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Tributación de las apuestas en la Declaración de la Renta 2015 (IRPF)
25 de marzo de 2016
Tributación de las apuestas en la Declaración de la Renta 2015 (IRPF) Fuente: CISS
Si hemos tenido un buen año de apuestas deportivas, a la hora de hacer la declaración de la renta para Hacienda, tenemos que saber que tenemos que tributar por lo beneficios que hemos tenido. A continuación, te presentamos toda la información completa que precisarás para declarar y pagar los impuestos de tus apuestas deportivas a Hacienda española. Cabe señalar que es la misma legislación para el bingo, póker, casinos… Un dato curioso: según informes del sector, casi la totalidad de los jugadores profesionales que viven y consiguen beneficios con las apuestas deportivas sin necesidad de trabajar, utilizaron los siguientes bonos de casas de apuestas en sus inicios: Desde 2012 las ganancias y pérdidas derivadas de las apuestas deportivas, casino y poker online se integran en la base general (junto con los rendimientos de trabajo, actividades económicas o alquiler de inmuebles) en la Declaración de la Renta (IRPF) y se les aplica una escala progresiva de impuestos que va hasta el 52%. Con la Ley de Apuestas que entró en vigor en junio de 2012, se pretendía regular la fiscalidad de las casas de apuestas online,
por lo que el nuevo impuesto al juego online está dirigido a las salas de apuestas y no a los jugadores. Todas las casas de apuestas que vayan a tener actividad en España precisan tener una licencia y someterse a la legislación española, así como los usuarios de estas apuestas deberán declarar en Hacienda sus beneficios. Del mismo modo, las casas de apuestas tendrán la obligación de informar sobre las cuentas de sus clientes sólo a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ), pero si la Agencia Tributaria les solicitara esta información, también están obligadas a informar sobre las cuentas de sus clientes.
¿Cómo se pagan impuestos a Hacienda de las pérdidas y ganancias de las apuestas deportivas, casino y póker online en la Declaración de la Renta (IRPF)? Si eres ciudadano español e inviertes en apuestas deportivas o juegas a poker online, debes tener en cuenta que se te va a aplicar la legislación fiscal del país en el que tributas tus impuestos, en este caso España y no la del país dónde esté establecida la casa de apuestas. Sólo será de aplicación la LIRPF (Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) si tienes tu residencia habitual en España.
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Según el Art. 9 de LIRPF se considera que tienes tu residencia en España cuando pasas más de 183 días al año aquí; O si radica en España el núcleo principal o la base de tus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta. Los jugadores tendrán que pagar en su Declaración de la Renta (IRPF) a Hacienda en función de las ganancias obtenidas a través de apuestas deportivas y partidas de póker online, esto es, por el dinero que saquen en el año en que se generen y pagarán impuestos como ganancia en la base imponible general habida cuenta que no proviene de una transmisión patrimonial (sumándose a los rendimientos del trabajo y a las ganancias patrimoniales de corto plazo) Siendo cargada además por un tipo impositivo que puede ir desde el 24,75% hasta el 52%, dependiendo de la comunidad autónoma donde la persona esté domiciliada. Se tienen que pagar impuestos por los beneficios conseguidos en las casas de apuestas, al margen de si se retira el beneficio obtenido del banco o se mantiene en la cuenta online del usuario. El Art. 33 de Ley de la Renta de las Personas Físicas (La denominaremos LIRPF) dice así: “Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél”. Por esto, los beneficios logrados en las apuestas deportivas, póker y casino son consideradas ganancias patrimoniales.
Para calcular la ganancia generada de las apuestas deportivas online, el jugador podrá deducirse antes las cantidades apostadas por las que no logró beneficio alguno y que ocasionó una merma de su patrimonio. En cualquier caso, esas pérdidas ‐a efectos fiscales‐no podrán ser mayores que las ganancias. Dicho lo cual, si una persona gana 2.000€ con apuestas online y pierde 2.500, no tiene que pagar impuestos por ello, pero a pesar de ello, no tendría derecho a deducirse nada por dichas pérdidas ante Hacienda. En este sentido, cabe advertir que sólo podrán descontarse las pérdidas los contribuyentes que hayan dejado rastro de sus operaciones, es decir, los que han apostado online o por Internet. Las ganancias patrimoniales obtenidas desde las apuestas online, casino o póker podrán compensarse, en caso de disponer de la adecuada justificación, con las pérdidas en el juego de la misma naturaleza obtenidas en el mismo período impositivo, sin que dichas pérdidas puedan exceder de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período; consignándose, en este caso, en la casilla 312 de la declaración, el importe neto positivo resultante. Por ejemplo: un jugador apuesta 200€ y no gana nada. Una semana después, vuelve a apostar 100€ más y pierde. Dos meses más tarde hace una apuesta y gana 400€. Pues bien, el jugador tiene que pagar impuestos por los 400€, sino que puede restar las cantidades apostadas con anterioridad en las que no ha ganado nada (300€ en este caso) siempre que se hayan apostado en el mismo ejercicio fiscal.
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Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos: ‐ Dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros. ‐ Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros Si en el cálculo global del contribuyente en el ejercicio fiscal sale un balance de pérdidas derivadas de las apuestas deportivas, éste no podrá desgravarse ese importe de su Declaración de la Renta, ni los gastos generado, a diferencia de lo que sucede cuando se invierte en Bolsa, tal como indica la Ley 16/2012, de 27 de diciembre: Así pues, no se contabilizarán como pérdidas patrimoniales las producidas por pérdidas en el juego durante el período impositivo que excedan de las ganancias conseguidas a través de las apuestas deportivas o el póker online en ese mismo período. En cualquier caso, no se tendrán en cuenta las pérdidas ocasionadas por la participación en los juegos a los que hace alusión la disposición adicional 33ª de esta Ley (los juegos cuyos premios estén sometidos a un impuesto especial).
