UNE-EN Vehículos contra incendios y de servicios. auxiliares. Parte 1: Terminología y definiciones

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Author:  Ana Montero Casado

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realizara por los aspirantes durante los 5 días naturales siguientes a la publicación de la puntuación de cada prueba o ejercicio y será el Tribunal el que decida sobre las mismas en la siguiente sesión, reseñándolo en la correspondiente acta. Anexo Legislación Tema 1. La Constitución Española de 1978. Tema 2. La Comunidad Valenciana. Su Estatuto. Tema 3. Régimen Jurídico de personal al servicio de la Administración Local. Derechos y deberes de los funcionarios. Tema 4. Estatutos del Consorcio Provincial para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Alicante. Comunicaciones Tema 5. Conceptos básicos de onda electromagnética: frecuencia, amplitud y longitud de onda. Tema 6. Introducción a las radiocomunicaciones: bandas de frecuencia, configuración de redes, cobertura, canal, estación repetidora y equipos. Estructura de un mensaje. Código ICAO. Tema 7. Centros de Coordinación de Emergencias: definición, funciones y sistema de comunicaciones. Tema 8. Funciones del operador. Recogida de datos relativos a un siniestro. Temas específicos Tema 9. Siniestros. Clases y protocolos de actuación. Tipos de fuego. Tema 10. Recursos del Consorcio Provincial de Bomberos: tipos de vehículo, personal, transmisiones e instalaciones. Tema 11. Conocimiento de la Provincia: orografía, toponimia y poblaciones por área operativa. Tema 12. Recursos forestales. Planes de emergencia Tema 13. Plan Territorial de Emergencia. Tema 14. Procedimiento Marco. Tema 15. Plan Especial ante el riesgo en MMPP. Tema 16. Plan Especial ante el riesgo de Incendios Forestales. Tema 17. Plan Especial ante el riesgo de Inundaciones. Tema 18. Plan Especial ante el riesgo de accidentes en empresas de riesgo químico. Tema 19. Plan Especial ante el riesgo sísmico. Tema 20. Procedimiento ante el riesgo de Nevadas.» Alicante, 21 de agosto de 2006 El Presidente-Delegado, Francisco Javier Castañer Mollá. La Secretaria, Mª Rosario Martín Zúñiga *0622008*

ANUNCIO Por Resolución del señor Presidente-Delegado del Consorcio Provincial, de fecha 17 de agosto de 2006, se dispuso la Convocatoria de oposición para la provisión de dos plazas de técnico medio para el Servicio de Prevención Propio, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Consorcio Provincial para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Alicante, conforme a las Bases aprobadas por la Junta Rectora del mismo, en sesión de fecha 6 de julio de 2005. Las plazas se encuentran incluidas en la Oferta de Empleo Público de este año 2006, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 195, de 16 de agosto de 2006: «Primera.- Naturaleza y características de la plaza objeto de la convocatoria y sistema selectivo. I. Es objeto de la presente convocatoria, de conformidad con lo previsto en los artículos 91 y 102 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la provisión de 2 plazas de Técnico Medio, reservadas a Personal Funcionario vacantes en la plantilla del Consorcio Provincial para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Alicante, e incluidas en la Oferta de Empleo Público para el año 2006. II. Las plazas objeto de la convocatoria, pertenecen a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, correspondiente al Grupo de Titulación

