UBICACIÓN GEOGRAFICA FORMOSA-CAPITAL. La Provincia de Formosa, está situada en el Norte de la República Argentina. LIMITES:

UBICACIÓN GEOGRAFICA FORMOSA-CAPITAL La Provincia de Formosa, está situada en el Norte de la República Argentina. LIMITES: Limita al Norte y al Este

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UBICACIÓN GEOGRAFICA

FORMOSA-CAPITAL La Provincia de Formosa, está situada en el Norte de la República Argentina. LIMITES: Limita al Norte y al Este con Paraguay (Separada de la vecina República por los ríos Pilcomayo y Paraguay); Al sur, con la Provincia del Chaco (río Bermejo); y al oeste, con la Provincia de Salta. Administrativamente, se divide en 9 departamentos SUPERFICIE: 72.066 Km² POBLACION: 527.895 habitantes (Censo Nacional 2010) Densidad: 7,3 Hab./Km² Capital: Formosa

EL PROYECTO y su UBICACIÓN GEOGRAFICA El proyecto que pongo a su consideración se ha concretado, en la Ciudad de Formosa-Capital de la Provincia del mismo nombre, con una superficie: 6.195 km2 y una Población de 233.028 habitantes. Esta es la Capital Administrativa de la Provincia y Cabecera de la 1ra. Circunscripción Judicial Formosa. Su población representa el 44,14% de la Población total de la Provincia, concentrándose en su éjido urbano la mayor densidad poblacional. Se hará referencia pués en esta presentación, al Programa de Oralidad en el Fuero Penal y los resultados obtenidos en el mismo mediante la utilización de herramientas de resolución temprana y alternativa de conflictos. El Proyecto ha sido puesto en marcha en la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia, con sede cabecera en la Ciudad de Formosa, Capital de la Provincia por resultar el núcleo operativo con mayor concentración poblacional. Dentro de la Primera Circunscripción Judicial el Fuero Penal estará conformado por: -

Excelentísimo Superior Tribunal de Justicia,

-

Dos (2) Excelentísimas Cámaras en lo Criminal,

-

Seis (6) Juzgados de Instrucción y Correccional con competencia territorial en los Departamentos Formosa y Laishí,

-

Un (1) Juzgado de Ejecución Penal y

-

Un (1) Juzgado Penal de Primera Instancia de Menores

-

Cuatro (4) Fiscalías de 1ra. Instancia y 2 (dos) Fiscalías de Cámara.

-

Dos (2) Defensorías Oficiales de 1ra. Instancia y 2 (dos) Defensorías Oficiales de Cámara.

-

Oficina de Gestión de Audiencias del Programa de Oralidad en el Fuero Penal (OGA).

-

Unidad Fiscal del Programa de Oralidad en el Fuero Penal (UFP)

Las herramientas de RESOLUCION ALTERNATIVA DE CONFLICTOS han sido de utilidad no solo para atender cuestiones relacionadas con las denuncias y casos ingresados al sistema

judicial y la búsqueda de mejores y más rápidas y alternativas para los justiciables, sino el logro de la propia convivencia en un marco de mejor comunicación y paz en un grupo inmenso de personas (Operadores del sistema), que han debido vencer distintos tipos de estructura. Se ha generado un paulatino pero importante cambio de actitud ante los conflictos, para adaptarse a la idea de innovación en un proceso de trámite alternativo, con características más humanas, más restaurativas, más transparentes, incorporado por este proyecto. Surge de la aplicación de las nuevas prácticas, una actividad diferenciadora, con recursos novedosos propuestos sobre la marcha, cuando los mismos Magistrados y Funcionarios del proceso escrito, tradicional, burocrático han arribado a una nueva verdad que es consensual, construida en un proceso comunicativo que intenta una conciliación víctima–autor, y que en sí mismo, teniendo de base el reconocimiento del hecho y sus consecuencias por parte del ofensor, contiene un potencial pacificador de las relaciones sociales, al que se atribuye una particular relevancia jurídico-penal. Como línea futura, el Programa se implementará próximamente en las otras dos Circunscripciones Judiciales con asiento en las Ciudades de Clorinda (Segunda Circunscripción Judicial) y Las Lomitas (Tercera Circunscripción Judicial), contemplándose a corto plazo la extensión hacia las mismas, previa capacitación de los futuros operadores del sistema en aquellas ciudades y la puesta en marcha de respectivas pruebas piloto, para la adecuación del nuevo sistema a las características particulares de cada región provincial.

PRESENTACION/TEMPORALIDAD El Poder Judicial de la Provincia de Formosa como parte de un ambicioso plan de mejora continua y gestión de cambio, dispone la implementación de un nuevo Sistema de Gestión Penal con aplicaciones más eficientes en la búsqueda de una mayor calidad en el servicio no solo en el acceso de los operadores del sistema interno, sino también para los usuarios externos, partiendo de la premisa de abandonar paulatinamente ritos y formalismos poco eficientes.

El desafío es mejorar la capacidad de respuesta del sistema de justicia ante una demanda creciente de la ciudadanía y publicitar la actividad tribunalicia brindando un mayor acceso a justicia y una mejor comprensión a los protagonistas del conflicto. El proyecto incluye la creación y puesta en funcionamiento de organismos más específicos para la atención especializada de los distintos conflictos según sus características, en cuanto a la mejor atención al ciudadano y acompañado en el Fuero Penal con la implementación de un nuevo Sistema de Gestión Informático, más abarcativo, de alta calidad, funcional y adaptable a las nuevas propuestas y necesidades. Estos factores de cambio han constituido pilares básicos para el logro de objetivos a corto y mediano plazo tanto a nivel administrativo y humano en lo atinente a la búsqueda de resoluciones alternativas, pues todo ello ha contribuido a inspirar una mayor confianza hacia una justicia que pretende por todos sus medios disponibles poner a disposición de los justiciables los recursos disponibles, otorgando de tal modo una mayor seguridad jurídica a quienes a diario concurren a tribunales : 

Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos: a través del Centro de Resolución Alternativa de Conflictos, los Juzgados de Paz de Menor Cuantía y las Delegaciones Vecinales,

se busca resolver controversias no complejas de una forma rápida,

económica y entendible.-

 Programa de Oralidad en el Fuero Penal: Audiencias Orales y Públicas. Se hace propia la idea de abandonar la cultura en la cual lo relevante del proceso es formar un buen expediente, por otra cultura centrada en lograr soluciones adecuadas y en menor tiempo, respetando los derechos y garantías de todas las partes involucradas y mediante un paulatino cambio de mentalidad en los operadores del sistema. Se genera una nueva forma de Política pública sin precedentes en la Provincia de Formosa, destinada a modificar la manera de relacionarnos y cambiar nuestras actitudes

ante los conflictos y reducir drásticamente la tendencia creciente a relaciones problemáticas judicializadas y que ponen en riesgo la seguridad de la ciudadanía e inhiben el desarrollo armónico de todas las facultades de los seres humanos. Una nueva visión de la función judicial, y de los beneficios que ello acarrea a las partes involucradas en un conflicto por su inmediatez y celeridad y al propio

sistema

judicial.

Adquiere

relevancia

la

atención

personalizada de casos. Por primera vez la víctima toma parte del proceso y participa activamente del proceso penal. 

Mesas de Entradas electrónicas: Justicia ágil, accesible y transparente. Uso de correo electrónico en las comunicaciones, publicación en el portal institucional de las decisiones de gobierno y superintendencia, Oficina de Atención al ciudadano y Sistemas de gestión en todos los fueros y en las tres Circunscripciones Judiciales, con una marcada tendencia a conformar el expediente digital en todos los fueros. Innovación constante y mejora en la calidad de los procedimientos y la toma de

decisiones, conducen a una Administración de Justicia operacional e institucionalmente organizada a fin de brindar mayores y mejores servicios a la ciudadanía como parte de un Servicio de Gestión Tribunalicia, con la inmediata y directa información tomada de los propios actores de las disputas como base de las decisiones judiciales y la atención puesta en la adecuada atención a los conflictos y una nueva mirada puesta específicamente en las personas, en sus derechos vulnerados y sus intereses que deberán conducir al logro de acuerdos que sean de cumplimiento real por parte de las partes involucradas. En el nuevo sistema, las personas y las organizaciones interactúan y se arriba prontamente a una transformación en la manera en que éstas se relacionan. Echando mano a nuevas vías para la solución de conflictos se busca conseguir una justicia eficaz, ágil, accesible, transparente y orientada al ciudadano. TEMPORALIDAD

Con éstas directrices institucionales, el presente trabajo trata de reflejar la experiencia exitosa del Poder Judicial de Formosa en la implementación del Programa de Oralidad en el Fuero Penal puesto en marcha el 15 de Junio de 2011 mediante Acuerdo Extraordinario del Superior Tribunal de Justicia de Formosa, con la Oficina de Gestión de Audiencias como punto de referencia en cuanto al cumplimiento de las pautas establecidas para el logro de los objetivos iniciales trazados dentro de del nuevo Plan de Gestión Penal. A un año de iniciar actividades y tras resultados altamente exitosos, el Programa ha dejado de ser un mero proyecto, estableciéndose su carácter definitivo una vez finalizado el llamado Plan Piloto de dos meses, que culminó con estadísticas impensadas en cuanto a la positiva respuesta por parte de la población, a quienes fundamentalmente iba dirigido el plan. Un ochenta por ciento de efectividad habla a todas luces de la necesidad de hacer definitivo el proyecto lográndose un espacio donde todos los que trabajamos en el sistema podemos comunicarnos y, en consecuencia, movilizarnos con sentido hacia un desarrollo humano pleno y la permanente búsqueda de mejores alternativas para dar una mejor respuesta a los justiciables que son el motivo de nuestra tarea. Es así como se otorgó a esta Oficina Judicial responsabilidad de organizar el agendamiento

de Gestión de Audiencias la

y realización de todas las diligencias

necesarias para arribar a las audiencias orales y públicas multipropósito y asimismo, la puesta en funcionamiento y evaluación del Plan de Gestión Penal y Estandarización de plantillas para la toma de decisiones, quedando como precedente en la historia del Poder Judicial de Formosa la concreción de un proyecto amplio y exitoso a partir de un núcleo de aplicación que luego se extendió como consecuencia lógica de los resultados obtenidos, a las demás dependencias del Fuero Penal. La experiencia fue edificante, constructiva… por primera vez la tarea mancomunada de la Dirección de Sistemas Informáticos – Oficina técnica-,

la Oficina de Gestión de

Audiencias – Oficina administrativa- y los Juzgados de Instrucción –Jurisdiccionales- lograron transparencia, respuesta inmediata y certeza en la información, en tiempo real, con la tecnología puesta al servicio del justiciable. La interacción interna es una realidad y no tiene precedentes. Las relaciones humanas internas han dejado de ser meras notificaciones escritas, el contacto verbal se fue concretando con una creciente habilidad, la búsqueda de

soluciones tempranas y los acuerdos de partes se fueron sucediendo con mayor naturalidad a medida que ha transcurrido el tiempo. A diario se gestionan audiencias multipropósito, en las que como su nombre lo indica se ponen sobre la mesa todos los intereses tanto de los ofensores como de las víctimas, ambos presentes por primera vez en un mismo lugar donde todas las personas presentes manifiestan en forma evidente su interés por resolver el conflicto y acordar aquello que resulte más beneficioso para todos. Este ha sido un común denominador en esta primera etapa.

