREDA FORFONTIA NOREÑA Objeto: Instalación de una Estación Base de telefonía móvil. Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal Aprobado definitivamente por acuerdo CUOTA de fecha 9 de Febrero de 1999. Publicado en BOPA de fecha 13 de Marzo de 1999. Ejecución de Obras: Finalizada.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 64 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

C. Unidades de Actuación (UA) Las NSPM de Noreña contienen en su parte final las fichas urbanísticas de desarrollo de cinco unidades de actuación, de la UA 1 a la UA 5. Estas unidades son entendidas como “unidades de gestión de desarrollo inmediato”, cuyo desarrollo ha venido caracterizadas por: -

La escasa o casi nula utilización de los sistemas de actuación establecidos por la Legislación urbanística (compensación, cooperación y expropiación).

-

Llevarse a cabo el desarrollo directo de las unidades diseñadas en las Normas.

-

Su desarrollo se realiza mediante la figura del Estudio de Detalle.

-

Se ha tratado de lograr agilidad administrativa, rápido desbloqueo y gestión del suelo; deberán ser registradas en el Registro de la Propiedad, evitando así incertidumbres respecto al reparto de cargas y beneficios, cesiones y aprovechamientos. UA. 1 PLAZA DE LA CRUZ Tramitación: Finalizada. Licencia directa Ejecución de Obras: Finalizada. UA. 2 GUERRILLERO FOMBELLA Tramitación: Finalizada. Ejecución de obras: Finalizada. UA. 3 HUERTA DE DELANTE Tramitación: Expte. Municipal 2/002/2007.Aprobado definitivamente por acuerdo Municipal de fecha 5 de Febrero de 2009. Publicado en BOPA de fecha 9 de Marzo de 2009. Ejecución de obras: Sin iniciar. UA. 4 HUERTA DE ATRÁS EL REBOLLÍN Tramitación: Expte. Municipal reordenación UA 4. Aprobado definitivamente por acuerdo Municipal de fecha 26 de Septiembre de 1996. Publicado en BOPA de fecha 18 de Noviembre de 1996. Ejecución de obras: Finalizada. UA.5 Tramitación: En curso. Sin aprobación inicial. Ejecución de obras: Sin iniciar.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 65 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

D. Estudios de Detalle Las NSPM prevén cinco estudios de detalle (ED1, ED2, ED3, ED4, ED6 – no aparece contemplado el ED5, resultado de una errata en la planimetría en vigor-). Actualmente los Estudios de Detalle presentados y tramitados en el Ayuntamiento superan con creces las previsiones iniciales de la NSPM, habiendo, según la información facilitada por el Ayuntamiento, quince expedientes tramitados que se relacionan a continuación: -

Estudio de Detalle c/Nueva y Doña Jimena.

-

Estudio de Detalle Huerta de atrás. UA Nº 4.

-

Estudio de Detalle La Reguera c/ El Fontán Finca el Castrillón.

-

Estudio de Detalle para ED 6.

-

Estudio de Detalle El Fontán de Noreña.

-

Estudio de Detalle Los Novales La Mata.

-

Estudio de Detalle c/ Alfredo Barral y Fray Ramón.

-

Estudio de Detalle Finca Huerto y Pelames.

-

Estudio de Detalle Guerrillero Fombella.

-

Estudio de Detalle nº 2 Matadero Municipal.

-

Estudio de Detalle E.D. 1/A.

-

Estudio de Detalle ampliación de la Residencia de Tercera Edad c/ Acevedo Pola.

-

Estudio de Detalle n.º 2

-

Estudio de Detalle Huerta de Atrás. Modificación.

-

Estudio de Detalle Grupo El Castrillón.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 66 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

E. Sectores: Planes Parciales 1. Suelo Urbanizable Residencial PLAN PARCIAL (PP). MATAMOROS Y EL FONTÁN Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal. Aprobado definitivamente por acuerdo CUOTA de fecha 26 de Febrero de 1990. Publicado en BOPA de fecha 10 de Abril de 1990. Ejecución de obras: Finalizada. PP. FINCA LA HUERTA Tramitación: Expte. Municipal PP 2/004/2003. Aprobado inicialmente Ejecución: Sin iniciar PP. NOREÑA II LOS NOVALES Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal 2/003/2003. Aprobado definitivamente por acuerdo plenario de fecha 30 de Septiembre de 2004. Publicado en BOPA de fecha 29 de Diciembre de 2004. Ejecución de Obras: Recibida urbanización exterior (Abril 2009). PP. RESIDENCIAL LOS VALLONES Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal PP los Vallones 2/001/2005. Aprobado definitivamente por acuerdo municipal de fecha 27 de Octubre de 2007. Publicado en BOPA de fecha 11 de Octubre de 2007. Ejecución de Obras: Sin iniciar. Existe Proyecto de Urbanización, aprobado inicialmente. PP. LOS NAVALES Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal PP los Navales 2/002/2003. Aprobado definitivamente por acuerdo plenario de fecha 25 de Noviembre de 2004. Publicado en BOPA de fecha 22 de Diciembre de 2004. Ejecución de Obras: Finalizada. PP. NOREÑA I Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal PP 2/002/2003. Aprobado definitivamente por acuerdo municipal de fecha 31 de Enero de 2007. Publicado en BOPA de fecha 17 de Marzo de 2007. Ejecución de Obras: Sin iniciar.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 67 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

PP. CONDAL Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal PP1/1994. Aprobado definitivamente en sesión CUOTA de fecha 29 de Julio de 1994. EXPTE. CUOTA 653/94. Publicado en BOPA de fecha 24 de Noviembre de 1994. Ejecución de Obras: Finalizada. 2. Suelo Urbanizable Industrial SUR-I. PL 1. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Sin iniciar. Ejecución de obras: Sin iniciar. SUR- I. PL 2. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Sin iniciar. Ejecución de obras: Sin iniciar. SUR-I. PL 3. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Sin iniciar. Expediente archivado. Ejecución de obras: Sin Iniciar. SUR-1. PL 4 LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Finalizada. Aprobado definitivamente por acuerdo plenario de fecha 30 de Julio de 1990. Publicado de BOPA de fecha 30 de Agosto de 1990. Ejecución de obras: Finalizada. SUR-I. PL 5 LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Sin iniciar. Ejecución de obras: Sin Iniciar SUR-I. PL 6 (1 y 2) LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal Plan Parcial 1/1992 Subpolígono 1 polígono 6. Aprobado definitivamente en sesión CUOTA de fecha 28 de Abril 1992. Expte. CUOTA 629/92. Publicado en BOPA de fecha 15 de Mayo de 1992. La segunda fase subpolígono 2 polígono 6 está en fase de tramitación. Ejecución de obras: Finalizada subpolígono 1, sin iniciar subpolígono 2. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 68 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

SUR-I PL 7. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Sin iniciar. Ejecución de obras: Sin Iniciar. SUR-I PL 8 (1 y 2)LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal Plan Parcial 2/89 Subpolígono 1 polígono 8. Aprobado definitivamente por acuerdo CUOTA de fecha 30 de Julio de 1990. Expte. CUOTA 1113/90. Publicado en BOPA de fecha 30 de Agosto de 1990. En curso subpolígono 2 polígono 8. Expte, Municipal 2/001/2008 Aprobado inicialmente por acuerdo plenario de fecha 27 de Marzo de 2009. Publicado en BOPA de fecha 20 de Abril de 2009. Ejecución de Obras: Finalizadas subpolígono, 1 sin iniciar subpolígono 2. SUR-I. PL 9. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal Aprobado definitivamente por acuerdo CUOTA de fecha 21 de Julio de 2004. Expte. CUOTA 1054/2001. Publicado en BOPA de fecha 25 de Agosto de 2004. Ejecución de Obras: Finalizada. SUR-I. PL 10. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Finalizada. Aprobado definitivamente por acuerdo CUOTA de fecha 26 de Febrero de 1990. Publicado en BOPA de fecha 6 de Abril de 1991. Ejecución de obras: Finalizada SUR-I. PL 11. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Sin iniciar. Ejecución de obras: Sin Iniciar. SUR-I. PL 12. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Presentado, pendiente de información municipal. Ejecución de obras: Sin Iniciar. SUR-I .PL 13 .LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Sin Iniciar. Ejecución de obras: Sin Iniciar.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 69 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

SUR-I. PL 14. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal Plan Parcial 1/2001. Aprobado definitivamente por acuerdo CUOTA de fecha 11 de Diciembre de 2001. Expte. CUOTA 1055/2001. Publicado en BOPA de fecha 23 de Noviembre de 2003. Ejecución de Obras: Sin iniciar. SUR-I. POL 15. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal Plan Parcial 4/89. Aprobado definitivamente por acuerdo CUOTA de fecha 26 de Febrero de 1990. Expte. CUOTA 68/90. Publicado en BOPA de fecha 10 de Abril de 1990. Ejecución de obras: Finalizada. SUR-I .POL 16. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Finalizada. Expte. Municipal Plan Parcial Pol. 16 2/94. Aprobado definitivamente por acuerdo CUOTA de fecha 24 de Mayo de 1995. Publicado en BOPA de fecha 7 de Julio de 1995. Ejecución de Obras: Finalizada. SUR-I. POL 17. LA BARREDA INDUSTRIAL Tramitación: Sin iniciar. Ejecución de Obras: Sin iniciar.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 70 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

F. Espacios: Estudios de Implantación en Suelo No Urbanizable

PLAN PARCIAL (PP). MATAMOROS Y EL FONTÁN Tramitación: Iniciada. Expte. Municipal. El Estudio de Implantación que ordena esta actuación tiene Aprobación Inicial, según Decreto de Alcaldía Nº 878/14 de fecha 21/10/2014. Publicado en BOPA Nº 255 de fecha 4/11/2014. Ejecución de obras: Sin iniciar.

II.2.3. PLANEAMIENTO DE LOS CONCEJOS LIMÍTROFES Dos apuntes a una situación derivada de la necesidad de incorporarla por imperativos del ROTU: -

Los límites con los concejos limítrofes se dan en Suelo No Urbanizable; en tal sentido, no se dan grandes incongruencias entre el - contenido (clasificación y calificación) de los planeamientos vigentes en los concejos limítrofes, si bien si existen zonas en las que los niveles de protección asignados a cada categoría de suelo varían sin embargo no afecta al contenido del PGO.

- En lo que se refiere a los Núcleos Rurales, se dan casos de colindancia entre Núcleos rurales del municipio de Noreña y el de Siero: Parroquia de Noreña: Ferrera y Socarrera. Parroquia de Celles: La Peral y El Otero. Parroquia de Santa Marina: La Pasera. Las delimitaciones de unos y otros se incluyen en la planimetría que incorpora el PGO, evitando de este modo posibles desajustes. En resumen: no hay nada que tengamos que tener en cuenta como algo significativo. II.2.4. RECOMENDACIONES PARA EL FUTURO PGO El nuevo PGO se enfrenta al encaje del Suelo Urbano y del antiguo Suelo Apto para Urbanizar, atendiendo a los desarrollos experimentados en estos suelos en los años de vigencia de las NSPM. Se tiene en cuenta que se han modificado las bases de partida en dos hechos fundamentales: la nueva Ley del Suelo (tanto estatal como autonómica) y la importancia que adquiere dentro de las políticas sectoriales la Confederación Hidrográfica del Norte (gestión de las zonas inundables); de igual manera, las políticas medioambientales y patrimoniales (naturales y culturales). Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 71 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Sintéticamente, el PGO afronta y soluciona las siguientes cuestiones: 1. Suelos Urbanos (SU). Para el caso de las Unidades de Actuación delimitadas por las NSPM, éstas se encuentran finalizadas o en proceso de tramitación, de forma que sus objetivos están cumplidos; por ello, se crean nuevos ámbitos con el objeto de concluir los procesos de urbanización iniciados parcialmente en determinadas zonas del núcleo urbano, principalmente en aquellas áreas consideradas por las NSPM como Núcleo Rural y que actualmente por su circunstancias (de desarrollo urbano, fundamentalmente) son incluidas de hecho en la categoría de Suelos Urbanos (consolidados o no). 2. Suelos No Urbanizables (SNU). La ley vigente y su reglamento (TROTU y ROTU) obligan a la reestructuración de las nuevas categorías; fundamentalmente, se suprime el suelo Genérico y pasa, en la mayoría de los casos, a Interés. Para el resto de las cuestiones es más un problema metodológico (paisaje, núcleos, etc.) que jurídico. De aquí que resulte fundamental entender el estado actual de cada una de las categorías del Suelo no Urbanizable, y, sobre todo el estado actualfísico- de los Núcleos Rurales (NR). 3. Suelos Urbanizables (SUR). Como hecho predeterminado ya analizado, nos encontramos con Suelos Aptos para Urbanizar para residencial como el PP Finca la Huerta, en tramitación, u otros con la tramitación finalizada en los que no se ha materializado la urbanización, en los cuales se mantendrá vigente su regulación específica a los efectos de garantizar que los mismos sean finalizados. No obstante, en la zona denominada Polígono Industrial de La Barreda hay una serie de importantes polígonos delimitados por las NSPM en los que aún no ha sido iniciado el proceso de gestión, lo que hace necesario intervenir. 4. Suelos Residenciales. Se utilizan todas las tipologías que corresponden a un concejo de estas características: Vivienda (unifamiliar y colectiva) y Residencias Comunitarias. Se establecen las condiciones de urbanización y edificación adaptadas a la prolija regulación legal existente en la actualidad. Por otro lado se mantienen buena parte de las Ordenanzas edificatorias existentes que se contenían en las NSPM de Noreña, si bien se ha optado por eliminar otras, como es el caso de la manzana cerrada, huyendo de los patios interiores que impiden el disfrute de un activo como es el paisaje. La regulación de los usos residenciales es permisiva en cuanto a la compatibilidad con otros usos, incorporando la Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 72 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

lógica admisión de usos que complementen los propios de estas zonas. Así y todo, en cuanto a los “usos particularizados” se diferencian:  Plurifamiliar, de todo tipo y tamaño. La tipología básica es la denominada como casona asturiana, edifico de vivienda colectiva cuya imagen es muy representativa del Área cantábrica. Además, se contará, más allá de las incrustadas en la trama tradicional, con los edificios abiertos clásicos.  Unifamiliar, respondiendo a un doble modelo, el de las ciudades-jardín y las de la tradición local (vivienda rural de los núcleos). En el apartado correspondiente de la ordenación se precisan –con detalle- cada una de las ordenanzas. 5. Suelos Productivos. Se crean usos productivos entendidos como aquellos relacionados con actividades que están caracterizadas por tener un claro componente de tipo económico, abarcando un amplio espectro de actividades como pueden ser las de tipo comercial, oficinas para negocios de cualquier clase, terciarios, recreativo (bares y restaurantes), automoción, pero incluyendo también aquellas otras en las que se desarrolla un proceso de transformación o incluso, dada su implicación en la sociedad noreñense, las actividades relacionadas con la industria cárnica. Dentro de los usos productivos se establecen tres tipologías que a la vez contienen subtipos:  Cárnico (PC). Zonas y solares incrustados en la trama urbana, mayoritariamente dedicados a la industria de la carne en todos sus aspectos, a los que la corporación municipal ha estimado conveniente dar encaje por lo que tienen que ver con la tradición de Noreña.  Industrial (PI). Tiene por finalidad la producción, transformación, reparación, manipulación, almacenaje y distribución de productos, así como el desarrollo y producción de servicios empresariales de cualquier tipo. Dada su naturaleza, parece lógica su implantación en zonas especialmente preparadas para acoger dichos usos, evitando las zonas residenciales. Pueden ser de carácter Industrial o empresarial de gran tamaño.  Terciarios (Pt). Incluye los servicios del Sector terciario entendido como el sector económico que engloba todas aquellas actividades que no producen bienes materiales de forma directa, sino servicios que se ofrecen para satisfacer las necesidades de la población. Su implantación tiene una clara vocación hacia zonas de carácter urbano residencial, proporcionando los servicios que complementan estas zonas, incluyendo Comercial, Oficinas, Hospedaje, Hostelería, Recreativo-Ocio-Cultura, o Automoción.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 73 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

6. Suelos Dotacionales. Se da respuesta al contenido del artículo 10 del ROTU, el cual diferencia cinco tipos de dotaciones urbanísticas, cuya naturaleza hace que puedan ser consideradas como sistemas generales o locales. Son: -



Todas son objeto de definición y regulación, asignándoles su carácter propio en función de las necesidades de la población o su ubicación. 7. Gestión. El nuevo Plan trata de evitar -hasta donde es posible- la complicación en los procesos de gestión. De ahí que las Normas Urbanísticas que se presentan intenta, por todos los medios, facilitarla. Para ello se manejan un abanico de ámbitos de gestión a incorporar en el Suelo Urbano, que se enmarcan en el artículo 144 ROTU:  Áreas de planeamiento Incorporado (API). Son planes finalizados y se incorporan como una ordenanza más en el Suelo Urbano Consolidado.  Áreas de Planeamiento Remitido (APR). Todavía no ha finalizado el proceso de gestión; se incorporan al Suelo Urbano No Consolidado. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 74 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

 Área de Unidades de Actuación (AUA). Son parte del Suelo Urbano No Consolidado y se caracterizan por coincidir los ámbitos de ordenación y gestión, pudiendo desarrollarse mediante Estudios de Detalle. Se pueden subdividir en Unidades de Actuación.  Áreas de Planeamiento Específico (APE). Al igual que las anteriores, son parte del Suelo Urbano No Consolidado; por su naturaleza (Reforma Interior) requieren un Plan Especial, antes de iniciarse la gestión, que será por Polígonos completos o Unidades de Actuación. En el Suelo No Urbanizable se incorpora la figura de los espacios; se distinguen:  Espacios de Planeamiento Incorporados (EPI). Son planes sobre los que el PGO asume sus determinaciones, al contar con aprobación definitiva. Las condiciones particulares por las que se rigen son las correspondientes al planeamiento inmediatamente antecedente que se asume, detalladas en los documentos de planeamiento originales, con las modificaciones o adaptaciones que exclusivamente, en su caso, se especifiquen.  Espacios de Planeamiento Remitido (EPR). Son instrumentos de planeamiento de desarrollo ya iniciados durante la tramitación del Plan y no concluido, por lo que son asumidos por este a los efectos de darles continuidad.  Espacios de Planeamiento Propuestos (EPP). Su objetivo tiene distintas finalidades vinculadas a la Protección del paisaje, los valores naturales y culturales o los espacios destinados a actividades agrarias, la conservación y mejora del medio rural; o, en casos, particulares a conformar espacios de producción, dotacionales o residenciales. Para el caso de los Urbanizables:  Sectores de Planeamiento Incorporados (SPI). Suelos Urbanizables, en los cuales hay un Plan Parcial pero no están terminados y no pueden ser considerados como Suelo Urbano.  Sectores de Planeamiento Remitido (SPR). Son Suelos Urbanizables que se encuentran comprometidos pero sin cerrar los trámites de aprobación.  Sectores de Planeamiento Propuestos (SPP). Son los que el PGO propone como Suelos Urbanizables para que se conformen como Residenciales y Dotacionales. En definitiva, hemos podido analizar (diagnosticar el planeamiento y vigente y, en paralelo, señalar los contenidos de su mantenimiento, modificación, ampliación y creación de nuevos contenidos.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 75 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III. EL ESTADO DE HECHO Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 76 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.1. MEDIO: LAS BASES AMBIENTALES El río Noreña como conformador de la estructura ambiental La peculiar configuración territorial de Noreña junto con su situación en el núcleo del Área Central constituyen los dos condicionantes más destacados de cara a la ordenación, aparte de los relacionados con el riesgo de inundación. Tanto los indicadores como las infraestructuras confirman esa posición de alta centralidad regional, si atendemos a criterios geográficos, socioeconómicos e institucionales. Esa Área Central, con una población que ronda el 80% de la regional, consolida progesivamente su vocación industrial (principales polígonos industriales de la región) y de servicios (principales ciudades asturianas, incluida la capital). Como consecuencia, el concejo de Noreña se ve favorecido por ciertos procesos de desarrollo industrial de esa Área Central, que lo convierten en receptor de algunos equipamientos de ámbito regional. Por otra parte, dentro del Área, Noreña se inscribe en el ámbito de influencia de Oviedo, al igual que concejos como Llanera y Siero. III.1.1. NORMAS SOBRE EVALUACIÓN AMBIENTAL La Directiva comunitaria 2001/42/CE introduce en el proceso de planificación, para planes y programas con efectos significativos sobre el medio ambiente, la Evaluación Ambiental Estratégica como instrumento para la prevención de los posibles impactos. Para su aplicación en Asturias, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo dictó en 2004 una instrucción en la que se establecen las determinaciones relativas a los tipos de evaluación ambiental a la que deben someterse las diferentes clases de planes en función de su naturaleza. La ley estatal de abril de 2006 introduce en la legislación española la evaluación ambiental de planes y programas, también conocida como evaluación ambiental estratégica. Durante el proceso de elaboración del presente Plan entró en vigor la Ley 9/20062, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, incorporando al derecho español la Directiva 2001/42/CE, y estableciendo las bases para, tal y como expresa en su preámbulo, “integrar los aspectos ambientales en la elaboración y aprobación de planes y programas para alcanzar un elevado nivel de protección del medio ambiente y promover el desarrollo sostenible en su triple dimensión económica, social y ambiental, a través de un proceso continuo de evaluación en el que se garantice la transparencia y la participación”.

2

LEY 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. BOE núm. 102, de 29 abril 2006

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 77 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Las disposiciones de la Ley 9/2006 se concretaron en la nueva Instrucción3, de 7 de noviembre de 2006, de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Esta instrucción tiene un carácter orientador y transitorio que se prolongará hasta la entrada en vigor de la normativa urbanística y medioambiental que regule la materia y pretende dar una respuesta integrada a la tramitación del procedimiento ambiental y urbanístico de la forma más ágil posible a través de la simultaneidad de trámites y sin merma del interés público. En ella se establecen las particularidades del procedimiento de evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento territorial y/o urbanístico que deban someterse a dicho trámite. Por su parte, el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (ROTU, Decreto 278/2007, de 4 de diciembre) vino a completar el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (TROTU, Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril), procurando, además, incorporar “…toda la regulación existente, al objeto de permitir el manejo unitario de todo el cuerpo normativo en la materia, facilitando la interpretación y la coherencia interna del entero sistema, con vocación de permanencia y estabilidad” (como se expresa en el bloque I del Preámbulo). En lo que se refiere más concretamente a los efectos sobre el medio, el ROTU ya en el bloque III del Preámbulo hace referencia al trámite ambiental, “en aplicación y desarrollo de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, y de la legislación básica estatal sobre la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente”, resaltando que la consideración de los factores ambientales se incardina desde el principio en la tramitación de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística que deben someterse a dicho trámite. Asimismo, el ROTU a continuación enfatiza que se introducen criterios de sostenibilidad en la planificación, de acuerdo con los planteamientos de la Unión Europea, y que el PGO “…debe reflexionar sobre cuáles han de ser las edificabilidades y las densidades de ocupación más adecuadas para racionalizar el consumo del escaso suelo, atenuando así la movilidad en vehículo particular y favoreciendo el desarrollo del transporte público, y garantizar que las reservas para equipamientos y zonas verdes sean eficientes para conseguir una mezcla de usos, evitando el monocultivo residencial y favoreciendo el dinamismo de las tramas urbanas de nueva creación”, si bien señala que “Se ha desechado la idea de plantear un parámetro de densidad mínima como herramienta adecuada para alcanzar dichos fines, por las distorsiones que podría introducir en un territorio tan diverso como el nuestro dada su orografía y lo complejo del sistema de ocupación del territorio, en el que el rural disperso y lo metropolitano conviven en un mismo espacio físico” y que “Será desde el planeamiento municipal, y desde la coordinación que sobre todos ellos ha de efectuar la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio del Principado de Asturias, que se deba atender a los criterios de sostenibilidad”. Por último, aparece la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, que simplifica los diferentes procesos de evaluación ambiental hacia un procedimiento semejante indiferentemente de que se traten sobre proyectos o sobre 3 INSTRUCCIÓN de 7 de noviembre de 2006, de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sobre aplicación de la legislación sobre evaluación ambiental de planes y programas y de impacto ambiental a los procedimientos urbanísticos y de ordenación territorial. BOPA núm. 282, de 7 de diciembre de 2006.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 78 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

planes y programas. Sin embargo, según su régimen transitorio, sólo se aplica ante los planes, programas o proyectos que se inicien después de su entrada en vigor; en este caso, al estar ya iniciada (ver punto siguiente) se prosigue con las determinaciones de la ley 9/2006. A. El Documento de Referencia En aplicación de la normativa, el Ayuntamiento de Noreña elaboró un documento que fue remitido al órgano ambiental a 17 de abril de 2008, iniciándose el trámite previsto en el art. 9 de la Ley 9/2006, sometiendo la documentación a consultas con las autoridades afectadas y la ciudadanía en general en abril de 2008. Las administraciones e instituciones consultadas fueron:

ORGANISMOS CONSULTADOS Dirección General de Biodiversidad y Paisaje Oficina para la Sostenibilidad, el Cambio Climático y la Participación Dirección General de Política Forestal Dirección General de Desarrollo Rural Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo Dirección General de Patrimonio Cultural Confederación Hidrográfica del Norte (Ministerio de Medio Ambiente) Dirección General de Minería y Energía Asociación Asturiana de Amigos de la Naturaleza Coordinadora Ecologista de Asturias Sociedad Española de Ornitología (SEO Bird-Life) Ecologistas en Acción

HAN RESPONDIDO

X X X

Una vez concluido el periodo de consultas, la Dirección General de Calidad Ambiental y Obras Hidráulicas dicta la Resolución de 17 de septiembre de 2008 (BOPA núm. 238, de 8 de octubre de 2008) por la que se aprueba el Documento de Referencia para la evaluación de los efectos sobre el medio ambiente del Plan General de Ordenación del concejo de Noreña. Dicho Documento de Referencia determina la amplitud, el nivel de detalle y el grado de especificación que debe contener el Informe de Sostenibilidad Ambiental. Conforme a la tramitación ambiental a la que debe someterse el PGO, el primer referente lo constituye el Documento de referencia elaborado por el órgano ambiental competente. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 79 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Por tanto, la propuesta de PGO debe ser sometida a una pormenorizada evaluación ambiental, y el resultado de dicha evaluación deberá ser reflejado en el correspondiente ISA, conforme al procedimiento de tramitación ambiental establecida por la normativa vigente. El ISA se ocupa específicamente de la situación actual del medio ambiente y su previsible evolución a la luz de las propuestas de ordenación. Conforme a las determinaciones del Documento de referencia, los criterios ambientales asumidos en el ISA deben integrarse en los documentos de planeamiento, incorporando, al menos, los siguientes aspectos: a) Esbozo del contenido, objetivos principales del Plan y relaciones con otros Planes y Programas conexos. b) Aspectos relevantes de la situación actual del medio ambiente y su probable evolución, en caso de no aplicar el plan o programa. c) Características ambientales de las zonas que puedan verse afectadas de manera significativa. d) Problemas ambientales existentes, que sean relevantes para el Plan, incluyendo los relacionados con cualquier zona de particular importancia ambiental designada de conformidad con la legislación aplicable sobre espacios naturales y especies protegidas. e) Objetivos de protección ambiental fijados en los ámbitos internacional, comunitario o nacional que guarden relación con el Plan y la manera en que tales objetivos y cualquier aspecto ambiental se han tenido en cuenta durante su elaboración. f)

Efectos significativos en el medio ambiente, incluidos aspectos como la biodiversidad, la población, la salud humana, la fauna, la flora, la tierra, el agua, el aire, los factores climáticos, los bienes materiales, el patrimonio cultural, incluido el patrimonio histórico, el paisaje y la interrelación entre estos factores.

g) Medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, contrarrestar cualquier efecto significativo negativo en el medio ambiente por la aplicación del Plan. h) Resumen de las alternativas estudiadas, de las razones de la selección, y descripción de la manera en que se realizó la evaluación, incluidas las dificultades (como deficiencias técnicas o falta de conocimientos y experiencia) que pudieran haberse encontrado a la hora de recabar la información requerida. i)

Descripción de las medidas previstas para el seguimiento, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 9/2006.

j)

Medidas adoptadas en el planeamiento para minimizar la presencia humana en los espacios protegidos adyacentes

B. Objetivos y criterios generales de ordenación En este DAI se parte de que el planeamiento constituye un instrumento básico en la configuración de un modelo territorial sostenible, que incorpora las prescripciones adecuadas para que los usos, y las construcciones e instalaciones asociadas a los mismos, se adapten al territorio donde se ubiquen y no vayan en menoscabo del patrimonio natural: preservando la Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 80 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

conectividad biológica; dotando de continuidad física a la red de espacios y suelos protegidos; preservando la estructura territorial, paisajística y funcional de los espacios agroforestales y manteniendo los elementos estructurantes; y controlando la fragmentación. Como objetivos generales del Plan General de Ordenación de Noreña se establecen los siguientes: -

Garantizar el desarrollo urbanístico sostenible en el ejercicio de las competencias urbanísticas y de acuerdo con la ordenación territorial y las Directrices de Ordenación del Territorio.

-

Velar por el bienestar y la seguridad de las personas, preservándolas de los riesgos naturales y tecnológicos.

-

Integrar el paisaje en el planeamiento bajo la perspectiva de la sostenibilidad y promoviendo una gestión que impida que los cambios socioeconómicos produzcan desequilibrios o alteraciones sustanciales.

-

Minimizar y racionalizar el consumo de suelo de acuerdo con un modelo territorial globalmente eficiente, evitando la ocupación innecesaria para usos urbanos e infraestructuras vinculadas, asignando usos sin sobrepasar la capacidad de acogida del territorio, manteniendo la estructura orgánica del SNU, y preservando espacios y elementos relevantes por su valor natural, paisajístico o agrario.

-

Compatibilizar el planeamiento con el ciclo natural del agua y racionalizar el recurso en el marco de un modelo territorial globalmente eficiente.

-

Conservar la biodiversidad territorial y asegurar un uso sostenible.

En definitiva, la propuesta de PGO opta por un planeamiento urbanístico con estrategias de desarrollo sostenible y dinamización económica y social, destacando como propuesta estratégica la puesta en valor del patrimonio natural y cultural en sentido amplio. C. Paisaje La unidades territoriales definidas en el Documento de Prioridades pasan a considerarse en el presente documento como unidades paisajísticas, que forman la base sobre la que se articula el Plan y que suponen una síntesis de los diferentes apartados analíticos de la Memoria. Así, se distinguen en Noreña tres unidades distintas, que se corresponden con sus parroquias: Celles, Noreña y Santa Marina. Los paisajes constituyen el armazón del Plan y la estrategia de un desarrollo urbanístico sostenible fundamenta tanto las propuestas generales de ordenación como su concreción en los diferentes tipos de suelo. De ahí que, en síntesis, se ordene preservando los paisajes en aras de la sostenibilidad del conjunto, e integrando en ellos los usos de modo que se salvaguarde y potencie el patrimonio natural y cultural como activo fundamental que es del concejo (expresión decantada históricamente de las relaciones entre la sociedad y el territorio). Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 81 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Se parte, pues, de las Unidades Territoriales (aquí Paisajísticas) establecidas ya en el Documento de Prioridades, como armadura que permite ir de la visión de conjunto a las propuestas concretas, en función de unas pautas cuyo gran objetivo es el de consolidación del valioso paisaje que ha llegado hasta el presente y al que sólo cabe mejorar mediante los sistemas vertebradores adecuados, al tiempo que se equipa de modo adecuado para afrontar el futuro próximo. En definitiva, tal y como se señala en el apartado de metodología de la presente memoria, el Plan pretende ser, entre otros objetivos, un instrumento de gestión del paisaje, considerándolo como uno de los elementos vertebradores del modelo territorial esperado, y a cuya capacidad de carga habrían de someterse las políticas sectoriales, las cuales, por su propio carácter, carecen de la visión integradora que proporciona el paisaje como referencia visual de la conformación del territorio. III.1.2. SOPORTE FÍSICO A. Unidades territoriales A la ya peculiar configuración del concejo de Noreña en cinco enclaves cabe sumarle que éstos se encuentran incardinados dentro de tres unidades geológicas y geomorfológicas distintas. En base a las segundas, distinguimos: -

Surco prelitoral: Sobre esta unidad se asientan la parroquia de Noreña y el enclave de Otero (Celles). Se trata de un valle definido por una depresión tectónica longitudinal que se desarrolla desde Oviedo hasta Panes, reduciendo su amplitud a medida que nos dirigimos hacia el Este. Morfoestructuralmente, el área que nos afecta queda definida por un eje sinclinal que se digita hacia el oeste en las proximidades del límite norte de la parroquia de Noreña y que se encuentra flanqueado por frentes de cabalgamiento, lo que se traduce en un espacio relativamente llano cerrado al Norte y al Sur por alineaciones serranas. Litológicamente, es un espacio fundamentalmente sedimentario, con una importante presencia de rellenos terciarios compuestos de conglomerados calizos, calizas lacustres, arcillas, margas y arenas. En el caso de la parroquia de Noreña, el modelado fluvial es muy destacado, sobremanera en el curso del río Noreña, que lo atraviesa, asentándose la Villa en una importante curva donde el río cambia su sentido de N-S a E-O; las incisiones en el terreno son destacadas, aunque no tanto como los niveles de acumulación fluvial (NAF), que definen una banda importante de materiales cuaternarios sobre relieves muy planos conocidos en la región como vegas.