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«B» y Denominación «Técnico Medio/Base» con destino al Servicio de Prevención Propio del Consorcio. Y se encuentran dotadas con los emolumentos correspondientes a dicho grupo, de conformidad con la Relación de Puestos de Trabajo de este Consorcio Provincial. III. El sistema selectivo será el de Oposición Libre y se desarrollará conforme a lo previsto en la Base Sexta. Segunda.- Requisitos de los aspirantes. Para tomar parte en esta prueba los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la Toma de Posesión: 1. Tener la nacionalidad española. 2. Tener cumplidos 18 años. 3. Estar en posesión del título de ingeniero técnico, diplomado universitario, arquitecto técnico, formación profesional de tercer grado o equivalente, y tener las tres especialidades de prevención siguientes, - Seguridad en el trabajo - Higiene industrial - Ergonomía y sicosociología aplicada 4. No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el normal ejercicio de las funciones propias de su Escala y Categoría. 5. No haber sido separado en virtud de expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas. 6. No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. 7. No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica señaladas por la legislación vigente, que sean de aplicación a los funcionarios y al personal interino. 8. Estar en posesión del permiso de conducir de la categoría B. Tercera.- Solicitudes. I. Las solicitudes para tomar parte en la Oposición se presentarán dirigidas al señor Presidente-Delegado del Consorcio Provincial, según modelo que será suministrado en el Departamento de Recursos Humanos de éste, en la que se manifestará que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la admisión de tales solicitudes. En dicha instancia además se deberá manifestar el compromiso de prestar el juramento o promesa establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril. En el supuesto de que no se indique expresamente con la solicitud que se desean realizar las pruebas en valenciano, se entenderá que se realizarán en castellano. II. Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en extracto en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado; en estos extractos, además de los insertos precisos se avisará de que en el Boletín Oficial de la Provincia se publicará la resolución aprobatoria de las listas de admitidos y excluidos, así como la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la Fase de Oposición. III. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar del siguiente al de la publicación del anuncio-extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Y si el último día fuera sábado, domingo o festivo se prorrogará al primer día siguiente hábil. Las solicitudes y demás documentación se presentarán en el Registro General del Consorcio Provincial (Parque de Brigada de Bomberos, autovía A-77 Km. 1 (Rotonda Bomberos), 03690-San Vicente del Raspeig), de lunes a viernes y de 9.00 a 14.00 horas, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los aspirantes deberán abonar en concepto de tasa por concurrencia a pruebas selectivas la cantidad de 18€, que será devuelta si no fuesen admitido. V. Los efectos administrativos de la convocatoria se producirán desde la fecha del Boletín Oficial del Estado en que se publique el anuncio-extracto referido en el apartado III anterior.

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Cuarta.- Admisión de aspirantes. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, respecto a los requisitos generales de los aspirantes (señalados en la Base Segunda) bastará la declaración de reunir los mismos en el momento de presentar la solicitud. Y deberán ser acreditados, en el plazo de 20 días naturales siguientes a la publicación de la Relación Provisional de Aprobados de la Oposición a que se refiere la Base Novena de las de la Convocatoria. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia del Consorcio Provincial dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de admitidos y excluidos, que se harán públicas en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Consorcio Provincial. Los aspirantes podrán, en el caso de error o exclusión, subsanar los defectos en que hayan incurrido en su solicitud, o realizar las alegaciones que tengan por conveniente en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Transcurrido el plazo anterior, vistas las alegaciones y subsanados los defectos, si procediera, se dictará Resolución con la lista definitiva de admitidos a la realización de las pruebas que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante y en el Tablón de Anuncios del Consorcio Provincial. No obstante, si no se produjese reclamación o alegación alguna, la Resolución Provisional devendrá en definitiva automáticamente. En la resolución mediante la que se haga pública la lista de admitidos a la realización de las pruebas, se establecerá, con al menos 15 días hábiles de antelación, la fecha, el lugar de celebración y la hora de comienzo del primer ejercicio de la Fase de Oposición. Quinta.- Tribunal Calificador. I. El Tribunal Calificador de la presente Oposición será nombrado, mediante Resolución de la Presidencia del Consorcio Provincial, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y estará integrado por: Presidente: el Ilmo. señor Presidente del Consorcio Provincial o miembro de su Junta Rectora que designe. Secretario: el Secretario del Consorcio Provincial o funcionario en quien delegue Vocales: un Técnico experto designado por la Presidencia del Consorcio Provincial. Un representante de la Generalidad Valenciana. Dos funcionarios del Consorcio adscritos al servicio de extinción de incendios designados por la Presidencia del mismo. Un funcionario del Consorcio en representación de los funcionarios del mismo, a propuesta de la Junta de Personal, que deberá poseer una titulación igual o superior a la exigida para el ingreso en el cuerpo o escala de que se trata. La designación de los miembros del Tribunal, que incluirá la de los respectivos suplentes, se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de anuncios del Consorcio Provincial. Todos sus miembros tendrán voz y voto. II. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de cuatro de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, y estará facultado para resolver cualquier duda o incidente que pudiera surgir durante la celebración de la oposición, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de la misma. Entre tales facultades se incluyen las de descalificar a los aspirantes, eliminándolos de la posibilidad de ser puntuados, cuando vulneren las leyes o las bases de la convocatoria o su comportamiento suponga un abuso o fraude (falsificar ejercicios, copiar, doparse, ofender al Tribunal, etc). III. En cada reunión del Tribunal pueden participar los miembros titulares, y en su ausencia, los suplentes, pero no podrán sustituirse entre sí en una misma reunión.

