UNIDOS AMPLIAREMOS EL CAMINO Calle 4 No Tópaga Boyacá Código Postal

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA TESORERIA MUNICIPAL DE TOPAGA RESOLUCION N° 01 DE 2015 (Enero 03) POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN LOS LUGAR
Author:  Laura Iglesias Paz

11 downloads 79 Views 471KB Size

Recommend Stories


Apartado Postal No Tal Pdg
a CENTRAL REPUBLICA DI! NICARAGUA. LA GACETA DIARIO OFICIAL 1967: Aloe, so es Elude NOM/ *OCA ILXVOLVCSONAZUA apreste Ifsienal Apartado Postal No.

Nombre del Comercio Calle No. exterior Colonia Codigo postal Localidad Municipio ABARROTES LOS 0 SAN SEBASTIAN TAPACHULA TAPACHULA ALMENDROS I
Nombre del Comercio ABARROTES LOS ALMENDROS I ABARROTES MONICA Calle 12 AVENIDA SUR PROLONGACION 5 OTE NORTE 0 Colonia SAN SEBASTIAN ABARROTES ZIN

CLASE NO. 4: EL COMERCIANTE
INTRODUCCIÓN AL DERECHO COMERCIAL. CLASE NO. 4: EL COMERCIANTE. ANEXO RESOLUCIONES JUDICIALES IMPORTANTES RESOLUCIÓN NO. 8728-2004. SALA CONSTITUCIONA

Providence Universitv, Taiwán, Roe. El camino: un camino que no ha sido marcado por el Señor
EL MUNDO INFANTIL EN LA NARRACiÓN ESPAÑOLA DE POSTGUERRA: EL CAMINO DE MIGUEL DELlBES 1 LAS INDUSTRIAS 1 ANDANZAS DE ALFANHUí DE RAFAEL SÁNCHEZ FERLOS

Story Transcript

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA TESORERIA MUNICIPAL DE TOPAGA

RESOLUCION N° 01 DE 2015 (Enero 03)

POR MEDIO DEL CUAL SE FIJAN LOS LUGARES Y PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES TRIBUTARIAS Y PARA EL PAGO DE LOS IMPUESTOS MUNICIPALES, ANTICIPOS Y RETENCIONES DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.

La Tesorera Municipal de TOPAGA, en uso de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 210 y siguientes del Acuerdo No. 027 de 2012, “Por medio del cual se adopta el Estatuto de Rentas del Municipio de TOPAGA y se establece el Régimen Procedimental” y

CONSIDERANDO

Que en el artículo 210 y siguientes del Acuerdo No. 027 de 2012, por medio del cual se expide el Estatuto de Rentas del Municipio de TOPAGA establece que “corresponde a la Secretaría de Hacienda Municipal, a través de sus Dependencias, adelantar la administración, gestión, recaudación, fiscalización, determinación, discusión, devolución, o compensación y cobro de los Tributos Municipales, así como las demás actuaciones que resulten necesarias para el adecuado ejercicio de las mismas”. PARÁGRAFO PRIMERO.- Se faculta a la Secretaria de Hacienda Municipal para que diseñe y adopte un formato de formulario de retención de impuesto de industria y comercio y los plazos para su presentación y pago. Que mediante Decreto No. 2912 del 20 de Diciembre de 2013, el Gobierno Nacional fija los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones Tributarias y para el pago de los Impuestos, Anticipos y Retenciones en la Fuente y se dictan otras disposiciones. Por lo anterior, RESUELVE: Artículo 1º. Plazos para declarar y pagar el impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros “Grandes Contribuyentes”. Declaración de Industria y Comercio y su Complementario de Avisos y Tableros por el año gravable 2014, deberán presentar la declaración del impuesto de Industria y comercio y su complementario de avisos y tableros en el formulario prescrito por la Secretaría de Hacienda Municipal, las personas jurídicas o asimiladas, las entidades sin Ánimo de Lucro con Régimen Especial y demás Entidades que a 31 de Diciembre de 2014 hayan sido calificadas como Grandes Contribuyentes por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 562 del Estatuto Tributario.