-

Sierras litorales: Se corresponde con la parroquia de Celles, con la excepción del enclave de Otero. Esta unidad queda caracterizada por ser una serie de sierras que hacen de murallón entre la costa y el surco prelitoral. En este segmento las cotas son relativamente bajas, siendo el punto más elevado el Pico San Martín, con 519 metros (muy próximo al núcleo de La Peral, pero fuera de los límites municipales noreñenses). Los materiales de este sector son secundarios, mayoritariamente jurásicos, con gran abundancia de calizas, margas, arcillas y areniscas, aunque alternan con áreas de arcillas triásicas. La parroquia de Celles se encuentra dividida en dos partes por el río Noreña,

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 82 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

que lo cruza de Este a oeste siguiendo un val definido por un sinclinal. Desde el río, su parte norte es un espacio alomado orientado a mediodía, siguiendo el flanco que va del eje sinclinal hacia el eje anticlinal. Su parte sur se apoya sobre un cabalgamiento, definiendo un relieve más abrupto, de pendientes fuertes y con sus vertientes orientadas mayoritariamente hacia el norte y el oeste. -

Cuenca carbonífera central: Sobre uno de sus límites se encuentra la parroquia de Santa Marina, que se asienta sobre unas calizas “de montaña” que cabalgan sobre un paquete de pizarras y areniscas westfalienses situadas a su SE; a su vez, las calizas “de montaña” se encuentran cabalgadas por el Norte por la formación Rañeces, de edad devónica. En este enclave, desarrollado a una altitud de entre 400 y 500 m, las pendientes son generalmente fuertes, con una orientación dominante a umbría.

Contexto geológico

Contexto geomorfológico

B. Vegetación. La vegetación, por su lado, se encuentra muy condicionada por una intensa actividad humana, lo que la sitúa lejos de su serie climácica. Así, la vegetación potencial sólo queda en alineaciones estrechas que siguen el curso del río Noreña, con especies típicas de ribera como son los alisos (Alnus glutinosa), fresnos (Fraxinus excelsior), chopos (Populus sp.), sauces (Salix sp.), etc., y a pequeñas carbayeras, compartidas con Siero en algunos lugares. Más frecuentes resultan las masas de plantaciones de castaños (Castanea sativa) que, históricamente, han ido reemplazando a los carbayos (Quercus robur) por su mayor utilidad. Sin embargo, la formación de mayor extensión de porte arbóreo es el eucaliptal (Eucaliptus Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 83 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

globulus), de plantación reciente, como ocurre con frecuencia en todas las tierras bajas asturianas debido a su rápido crecimiento y productividad económica. La mayor parte de la superficie municipal se encuentra cubierta por prados, derivado de la actividad ganadera dominante en el sector primario, siendo de destacar que en las tierras abandonadas brotan en poco tiempo tojos (Ulex europaeus) y helechos. Sin embargo, en las lindes ente prados se levantan las sebes, cierres vegetales con una destacada variedad florística: castaños, carbayos, serbales, fresnos, laureles, etc. En las áreas residenciales la mayor parte de la vegetación presente son ornatos, tratándose con frecuencia de especies importadas. De destacar son una serie de castaños próxima a la capilla del Ecce-Homo, que por su antigüedad y por crecer de un modo aislado (sin competencia de otros ejemplares) toman un porte bajo y grueso. En los bordes de carreteras y caminos suele aparecer vegetación ruderal o especies invasoras. C. Espacios protegidos. En Noreña no hay ningún espacio incluido dentro de la Red Regional de Espacios Protegidos. Por su lado, dentro de la Directiva Hábitats (Dir. n. 92/43/CEE) relativa a la “Conservación de hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres”, adoptada por el Consejo de Comunidades Europeas el 21 de mayo de 1992 nos encontramos con el hábitat prioritario 91E0, Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae), comúnmente conocidos como bosques de ribera. D. Fauna La fauna en el concejo de Noreña es muy escasa debido, fundamentalmente, a: -

la escasa superficie del concejo y su compartimentación, y la aún menor a los efectos que nos ocupan si se consideran los enclaves no urbanos por separado;

-

la intensa antropización que se produce en el Área Central; y

-

a que las escasas manchas forestales son en su mayoría de eucaliptos, poco aptas como biotopo para la fauna local, mientras que las masas de especies autóctonas o naturalizadas (caso del castaño) no van más allá de pequeños rodales discontinuos.

Así, la fauna habitual en Noreña se limita a las especies normales del Área Central Asturiana, donde las mayores presencias se dan en aves “de campo” (gorrión, jilguero, lavandera, córvidos...), pequeños mamíferos como los erizos (cuyos cuerpos inertes aparecen con frecuencia en las carreteras) y algún jabalí, aunque estos últimos tiendan en mayor medida hacia Siero. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 84 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Las especies protegidas que potencialmente podrían aparecer dentro de los límites municipales de Noreña serían los siguientes:

Nombre común Vulnerables Rana de Antón

San

Rana común

Nombre científico

Tipo

Presencia4

Hyla arborea

anfibio

Potencial

Rana perezi

anfibio

Potencial

Observaciones Decreto 101/2002, de 25 de julio. Presente en Directiva de Hábitats, Convenio de Berna y Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Decreto 102/2002, de 25 de julio. Presente en Directiva de Hábitats, Convenio de Berna

De interés especial Avión zapador

Riparia riparia

ave

Potencial

Alimoche

Neophron percnopterus

ave

Posibilidad

Halcón

Falco peregrinus

ave

Potencial

Azor

Accipiter gentilis

ave

Potencial

ave

Representado

mamífero (topo)

Posibilidad

Decreto 60/1993, de 15 de julio. Presente en Convenio de Berna y Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Decreto 135/2001, de 29 de noviembre. Presente en Directiva Aves, Convenio de Berna, Convenio de Bonn y Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Decreto 149/2002, de 28 de noviembre. Presente en Directiva Aves, Convenio de Berna, Convenio de Bonn y Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Decreto 149/2002, de 28 de noviembre. Presente en Convenio de Berna, Convenio de Bonn y Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

Singulares Pico menor Desmán ibérico

4

Dendrocopos minor Galemys pyrenaicus

Presente en PORNA, Convenio de Berna y Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Presente en PORNA, Convenio de Berna, Directiva de Hábitats y Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.

La presencia de las especies sobre este territorio se ha establecido a partir de tres grados distintos: -

Representado: Especies presentes de un modo permanente o estacional

-

Potencial: Especies que pueden estar establecidas o que emplean este territorio como zona de paso.

-

Posibilidad: Especies que de un modo puntual podrían aparecer o establecerse sobre los límites municipales.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 85 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

F. Sistemas hídricos y sus orlas de vegetación asociadas La existencia de cauces dentro del concejo implica necesariamente la obligatoriedad de considerar las afecciones de la legislación vigente en materia de aguas. Se han de tener en cuenta, en todo caso, las franjas de servidumbre para uso público de 5 m desde las márgenes, que han de permanecer libres para ser susceptibles de los usos y finalidades que se prevén en la legislación en materia de aguas. Además, cualquier tipo de actuación sobre dichos cauces necesitará de la emisión de un informe previo por parte de la Confederación Hidrográfica del Norte (art. 24 y 25 TR de la Ley de Aguas). Históricamente las riberas fluviales y las vegas tuvieron un especial atractivo para el asentamiento humano que, no obstante, las respetó en lo que a edificación se refiere. Los riesgos de inundación y torrencialidad mantuvieron los asentamientos en los bordes de las vegas y de los conos de deyección, reservándolos para usos agrarios u otros compatibles con los sistemas fluviales, mientras que la vegetación de ribera es todavía uno de los componentes destacados del paisaje. La propuesta de PGO entiende las actuaciones regeneradoras de los ríos como motor del desarrollo, medioambiental y también social. Desde la perspectiva social, se pretende dar solución al área sur de la Villa, donde el río Noreña entra en conflicto con las áreas de equipamientos y con el desarrollo del polígono industrial de La Barreda; además, se proyecta que el espacio sea compatible con el ocio mediante la propuesta de sendas peatonales de integración blanda. Desde una óptica medioambiental hay dos objetivos: la conservación y mejora de los ecosistemas fluviales y la minimización de los riesgos derivados de episodios de inundación. Así, el Plan establece un régimen de usos que posibilite y favorezca el mantenimiento de los aprovechamientos tradicionales que no impliquen menoscabo de los valores que se pretenden proteger. Para ello el Plan contempla una categoría específica, el SNU de Especial Protección de Cauces, que incluye las masas de agua, los cauces, las zonas inundables, y las áreas ocupadas por vegetación de ribera o vegetación vinculada a los cursos de agua.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 86 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.2. RIESGOS: LAS LIMITACIONES DEL SUELO Los riesgos naturales, a pesar de su propio término, son un fenómeno fundamentalmente social, pues éstos sólo cobran relevancia cuando afectan a estructuras humanas. Así, autores como Olcina Cantos, en su obra “¿Riesgos naturales?” define como riesgo natural lo siguiente: A pesar de esta misma definición, en planeamiento la variable empleada suele ser la de susceptibilidad o peligrosidad, que representa la mayor o menor probabilidad de que tenga lugar un determinado proceso natural generador de riesgo, pues es la que permite determinar sobre qué terrenos no es aconsejable la instauración de determinados usos. Sobre estos términos, nos centraremos sólo en aquellos aspectos que pueden suponer un riesgo significativo y que, además, cuenten con estudios concretos previos. Así por ejemplo, carecería de sentido contemplar riesgos como el de aludes o volcanes, pues no existen en Noreña, o sísmicos en tanto que son muy bajos. Con ello nos centraremos en tres categorías: -

Incendios, tanto en el riesgo de que se produzcan como el factor de erosión de suelo asociado a los mismos.

-

Movimientos de ladera, centrándonos en los movimientos en masa y en los deslizamientos superficiales.

-

Inundación, de gran relevancia para este concejo.

Cabe mencionar, que los dos últimos se encuentran muy condicionados por el factor “precipitación máxima en 24 horas”. Así, mientras el clima del lugar no suele alcanzar ningún valor extremo (estaría dentro de lo que Köpen denomina en su clasificación un “clima templado moderado lluvioso”), a pesar de las frecuentes lluvias, cuando éstas alcanzan valores extremos se desencadenan estos riesgos. A continuación, aportamos la estimación de estos valores según su periodo de retorno: Periodo de retorno (años) Precipitación máxima (l/m2)

PRECIPITACIÓN MÁXIMA EN 24 HORAS 5 10 25 60-70 70-80 100-110

50 110-120

100 120-130

Fuente: INDUROT (2003): Riesgos naturales en Asturias, KRK

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 87 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.2.1. INCENDIOS Para este apartado se siguen los diferentes estudios realizados por el INDUROT para el Principado de Asturias, adjuntándose gráficamente en los planos de información. Los incendios se encuentran, en gran medida, condicionados por la cubierta vegetal; ello implica que, para el caso de Noreña, el riesgo general sea bajo, pues los prados ocupan el grueso de la superficie y son poco susceptibles ante los incendios. Con ello, resulta interesante contrastar el mapa de riesgos con el de vegetación, pues las masas arbóreas y, sobre todo, arbustivas, son las señaladas como las de mayor riesgo. Ello es especialmente palpable en los casos de Celles y Santa Marina, donde las plantaciones de eucalipto (muy inflamable) y las zonas de matorral acaparan todo el protagonismo. Asociado al incendio acaece otro riesgo derivado, que es la erosión del suelo post-incendio, pues la pérdida de la cubierta vegetal, asociado fundamentalmente a la lluvia, lleva a la pérdida de suelo en términos edáficos. Este factor se encuentra muy vinculado a las pendientes (entre otros factores), lo que hace que estos valores puedan considerarse en gran medida indicadores de la erosión en cualquier caso por el que se pierda la cubierta vegetal. Así, Celles sería el espacio más afectado ante este riesgo. III.2.2. MOVIMIENTOS DE LADERA A partir de este nombre genérico se desarrollan diferentes riesgos derivados de los procesos de modelado natural de las laderas; en ingeniería de obra civil suelen recibir el nombre de inestabilidad de laderas. La fuente empleada es la misma que en el caso de los incendios. En primer lugar, deben señalarse los movimientos en masa; actualmente no existe un riesgo elevado de que se produzcan movimientos en masa en Asturias salvo en lugares muy concretos, pues para activarse requerirían unas condiciones climáticas y/o tectónicas muy concretas. No obstante, de producirse, la parroquia de Noreña sería la más susceptible de sufrir estos procesos, pero aun así sin pasar el riesgo de medio. Sin embargo, las condiciones son muy diferenciadas para los deslizamientos superficiales, comúnmente conocidos en Asturias como argayos. Éstos suelen producirse a partir de tres variables: la pendiente, la coherencia del sustrato litológico (muy susceptible en el caso de formaciones superficiales) y la presencia de precipitaciones abundantes (como se señalaba líneas arriba). En este sentido, la parroquia de Celles cuenta con riesgo elevado en la mayor parte de su territorio, así como determinados puntos de la parroquia de Noreña. Y, cómo no, los lugares habitualmente más afectados son los “cortados” de las vías de comunicación.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 88 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.2.3. INUNDACIONES Sin duda alguna y como han demostrado acontecimientos recientes (junio de 2010), las inundaciones son el riesgo natural que más afecta a Noreña. A. Herramientas utilizadas para la planificación Para la delimitación de las zonas inundables en el Principado de Asturias se dispone de tres herramientas, aunque las tres no se encuentran desarrolladas en todas las cuencas. Estas herramientas son: (1) Proyecto LINDE, del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, (2) Mapa de Zonas Inundables, realizado por INDUROT para el 112 Asturias, (3) Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, (4) “Delimitación de espacios fluviales en el concejo de Noreña”, estudio base para un convenio con la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, y (5) los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación, donde ya se adoptan los términos del último Plan Hidrológico. 1. Proyecto Linde (Ministerio del Medio Ambiente y Medio Rural Y Marino) La principal herramienta utilizada para la determinación de la peligrosidad frente a inundaciones es el Proyecto LINDE, que se puso en marcha en el año 1993. Este Proyecto surge porque algunos tramos de río se encuentran sometidos a presiones externas de todo tipo que pueden condicionar el dominio público hidráulico, existiendo el riesgo de invasión, degradación, usurpación, o utilización inadecuada, y se configura como un plan de actuación estructurado, que permite corregir a medio plazo situaciones de presión externa de cualquier tipo, actual o potencial, sobre el Dominio Público Hidráulico.

Tramos incluidos en el Proyecto LINDE (CHC)

Dada la complejidad del Proyecto Linde, se estructuró en el ámbito de cada cuenca en cuatro niveles o fases para ser acometidos de forma secuencial: Fase I - Identificación de las áreas sometidas a presión. Fase II - Estudio y delimitación. Fase III - Deslinde provisional y proceso administrativo para su elevación a definitivo. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 89 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Fase IV- Establecimiento de programas de explotación racional del dominio público hidráulico. El objetivo del Proyecto LINDE es delimitar y deslindar físicamente, cuando proceda, las zonas del dominio público hidráulico presionadas por intereses de cualquier tipo, que corren riesgo cierto de ser usurpadas, explotadas abusivamente o degradadas por falta de una respuesta contundente y reglamentada de la Administración. Para el río Noreña, la Confederación Hidrográfica del Cantábrico ha realizado estudios de deslinde del Dominio Público Hidráulico, así como la determinación de los límites teóricos de inundación de las avenidas correspondientes a los periodos de retorno de 100 y 500 años, tal y como puede observarse en la figura correspondiente. 2. Mapa de Zonas Inundables (INDUROT) Otra herramienta utilizada para la determinación de la peligrosidad frente a inundaciones es el Sistema de información de zonas inundables y de avenida torrencial del Principado de Asturias elaborado para el 112 de Asturias por el INDUROT de la Universidad de Oviedo (INDUROT, 2004). En este trabajo se realiza una zonificación de las áreas inundables basada en criterios geomorfológicos e históricos, estableciendo varias categorías de peligrosidad que se corresponden con diferentes frecuencias de inundación, y se delimitan zonas atendiendo a su grado de peligrosidad frente a inundaciones:

Mapa de zonas inundables de Noreña, según INDUROT

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 90 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

INUNDABILIDAD Muy frecuente Frecuente Ocasional Excepcional

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

FRECUENCIA DE INUNDACIÓN < 10 años 10 - 50 años 50 - 100 años 100 - 500 años

Además, se determinan las áreas de actividad torrencial, y el nivel de riesgo de la inundación sobre las zonas edificadas, acotando valores en cinco niveles: -

muy bajo

-

bajo

-

medio

-

alto

-

muy alto

Los tramos del río Noreña a su paso por el concejo, tanto en los enclaves de Noreña como de Celles, se encuentran analizados en el Mapa de Zonas Inundables, tal y como se recoge en la figura correspondiente.

Tramos incluidos en el Mapa de Zonas Inundables del 112 (INDUROT, 2004)

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 91 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

3. Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables La Directiva de Inundaciones, en lo que se refiere a la gestión de los riesgos frente a las inundaciones, establece un calendario de desarrollo de políticas destinadas a reducir sus consecuencias negativas (Directiva 2007/60/CE) sobre la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la actividad económica, que contempla una evaluación preliminar del riesgo de inundación (2011), mapas de peligrosidad y riesgo de inundaciones (2013) y planes de gestión del riesgo de inundación (2015). Para cumplir con la normativa comunitaria y las propias necesidades de gestión de inundaciones, se ha modificado a través del Real Decreto 9/2008 la normativa de definición de Dominio Público Hidráulico, zona de policía y zonas inundables, incluyendo criterios no sólo hidrológicos sino ecológicos en su definición y protección. Estas iniciativas van a ser culminadas a través del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, que integrará la cartografía de los Organismos de cuenca, las CC.AA., Protección Civil y demás entidades involucradas, de forma que se rentabilicen al máximo las inversiones públicas, facilitando la gestión y creando una herramienta fundamental para el cumplimiento de las exigencias de la Directiva de Inundaciones. Este sistema será un elemento básico en la planificación territorial para la identificación y gestión adecuada de las zonas inundables, con el objetivo de disminuir los daños frente a inundaciones, a la vez que se preserva el óptimo estado ecológico del espacio fluvial. El Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables presenta en un visor cartográfico en Internet (http://sig.marm.es/snczi/) todos los estudios de determinación de zonas inundables existentes y los que se desarrollen en los próximos años.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Tramos incluidos en el SISTEMA NACIONAL DE CARTOGRAFÍA DE ZONAS INUNDABLES (MARM)

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 92 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

4. Delimitación de espacios fluviales en el concejo de Noreña Es la base técnica para un convenio de colaboración entre el ayuntamiento y la Confederación Hidrográfica del Cantábrico desarrollada a través de la consultora Tragsa. Su objetivo es generar una base cartográfica para la delimitación de espacios fluviales para la prevención del riesgo de inundaciones y la protección de los ecosistemas fluviales. Distingue:

5.

-

Corredores fluviales: se definen como sectores de llanura aluvial con una dinámica fluvial muy activa, caracterizada por una alta frecuencia de inundaciones y por la ocurrencia de fenómenos de erosión y sedimentación capaces de producir cambios morfológicos en la superficie del terreno durante avenidas.

-

Ámbito de protección específica del medio fluvial: constituye una zona de protección general que se añade a los Corredores Fluviales y que está compuesta por contornos de protección definidos por una distancia fija a las orillas, de acuerdo con una clasificación jerárquica de la red hidrográfica.

Mapas de peligrosidad y riesgo de inundación Es el estudio más reciente (2014), de mayor precisión y que emplea directamente los conceptos utilizados tanto en el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación como en el Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. Así su contenido conlleva la delimitación de lo siguiente: -

Zona de flujo preferente: Es aquella zona constituida por la unión de la zona o zonas donde se concentra preferentemente el flujo durante las avenidas, o vía de intenso desagüe, y de la zona donde, para la avenida de 100 años de periodo de retorno, se puedan producir graves daños sobre las personas y los bienes, quedando delimitado su límite exterior mediante la envolvente de ambas zonas.

- Zona de policía inundable: correspondiente con la teórica inundación con periodo de retorno de 100 años. - Zona inundable: Se considera zona inundable los terrenos que puedan resultar inundados por los niveles teóricos que alcanzarían las aguas en las avenidas cuyo período estadístico de retorno sea de 500 años. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 93 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Además, el estudio aporta unos ficheros raster que incluyen el calado teórico del agua para cada uno de los tres supuestos. B. Análisis pormenorizado 1. Parroquia de Noreña Siguiendo el propio curso del río se pueden considerar tres tramos nítidamente diferenciados: - Al Este de la AS-246: Hasta el Apeadero de Noreña, el río circula “al otro lado” de la AS-246, lo que conlleva que a pesar de contar con una importante superficie inundable, en su mayor parte sobre Zona de Flujo Preferente, ésta apenas tienen repercusión sobre estructuras humanas, más allá de una agrupación de construcciones en La Mariscala. El río Ferrera también presenta riesgos de inundación, encontrándose afectada la gasolinera, al menos fuera de Zona de Flujo Preferente.

PRIMER TRAMO (Núcleo de Noreña)

SEGUNDO TRAMO (Núcleo de Noreña) 

- Zona de equipamientos de Los Riegos: La ocupación por parte de equipamientos públicos hace que se trate de la zona más sensible del concejo. Además, casi la totalidad de las instalaciones se encuentran dentro de la Zona de Flujo Preferente. Visto en detalle, debe señalarse que además del propio riesgo de inundación, presentan severas deficiencias Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 94 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

en cuanto a una potencial evacuación de este espacio, al trazarse todas las salidas hacia el río Noreña, y en el caso del instituto sólo una, lo que recomienda planificar alguna vía de escape más. - Separación Villa-Buenavista-La Barreda: Si bien cuenta con cierta afección en algunos puntos concretos del polígono industrial, la mayor parte de este segmento se da sobre suelos sin ocupación de estructuras humanas.

TERCER TRAMO (Núcleo de Noreña)

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 95 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

2. El enclave de La Felguera (Celles) En este caso no se cuenta con los Mapas de peligrosidad y riesgo de inundación, por lo que es necesario apoyarse en la Delimitación de espacios fluviales. En este entorno, la inundabilidad se restringe al río Noreña, Su repercusión sobre estructuras humanas es baja.

Parroquia de Celles

3. Resto de enclaves Santa Marina, Otero y Serrapicón se encuentran libres de riesgos de inundación.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 96 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.3. SOPORTE: LA ECONÓMIA Y LOS ASENTAMIENTOS URBANOS La Villa como elemento vertebrador del concejo y su entorno La población y la vivienda lo tratamos en un punto aparte, de tal manera, que nos centramos: III.3.1. ACTIVIDADES ECONÓMICAS Grupo de actividad Agricultura Industria alimentaria Resto industria Construcción Comercio y reparación Hostelería Educación, sanidad y s. sociales Otros servicios Total

EMPLEOS POR RAMA DE ACTIVIDAD. 2006 16 374 244 165 333 147 258 365 1.902

2013 4 387 264 74 320 119 369 287 1.844 Fuente: SADEI

La crisis que existe desde 2007 ha conllevado una caída del empleo, si bien en el contraste de los datos entre 2006 y 2013 parezca que Noreña ha sido un concejo poco afectado (al menos en comparativa) al contar con un 35 menos de empleos. Casi el 60% de la población activa se ocupa en el sector servicios, con gran peso de los subsectores de comercio y reparación y educación, sanidad y servicios sociales. El peso relativo de la Villa condal sobre el resto del municipio hace que este sector se muestre como dominante. No obstante, la escasa importancia de la hostelería pone de manifiesto un escaso desarrollo de la actividad turística dentro del concejo. La construcción, por su lado, no ha alcanzado demasiada presencia, a pesar del crecimiento reciente del parque residencial. La industria representa casi un tercio del empleo noreñense, siendo relevante el de la industria alimentaria, gracias al matadero regional, sito en el polígono de La Barreda, así como a numerosas industrias chacineras presentes en toda la parroquia de Noreña, tanto dentro de la Villa como en el polígono industrial o en terrenos de expansión residencial reciente. La mayor parte del resto de actividades industriales se ubica en el polígono de La Barreda, si bien se salpica el resto de la parroquia de Noreña de alguna instalación de estas características; la más llamativa es un desguace próximo a Arrebalde. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 97 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

EMPLEOS POR RAMA DE ACTIVIDAD Agricultura Otros serv icios

Industria alimentaria

Educación, sanidad y s.

Resto industria

sociales

Hostelería

Construcción Comercio y reparación

Localización de las industrias chacineras

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 98 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

CABAÑA BOVINA Parroquia

Celles

Noreña

Sta. Marina

Concejo de Noreña Fuente: SADEI

carne leche mixta total carne leche mixta total carne leche mixta total

2001 explota. 15 0 2 17 26 3 1 30 4 0 0 4

2007 cabezas explota. 142 15 14 0 0 156 15 226 21 28 0 0 254 21 43 3 0 0 43

3

24

Total

51

453

39

360

tipo

cabezas 136 3

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

CABAÑA OVINA Y CAPRINA. CABEZAS Cabaña 2001 2004 Ovina 13 73 Caprina 3 33 Fuente: SADEI

139 197 0 197 24 0

CORTAS FORESTALES. 2006 Especie m3 Eucalipto 188 Castaño 11 Otras 40 Total 239 Fuente: SADEI

El sector primario, por su parte, con cuatro empleos en 2013, puede considerarse casi extinto, si bien su impronta paisajística es todavía notable. La cabaña bovina es la de mayor relevancia, aunque entre 2001 y 2007 se ha producido un intenso retroceso de la misma con una reducción de casi un cuarto de las explotaciones, destacando el retroceso de las de orientación lechera. Sin embargo, las cabañas ovinas y caprinas parecen haber contado con un importante crecimiento. El subsector forestal, debido a la escasa superficie arbolada, es muy modesto; más de tres cuartas partes del volumen de las cortas se corresponden con el eucalipto. Por otra parte, el escaso peso del primario en el empleo y en la renta municipal en contraste con su trascendencia paisajística plantea, como el cambio de carácter de los núcleos rurales, problemas para la ordenación del territorio del concejo, al constituir una de las claves de la calidad ambiental que, de no preservar su continuidad, obligaría a costes adicionales de mantenimiento de la misma y el correspondiente reparto de cargas fuera del actual suelo urbano.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 99 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.3.2. MORFOLOGÍA URBANA Se trata aquí de apuntar los rasgos morfológicos básicos de Noreña para abordar sobre la base del paisaje (en función de la metodología ya explicada) la ulterior propuesta de ordenación: -

El paisaje urbano de Noreña asomado en pendiente desde el Ecce-Homo al río no presenta un casco histórico bien definido a pesar de la antigüedad del asentamiento. Se trata de un plano caminero, articulado en torno a un buen número de plazas, encrucijadas más o menos amplias, cuyo origen explica su irregularidad, con predominio de las triangulares. La excepción es la plaza del Ayuntamiento.

-

El plano se vincula, pues, más a los enlaces con las carreteras principales que a la antigua fortaleza condal, tempranamente desaparecida y reutilizados sus materiales (sita cerca de la iglesia parroquial y fuera por tanto de núcleo). Así, especialmente, los enlaces con la carretera de Torrelavega, camino de Oviedo pasando por la iglesia, y la de Langreo a Gijón, camino de Siero; en este caso, además, la estación se convirtió en vector de crecimiento relativamente reciente (expansión de la población entre los cincuenta y los ochenta y promoción de vivienda en bloques).

-

Antes, coincidiendo la primera expansión industrial con la emancipación del concejo, la iniciativa pública y privada conformaron el caserío histórico: edificios escolares, quiosco de la música, aceras, plazas remarcadas con estatuas a benefactores se completaban con vivienda burguesa enmarcándolas; pero en el desarrollo del plano también jugaron un papel notorio las instalaciones fabriles de pequeña dimensión e incluso las viviendas para obreros y sus familias, no numerosas pero sí significativas dado el tamaño de la Villa. Algunas capillas y palacios fuera del casco marcaban vías de crecimiento, junto a las fábricas de mayores dimensiones, ubicadas lógicamente en las proximidades del viario de enlace.

-

Más recientemente la Villa siguió expandiéndose siguiendo el viario, no ya sólo el de los enlaces sino también el que comunicaba el centro urbano con los pueblos aledaños, hasta absorber algunos de ellos pero sin apenas alterar la trama preexistente.

-

Por otro lado, las dotaciones públicas más recientes ocuparon parcialmente la vega, antes vacía prácticamente de edificaciones, y conformaron un factor de atracción sobre la base de una trama más regular de la históricamente asentada.

-

Además, el río Noreña con sus pequeños afluentes que parten en dos la Villa y nos permite entenderla, como mínimo, en dos partes claramente diferenciadas.

-

Por último, el ferrocarril y las carreteras actúan de barrera y ocasionan otra serie de particiones más, lo que determina una serie de zonas encerradas y que necesitan un tratamiento específico en el PGO.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 100 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.4. DOTACIONES: LA ESTRUCTURA URBANÍSTICA Las políticas estatales, regionales y municipales como Sistemas Generales Antes de desarrollar este capítulo hacen falta una serie de aclaraciones previas: -

Contenido. El art. 10 del ROTU establece que las Dotaciones pueden considerarse como Sistemas Generales y Locales.

-

Sistemas Generales. En cuanto a los Sistemas Generales (estructura orgánica para los Planes Generales art.130 ROTU): vías (incluido aparcamientos), servicios (redes), equipamientos (de todo tipo, 5m2/hab), zonas verdes (jardines, sobre todo, 5m2/hab.) y espacios libres (suelos de ocio, entre otros). Por las circunstancias del concejo (una isla en el Área Central) se prefiere establecer unas categorías clásicas: infraestructuras, equipamientos y servicios (ver cuadro en el anexo)

-

Sistemas locales. Al margen de la diferencia de usos (industrial, sobre todo), y de que los parámetros de referencia son en el urbanizable de obligado cumplimiento (art. 177 ROTU), se adoptan 10 m² /viv para equipamientos y 20/viv (o, mínimo, 10% ámbito) para zonas verdes, tanto en suelo urbano (consolidado o no) como urbanizable. Se mantendrá la misma clasificación: vías, servicios, equipamientos, zonas verdes y espacios libres.

-

Sistemas Territoriales. Aunque no forman parte de las prescripciones para la redacción del Plan, su incidencia en el término municipal obliga a tenerlas en cuenta, además de que contribuyan a cubrir posibles deficiencias.

-

Resumen. Los parámetros son puramente orientativos y están sujetos a salvedades. En todo caso, se parte del estado actual y se estructuran en los tres grandes tipos o bloques derivados del ROTU (art. 10): Infraestructuras (vías y servicios), Equipamientos (equipamientos, zonas verdes y espacios libres) y Servicios (redes de todo tipo).

Por último, la agrupación se hace de forma que al llevarlos a los cuadros comparativos se facilita la demostración de que se cumplen todos y cada uno de los parámetros que el TROTU y el ROTU exigen. III.4.1. INFRAESTRUCTURAS. A. Carreteras El núcleo de Noreña se encuentra en el cruce de importantes infraestructuras viarias: -

A-64 (autovía del Cantábrico), que transcurre de oeste a este.

-

AS-1 (autovía minera), Gijón–Mieres (norte/sur); conectado con la villa mediante la renovación del antiguo Camino a Pola.

-

N-634 (oeste/este).

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 101 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

-

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

AS-246 (norte/Sur).

Por otro lado, en el núcleo de Noreña confluyen varias carreteras locales, pero que facilitan los desplazamientos por carretera de sus habitantes, tales como la NO-1, NO-2 y SI-4. En este PGO se plantea la construcción de otros enlaces o tramos de viales que mejorarán las comunicaciones por carretera de Noreña. B. Ferrocarril La línea de FEVE Gijón-Laviana atraviesa Noreña de norte a sur, aproximadamente paralela a la carretera autonómica AS-246. Dicha línea tiene estación en el núcleo de Noreña, en la que hacen parada unas dieciséis frecuencias diarias en cada sentido. Además, al igual que pasa con las carreteras, en las proximidades de Noreña se encuentra el cruce ferroviario de El Berrón, compuesto por la red de FEVE, Oviedo-Santander (oeste/este) y Gijón-Laviana (norte/sur). Están en marcha las obras del cruce entre ambas.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Red viaria y ferroviaria DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 102 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.4.2. EQUIPAMIENTOS A. Genéricos. Salpicados por la trama urbana, con cierta tendencia a localizarse hacia el oeste, hay los que siguen: -

Ayuntamiento, ocupando posiciones centrales.

-

Cuartel de la Guardia Civil, en la calle Flórez Estrada, próximo a la entrada por la avenida de Gijón.

-

Correos, muy céntrico, próximo al Ayuntamiento.

-

Colegio de Nuestra Señora de Covadonga, cerrando la parte más compacta del núcleo por el oeste.

-

Instituto de ES, en el extremo occidental de la Villa.

-

Juzgado de Paz, en el centro-oeste del núcleo urbano denso.

-

Centro Social y Casa de Cultura, aprovechando las antiguas escuelas, próximo al Juzgado de Paz y la Plaza de Abastos.

-

Edificio municipal polivalente “La Plaza”, en el centro-norte de la Villa, ocupando la antigua plaza de abastos.

Fuera del núcleo, pero próximos a él: -

Centro ocupacional ADESPAS, al norte del núcleo de Noreña, muy próximo a La Mata.

-

Centro de Menores Miraflores, ocupando el palacio de Miraflores, en la carretera de La Carrera a Ferrera.

-

Centro Internacional de Imagen y Sonido (CIDISI), al oeste de la Villa.

B. Área de equipamientos de Los Riegos Aledaña a la Villa por el sureste, se presenta como espacio relativamente vasto y abierto que aglutina varios de los equipamientos de Noreña. En ella se asientan: -

Colegio Público Condado de Noreña.

-

Instituto de ES de Los Riegos.

-

Centro de Salud.

-

Viviendas tuteladas para la tercera edad.

-

Parque infantil.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 103 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

-

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Complejo deportivo de Los Riegos, que cuenta con dos campos de fútbol, espacios polideportivos, bolera y piscina.

Área de equipamientos de Los Riegos

C. Otros -

Cementerio: al oeste, frente al Instituto próximo a La Iglesia.

-

Templos: son de destacar la Iglesia Parroquial de Santa María, próxima al cementerio y la capilla del Ecce-Homo entre La Mata y El Sol.

-

Palacio El Rebollín.

-

Torre del Reloj.

-

Sala de exposiciones, en el antiguo depósito de agua.