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Si una vez constituido el Tribunal e iniciada la reunión se ausentare el Presidente, éste designará de entre los vocales concurrentes el que le sustituya durante su ausencia. IV. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal, sea cual fuere el lugar de celebración de las pruebas selectivas, tendrá su sede en las Oficinas Centrales del Consorcio Provincial sitas en el Parque de Brigada de Bomberos, Autovía A-77, Km. 1, Rotonda de Bomberos en San Vicente del Raspeig. V. Para la realización de las pruebas, la Presidencia del Tribunal podrá designar los colaboradores, ayudantes y asesores especialistas que estime oportunos. Los asesores tendrán voz pero no voto y se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el Tribunal. VI. Los miembros del Tribunal, así como los asesores especialistas, deberán abstenerse y podrán ser recusados por los interesados cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, deberán abstenerse aquellos que hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes en los cinco años anteriores a la publicación de esta Convocatoria. VII. Los miembros del Tribunal, así como los colaboradores, ayudantes y asesores especialistas que concurran a sus sesiones, percibirán indemnizaciones por asistencias y, cuando proceda, por dietas y gastos de viaje, en las cuantías establecidas en la legislación vigente en el momento de los devengos. Las indemnizaciones de los colaboradores, ayudantes y asesores serán las mismas que las de los vocales. A estos efectos, el Tribunal tendrá la categoría segunda de las previstas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Sexta.- Procedimiento de selección y desarrollo de las pruebas selectivas. 1.- Procedimiento de selección: El procedimiento de selección es el de Oposición Libre y constará de las dos siguientes fases explicitadas en las bases séptima y octava: 1ª Fase: oposición. Estará integrada por dos ejercicios obligatorios y eliminatorios: Primer ejercicio (Teórico): consistirá en contestar por escrito las preguntas que formule el Tribunal. Segundo ejercicio (Práctico): consistirá en resolver por escrito el o los supuestos prácticos sobre materias relacionadas con los temas que figuran en el temario anexo de estas Bases. 2ª Fase: valoración de los conocimientos de valenciano. Consiste en valorar dichos conocimientos, conforme a las normas que figuran en la Base Octava. 2.- Publicidad de las listas y fases de la oposición: I. Al finalizar cada uno de los ejercicios o pruebas el Tribunal publicará en el lugar de realización y en la Sede del Consorcio Provincial, las relaciones de aspirantes ordenados de mayor a menor puntuación, incluyendo en su caso la convocatoria al siguiente ejercicio para los aprobados. II. Puntuación de la Oposición. La puntuación de la Oposición, estará constituida por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la misma, y para su constancia se confeccionará una Relación Provisional de Aspirantes Aprobados, ordenada de mayor a menor puntuación, que se interrumpirá cuando el número de aspirantes incluidos en ella coincida con el número de plazas convocadas para la Oposición. También se publicará la lista completa de los examinandos con su calificación ordenados de mayor a menor puntuación, para conocimiento y publicidad general de los resultados. En la Relación Provisional de Aprobados se emplazará a los aspirantes para que se personen a realizar el Reconocimiento Médico y presenten la documentación original acreditativa del cumplimiento de los requisitos generales exigidos por esta convocatoria, que determinarán su aptitud o no aptitud definitiva.