PROBLEMÁTICA A RESOLVER El aumento de la litigiosidad o de problemas de relevancia jurídica que llegan al sistema formal de justicia penal, se ve reflejado en los saturados Juzgados de Instrucción y Correccional del Poder Judicial de Formosa con una tasa de resoluciones definitivas relativamente baja en proporción a la cantidad de casos ingresados y la consiguiente disconformidad del ciudadano con un servicio de justicia que aparecía como lento y burocrático. En términos generales puede observarse que el esfuerzo de todos los funcionarios de los distintos Juzgados por tener al día el tribunal es enorme y sin embargo todo ese despliegue de recursos se ve escasamente reflejado al no generar eficiencia en cuanto a los resultados obtenidos, fácilmente verificable a través de los datos estadísticos publicados trimestral y anualmente por la Oficina de Estadísticas y el constante trajinar de personas interesadas en resolver algún litigio instalado en sede judicial. Las mismas relaciones interpersonales y grupales se tornan estresantes en cualquier oficina judicial -papeles y más papeles forman parte del paisaje laboral cotidiano-, perdiéndose de vista el trabajo como forma sana y segura de vivir y brindar un buen servicio y fundamentalmente, los intereses de las personas que se encuentran involucradas en los mismos. El proceso tradicional, con el expediente escrito y la construcción sistemática del mismo provoca una escasa comunicación con las partes o con algún ente externo, sigue un rígido protocolo de comunicaciones y respuestas escritas formales, lo que muchas veces es una fuente de demora y obstáculo para el avance del proceso y fundamentalmente de la

atención al conflicto en sí. Se desconsidera la Estadística como método de evaluación pues en la gestión del proceso escrito, las “formas” prevalecen sobre los “resultados”. Ahí es cuando se pierde de vista lo humano, el problema, el conflicto y las herramientas para resolverlos. Mucha burocracia. El porcentaje de Expedientes que llegan a juicio es mínimo en relación a la cantidad de causas ingresadas. La carga laboral de los Juzgados de Instrucción y Correccional lleva a concretar un plan de gestión dentro de la misma senda, sin reformas presupuestarias ni edilicias inmediatas, y junto con acciones tendientes a mejorar un desempeño que aparece como insatisfactorio.El tiempo que transcurre en resolverse un caso es un indicador básico para evaluar la capacidad de respuesta del sistema de administración de justicia y en la situación inicial, algunos hechos jamás han llegado a ventilarse debido al gran cúmulo de expedientes en trámite. En esta situación, se produce una inflación del derecho penal que no viene acompañada de una disminución efectiva de la criminalidad, ni de un sentimiento de mayor seguridad subjetiva por parte del ciudadano. La Institución judicial se encuentra saturada por la gran cantidad de causas que en definitiva, coadyuvan a la paralización del sistema en la persecución de las conductas delictivas graves. La forma tradicional en que el sistema judicial administra los litigios, tiende más a formalizar las diligencias que a aportar una solución específica para el tipo de conflicto que se trate. Surge la posibilidad de acortar la duración del proceso penal mediante el sistema de audiencias como herramienta central, con la mirada puesta en una respuesta ágil a la ciudadanía, pero también lograr como parte del cambio, la descompresión laboral de los Juzgados en Turno. Una colaboración mutua que trae resultados positivos no solo a la administración en sí sino a los propios actores del proceso. El endurecimiento de las sanciones y la persecución penal hasta aquí sigue siendo el único cauce que encuentran los ciudadanos para resolver las disputas y para satisfacer la demanda de respuesta ante la comisión de un delito. El castigo al “culpable”, se torna en una auténtica obsesión social y por una parte reconcilia a la colectividad con la idea de justicia, intimida al culpable y al resto de potenciales candidatos y finalmente sacia la sed de

venganza de la comunidad, pero aún así se olvida y deja sin respuesta a quien queda en una situación de mayor vulnerabilidad: la víctima. Los conflictos proliferan en todos los espacios de convivencia y su abordaje con una nueva visión es el objetivo fundamental del Programa, sin más recursos que la voluntad de cambio de todos los operadores del sistema, la utilización correcta de las herramientas de resolución alternativa a los conflictos y fundamentalmente, los ojos puestos en las personas, en el contacto directo con los mismos. La respuesta a un conflicto dada a viva voz en audiencia por el mismo Juez de la causa, ha causado un gran impacto en las personas. Conocer al Juez y su humanidad, escuchar explicaciones sencillas y dadas en lenguaje cotidiano ha tomado por sorpresa a quienes han tenido que participar de estas audiencias. La interacción directa con quienes aún ejerciendo el “poder” han inclinado sus conocimientos a una justicia más humana y soluciones más ajustadas a la gravedad de cada caso. Todo el círculo de personas participantes ha salido de la sala de audiencias con algo ganado en los bolsillos. No es posible estandarizar situaciones: cada hecho es único por la carga personal (posiciones) con la que arriban los involucrados, son escuchados atentamente resguardándose derechos constitucionales como el de la legítima defensa y la asistencia al ofendido por parte de la Fiscalía asignada. En este orden de cosas: El ofensor: Logra una pronta resolución. Aparece la figura de las disculpas a la víctima y tiene la oportunidad de reconocer el impacto del daño causado y responsabilizarse de ello, conoce al Magistrado quien personalmente le explica las condiciones que para cada instituto penal se deben dar. Es asistido por un Defensor. Se le explica todas las alternativas posibles al caso en que se encuentra involucrado. Puede lograr un acuerdo que se ajuste al daño ocasionado en una sola audiencia. La víctima: Por primera vez participa activamente del proceso. Un Fiscal de la causa es designado para que le asista personalmente y logre un acuerdo con el victimario si esto fuera posible. Está presente en la audiencia si así lo desea y conoce el resultado final. Logra el arrepentimiento del victimario. Se construye una solución con su anuencia. Satisface la necesidad de la víctima de sentirse escuchada, acompañada y reparada.

La sociedad: La reparación tiene efectos resocializadores ya que obliga al autor a enfrentarse con las consecuencias del hecho y a asumir legítimos intereses de las víctima. Una pronta respuesta por parte de la justicia es lo que la sociedad entera reclama. La justicia: Se resuelven casos en forma breve, sin trámites burocráticos. Se dispone que podrán ingresar en este programa casos de Flagrancia y aquellos que por su levedad no impliquen la realización de pruebas complementarias que impliquen más de cinco días. Se considera las causas reales del conflicto y las consecuencias del mismo, buscando la fórmula más idónea para satisfacer las necesidades personales de la víctima y del infractor. Se recupera la confianza de la población hacia la justicia. Se resuelven conflictos que en el proceso escrito quizá nunca se llegarían a devanar por la falta de inmediatez. Casos que pasan a conformar las estadísticas de expedientes que han prescripto o quedado reservados ante la imposibilidad material de ser revisados. Incorpora una herramienta útil para la individualización de las respuestas judiciales aumentando así su eficacia.). Aporta un valor añadido a la función reeducadora y resocializadora de la pena privativa de libertad favoreciendo el tratamiento.-