-

Casa de encuentro de mujeres.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 104 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.4.3. SERVICIOS. A. Transporte público por carretera El núcleo de Noreña dispone de las siguientes líneas de autobuses: EMPRESA ALSA ALSA ALSA Autocares Hortal Autos SAMA, S.A

TRAYECTO LÍNEA: Noreña – Argüelles- Meres – Granda- Oviedo LÍNEA: Noreña – Consejerías- Facultad Oviedo LÍNEA: Noreña – El Berrón - Pola de Siero LÍNEA: Pola de Siero- Noreña- Lugones - Oviedo LÍNEA: Langreo - Gijón

FRECUENCIA 54 frecuencias, 18 de las cuales enlazan con autobuses a Madrid

PARADA C/ Flórez Estrada

13 frecuencias diarias

C/ Flórez Estrada

93 frecuencias diarias

C/ Flórez Estrada

14 frecuencias diarias en cada sentido

Plaza de La Cruz

3 frecuencias diarias

Av. de Gijón

Las numerosas frecuencias que dispone con Oviedo permiten comunicaciones con numerosas localidades tanto del Principado como del resto de España haciendo escala en Oviedo. Respecto al servicio de taxi, se dispone de una parada ubicada en la Plaza de La Cruz. B. Abastecimiento El abastecimiento de agua al núcleo de Noreña proviene, entre el 80 y el 85 %, de CADASA, a través de la conexión a su red de transporte, que discurre al norte de Noreña, mientras que el restante 15-20 % se obtiene de un manantial propio situado en Hevia, al sur del núcleo de Noreña. Desde ambos puntos es transportado a un depósito de hormigón situado al norte de Noreña. En este núcleo, como problema principal destaca la falta de presión de la red, debido principalmente a la escasa altura en la que se sitúa el depósito. Respeto a La Felguera, se abastece de manantiales propios, siendo en este caso los principales problemas la baja calidad de las aguas, la escasez en épocas de estiaje y la pequeña capacidad de regulación de los depósitos existentes.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 105 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

C. Saneamiento Las infraestructuras generales de saneamiento se encuentran resueltas en el núcleo de Noreña por el colector interceptor del Nora –Noreña y la depuradora de Villapérez. Respeto a la red de saneamiento urbana, está formada por varios colectores de diversos diámetros, materiales y fechas de construcción, que se han ido ejecutando para dar servicio al desarrollo del núcleo urbano y de las actividades industriales. En general, se puede considerar que la mayor parte de los suelos urbanos y urbanizables situados en el núcleo de Noreña quedan conectados a las redes municipales simplemente extendiendo sus redes de saneamiento a la red general existente. En el resto de los núcleos del municipio, en lo que a saneamiento se refiere, se señala la inexistencia del mismo, por lo que las aguas residuales se evacuan a pozos negros, vertidos incontrolados, etc. D. Otras infraestructuras de servicio En lo que se refiere a infraestructuras de servicios energéticos, cabe destacar determinadas líneas de alta tensión, que forman parte de la red principal de transporte e interconexión de puntos de producción de la Región, o incluso de carácter transregional, que aunque sean de forma tangencial, atraviesan las parroquias del municipio. Cabe citar: -

La línea doble de 220 kV Siero - San Miguel de La Barreda, titularidad de Red Eléctrica de España, una de cuyas dos líneas atraviesa la parroquia de Noreña por su borde sur, en marcada dirección E-O.

-

Las líneas de 132 kV Pumarín – Tanes y Corredoria – Langreo, de Hidrocantábrico, que atraviesan las parroquias de Celles y Santa Marina, respectivamente.

El suministro eléctrico al Concejo es titularidad de Hidrocantábrico S.A.U. La distribución se realiza desde la subestación de Meres, situada aproximadamente a 6 km al O del núcleo urbano, con la que se conecta con líneas de 24 kV que alimentan también el vecino concejo de Siero. No existe ninguna subestación en terrenos de Noreña, presentando un esquema de abastecimiento eléctrico clásico, mediante una red arborescente de líneas de media tensión conectadas a la citada línea procedente de Meres, que finalizan en centros de transformación desde los que se atiende al consumidor final. Salvo excepciones, se detectan pocos problemas de líneas aéreas de media tensión en suelos urbanos. Sí debe destacarse, en todo caso, el fuerte impacto para el desarrollo urbano de la capital del Concejo que supone la línea de 220 kV Siero - San Miguel de La Barreda, línea de primera categoría que, por su entidad y dimensiones, interfiere grandemente con los crecimientos al Sur del Río Noreña. En cuanto a las infraestructuras gasísticas, debe señalarse que el gasoducto de Enagás Gijón-Santander, en conducción de acero de 12” a presión 72 bares (actualmente en proyecto de ampliación) no atraviesa directamente el concejo pero discurre próximo al mismo, entre las Parroquias de Noreña y Celles, en dirección E-O. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 106 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Naturcorp redes S.A. gestiona el suministro de gas natural canalizado al núcleo urbano de Noreña, abastecido desde una estación de regulación y medida situada en el borde oeste de la parroquia de Noreña. El abastecimiento de esta ERM se realiza desde las redes principales que discurren por Meres, al oeste. Las redes de telefonía, titularidad de Telefónica de España S.A., dan cobertura de voz y datos en el Concejo, desde la central telefónica de Noreña. Están disponibles los servicios convencionales de voz y datos. Desde el año 2008, el operador de cable en el Principado de Asturias, Telecable, S.A., opera en Noreña, ofreciendo los distintos servicios de telefonía fija y móvil, internet y televisión. III.4.4. ZONAS VERDES Y ESPACIOS LIBRES Compuestos, fundamentalmente, por plazas ajardinadas, insertas dentro de la trama urbana más densa, siguiendo el eje formado por las calles Flórez Estrada y Fray Ramón. Señalaremos: -

Plaza Eulalia del Busto, cierra el eje de espacios libres por el oeste, abriéndose frente al colegio Nuestra Señora de Covadonga.

-

Plaza de Pedro Alonso, entre las calles Fray Ramón y Doctor Cuesta Olay.

-

Plaza de la Constitución, en la que es de destacar el quiosco de la música.

-

Plaza del Ayuntamiento, que cierra este eje de espacios libres por el Este, presidida por el Ayuntamiento y con presencia de especies vegetales tropicales.

-

Espacio ajardinado de la calle Silvestre Ronda: entre la plaza Eulalia del Busto y el Juzgado de Paz.

-

Por otro lado, es de señalar el espacio verde que se forma en el área de equipamientos de Los Riegos, con una morfología lineal, de senda fluvial, a lo largo del río y con un espacio central a modo de parque inglés.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 107 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.5. PARTICIPACIÓN: EL CO-DIAGNÓSTICO PARTICIPADO

La información pública en un momento transición entre el desarrollo y el parón inmobiliario La participación ciudadana, más allá de ser un proceso de cualificación de la democracia, participa de la metodología del diagnóstico urbanístico. Es el tan traído y llevado Diagnóstico Participado. Desde esta doble componente entendemos la participación. Pero, además, hay que entender que lo que habla el TROTU y el ROTU es de la participación reglada. Y, en este caso, a ella nos debemos: III.5.1. COORDINACIÓN INTERADMINISTRATIVA E INFORMES SECTORIALES En paralelo, a la exposición pública del DP, se remitieron el DO, el CAU y al órgano ambiental para que emitiese el Documento de Referencia. -

Remisiones a las administraciones implicadas

-

Informes sectoriales: carreteras, CHC, patrimonio…

Todo ello se ha tenido en cuenta para la elaboración del DAI. III.5.2. SUGERENCIAS Y OBSERVACIONES: EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL DP La realización de un Plan General de Ordenación contó con la participación activa de los agentes sociales del territorio del ámbito municipal, permitiendo convertirlo en un proyecto compartido y de futuro al aglutinar el esfuerzo de los colectivos sociales que construyen el territorio bajo el modelo de una sociedad democrática. La participación de los agentes sociales implicados más directamente en este territorio permitió conocer cómo se quiere que sea el territorio y la fuerza con que se cuenta para hacerlo posible. La aportación del conocimiento de todos ha de contribuir a una planificación en función del interés general. La participación ciudadana se estructuró, hasta el presente documento, en dos fases: -

Fase primera de participación: Es previa a la elaboración del Documento de Prioridades. Sirve para validar el prediagnóstico territorial y los objetivos iniciales, donde la matriz de diagnóstico estratégico integrado DAFO juega un papel operativo clave, evaluando los ítems de las variables: potencialidades, debilidades, riesgos y oportunidades. La culminación de esta primera fase es la validación del pre-diagnóstico inicial, y la priorización de objetivos por claves estratégicas, junto a la libre aportación de posibles aspectos no considerados en el pre-diagnóstico.

-

Fase segunda de participación: Se realiza a partir del Documento de Prioridades. En ésta se somete a valoración tal Documento, con especial atención a lo referente al Modelo territorial propuesto y sus derivadas (Objetivos, Áreas de desarrollo, Líneas, Propuestas), siempre desde la óptica del Plan como marco para el desarrollo territorial sostenible. En

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 108 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

tal momento del proceso se trata de dotar de mayor grado de concreción a las propuestas genéricas de la fase de participación previa, con aportaciones que resulten plausibles, fomentando un ejercicio recíproco de creatividad. Tal y como se recoge en el artículo 78 TROTU y 224 ROTU, acordada la elaboración del nuevo instrumento de ordenación urbanística del concejo de Noreña, fueron establecidas las prioridades de la futura ordenación en el denominado “Documento de Prioridades”; tal fase se culminó abriendo el periodo de información pública con el objetivo de recoger las sugerencias u observaciones sobre la necesidad o conveniencia y demás circunstancias de la ordenación que se adelantaban en dicho documento. El resultado de dicho periodo ha dado lugar a la recogida de 121sugerencias algunas de las cuales fueron presentadas fuera de plazo, si bien son tenidas también en cuenta ya que todas proyectan el sentir ciudadano, objetivo principal de esta primera fase de redacción del nuevo Plan General de Ordenación de Noreña. Los materiales aportados para la fase de participación se organizaron según sigue: presentación del proceso, ponderación de objetivos iniciales y matriz de evaluación, y previsiones de los colectivos. Seguidamente se llevó a cabo la exposición pública del Documento de Prioridades. El proceso finalizó con el preceptivo informe relativo a las Sugerencias presentadas (Diciembre de 2008), el cual recoge sintéticamente el contenido de las mismas, incluyendo los informes sectoriales recibidos por el Ayuntamiento de Noreña así como el informe SOTPLA. Las sugerencias presentadas tratan en su contenido seis aspectos principales: -

La nueva delimitación y consolidación de los Núcleos Rurales previstos.

-

La reducción de la zona industrial propuesta.

-

La situación de las empresas de tradición cárnica situadas en zonas urbanas del municipio.

-

La reducción de la pantalla o cinturón verde propuesto.

-

Zonas de inundabilidad.

-

Elementos propuestos para su catalogación.

Estos aspectos han sido analizados por el equipo redactor, con el ánimo de dar respuesta a las sugerencias recibidas; así, la presente memoria trata de ajustarse a los mismos estableciendo las pautas que servirán para dar soluciones a los problemas detectados. Hubo de prestarse, igualmente, debida atención a las sugerencias presentadas en el informe de CUOTA, con vistas a la elaboración del documento de aprobación inicial del Plan General de Ordenación Urbana de Noreña. Por otro lado hubo un gran número del resto de sugerencias particulares relacionadas con cambios en la calificación y clasificación actual de fincas, con la finalidad mayoritaria de que estas fuesen consideradas edificables. Éstas serán objeto de tratamiento en un momento posterior, el de presentación de alegaciones al documento de aprobación inicial, cuando habrán de presentarse solicitudes de tipo particular, a la vista de la concreción en la AI de la nueva ordenación detallada del municipio. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 109 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.5.3. CORPORACIÓN MUNICIPAL La Comisión Informativa de Urbanismo del Ayuntamiento de Noreña, en sesión celebrada el día 7 de Mayo de 2008, emitió dictamen relativo a las “Sugerencias presentadas al documento de prioridades sobre Evaluación Ambiental, Plan General de Ordenación y Catálogo Urbanístico para el Concejo de Noreña”. En él se muestra favorable a los criterios de consolidación o formación de núcleos rurales apuntados en alguna de las sugerencias apuntadas; también muestra conformidad con las sugerencias que proponen la reducción de la industria prevista, así como la necesidad de dar soluciones a la situación de las empresas cárnicas ubicadas en zonas urbanas del municipio; por último, solicita la revisión y redistribución de las zonas verdes incluidas en el documento de prioridades, limitando la pantalla o cinturón verde propuesto. Las sugerencias y observaciones de carácter general presentadas por los particulares y las modificaciones que el ayuntamiento tiene interés en introducir constituyen la base del proceso de elaboración del Plan, si bien de acuerdo con la normativa autonómica el resultado de la fase de avance no es vinculante; aunque se debe evitar un apartamiento total del mismo, se trata de todos modos de un acto preparatorio que carece de valor normativo. El documento de Aprobación Inicial del Plan General de Ordenación, el Informe de Sostenibilidad Ambiental y el Catálogo Urbanístico tratan de conciliar en la medida de lo posible las inquietudes expresadas en las sugerencias recibidas enfocando su contenido en la dirección apuntada por éstas. La Comisión Informativa de Urbanismo ha celebrado diferentes sesiones en el último año, a las que hemos sido convocados en al menos cinco ocasiones para dar cuenta y concretar los trabajos, de modo que los representantes políticos pudiesen demandar la información necesaria.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 110 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.6. ESTRATEGIA: POLÍTICA MUNICIPAL DE SUELO Y VIVIENDA Las necesidades de suelo y viviendas, (con algún nivel de protección), vinculadas al Plan. Bajo tales planteamientos, el Plan ha de recoger y encauzar la Política Municipal de Suelo y Vivienda en tres niveles de interpretación y desarrollo en la práctica. De tal manera que podemos hablar de una serie de cuestiones que nos permitan contestar al enunciado del apartado: - Concepto básico. ¿De qué estamos hablando? Hay que definir, en primer lugar, a nivel conceptual, qué se entiende por la política municipal de suelo y vivienda (aunque sea a modo de introducción). La política de suelo y vivienda, es general, y, en este caso, nos referimos a la ligada a la vivienda de protección oficial, en el marco de la general del modelo territorial. - Aproximación referencial: marco general. Las líneas de intervención relacionadas con el patrimonio municipal de suelo y la previsión de viviendas con algún tipo de protección. Pude darse la paradoja (que no es el caso) que un municipio con grandes previsiones de suelo y vivienda no tenga resuelto(o en vías de ello) la demanda, presente y futura, de los residentes. - Población y vivienda. Un diagnóstico, desde la realidad, que nos permita poder evaluar las necesidades de vivienda para los próximos años; y dentro de estas las necesitadas de algún tipo de protección - Modelo referencial: la política general de suelo y vivienda para el concejo. La orientación de tal política viene determinada por el principio superior de sostenibilidad del planeamiento; el modelo territorial del PGO, en tal sentido, se articula en torno a ese principio y, por ende, al de interés general. (De ahí que lo incluyamos en este apartado) III.6.1. CONCEPTO BÁSICO Se trata de un concepto que si bien es tratado recurrentemente en el ámbito político, no tiene una regulación “estrictu sensu” en la legislación urbanística actual, referida ésta a las determinaciones que le doten de contenido. Es evidente, que nos centramos en tres cuestiones y por ese orden: municipio, suelo y vivienda. A. Municipio Desde un punto teórico principalmente, ya que aunque los ayuntamientos disponen de ámbito competencial en política de suelo y vivienda (el PGO es uno de sus instrumentos), en la práctica habitualmente no existe. Así y todo debemos tener en cuenta:

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 111 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

- Escala: es evidente que la escala municipal es la más favorable para hacernos a una idea de las necesidades de suelo y vivienda, en el marco de las políticas regionales y nacionales (estatales), respondiendo a un modelo de sostenibilidad. - Cuantificación: las necesidades de vivienda y suelo deben contabilizarse desde la unidad básica que es el municipio. Todas las cantidades deben referenciarse con respecto a ellas y poder evaluarse individual o colectivamente. - Estrategia: En este caso específico se cuenta con suelo, ligado a la vivienda de protección oficial, en cantidad suficiente para los próximos años. B. Suelo Como es obvio una cosa es la política de suelo y otra es la de vivienda, aunque para esta última, están ligadas. Pero además, una cosa es la vivienda libre y otra la que necesita algún tipo de protección o ayuda, y dentro de ésta la de promoción pública. Evidentemente la política de suelo va más allá, ya que tiene que cubrir más necesidades que la de la vivienda y, por lo tanto, debe ser considerada como parte de los demás usos (Productivo y Dotacional) y, en particular, para las dotaciones, los equipamientos públicos (estado del bienestar). Por lo tanto, cuando hablamos de suelo, tenemos que tener en cuenta los siguientes aspectos: 1. Patrimonio De qué manera se adquiere el patrimonio de suelo municipal para cederlo a las diferentes administraciones para que puedan intervenir y realizar diferentes tipos de equipamiento: escuelas, centros de salud, etc. Es parte de la política municipal, regional y estatal. 2. Adquisición Más allá de su compra directa o por expropiación, el PGO, que es lo que nos ocupa en estos momentos, tiene asignados una serie de instrumentos para la adquisición de suelo, que se concretan en la cesión -por mecanismos de compensación (cooperación)-, en el marco de la ley; el reparto de plusvalías lo permite (legitima y legaliza). 3. Instrumentos Básicamente y en cuanto a los instrumentos de planeamiento de desarrollo, se encuentra en el Suelo Urbanizable y, en menor medida, en el Suelo Urbano No Consolidado. El problema es que ambos instrumentos están ligados a los crecimientos previstos en el plan, algo que se echa a faltar hoy, en un escenario de crisis.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 112 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

C. Vivienda Entendemos necesario llevar a cabo una aproximación previa al contenido de dicho concepto, desde una visión propia, sin que deba ser entendida con carácter absoluto, y a la que se llega racionalmente, teniendo a nuestro entender, como punto de partida, tres principios básicos que la definen: 1. Demanda Responde a preguntas que están en la esencia del propio concepto; el alcance de la demanda de viviendas con algún tipo de protección pública, puesta en relación directa con el volumen considerable de viviendas existentes en el concejo en todos los tipos de suelo y la naturaleza de las mismas (Vivienda Libre: primera residencia de nueva planta, rehabilitación, reforma, segunda residencia; Vivienda Publica). 2. Propiedad Referida a la disponibilidad por parte del Ayuntamiento de suelo apto para la construcción de viviendas sujetas a algún régimen de protección y los criterios básicos de utilización del suelo, teniendo en cuenta que su contenido no es discrecional, sino que viene impuesto a través de la legislación urbanística autonómica y estatal (entre otros artículos, 162.b TROTU, los artículos 150 y 153 ROTU, el artículo 10 del TRLS 2008), que en todo caso son aplicables a los futuros procesos de cesiones en la gestión del Suelo Urbano No Consolidado o Urbanizable y, en último extremo, en los expropiatorios. Todo esto nos lleva al extremo de afirmar que la autonomía municipal en materia de vivienda pública queda constreñida a cumplir la legislación vigente, hecho que condiciona a la política de vivienda pública, que resulta afectada directamente por dicha regulación. 3. Inversión Referida a la dinámica de mercado para conseguir la realización de viviendas públicas, en relación con el contexto económico actual; esto nos permite pensar en los desarrollos que pueden afrontar los promotores privados en VPO, y nos referimos a los privados porque en el caso de que éstos sean públicos dependerán exclusivamente del Principado de Asturias. En resumidas cuentas, de la conjunción de las tres variables podemos alcanzar un concepto real de la política municipal de suelo y vivienda para el concejo, para lo cual se concreta:

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 113 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.6.2. APROXIMACIÓN REFERENCIAL A grandes rasgos, podemos apuntar lo siguiente: -

Teniendo en cuenta este marco general y en el ámbito competencial municipal del DAI, el siguiente texto, puede servirnos de guía para la consecución de viviendas con algún tipo de protección: -

Conforme a lo establecido en el art. 242 del ROTU, dentro del punto b, debe describirse en el Documento de Prioridades, el Avance de la política municipal del suelo y vivienda vinculada al plan. Dado que en el Documento de prioridades inicial no existía el Avance de la política municipal del suelo (al no estar vigente el ROTU), se decide incluir en este Documento de Aprobación Inicial.

-

Según lo dispuesto en el artículo 10.1.b), del Decreto 2/2008, de 20 de Junio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, deben reservarse los terrenos necesarios para realizar el 30 % de la edificabilidad residencial prevista por la ordenación urbanística en el suelo que vaya a ser incluido en actuaciones de urbanización (en la mismo, por lo tanto, no se debe contabilizar los crecimientos de los Núcleos Rurales ya que no son urbanizados). No obstante, dicha legislación podrá también fijar o permitir excepcionalmente una reserva inferior para determinados Municipios o actuaciones, siempre que, cuando se trate de actuaciones de nueva urbanización, se garantice en el instrumento de ordenación el cumplimiento íntegro de la reserva dentro de su ámbito territorial de aplicación y una distribución de su localización respetuosa con el principio de cohesión social.

-

Debe realizarse una gestión urbanística eficiente que posibilite la obtención de suelo de forma que se obtenga el volumen de viviendas protegidas necesario para contener el precio de la vivienda, aunando esfuerzos entre la iniciativa privada y la pública, consiguiendo una oferta significativa de vivienda protegida, territorialmente equilibrada y adecuada a las necesidades y demandas sociales.

-

En el análisis exhaustivo realizado a lo largo de este documento y, entre otras, debemos ver las claves que aparecen como directrices generales; y, por lo tanto, transversales a la política municipal de suelo y vivienda. De tal manera que se apuntan tanto las políticas de suelo (Unidades -para el Suelo Urbano No Consolidado- y Sectores –Suelo Urbanizable-).

-

Por último, dejar constancia que más allá de lo apuntado hay que contar con la disponibilidad económica de la Dirección de Vivienda, de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Gobierno del Principado de Asturias para la realización de VPP, (al margen de las ayudas para la vivienda con algún tipo de protección) que en estos momentos, tanto desde la capacidad de inversión como desde la demanda latente, es escasa.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 114 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

III.6.3. POBLACIÓN Y VIVIENDA A. Evolución y estado actual EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN MUNICIPAL Habitantes

EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN POR PARROQUIAS

1991=100

1991 2001

4.190 4.490

100,0 103,8

2011

5.432

129,6

2014

5.422

129,4

Parroquia Celles Noreña Santa Marina Noreña %

1996

2007

83 4.113

77 5.072

78 5.335

11

9

9

2005

105

97,8

98,3

98,4

2007

141

Fuente: SADEI

Densidad (hab/km²)

960,25

2014

POBLACIÓN EXTRANJERA Pob. extranjera 2001 50 2003 100

Fuente: SADEI

Fuente: SADEI

PRINCIPALES INDICADORES DEMOGRÁFICOS. PROMEDIO 2000-2006 Sex ratio (nº de Tasa bruta Índice de Índice de Tasa bruta Tasa hombres de dependencia envejecimiento de migratoria por cada mortalidad (%) (%) natalidad neta (‰) 100 (‰) (‰) mujeres) 50,35

133,82

94,32

7,54

11,59

2,58

Crecimiento real 2001-2011

21% (2,1% anual) Fuente: SADEI

Noreña, como concejo, presenta una marcada macrocefalia de su Villa respecto de las entidades rurales sitas en sus enclaves, fenómeno que lleva la tendencia a acentuarse cada vez más. Sin embargo, es necesario aclarar que la Villa es un núcleo de población incardinado dentro de un sistema de asentamientos urbanos dentro del surco prelitoral asturiano, por lo que se encuentra muy próxima a otras entidades de características análogas (siendo El Berrón y Pola de Siero las más cercanas), además de una serie de núcleos sierenses de cierto tamaño. El número de habitantes del concejo tiende al crecimiento desde mediados del siglo pasado, si bien cabe destacar que se debe plenamente al crecimiento de la Villa, pues las parroquias rurales pierden población de un modo lento pero constante. La evolución reciente de la población muestra un importante crecimiento, especialmente desde el inicio del siglo XXI. Así, al lento crecimiento registrado entre 1991 y 2001 le sucede un crecimiento considerablemente más acusado, aumentando la población un 21% entre 2001 y 2011; desde entonces se ha vivido una mínima pérdida de población. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 115 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Dicho crecimiento se produce gracias a un importante saldo migratorio positivo, que entre 2002 y 2006 contó con un promedio de casi el 24‰ anual. Los inmigrantes extranjeros supusieron en torno al 11% de los nuevos residentes entre 2001 y 2007. El movimiento natural de la población, sin embargo, es negativo, siendo más los fallecidos que los nacidos. En todo caso, Noreña es uno de los concejos demográficamente más dinámicos de Asturias, como corresponde a su ubicación dentro del Área Central. Así, todos sus indicadores son de los más positivos de la región; tomando como referencia promedios entre los años 2000 y 2006, Noreña es el concejo con mayor tasa de crecimiento real e índice de saldo migratorio, el cuarto en cuanto a densidad de población, y el quinto (por la cola) en tasa de mortalidad. La pirámide de población deja muy claro que Noreña, en comparación con Asturias, es muy joven, con una base sensiblemente más ancha y una cúspide más estrecha. Pero esto no quiere decir que no se trate de un concejo envejecido (como toda la región), pues parece bastante nítido que las generaciones más jóvenes son insuficientes para compensar a la población entre 35 y 55 años, población resultado del baby boom.

Pirámide de población de 2013 de Noreña y Asturias. Fuente: SADEI

Asociado al propio crecimiento de la población, el parque de viviendas noreñense ha crecido a un ritmo sustancial, con casi 900 viviendas entre 2001 y 2011 según los censos de población y vivienda; no obstante, este dato contrasta con las viviendas a construir según licencia, que se verían reducidos a algo más de 300. En las proximidades del núcleo ha sido dominante la edificación plurifamiliar, frecuentemente en forma de manzana abierta. En áreas más alejadas (El Sol, Arrebalde, La Reguera, La Mata, Ferrera), sin embargo, la vivienda unifamiliar ha sido la preponderante.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 116 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Evolución censal del parque residencial Viviendas Viviendas Total viviendas Total viviendas Total viviendas Total viviendas Viviendas principales en secundarias en en 1991 en 1996 en 2001 en 2011 vacías en 2011 2011 2011 1.527 1.708 1.889 2.770 2.250 40 480

Viviendas

Fuente: Censos de población y vivienda del INE

2001 49

2002 47

2003 12

2004 86

Viviendas a construir según licencia municipal 2005 2006 2007 2008 2009 8 72 14 21 21

2010 6

2011 8

2012 2

2013 0

Fuente: Anuarios Estadísticos de la Construcción

Por otra parte, la dinámica expansiva de la villa y de los antiguos núcleos rurales de su entorno inmediato han producido una peculiar articulación del poblamiento: el crecimiento de la villa y la densificación de los núcleos rurales en el enclave principal dificulta la delimitación morfológica y funcional del hábitat que en las normas vigentes se había diferenciado. Además, tales transformaciones generan tratamientos fiscales y de acceso a determinados servicios en condiciones diferentes. Por otro lado, cabe señalar que más del 80% de las viviendas del concejo son principales, seguidas de las vacías. Las viviendas secundarias pueden considerarse casi como fenómenos aislados. En el cuadro de viviendas a construir según licencia parece claro el efecto que la crisis de la construcción ha conllevado; de hecho, desde 2009 no se rebasan las licencias para viviendas anuales, siendo 2013 el caso más extremo al no otorgarse ninguna. Poniendo en relación población y vivienda, cabe señalar que para 2011 habría un ratio de 1,96 habitantes por vivienda existente; de mayor interés es asimilar las viviendas principales como hogares (de hecho la vivienda principal es la estructura física del hogar), de lo que se obtendría que los hogares contarían con un tamaño medio de 2,4 personas. No obstante, es necesario dejar constancia de lo artificioso que resulta analizar Noreña de uno modo aislado de su entorno, pues al insertarse en el área central asturiana se encuentra rodeado de estructuras urbanas, de entidades de población, de actividades productivas y de un flujo muy elevado de personas y mercancías. De hecho, sus buenos valores demográficos derivan esta situación. Por ello es necesario señalar que en el entorno inmediato de Noreña residen, aproximadamente, otros 19.500 habitantes, a los que se pueden sumar unos 23.000 más dentro de su área de influencia (el surco prelitoral hacia Oviedo y Llanera) sin contar con el concejo de Oviedo.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 117 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

B. Prognosis Aventurar el futuro siempre resulta incierto; no obstante, a través de la estadística pueden emplearse diferentes técnicas que aproximen escenarios asumibles, fundamentalmente basados en la tendencia. Es necesario señalar que estas técnicas ofrecen unos resultados muy lineales frente a los habituales dientes de sierra de la realidad, lo que los hace más veraces en plazos relativamente largos que cortos. Arrancando por proyectar la población, cabe apoyarse en varios axiomas: - Noreña ha crecido de un modo muy intenso entre 2001 y 2010 y, desde entonces, pierde algo de población; con ello se puede considerar que sigue una tendencia al crecimiento. - Noreña cuenta con una de las pirámides de población más jóvenes de Asturias; por ello, aunque presente menos nacimientos que defunciones, las bajas no serán excesivas. - Noreña se encuentra incardinado en el Área Central Asturiana, zona más dinámica de la región, que tiende a aglutinar tanto población como actividades. Las infraestructuras, a su vez, hace que esté a unos diez minutos de Gijón y de Oviedo, los mayores centros urbanos regionales. - Noreña presenta unos precios inmobiliarios muy inferiores a los de las dos mayores ciudades (incluso la vivienda colectiva libre está a menor precio que la protegida de precio concertado de dichas urbes). - Como conclusión, Noreña mantendrá su tendencia al crecimiento. Con ello nos manejaremos con tres escenarios de proyección tomando como fecha de cierre 2029:

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 118 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

6.500 6.000 5.500 Real

5.000

e1

4.500 4.000

e2

3.500

e3

3.000

Evolución de la población y escenarios de proyección futura.

Escenario 1: parte del principio de que el leve retroceso demográfico entre 2010 y 2014 regulariza la intensidad de crecimiento entre 2001 y 2010, lo que lleva a una línea semejante a la de los años noventa y asume que ése es el crecimiento sostenido del concejo. Para 2029 daría un total de población de 6.232 habitantes. Escenario 2: considera que el promedio del escenario 1 resulta de complicado cumplimiento en cuanto a la incertidumbre que sigue planteando la crisis y partir de un estado demográfico más envejecido. Para 2029 fijaría una población de 5.827 habitantes. Escenario 3: asume que los escenarios 1 y 2 son extremos y que lo que se vivirá será un estadio intermedio. Para 2029 considera una población de 5.947 habitantes. Para poner estos escenarios en relación con el parque residencial, se parte de dos conceptos: Viviendas principales: vendría condicionados por el tamaño promedio del hogar; en el censo de 2011 dio como resultado hogares promediados de 2,4 personas, si bien es una cifra que paulatinamente viene reduciéndose. Partiendo del principio de que se seguirá reduciendo pero a un ritmo lento, se estima que para 2029 el tamaño medio del hogar sería de 2,2 personas y determinaría el número necesario de viviendas principales. Factor de esponjamiento: bajo este término cabe considerar la capacidad residencial que el concejo debería tener para todo aquello que no sea cubrir con la necesidad de viviendas principales. Es el caso de las viviendas secundarias, de las Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 119 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

vacías (se estima que el 5% del parque residencial es el mínimo necesario para que exista mercado), del margen de error ante imprevistos, del excedente necesario ante una prolongación en la renovación del planeamiento y de aquellas que por diferentes motivos no se van a ejecutar. Para los tres escenarios se ha estimado que se corresponda con el 50% de las viviendas principales previstas. Con todo, se obtienen los siguientes resultados: e1

e2

Viviendas principales Factor esponjamiento Total Incremento del parque residencial

2.833 1.416 4.249 1.479

e3 2.649 1.324 3.973 1.203

2.703 1.352 4.055 1.285

C. El análisis de la oferta residencial Según el Censo de población y vivienda, habría en Noreña un total de 480 viviendas vacías en 2011, de las que unas 110 se encontrarían en un estado malo o deficiente; con ello, establecemos que Noreña tiene un mercado potencial de unas 370 viviendas, si bien resulta evidente que sólo una fracción de las mismas se encuentra en venta o alquiler. Utilizando las mismas herramientas que quien busca una vivienda, podemos apoyarnos en el portal web inmobiliario idealista.com; debe señalarse que no es una fuente oficial, que presenta anuncios y que los precios que señala no son los de cierre de operaciones; sin embargo, supone un buen muestreo del mercado, pues cuenta con un total de 64 anuncios, lo que supone un 17% respecto de las viviendas potencialmente en el mercado. En este sentido, podemos realizar la siguiente síntesis: Tipo

Número de anuncios

Venta Plurifamiliar 39 Unifamiliar 16 Alquiler (€/mes) Plurifamiliar 9 Unifamiliar 0

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Precio m2 Máximo

Medio

Mínimo

Precio total Máximo

Mediana

Mínimo

2.062 2.143

1.436 1.258

718 488

165.000 650.000

119.000 240.000

49.900 78.000

8,20 -

6 -

3,95 -

480 -

400 -

300 -

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 120 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Respecto de la vivienda protegida, el Principado de Asturias clasifica a Noreña en el grupo C, lo que establece los siguientes precios por metro cuadrado útil: -

Vivienda VPA: 1.394,72 €

-

Vivienda precio concertado: 1.570,00 €

-

Vivienda régimen especial: 1.225,00 €

III.6.4. MODELO REFERENCIAL Teniendo en cuenta este marco general, se remite desde la Corporación para la incorporación del DAI y así lo asumimos como equipo redactor, el siguiente texto:

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 121 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 122 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 123 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 124 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

MEMORIA JUSTIFICATIVA Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 125 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

IV. LOS PRINCIPIOS QUE JUSTIFICAN LA ORDENACIÓN Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 126 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

IV.1. REVISIÓN: EL NUEVO PGO

La Justificación de la conveniencia y oportunidad de la formación del PGO y de su Revisión Estableceremos una doble división: básicas y complementarias; aunque sólo con las básicas (jurídicas) no hace falta mayor motivación. IV.1.1. FUNDAMENTOS BÁSICOS Dando respuesta a la Disposición Transitoria 1ª, apartado 5º, del Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo (en adelante TROTU), en el que se determina la necesidad de que las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal (en adelante NSPM) sean sustituidas por un Plan General de Ordenación (PGO), y dado que el planeamiento vigente del concejo, conformado por las Normas Subsidiarias de Planeamiento respondían a un marco legal superado, el cual deja de ser aplicable en el Principado de Asturias de acuerdo con la Disposición Final Primera del Decreto 278/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Principado de Asturias (en adelante ROTU) con la entrada en vigor de éste. La conveniencia y oportunidad de la misma se encuentra en los cambios legislativos aludidos en el apartado anterior, que incluyen el mandato de carácter legal (revisión-adaptación), a los que se deben añadir otros cambios legislativos de distinto ámbito y motivos que justifican la formación del Plan, como son: -

La aprobación Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo (TRLS), la cual ha supuesto un cambio cualitativo en el principio de desarrollo territorial y urbano, a nivel estatal.