En modo alguno se considerarán pérdidas las derivadas de la participación en los juegos organizados por: la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado, las Comunidades Autónomas, la Organización Nacional de Ciegos, la Cruz Roja Española y entidades análogas de carácter europeo. Finalmente, hasta el momento, para hacer la declaración del IRPF los jugadores deberán buscarse la vida por su cuenta, toda vez que las casas de apuestas online no tienen obligación de emitir certificados a sus clientes para que puedan realizar sus declaraciones. No obstante, aunque las casas de apuestas no tienen obligación legal de facilitar certificados a sus usuarios, sí tienen o deberían tener cierta obligación moral de suministrar los históricos de juego.
Cuándo no declarar las ganancias de las apuestas deportivas El Art. 96.2 de la LIRPF señala lo siguiente: "En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros". En términos generales, no están obligados a presentar Declaración de la Renta los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo y con un importe de hasta 22.000 euros anuales.
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El límite para no declarar se reduce a 11.200 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), y también cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. .Al finalizar el año, tiene 1.500€ en la casa de apuestas y 500€ en su banco. Pues bien, este jugador en su declaración de la renta deberá poner los 2.000€ ganados y no solo los 500€ retirados. Las ganancias patrimoniales se calculan sobre lo ganado y no sobre lo retirado, por lo que si este jugador incluye en la declaración 500 euros estaría ocultando a Hacienda 1500 euros de beneficio patrimonial con las consecuencias que ello puede acarrearle.
Cómo tributan los premios Loterías y Apuestas del Estado
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Hasta hace tres años, los premios de Loterías y Apuestas del Estado estaban libres de pagar impuestos, sin embargo, desde el 1 de enero de 2013 se aplica la retención a cuenta del 20% a los premios por encima de 2.500 euros. Este impuesto trata de luchar contra el fraude que se producía desde hace años con la compra de los números premiados por personas y empresas que lo único que querían era blanquear dinero.
Tributación de apuestas deportivas, casino y póker en el País Vasco A diferencia del resto del estado, los jugadores del País Vasco tributan por los premios obtenidos en los juegos de azar, apuestas online, póker online y de cualquier apuesta a través de Internet en términos generales como si se tratase de una ganancia patrimonial. Artículo 43. Pérdidas patrimoniales no computables No se computarán como patrimoniales las siguientes:
pérdidas
e) Las debidas a pérdidas en el juego. Dicho lo cual, los importes obtenidos de apuestas por Internet se consideran como un enriquecimiento súbito del sujeto pasivo que, así pues, no se pone de manifiesto a resultas de una transmisión patrimonial previa. De este modo, las cantidades ganadas pasan a integrar la base imponible general del IRPF. Sin embargo, en el resto de España, la normativa de IRPF Estatal señala lo siguiente: Artículo 33. Concepto. 5. No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes: d) Las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo que excedan de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período. En conclusión, según ambas normativas, es evidente que la legislación estatal es más beneficiosa que la Foral para los jugadores. Os recomendamos también la lectura del Manual práctico de Renta.
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Reflexiones acerca de la tributación española en el juego online Es importante señalar que en la gran parte de los países de Europa los jugadores no pagan impuestos por las ganancias obtenidas con apuestas deportivas, póker, casino…. En concreto, Dinamarca, Finlandia, Austria, Bélgica, Bulgaria, República Checa, Alemania, Hungría, Italia, Luxemburgo, Malta, Suecia y Reino Unido, no someten a pagar impuestos a sus ciudadanos cuando obtienen beneficios por sus apuestas. La tributación en España es similar a la Estados Unidos, donde todos los beneficios derivados de juegos de azar se consideran como ingreso susceptible de ser gravado y deben ser declarados, siendo las pérdidas compensables con ganancias hasta la cantidad total de las ganancias declaradas. Esta normativa es de general aplicación a todos los operadores y juegos del sector, que tanto para el juego reservado como para el no reservado, desde 1 de enero de 2013 pasa a tener una tributación efectiva de las ganancias. En definitiva, la reforma tributaria española aprobada se aplica de forma homogénea, sin que suponga un tratamiento preferente para ninguna empresa o sociedad.
De hecho, las apuestas offline (bingos, casinos y tragaperras) escapan al control regulatorio que busca Hacienda. A priori, el régimen legal es el mismo que el del juego online, pero tanto en casinos como en bingos que se apuesta y se paga en efectivo (offline) no se puede seguir el rastro ni de pérdidas ni de ganancias. Con este tipo de impuestos a las apuestas online principalmente salen ganando las casas de apuestas y el Estado. Las cuentas de usuarios que tienen balance negativo y pierden dinero es difícl que Hacienda vaya tras ellas, aunque no declaren su balance. Sin embargo, es muy probable que Hacienda investigue a los grandes ganadores de apuestas online, póker y casino. Presionando fiscalmente a estos últimos, les harán un favor a las casas de apuestas, ya que es por todos sabidos que este tipo de jugadores no son bienvenidos en las mismas. Además, Hacienda de lo que se preocupará será de que las casas de apuestas online sí paguen sus impuestos, que son muy considerables y proceden también del dinero de los usuarios.
Aunque si bien es cierto, esta normativa en teoría afecta a todo el juego tanto online como offline, no obstante en la práctica actualmente sólo afecta al juego controlado, monitorizado, esto es, al juego online.
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