OBJETIVOS Fundamentalmente vencer la creencia o más bien una esperanza en el hecho de que el endurecimiento de las penas y en general, el rigorismo punitivo pueda ser la panacea de todos los problemas de la sociedad. La premisa pasa a ser el reconocimiento voluntario de la existencia del conflicto por parte de la víctima y el infractor. Dicho reconocimiento voluntario de la autoría y la responsabilidad es el punto de partida para la resolución del conflicto. Por otra parte, las necesidades que expresan las víctimas de la mayoría de los delitos que acaban en los tribunales, no tienen relación con la dureza del castigo que se impone al agresor, sino con el restablecimiento de todas las seguridades que estas personas han perdido por el delito. Las necesidades reales de las víctimas no suelen coincidir con las pretensiones procesales. El Programa de Oralidad va tomando forma conforme va progresando y se observan pautas como:

1. Invitar a la completa participación y al consenso. 2. Restaurar lo que ha sido roto, dividido. 3. Buscar completa y directa responsabilidad en cada hecho. 4. Fortalecer a la comunidad para prevenir daños mayores. 5. Buscar el esfuerzo cooperativo de la comunidad y del estado, mediante la transparencia. 6. Buscar la reintegración de la víctima y el ofensor en la comunidad. 7.-Actuar en forma inmediata: en 24 hs. Casos con personas detenidas y dentro de los cinco días hábiles hechos en los que no se ha procedido a la detención de persona alguna.

IMPLEMENTACIÓN: a) Iniciar un proceso de Oralización en nuestra Provincia: La aprobación del Reglamento del Programa de Oralidad en el Fuero Penal y la ratificación del carácter permanente del mismo y de las Oficinas administrativas creadas para su concreción (OGA y UFP) mediante Acordada 2681/11 del Superior Tribunal de Justicia significó un compromiso institucional de parte del Poder Judicial en aras de lograr resultados en cuanto a la duración de los procesos y la calidad de los servicios en el menor tiempo posible. b) Resolución de casos en audiencias orales y públicas: Los casos ingresados al Programa de Oralidad son seleccionados por la Unidad Fiscal constituida a tal efecto y se resolverán a través de mecanismos de resolución temprana. Las decisiones judiciales relevantes serán tomadas por Jueces de Audiencia específicamente designados mediante una agenda digital, en audiencias públicas, contradictorias y orales . Se asegurará la preservación y resguardo de los derechos individuales mediante la asistencia técnica de ofensores por un Defensor Particular u Oficial y de las víctimas/damnificados/ofendidos por un Agente Fiscal quienes los pondrán en conocimiento de las características del proceso, las posibilidades de acuerdo, los alcances del mismo, todo en lenguaje sencillo y tendientes a llegar a la audiencia multipropósito con una propuesta de solución en lo posible temprana, y con acuerdo de partes como primera posibilidad de resolución. La presencia de los mismos en la audiencia es ineludible. Todos

han de tener su posibilidad de plantear sus intereses

relacionados con la disputa.

c)Paulatino abandono del modelo tradicional de escrituración excesivamente formalista (en el cual se procesan los casos judiciales mediante la formación de un expediente escrito, que contiene toda la información que el Juez ha de estudiar para emitir una sentencia) por un sistema más ágil y transparente a través de la utilización de Tecnologías de la Información y un nuevo Sistema de Gestión Penal desarrollado íntegramente por la Dirección de Sistemas del Poder Judicial de Formosa.

ACTORES INVOLUCRADOS: IMPUTADO OFENSOR

JUEZ

CONFLICTO

DENUNCIANTE VICTIMA

(TRATADO EN EL PROGRAMA DE ORALIDAD)

OFENDIDO DAMNIFICADO VICTIMA

DAMNIFI

SOCIEDAD Paz Social

Nos encontramos en presencia de un Programa inserto en el Sistema Judicial, que no aparece como un Centro de Mediación propiamente, sino como un proyecto de mejora continua en el Fuero Penal del Poder Judicial de Formosa-República Argentina. Siendo así, los casos que ingresan a este sistema ya se encuentran judicializados, previo ser clasificados por la Unidad Fiscal del Programa de oralidad, pasan a integrar los casos que dejan de pertenecer al trámite tradicional, escrito que se lleva a cabo en los distintos Juzgados. No obstante ello, es bueno aclarar, que no se ha recurrido a nuevos Magistrados y Funcionarios para semejante despliegue, todo lo contrario tamaña responsabilidad corresponde a los mismos que actúan en el sistema escrito y, gracias a la excelente predisposición y voluntad de cambio lo han hecho posible, han demostrado que la fuerza de querer hacer las cosas mejor, y buscar alternativas a una problemática que era hasta aquí preocupación de todos, cual es la acumulación de casos, muchos de ellos sin siquiera tramitar, que finalmente terminan sin resolución alguna hasta la prescripción de la acción penal. Una vez seleccionados los casos, la Oficina de Gestión de Audiencias realiza un agendamiento pormenorizado de todos los días hábiles del mes, y los Magistrados y Funcionarios que han de intervenir en cada audiencia multipropósito fijada. Y dimos en llamarla así, porque ninguna es igual a la otra, aquí surge a viva voz cada problema, cada disputa, y la escucha activa se convierte en un requisito indispensable para la adecuada comprensión del caso. Humanizar estos casos, que son los particularmente establecidos por la respectiva reglamentación si bien no implica justificar, es entendido de manera tal, que por un lado EL IMPUTADO tome conciencia del daño "real y concreto" causado a una persona (igual que él), asuma su responsabilidad y comprometa su reparación del daño ocasionado. Por otra que LA VICTIMA conozca las motivaciones y el contexto familiar , económico y sociocultural de quien actuó en su perjuicio. La comprensión de la posición del otro permite que ambos rompan con la barrera que impone la distancia, en que por un lado el delincuente solo ve el delito como una infracción a la ley sin comprender el desastre social que su acción provocó en el otro (persona), tendiendo a repetir sus crímenes y la víctima al no entender la condición en que actuó el victimario, solo incrementa su odio y dolor, pidiendo un endurecimiento de las penas (largas y severas). Esta nueva forma de comprender las situaciones problemáticas que llegan al Programa, se atribuye a un importante grupo de Defensores y Fiscales, quienes en forma rotativa asisten a las partes que a diario concurren y les dan todos los informes que les serán de utilidad para la audiencia multipropósito, como también ponen a su consideración las eventuales alternativas de resolución al caso que se investiga. Son las partes hacedoras de los acuerdos, OFENSORES con sus DEFENSORES y VICTIMAS con la asistencia de los FISCALES asignados. Este sistema complementario del Fuero Penal permite entonces que a través del