-

La aprobación de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural (LPC), para la conservación, protección, investigación, enriquecimiento, fomento y difusión del Patrimonio Cultural de Asturias, de la que entre otras se deriva la necesidad de elaborar un Catálogo Urbanístico (CAU).

-

La ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos planes y programas en el medio ambiente y el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos y modificaciones posteriores al citado texto refundido. [Hay una ley posterior que no nos afecta ley de Evaluación Ambiental (21/2013, de 9 de diciembre].

En definitiva, y ya sólo desde una perspectiva jurídica es conveniente y oportuna la Revisión de las NSPM 1988/1992.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 127 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

IV.1.2. ASPECTOS COMPLEMENTARIOS En coherencia con el espíritu de los cambios legislativos mencionados, ya que se deriva del espíritu de las mismas, una de las motivaciones más significativas que justifican la Revisión del planeamiento es la de identificar y preservar los valores propios del soporte físico del territorio: los naturales propios del espacio no transformado y los productivos y urbanos. -

Es por tanto preciso adoptar nuevos criterios en lo que se refiere a la estructura general y orgánica del territorio, adaptando la clasificación del suelo a la misma.

-

Junto a dichos cambios, se tiene presente el factor temporal, que se justifica por el hecho de que ya han transcurrido 23 años desde la aprobación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Noreña del año 1988/92.

Complementariamente a dichas razones, no se puede ignorar que la crisis global (particularmente, la del sector inmobiliario) obliga a una nueva evaluación actualizada del crecimiento del municipio en todos sus ámbitos y, en consecuencia, a adaptar el planeamiento a estos cambios, actuales o previsibles.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 128 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

IV.2. UNIDADES: LAS UNIDADES PAISAJÍSTICAS La síntesis del diagnóstico territorial, urbanístico y ambiental. El concejo de Noreña presenta una peculiar estructura territorial, como se ha venido insistiendo a lo largo de esta Memoria, en la que, sin embargo, se puede identificar una complementariedad funcional entre los distintos enclaves de su territorio, basada en condicionantes de tipo histórico y de su posición en la región, para el desarrollo de actividades productivas y el asentamiento de población. Así, cuenta el concejo con espacios donde la pervivencia de estructuras tradicionales con aprovechamiento de baja intensidad refleja los modos tradicionales de configuración del territorio, pero que, a su vez, captan o pueden captar demandas recientes, en ocasiones de procedencia urbana. Tal circunstancia, común todavía a buena parte del término, contrasta con la configuración urbana y periurbana de la Villa y su entorno inmediato, donde se han concentrado los usos no agropecuarios. A efectos del PGO se definen las siguientes unidades de paisaje, ya recogidas en el Documento de Prioridades y que se corresponden con las parroquias noreñenses, enumerándose también los presupuestos de futuro promovidos a través del Plan: IV.2.1. VILLA (347 Has) Rasgos: -

Se encuadra dentro de una unidad mayor, de escala regional: el surco prelitoral en su sector urbano y periurbano.

-

Principal unidad territorial del concejo con riberas fluviales, vegas y lomas en torno al río Noreña.

-

La villa de Noreña agrupa la principal concentración de actividades (de los sectores secundario y terciario) y población. Sin embargo, acoge funciones urbanas en competencia con Pola de Siero y El Berrón, lo que limita notablemente su área de influencia.

-

A pesar de su proximidad al principal nudo de comunicaciones regional (próxima a A-64, AS-1 y N-634), de estar en contacto con otras vías (AS-246 y Línea FEVE) y de su notable centralidad en el Área Metropolitana Asturiana, no cuenta aún con una accesibilidad adecuada y competitiva.

-

Parte del área industrial de esta unidad se integra en el corredor industrial del Surco prelitoral entre Oviedo y Pola de Siero. No obstante, en la trama urbana de la Villa se mantienen aún establecimientos industriales.

-

El resto del espacio se caracteriza por la pervivencia del mosaico agrario tradicional con intercalaciones de elementos de carácter periurbano como urbanizaciones residenciales o equipamientos, aprovechando el viario preexistente.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 129 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Adecuación al Modelo territorial Futuro: -

Mejora de la accesibilidad que le permita consolidar e incluso ampliar su área de influencia potencial con respecto a los núcleos urbanos próximos.

-

Ordenación de los usos, promoviendo con el Plan la reubicación y concentración de instalaciones y tipologías residenciales.

-

Utilización de las áreas con riesgos hidrológicos como elemento vertebrador, espacio de recreo y protector de valores de la vegetación y la fauna.

-

Sólo se ha considerado una pequeña mancha al sureste como merecedora de especial protección.

-

El paisaje rural, ya no propiamente agropecuario, tiene un carácter residual, si bien en determinadas zonas de la unidad sus elementos definitorios se mantienen como medio para la sostenibilidad de la calidad residencial.

IV.2.2. CELLES (164 Has) Rasgos: -

Está incardinada dentro de la vertiente sur de las sierras litorales en su sector mesozoico (con excepción de Otero, que se encuentra dentro del surco prelitoral).

-

Se corresponde con los enclaves de La Felguera, Otero y Serrapicón, todos ellos englobados en la parroquia sierense de Celles.

-

Vinculación funcional a Noreña a través de la carretera carbonera (AS-246).

-

Poblamiento laxo en los interfluvios y en las zonas medias, con pocos núcleos de población y de reducidas dimensiones.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 130 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

-

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Predominio de usos agropecuarios, si bien con diferente grado de modernización y especialización, siendo predominante la especialización cárnica (bovina), y con baja carga ganadera por hectárea. Los usos y el hábitat determinan el mantenimiento del paisaje tradicional.

Adaptación al modelo territorial futuro: -

Únicamente el enclave de La Felguera tiene dimensión suficiente como para proponer una ordenación de cierta complejidad (Otero se clasifica como núcleo rural y Serrapicón como SNU de Interés).

-

La compartimentación producida en La Felguera por la infraestructura viaria de alta capacidad que atraviesa el enclave y por la banda con riesgo de inundación no impide, no obstante, el mantenimiento de la estructura paisajística heredada, sobre la base de dos núcleos rurales y la importancia del suelo de interés, salpicado de manchas irregulares de merecedoras de especial protección (algunas vinculadas al río) y con varias quintanas tradicionales.

IV.2.3. SANTA MARINA (26 Has) Rasgos: -

Sus reducidas dimensiones dificultan la caracterización territorial, sólo justificada por su pertenencia administrativa y su condición de enclave diferenciado, por distancia y altitud, con respecto del resto de las unidades.

-

Situado a media ladera de la montaña de La Pasera, formando la parroquia de Santa Marina, a unos 450 m de altura, en la divisoria de aguas de las cuencas del Nora y Nalón.

-

Cuenta con presencia de pequeñas masas forestales autóctonas de valor ecológico y de elementos tumulares labrados en la roca.

-

Poblamiento laxo y con bajo número de viviendas; mantiene de forma residual un aprovechamiento agrícola y ganadero semiextensivo, con predominio del bovino de carne.

-

Unidad paisajística con bajo grado de accesibilidad respecto al eje de comunicación del Surco prelitoral asturiano.

Acomodación al modelo territorial futuro: -

Se mantiene el paisaje actual con una ordenación que permite aprovechar las potencialidades, limitadas, de la unidad, sobre la base del núcleo rural existente con capacidad para acoger una cierta diversificación funcional, y con su término agrícola (SNU de Interés más SNU de Especial Protección, que en este caso tiene entidad a la escala de que se trata).

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 131 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

IV.3. DIRECTRICES: LOS OBJETIVOS Y CRITERIOS Los objetivos y criterios de la ordenación urbanística propuesta Las claves que sustentan tal ordenación –todas ellas participando en la ayuda a generar actividad económica- pueden resumirse en las siguientes: IV.3.1. INTEGRACIÓN SOCIO-ECONÓMICA EN EL ÁREA METROPOLITANA CENTRAL DE ASTURIAS Afianzamiento de la integración socioeconómica en el Área Metropolitana Central de Asturias (AMCA)en la que Noreña ocupa una posición central, pero procurando que tal integración se produzca en sentido favorable para el concejo, esto es, evitando posibles tendencias a la marginalidad (periurbanización) de diferentes ámbitos y dificultando la generación de espacios con usos inadecuados para la preservación de la calidad ambiental tanto de los espacios edificados como de las áreas libres de edificación. Y ello mediante: -

La mejora de enlaces de Noreña con las vías de alta capacidad, que le proporcionan tiempos de acceso muy competitivos pero no en las mejores condiciones de seguridad y confort para los usuarios;

-

La creación de los soportes espaciales adecuados para el desarrollo de actividades innovadoras (I+D+I), en especial las relacionadas con las producciones de calidad reconocida del concejo;

-

La oferta de suelo para la ampliación o implantación residencial de calidad, compatible con el desarrollo sostenible;

-

El mantenimiento de estructuras agrarias y forestales, a pesar de sus limitadas dimensiones, ordenando el aprovechamiento en la lógica de los potenciales agrológicos y buscando, a la vez, el mantenimiento de las estructuras que confieren al territorio calidad paisajística y lo diferencian de otros espacios del área metropolitana peor conservados;

-

La clasificación del suelo teniendo en cuenta los procesos que vienen alterando morfológica y funcionalmente los conjuntos edificados, así como la búsqueda de la continuidad espacial de los usos, tanto dentro de los términos del concejo como en los bordes de los enclaves.

Las Unidades Territoriales (unidades paisajísticas homogéneas conceptualizadas en el capítulo siguiente) destinatarias prioritariamente para la conformación del modelo territorial con las características señaladas serán Noreña, Celles y La Pasera.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 132 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

IV.3.2. ARTICULACIÓN TERRITORIAL DE LOS ENCLAVES La Articulación territorial de los enclaves que conforman un concejo singularmente compartimentado, mediante: -

La mejora de la accesibilidad a los enclaves y núcleos de las áreas peor comunicadas;

-

El establecimiento de criterios específicos para el desarrollo de los núcleos rurales, en función del plano y de los espacios de uso público tradicionales, así como de las quintanas;

-

La integración del planeamiento de los enclaves de menor extensión en la estructura territorial en que se enmarcan, dándoles la continuidad natural con el territorio sierense siempre y cuando no vayan en detrimento de sus valores actuales; y

-

La potenciación de los valores paisajísticos y patrimoniales de los enclaves menores atendiendo a sus singularidades, pero también los correspondientes a los demás subámbitos, de modo que puedan conformarse sistemas y redes que los conjunten.

Las infraestructuras y equipamientos han de jugar en la integración de los enclaves un papel esencial, pero exceden la capacidad ordenadora del Plan precisamente por la peculiar configuración del concejo y la necesidad de articularse en políticas subregionales. IV.3.3. CALIDAD URBANA Y RESIDENCIAL Potenciación de la calidad urbana y residencial, especialmente del subámbito principal (villa de Noreña), pero también de los núcleos rurales, mediante: -

La atención a la trama histórica, la zona industrial y las áreas de expansión previstas, así como a las densidades resultantes;

-

La atención específica a los núcleos rurales de las normas vigentes que han entrado en coalescencia con los usos urbanos más directamente vinculados a la Villa;

-

La identificación de valores y elementos del patrimonio cultural y la concreción de una normativa de protección de elementos y entornos, singularizando Noreña con respecto los territorios comarcanos (con el Catálogo Urbanístico como instrumento sinérgico con el PGO);

-

La garantía de sostenibilidad del crecimiento urbano e industrial, definiendo y aplicando estándares (controles ambientales) y redes (de transporte, saneamiento, depuración, etc.) adecuados para mantener la competividad del

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 133 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

territorio noreñense de cara a acoger demanda residencial, industrial y de servicios que tenga en la calidad ambiental una de las razones fundamentales para ubicarse. Tiene como resultado la imagen del concejo: el tan traído y llevado paisaje, o sea, la imagen urbana, rural y urbano/ rural. En definitiva, la imagen que tenemos del Área Metropolitana Central de Asturias.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 134 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

IV.4. PROPUESTA: EL MODELO TERRITORIAL Y LA PROPUESTA DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA La justificación del modelo territorial elegido y la propuesta de ordenación urbanística. En el Documento de Prioridades, a partir del diagnóstico integrado del concejo (que no se repite en la presente Memoria), se propuso un Modelo Territorial (Modelo de Desarrollo Municipal) al que orientar la ordenación del territorio y la normativa para su desarrollo, bajo el objetivo general del planeamiento urbanístico sostenible. IV.4.1. ESCENARIOS URBANÍSTICOS QUE CONFORMAN EL MODELO El Plan General de Ordenación (PGO), el Catálogo Urbanístico (CAU) y la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) del concejo de Noreña sólo pueden entenderse (y legitimarse) partiendo de la consideración de su ubicación en la Área Metropolitana Central de Asturias (AMCA); y esto por diez razones , que son los escenarios que conforman el futuro Modelo Territorial (Modelo de Desarrollo Municipal): 1. Ámbitos Espaciales Noreña lugar estratégico del AMCA. Al encontrarse el concejo en la encrucijada de diferentes vías rápidas (AS-1, N634, FEVE...), se caracteriza el ámbito de planificación como una zona accesible, y a una parte del mismo como integrada en el entramado urbano del Área Central y con disposición de ubicar equipamientos de toda naturaleza. 2. Planeamiento Municipal Las NSPM, vigentes. No tienen una mirada territorial, eso no quiere decir que no haya que considerarlas como básica jurídica, que lo es, para conformar el futuro PGO. 3. Planes territoriales Una mirada territorial de la problemática municipal. Tanto las DROT (en proceso de Revisión) como el PORNA y todas las políticas que afectan al AMCA, deben estar presentes desde el primer día. Noreña es parte significativa del AMCA. 4. Patrimonio natural y cultural Poner en valor las señas de identidad del concejo. Tanto los valores naturales como los culturales. 5. Medio Ambiente Solventar los problemas de inundabilidad como parte del trazado del río. La naturaleza del río Noreña con sus zonas inundables obliga, desde el principio, a la consideración del ámbito como una senda fluvial a conformar como un área de ocio y esparcimiento y solucionar, dentro del concejo, los problemas ocasionados. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 135 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

6. Usos residenciales El mercado de viviendas es el del AMCA. La previsión del número de viviendas para el concejo se entiende desde la política territorial del Gobierno del Principado de proyectarlas en torno a los núcleos urbanos existentes. 7. Actividades productivas El PGO no solo habla de viviendas. Las industrias cárnicas y la Barreda sólo se pueden entender, en el marco de los usos productivos, como uno de los polígonos industriales del Área Central de Asturias. Hay que buscar la compatibilidad entre industrias (cárnicas, sobre todo) y residencia con el fin de no expulsar estas últimas de las zonas urbanas. 8. Red de dotaciones urbanísticas Los equipamientos de escala metropolitana. La oportunidad de contar con el área pública de Miraflores permite ubicar los equipamientos de ámbito territorial, general y local, que se ven afectados por las zonas inundables, más allá de las previsiones necesarias por ley. 9. Movilidad: accesibilidad y transporte Los transportes en el centro de los debates. Sin accesibilidad y transporte público no hay posibilidades de ubicar a Noreña en el centro del AMCA, cohesionar los ámbitos municipales, en el territorio; y, por supuesto, la sociedad en su conjunto. 10.Proyectos estructurantes y operativos Proyectos estratégicos desde el PGO. Nos referimos a todos aquellos proyectos que nos permitan coadyuvar en la conformación de la gran ciudad del AMCA. (El área de Miraflores, el corredor fluvial…), los ámbito municipal (infraestructuras) y los locales. Estos “escenarios” serán la base para definir las propuestas de ordenación que recorrerán todo el proceso de conformación (elaboración, tramitación y aprobación) del PGO, y que se resumen tras el modelo elegido en tres puntos básicos: sostenible, productivo y compacto (polinuclear) IV.4.2. PROPUESTAS DE ORDENACIÓN DESDE EL MODELO ELEGIDO En un segundo nivel de concreción, la propuesta de ordenación urbanística, para avanzar hacia el modelo territorial elegido, se establecen las siguientes líneas estratégicas para el desarrollo sostenible: Conservar la biodiversidad territorial y asegurar un uso sostenible; las nuevas políticas ambientales, territoriales y urbanísticas deben tener en cuenta, como primera providencia, la de preservar todos aquellos suelos necesarios para conseguir, o mejorar, la calidad y sostenibilidad del suelo. Incluido en lo anterior se encuentra el denominado ciclo del agua y el Patrimonio Cultural. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 136 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Racionalizar y organizar el consumo de suelo de acuerdo con un modelo territorial globalmente eficiente supone planificar: -

Orientando la ocupación de suelo para usos urbanos, industriales e infraestructuras vinculadas.

-

Asignando usos sin sobrepasar la capacidad de acogida del territorio.

-

Preservando espacios y elementos relevantes por su valor natural en el contexto del concejo.

De tal manera, que debemos tener en cuenta, de una manera pormenorizada: 1. Ordenación territorial. Para reforzar la incardinación de Noreña en las dinámicas de innovación y diversificación productiva del sector industrial, que le permitan competir aprovechando las ventajas de situación y las derivadas de su temprana especialización (ligadas a imagen de calidad), así como sentar las bases para incorporar subsectores punta, de alto valor añadido. 2. Diseño de zonas verdes y sendas en el corredor fluvial. Que facilita la regeneración y conservación de vegetación de ribera a la vez que reduce riesgos potenciales de avenidas y genera espacios de relación social de calidad al aire libre; vital en el área de Los Riegos. 3. Ciclo del agua. Dotación proporcionada y respetuosa con el medio de infraestructuras relacionadas con el uso racional del agua (abastecimiento, saneamiento, etc.). 4. Tratamiento adecuado del patrimonio cultural. De todo tipo para poner sus valores al servicio del desarrollo sostenible del concejo, partiendo de la catalogación suficiente como para preservar los elementos y conjuntos representativos de la historia del concejo, como seña de identidad vinculable a calidad de productos y servicios noreñenses. 5. Configuración de los espacios de interés ambiental, Especialmente en Suelo No Urbanizable, como desencadenantes de atractivos del concejo que, a su vez, contribuyen a la mejora de la calidad de vida; en este sentido la protección de determinadas manchas vegetales adquiere interés, a pesar de su modestia relativa. Por otra parte, la conservación del medio apoyada en figuras de ordenación y manteniendo los diferentes ecosistemas que configuran el concejo, deberá conllevar la minimización del impacto de las infraestructuras, mediante el empleo eficaz de los mecanismos de corrección de impactos ambientales. 6. Aprovechamiento de los potenciales agroforestales del concejo. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 137 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Procurando el mantenimiento de las dimensiones adecuadas para las producciones de calidad al servicio del subsector agroindustrial, sin romper la estructura agraria que conforma un paisaje rural atractivo. En el subsector forestal, preferencia por las repoblaciones con autóctonas y naturalizadas. 7. Refuerzo de la funcionalidad de la Villa. Cabecera, apuntalando el residencial de calidad y el sector servicios, tanto los administrativos como los de promoción y gestión privados; con la mejora de la conectividad, éstos podrían ampliar su área de influencia aprovechando la posición de Noreña en el núcleo del área metropolitana. 8. Ciudad tranquila. Articulación de las transformaciones de la Villa para hacer de Noreña una “ciudad tranquila”, tanto para residir como para trabajar o para organizar determinados eventos y servicios competitivos en la escala metropolitana (como los que vinculan, por ejemplo, especialización cárnica y gastronomía y permiten publicitar las producciones locales y potenciar indirectamente los sectores primario y secundario). 9. Los núcleos de población. Se desarrollarán, como norma general, de acuerdo con el plano tradicional y con el mantenimiento de las tipologías tradicionales de edificación de acuerdo, en su caso, con criterios y directrices de rango superior, al tiempo que se respetan y recuperan algunos de los elementos más relevantes del patrimonio etnográfico, tales como cierres y elementos característicos del poblamiento organizado en caserías (en torno a quintanas aisladas en algunos casos). 10. La mejora de la conectividad. Tiene que ir acompañada del diseño adecuado del viario interno, de manera que se facilite la convivencia del tráfico rodado y peatonal. En definitiva, entre la interrelación del estado de partida, las NSPM, y el marco de las leyes, planes territoriales y políticas sectoriales, y los objetivos del PGO, conformaremos la clasificación del suelo, base sustantiva del plan. En la misma englobamos la calificación y los sistemas generales (territoriales y locales).

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 138 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

V. LOS SISTEMAS GENERALES Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 139 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

V.1. AGUA: LOS RECURSOS Y LOS VERTIDOS El agua y los vertidos, como políticas sectoriales básicas para ordenar el concejo Conscientes de la regulación integral y conjunta que se requiere, y habida cuenta de la especial sensibilidad del medio acuático, y de las diversas circunstancias en que puede verse afectado, en el presente Plan General de Ordenación se dedica un capítulo específico de su Memoria a su estudio y justificación. Dentro del mismo, se estructuran las previsiones al respecto en tres apartados:  La verificación de que los crecimientos urbanos y las demandas de abastecimiento que traerán aparejadas tienen su correspondencia en la existencia de recursos hídricos suficientes para atenderlas, de forma técnicamente viable y económicamente asumible, en la escala de un Plan General de Ordenación.  Análogamente, la garantía de que las infraestructuras de saneamiento y depuración existentes estarán en condiciones de admitir los nuevos vertidos de los desarrollos planificados, y complementariamente, si se entendieran precisas, la previsión de nuevas infraestructuras. Aunque estas consideraciones previas podrían ir en la metodología, dada su trascendencia para el Plan se considera más adecuada su inclusión aquí, conjugando en el mismo capítulo diagnosis y tratamiento. Metodológicamente:

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 140 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

V.1.1. ABASTECIMENTO DE AGUA A. Análisis de la demanda 1. Demanda actual El Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental, señala lo siguiente sobre asignación de recursos: Se asigna a Noreña para atender las demandas 0,86 hm3/año de los recursos superficiales del Río Nalón regulados en los Embalses de Tanes y Rioseco que le suministra CADASA y recursos de las masas de agua subterránea Oviedo-Cangas de Onís y Somiedo-Trubia-Pravia que actualmente utiliza. Aunque se carece de datos específicos sobre los actuales consumos del Concejo, puede estimarse, atendiendo a la población y a la estructura socioeconómica del mismo, un consumo actual en el entorno de los 0,64 Hm3/año, (artículo 37 del Plan Hidrológico: dotación de 325 l/hab/día, como señala el Plan Hidrológico para municipios de 2.000 a 10.000 habitantes y actividad comercial-industrial alta) con una variación estacional baja. Por otro lado, reuniones con técnicos municipales desvelan que el consumo ordinario es del orden de unos 25l/s, lo que considerando la bajada nocturna y de los días no laborables eleva el consumo en torno a 0,51Hm3/año. 2. Proyección de demanda Hay dos vías sencillas de proyectar el potencial consumo de agua: Según la proyección de población del escenario 3 (ver apartado III.6.3.) para 2029 la población municipal de Noreña sería de 5.947 habitantes; aplicándole el consumo establecido por el artículo 37 del Plan Hidrológico utilizado para estimar el consumo actual, se obtendría una necesidad potencial de 0,7 Hm3/año, muy por debajo de la dotación asignada. Considerando las viviendas como campo de referencia (con el resto de actividades subsumidas en la residencial), en caso de el completo (e improbable) desarrollo del todo el PGO (ver “factor de esponjamiento” en el apartado III.6.3.), y asumiendo que el incremento de consumo de cada nueva unidad sea equivalente al presente, se llegaría a una necesidad un 46% superior a la actual; tomando como referencia el consumo estimado 0,51Hm3/año (a partir de la cifra de 25l/s ordinarios) daría como resultado 0,74Hm3/año. El hecho de que las dos técnicas den resultados relativamente próximos entre sí lleva a considerar su validez, y que se encuentre por debajo de la dotación máxima del Plan Hidrológico lleva a pensar en su viabilidad.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 141 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

3. Estructura del sistema de abastecimiento actual. Núcleo de Noreña El abastecimiento de agua al núcleo de Noreña tiene dos orígenes: (1) 80-85 % proviene de CADASA, a través de la conexión a su red de transporte, que discurre al Norte de la Villa, como puede observarse en la figura correspondiente, y (2) el restante 15-20 % se obtiene de un manantial propio situado en Hevia, al sur del núcleo de Noreña. Desde ambos puntos es transportado a un depósito construido en 1984, de hormigón “in situ” de 3.500 m3 de capacidad en dos vasos, situado a unos 220 m de altura y cuya localización, en la zona Norte de Noreña. Como ya se ha citado anteriormente, este depósito se alimenta de una toma de agua a la red de CADASA y de un manantial propio. De este depósito parte una tubería de fundición de 300 mm de diámetro, que se ramifica en canalizaciones de menor diámetro, que recorren las distintas calles proporcionando abastecimiento de agua a todo el núcleo. El problema más importante es la baja presión en la red, originado por la cota insuficiente a la que se encuentra situado el depósito. (Nótese que la diferencia de cota entre el depósito, a 220 m de altura, y gran parte del núcleo es menos de 20 m).

Sistema de Abastecimiento de la Zona Central de Asturias (CADASA)

Situación del depósito de Noreña

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 142 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

4. Estructura del sistema de abastecimiento actual. Núcleo de La Felguera (Celles) Respecto al núcleo de La Felguera este, se abastece de captaciones propias con sus depósitos correspondientes. -

Depósito de La Carril, abastecido de la Fuente del Borial (1960).

-

Depósito de San Andrés, abastecido con un sondeo en las proximidades del depósito (2000).

-

Depósito de La Braña, abastecido por un sondeo realizado en las proximidades del río (2003).

Depósito de La Felguera

Captación del abastecimiento a La Felguera

Los problemas más destacables que presenta este núcleo en lo que se refiere a abastecimiento son: (1) baja de calidad de las aguas, (2) cantidad insuficiente para cubrir la demanda en épocas de estiaje, y (3) escasa capacidad de regulación debida al pequeño volumen de los depósitos existentes. Por el contrario, la red de abastecimiento se encuentra en buen estado, ya que ha sido renovada por completo en 2004.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 143 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

B. Actuaciones para la mejora del sistema de abastecimiento 1. Núcleo de Noreña Tal y como se recoge en apartados anteriores, uno de los problemas actuales de la red de abastecimiento es la falta de presión, que podría verse incrementado en el futuro si aumenta la demanda. Para resolver esta situación se plantea la renovación de la captación y del depósito, situándolo en una nueva ubicación con mayor cota, que proporcione mayor presión a la red. Dado que en el municipio no existen ubicaciones con la cota suficiente, el nuevo depósito se edificará en el Concejo de Siero y podrá ser utilizado por otros núcleos próximos. Además del depósito, será necesario construir una red que lo una con la red existente; esta unión podría localizarse en la zona del depósito actual. Para completar la actuación se propone duplicar la conducción principal hasta el centro de Noreña con otra arteria que discurra paralela a la AS-246 y que cierre el anillo en la Plaza de la Nozalera. Con esta actuación se garantiza el abastecimiento en todo momento ya que se convierte la conducción principal en un anillo o red cerrada. Finalmente, para satisfacer la demanda de la zona industrial que se encuentra en la zona Sur de Noreña, que con este PGO se amplia y potencia, se considera necesario mejorar la conducción hasta ella, ya que con la tubería de 50 mm de diámetro actual, resultará insuficiente. 2. Núcleo de La Felguera (Celles) Con el fin de resolver los problemas ya mencionados de calidad de las aguas, insuficiencia en épocas de estiaje, y escasa capacidad de regulación de los depósitos existentes, se propone realizar un nuevo abastecimiento a La Felguera. Parte de este nuevo abastecimiento estará incluido en las obras que se realizan en varios núcleos rurales circundantes del Concejo de Siero, que dotará a estos núcleos de un nuevo depósito, abastecido por CADASA, del que está previsto que parta un ramal al actual depósito de La Felguera. Además, se mejorará el depósito existente y la conducción que parte de él al centro del núcleo rural. Por lo tanto las obras van a consistir en: (1) canalización desde el nuevo depósito del Concejo de Siero al depósito de La Felguera, (2) mejora del depósito de La Felguera, y (3) nueva conducción desde el depósito existente al centro del núcleo de La Felguera. La red de distribución dentro del núcleo se mantiene, ya que se considera adecuada para la población existente. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 144 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

C. Justificación de suficiencia Atendiendo a los distintos tipos de suelo, y como resumen de los apartados anteriores, puede determinarse la suficiencia de la disponibilidad hidráulica: -

La red básica municipal, en la situación actual, cubre la demanda generada por los suelos urbanos, no obstante ya están previstas mejoras, principalmente para solventar la falta de presión.

-

Por lo que se refiere a los suelos urbanizables, se ubican en áreas donde está garantizado el suministro de agua por conectarse a la red principal de abastecimiento, que además está previsto mejorar.

-

Traducido en cifras globales, y de acuerdo a las estimaciones desarrolladas en apartados anteriores, el Concejo de Noreña experimentaría, en las dos hipótesis planteadas, el aumento de la demanda que podría estar entre los 0,7 y los 0,74Hm3/año, cifra sensiblemente inferior a la dotación del Plan Hidrológico.

-

Finalmente cabe destacar que el hecho de que sea CADASA quien abastece y va a abastecer al municipio es una garantía tanto de la cantidad suficiente como de la calidad del agua suministrada.

V.1.2. SANEAMIENTO A. Ejecución y gestión de los sistemas de saneamiento Las responsabilidades de la ejecución y gestión de los sistemas de depuración están siendo compartidas en este momento por el Estado, a través de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, por el Principado de Asturias, y por las administraciones locales. Con respecto a la construcción y gestión de colectores interceptores y estaciones depuradoras, cuando estos son declarados de interés general, son llevados a cabo por el Estado. En otro caso, si forman parte de un sistema supramunicipal y los municipios afectados no constituyen un Consorcio, la responsabilidad es del Principado, que la ejerce en este momento a través de la Dirección General de Agua y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural. Finalmente, en el resto de opciones la responsabilidad es municipal. La ejecución y gestión de las redes de alcantarillado es competencia de los municipios, de acuerdo con la Ley 7/1985, 2 de abril, de bases de régimen local (BOE, 3 de abril de 1985).

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 145 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

B. Infraestructuras generales: colector y estación depuradora Las infraestructuras generales de saneamiento se encuentran resueltas en el núcleo de Noreña por el colector interceptor del Nora –Noreña y la depuradora de Villapérez. Ambas infraestructuras, incluidas en el Plan Director de Obras de Saneamiento del Principado de Asturias 2002 – 2013, actualmente se encuentran en servicio. Uno de los ramales del colector interceptor del Nora-Noreña tiene su inicio en Noreña, en el aliviadero nº 22. En este punto se conecta el sistema de saneamiento municipal al sistema supramunicipal. Este colector interceptor conduce las aguas residuales hasta la depuradora de Villapérez.

Aliviadero de Noreña. Colector interceptor del Noreña. (Avenida de Oviedo – NO-1)

EDAR de Villapérez La EDAR de Villapérez trata las aguas residuales procedentes de la mayor parte de Oviedo y su entorno y de los concejos de Siero, Llanera y Noreña.

Actuaciones del Plan Director de Obras de Saneamiento del Principado de Asturias 2002–2013 ejecutadas en el Sistema Depuradora de Villapérez Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Sistema de Saneamiento del Nora y del Noreña DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 146 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Con su configuración actual puede tratar los vertidos correspondientes a 260.000 habitantes equivalentes, con un caudal de diseño biológico de 1.950 l/s.

