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UNIDAD 3
LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA
Esquema de la administración pública española
Administración pública española
Administración general Administración del estado autonómica
Administración local
Administración general del estado Administración consultiva
Central
Periférica
Control financiero de la administración
Exterior
Organismos Públicos
Administración central del Estado Su competencia se extiende a todo el territorio nacional. Los órganos superiores de la Administración del Estado son :el presidente del Gobierno, los vicepresidentes, ministros, consejo de ministros y comisiones delegadas del Gobierno
Esquema de la administración central del Estado Gobierno Presidente Vicepresidente/s Ministros
Reuniones del Gobierno Consejo de Ministros Comisiones delegadas del Gobierno
Administración central del Estado Presidente del Gobierno: Dirige la acción del Gobierno Vicepresidente: Figura no obligatoria. Asume las funciones que le delegue el presidente y lo sustituye en caso de fallecimiento, enfermedad o ausencia en el extranjero. Ministerios: Cada una de las unidades organizativa en las que se divide el Gobierno. Cada uno se ocupa de sectores de actividad administrativa homogéneos
Órganos de los ministerios Órganos superiores Ministros Secretarios
Órganos directivos Subsecretarios y secretarios generales Secretarios generales técnicos y directores generales Subdirectores generales
El Ministro es el mando supremo del Ministerio y que ejerce, además de las funciones que le encomienda el Gobierno. Dirige los sectores y actividad administrativa en su Ministerio, ejerce la potestad reglamentaria, fija los objetivos y planes del Ministerio, nombra y separa a los titulares de órganos directivos.
El Secretario de Estado es un órgano jerárquicamente vinculado al Ministro, que se encarga de la dirección y coordinación de un determinado sector de la actividad de Ministerio,aparte de las funciones que directamente se le asignan en la LOFAGE (Art. 14) Los Secretarios de Estado son designados por Real decreto acordado en consejo de Ministros.
Secretarios Generales (artículo 16 de la LOFAGE) ejerce sus competencias sobre un determinado sector de la actividad del Ministerio. Inferior rango del Secretario de Estado. Cuando se crea esta figura se hace como órgano de coordinación de las distintas Direcciones Generales.
Los Secretarios Generales no tienen que ser funcionarios aunque la LOFAGE exige que estén cualificados (experiencia en ese sector) esta cualificación no se exige ni para Secretario de Estado ni para el Ministro.
Los Subsecretarios ostentan la representación ordinaria del Ministerio, dirigen los servicios comunes, ejercen las competencias correspondientes a dichos servicios comunes,apoyan a los órganos superiores en la planificación de la actividad del Ministerio, a través del correspondiente asesoramiento técnico y todas las funciones que se le asignan en la LOFAGE (Art. 15)
Los Subsecretarios serán nombrados y separados por Real Decreto del Consejo de Ministros a propuesta del titular del Ministerio. Los nombramientos habrán de efectuarse entre funcionarios de carrera del Estado a los que se exija para su ingreso el Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
Los Secretarios generales técnicos, bajo la inmediata dependencia del Subsecretario Tendrán competencias en las áreas relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones (Art. 17 LOFAGE). Entre funcionarios de carrera los que se exija para su ingreso el Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
Directores Generales (artículo 18 LOFAGE) órganos de gestión de una o varias áreas dentro de cada Ministerio. Están jerárquicamente vinculadas al Ministro, al Secretario de Estado y a los Secretarios Generales. Los Directores Generales tienen que nombrarse entre funcionarios de carrera, funcionarios que dispongan del título de doctor, licenciado, ingeniero, o arquitecto. Excepto casos especiales)
Subdirector General. Está vinculado a Direcciones Generales y es el responsable de la gestión ordinaria de los asuntos de la competencia de esa Subdirección General. Entre funcionarios de carrera en puestos en los que se le haya exigido el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o equivalente (Art. 19 LOFAGE)
MINISTRO
FUNCIONARIOS
NO FUNCIONARIOS
SECRETARIO DE ESTADO
SUBSECRETARIO Y SECRETARIO GENERAL SECRETARIO GENERAL TÉCNICO Y DIRECTOR GENERAL
SUBDIRECTOR GENERAL
Organización interna Bajo las subsecretarías las unidades administrativas se dividen según se indica en el esquema siguiente: Divisiones, áreas o servicios Secciones y negociados
EJEMPLO Servicio de retribuciones (libre designación) Sección de Seguros Sociales (por concurso) Negociado de Muface Negociado de Seguridad Social ...
Sección de nóminas ...
...
Administración general del estado Administración consultiva
Central
Periférica
Control financiero de la administración
Exterior
Organismos Públicos
La administración periférica del Estado (Organización territorial de la administración central del Estado) Delegados del Gobierno (Comunidades Autónomas) Rango de subsecretario
Subdelegados del Gobierno (Provincias) Rango de sudirector general ( Antiguos gobiernos civiles)
Directores insulares (Islas) Mismas funciones que subdelegados
La administración exterior del Estado Misiones diplomáticas permanentes (embajadas)
http://www.maec.es/es/EYC/Paginas/embajadas-consulados.aspx
Misiones diplomáticas especiales Representaciones permanentes y delegaciones ej.Misión Permanente de España ante las Naciones Unidas Oficinas consulares Instituciones y organismos públicos ej. Intituto Cervantes
Administración general del estado Administración consultiva
Central
Periférica
Control financiero de la administración
Exterior
Organismos Públicos
Los organismos públicos Están adscritos por razón de materia a un Ministerio. Las comunidades Autónomas y las corporaciones locales también pueden crear organismos públicos. Se pueden clasificar en:
Organismos autónomos Entidades públicas empresariales Agencias estatales
Organismos autónomos Dependen de un Ministerio y realizan actividades administrativas, de servicios públicos , administración de bienes públicos... Ejemplos: Jefatura de tráfico (Ministerio del Interior) Instituto nacional de empleo ( Ministerio de Trabajo) Museo Nacional del Prado ( Ministerio de Cultura) Nota: El personal está sometido al derecho administrativo
Entidades públicas empresariales Dependen de un Ministerio o de un Organismo autónomo. Se encargan de la producción o prestación de servicios de interés públicos susceptibles de contraprestación. Ejemplos: RTVE (Ministerio de Economía) ICO (Ministerio de Economía) RENFE ( Ministerio de Fomento) Nota : El personal está sometido al derecho laboral con excepciones.
Agencias estatales Son entidades de Derecho público, dotadas de personalidad jurídica pública, patrimonio propio y autonomía en su gestión, facultadas para ejercer potestades administrativas, que son creadas por el Gobierno para el cumplimiento de los programas correspondientes a las políticas públicas que desarrolle la Administración General del Estado en el ámbito de sus competencias :
Ejemplos: Agencia estatal antidopaje
Administración general del estado Administración consultiva
Central
Periférica
Control financiero de la administración
Exterior
Organismos Públicos
Administración consultiva Consejo de Estado Emite dictámenes generalmente no vinculantes sobre asuntos de Estado
Consejo económico y social Órgano consultivo del Gobierno en materia socio-económica y laboral
Control financiero del Estado
Intervención General de la Administración del Estado Control interno y previo al gasto
Tribunal de cuentas Depende de las Cortes Control externo y posterior al gasto
ACTIVIDADES ●
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