dialogo ambas partes, sean capaces de modificar la rigidez perceptiva del otro,, por intermedio de "la comprensión real" del contexto de ambos, tendiendo a desaparecer la comisión de los delitos del Imputado y el odio y temor del afectado. También los JUECES cumplen un rol fundamental en el proceso. Aportan además de su sapiencia, la practicidad de la experiencia en la práctica y conocimiento de los casos. Han hecho hasta aquí ambos roles en su propio Juzgado, en el que se tramitan expedientes escritos con sistemas totalmente tradicionales, y este Programa, inserto en el mundo digital, pero no como elemento preponderante sino como un factor de cambio, de generación de celeridad y mejor atención a los justiciables. Sus decisiones son inmediatas, claras, explicadas en lenguaje sencillo, de fácil comprensión. Esto produce un efecto importante en el ofensor, toda vez en estas audiencias se encuentra ante el mismísimo Juez de Audiencias, quien habrá de resolver lo que a derecho se ajuste sobre su situación procesal, no sin antes interrogar a las partes sob re la posibilidad de que hayan arribado a algún tipo de acuerdo. No se evidencian decisiones desde el Poder, todo lo contrario, en reiteradas oportunidades, las explicaciones dadas por el mismo Juez ha dado mejores resultados por su inmediatez, implicando un pronto cumplimiento de los requisitos y pautas por parte del ofensor pues ello representa más bien un compromiso ético realizado en la audiencia…..

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DESARROLLO DEL PROYECTO El Superior Tribunal de Justicia de Formosa, a través del Acuerdo Extraordinario Nº 1 y más tarde con la ratificación mediante Acuerdo 2681/11, dispone el carácter definitivo del PROGRAMA DE ORALIDAD EN EL FUERO PENAL, tras la realización de encuentros y talleres preparatorios y diversos estudios realizados por el equipo de gestión penal local, integrado por Magistrados y Secretarios, funcionarios del Ministerio Público y empleados jerárquicos de los Juzgados de Instrucción y Correccional y las Cámaras Criminales, así como también el recuento de resultados estadísticos obtenidos tras la finalización de un Plan Piloto de dos meses de duración, los que a todas luces resultaron beneficiosos al sistema por sus altos índices de productividad y resolución. Se debió analizar y planificar un sinnúmero de situaciones a fin de poner en funcionamiento el nuevo sistema sin los vicios del sistema tradicional, con una nueva organización de la gestión administrativa cuya base será una eficiente asignación de recursos humanos y materiales existentes para la correcta y mejor atención de los conflictos que ingresen al programa, y, en particular de las partes involucradas en ellos, otorgándose una vital importancia a la atención esmerada y asistencia técnica y personalizada de quienes han de participar a diario de las audiencias multipropósito fijadas. Parte del diseño propuesto ha sido asumir que esta innovación no pretende aún implementar un modelo normativo de justicia penal, sino por el contrario de mejorar el que

existe actualmente en la ley, otorgándole al Programa características de experiencia inédita en todo el Norte Argentino por resultar un Plan de Gestión con la coexistencia de dos estructuras paralelas a saber: SISTEMA ESCRITO: Organización pensada en la construcción de un expediente (Juzgados en turno y Cámaras en lo Criminal y de Apelaciones. SISTEMA ORAL: Producción de audiencias (Programa de Oralidad en el Fuero Penal). El Programa de Oralidad contempla la concreción de audiencias multipropósito orales y públicas en vías de acelerar los términos y obtener soluciones tempranas a diversos conflictos enmarcados dentro de determinados institutos previstos por el Código Procesal Penal de la Provincia. A esos fines se dispone la formación de dos grupos administrativos de trabajo, que llevarán a la práctica los objetivos planteados: UNIDAD FISCAL (UFPP): Integrada por Fiscales de Primera y Segunda Instancia, a quienes corresponde la evaluación y clasificación de casos que serán incluidos en el PROGRAMA a partir de la comunicación policial en formato digital (PARTE PREVENTIVO POLICIAL - PPP) dando cuenta de la denuncia recibida en sede policial, siempre que los mismos aparezcan con características de flagrancia y puedan ser resueltos dentro de las previsiones contenidas por los arts. 499 y ss (INSTRUCCIÓN REDUCIDA), arts. 503 y ss (JUICIO ABREVIADO), art. 303 (SOBRESEIMIENTO) y 76 bis CPA (SUSPENSION DE JUICIO A PRUEBA). OFICINA DE GESTION DE AUDIENCIAS (OGA): A cargo de un responsable y personal administrativo con experiencia en el fuero, para la organización de una agenda de audiencias multipropósito, la designación de Jueces, Fiscales y Defensores de audiencia y el registro digital de las todas las actuaciones y decisiones, que se obtenga como resultado de las mismas con la implementación de notificaciones a través de los medios tecnológicos que han sido proporcionados a tal fin. A través de la organización de audiencias orales y públicas se logra mejorar sustancialmente la calidad de los procedimientos y la toma de decisiones, y fortalecer una vez determinada la naturaleza del conflicto la confianza de las partes en el sistema de justicia. La mirada de los Jueces de Audiencia en su conjunto estará puesta en el logro de un objetivo concreto: realizar audiencias que permitan a las partes presentar sus posiciones, de manera tal que le permitan tomar decisiones de calidad estableciendo los principios de continuidad, oralidad, gratuidad, publicidad e inmediación. No se apuesta por una vía alternativa al proceso penal, sino un cauce complementario, pero siempre incardinado dentro del propio proceso, eso sí, reduciendo al mínimo el ámbito del derecho penal y teniendo siempre en el horizonte la función