EDAR de Villapérez

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 147 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

C. Estado y previsiones de las redes municipales 1. Núcleo de Noreña En el apartado anterior se recoge, como punto de conexión entre la red municipal y la supramunicipal, el aliviadero de Noreña. A continuación se resume la situación actual de la red municipal, que puede considerarse que comienza en ese punto, y las actuaciones necesarias, bien para mejorarla o bien para poder atender la demanda que creará el desarrollo del Plan. La red de saneamiento urbana actual está formada por varios colectores de diversos diámetros, materiales y fechas de construcción que se han ido ejecutando para dar servicio al desarrollo del núcleo urbano y de las actividades industriales. Está red, cuyo proyecto inicial data de 1981, está estructurada a través de un colector general, que discurre aproximadamente paralelo al Río y que casi conforma un cinturón del núcleo de Noreña. Los diámetros de este colector general oscilan entre los 400 mm en las zonas de menor caudal y los 600, 800 o un ovoide de 1200 x 800 mm y a él vierten los distintos colectores, de diámetros 250, 300 0 400 mm que recogen las aguas residuales de las distintas calles del núcleo. Esta red municipal está siendo mejorada con las obras denominadas Colector emisario de Noreña, aguas arriba del aliviadero, de cuya ejecución y financiación se encarga la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural del Principado de Asturias, a través de la Dirección General de Agua y Calidad Ambiental. Las obras consisten en la construcción de una tubería de hormigón armado con una longitud de 620 metros, que discurre paralelo al río Noreña, entre la glorieta que se encuentra a la altura de la estación de FEVE (calle Les Carolines) y el aliviadero de Buenavista (calle La Portilla). Su finalidad es recoger las aguas residuales y pluviales de la zona deportiva, educativa, sanitaria y residencial de Los Riegos y evitar las frecuentes inundaciones que se producen debido a la orografía de esta parte de la Villa, que se encuentra a menor altitud que el resto del casco urbano, por lo que recibe todos los vertidos de su parte alta. Otra de las obras de mejora de la red de saneamiento que se está realizado es el Saneamiento de La Mata, en la zona comprendida entre el Camino del Peregrino, la Calle de la Mata y la Avenida de Oviedo. Las obras se ejecutan en tres fases y aunque están siendo realizadas por el Ayuntamiento, cuentan con financiación del Principado. El nuevo colector tiene más de un kilómetro de longitud y resolverá los problemas de atascos y desbordamientos del colector existente. Con la red existente y las mejoras que se están realizando, se puede considerar que el núcleo de Noreña está dotado de unas infraestructuras de saneamiento suficientes; no obstante, en paralelo con el desarrollo de nuevos tramos de encauzamiento del río y paseos peatonales en sus márgenes, puede resultar conveniente la inclusión de colectores interceptores en las zonas en las que no existan o se encuentren obsoletos, tales como en el tramo del río Noreña comprendido entre la NO-1 y NO-2. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 148 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Por todo lo anterior, la mayor parte de los suelos urbanos y urbanizables situados en el núcleo de Noreña, atenderán su conexión por simple extensión desde las redes municipales ya existentes, conectando sus redes de saneamiento a la red general, y garantizando así la correcta evacuación y posterior tratamiento de los residuos. Con respecto a los suelos industriales, aunque ya disponen de red de saneamiento, resultará conveniente mejorar la red existente en la zona industrial situada al sur de la Villa, que se plantea potenciar e incrementar con este Plan. 2. Núcleo de La Felguera (Celles) En lo que respecta a saneamiento, el núcleo de La Felguera se caracteriza por la inexistencia del mismo, por lo que en la actualidad las aguas residuales se evacuan a pozos negros, vertidos incontrolados, etc. Con el fin de resolver esta carencia, dentro de las actuaciones infraestructurales recogidas por el Plan, se contempla y cuantifica la creación de una red de saneamiento interna en el núcleo de La Felguera, así como su conexión con las infraestructuras básicas. Dicha infraestructura se calculará tanto para las necesidades existentes como para posibles desarrollos del núcleo rural. D. Conclusiones El núcleo principal del concejo, Noreña, donde se concentra el 98% de la población actual, cuenta con unas infraestructuras de saneamiento, ya construidas o en fase de construcción, adecuadas para los usos actuales y suficientes para los desarrollos previstos en este PGO. Además, se proponen pequeñas actuaciones que mejorarán una situación que puede considerarse buena. En el núcleo rural de La Felguera se contempla en el Plan la creación de una red de saneamiento, ya que no la hay. Ambas circunstancias deben garantizar una adecuada recogida y tratamiento de los vertidos de aguas residuales, compatible con las exigencias de sostenibilidad en las que se enmarca el Plan.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 149 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

V.2. ESTRUCTURA: LA PREVISIÓN DE LAS DOTACIONES URBANÍSTICAS Sistema de estructuración mediante la red de dotaciones urbanísticas Las dos finalidades de las propuestas del Plan -la Ordenación y la Gestión- no son abstractas, sino que responden a la vocación que el equipo redactor ha querido dar al documento y que es fundamentalmente operativa, respondiendo a una inquietud que ya otros redactores de planeamiento han manifestado en sus trabajos y huyendo de una concepción inercial alejada de la realidad y acumuladora de documentos que no superan su carácter meramente administrativo. Se trata, en fin, de definir una serie de actuaciones que se pueden caracterizar como Acciones Estructurantes y Operaciones Estratégicas, pero que nosotros hemos preferido agrupar bajo la denominación más genérica de Proyectos Urbanos, como un concepto afianzado en la profesión, sin entrar en disquisiciones relativas al régimen del suelo o a la escala de la intervención, necesariamente diversa. Tan sólo los diferenciaremos sectorialmente (dentro de los ámbitos supramunicipal, municipal y local), tratando de que sirvan de apoyo ineludible a la planificación económica de las inversiones previstas en el Plan, que se valoran en su Estudio Económico-Financiero y constituyen su fundamento, en las condiciones que se recogen en el marco legislativo vigente, donde se aclaran los límites competenciales. V.2.1. SUPRAMUNICIPALES (SISTEMAS TERRITORIALES) En este apartado se incluyen actuaciones que, por su naturaleza, interesan a un territorio mayor que el del Concejo de Noreña y que, por tanto, no deberían ser abordadas por la entidad local, sino que se trataría de iniciativas de la administración autonómica u otros organismos, aunque en algunos casos podrían contar con la colaboración municipal, como es lógico. A. Infraestructuras viarias 1. Acceso Sur -

Este acceso, que se realiza en coordinación con el desarrollo programado por el Ayuntamiento de Siero para esa zona, consta de un vial de unos 700 m de longitud, que comienza al Norte en un enlace con la NO-2, a la altura del puente sobre el río Noreña, y finaliza al Sur en una rotonda de enlace con la N-634.

-

Con esta actuación se pretende, por un lado, mejorar la conectividad de Noreña con la N-634, y por otro lado, estructurar los suelos por los que discurre, sirviendo de apoyo a los nuevos desarrollos futuros. Se desecha su financiación exclusiva a partir de estos desarrollos, al entender que la actuación va más allá que la de un sistema local, aunque parcialmente funcione como tal.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 150 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

-

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Se trata de un vial de carácter marcadamente urbano y que debe tener por ello un tratamiento acorde en su imagen, poniendo especial atención a su sección, que debería ocuparse de dar encaje a las zonas peatonales y de descanso, uniendo apropiadamente la futura senda fluvial con el entorno cada vez más urbanizado del límite con Siero.

Acceso Sur a Noreña

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 151 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

2. Vial de conexión de la AS-246 con la SI-4, en la parte Norte del municipio, en el límite con Siero -

Consiste en la construcción de un vial de 1,5 km, cuyo objetivo principal es el de canalizar los tráficos de transportes relacionados con el vecino acuartelamiento de Cabo Noval, evitando de esa manera que interfieran con el tráfico urbano.

-

Para parte de su trazado se aprovechan caminos existentes y discurre por la franja de terreno vacante al norte. Tendrá los estándares de diseño (sección tipo, radio de curvas, etc.) de una carretera local.

-

Este vial beneficiará tanto al concejo de Noreña como al de Siero, por lo que no se ha dudado en plasmar el mejor de los trazados desde el punto de vista técnico, aunque para ello haya sido necesario que discurra parcialmente por el concejo vecino.

Carretera de conexión AS-246 con SI-4

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 152 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

3. Mejora de los enlaces de la N-634 con la AS-246 a la altura del El Berrón -

El cruce de estas dos carreteras, de alta densidad de tráfico, se encuentra en El Berrón (concejo de Siero), pero justo en la zona que limita con el extremo suroriental del núcleo de Noreña.

-

En la actualidad, es un cruce a nivel dotado de semáforos en las cuatro direcciones.

-

Dada la morfología del enlace y las rasantes de las carreteras, la solución idónea para su mejora resultaría ser la ejecución de un paso inferior para la AS-246 en dirección N-S, y la construcción de una glorieta elevada en la N634, en dirección E-O. Con esta actuación se mejoraría notablemente la conexión de Noreña con la N-634.

-

Igual que en casos anteriores, aunque excede las competencias del Plan, no se puede dejar de señalar, por su importancia para el concejo.

Enlace de la N-634 con la AS-246 a la altura del El Berrón

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 153 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

B. Infraestructuras hidráulicas 1. Mejoras en el encauzamiento existente del río Noreña y nuevos tramos de encauzamiento del río Noreña y del arroyo de Ferrera

INTERVENCIÓN

RÍO

Nº 1

Río Noreña

Nº 2

Arroyo de Ferrera

Longitud aproximada de la actuación

860 m

Tipo de intervención

Es una mejora en la geometría del encauzamiento existente, dejando en ambas márgenes bermas con llanuras que serán inundables en condiciones excepcionales, por lo que no habrá edificaciones u otras instalaciones fijas, pero podrán ser utilizadas como zonas verdes de esparcimiento durante la mayor parte del tiempo.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Dado que es el tramo del río Noreña más en contacto con la trama urbana, su encauzamiento tiene como objetivo la definitiva protección de las zonas inundables del casco urbano colindantes con la margen derecha del río y la defensa de la zona de equipamientos de la margen izquierda.

500 m

Pequeñas obras de encauzamiento.

Río Noreña

1.000 m

Encauzamiento de nueva construcción, dejando en ambas márgenes bermas con llanuras que serán inundables en condiciones excepcionales, por lo que no habrá edificaciones u otras instalaciones fijas, pero podrán ser utilizadas como zonas verdes de esparcimiento durante la mayor parte del tiempo.

Garantizar la suficiente seguridad frente a inundaciones de la zona industrial colindante con el arroyo de Ferrera. Proteger del riesgo de inundación las zonas próximas a la NO-1 y de este modo mantener la calificación del suelo de las NSPM como urbano o urbanizable, ya que en la margen derecha del río hay edificaciones de tipo residencial y en la margen izquierda se encuentra una amplia zona industrial.

Arroyo de Ferrera

700 m

Pequeñas obras de encauzamiento en el tramo final del arroyo, en su confluencia con el río Noreña.

Garantizar la defensa de la zona de equipamientos situada entre el Río Noreña y el arroyo de Ferrera.

Nº 3

Nº 4

Objetivo de la actuación

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 154 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Además, coincidiendo con los nuevos tramos de encauzamiento o mejora del existente, se construirán colectores interceptores del río Noreña en los tramos que no existan en la actualidad o se mejorarán los existentes siempre que sea necesario. 2. Depósito de abastecimiento al núcleo de Noreña y otros núcleos de Siero y conducción de abastecimiento desde el nuevo depósito hasta el depósito existente -

Para solventar la falta de presión en la red de abastecimiento a Noreña se plantea la renovación de la captación y la del depósito actuales, construyendo un nuevo depósito a mayor cota, alimentado por CADASA, que proporcionará mayor presión a la red. Dado que en el concejo no existen ubicaciones con la cota suficiente, el nuevo depósito se edificará en el Concejo de Siero y podrá ser utilizado por otros núcleos próximos de este último Concejo.

-

Además del nuevo depósito, resulta necesario contar con una conducción desde éste hasta el depósito existente, ya que en el depósito actual es donde se centraliza la distribución por todo el núcleo de Noreña.

Nueva arteria principal de abastecimiento desde el depósito existente hasta centro de Noreña, paralela a la AS-246a

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 155 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

V.2.2. MUNICIPALES (SISTEMAS GENERALES) En este apartado se desglosan las actuaciones que se proponen dentro del Concejo de Noreña y que se describen y valoran en el Plan General de Ordenación. Son diversas actuaciones de variados ámbitos, encaminadas a la mejora de infraestructuras, equipamientos y servicios. A. Infraestructuras viarias 2. Transformación urbana de la AS-246a (actual avenida de Langreo) -

En la actualidad existen dos carreteras, AS-246 y AS-246a, que discurren prácticamente paralelas, desde el centro de la Villa hasta el norte de la misma; además, entre ellas se encuentran las vías de FEVE.

-

El vial que se pretende convertir en bulevar es la antigua carretera carbonera que, con la eliminación del paso a nivel, quedó incluida en la trama urbana, pasando a ser una calle de Noreña, pero manteniendo sus características de carretera.

-

Con esta actuación, se pondrá en valor una zona muy céntrica del núcleo de Noreña, degradada por el modo en el que se resolvió la variante y la proximidad del ferrocarril.

-

En su diseño se tratará de crear espacios preferentes para el peatón y se resolverá en combinación con el tratamiento de las vías de FEVE. Se modificará el puente sobre el río Noreña, para situarlo a cota inferior, aunque respetando la sección hidráulica, lo que facilitará la urbanización de la zona al reducir la pendiente.

-

Respecto a la AS-246, dado que se trata de una carretera autonómica, poco se puede proponer a este nivel. No obstante, hay que destacar que genera un importante corte en el municipio y sus efectos podrían al menos mitigarse dentro de la actuación con algunas intervenciones relativas a la reducción del ruido o del impacto visual.

-

También se incluirá dentro de esta actuación la mejora del paso inferior existente para atravesar la AS-246, próximo al río Noreña y dentro del núcleo urbano. Se trata de conseguir una mayor permeabilidad entre ambas márgenes de la carretera, mejorando la seguridad de los peatones y dando conectividad al área dotacional de Miraflores, fundamentalmente.

3. Acondicionamiento de las vías de entrada, a modo de travesías: NO-1, NO -2 y SI-4 -

Son parte de la trama urbana de la capital del concejo y por tanto han de recibir un tratamiento que facilite su tránsito y disfrute dentro del casco urbano de Noreña, así como en sus proximidades.

-

Se acondicionará la NO-2 entre el nuevo vial de acceso Sur a Noreña y el casco urbano propiamente dicho, renovando y ensanchando el puente sobre el río Noreña.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 156 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

-

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Con respecto a la NO-1 y la SI-4, las actuaciones propuestas se circunscriben al acondicionamiento parcial de las mismas, habilitando una sección tipo adecuada para el tráfico rodado, complementada con aceras o carriles de tránsito peatonal.

B. Infraestructuras hidráulicas 1. Nueva arteria principal de abastecimiento desde el depósito existente hasta centro de Noreña, paralela a la AS246a y que cierre el anillo en la Plaza de la Nozalera. -

Además de la canalización que se describe en el punto anterior, se considera conveniente un nuevo ramal desde el depósito existente hasta el centro de la Villa.

-

Esta actuación, que consiste en una canalización de unos 1,75 km de longitud de tubería de fundición de 300 mm de diámetro, en parte se podrá realizar en paralelo con las obras de urbanización de la AS-246a.

-

Con este ramal se garantiza el abastecimiento en todo momento ya que la conducción principal se convierte en un anillo o red cerrada.

2. Nuevo abastecimiento el núcleo rural de La Felguera -

En la actualidad está prevista la construcción de un nuevo depósito para cubrir la demanda de varios núcleos rurales circundantes del Concejo de Siero, abastecido por CADASA, que proporcionará también agua potable a La Felguera.

-

Completando esta actuación, las obras consistirán en la canalización desde el nuevo depósito del Concejo de Siero al depósito de La Felguera, la mejora del depósito de La Felguera y una nueva conducción desde el depósito existente al centro del núcleo de La Felguera.

3. Saneamiento en el núcleo rural de La Felguera -

Universalización del saneamiento en el núcleo rural de La Felguera, con la ejecución de redes interiores de colectores y la construcción de una EDAR específica, con carácter previo a una eventual conexión futura de la red a los sistemas generales de saneamiento.

C. Equipamientos 1. Desarrollo del área dotacional de Miraflores y conexión con la red viaria -

La vocación de esta área ya fue consolidada por las NSPM vigentes, donde se entendió como una reserva al otro lado del nudo viario, si bien se quedaba en una escueta clasificación a SNU.

-

Se trata de una propiedad única y además de propietario público (Principado de Asturias).

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 157 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

La parcela es de unas dimensiones lo suficientemente generosas como para plantear diferentes usos dotacionales complementarios, enriquecidos en su relación entre sí y con la trama urbana.

-

Es importante destacar no obstante que, si bien la zona cuenta con un nuevo acceso externo, es preciso abundar en lo mencionado en otros puntos de este bloque sobre la necesidad de favorecer la conectividad peatonal con el casco urbano, sea mediante pasos elevados, mediante la mejora del existente subterráneo o una combinación de las dos líneas anteriores.

E. Zonas verdes y espacios libres 1. Senda verde de seguridad y zona verde en Los Riegos A partir de mantener el uso dotacional presente, se propone emplearlo con una doble óptica: mejora de la gestión del riesgo frente a inundaciones y uso recreativo de áreas de reconocido valor. - “Senda de evacuación”: actualmente todas las salidas están en dirección al río, lo que supone un problema en caso de desalojo; y en el caso del instituto, con sólo un acceso, ya no sólo frente a inundaciones. Por ello se considera necesario abrir una senda peatonal que sirva para el paseo en momentos normales, y para la evacuación y entrada de equipos y maquinaria en el caso de episodios de inundación. - Arbolado a proteger: el bosque de ribera, con cuantiosos ejemplares de aliso (o fumeru; Alnus glutinosa) está protegido por la directiva hábitat, por lo que esos pies deben conservarse, así como la mayor superficie posible de su sotobosque. - Áreas lúdicas o recreativas: Consideradas como zonas verdes de muy bajo impacto, aprovechando las parcelas municipales al Oeste del centro escolar. Todo ello contribuiría a la generación de un Sistema General de Zonas Verdes, de lo que es necesario contar con un mínimo de 5m2 por habitante, que actualmente no se alcanza. La existencia de parcelas municipales hace que la operación sea viable sin demasiada carga financiera. La escasa incidencia en el medio lo hace compatible con la categoría de Suelo No Urbanizable de Especial Protección. V.2.3. LOCALES (SISTEMAS LOCALES) Se recogen bajo esta denominación una serie de Proyectos Urbanos, como los hemos venido calificando, que por su especial naturaleza no tienen un encaje adecuado en la categorización hecha hasta ahora, pero que resultan estratégicos en su relación con ellos, de los que son a la vez complemento y acicate. No tienen reflejo presupuestario en el documento del Plan, pero su exposición interesa como parte de la reflexión que el equipo redactor ha venido Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 158 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

desarrollando, entendiendo que muchas veces valores más o menos tangibles, asociados a actuaciones concretas, tienen una repercusión muy alta, en un medio cada vez más competitivo, en el que el paisaje tiene que aspirar constantemente a la excelencia. 1. Compleción de la estructura urbana: viaria, peatonal y verde -

El adecuado rediseño del espacio público urbano es un aspecto básico en el funcionamiento de un entorno de servicios, como lo son los centros urbanos.

-

Los espacios libres no pueden reducirse a los restos de lo edificado o lo no ocupado por el transporte privado. Tampoco pueden servir como aparcamientos en los momentos de mayor afluencia, que es cuando son más necesarios. Además de cumplir un estándar, se deben articular en red, de manera que su uso resulte cómodo y adecuado a su fin, que es el de hacer la ciudad más habitable. En ese sentido, la imposición de la Confederación Hidrográfica de liberar ciertos suelos considerados de riesgo, debe ser el revulsivo que nos dé una visión estratégica. El rediseño de estos espacios, consecuente con los factores referidos, constituye una oportunidad de introducir elementos de calidad urbana, integrados en la red general.

-

En la misma línea debe tenerse en cuenta el necesario estudio de la trama urbana de cara a su compleción jerarquizada, poniendo los tráficos en red. La actual estructura de la Villa de Noreña, radial, dificulta los movimientos en su interior.

-

Ambas redes han de complementarse. Con frecuencia formarán parte de suelos cuyo desarrollo no se ha producido y el Plan propone, por lo que sus costes, como sistemas locales, correrán a cargo de tales desarrollos, con la visión general que procura el planeamiento de rango superior.

2. Marchamo de las industrias cárnicas -

Aunque en este caso no hablamos propiamente de aspectos urbanísticos, la imagen que Noreña tiene en el exterior, muy ligada a su industria cárnica, debe tener su correlato en una imagen urbana cuidada de tales industrias, que hable de los niveles de calidad que interesan.

-

Por ello, se hace necesario un “plan de choque” que dé cobertura económica a intervenciones dispares, adecuadas a situaciones igualmente distintas, con el fin de dotar de una imagen adecuada a estas industrias y su entorno.

-

Cabe esperar que, en la medida en que esta industria sea promovida, arrastrará un turismo de calidad, atraído por una situación privilegiada en el Área Central Asturiana y un entorno urbano igualmente atractivo.

3. Actuaciones de corrección ambiental -

Si bien se tratan separadamente, este punto tiene mucho que ver con el anterior. En los últimos años, se constata un empeoramiento de las condiciones de la calidad del aire en el entorno de la Villa, que casi todos coinciden en relacionar con la industria cárnica y de comida preparada. Esta circunstancia coincide con un momento de

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 159 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

especial sensibilidad social hacia estos temas que debe ser aprovechado para abordar en profundidad un problema transversal a todas las políticas urbanas. El Informe de Sostenibilidad Ambiental se encargará de dar cobertura a las actuaciones que se han iniciado en este sentido y que pasan en este primer momento por la elaboración de informes de diagnóstico de la situación, elaborados por consultorías externas. 4. Intervención artística: Puerta del concejo sobre la AS-1, en Serrapicón -

Noreña presenta unas características geográficas poco diferenciadas que tienen mucho que ver con su historia. Por ello resulta difícil su asimilación a un lugar concreto en la encrucijada de infraestructuras viarias en que se implanta.

-

Se propone la colocación de una pieza artística sobre la AS-1, como hito paisajístico que ayude a situar el concejo en los trayectos regionales. Debe ser una pieza simbólica en el paisaje.

5. Reformas y ampliaciones de dotaciones existentes -

Es obvio que el Plan no puede asumir entre sus obligaciones la adaptación de muchas de las dotaciones existentes a nuevas condiciones de servicio. No obstante, por su especial incidencia en el medio socio-productivo, no sobra dejar constancia de una llamada a la reflexión sobre necesidades muchas veces relacionadas con el mantenimiento de los equipamientos, igual de necesario que su implantación, siempre más “mediática”.

6. Integración del ferrocarril de FEVE Gijón–Laviana en la trama urbana -

Tal y como se recoge en el documento de prioridades, la línea de FEVE Gijón–Laviana supone un corte, próximo a un accidente geográfico, en la estructura urbana de Noreña.

-

Con esta actuación se pretende minimizar el impacto de las vías de ferrocarril en la trama urbana, en la zona comprendida entre El Berrón (concejo de Siero) y el centro de Noreña, y mejorar los espacios anexos al trazado del ferrocarril.

-

El tramo a tratar tiene una longitud de unos 1.300 m, y se ubicaría a ambos lados de la vía, con una anchura variable en función de la zona libre en torno a la vía del ferrocarril y de la posibilidad de actuación en cada área.

-

La actuación más importante consiste en la generación de una plataforma sobre las vías en el punto donde la trinchera es más profunda, próxima al cruce de El Berrón, con el fin de facilitar la conexión de las áreas deportivas, educativas y asistenciales del sur de la Villa con los usuarios del vecino concejo de Siero.

-

En esta actuación, tal y como ha ocurrido en otros concejos en los que se han realizado integraciones o soterramientos de vías, resulta imprescindible el acuerdo y la colaboración, entendido también como cofinanciación, de las partes implicadas; sin este compromiso no será posible llevarla a cabo.

7. Integración del Camino de Santiago -

Dependiente de un futuro Plan Especial de Protección, que desarrolle la Delimitación de Entorno de Protección actual.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 160 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

VI. LA CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL SUELO Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 161 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

VI.1. SUELO URBANO (SU): LAS ÁREAS EDIFICABLES Completar el suelo urbano con la conformación de su trama VI.1.1. DEFINICIÓN DEL SU El PGO tiene entre sus cometidos principales, como se ha explicado, la Clasificación del Suelo. El procedimiento, revestido de condiciones jurídicas, remite sin embargo en el caso del Suelo Urbano a aspectos de hecho que deben ser contrastados con la realidad. Es por ello que puede llegarse a situaciones que fuercen la consideración de urbanos de determinados suelos sin que haya mediado gestión alguna, simplemente por la propia dinámica urbanizadora del municipio y sin que deba intervenir para ello la mano del urbanista, más que como mero notario. A. Referencias jurídicas Jurídicamente, será el TROTU el que nos marque los márgenes de maniobra con respecto a la clase de suelo que analizamos en este capítulo: TROTU: Artículo 113. Suelo Urbano. Constituirán Suelo Urbano: a) Los terrenos ya transformados por contar con acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica. La existencia de los servicios de acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas y suministro de energía eléctrica sólo dará lugar a la inclusión de un predio en el Suelo Urbano cuando dichos servicios reúnan las características adecuadas para servir a la edificación que sobre ellos exista o se haya de construir, y en particular cuando tengan la capacidad necesaria para soportar una utilización intensa del suelo, en los términos que reglamentariamente se establezcan. No tendrán la consideración de Suelo Urbano los predios situados en núcleos rurales, aunque posean o lleguen a reunir los citados servicios urbanísticos en el grado o con las características propias de los asentamientos rurales, y los terrenos que no estén integrados en una malla urbana. A los efectos de este Texto Refundido, se considera malla urbana la urbanización básica constituida por unas vías perimetrales y unas redes de suministro de agua y energía eléctrica y de saneamiento de que pueda servirse el territorio, sin que esté por su situación completamente desligado del entramado urbanístico ya existente. Los servicios construidos en ejecución de un sector o unidad de actuación, las vías perimetrales de los núcleos urbanos, las vías de comunicación entre núcleos y las carreteras no servirán de soporte para la clasificación como urbanos de los terrenos adyacentes.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 162 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

b) Los terrenos que, aun careciendo de alguno de los servicios citados en el epígrafe anterior, estén comprendidos en áreas consolidadas por la edificación al menos en dos terceras partes de su superficie, en la forma que el Plan General de Ordenación determine. c) Los terrenos que en ejecución del planeamiento hayan sido urbanizados de acuerdo con el mismo. Además, el TROTU nos da instrumentos para avanzar aún más en la definición de estos suelos: el Suelo Urbano Consolidado y el No Consolidado. Es necesario recoger que cuando recurrimos a cada una de los dos tipos del Suelo Urbano es por las siguientes razones (art. 114 TROTU): 1. Consolidado: Constituyen Suelo Urbano Consolidado los terrenos que reúnan la condición de solar, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 de este artículo, así como aquellos que, careciendo de alguno de sus requisitos o precisando completar la urbanización, puedan ser objeto de obtención de licencia. 2. No Consolidado: Constituyen Suelo Urbano No Consolidado los demás terrenos que se puedan clasificar como Suelo Urbano y que, a efectos de su consolidación, se agruparán en polígonos o unidades de actuación. En particular, se incluirán en esta categoría los terrenos urbanos en los que sean precisas actuaciones de urbanización, reforma interior u obtención de dotaciones urbanísticas, que deban ser objeto de equidistribución entre los afectados, así como aquellos sobre los que el planeamiento urbanístico prevea una ordenación sustancialmente diferente de la existente. La Revisión ha permitido constatar aquellos casos en que el proceso de ejecución de las NSPM ha concluido y por tanto estamos ante Suelos Urbanos Consolidados, a la vez que se ha explorado desde una visión morfológica el conjunto urbano, detectando zonas en las que conviene la definición de ámbitos de gestión que ayuden en los objetivos generales de completar la trama peatonal y viaria y conseguir aquellas dotaciones necesarias. B. Datos catastrales Por otro lado, el análisis del catastro de urbana y rústica del concejo confirma una práctica de las revisiones catastrales hasta la actualidad, que tomaban como base para su delimitación la realizada por las NSPM en su día. Esta tendencia está siendo abandonada para empezar a analizar el uso que se hace de determinados entornos, más allá incluso de los servicios soportados. Ocurre así en Núcleos Rurales tan poco sospechosos de su condición urbana a priori de concejos como Allande, debido a la consideración de esos espacios como lugares de segunda residencia y una demanda de servicios en aumento. Conviene tener esto en cuenta por lo que se verá más adelante. C. Hecho constructivo Finalmente, el análisis de la fábrica urbana de Noreña nos pone ante una serie de antecedentes de hecho que pueden entenderse, bien como contradicciones, bien como realidades necesitadas de un ajuste al hilo de la revisión del Plan. Esta última mirada será la que nos anime, por lo que tiene de positiva y porque es la voluntad expresada por los representantes políticos, desde su autonomía. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 163 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Es evidente el atractivo que Noreña tiene por su situación de privilegio en el Área Central. En este sentido, quizá no presente muchas ventajas en su oferta de vivienda colectiva, pero sí en la de vivienda unifamiliar; frente a otros entornos masificados, con problemas de colapso en sus infraestructuras y un paisaje urbano anodino, Noreña representa todo lo contrario. Estas son las razones principales de que haya canalizado en los últimos años una demanda creciente de vivienda en el entorno menos denso de la villa, donde tradicionalmente se ha desarrollado la vivienda relacionada con las explotaciones agrarias (cada vez más abandonadas, por no decir totalmente) y la industria más local (cada vez más demandante de un mayor nivel de servicios y un entorno consiguientemente especializado). Durante estos años, la municipalidad ha optado por el uso flexible de la norma como mejor manera para facilitar la gestión y el acompañamiento de obras de infraestructuras que han retroalimentado la demanda, como efecto secundario de lo que era una mejora del "entorno rural" de la villa. El resultado es un suelo urbano que ha fagocitado literalmente los espacios cercanos más apetecibles y los ha dotado de un nivel de compleción que ahora hay que repensar en términos globales. Por otro lado, existe una diferencia sustancial entre los suelos al norte del río Noreña y al sur (el río Noreña como frontera). Al norte se desarrolla la villa propiamente dicha, con espacios de vocación residencial, necesitados de operaciones de remate, más de detalle, en general. Al sur se disponen suelos estructurales, dependientes morfológicamente del Área Central y que por tanto presentan una realidad más compleja no por lo que son, sino por su vocación, claramente urbana si alejamos el zoom y los vemos desde Siero, sin ir más lejos. La frontera de borde que ha representado hasta ahora la N-634, debe ser superada en términos de organización de un espacio urbano joven (posterior a la década de los 50) pero pujante. Como conclusión para la reflexión podría decirse que, en el contraste entre las NSPM y su desarrollo reciente y la realidad, no es posible hoy simplificar la revisión del Plan con criterios automáticos de inclusión o exclusión de suelos completos. El análisis detenido de los factores expuestos será el que nos guíe en un proceso de reclasificación necesariamente parcial de ámbitos desarrollados o en desarrollo, núcleos rurales y bolsas del desaparecido Genérico, previamente absorbidas. D. Desarrollo y gestión Siguiendo con lo expuesto en el punto anterior, se puede empezar recogiendo una conclusión del análisis de las NSPM, cuál es su alto nivel de ejecución en lo que a los Suelos Urbanos que hoy denominaríamos No Consolidados se refiere. El estudio de la evolución de las licencias en el concejo constata una dinámica baja (“tranquila”), que se había multiplicado en los últimos años, fruto del afán urbanizador de todo el país. No obstante, ni aun así se había agotado la capacidad del plan, probablemente porque algunos de los desarrollos previstos presentaban problemas de gestión. Por otro lado, la demanda de entornos “verdes” se ha dirigido a los Núcleos Rurales, que han dejado de serlo en el proceso. El ayuntamiento ha urbanizado áreas del No Urbanizable, sobre todo al norte de la villa, generando expectativas y produciendo agravios comparativos de hecho. Lógicamente estas áreas han canalizado la presión Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 164 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

constructiva de aquel que busca “vivir en el campo” sin renunciar a las ventajas de la ciudad. Este planteamiento va en contra de los criterios de contención actuales, pero una vez se ha producido, es necesario completar y cerrar la trama con criterios de accesibilidad y tratando, en la medida de lo posible, de dotar estos suelos con los Equipamientos y las Zonas Verdes/Espacios Libres necesarios, para lo cual se deben incorporar a la dinámica del Suelo Urbano. Pasando a los suelos al sur del río Noreña y al este de la AS-246, hay que diferenciar el suelo industrial y el residencial. Empezando por el industrial, hay que señalar el fracaso de gestión que ha supuesto la fragmentación del Polígono de La Barreda en una multitud de mal denominados sectores, algunos de los cuales se han desarrollado gracias sin duda al voluntarismo y la diligencia de los servicios técnicos municipales. El resultado no podía ser otro, a la vista del documento de partida, que una urbanización inconclusa y unas dotaciones inexistentes en lo que ha pasado en estos años de ser el baluarte del suelo industrial de esta zona (más allá incluso del ámbito municipal) a convertirse en un entorno de clara degradación en su imagen, con unos problemas de gestión que cada vez lo ahogan más. El suelo industrial al este de la AS-246 se ha desarrollado y está desarrollando con normalidad en los casos en que su definición es clara. No así en cuanto a los terrenos colindantes con FEVE, que presentan dificultades de acceso y gestión para este uso. El resto del suelo tiene una vocación según las NSPM de residencial rural y no en vano se clasifica y califica como SNU de Núcleo Rural, con diferentes grados (Denso, Medio y Disperso). Sin embargo, se constata que existe una multitud de pequeñas industrias salpicándolo, cuando no viviendas en bloque, de dudosa calidad. En todo caso hay que decir que la clasificación de estos suelos como No Urbanizables no es coherente con su situación actual y, en el caso de Buenavista (al sur del río y en torno a la N-634), tampoco existen antecedentes morfológicos para su consideración como un núcleo rural. El resto del residencial tampoco puede ser visto sólo desde Noreña y el Plan General de Ordenación de Siero debe darnos pistas para su reconfiguración como lo que realmente es: un espacio de conurbación necesitado de un nivel de dotaciones que lo equiparen al urbano que el concejo vecino está planteando a tan sólo unos metros. VI.1.2. TIPOS DE SUELO A. Suelo Urbano Consolidado (SU-C) De manera genérica podemos apuntar lo siguiente: -

Conforman estos suelos los ámbitos identificados en los Planos de ordenación como tales. Son, básicamente, los tejidos existentes y desarrollados a lo largo de la historia y heredados, al menos de las NSPM anteriores, en su confrontación con el trabajo de campo realizado.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 165 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

Su estructuración y nivel de desarrollo (ejecución) es muy desigual en función de las zonas analizadas, pero se puede decir en general que únicamente se ha alcanzado un nivel deseable de compleción de imagen urbana en el ámbito más central de la villa de Noreña y sus prolongaciones cercanas a lo largo de los viarios radiales que la conectan con los límites de la parroquia del mismo nombre.