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III. Empate de puntuaciones. En caso de empate entre los aspirantes, el orden de los mismos se establecerá conforme a las siguientes reglas: a) En primer lugar, en favor de quien tuviera mejor puntuación en el segundo ejercicio (práctico) de la Oposición. b) En segundo lugar, a favor de quien tuviera mejor puntuación en el primer ejercicio (teórico) de la Oposición. c) De persistir el empate, se propondrá al aspirante de mayor de edad. 3.- Desarrollo de las pruebas selectivas. I. Por la resolución de la Presidencia a que se refiere la Base Cuarta y que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se anunciará asimismo el día, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la Oposición, con una antelación y plazo no inferior a 15 días hábiles. II. El comienzo de los restantes ejercicios se anunciará solo en el tablón de anuncios del Consorcio Provincial y en el local en que se haya celebrado el precedente, con una antelación mínima de 24 horas. Si se tratase de una sesión del mismo ejercicio la antelación mínima será de 12 horas. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales. No obstante, se podrán reducir los plazos indicados en el párrafo anterior si lo propusiera el Tribunal y aceptaran todos los aspirantes o fuera solicitado por éstos unánimemente. III. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan. Los aspirantes quedarán decaídos en todos sus derechos, cuando se personen en los lugares de celebración ya iniciadas las pruebas o por la inasistencia a las mismas, aún cuando se deba a causas justificadas. Tratándose de pruebas orales u otras de carácter individual y sucesivo, el Tribunal podrá apreciar las causas alegadas y admitir al aspirante, siempre y cuando las mismas no hayan finalizado y dicha admisión no menoscabe el principio de igualdad con el resto del personal. Los aspirantes deberán acreditar en cualquier momento ante el Tribunal su personalidad mediante la presentación del D.N.I. o documento equivalente para los nacionales de otros estados a que hace referencia la base segunda o del resguardo con fotografía del pasaporte o del permiso de conducir, sin que para este efecto sean válidas las fotocopias compulsadas de dichos documentos. IV. El orden de actuación de los opositores en los ejercicios que no pudieran actuar conjuntamente, vendrá determinado por orden alfabético, iniciándose por el opositor cuyo primer apellido empiece por la letra «F», que resultó en el sorteo celebrado por la Secretaría General para la Administración Pública en fecha 10 de enero de 2005 y publicado en el Boletín Oficial del Estado, número 14, de fecha 17 de enero de 2005, al que se ha adherido este Consorcio por Resolución de fecha 28 de enero de 2005. Séptima.- Desarrollo de la Oposición. La Oposición estará integrada por los dos ejercicios obligatorios y eliminatorios que a continuación se detallan: Primer ejercicio de carácter teórico. I. Desarrollo: Consistirá en contestar por escrito a las preguntas que formule el Tribunal sobre los temas que figuran en el temario anexo de estas Bases. El tiempo de realización de este ejercicio no podrá exceder de tres horas. II. Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. Segundo ejercicio de carácter práctico. I. Desarrollo: Consistirá en resolver por escrito el o los supuestos prácticos sobre materias relacionadas con los temas que figuran en el temario anexo de estas Bases, específicamente relacionados con las funciones propias de la plaza de Técnico Medio, con destino al Servicio de Prevención Propio.

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El tiempo de realización de este ejercicio no podrá exceder de tres horas. II. Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo. Octava.- Valoración de los conocimiento de Valenciano. A los aspirantes que superen las pruebas selectivas con plaza, el Tribunal sumará, a la calificación final obtenida en aquella, la siguiente puntuación, según el «Certificat de Coneixements del Valencià» que los aspirantes aprobados hayan acreditado poseer, a los efectos de determinar el orden en que quedarán definitivamente en el procedimiento selectivo, puntuándose únicamente el de mayor cualificación: - Certificat de Grau Superior del Valencià; 4 - Certificat de Grau Mitjá del Valencià; 3 - Certificat de Grau Elemental del Valencià; 2 - Certificat de Coneixements orals del Valencià; 1 A dichos aspirantes se les emplazará para que en el plazo de 5 días naturales presenten original y copia del «Certificat» acreditativo de los conocimientos de valenciano, para su puntuación. Novena.- Reconocimiento médico y presentación de documentos. I. Reconocimiento médico. Los aspirantes que figuren en la relación donde se contendrá la puntuación final de los mismos en la Oposición, pasarán reconocimiento médico en el lugar y fecha que oportunamente se les comunicará, para acreditar si padecen o no enfermedad o defecto físico que les impida realizar las funciones propias del puesto de trabajo. Si no comparecieran al reconocimiento médico o no fueran declarados apto en el mismo, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones. Siendo llamado a reconocimiento médico en su caso el aspirante siguiente con mayor puntuación. II. Presentación de documentos. En el plazo de 20 días naturales a contar de la publicación por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Relación Provisional de Aprobados de la Oposición los aspirantes propuestos deberán presentar en la Sección de Recursos Humanos del Consorcio Provincial los documentos originales acreditativos de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, a saber: 1) Fotocopia del documento nacional de identidad, acompañada del original para su compulsa. 2) Copia autenticada o fotocopia, acompañada del original para su compulsa, del título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o de Formación Profesional de tercer grado o equivalente, (así como la certificación acreditativa del Curso de Técnico de Prevención de Riesgos Laborales, Nivel Superior, en cada una de las tres especialidades exigidas en la Base Segunda, expedidos de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente), o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuviesen expedidos después de la fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias, deberá justificarse el momento en que se concluyeron los estudios. En el caso de presentar título equivalente al exigido, el interesado deberá acompañar certificación expedida por organismo competente que acredite la equivalencia. 3) Fotocopia del permiso de conducir, acompañada del original para su compulsa. 4) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, así como de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad señaladas en la legislación vigente. 5) Certificado del Ministerio de Justicia en la que se acredite no hallarse cumpliendo pena de inhabilitación. El aspirante que tenga la condición legal de minusválido deberá presentar, además, certificación de la Dirección Territorial de Bienestar Social de Alicante, de la Consellería de Bienestar Social, ó de otro Organismo con igual competencia en la materia que acredite tal condición y su capacidad para desempeñar las tareas que corresponda a la plaza objeto de esta Convocatoria.