reeducadora de las penas privativas de libertad, al ser algo inherente a nuestro estado social y democrático de derecho. Se debe intentar devolver a la comunidad su protagonismo, procurando una efectiva protección y reparación a la víctima, asegurando el derecho a la integración social del infractor Todo esto no solo es más justo, sino también más eficaz, eficiente y mucho más barato. Se advierte una clara diferencia entre la función jurisdiccional y la función de organización y/o administrativa , propia de la Oficina de Audiencias, encargada de preservar el cumplimiento del “fin” sobre la “forma”, en términos de modalidades de solicitud, agendamiento, notificación y convocatoria a las partes-, quedando bajo la exclusiva órbita del Juez de Audiencias escuchar las posiciones y comunicar su decisión y consecuencias jurídicas, y todos los actos posteriores a cargo de la Oficina administrativa (OGA). LA AUDIENCIA MULTIPROPOSITO Todas las decisiones judiciales son tomadas en audiencia oral. Se resuelven cuestiones relacionadas no solo con la situación procesal del imputado sino también otras relacionadas con los intereses de las victimas y/o damnificados, erradicándose la construcción del expediente como forma procesal. La formalización y la burocracia como prácticas habituales desaparecen en este ámbito.

Rápidamente puede observarse

resultados totalmente distintos en cuanto a la resolución de disputas, y particularmente a la satisfacción de aquellos que simplemente han sido escuchados sobre los hechos que previamente fueron denunciados, y las decisiones se toman en su presencia. Es indubitable la resolución del Juez de Audiencia quien con un vocabulario sencillo, define en el mismo acto la situación, sin mayores condiciones que el acuerdo arribado por las partes. Son ellas las que arriban a la audiencia multipropósito con sus posiciones y planteando posibles acuerdos según el caso, pues el propio sistema dota tanto a ofensores como a ofendidos de la protección jurídica necesaria. La interacción positiva con otras dependencias judiciales nos ha permitido el registro digital de todas las audiencias multipropósito, y obtener datos estadísticos en tiempo real. No han quedado dudas de la confianza que la población ha puesto en este sistema. El hecho de que “alguien” del Juzgado se esté comunicando telefónicamente para informarle sobre el caso, y la fijación de una audiencia dentro de un máximo de cinco días a partir de la fecha de

ocurrido el hecho motivo de la disputa, ha generado el reconocimiento de muchas de las personas que han sido convocadas. Si bien es cierto, también se han planteado cuestiones relacionadas a la legalidad de estos procesos de notificación, no es menos cierto que utilizando estos recursos del trato amable, cordial y eficiente, las personas han concurrido en tiempo y forma al tomar conocimiento que el mismo Poder Judicial tenía interés de ayudarles a resolver sus conflictos. Esto se vió reflejado con la presencia del ochenta por ciento de las personas que han sido convocadas, cantidad que se ha mantenido a través del tiempo con pequeñas variaciones, pero que a la postre hablan de la necesidad que tienen las personas de ser atendidas, escuchadas y de saber el fin que ha tenido un hecho recientemente ocurrido. La oficina de Gestión de Audiencias, de la que soy Subjefe ha ido alternando distintos procedimientos no tradicionales que han resultado aceptables y prácticamente indiscutibles en cuanto a su nivel de eficacia, para el logro de un mayor acercamiento a las personas que formarían parte de las distintas audiencias multipropósito fijadas. El inmediato contacto en forma telefónica y sin discriminaciones en cuanto a quienes resultan damnificados u ofensores, mencionándoles el motivo de la intervención de nuestra oficina en el Programa y lo importante que es a nosotros su presencia para solucionar el conflicto. De igual manera con los propios agentes policiales que han colaborado incondicionalmente mediante una excelente relación humana, sin formalismos, a modo de intercambio de beneficios laborales tales como la reducción de diligencias a cumplir por los uniformados a cambio de información detallada y clara en los informes remitidos, interacción que fue un factor preponderante para la consecución de los excelentes resultados obtenidos. En tal sentido, también desaparece la presencia del uniformado a la hora de convocar a las partes, pues una vez que se cuenta con los datos telefónicos de las partes ya no es necesaria su citación policial que más de una vez resulta algo chocante al ser presenciada por otros vecinos del lugar. La ruptura con los ritualismos y formalidades propias del proceso escrito y la notificación de resoluciones judiciales en la misma audiencia ha otorgado credibilidad a las resoluciones adoptadas. Es el mismo Juez quien escucha sus conflictos e intermedia para lograr un eventual acuerdo de partes.

Las resoluciones judiciales realizadas en un lenguaje sencillo propiciará que los involucrados comprendan qué está sucediendo, la decisión que se está tomando, sus fundamentos y consecuencias, en una audiencia que no durará más de treinta minutos, y que además se realizará con la mayor puntualidad posible, detalles que siempre serán controlados por la Oficina de Gestión de Audiencias. Aquí también desaparecen las largas esperas por los pasillos tribunalicios…. Todo un proceso de cambio que, finalmente solo habla de operadores del sistema poseedores de todas las herramientas para mejorar lo existente y otorgar al sistema características únicas y dignas de imitar fundamentalmente en cuanto a lo humano, al trato de la disputa y a la disposición positiva para arribar a resoluciones definitivas mediante el acuerdo de partes, la escucha activa de los ofensores por parte de sus Defensores y de los damnificados o víctima por los Fiscales que les fueron asignados, quienes de ahora en más los atienden personalmente, y muestran su sapiencia y destreza técnica en una audiencia que en el mejor de los casos dejará resuelta definitivamente la situación de todos los actores del proceso.