-

La situación que la presente Revisión hereda de las NSPM anteriores no se puede decir que sea sencilla de plantear o resolver. En aquella ocasión, fruto seguramente de unas circunstancias muy diferentes de las actuales, se optó por un planeamiento muy "triturado", de cuyo análisis se puede inferir sin demasiado esfuerzo un empeño en legalizar lo existente. Ello a pesar de disponer de ordenanzas generales, definidas para unidades morfológicas de otra escala.

-

En la actualidad, el planteamiento es otro muy distinto. Como se ha insistido desde el inicio de su tramitación, las propuestas contenidas en todos los aspectos del Plan nacen del análisis del territorio a partir de consideraciones múltiples (paisaje urbano). Así, enfrentarnos a la planificación del núcleo urbano es definir su morfología.

-

Por otro lado, nos alienta el estudio de la evolución de la fábrica urbana desde la aprobación de las normas anteriores. De su análisis crítico se desprende la confirmación de que un planteamiento "blando" no redunda en la mejora de la gestión diaria ni "anima" el mercado. Por el contrario, un acercamiento no duro (pero sí decidido) a las formas de ordenación, unido al convencimiento de las posibilidades que una planificación rotunda puede tener en la imagen de la ciudad, puede ser el revulsivo que un entorno urbano necesita para producir dinámicas nuevas. Siempre sin olvidar la necesaria flexibilidad de la que la ley dota todo proceso complejo, como de hecho lo es la gestión urbanística.

-

Finalmente, no podemos dejar de destacar el papel protagonista que ha tenido el Convenio entre el ayuntamiento de Noreña y la Confederación Hidrográfica del Cantábrico en la definición de los límites del Suelo Urbano. Tan es así, que ha forzado la reclasificación de los suelos de una buena parte de las dotaciones del municipio y por tanto la búsqueda de estrategias para el "realojo" de estas instalaciones, así como la integración de los suelos de protección en el urbano.

Digamos como resumen previo que el Plan, en su consideración como instrumento estratégico: operativo y estructurante (Proyecto Urbano) no olvida las dos últimas cualidades, pero debe centrarse en lo que tiene que ver con sus espacios urbanos, si quiere servir como elemento de futuro, capaz de arrastrar en su evolución las políticas sectoriales necesarias, en términos de calidad. La villa constituye el único núcleo urbano del concejo. Aunque el equipo redactor entiende que está claramente dividida en dos situaciones distintas por el río, como ya se ha dicho, aquí no abriremos dos apartados para facilitar la comprensión del discurso: -

Consta de un núcleo originario que aglutina los espacios representativos, de cierta calidad urbana, jalonando las calles con plazas de distinto carácter y con una escala ciertamente adecuada. El tamaño de lo que podríamos llegar a caracterizar como "casco urbano" es pequeño y a su alrededor se ha ido desarrollando a lo largo del tiempo un tejido denso que ha adoptado la tipología de la manzana cerrada, de mayor o menor tamaño, con una geometría

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 166 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

diversa. Entendemos que esta tipología no es adecuada para un lugar como Noreña, donde debe evitarse la vivienda en patio de manzana, que niega uno de sus valores, que es el disfrute de un entorno muy esponjado. -

A partir de este primer "cogollo", se extienden una serie de viarios estructurantes, a lo largo de los cuales se han ido desarrollando históricamente barrios y enclaves, llegando a "colgar" de ellos los núcleos que las NSPM recogen como Núcleos Rurales en el arco que va de oeste a este por el norte; a saber: La Reguera, El Sol y La Mata. Estos núcleos se han ido incrustando en la trama urbana, al menos parcialmente.

-

Por otro lado, en su consideración de cruce de caminos, la villa de Noreña está fuertemente condicionada por el trazado de las infraestructuras que la cruzan y limitan, definiendo parte de sus bordes.

-

Finalmente, los suelos al sur del río presentan un grado de consolidación decreciente de sur a norte, desde la N-634. Lo que es tenido en cuenta en su clasificación.

-

Unas y otras infraestructuras acaban configurando una serie de Áreas Homogéneas, que serán objeto de planificación.

B. Suelo Urbano No Consolidado (SU-NC) El Suelo Urbano No Consolidado, consideraciones jurídicas aparte, recoge en Noreña (aunque no es exclusivo del concejo) aquellos ámbitos que precisan de un estudio más detallado por alguna de las siguientes razones: -

Necesitan de un proceso de gestión con el objetivo de conseguir un Equipamiento o un Espacio Libre (zona verde), o bien completar la trama urbana con la apertura de itinerarios rodados o peatonales.

-

La estructura de propiedad del suelo no permite dar cabida a la ordenanza predominante de la zona y por tanto es necesario ligar varios propietarios para desarrollar actuaciones coherentes con el paisaje urbano inmediato.

-

Se hacen necesarias actuaciones complementarias de urbanización a las ya existentes, a pesar de la existencia de inmuebles.

Se gestionarán a través de ámbitos acotados en espacio (Estudios de detalle o Planes Especiales) y reparto de cargas y beneficios, ya que, debido a su complejidad específica, no son abordables desde las Ordenanzas generales. Los dividiremos para su exposición, siguiendo en todo caso las sugerencias de la Oficina Técnica municipal, con el fin de tener en cuenta las particularidades que hagan más sencillo su desarrollo: 1.Áreas de planeamiento Incorporado (API) Son planes finalizados y se incorporan como una ordenanza más en el Suelo Urbano Consolidado. Se recogen en este punto porque parten de una situación próxima al No Consolidado, si bien jurídicamente forman parte ya del Consolidado. Son pocos casos, pero han de tener cobertura en las condiciones de origen, para evitar agravios comparativos. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 167 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

API-01 Los Novales (NSPM: Noreña 2) API-02 Huerta de Alante (NSPM: UA 3) 2.Áreas de Planeamiento Remitido (APR) Todavía no ha finalizado el proceso de gestión y se incorporan al Suelo Urbano no Consolidado. En muchos casos se parte de Suelos Urbanizables en las NSPM que de hecho están más próximos en sus condiciones urbanísticas a como ahora se definen, por problemas casi siempre de escala. APR-01 APR-02 APR-03 APR-04 APR-05

Castrillón 1 (NSPM: ED 4) Los Navales (NSPM: Los Navales) La Belga (NSPM: Noreña 1) Los Vallones (NSPM: Los Vallones) PL 14 (NSPM: PL 14)

3.Área de Unidades de Actuación (AUA) Son parte del Suelo Urbano no Consolidado y se diferencian de las siguientes (APE) en que no precisan subdivisión en base a su escala (reducida) cara su gestión, pudiendo desarrollarse en la mayoría de los casos mediante Estudios de Detalle, si así lo considera la Oficina Técnica. AUA-01 AUA-02 AUA-03 AUA-04 AUA-05 AUA-06 AUA-07 AUA-08 AUA-09 AUA-10 AUA-11 AUA-12 AUA-13 AUA-14 AUA-15 AUA-16 AUA-17 AUA-18 AUA-19

Hotel Cristina La Huertona Fondos Av/Gijón 1 La Carmina 2 La Carmina 1 De Ponte La Nave Traspalacio Av. Gijón 2 Castrillón 2 Instituto Palacio Rebollín Fombella Carolines La Mariscala San Martín Carbonera 1 Carbonera 2

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 168 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

AUA-20 AUA-21 AUA-22 AUA-23 AUA-24

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Prado del Sol El Sol La Mata y El Sol Cruciaes Matadero

4.Áreas de Planeamiento Propuesto (APP) Al igual que los anteriores, son parte del Suelo Urbano No Consolidado, aunque por su naturaleza hace falta un Plan Especial, antes de iniciarse la gestión que será por Polígonos completos o Unidades de Actuación. Sólo se da un caso en el concejo: el industrial de La Barreda. Conviene recalcar que la metodología puesta en práctica en este PGO parte de la realidad como hecho indiscutible, difícil de normativizar en muchos casos. Ello fuerza al planteamiento de múltiples casos singulares en los que las condiciones se flexibilizan en muchos sentidos, de manera que puedan alcanzarse los objetivos generales de completar las dotaciones urbanísticas necesarias, en términos de paisaje urbano. VI.1.3. ORDENANZAS DE EDIFICACIÓN Dicho todo lo anterior, procedemos a hablar de las calificaciones de Suelo Urbano, que no es más que asignar usos y aprovechamientos a las Áreas Homogéneas definidas a lo largo del proceso histórico de crecimiento, lo que no es sino argumentar las tipologías adecuados a la "lectura" que se ha hecho previamente del paisaje urbano. Se traducirán en las siguientes ordenanzas (parámetros urbanísticos para construir la ciudad): A. Residencial: 1. Trama Tradicional (R-TT) Se corresponde con las zonas en alguna de las situaciones siguientes: - Suelos integrados en las NSPM en Núcleos Rurales Medios y Densos, que han sido absorbidos de hecho por el Suelo Urbano y donde se pretende el mantenimiento de la tipología característica. - Suelos que, siendo ya clasificados como Urbanos por las NSPM, se corresponden con formas de crecimiento basadas en lo que se entienden como “viarios estructurantes”, alrededor de los cuales se arraciman, en disposiciones tanto entre medianeras como aislada. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 169 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

- Zonas de crecimiento, expansión o prolongación de los dos casos anteriores y que en todo caso constituyen transiciones del “urbanizado” al “no urbanizado”, sin ir más allá de cuestiones de hecho. Se parte de solares con diversidad de superficies, relacionadas con su proximidad o lejanía al centro urbano casi siempre. 2. Edificación Actual (R-EA) Tiene esta ordenanza un carácter residual y comprende todas aquellas edificaciones que no resultando discordantes con su entorno inmediato, sólo se entienden en su configuración actual, que se consolida mediante la definición de volúmenes que no son sino los existentes. Se aplica también a solares en los que se pretende una redefinición de sus alineaciones en caso de reposición de la edificación existente. Todo ello con el fin de evitar el fuera de ordenación. 3. Según Alineaciones (R-SA) Se integran en la misma aquellas áreas de suelo urbano ya consolidado en que la ordenación de las edificaciones se caracteriza por la disposición de las fachadas en línea continua siguiendo las alineaciones de las calles a las que dan frente. 4. Bloque Aislado (R-BA) Se integran en la misma, fundamentalmente, aquellas áreas definidas volumétricamente, en condiciones de permeabilidad. Se trata con ella de producir una transición "campo-ciudad", permitiendo facilitar la adaptación de los volúmenes construidos a la mejor orientación y vistas y liberando el suelo. 5. Ciudad Jardín (R-CJ) Se corresponde con las zonas de borde del urbano, con volúmenes nítidos dispuestos sobre solares con un espacio libre grande en proporción, apoyadas en vías respecto de las que se retranquean. En realidad, se trata de una ordenanza definida en parte como la de Bloque Abierto, compartiendo lógicamente con ella sus objetivos, en condiciones de menor altura y mayor permeabilidad. Busca la transición a la vivienda unifamiliar de borde. B. Productivo: 1. Espacios Cárnicos (P-EC) Zonas y solares incrustados en la trama urbana, mayoritariamente dedicados a la industria de la carne en todos sus aspectos, a los que la municipalidad ha estimado conveniente dar encaje por lo que tienen que ver con la tradición de Noreña.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 170 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

2. Áreas Industriales (P-AI). Tiene por finalidad la producción, transformación, reparación, manipulación, almacenaje y distribución de productos, así como el desarrollo y producción de servicios empresariales de cualquier tipo. Dada su naturaleza parece lógica su implantación en zonas especialmente preparadas para acoger dichos usos, evitando las zonas residenciales. Pueden ser de carácter Industrial o empresarial de gran tamaño. 3. Zonas Terciarias (P-ZT). Incluye los servicios del sector terciario entendido como el sector económico que engloba todas aquellas actividades que no producen bienes materiales de forma directa, sino servicios que se ofrecen para satisfacer las necesidades de la población. Incluye subtipos como el comercio, oficinas, hospedaje, hostelería, ocio, cultura o la automoción. Su implantación tiene una clara vocación de completar zonas de carácter urbano residencial. C. Dotacional: Siguiendo con los tipos señalados en el art.10 del ROTU, podemos señalar lo siguiente: 1. Vías Públicas de Comunicación (D-CO). Son todas aquellas infraestructuras que aparecen grafiadas como tales y de las que dejamos constancia, en esta memoria, en el apartado correspondiente. 2. Equipamientos (D-EQ). Seguimos manteniendo los tipos del antiguo Reglamento de Planeamiento: educativos, deportivos y sociales, por lo que tienen de descriptivos como bloques. 3. Servicios Urbanos (D-SE). Se definen todo tipo de redes necesarias para la prestación de los servicios urbanos correspondientes. 4. Zonas Verdes (D-ZV). Destinadas a parques y jardines para el ocio y esparcimiento de la población. 5. Espacios Libres (D-EL): conjunto de espacios e instalaciones asociadas, destinados al ocio cultural o recreativo de la población. Todas son objeto de definición y regulación, asignándoles su carácter propio en función de las necesidades de la población o su ubicación, en la Normativa: Normas Urbanísticas.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 171 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

VI.2. SUELO NO URBANIZABLE (SNU): LOS TERRENOS RÚSTICOS El Especial Protección de Cauces y los Núcleos Rurales, entre otros. VI.2.1. FUNDAMENTACIÓN DEL SUELO A. Fuentes utilizadas: Las fuentes pueden agruparse en tres bloques: cartográficas, resultantes del análisis y diagnóstico del territorio noreñense, y derivadas del modelo territorial futuro, bajo planteamientos de desarrollo urbanístico sostenible. En primer lugar, la disponibilidad de diferentes fuentes cartográficas en formato digital permite un tratamiento de la información que, al superponer capas, facilita las decisiones de delimitación. 1. Cartografías básicas. -

En cuanto a las fuentes cartográficas básicas se han empleado:

-

La cartografía topográfica municipal, procedente de un vuelo de 2004 y con una resolución de referencia 1/1.000, que se ha establecido como la base para el volcado de los trabajos y como referencia base para el reconocimiento y análisis del territorio a escalas de detalle;

-

La Cartografía topográfica 1/5.000 de Principado de Asturias, levantada con un vuelo de 2003, que permite visualizar de un modo ágil la evolución del territorio en la última década;

-

La Cartografía digital del Catastro de Rústica, para adaptar la zonificación, en la medida de lo posible y de lo razonable, a la división parcelaria proporcionada por esta fuente; y

-

La Ortofotografía del SigPac, de 2003, que refleja el estado del territorio y permite contrastar el grado de fiabilidad de las fuentes cartográficas temáticas disponibles; y

-

La ortofotografía del PNOA (Plan Nacional de Ortofotografía Aérea) de 2006, 2009 y 2011.

2. Cartografía temática. Por lo que se refiere a la cartografía temática resultaron útiles las siguientes fuentes: -

Los mapas de vegetación de la Cartografía Temática Ambiental del Principado de Asturias (CTAPA);

-

La propuesta de zonificación del Suelo No Urbanizable del Principado de Asturias elaborada por el INDUROT, en la que se realiza un análisis multicriterio de variables territoriales: orografía, pendientes, orientaciones, la vocación derivada de las potencialidades agronómicas, y la vegetación; y

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 172 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

Los mapas de peligrosidad y riesgo de inundación de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, así como la Delimitación de Espacios Fluviales en el Concejo de Noreña.

3. Cartografías derivadas Además, resultaron imprescindibles los trabajos cartográficos adicionales elaborados para este Plan, con el objeto de garantizar que la información empleada para la zonificación del Suelo No Urbanizable se ajusta con la mayor precisión posible a la realidad actual del territorio municipal. Cabe citar aquí: -

Un modelo digital de pendientes de un metro, que aporta criterios complementarios a la hora delimitar las diferentes categorías en que se ha dividido el Suelo No Urbanizable;

-

La composición digital del SNU de las normas vigentes;

-

El mapa de usos de suelo, que incluye tramado de superficies con pendiente mecanizable ( y En tal sentido, si bien el carácter de obras de interés general de las infraestructuras y el hecho de que cuenten con su propia reglamentación y requisitos técnicos deja un estrecho margen para una regulación diferenciada, puede caber el Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 177 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

establecimiento en el PGO de un marco regulador tendente a reducir el impacto ambiental de tales infraestructuras, con el objeto de minimizar los efectos sobre el medio natural y el patrimonio paisajístico, incluido el sistema de poblamiento característico de las distintas unidades territoriales de ordenación que resulten. Por otra parte, algunas infraestructuras de menor entidad con una regulación superior menos exhaustiva han de ser objeto de una regulación más detallada en aras de evitar efectos negativos sobre el modelo territorial futuro que el PGO prevé, en función también de las unidades territoriales de ordenación que resulten y del planeamiento urbanístico para el desarrollo sostenible que se propone. Teniendo en cuenta el marco legal se han considerado incluidos en el Suelo No Urbanizable de Infraestructuras (SNU-INF), independientemente de la trama con que estén cartografiados, los elementos siguientes: -

La zona de dominio público de las carreteras.

-

La zona de dominio público del ferrocarril.

-

Zonas de reserva para nuevos viarios

D. Núcleos Rurales (SNU-NR): Según el artículo 122 del TROTU (que se corresponde con el 308 del ROTU) el Suelo No Urbanizable de Núcleo Rural es aquella categoría objeto de ocupación residencial. Dentro del SNU, los Núcleos Rurales son los que mayores diferencias presentan en este Plan con respecto de las vigentes NSPM, debido a los profundos cambios que el territorio noreñense ha vivido desde la aprobación de las mismas. Así: -

Desaparecen los NR de Buenavista, El Sol, La Campanica y Arrebalde, que pasan a formar parte del SU debido a que los caracteres rurales propios de estos espacios están minimizados, respondiendo a una morfología y uso puramente residencial.

-

Se incorporan como NR áreas de Noreña que suponen una continuidad física respecto de núcleos sierenses; es el caso de Otero (que se corresponde con el Otero de Siero) y La Peral (continuidad del núcleo de Valdepumares).

-

La Pasera, que aparece como Genérico en las NSPM, se delimita como NR.

De todos modos, es de mencionar cómo los NR pierden paulatinamente su atributo de “rural”, en el sentido más clásico de la expresión, siguiendo una marcada tendencia a configurarse como espacios de residencia principal de habitantes ajenos al mundo rural, que implantan su residencia dentro de un espacio de origen agrario muy próximo a áreas urbanas (suelos urbanos de pueblo). Toda esta complejidad hace necesario realizar un análisis detallado.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 178 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

VI.2.3. EDIFICACIONES POSIBLES A. El marco para la categorización de los NR: Tanto el TROTU como los planteamientos generales de sostenibilidad coinciden en proponer una ocupación del suelo acorde con un modelo territorial globalmente eficiente, objetivo que se ha de perseguir: - Evitando la expansión innecesaria del hábitat y favoreciendo las estructuras compactas y plurifuncionales (la viabilidad del modelo emergente depende en buena medida de que siga habiendo un determinado nivel de residentes fijos y que una parte de ellos mantenga la actividad agropecuaria que modela el entorno). -

Favoreciendo la optimización funcional del tejido existente, mediante la rehabilitación y la recuperación de espacios intersticiales y marginales.

-

Minimizando la creación de oferta de residencial extensivo.

-

Ordenando la ocupación en función de las unidades paisajísticas.

-

Combinando las demandas de crecimiento con la preservación del patrimonio natural y cultural (incluido el edificado), de tal manera que se garantice la calidad de vida de las generaciones presentes y futuras.

-

Preservado la morfología del hábitat, en planta y alzado, como parte del paisaje, sin impedir las adaptaciones necesarias para atender a los estándares de vida contemporáneos.

Ahora bien, asentados los principios anteriores, hay que constatar las dificultades derivadas de las evidencias siguientes: -

Las demandas de crecimiento ya no responden a la lógica territorial que configuró los núcleos (hábitat agrario), puesto que la demanda es fundamentalmente exógena y no está integrada en la organización del paisaje en términos agrícolas, sino en procesos de exurbanización y configuración de hábitat rural bajo nuevos modelos funcionales (residencia principal en medio rural para población urbana), que suponen una recolonización del territorio.

-

No obstante, la demanda se debe en cierta medida a la calidad ambiental y paisajística heredada y, que, por tanto, los demandantes de suelo querrían que se preservase.

-

La demanda genera procesos de incremento del precio del suelo y expectativas de cambio del uso tradicional al de edificación, con lo que compromete la continuidad y la viabilidad de las explotaciones agropecuarias que contribuyen a la plurifuncionalidad y al mantenimiento de la calidad paisajística. Además, la presión de cambio de uso se concentra en muchos casos sobre los suelos con mejores condiciones para el uso agrario.

-

Una parte de la demanda busca, junto con la calidad ambiental, las menores cargas. Dado que la preservación de la calidad ambiental requiere infraestructuras adecuadas, los costes para el concejo se disparan, sobre todo superada cierta capacidad de carga del territorio. La consecuencia evidente es la falta de equidistribución de cargas y beneficios, máxime si se compara con el tratamiento de los suelos urbano y urbanizable.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 179 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

Pero, además, el marco normativo no facilita la aplicación de criterios (cesiones, edificabilidad, etc.) que son propios de Suelo Urbano o Urbanizable. No obstante, el art. 200 TROTU contempla la obtención de terrenos destinados a dotaciones públicas situados en núcleos rurales cuando la población, densidad o demanda de equipamiento así lo requieran.

-

La delimitación de los núcleos resulta compleja y ésta es una cuestión capital para evitar la expansión innecesaria, que viene a alterar el sistema tradicional de poblamiento que se trata de mantener, así como el paisaje característico vinculado.

-

También con relativa frecuencia la edificación de nueva planta o la remodelación del edificado existente incorpora tipologías exógenas, se acompaña de explanaciones, altera el viario, etc.

Visto lo anterior, resulta fácil comprender las dificultades para conjugar en la práctica de la planificación del SNU de Noreña lo prescrito en el TROTU y la categorización heredada de las normas subsidiarias vigentes, que se toman como punto de partida, en el marco de una realidad compleja y cambiante por el paso de un sistema tradicional a otro todavía inconcreto y que el PGO pretende orientar hacia un modelo sostenible. Así, el artículo 136 del TROTU dispone que >. En todo caso, es el Plan General de Ordenación el instrumento que puede clasificar como Suelo Urbanizable o urbano , según dispone el TROTU en su Artículo 99.1. B. Las fuentes utilizadas y las variables consideradas: Como fuentes sustentadoras de la metodología seguida para la categorización y para la clasificación de los NR según categorías para ordenación, se utilizaron las siguientes: -

el marco legal vigente, por cuanto marca las pautas para el tratamiento de los núcleos rurales, el TROTU y el ROTU, si bien con un grado de desarrollo limitado, así como los planteamientos generales relativos a la catalogación de los núcleos rurales;

-

los planteamientos teóricos y las orientaciones relativas al desarrollo urbanístico sostenible, resumidas en el epígrafe anterior;

-

la delimitación de los núcleos rurales en las Normas Subsidiarias vigentes, las condiciones de edificación y su aplicación, por medio del estudio de las licencias en suelo rústico;

-

el PGO de Siero, debido a la continuidad física de algunos de los núcleos entre ambos concejos;

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 180 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

la cartografía disponible y la elaborada para el PGO, tomando como base el topográfico municipal de escala 1:1.000, y las ortofotometrías de 2003 (SigPac) y 2006, 2009 y 2011 (PNOA), así como, en su caso, los mapas de riesgos naturales, la delimitación del SNU de EP y de Infraestructuras, etc.;

-

el parcelario catastral, que se superpone a los anteriores para facilitar el análisis y la toma de decisiones; y

-

el análisis de los núcleos rurales, mediante fichas al efecto, para aquilatar la evolución reciente, las tendencias, la demanda, la tipología del hábitat rural, etc., de cara a delimitar los núcleos y a establecer las condiciones de edificación, como prescribe el art. 138 TROTU5.

Sobre la base de las fuentes citadas, y partiendo de que el hábitat lo forman las casas, los anejos agropecuarios (cuadras, hórreos, pajares, etc.) y los espacios internos a los pueblos (caminos, plazas, etc.), se procedió a la elaboración de fichas de trabajo de los núcleos rurales de las normas vigentes y de otros asentamientos de población en medio rural, atendiendo a los aspectos que se resumen a continuación: -

Información básica: datos relevantes para la planificación, tales como proporción de viviendas habitadas permanentemente y deshabitadas, elementos patrimoniales, instalaciones o equipamientos significativos, elementos de edificación característicos, importancia y grado de alteración de la morfología histórica, vinculación con figuras de planeamiento y de desarrollo sostenible, o grado de ajuste a la delimitación emanada de las normas subsidiarias vigentes.

-

Morfología: condicionantes topográficos (altitud, pendiente, orientación, conexiones exteriores viario, limitaciones derivadas de medio natural y de redes de infraestructuras); tipologías de poblamiento (atendiendo a las quintanas: concentrado, laxo, suelto, polinuclear) y plano (radial, caminero, irregular, de ladera de borde de vega, de rururbanización).

-

Diagnóstico estratégico, definiendo para cada asentamiento la función actual y tendencial, el dinamismo y las expectativas, así como la orientación relacionada con la demanda de suelo.

-

Clasificación indicativa para la ordenación, teniendo en cuenta el documento “Marco de criterios, requisitos y condiciones para la catalogación de los núcleos rurales en el Principado de Asturias”6, en el que se apuntan cuatro tipos de propuestas según grado de alteración del asentamiento: conservación (rural tradicional bien conservado o

“En la delimitación de los núcleos rurales se deberá tener en cuenta la conveniencia de potenciar el aprovechamiento del interior del núcleo, así como la de evitar un crecimiento excesivo que no guarde proporción con las necesidades de los residentes. El planeamiento no podrá autorizar en ningún núcleo rural un incremento del aprovechamiento urbanístico ni del número de viviendas que suponga elevar el conjunto del núcleo a más del doble del ya existente. Se considerará a estos efectos que la rehabilitación de construcciones ya existentes no supone incremento del aprovechamiento urbanístico ni del número de viviendas, aunque en el momento de su rehabilitación no sean habitables o se encuentren en ruinas.” 5

6

Resolución de 30 de abril de 2003, de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 181 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

catalogado); adecuación (parcial o aceptablemente conservado); crecimiento (en torno a núcleo interno conservado) y expansión. -

Avance de prioridades para elaborar una propuesta de ordenación para un planeamiento urbanístico sostenible: criterios generales y particulares considerados para la elaboración del plano de ordenación (a partir del diagnóstico y la clasificación y con una función prospectiva), incluyendo condiciones de densidad y tipología, así como la incidencia en el patrimonio y en la estructura socioeconómica.

-

Observaciones diversas: recomendaciones para dotaciones, servicios y espacios libres, etc.; posibles limitaciones derivadas de la capacidad de acogida del territorio, del mantenimiento de espacios públicos, del poblamiento heredado, de las relacionadas con la atención a la demanda; alternativas para la delimitación; etc.

C. Tipología del hábitat y criterios de delimitación y diseño: Las fichas recogidas en el anexo de la presente Memoria respecto del análisis y diagnóstico de las entidades rurales de población sientan los criterios que definirán su delimitación y diseño en cada caso. De todos modos, se desarrolla aquí una breve síntesis de las características del hábitat rural noreñense. Así, atendiendo a la estructura del plano, nos encontramos con que todas las entidades se conforman a partir de una unidad básica: la quintana. Los núcleos nacen por agregación de las mismas. Distinguimos: -

Quintanas aisladas o en pequeñas agrupaciones, menores de cinco viviendas. Se desarrollan en el siguiente punto.

-

Núcleos de planta caminera: son aquellos que se organizan siguiendo al viario. Es el caso de los núcleos de Celles pertenecientes a la unidad geomorfológica de las sierras litorales.

-

Núcleos dispersos: en ellos, si bien las quintanas se encuentran relativamente próximas entre sí, las distancias son suficientes como para que parte del espacio productivo se intercale entre ellas. Es el caso de Otero (considerando también su parte sierense) y de La Pasera. Es de destacar que en este último una parte del núcleo aparece agrupado, pero por sus escasas dimensiones (tres viviendas) no será considerado como una categoría aparte.

Con todo, las propuestas de ordenación derivadas del análisis de los mismos se sintetizan del siguiente modo: -

Se emplean las pautas marcadas en los artículos 146 y 147 del ROTU, donde se definen los requisitos generales de delimitación y condiciones de edificación en esta categoría.

-

Se busca en todos ellos la adecuación a la realidad física y jurídica en que se encuentran. Así, en el caso de los núcleos ya delimitados (casos de La Felguera, Ferrera, Socarrera y La Reguera) se intenta ajustar la delimitación al parcelario catastral; los que muestran continuidad física con Siero y en Noreña se delimitan ex novo, procurando formar una mancha única entre ambos concejos. Para La Pasera, que no se corresponde con los anteriores casos, se intenta integrar el espacio edificado más o menos continuo.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 182 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

-

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Sólo se prevé un crecimiento real del núcleo de La Felguera, dada la demanda existente en este espacio tan bien comunicado, a su posibilidad de crecimiento siguiendo el eje de la carretera SI-15 y a la proyección que existe de redes de abastecimiento y saneamiento.

D. Quintanas: Además de los ya desarrollados Núcleos Rurales, el artículo 145.3 del ROTU indica la necesidad de “identificar aquellos ámbitos del suelo no urbanizable que conforman sistemas tradicionales asturianos”, que se englobarían en “otras áreas de poblamiento tradicional del territorio asturiano, dentro de la categoría de suelo no urbanizable de interés” o en “Los conjuntos que constituyan quintanas tradicionales asturianas”. En el caso de Noreña se han incluido todas ellas bajo la categoría genérica de quintana, definidas éstas como viviendas más o menos aisladas (entre una y cuatro) y sus construcciones auxiliares (hórreos, cuadras, etc.) y espacios asociados (antojanas, huertos, etc.), dedicadas a la actividad agropecuaria. Debe aclararse que a diferencia de los puntos anteriores, la quintana no constituye una categoría del SNU, encontrándose todas ellas sobre SNU de Interés. Además, el Plan identifica pero no delimita las quintanas, por lo que la ampliación de las mismas o la construcción de nuevas viviendas quedarán sujetas a las condiciones marcadas en la normativa.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 183 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

VI.3. SUELO URBANIZABLE (SUR): LOS SECTORES DE RESERVA Los futuros suelos a urbanizar para conseguir Sistemas Generales y viviendas con algún tipo de protección oficial VI.3.1. IDENTIDAD DEL SUR La naturaleza del Suelo Urbanizable es difícil de definir y un municipio como el de Noreña no es una excepción, sino más bien al contrario, cuando se trata de un entorno tan aquilatado, inmerso en la dinámica urbana del Área Central. El TROTU define el Suelo Urbanizable como aquel que no reúne las condiciones ni de Urbano ni de No Urbanizable. Por otro lado, la Ley obliga a ser muy cautos a la hora de reclasificar nuevo Suelo Urbanizable sin justificación de una demanda real. Si analizamos el tratamiento de las NSPM, podemos ver dos actitudes, si no contradictorias, al menos contrapuestas: -

Tras la Modificación de 1992, se regulariza el suelo definido como Urbanizable al norte de la villa. En esta zona se plantea una gran bolsa que viene a adelantarse a una supuesta demanda de crecimiento residencial, sin una sectorización previa.

-

Al sur, sin embargo, en el Polígono de La Barreda, el Urbanizable se tritura hasta llegar a extremos que dificultan el cumplimiento de las determinaciones del Reglamento de Planeamiento vigente entonces.

Uno y otro planteamiento han tenido consecuencias lógicamente opuestas. Mientras que el residencial del norte se ha ido desarrollando con cierto éxito para la demanda de Noreña, el polígono industrial se ha ido "ahogando" en mecanismos de gestión muy complejos que no han hecho sino traducir en la dinámica diaria una norma inadecuada. Precisamente uno de los atractivos de Noreña para el agente urbanizador público o privado es el Polígono de La Barreda, tanto por su tamaño, como sobre todo por su localización estratégica en el corredor industrial que se ha ido configurando en paralelo a la N-634 y que se ha visto reforzado por la autovía Oviedo-Santander. Si a ello le unimos las necesidades endógenas de suelo industrial, de industrias básicamente cárnicas y de derivados necesitadas de expansión en algunos casos y en otros de desplazarse a entornos de mayor calidad en prestación de servicios complementarios, podemos hacernos una idea de la presión existente para que este suelo pueda desarrollarse de una forma solvente. Además, en los últimos tiempos existe una presión vecinal creciente por abordar la redefinición de las condiciones ambientales en las que están trabajando parte de las empresas del polígono, fundamentalmente, y ello no es posible sin considerar planteamientos globales desde puntos de vista tan básicos como el saneamiento, por ejemplo. Como tampoco se tuvo en cuenta en su día la afección que supone la línea de alta tensión que lo cruza de este a oeste. Mención aparte merece el ahora Urbanizable de Miraflores (SNU de Equipamientos en las NSPM), que no ha iniciado su desarrollo, a pesar de la oportunidad que supone su estructura (propiedad única) y localización, ahora mejor, con la Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 184 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

conexión desde la AS-1. Su desconexión peatonal de la villa, sin embargo, no es más sencilla de solucionar hoy que cuando fue planteado y parece ser su aspecto más crítico. VI.3.2. DINÁMICA DE CRECIMIENTO Como se ha adelantado de alguna manera en el epígrafe anterior, la demanda y el nivel de desarrollo y ejecución de los Urbanizables planteados desde las NSPM habla, de un lado, de la demanda existente; pero en muchos casos no es determinante de tal extremo y ocurre que es un dato a filtrar desde el punto de vista de su oportunidad técnica. En la actualidad, se puede decir que los procesos urbanizadores que se han ido produciendo, unidos al criterio actual imperante de preservar el suelo como un valor "per se”, con el que este Plan está de acuerdo, han agotado la definición de nuevas bolsas de un suelo que siempre ha sido visto como "de reserva". Y un suelo de reserva no tiene encaje en un concejo como Noreña por diferentes razones: -

Existen aún bolsas de Suelo Urbanizable residencial de las NSPM sin desarrollar, en buenas condiciones para ello.