“UNIDOS AMPLIAREMOS EL CAMINO” Calle 4 No. 4-65 - Tópaga – Boyacá – Código Postal 152040 - Email: [email protected]

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA TESORERIA MUNICIPAL DE TOPAGA

El plazo para presentar la declaración del impuesto de Industria y comercio y su complementario de avisos y tableros y el anticipo, atendiendo a los dos últimos dígitos del Nit del declarante es: GRANDES CONTRIBUYENTES Si el ultimo digito es:

FECHA

1

06 de Abril de 2015

2

07 de Abril de 2015

3

08 de Abril de 2015 09 de Abril de 2015 10 de Abril de 2015 13 de Abril de 2015 14 de Abril de 2015 15 de Abril de 2015 16 de Abril de 2015 17 de Abril de 2015

4 5 6 7 8 9 0

Artículo 2º. Plazos para declarar y pagar el Impuesto de Industria y Comercio y su complementario de Avisos y Tableros “Personas Jurídicas y demás Contribuyentes”. Las personas jurídicas contribuyentes del impuesto de Industria y comercio y su complementario de avisos y tableros por el año gravable 2014 deberán presentar la declaración del impuesto en el formulario prescrito por la Secretaría de Hacienda Municipal así corno las demás personas jurídicas, sociedades y asimiladas, las entidades sin ánimo de lucro con régimen especial diferentes de las calificadas como «Grandes Contribuyentes». Los plazos para presentar la declaración del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros y el anticipo vencen en las fechas del mismo año que se indican a continuación atendiendo el último dígito del NIT del declarante, PERSONAS JURIDICAS Y DEMAS CONTRIBUYENTES Si el último digito 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0

FECHA 06 de Abril de 2015

07 de Abril de 2015 08 de Abril de 2015 09 de Abril de 2015 10 de Abril de 2015 13 de Abril de 2015 14 de Abril de 2015 15 de Abril de 2015 16 de Abril de 2015 17 de Abril de 2015

“UNIDOS AMPLIAREMOS EL CAMINO” Calle 4 No. 4-65 - Tópaga – Boyacá – Código Postal 152040 - Email: [email protected]

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA TESORERIA MUNICIPAL DE TOPAGA

Artículo 3º. Plazos para declarar y pagar el impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros “personas Naturales y Sucesiones Ilíquidas”. Declaración de Industria y comercio y su complementario de avisos y tableros por el año gravable 2014, deberán presentar la declaración del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros en el formulario prescrito por la Secretaría de Hacienda Municipal, las personas naturales y las sucesiones ilíquidas obligadas a declarar. El plazo para presentar la declaración y para cancelar, el valor a pagar por concepto del impuesto de Industria y comercio y su complementario de avisos y tableros y el anticipo, vence en las fechas que se indican a continuación, atendiendo a los dos últimos dígitos del NIT o CC del declarante, así:

PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES ILIQUIDAS Si los dos últimos dígitos son:

FECHA

96 a 00

10 de Agosto de 2015

91 a 95

11 de Agosto de 2015 12 de Agosto de 2015 13 de Agosto de 2015 14 de Agosto de 2015 5 18 de Agosto de 2015 19 de Agosto de 2015 20 de Agosto de 2015 21 de Agosto de 2015 24 de Agosto de 2015 25 de Agosto de 2015 26 de Agosto de 2015 27 de Agosto de 2015 28 de Agosto de 2015 31 de Agosto de 2015 01 de Septiembre de 2015 02 de Septiembre de 2015 03 de Septiembre de 2015 04 de Septiembre de 2015 07 de Septiembre de 2015

86 a 90 81 a 85 76 a 80 71 a 75 66 a 70 61 a 65 56 a 60 51 a 55 46 a 50 41 a 45 36 a 40 31 a 35 26 a 30 21 a 25 16 a 20 11 a 15 06 a 10 01 a 05

Artículo 4º. Plazos para declarar y pagar Reteica de Industria y Comercio y su complementario de avisos y tableros “Declaración mensual de Reteica”. Los agentes de retención del impuesto de industria y comercio y su complementario de Avisos y tableros a que se refiere el Titulo l, capítulo V del estatuto de Rentas del Municipio deberán declarar y pagar las retenciones efectuadas en cada mes, en el formulario prescrito por la Secretaria de Hacienda Municipal y teniendo en cuenta los siguientes plazos.