Audiencias 2do. Semestre 2011

Tipos de Audiencias

Totales

Audiencia Oral Multipropósito Fijada

456

Audiencia Oral Multipropósito Realizada

366

Audiencia Oral Multipropósito Suspendidas

90

LOGROS Se diferencia en todo del proceso tradicional, es un sistema modelo en todo el Norte Argentino. De hecho funcionarios de otras provincias han concurrido a observar los procedimientos que han dejado de ser procesos solamente intelectuales y jurídicos para

ingresar al mundo de lo emocional, de la empatía, de la sinergia, de ponerse en el lugar del otro… Teniendo en cuenta que este proceso de oralidad había sido orientado en un principio más que nada a lograr un descongestionamiento de causas tramitadas ante los Juzgados de Instrucción y Correccional de la Ciudad Capital, prácticamente en forma inmediata la visión del sistema fue tomando un carisma totalmente humano, orientado a la pronta atención de los problemas de la gente como premisa fundamental con un impacto global en cuanto a la amplitud de posibilidades que ha permitido con su vértice en el ser humano y ya no en la acumulación de constancias, de pruebas, de expedientes. Desde mi humilde opinión de mediadora he venido analizando durante este primer año de vigencia del Programa todo el proceso y viendo sus progresos que a mi parecer han sido muy satisfactorios. Podrá decirse quizá, que no es el ámbito propicio para la resolución alternativa de conflictos pues trabajamos a diario con hechos denunciados penalmente. Pero no es menos cierto que en muchos de estos casos, la denuncia formulada en realidad no busca precisamente una persecución o condena penal, sino el reconocimiento por parte del ofensor de la falta cometida, quizá también su pedido de disculpa, y el resarcimiento material si correspondiere. Estos requisitos se fueron cumpliendo sin más, y finalmente las Suspensiones de Juicio a Prueba, Instituto reglamentado por nuestro Código Penal, han sido una forma alternativa de resolución temprana del conflicto. Defensores y Fiscales entraron en una tónica de diálogo que anteriormente era prácticamente inexistente, sus representados han logrado acuerdos establecidos en virtud a sus necesidades. Ofensores disculpándose por su accionar y las víctimas formando parte indispensable por primera vez de un proceso generado con la finalidad de atender sus intereses, sin descuidar los aspectos legales-penales referentes a la situación procesal de los imputados. Me pareció casi mágico al finalizar el año 2011, conocer numéricamente la cantidad de acuerdos logrados durante el último semestre. Pues comparativamente con el proceso tradicional, seis Juzgados Penales de la Circunscripción apenas alcanzaban el diez por ciento de dicho monto y durante un año (el doble de tiempo). Los montos eran asombrosos, pero más aún, el interés que fuimos observando por parte de las partes en hacerse del debido control por parte del Juzgado de Ejecución Penal, que dentro del proceso de ORALIDAD se

obtenían en otros sin que siquiera las partes hayan concurrido al Juzgado, y nadie haya escuchado sus intereses ni les haya explicado sobre como cierta resistencia a la innovación y cambio sobre todo en lo que respecta a los nuevos mecanismos de notificación. Todos estos recursos ya estaban implementados desde antes solo que tomaron una gravitación de importancia con la vigencia de este Programa. A través de charlas y talleres se logró el compromiso de todos los operadores del sistema. Este proceso de transformación en el Poder Judicial de Formosa a través de la gestión ha exigido un inmediato cambio de la ideología de la burocracia. Se han realizado sucesivas evaluaciones para tratar conjuntamente los pormenores del sistema, los objetivos fijados y su nivel de cumplimiento. Se logró la concreción del 80% de las audiencias que fueron programadas. Un hecho penal se ventila en sede judicial en apenas 48 hs. de ocurrido. Este nuevo sistema de oralización tiene todavía mucho por mejorar aunque se reconoce que el cambio cultural propiciado, es “el gran cambio”, y que solo la publicidad de los actos judiciales legitima socialmente el accionar de los operadores judiciales. Un personal judicial se comunica telefónicamente con víctimas e imputados y logra su concurrencia voluntaria a la audiencia multipropósito. Se logran notificaciones por medios no tradicionales (correo electrónico, teléfono, radiograma policial, etc.) y luego las partes son escuchadas personalmente por un Fiscal de la causa o un Defensor especialmente asignado. El papel de la víctima adquiere relevancia cuando no solo es escuchada sino que también participa activamente de la resolución de conflictos. Se inserta a los funcionarios públicos del sistema de justicia en las prácticas de resolución alternativa de conflictos, exigiéndoles no solo idoneidad y probidad en su desempeño sino también la aplicación de todas las herramientas que faciliten y conduzcan a mejores soluciones y con la menor burocracia posible. Se retomó la práctica de la puntualidad. Se terminaron los largos tiempos de espera en los pasillos del Poder Judicial y se viene trabajando en ello fijándose audiencias en plazos no mayores de cada media hora, este sistema no le provoca demoras ni a las partes ni a los operadores del sistema.

Se redujeron los tiempos procesales. La respuesta es inmediata y la transparencia una realidad. Las resoluciones son públicas. El trabajo en equipo, la sinergia, y la excelencia en las comunicaciones son factores preponderantes, toma mayor relevancia no solo el aspecto humano de las partes intervinientes y de quienes resuelven sino de todo el equipo de trabajo, se atiende especialmente la optimización en todos los aspectos de la atención al público, la bondad, la amabilidad son exigidos a diario y forman parte de la convivencia diaria, sin ellos no hubiera sido posible. Estos son nuestros recursos preponderantes y sobre esta base hemos edificado todas nuestras propuestas de trabajo. Resoluciones 2do. Semestre 2011 Tipos de Resoluciones

Criminales Correccionales

Varios

Totales

Suspension de juicio a prueba (fallo)

29

196

0

225

1Instrucción reducida

23

59

0

82

Elevación a Juicio

5

22

0

27

Exclusión del Programa de Oralidad

14

42

5

61

Restitución efectos secuestrados

3

21

0

24

Excarcelación Concedida c/Cuación Juratoria

24

85

0

109

Excarcelación Concedida c/Cuación Real

2

4

0

6

Excarcelación Denegada

0

3

0

3

Exención de Prisión Conce. C/Caución Juratoria

7

55

0

62

Declaración de Reveldía

5

12

0

17

Declaración de incompetencia

0

4

3

7

Resolución de Amparos p/ Usurpación

0

16

3

0

Recurso de Apelación Concedidos

0

1

0

1

OBSERVACIÓN:

Las Resoluciones de Suspensión del Juicio A PRUEBA son las que se dictaron en virtud a los

acuerdos de parte arribados en el 2do. Semestre de 2011. Véase la superioridad numérica con relación a otros tipos de resolución.