-

La demanda de residencia unifamiliar y segunda residencia es canalizable al Suelo Urbano, que se ha visto incrementado (en su categorización jurídica) para cumplir uno de los objetivos del Plan y que no es otro que el de "completar" la trama urbana.

-

Los Núcleos Rurales, aún sin ser su objetivo, canalizan de hecho otra parte de la demanda residencial. El Plan, en su revisión de las NSPM, ha eliminado las categorías existentes para adaptarlas al marco jurídico actual y en el proceso ha producido un incremento importante de parcelas edificables.

-

La escala del Suelo Urbanizable Industrial es adecuada para Noreña, como así lo han expresado sus representantes políticos, que piden sin embargo una revisión de las condiciones de desarrollo, con el fin de desbloquearlo y habida cuenta de los procesos urbanizadores de los últimos años en torno a la N-634.

-

Igualmente, la escala del Urbanizable Dotacional de Miraflores no sólo es suficiente para acoger la demanda interna, sino que por su situación relativa y tamaño, se considera un Sistema Territorial de referencia. A pesar de ser un SNU de Equipamientos, lo incluimos aquí porque entendemos que su lógica es la de un Suelo Urbanizable y su encaje en el SNU no se puede considerar sino un error de las NSPM.

-

Cabe igualmente citar los Urbanizables que se sitúan paralelos a las vías de FEVE, al este, que no han tenido éxito en su desarrollo, debido fundamentalmente al alto nivel de afecciones que soportan. No ocurre así con el sector industrial al otro lado de la AS-246 que, tras los informes sectoriales correspondientes, está en pleno desarrollo.

-

Por último, el Urbanizable Residencial planteado al nordeste de la villa y que vendría a "cerrar" el urbano entre ese límite y el impuesto por los accesos desde la avenida de Gijón y por el trazado de FEVE. Dada su situación y

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 185 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

orientación más que interesantes, hay que buscar las razones de su falta de concreción en unas condiciones urbanísticas dificultosas. VI.3.3. SECTORES URBANIZABLES Desde los puntos tratados anteriormente, intentaremos avanzar las decisiones tomadas, explicándolas y justificándolas como forma de mejor presentar lo que al final se traduce en unos planos de otra forma demasiado crípticos. Para ello, trataremos por separado los suelos dedicados a usos distintos: A. Urbanizable Residencial Se mantiene en general el Suelo Urbanizable de las NSPM, con pequeños ajustes en cuanto a su delimitación y sectorización y se proponen dos nuevos urbanizables residenciales: -

Al norte, se re-delimitan los suelos cuyo proceso de desarrollo no se ha iniciado, a la vez que se recoge la estructura viaria planteada por los que denominaremos Incorporados, por haberse avanzado su tramitación. Los objetivos no son otros que los que animan la mayoría de las operaciones en esta clase de suelos: equipar la zona y conseguir los necesarios espacios libres, estructurando la trama urbana.

-

Igualmente al norte, se plantea el Sector denominado La Reguera-Fuentespino, que recoge la compleción de los restos del Urbanizable de las NSPM, cerrando la mancha urbana y buscando dar continuidad a la red viaria y peatonal.

-

Al este, se mantiene la localización del Residencial, redefiniendo sus condiciones y reclasificándolo como Urbano No Consolidado (como se justifica en su propia ficha): su delimitación se ajusta a los suelos vacantes, sin renunciar a la parcela al sur de la Cl. Doña Jimena, donde la municipalidad ha expresado su deseo de localizar un equipamiento público; las condiciones de volumen, en bloque abierto, ayudarían además a favorecer una transición suave a suelos más abiertos al norte; finalmente, existe la necesidad de reordenar el acceso este a la villa, desde la AS-1, necesariamente sobre este suelo.

-

Al sur y como resumen del papel estratégico del SUR residencial, con el fin de conseguir el acceso sur a la villa (Sistema General) incluimos un sector en Buenavista de vivienda unifamiliar, que permita: por un lado, dotarlo de contenido; y, por el otro, completar el NR existente.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 186 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

B. Urbanizable Productivo Se denominaba "Industrial" en las NSPM y para su exposición los trataremos por su localización: -

Industrial de La Barreda. Completaba y cerraba diferentes "islas" de Suelo Urbano, partido en 14 Polígonos numerados. Parte de estos polígonos se han ejecutado, materializando parcialmente las cesiones del conjunto. Los suelos inundables afectan el extremo noroeste. Se propone un tratamiento conjunto de todos los suelos no desarrollados, a la vez que se consolida la situación de aquellos (PL 12 y PL 8.2) que, no habiendo participado proporcionalmente en el desarrollo del sector, podrían considerarse agraviados si entrasen de nuevo en procesos de gestión. Es este un aspecto importante, tratándose de un uso sobre el que la presión social es hoy más sensible. La figura de planeamiento propuesta es la del Plan Especial de Reforma Interior. Asimismo, se reclasifica como Urbano No Consolidado, al entender que sus características de hecho están más próximas a esta clasificación, como se justifica en la ficha correspondiente.

-

Entorno de Socarrera: Su escaso éxito, unido a su posición estratégica aunque muy condicionada, con un nivel de servicios y urbanización completado, hace reconsiderar su vocación, como se explicará en las fichas correspondientes, pero manteniendo en lo básico su delimitación.

-

Entorno de Socarrera: PL-6. Su desarrollo se incorpora al Plan, con el fin de no interferir en él. Es coherente además con los usos al norte, de los que constituye una segunda fase.

C. Urbanizable Dotacional. Se incorpora al Suelo Urbanizable Dotacional el SNU de equipamientos de las NSPM, que coincide con el sector definido en torno al Palacio de Miraflores, por varias razones: -

La oportunidad que supone una parcela única en términos de gestión urbanística, unida a su propiedad pública.

-

Su situación privilegiada, que ya hemos analizado anteriormente.

-

La necesidad de reubicar los equipamientos afectados por las zonas inundables del río Noreña, que recoge el Borrador de Convenio entre el Ayuntamiento y la Confederación Hidrográfica del Cantábrico. Más allá del imperativo del Plan de buscar una localización adecuada, existe la cuestión de la responsabilidad. Además, la superficie prevista resulta adecuada.

-

Los accesos, perfectos en términos de equipamiento supramunicipal y solventables en términos locales.

Existen otras dos "manchas" de suelo que hemos interpretado como Urbanizable y que coinciden con el depósito de agua al nordeste y uno previsto al suroeste de la villa. En todo caso, son usos compatibles con el Suelo No Urbanizable.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 187 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Además, debemos ordenar, como era el caso para las áreas en el Suelo Urbano, el proceso de incorporación al Suelo Urbano Consolidado (que permita la obtención de la licencia de obras) y teniendo en cuenta los procesos de gestión de los diferentes ámbitos. Los diferenciamos (ver cuadro en los anexos) en los siguientes casos: 1. Sectores de Planeamiento Incorporado (SPI). Suelos Urbanizables en los que existe un Plan Parcial pero no está finalizado y no puede ser considerado, su suelo, como Suelo Urbano No Consolidado. No se da el caso en la actualidad, pero debe preverse. 2. Sectores de Planeamiento Remitido (SPR). Son Suelos Urbanizables que se encuentran comprometidos pero simplemente se han iniciado los trámites de aprobación. SPR-01 PL 8.2 (NSPM: PL 8.2) SPR-02 PL 6 (NSPM: PL 6) 3. Sectores de Planeamiento Propuesto (SUP). Son los que el PGO propone como Urbanizables para que se conformen como residenciales y Dotacionales. SPP-01 La Reguera-Fuentespino SPP-02 Miraflores SPP-03 Buenavista Así pues y en coherencia con lo expuesto en los apartados relativos al Suelo Urbano, el Urbanizable se mantiene en los casos en que permite completar la trama urbana en términos morfológicos, que es lo mismo que decir paisajísticos.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 188 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

VI.4. ÁREAS DE PREVENCIÓN: LÍMITES PARA LA SEGURIDAD No se trata de ni una clase de suelo, ni de una categoría ni de una calificación; sin embargo ejerce una limitación de usos en aras de la seguridad pública, siendo transversal a todas ellas. Las áreas de prevención las define el ROTU:

Artículo 135.—Delimitación de áreas de prevención. 1.—El Plan General de Ordenación delimitará áreas de prevención sobre aquellos espacios que presenten un manifiesto riesgo de inundaciones, incendios, erosión, desprendimientos o cualquier otro riesgo natural o tecnológico. 2.—Al margen de la sujeción de dichas áreas al régimen que se establezca con arreglo a su legislación específica, el Plan General de Ordenación las incluirá en la categoría de suelo no urbanizable más apropiada en aquellos casos en los que dichos riesgos sean incompatibles con la urbanización, salvo que se trate de terrenos que tengan la condición de suelo urbano. Para el caso de Noreña, el único riesgo que se considera con cabida para esta figura el de inundación fluvial. Para su definición se siguen los principios y conceptos marcados por el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación así como por el Real Decreto 399/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Occidental. En este sentido, cabe señalar el hecho de que en el Suelo No Urbanizable la totalidad de los suelos afectados entran en la categoría de Especial Protección de Cauces, lo que conlleva que la aplicación de la limitación de usos de esta figura no presente mayor relevancia; otro caso es el de los Suelos Urbanos. A partir de los estudios de los Mapas de peligrosidad y riesgo de inundación aportados por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (2014), se distinguen tres niveles: -

Zona de Flujo Preferente: es la zona de mayores riesgos en una avenida de cien años de retorno (Q100). En ella sólo se pueden autorizar usos y actividades que no presenten vulnerabilidad ante las avenidas y que no reduzcan significativamente su capacidad de desagüe. En caso de suelos urbanizados, podrá establecerse una mayor capacidad de actuaciones, si bien muy limitadas en consonancia con la propia protección.

-

Resto de zona de policía inundable o línea Q100: menos restrictiva que la anterior, más enfocada a establecer límites que prohibiciones salvo para actividades muy vulnerables.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 189 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

-

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Q500: los nuevos usos (residenciales especialmente) deben situarse por encima de la cota de inundación de este periodo.

Fuera del ámbito del estudio señalado, hubo que emplear la figura del Corredor Fluvial de la Delimitación de espacios fluviales en el concejo de Noreña, que se restringe al curso del río Norela en el enclave de La Felguera. El corredor fluvial es una aproximación a la Zona de Flujo preferente, si bien el resultado es “más ancho” al tomar como referencia aspectos geomorfológicos y no puramente hidráulicos (vegas). La totalidad de esta figura se ha categorizado como Suelo No Urbanizable de Especial Protección de Cauces, lo que lleva consigo ya una profunda restricción de usos

Áreas de Prevención de Riesgos Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 190 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-EPÍLOGO: RESUMEN, CONCLUSIONES Y PROYECCIONES Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 191 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Resumimos, sintetizamos y proyectamos los contenidos del plan y el resto de documentos que lo acompañan en el proceso. El Plan General de Ordenación (PGO), el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) y el Catálogo Urbanístico (CAU) son tres documentos autónomos, pero que se encuentran interrelacionados en muchas cuestiones, lo que queda patente en el proceso de tramitación y aprobación inicial. Pero, además, deben elaborarse (más allá de tramitarse), en paralelo para que unos puedan alimentarse de los otros, sin caer en las repeticiones y solapamiento de una información vacía y muchas veces contradictoria. Su orden en el proceso de tramitación es muy significativo. Se elaboran en paralelo pero se aprueban siguiendo un procedimiento reglado, tanto desde el TROTU como el ROTU y la LEA. [El proceso más detallado-de cada una de las fases- se encuentra ya en el Documento de Prioridades]: 1. Informe de Sostenibilidad Ambiental. [Art.7 a15 y anexo I de la LEPP] Su aprobación inicial se realiza conjuntamente con el CAU y el PGO, por parte del ayuntamiento. Tras un proceso reglado su aprobación definitiva la realiza la Comisión Ambiental de Asturias (CAMA). El ISA nos es más (ni menos) el marco en el cual se debe mover el futuro PGO. Nunca, como muchos consideran, es una auditoria interna del PGO. En el fondo viene a determinar la capacidad del territorio para soportar nuevos usos (con sus intensidades) y dejar constancia si partimos de un déficit acumulado o, por el contario, hay margen de discrecionalidad. Una vez aprobado, y realizadas las modificaciones pertinentes (producto de la información pública) se remite al órgano ambiental para que resuelva (declaración) la Memoria Ambiental (MA); que posteriormente el PGO debe hace suya, incrustando en su texto para la Aprobación Provisional 2. Catálogo Urbanístico (CAU). [Art.254 del ROTU] Se necesita informe favorable del Consejo de Patrimonio (Dirección de Patrimonio de la Consejería de Educación y Cultura del Gobierno del Principado de Asturias). EL CAU se aprueba inicialmente por el ayuntamiento. El CAU, en su proceso de elaboración, conjuntamente con el PGO, permite ahondar en los edificios inventariados y estudiarlos detenidamente. De ahí que con el CAU se tenga mayor seguridad ”jurídica” en la elección del bien, su nivel de protección y la capacidad para determinar-lo más ajustadamente- las obras a realizar (ordenación) 3. Plan General de Ordenación (PGO). [Art.243 y 245 del ROTU] La aprobación inicial corresponde al ayuntamiento una vez realizados las consulta y solicitado los informes sectoriales preceptivos (antes de la AI). Una vez realizada la exposición pública, y resueltas las alegaciones y los informes sectoriales, la aprobación provisional, por el ayuntamiento. Con los informes favorables de todas las administraciones implicadas la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) aprueba definitivamente el plan. El PGO, más allá de cumplir el TROTU y ROTU tiene que responder a todas y cada una de las limitaciones y determinaciones del ISA y de la MA. Y, a su vez, esta supervisado por la CAMA y la CUOTA.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 192 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

El Plan General es un documento finalista teniendo en cuenta el ISA y el CAU (art.205 a 211. Los contenidos del PGO no dejan de ser inclusivos del resto de los documentos. De tal manera, y para el caso que nos ocupa, debemos hacer mención a los documentos que lo componen y teniendo como referencia lo apuntado y en el marco del articulado del ROTU. 1. Memoria Informativa y Justificativa. [Art.179 del ROTU] Hay una parte meramente informativa (como se puede apreciar en el índice) pero hay otra parte, Justificativa, que responde al Modelo Territorial (Modelo de Crecimiento Municipal) que ya estaba presente en el Documento de Prioridades. Se ha trabajado con las NSPM, manteniendo lo que está bien, corrigiendo lo que no se ajusta los nuevos tiempos; e incorporando todas y cada una de la nuevas demandas (tanto legislativas, de ordenación de territorio como las sectoriales; al igual que las económicas, sociales y culturales), Pero y esto es lo importante, que se encuentre en alguno de los escenarios alternativos de la EAE. 2. Normas Urbanísticas. [Art. 181 del ROTU] Tiene dos partes claramente diferenciadas: las general y las ordenanzas en suelo urbano. Se ha intentado por todos los medios realizar unas normas lo más operativas posibles. Evitando un articulado exhaustivo (repetitivo) que no hace más que dificultar la gestión posterior. Sintetizamos hasta el máximo posible. Y remitimos al CAU su normativa específica. Por su importancia recogemos las determinaciones en las zonas de flujo preferente según recomendaciones de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC) 3. Planos de Información y ordenación. [Art.182 del ROTU] Tenemos en cuenta toda la información del PGO1999/2002A. Sobre la nueva cartografía evitamos una proliferación de planos que imposibilita su manejo. Hacemos lo que consideramos necesario para ajustarnos a la realidad territorial del concejo, de tal manera que se establecen tres series, acorde a las tres clases de suelos; más allá de los planos de información y los generales Pero, es fundamental, que puedan ser lo suficientemente operativos para poder ser gestionados en el futuro (manejo conjunto de los planos y la Normativa) 4. Estudio de Viabilidad Económica. [Art.183 del ROTU] Responde a los antiguos estudios económicos financieros. En este caso está más ajustado a la realidad y evitando programar obras que quedarían en el limbo por la situación en la que nos encontramos. Pero, fundamentalmente, con el fin de justificar que todo lo que se propone tiene visos de realidad y, por encima de todo, que sea sostenible. 5. Programa de Actuación. [Art.184 del ROTU] Debemos establecer las previsiones y las prioridades. Es decir, los objetivos y su estrategia; las etapas cuatrienales; Las previsiones de desarrollo; las previsiones específicas; los plazos; y, por último, los supuestos de áreas sujetas a reforma interior. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 193 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Especial trascendencia tiene por su alcance y contenido el artículo 57 del TROTU y 185 del ROTU, en el cual se deja constancia, a los efectos de su ponderación respecto del contenido de los documentos que conforman el Plan, el principio de “máxima sencillez y proporcionalidad”. El presente PGO contiene una serie de aspectos que parece conveniente resaltar, a modo de síntesis, de lo que supone de novedad con respecto al planeamiento vigente. Y lo que es más importante, su modelo territorial: en su conformación -que da respuestas a los objetivos del plan y la estrategia para llegar a cumplirlos- se encuentra el resumen y síntesis de lo sustantivo del plan, su ordenación: la clasificación y calificación del suelo y los sistemas generales. Porque al final de cuentas, el modelo no deja de ser la solución adoptada para cada uno de los problemas, en el marco de la definición de los escenarios que conforman el Plan (otros dirían las líneas estratégicas de actuación): 1. Paisaje, como metodología Se utiliza como determinante y como criterio, puesto que trasluce la ordenación histórica e incide en la futura, máxime por tratarse de un plan para un territorio municipal que carece de la usual configuración, al estar compartimentado en enclaves insertos en el término de Siero; ni siquiera la división parroquial responde a las lógicas habituales. 2. La historia Urbana Las señas de identidad de un concejo tan especial por su realidad histórica. La idea de estar incrustado en Siero (y una pequeña parte en Langreo) no tiene por qué desmerecer a un concejo con tanto abolengo. En su singularidad hemos encontrado, parte de la claves, para su ordenación. De ahí determinar desde que ámbito y escala lo abordamos. 3. Estado de derecho Garantizar el desarrollo urbanístico sostenible en el ejercicio de las competencias urbanísticas y de acuerdo: -

Municipal: las NSPM188/1992, son la base para confeccionar el PGO. No partimos de cero, y los derechos patrimoniales, están a la orden del día.

-

Territorial. Las DROT y el PORNA. Pero, además, la posición de Noreña en pleno Área Central viene a dificultar la toma de decisiones de ordenación separada de la del ámbito supramunicipal, por otra parte todavía pendiente o no puesta al día.

-

General: nos referimos a toda la legislación y las políticas sectoriales. El cambio en la legislación urbanística, tanto a nivel europeo, estatal como regional, determinan una nueva visión sobre los tan traídos y llevados nuevos planeamientos, desde los puntos de vista ambiental, territorial y cultural.

4. Los Condicionantes para la ordenación urbanísticos. Incorporar el mapa de riesgos de inundación, que impone la revisión de los suelos inmediatos al río Noreña y pone en cuestión los desarrollos previstos, tanto por la normativa vigente como por planes y programas diversos. Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 194 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

Patrimonio. Nos referimos a la necesidad de preservar los bienes naturales y culturales y que condicionan la ordenación futura. El CAU recogerá todos y cada uno de los elementos y conjuntos.

-

Riesgos: más allá de los geotécnicos 8que no son nada especiales) hay que compatibilizar el planeamiento con el ciclo natural del agua y racionalizar el recurso en el marco de un modelo territorial globalmente eficiente, dentro del marco supramunicipal.

5. Estado de hecho -

Ambiente: tanto el medio abiótico como el medio biótico, que se desarrollan en la Evaluación Ambiental Estratégica.

-

Viviendas. El número previsto, por ocupación de la Villa, fundamentalmente, sólo se puede entender como captador de las demandas del Área Central de Asturias.

-

Productivo. Como continuación del denominado corredor industrial de la N-634, que termina en La Barreda y determina parte de la vocación del concejo. Hay un punto específico, las empresas cárnicas, que deben ser tratadas de tal manera que ayuden a solucionar su implantación en el medio en el que se hayan inmersas.

-

Dotaciones. Integrar todas las políticas sectoriales (carreteras, transportes, ferrocarriles, etc.) que inciden directamente sobre el ámbito de diagnóstico y ordenación; y, además, lo que representan las infraestructuras, los servicios, los equipamientos, las zonas verdes y los espacios libres.

6. Estrategia de la evolución urbana y la ocupación del suelo De la realidad concreta entresacamos las siguientes cuestiones: -

Justificación de la Revisión. Hay razones que van más allá de las jurídicas (el TROTU establece plazos) para plantear una Revisión en toda regla.

-

Síntesis del diagnóstico. La síntesis la llevamos a lo que venimos llamando como unidades territoriales, que nos permitan encuadrar la ordenación propuesta.

-

Objetivos y criterios. No dejan de ser los evidente: encuadrar Noreña en el AMCA, cohesionar territorial y socialmente el concejo con todas sus partes; y, por último, conseguir una buena calidad ambiental.

-

Modelo y propuesta de ordenación. Desde los diez escenarios que prefiguran el Modelo Territorial , debemos conseguir encuadrar todo tipo de propuestas que se ajusten al modelo prefijado

7. Los sistemas generales. Más allá de las determinaciones por ley del abastecimiento de agua y saneamiento, debemos tener en cuenta todo tipo de obras en cada una de las dotaciones que define el art.10 del ROTU. -

Supramunicipales (Sistemas Territoriales). Es obvio que Noreña cuenta, para su servicio, de muchas infraestructuras d ámbito estatal, regional y del AMCA. De ellas se nutre y actúan como sistemas generales del concejo.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 195 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

-

Municipales (Sistemas Generales). Más que dotaciones nuevas, consiste en acabar y conectar las existentes; y así dejamos constancia de las mismas.

-

Locales (sistemas Locales). Son parte de los desarrollos interiores de la villa. De tal manera, que será la capacidad de gestión (si hay demandas, sobre todo de viviendas) la que posibilite su consecución.

8.La clasificación y calificación del suelo. Por la importancia de este apartado (es la conclusión de todos los anteriores) lo desarrollamos en el punto siguiente. Más allá de reproducir sintéticamente todo el texto de la Memoria, interesa aquí dejar constancia de la concreción de la ordenación propuesta. Desde una óptica jurídica, a grandes rasgos: la clasificación del suelo y el régimen jurídico del mismo. Será la clasificación quien englobe la calificación (usos, aprovechamientos y tipologías) y los sistemas generales. A modo de resumen: A. Suelo Urbano (SU) En lo que se refiere al SU, se han observado, a grandes rasgos, las siguientes consideraciones: -

El no agotamiento del previsto en las NSPM vigentes.

-

La posibilidad que permite la nueva ley regional de incorporar el Suelo Urbano No Consolidado (SU-NC).

-

La urbanización de los NR en torno a la Villa, que ha generado SU-NC que es preciso abordar.

-

La incoherencia del SNU salpicado de instalaciones industriales junto con suelo industrial sin completar.

-

El condicionamiento derivado de las zonas con riesgo de inundación, que requiere reclasificación de antiguo SU.

-

La no concordancia del tratamiento de suelos contiguos en Siero y Noreña.

-

La necesidad de definir áreas homogéneas dentro de la Villa, para su tratamiento diferenciado.

-

Los sistemas locales será los que permitan dar calidad de vida al conjunto urbano.

-

La puesta en valor del patrimonio ayudará a dar consistencia urbana.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 196 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

B. Suelo No urbanizable (SNU) Las categorías de SNU son las previstas en la legislación de aplicación al concejo, con las apreciaciones siguientes: -

En primer lugar, y como no podía ser de otra manera, se trata el cauce del río Noreña mediante la categoría de Especial protección de cauces. Para ello se ha tenido en cuenta los borradores de convenio entre el Ayuntamiento y la Confederación Hidrográfica del Cantábrico. Y, últimamente, la definición de la Zona de Flujo Preferente (ZFP).

-

Por otra parte, se hace un tratamiento conjunto de las actividades agrarias y de las forestales, en razón de su importancia limitada en el concejo. Se hace, en todo caso, teniendo en cuenta los impactos paisajístico y ambiental, así como la compatibilidad con la pendiente y con los demás usos, según las dimensiones.

-

En el caso de las actividades forestales se da prioridad a la regulación, que evite un retroceso de su superficie actual.

-

En lo que respecta a la vivienda familiar en SNU, se diferencia el tratamiento en el enclave de Noreña de los demás; no obstante, en todos los casos el crecimiento se plantea para acoger una demanda limitada y teniendo en cuenta la prescriptiva “… protección del peculiar sistema de poblamiento…” (TROTU).

-

El Genérico pasa a Interés y NR, mientras que algunos calificados como NR en las NSPM vigentes pasan a ser SU, dado el grado y carácter de su transformación desde la redacción de aquéllas.

-

La evolución de los núcleos rurales, especialmente los del enclave principal del concejo (donde la expansión del tejido urbano consolidado entró en coalescencia con algunos de los núcleos), y su transformación morfológica y funcional, obligan a tomar decisiones de ordenación que difícilmente se ahorman a lo previsto en la normativa regional vigente.

-

Se incorpora, además, la categoría genérica de Quintana, si bien sobre SNU de Interés, como establece el TROTU y el ROTU

C. Suelo Urbanizable (SUR) En lo relativo al SUR, de manera genérica: -

Se mantiene el de las NSPM en los casos en que permite completar la trama urbana en términos morfológicos.

-

Hay que repensarse la trituración de los SUR en el polígono de la Barreda.

-

Algunos de los suelos del SNU pasan a sectores urbanizables, siempre con el fin de cerrar la trama urbana.

-

Es este especialmente el caso de la gran bolsa de Miraflores, que va más allá de ser la salida natural para recuperar los equipamientos afectados por la inundabilidad, formando un sistema general y territorial a la vez. Su buena comunicación con el enlace de Mudarri refuerza su papel en el Área Central Asturiana.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 197 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

En definitiva, dejamos constancia de la interrelación de documentos, de los contenidos documentales del PGO, CAU e ISA y las propuestas de ordenación, acompañadas con la justificación de la clasificación y calificación del suelo. Es decir, hay que tener en cuenta una mirada general sobre los tres documentos cuando estamos valorando alguna cuestión particular de cada uno ellos. La ley ya es suficientemente garantista en cuanto a las aprobaciones (inicial, provisional y definitiva) y para permitir la evolución del expediente requiere una visión amplia, limpia y proporcionada. De tal manera, que no podemos olvidar que las leyes, las políticas sectoriales y las determinaciones de los planes deben ajustarse a un contexto como el que estamos viviendo: crisis económica, social y política. Noreña, marzo de 2015

Fdo.: Víctor García Oviedo, arquitecto. Coordinador PGO, CAU, EAE.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Fdo.: Benigno Gómez López, arquitecto.

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 198 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

ANEXOS: LOS LISTADOS Y LOS CUADROS Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 199 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

A.1. PROTECCIÓN: BIENES INVENTARIADOS El listado patrimonio natural y cultural a desarrollar por el Catálogo Urbanístico

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 200 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

A.1.1. CELLES A. Patrimonio etnográfico: Nº ID

Denominación

Localidad

Dirección

Protección

Nivel de Protec.

Etno-01 Etno-02

Caserío de La Carril Hórreo de La Peral

La Carril La Peral

La Carril La Peral

CAU-Etnográfico CAU-Etnográfico

Parcial Parcial

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 201 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 202 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

A.1.2. SANTA MARÍA DE NOREÑA A. Patrimonio natural: Nº ID

Nat-01

Denominación

"Carbayera del Payarón"

Localidad

Dirección

Protección

Nivel de Protec.

Noreña

El Payarón,

CAU- Natural

Integral

Noreña

Noreña

Red Natura 2000

Integral

B. Red Narura 2000:

Rn-01

Bosques aluviales residuales

C. Bien de Interés Cultural:

Bic-01

Camino de Santiago (Conjunto Histórico)

Noreña

Ver itinerario

BIC. Conjunto Histórico

Integral / BIC

Bic-02

Ruta vinculada al Camino de Santiago (Vía Histórica)

Noreña

Ver itinerario

BIC. Vía Histórica

Integral / BIC

Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña

Av Belga, nº 4 Av Flórez Estrada, nº 1 Av Flórez Estrada, nº 2 Av Flórez Estrada, nº 11 Bo Reguera, nº 18

CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico

Parcial Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental

Noreña

Cl Calvario, nº 3

CAU-Arquitectónico

Integral

Noreña

Cl Doctor Cuesta Olay nº 12

CAU-Arquitectónico Ambiental

Noreña

Cl Ecce-Homo 1 A

CAU-Arquitectónico

Noreña Noreña

Cl Ecce-Homo nº 9 Cl Iglesia

CAU-Arquitectónico Ambiental CAU-Arquitectónico Ambiental

D. Patrimonio arquitectónico:

Arqt-01 Arqt-02 Arqt-03 Arqt-04 Arqt-05 Arqt-07 Arqt-08 Arqt-09 Arqt-10 Arqt-11 Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Av Belga, nº 4 Av Flórez Estrada, nº 1 Ayuntamiento y Jardines Av Flórez Estrada, nº 11 Bo Reguera, nº 18 Panteones Familia Rionda y Pedro Alonso Cl Doctor Cuesta Olay nº 12 "Capilla del Ecce-Homo y Castañeu de La Soledá" "Bar Restaurante El Gocheru" Entorno Urbano Cl Iglesia

Parcial

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 203 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

11.1 11.2 11.3 11.4 11.5 11.6 11.7 11.8 11.9 11.10 Arqt-12 Arqt-13 13.1 13.2 13.3 Arqt-14 Arqt-15 Arqt-16 Arqt-17 Arqt-18 Arqt-19 Arqt-20 Arqt-21 Arqt-22 Arqt-23 23.1 23.2 23.3 Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

O

R

E

Ñ

A

P

L

Cl iglesia nº 11 Cl iglesia nº 13 Cl iglesia nº 15 Cl iglesia nº 17 Cl iglesia nº 19 Cl iglesia nº 21 Cl iglesia nº 23 Cl iglesia nº 25 Cl iglesia nº 27 Cl iglesia nº 29 "Iglesia Parroquial de Santa María de Noreña" Entorno Urbano CL. La Concordia Cl La Concordia Cl La Concordia Cl La Concordia "Palacio de Miraflores" Cl Mata nº 2 “Casa de Pedro Alonso” Cl Pedro Alonso nº 13 Cl Ramón Pérez de Ayala nº 6 "Casa de Ramón Pérez de Ayala" Cl Regino Escalera nº 4 Cl Reloj nº 14 Torre del Reloj Entorno Urbano Cl Silvestre Rionda "Fuente de los peces" "Parque" Cl Silvestre Rionda "Juzgado de Paz"

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña

Cl iglesia nº 11 Cl iglesia nº 13 Cl iglesia nº 15 Cl iglesia nº 17 Cl iglesia nº 19 Cl iglesia nº 21 Cl iglesia nº 23 Cl iglesia nº 25 Cl iglesia nº 27 Cl iglesia nº 29

CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico

Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental

Noreña

Cl Iglesia nº 37

CAU-Arquitectónico

Integral

Noreña

Cl La Concordia

CAU-Arquitectónico Ambiental

Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña

Cl La Concordia nº 26 Cl La Concordia nº 28 Cl La Concordia nº 30 Cl Mariscala nº 14 Cl Mata nº 2 Cl Pedro Alonso nº 9 Cl Pedro Alonso nº 13 Cl Ramón Pérez de Ayala nº 6

CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico

Ambiental Ambiental Ambiental Integral Ambiental Parcial Ambiental Ambiental

Noreña

Cl Ramón Pérez de Ayala nº 8

CAU-Arquitectónico

Parcial

Noreña Noreña Noreña

Cl Regino Escalera nº 4 Cl Reloj nº 14 Cl Reloj nº 16

CAU-Arquitectónico Ambiental CAU-Arquitectónico Ambiental CAU-Arquitectónico Integral

Noreña

Cl Silvestre Rionda

CAU-Arquitectónico Ambiental

Noreña Noreña Noreña

Cl Silvestre Rionda s/n Cl Silvestre Rionda 1 suelo Cl Silvestre Rionda nº 7

CAU-Arquitectónico Ambiental CAU-Arquitectónico Ambiental CAU-Arquitectónico Ambiental

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 204 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

Arqt-24 Arqt-25 Arqt-26 Arqt-27 Arqt-28 Arqt-29 Arqt-30 Arqt-31 Arqt-32 Arqt-33 33.1 33.2 33.3 33.4 33.5 33.6 33.7 33.8 33.9 33.10 33.11 33.12 33.13 33.14 33.15 33.16 Arqt-34 Arqt-35 Arqt-36 Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

O

R

E

Ñ

A

P

L

Cl Socarrera nº 7 "Casa de la Familia Braña Vigil" Cl Soledad nº 8 Cl Sorribas nº 5 "Casa de Adriano Díaz" Cl Sorribas nº 15 "Casa de Los Chilos" "Casa de Llano Ponte" Cm Peregrino nº 18 Entorno Urbano Paseo Fray Ramón Ps Fray Ramón nº1 Ps Fray Ramón nº4 Ps Fray Ramón nº 5 Ps Fray Ramón nº 6 Ps Fray Ramón nº 12 Ps Fray Ramón nº 13 Ps Fray Ramón nº 16 Ps Fray Ramón nº 17 Ps Fray Ramón nº 20 Ps Fray Ramón nº 22 Ps Fray Ramón nº 23 Ps Fray Ramón nº 25 Ps Fray Ramón nº 27 Ps Fray Ramón nº 29 Cl Dr Cuesta Olay nº 3 Ps Fray Ramón nº3 "Monumento a Pedro Alonso" "Quiosco de la Música" Entorno Urbano Pz Constitución