“UNIDOS AMPLIAREMOS EL CAMINO” Calle 4 No. 4-65 - Tópaga – Boyacá – Código Postal 152040 - Email: [email protected]

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA TESORERIA MUNICIPAL DE TOPAGA

Ultimo digito 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0

Ultimo digito 1 2 3 4 5 6 7 8 9 0

Enero

Febrero

Marzo

Abril

Mayo

09 de febrero 2015 10 de febrero 2015 11 de febrero 2015 13 de febrero 2015 16 de febrero 2015 17 de febrero 2015 18 de febrero 2015 19 de febrero 2015 20 de febrero 2015 23 de febrero 2015

09 de Marzo 2015 10 de Marzo 2015 11 de Marzo 2015 13 de Marzo 2015 16 de Marzo 2015 17 de Marzo 2015 18 de Marzo 2015 19 de Marzo 2015 20 de Marzo 2015 24 de Marzo 2015

10 de Abril 2015 13 de3 Abril 2015 14 de Abril 2015 15 de Abril 2015 16 de Abril 2015 17 de Abril 2015 20 de Abril 2015 21 de Abril 2015 22 de Abril 2015 23 de Abril 2015

11 de Mayo 2015 13 de3Mayo 2015 14 de Mayo 2015 15 de Mayo 2015 19 de Mayo 2015 20 de Mayo 2015 21 de Mayo 2015 22 de Mayo 2015 25 de3Mayo 2015 26 de Mayo 2015

11 de Junio 2015 12 de Junio 2015 16 de Junio 2015 17 de Junio 2015 18 de Junio 2015 19 de Junio 2015 22 de Junio 2015 23 de Junio 2015 24 de Junio 2015 25 de3Junio 2015

Junio

Julio

Agosto

Septiembre

Octubre

06 de julio 2015 07 de julio 2015 08 de Julio 2015 09 de Julio 2015 10 de Julio 2015 13 de Julio 2015 14 de Julio 2015 15 de Julio 2015 16 de4 Julio 2015 17 de3 Julio 2015

10 de Agosto 2015 11 de Agosto 2015 12 de Agosto 2015 13 de Agosto 2015 14 de Agosto 2015 18 de Agosto 2015 19 de Agosto 2015 20 de Agosto 2015 21 de Agosto 2015 24 de Agosto 2015

07 de Sep. 2015 08 de Sep. 2015 09 de Sep. 2015 10 de Sep. 2015 11 de Sep. 2015 14 de Sep. 2015 15 de Sep. 2015 16 de Sep. 2015 17 de Sep. 2015 21 de Sep. 2015

05 de Oct. 2015 06 de Oct. 2015 07 de Oct. 2015 08 de Oct. 2015 09 de Oct. 2015 13 de Oct. 2015 14 de Oct. 2015 15 de Oct. 2015 16 de Oct. 2015 19 de Oct. 2015

09 de Noviembre 2015 10 de Noviembre 2015 11 de Noviembre 2015 12 de Noviembre 2015 13 de Noviembre 2015 17 de Noviembre 2015 18 de Noviembre 2015 20 de Noviembre 2015 23 de Noviembre 2015 24 de Noviembre 2015

Ultimo digito 1 2 3 4

Noviembre

Diciembre

07 de Diciembre 2015 09 de Diciembre 2015 10 de Diciembre 2015 11 de Diciembre 2015

12 de Enero 2016 13 de Enero 2016 14 de Enero 2016 15 de Enero 2016

“UNIDOS AMPLIAREMOS EL CAMINO” Calle 4 No. 4-65 - Tópaga – Boyacá – Código Postal 152040 - Email: [email protected]

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA TESORERIA MUNICIPAL DE TOPAGA

5 6 7 8 9 0

14 de Diciembre 2015 15 de Diciembre 2015 16 de Diciembre 2015 17 de Diciembre 2015 18 de Diciembre 2015 21 de Diciembre 2015

18 de Enero 2016 19 de Enero 2016 20 de Enero 2016 21 de Enero 2016 22 de Enero 2016 25 de Enero 2016

Parágrafo 1o. Cuando el agente retenedor, incluidas las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta, tenga agencias o sucursales, deberá presentar la declaración mensual de retenciones en forma consolidada. Parágrafo 2o. Cuando se trate de Entidades de Derecho Público, diferentes de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las sociedades de Economía Mixta, se podrá presentar una declaración de retención y efectuar el pago respectivo por cada oficina retenedora. Artículo 5o. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha. Dado en el despacho de la Tesorería Municipal a los tres (03) días del mes de enero de 2015. La Tesorera,

MYRIAM NIÑO SUAREZ Original Firmado

“UNIDOS AMPLIAREMOS EL CAMINO” Calle 4 No. 4-65 - Tópaga – Boyacá – Código Postal 152040 - Email: [email protected]

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.