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III. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial. IV. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos ó contratados en régimen laboral por Organismos Públicos, estarán exentos de justificar las condiciones y los requisitos exigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento, por lo que tendrán que presentar, únicamente, el certificado del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que depende, justificativo de su condición, de que cumplen las condiciones y requisitos señalados en la Base Segunda, sin perjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen y no consten en su expediente personal. Décima.- Nombramiento y toma de posesión. Acreditados los requisitos en el plazo previsto en la Base anterior, se procederá al nombramiento definitivo del aspirante por la Presidencia de la Entidad, debiendo el interesado tomar posesión de su cargo en plazo reglamentario. Si no lo hiciera, sin causa justificada, decaerá en su derecho por caducidad del nombramiento. Undécima.- Incompatibilidades y normativa supletoria. I. Los aspirantes propuestos quedarán sujetos al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/ 1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y demás normativa aplicable concordante con el particular. II. En todo lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo previsto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana, aprobado por Decreto Legislativo de 24 de octubre de 1995; Decreto número 33/ 1999, de 9 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el reglamento de selección, provisión de puestos de trabajo y carrera administrativa del personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, aprobatorio del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y Real Decreto 364/ 1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y demás disposiciones aplicables y concordantes. Duodécima.- Recursos y Alegaciones. I. Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, que agotan la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el articulo 109 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Previamente podrá interponerse en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Consorcio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna. Ante las actuaciones del tribunal, podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el articulo 114 de la ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de

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enero, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la Presidencia del Consorcio como órgano competente para resolverlo. II. La alegación, sugerencia, reclamación ó petición de revisión sobre la puntuación otorgada por el Tribunal u otra circunstancia relativa al desenvolvimiento de las pruebas se realizara por los aspirantes durante los 5 días naturales siguientes a la publicación de la puntuación de cada prueba ó ejercicio y será el Tribunal el que decida sobre las mismas en la siguiente sesión, reseñándolo en la correspondiente acta. Anexo Temario genérico Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Tema 2. La Corona. El Gobierno. Las Cortes Generales. Tema 3. La Comunidad Valenciana: su Estatuto de Autonomía. La Generalidad Valenciana: las Cortes Valencianas, el Presidente y el Consell. Tema 4. La Provincia: Organización y competencia. Tema 5. El Municipio: Organización y competencia. Tema 6. El Personal al Servicio de la Administración Pública. Clases de personal. Selección y Provisión. Situaciones administrativas del personal. Tema 7. Los bienes de las entidades locales. Especial consideración del inventario de bienes y derechos. Tema 8. Los presupuestos locales. Tema 9. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Tema 10. La Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de extinción de incendios del Consorcio Provincial de Alicante. Tema 11. Los Consorcios como Instrumentos de Gestión de los Servicios Locales: Justificación y regulación. Naturaleza Jurídica y concepto. Tema 12. El Consorcio Provincial para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Alicante. Idea general de sus Estatutos. Temario específico Tema 1. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. Tema 2.- El Reglamento de los Servicios de Prevención. (Real Decreto 39/1997) Tema 3.- Factores de riesgo y medidas preventivas, asociados a la actividad del bombero en los parques e intervenciones. Tema 4.- Aparatos a presión. Consideraciones generales. Calderas. Instalaciones de aire comprimido. Depósitos y botellas de gases a presión. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos. Normativa. Tema 5.- Electricidad en baja y alta tensión. Riesgos y protecciones. Distancias de seguridad. Normativa. RD 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. UNE 20572-1:1997 «Efectos de la corriente sobre el hombre y los animales domésticos». UNE 20460-4-41:1998 «Instalaciones eléctricas en edificios. Parte 4: protección para garantizar la seguridad. Capitulo 41: Protección contra choques eléctricos». Tema 6.- Herramientas manuales. Movimiento mecánico de materiales. Cuerdas, cables, cadenas, eslingas y aparejos. Aparatos de tracción mediante cables. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos. Tema 7.- Seguridad contra incendios. Conceptos básicos de física y química relacionados con el fuego y los combustibles. Humos y gases de la combustión. Mecanismos de extinción y agentes extintores. Evolución de un incendio de interior, el flash over, el back daft. Las explosiones: deflagración, detonación, la bleve. Tema 8.- Prevención contra incendios. Protección pasiva: reacción y resistencia al fuego. Compartimentación:

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sectores de incendio, puertas cortafuegos. Recorrido del humo dentro de una edificación, efecto seta, control de humos. Evacuación. Señalización. Tema 9.- Sistemas e instalaciones de protección contra incendios. Detección y alarma. Extintores. Abastecimientos de agua contra incendios ABA. Sistemas de mangueras: bocas de incendio equipadas; hidrantes; columna seca. Sistemas fijos de extinción: rociadores automáticos; CO2 ; espuma; sistemas limpios. Tema 10.- Reglamentación y normativa contra incendios. Norma básica de la edificación NBE CPI-96. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Reglamento de Seguridad contra incendios en establecimientos industriales. Ordenanzas municipales. Reglamentación de seguridad industrial. Normas UNE CEN. Reglas y códigos. Tema 11.- Evaluación del riesgo de incendio. Investigación del origen y causas de incendio. Tema 12.- Plan de Autoprotección. Tema 13.- Lugares de trabajo. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos. Normativa. RD 486/1997, de 14 de abril. Tema 14.- Requisitos esenciales de seguridad y salud aplicables a las máquinas. Conceptos básicos. Principios generales para el diseño y la evaluación del riesgo. Normativa RD 1435/92 de 27 de noviembre. Reglamento de seguridad de máquinas yRD 56/1995 UNE-EN 1050: 1997 «Seguridad de las máquinas. Principios para la evaluación del riesgo. UNE-EN 292-1: 1993 «Seguridad de las máquinas. Conceptos básicos. Principios generales para el diseño. Parte1: terminología básica, metodología. UNE-EN 292-2:1993 «Seguridad de las máquinas. Conceptos básicos. Principios generales para el diseño. Parte 2: principios y especificaciones técnicas». UNE-EN 60204-1: 1995 «Seguridad de las máquinas. Equipo eléctrico de las máquinas. Parte 1: Requisitos generales (CEI 204-1:1992, modificada). Tema 15.- Equipos de trabajo. RD 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de los trabajadores de los equipos de trabajo. Tema 16.- Herramientas manuales. Movimiento mecánico de materiales. Aparatos de tracción mediante cables. Cuerdas, cables, cadenas, eslingas y aparejos. Máquinas portátiles de herramienta rotativa y percusión. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos. Tema 17.- Equipos de excarcelación hidráulicos de doble acción para uso de los servicios de bomberos y rescate. Requisitos de seguridad y rendimiento. Norma EN 13204:2004 Tema 18.- Las bombas contraincendios con cebador. Requisitos generales de seguridad. Verificación. Normas: EN 10028-1:2002 y EN 10028-2:2002. EN 10028-1:2002 Bombas contraincendios. Bombas contraincendios con cebador. Parte 1: Clasificación. Requisitos generales de seguridad. EN 10028-2:2002.- Bombas contraincendios. Bombas contraincendios con cebador. Parte 2:Verificación de los requisitos generales de seguridad. Tema 19.- Los vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Terminología y definiciones. Especificaciones, seguridad y prestaciones. Equipos instalados permanentemente, seguridad y prestaciones. Símbolos para los mandos del operador y otros avisos. UNE-EN 1846-1 Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 1: Terminología y definiciones. UNE-EN 1846-2 Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 2: Especificaciones, seguridad y prestaciones. UNE-EN 1846-3 Vehículos contra incendios y de servicios auxiliares. Parte 3: Equipos instalados permanentemente. Seguridad y prestaciones. ISO/DIS 10085:2000: Vehículos de lucha contra incendios y equipamiento. Símbolos para los mandos del operador y otros avisos.