CONCLUSIONES Me han confiado ejercer funciones como Subjefe de una oficina administrativa que probablemente no hubiera sido más que eso si antes no hubiera tenido la posibilidad de conocer las herramientas, características y sobre todo, beneficios de la mediación. Participé de mi primera formación de Mediadores durante el año 2010. Hasta ese entonces pensaba muy limitadamente que ya había conocido todo lo concerniente a mi trabajo, a la optimización de tareas, atención al público, resolución de causas, asignación de trabajos y todo aquello que hace a la labor cotidiana de cualquier oficina administrativa, aún cuando durante mucho tiempo mi tarea fue de Delegada de Libertad Vigilada de un Juzgado de Menores y el contacto con esa problemática, las diferencias sociales, las carencias y excesos cometidos en perjuicios de menores de edad fueron una formación en vivo, en el medio donde se producen los conflictos, en los lugares donde tanta falta hacían agentes pacificadores. HUMANITA ASOCIACION CIVIL a través de su fundadora, Celia Beatríz Susana Cabral una trabajadora social de estirpe de la Provincia de Entre Ríos-República Argentina, me abrió sus puertas para darme todas las herramientas necesarias para aprender a coexistir pacíficamente con el mundo que me rodea. Que la mediación no es solo una cuestión laboral sino una forma de vida, una forma de alcanzar y caminar hacia la paz que tanto necesitamos. A darme cuenta que preguntando y repreguntando, haciendo preguntas circulares o simplemente poniéndome en los zapatos del otro y lograr más y mejores cosas. Que no estaba en mis manos solucionar los conflictos sino encaminar a las partes para empoderarlas y que ellas mismas encuentren la solución a sus disputas, a ver las cosas de otra manera, con una nueva perspectiva. Los principios y los valores de la mediación convertidos en práctica cotidiana abren nuevos horizontes en las relaciones humanas eso es concreto, es algo real y doy fe de ello, los resultados de mi trabajo y de la gente que participa del proyecto, algunos en mayor o en menor proporción están a la vista. El sistema se fortalece mediante la construcción de bases más sólidas. Instituciones con una mayor apertura, en las que la paz debe ser una forma de vida. Las virtudes como la concordia, la bondad, la generosidad y la prudencia convertidas en

factores indispensables para el crecimiento de las relaciones y el fortalecimiento de un camino tendiente a una sociedad solidaria y pacífica. Cada quien construye la paz desde su pequeño o gran lugar. Mucha gente pequeña, haciendo pequeñas cosas puede lograr grandes cosas, y es lo que intentamos hacer desde nuestro humilde lugar en el mundo. Es necesario que haya pacificación en todos lados, esa es la base para una paz más duradera. Hogares, escuelas, vecindarios donde la convivencia positiva sea la única forma de vida posible, donde los conflictos se resuelvan pacíficamente y no más guerras, ni violencia; LA MEDIACION ES EL INSTRUMENTO IDEAL DE PACIFICACION, nada mejor inventado, nada más específico, nada más eficiente. La mejor estrategia para producir cambios de cultura, para deshechar el fuego de la guerra. Caminando así, sin fronteras, en la constante búsqueda de nuevos medios para alcanzar una cultura de paz en el medio donde convivimos, esto contribuye a agilizar procesos, a descongestionar sistemas colmados de burocracia, de deshumanización. Quienes conocen las herramientas de la mediación valoran esta inserción de la víctima como partícipe principal en su propio conflicto, logrando entender mediante el buen trato, la adecuada asistencia, la protección de un sistema que hasta aquí le resultaba hostil no solo su situación sino también la del infractor que le ha causado algún daño obligándole a recurrir a medios judiciales. Los alcances de la resolución a la que se arriba es el producto de un acuerdo con el mismo, siendo este un paso de vital importancia para la sanación de sus “heridas” que no siempre tienen que ver con una sanción persecutoria o de seguridad contra el ofensor, sino más bien, con la disculpa pública y el resarcimiento del daño causado, en muchos casos simplemente por el reconocimiento del daño causado. Obviamente esto no podría conseguirse sin un acuerdo de partes al que sólo se podrá arribar mediante el trabajo minucioso, cooperativo y de excelencia de los operadores asignados con una fuerte orientación hacia la escucha y el diálogo, siendo esto central para cualquier proceso. Así obtenidos los acuerdos, de algún modo se repara el daño y lo que es más importante, aquellos operan preventivamente para aminorar la posibilidad de aparición de

otros conflictos de índole similar en el futuro, sin perjuicio de que la vía penal se mantenga abierta. El nivel de cumplimiento de los acuerdos es más alto que el de un proceso ordinario, cualquiera que este fuere. El porqué, vendría dado por el hecho de que, son las propias partes las que fijan de forma totalmente voluntaria estos compromisos de futuro, no siéndoles impuesto por una persona externa a ellos, aún cuando la decisión final por encontrarse dentro del sistema judicial, es con estricto apego a la norma jurídica. Este programa de continuar con el ritmo creciente que se prevé, ha de dar por tierra el concepto de que la impartición de justicia no es pronta y que los juicios se prolongan por años. Los pasos están dados, será cuestión de mantener viva esta misión que nos hemos propuesto, de mejor acceso a justicia, mediante la práctica y utilización de las herramientas que nos conducirán a ello, y que solo la mediación puede brindarnos. La intervención protagónica de los mediadores en medios como estos es para descubrir las necesidades que se pretender satisfacer, los verdaderos motivos de una situación conflictiva. El mediador es un hacedor de paz, un constructor de recursos para la obtención pacífica de soluciones. Trabajar desde la empatía es sinónimo de sensibilidad social, y sin ello no sería posible obtener resultados. La humanización de las relaciones y el buscar salidas alternativas deben ser la forma de alcanzar soluciones globales que beneficien a todos, olvidar el ser individual que crece sin importar el medio que lo rodea y observar sus carencias. y despertar una nueva forma de vida en que las soluciones las hallamos entre todos y cada quien previo de emitir un juicio con respecto a su prójimo, antes tan solo se pone en sus zapatos y vé cuanto puede caminar con ellos.-

Fátima María del Carmen Gutiérrez Jefe de División Subjefe Oficina de Gestión de Audiencias Poder Judicial de la Provincia de Formosa República Argentina [email protected] (Personal) www.jusformosa.gob.ar [email protected] (Institucional)

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