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Noreña

Cl Socarrera nº 7

CAU-Arquitectónico

Parcial

Noreña

Cl Socarrera nº 15

CAU-Arquitectónico Ambiental

Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña

Cl Soledad nº 8 Cl Sorribas nº 5 Cl Sorribas nº 9 Cl Sorribas nº 15 Cl Truébano nº 17 Cl Truébano nº 21 Cm Peregrino nº 18

CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico

Noreña

Ps Fray Ramón

CAU-Arquitectónico Ambiental

Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña

Ps Fray Ramón nº1 Ps Fray Ramón nº4 Ps Fray Ramón nº 5 Ps Fray Ramón nº 6 Ps Fray Ramón nº 12 Ps Fray Ramón nº 13 Ps Fray Ramón nº 16 Ps Fray Ramón nº 17 Ps Fray Ramón nº 20 Ps Fray Ramón nº 22 Ps Fray Ramón nº 23 Ps Fray Ramón nº 25 Ps Fray Ramón nº 27 Ps Fray Ramón nº 29 Cl Dr Cuesta Olay nº 3 Ps Fray Ramón nº 3 Ps Fray Ramón s/n Ps Fray Ramón s/n

CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico

Noreña

Pz Constitución

CAU-Arquitectónico Ambiental

Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Parcial Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Integral Integral

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 205 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

36.1 36.2 36.3 36.4 36.5 36.6 Arqt037 37.1 37.2 37.3 37.4 37.5 37.6 37.7 37.8 37.9 37.10 37.11 Arqt-38 38.1 38.2 38.3 Arqt-39 39.1 39.2 39.3 39.4 Arqt-40 Arqt-41 Arqt-42 Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Pz Constitución nº 1 Pz Constitución nº 2 Pz Constitución nº 4 Pz Constitución nº 5 Pz Constitución nº 11 Cl Reloj nº 2

Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña

Pz Constitución nº 1 Pz Constitución nº 2 Pz Constitución nº 4 Pz Constitución nº 5 Pz Constitución nº 11 Cl Reloj nº 2

CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico

Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental

Entorno Urbano Pz de la Cruz

Noreña

Pz de la Cruz

CAU-Arquitectónico Ambiental

Cl Pío XII nº 2 Fuente Pz de la Cruz Pz de la Cruz nº 2 Pz de la Cruz nº 3 Pz de la Cruz nº 4 Pz de la Cruz nº 13 Pz de la Cruz nº 15 Pz de la Cruz nº 16 Pz de la Cruz nº 18 Pz de la Cruz nº 19 Tejos Entorno Urbano Pz Eulalia Rdz Busto Pz Eulalia Rdz Busto nº 5 Pz Eulalia Rdz Busto nº 8 Cl Sorribas nº 25 Entorno Urbano Pz Nozalera Pz Nozalera nº 18 Pz Nozalera nº 20 Pz Nozalera nº 21 Cl Pedro Alonso nº 8 Cl Nozalera nº 1 Cl Nozalera nº 26 "Palacio del Rebollín"

Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña

Cl Pío XII nº 2 Pz de la Cruz s/n Pz de la Cruz nº 2 Pz de la Cruz nº 3 Pz de la Cruz nº 4 Pz de la Cruz nº 13 Pz de la Cruz nº 15 Pz de la Cruz nº 16 Pz de la Cruz nº 18 Pz de la Cruz nº 19 Pz de la Cruz

CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico

Noreña

Pz Eulalia Rdz Busto

CAU-Arquitectónico Ambiental

Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña

Pz Eulalia Rdz Busto nº 5 Pz Eulalia Rdz Busto nº 8 Cl Sorribas nº 25 Pz Nozalera Pz Nozalera nº 18 Pz Nozalera nº 20 Pz Nozalera nº 21 Pz Nozalera nº 22 Cl Nozalera nº 1 Cl Nozalera nº 26 Pz Rebollín nº 1

CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico CAU-Arquitectónico

Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental Parcial

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 206 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

I-03 I-04

O

R

E

Ñ

A

P

L

Escuelas Graduadas Municipales "Fundación Rionda - Alonso"

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

Noreña

C/ La Libertad nº 12

IPCA-Arquitectónico

integral

Noreña

Cl Alcalde Matamoros, nº 29

IPCA-Arquitectónico

Integral

Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña Noreña

Av Belga nº 12 Av Belga nº 26 Av Belga nº 30 Av Buenavista nº 79 Av Buenavista s/n Av Buenavista s/n Av Buenavista s/n

CAU-Etnográfico CAU-Etnográfico CAU-Etnográfico CAU-Etnográfico CAU-Etnográfico CAU-Etnográfico CAU-Etnográfico

Parcial Parcial Parcial Parcial Parcial Parcial Parcial

Noreña

Bo Reguera

CAU-Etnográfico

Parcial

Noreña Noreña

Bo Reguera Cl E nº4 Bo Reguera nº 4

CAU-Etnográfico CAU-Etnográfico

Parcial Parcial

Noreña

Cl de Las Cabañas, nº 14

CAU-Etnográfico

Integral

Noreña

Cl Guerrillero Fombella nº 26

CAU-Etnográfico

Parcial

Noreña

La Campanica

CAU-Etnográfico

Parcial

Noreña Noreña

La Campanica La Rabadiella

CAU-Etnográfico CAU-Etnográfico

Parcial Parcial

N

E. Patrimonio etnográfico:

Etno-03 Etno-04 Etno-05 Etno-06 Etno-07 Etno-08 Etno-09 Etno-10 Etno-11 Etno-12 Etno-13 Etno-14 Etno-15 Etno-16 Etno-17

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Panera Av Belga nº 12 Panera Av Belga nº 26 Hórreo Av Belga nº 30 Panera Av Buenavista nº 79 "Molin de La Mata" "Puente de La Mata" "Fuente de La Mata" "Casería: casa mariñana y hórreo" Hórreo de La Reguera nº 4 Panera de La Reguera nº 4 Panera decorada de Les Cabañes Panera de la Cl Guerrillero Fombella “Casería: Casa mariñana y hórreo” Panera de La Campanica Potrero de La Rabadiella

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 207 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

F. Patrimonio industrial:

Ind-01 Ind-02 Ind-03 Ind-04 Ind-05 Ind-06 Ind-07 Ind-08

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Apeadero de Noreña Fábrica "El Hórreo" Viviendas para obreros Fábrica "La Carmina" Antigua Fábrica "La Invencible" Antiguo depósito de agua Fábrica de Curtidos Antigua Fábrica "La Luz"

Noreña Noreña Noreña Noreña

Av de Gijón s/n Cl Las Cabañas nº 37 Cl de la Iglesia 26, 28,30, 32 Cl Mata nº 14

CAU-Industrial CAU-Industrial CAU-Industrial CAU-Industrial

Ambiental Ambiental Ambiental Ambiental

Noreña

Cl Pío XII nº 13

CAU-Industrial

Ambiental

Noreña Noreña Noreña

Cl Reloj, n 24 Cl Truébano nº 32 Ctra Langreo - Gijón s/n

CAU-Industrial CAU-Industrial CAU-Industrial

Ambiental Ambiental Ambiental

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 208 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 209 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

A.1.3. SANTA MARINA a. Patrimonio arqueológico:

I-01 I-02 I-02 I-02

La Campa La La Campa La Tejera Tejera Material lítico de El Fiensu El Fiensu El Fiensu Material lítico de El Fiensu II El Fiensu El Fiensu Necrópolis tumular de El Fiensu El Fiensu El Fiensu Túmulo de La Campa La Tejera

IPCA- Arqueológico

Integral

IPCA- Arqueológico IPCA- Arqueológico IPCA- Arqueológico

Integral Integral Integral

Santo Medero Polígono 6 Parcela 27 La Pasera CAU-Arquitectónico

Integral

b. Patrimonio arquitectónico:

Arqt-43

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

"Capilla de Santo Medero"

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 210 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 211 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

A.2. ENTIDADES: NÚCLEOS RURALES Y QUINTANAS Fichas de los asentamientos rurales A.2.1. NÚCLEOS RURALES (NR)

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 212 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N



1 2 3 4 5 6 7

O

R

E

Ñ

A

P

NÚCLEO

A

N

G

PARROQUIA

LA FELGUERA LA PERAL OTERO / L’OTERO FERRERA LA REGUERA SOCARRERA LA PASERA

Celles Celles Celles Noreña Noreña Noreña Santa Marina TOTAL

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

L

E

N

E

R

A

L

SUPERFICIE (Ha.) 12,4 4,6 3,3 7,4 13,1 5,2 2,8 48,5

D

E

O

R

D

VIVIENDAS EXISTENTES 22 (3 de San Andrés). 6 (+39 en Siero) 2 (+30 en Siero) 57 (incluyendo Siero) 23 19 5 203 (incluyendo Siero)

E

N

A

C

I

Ó

N

CAPACIDAD PARA NUEVAS VIVIENDAS 21 4 6 9 15 15 3 73

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 213 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

1. LA FELGUERA , Celles INFORMACIÓN BÁSICA: Planeamiento: Núcleo Rural Medio Población: 33 habitantes en 2008 (54 en 1996)

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

Actividad: Tradicional aprovechamiento agropecuario. Superficie y Viviendas: 13,1 Has; 22 viviendas en 2001 (3 de San Andrés).

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Patrimonio: Estructura: Caminera en círculos irregulares

MORFOLOGÍA Accesibilidad: Conexiones exteriores viario: Acceso por SI-15 a autovía AS-1; distancia de 5 Km. hasta Noreña Parcelación: Altitudes: 230m. Loma en solana hacia el río Noreña; Pendientes: Moderadas, en ladera hacia el río Noreña; Orientaciones: Mediodía; Parcela: muy amplia Urbanización: Limitaciones redes infraestructuras: Abastecimiento renovado y anteproyecto de saneamiento Limitaciones medio natural: Edificación: Coexistencia de edificación tradicional con modelos propios de mitad del siglo XX con distintos grados de conservación. Imagen: Pueblo caminero en círculo con una mayor densidad edificatoria en torno a la carretera SI-15 y tendente a la dispersión en sus puntos más elevados. DIAGNÓSTICO Actual: Agropecuaria y residencial principal Tendencial: Residencial principal Estratégico: En demanda por proximidad a ciudades principales ORDENACIÓN CRITERIOS Jurídicos: Conservación parcial de los límites actuales Físicos: Crecimiento articulado por el viario estructurante. Supresión de las áreas de gran pendiente del oeste, orientadas hacia la autovía AS-I Patrimoniales: PRIORIDADES Actividad: Compatibilizar actividad agropecuaria con residencial Densidad: Baja. Tipología: Control de tipologías de nueva construcción Edificaciones: Integrar nuevas edificaciones con las actuales Patrimonio: Controlar actuaciones inadecuadas sobre poblamiento tradicional, tanto en lo que refiere al caserío como al mosaico paisajístico de su plano caminero. PROPUESTA Superficie núcleo: 12,4Ha Número viviendas proyectables: 21 Conservación: Adecuación: Compatible con el uso agropecuario, residencial principal Crecimiento: Crecimiento en torno a viario Expansión: Variación: Ajustes parcelario. Crecimiento hacia el E siguiendo la carretera hasta integrar a San Andrés OBSERVACIONES Se produce la coalescencia de los núcleos de La Felguera y San Andrés

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 214 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

2. LA PERAL , Celles INFORMACIÓN BÁSICA: Planeamiento: Genérico (NR en la parte Sierense)

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

Actividad: Núcleo residencial con pequeños retazos de ganadería. Superficie y Viviendas: (18,2 Has en Siero); 6 viviendas en 2001 (+39 en Siero)

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Patrimonio: Panera

Población: 16 habitantes en 2008 (14 en 1996); + Siero Estructura: Poblamiento caminero (81 habitantes en 2007) MORFOLOGÍA Accesibilidad: Conexiones exteriores viario: Conexión próxima con autovía AS-1 a través de AS-246; a 8Km de Noreña Parcelación: Altitudes: Altitudes: 300m, sobre ladera ; Pendientes: Suaves en el collado y más acusadas en dirección mediodía; Orientaciones: Mediodía; Parcela: amplia Urbanización: Limitaciones redes infraestructuras Edificación: Edificación de vocación residencial salvo excepciones tradicionales. Imagen: Carácter de mirador privilegiado sobre el surco prelitoral asturiano. DIAGNÓSTICO Actual: Residencial principal Tendencial: Residencial principal Estratégico: En demanda difusa ORDENACIÓN CRITERIOS Jurídicos: Dar continuidad al NR sierense de La Calabaza en la parte del barrio de Valdepumares Físicos: Patrimoniales: PRIORIDADES Actividad: Compatibilizar actividad agropecuaria con residencial Densidad: Baja. Tipología: Tipología de vivienda unifamiliar aislada Edificaciones: Nueva edificación acorde con tipología tradicional existente Patrimonio: Preservar las piezas agrarias tradicionales. PROPUESTA Superficie núcleo: 4,6 Has Número viviendas proyectables: 4 Conservación: Adecuación: Integración del espacio rural construido Crecimiento: Expansión: Variación: Ex novo OBSERVACIONES Se trata de una prolongación del núcleo sierense de La Calabaza, anexo al barrio de Valdepumares, siguiendo su continuidad física con el mismo

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 215 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

3. OTERO / L’OTERO , Celles INFORMACIÓN BÁSICA: Planeamiento: Genérico (NR en la parte Sierense) Actividad: Residencial principal con retazos de ganadería. Patrimonio: Población: 4 habitantes en 2008 (0 en 1996); +Siero (69 Superficie y Viviendas: (24,7 Has en Siero); 2 viviendas Estructura: Disperso en quintanas habitantes en 2007) en 2008 (30 en Siero en 2001) MORFOLOGÍA Accesibilidad: Conexiones exteriores viario: a 1Km de la autovía AS-1; a 2,5 Km. de Noreña Parcelación: Altitudes: 250m, sobre loma; Pendientes: reducidas; Orientaciones: Mediodía; Parcela: media Urbanización: Limitaciones redes infraestructuras Edificación: Edificación residencial reciente, con cierto contraste sobre ciertas quintanas en Siero. Imagen: Espacio de nueva construcción; continuidad de un núcleo sierense. DIAGNÓSTICO Actual: Residencial principal Tendencial: Residencial principal Estratégico: En demanda difusa ORDENACIÓN CRITERIOS Jurídicos: Integración en el NR de Otero de Siero, con quien mantiene continuidad física Físicos: Patrimoniales: PRIORIDADES Actividad: Mantenimiento de la ocupación residencial dispersa Densidad: Baja. Tipología: Tipología de vivienda unifamiliar aislada Edificaciones: Patrimonio:. PROPUESTA Superficie núcleo: 3,3 Has Número viviendas proyectables: 6 Conservación: Adecuación: Integración del espacio rural construido Crecimiento: Expansión: Variación: Ex novo OBSERVACIONES Se trata de uno de los pequeños enclaves de Noreña; se encuentra físicamente integrado en el núcleo del mismo nombre perteneciente a Siero.

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 216 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

4. FERRERA , Noreña INFORMACIÓN BÁSICA: Planeamiento: Núcleo Rural Medio Población: 102 habitantes en 2008 incluyendo Siero (135 en 1996)

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

Actividad: Residencial principal. Superficie y Viviendas: 8 Ha; 57 viviendas en 2001 (incluyendo Siero); importante desarrollo en el último lustro en la parte sierense

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Patrimonio: Próximo al palacio de Miraflores y Camino de Santiago. Elementos etnográficos Estructura: Plano caminero en varios ejes

MORFOLOGÍA Accesibilidad: Conexiones exteriores viario: Muy buena, a escasos metros de Noreña y muy próximo a la Autovía Minera (AS-1) Parcelación: Altitudes: A 200 metros, sobre ladera; Pendientes: Reducidas/Moderadas; Orientaciones: A poniente; Parcela: Amplia y en longueros Urbanización: Limitaciones redes infraestructuras: Limitaciones físicas: Las parcelas en longuero presentan un escaso frente a camino Edificación: Se combinan aleatoriamente edificaciones de corte tradicional con otras actuales. En la parte sierense se desarrollan pequeñas urbanizaciones. Imagen: Dicotomía entre una parte de aspecto rural y una proliferación de tipologías urbanas y periurbanas. DIAGNÓSTICO Actual: Residencial principal Tendencial: Residencial Estratégico: En demanda por proximidad a villas urbanas ORDENACIÓN CRITERIOS Jurídicos: Mantener la delimitación definida en las NSPM dando continuidad al Núcleo Rural sierense Físicos: Integrar la nueva carretera Patrimoniales: Mantener el entorno del Palacio de Miraflores PRIORIDADES Actividad: Mantener la ocupación residencial Densidad: Baja. Tipología: Acorde con volúmenes y plantas existentes, y evitando tipologías disonantes Edificaciones: Nueva edificación acorde con tipología tradicional existente Patrimonio:. Conservación del edificado y del ambiente PROPUESTA Superficie núcleo: 7,4 Has Número viviendas proyectables: 9 Conservación: Adecuación: Crecimiento: Expansión: Variación: Ajuste a parcelario y a carretera nueva OBSERVACIONES Parte del núcleo homónimo de Siero situado dentro del término municipal de Noreña. Queda cortado al trazarse una nueva carretera sobre el espacio delimitado en las NSPM..

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 217 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

5. LA REGUERA , Noreña INFORMACIÓN BÁSICA: Planeamiento: Núcleo Rural disperso Actividad: Residencial principal. Población: Sin datos (no recogido en Nomenclátor) Superficie y Viviendas: 12,1 Ha; 23 viviendas MORFOLOGÍA Accesibilidad: Conexiones exteriores viario: Limítrofe con Noreña por la avenida de La Belga Parcelación: Altitudes: A 200 metros; Pendientes: suaves salvo en extremos; Orientaciones: suroeste Urbanización: Limitaciones redes infraestructuras: Saneamiento no integral Edificación: Edificación tradicional coexistiendo con arquetipos actuales e industria chacinera. Imagen: Núcleo disperso continuo respecto de la trama urbana de Noreña. DIAGNÓSTICO Actual: Residencial principal Tendencial: Residencial principal Estratégico: En demanda por ser limítrofe a la Villa ORDENACIÓN CRITERIOS Jurídicos: mantener límites actuales Físicos: Agrupar viviendas dispersas Patrimoniales: Mantener elementos etnográficos PRIORIDADES Actividad: Mantener como residencial principal combinado con actividades agrarias Densidad: Baja. Tipología: Acorde con volúmenes y plantas existentes, y evitando tipologías disonantes Edificaciones: Nueva edificación acorde con tipología existente Patrimonio:. Conservación del edificado y del ambiente PROPUESTA Superficie núcleo: 13,1 Has Número viviendas proyectables: 15 Conservación: Adecuación: Crecimiento: Expansión: Variación: Pasa parte a Suelo Urbano OBSERVACIONES

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Patrimonio: Elementos etnográficos Estructura: Disperso en quintanas

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 218 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

6. SOCARRERA , Noreña INFORMACIÓN BÁSICA: Planeamiento: Núcleo Rural Denso Actividad: Residencial principal. Patrimonio: Población: Sin datos (no recogido en Nomenclátor) Superficie y Viviendas: 1,9 Ha; 19 viviendas Estructura: Caminero con expansión dispersa MORFOLOGÍA Accesibilidad: Conexiones exteriores viario: Excelentes a través de AS-246. A 500m de Noreña Parcelación: Altitudes: A 220m de altitud, sobre ladera; Pendientes: irregulares; Orientaciones: oeste y sureste Urbanización: Limitaciones medio físico: Áreas de pendiente importante Edificación: Coexistencia de edificación tradicional de corte industrial con residencias de reciente construcción. Imagen: Núcleo en dos barrios separados ligados a la carretera carbonera y sus tráficos, con reciente expansión de tipo residencial. DIAGNÓSTICO Actual: Residencial principal con elementos productivos (tipo taller) Tendencial: Residencial principal con elementos productivos (tipo taller) Estratégico: Demanda por proximidad a cruce de caminos y villas urbanas ORDENACIÓN CRITERIOS Jurídicos: Físicos: Englobar área de expansión en confluencia con Siero Patrimoniales: PRIORIDADES Actividad: Mantener la vocación residencial Densidad: Baja. Tipología: Acorde con volúmenes y plantas existentes Edificaciones: Nueva edificación no disonante con su entorno Patrimonio:. PROPUESTA Superficie núcleo: 5,2 Has Número viviendas proyectables: 15 Conservación: Adecuación: Crecimiento: Integración del espacio edificado. Expansión: Variación: Crecimiento hacia el este para integrar su área de expansión confluyente en Siero OBSERVACIONES Coexistencia de talleres con vivienda. Limítrofe con los NR de Siero de Berrón Alto y La Barreda

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 219 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

7. LA PASERA , Santa Marina INFORMACIÓN BÁSICA: Planeamiento: Genérico Población: 9 habitantes en 2008 (11 en 1996)

P

L

A

N

G

E

N

Actividad: Agropecuaria Superficie y Viviendas: 5 viviendas

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Patrimonio: Próximo a elementos arqueológicos Estructura: Disperso en quintanas con una pequeña agrupación

MORFOLOGÍA Accesibilidad: Conexiones exteriores viario: Deficiente; acceso por caminos rurales; a 10Km de Noreña Parcelación: Altitudes: A 420m de altitud, sobre ladera; Pendientes: importantes; Orientaciones: noreste Urbanización: Limitaciones redes infraestructuras: Viario local de escasa capacidad Edificación: Edificación tradicional. Imagen: Núcleo disperso en quintanas con pequeñas agrupaciones, edificación mayoritariamente envejecida con vocación agraria aún persistente. Excepcionales panorámicas a Noreña, Siero y Langreo. DIAGNÓSTICO Actual: Agropecuaria dominante Tendencial: Agropecuaria y residencial. Posible orientación hacia el turismo y el ocio Estratégico: Necesidad de rejuvenecimiento ORDENACIÓN CRITERIOS Jurídicos: Físicos: Ordenar viviendas dispersas en quintanas Patrimoniales: Mantener quintanas tradicionales PRIORIDADES Actividad: Mantener la actividad pecuaria y diversificar hacia el ocio Densidad: Baja. Tipología: Acorde con volúmenes y plantas existentes, y evitando tipologías disonantes Edificaciones: Nueva edificación acorde con tipología tradicional existente Patrimonio: Conservación del edificado y del ambiente PROPUESTA Superficie núcleo: 2,8 Has Número viviendas proyectables: 3 Conservación: Adecuación: Crecimiento: Integración del espacio edificado. Expansión: Variación: Ex novo OBSERVACIONES Marcado carácter tradicional rural

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 220 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

A.2.2. QUINTANAS (por entidad del Nomenclátor) QUINTANA (entidad)

LA BRAÑA

Parroquia

Celles

Nº quintanas/viviendas 3 (agrupaciones)

Estructura

Dispersas en más de 500 m lineales en dirección E-O

Estado

Bueno en general

QUINTANA (entidad)

LA CARRIL

Parroquia

Celles

Nº quintanas/viviendas 1

Estructura

Agrupación

Estado

Bueno en general

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 221 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

QUINTANA (entidad)

LA PASERA

Parroquia

Santa Marina

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

Nº quintanas/viviendas 2

Estructura

Aisladas, próximas al núcleo homónimo

Estado

Dispar: una, aceptable y habitada; la otra, en ruina, pero con gran interés

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 222 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

A.3. CUADROS RESUMEN Y COMPARATIVOS. La ocupación del PGO, con respecto a las NSPM; los núcleos rurales, las viviendas y los Sistemas Generales. A.3.1. COMPARATIVO NSPM, 1988, ESTADO ACTUAL Y PGO, 2014 Clasificación / Calificación

SUELO NO URBANIZABLE Especial Protección Interés Genérico Infraestructuras Núcleo Rural Dotacional SUELO URBANIZABLE Residencial Dotacional Productivo SUELO URBANO CONSOLIDADO Residencial Productivo Dotacional NO CONSOLIDADO Residencial Productivo Dotacional Residencial / dotacional Dotacional / productivo Totales[1]

NORMAS SUBSIDIARIAS Y MODIFICACIÓN 1992 Superficie ha % 407,44 72,78 36,19 113,95 183,68

6,47 20,36 32,81

ESTADO ACTUAL NNSS ha 407,27 36,19 113,78 183,68

% 72,75 6,47 20,32 32,81

58,71 14,91 76,02 22,51

10,49 2,66 13,58 4,02

58,71 14,91 56,46 18,94

10,49 2,66 10,09 3,38

53,51 76,33

37,52 96,07

69,31 7,02

9,56 13,64 0,00 12,38 1,25

73,52 22,55

6,70 17,16 0,00 13,13 4,03

559,80

100,00

559,80

100,00

PLAN GENERAL DE DIFERENCIA (PGO y estado ORDENACIÓN actual) Superficie Superficie ha % ha % 344,11 60,94 -63,16 -11,82 97,32 176,91

17,23 31,33

20,96 48,92

3,71 8,66

33,10 15,71 13,48 3,91 187,49 120,68 82,85 26,25 11,58 66,81 26,73 37,56 0,78

5,86 2,78 2,39 0,69 33,20 21,37 14,67 4,65 2,05 11,83 4,73 6,65 0,14

1,74 564,70

0,31 100,00

61,13 63,13 -183,68 20,96 -9,79 -14,91 -23,36 -3,23 13,48 -33,61 91,42 120,68 9,33 3,70 11,58 66,81 26,73 37,56 0,78

10,77 11,00 -32,81 3,71 -1,82 -2,66 -4,22 -0,60 2,39 -6,01 16,04 21,37 1,54 0,62 2,05 11,83 4,73 6,65 0,14

1,74

0,31

[1] Existe una pequeña variación entre las superficies de las Normas Subsidiarias y del Plan General de Ordenación debido a pequeños desajustes en los límites municipales y a que Otero y Serrapicón no aparecen en las Normas Subsidiarias vigentes Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 223 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

A.3.2. DOTACIONES URBANÍSTICAS

Relación entre Sistemas Generales (equipamientos y zonas verdes) y población EQUIPAMIENTOS (m2 de suelo)

ZONAS VERDES (m2)

Existentes

A obtener

Total

Existentes

A obtener

Total

118.141

139.935

258.076

16.037

19.951

35.988

POBLACIÓN (habitantes) 2014

2029 (e3)

5.422

5.947

2014

2029 (e3)

5.422

5.947

2

Ratio per capita (m por habitante) 21,79

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

43,4

2,95

6,05

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 224 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

A

L

D

E

O

R

D

E

N

A

C

I

Ó

N

A.3.3. PROYECCIÓN DE VIVIENDAS NSPM 1988-92 Clasificación Calificación / Categoría

SU

SU-C

SUELO URBANO (SU) ORDENANZAS Licencia directa ÁREAS DE PLANEAMIENTO INCORPORADO (API) API-01 Los Novales (NSPM: Noreña 2) API-02 Huerta de Alante (NSPM: UA 3) ÁREAS DE PLANEAMIENTO REMITIDO (APR) APR-01 Castrillón 1 (NSPM: ED 4) APR-02 Los Navales (NSPM: Los Navales) APR-03 La Belga (NSPM: Noreña 1) APR-04 Los Vallones (NSPM: Los Vallones) APR-05 PL 14 (NSPM: PL 14) ÁREAS DE UNIDADES DE ACTUACIÓN (AUA) AUA-01 Hotel Cristina AUA-02 La Huertona AUA-03 Fondos AUA-04 Av/Gijón 1 AUA-05 La Carmina 2 AUA-06 La Carmina 1

SU/SUR

AUA-07 AUA-08 AUA-09 AUA-10 AUA-11 AUA-12 AUA-13 AUA-14 AUA-15 AUA-16 AUA-17 AUA-18 AUA-19

SNU SU SUR SUR SU SU SU SU SU SNU SU SUR SUR

De Ponte La Nave Traspalacio Av. Gijón 2 Castrillón 2 Instituto Palacio Rebollín Fombella Carolines La Mariscala San Martín Carbonera 1 Carbonera 2

AUA-20 Prado del Sol

AI PGO Proyección viviendas Superf. Edific. (m²/m²) Estadísticas[ 2011[1] Suma (m²) [3] [4] 2] 1.432.571 2.626 993 3.619 752.853 177 Según Residencial 752.853 177 Ordenanza

Calificación / Clasificación Categoría

Varias

17.417 SUR SU

Residencial (Plan Parcial) Residencial (Estudio de Detalle)

SU-C SU-C

Residencial Residencial

SU SUR SUR SUR SUR

Residencial (Estudio de Detalle) Residencial (Plan Parcial) Residencial (Plan Parcial) Residencial (Plan Parcial) Industrial (Plan Parcial)

SU-NC SU-NC SU-NC SU-NC SU-NC

Residencial Residencial Residencial Residencial Productivo

SNU SNU/SUR SNU SNU SU

Residencial: Genérico (TROTU: Interés) NR/Residencial (Plan Parcial) Genérico (TROTU: Interés) Genérico (TROTU: Interés) Residencial-VU Baja Densidad

SU-NC SU-NC SU-NC SU-NC SU-NC

13.211 4.206

-

59

0,45 0,56

-

35 24

-

154

0,60 0,45 0,45 0,45 0,60

-

60 54 21 19 -

-

603

62.729 9.945 22.485 6.878 7.611 15.810 378.085

SNU

AUA-21 El Sol SUR AUA-22 La Mata y El Sol SUR AUA-23 Cruciaes SUR AUA-24 Matadero SUR Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Productivo 18.538 0,25 Residencial 31.040 0,40 22 Residencial 15.862 0,30 20 Residencial 21.296 0,30 21 Residencial 6.106 0,30 7 Dotacional / Industrial/Residencial (Plan Parcial) SU-NC 17.358 0,30 15 Residencial NR + Genérico (TROTU: Interés) SU-NC Residencial 14.857 0,30 14 Residencial-VU Baja Densidad SU-NC Residencial 13.660 0,40 16 Residencial (Plan Parcial) SU-NC Residencial 11.839 0,40 14 Residencial (Plan Parcial) SU-NC Residencial 28.408 0,60 163 Residencial-VU Baja Densidad SU-NC Residencial 10.043 0,40 12 Residencial (U Actuac/E Detalle) SU-NC Residencial 11.778 0,60 70 Residencial (Catálogo)+EL Privado SU-NC Productivo 5.521 0,60 Residencial-Según Alineaciones (III) SU-NC Residencial 246 1,20 4 Residencial (Estudio de Detalle) SU-NC Residencial 5.978 0,80 48 Núcleo Rural SU-NC Residencial 2.691 0,80 16 Residencial-Según Alineaciones (IV) SU-NC Residencial 3.240 0,80 26 Industrial (Plan Parcial) SU-NC Residencial 10.203 0,90 90 Industrial (Plan Parcial) SU-NC Productivo 15.071 0,40 Dotacional Genérico SU-NC 7.909 0,60 24 (VcPP) Residencial (Plan Parcial) SU-NC Residencial 16.136 0,30 12 Residencial (Plan Parcial) SU-NC Residencial 14.421 0,30 9 Residencial (Plan Parcial) SU-NC Productivo 25.109 0,70 Industrial (Plan Parcial) SU-NC Productivo 70.775 0,75 DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 225 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

C

O

N

C

E

J

O

D

E

N

O

R

E

Ñ

A

P

L

A

N

G

E

N

E

R

ÁREAS DE PLANEAMIENTO PROPUESTO (APP)

A

L

D

E

O

R

D

N

A

C

I

Ó

-

-

-

-

SUELO NO URBANIZABLE (SNU) 144 Resto de SNU Resumen de datos relativos a los suelos en SNU Varias 489.186 Núcleo Rural y Quintanas ESPACIOS DE PLANEAMIENTO REMITIDO 1.359 (EPR) EPR-01 RESIDENCIA CANINA (ESTUDIO DE SNU Genérico SNU I 1.359 0,60 IMPLANTACIÓN) SUELO URBANIZABLE (SUR) 331.024 SECTORES DE PLANEAMIENTO REMITIDO 39.140 (SPR) SPR-01 PL 8.2 (NSPM: PL 8.2) SUR Industrial (Plan Parcial) SUR Productivo 27.009 0,60 SPR-02 PL 6 (NSPM: PL 6) SUR Industrial (Plan Parcial) SUR Productivo 12.131 0,60 SECTORES DE PLANEAMIENTO 291.884 PROPUESTOS (SPP) SPP-01 La Reguera-Fuentespino SUR/SNU Residencial (Plan Parcial)/Interés SUR-PR Residencial 74.571 0,40 SPP-02 Miraflores SUR Dotacional (Plan Parcial) SUR Dotacional 134.799 SPP-03 Buenavista SNU Interés SUR Residencial 82.514 0,30 TOTALES [4] Total viviendas 2.770 [1] Según Censo de Población y Vivienda de 2011 [2] El número de viviendas en Suelo Urbano y Urbanizable, se ha calculado asignando una vivienda por cada 100 m2 construibles con predominancia plurifamiliar y en base al número máximo de parcelas en predominancia plurifamiliar (con el valor medio: adosamiento o no). [3] Aunque lo más ortodoxo sería utilizar la hectárea como unidad de medida en los Suelos Urbanizables, se ha optado por el uso sistemático del m2, para poder hacer homogéneos los datos referenciales. [4] El Plan Especial de Protección (PEP) CAMINO DE SANTIAGO 368,373 m2) se desarrolla en las 3 clases de suelo. Se trata de un Plan Especial de Protección, que no altera la clase de suelo que ocupa, considerándose en el caso del Suelo Urbano como Consolidado.

73

APP-01 La Barreda

221.487

E

SUR

Tomo 1. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA

Industrial (Plan Parcial)

SU-NC

Productivo

221.487,0 0 3.441.100 2.950.555

0,75

N

217

214

214

214 150 64 1.280 4.050

DOCUMENTO DE APROBACIÓN INICIAL (DAI) Firmado digitalmente por: PRENDES BUSTO MARZO 2015 AMPARO MARIA - 10828347Q 226 Motivo: DILIGENCIA: Aprobado inicialmente en sesión plenaria de fecha 10 de marzo de 2016. La Secretaria

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.