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Tema 20.- Sustancias químicas peligrosas: manipulación y almacenamiento. Siniestralidad de origen químico. Causas. Clasificación. Riesgo intrínseco. Manipulación y almacenamiento de sustancias peligrosas. Prevención de cargas electrostáticas en transvases de líquidos inflamables. Tema 21.- Transporte de mercancías peligrosas por carretera. Tema 22.- Accidentes de Trabajo. Análisis estadístico, investigación, notificación y registro. Tema 23.- Comunicación de riesgos. Inspecciones de seguridad. Tema 24.- Equipos de protección individual EPI. Comercialización (RD 1407/1992). Utilización (RD 773/1997). Tema 25.- EPI utilizados en las intervenciones propias del servicio de bomberos en el ámbito urbano y forestal. Normativas en aplicables. Tema 26.- EPI frente a riesgos químico. Guante de protección. Traje de protección estanco a líquidos. Traje de protección estanco a gases. Normativas EN aplicables. Tema 27.- Equipos de protección respiratoria utilizados en las intervenciones propias del servicio de bomberos en el ámbito urbano y forestal. Normas EN aplicables. Tema 28.- Reglamento de seguridad en actividades sub-acuáticas. Tema 29.- Identificación y evaluación de riesgos. El proceso de gestión del riesgo. Listas de chequeo. La evaluación de riesgo en la reglamentación española. Tipos de evaluaciones. método del INST; método Fine; otros métodos. Control de riesgos. Tema 30.- Normalización y señalización. Conceptos generales. Clases de señalización. Normativa: «Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo». Tema 31.- Higiene Industrial. Principios básicos. Toxicología laboral. Tema 32.- Contaminantes biológicos. Evaluación y control. Calidad del aire en interiores. Normativa. «Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo». Tema 33.- Contaminantes físicos. Ambiente térmico e iluminación. Ruido y Vibraciones. Evaluación y control. Normativa. Tema 34.- Contaminantes físicos. Radiaciones ionizantes y no ionizantes. Evaluación y control. Normativa Tema 35.- Contaminantes químicos. Evaluación, análisis y control. Normativa «Real decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo» Real decreto 665/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. Tema 36.- Ergonomía: conceptos fundamentales. Metodología. Evaluación. Principios de diseño. Antropometría. Áreas de alcance. Tema 37.- Carga física de trabajo. Posturas de trabajo y movimientos. Lesiones de origen biomecánico. Trabajo dinámico y estático. Metabolismo de trabajo. Manipulación manual de cargas. Normativa:» Real decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores». Tema 38.- Concepción y diseño del puesto de trabajo en oficinas. Pantallas de visualización de datos. Normativa. «Real decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización». Tema 39.- Condiciones medioambientales. Iluminación y ambiente cromático. Ergonomía visual. Temperatura (confort térmico). Ambiente sonoro. Síndrome del edificio enfermo: causas y efectos para la salud. Tema 40.- Carga mental. Funciones psicofisiológicas y sensoriales. Criterios de evaluación: indicadores y escalas. Prevención de las sobrecargas mentales. Control del error humano.

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Tema 41.- Naturaleza y control del estrés y otros problemas psicosociales. Síndrome de Burnout o del trabajador quemado. Mobbing o acoso en el trabajo. Tema 42.- Organización del trabajo. Trabajo a turnos. Ritmos biológicos. Cronoergonomía. Tema 43.- Talleres de automóviles. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos. Tema 44.- Técnicas de comunicación, información y negociación aplicables a la prevención de riesgos laborales. Tema 45.- Formación en prevención. Programas de formación: análisis de las necesidades, planificación, medios materiales, implantación y evaluación. Técnicas educativas. Planes de formación en seguridad: aplicación al personal del servicio de prevención y del resto de la empresa. Evaluación y seguimiento de la formación. Calidad de los programas de formación. Normativa. Tema 46.- Conocimientos básicos y manejo de aplicaciones informáticas asociadas a la formación y gestión de la prevención de riesgos laborales: procesador de texto, hoja de cálculo, base de datos, presentación de diapositivas, programa fotográfico y de dibujo. Tema 47.- Sistema de Gestión de la Prevención de riesgos laborales. Política. Organización. Evaluación de riesgos. Planificación: objetivos y programa. Manual de seguridad y documentación. Control. Evaluación: auditoria y revisión. Tema 48.- Las Mutuas de Accidentes y Enfermedades Profesionales. Actuaciones Preventivas. Tema 49.- Conceptos básicos, objetivos y funciones de la Medicina del Trabajo.. Patologías de origen laboral. Vigilancia y promoción de la salud en la empresa. Epidemiología laboral e investigación epidemiológica. Planificación e información sanitaria. Reglamentación y normativa Tema 50.- Socorrismo y primeros auxilios. Equipo y locales.» Lo que se hace público para general conocimiento y de los interesados. Alicante, 21 de agosto de 2006 El Presidente-Delegado, Francisco Javier Castañer Mollá. La Secretaria, María Rosario Martín Zúñiga *0622009*

ANUNCIO Por Resolución del señor Presidente-Delegado del Consorcio Provincial, de fecha 17 de agosto de 2006, se dispuso la Convocatoria de Oposición para la provisión de 1 plaza de Oficial Mecánico, reservada a personal funcionario de la Plantilla del Consorcio Provincial para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Alicante, conforme a las Bases aprobadas por la Junta Rectora del mismo, en sesión de fecha 19 de julio de 2006. La plaza se encuentra incluida en la Oferta de Empleo Público de este año 2006, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 195, de 16 de agosto de 2006: «Primera.- Naturaleza y características de la plaza objeto de la convocatoria y sistema selectivo. I. Es objeto de la presente convocatoria, de conformidad con lo previsto en los artículos 91 y 102 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la provisión de una plaza de Oficial Mecánico, reservada a Personal Funcionario vacante en la plantilla del Consorcio Provincial para el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de Alicante e incluida en la Oferta de Empleo Público para la anualidad de 2006. II. La plaza objeto de la convocatoria, pertenece a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, Categoría Oficial Mecánico, correspondiente al Grupo de Titulación «D». Y se encuentra dotada con los emolumentos correspondientes a dicho grupo, de conformidad con la Relación de Puestos de Trabajo de este Consorcio Provincial. III. El sistema selectivo será el de Oposición y se desarrollará conforme a lo previsto en la Base Sexta.

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Segunda.- Requisitos de los aspirantes. I. Para tomar parte en esta prueba los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la Toma de Posesión. 1. Tener la nacionalidad española o, de conformidad con la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados de la Unión Europea, tener la nacionalidad de un país miembro de ella ó la de cualquiera de aquellos estados a los que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea. 2. Tener cumplidos 18 años. 3. Estar en posesión del titulo de Formación Profesional de 1º grado, especialidad en Mecánica o haber superado el Ciclo Formativo de Grado Medio en electromecánica de automoción, o Graduado Escolar o equivalente. 4. No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el normal ejercicio de las funciones propias de su Escala y Categoría. 5. No haber sido separado en virtud de expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas. 6. No hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme. 7. No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica señaladas por la legislación vigente, que sean de aplicación a los funcionarios. 8. Estar en posesión del permiso de conducir de la categoría C+E+BTP. II. De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 de la Ley 3/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido, serán admitidas las personas con minusvalías en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes. A estos efectos podrán establecerse para las personas con la condición legal de minusválidos que lo soliciten, las adaptaciones de tiempo y medios que sean necesarios para la realización de los ejercicios de esta convocatoria. Para ello, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta que en todo caso deberá estar motivada y aportarán junto con la solicitud de participación, dentro del plazo de presentación de instancias. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes. Tercera.- Solicitudes. I. Las solicitudes para tomar parte en la Oposición se presentarán dirigidas al Ilmo. señor Presidente del Consorcio Provincial, según modelo que será suministrado en el Departamento de Recursos Humanos de éste, en la que se manifestará que se reúnen los requisitos exigidos en la Base Segunda, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la admisión de aquéllas y que se comprometen a prestar el juramento o promesa establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril. En el supuesto de que no se indique expresamente en la solicitud que se desean realizar las pruebas en valenciano, se entenderá que se realizarán en castellano. Las personas con minusvalías deberán aportar fotocopia de la certificación de la Dirección Territorial de Bienestar Social de Alicante, de la Consellería de Bienestar Social, que acredite la condición legal de minusválido o de otro Organismo con igual competencia en la materia. Los aspirantes deberán abonar la Tasa por concurrencia a Pruebas Selectivas para el ingreso de personal en este Consorcio Provincial de Bomberos de Alicante, según la Ordenanza Fiscal publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, número 43, de 21 de febrero de 2006, que para este Grupo de Acceso está fijada en 15€. La no inclusión del interesado en la lista de admitidos, originará el derecho a la devolución del importe señalado. Para ser admitido en el proceso selectivo, en la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingre-

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